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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2024/3161 |
18.12.2024 |
DECISIÓN (UE) 2024/3112 DEL CONSEJO
de 12 de diciembre de 2024
por la que se nombra a una fiscal europea de la Fiscalía Europea
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea (1), y en particular su artículo 16,
Vista la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1696 del Consejo, de 13 de julio de 2018, relativa a las normas de funcionamiento del comité de selección previsto en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1939 por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea (2),
Vista la Decisión (UE) 2023/133 del Consejo, de 17 de enero de 2023, por la que se nombran los miembros del comité de selección establecido en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1939 (3),
Vistos el dictamen motivado y la clasificación de los candidatos elaborados por el comité de selección,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La Fiscalía Europea fue creada por el Reglamento (UE) 2017/1939. |
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(2) |
Los fiscales europeos han de supervisar las investigaciones y acciones penales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento (UE) 2017/1939. |
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(3) |
La Decisión (UE) 2024/807 de la Comisión (4) confirmó la participación de Polonia en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea. |
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(4) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2018/1696 establece las normas de funcionamiento del comité de selección previsto en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1939 (en lo sucesivo, «normas de funcionamiento del comité de selección»). |
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(5) |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1939, cada Estado miembro participante debe designar a tres candidatos para el cargo de fiscal europeo de entre candidatos que sean miembros activos del ministerio fiscal o de la judicatura del correspondiente Estado miembro, que ofrezcan absolutas garantías de independencia y que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones del ministerio fiscal o de la judicatura en sus respectivos Estados miembros, y tengan una experiencia práctica pertinente en lo que atañe a los sistemas jurídicos nacionales, las investigaciones financieras y la cooperación judicial internacional en materia penal. |
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(6) |
Polonia ha designado a tres candidatos. |
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(7) |
El comité de selección elaboró el dictamen motivado y estableció la clasificación de cada uno de los candidatos designados por Polonia que cumplían las condiciones establecidas en el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1939, y los remitió al Consejo, que los recibió el 15 de julio de 2024. |
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(8) |
Conforme a la norma VII.2, párrafo cuarto, de las normas de funcionamiento del comité de selección, el comité de selección ha clasificado a los candidatos en función de sus cualificaciones y experiencia. La clasificación indica el orden de preferencia del comité de selección, pero no es vinculante para el Consejo. |
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(9) |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1939, después de haber recibido el dictamen motivado del comité de selección, el Consejo ha de seleccionar y nombrar a uno de los candidatos fiscal europeo del Estado miembro participante en cuestión. |
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(10) |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1939, el Consejo, por mayoría simple, ha de elegir y nombrar a los fiscales europeos para un mandato no renovable de seis años. |
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(11) |
El Consejo evaluó los méritos respectivos de los candidatos, teniendo en cuenta el dictamen motivado presentado por el comité de selección. |
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(12) |
Como resultado de una evaluación de los méritos de cada uno de los candidatos, el Consejo siguió el orden de preferencia no vinculante indicado por el comité de selección para los candidatos designados por Polonia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se nombra fiscal europea de la Fiscalía Europea por un período no renovable de seis años, a partir del 8 de enero de 2025, al siguiente candidato designado por Polonia:
D.a Grażyna STRONIKOWSKA.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 2024.
Por el Consejo
El Presidente
PINTÉR S.
(1) DO L 283 de 31.10.2017, p. 1.
(2) DO L 282 de 12.11.2018, p. 8.
(3) DO L 17 de 19.1.2023, p. 90.
(4) Decisión (UE) 2024/807 de la Comisión, de 29 de febrero de 2024, por la que se confirma la participación de Polonia en la cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea (DO L, 2024/807, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/807/oj).
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/3161/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)