Diario Oficial |
ES Serie L |
2023/2883 |
22.12.2023 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2023/2883 DE LA COMISIÓN
de 15 de diciembre de 2023
por la que se determinan los límites cuantitativos y se asignan cuotas de sustancias reguladas en el marco del Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre sustancias que agotan la capa de ozono, para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024
[notificada con el número C(2023) 8603]
(Los textos en lenguas alemana, búlgara, checa, croata, española, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, irlandesa, italiana, neerlandesa, polaca, portuguesa y sueca son los únicos auténticos)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (1), y en particular su artículo 10, apartado 2, y su artículo 16, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El despacho a libre práctica en la Unión de sustancias reguladas importadas está sujeto a límites cuantitativos. |
(2) |
La Comisión debe determinar esos límites y asignar cuotas a las empresas. |
(3) |
Además, la Comisión debe determinar las cantidades de sustancias reguladas distintas de los hidroclorofluorocarburos que pueden ser utilizadas para usos esenciales de laboratorio y análisis y las empresas que pueden utilizarlas. |
(4) |
La determinación de las cuotas asignadas para usos esenciales de laboratorio y análisis ha de garantizar el respeto de los límites cuantitativos establecidos en el artículo 10, apartado 6, del Reglamento (CE) n.o 1005/2009, aplicando el Reglamento (UE) n.o 537/2011 de la Comisión (2). Puesto que esos límites cuantitativos incluyen cantidades de hidroclorofluorocarburos autorizadas para usos de laboratorio y análisis, la producción e importación de hidroclorofluorocarburos para tales usos deben cubrirse asimismo mediante dicha asignación. |
(5) |
La Comisión publicó un anuncio dirigido a las empresas que tenían la intención de importar en la Unión Europea, o exportar desde esta, sustancias reguladas que agotan la capa de ozono en 2024 y a las empresas que tenían la intención de producir o importar dichas sustancias para usos de laboratorio y análisis en 2024 (3) y, en respuesta, recibió declaraciones sobre las importaciones previstas para 2024. |
(6) |
Los límites cuantitativos y las cuotas deben determinarse para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, con arreglo al ciclo de notificación anual previsto en el Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono. |
(7) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado en virtud del artículo 25, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1005/2009. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Límites cuantitativos para el despacho a libre práctica
Las cantidades de sustancias reguladas sujetas al Reglamento (CE) n.o 1005/2009 que podrán despacharse a libre práctica en la Unión en 2024 desde fuentes exteriores a la Unión se ajustarán a lo indicado a continuación:
Sustancias reguladas |
Cantidad [en kilogramos ponderados según el potencial de agotamiento de la capa de ozono (PAO)] |
Grupo I (clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115) y grupo II (otros clorofluorocarburos totalmente halogenados) |
500 550,00 |
Grupo III (halones) |
26 111 900,00 |
Grupo IV (tetracloruro de carbono) |
2 530 550,00 |
Grupo V (1,1,1-tricloroetano) |
2 500 000,00 |
Grupo VI (bromuro de metilo) |
606 835,20 |
Grupo VII (hidrobromofluorocarburos) |
9 834,06 |
Grupo VIII (hidroclorofluorocarburos) |
5 165 560,80 |
Grupo IX (bromoclorometano) |
264 024,00 |
Artículo 2
Asignación de cuotas para el despacho a libre práctica
1. La asignación de cuotas de los clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo I.
2. La asignación de cuotas de halones durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo II.
3. La asignación de cuotas de tetracloruro de carbono durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo III.
4. La asignación de cuotas de 1,1,1-tricloroetano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo IV.
5. La asignación de cuotas de bromuro de metilo durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo V.
6. La asignación de cuotas de hidrobromofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo VI.
7. La asignación de cuotas de hidroclorofluorocarburos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo VII.
8. La asignación de cuotas de bromoclorometano durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 corresponderá a los fines y a las empresas que figuran en el anexo VIII.
9. Las cuotas de cada una de las empresas corresponderán a lo que figura en el anexo IX.
Artículo 3
Cuotas para usos de laboratorio y análisis
Las cuotas para la importación y producción de sustancias reguladas para usos de laboratorio y análisis en el año 2024 se asignarán a las empresas que figuran en el anexo X.
Las cantidades máximas que podrán producirse o importarse en 2024 para usos de laboratorio y análisis asignadas a dichas empresas figuran en el anexo XI.
Artículo 4
Período de vigencia
La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Artículo 5
Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión son las empresas siguientes:
1 |
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Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 2023.
Por la Comisión
Wopke HOEKSTRA
Miembro de la Comisión
(1) DO L 286 de 31.10.2009, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 537/2011 de la Comisión, de 1 de junio de 2011, sobre el mecanismo de asignación de las cantidades de sustancias reguladas que se autorizan para usos de laboratorio y análisis en la Unión de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (DO L 147 de 2.6.2011, p. 4).
