ISSN 1977-0685

Diario Oficial

de la Unión Europea

L 283

European flag  

Edición en lengua española

Legislación

64.° año
6 de agosto de 2021


Sumario

 

II   Actos no legislativos

Página

 

 

REGLAMENTOS

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1300 del Consejo, de 5 de agosto de 2021, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1509 relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea

1

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1301 del Consejo, de 5 de agosto de 2021, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 1284/2009 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea

7

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1302 del Consejo, de 5 de agosto de 2021, por el que se aplica el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 377/2012 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de la República de Guinea Bissau

9

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1303 de la Comisión, de 5 de agosto de 2021, por el que se cancela la protección concedida a la denominación de origen [Neusiedlersee-Hügelland (DOP)]

11

 

 

DECISIONES

 

*

Decisión (PESC) 2021/1304 del Consejo, de 5 de agosto de 2021, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/849 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea

13

 

*

Decisión (PESC) 2021/1305 del Consejo, de 5 de agosto de 2021, por la que se modifica la Decisión 2010/638/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República de Guinea

18

 

*

Decisión de Ejecución (PESC) 2021/1306 del Consejo, de 5 de agosto de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/285/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de la República de Guinea-Bissau

20

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


II Actos no legislativos

REGLAMENTOS

6.8.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 283/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/1300 DEL CONSEJO

de 5 de agosto de 2021

por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1509 relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo, de 30 de agosto de 2017, relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 329/2007 (1), y en particular su artículo 47, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 30 de agosto de 2017, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2017/1509.

(2)

De conformidad con el artículo 47 bis, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1509, el Consejo ha revisado las listas de personas y entidades designadas que figuran en los anexos XV, XVI, XVII y XVIII de dicho Reglamento.

(3)

Deben mantenerse las medidas restrictivas contra todas las personas y entidades enumeradas en las listas que figuran en los anexos XV y XVI del Reglamento (UE) 2017/1509 y deben actualizarse la exposición de motivos relativa a diez personas y una entidad y la información identificativa relativa a cuatro personas.

(4)

Asimismo, debe actualizarse la información identificativa relativa a una persona que figura en la lista del anexo XIII del Reglamento (UE) 2017/1509.

(5)

Procede, por tanto, modificar los anexos XIII, XV y XVI del Reglamento (UE) 2017/1509 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos XIII, XV y XVI del Reglamento (UE) 2017/1509 se modifican con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de agsto de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

G. DOVŽAN


(1)  DO L 224 de 31.8.2017, p. 1.


ANEXO

1)   

En el anexo XIII del Reglamento (UE) 2017/1509, en el apartado «Lista de personas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 34, apartados 1 y 3», letra a) «Personas físicas», la entrada 77 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Alias

Fecha de nacimiento

Fecha de designación por las Naciones Unidas

Exposición de motivos

«77.

Ri Pyong Chul

Ri Pyong Chol, Ri Pyo’ng-ch’o’l

Año de nacimiento: 1948

Nacionalidad: RPDC

Sexo: masculino

Dirección: RPDC

22.12.2017

Miembro suplente de la Mesa Política del Partido de los Trabajadores de Corea y primer vicedirector del Departamento de la Industria de Municiones.».

2)   

En el anexo XV del Reglamento (UE) 2017/1509, en el apartado «Lista de personas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 34, apartados 1 y 3», letra a) «Personas físicas designadas con arreglo al artículo 34, apartado 4, letra a)», las entradas 6, 7, 10, 11, 15, 16, 17, 18, 19, 24 y 25 se sustituyen por el texto siguiente:

 

Nombre

Alias

Información identificativa

Fecha de designación

Exposición de motivos

«6.

SO Sang-kuk

SO Sang Kuk

Fecha de nacimiento: 30.11.1938

Sexo: masculino

22.12.2009

Jefe del Departamento de Física Nuclear de la Universidad Kim Il Sung.

7.

KIM Yong Chol

KIM Yong-Chol, KIM Young-Chol, KIM Young-Cheol, KIM Young-Chul

Fecha de nacimiento: 1946

Lugar de nacimiento: Pyongan-Pukto, RPDC

Sexo: masculino

19.12.2011

Miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, de la Mesa Política y de la Comisión de Asuntos de Estado de la República Popular Democrática de Corea. Antiguo comandante de la Oficina General de Reconocimiento, una entidad sometida a sanciones por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Es posible que haya sido restituido como director del Departamento Frente Unido.

