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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2023/2750

22.12.2023

ADOPCIÓN DEFINITIVA (EU, Euratom) 2023/2750

del presupuesto rectificativo n.o 4 de la Unión Europea para el ejercicio 2023

LA PRESIDENTA DEL PARLAMENTO EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 314, apartado 4, letra a), y apartado 9,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular su artículo 106 bis,

Vista la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por la que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom (1),

Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (2), y en particular su artículo 43,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (3),

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios (4),

Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2023, adoptado definitivamente el 23 de noviembre de 2022 (5),

Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 4 de la Unión Europea para el ejercicio 2023, adoptado por la Comisión el 11 de octubre de 2023,

Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.o 4/2023, adoptada por el Consejo el 9 de noviembre de 2023 y transmitida al Parlamento Europeo ese mismo día,

Vista la aprobación de la Posición del Consejo por parte del Parlamento el 22 de noviembre de 2023,

Vistos los artículos 94 y 96 del Reglamento interno del Parlamento Europeo,

DECLARA:

Artículo único

El procedimiento previsto en el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea ha concluido y el presupuesto rectificativo n.o 4 de la Unión Europea para el ejercicio 2023 ha quedado definitivamente adoptado.

Hecho en Estrasburgo, el 22 de noviembre de 2023.

La Presidenta

R. METSOLA


(1)   DO L 424 de 15.12.2020, p. 1.

(2)   DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.

(3)   DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11.

(4)   DO L 433 I de 22.12.2020, p. 28.

(5)   DO L 58 de 23.2.2023.


PRESUPUESTO RECTIFICATIVO No 4 PARA EL EJERCICIO 2023

SUMARIO

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE LA UNIÓN 3
CÁLCULO DE LA FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO 4
B. ESTADO GENERAL DE INGRESOS POR LÍNEA PRESUPUESTARIA 12

— TÍTULO 1:

RECURSOS PROPIOS 13

ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

SECCIÓN III: COMISIÓN 17
— ESTADO DE GASTOS 18

— TÍTULO 01:

INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN 20

— TÍTULO 02:

INVERSIONES ESTRATÉGICAS EUROPEAS 24

— TÍTULO 05:

DESARROLLO REGIONAL Y COHESIÓN 33

— TÍTULO 07:

INVERTIR EN LAS PERSONAS, LA COHESIÓN SOCIAL Y LOS VALORES 40

— TÍTULO 08:

AGRICULTURA Y POLÍTICA MARÍTIMA 53

— TÍTULO 09:

MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA 59

— TÍTULO 10:

MIGRACIÓN 67

— TÍTULO 20:

GASTOS ADMINISTRATIVOS DE LA COMISIÓN EUROPEA 74

— TÍTULO 21:

ESCUELAS EUROPEAS Y PENSIONES 79

— TÍTULO 30:

RESERVAS 88
— PERSONAL 92
SECCIÓN VII: COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES 95
— ESTADO DE GASTOS 96

— TÍTULO 1:

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN 97

— TÍTULO 2:

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO 103
SECCIÓN X: SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR 108
— ESTADO DE GASTOS 109

— TÍTULO 3:

DELEGACIONES 111

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A.   FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE LA UNIÓN

Cálculo de la financiación del presupuesto

Asignación de recursos de la Unión con el fin de garantizar, de conformidad con el artículo 311 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la financiación del presupuesto anual de la Unión

Descripción de los ingresos

Presupuesto de 2023 (1)

Presupuesto de 2022 (2)

Variación (%)

Ingresos diversos (títulos 3 a 6)

11 643 369 035

13 129 990 502

–11,32

Excedente disponible del ejercicio anterior (capítulo 2 0, artículo 2 0 0)

2 519 010 950

3 227 058 807

–21,94

Saldos y ajustes (capítulos 2 1, 2 2, 2 3 y 2 4)

p.m.

- 247 000 000

Total de ingresos de los títulos 2 a 6

14 162 379 985

16 110 049 309

–12,09

Importe neto de los derechos de aduana y de las cotizaciones por el azúcar (capítulos 1 1 y 1 2)

23 730 100 000

23 764 800 000

–0,15

Recurso propio IVA al tipo uniforme (cuadros 1 y 2, capítulo 1 3)

22 458 526 500

19 714 233 150

+13,92

Recurso propio procedente de los residuos de envases de plástico (cuadro 3, capítulo 1 7)

7 201 885 360

6 361 164 480

+13,22

Resto que se financiará con el recurso complementario (recurso propio «RNB», cuadro 4, capítulo 1 4)

97 650 082 928

104 087 927 412

–6,19

Créditos que se financiarán mediante los recursos propios a los que se refiere el artículo 2 de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 (3), (4)

151 040 594 788

153 928 125 042

–1,88

Total de los ingresos  (5)

165 202 974 773

170 038 174 351

–2,84


CUADRO 1

Cálculo de la nivelación de las bases del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053

Estado miembro

1 % de la base «IVA» sin nivelar

1 % de la renta nacional bruta

Tipo de nivelación (en %)

1 % de la renta nacional bruta multiplicado por el tipo de nivelación

1 % de la base «IVA» nivelada  (6)

Estados miembros con base «IVA» nivelada

 

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6)

Bélgica

2 342 269 000

5 828 132 000

50

2 914 066 000

2 342 269 000

 

Bulgaria

455 875 000

924 697 000

50

462 348 500

455 875 000

 

Chequia

1 270 905 000

3 003 189 000

50

1 501 594 500

1 270 905 000

 

Dinamarca

1 594 670 000

3 897 664 000

50

1 948 832 000

1 594 670 000

 

Alemania

17 687 499 000

42 427 821 000

50

21 213 910 500

17 687 499 000

 

Estonia

188 409 000

386 473 000

50

193 236 500

188 409 000

 

Irlanda

1 237 602 000

4 029 895 000

50

2 014 947 500

1 237 602 000

 

Grecia

914 662 000

2 223 599 000

50

1 111 799 500

914 662 000

 

España

6 825 633 000

14 147 067 000

50

7 073 533 500

6 825 633 000

 

Francia

13 841 919 000

28 830 383 000

50

14 415 191 500

13 841 919 000

 

Croacia

433 756 000

734 940 000

50

367 470 000

367 470 000

Croacia

Italia

9 062 660 000

20 543 786 000

50

10 271 893 000

9 062 660 000

 

Chipre

193 199 000

267 816 000

50

133 908 000

133 908 000

Chipre

Letonia

200 269 000

427 112 000

50

213 556 000

200 269 000

 

Lituania

322 375 000

720 872 000

50

360 436 000

322 375 000

 

Luxemburgo

412 049 000

554 378 000

50

277 189 000

277 189 000

Luxemburgo

Hungría

823 591 000

1 838 244 000

50

919 122 000

823 591 000

 

Malta

97 451 000

168 063 000

50

84 031 500

84 031 500

Malta

Países Bajos

4 697 841 000

9 994 603 000

50

4 997 301 500

4 697 841 000

 

Austria

2 261 194 000

4 792 481 000

50

2 396 240 500

2 261 194 000

 

Polonia

3 599 956 000

7 027 604 000

50

3 513 802 000

3 513 802 000

Polonia

Portugal

1 250 409 000

2 542 012 000

50

1 271 006 000

1 250 409 000

 

Rumanía

1 149 734 000

3 153 342 000

50

1 576 671 000

1 149 734 000

 

Eslovenia

318 422 000

635 175 000

50

317 587 500

317 587 500

Eslovenia

Eslovaquia

538 092 000

1 190 606 000

50

595 303 000

538 092 000

 

Finlandia

1 086 261 000

2 783 280 000

50

1 391 640 000

1 086 261 000

 

Suecia

2 415 898 000

5 764 845 000

50

2 882 422 500

2 415 898 000

 

Total

75 222 600 000

168 838 079 000

 

84 419 039 500

74 861 755 000

 


CUADRO 2

Desglose de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 (capítulo 1 3)

Estado miembro

1 % de la base «IVA» nivelada

Tipo uniforme del recurso propio basado en el IVA (en %)

Recurso propio «IVA» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3) = (1) × (2)

Bélgica

2 342 269 000

0,30

702 680 700

Bulgaria

455 875 000

0,30

136 762 500

Chequia

1 270 905 000

0,30

381 271 500

Dinamarca

1 594 670 000

0,30

478 401 000

Alemania

17 687 499 000

0,30

5 306 249 700

Estonia

188 409 000

0,30

56 522 700

Irlanda

1 237 602 000

0,30

371 280 600

Grecia

914 662 000

0,30

274 398 600

España

6 825 633 000

0,30

2 047 689 900

Francia

13 841 919 000

0,30

4 152 575 700

Croacia

367 470 000

0,30

110 241 000

Italia

9 062 660 000

0,30

2 718 798 000

Chipre

133 908 000

0,30

40 172 400

Letonia

200 269 000

0,30

60 080 700

Lituania

322 375 000

0,30

96 712 500

Luxemburgo

277 189 000

0,30

83 156 700

Hungría

823 591 000

0,30

247 077 300

Malta

84 031 500

0,30

25 209 450

Países Bajos

4 697 841 000

0,30

1 409 352 300

Austria

2 261 194 000

0,30

678 358 200

Polonia

3 513 802 000

0,30

1 054 140 600

Portugal

1 250 409 000

0,30

375 122 700

Rumanía

1 149 734 000

0,30

344 920 200

Eslovenia

317 587 500

0,30

95 276 250

Eslovaquia

538 092 000

0,30

161 427 600

Finlandia

1 086 261 000

0,30

325 878 300

Suecia

2 415 898 000

0,30

724 769 400

Total

74 861 755 000

 

22 458 526 500


CUADRO 3

Desglose de los recursos propios procedentes de los residuos de envases de plástico conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 (capítulo 1 7)

Estado miembro

Residuos de envases de plástico que no se reciclan (kg)

Tipo de referencia por kg en EUR

Contribución bruta

Reducción bruta

Contribución neta

 

(1)

(2)

(3) = (1) × (2)

(4)

(5) = (3) – (4)

Bélgica

211 801 800

 

169 441 440

 

169 441 440

Bulgaria

76 347 600

 

61 078 080

22 000 000

39 078 080

Chequia

152 087 500

 

121 670 000

32 187 600

89 482 400

Dinamarca

177 087 300

 

141 669 840

 

141 669 840

Alemania

1 779 081 400

 

1 423 265 120

 

1 423 265 120

Estonia

30 978 000

 

24 782 400

4 000 000

20 782 400

Irlanda

236 120 600

 

188 896 480

 

188 896 480

Grecia

129 529 900

 

103 623 920

33 000 000

70 623 920

España

1 035 520 700

 

828 416 560

142 000 000

686 416 560

Francia

1 955 262 600

 

1 564 210 080

 

1 564 210 080

Croacia

46 773 800

 

37 419 040

13 000 000

24 419 040

Italia

1 299 206 400

0,80

1 039 365 120

184 048 000

855 317 120

Chipre

10 508 300

 

8 406 640

3 000 000

5 406 640

Letonia

29 282 800

 

23 426 240

6 000 000

17 426 240

Lituania

40 921 300

 

32 737 040

9 000 000

23 737 040

Luxemburgo

15 441 900

 

12 353 520

 

12 353 520

Hungría

346 302 100

 

277 041 680

30 000 000

247 041 680

Malta

14 479 800

 

11 583 840

1 415 900

10 167 940

Países Bajos

291 519 000

 

233 215 200

 

233 215 200

Austria

213 901 900

 

171 121 520

 

171 121 520

Polonia

811 444 900

 

649 155 920

117 000 000

532 155 920

Portugal

282 309 500

 

225 847 600

31 322 000

194 525 600

Rumanía

346 971 100

 

277 576 880

60 000 000

217 576 880

Eslovenia

29 817 200

 

23 853 760

6 279 700

17 574 060

Eslovaquia

56 745 400

 

45 396 320

17 000 000

28 396 320

Finlandia

111 172 900

 

88 938 320

 

88 938 320

Suecia

160 807 500

 

128 646 000

 

128 646 000

Total

9 891 423 200

 

7 913 138 560

711 253 200

7 201 885 360


CUADRO 4

Determinación del tipo uniforme y desglose de los recursos propios basados en la RNB conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 (capítulo 1 4)

Estado miembro

1 % de la RNB

Tipo uniforme del recurso propio «complementario»

Recurso propio «complementario» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3) = (1) × (2)

Bélgica

5 828 132 000

 

3 370 789 199

Bulgaria

924 697 000

 

534 812 640

Chequia

3 003 189 000

 

1 736 940 249

Dinamarca

3 897 664 000

 

2 254 273 533

Alemania

42 427 821 000

 

24 538 778 597

Estonia

386 473 000

 

223 522 565

Irlanda

4 029 895 000

 

2 330 751 352

Grecia

2 223 599 000

 

1 286 052 459

España

14 147 067 000

 

8 182 172 374

Francia

28 830 383 000

 

16 674 492 552

Croacia

734 940 000

 

425 063 779

Italia

20 543 786 000

 

11 881 812 553

Chipre

267 816 000

 

154 895 476

Letonia

427 112 000

0,5783653  (7)

247 026 752

Lituania

720 872 000

 

416 927 337

Luxemburgo

554 378 000

 

320 632 987

Hungría

1 838 244 000

 

1 063 176 507

Malta

168 063 000

 

97 201 804

Países Bajos

9 994 603 000

 

5 780 531 368

Austria

4 792 481 000

 

2 771 804 618

Polonia

7 027 604 000

 

4 064 522 159

Portugal

2 542 012 000

 

1 470 211 484

Rumanía

3 153 342 000

 

1 823 783 530

Eslovenia

635 175 000

 

367 363 167

Eslovaquia

1 190 606 000

 

688 605 173

Finlandia

2 783 280 000

 

1 609 752 518

Suecia

5 764 845 000

 

3 334 186 196

Total

168 838 079 000

 

97 650 082 928


CUADRO 5

Reducciones a tanto alzado anuales basadas en la RNB para determinados Estados miembros y su financiación de conformidad con el artículo 2, apartado 4, de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 (capítulo 1 6)

Estado miembro

Reducción bruta

Cuota de la base «RNB»

Financiación de la reducción bruta en favor de Dinamarca, Alemania, Países Bajos, Austria y Suecia

Financiación neta de la reducción en favor de Dinamarca, Países Bajos, Alemania, Austria y Suecia

 

(1)

(2)

(3)

(4) = (1) + (3)

Bélgica

 

3,45

288 691 205

288 691 205

Bulgaria

 

0,55

45 804 023

45 804 023

Chequia

 

1,78

148 760 229

148 760 229

Dinamarca

- 414 697 040

2,31

193 067 233

- 221 629 807

Alemania

-4 038 071 182

25,13

2 101 623 432

-1 936 447 750

Estonia

 

0,23

19 143 588

19 143 588

Irlanda

 

2,39

199 617 175

199 617 175

Grecia

 

1,32

110 143 949

110 143 949

España

 

8,38

700 762 066

700 762 066

Francia

 

17,08

1 428 086 737

1 428 086 737

Croacia

 

0,44

36 404 583

36 404 583

Italia

 

12,17

1 017 617 710

1 017 617 710

Chipre

 

0,16

13 266 021

13 266 021

Letonia

 

0,25

21 156 604

21 156 604

Lituania

 

0,43

35 707 737

35 707 737

Luxemburgo

 

0,33

27 460 609

27 460 609

Hungría

 

1,09

91 055 741

91 055 741

Malta

 

0,10

8 324 847

8 324 847

Países Bajos

-2 113 084 920

5,92

495 073 548

-1 618 011 372

Austria

- 621 495 565

2,84

237 391 177

- 384 104 388

Polonia

 

4,16

348 105 957

348 105 957

Portugal

 

1,51

125 916 247

125 916 247

Rumanía

 

1,87

156 197 921

156 197 921

Eslovenia

 

0,38

31 462 815

31 462 815

Eslovaquia

 

0,71

58 975 583

58 975 583

Finlandia

 

1,65

137 867 237

137 867 237

Suecia

-1 175 891 608

3,41

285 556 341

- 890 335 267

Total

-8 363 240 315

100,00

8 363 240 315

0

Deflactor de precios del PIB UE, en EUR (previsiones económicas primavera 2022):

a) 2020 EU27 = 107,0024; b) 2023 EU27 = 117,7018

Cantidad a tanto alzado para Dinamarca, a precios de 2023: 377 000 000  EUR × [(b/a)] = 414 697 040  EUR

Cantidad a tanto alzado para Alemania, a precios de 2023: 3 671 000 000  EUR × [ (b/a) ] = 4 038 071 182  EUR

Cantidad a tanto alzado para los Países Bajos, a precios de 2023: 1 921 000 000  EUR × [ (b/a) ] = 2 113 084 920  EUR

Cantidad a tanto alzado para Austria, a precios de 2023: 565 000 000  EUR × [(b/a)] = 621 495 565  EUR

Cantidad a tanto alzado para Suecia, a precios de 2023: 1 069 000 000  EUR × [ (b/a) ] = 1 175 891 608  EUR


CUADRO 6

Resumen de la financiación del presupuesto general (8) por categoría de recurso propio y por Estado miembro

Estado miembro

Recursos propios tradicionales (RPT)

 

 

 

Recursos propios basados en el IVA y la RNB

Total recursos propios (9)

Cotizaciones netas en el sector del azúcar (75 %)

Derechos de aduana netos (75 %)

Total de los recursos propios tradicionales netos (75 %)

Gastos de recaudación (25 % de los RPT brutos) (p.m.)

