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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/709

14.3.2024

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 361/2021

de 10 de diciembre de 2021

por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2024/709]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/963, de la Comisión de 10 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (UE) 2016/429, (UE) 2016/1012 y (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a la identificación y el registro de equinos y por el que se establecen modelos de documentos de identificación para esos animales (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

La presente Decisión se refiere a legislación relativa a animales distintos de los peces y de los animales de acuicultura. La legislación sobre estas materias no se aplica a Islandia, como se especifica en el capítulo I, parte introductoria, apartado 2, del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Islandia.

(3)

La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones veterinarias. Dicha legislación no se aplica a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(4)

Procede, por tanto, modificar el anexo I del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 3a [Reglamento de Ejecución (UE) 2018/659 de la Comisión] de la parte 4.1 del capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE, se inserta el texto siguiente:

«3b.

32021 R 0963: Reglamento de Ejecución (UE) 2021/963 de la Comisión, de 10 de junio de 2021, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (UE) 2016/429, (UE) 2016/1012 y (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a la identificación y el registro de equinos y por el que se establecen modelos de documentos de identificación para esos animales (DO L 213 de 16.6.2021, p. 3).

A efectos del presente Acuerdo, las disposiciones del Reglamento se entenderán con las adaptaciones siguientes:

a)

En lo que atañe a los Estados de la AELC, en el artículo 46, apartado 1, letra b), se añade el texto siguiente:

“o hasta la entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 371/2021, de 10 de diciembre de 2021, si esta fuese posterior.”.

b)

En lo que atañe a los Estados de la AELC, después de los términos “28 de enero de 2022” en el artículo 47, se añade el texto siguiente:

“o a partir de la fecha de entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 371/2021, de 10 de diciembre de 2021, si esta fuese posterior.”.

Este acto no se aplicará a Islandia.».

Artículo 2

El texto del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/963 en lengua noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 11 de diciembre de 2021, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 10 de diciembre de 2021.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Rolf Einar FIFE


(1)   DO L 213 de 16.6.2021, p. 3.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/709/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)