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ISSN 1977-0685 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
L 213 |
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Edición en lengua española |
Legislación |
65.° año |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
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ES |
Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos. |
II Actos no legislativos
REGLAMENTOS
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16.8.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 213/1 |
REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2022/1398 DE LA COMISIÓN
de 8 de junio de 2022
por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2144 del Parlamento Europeo y del Consejo para tener en cuenta los avances técnicos y normativos relativos a las modificaciones de la reglamentación sobre vehículos adoptadas en el marco de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2019/2144 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2019, relativo a los requisitos de homologación de tipo de los vehículos de motor y de sus remolques, así como de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a esos vehículos, en lo que respecta a su seguridad general y a la protección de los ocupantes de los vehículos y de los usuarios vulnerables de la vía pública, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 78/2009, (CE) n.o 79/2009 y (CE) n.o 661/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) n.o 631/2009, (UE) n.o 406/2010, (UE) n.o 672/2010, (UE) n.o 1003/2010, (UE) n.o 1005/2010, (UE) n.o 1008/2010, (UE) n.o 1009/2010, (UE) n.o 19/2011, (UE) n.o 109/2011, (UE) n.o 458/2011, (UE) n.o 65/2012, (UE) n.o 130/2012, (UE) n.o 347/2012, (UE) n.o 351/2012, (UE) n.o 1230/2012 y (UE) 2015/166 de la Comisión (1), y en particular su artículo 4, apartados 3 y 6,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
En el anexo I del Reglamento (UE) 2019/2144 figuran, entre otros, los Reglamentos n.o 14 (2), n.o 17 (3), n.o 29 (4), n.o 44 (5), n.o 45 (6), n.o 48 (7), n.o 80 (8), n.o 94 (9), n.o 95 (10), n.o 118 (11), n.o 122 (12), n.o 126 (13), n.o 127 (14), n.o 135 (15), n.o 137 (16), n.o 141 (17) y n.o 142 (18) de las Naciones Unidas. Todos estos Reglamentos han sido modificados por el Foro Mundial para la Armonización de la Reglamentación sobre Vehículos de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas («WP.29»). Procede, por tanto, actualizar la lista del anexo I del Reglamento (UE) 2019/2144 para que queden reflejadas dichas modificaciones. |
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(2) |
El WP.29 de la CEPE también adoptó varios reglamentos nuevos, a los que la Unión se ha adherido, que se aplican con carácter obligatorio. En particular, se trata de los Reglamentos n.o 145 (19), n.o 148 (20), n.o 149 (21), n.o 150 (22), n.o 151 (23), n.o 152 (24), n.o 153 (25), n.o 155 (26), n.o 157 (27), n.o 158 (28), n.o 159 (29), n.o 161 (30), n.o 162 (31) y n.o 163 (32). Procede, por tanto, incluir las referencias a dichos Reglamentos en la lista del anexo I del Reglamento (UE) 2019/2144. |
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(3) |
El Reglamento n. 0 de las Naciones Unidas, sobre la homologación de tipo internacional de vehículo entero (33), fue adoptado con vistas a reducir los obstáculos al comercio entre las Partes contratantes de la CEPE y a ofrecer una mayor seguridad a los fabricantes de vehículos que buscan el reconocimiento de su homologación de tipo en dichas Partes contratantes. La Unión es una Parte contratante que aplica el Reglamento n.o 0 de las Naciones Unidas. Para considerar una homologación de tipo internacional de vehículo entero universal equivalente a una homologación de tipo UE, deben tenerse en cuenta las versiones de los Reglamentos de las Naciones Unidas enumerados en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/2144. |
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(4) |
El anexo II del Reglamento (UE) 2019/2144 contiene la lista de requisitos que deben cumplir los vehículos, los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes de conformidad con el artículo 4, apartado 5, y al artículo 5, apartado 3, de dicho Reglamento. Sin embargo, ese anexo no contiene las referencias a los actos reguladores que establecen los requisitos técnicos detallados relativos a los sistemas avanzados de frenado de emergencia con detección de peatones y ciclistas, los sistemas de advertencia de colisión con peatones y ciclistas, los sistemas de información sobre ángulos muertos, los sistemas de asistencia de emergencia de mantenimiento de carril, el detector de marcha atrás, la señal de frenado de emergencia y el registrador de datos de incidencias. Procede, por tanto, añadir a ese anexo las referencias a los respectivos actos reguladores. |
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(5) |
Los conjuntos de forro de freno, los forros de frenos de tambor, los discos y los tambores de repuesto para vehículos de motor y sus remolques deben ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento n.o 90 de las Naciones Unidas (34). Los nuevos conjuntos de forro de freno, los forros de frenos de tambor, los discos y los tambores de repuesto para los tipos de vehículos existentes con homologación de tipo concedida en lo relativo al frenado, de conformidad con los Reglamentos n.o 13 (35) y n.o 13-H (36) de las Naciones Unidas, antes de la fecha de aplicación del Reglamento (UE) 2019/2144, deben poder comercializarse y ponerse en servicio de conformidad con el anexo I de dicho Reglamento. |
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(6) |
A partir del 1 de septiembre de 2023, el Reglamento n.o 129 de las Naciones Unidas (37) sustituirá al Reglamento n.o 44 de las Naciones Unidas, lo que eliminará la posibilidad de que los sistemas de retención infantil que no estén integrados en los vehículos de motor reciban una homologación de tipo de acuerdo con dicho Reglamento. Se necesita un tiempo adicional para que pueda venderse la producción que se encuentra almacenada y en las cadenas de distribución. Por tanto, los sistemas de retención infantil homologados de conformidad con el Reglamento n.o 44 de las Naciones Unidas antes del 1 de septiembre de 2023 deben poder comercializarse y ponerse en servicio hasta el 1 de septiembre de 2024. |
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(7) |
Las disposiciones del Reglamento n.o 13-H de las Naciones Unidas relativas a los sistemas de asistencia en el frenado y a los sistemas de control electrónico de la estabilidad se transfirieron a los Reglamentos n.o 139 (38) y n.o 140 (39) de las Naciones Unidas, mientras que las disposiciones relativas al frenado se trasladaron a la serie 01 de modificaciones al Reglamento n.o 13-H. Dado que los requisitos con respecto a los sistemas de asistencia en el frenado y a los sistemas de control electrónico de la estabilidad se mantuvieron sin cambios, las homologaciones de tipo concedidas de conformidad con la versión original del Reglamento n.o 13-H de las Naciones Unidas —y sus ampliaciones— deben considerarse equivalentes a una homologación de tipo concedida de conformidad con las versiones originales de los Reglamentos n.o 139 y n.o 140 de las Naciones Unidas. |
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(8) |
Los requisitos relativos a los anclajes de retención infantil se transfirieron, sin cambios, de la serie 07 de modificaciones del Reglamento n.o 14 de las Naciones Unidas al Reglamento n.o 145 de las Naciones Unidas. Por tanto, las homologaciones de tipo concedidas de conformidad con el Reglamento n.o 14 de las Naciones Unidas deben considerarse equivalentes a una homologación de tipo concedida de conformidad con la versión original del Reglamento n.o 145 de las Naciones Unidas. |
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(9) |
Los requisitos relativos a la seguridad del grupo motopropulsor eléctrico en caso de colisión trasera se transfirieron, sin cambios, de la serie 03 de modificaciones del Reglamento n.o 34 de las Naciones Unidas al Reglamento n.o 153 de las Naciones Unidas. Por tanto, las homologaciones de tipo concedidas de conformidad con el Reglamento n.o 34 de las Naciones Unidas deben considerarse equivalentes a una homologación de tipo concedida de conformidad con la versión original del Reglamento n.o 153 de las Naciones Unidas. |
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(10) |
Los requisitos relativos al control de la presión de los neumáticos se transfirieron, sin cambios, de la serie 02 de modificaciones del Reglamento n.o 64 de las Naciones Unidas (40) al Reglamento n.o 141 de las Naciones Unidas. Por tanto, las homologaciones de tipo concedidas de conformidad con el Reglamento n.o 64 de las Naciones Unidas deben considerarse equivalentes a una homologación de tipo concedida de conformidad con la versión original del Reglamento n.o 141 de las Naciones Unidas. |
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(11) |
Procede, por lo tanto, modificar el Reglamento (UE) 2019/2144 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Modificaciones del Reglamento (UE) 2019/2144
Los anexos I y II del Reglamento (UE) 2019/2144 quedan modificados de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 325 de 16.12.2019, p. 1.
(2) Reglamento n.o 14 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) — Prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos en lo que concierne a los anclajes de los cinturones de seguridad, los sistemas de anclajes ISOFIX, los anclajes superiores ISOFIX y las plazas de asiento i-Size [2015/1406] (DO L 218 de 19.8.2015, p. 27).
(3) Reglamento n.o 17 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU) — Prescripciones uniformes sobre la homologación de vehículos en lo que concierne a los asientos, a sus anclajes y a los apoyacabezas (DO L 230 de 31.8.2010, p. 81).
(4) Reglamento n.o 29 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) — Prescripciones uniformes sobre la homologación de vehículos en lo relativo a la protección de los ocupantes de la cabina de un vehículo comercial (DO L 304 de 20.11.2010, p. 21).
(5) Reglamento n.o 44 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) — Prescripciones uniformes relativas a la homologación de dispositivos de retención de niños ocupantes de vehículos de motor («sistemas de retención infantil») (DO L 233 de 9.9.2011, p. 95).
(6) Reglamento n.o 45 de las Naciones Unidas. Disposiciones uniformes relativas a la homologación de los limpiafaros y de los vehículos de motor con respecto a los limpiafaros [2020/575] (DO L 136 de 29.4.2020, p. 1).
(7) Reglamento n.o 48 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) — Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que respecta a la instalación de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa (DO L 323 de 6.12.2011, p. 46).
(8) Reglamento n.o 80 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) — Prescripciones uniformes relativas a la homologación de asientos de vehículos de grandes dimensiones para el transporte de pasajeros y de estos vehículos por lo que respecta a la resistencia de los asientos y de sus anclajes (DO L 164 de 30.6.2010, p. 18).
(9) Reglamento n.o 94 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) — Prescripciones uniformes sobre la homologación de los vehículos en lo relativo a la protección de sus ocupantes en caso de colisión frontal (DO L 254 de 20.9.2012, p. 77).
(10) Reglamento n.o 95 de la Comisión Económica para Europa (CEPE) de las Naciones Unidas — Prescripciones uniformes sobre la homologación de los vehículos en lo relativo a la protección de sus ocupantes en caso de colisión lateral [2015/1093] (DO L 183 de 10.7.2015, p. 91).
(11) Reglamento n.o 118 de la Comisión Económica para Europa (CEPE) de las Naciones Unidas: Prescripciones técnicas uniformes relativas al comportamiento frente al fuego de los materiales utilizados en la fabricación del interior de determinadas categorías de vehículos de motor (DO L 177 de 10.7.2010, p. 263).
(12) Reglamento n.o 122 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) — Prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos de las categorías M, N y O por lo que respecta a sus sistemas de calefacción (DO L 164 de 30.6.2010, p. 231).
(13) Reglamento n.o 126 de las Naciones Unidas — Prescripciones uniformes sobre la homologación de los sistemas de separación destinados a proteger a los pasajeros contra el desplazamiento del equipaje y suministrados como equipo no original del vehículo [2020/176] (DO L 35 de 7.2.2020, p. 37).
(14) Reglamento n.o 127 de las Naciones Unidas — Disposiciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos de motor por lo que se refiere a la seguridad de los peatones [2020/638] (DO L 154 de 15.5.2020, p. 1).
(15) Reglamento n.o 135 de las Naciones Unidas — Prescripciones uniformes sobre la homologación de vehículos en lo relativo a su comportamiento en caso de colisión lateral contra un poste [2020/486] (DO L 103 de 3.4.2020, p. 12).
(16) Reglamento n.o 137 de las Naciones Unidas. Prescripciones uniformes sobre la homologación de turismos en lo relativo a una colisión frontal, con especial atención en el sistema de retención [2020/576] (DO L 136 de 29.4.2020, p. 18).
(17) Reglamento n.o 141 de la Comisión Económica para Europa (CEPE) de las Naciones Unidas. Prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que concierne a sus sistemas de control de la presión de los neumáticos (TPMS) [2018/1593] (DO L 269 de 26.10.2018, p. 36).
(18) Reglamento n.o 142 de las Naciones Unidas. Prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos de motor en lo que respecta a la instalación de sus neumáticos [2020/242] (DO L 48 de 21.2.2020, p. 60).
(19) Reglamento n.o 145 de las Naciones Unidas — Prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos en lo que concierne a los sistemas de anclajes ISOFIX, los anclajes superiores ISOFIX y las plazas de asiento i-Size [2019/2142] (DO L 324 de 13.12.2019, p. 47).
(20) Reglamento n.o 148 de las Naciones Unidas-Disposiciones uniformes relativas a la homologación de dispositivos de señalización luminosa (luces) para vehículos de motor y sus remolques [2021/1719] (DO L 347 de 30.9.2021, p. 123).
(21) Reglamento n.o 149 de las Naciones Unidas. Prescripciones uniformes relativas a la homologación de los dispositivos (luces) y los sistemas de alumbrado de carretera para vehículos de motor [2021/1720] (DO L 347 de 30.9.2021, p. 173).
(22) Reglamento n.o 150 de las Naciones Unidas-Disposiciones uniformes relativas a la homologación de dispositivos y marcados catadióptricos para vehículos de motor y sus remolques [2021/1721] (DO L 347 de 30.9.2021, p. 297).
(23) Reglamento n.o 151 de las Naciones Unidas: Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos de motor en lo que respecta al sistema de aviso de ángulos muertos para la detección de bicicletas [2020/1596] (DO L 360 de 30.10.2020, p. 48).
(24) Reglamento n.o 152 de las Naciones Unidas. Prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos de motor por lo que respecta al sistema avanzado de frenado de emergencia (AEBS) para los vehículos M1 y N1 [2020/1597] (DO L 360 de 30.10.2020, p. 66).
(25) Reglamento n. 153 de las Naciones Unidas — Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que respecta a la integridad del sistema de alimentación de combustible y la seguridad del grupo motopropulsor eléctrico en caso de colisión trasera [2021/386] (DO L 82 de 9.3.2021, p. 1).
(26) Reglamento n.o 155 de la Comisión Económica para Europa (CEPE) de las Naciones Unidas — Disposiciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos de motor en lo que respecta a la ciberseguridad y al sistema de gestión de esta [2021/387] (DO L 82 de 9.3.2021, p. 30).
(27) Reglamento n.o 157 de las Naciones Unidas — Disposiciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos de motor por lo que respecta al sistema automático de mantenimiento del carril [2021/389] (DO L 82 de 9.3.2021, p. 75).