Recurso propio «IVA»

Recurso propio basado en los residuos de los envases de plástico

Recurso propio «RNB»

Reducciones a tanto alzado basadas en la RNB y su financiación

«Contribuciones nacionales» totales

Cuota en las «contribuciones nacionales» totales (%)

 

(1)

(2)

(3) = (1) + (2)

(4)

(5)

(6)

(7)

(8)

(9) = (5) + (6) +(7) + (8)

(10)

(11) = (3) + (9)

Bélgica

p.m.

2 164 100 000

2 164 100 000

721 366 667

702 680 700

169 441 440

3 370 789 199

288 691 205

4 531 602 544

3,56

6 695 702 544

Bulgaria

p.m.

170 300 000

170 300 000

56 766 667

136 762 500

39 078 080

534 812 640

45 804 023

756 457 243

0,59

926 757 243

Chequia

p.m.

449 700 000

449 700 000

149 900 000

381 271 500

89 482 400

1 736 940 249

148 760 229

2 356 454 378

1,85

2 806 154 378

Dinamarca

p.m.

444 600 000

444 600 000

148 200 000

478 401 000

141 669 840

2 254 273 533

- 221 629 807

2 652 714 566

2,08

3 097 314 566

Alemania

p.m.

4 796 100 000

4 796 100 000

1 598 699 999

5 306 249 700

1 423 265 120

24 538 778 597

-1 936 447 750

29 331 845 667

23,04

34 127 945 667

Estonia

p.m.

65 800 000

65 800 000

21 933 333

56 522 700

20 782 400

223 522 565

19 143 588

319 971 253

0,25

385 771 253

Irlanda

p.m.

521 800 000

521 800 000

173 933 333

371 280 600

188 896 480

2 330 751 352

199 617 175

3 090 545 607

2,43

3 612 345 607

Grecia

p.m.

338 700 000

338 700 000

112 900 000

274 398 600

70 623 920

1 286 052 459

110 143 949

1 741 218 928

1,37

2 079 918 928

España

p.m.

2 101 500 000

2 101 500 000

700 500 000

2 047 689 900

686 416 560

8 182 172 374

700 762 066

11 617 040 900

9,12

13 718 540 900

Francia

p.m.

2 191 900 000

2 191 900 000

730 633 333

4 152 575 700

1 564 210 080

16 674 492 552

1 428 086 737

23 819 365 069

18,71

26 011 265 069

Croacia

p.m.

60 500 000

60 500 000

20 166 667

110 241 000

24 419 040

425 063 779

36 404 583

596 128 402

0,47

656 628 402

Italia

p.m.

2 645 600 000

2 645 600 000

881 866 667

2 718 798 000

855 317 120

11 881 812 553

1 017 617 710

16 473 545 383

12,94

19 119 145 383

Chipre

p.m.

40 600 000

40 600 000

13 533 333

40 172 400

5 406 640

154 895 476

13 266 021

213 740 537

0,17

254 340 537

Letonia

p.m.

66 700 000

66 700 000

22 233 333

60 080 700

17 426 240

247 026 752

21 156 604

345 690 296

0,27

412 390 296

Lituania

p.m.

159 000 000

159 000 000

53 000 000

96 712 500

23 737 040

416 927 337

35 707 737

573 084 614

0,45

732 084 614

Luxemburgo

p.m.

15 900 000

15 900 000

5 300 000

83 156 700

12 353 520

320 632 987

27 460 609

443 603 816

0,35

459 503 816

Hungría

p.m.

248 900 000

248 900 000

82 966 667

247 077 300

247 041 680

1 063 176 507

91 055 741

1 648 351 228

1,29

1 897 251 228

Malta

p.m.

22 300 000

22 300 000

7 433 333

25 209 450

10 167 940

97 201 804

8 324 847

140 904 041

0,11

163 204 041

Países Bajos

p.m.

3 723 300 000

3 723 300 000

1 241 100 000

1 409 352 300

233 215 200

5 780 531 368

-1 618 011 372

5 805 087 496

4,56

9 528 387 496

Austria

p.m.

288 200 000

288 200 000

96 066 667

678 358 200

171 121 520

2 771 804 618

- 384 104 388

3 237 179 950

2,54

3 525 379 950

Polonia

p.m.

1 417 800 000

1 417 800 000

472 600 000

1 054 140 600

532 155 920

4 064 522 159

348 105 957

5 998 924 636

4,71

7 416 724 636

Portugal

p.m.

266 100 000

266 100 000

88 700 000

375 122 700

194 525 600

1 470 211 484

125 916 247

2 165 776 031

1,70

2 431 876 031

Rumanía

p.m.

324 800 000

324 800 000

108 266 667

344 920 200

217 576 880

1 823 783 530

156 197 921

2 542 478 531

2,00

2 867 278 531

Eslovenia

p.m.

244 300 000

244 300 000

81 433 333

95 276 250

17 574 060

367 363 167

31 462 815

511 676 292

0,40

755 976 292

Eslovaquia

p.m.

126 600 000

126 600 000

42 200 000

161 427 600

28 396 320

688 605 173

58 975 583

937 404 676

0,74

1 064 004 676

Finlandia

p.m.

212 000 000

212 000 000

70 666 667

325 878 300

88 938 320

1 609 752 518

137 867 237

2 162 436 375

1,70

2 374 436 375

Suecia

p.m.

623 000 000

623 000 000

207 666 667

724 769 400

128 646 000

3 334 186 196

- 890 335 267

3 297 266 329

2,59

3 920 266 329

Total

p.m.

23 730 100 000

23 730 100 000

7 910 033 333

22 458 526 500

7 201 885 360

97 650 082 928

0

127 310 494 788

100,00

151 040 594 788

B.   ESTADO GENERAL DE INGRESOS POR LÍNEA PRESUPUESTARIA

Título

Denominación

Estimación 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

1

RECURSOS PROPIOS

154 295 406 837

–3 254 812 049

151 040 594 788

2

EXCEDENTES, SALDOS Y AJUSTES

2 519 010 950

 

2 519 010 950

3

INGRESOS ADMINISTRATIVOS

1 894 666 175

 

1 894 666 175

4

INGRESOS FINANCIEROS, INTERESES DE DEMORA Y MULTAS

710 280 669

 

710 280 669

5

GARANTÍAS PRESUPUESTARIAS, EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS

p.m.

 

p.m.

6

INGRESOS, CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES RELACIONADAS CON LAS POLÍTICAS DE LA UNIÓN

9 038 422 191

 

9 038 422 191

 

TOTAL

168 457 786 822

–3 254 812 049

165 202 974 773

TÍTULO 1

Recursos propios

Artículo

Partida

Denominación

Estimación 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

 

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Cotizaciones por el azúcar

p.m.

 

p.m.

 

CAPÍTULO 1 1 — TOTAL

p.m.

 

p.m.

 

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Derechos de aduana y otros derechos

23 730 100 000

 

23 730 100 000

 

CAPÍTULO 1 2 — TOTAL

23 730 100 000

 

23 730 100 000

 

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Recurso propio basado en el impuesto sobre el valor añadido

22 458 526 500

 

22 458 526 500

 

CAPÍTULO 1 3 — TOTAL

22 458 526 500

 

22 458 526 500

 

CAPÍTULO 1 4

1 4 0

Recurso propio basado en la renta nacional bruta

100 904 894 977

–3 254 812 049

97 650 082 928

 

CAPÍTULO 1 4 — TOTAL

100 904 894 977

–3 254 812 049

97 650 082 928

 

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Reducciones a tanto alzado de la RNB concedidas a determinados estados miembros y su financiación

0

 

0

 

CAPÍTULO 1 6 — TOTAL

0

 

0

 

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Recurso propio basado en los residuos de envases de plástico que no se reciclan

7 201 885 360

 

7 201 885 360

 

CAPÍTULO 1 7 — TOTAL

7 201 885 360

 

7 201 885 360

 

Título 1 — Total

154 295 406 837

–3 254 812 049

151 040 594 788

CAPÍTULO 1 1 —

COTIZACIONES Y OTROS DERECHOS PREVISTOS EN EL MARCO DE LA ORGANIZACIÓN COMÚN DE MERCADOS EN EL SECTOR DEL AZÚCAR

CAPÍTULO 1 2 —

DERECHOS DE ADUANA Y OTROS DERECHOS

CAPÍTULO 1 3 —

RECURSO PROPIO BASADO EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

CAPÍTULO 1 4 —

RECURSO PROPIO BASADO EN LA RENTA NACIONAL BRUTA

CAPÍTULO 1 6 —

REDUCCIONES A TANTO ALZADO DE LA RNB CONCEDIDAS A DETERMINADOS ESTADOS MIEMBROS Y SU FINANCIACIÓN

CAPÍTULO 1 7 —

RECURSO PROPIO BASADO EN LOS RESIDUOS DE ENVASES DE PLÁSTICO QUE NO SE RECICLAN

CAPÍTULO 1 4 —   RECURSO PROPIO BASADO EN LA RENTA NACIONAL BRUTA

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

Estimación 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

1 4

RECURSO PROPIO BASADO EN LA RENTA NACIONAL BRUTA

1 4 0

Recurso propio basado en la renta nacional bruta

100 904 894 977

–3 254 812 049

97 650 082 928

 

CAPÍTULO 1 4 — TOTAL

100 904 894 977

–3 254 812 049

97 650 082 928

1 4 0
Recurso propio basado en la renta nacional bruta

Estimación 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

100 904 894 977

–3 254 812 049

97 650 082 928

Comentarios

Los recursos basados en la renta nacional bruta son recursos «adicionales» que proporcionan los ingresos necesarios para financiar, en un ejercicio determinado, los gastos que exceden del importe percibido en concepto de recursos propios tradicionales, de pagos en virtud del IVA, del recurso propio basado en el plástico y de otros ingresos. El recurso basado en la RNB garantiza implícitamente que el presupuesto esté siempre equilibrado ex ante.

El tipo de referencia de la RNB viene determinado por los ingresos adicionales necesarios para financiar los gastos presupuestados no cubiertos por los demás recursos (recurso propio basado en el plástico, recurso basado en el IVA, recursos propios tradicionales y otros ingresos). Así pues, se aplica un tipo de referencia a la RNB de cada uno de los Estados miembros.

El tipo que se aplicará a la RNB de los Estados miembros para el ejercicio financiero de 2023 es del 0,5784 %.

Bases jurídicas

Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por la que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom (DO L 424 de 15.12.2020, p. 1), y en particular su artículo 2, apartado 1, letra d).

Reglamento (UE, Euratom) 2021/770 del Consejo, de 30 de abril de 2021, sobre el cálculo del recurso propio basado en los residuos de envases de plástico que no se reciclan, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de dicho recurso propio, sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería y sobre determinados aspectos del recurso propio basado en la renta nacional bruta (DO L 165 de 11.5.2021, p. 15), y en particular su artículo 4, apartado 1.

Estado miembro

Presupuesto 2023

Presupuesto rectificativo n.o 4/2023

Nuevo importe

Bélgica

3 483 142 256

- 112 353 057

3 370 789 199

Bulgaria

552 638 683

-17 826 043

534 812 640

Chequia

1 794 834 864

-57 894 615

1 736 940 249

Dinamarca

2 329 411 581

-75 138 048

2 254 273 533

Alemania

25 356 689 959

- 817 911 362

24 538 778 597

Estonia

230 972 881

-7 450 316

223 522 565

Irlanda

2 408 438 512

-77 687 160

2 330 751 352

Grecia

1 328 918 363

-42 865 904

1 286 052 459

España

8 454 895 473

- 272 723 099

8 182 172 374

Francia

17 230 276 404

- 555 783 852

16 674 492 552

Croacia

439 231 742

-14 167 963

425 063 779

Italia

12 277 849 766

- 396 037 213

11 881 812 553

Chipre

160 058 356

-5 162 880

154 895 476

Letonia

255 260 494

-8 233 742

247 026 752

Lituania

430 824 100

-13 896 763

416 927 337

Luxemburgo

331 320 128

-10 687 141

320 632 987

Hungría

1 098 613 647

-35 437 140

1 063 176 507

Malta

100 441 674

-3 239 870

97 201 804

Países Bajos

5 973 204 457

- 192 673 089

5 780 531 368

Austria

2 864 192 692

-92 388 074

2 771 804 618

Polonia

4 199 998 293

- 135 476 134

4 064 522 159

Portugal

1 519 215 662

-49 004 178

1 470 211 484

Rumanía

1 884 572 753

-60 789 223

1 823 783 530

Eslovenia

379 607 888

-12 244 721

367 363 167

Eslovaquia

711 557 334

-22 952 161

688 605 173

Finlandia

1 663 407 791

-53 655 273

1 609 752 518

Suecia

3 445 319 224

- 111 133 028

3 334 186 196

Total del artículo 1 4 0

100 904 894 977

-3 254 812 049

97 650 082 928


(1)  Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2023 (DO L 58 de 23.2.2023, p. 1), más los presupuestos rectificativos n.o 1/2023 a n.o 4/2023.

(2)  Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2022 (DO L 45 de 24.2.2022, p. 1), más los presupuestos rectificativos n.o 1/2022 a n.o 5/2022.

(3)  Los recursos propios para el presupuesto de 2023 se determinan con arreglo a las previsiones presupuestarias adoptadas en la reunión n.o 188 del Comité Consultivo de Recursos Propios, de 25 de mayo de 2023.

(4)  La cantidad incluye, en 2023, 1 309 775 000 EUR en relación con los pasivos de la Unión derivados de los empréstitos a que se refiere el artículo 5 de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053.

(5)  El artículo 310, apartado 1, párrafo tercero, del TFUE dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

(6)  La base que se ha de tener en cuenta no excede del 50 % de la RNB.

(7)  Cálculo del tipo: (97 650 082 928) / (168 838 079 000) = 0,578365280547879.

(8)  p.m. (recursos propios + otros ingresos = ingresos totales = gastos totales); (151 040 594 788 + 14 162 379 985 = 165 202 974 773 = 165 202 974 773).

(9)  Total de recursos propios como porcentaje de la RNB: (151 040 594 788)/(16 883 807 900 000) = 0,89 %; total techo de recursos propios de conformidad con los artículos 3 y 6 de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo: 2,00 %.


SECCIÓN III

COMISIÓN

GASTOS

Título

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

01

INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN

13 576 916 265

12 856 550 089

– 280 000 000

– 264 000 000

13 296 916 265

12 592 550 089

02

INVERSIONES ESTRATÉGICAS EUROPEAS

4 898 772 853

4 735 239 148

 

– 348 560 284

4 898 772 853

4 386 678 864

 

Reservas (30 02 02)

3 972 000

3 972 000

 

 

3 972 000

3 972 000

 

 

4 902 744 853

4 739 211 148

 

– 348 560 284

4 902 744 853

4 390 650 864

03

MERCADO ÚNICO

939 232 234

943 158 600

 

 

939 232 234

943 158 600

04

ESPACIO

2 167 913 237

2 163 472 237

 

 

2 167 913 237

2 163 472 237

 

Reservas (30 01 01, 30 02 02)

108 250 000

100 500 000

 

 

108 250 000

100 500 000

 

 

2 276 163 237

2 263 972 237

 

 

2 276 163 237

2 263 972 237

05

DESARROLLO REGIONAL Y COHESIÓN

46 185 600 509

37 889 317 525

 

–1 081 269 891

46 185 600 509

36 808 047 634

06

RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA

2 637 868 591

2 640 836 067

 

 

2 637 868 591

2 640 836 067

07

INVERTIR EN LAS PERSONAS, LA COHESIÓN SOCIAL Y LOS VALORES

21 759 568 963

17 524 841 807

 

– 649 500 000

21 759 568 963

16 875 341 807

 

Reservas (30 02 02)

3 666 000

3 666 000

 

 

3 666 000

3 666 000

 

 

21 763 234 963

17 528 507 807

 

– 649 500 000

21 763 234 963

16 879 007 807

08

AGRICULTURA Y POLÍTICA MARÍTIMA

54 874 041 540

56 830 516 403

 

– 685 000 000

54 874 041 540

56 145 516 403

 

Reservas (30 02 02)

3 460 000

3 460 000

 

 

3 460 000

3 460 000

 

 

54 877 501 540

56 833 976 403

 

– 685 000 000

54 877 501 540

56 148 976 403

09

MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA

2 338 340 081

596 267 258

2 301 604

2 301 604

2 340 641 685

598 568 862

 

Reservas (30 02 02)

2 301 604

2 301 604

–2 301 604

–2 301 604

 

 

 

 

2 340 641 685

598 568 862

 

 

2 340 641 685

598 568 862

10

MIGRACIÓN

1 626 790 540

1 502 088 787

 

– 259 000 000

1 626 790 540

1 243 088 787

11

GESTIÓN DE LAS FRONTERAS

2 100 520 978

1 536 291 465

 

 

2 100 520 978

1 536 291 465

12

SEGURIDAD

688 722 828

559 037 952

 

 

688 722 828

559 037 952

13

DEFENSA

1 240 886 302

547 336 660

 

 

1 240 886 302

547 336 660

 

Reservas (30 02 01, 30 02 02)

187 027 699

31 000 000

 

 

187 027 699

31 000 000

 

 

1 427 914 001

578 336 660

 

 

1 427 914 001

578 336 660

14

ACCIÓN EXTERIOR

14 680 808 005

11 404 310 319

 

 

14 680 808 005

11 404 310 319

15

AYUDA PREADHESIÓN

2 531 071 473

2 590 627 526

 

 

2 531 071 473

2 590 627 526

16

GASTOS AL MARGEN DE LOS LÍMITES MÁXIMOS ANUALES ESTABLECIDOS EN EL MARCO FINANCIERO PLURIANUAL

50 000 000

80 000 000

 

 

50 000 000

80 000 000

20

GASTOS ADMINISTRATIVOS DE LA COMISIÓN EUROPEA

4 059 678 702

4 059 678 702

–27 619 000

–27 619 000

4 032 059 702

4 032 059 702

21

ESCUELAS EUROPEAS Y PENSIONES

2 566 476 000

2 566 476 000

57 787 126

57 787 126

2 624 263 126

2 624 263 126

30

RESERVAS

3 113 830 332

2 744 693 604

–2 301 604

–2 301 604

3 111 528 728

2 742 392 000

 

Total

182 037 039 433

163 770 740 149

– 249 831 874

–3 257 162 049

181 787 207 559

160 513 578 100

 

De los cuales reservas: 30 01 01, 30 02 01, 30 02 02

308 677 303

144 899 604

–2 301 604

–2 301 604

306 375 699

142 598 000

TÍTULO 01

INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

01 01

GASTOS DE APOYO ADMINISTRATIVO DEL BLOQUE «INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN»

878 610 121

878 610 121

 

 

878 610 121

878 610 121

01 02

HORIZONTE EUROPA

11 669 289 389

11 129 768 658

 

 

11 669 289 389

11 129 768 658

01 03

PROGRAMA DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN DE EURATOM

169 188 183

167 001 765

 

 

169 188 183

167 001 765

01 04

REACTOR TERMONUCLEAR EXPERIMENTAL INTERNACIONAL (ITER)

832 128 572

663 509 002

– 280 000 000

– 264 000 000

552 128 572

399 509 002

01 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

27 700 000

17 660 543

 

 

27 700 000

17 660 543

 

Título 01 — Total

13 576 916 265

12 856 550 089

– 280 000 000

– 264 000 000

13 296 916 265

12 592 550 089

CAPÍTULO 01 04 —   REACTOR TERMONUCLEAR EXPERIMENTAL INTERNACIONAL (ITER)

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

01 04

REACTOR TERMONUCLEAR EXPERIMENTAL INTERNACIONAL (ITER)

01 04 01

Construcción, funcionamiento y explotación de las instalaciones ITER — Empresa Común Europea para el ITER — y el Desarrollo de la Energía de Fusión

1

832 128 572

513 509 002

– 280 000 000

– 264 000 000

552 128 572

249 509 002

01 04 99

Finalización de actividades y programas anteriores

01 04 99 01

Finalización de actividades ITER anteriores (anteriores a 2021)

1

p.m.