ANEXO I
GRUPOS I y II
Cuotas de importación de los clorofluorocarburos 11, 12, 113, 114 y 115 y de otros clorofluorocarburos totalmente halogenados que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima y como agente de transformación en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Empresas Abcr GmbH (DE) Solvay Specialty Polymers Italy SpA (IT) Tazzetti SAU (ES) Tazzetti SpA (IT) TEGA - Technische Gase und Gasetechnik GmbH (DE) |
ANEXO II
GRUPO III
Cuotas de importación de halones que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima y para usos críticos en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Empresas A-Gas Deutschland GmbH (DE) A-Gas Italia s.r.l. (IT) Abcr GmbH (DE) Arkema France (FR) Ateliers Bigata SASU (FR) BASF Agri-Production S.A.S. (FR) BTC B.V. (NL) EAF protect s.r.o. (CZ) Gielle Industries di Luigi Galantucci (IT) Hugen Maintenance for Aircraft B.V. (NL) Hugen Reprocessing Company Dutch Halonbank bv (NL) Intergeo LTD (EL) Lufthansa Technik AG (DE) P.U. Poz-Pliszka Sp. z o.o. (PL) Plane Care Ltd. (BG) Savi Technologie sp. z o.o. (PL) Societe Air France Industries (FR) UTM Umwelt-Technik-Metallrecycling GmbH (DE) Valliscor Europa Limited (IE) |
ANEXO III
GRUPO IV
Cuotas de importación de tetracloruro de carbono que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima y como agente de transformación en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Empresas Abcr GmbH (DE) Arkema France (FR) Nobian Industrial Chemicals B.V (NL) |
ANEXO IV
GRUPO V
Cuotas de importación de 1,1,1-tricloroetano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Empresas Arkema France (FR) |
ANEXO V
GRUPO VI
Cuotas de importación de bromuro de metilo que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Empresas Abcr GmbH (DE) Euroapi France (FR) GHC Gerling, Holz & Co. Handels GmbH (DE) ICL Europe Cooperatief U.A. (NL) Mebrom NV (BE) Mebrom Technology NV (BE) Sigma-Aldrich Chemie GmbH (DE) |
ANEXO VI
GRUPO VII
Cuotas de importación de hidrobromofluorocarburos que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Empresas Abcr GmbH (DE) Euroapi France (FR) Fermion oy (FI) Hovione FarmaCiencia SA (PT) R.P. Chem s.r.l. (IT) Sterling SpA (IT) Valliscor Europa Limited (IE) |
ANEXO VII
GRUPO VIII
Cuotas de importación de hidroclorofluorocarburos que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Empresas Abcr GmbH (DE) Arkema france (FR) Bayer AG (DE) Chemours Netherlands B.V. (NL) Dyneon GmbH (DE) Olon S.p.A. (IT) Solvay Fluor GmbH (DE) Solvay France S.A (FR) Solvay Specialty Polymers Italy SpA (IT) Tazzetti SAU (ES) Tazzetti SpA (IT) |
ANEXO VIII
GRUPO IX
Cuotas de importación de bromoclorometano que se asignan a los importadores de acuerdo con el Reglamento (CE) n.o 1005/2009 para su uso como materia prima en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.
Empresas Albemarle Europe SPRL (BE) ICL Europe Cooperatief U.A. (NL) Laboratorios Miret S.A. (ES) Sigma-Aldrich Chemie GmbH (DE) Valliscor Europa Limited (IE) |
ANEXO IX
(Información comercial confidencial - no destinada a publicación)
ANEXO X
Empresas autorizadas a producir o importar para usos de laboratorio y análisis en 2024
La asignación de cuotas de las sustancias reguladas que pueden utilizarse para usos de laboratorio y análisis corresponderá a las empresas siguientes:
Empresas Abcr GmbH (DE) |
AGC Pharma Chemicals Europe (ES) |
Agilent Technologies Deutschland GmbH (DE) |
Arkema France (FR) |
Biovit d.o.o. (HR) |
Daikin Refrigerants Frankfurt GmbH (DE) |
GBA Pharma GmbH (DE) |
Gedeon Richter Plc. (HU) |
I2 Analytical Limited sp. z o. o. Oddział w Polsce (PL) |
Labmix24 GmbH (DE) |
LGC GmbH (DE) |
LGC Standards GmbH (DE) |
Neochema GmbH (DE) |
Northern Ireland Environment Agency (UK_NI) |
Restek France (FR) |
Restek GmbH (DE) |
Restek S.r.l. (IT) |
Sigma Aldrich Chimie sarl (FR) |
Sigma-Aldrich Chemie GmbH (DE) |
Solvay Fluor GmbH (DE) |
Solvay France S.A (FR) |
Solvay Specialty Polymers Italy SpA (IT) |
Techlab sarl (FR) |
Ultra Scientific Italia srl (IT) |
Valliscor Europa Limited (IE) |
ANEXO XI
(Información comercial confidencial - no destinada a publicación)
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2023/2883/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)