(28) Reglamento n.o 158 de las Naciones Unidas-Disposiciones uniformes relativas a la homologación de los dispositivos de desplazamiento en marcha atrás y los vehículos de motor por lo que respecta a la detección por el conductor de los usuarios vulnerables de la carretera situados detrás del vehículo [2021/828] (DO L 184 de 25.5.2021, p. 20).
(29) Reglamento n.o 159 de las Naciones Unidas — Disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos de motor en lo que respecta al sistema de información al inicio de la marcha para la detección de peatones y ciclistas [2021/829] (DO L 184 de 25.5.2021, p. 62).
(30) Reglamento n.o 161 de las Naciones Unidas — Disposiciones uniformes relativas a la protección de los vehículos de motor contra la utilización no autorizada y la homologación del dispositivo contra esa utilización (mediante un sistema de bloqueo) [2021/2274] (DO L 470 de 30.12.2021, p. 1).
(31) Reglamento n.o 162 de las Naciones Unidas — Prescripciones técnicas uniformes relativas a la homologación de inmovilizadores y a la homologación de un vehículo con respecto a su inmovilizador [2021/2275] (DO L 470 de 30.12.2021, p. 23).
(32) Reglamento n.o 163 de las Naciones Unidas — Disposiciones uniformes relativas a la homologación de un sistema de alarma para vehículos y la homologación de un vehículo en lo que concierne a su sistema de alarma para vehículos [2021/2276] (DO L 470 de 30.12.2021, p. 48).
(33) Reglamento n.o 0 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE): Disposiciones uniformes relativas a la homologación de tipo internacional de vehículo entero (IWVTA) [2018/780] (DO L 135 de 31.5.2018, p. 1).
(34) Reglamento n.o 90 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU) — Disposiciones uniformes para la homologación de los conjuntos de forro de freno de repuesto y de los forros de frenos de tambor de repuesto para vehículos de motor y sus remolques (DO L 130 de 28.5.2010, p. 19).
(35) Reglamento n.o 13 de la Comisión Económica para Europa (CEPE) de las Naciones Unidas — Disposiciones uniformes sobre la homologación de vehículos de las categorías M, N y O con relación al frenado [2016/194] (DO L 42 de 18.2.2016, p. 1).
(36) Reglamento n.o 13-H de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) — Disposiciones uniformes sobre la homologación de los vehículos de turismo en lo relativo al frenado [2015/2364] (DO L 335 de 22.12.2015, p. 1).
(37) Reglamento n.o 129 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE): Prescripciones uniformes relativas a la homologación de sistemas reforzados de retención infantil utilizados a bordo de vehículos de motor (SRIR) (DO L 97 de 29.3.2014, p. 21).
(38) Reglamento n.o 139 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) Disposiciones uniformes sobre la homologación de los vehículos de turismo en lo relativo a los sistemas de asistencia en el frenado (BAS) [2018/1591] (DO L 269 de 26.10.2018, p. 1).
(39) Reglamento n.o 140 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE). Disposiciones uniformes sobre la homologación de los vehículos de turismo en lo relativo a los sistemas de control electrónico de la estabilidad (ESC) [2018/1592] (DO L 269 de 26.10.2018, p. 17).
(40) Reglamento n.o 64 de la Comisión Económica para Europa (CEPE) de las Naciones Unidas sobre disposiciones uniformes relativas a la homologación de vehículos por lo que se refiere a sus equipos que pueden incluir una unidad de repuesto de uso provisional, neumáticos autoportantes y/o un sistema autoportante y/o un sistema de control de la presión de los neumáticos (DO L 310 de 26.11.2010, p. 18).
ANEXO
Los anexos I y II del Reglamento (UE) 2019/2144 se modifican como sigue:
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1) |
El anexo I se modifica como sigue:
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2) |
El anexo II se modifica como sigue:
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16.8.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 213/13 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1399 DE LA COMISIÓN
de 1 de agosto de 2022
por el que se especifican los datos técnicos del conjunto de datos, se establecen los formatos técnicos para la transmisión de información y se especifican las modalidades y el contenido de los informes de calidad sobre la organización de una encuesta muestral en el ámbito de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación para el año de referencia 2023 de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/1700 del Parlamento Europeo y del Consejo
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2019/1700 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de octubre de 2019, por el que se establece un marco común para las estadísticas europeas relativas a las personas y los hogares, basadas en datos individuales recogidos a partir de muestras, se modifican los Reglamentos (CE) n.o 808/2004, (CE) n.o 452/2008 y (CE) n.o 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan el Reglamento (CE) n.o 1177/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, su artículo 8, apartado 3, y su artículo 13, apartado 6,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Para facilitar la transmisión de información de los Estados miembros a la Comisión (Eurostat) deben establecerse formatos técnicos que abarquen conceptos y procesos, incluidos los datos y los metadatos. |
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(2) |
Con vistas a la evaluación de la calidad de las estadísticas que deben transmitirse en el ámbito de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, deben especificarse las modalidades detalladas de los informes anuales de calidad. |
|
(3) |
Para garantizar la correcta realización de una encuesta por muestreo en el ámbito de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, la Comisión debe especificar los datos técnicos del conjunto de datos. |
|
(4) |
Para que la Comisión (Eurostat) pueda extraer los datos por medios electrónicos, la transmisión de los datos y la presentación del informe anual de calidad deben realizarse a través de la ventanilla única. |
|
(5) |
Para las categorías de características que figuran en el anexo, los Estados miembros y las instituciones de la Unión deben utilizar, cuando proceda, las clasificaciones estadísticas de las unidades territoriales, la educación, la ocupación y el sector económico que sean compatibles con las clasificaciones NUTS (2), CINE (3), CIUO (4) y NACE (5). |
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(6) |
Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento especifica los datos técnicos del conjunto de datos, establece los formatos técnicos para la transmisión de información de los Estados miembros a la Comisión (Eurostat) y especifica las modalidades detalladas de transmisión y el contenido de los informes de calidad en el ámbito de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
Artículo 2
Definiciones
A efectos del presente Reglamento se entenderá por:
|
1) |
«período de trabajo de campo»: el período durante el cual se recogen los datos de los encuestados; |
|
2) |
«período de referencia»: el período al que se refiere una información determinada. |
Artículo 3
Descripción de las variables
Las características técnicas de las variables, establecidas en el anexo, se referirán a lo siguiente:
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a) |
identificador de la variable; |
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b) |
denominación y descripción de la variable; |
|
c) |
códigos y etiquetas; |
|
d) |
filtro; |
|
e) |
tipo de variable. |
Artículo 4
Características de las poblaciones objetivo, unidades de observación y normas relativas a los encuestados
1. Las poblaciones objetivo en el ámbito de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación serán los hogares privados en el territorio del Estado miembro y las personas que tengan su residencia habitual, según se define en el artículo 2, punto 11, del Reglamento (UE) 2019/1700, en el territorio del Estado miembro.
2. La información relativa a las variables que figuran en el anexo que afectan a los hogares se recogerá para los hogares privados con al menos un miembro de 16 a 74 años de edad que resida en el territorio del Estado miembro.
3. La información relativa a las variables que figuran en el anexo que afectan a las personas se recogerá para las personas de 16 a 74 años de edad que residan en el territorio del Estado miembro.
4. La información relativa a las personas menores de 16 años o mayores de 74 años podrá facilitarse con carácter voluntario.
5. La recogida de datos en el ámbito de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación se llevará a cabo respecto de una muestra de hogares privados o una muestra de personas pertenecientes a hogares privados como unidades de observación.
Artículo 5
Períodos de referencia y fecha de referencia
1. El período de referencia para la recogida de estadísticas sobre el tema detallado «Interacción con las administraciones públicas», que figura en el anexo, comprenderá los tres últimos trimestres de 2022 y el primer trimestre de 2023.
2. Para todos los demás temas detallados, correspondientes al tema número 06, «Participación en la sociedad de la información», que figura en el anexo, el período de referencia será el primer trimestre de 2023.
3. El momento de la primera entrevista establecerá la fecha de referencia.
Artículo 6
Período de la recogida de datos
En cuanto a los datos facilitados directamente por los encuestados, el período de trabajo de campo será el segundo trimestre de 2023.
Artículo 7
Normas comunes para la edición, la imputación y la estimación de los datos
1. La imputación, la modelización o la ponderación se aplicarán a los datos cuando no haya información o esta sea inválida o incoherente.
2. El procedimiento aplicado a los datos deberá mantener la variación y la correlación entre variables. Los métodos que añadan componentes de error a los valores imputados serán preferibles a aquellos que se limiten a imputar un valor previsto.
3. Los métodos que tengan en cuenta la estructura u otras características de la distribución conjunta de las variables serán preferibles al enfoque marginal o univariante.
Artículo 8
Plazo y normas para la transmisión de los datos
1. Los Estados miembros transmitirán los datos finales a la Comisión (Eurostat) el 5 de octubre de 2023 a más tardar.
2. Los datos se transmitirán en forma de ficheros de microdatos, incluidas las ponderaciones adecuadas. Los datos deberán haber sido íntegramente verificados y validados utilizando la norma para el intercambio de datos y metadatos a través de la ventanilla única. Los datos deberán cumplir las normas de validación de acuerdo con la especificación de variables sobre la base de la codificación y los filtros que se describen en el anexo.
3. Los Estados miembros facilitarán los metadatos a la Comisión (Eurostat) utilizando la estructura de metadatos estándar definida por la Comisión (Eurostat) a más tardar el 5 de enero de 2024. Los facilitarán a través de la ventanilla única.
Artículo 9
Modalidades detalladas y contenido de los informes de calidad anuales
1. Los Estados miembros transmitirán a la Comisión (Eurostat) un informe de calidad anual sobre el ámbito de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
2. El informe de calidad anual contendrá datos y metadatos relacionados con la calidad e información sobre la exactitud y fiabilidad de la encuesta. Describirá los cambios en los conceptos y definiciones básicos que afecten a la comparabilidad a lo largo del tiempo y entre países. El informe de calidad incluirá asimismo información sobre la conformidad con el modelo de cuestionario y sobre los cambios en su diseño que afecten a la comparabilidad en diferentes períodos y entre distintos países.
3. El informe de calidad anual se transmitirá a la Comisión (Eurostat) de conformidad con las normas técnicas establecidas por la Comisión (Eurostat) a más tardar el 5 de enero de 2024.
4. El informe de calidad anual se presentará a través de la ventanilla única.
Artículo 10
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 1 de agosto de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 261 I de 14.10.2019, p. 1.
(2) Reglamento (CE) n.o 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (DO L 154 de 21.6.2003, p. 1).
(3) Clasificación Internacional Normalizada de la Educación 2011, http://uis.unesco.org/sites/default/files/documents/international-standard-classification-of-education-isced-2011-en.pdf (disponible en inglés y francés).
(4) Recomendación de la Comisión, de 29 de octubre de 2009, relativa al uso de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones (CIUO-08) (DO L 292 de 10.11.2009, p. 31).
(5) Reglamento (CE) n.o 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) n.o 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).