150 000 000

 

 

p.m.

150 000 000

 

Artículo 01 04 99 — Subtotal

 

p.m.

150 000 000

 

 

p.m.

150 000 000

 

Capítulo 01 04 — Total

 

832 128 572

663 509 002

– 280 000 000

– 264 000 000

552 128 572

399 509 002

Comentarios

El objetivo del proyecto ITER es demostrar que la fusión es una fuente de energía viable y sostenible, mediante la construcción y la explotación de un reactor experimental de fusión como un paso importante hacia la creación de prototipos de reactores para centrales de fusión que sean seguras, sostenibles, respetuosas del medio ambiente y económicamente viables. La fusión está llamada a desempeñar un papel importante en el futuro panorama energético de Europa como fuente de energía respetuosa con el medio ambiente. Esta evolución adquiere especial importancia a raíz del Acuerdo de París sobre el Cambio Climático de 2015 y del compromiso de la Unión de liderar el camino hacia la descarbonización de la economía y combatir el cambio climático mundial de manera rentable. En este sentido, contribuirá al objetivo del Pacto Verde Europeo de eliminar las emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y fomentará la movilización de las industrias europeas de alta tecnología, que intervienen en la construcción del ITER, lo que proporcionará a la Unión una ventaja competitiva mundial en este prometedor sector.

La Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión fue establecida por la Decisión 2007/198/Euratom. Los cometidos de la Empresa Común son los siguientes:

aportar la contribución de Euratom a la Organización Internacional de la Energía de Fusión ITER,

aportar la contribución de Euratom a las actividades del planteamiento más amplio realizadas con Japón para la rápida consecución de la energía de fusión,

preparar y coordinar un programa de actividades para preparar la construcción de un reactor de fusión de demostración y de las instalaciones conexas.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, países candidatos y, cuando proceda, países candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países) para participar en los programas de la Unión o cualquier otro ingreso afectado consignado en el estado de ingresos darán lugar a la provisión de los correspondientes créditos y a su ejecución con arreglo al presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

Bases jurídicas

Decisión 2007/198/Euratom del Consejo, de 27 de marzo de 2007, por la que se establece la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión y por la que se le confieren ventajas (DO L 90 de 30.3.2007, p. 58).

01 04 01
Construcción, funcionamiento y explotación de las instalaciones ITER — Empresa Común Europea para el ITER — y el Desarrollo de la Energía de Fusión

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

832 128 572

513 509 002

– 280 000 000

– 264 000 000

552 128 572

249 509 002

Comentarios

Este crédito se destina a financiar los gastos administrativos y de explotación de la Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión (Fusión para la Energía).

TÍTULO 02

INVERSIONES ESTRATÉGICAS EUROPEAS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

02 01

GASTOS DE APOYO ADMINISTRATIVO DEL BLOQUE DE INVERSIONES ESTRATÉGICAS EUROPEAS

38 188 450

38 188 450

 

 

38 188 450

38 188 450

02 02

FONDO INVESTEU

339 742 000

388 842 211

 

 

339 742 000

388 842 211

02 03

MECANISMO «CONECTAR EUROPA»

2 977 850 530

2 874 208 370

 

 

2 977 850 530

2 874 208 370

02 04

PROGRAMA EUROPA DIGITAL

1 309 908 996

1 187 658 511

 

– 348 560 284

1 309 908 996

839 098 227

02 10

AGENCIAS DESCENTRALIZADAS

201 446 565

201 446 565

 

 

201 446 565

201 446 565

 

Reservas (30 02 02)

3 972 000

3 972 000

 

 

3 972 000

3 972 000

 

 

205 418 565

205 418 565

 

 

205 418 565

205 418 565

02 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

31 636 312

44 895 041

 

 

31 636 312

44 895 041

 

Título 02 — Total

4 898 772 853

4 735 239 148

 

– 348 560 284

4 898 772 853

4 386 678 864

 

Reservas (30 02 02)

3 972 000

3 972 000

 

 

3 972 000

3 972 000

 

Total + reserva

4 902 744 853

4 739 211 148

 

– 348 560 284

4 902 744 853

4 390 650 864

CAPÍTULO 02 04 —   PROGRAMA EUROPA DIGITAL

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

02 04

PROGRAMA EUROPA DIGITAL

02 04 01

Ciberseguridad

02 04 01 10

Ciberseguridad

1

24 361 553

20 484 548

 

 

24 361 553

20 484 548

02 04 01 11

Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnológica y de Investigación en Ciberseguridad

1

179 058 443

220 374 625

 

–65 653 251

179 058 443

154 721 374

 

Artículo 02 04 01 — Subtotal

 

203 419 996

240 859 173

 

–65 653 251

203 419 996

175 205 922

02 04 02

Informática de alto rendimiento

02 04 02 10

Informática de alto rendimiento

1

16 232 897

48 511 645

 

–24 803 554

16 232 897

23 708 091

02 04 02 11

Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea (EuroHPC)

1

327 579 870

222 883 260

 

 

327 579 870

222 883 260

 

Artículo 02 04 02 — Subtotal

 

343 812 767

271 394 905

 

–24 803 554

343 812 767

246 591 351

02 04 03

Inteligencia artificial

1

226 316 819

383 852 545

 

– 156 431 542

226 316 819

227 421 003

02 04 04

Capacidades

1

66 902 708

71 451 814

 

–49 440 166

66 902 708

22 011 648

02 04 05

Despliegue

02 04 05 01

Despliegue

1

138 788 882

118 924 456

 

–45 500 204

138 788 882

73 424 252

02 04 05 02

Despliegue/Interoperabilidad

1

23 789 959

27 283 590

 

–6 731 567

23 789 959

20 552 023

 

Artículo 02 04 05 — Subtotal

 

162 578 841

146 208 046

 

–52 231 771

162 578 841

93 976 275

02 04 06

Semiconductores

02 04 06 10

Semiconductores – Fondo de Chips InvestEU

1

35 000 000

2 000 000

 

 

35 000 000

2 000 000

02 04 06 11

Empresa Común de Chips

1

271 877 865

71 712 028

 

 

271 877 865

71 712 028

 

Artículo 02 04 06 — Subtotal

 

306 877 865

73 712 028

 

 

306 877 865

73 712 028

02 04 99

Finalización de actividades y programas anteriores

02 04 99 01

Finalización de programas anteriores en el ámbito de las soluciones de interoperabilidad para las Administraciones Públicas, las empresas y los ciudadanos (ISA) (anteriores a 2021)

1

p.m.

180 000

 

 

p.m.

180 000

02 04 99 02

Finalización de la Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea (EuroHPC) en el marco del anterior programa del Mecanismo Conectar Europa - TIC (anterior a 2021)

1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Artículo 02 04 99 — Subtotal

 

p.m.

180 000

 

 

p.m.

180 000

 

Capítulo 02 04 — Total

 

1 309 908 996

1 187 658 511

 

– 348 560 284

1 309 908 996

839 098 227

Comentarios

Los créditos de este capítulo se destinan a financiar acciones centradas en reforzar las capacidades de Europa en informática de alto rendimiento, inteligencia artificial, ciberseguridad y capacidades digitales avanzadas, desarrollo y despliegue de tecnologías cuánticas y semiconductores de vanguardia y de nueva generación, y garantizar su amplio uso en la economía y la sociedad. Fomentadas simultáneamente, ayudarán a crear una economía de datos próspera, a promover la inclusión y la igualdad de oportunidades para todos y a garantizar la creación de valor. Más importante aún, este programa se concentrará en las áreas en las que ningún Estado miembro por sí solo puede garantizar el nivel requerido para el éxito digital. También pondrá su atención en aquellas áreas en las que el gasto público tenga un mayor impacto, especialmente en la mejora de la eficiencia y la calidad de los servicios en los ámbitos de interés público, como la salud, el medio ambiente, el clima, la movilidad y las Administraciones Públicas, y en la ayuda a las pymes para adaptarse al cambio digital.

El Programa Europa Digital también tendrá en cuenta el valor añadido de combinar lo digital con otras tecnologías facilitadoras para maximizar los beneficios de la digitalización.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (los Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los países candidatos y, en su caso, los candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países) por su participación en los programas de la Unión así como cualquier otro ingreso afectado, que se consignen en el estado de ingresos, se utilizarán para habilitar los créditos correspondientes y se ejecutarán en virtud del presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

Bases jurídicas

Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, por el que se establece el Programa Europa Digital y por el que se deroga la Decisión (UE) 2015/2240 (DO L 166 de 11.5.2021, p. 1).

02 04 01
Ciberseguridad

02 04 01 11
Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnológica y de Investigación en Ciberseguridad

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

179 058 443

220 374 625

 

–65 653 251

179 058 443

154 721 374

Comentarios

El Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnológica y de Investigación en Ciberseguridad contribuirá a la ejecución de la parte relativa a la ciberseguridad del Programa Europa Digital y del programa Horizonte Europa. El objetivo del Centro es mejorar las capacidades, los conocimientos y las infraestructuras en materia de ciberseguridad al servicio de las industrias, el sector público y las comunidades de investigación.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos).

AELC — EEE

5 246 412

6 6 0 0

Bases jurídicas

Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, por el que se establece el Programa Europa Digital y por el que se deroga la Decisión (UE) 2015/2240 (DO L 166 de 11.5.2021, p. 1).

Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1290/2013 y (UE) n.o 1291/2013 (DO L 170 de 12.5.2021, p. 1).

Reglamento (UE) 2021/887 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establecen el Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnológica y de Investigación en Ciberseguridad y la Red de Centros Nacionales de Coordinación (DO L 202 de 8.6.2021, p. 1).

02 04 02
Informática de alto rendimiento

02 04 02 10
Informática de alto rendimiento

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

16 232 897

48 511 645

 

–24 803 554

16 232 897

23 708 091

Comentarios

Este crédito se destina a financiar acciones para aumentar y reforzar las capacidades de informática de alto rendimiento y de procesamiento de datos de la Unión, y garantizar su amplio uso en ámbitos de interés público, como la salud, el clima, el medio ambiente y la seguridad, así como por la industria, en particular las pymes.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos).

AELC — EEE

475 624

6 6 0 0

02 04 03
Inteligencia artificial

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

226 316 819

383 852 545

 

– 156 431 542

226 316 819

227 421 003

Comentarios

Este crédito se destina a financiar acciones destinadas a desarrollar la capacidad en materia de inteligencia artificial (IA) en Europa en consonancia con el Paquete sobre Servicios Digitales. A tal fin, las acciones se centrarán en la creación y el refuerzo de las capacidades esenciales de IA, con especial atención a los recursos de datos y la infraestructura de federación en la nube, poniéndolos a disposición de todas las empresas y Administraciones Públicas. Las acciones también reforzarán y fomentarán los vínculos entre las instalaciones de ensayo y experimentación de IA existentes en los Estados miembros y apoyarán la creación de bibliotecas de algoritmos de IA.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos).

AELC — EEE

6 631 083

6 6 0 0

02 04 04
Capacidades

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

66 902 708

71 451 814

 

–49 440 166

66 902 708

22 011 648

Comentarios

Este crédito se destina a financiar acciones para garantizar que la mano de obra actual y futura pueda adquirir fácilmente capacidades digitales avanzadas, especialmente en informática de alto rendimiento, inteligencia artificial y ciberseguridad, ofreciendo a los estudiantes, los graduados y los trabajadores los medios para adquirir y desarrollar estas capacidades, independientemente de dónde se encuentren.

El Programa Europa Digital garantizará la promoción efectiva de la igualdad de oportunidades para todos y la integración de la perspectiva de género en sus acciones.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos).

AELC — EEE

1 960 249

6 6 0 0

02 04 05
Despliegue

02 04 05 01
Despliegue

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

138 788 882

118 924 456

 

–45 500 204

138 788 882

73 424 252

Comentarios

Este crédito se destina a financiar acciones para ampliar el mejor uso de las capacidades digitales, en particular la informática de alto rendimiento, la inteligencia artificial y la ciberseguridad, en toda la economía, en ámbitos de interés público y en la sociedad, incluido el despliegue de soluciones interoperables en ámbitos de interés público, y facilitar el acceso a la tecnología y a conocimientos técnicos para todas las empresas, especialmente las pymes.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos).

AELC — EEE

4 066 514

6 6 0 0

02 04 05 02
Despliegue/Interoperabilidad

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

23 789 959

27 283 590

 

–6 731 567

23 789 959

20 552 023

Comentarios

Este crédito se destina a financiar el bloque de interoperabilidad del Programa Europa Digital, que sucede al Programa ISA2 finalizado en diciembre de 2020.

La interoperabilidad de los servicios públicos europeos concierne a todos los niveles de la Administración, el de la Unión, el nacional, el regional y el local. El objetivo del bloque de interoperabilidad del Programa Europa Digital es eliminar la fragmentación de los servicios europeos y aplicar un enfoque holístico intersectorial y transfronterizo de la interoperabilidad. Facilitará y apoyará el diseño, el desarrollo, la actualización, el uso y el despliegue de soluciones y marcos interoperables por las Administraciones Públicas, las empresas y los ciudadanos europeos. También ofrecerá a las Administraciones Públicas acceso a ensayos y proyectos piloto de tecnologías digitales, incluido su uso transfronterizo.

El bloque de interoperabilidad se ejecutará en estrecha cooperación y coordinación en el contexto del Programa Europa Digital con la DG CNECT, los Estados miembros y los servicios de la Comisión interesados a través de proyectos y medidas de acompañamiento (sensibilización, promoción, creación de comunidades, etc.).

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos).

AELC — EEE

697 046

6 6 0 0

TÍTULO 05

DESARROLLO REGIONAL Y COHESIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

05 01

GASTOS DE APOYO ADMINISTRATIVO DEL BLOQUE «DESARROLLO REGIONAL Y COHESIÓN»

14 910 318

14 910 318

 

 

14 910 318

14 910 318

05 02

FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER)

38 387 742 464

27 309 784 658

 

–1 081 269 891

38 387 742 464

26 228 514 767

05 03

FONDO DE COHESIÓN (FC)

7 747 708 192

10 524 512 549

 

 

7 747 708 192

10 524 512 549

05 04

APOYO A LA COMUNIDAD TURCOCHIPRIOTA

31 739 535

35 000 000

 

 

31 739 535

35 000 000

05 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

3 500 000

5 110 000

 

 

3 500 000

5 110 000

 

Título 05 — Total

46 185 600 509

37 889 317 525

 

–1 081 269 891

46 185 600 509

36 808 047 634

CAPÍTULO 05 02 —   FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER)

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

05 02

FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER)

05 02 01

FEDER — Gastos operativos

2.1

38 086 018 122

3 806 386 073

 

–1 070 000 000

38 086 018 122

2 736 386 073

05 02 02

FEDER — Asistencia técnica operativa

2.1

104 166 916

64 350 000

 

 

104 166 916

64 350 000

05 02 03

Iniciativa Urbana Europea

2.1

63 090 331

44 163 232

 

 

63 090 331

44 163 232

05 02 04

Fondo de Transición Justa (FTJ) — Contribución con cargo al FEDER

2.1

75 214 080

p.m.

 

 

75 214 080

p.m.

