ISSN 1977-0685

Diario Oficial

de la Unión Europea

L 220

European flag  

Edición en lengua española

Legislación

65.° año
25 de agosto de 2022


Sumario

 

II   Actos no legislativos

Página

 

 

REGLAMENTOS

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1425 de la Comisión, de 18 de agosto de 2022, por el que se inscribe un nombre en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Alubia de Anguiano (DOP)]

1

 

 

Corrección de errores

 

*

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2022/1159 de la Comisión, de 11 de marzo de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la publicación de la política de inversión por parte de las empresas de servicios de inversión ( DO L 179 de 6.7.2022 )

3

 

*

Corrección de errores de la Orientación (UE) 2022/989 del Banco Central Europeo, de 2 de mayo de 2022, por la que se modifica la Orientación (UE) 2021/975 sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía (BCE/2014/31) (BCE/2022/19) ( DO L 167 de 24.6.2022 )

4

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


II Actos no legislativos

REGLAMENTOS

25.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 220/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1425 DE LA COMISIÓN

de 18 de agosto de 2022

por el que se inscribe un nombre en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [«Alubia de Anguiano» (DOP)]

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y en particular su artículo 52, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la solicitud de registro del nombre «Alubia de Anguiano» presentada por España ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (2).

(2)

Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, procede registrar el nombre citado.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda registrado el nombre «Alubia de Anguiano» (DOP).

El nombre contemplado en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.6, «Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados», del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de agosto de 2022

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Janusz WOJCIECHOWSKI

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.

(2)  DO C 182 de 4.5.2022, p. 20.

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión, de 13 de junio de 2014, que establece las normas de desarrollo del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 179 de 19.6.2014, p. 36).


Corrección de errores

25.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 220/3


Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2022/1159 de la Comisión, de 11 de marzo de 2022, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/2033 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la publicación de la política de inversión por parte de las empresas de servicios de inversión

( Diario Oficial de la Unión Europea L 179 de 6 de julio de 2022 )

En la página 15, en el anexo I, se insertan los dos cuadros siguientes después del cuadro IF IP1: PLANTILLA SOBRE LA PROPORCIÓN DE LOS DERECHOS DE VOTO y antes del cuadro IF IP2.03: CUADRO RELATIVO A LA EXPLICACIÓN DE LAS VOTACIONES:

«IF IP2: COMPORTAMIENTO DE VOTO

IF IP2.01: CUADRO RELATIVO A LA DESCRIPCIÓN DEL COMPORTAMIENTO DE VOTO

Fila

Asunto

Valor

1

Número de empresas pertinentes en el ámbito de la publicación de información

 

2

Número de juntas generales de accionistas en el ámbito de la publicación de información durante el año anterior

 

3

Número de juntas generales de accionistas en el ámbito de la publicación de información en las que la empresa haya votado durante el año anterior

 

4

¿La empresa de servicios de inversión informa a la sociedad de los votos negativos antes de la junta general de accionistas?

 

5

Proporción de votos en persona por parte de la empresa

 

6

Proporción de votos electrónicos o votos mediante correo electrónico por parte de la empresa

 

7

En una base consolidada, ¿tiene el grupo de empresas de servicios de inversión una política relativa a los conflictos de intereses entre las entidades pertinentes del grupo?

 

8

En caso afirmativo, resumen de dicha política

 

IF IP2.02: PLANTILLA RELATIVA AL COMPORTAMIENTO DE VOTO

Fila

Asunto

Número

Porcentaje

1

Resoluciones de la junta general de accionistas:

 

 

2

la empresa ha votado a favor

 

 

3

la empresa ha votado en contra

 

 

4

la empresa se ha abstenido

 

 

5

Juntas generales de accionistas en las que la empresa se ha opuesto al menos a una resolución».

 

 


25.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 220/4


Corrección de errores de la Orientación (UE) 2022/989 del Banco Central Europeo, de 2 de mayo de 2022, por la que se modifica la Orientación (UE) 2021/975 sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía (BCE/2014/31) (BCE/2022/19)

( Diario Oficial de la Unión Europea L 167 de 24 de junio de 2022 )

En la página 3 del sumario y en la página 135, en el título de la Orientación:

donde dice:

«Orientación (UE) 2022/989 del Banco Central Europeo, de 2 de mayo de 2022, por la que se modifica la Orientación (UE) 2021/975 sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía (BCE/2014/31) (BCE/2022/19)»,

debe decir:

«Orientación (UE) 2022/989 del Banco Central Europeo, de 2 de mayo de 2022, por la que se modifica la Orientación BCE/2014/31 sobre medidas temporales adicionales relativas a las operaciones de financiación del Eurosistema y la admisibilidad de los activos de garantía (BCE/2022/19)».