ANEXO
Descripción y formatos técnicos de las variables recogidas para cada tema y cada tema detallado en el ámbito de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación y códigos que deben utilizarse
|
Tema |
Tema detallado |
Identificador de la variable |
Denominación de la variable/descripción de la variable |
Códigos |
Etiquetas/Categorías |
Filtro |
Tipo de variable |
|
01. Datos técnicos |
Información sobre recogida de datos |
REFYEAR |
Año de la encuesta |
AAAA |
Año de la encuesta (cuatro dígitos) |
Todos los hogares |
Técnica |
|
01. Datos técnicos |
Información sobre recogida de datos |
INTDATE |
Fecha de referencia: fecha de la primera entrevista |
DD.MM.AAAA |
Fecha de referencia (diez caracteres) |
Todas las personas |
Técnica |
|
01. Datos técnicos |
Información sobre recogida de datos |
STRATUM_ID |
Estrato |
Nnnnnn |
Identificación del estrato al que pertenece la persona o el hogar, de 1 a N, siendo N el número de estratos |
Todos los hogares |
Técnica |
|
–1 |
Sin estratificación |
||||||
|
01. Datos técnicos |
Información sobre recogida de datos |
PSU |
Unidad de muestreo primaria |
Nnnnnn |
Identificación de la unidad de muestreo primaria a la que pertenece la persona o el hogar, de 1 a N, siendo N el número de unidades de muestreo primarias |
Todos los hogares, cuando la población objetivo se divide en conglomerados (unidades de muestreo primarias) |
Técnica |
|
–1 |
No aplicable |
||||||
|
01. Datos técnicos |
Identificación |
HH_ID |
Identificación del hogar |
XXnnnnnn |
Identificación única del hogar (dos letras para el código de país seguidas de un máximo de veintidós dígitos) |
Todos los hogares |
Técnica |
|
01. Datos técnicos |
Identificación |
IND_ID |
Identificación personal |
XxNnnnnn |
Identificación única de la persona (dos letras para el código de país seguidas de un máximo de veintidós dígitos) |
Todas las personas |
Técnica |
|
01. Datos técnicos |
Identificación |
HH_REF_ID |
Identificación del hogar de la persona |
XxNnnnnn |
Identificación única del hogar al que pertenece la persona (dos letras para el código de país seguidas de un máximo de veintidós dígitos) |
Todas las personas |
Técnica |
|
En blanco |
Si la persona tiene 15 años como máximo o 75 años como mínimo y pertenece a un hogar en el que solo hay personas fuera del grupo de edad de 16 a 74 años, este campo se dejará en blanco. |
||||||
|
01. Datos técnicos |
Ponderaciones |
HH_WGHT |
Ponderación del hogar |
Nnnnn.nnnnnn |
Factor de extrapolación del hogar (tantas dígitos como se necesite; se pueden utilizar decimales en caso necesario) |
Todos los hogares |
Técnica |
|
01. Datos técnicos |
Ponderaciones |
IND_WGHT |
Ponderación de la persona |
Nnnnnn.nnnnn |
Factor de extrapolación de la persona (tantas dígitos como se necesite; se pueden utilizar decimales en caso necesario) |
Todas las personas |
Técnica |
|
01. Datos técnicos |
Características de la entrevista |
TIME |
Duración de la entrevista |
Nnn |
Duración de la entrevista en minutos |
Todas las personas |
Técnica |
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
01. Datos técnicos |
Características de la entrevista |
INT_TYPE |
Tipo de entrevista |
1 |
Entrevista personal con cuestionario en papel (PAPI) |
Todas las personas |
Técnica |
|
2 |
Entrevista personal asistida por ordenador (CAPI) Entrevista telefónica |
||||||
|
3 |
asistida por ordenador (CATI) |
||||||
|
4 |
Entrevista web asistida por ordenador |
||||||
|
5 |
Otros |
||||||
|
01. Datos técnicos |
Localización |
COUNTRY |
País de residencia |
No debe quedar en blanco |
País de residencia (código SCL GEO alpha-2) |
Todos los hogares |
Técnica |
|
01. Datos técnicos |
Localización |
GEO_NUTS1 |
Región de residencia |
No debe quedar en blanco |
Región NUTS 1 (tres caracteres alfanuméricos) |
Todos los hogares |
Técnica |
|
01. Datos técnicos |
Localización |
GEO_NUTS2 (opcional) |
Región de residencia (opcional) |
No debe quedar en blanco |
Región NUTS 2 (cuatro caracteres alfanuméricos) |
Todos los hogares |
Técnica |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
01. Datos técnicos |
Localización |
GEO_NUTS3 (opcional) |
Región de residencia (opcional) |
No debe quedar en blanco |
Región NUTS 3 (cinco caracteres alfanuméricos, código NUTS 3 para una futura agregación de regiones alternativa; no se publicarán los desgloses a nivel NUTS 3) |
Todos los hogares |
Técnica |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
01. Datos técnicos |
Localización |
DEG_URBA |
Grado de urbanización |
1 |
Ciudades |
Todos los hogares |
Técnica |
|
2 |
Localidades |
||||||
|
3 |
Zonas rurales |
||||||
|
01. Datos técnicos |
Localización |
GEO_DEV |
Localización geográfica |
1 |
Región menos desarrollada |
Todos los hogares |
Técnica |
|
2 |
Región en transición |
||||||
|
3 |
Región más desarrollada |
||||||
|
En blanco |
No consta (código para países no pertenecientes a la UE) |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Demografía |
SEX |
Sexo |
1 |
Hombre |
Todas las personas |
Recogida |
|
2 |
Mujer |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Demografía |
YEARBIR |
Año de nacimiento |
AAAA |
Año de nacimiento (cuatro dígitos) |
Todas las personas |
Recogida |
|
02. Características de la persona y del hogar |
Demografía |
PASSBIR |
Ya ha pasado la fecha de cumpleaños |
1 |
Sí |
Todas las personas |
Recogida |
|
2 |
No |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Demografía |
AGE |
Edad en años cumplidos |
nnn |
Edad en años cumplidos (entre uno y tres dígitos) |
Todas las personas |
Derivada |
|
02. Características de la persona y del hogar |
Nacionalidad y origen inmigrante |
CITIZENSHIP |
País de la nacionalidad principal |
No debe quedar en blanco |
País de la nacionalidad principal (código SCL GEO alpha-2) |
Todas las personas |
Recogida |
|
STLS |
Apátrida |
||||||
|
FOR |
Nacionalidad extranjera pero se desconoce el país |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Nacionalidad y origen inmigrante |
CNTRYB |
País de nacimiento |
No debe quedar en blanco |
País de nacimiento (código SCL GEO alpha-2) |
Todas las personas |
Recogida |
|
FOR |
Nacido en el extranjero pero se desconoce el país de nacimiento |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_POP |
Tamaño del hogar (número de miembros del hogar) |
Nn |
Número de miembros del hogar (incluidos los menores) |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_POP_16_24 (opcional) |
Número de miembros del hogar entre 16 y 24 años (opcional) |
Nn |
Número de miembros del hogar de 16 a 24 años |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_POP_16_24S (opcional) |
Número de estudiantes del hogar entre 16 y 24 años (opcional) |
Nn |
Número de estudiantes del hogar entre 16 y 24 años |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_POP_25_64 (opcional) |
Número de miembros del hogar entre 25 y 64 años (opcional) |
Nn |
Número de miembros del hogar de 25 a 64 años |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_POP_65_MAX (opcional) |
Número de miembros del hogar de 65 años o más (opcional) |
Nn |
Número de miembros del hogar de 65 años o más |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_CHILD |
Número de menores con 16 años o menos |
Nn |
Número de menores con 16 años o menos |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_CHILD_14_15 (opcional) |
Número de menores con 14 o 15 años (opcional) |
Nn |
Número de menores con 14 o 15 años |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_CHILD_5_13 (opcional) |
Número de menores entre 5 y 13 años (opcional) |
Nn |
Número de menores entre 5 y 13 años |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
02. Características de la persona y del hogar |
Composición del hogar |
HH_CHILD_LE_4 (opcional) |
Número de menores con 4 años o menos (opcional) |
Nn |
Número de menores con 4 años o menos |
Todos los hogares |
Recogida |
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
03. Participación en el mercado laboral |
Situación respecto de la actividad principal (autopercibida) |
MAINSTAT |
Situación respecto de la actividad principal (autopercibida) |
1 |
Empleado |
Todas las personas de 16 años o más |
Recogida |
|
2 |
Desempleado |
||||||
|
3 |
Jubilado |
||||||
|
4 |
En situación de incapacidad para trabajar por problemas de salud de larga duración |
||||||
|
5 |
Alumno o estudiante |
||||||
|
6 |
Se encarga de las tareas domésticas |
||||||
|
7 |
Servicio militar o civil obligatorio |
||||||
|
8 |
Otros |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
03. Participación en el mercado laboral |
Características elementales del trabajo |
STAPRO |
Situación en el trabajo principal |
1 |
Trabajador por cuenta propia con asalariados |
Personas para las que MAINSTAT = 1 |
Recogida |
|
2 |
Trabajador por cuenta propia sin asalariados |
||||||
|
3 |
Asalariado |
||||||
|
4 |
Trabajador familiar (no remunerado) |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
03. Participación en el mercado laboral |
Características elementales del trabajo |
NACE1D (opcional) |
Actividad económica de la unidad local en el trabajo principal (opcional) |
No debe quedar en blanco |
Código NACE a nivel de sección [un carácter (una letra de la A a la U)] |
Personas para las que MAINSTAT = 1 |
Recogida |
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
03. Participación en el mercado laboral |
Características elementales del trabajo |
ISCO2D |
Ocupación en el trabajo principal |
nn |
Código CIUO, dos dígitos |
Personas para las que MAINSTAT = 1 |
Recogida |
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
–1 |
No aplicable |
||||||
|
03. Participación en el mercado laboral |
Características elementales del trabajo |
OCC_ICT |
Profesional de las TIC o no profesional de las TIC |
1 |
Profesional de las TIC |
Personas para las que MAINSTAT = 1 |
Recogida |
|
0 |
No profesional de las TIC |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
03. Participación en el mercado laboral |
Características elementales del trabajo |
OCC_MAN |
Trabajador manual o no manual |
1 |
Trabajador manual |
Personas para las que MAINSTAT = 1 |
Recogida |
|
0 |
Trabajador no manual |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
03. Participación en el mercado laboral |
Características elementales del trabajo |
EMPST_WKT (opcional) |
Trabajo principal a tiempo completo o a tiempo parcial (autopercibido) (opcional) |
1 |
Trabajo a tiempo completo |
Personas para las que MAINSTAT = 1 |
Recogida |
|
2 |
Trabajo a tiempo parcial |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
03. Participación en el mercado laboral |
Duración del contrato |
EMPST_CONTR (opcional) |
Permanencia del trabajo principal (opcional) |
1 |
Trabajo indefinido |
Personas para las que STAPRO = 3 |
Recogida |
|
2 |
Contrato de duración determinada |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
04. Estudios terminados y formación |
Nivel de estudios terminados |
ISCEDD |
Nivel de estudios terminados (nivel de educación más alto concluido exitosamente) |
0 |
Sin educación formal o inferior a CINE 1 |
Todas las personas de 16 años o más |
Recogida |
|
1 |
CINE 1. Educación primaria |
||||||
|
2 |
CINE 2. Educación secundaria baja |
||||||
|
3 |
CINE 3. Educación secundaria alta |
||||||
|
4 |
CINE 4. Educación postsecundaria no terciaria |
||||||
|
5 |
CINE 5. Educación terciaria de ciclo corto |
||||||
|
6 |
CINE 6. Grado en educación terciaria o nivel equivalente |
||||||
|
7 |
CINE 7. Nivel de maestría, especialización o equivalente |
||||||
|
8 |
CINE 8. Nivel de doctorado o equivalente |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
04. Estudios terminados y formación |
Nivel de estudios terminados |
ISCED |
Nivel agregado de estudios terminados |
0 |
Educación secundaria baja como máximo (CINE = 0, 1 o 2) |
Todas las personas de 16 años o más |
Derivada |
|
3 |
Educación secundaria alta y educación postsecundaria no terciaria (CINE = 3 o 4) |
||||||
|
5 |
Educación terciaria (CINE = 5, 6, 7 u 8) |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
05. Renta, consumo y componentes del patrimonio, incluidas las deudas |
Renta total mensual del hogar |
HH_IQ5 |
Actual renta media total mensual |
1 |
Grupo de renta equivalente mensual neta actual baja |
Todos los hogares |
Recogida |
|
2 |
Grupo de renta equivalente mensual neta actual baja a media |
||||||
|
3 |
Grupo de renta equivalente mensual neta actual media |
||||||
|
4 |
Grupo de renta equivalente mensual neta actual media a alta |
||||||
|
5 |
Grupo de renta equivalente mensual neta actual superior |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Acceso a las TIC |
IACC |
Acceso a internet en el hogar (por medio de cualquier dispositivo) |
1 |
Sí |
Todos los hogares |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
8 |
No sabe |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Utilización y frecuencia de utilización de las TIC |
IU |
Uso más reciente de internet, en cualquier lugar y por medio de cualquier dispositivo |
1 |
En los últimos tres meses |
Todas las personas |
Recogida |
|
2 |
Hace entre tres meses y un año |
||||||
|
3 |
Hace más de un año |
||||||
|
4 |
Nunca lo he utilizado |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Utilización y frecuencia de utilización de las TIC |
IFUS |
Frecuencia media de uso de internet en los tres últimos meses |
1 |
Varias veces al día |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
2 |
Una vez al día o casi cada día |
||||||
|
3 |
Al menos una vez por semana (pero no todos los días) |
||||||
|
4 |
Menos de una vez por semana |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Utilización y frecuencia de utilización de las TIC |
IUG_DKPC |
Uso de internet en los tres últimos meses desde un ordenador de mesa |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Utilización y frecuencia de utilización de las TIC |
IUG_LPC |
Uso de internet en los tres últimos meses en un ordenador portátil |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Utilización y frecuencia de utilización de las TIC |
IUG_TPC |
Uso de internet en los tres últimos meses en una tableta |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Utilización y frecuencia de utilización de las TIC |
IUG_MP |
Uso de internet en los tres últimos meses en un teléfono móvil o un teléfono inteligente |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Utilización y frecuencia de utilización de las TIC |
IUG_OTH1 |
Uso de internet en los tres últimos meses en otros dispositivos (como una televisión inteligente, altavoces inteligentes, una consola de juegos, un lector de libros electrónicos o un reloj inteligente) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUEM |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para enviar o recibir correo electrónico |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUPH1 |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para hacer llamadas (incluidas las videollamadas) por internet |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUSNET |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para participar en redes sociales (creando un perfil de usuario, colgando mensajes o de otra forma) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUCHAT1 |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para utilizar mensajería instantánea (intercambio de mensajes) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUNW1 |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para leer noticias, periódicos o revistas en línea |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IHIF |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para buscar información relacionada con la salud (por ejemplo, sobre lesiones, enfermedades, nutrición o mejora de la salud) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUIF |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para buscar información sobre bienes o servicios |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUPOL2 |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para expresar opiniones sobre cuestiones cívicas o políticas en sitios web o en redes sociales |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUVOTE |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para participar en consultas en línea o para votar sobre cuestiones cívicas o políticas (como planificación urbana o firma de peticiones) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUJOB |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para buscar trabajo o enviar una solicitud de empleo |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUSELL |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para vender bienes o servicios a través de un sitio web o una aplicación |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUBK |
Uso de internet en los tres últimos meses con fines privados para realizar actividades bancarias por internet (incluidas las actividades bancarias a través de dispositivos móviles) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUOLC |
Uso de internet en los tres últimos meses para actividades de aprendizaje con fines educativos, profesionales o privados, mediante un curso en línea |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUOLM |
Uso de internet en los tres últimos meses para actividades de aprendizaje con fines educativos, profesionales o privados, utilizando material de aprendizaje en línea sin seguir un curso completo por internet (como tutoriales en vídeo, seminarios web, libros de texto electrónicos, aplicaciones o plataformas de aprendizaje) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Actividades en internet |
IUOCIS1 |
Uso de internet en los tres últimos meses para actividades de aprendizaje con fines educativos, profesionales o privados, a fin de comunicarse con los formadores o con otros estudiantes mediante herramientas en línea de audio o vídeo |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVIP |
Actividades a través de un sitio web o una aplicación de administraciones públicas o servicios públicos con fines privados en los últimos doce meses consistentes en el acceso por parte del encuestado a su información personal almacenada por las administraciones públicas o los servicios públicos |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVIDB |
Actividades a través de un sitio web o una aplicación de administraciones públicas o servicios públicos con fines privados en los últimos doce meses consistentes en el acceso por parte del encuestado a información procedente de bases de datos o registros públicos (como información sobre la disponibilidad de libros en bibliotecas públicas, registros catastrales, registros de empresas) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOV12IF |
Actividades a través de un sitio web o una aplicación de administraciones públicas o servicios públicos con fines privados en los últimos doce meses consistentes en la obtención de información por parte del encuestado (por ejemplo, sobre servicios, prestaciones, derechos, leyes, horas de apertura) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVIX |
El encuestado no ha accedido a ningún registro o base de datos personales ni ha obtenido información a través de un sitio web o una aplicación de las administraciones públicas o de servicios públicos con fines privados en los últimos doce meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOV12FM |