05 02 05

FEDER — Financiación en el marco de REACT-UE

05 02 05 01

FEDER — Gastos operativos — Financiación en el marco de REACT-UE

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

05 02 05 02

FEDER — Asistencia técnica operativa — Financiación en el marco de REACT-UE

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

05 02 05 03

Cooperación territorial europea — Gastos operativos — Financiación en el marco de REACT-UE

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Artículo 05 02 05 — Subtotal

 

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

05 02 06

Fondo InvestEU — Contribución con cargo al FEDER

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

05 02 07

Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y los Visados (IGFV) — Contribución con cargo al FEDER

2.1

59 253 015

17 177 518

 

 

59 253 015

17 177 518

05 02 08

Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) — Contribución con cargo al FEDER

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

05 02 09

Horizonte Europa — Contribución con cargo al FEDER

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

05 02 10

Europa Digital — Contribución con cargo al FEDER

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

05 02 11

Mecanismo de Recuperación y Resiliencia — Contribución con cargo al FEDER

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

05 02 99

Finalización de actividades y programas anteriores

05 02 99 01

Finalización del FEDER — Gastos operativos (anteriores a 2021)

2.1

p.m.

23 318 976 880

 

 

p.m.

23 318 976 880

05 02 99 02

Finalización del FEDER — Asistencia técnica operativa (anterior a 2021)

2.1

p.m.

24 750 000

 

 

p.m.

24 750 000

05 02 99 03

Finalización del FEDER — Artículo 25 — Artículo 11 (anteriores a 2021)

2.1

p.m.

835 400

 

– 439 426

p.m.

395 974

05 02 99 04

Finalización del FEDER — Acciones innovadoras en el ámbito del desarrollo urbano sostenible (anteriores a 2021)

2.1

p.m.

33 145 555

 

–10 830 465

p.m.

22 315 090

 

Artículo 05 02 99 — Subtotal

 

p.m.

23 377 707 835

 

–11 269 891

p.m.

23 366 437 944

 

Capítulo 05 02 — Total

 

38 387 742 464

27 309 784 658

 

–1 081 269 891

38 387 742 464

26 228 514 767

Comentarios

Apoyo del FEDER en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento y del objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) en el período de programación 2021-2027 y en períodos anteriores.

Abarcará las tres categorías de regiones siguientes:

las regiones menos desarrolladas, cuyo PIB per cápita sea inferior al 75 % del PIB medio de la Unión,

las regiones en transición, cuyo PIB per cápita se sitúe entre el 75 % y el 100 % del PIB medio de la Unión,

las regiones más desarrolladas, cuyo PIB per cápita sea superior al 100 % del PIB medio de la Unión.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, países candidatos y, cuando proceda, países candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países) para participar en los programas de la Unión o cualquier otro ingreso afectado consignado en el estado de ingresos darán lugar a la provisión de los correspondientes créditos y a su ejecución con arreglo al presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

Además, y de conformidad con el Reglamento (UE) 2020/2094, los ingresos afectados externos resultantes de los ingresos procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea consignados en el estado de ingresos darán lugar a la provisión de créditos para los programas financiados al amparo de REACT-UE en los títulos 05 y 07 por un importe total de 50 620 000 000 EUR en compromisos. Los importes indicados en los comentarios presupuestarios de las líneas pertinentes contempladas en el presente título proporcionan información sobre el importe previsto de los compromisos jurídicos en 2022.

Bases jurídicas

Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 (DO L 433 I de 22.12.2020, p. 23).

Reglamento (UE) 2020/2221 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 en lo que respecta a los recursos adicionales y las disposiciones de ejecución a fin de prestar asistencia para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y para preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE) (DO L 437 de 28.12.2020, p. 30).

Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa (DO L 231 de 30.6.2021, p. 1).

Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión (DO L 231 de 30.6.2021, p. 60).

Reglamento (UE) 2021/1059 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) que recibe apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y los instrumentos de financiación exterior (DO L 231 de 30.6.2021, p. 94).

Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DO L 231 de 30.6.2021, p. 159).

Actos de referencia

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, presentada por la Comisión el 29 de mayo de 2018, relativo a un mecanismo para superar los obstáculos jurídicos y administrativos en un contexto transfronterizo [COM(2018) 373 final].

05 02 01
FEDER — Gastos operativos

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

38 086 018 122

3 806 386 073

 

–1 070 000 000

38 086 018 122

2 736 386 073

Comentarios

Este crédito se destina a financiar el apoyo del FEDER en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento y del objetivo de cooperación territorial europea (Interreg) en el período de programación 2021-2027.

Abarcará las tres categorías de regiones siguientes:

las regiones menos desarrolladas, cuyo PIB per cápita sea inferior al 75 % del PIB medio de la Unión,

las regiones en transición, cuyo PIB per cápita se sitúe entre el 75 % y el 100 % del PIB medio de la Unión,

las regiones más desarrolladas, cuyo PIB per cápita sea superior al 100 % del PIB medio de la Unión.

05 02 99
Finalización de actividades y programas anteriores

Comentarios

Los créditos de este artículo se destinan a financiar los pagos relativos a compromisos pendientes de liquidación de ejercicios anteriores e incluyen la prefinanciación de los programas correspondientes al período 2014-2020, teniendo en cuenta las orientaciones facilitadas por el Consejo Europeo.

05 02 99 03
Finalización del FEDER — Artículo 25 — Artículo 11 (anteriores a 2021)

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

p.m.

835 400

 

– 439 426

p.m.

395 974

Bases jurídicas

Reglamento (UE) n.o 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1080/2006 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 289).

Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

Reglamento (UE) 2017/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, relativo a la creación del programa de apoyo a las reformas estructurales para el período 2017 a 2020 y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1303/2013 y (UE) n.o 1305/2013 (DO L 129 de 19.5.2017, p. 1).

05 02 99 04
Finalización del FEDER — Acciones innovadoras en el ámbito del desarrollo urbano sostenible (anteriores a 2021)

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

p.m.

33 145 555

 

–10 830 465

p.m.

22 315 090

Bases jurídicas

Reglamento (UE) n.o 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1080/2006 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 289).

Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

TÍTULO 07

INVERTIR EN LAS PERSONAS, LA COHESIÓN SOCIAL Y LOS VALORES

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

07 01

GASTOS DE APOYO ADMINISTRATIVO DEL BLOQUE «INVERTIR EN LAS PERSONAS, LA COHESIÓN SOCIAL Y LOS VALORES»

102 379 825

102 379 825

 

 

102 379 825

102 379 825

07 02

FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+)

16 859 496 491

13 109 215 179

 

– 650 000 000

16 859 496 491

12 459 215 179

07 03

ERASMUS+

3 614 429 241

3 237 501 000

 

 

3 614 429 241

3 237 501 000

07 04

CUERPO EUROPEO DE SOLIDARIDAD

137 298 196

117 220 000

 

 

137 298 196

117 220 000

07 05

EUROPA CREATIVA

310 328 116

289 999 987

 

 

310 328 116

289 999 987

07 06

CIUDADANOS, IGUALDAD, DERECHOS Y VALORES

205 958 792

147 246 455

 

 

205 958 792

147 246 455

07 07

JUSTICIA

41 125 000

38 717 603

 

 

41 125 000

38 717 603

07 10

AGENCIAS DESCENTRALIZADAS Y FISCALÍA EUROPEA

267 312 848

262 124 848

500 000

500 000

267 812 848

262 624 848

 

Reservas (30 02 02)

3 666 000

3 666 000

 

 

3 666 000

3 666 000

 

 

270 978 848

265 790 848

500 000

500 000

271 478 848

266 290 848

07 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

221 240 454

220 436 910

– 500 000

 

220 740 454

220 436 910

 

Título 07 — Total

21 759 568 963

17 524 841 807

 

– 649 500 000

21 759 568 963

16 875 341 807

 

Reservas (30 02 02)

3 666 000

3 666 000

 

 

3 666 000

3 666 000

 

Total + reserva

21 763 234 963

17 528 507 807

 

– 649 500 000

21 763 234 963

16 879 007 807

CAPÍTULO 07 02 —   FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+)

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

07 02

FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+)

07 02 01

Capítulo de gestión compartida del FSE+ — Gastos operativos

2.1

16 682 950 899

1 643 367 205

 

– 650 000 000

16 682 950 899

993 367 205

07 02 02

Capítulo de gestión compartida del FSE+ — Asistencia técnica operativa

2.1

24 000 000

22 000 000

 

 

24 000 000

22 000 000

07 02 03

Fondo de Transición Justa (FTJ) — Contribución con cargo al FSE+

2.1

18 803 471

p.m.

 

 

18 803 471

p.m.

07 02 04

FSE+ — Capítulo de Empleo e Innovación Social (EaSI)

2.2

91 500 000

77 000 000

 

 

91 500 000

77 000 000

07 02 05

Fondo Social Europeo (FSE) — Financiación en el marco de REACT-UE

07 02 05 01

FSE — Gastos operativos — Financiación en el marco de REACT-UE

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 05 02

FSE — Asistencia técnica operativa — Financiación en el marco de REACT-UE

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Artículo 07 02 05 — Subtotal

 

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 06

Fondo de Ayuda Europea para los Más Necesitados (FEAD) — Financiación en el marco de REACT-UE

07 02 06 01

FEAD — Gastos operativos — Financiación en el marco de REACT-UE

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 06 02

FEAD — Asistencia técnica operativa — Financiación en el marco de REACT-UE

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Artículo 07 02 06 — Subtotal

 

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 07

Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) — Financiación en el marco de REACT-UE

07 02 07 01

IEJ — Gastos operativos — Financiación en el marco de REACT-UE

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Artículo 07 02 07 — Subtotal

 

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 08

Fondo InvestEU — Contribución con cargo al FSE+

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 09

Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (IGFV) — Contribución con cargo al FSE+

2.1

30 242 121

8 767 277

 

 

30 242 121

8 767 277

07 02 10

Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) — Contribución con cargo al FSE+

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 11

Horizonte Europa — Contribución con cargo al FSE+

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 12

Programa Europa Digital — Contribución con cargo al FSE+

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 13

Erasmus+ — Contribución con cargo al FSE+

2.1

12 000 000

6 000 000

 

 

12 000 000

6 000 000

07 02 14

Mecanismo de Recuperación y Resiliencia — Contribución con cargo al FSE+

2.1

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

07 02 99

Finalización de programas y actividades anteriores

07 02 99 01

Finalización del FSE — Gastos operativos (anteriores a 2021)

2.1

p.m.

10 732 880 722

 

 

p.m.

10 732 880 722

07 02 99 02

Finalización del FSE — Asistencia técnica operativa (anterior a 2021)

2.1

p.m.

2 500 000

 

 

p.m.

2 500 000

07 02 99 03

Finalización de la IEJ (2014-2020)

2.1

p.m.

200 000 000

 

 

p.m.

200 000 000

07 02 99 04

Finalización de FEAD (2014-2020)

2.1

p.m.

400 000 000

 

 

p.m.

400 000 000

07 02 99 05

Finalización del Programa de la Unión Europea para el Empleo y la Innovación Social y otras actividades anteriores conexas (anteriores a 2021)

2.2

p.m.

16 200 000

 

 

p.m.

16 200 000

07 02 99 06

Finalización del FSE — artículo 25 (anterior a 2021)

2.1

p.m.

499 975

 

 

p.m.

499 975

 

Artículo 07 02 99 — Subtotal

 

p.m.

11 352 080 697

 

 

p.m.

11 352 080 697

 

Capítulo 07 02 — Total

 

16 859 496 491

13 109 215 179

 

– 650 000 000

16 859 496 491

12 459 215 179

Comentarios

Los créditos de este capítulo se destinan a financiar los gastos para ayudar a los Estados miembros a lograr elevados niveles de empleo, una protección social justa y una mano de obra capacitada y resiliente para el futuro mundo del trabajo, así como los gastos para apoyar, complementar y añadir valor a las políticas de los Estados miembros a fin de garantizar la igualdad de oportunidades, el acceso al mercado de trabajo, unas condiciones de trabajo justas, la protección social y la inclusión social.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, países candidatos y, cuando proceda, países candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países) para participar en los programas de la Unión o cualquier otro ingreso afectado consignado en el estado de ingresos darán lugar a la provisión de los correspondientes créditos y a su ejecución con arreglo al presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

Además, y de conformidad con el Reglamento (UE) 2020/2094, los ingresos afectados externos resultantes de los ingresos procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea consignados en el estado de ingresos darán lugar a la provisión de créditos para los programas financiados al amparo de REACT-UE en los títulos 05 y 07 por un importe total de 50 620 000 000 EUR en compromisos. Los importes indicados en los comentarios presupuestarios de las líneas pertinentes contempladas en el presente título proporcionan información sobre el importe previsto de los compromisos jurídicos en 2023.

Bases jurídicas

Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

Reglamento (UE) n.o 223/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, relativo al Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (DO L 72 de 12.3.2014, p. 1).

Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 (DO L 433 I de 22.12.2020, p. 23).

Reglamento (UE) 2020/2221 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 en lo que respecta a los recursos adicionales y las disposiciones de ejecución a fin de prestar asistencia para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y para preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT UE) (DO L 437 de 28.12.2020, p. 30).

Reglamento (UE) 2021/177 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de febrero de 2021, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 223/2014 en lo que respecta a la introducción de medidas específicas para hacer frente a la crisis ligada al brote de COVID-19 (DO L 53 de 16.2.2021, p. 1).

Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece el Programa InvestEU y se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017 (DO L 107 de 26.3.2021, p. 30).

Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa (DO L 231 de 30.6.2021, p. 1).

Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1296/2013 (DO L 231 de 30.6.2021, p. 21).

Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DO L 231 de 30.6.2021, p. 159).

07 02 01
Capítulo de gestión compartida del FSE+ — Gastos operativos

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

16 682 950 899

1 643 367 205

 

– 650 000 000

16 682 950 899

993 367 205

Comentarios

La finalidad de este crédito es financiar los gastos destinados a reducir las disparidades económicas, sociales y territoriales que se plantean, particularmente en los países y las regiones menos desarrollados, en relación con la aceleración de la reestructuración económica y social, la transición hacia una energía limpia, la digitalización del lugar de trabajo, el déficit cada vez mayor de capacidades profesionales y de mano de obra, así como el impacto del cambio demográfico, especialmente el envejecimiento de la población, con el fin de crear una Europa más social. Esto debe hacerse en consonancia con los principios del pilar europeo de derechos sociales.

Cubrirá las tres categorías de regiones siguientes:

regiones menos desarrolladas, con un PIB per cápita inferior al 75 % de la media de la Unión,

regiones de transición, con un PIB per cápita comprendido entre el 75 % y el 100 % de la media de la Unión,

regiones más desarrolladas, con un PIB per cápita superior al 100 % de la media de la Unión.

El apoyo del FSE+ debe incluir el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres tanto de forma horizontal como a través de acciones específicas, a fin de aumentar la participación de las mujeres en el empleo y la conciliación de la vida privada y la profesional así como luchar contra la feminización de la pobreza y contra la discriminación por cuestiones de género en el mercado laboral y en los ámbitos de la educación y la formación.

CAPÍTULO 07 10 —   AGENCIAS DESCENTRALIZADAS Y FISCALÍA EUROPEA

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

07 10

AGENCIAS DESCENTRALIZADAS Y FISCALÍA EUROPEA

07 10 01

Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Eurofound)

2.2

23 577 089

23 577 089

 

 

23 577 089

23 577 089

07 10 02

Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA)

2.2

16 306 443

16 306 443

 

 

16 306 443

16 306 443

07 10 03

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop)

2.2

18 883 371

18 883 371

 

 

18 883 371

18 883 371

07 10 04

Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)

2.2

24 575 125

24 575 125

 

 

24 575 125

24 575 125

07 10 05

Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE)

2.2

8 594 058

8 594 058

 

 

8 594 058

8 594 058

07 10 06

Fundación Europea de Formación (ETF)

2.2

22 534 093

22 534 093

 

 

22 534 093

22 534 093

07 10 07

Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust)

2.2

48 806 460

53 839 460

 

 

48 806 460

53 839 460

 

Reservas (30 02 02)

 

3 666 000

3 666 000

 

 

3 666 000

3 666 000

 

 

 

52 472 460

57 505 460

 

 

52 472 460

57 505 460

07 10 08

Fiscalía Europea

2.2

64 601 095

64 601 095

500 000

500 000

65 101 095

65 101 095

07 10 09

Autoridad Laboral Europea (ALE)

2.2

39 435 114

29 214 114

 

 

39 435 114

29 214 114

 

Capítulo 07 10 — Total

 

267 312 848

262 124 848

500 000

500 000

267 812 848

262 624 848

 

Reservas (30 02 02)

 

3 666 000

3 666 000

 

 

3 666 000

3 666 000

 

Total + reserva

 

270 978 848

265 790 848

500 000

500 000

271 478 848

266 290 848

Comentarios

Los créditos de este capítulo se destinan a financiar los gastos de personal y administrativos de las agencias descentralizadas y de la Fiscalía Europea (títulos 1 y 2) y, en su caso, los gastos operativos relacionados con el programa de trabajo (título 3).

Las plantillas de personal de las agencias y de la Fiscalía Europea figuran en el anexo «Personal» de la presente sección.

