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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/48

11.1.2024

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 48/2021

de 5 de febrero de 2021

por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2024/48]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1145 de la Comisión, de 31 de julio de 2020, por el que se establece información técnica para el cálculo de las provisiones técnicas y los fondos propios básicos a efectos de la presentación de información con fecha de referencia comprendida entre el 30 de junio de 2020 y el 29 de septiembre de 2020 de conformidad con la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

Procede, por tanto, modificar el anexo IX del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 1zl [Reglamento de Ejecución (UE) 2020/641 de la Comisión] del anexo IX del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:

«1zm.

32020 R 1145: Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1145 de la Comisión, de 31 de julio de 2020, por el que se establece información técnica para el cálculo de las provisiones técnicas y los fondos propios básicos a efectos de la presentación de información con fecha de referencia comprendida entre el 30 de junio de 2020 y el 29 de septiembre de 2020 de conformidad con la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (DO L 250 de 3.8.2020, p. 1).».

Artículo 2

El texto del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1145 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 6 de febrero de 2021, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de febrero de 2021.

Por el Comité Mixto del EEE,

La Presidenta

Clara GANSLANDT


(1)   DO L 250 de 3.8.2020, p. 1.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/48/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)