Descarga/impresión de formularios oficiales por el encuestado desde un sitio web o una aplicación de administraciones públicas o servicios públicos con fines privados en los últimos doce meses |
1 |
Sí |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVAPR |
Cita o reserva por parte del encuestado a través de un sitio web o una aplicación con administraciones públicas o servicios públicos (por ejemplo, reserva de un libro en una biblioteca pública, cita con un funcionario público o un prestador de asistencia sanitaria pública) con fines privados en los últimos doce meses |
1 |
Sí |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVPOST (Opcional) |
Recepción por el encuestado de cualquier comunicación oficial o documentos enviados por las administraciones públicas a través de su cuenta en un sitio web o una aplicación (nombre del servicio, si procede en el país) de administraciones o servicios públicos (como notificaciones de multas o facturas, cartas, notificación de citaciones judiciales, documentos judiciales, [ejemplos nacionales]) con fines privados en los últimos doce meses. Debe excluirse el uso de mensajes de información o notificaciones a través de correo electrónico o SMS de que un documento está disponible. (opcional) |
1 |
Sí |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
La opción no se incluye o no consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVTAX1 |
Presentación de la declaración fiscal del propio encuestado a través de un sitio web o una aplicación con fines privados en los últimos doce meses |
1 |
Sí, el encuestado la hizo él mismo |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
2 |
No, se elaboró automáticamente (por la administración tributaria, el empleador, otra administración) (si procede en el país) |
||||||
|
3 |
entregó a la administración tributaria en papel |
||||||
|
4 |
No, otra persona lo hizo en nombre del encuestado (por ejemplo, un familiar, un asesor fiscal) |
||||||
|
5 |
No, por otros motivos (por ejemplo, no sujeto al impuesto sobre la renta) |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVODC |
Actividades a través de un sitio web o una aplicación de administraciones públicas o servicios públicos con fines privados en los últimos doce meses consistentes en la solicitud por el encuestado de documentos o certificados oficiales (como de graduación, nacimiento, matrimonio, divorcio, fallecimiento, residencia, antecedentes policiales o penales, [ejemplos nacionales]) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVBE |
Actividades a través de un sitio web o una aplicación de administraciones públicas o servicios públicos con fines privados en los últimos doce meses consistentes en la solicitud de prestaciones o subsidios por el encuestado (como de pensión, desempleo, asignación por hijos, matriculación en centros educativos, universidades, [ejemplos nacionales]) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IGOVRCC |
Actividades a través de un sitio web o una aplicación de administraciones públicas o servicios públicos con fines privados en los últimos doce meses consistentes en la presentación de otras solicitudes, demandas o quejas por el encuestado (como la presentación de una denuncia por robo ante la policía, o de una reclamación judicial, la solicitud de asistencia jurídica gratuita, la incoación de un procedimiento civil ante un órgano jurisdiccional, [ejemplos nacionales]) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IRGOVNN |
Motivos para no solicitar ningún documento oficial o no presentar reclamaciones a través de un sitio web o una aplicación de las administraciones públicas o de los servicios públicos en los últimos doce meses: el encuestado no tuvo que solicitar ningún documento ni presentar reclamaciones |
1 |
Marcada |
Personas para las que IGOVODC = 0 e IGOVBE = 0 e IGOVRCC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IRGOVLS |
Motivos para no solicitar ningún documento oficial o no presentar reclamaciones a través de un sitio web o una aplicación de las administraciones públicas o de los servicios públicos en los últimos doce meses: falta de capacidades o conocimientos (por ejemplo, el encuestado no sabía cómo utilizar el sitio web o la aplicación o su utilización era demasiado complicada) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IGOVODC = 0 e IGOVBE = 0 e IGOVRCC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IRGOVSEC |
Motivos para no solicitar ningún documento oficial o no presentar reclamaciones a través de un sitio web o una aplicación de las administraciones públicas o de los servicios públicos en los últimos doce meses: preocupación por la seguridad de los datos personales o deseo de no pagar en línea (miedo al fraude con tarjetas de crédito) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IGOVODC = 0 e IGOVBE = 0 e IGOVRCC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IRGOVEID (Opcional) |
Motivos para no solicitar ningún documento oficial o no presentar reclamaciones a través de un sitio web o una aplicación de las administraciones públicas o de los servicios públicos en los últimos doce meses: falta de firma electrónica, identificación electrónica activada (e-ID) o cualquier otra herramienta para utilizar la identificación electrónica (necesaria para utilizar los servicios) [ejemplos nacionales] (opcional) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IGOVODC = 0 e IGOVBE = 0 e IGOVRCC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
En blanco |
Opción no incluida |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IRGOVOP |
Motivos para no solicitar ningún documento oficial o no presentar reclamaciones a través de un sitio web o una aplicación de las administraciones públicas o de los servicios públicos en los últimos doce meses: otra persona lo hizo en nombre del encuestado (por ejemplo, consultor, asesor, familiar) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IGOVODC = 0 e IGOVBE = 0 e IGOVRCC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IRGOVOTH |
Motivos para no solicitar ningún documento oficial o no presentar reclamaciones a través de un sitio web o una aplicación de las administraciones públicas o de los servicios públicos en los últimos doce meses: otra razón |
1 |
Marcada |
Personas para las que IGOVODC = 0 e IGOVBE = 0 e IGOVRCC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IEID |
Uso por parte del encuestado de algún tipo de identificación electrónica (e-ID) [lista nacional de todas las identificaciones electrónicas específicas de cada país, reconocidas oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y con un nivel alto o sustancial de seguridad según el Reglamento eIDAS (1)] para acceder a los servicios en línea con fines privados en los últimos doce meses |
1 |
Sí |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IEIDOC |
Tipo de servicios para los que el encuestado ha utilizado algún tipo de identificación electrónica (e-ID) [lista nacional de todas las identificaciones electrónicas específicas de cada país, reconocidas oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tienen un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS] en los últimos doce meses: servicios prestados por autoridades públicas o servicios públicos del país de residencia del encuestado (como la presentación de la declaración fiscal del encuestado, la solicitud de prestaciones sociales o de certificados oficiales, el acceso a los historiales médicos del encuestado, [ejemplos nacionales]) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IEIDEC |
Tipo de servicios para los que el encuestado ha utilizado algún tipo de identificación electrónica (e-ID) [lista nacional de todas las identificaciones electrónicas específicas de cada país, reconocidas oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tienen un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS] en los últimos doce meses: servicios prestados por autoridades públicas o servicios públicos de otros países europeos (como la presentación de la declaración fiscal del encuestado, la solicitud de documentos o certificados oficiales, [ejemplos nacionales]) (si procede en el país) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IEIDBS |
Tipo de servicios para los que el encuestado ha utilizado algún tipo de identificación electrónica (e-ID) [lista nacional de todas las identificaciones electrónicas específicas de cada país, reconocidas oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tienen un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS] en los últimos doce meses: servicios prestados por el sector empresarial (como el acceso a los servicios bancarios, el registro para los servicios de transporte, la identificación mediante e-ID en un mercado electrónico, [ejemplos nacionales]) (si procede en el país) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IREIDNA |
Motivos para no utilizar ningún tipo de identificación electrónica (e-ID) reconocida oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tenga un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS en los últimos doce meses: el encuestado no tenía conocimiento de la existencia de la identificación electrónica |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IREIDNO |
Motivos para no utilizar ningún tipo de identificación electrónica (e-ID) reconocida oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tenga un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS en los últimos doce meses: el encuestado carece de identificación electrónica |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IREIDNN |
Motivos para no utilizar ningún tipo de identificación electrónica (e-ID) reconocida oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tenga un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS en los últimos doce meses: el encuestado no necesitaba acceder a ningún servicio en línea que requiriera una identificación electrónica |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IREIDSEC |
Motivos para no utilizar ningún tipo de identificación electrónica (e-ID) reconocida oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tenga un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS en los últimos doce meses: el encuestado se siente inseguro al utilizarlo (preocupación por la seguridad informática, la protección de datos personales) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IREIDTEC |
Motivos para no utilizar ningún tipo de identificación electrónica (e-ID) reconocida oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tenga un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS en los últimos doce meses: facilidad de uso/problemas técnicos (por ejemplo, es demasiado difícil, no se dispone de un lector adecuado de tarjetas, el software es incompatible, no se aceptó para los servicios a los que el encuestado necesitaba acceder) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IREIDDEV |
Motivos para no utilizar ningún tipo de identificación electrónica (e-ID) reconocida oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tenga un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS en los últimos doce meses: el encuestado no pudo utilizar la identificación electrónica para acceder al servicio a través de su teléfono inteligente o su tableta |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Interacción con las administraciones públicas |
IREIDOTH |
Motivos para no utilizar ningún tipo de identificación electrónica (e-ID) reconocida oficialmente por las autoridades públicas o los servicios públicos y que tenga un nivel alto o sustancial de seguridad con arreglo al Reglamento eIDAS en los últimos doce meses: otros motivos |
1 |
Marcada |
Personas para las que IEID = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
8 |
El servicio no existe en el Estado miembro |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
IBUY |
Última adquisición o pedido de bienes o servicios por internet para uso privado |
1 |
En los últimos tres meses |
Personas para las que IU = 1 o IU = 2 |
Recogida |
|
2 |
Hace entre tres meses y un año |
||||||
|
3 |
Hace más de un año |
||||||
|
4 |
Jamás ha comprado ni encargado nada por internet |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BCLOT1 |
Uso de internet para comprar ropa (incluida ropa deportiva), zapatos o complementos (como bolsos y joyas) a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BSPG |
Uso de internet para comprar artículos de deporte (excluida ropa deportiva) a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BCG |
Uso de internet para comprar juguetes o artículos de puericultura (como pañales, biberones o cochecitos y sillas de paseo) a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BFURN1 |
Uso de internet para comprar muebles, accesorios para el hogar (como alfombras o cortinas) o productos de jardinería (como herramientas o plantas) a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BMUFL |
Uso de internet para comprar música, como CD, discos de vinilo, etc., o películas y series, como DVD, Blu-ray, etc. a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BBOOKNLG |
Uso de internet para comprar libros, revistas o periódicos, en formato impreso, a empresas o particulares (incluidos productos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BHARD1 |
Uso de internet para comprar ordenadores, tabletas, teléfonos móviles o accesorios a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BEEQU1 |
Uso de internet para comprar electrónica de consumo (como televisores, equipos de sonido, cámaras, barras de sonido, altavoces inteligentes, asistentes virtuales) o electrodomésticos (como lavadoras) a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BMED1 |
Uso de internet para comprar medicamentos o complementos alimenticios, como vitaminas (excepto la renovación en línea de recetas médicas), a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BFDR |
Uso de internet para pedir comida a restaurantes, cadenas de comida rápida y servicios de catering a empresas o particulares para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BFDS |
Uso de internet para comprar alimentos y bebidas a tiendas o a proveedores de kits de comida a empresas o particulares para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BCBW |
Uso de internet para comprar productos cosméticos, de belleza o de bienestar a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BCPH |
Uso de internet para comprar productos de limpieza o productos de higiene personal (como cepillos de dientes, pañuelos de bolsillo, detergentes de lavado o bayetas) a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BBMC |
Uso de internet para comprar bicicletas, ciclomotores, automóviles u otros vehículos, o sus piezas de repuesto, a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BOPG |
Uso de internet para comprar otros bienes físicos a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BPG_ANY |
Uso de internet para comprar cualquiera de los bienes físicos que figuran en la lista a empresas o particulares (incluidos artículos usados) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
9 |
IF BUY = En blanco o IBUY<> 1 THEN 9 |
Personas para las que IBUY = 1 |
Derivada |
|
1 |
ELSE IF BCLOT1 = 1 o BSPG = 1 o BCG = 1 o BFURN1 = 1 o BMUFL = 1 o BBOOKNLG = 1 o BHARD1 = 1 o BEEQU1 = 1 o BMED1 = 1 o BFDR = 1 o BFDS = 1 o BCBW = 1 o BCPH = 1 o BBMC = 1 o BOPG = 1 THEN 1 |
||||||
|
0 |
ELSE 0 |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BPG_DOM |
Uso de internet para comprar artículos a vendedores nacionales (empresas o particulares), a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que BPG_ANY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BPG_EU |
Uso de internet para comprar artículos a vendedores de otros países de la UE (empresas o particulares), a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que BPG_ANY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BPG_WRLD |
Uso de internet para comprar artículos a vendedores del resto del mundo (empresas o particulares), a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que BPG_ANY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BPG_UNK |
Uso de internet para comprar artículos a vendedores cuyo país de origen es desconocido (empresas o particulares), a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que BPG_ANY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BPG_PP |
Artículos adquiridos de particulares a través de un sitio web o una aplicación |
1 |
Sí |
Personas para las que BPG_ANY = 1 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BMUSS |
Uso de internet para comprar música, o suscribirse a ella, como servicio de transmisión en línea o como descargas a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BFLMS |
Uso de internet para comprar películas o series, o para suscribirse a ellas, como servicio de transmisión en línea o como descargas a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BBOOKNLS |
Uso de internet para comprar libros electrónicos, o revistas o periódicos en línea, o para suscribirse a ellos, a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BGAMES |
Uso de internet para comprar juegos en línea, o para suscribirse a ellos, como juegos en línea o como descargas para teléfonos inteligentes, tabletas, ordenadores o consolas a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BSOFTS |
Uso de internet para comprar software para ordenadores o de otro tipo, o para suscribirse a él, como descarga, con sus actualizaciones correspondientes, a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BHLFTS |
Uso de internet para comprar aplicaciones relacionadas con la salud o la preparación física (excepto las gratuitas), o para suscribirse a ellas, a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BAPP |
Uso de internet para comprar otras aplicaciones (como las relacionadas con el aprendizaje de idiomas, los viajes o el tiempo) (excepto las gratuitas), o para suscribirse a ellas, a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BSTICK |
Uso de internet para comprar entradas para eventos deportivos a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BCTICK |
Uso de internet para comprar entradas para eventos culturales o de otro tipo (por ejemplo de cine, conciertos o ferias), a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BSIMC |
Uso de internet para comprar suscripciones a internet o conexiones de teléfono móvil a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BSUTIL |
Uso de internet para contratar suscripciones a servicios de suministro de electricidad, agua o calefacción, recogida de basuras o servicios similares a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BHHS |
Uso de internet para contratar servicios domésticos (como limpieza, cuidado de niños, trabajos de reparación, o jardinería) (también los contratados con particulares) para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BTPS_E |
Uso de internet para contratar servicios de transporte con una empresa de transporte, como un billete de autobús urbano, de avión o de tren, o una carrera de taxi, para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BTPS_PP |
Uso de internet para contratar servicios de transporte con particulares a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BRA_E |
Uso de internet para alquilar alojamiento a empresas como hoteles o agencias de viajes a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BRA_PP |