Las agencias y la Fiscalía Europea deben informar al Parlamento Europeo y al Consejo sobre las transferencias de créditos entre los gastos operativos y los gastos administrativos.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, países candidatos y, cuando proceda, países candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países) para participar en los programas de la Unión, los importes reembolsados con arreglo al artículo 17 del Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 122 de 10.5.2019, p. 1), o cualquier otro ingreso afectado consignado en el estado de ingresos darán lugar a la provisión de los correspondientes créditos y a su ejecución con arreglo al presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

07 10 08
Fiscalía Europea

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

64 601 095

64 601 095

500 000

500 000

65 101 095

65 101 095

Comentarios

La Fiscalía Europea es responsable de investigar, imputar y juzgar a los autores, y cómplices, de los delitos que perjudiquen los intereses financieros de la Unión previstos en la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal (DO L 198 de 28.7.2017, p. 29), y determinados por el Reglamento (UE) 2017/1939. A tal fin, la Fiscalía Europea efectúa las investigaciones y practica los actos propios del ejercicio de la acción penal y ejerce las funciones de acusación ante los órganos jurisdiccionales competentes de los Estados miembros, hasta que concluya definitivamente el caso de que se trate.

Este crédito se destina a financiar los gastos relacionados con la contratación y el personal de la Fiscalía Europea, los gastos inmobiliarios (incluida la seguridad de los edificios), las infraestructuras y las tecnologías de la información administrativa (títulos 1 y 2). Incluye los gastos operativos relacionados con el sistema de gestión de casos de la Fiscalía Europea; la plataforma de intercambio informático entre la oficina central de la Fiscalía Europea, los Fiscales Europeos Delegados y otras autoridades judiciales y policiales de los Estados miembros, que constituye un elemento fundamental para la creación y el buen funcionamiento de la Fiscalía Europea, y disposiciones para los servicios de protección personal de los altos cargos de la Fiscalía, el pago de los Fiscales Europeos Delegados y costes de traducción considerables para las necesidades operativas de la Fiscalía Europea (título 3).

Participación total de la Unión

65 996 394

de la cual importe procedente de la recuperación del excedente

(ingresos artículo 6 6 2)

895 299

Importe consignado en el presupuesto

65 101 095

Bases jurídicas

Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea (DO L 283 de 31.10.2017, p. 1).

CAPÍTULO 07 20 —   PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

07 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

07 20 01

Proyectos piloto

2.2

12 740 500

14 763 876

 

 

12 740 500

14 763 876

07 20 02

Acciones preparatorias

2.2

18 850 000

32 210 706

 

 

18 850 000

32 210 706

07 20 03

Otras acciones

07 20 03 01

Libre circulación de los trabajadores, coordinación de los sistemas de seguridad social y medidas en beneficio de los migrantes, incluidos los procedentes de terceros países

2.2

7 900 000

6 000 000

 

 

7 900 000

6 000 000

 

Artículo 07 20 03 — Subtotal

 

7 900 000

6 000 000

 

 

7 900 000

6 000 000

07 20 04

Acciones financiadas en virtud de las prerrogativas de la Comisión y de las competencias específicas conferidas a la Comisión

07 20 04 01

Acciones multimedios

2.2

20 559 698

17 249 328

 

 

20 559 698

17 249 328

07 20 04 02

Servicios ejecutivos y de comunicación institucional

2.2

47 916 000

47 199 000

 

 

47 916 000

47 199 000

07 20 04 03

Representaciones de la Comisión

2.2

27 826 000

24 554 000

 

 

27 826 000

24 554 000

07 20 04 04

Servicios de comunicación para los ciudadanos

2.2

32 783 000

32 310 000

 

 

32 783 000

32 310 000

07 20 04 05

Casa de la Historia Europea

2.2

3 000 000

3 000 000

 

 

3 000 000

3 000 000

07 20 04 06

Competencias específicas en el ámbito de la política social, incluido el diálogo social

2.2

23 219 084

18 650 000

 

 

23 219 084

18 650 000

07 20 04 07

Otras actividades en el ámbito de los derechos fundamentales

2.2

913 850

900 000

 

 

913 850

900 000

07 20 04 08

Análisis y estudios sobre la situación social, la demografía y la familia.

2.2

3 000 000

2 500 000

– 500 000

 

2 500 000

2 500 000

07 20 04 09

Acciones de formación e información dirigidas a las organizaciones de trabajadores

2.2

22 532 322

21 100 000

 

 

22 532 322

21 100 000

 

Artículo 07 20 04 — Subtotal

 

181 749 954

167 462 328

– 500 000

 

181 249 954

167 462 328

 

Capítulo 07 20 — Total

 

221 240 454

220 436 910

– 500 000

 

220 740 454

220 436 910

07 20 04
Acciones financiadas en virtud de las prerrogativas de la Comisión y de las competencias específicas conferidas a la Comisión

Comentarios

Los créditos de este artículo se destinan a financiar gastos relacionados con tareas derivadas de las prerrogativas institucionales de la Comisión.

Bases jurídicas

Artículo 58, apartado 2, letra d), del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).

07 20 04 08
Análisis y estudios sobre la situación social, la demografía y la familia.

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

3 000 000

2 500 000

– 500 000

 

2 500 000

2 500 000

Comentarios

Este crédito se destina a financiar los gastos de apoyo a estudios analíticos en el ámbito del empleo y los asuntos sociales, así como de análisis y estudios sobre la situación social, la demografía y los cambios demográficos y la familia.

Las acciones relativas a análisis y estudios sobre la situación social, la demografía y los cambios demográficos y la familia tienen por objeto promover mejores respuestas políticas en la Unión y los Estados miembros a los desafíos demográficos, laborales y sociales, incluidos los desafíos de las transiciones digital y ecológica y la necesidad de garantizar transiciones justas y fomentar el crecimiento inclusivo. El crédito se destina a financiar los costes de producción y difusión de análisis de alta calidad e información comparativa en el contexto de las orientaciones políticas de la Comisión y de los objetivos estratégicos de la Unión. Eso ayudará a identificar futuras prioridades para las políticas sociales y de empleo, incluidas medidas específicamente relacionadas con la problemática de género y el desarrollo de capacidades analíticas, de datos y de investigación, a fin de apreciar, evaluar y supervisar las repercusiones socioeconómicas de la transición a una Europa digital y climáticamente neutra, en particular a través de las siguientes actividades:

medidas de promoción del desarrollo de análisis comparativos y el intercambio de puntos de vista y experiencias a todos los niveles pertinentes (regional, nacional, de la Unión y mundial), sobre la situación laboral, social y demográfica y las tendencias socioeconómicas en la Unión, así como la brecha salarial entre hombres y mujeres y la discriminación de la mujer en el lugar de trabajo,

acciones que promuevan la identificación prospectiva de lagunas en las pruebas y necesidades de investigación e innovación socioeconómicas,

medidas de apoyo a un observatorio de la situación social, la cooperación respecto de las actividades pertinentes de los Estados miembros y las organizaciones internacionales, y la gestión de un grupo de apoyo técnico de la Alianza Europea para las Familias,

estudios, reuniones de expertos, difusión de conocimientos, información y publicaciones directamente vinculados a la consecución del objetivo de la estrategia o las medidas cubiertas por la presente partida, así como cualquier otro gasto de asistencia técnica y administrativa que no implique tareas propias de la función pública, subcontratadas por la Comisión en el marco de contratos de servicios específicos.

Este crédito se destina a financiar, en particular, los gastos relativos a los informes mencionados en el TFUE, en particular los informes anuales de la Comisión sobre el empleo y la evolución social en Europa, los informes bienales sobre la evolución demográfica y sus consecuencias, (contribuciones a) información sobre las repercusiones socioeconómicas de la transición a la neutralidad climática y a una Europa digital, y los informes de la Comisión sobre los problemas relativos a la situación social.

Asimismo, este crédito se destina a financiar los gastos de análisis para la elaboración de los informes mencionados en el TFUE, así como para la difusión de conocimientos sobre los principales desafíos laborales, sociales y demográficos, y en particular los desafíos de la transición digital y ecológica, y las formas de enfrentarse a ellos.

Bases jurídicas

Tareas derivadas de las competencias específicas otorgadas a la Comisión directamente por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en virtud de sus artículos 154, 155, 159 y 161.

TÍTULO 08

AGRICULTURA Y POLÍTICA MARÍTIMA

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

08 01

GASTOS ADMINISTRATIVOS DE APOYO AL BLOQUE DE AGRICULTURA Y POLÍTICA MARÍTIMA

14 115 296

14 115 296

 

 

14 115 296

14 115 296

08 02

FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE GARANTÍA (FEAGA)

40 687 640 851

40 693 611 207

 

 

40 687 640 851

40 693 611 207

08 03

FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER)

12 932 826 920

15 085 340 175

 

– 685 000 000

12 932 826 920

14 400 340 175

08 04

FONDO EUROPEO MARÍTIMO, DE PESCA Y DE ACUICULTURA (FEMPA)

1 095 129 432

880 910 362

 

 

1 095 129 432

880 910 362

08 05

ACUERDOS DE COLABORACIÓN DE PESCA SOSTENIBLE Y ORGANIZACIONES REGIONALES DE ORDENACIÓN PESQUERA (OROP)

113 293 754

122 918 754

 

 

113 293 754

122 918 754

 

Reservas (30 02 02)

3 460 000

3 460 000

 

 

3 460 000

3 460 000

 

 

116 753 754

126 378 754

 

 

116 753 754

126 378 754

08 10

AGENCIAS DESCENTRALIZADAS

29 535 287

29 535 287

 

 

29 535 287

29 535 287

08 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

1 500 000

4 085 322

 

 

1 500 000

4 085 322

 

Título 08 — Total

54 874 041 540

56 830 516 403

 

– 685 000 000

54 874 041 540

56 145 516 403

 

Reservas (30 02 02)

3 460 000

3 460 000

 

 

3 460 000

3 460 000

 

Total + reserva

54 877 501 540

56 833 976 403

 

– 685 000 000

54 877 501 540

56 148 976 403

CAPÍTULO 08 03 —   FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER)

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

08 03

FONDO EUROPEO AGRÍCOLA DE DESARROLLO RURAL (FEADER)

08 03 01

Tipos de intervenciones de desarrollo rural

08 03 01 01

Tipos de intervenciones en favor del desarrollo rural en el marco de los planes estratégicos de la PAC

3.2

12 904 404 700

1 612 000 000

 

– 685 000 000

12 904 404 700

927 000 000

08 03 01 02

Tipos de intervenciones en favor del desarrollo rural — Programas de 2014-2022

3.2

p.m.

13 450 000 000

 

 

p.m.

13 450 000 000

08 03 01 03

Tipos de intervenciones en favor del desarrollo rural financiados con cargo al Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (IRUE)

3.2

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Artículo 08 03 01 — Subtotal

 

12 904 404 700

15 062 000 000

 

– 685 000 000

12 904 404 700

14 377 000 000

08 03 02

Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) — Asistencia técnica operativa

3.2

28 422 220

23 340 175

 

 

28 422 220

23 340 175

08 03 03

Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) — Asistencia técnica operativa financiada con cargo al Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (IRUE)

3.2

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

08 03 04

Fondo InvestEU — Contribución del Feader

3.2

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

08 03 99

Finalización de actividades y programas anteriores

08 03 99 01

Finalización de los programas anteriores de desarrollo rural — Gasto operativo (anterior a 2014)

3.2

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

08 03 99 02

Finalización del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) — Asistencia técnica operativa (anterior a 2021)

3.2

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Artículo 08 03 99 — Subtotal

 

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Capítulo 08 03 — Total

 

12 932 826 920

15 085 340 175

 

– 685 000 000

12 932 826 920

14 400 340 175

Comentarios

Los créditos de este capítulo están destinados a financiar las intervenciones de los planes estratégicos de la PAC financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el período de programación 2023-2027, así como los programas del período 2014-2020 de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1305/2013 que se prorrogan a 2021 y 2022 con arreglo a normas transitorias establecidas por el Reglamento (UE) 2020/2220. Dichos créditos también podrán utilizarse para cubrir los pagos pendientes de las medidas del Feader anteriores a 2014 y para la financiación de la asistencia técnica por iniciativa de la Comisión dentro del límite del 0,25 % de la dotación del Feader.

El Feader suministra bienes públicos climáticos y medioambientales específicos, mejora la competitividad de los sectores agrícola y forestal, y promueve la diversificación de la actividad económica y la calidad de vida y el trabajo en las zonas rurales, incluidas las zonas con limitaciones específicas.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (los Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los países candidatos y, en su caso, los candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países terceros) por su participación en los programas de la Unión, así como cualquier otro ingreso afectado que se consignen en el estado de ingresos, conllevan la apertura de los créditos correspondientes y su ejecución en virtud del presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

Además, y de conformidad con el Reglamento (UE) 2020/2094, los ingresos afectados externos resultantes de los ingresos procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea que se consignaron en el estado de ingresos se utilizaron para habilitar créditos para este programa en virtud del presente capítulo por un importe total de 8 070 486 840 EUR en créditos de compromiso en 2021 y 2022. Los importes indicados en los comentarios presupuestarios de las líneas pertinentes contempladas en el presente capítulo informan sobre el importe previsto de los compromisos jurídicos en 2023.

Bases jurídicas

Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

Reglamento (UE) n.o 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1698/2005 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 487).

Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 352/78, (CE) n.o 165/94, (CE) n.o 2799/98, (CE) n.o 814/2000, (CE) n.o 1290/2005 y (CE) n.o 485/2008 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 549).

Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19 (DO L 433 I de 22.12.2020, p. 23).

Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1305/2013, (UE) n.o 1306/2013 y (UE) n.o 1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022 y el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de dicha ayuda en los años 2021 y 2022 (DO L 437 de 28.12.2020, p. 1).

Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece el Programa InvestEU y se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017 (DO L 107 de 26.3.2021, p. 30).

Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.° 1305/2013 y (UE) n.° 1307/2013 (DO L 435 de 6.12.2021, p. 1).

Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 (DO L 435 de 6.12.2021, p. 187).

08 03 01
Tipos de intervenciones de desarrollo rural

08 03 01 01
Tipos de intervenciones en favor del desarrollo rural en el marco de los planes estratégicos de la PAC

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

12 904 404 700

1 612 000 000

 

– 685 000 000

12 904 404 700

927 000 000

Comentarios

Este crédito se destina a financiar los diferentes tipos de intervenciones en favor del desarrollo rural financiadas por el Feader con arreglo a los planes estratégicos de la PAC de los Estados miembros para el período de programación 2023-2027, una vez aprobados dichos planes por la Comisión.

TÍTULO 09

MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

09 01

GASTOS ADMINISTRATIVOS DE APOYO DEL BLOQUE MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA

25 786 341

25 786 341

 

 

25 786 341

25 786 341

09 02

PROGRAMA DE MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA (LIFE)

730 336 939

497 504 826

2 301 604

2 301 604

732 638 543

499 806 430

09 03

FONDO DE TRANSICIÓN JUSTA (FTJ)

1 466 200 981

2 800 000

 

 

1 466 200 981

2 800 000

09 04

INSTRUMENTO DE PRÉSTAMO AL SECTOR PÚBLICO EN EL MARCO DEL MECANISMO PARA UNA TRANSICIÓN JUSTA

50 000 000

p.m.

 

 

50 000 000

p.m.

09 10

AGENCIAS DESCENTRALIZADAS

56 665 820

56 665 820

 

 

56 665 820

56 665 820

 

Reservas (30 02 02)

2 301 604

2 301 604

–2 301 604

–2 301 604

 

 

 

 

58 967 424

58 967 424

–2 301 604

–2 301 604

56 665 820

56 665 820

09 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

9 350 000

13 510 271

 

 

9 350 000

13 510 271

 

Título 09 — Total

2 338 340 081

596 267 258

2 301 604

2 301 604

2 340 641 685

598 568 862

 

Reservas (30 02 02)

2 301 604

2 301 604

–2 301 604

–2 301 604

 

 

 

Total + reserva

2 340 641 685

598 568 862

 

 

2 340 641 685

598 568 862

CAPÍTULO 09 02 —   PROGRAMA DE MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA (LIFE)

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

09 02

PROGRAMA DE MEDIO AMBIENTE Y ACCIÓN POR EL CLIMA (LIFE)

09 02 01

Naturaleza y biodiversidad

3.2

279 011 676

99 323 396

 

 

279 011 676

99 323 396

09 02 02

Economía circular y calidad de vida

3.2

179 714 556

71 731 430

2 301 604

2 301 604

182 016 160

74 033 034

09 02 03

Atenuación del cambio climático y adaptación al mismo

3.2

128 608 139

48 625 000

 

 

128 608 139

48 625 000

09 02 04

Transición hacia una energía limpia

3.2

143 002 568

56 825 000

 

 

143 002 568

56 825 000

09 02 99

Finalización de actividades y programas anteriores

09 02 99 01

Finalización de programas anteriores en el ámbito del medio ambiente y la acción por el clima (LIFE) (anterior a 2021)

3.2

p.m.

221 000 000

 

 

p.m.

221 000 000

 

Artículo 09 02 99 — Subtotal

 

p.m.

221 000 000

 

 

p.m.

221 000 000

 

Capítulo 09 02 — Total

 

730 336 939

497 504 826

2 301 604

2 301 604

732 638 543

499 806 430

Comentarios

Los créditos de este capítulo están destinados a financiar las acciones que contribuyan al cambio hacia una economía limpia, circular, energéticamente eficiente, hipocarbónica y resistente al cambio climático, también mediante la transición hacia las energías limpias, a la protección y la mejora de la calidad del medio ambiente y a frenar e invertir la pérdida de biodiversidad, contribuyendo así al desarrollo sostenible.

