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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2024/259 |
7.2.2024 |
Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/259 del Consejo, de 10 de enero de 2024, por el que se fijan, para 2024, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y el mar Negro
( Diario Oficial de la Unión Europea L, 2024/259, 11 de enero de 2024 )
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1) |
En la página 13, artículo 20: |
donde dice:
«Los buques pesqueros de la Unión autorizados a pescar rodaballo en el marco del artículo 18, independientemente de su eslora total, no podrán pescar más de 180 días al año.»,
debe decir:
«Los buques pesqueros de la Unión autorizados a pescar rodaballo en el marco del artículo 19, independientemente de su eslora total, no podrán pescar más de 180 días al año.».
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2) |
En la página 14, artículo 22, parte introductoria: |
donde dice:
«El reparto de las posibilidades de pesca entre los Estados miembros establecido en los artículos 17 y 18 del presente Reglamento se efectuará sin perjuicio de:»,
debe decir:
«El reparto de las posibilidades de pesca entre los Estados miembros establecido en los artículos 18 y 19 del presente Reglamento se efectuará sin perjuicio de:».
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/259/corrigendum/2024-02-07/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)