Uso de internet para alquilar alojamiento a un particular a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BOTS (opcional) |
Uso de internet para contratar otros servicios (excepto servicios financieros y de seguros) a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses (opcional) |
1 |
Sí |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
La opción no se incluye o no consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BF |
Número de veces que se adquirieron artículos o servicios en internet a través de un sitio web o una aplicación, para uso privado, en los tres últimos meses |
1 |
1 o 2 veces |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
2 |
De 3 a 5 veces |
||||||
|
3 |
De 6 a 10 veces |
||||||
|
4 |
Más de 10 veces |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BTFW1 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: el sitio web era difícil de utilizar o su funcionamiento era poco satisfactorio (por ejemplo, era demasiado complicado, confuso, con un funcionamiento técnico deficiente) durante una adquisición por internet para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BDGL1 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: dificultades para encontrar información sobre garantías u otros derechos legales durante una adquisición por internet para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BSPD1 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: la entrega tuvo lugar en un plazo más largo que el indicado durante una adquisición por internet para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BCPR1 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: los costes finales fueron más elevados de lo indicado (por ejemplo, tasas de transacción inesperadas o tasas de garantía injustificadas) durante una adquisición por internet para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BWDN1 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: productos o servicios incorrectos o deteriorados, entregados a partir de una adquisición por internet para uso privado, realizada a través de un sitio web o una aplicación durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BFRA1 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: problemas por fraude (por ejemplo, no se recibieron los productos o servicios o se hizo uso indebido de los datos de la tarjeta de crédito) durante una adquisición por internet para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BCR1 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: las reclamaciones y los recursos fueron difíciles o no se recibió respuesta satisfactoria tras una reclamación en relación con una adquisición por internet para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, en los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BDNS1 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: minorista extranjero que no vendía en el país del encuestado en relación con una adquisición por internet para uso privado, a través de un sitio web o una aplicación, durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BOTH2 |
Problemas encontrados con el comercio electrónico: otros problemas relacionados con una adquisición por internet para uso privado, realizada a través de un sitio web o una aplicación durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Obstáculos y problemas de utilización |
BARR2X |
No se encontraron problemas al realizar adquisiciones por internet para uso privado a través de un sitio web o una aplicación durante los últimos tres meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IBUY = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BFIN_IN1 |
Uso de internet para comprar pólizas de seguro, incluidos seguros de viaje, incluso en forma de viaje combinado que incluya, por ejemplo, un billete de avión a través de un sitio web o una aplicación, con fines privados, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BFIN_CR1 |
Uso de internet para tramitar un préstamo o una hipoteca o para concertar un crédito con un banco u otros proveedores de servicios financieros a través de un sitio web o una aplicación, con fines privados, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Comercio electrónico |
BFIN_SH1 |
Uso de internet para comprar o vender acciones, bonos, participaciones en fondos u otros activos financieros, a través de un sitio web o una aplicación, con fines privados, en los tres últimos meses |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CXFER1 |
Actividades realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, relacionadas con la copia o el desplazamiento de ficheros (como documentos, datos, imágenes o vídeos) entre carpetas, dispositivos (por ejemplo, por correo electrónico, mensajería instantánea, USB o cable) o en la nube |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CINSAPP1 |
Actividades realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, relacionadas con la descarga o la instalación de software o aplicaciones |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CCONF1 |
Actividades realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, relacionadas con el cambio en la configuración de programas, aplicaciones o dispositivos (como cambiar el idioma, ajustar los colores, el contraste, el tamaño del texto, la barrea de tareas o los menús) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CWRD1 |
Actividades relacionadas con programas informáticos, realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, que impliquen el uso de programas de tratamiento de textos |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CPRES2 |
Actividades relacionadas con programas informáticos, realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, que impliquen la creación de ficheros (como documentos, imágenes o vídeos) con incorporación de diferentes elementos, como texto, fotografías, cuadros, gráficos, animación o sonido |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CXLS1 |
Actividades relacionadas con programas informáticos, realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, que impliquen el uso de programas con hojas de cálculo |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CXLSADV1 |
Actividades relacionadas con programas informáticos, realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, que impliquen el uso de funciones avanzadas de los programas de hojas de cálculo (funciones, fórmulas, macros y otras funciones de programación) para organizar, analizar, estructurar o modificar datos |
1 |
Marcada |
Personas para las que CXLS1 = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CEPVA1 |
Actividades relacionadas con programas informáticos, realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, que impliquen la edición de fotografías, vídeos o ficheros de sonido |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
CPRG2 |
Actividades relacionadas con programas informáticos, realizadas en los tres últimos meses con fines educativos, profesionales o privados, que impliquen la escritura en el código de un lenguaje de programación |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
UDI |
El encuestado ha visto en los últimos tres meses información o contenido (como vídeos o imágenes) en sitios web de noticias o en redes sociales que considera falsos o dudosos |
1 |
Sí |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
TIC |
El encuestado ha comprobado la veracidad de la información o el contenido encontrados en sitios web de noticias o redes sociales en los últimos tres meses |
1 |
Sí |
Personas para las que UDI = 1 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
TICCSFOI |
El encuestado ha comprobado la veracidad de la información o el contenido encontrados en internet mediante la verificación de las fuentes o la búsqueda de otra información en internet (por ejemplo, en otros sitios web de noticias) |
1 |
Marcada |
Personas para las que TIC = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
TICIDIS |
El encuestado ha comprobado la veracidad de la información o el contenido encontrados en internet mediante el seguimiento de debates en línea relacionados con la información o la participación en ellos |
1 |
Marcada |
Personas para las que TIC = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
TICNIDIS |
El encuestado ha comprobado la veracidad de la información o el contenido encontrados en internet mediante el debate cara a cara con otras personas o el uso de fuentes ajenas a internet |
1 |
Marcada |
Personas para las que TIC = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
TICXND |
El encuestado no ha comprobado la veracidad de la información o el contenido encontrados en internet debido a que ya sabía que la información, el contenido o la fuente no eran fiables |
1 |
Marcada |
Personas para las que TIC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
TICXSKL |
El encuestado no ha comprobado la veracidad de la información o el contenido encontrados en internet debido a su falta de capacidades o conocimientos para hacerlo |
1 |
Marcada |
Personas para las que TIC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
TICXOTH |
El encuestado no ha comprobado la veracidad de la información o el contenido encontrados en internet por otros motivos |
1 |
Marcada |
Personas para las que TIC = 0 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
HM (opcional) |
El encuestado ha encontrado mensajes en línea en los últimos tres meses que considera hostiles o degradantes para personas o grupos de personas en vídeos, blogs, videoblogs, en redes sociales o en sitios de noticias (incluida la sección de comentarios) (opcional) |
1 |
Sí |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
HMPS (opcional) |
Se ataca a personas o grupos de personas por razón de sus opiniones políticas o sociales mediante mensajes que se consideran hostiles o degradantes, y de los que estas personas pueden ser el blanco (opcional) |
1 |
Marcada |
Personas para las que HM = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
HMSO (opcional) |
Se ataca a personas o grupos de personas por razón de su orientación sexual (identidades LGBTIQ) a través de mensajes considerados hostiles o degradantes, y de los que estas personas pueden ser el blanco (opcional) |
1 |
Marcada |
Personas para las que HM = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
HMSE (opcional) |
Se ataca a personas o grupos de personas por razón de su sexo a través de mensajes considerados hostiles o degradantes, y de los que estas personas pueden ser el blanco (opcional) |
1 |
Marcada |
Personas para las que HM = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
HMRE (opcional) |
Se ataca a personas o grupos de personas por razón de su origen étnico o racial a través de mensajes considerados hostiles o degradantes, y de los que estas personas pueden ser el blanco (opcional) |
1 |
Marcada |
Personas para las que HM = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
HMRB (opcional) |
Se ataca a personas o grupos de personas por razón de su religión o sus creencias a través de mensajes considerados hostiles o degradantes, y de los que estas personas pueden ser el blanco (opcional) |
1 |
Marcada |
Personas para las que HM = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
HMD (opcional) |
Se ataca a personas o grupos de personas por razón de su discapacidad a través de mensajes considerados hostiles o degradantes, y de los que estas personas pueden ser el blanco (opcional) |
1 |
Marcada |
Personas para las que HM = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Capacidades digitales |
HMOTH (opcional) |
Se ataca a personas o grupos de personas por razón de otras características personales a través de mensajes considerados hostiles o degradantes, y de los que estas personas pueden ser el blanco (opcional) |
1 |
Marcada |
Personas para las que HM = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
MAPS_RPS |
Se ha llevado a cabo lo que se indica a continuación para gestionar el acceso a los datos personales propios (como nombre, fecha de nacimiento, número del documento de identidad, datos de contacto, número de tarjeta de crédito, fotografías y situación geográfica) por internet en los tres últimos meses: leer las declaraciones sobre la política de privacidad antes de facilitar datos personales |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
MAPS_RRGL |
Se ha llevado a cabo lo que se indica a continuación para gestionar el acceso a los datos personales propios (como nombre, fecha de nacimiento, número del documento de identidad, datos de contacto, número de tarjeta de crédito, fotografías y situación geográfica) por internet en los tres últimos meses: restringir o denegar el acceso a la ubicación geográfica del encuestado |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
MAPS_LAP |
Se ha llevado a cabo lo que se indica a continuación para gestionar el acceso a los datos personales propios (como nombre, fecha de nacimiento, número del documento de identidad, datos de contacto, número de tarjeta de crédito, fotografías y situación geográfica) por internet en los tres últimos meses: limitar el acceso al perfil o a los contenidos en sitios de redes sociales o en espacios de almacenamiento en línea compartido |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
MAPS_RAAD |
Se ha llevado a cabo lo que se indica a continuación para gestionar el acceso a los datos personales propios (como nombre, fecha de nacimiento, número del documento de identidad, datos de contacto, número de tarjeta de crédito, fotografías y situación geográfica) por internet en los tres últimos meses: denegar el uso de datos personales con fines publicitarios |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
MAPS_CWSC |
Se ha llevado a cabo lo que se indica a continuación para gestionar el acceso a los datos personales propios (como nombre, fecha de nacimiento, número del documento de identidad, datos de contacto, número de tarjeta de crédito, fotografías y situación geográfica) por internet en los tres últimos meses: verificar la seguridad del sitio web en el que el encuestado facilitó datos personales (por ejemplo, sitios con el protocolo «https», o un logotipo o certificado de seguridad) |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
MAPS_APD |
Se ha llevado a cabo lo que se indica a continuación para gestionar el acceso a los datos personales propios (como nombre, fecha de nacimiento, número del documento de identidad, datos de contacto, número de tarjeta de crédito, fotografías y situación geográfica) por internet en los tres últimos meses: pedir al administrador o proveedor de sitios web o de motores de búsqueda el acceso a los datos de que disponen sobre el encuestado, a fin de actualizarlos o borrarlos |
1 |
Marcada |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
Sin marcar |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
PCOOK1 |
Cambio en la configuración del navegador de internet del encuestado para evitar o limitar las cookies en cualquiera de sus dispositivos |
1 |
Sí |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
CCOOK (opcional) |
Nivel de preocupación del encuestado por el hecho de que se grabe su actividad en línea para transmitirle publicidad personalizada (opcional) |
1 |
Sí, me preocupa bastante |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
2 |
Sí, me preocupa |
||||||
|
0 |
No, no me preocupa |
||||||
|
En blanco |
La opción no se incluye o no consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
||||||
|
06. Participación en la sociedad de la información |
Seguridad, privacidad, confianza |
USLCOOK |
Uso de software que limite la capacidad de rastrear la actividad personal en internet del encuestado en cualquiera de sus dispositivos |
1 |
Sí |
Personas para las que IU = 1 |
Recogida |
|
0 |
No |
||||||
|
En blanco |
No consta |
||||||
|
9 |
No aplicable |
(1) Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE (DO L 257 de 28.8.2014, p. 73). Los niveles de seguridad sustancial y elevado se definen de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1502 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2015, sobre la fijación de especificaciones y procedimientos técnicos mínimos para los niveles de seguridad de los medios de identificación electrónica con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 910/2014.
DECISIONES
|
16.8.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 213/57 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1400 DE LA COMISIÓN
de 11 de agosto de 2022
por la que se modifica la Directiva 2008/72/CE del Consejo para prorrogar el período durante el cual los Estados miembros pueden decidir las condiciones de importación de plantones de hortalizas y de materiales de multiplicación de hortalizas, distintos de las semillas, procedentes de terceros países
[notificada con el número C(2022) 5723]
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2008/72/CE del Consejo, de 15 de julio de 2008, relativa a la comercialización de plantones de hortalizas y de materiales de multiplicación de hortalizas, distintos de las semillas (1), y en particular su artículo 16, apartado 2, párrafo segundo,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
De conformidad con el artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2008/72/CE, la Comisión debe decidir si el material de multiplicación y los plantones de hortalizas, distintos de las semillas, producidos en un tercer país y que ofrezcan las mismas garantías en lo que se refiere a las obligaciones del proveedor, la identidad, las características, los aspectos fitosanitarios, el medio en que se cultivaron, el embalaje, las modalidades de inspección, el marcado y el precintado, son equivalentes en todos estos puntos al material de multiplicación y a los plantones de hortalizas producidos en la Unión y que cumplen las disposiciones y requisitos de esa Directiva. |
|
(2) |
Según las disposiciones vigentes, hasta que se haya adoptado la decisión de la Comisión, los Estados miembros que importen esos materiales procedentes de terceros países pueden, hasta el 31 de diciembre de 2022, aplicar a tales productos condiciones equivalentes, como mínimo, a las aplicables a productos similares de la Unión. |
|
(3) |
No obstante, la información de que se dispone actualmente por lo que respecta a las condiciones existentes en los terceros países no es suficiente para que la Comisión pueda adoptar una decisión de esta índole con respecto a un tercer país. |
|
(4) |
A fin de evitar perturbaciones en las corrientes comerciales, el período durante el cual los Estados miembros pueden aplicar a tales productos condiciones equivalentes, como mínimo, a las aplicables a productos similares de la Unión debe prorrogarse más allá del 31 de diciembre de 2022. Teniendo en cuenta las inversiones y el tiempo necesario para la producción de esos productos de conformidad con las condiciones de importación, procede prorrogar dicho período por siete años. |
|
(5) |
Conviene, por tanto, modificar la Directiva 2008/72/CE en consecuencia. |
|
(6) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 16, apartado 2, párrafo primero, de la Directiva 2008/72/CE, la fecha «31 de diciembre de 2022» se sustituye por «31 de diciembre de 2029».
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 11 de agosto de 2022.