El programa LIFE podrá proporcionar financiación de cualquiera de las modalidades establecidas en el Reglamento Financiero, en particular subvenciones, premios y contratación pública. También podrá proporcionar financiación en forma de instrumentos financieros en el marco de operaciones de financiación mixta, que se aplicarán de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/523.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (los Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los países candidatos y, en su caso, los candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países) por su participación en los programas de la Unión así como cualquier otro ingreso afectado que se consignen en el estado de ingresos conllevan la apertura de los créditos correspondientes y su ejecución en virtud del presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

Bases jurídicas

Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece el Programa InvestEU y se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017 (DO L 107 de 26.3.2021, p. 1).

Reglamento (UE) 2021/783 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, por el que se establece un Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1293/2013 (DO L 172 de 17.5.2021, p. 53).

Actos de referencia

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 11 de diciembre de 2019: El Pacto Verde Europeo [COM(2019) 640 final].

09 02 02
Economía circular y calidad de vida

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

179 714 556

71 731 430

2 301 604

2 301 604

182 016 160

74 033 034

Comentarios

Este crédito se destina a financiar los gastos relacionados con la ejecución del subprograma específico para la economía circular y calidad de vida del programa LIFE.

Este subprograma tiene por objeto facilitar la transición hacia una economía sostenible, circular, energéticamente eficiente y resiliente al cambio climático, y proteger, restaurar y mejorar la calidad del medio ambiente.

Apoya proyectos centrados en la consecución del Pacto Verde Europeo. Se trata de acciones relacionadas con la transición hacia una economía eficiente en el uso de los recursos, la gestión de los recursos naturales, como el aire, el agua y la tierra, para lograr el objetivo de contaminación cero, el refuerzo de la aplicación de la legislación medioambiental y la promoción de una buena gobernanza medioambiental.

Comprende lo siguiente:

la financiación de técnicas, métodos y enfoques innovadores para alcanzar los objetivos de la legislación y la política de la Unión en materia de medio ambiente, así como para contribuir a la base de conocimientos y a la aplicación de las mejores prácticas,

el desarrollo, ejecución, seguimiento y control del cumplimiento de las políticas y la legislación de la Unión pertinentes en materia de medio ambiente, también mediante la mejora de la gobernanza a todos los niveles, en particular mediante el refuerzo de las capacidades de los agentes públicos y privados y la participación de la sociedad civil,

el apoyo a acciones destinadas a catalizar el despliegue a gran escala de soluciones técnicas y políticas que generen buenos resultados para aplicar las políticas y la legislación pertinentes de la Unión en materia de medio ambiente mediante la reproducción de resultados, la integración de los objetivos medioambientales conexos en otras políticas y en las prácticas de los sectores público y privado, y la movilización de inversiones sostenibles y la mejora del acceso a la financiación.

Los costes de asistencia técnica para la selección, el control, la evaluación y la auditoría de proyectos, y de apoyo a actividades relacionadas con las tecnologías de la información y la comunicación, la organización de talleres, conferencias y reuniones, así como otras actividades de gobernanza (incluido el apoyo a organizaciones no gubernamentales mediante subvenciones de funcionamiento) pueden financiarse asimismo con cargo a este crédito.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos).

AELC-EEE

268 669

6 6 0 0

CAPÍTULO 09 10 —   AGENCIAS DESCENTRALIZADAS

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

09 10

AGENCIAS DESCENTRALIZADAS

09 10 01

Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas — Directivas medioambientales y convenios internacionales

3.2

4 786 813

4 786 813

 

 

4 786 813

4 786 813

09 10 02

Agencia Europea del Medio Ambiente

3.2

51 879 007

51 879 007

 

 

51 879 007

51 879 007

 

Reservas (30 02 02)

 

2 301 604

2 301 604

–2 301 604

–2 301 604

 

 

 

 

 

54 180 611

54 180 611

–2 301 604

–2 301 604

51 879 007

51 879 007

 

Capítulo 09 10 — Total

 

56 665 820

56 665 820

 

 

56 665 820

56 665 820

 

Reservas (30 02 02)

 

2 301 604

2 301 604

–2 301 604

–2 301 604

 

 

 

Total + reserva

 

58 967 424

58 967 424

–2 301 604

–2 301 604

56 665 820

56 665 820

Comentarios

Los créditos de este capítulo se destinan a financiar los gastos administrativos y de personal de las agencias descentralizadas (títulos 1 y 2) y, cuando proceda, los gastos operativos relacionados con el programa de trabajo (título 3).

Los cuadros de efectivos de las agencias figuran en el anexo «Personal» de esta sección.

Las agencias deberán informar al Parlamento Europeo y al Consejo sobre las transferencias de créditos entre los gastos operativos y los gastos administrativos.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (los Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los países candidatos y, en su caso, los candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países) por su participación en los programas de la Unión, los importes reembolsados de conformidad con el artículo 17 del Reglamento Delegado de la Comisión (UE) 2019/715, de 18 de diciembre de 2018, sobre el Reglamento Financiero marco para los organismos creados de conformidad con el TFUE y con el Tratado Euratom y contemplados en el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 122 de 10.5.2019, p. 1), y cualquier otro ingreso afectado que se consignen en el estado de ingresos darán lugar a la habilitación de los créditos correspondientes y a su ejecución en virtud del presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

09 10 02
Agencia Europea del Medio Ambiente

Cifras (Créditos disociados)

 

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

09 10 02

51 879 007

51 879 007

 

 

51 879 007

51 879 007

Reservas (30 02 02)

2 301 604

2 301 604

–2 301 604

–2 301 604

 

 

Total

54 180 611

54 180 611

–2 301 604

–2 301 604

51 879 007

51 879 007

Comentarios

La misión de la Agencia Europea del Medio Ambiente consiste en proporcionar a la Unión y a los Estados miembros información objetiva, fiable y comparable sobre el medio ambiente a escala de la Unión, que les permita adoptar las medidas necesarias para proteger el medio ambiente, evaluar los resultados de estas medidas e informar al público.

Total de la contribución de la Unión

52 050 630

de la cual, cantidad procedente de la recuperación del excedente

(ingresos, artículo 6 6 2)

171 623

Importe consignado en el presupuesto

51 879 007

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos):

AELC-EEE

1 587 492

6 6 0 0

Bases jurídicas

Reglamento (CE) n.o 401/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativo a la Agencia Europea del Medio Ambiente y a la Red Europea de Información y de Observación sobre el Medio Ambiente (DO L 126 de 21.05.2009, p. 13).

Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 401/2009 y (UE) 2018/1999 («Legislación europea sobre el clima») (DO L 243 de 9.7.2021, p. 1).

Decisión (UE) 2022/591 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de abril de 2022, relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2030 (DO L 114 de 12.4.2012, p. 22).

Actos de referencia

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/841 en lo relativo al ámbito de aplicación, la simplificación de las normas de cumplimiento, el establecimiento de los objetivos de los Estados miembros para 2030 y el compromiso con la consecución colectiva de la neutralidad climática para 2035 en el sector del uso de la tierra, la silvicultura y la agricultura, y el Reglamento (UE) 2018/1999 en lo que respecta a la mejora del seguimiento, la notificación, el seguimiento de los avances y la revisión, presentada por la Comisión el 14 de julio 2021 [COM(2021) 554 final].

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la restauración de la naturaleza, presentada por la Comisión el 22 de junio de 2022 [COM(2022) 304 final].

TÍTULO 10

MIGRACIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

10 01

GASTOS DE APOYO ADMINISTRATIVO DEL BLOQUE «MIGRACIÓN»

3 000 000

3 000 000

 

 

3 000 000

3 000 000

10 02

FONDO DE ASILO, MIGRACIÓN E INTEGRACIÓN (FAMI)

1 451 621 253

1 326 919 500

 

– 259 000 000

1 451 621 253

1 067 919 500

10 10

AGENCIAS DESCENTRALIZADAS

172 169 287

172 169 287

 

 

172 169 287

172 169 287

10 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Título 10 — Total

1 626 790 540

1 502 088 787

 

– 259 000 000

1 626 790 540

1 243 088 787

CAPÍTULO 10 02 —   FONDO DE ASILO, MIGRACIÓN E INTEGRACIÓN (FAMI)

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

10 02

FONDO DE ASILO, MIGRACIÓN E INTEGRACIÓN (FAMI)

10 02 01

Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI)

4

1 451 324 860

725 919 500

 

 

1 451 324 860

725 919 500

10 02 02

Instrumento de Gestión de las Fronteras y Visados (IGFV) – Contribución con cargo al FAMI

4

296 393

p.m.

 

 

296 393

p.m.

10 02 03

Fondo de Seguridad Interior (FSI) – Contribución con cargo al FAMI

4

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

10 02 99

Finalización de actividades y programas anteriores

10 02 99 01

Finalización de acciones anteriores en el ámbito de la migración (anteriores a 2021)

4

p.m.

601 000 000

 

– 259 000 000

p.m.

342 000 000

 

Artículo 10 02 99 — Subtotal

 

p.m.

601 000 000

 

– 259 000 000

p.m.

342 000 000

 

Capítulo 10 02 — Total

 

1 451 621 253

1 326 919 500

 

– 259 000 000

1 451 621 253

1 067 919 500

Comentarios

Los créditos consignados en el presente capítulo se destinan a financiar acciones que contribuyen a una gestión eficaz de los flujos migratorios en consonancia con el acervo de la Unión pertinente respetando plenamente los compromisos de la Unión en materia de derechos fundamentales.

De conformidad con los artículos 21, 22 y 24 del Reglamento Financiero, las contribuciones recibidas de terceros países (los Estados de la AELC con arreglo al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, los países candidatos y, en su caso, los candidatos potenciales de los Balcanes Occidentales u otros terceros países) por su participación en los programas de la Unión así como cualquier otro ingreso afectado que se consignen en el estado de ingresos se utilizarán para habilitar los créditos correspondientes y se ejecutarán en virtud del presente capítulo.

En la medida de lo posible, los importes estimados conexos, así como el artículo o la partida correspondiente del estado de ingresos, se indican en las líneas presupuestarias pertinentes.

Bases jurídicas

Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DO L 231 de 30.6.2021, p. 159).

Reglamento (UE) 2021/1147 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración (DO L 251 de 15.7.2021, p. 1).

Reglamento (UE) 2022/585 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de abril de 2022, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 514/2014 por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y la gestión de crisis, (UE) n.o 516/2014 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración y (UE) 2021/1147 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración (DO L 112 de 11.4.2022, p. 1).

Actos de referencia

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, presentada por la Comisión el 23 de septiembre de 2020, sobre la gestión del asilo y la migración y por el que se modifica la Directiva 2003/109/CE del Consejo y la propuesta de Reglamento (UE) XXX/XXX [Fondo de Asilo y Migración] [COM(2020) 610 final].

Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, presentada por la Comisión el 23 de septiembre de 2020, por el que se establece un procedimiento común en materia de protección internacional en la Unión y se deroga la Directiva 2013/32/UE [COM(2020) 611 final].

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, presentada por la Comisión el 23 de septiembre de 2020, relativo a las situaciones de crisis y de fuerza mayor en el ámbito de la migración y el asilo [COM(2020) 613 final].

Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, presentada por la Comisión el 23 de septiembre de 2020, relativo a la creación del sistema «Eurodac» para la comparación de datos biométricos para la aplicación efectiva del Reglamento (UE) XXX/XXX [Reglamento sobre la gestión del asilo y la migración] y del Reglamento (UE) XXX/XXX [Reglamento sobre el Marco de Reasentamiento], para la identificación de un nacional de un tercer país o un apátrida en situación irregular, y a las solicitudes de comparación con los datos de Eurodac presentadas por los servicios de seguridad de los Estados miembros y Europol a efectos de aplicación de la ley, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2018/1240 y (UE) 2019/818 [COM(2020) 614 final].

10 02 99
Finalización de actividades y programas anteriores

Comentarios

Los créditos de este artículo se destinan a financiar los pagos relacionados con compromisos pendientes de liquidación de ejercicios anteriores.

10 02 99 01
Finalización de acciones anteriores en el ámbito de la migración (anteriores a 2021)

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

p.m.

601 000 000

 

– 259 000 000

p.m.

342 000 000

Comentarios

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondientes del estado de ingresos).

Otros ingresos afectados

14 477 676

6 3 0 0

Bases jurídicas

Reglamento (CE) n.o 2725/2000 del Consejo, de 11 de diciembre de 2000, relativo a la creación del sistema «Eurodac» para la comparación de las impresiones dactilares para la aplicación efectiva del Convenio de Dublín (DO L 316 de 15.12.2000, p. 1).

Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida (DO L 212 de 7.8.2001, p. 12).

Decisión 2002/463/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, por la que se adopta un programa de acción relativo a la cooperación administrativa en los ámbitos de las fronteras exteriores, visados, asilo e inmigración (programa ARGO) (DO L 161 de 19.6.2002, p. 11).

Decisión n.o 573/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, por la que se establece el Fondo Europeo para los Refugiados para el período 2008-2013 como parte del programa general «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios» y por la que se deroga la Decisión 2004/904/CE del Consejo (DO L 144 de 6.6.2007, p. 1).

Decisión n.o 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, por la que se establece el Fondo Europeo para el Retorno para el período 2008-2013 como parte del programa general «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios» y por la que se deroga la Decisión 2004/904/CE del Consejo (DO L 144 de 6.6.2007, p. 45).

Decisión 2007/435/CE del Consejo, de 25 de junio de 2007, por la que se establece el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países para el período 2007-2013, como parte del programa general «Solidaridad y gestión de los flujos migratorios» (DO L 168 de 28.6.2007, p. 18).

Decisión 2008/381/CE del Consejo, de 14 de mayo de 2008, por la que se crea una Red Europea de Migración (DO L 131 de 21.5.2008, p. 7).

Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular (DO L 348 de 24.12.2008, p. 98).

Decisión n.o 458/2010/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, por la que se modifica la Decisión n.o 573/2007/CE, por la que se establece el Fondo Europeo para los Refugiados para el período 2008-2013, por lo que se refiere a la supresión de la financiación de determinadas acciones comunitarias y al cambio del límite para su financiación (DO L 129 de 28.5.2010, p. 1).

Reglamento (UE) n.o 603/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativo a la creación del sistema «Eurodac» para la comparación de las impresiones dactilares para la aplicación efectiva del Reglamento (UE) n.o 604/2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, y a las solicitudes de comparación con los datos de Eurodac presentadas por los servicios de seguridad de los Estados miembros y Europol a efectos de aplicación de la ley, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1077/2011, por el que se crea una Agencia europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (DO L 180 de 29.6.2013, p. 1).

Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (DO L 180 de 29.6.2013, p. 31).

Reglamento (UE) n.o 514/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, a la prevención y la lucha contra la delincuencia, y a la gestión de crisis (DO L 150 de 20.5.2014, p. 112).

Reglamento (UE) n.o 516/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración, por el que se modifica la Decisión 2008/381/CE del Consejo y por el que se derogan las Decisiones n.o 573/2007/CE y n.o 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2007/435/CE del Consejo (DO L 150 de 20.5.2014, p. 168).

Decisión (UE) 2015/1523 del Consejo, de 14 de septiembre de 2015, relativa al establecimiento de medidas provisionales en el ámbito de la protección internacional en favor de Italia y Grecia (DO L 239 de 15.9.2015, p. 146).

Decisión (UE) 2015/1601 del Consejo, de 22 de septiembre de 2015, por la que se establecen medidas provisionales en el ámbito de la protección internacional en beneficio de Italia y Grecia (DO L 248 de 24.9.2015, p. 80).

Reglamento (UE) 2022/585 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de abril de 2022, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 514/2014 por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, la prevención y la lucha contra la delincuencia, y la gestión de crisis, (UE) n.o 516/2014 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración y (UE) 2021/1147 por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración (DO L 112 de 11.4.2022, p. 1).

Actos de referencia

Reglamento (CE) n.o 1560/2003 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 343/2003 del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 222 de 5.9.2003, p. 3).

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 6 de abril de 2005, por la que se establece un Programa marco de solidaridad y gestión de los flujos migratorios para el período 2007-2013 [COM(2005) 123 final].

Decisión 2007/815/CE de la Comisión, de 29 de noviembre de 2007, por la que se aplica la Decisión n.o 573/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la adopción de las orientaciones estratégicas para el período 2008-2013 (DO L 326 de 12.12.2007, p. 29).

Decisión 2007/837/CE de la Comisión, de 30 de noviembre de 2007, por la que se aplica la Decisión n.o 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la adopción de orientaciones estratégicas para el período 2008-2013 (DO L 330 de 15.12.2007, p. 48).

Decisión 2008/22/CE de la Comisión, de 19 de diciembre de 2007, que establece las normas de aplicación de la Decisión n.o 573/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece el Fondo Europeo para los Refugiados para el período 2008-2013 como parte del programa general «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios» en lo que respecta a los sistemas de gestión y control de los Estados miembros, las normas sobre la gestión administrativa y financiera y la elegibilidad sobre los gastos de los proyectos cofinanciados por el Fondo (DO L 7 de 10.1.2008, p. 1).

Decisión 2008/457/CE de la Comisión, de 5 de marzo de 2008, por la que se establecen las normas de aplicación de la Decisión 2007/435/CE del Consejo por la que se establece el Fondo Europeo para la Integración de Nacionales de Terceros Países para el período 2007 a 2013 como parte del programa general «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios», por lo que se refiere a los sistemas de los Estados miembros de gestión y control, las normas de gestión administrativa y financiera y la elegibilidad de los gastos de los proyectos cofinanciados por el Fondo (DO L 167 de 27.6.2008, p. 69).

