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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2023/2116

6.10.2023

DECISIÓN (UE) 2023/2116 DEL CONSEJO

de 22 de mayo de 2023

relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en la 15.a reunión de la Comisión de Expertos Técnicos de la Organización Intergubernamental para los Transportes Internacionales por Ferrocarril en lo que respecta a la modificación de las prescripciones técnicas uniformes relativas a las cualificaciones y la independencia de las entidades evaluadoras y a un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo, a la modificación del reglamento interno de la Comisión de Expertos Técnicos, y a la modificación de las referencias a los documentos técnicos de las especificaciones técnicas de interoperabilidad sobre las aplicaciones telemáticas para el transporte de mercancías del apéndice I de las prescripciones técnicas uniformes relativas a las aplicaciones telemáticas para el transporte de mercancías

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 91, en relación con su artículo 218, apartado 9,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Unión se adhirió al Convenio relativo a los transportes internacionales por ferrocarril (COTIF) de 9 de mayo de 1980, modificado por el Protocolo de Vilnius de 3 de junio de 1999, mediante el Acuerdo entre la Unión Europea y la Organización Intergubernamental para los Transportes Internacionales por Ferrocarril de adhesión de la Unión Europea al Convenio relativo a los transportes internacionales por ferrocarril (COTIF) de 9 de mayo de 1980, modificado por el Protocolo de Vilnius de 3 de junio de 1999 (1).

(2)

De conformidad con el artículo 13, apartado 1, letra f), del COTIF, se estableció la Comisión de Expertos Técnicos (CET) de la OTIF.

(3)

De conformidad con el artículo 20, apartado 1, letra b), del COTIF, y con arreglo al artículo 6 de las Reglas uniformes relativas a la validación de normas técnicas y a la adopción de prescripciones técnicas uniformes aplicables al material ferroviario destinado a ser utilizado en el tráfico internacional (APTU, apéndice F del Convenio), la CET es competente para adoptar o modificar, entre otras cosas, las prescripciones técnicas uniformes (UTP) relativas a las cualificaciones y la independencia de las entidades evaluadoras (UTP GEN-E), a un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo (UTP GEN-G) y a las aplicaciones telemáticas para el transporte de mercancías (UTP ATM).

(4)

De conformidad con el artículo 16, apartado 10, del COTIF, la CET es competente para establecer su reglamento interno.

(5)

La CET ha incluido en el orden del día de su 15.a sesión, que tendrá lugar los días 13 y 14 de junio de 2023, propuestas de decisiones a fin de revisar plenamente la UTP GEN-E, revisar la UTP GEN-G, modificar el reglamento interno de la CET y actualizar las referencias a los documentos técnicos de las especificaciones técnicas de interoperabilidad sobre las aplicaciones telemáticas para el transporte de mercancías (ETI ATM) del apéndice I de la UTP ATM.

(6)

Los objetivos de las decisiones previstas de la CET son adaptar la UTP GEN-E a la Directiva (UE) 2016/797 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), revisar la UTP GEN-G, modificar el reglamento interno de la CET y adaptar la UTP ATM a las normas de la UE, en concreto al Reglamento de Ejecución (UE) 2021/541 de la Comisión (3).

(7)

Procede establecer la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la CET, habida cuenta de que las decisiones propuestas serán vinculantes para la Unión.

(8)

Las decisiones previstas de la OTIF son acordes con el Derecho y los objetivos estratégicos de la Unión, ya que contribuyen a la adaptación de la legislación de la OTIF a las disposiciones equivalentes del Derecho de la Unión, por lo que la Unión debe respaldarlas.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en la 15.a sesión de la Comisión de Expertos Técnicos (CET) de la Organización Intergubernamental para los Transportes Internacionales por Ferrocarril en lo que respecta a la modificación de las prescripciones técnicas uniformes (UTP) relativas a las cualificaciones y la independencia de las entidades evaluadoras (UTP GEN-E) y a un método común de seguridad para la evaluación y valoración del riesgo (UTP GEN-G), a la modificación del reglamento interno de la CET, y a la modificación de las referencias a los documentos técnicos de las especificaciones técnicas de interoperabilidad sobre las aplicaciones telemáticas para el transporte de mercancías (ETI ATM) del apéndice I de las prescripciones técnicas uniformes relativas a las aplicaciones telemáticas para el transporte de mercancías (UTP ATM), será la siguiente:

1)

votar a favor de la propuesta de la CET de revisión de la UTP GEN-E (documento de trabajo TECH-23005 de la CET);

2)

votar a favor de la propuesta de la CET de revisión de la UTP GEN-G (documento de trabajo TECH-23006 de la CET);

3)

votar a favor de la propuesta de la CET de revisión de su reglamento interno (documento de trabajo TECH-23002 de la CET);

4)

votar a favor de la propuesta de la CET de actualización de las referencias a los documentos técnicos de la ETI ATM del apéndice I de la UTP ATM (documento de trabajo TECH-23007 de la CET).

Artículo 2

Una vez adoptadas, las decisiones de la CET se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea, con indicación de la fecha de su entrada en vigor.

El destinatario de la presente Decisión es la Comisión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2023.

Por el Consejo

La Presidenta

E. BUSCH


(1)   DO L 51 de 23.2.2013, p. 8.

(2)  Directiva (UE) 2016/797 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea (DO L 138 de 26.5.2016, p. 44).

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) 2021/541 de la Comisión, de 26 de marzo de 2021, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1305/2014 en lo que respecta a la simplificación y mejora del cálculo y el intercambio de datos y a la actualización del proceso de gestión del control de cambios (DO L 108 de 29.3.2021, p. 19).


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2116/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)