Por la Comisión
Stella KYRIAKIDES
Miembro de la Comisión
|
16.8.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 213/59 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1401 DE LA COMISIÓN
de 12 de agosto de 2022
por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698 en lo que respecta a las normas europeas sobre determinados artículos de puericultura, mobiliario infantil, equipos para gimnasia, encendedores y equipos de tecnología de la información y la comunicación
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos (1), y en particular su artículo 4, apartado 2, párrafo primero,
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
De conformidad con el artículo 3, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 2001/95/CE, se considera que un producto es seguro, respecto de los riesgos y de las categorías de riesgos cubiertos por las normas nacionales aplicables, cuando es conforme a las normas nacionales no obligatorias que son transposición de normas europeas cuyas referencias haya publicado la Comisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, en aplicación del artículo 4 de dicha Directiva. |
|
(2) |
Mediante carta M/264 de 16 de diciembre de 1997, la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN) que elaborase normas europeas relativas a la seguridad de los artículos de puericultura (solicitud M/264). |
|
(3) |
Sobre la base de dicha solicitud, el CEN adoptó la norma EN 716-1:2017 «Mobiliario-Cunas y cunas plegables de uso doméstico para niños-Parte 1: Requisitos de seguridad» y, además, una norma consolidada EN 716-1:2017+AC: 2019, que incluye la corrección de errores AC:2019. La norma consolidada EN 716-1:2017+AC:2019 cumple la obligación general de seguridad establecida en la Directiva 2001/95/CE. Por tanto, debe publicarse la referencia de la norma EN 716-1:2017+AC:2019 en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
|
(4) |
El 27 de julio de 2011, la Comisión adoptó la Decisión 2011/479/UE (2), sobre los requisitos de seguridad que deben cumplir las normas europeas sobre los equipos para gimnasia. |
|
(5) |
Mediante carta M/507 de 5 de septiembre de 2012, la Comisión solicitó al CEN que elaborase normas europeas relativas a los equipos para gimnasia. Sobre la base de dicha solicitud, el CEN adoptó la norma EN 914:2008 «Equipos para gimnasia-Barras paralelas y barras paralelas/asimétricas combinadas-Requisitos y métodos de ensayo, incluida la seguridad», cuyas referencias se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea (3). |
|
(6) |
Teniendo en cuenta los nuevos conocimientos y la evolución del mercado, el CEN elaboró la nueva norma EN 914:2020, que cumple la obligación general de seguridad establecida en la Directiva 2001/95/CE. Por lo tanto, procede publicar su referencia en el Diario Oficial de la Unión Europea en sustitución de la referencia a la norma EN 914:2008. |
|
(7) |
El 2 de julio de 2010, la Comisión adoptó la Decisión 2010/376/UE (4), sobre los requisitos de seguridad que deben establecer las normas europeas en relación con determinados productos del entorno de sueño de los niños. |
|
(8) |
Mediante carta M/497 de 20 de octubre de 2011, la Comisión solicitó al CEN que elaborase normas europeas relativas a la seguridad de los artículos de puericultura, grupo 2 – riesgos relacionados con el entorno de sueño. Sobre la base de dicha solicitud, el CEN adoptó la norma EN 1130-1:1996 «Muebles-Moisés y cunas balancín de uso doméstico-Parte 1: Requisitos de seguridad» y EN 1130-2: 1996 «Muebles-Moisés y cunas balancín de uso doméstico – Parte 2: Métodos de ensayo». Las referencias de estas normas se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea (5). |
|
(9) |
Teniendo en cuenta los nuevos conocimientos y la evolución del mercado, el CEN adoptó la nueva norma EN 1130: 2019 «Mobiliario infantil – Moisés – Requisitos de seguridad y métodos de ensayo», que cumple la obligación general de seguridad establecida en la Directiva 2001/95/CE. Por tanto, la referencia de la norma EN 1130: 2019 debe sustituir a las referencias a las normas EN 1130-1:1996 y EN 1130-2:1996. |
|
(10) |
A continuación, el CEN redactó la corrección de errores EN 1130: 2019/AC:2020 para corregir la abreviatura química del manganeso. Por consiguiente, a fin de garantizar la correcta aplicación de la norma EN 1130:2019, procede publicar la referencia a la corrección de errores EN 1130:2019/AC:2020 en el Diario Oficial de la Unión Europea junto con la norma EN 1130:2019. |
|
(11) |
El 7 de marzo de 2013, la Comisión adoptó la Decisión 2013/121/UE (6), sobre los requisitos de seguridad que deben establecer las normas europeas en relación con determinados asientos para niños. |
|
(12) |
El 22 de julio de 2014, la Comisión adoptó la Decisión de Ejecución C(2014) 5058 final (7), relativa a una solicitud de normalización dirigida a las organizaciones europeas de normalización para elaborar normas europeas relativas a determinadas asientos para niños (solicitud M/527). |
|
(13) |
Sobre la base de dicha solicitud, el CEN adoptó la norma EN 1272:2017 «Artículos de puericultura-Tronas de mesa-Requisitos de seguridad y métodos de ensayo», que cumple los requisitos generales de seguridad establecidos en la Directiva 2001/95/CE. Por tanto, debe publicarse la referencia de la norma EN 1272:2017 en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
|
(14) |
Sobre la base de la solicitud M/264, el CEN adoptó la norma EN 1400:2013+A2:2018 «Artículos de puericultura – Chupetes para bebés y niños pequeños – Requisitos de seguridad y métodos de ensayo», que cumple los requisitos generales de seguridad establecidos en la Directiva 2001/95/CE. Por tanto, debe publicarse la referencia de la norma EN 1400:2013+A2:2018 en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
|
(15) |
Sobre la base de la solicitud M/264, el CEN redactó la corrección de errores EN 1466:2014/AC:2015 «Artículos de puericultura-Capazos y soportes-Requisitos de seguridad y métodos de ensayo» de la norma EN 1466:2014. La referencia de la norma EN 1466:2014 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (8). Dado que la corrección de errores EN 1466:2014/AC:2015 incluye correcciones técnicas, y con el fin de garantizar una aplicación correcta y coherente de la norma EN 1466:2014, procede publicar la referencia de la corrección de errores EN 1466:2014/AC:2015 en el Diario Oficial de la Unión Europea junto con la norma EN 1466:2014 publicada anteriormente. |
|
(16) |
Mediante carta M/266 de 16 de diciembre de 1997, la Comisión solicitó al CEN que elaborase normas relativas a los encendedores para la seguridad de los consumidores y los niños. Sobre la base de dicha solicitud, el CEN adoptó la norma EN ISO 9994:2006 «Encendedores-Requisitos de seguridad (ISO 9994:2005)». La referencia de la norma EN ISO 9994:2006 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (9). |
|
(17) |
Teniendo en cuenta los nuevos conocimientos, el CEN adoptó la nueva norma EN ISO 9994:2019 «Encendedores-Requisitos de seguridad (ISO 9994:2018)» que cumple la obligación general de seguridad establecida en la Directiva 2001/95/CE. Por lo tanto, la referencia de la norma EN ISO 9994:2019 debe sustituir a la referencia de la norma EN ISO 9994:2006. |
|
(18) |
Sobre la base de la solicitud M/527, el CEN adoptó la norma EN 14988:2017+A1:2020 «Tronas para niños – Requisitos y métodos de ensayo», que cumple los requisitos generales de seguridad establecidos en la Directiva 2001/95/CE. Por tanto, debe publicarse la referencia de la norma EN 14988:2017+A1:2020 en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
|
(19) |
Sobre la base de la solicitud M/527, el CEN adoptó la norma EN 16120:2012+A2:2016 «Artículos de puericultura-Asiento elevador», que cumple los requisitos generales de seguridad establecidos en la Directiva 2001/95/CE. Por tanto, debe publicarse la referencia de la norma EN 16120:2012+A2:2016 en el Diario Oficial de la Unión Europea. |
|
(20) |
El 23 de junio de 2009, la Comisión adoptó la Decisión 2009/490/CE (10), sobre los requisitos de seguridad que deben cumplir las normas europeas para reproductores de música personales. |
|
(21) |
Mediante carta M/452 de 28 de septiembre de 2009, la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) la elaboración de normas europeas para los reproductores de música personales. Sobre la base de esta solicitud, el Cenelec adoptó la norma EN IEC 62368-1:2020 sobre «Equipos de audio y vídeo, de tecnología de la información y la comunicación-Parte 1: Requisitos de seguridad» y, además, la modificación EN IEC 62368-1:2020/A11:2020. Se propone la norma EN IEC 62368-1:2020 con su modificación A11:2020, que cumple la obligación general de seguridad establecida en la Directiva 2001/95/CE. Su referencia debe publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea en sustitución de las referencias EN 60065:2002 «Aparatos de audio, vídeo y aparatos electrónicos análogos-Requisitos de seguridad» y EN 60950-1:2006 «Equipos de tecnología de la información-Seguridad -- Parte 1: Requisitos generales». No obstante, la publicación de dichas referencias debe limitarse a las cláusulas 3.3.19 «Exposición al ruido» y 10.6 «Protección contra las fuentes de energía acústica», dado que el objetivo de la Decisión 2009/490/CE de la Comisión se limita a garantizar que la exposición al sonido de reproductores de música personales no suponga un riesgo para el oído. |
|
(22) |
Las referencias de las normas europeas adoptadas en apoyo de la Directiva 2001/95/CE se publican en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698. A fin de garantizar que las referencias de las normas europeas redactadas en apoyo de la Directiva 2001/95/CE figuren en un solo acto, deben incluirse en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698 las referencias pertinentes de las nuevas normas y las modificaciones y correcciones de las normas. |
|
(23) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698 en consecuencia. |
|
(24) |
El cumplimiento de la norma nacional pertinente por la que se transpone una norma europea cuyas referencias se hayan publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea confiere la presunción de seguridad respecto de los riesgos y de las categorías de riesgos cubiertos por la norma nacional aplicable a partir de la fecha de publicación de la norma europea en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por consiguiente, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación. |
|
(25) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado en virtud del artículo 15 de la Directiva 2001/95/CE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo I de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698 se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 12 de agosto de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 11 de 15.1.2002, p. 4.
(2) Decisión 2011/479/UE de la Comisión, de 27 de julio de 2011, sobre los requisitos de seguridad que deben cumplir las normas europeas sobre los equipos para gimnasia de conformidad con la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 197 de 29.7.2011, p. 13).
(3) Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698 de la Comisión, de 9 de octubre de 2019, relativa a las normas europeas sobre productos redactadas en apoyo de la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la seguridad general de los productos (DO L 259 de 10.10.2019, p. 65).
(4) Decisión 2010/376/UE de la Comisión, de 2 de julio de 2010, sobre los requisitos de seguridad que deben establecer las normas europeas en relación con determinados productos del entorno de sueño de los niños con arreglo a la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 170 de 6.7.2010, p. 39).
(5) Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698.
(6) Decisión 2013/121/UE de la Comisión, de 7 de marzo de 2013, sobre los requisitos de seguridad que deben establecer las normas europeas en relación con determinados asientos para niños con arreglo a la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la seguridad general de los productos (DO L 65 de 8.3.2013, p. 23).
(7) Decisión de Ejecución C(2014) 5058 final de la Comisión, de 22 de julio de 2014, relativa a una solicitud de normalización dirigida a las organizaciones europeas de normalización para elaborar normas europeas relativas a determinadas asientos para niños en apoyo de la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
(8) Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698.
(9) Decisión de Ejecución (UE) 2019/1698.
(10) Decisión 2009/490/CE de la Comisión, de 23 de junio de 2009, sobre los requisitos de seguridad que deben cumplir las normas europeas para reproductores de música personales de conformidad con la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 161 de 24.6.2009, p. 38).
ANEXO
El anexo I se modifica como sigue:
|
1) |
Se inserta la fila siguiente:
|
|
2) |
La fila 3 se sustituye por el texto siguiente:
|
|
3) |
Las filas 11 y 12 se sustituyen por el texto siguiente:
|
|
4) |
Se inserta la fila siguiente:
|
|
5) |
Se inserta la fila siguiente:
|
|
6) |
La fila 14 se sustituye por el texto siguiente:
|
|
7) |
La fila 27 se sustituye por el texto siguiente:
|
|
8) |
Se insertan las filas siguientes:
|
|
9) |
Las filas 66 y 67 se sustituyen por el texto siguiente:
|
|
16.8.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 213/65 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2022/1402 DE LA COMISIÓN
de 12 de agosto de 2022
por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641, sobre medidas de emergencia en relación con los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en determinados Estados miembros
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 259, apartado 1, letra c),
Considerando lo siguiente:
|
(1) |
La gripe aviar de alta patogenicidad (GAAP) es una enfermedad vírica contagiosa de las aves que puede tener consecuencias graves en la rentabilidad de la cría de aves de corral, pues perturba el comercio dentro de la Unión y las exportaciones a terceros países. Los virus de la GAAP pueden infectar a las aves migratorias, que a continuación pueden propagar estos virus a largas distancias durante sus migraciones de otoño y primavera. Por tanto, la presencia de virus de la GAAP en aves silvestres constituye una amenaza continua de introducción directa e indirecta de estos virus en explotaciones donde se mantienen aves de corral u otras aves cautivas. En caso de producirse un brote de GAAP, existe el riesgo de que el agente patógeno se propague a otras explotaciones donde se mantengan aves de corral u otras aves cautivas. |
|
(2) |
El Reglamento (UE) 2016/429 establece un nuevo marco legislativo para la prevención y el control de las enfermedades que son transmisibles a los animales o a los seres humanos. La GAAP se considera una «enfermedad de la lista» según la definición que figura en dicho Reglamento y está sujeta a las normas de prevención y control de enfermedades que se establecen en él. Por otro lado, el Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión (2) completa el Reglamento (UE) 2016/429 en lo referente a las normas para la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista, incluidas las medidas de control de la GAAP. |
|
(3) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 de la Comisión (3), que se adoptó en el marco del Reglamento (UE) 2016/429, establece medidas de control de enfermedades en relación con los brotes de GAAP. |
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(4) |
Más concretamente, la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 dispone que las zonas de protección y de vigilancia y otras zonas restringidas establecidas por los Estados miembros a raíz de brotes de GAAP, de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687, deben abarcar, como mínimo, las superficies que figuran en su propio anexo como zonas de protección y de vigilancia y otras zonas restringidas. |
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(5) |
El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 se ha modificado recientemente mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1351 de la Comisión (4) a raíz de los brotes de GAAP en aves de corral u otras aves cautivas en Alemania, los Países Bajos y Polonia, que debían quedar reflejados en dicho anexo. |
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(6) |
Desde la fecha de adopción de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/1351, Francia, Alemania y los Países Bajos han notificado a la Comisión nuevos brotes de GAAP en establecimientos de aves de corral situados en los departamentos franceses de Manche y Somme, en el estado alemán de Baja Sajonia y en la provincia de Overijssel en los Países Bajos. |
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(7) |
Además, España ha notificado a la Comisión un nuevo brote de GAAP en un establecimiento en el que se mantienen aves de corral situado en la provincia de Huelva de dicho Estado miembro. |
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(8) |
Las autoridades competentes de Francia, Alemania, España y los Países Bajos han adoptado las medidas de control de enfermedades necesarias de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687, entre las que se encuentra el establecimiento de zonas de protección y de vigilancia en torno a esos brotes. |
|
(9) |
La Comisión ha examinado las medidas de control de la enfermedad adoptadas por Alemania, España, Francia y los Países Bajos en colaboración con estos Estados miembros y considera que los límites de las zonas de protección y de vigilancia establecidas en ellos por sus autoridades competentes se encuentran a una distancia suficiente de los establecimientos en los que se han confirmado los brotes de GAAP. |
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(10) |
En el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 no figuran actualmente zonas de protección y de vigilancia para España. |
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(11) |
Con objeto de prevenir cualquier perturbación innecesaria del comercio dentro de la Unión y de evitar que terceros países impongan obstáculos injustificados al comercio, es preciso fijar rápidamente a nivel de la Unión, en colaboración con Alemania, España, Francia y los Países Bajos, las zonas de protección y de vigilancia establecidas por dichos Estados miembros de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687. |
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(12) |
Por consiguiente, deben modificarse las superficies que figuran en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 como zonas de protección y de vigilancia de Alemania, Francia y los Países Bajos. |
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(13) |
Además, procede añadir las zonas de protección y de vigilancia de España al anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641. |
|
(14) |
En consecuencia, debe modificarse el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 para actualizar la regionalización a nivel de la Unión, a fin de tener en cuenta las zonas de protección y de vigilancia debidamente establecidas por Alemania, España, Francia y los Países Bajos de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687, así como la duración de las medidas aplicables en ellas. |
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(15) |
Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 en consecuencia. |
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(16) |
Dada la urgencia de la situación epidemiológica en la Unión por lo que respecta a la propagación de la GAAP, es importante que las modificaciones que han de introducirse en la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 mediante la presente Decisión surtan efecto lo antes posible. |
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(17) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 12 de agosto de 2022.