Decisión 2008/458/CE de la Comisión, de 5 de marzo de 2008, por la que se establecen las normas de aplicación de la Decisión n.o 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Fondo Europeo para el Retorno para el período 2008-2013 como parte del programa general «Solidaridad y Gestión de los Flujos Migratorios», en lo que respecta a los sistemas de gestión y control de los Estados miembros, las normas sobre la gestión administrativa y financiera y la elegibilidad de los gastos de los proyectos cofinanciados por el Fondo (DO L 167 de 27.6.2008, p. 135).

Recomendación de la Comisión, de 11 de enero de 2016, relativa a un régimen voluntario de admisión humanitaria con Turquía [C(2015) 9490].

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, presentada por la Comisión el 13 de julio de 2016, por el que se establece un Marco de Reasentamiento de la Unión y se modifica el Reglamento (UE) n.o 516/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo [COM(2016) 468 final].

TÍTULO 20

GASTOS ADMINISTRATIVOS DE LA COMISIÓN EUROPEA

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

20 01

MIEMBROS, FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

2 653 916 000

2 653 916 000

–27 619 000

–27 619 000

2 626 297 000

2 626 297 000

20 02

OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y GASTOS RELACIONADOS CON LAS PERSONAS

275 515 175

275 515 175

 

 

275 515 175

275 515 175

20 03

OTROS GASTOS OPERATIVOS ADMINISTRATIVOS

897 445 223

897 445 223

 

 

897 445 223

897 445 223

20 04

GASTOS RELACIONADOS CON LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN

232 802 304

232 802 304

 

 

232 802 304

232 802 304

20 10

AGENCIAS DESCENTRALIZADAS

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

20 20

PROYECTOS PILOTO, ACCIONES PREPARATORIAS, PRERROGATIVAS Y OTRAS ACCIONES

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Título 20 — Total

4 059 678 702

4 059 678 702

–27 619 000

–27 619 000

4 032 059 702

4 032 059 702

CAPÍTULO 20 01 —   MIEMBROS, FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

20 01

MIEMBROS, FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

20 01 01

Miembros

20 01 01 01

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones de los miembros de la institución

7.2

11 228 000

 

11 228 000

20 01 01 02

Otros gastos de gestión de los miembros de la institución

7.2

3 102 000

 

3 102 000

20 01 01 03

Indemnizaciones de los antiguos miembros

7.2

p.m.

 

p.m.

 

Artículo 20 01 01 — Subtotal

 

14 330 000

 

14 330 000

20 01 02

Gastos relacionados con los funcionarios y agentes temporales

20 01 02 01

Retribución e indemnizaciones — Sede y oficinas de representación

7.2

2 444 768 000

–27 619 000

2 417 149 000

20 01 02 02

Gastos e indemnizaciones vinculadas a la contratación, los traslados y el cese definitivo — Sede y oficinas de representación

7.2

14 187 000

 

14 187 000

20 01 02 03

Retribuciones e indemnizaciones — Delegaciones de la Unión

7.2

141 550 000

 

141 550 000

20 01 02 04

Gastos e indemnizaciones vinculadas a la contratación, los traslados y el cese definitivo — Delegaciones de la Unión

7.2

8 221 000

 

8 221 000

 

Artículo 20 01 02 — Subtotal

 

2 608 726 000

–27 619 000

2 581 107 000

20 01 03

Funcionarios destinados temporalmente en Administraciones nacionales, en organizaciones internacionales o en instituciones o empresas públicas o privadas

7.2

200 000

 

200 000

20 01 04

Funcionarios declarados en excedencia forzosa, cesados por interés del servicio o despedidos

7.2

8 992 000

 

8 992 000

20 01 05

Política de personal y gestión

20 01 05 01

Servicio médico

7.2

5 576 000

 

5 576 000

20 01 05 02

Guarderías

7.2

6 073 000

 

6 073 000

20 01 05 03

Otros gastos de naturaleza social

7.2

5 787 000

 

5 787 000

20 01 05 04

Movilidad

7.2

1 751 000

 

1 751 000

20 01 05 05

Gastos de concursos, oposiciones, selección y contratación de personal

7.2

2 481 000

 

2 481 000

 

Artículo 20 01 05 — Subtotal

 

21 668 000

 

21 668 000

 

Capítulo 20 01 — Total

 

2 653 916 000

–27 619 000

2 626 297 000

20 01 02
Gastos relacionados con los funcionarios y agentes temporales

Comentarios

Se ha aplicado a los sueldos una reducción uniforme adicional de 1,8 puntos porcentuales.

20 01 02 01
Retribución e indemnizaciones — Sede y oficinas de representación

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

2 444 768 000

–27 619 000

2 417 149 000

Comentarios

A excepción del personal destinado en terceros países, este crédito se destina a financiar, respecto a los funcionarios y los agentes temporales cuyo puesto esté incluido en la plantilla de personal:

los sueldos, las indemnizaciones y otras asignaciones relacionadas con los sueldos,

los seguros de accidente y enfermedad y otras cargas de seguridad social,

el seguro de desempleo para los agentes temporales y los pagos que debe efectuar la Comisión a los agentes temporales para constituir o mantener sus derechos de pensión en su país de origen,

indemnizaciones y subvenciones de diversa naturaleza,

en lo que respecta a los funcionarios y los agentes temporales, las indemnizaciones por servicio continuo o por turnos en el lugar de trabajo o en el domicilio,

las indemnizaciones en caso de despido de un funcionario en período de prueba por ineptitud manifiesta,

las indemnizaciones en caso de rescisión del contrato de un agente temporal por parte de la institución,

el reembolso de los gastos en medidas de seguridad en los domicilios de los funcionarios que trabajen en las Representaciones de la Comisión en la Unión y en las Delegaciones de la Unión dentro del territorio de la Unión,

las indemnizaciones a tanto alzado y las retribuciones a las tasas horarias por las horas extraordinarias realizadas por los funcionarios de categoría AST que no puedan ser compensadas, con arreglo a las modalidades en vigor, con tiempo libre,

la incidencia de los coeficientes correctores aplicados a las retribuciones de los funcionarios y los agentes temporales y la incidencia de la ponderación aplicada a la parte de los emolumentos transferidos a un país distinto del país de destino,

el coste de cualquier actualización de las retribuciones durante el ejercicio presupuestario.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida del estado de ingresos correspondientes).

Otros ingresos afectados

46 010 070

3 2 0 1

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea.

Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

TÍTULO 21

ESCUELAS EUROPEAS Y PENSIONES

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

21 01

PENSIONES

2 341 995 000

49 100 000

2 391 095 000

21 02

ESCUELAS EUROPEAS

224 481 000

8 687 126

233 168 126

 

Título 21 — Total

2 566 476 000

57 787 126

2 624 263 126

CAPÍTULO 21 01 —   PENSIONES

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

21 01

PENSIONES

21 01 01

Pensiones e indemnizaciones

7.1

2 295 746 000

49 100 000

2 344 846 000

21 01 02

Pensiones de los antiguos miembros — Instituciones

21 01 02 01

Pensiones de los antiguos diputados al Parlamento Europeo

7.1

14 074 000

 

14 074 000

21 01 02 02

Pensiones de los antiguos presidentes del Consejo Europeo y de los antiguos secretarios generales del Consejo de la Unión Europea

7.1

736 000

 

736 000

21 01 02 03

Pensiones de los antiguos miembros de la Comisión

7.1

8 637 000

 

8 637 000

21 01 02 04

Pensiones de los antiguos miembros del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

7.1

15 665 000

 

15 665 000

21 01 02 05

Pensiones de los antiguos miembros del Tribunal de Cuentas

7.1

6 512 000

 

6 512 000

21 01 02 06

Pensiones de los antiguos Defensores del Pueblo Europeos

7.1

283 000

 

283 000

21 01 02 07

Pensiones de los antiguos Supervisores Europeos de Protección de Datos

7.1

342 000

 

342 000

 

Artículo 21 01 02 — Subtotal

 

46 249 000

 

46 249 000

 

Capítulo 21 01 — Total

 

2 341 995 000

49 100 000

2 391 095 000

21 01 01
Pensiones e indemnizaciones

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

2 295 746 000

49 100 000

2 344 846 000

Comentarios

Este crédito se destina a financiar:

las pensiones de jubilación de los funcionarios y agentes temporales y contractuales del conjunto de las instituciones y agencias de la Unión, incluidos los remunerados a través de los créditos de investigación y desarrollo tecnológico,

las pensiones de invalidez de los funcionarios y agentes temporales del conjunto de las instituciones y agencias de la Unión, incluidos los remunerados a través de los créditos de investigación y desarrollo tecnológico,

las asignaciones por invalidez de los funcionarios y agentes temporales y contractuales del conjunto de las instituciones y agencias de la Unión, incluidos los remunerados a través de los créditos de investigación y desarrollo tecnológico,

las pensiones de supervivencia de cónyuges supérstites y huérfanos de antiguos funcionarios y agentes temporales y contractuales del conjunto de las instituciones y agencias de la Unión, incluidos los remunerados a través de los créditos de investigación y desarrollo tecnológico,

las indemnizaciones por cese en el servicio de los funcionarios y agentes temporales y contractuales del conjunto de las instituciones y agencias de la Unión, incluidos los remunerados a través de los créditos de investigación y desarrollo tecnológico,

los pagos del equivalente actuarial de los derechos a pensión de jubilación,

los pagos (complementos de pensión) en favor de los antiguos miembros de la Resistencia deportados o internados (o de sus cónyuges supérstites y huérfanos),

los pagos de una ayuda económica a un cónyuge supérstite cuando esté afectado por una enfermedad grave o prolongada o padezca una discapacidad, durante la duración de la enfermedad o la incapacidad a la luz del examen de las condiciones sociales y médicas del interesado,

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los pensionistas,

los pagos complementarios para el reembolso de gastos de enfermedad a los antiguos miembros de la Resistencia deportados o internados (o de sus derechohabientes),

la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las pensiones,

los costes de las posibles actualizaciones de las pensiones durante el ejercicio.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondiente del estado de ingresos).

Otros ingresos afectados

261 397 000

6 6 0 2

Bases jurídicas

Reglamento n.o 31 (CEE), n.o 11 (CEEA), por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO P 45 de 14.6.1962, p. 1385).

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).

CAPÍTULO 21 02 —   ESCUELAS EUROPEAS

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

21 02

ESCUELAS EUROPEAS

21 02 01

Contribución de la Unión a las Escuelas Europeas (tipo 1)

21 02 01 01

Oficina del Secretario General de las Escuelas Europeas (Bruselas)

7.1

14 464 303

1 062 919

15 527 222

21 02 01 02

Bruselas I (Uccle)

7.1

40 242 297

688 850

40 931 147

21 02 01 03

Bruselas II (Woluwe)

7.1

35 473 892

2 533 248

38 007 140

21 02 01 04

Bruselas III (Ixelles)

7.1

30 941 171

163 514

31 104 685

21 02 01 05

Bruselas IV (Laeken)

7.1

28 241 835

667 530

28 909 365

21 02 01 06

Luxemburgo I

7.1

20 056 712

1 591 725

21 648 437

21 02 01 07

Luxemburgo II

7.1

15 318 407

 

15 318 407

21 02 01 08

Mol (BE)

7.1

8 069 209

1 751 040

9 820 249

21 02 01 09

Fráncfort del Meno (DE)

7.1

7 586 050

 

7 586 050

21 02 01 10

Karlsruhe (DE)

7.1

5 558 422

102 831

5 661 253

21 02 01 11

Múnich (DE)

7.1

499 313

21 967

521 280

21 02 01 12

Alicante (ES)

7.1

1 543 972

43 502

1 587 474

21 02 01 13

Varese (IT)

7.1

12 421 760

60 000

12 481 760

21 02 01 14

Bergen (NL)

7.1

2 713 657

 

2 713 657

21 02 01 15

Culham (UK)

7.1

p.m.

 

p.m.

21 02 01 16

Bruselas V (Evere)

7.1

p.m.

 

p.m.

 

Artículo 21 02 01 — Subtotal

 

223 131 000

8 687 126

231 818 126

21 02 02

Contribución de la Unión a las Escuelas Europeas (tipo 2)

7.1

1 350 000

 

1 350 000

 

Capítulo 21 02 — Total

 

224 481 000

8 687 126

233 168 126

21 02 01
Contribución de la Unión a las Escuelas Europeas (tipo 1)

Actos de referencia

Decisión 94/558/CECA de la Comisión, de 17 de junio de 1994, sobre la celebración del Convenio por el que se establece el Estatuto de las Escuelas Europeas (DO L 212 de 17.8.1994, p. 15).

21 02 01 01
Oficina del Secretario General de las Escuelas Europeas (Bruselas)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

14 464 303

1 062 919

15 527 222

Comentarios

Este crédito se destina a contribuir a la financiación de la Oficina del Secretario General de las Escuelas Europeas (Bruselas).

Las Escuelas Europeas deben respetar los principios de no discriminación e igualdad de oportunidades.

21 02 01 02
Bruselas I (Uccle)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

40 242 297

688 850

40 931 147

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Bruselas en Uccle (Bruselas I).

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondiente del estado de ingresos).

Otros ingresos afectados

300 000

3 2 0 2

21 02 01 03
Bruselas II (Woluwe)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

35 473 892

2 533 248

38 007 140

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Bruselas en Woluwe (Bruselas II).

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondiente del estado de ingresos).

Otros ingresos afectados

275 000

3 2 0 2

21 02 01 04
Bruselas III (Ixelles)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

30 941 171

163 514

31 104 685

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Bruselas en Ixelles (Bruselas III).

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondiente del estado de ingresos).

Otros ingresos afectados

250 000

3 2 0 2

21 02 01 05
Bruselas IV (Laeken)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

28 241 835

667 530

28 909 365

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Bruselas-Laeken (Bruselas IV).

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondiente del estado de ingresos).

Otros ingresos afectados

325 000

3 2 0 2

21 02 01 06
Luxemburgo I

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

20 056 712

1 591 725

21 648 437

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea Luxemburgo I.

Ingresos afectados (origen, cantidades estimadas y artículo o partida correspondiente del estado de ingresos).

Otros ingresos afectados

440 000

3 2 0 2

21 02 01 08
Mol (BE)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

8 069 209

1 751 040

9 820 249

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Mol.

21 02 01 10
Karlsruhe (DE)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

5 558 422

102 831

5 661 253

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Karlsruhe.

21 02 01 11
Múnich (DE)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

499 313

21 967

521 280

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Múnich.

21 02 01 12
Alicante (ES)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

1 543 972

43 502

1 587 474

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Alicante.

21 02 01 13
Varese (IT)

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

12 421 760

60 000

12 481 760

Comentarios

Este crédito se destina al presupuesto de la Escuela Europea de Varese.

TÍTULO 30

RESERVAS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

30 01

RESERVAS PARA GASTOS ADMINISTRATIVOS

250 000

250 000

 

 

250 000

250 000

30 02

RESERVAS PARA GASTOS OPERATIVOS

308 427 303

144 649 604

–2 301 604

–2 301 604

306 125 699

142 348 000

30 03

RESERVA NEGATIVA

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

30 04

MECANISMOS DE SOLIDARIDAD (INSTRUMENTOS ESPECIALES)

2 805 153 029

2 599 794 000

 

 

2 805 153 029

2 599 794 000

 

Título 30 — Total

3 113 830 332

2 744 693 604

–2 301 604

–2 301 604

3 111 528 728

2 742 392 000

CAPÍTULO 30 02 —   RESERVAS PARA GASTOS OPERATIVOS

Título

Capítulo

Artículo

Partida

Denominación

MF

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

30 02

RESERVAS PARA GASTOS OPERATIVOS

30 02 01

Créditos no disociados

 

1 000 000

1 000 000

 

 

1 000 000

1 000 000

30 02 02

Créditos disociados

 

307 427 303

143 649 604

–2 301 604

–2 301 604

305 125 699

141 348 000

 

Capítulo 30 02 — Total

 

308 427 303

144 649 604

–2 301 604

–2 301 604

306 125 699

142 348 000

30 02 02
Créditos disociados

Cifras (Créditos disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

307 427 303

143 649 604

–2 301 604

–2 301 604

305 125 699

141 348 000

Comentarios

Los créditos de este título están previstos únicamente en dos situaciones: a) inexistencia de un acto de base para la acción de que se trate al establecerse el presupuesto, y b) incertidumbre, fundada en motivos serios, sobre la suficiencia de los créditos o sobre la posibilidad de ejecutar, en condiciones conformes a la buena gestión financiera, los créditos consignados en las líneas presupuestarias de que se trate. Los créditos de este artículo solo podrán ser utilizados previa transferencia, conforme al procedimiento previsto en el artículo 31 del Reglamento Financiero.

Los créditos totales se desglosan del siguiente modo (compromisos, pagos):

1.

Artículo

02 10 01

Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (AESA)

2 520 000

2 520 000

2.

Artículo

02 10 04

Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA)

610 000

610 000

3.

Artículo

02 10 06

Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER)

842 000

842 000

4.

Artículo

04 03 01

Programa de Conectividad Segura de la Unión — Contribución con cargo a la Rúbrica 1

106 050 000

98 300 000

5.

Artículo

04 10 01

Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial

1 950 000

1 950 000

6.

Artículo

07 10 07

Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust)

3 666 000

3 666 000

7.

Artículo

08 05 01

Establecer un marco de gobernanza para las actividades pesqueras realizadas por los buques pesqueros de la Unión en aguas de terceros países

3 460 000

3 460 000

8.

Artículo

13 05 01

Programa de Conectividad Segura de la Unión — Contribución con cargo a la Rúbrica 5

30 000 000

30 000 000

9.

Artículo

13 07 01

Instrumento de Refuerzo de la Industria de Defensa

156 027 699

 

 

 

 

Total

305 125 699

141 348 000

Bases jurídicas

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).


