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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2024/2794 |
4.11.2024 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2794 DE LA COMISIÓN
de 31 de octubre de 2024
por el que se modifica y corrige el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378 en lo que respecta al reconocimiento de determinados organismos de control de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo como competentes para llevar a cabo controles y expedir certificados ecológicos en terceros países a efectos de las importaciones de productos ecológicos en la Unión
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 834/2007 (1) del Consejo, y en particular su artículo 46, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378 de la Comisión (2) se adoptó para incluir la lista de autoridades de control y organismos de control reconocidos de conformidad con el artículo 46, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/848 como competentes para llevar a cabo controles y expedir certificados ecológicos en terceros países a efectos de las importaciones de productos ecológicos en la Unión, de conformidad con el artículo 45, apartado 1, letra b), inciso i), de dicho Reglamento. |
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(2) |
El artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2018/848 establece los criterios que deben cumplir las autoridades de control y los organismos de control para ser reconocidos de conformidad con el artículo 46, apartado 1, de dicho Reglamento. El Reglamento Delegado (UE) 2021/1698 de la Comisión (3) establece los requisitos de procedimiento que deben cumplir dichas autoridades de control y organismos de control cuando presenten a la Comisión su solicitud de reconocimiento, consistente en un expediente técnico. |
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(3) |
Desde la adopción del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378, la Comisión ha recibido solicitudes de reconocimiento de varios organismos de control, presentadas de conformidad con el artículo 46, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/848. |
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(4) |
La Comisión ha recibido y examinado, de conformidad con el artículo 1 del Reglamento Delegado (UE) 2021/1698, las solicitudes de reconocimiento presentadas por «ACO CERTIFICATION LIMITED», «CTR ULUSLARARASI BELGELENDIRME VE DENETIM LTD. ŞTİ.», «DQS POLSKA SPÓŁKA Z OGRANICZONĄ ODPOWIEDZIALNOŚCIĄ», «Florida Certified Organic Growers and Consumers, Inc. (FOG), DBA as Quality Certification Services (QCS)», «IMOCERT Latinoamérica Ltda.», «INDOCERT», «ONECERT INTERNATIONAL PRIVATE LIMITED», «Organic Crop Improvement Association International Inc», «Organic Food Development and Certification Center of China», «Organización Internacional Agropecuaria SA», «ORSER KONTROL VE SERTİFİKASYON ANONİM ŞİRKETİ» y «SRS Certification GmbH». Sobre la base de la información contenida en sus expedientes técnicos, la Comisión ha llegado a la conclusión de que está justificado reconocer por tiempo indefinido a dichos organismos de control para determinadas categorías de productos en determinados terceros países. |
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(5) |
La Comisión también ha recibido y examinado, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) 2021/1698, una solicitud de ampliación del ámbito del reconocimiento presentada por «Ecocert SAS». Sobre la base de la información contenida en su expediente técnico, la Comisión ha llegado a la conclusión de que está justificado ampliar por tiempo indefinido el ámbito de aplicación de su reconocimiento para las categorías de productos solicitadas en determinados terceros países. |
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(6) |
Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378 en consecuencia. |
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(7) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Producción Ecológica. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo II del Reglamento (UE) 2021/1378 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 31 de octubre de 2024.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 150 de 14.6.2018, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/848/oj.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378 de la Comisión, de 19 de agosto de 2021, por el que se establecen determinadas normas relativas al certificado expedido a los operadores, grupos de operadores y exportadores de terceros países que intervienen en las importaciones de productos ecológicos y en conversión en la Unión y por el que se establece la lista de autoridades de control y organismos de control reconocidos de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 297 de 20.8.2021, p. 24, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/1378/oj).
(3) Reglamento Delegado (UE) 2021/1698 de la Comisión, de 13 de julio de 2021, que complementa el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo con requisitos de procedimiento para el reconocimiento de autoridades de control y organismos de control competentes para llevar a cabo controles de los operadores y grupos de operadores certificados ecológicos y de productos ecológicos en terceros países así como con normas sobre su supervisión y los controles y otras acciones que han de realizar dichas autoridades de control y organismos de control (DO L 336 de 23.9.2021, p. 7, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2021/1698/oj).
ANEXO
El párrafo tercero del anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1378 se modifica como sigue:
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1) |
se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a A CERT European Organization for Certification SA: « ACO CERTIFICATION LIMITED
(*1) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2021, por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, la lista de terceros países y la lista de autoridades de control y organismos de control reconocidos en virtud del artículo 33, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo para la importación de productos ecológicos en la Unión (DO L 465 de 29.12.2021, p. 8, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/2325/oj).»;" |
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2) |
se insertan las entradas siguientes después de la correspondiente a Control Union Certifications B.V.: « CTR ULUSLARARASI BELGELENDIRME VE DENETIM LTD. ŞTİ.
DQS POLSKA SPÓŁKA Z OGRANICZONĄ ODPOWIEDZIALNOŚCIĄ
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3) |
en la entrada correspondiente a Ecocert SAS, se insertan las filas siguientes en el orden de los números de código que figuran en el cuadro del punto 1:
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4) |
se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a ETKO EKOLOJİK TARIM KONTROL ORGANİZASYONU LİMİTED ȘİRKETİ: « Florida Certified Organic Growers and Consumers, Inc. (FOG), DBA as Quality Certification Services (QCS)
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5) |
se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a IBD Certificações Ltda.: « IMOCERT Latinoamérica Ltda.
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6) |
se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a IMO Control Private Limited: « INDOCERT
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7) |
se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a Metrocert S.C.: « ONECERT INTERNATIONAL PRIVATE LIMITED
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8) |
se insertan las entradas siguientes después de la correspondiente a Organic Control System LLC Subotica: « Organic Crop Improvement Association International Inc
Organic Food Development and Certification Center of China
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9) |
en la entrada correspondiente a Organización Internacional Agropecuaria SA, se insertan las filas siguientes en el orden de los números de código que figuran en el cuadro del punto 1:
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10) |
se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a Organska Kontrola d.o.o. Sarajevo: «ORSER KONTROL VE SERTİFİKASYON ANONİM ŞİRKETİ
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11) |
se inserta la entrada siguiente después de la correspondiente a Southern Cross Certified Australia Pty Ltd: « SRS Certification GmbH
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(*1) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2325 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2021, por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, la lista de terceros países y la lista de autoridades de control y organismos de control reconocidos en virtud del artículo 33, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo para la importación de productos ecológicos en la Unión (DO L 465 de 29.12.2021, p. 8, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/2325/oj).»;”
ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/2794/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)