Por la Comisión
Stella KYRIAKIDES
Miembro de la Comisión
(1) DO L 84 de 31.3.2016, p. 1.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas relativas a la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista (DO L 174 de 3.6.2020, p. 64).
(3) Decisión de Ejecución (UE) 2021/641 de la Comisión, de 16 de abril de 2021, sobre medidas de emergencia en relación con los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en determinados Estados miembros (DO L 134 de 20.4.2021, p. 166).
(4) Decisión de Ejecución (UE) 2022/1351 de la Comisión, de 2 de agosto de 2022, por la que se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641, sobre medidas de emergencia en relación con los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en determinados Estados miembros (DO L 203 de 3.8.2022, p. 3).
ANEXO
«ANEXO
PARTE A
Zonas de protección en los Estados miembros afectados*, tal como se contemplan en los artículos 1 y 2:
Estado miembro: Alemania
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 39 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
|
NIEDERSACHSEN |
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Landkreis Cuxhaven Beginnend im Ort Lunestedt am Bahnübergang/Heerstedter Straße (K45) Richtung Norden bis zur Querung des Gewässers „Dohrener Bach“. Dem Verlauf des Baches stromaufwärts in östlicher Richtung folgend bis zum Übergang auf die Straße „Kiefernweg“ (B71), auf dieser Straße entlang weiter bis nach Beverstedt. An der Kreuzung der L134 auf die Straße „Alte Bundesstraße“ übergehend in die Straße „Logestraße“. Dieser folgend bis zur Kreuzung der Straße „Wellener Straße“ (L128). Nach Süden weiter auf der L128, bis zur Straße „Drillmoor“ in Richtung Kramelheide abbiegend. Dem Straßenverlauf folgend und in die Straße „Nasse Straße“ abbiegend auf die Straße „Neue Dorfstraße“ (L128) bis zur Landkreisgrenze Osterholz. Von der Landkreisgrenze Osterholz an der „Axstedter Straße“ (K46) kommend in westliche Richtung auf die Straße „Finnaerberg“, übergehend in die Straße „Finna“. An der Kreuzung weiter auf „An der Bundesstraße“ (L135) und dann abbiegend auf die „Landesstraße“ (L134) übergehend auf die „Dorfstraße“. Der Straße folgend und auf die Straße „Neuer Weg“, „Kanalstraße“ und „Schulberg“ abbiegend. Ankommend an der Straße „Heiser Weg“ nach Norden abbiegend in die Straße „Oberheiser Straße“ übergehend in die Straßen „Oberheise“, „Hollenerheide“, „Alte Reihe“ und weiter in die Straße „Schuldamm“, auf die Straße „Bei den Bauern“ (K45) fortlaufend bis zur Überquerung des „Bewehrer Abzugsgraben“ nach Norden in den Fluss „Lune“ stromabwärts. Der Lune flussabwärts folgend bis zur Mündung des „Hammerwiesen Graben“. Diesem entlang, ankommend an der Straße „Heudamm“, weiter bis in die Straße „Raue Stätte“, abbiegend in die Straße „An der Bahn“ und dort weiter bis zum Bahnübergang als Ausgangspunkt. |
26.8.2022 |
|
Landkreis Diepholz 3 km Umkreis um den Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 8.431288/52.520504. Betroffen sind Teile der Gemeinden Diepholz, Lembruch, Brockum, Hüde, Marl, Quernheim und Wetschen. |
17.8.2022 |
|
SCHLESWIG-HOLSTEIN |
|
|
Kreis Schleswig-Flensburg 3 km Umkreis um Primär-Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 9,589367 54,751891 und Sekundär-Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 9,567510 54,785590. Betroffen sind Teile der Gemeinden Ringsberg, Wees, Munkbrarup, Husby, Grundhof, Sörup, Ausacker, Hürup und Maasbüll. |
9.8.2022 |
|
Kreis Dithmarschen Gemeinde Gudendorf: das gesamte Gemeindegebiet Gemeinde Barlt: das Gemeindegebiet nördlich der Gemeindegrenze Barlt/Volsemenhusen ab dem Gemeindegrenzpunkt St. Michaelisdonn/Volsemenhusen/Barlt bis zur Dorfstraße (L 173) und östlich der Bebauung der Dorfstraße (L 173) sowie östlich der Straße Neuerweg bis zur Einmündung Einfeldsweg, diesem folgend bis zum nächsten Feldweg rechts Richtung Brustwehrstrom/Gemeindegrenze Barlt/Busenwurth (54.027926, 9.065093). Gemeinde Busenwurth: das Gemeindegebiet nordöstlich der Gemeindegrenze Barlt/Busenwurth (54.027926, 9.065093) bis zur Einmündung in die Wolfenbüttler Straße, südlich der Wolfenbüttler Straße bis zur Einmündung in die Straße Wolfenbüttel, östlich der Straße Wolfenbüttel bis zur Einmündung in den Grenzweg der Gemeinde Elpersbüttel. Gemeinde Elpersbüttel: das Gemeindegebiet östlich der Straße Grenzweg bis zur Einmündung in die Straße Elpersbüttlerdonn, südlich der Straße Elpersbüttlerdonn bis zur Gemeindegrenze Windbergen. Gemeinde Windbergen: das gesamte Gemeindegebiet Gemeinde Frestedt: das Gemeindegebiet südlich der Straße Windberger Weg (K 22) bis zur Einmündung Loheweg, westlich der Straßen Loheweg, Westertsweg, Scharfenstein und Hauptstraße bis zur Gemeindegrenze St. Michaelisdonn. Gemeinde St. Michaelisdonn: das gesamte Gemeindegebiet von der Gemeindegrenze Frestedt nordwestlich der Hauptstraße bis Einmündung Burger Straße; nördlich der Straße Burger Weg bis zur Einmündung in die Straße Hopen, nördlich der Bebauungsgrenze der Gemeinde St. Michaelisdonn Richtung Westen bis zur Einmündung in die Marner Straße (L 142), nördlich der Marner Straße (L 142) entlang der Gemeindegrenze St. Michaelisdonn/Volsemenhusen. |
20.8.2022 |
Estado miembro: España
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 39 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
|
Las partes de la comarca de Cortegana, en la provincia de Huelva, incluidas en un perímetro de 3 kilómetros de radio cuyo centro (UTM 30 ETRS89) tiene las coordenadas 37,9657681° N, 6,7487797° O (2022/32) |
6.9.2022 |
Estado miembro: Francia
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 39 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
|
Département: Dordogne (24) |
|
|
"AURIAC-DU-PERIGORD à l’Ouest de l’Affluent de la Laurence" "AZERAT à l’Ouest du lieu-dit Servolle" "BARS au nord des lieux-dits la Tuilières, Lascasses, Le Four de Marty, le Bousquet, la Bleyrie" THENON |
16.8.2022 |
|
Département: Manche (50) |
|
|
BRICQUEBEC-EN-CONTENTIN: partie située à l’est de la D900 au nord de la rue de la République et au nord de la D902 RAUVILLE-LA-BIGOT: partie située au sud de la D418 et à l’est de la D900 ROCHEVILLE SOTTEVAST: partie située au sud de la D62 |
20.8.2022 |
|
Département: Somme (80) |
|
|
BIACHES CLERY-SUR-SOMME CURLU FEUILLERES FLAUCOURT FRISE HEM-MONACU HERBECOURT MAUREPAS PERONNE |
22.8.2022 |
Estado miembro: Países Bajos
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 39 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
|
Municipality Waadhoeke, province Friesland |
|
|
Those parts of the municipality Waadhoeke contained within a circle of a radius of 3 kilometres, centered on WGS84 dec. coordinates long 5,58, lat 53,25 |
18.8.2022 |
|
Municipality Dalfsen, province Overijssel |
|
|
Those parts of the municipality Dalfsen contained within a circle of a radius of 3 kilometres, centered on WGS84 dec. coordinates long 6,28, lat 52,53 |
19.8.2022 |
|
Municipality Dalfsen, province Overijssel |
|
|
Those parts of the municipality Dalfsen contained within a circle of a radius of 3 kilometres, centered on WGS84 dec. coordinates long 6,33, lat 52,56 |
22.8.2022 |
|
Municipality Dalfsen, province Overijssel |
|
|
Those parts of the municipality Dalfsen contained within a circle of a radius of 3 kilometres, centered on WGS84 dec. coordinates long 6,27, lat 52,53 |
24.8.2022 |
Estado miembro: Polonia
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 39 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
||||||||
|
Województwo wielkopolskie |
|||||||||
|
12.8.2022 |
||||||||
|
13.8.2022 |
||||||||
|
13.8.2022 |
||||||||
PARTE B
Zonas de vigilancia en los Estados miembros afectados*, tal como se contemplan en los artículos 1 y 3:
Estado miembro: Dinamarca
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
|
The parts of Aabenraa and Soenderborg municipalities (ADNS 01580 and ADNS 01540) that is parts of the German zone within the circle of radius 10 kilometres, centred on GPS koordinates coordinates N 54.785588; E 9.567511 |
18.8.2022 |
Estado miembro: Alemania
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
|
NIEDERSACHSEN |
|
|
Landkreis Cuxhaven Beginnend an der Autobahnausfahrt 9 Bremerhaven-Wulsdorf der A27 auf die B71 in Richtung Beverstedt, bis zur Abbiegung nach Nückel. Auf der Straße „Nückel“ übergehend in die Straßen „Heudamm“, „Hosermühlen“ und „Hosermühlener Straße“ Richtung Pennhop folgend bis zum Bahnübergang der Bahnstrecke RB33 Bremerhaven – Bremervörde. Dem Bahnverlauf folgend bis Geestenseth zum Bahnübergang der Straße „Geestensether Straße“ (K40), dieser durch den Ort Frelsdorf folgend. Über die Straßen „Malser Straße“ und „Frelsdorfer Weg“ bis zur Kreuzung der Straße „Hipstedter Straße“. Auf dieser Straße weiter, übergehend in die Straße „Malser Weg“ in südliche Richtung bis zur Landkreisgrenze nach Rotenburg (Wümme). Der Landkreisgrenze Richtung Süden folgend, übergehend zur Landkreisgrenze Osterholz. Von der Landkreisgrenze Osterholz an der Straße „Bundesstraße“ (L135) auf die „Wulsbütteler Str.» (K48) übergehend auf die „Lindenstraße“ und „Lehnstedter Straße“ bis zur Autobahn A27 an der Anschlussstelle 13 Uthlede. Der A27 folgend bis zum Ausgangspunkt des Ausfahrt 9 Bremerhaven-Wulsdorf. |
4.9.2022 |
|
Landkreis Cuxhaven Beginnend im Ort Lunestedt am Bahnübergang/Heerstedter Straße (K45) Richtung Norden bis zur Querung des Gewässers „Dohrener Bach“. Dem Verlauf des Baches stromaufwärts in östlicher Richtung folgend bis zum Übergang auf die Straße „Kiefernweg“ (B71), auf dieser Straße entlang weiter bis nach Beverstedt. An der Kreuzung der L134 auf die Straße „Alte Bundesstraße“ übergehend in die Straße „Logestraße“. Dieser folgend bis zur Kreuzung der Straße „Wellener Straße“ (L128). Nach Süden weiter auf der L128, bis zur Straße „Drillmoor“ in Richtung Kramelheide abbiegend. Dem Straßenverlauf folgend und in die Straße „Nasse Straße“ abbiegend auf die Straße „Neue Dorfstraße“ (L128) bis zur Landkreisgrenze Osterholz. Von der Landkreisgrenze Osterholz an der „Axstedter Straße“ (K46) kommend in westliche Richtung auf die Straße „Finnaerberg“, übergehend in die Straße „Finna“. An der Kreuzung weiter auf „An der Bundesstraße“ (L135) und dann abbiegend auf die „Landesstraße“ (L134) übergehend auf die „Dorfstraße“. Der Straße folgend und auf die Straße „Neuer Weg“, „Kanalstraße“ und „Schulberg“ abbiegend. Ankommend an der Straße „Heiser Weg“ nach Norden abbiegend in die Straße „Oberheiser Straße“ übergehend in die Straßen „Oberheise“, „Hollenerheide“, „Alte Reihe“ und weiter in die Straße „Schuldamm“, auf die Straße „Bei den Bauern“ (K45) fortlaufend bis zur Überquerung des „Bewehrer Abzugsgraben“ nach Norden in den Fluss „Lune“ stromabwärts. Der Lune flussabwärts folgend bis zur Mündung des „Hammerwiesen Graben“. Diesem entlang, ankommend an der Straße „Heudamm“, weiter bis in die Straße „Raue Stätte“, abbiegend in die Straße „An der Bahn“ und dort weiter bis zum Bahnübergang als Ausgangspunkt |
27.8.2022 – 4.9.2022 |
|
Landkreis Osterholz 10 km Umkreis um den Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 8.771991/52.397016 Betroffen sind die Gemeinden Axstedt, Holste und Lübberstedt, sowie Teile der Gemeinde Hambergen und der Stadt Osterholz-Scharmbeck. |
4.9.2022 |
|
Landkreis Diepholz 10 km Umkreis um den Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 8.431288/52.520504. Betroffen sind Teile der Gemeinden Diepholz, Lembruch, Lemförde, Brockum, Hemsloh, Hüde, Marl, Quernheim, Rehden, Stemshorn, Wagenfeld und Wetschen. |
26.8.2022 |
|
Landkreis Diepholz 3 km Umkreis um den Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 8.431288/52.520504. Betroffen sind Teile der Gemeinden Diepholz, Lembruch, Brockum, Hüde, Marl, Quernheim und Wetschen. |
18.8.2022-26.8.2022 |
|
Landkreis Vechta 10 km Umkreis um den Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 8.431288/52.520504. Betroffen sind Teile der Gemeinden Damme und Steinfeld (Oldenburg). |
26.8.2022 |
|
SCHLESWIG-HOLSTEIN |
|
|
Stadt Flensburg Gesamtes Stadtgebiet, von der Flensburger Förde beginnend, der Stadtgrenze folgen bis zum Ochsenweg. |
18.8.2022 |
|
Kreis Schleswig-Flensburg Von der Stadtgrenze Flensburg/Ochsenweg südwärts folgen bis zur B200. Von dort westwärts bis zur A7. Dieser südwärts folgen bis zur Amtsgrenze Oeversee/Sieverstedt. Dieser Amtsgrenze folgen und weiter über die Amtsgrenze Havetoft/Uelsby und Mittelangeln/Struxdorf bis zur in südlicher Richtung kreuzenden Strasse Schwienholm. Dieser folgen bis Eckberg. Über Eckbergsee, Treholz, Feldstrasse bis K127. Der K127 in nördlicher Richtung folgend bis Kreuzung Alter Weg und südlich weiter bis zur Kreuzung mit der Amtsgrenze Mohrkirch/Böel. Der Amtsgrenze ostwärts folgen bis Amtsgrenze Mohrkirch/Saustrup. In nördlicher Richtung weiter über die Amtsgrenze Mohrkirch/Rügge bis zur Amtsgrenze Ahneby/Rügge und weiter über die Amtsgrenze Sterup/Rügge. Der Amtsgrenze Sterup/Esgrus nördlich folgen über die Amtsgrenze Sterup/Niesgrau, Sterup/Steinfeld bis zur Amtsgrenze Steinbergkirche/Steinfeld. Weiter folgen bis zur Flensburger Förde und westwärts entlang bis zur Stadtgrenze Flensburg. |