 

 

PERSONAL

Organismos con personalidad jurídica creados por la Unión Europea

Organismos descentralizados

Fiscalía Europea

Categoría y grado

Fiscalía Europea

Presupuesto 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Presupuesto 2023 (incl. NR4/2023)

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

AD 16

AD 15

1

1

AD 14

1

1

AD 13

23

23

AD 12

3

3

AD 11

2

2

AD 10

9

9

AD 9

7

1

8

AD 8

17

17

AD 7

40

40

AD 6

29

4

33

AD 5

9

9

Subtotal AD

141

5

146

AST 11

AST 10

AST 9

1

1

AST 8

1

1

AST 7

AST 6

3

3

AST 5

13

13

AST 4

22

3

25

AST 3

6

6

AST 2

AST 1

Subtotal AST

46

3

49

AST/SC 6

AST/SC 5

AST/SC 4

AST/SC 3

1

1

AST/SC 2

3

3

AST/SC 1

Subtotal AST/SC

4

4

Total

191

8

199

Total

191

8

199


SECCIÓN VII

COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

GASTOS

Título

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

9 390 750

 

9 390 750

1 2

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

64 549 684

300 000

64 849 684

1 4

OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y PRESTACIONES EXTERNAS

11 348 746

 

11 348 746

1 6

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 708 258

 

1 708 258

 

Título 1 — Total

86 997 438

300 000

87 297 438

2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

17 383 143

250 000

17 633 143

2 1

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: COMPRA, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

7 171 271

 

7 171 271

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO

364 414

 

364 414

2 5

REUNIONES Y CONFERENCIAS

626 132

 

626 132

2 6

CONOCIMIENTOS ESPECIALIZADOS E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

3 582 994

 

3 582 994

 

Título 2 — Total

29 127 954

250 000

29 377 954

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

 

p.m.

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

 

p.m.

10 2

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

p.m.

 

p.m.

 

Título 10 — Total

p.m.

 

p.m.

 

TOTAL

116 125 392

550 000

116 675 392

TÍTULO 1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

 

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones

1 0 0 0

Gastos de oficina de los Miembros

 

 

 

 

Créditos no disociados

159 236

 

159 236

1 0 0 4

Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

 

 

 

 

Créditos no disociados

9 201 514

 

9 201 514

 

Artículo 1 0 0 — Total

9 360 750

 

9 360 750

1 0 5

Cursos para los Miembros de la institución

 

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

 

30 000

 

CAPÍTULO 1 0 — TOTAL

9 390 750

 

9 390 750

 

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Retribución y otros derechos

1 2 0 0

Retribución e indemnizaciones

 

 

 

 

Créditos no disociados

63 960 799

300 000

64 260 799

1 2 0 2

Horas extraordinarias remuneradas

 

 

 

 

Créditos no disociados

29 787

 

29 787

1 2 0 4

Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

 

 

 

 

Créditos no disociados

203 308

 

203 308

 

Artículo 1 2 0 — Total

64 193 894

300 000

64 493 894

1 2 2

Indemnizaciones por cese de funciones anticipado

1 2 2 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

 

 

 

 

Créditos no disociados

355 790

 

355 790

1 2 2 2

Indemnizaciones por cese definitivo y régimen de jubilación especial

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

 

Artículo 1 2 2 — Total

355 790

 

355 790

1 2 9

Crédito provisional

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

 

CAPÍTULO 1 2 — TOTAL

64 549 684

300 000

64 849 684

 

CAPÍTULO 1 4

1 4 0

Otros agentes y personal externo

1 4 0 0

Otros agentes

 

 

 

 

Créditos no disociados

5 044 800

 

5 044 800

1 4 0 2

Servicios de interpretación

 

 

 

 

Créditos no disociados

4 167 080

 

4 167 080

1 4 0 4

Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

 

 

 

 

Créditos no disociados

996 242

 

996 242

1 4 0 5

Prestaciones de apoyo para el servicio de contabilidad

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

1 4 0 8

Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese y a otros gastos por servicios al personal durante su carrera

 

 

 

 

Créditos no disociados

45 700

 

45 700

 

Artículo 1 4 0 — Total

10 253 822

 

10 253 822

1 4 2

Prestaciones externas

1 4 2 0

Prestaciones complementarias para el servicio de traducción y herramientas relacionadas con la externalización

 

 

 

 

Créditos no disociados

674 924

 

674 924

1 4 2 2

Asesoramiento externo para los trabajos consultivos

 

 

 

 

Créditos no disociados

420 000

 

420 000

 

Artículo 1 4 2 — Total

1 094 924

 

1 094 924

1 4 9

Crédito provisional

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

 

CAPÍTULO 1 4 — TOTAL

11 348 746

 

11 348 746

 

CAPÍTULO 1 6

1 6 1

Gastos relativos a la gestión de personal

1 6 1 0

Gastos diversos de contratación

 

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

 

20 000

1 6 1 2

Perfeccionamiento y reciclaje profesional e información del personal

 

 

 

 

Créditos no disociados

330 000

 

330 000

 

Artículo 1 6 1 — Total

350 000

 

350 000

1 6 2

Misiones

 

 

 

 

Créditos no disociados

370 833

 

370 833

1 6 3

Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la institución

1 6 3 0

Servicio social

 

 

 

 

Créditos no disociados

20 400

 

20 400

1 6 3 2

Política social interna

 

 

 

 

Créditos no disociados

31 000

 

31 000

1 6 3 3

Movilidad y transporte del personal

 

 

 

 

Créditos no disociados

61 500

 

61 500

1 6 3 4

Servicio médico

 

 

 

 

Créditos no disociados

124 525

 

124 525

1 6 3 6

Restaurantes y comedores

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

1 6 3 8

Centro de primera infancia y guarderías concertadas

 

 

 

 

Créditos no disociados

750 000

 

750 000

 

Artículo 1 6 3 — Total

987 425

 

987 425

1 6 4

Contribución a Escuelas Europeas acreditadas

1 6 4 0

Contribución a Escuelas Europeas acreditadas (tipo 2)

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

 

Artículo 1 6 4 — Total

p.m.

 

p.m.

 

CAPÍTULO 1 6 — TOTAL

1 708 258

 

1 708 258

 

Título 1 — Total

86 997 438

300 000

87 297 438

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 2 —

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

CAPÍTULO 1 4 —

OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y PRESTACIONES EXTERNAS

CAPÍTULO 1 6 —

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 2 —   FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

Comentarios

Se ha aplicado una reducción a tanto alzado del 6,0 % a los créditos consignados en el presente capítulo.

1 2 0
Retribución y otros derechos

1 2 0 0
Retribución e indemnizaciones

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

63 960 799

300 000

64 260 799

Comentarios

Este crédito se destina principalmente a cubrir, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

los sueldos, complementos familiares, indemnizaciones por expatriación y por residencia fuera del país de origen, así como los complementos derivados de los sueldos,

la contribución de la institución al régimen común de seguro de enfermedad (riesgos de enfermedad, accidente y enfermedad profesional),

las indemnizaciones a tanto alzado por horas extraordinarias,

otros complementos e indemnizaciones diversas,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, desde el lugar de destino al lugar de origen,

las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a la retribución y a la parte de los emolumentos transferidos a un país distinto del lugar de destino,

el seguro de desempleo de los agentes temporales, así como los pagos que la institución deba efectuar en favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener su derecho a una pensión en su país de origen,

la indemnización de despido para los funcionarios en prácticas despedidos en caso de ineptitud manifiesta,

la indemnización de resolución del contrato de un agente temporal por parte de la institución,

la posible contribución, en función de las disponibilidades presupuestarias, a los gastos de infraestructura y ergonomía del personal que trabaja a distancia, de conformidad con la decisión del Comité Europeo de las Regiones sobre el régimen de trabajo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 21, apartado 3, del Reglamento Financiero se estima en 3 000 EUR.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea.

Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

 

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Inmuebles y gastos accesorios

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

 

Créditos no disociados

767 894

 

767 894

2 0 0 1

Cánones enfitéuticos

 

 

 

 

Créditos no disociados

10 628 619

 

10 628 619

2 0 0 3

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

2 0 0 5

Construcción de inmuebles

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

2 0 0 7

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

 

Créditos no disociados

768 852

 

768 852

2 0 0 8

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

 

Créditos no disociados

292 315

 

292 315

2 0 0 9

Crédito provisional destinado a las inversiones inmobiliarias de la institución

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

 

Artículo 2 0 0 — Total

12 457 680

 

12 457 680

2 0 2

Otros gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 2 2

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

 

Créditos no disociados

2 552 570

 

2 552 570

2 0 2 4

Consumo de energía

 

 

 

 

Créditos no disociados

424 229

250 000

674 229

2 0 2 6

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

 

Créditos no disociados

1 876 021

 

1 876 021

2 0 2 8

Seguros

 

 

 

 

Créditos no disociados

72 643

 

72 643

 

Artículo 2 0 2 — Total

4 925 463

250 000

5 175 463

 

CAPÍTULO 2 0 — TOTAL

17 383 143

250 000

17 633 143

 

CAPÍTULO 2 1

2 1 0

Equipos, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

2 1 0 0

Compra, trabajos, mantenimiento y conservación de los equipos y los programas informáticos

 

 

 

 

Créditos no disociados

1 854 740

 

1 854 740

2 1 0 2

Prestaciones externas para la explotación, la realización y el mantenimiento de sistemas informáticos

 

 

 

 

Créditos no disociados

3 561 487

 

3 561 487

2 1 0 3

Telecomunicaciones

 

 

 

 

Créditos no disociados

238 355

 

238 355

 

Artículo 2 1 0 — Total

5 654 582

 

5 654 582

2 1 2

Mobiliario

 

 

 

 

Créditos no disociados

128 910

 

128 910

2 1 4

Equipo técnico e instalaciones

 

 

 

 

Créditos no disociados

1 321 628

 

1 321 628

2 1 6

Vehículos

 

 

 

 

Créditos no disociados

66 151

 

66 151

 

CAPÍTULO 2 1 — TOTAL

7 171 271

 

7 171 271

 

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería, material de oficina y bienes fungibles

 

 

 

 

Créditos no disociados

111 131

 

111 131

2 3 1

Gastos financieros

 

 

 

 

Créditos no disociados

1 500

 

1 500

2 3 2

Gastos jurídicos e indemnizaciones por daños y perjuicios

 

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

 

30 000

2 3 6

Franqueo postal y gastos de porte

 

 

 

 

Créditos no disociados

55 500

 

55 500

2 3 8

Otros gastos de funcionamiento

 

 

 

 

Créditos no disociados

140 883

 

140 883

2 3 9

Actividades del EMAS, incluidas las de promoción, y plan de compensación por las emisiones de carbono

 

 

 

 

Créditos no disociados

25 400

 

25 400

 

CAPÍTULO 2 3 — TOTAL

364 414

 

364 414

 

CAPÍTULO 2 5

2 5 4

Reuniones, conferencias, congresos, seminarios y otros actos

2 5 4 0

Costes de las reuniones organizadas en Bruselas

 

 

 

 

Créditos no disociados

156 903

 

156 903

2 5 4 1

Terceros

 

 

 

 

Créditos no disociados

328 017

 

328 017

2 5 4 6

Gastos de representación

 

 

 

 

Créditos no disociados

141 212

 

141 212

 

Artículo 2 5 4 — Total

626 132

 

626 132

 

CAPÍTULO 2 5 — TOTAL

626 132

 

626 132

 

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Comunicación y publicaciones

2 6 0 0

Relaciones con la prensa y apoyo audiovisual

 

 

 

 

Créditos no disociados

874 339

 

874 339

2 6 0 1

Mecanismo de diálogo permanente

 

 

 

 

Créditos no disociados

482 512

 

482 512

2 6 0 2

Contenidos digitales y redes sociales

 

 

 

 

Créditos no disociados

991 056

 

991 056

2 6 0 4

Diario Oficial

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

 

Artículo 2 6 0 — Total

2 347 907

 

2 347 907

2 6 2

Adquisición de documentación y archivo

2 6 2 0

Servicios externos de asesoramiento, estudios, seguimiento de políticas y elaboración de informes

 

 

 

 

Créditos no disociados

479 176

 

479 176

2 6 2 2

Gastos de documentación y de biblioteca

 

 

 

 

Créditos no disociados

218 987

 

218 987

2 6 2 4

Gastos de fondos de archivo

 

 

 

 

Créditos no disociados

140 690

 

140 690

 

Artículo 2 6 2 — Total

838 853

 

838 853

2 6 4

Actividades de comunicación de los Grupos políticos del Comité Europeo de las Regiones

 

 

 

 

Créditos no disociados

396 234

 

396 234

 

CAPÍTULO 2 6 — TOTAL

3 582 994

 

3 582 994

 

Título 2 — Total

29 127 954

250 000

29 377 954

CAPÍTULO 2 0 —

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: COMPRA, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO 2 5 —

REUNIONES Y CONFERENCIAS

CAPÍTULO 2 6 —

CONOCIMIENTOS ESPECIALIZADOS E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

Comentarios

En 2021, los créditos de los servicios conjuntos de los dos Comités, en el marco del título 2, ascendió a 28 808 616 EUR para el Comité Económico y Social Europeo y de 26 000 951 EUR para el Comité Europeo de las Regiones.

CAPÍTULO 2 0 —   INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

2 0 2
Otros gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 2 4
Consumo de energía

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

424 229

250 000

674 229

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas y electricidad y otros gastos de energía.


SECCIÓN X

SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR

GASTOS

Título

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

Compromisos

Pagos

1

PERSONAL DE LA SEDE

1 1

RETRIBUCIONES Y OTROS DERECHOS DEL PERSONAL ESTATUTARIO

159 134 399

159 134 399

 

 

159 134 399

159 134 399

1 2

RETRIBUCIONES Y OTROS DERECHOS DEL PERSONAL EXTERNO

39 442 139

39 442 139

 

 

39 442 139

39 442 139

1 3

OTROS GASTOS DE GESTIÓN DE PERSONAL

3 660 335

3 660 335

 

 

3 660 335

3 660 335

1 4

MISIONES

9 203 650

9 203 650

 

 

9 203 650

9 203 650

1 5

MEDIDAS DE AYUDA AL PERSONAL

2 943 800

2 943 800

 

 

2 943 800

2 943 800

 

Título 1 — Total

214 384 323

214 384 323

 

 

214 384 323

214 384 323

2

EDIFICIOS, MATERIAL Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO EN LA SEDE

2 0

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

54 650 615

54 650 615

 

 

54 650 615

54 650 615

2 1

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

45 376 100

45 376 100

 

 

45 376 100

45 376 100

2 2

OTROS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

19 481 242

19 481 242

 

 

19 481 242

19 481 242

 

Título 2 — Total

119 507 957

119 507 957

 

 

119 507 957

119 507 957

3

DELEGACIONES

3 0

DELEGACIONES

486 208 000

486 208 000

1 800 000

1 800 000

488 008 000

488 008 000

 

Título 3 — Total

486 208 000

486 208 000

1 800 000

1 800 000

488 008 000

488 008 000

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

Título 10 — Total

p.m.

p.m.

 

 

p.m.

p.m.

 

TOTAL

820 100 280

820 100 280

1 800 000

1 800 000

821 900 280

821 900 280

TÍTULO 3

DELEGACIONES

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

 

CAPÍTULO 3 0

3 0 0

Delegaciones

3 0 0 0

Retribuciones y derechos del personal estatutario

 

 

 

 

Créditos no disociados

137 144 000

1 800 000

138 944 000

3 0 0 1

Personal externo y prestaciones externas

 

 

 

 

Créditos no disociados

98 763 000

 

98 763 000

3 0 0 2

Otros gastos relativos al personal

 

 

 

 

Créditos no disociados

35 885 000

 

35 885 000

3 0 0 3

Inmuebles y costes afines

 

 

 

 

Créditos no disociados

170 680 000

 

170 680 000

3 0 0 4

Otros gastos administrativos

 

 

 

 

Créditos no disociados

43 736 000

 

43 736 000

3 0 0 5

Contribución de la Comisión para las delegaciones

 

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

p.m.

 

Artículo 3 0 0 — Total

486 208 000

1 800 000

488 008 000

 

CAPÍTULO 3 0 — TOTAL

486 208 000

1 800 000

488 008 000

 

Título 3 — Total

486 208 000

1 800 000

488 008 000

CAPÍTULO 3 0 —

DELEGACIONES

CAPÍTULO 3 0 —   DELEGACIONES

3 0 0
Delegaciones

3 0 0 0
Retribuciones y derechos del personal estatutario

Cifras (Créditos no disociados)

Créditos 2023

Presupuesto rectificativo no 4/2023

Nuevo importe

137 144 000

1 800 000

138 944 000

Comentarios

Este crédito se destina a financiar los siguientes gastos de las Delegaciones de la Unión Europea fuera de la Unión y de las Delegaciones ante organizaciones internacionales ubicadas en la Unión en lo que respecta a los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto de plantilla:

los sueldos base, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos,

los riesgos de accidente y enfermedad y otros gastos sociales,

el seguro de desempleo de los agentes temporales, así como los pagos a su favor con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en sus países de origen,

los demás complementos e indemnizaciones diversas,

las horas extraordinarias,

las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a la retribución,

el coste de las incidencias de las actualizaciones de las retribuciones durante el ejercicio.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 21, apartados 2 y 3, del Reglamento Financiero: p.m.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea.

Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

Modalidades de designación, de retribución y otras condiciones financieras aprobadas por el SEAE.


ELI: http://data.europa.eu/eli/budget_suppl_amend/2023/2750/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)