18.8.2022 |
|
Kreis Schleswig-Flensburg 3 km Umkreis um Primär-Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 9,589367 54,751891 und Sekundär-Ausbruchsbetrieb GPS Koordinaten: 9,567510 54,785590. Betroffen sind Teile der Gemeinden Ringsberg, Wees, Munkbrarup, Husby, Grundhof, Sörup, Ausacker, Hürup und Maasbüll. |
10.8.2022 – 18.8.2022 |
|
Kreis Dithmarschen Amt Mitteldithmarschen: Die Gemeinden Bargenstedt, Barlt, Busenwurth, Elpersbüttel, Krumstedt, Nindorf, Windbergen und Wolmersdorf, die Stadt Meldorf sowie Teile der Gemeinde Epenwöhrden, soweit sie nicht im Sperrbezirk liegen. Amt Burg-St. Michaelisdonn: Die Gemeinden Averlak, Brickeln, Buchholz, Burg, Dingen, Edddelak, Eggstedt, Frestedt, Großenrade, Kuden, Quickborn, St. Michaelisdonn und Süderhastedt, soweit sie nicht im Sperrbezirk liegen. Amt Marne-Nordsee: Die Gemeinden Diekhusen-Fahrstedt, Helse, Kronprinzenkoog, Ramhus-en, Schmedeswurth, Trennewurth und Volsemenhusen, die Stadt Marne und Teile der Gemeinde Friedrichskoog. Stadt Brunsbüttel: Das Gemeindegebiet westlich der Straße Borsweg, nördlichlich der B 5, östlich der Straßen Bredenweg und Westerbelmhusener Straße. |
29.8.2022 |
|
Kreis Dithmarschen Gemeinde Gudendorf: das gesamte Gemeindegebiet Gemeinde Barlt: das Gemeindegebiet nördlich der Gemeindegrenze Barlt/Volsemenhusen ab dem Gemeindegrenzpunkt St. Michaelisdonn/Volsemenhusen/Barlt bis zur Dorfstraße (L 173) und östlich der Bebauung der Dorfstraße (L 173) sowie östlich der Straße Neuerweg bis zur Einmündung Einfeldsweg, diesem folgend bis zum nächsten Feldweg rechts Richtung Brustwehrstrom/Gemeindegrenze Barlt/Busenwurth (54.027926, 9.065093). Gemeinde Busenwurth: das Gemeindegebiet nordöstlich der Gemeindegrenze Barlt/Busenwurth (54.027926, 9.065093) bis zur Einmündung in die Wolfenbüttler Straße, südlich der Wolfenbüttler Straße bis zur Einmündung in die Straße Wolfenbüttel, östlich der Straße Wolfenbüttel bis zur Einmündung in den Grenzweg der Gemeinde Elpersbüttel. Gemeinde Elpersbüttel: das Gemeindegebiet östlich der Straße Grenzweg bis zur Einmündung in die Straße Elpersbüttlerdonn, südlich der Straße Elpersbüttlerdonn bis zur Gemeindegrenze Windbergen. Gemeinde Windbergen: das gesamte Gemeindegebiet Gemeinde Frestedt: das Gemeindegebiet südlich der Straße Windberger Weg (K 22) bis zur Einmündung Loheweg, westlich der Straßen Loheweg, Westertsweg, Scharfenstein und Hauptstraße bis zur Gemeindegrenze St. Michaelisdonn. Gemeinde St. Michaelisdonn: das gesamte Gemeindegebiet von der Gemeindegrenze Frestedt nordwestlich der Hauptstraße bis Einmündung Burger Straße; nördlich der Straße Burger Weg bis zur Einmündung in die Straße Hopen, nördlich der Bebauungsgrenze der Gemeinde St. Michaelisdonn Richtung Westen bis zur Einmündung in die Marner Straße (L 142), nördlich der Marner Straße (L 142) entlang der Gemeindegrenze St. Michaelisdonn/Volsemenhusen. |
21.8.2022 – 29.8.2022 |
Estado miembro: España
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
|
Las partes de la comarca de Cortegana, en la provincia de Huelva, más allá de la superficie descrita en la zona de protección e incluidas en un perímetro de 10 kilómetros de radio cuyo centro (UTM 30 ETRS89) tiene las coordenadas 37,9657681° N, 6,7487797° O (2022/32) |
15.9.2022 |
|
Las partes de la comarca de Cortegana, en la provincia de Huelva, incluidas en un perímetro de 3 kilómetros de radio cuyo centro (UTM 30 ETRS89) tiene las coordenadas 37,9657681° N, 6,7487797° O (2022/32) |
7.9.2022 – 15.9.2022 |
Estado miembro: Francia
|
Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
|
Département: Dordogne (24) |
|
|
AJAT "AUBAS au nord de la D 704" "AURIAC DU PERIGORD (24018)-(à l’Est de l’Affluent de la Laurence)» "AZERAT à l’est du lieu-dit Servolle" BACHELLERIE "BARS au sud des lieux-dits la Tuilières, Lascasses, Le Four de Marty, le Bousquet, la Bleyrie" "FANLAC au nord du GR36" FOSSEMAGNE "GRANGES-D’ANS (au sud de la D70)» LIMEYRAT "MONTIGNAC au nord de la D704 et du GR461)» "PLAZAC au nord de la D6 et D45" "SAINTE-ORSE au sud de la D70" SAINT-RABIER |
24.8.2022 |
|
"AURIAC-DU-PERIGORD à l’Ouest de l’Affluent de la Laurence" "AZERAT à l’Ouest du lieu-dit Servolle" "BARS au nord des lieux-dits la Tuilières, Lascasses, Le Four de Marty, le Bousquet, la Bleyrie" THENON |
17.8.2022-24.8.2022 |
|
Les communes suivantes dans le département: Loire-Atlantique (44) |
|
|
Aigrefeuille-sur-Maine Ancenis-Saint-Géréon La Boissière-du-Doré Boussay La Chevrolière Clisson Gétigné Le Landreau Montbert Montrelais La Regrippière La Remaudière Remouillé Saint-Aignan-Grandlieu Vair-sur-Loire Saint-Hilaire-de-Clisson Saint-Lumine-de-Clisson Vallet Loireauxence La Roche-Blanche Geneston |
15.8.2022 |
|
La Planche Vieillevigne |
29.8.2022 |
|
Département: Maine-et-Loire (49) |
|
|
"Mauges-sur-Loire (sauf Saint-Laurent-de-la-Plaine)» Montrevault-sur-Evre Orée d’Anjou |
22.8.2022 |
|
Beaupréau-en-Mauges Bégrolles-en-Mauges Cholet La Romagne La Séguinière La Tessouale Le May-sur-Evre Le Puy-Saint-Bonnet Les Cerqueux Maulévrier Mazières-en-Mauges Nuaillé Saint-Christophe-du-Bois Saint-Léger-sous-Cholet Sèvremoine Toutlemonde Trémentines Yzernay |
29.8.2022 |
|
Département: Manche (50) |
|
|
BENOITVILLE BREUVILLE BRICQUEBOSQ BRIX COLOMBY COUVILLE L’ETANG-BERTRAND GOLLEVILLE GROSVILLE HARDINVAST LIEUSAINT MAGNEVILLE MARTINVAST MORVILLE NEGREVILLE NEHOU PIERREVILLE SAINT-CHRISTOPHE-DU-FOC SAINT-GERMAIN-LE-GAILLARD SAINT-JACQUES-DE-NEHOU SAINT-JOSEPH SAINT-MARTIN-LE-GREARD SAINT-PIERRE-D’ARTHEGLISE SIDEVILLE SORTOSVILLE-EN-BEAUMONT SOTTEVILLE TOLLEVAST VALOGNES VIRANDEVILLE YVETOT-BOCAGE |
29.8.2022 |
|
BRICQUEBEC-EN-CONTENTIN: partie située à l’est de la D900 au nord de la rue de la République et au nord de la D902 RAUVILLE-LA-BIGOT: partie située au sud de la D418 et à l’est de la D900 ROCHEVILLE SOTTEVAST: partie située au sud de la D62 |
21.8.2022 – 29.8.2022 |
|
Les communes suivantes dans le département: DEUX-SEVRES (79) |
|
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L’Absie Chanteloup La Chapelle-Saint-Laurent Largeasse Neuvy-Bouin Scillé Trayes Vernoux-en-Gâtine |
19.8.2022 |
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Bretignolles Cerizay Mauléon Cirières Combrand Courlay La Forêt-sur-Sèvre Moncoutant-sur-Sèvre Montravers Nueil-les-Aubiers La Petite-Boissière Le Pin Saint-Amand-sur-Sèvre Saint-André-sur-Sèvre SAINT-PIERRE-DES-ECHAUBROGNES Saint-Paul-en-Gâtine |
29.8.2022 |
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Argentonnay Bressuire Val en Vignes Coulonges-Thouarsais Geay Genneton Luché-Thouarsais Saint-Aubin-du-Plain Voulmentin Saint Maurice Étusson |
29.8.2022 |
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Département: Somme (80) |
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AIZECOURT-LE-HAUT ALLAINES ASSEVILLERS BARLEUX BAZENTIN BELLOY-EN-SANTERRE BERNY-EN-SANTERRE BOUCHAVESNES-BERGEN BRAY-SUR-SOMME BRIE BUIRE-COURCELLES BUSSU CAPPY CARNOY-MAMETZ CHUIGNES COMBLES DOINGT DOMPIERRE-BECQUINCOURT DRIENCOURT ECLUSIER-VAUX ESTREES-DENIECOURT ETERPIGNY FAY FONTAINE-LES-CAPPY FOUCAUCOURT-EN-SANTERRE (territoire au Nord de la D1029 et à l’est de la D143 GINCHY GUILLEMONT HARDECOURT-AUX-BOIS LONGUEVAL MARICOURT MESNIL-BRUNTEL MOISLAINS MONTAUBAN-DE-PICARDIE RANCOURT SAILLY-SAILLISEL SUZANNE VILLERS-CARBONNEL |
31.8.2022 |
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BIACHES CLERY-SUR-SOMME CURLU FEUILLERES FLAUCOURT FRISE HEM-MONACU HERBECOURT MAUREPAS PERONNE |
23.8.2022-31.8.2022 |
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Les communes suivantes dans le département: Vendée (85) |
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Chauché Essarts en Bocage Mouchamps La Rabatelière Rochetrejoux Saint-André-Goule-d’Oie Sainte-Cécile Saint-Germain-de-Prinçay Saint-Vincent-Sterlanges Vendrennes |
16.8.2022 |
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Bazoges-en-Paillers La Boissière-de-Montaigu Chavagnes-en-Paillers Mesnard-la-Barotière Saint-Fulgent |
23.8.2022 |
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La Bernardière Les Brouzils La Bruffière La Copechagnière Cugand L’Herbergement Montaigu-Vendée Rocheservière Montréverd Saint-Philbert-de-Bouaine Treize-Septiers |
30.8.2022 |
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Beaurepaire La Gaubretière Les Herbiers Les Landes-Genusson Mortagne-sur-Sèvre Saint-Aubin-des-Ormeaux Saint-Laurent-sur-Sèvre Saint-Malô-du-Bois Saint-Martin-des-Tilleuls Tiffauges Chanverrie |
6.9.2022 |
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Le Boupère Les Epesses Sèvremont Saint-Mars-la-Réorthe Saint-Paul-en-Pareds Treize-Vents |
13.9.2022 |
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Antigny Breuil-Barret Cezais La Châtaigneraie Chavagnes-les-Redoux Cheffois Mallièvre La Meilleraie-Tillay Menomblet Monsireigne Montournais Mouilleron-Saint-Germain Pouzauges Réaumur Saint-Maurice-des-Noues Saint-Maurice-le-Girard Saint-Mesmin Saint-Pierre-du-Chemin Saint-Prouant Saint-Sulpice-en-Pareds Tallud-Sainte-Gemme La Tardière Vouvant |
13.9.2022 |
Estado miembro: Países Bajos
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Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
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Municipality Waadhoeke, province Friesland |
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27.8.2022 |
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Those parts of the municipality Waadhoeke contained within a circle of a radius of 3 kilometres, centered on WGS84 dec. coordinates long 5,58, lat 53,25 |
19.8.2022-27.8.2022 |
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Municipality Dalfsen, province Overijssel |
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28.8.2022 |
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Those parts of the municipality Dalfsen contained within a circle of a radius of 3 kilometres, centered on WGS84 dec. coordinates long 6,28, lat 52,53 |
20.8.2022-28.8.2022 |
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Municipality Dalfsen, province Overijssel |
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31.8.2022 |
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Those parts of the municipality Dalfsen contained within a circle of a radius of 3 kilometres, centered on WGS84 dec. coordinates long 6,33, lat 52,56 |
21.8.2022-31.8.2022 |
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Municipality Dalfsen, province Overijssel |
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2.9.2022 |
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Those parts of the municipality Dalfsen contained within a circle of a radius of 3 kilometres, centered on WGS84 dec. coordinates long 6,27, lat 52,53 |
25.8.2022-2.9.2022 |
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Estado miembro: Polonia
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Superficie que comprende: |
Fecha límite de aplicación de conformidad con el artículo 55 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 |
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Wójewództwo dolnośląskie |
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22.8.2022 |
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Województwo łódzkie |
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21.8.2022 |
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Województwo wielkopolskie |
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21.8.2022 |
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13.8.2022– 21.8.2022 |
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22.8.2022 |
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14.8.2022 – 22.8.2022 |
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22.8.2022 |
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14.8.2022-22.8.2022 |
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PARTE C
Otras zonas restringidas en los Estados miembros afectados*, tal como se contemplan en los artículos 1 y 3 bis:
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* |
De conformidad con el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y en particular con el artículo 5, apartado 4, del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte, en relación con el anexo 2 de dicho Protocolo, a efectos del presente anexo, las referencias hechas a los Estados miembros incluyen al Reino Unido en lo que respecta a Irlanda del Norte. |