10.

HONG Sung-Mu

HUNG Sun Mu, HONG Sung Mu

Fecha de nacimiento: 1.1.1942

Sexo: masculino

20.5.2016

Director adjunto del Departamento de la Industria de Municiones. Encargado de la elaboración de programas relacionados con armas y misiles convencionales, incluidos los misiles balísticos. Es uno de los principales responsables de los programas de fabricación industrial de armas nucleares. Como tal, es el responsable de los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Presenció el lanzamiento del misil balístico intercontinental Hwasong-15 el 28 de noviembre de 2017. En julio de 2020, participó en una reunión de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea dedicada a la “disuasión de la guerra”, un eufemismo empleado para hacer referencia al programa nuclear de la RPDC. En enero de 2021 fue reelegido miembro del Comité Central del partido.

11.

JO Kyongchol

JO Kyong Chol

Sexo: masculino

20.5.2016

General del Ejército Popular de Corea. Antiguo miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Director del Mando de Seguridad Militar. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Acompañó a Kim Jong Un al mayor ejercicio de tiro de artillería de largo alcance jamás realizado. En enero de 2021 fue reelegido miembro del Comité Central del partido.

15.

KIM Rak Kyom

KIM Rak-gyom, KIM Rak Gyom

Sexo: masculino

20.5.2016

General de cuatro estrellas y antiguo jefe de la Fuerza de Misiles Estratégicos, una entidad sujeta a medidas restrictivas de las Naciones Unidas que comprende cuatro unidades de misiles estratégicos y tácticos, incluida la brigada KN-08 (misil balístico intercontinental). Antiguo miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Los medios de comunicación informaron de la presencia de KIM en el ensayo de un nuevo motor de misil balístico intercontinental en abril de 2016 junto a KIM Jong Un. Es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Ordenó la realización de ejercicios de disparo de misiles balísticos.

16.

KIM Won-hong

KIM Won Hong

Fecha de nacimiento: 7.1.1945

Lugar de nacimiento: Pionyang, RPDC

Número de pasaporte: 745310010

Sexo: masculino

20.5.2016

General. Antiguo primer director adjunto del Departamento de Política General del Ejército Popular de Corea. Antiguo director del Departamento de Seguridad del Estado. Antiguo ministro de Seguridad del Estado. Antiguo miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea y de la Comisión Nacional de Defensa, que era un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC antes de ser convertida en la Comisión de Asuntos Estatales (SAC), que son los órganos clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva.

17.

PAK Jong-chon

PAK Jong Chon

Sexo: masculino

20.5.2016

Designado mariscal del Ejército Popular de Corea en octubre de 2020, jefe del Estado Mayor de la Defensa desde abril de 2019 y miembro de la Mesa Política desde abril de 2020. Miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. En enero de 2021 fue elegido miembro del Comité Central del partido, la Mesa Política del Comité Central y la Comisión Militar Central.

18.

LI Yong-ju

RI Yong Ju

Sexo: masculino

20.5.2016

Almirante del Ejército Popular de Corea. Antiguo miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Comandante en jefe de la Armada Popular de Corea, que participa en la elaboración de programas de misiles balísticos y en el desarrollo de la capacidad nuclear de las fuerzas navales de la RPDC. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva.

19.

SON Chol-ju

SON Chol Ju

Sexo: masculino

20.5.2016

General del Ejército Popular de Corea. Director adjunto responsable de organización en el Ejército Popular de Corea y antiguo director político de las Fuerzas Aéreas y de Defensa Antiaérea, encargado de supervisar el desarrollo de cohetes antiaéreos modernizados. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. En mayo de 2020, participó presuntamente en una reunión de la Comisión Militar Central, en su calidad de director adjunto responsable de organización en el Ejército Popular de Corea.

24.

RI Myong Su

 

Fecha de nacimiento: 1937

Lugar de nacimiento: Myongchon, Hamgyong Norte, RPDC

Sexo: masculino

7.4.2017

General de División del Ejército Popular de Corea, primer vicecomandante del Mando Supremo del Ejército Popular de Corea. Hasta 2018, miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea y jefe de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas Populares. Ri Myong Su sigue teniendo influencia en asuntos de defensa nacional, en particular, los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Participa regularmente en los desfiles militares de Corea del Norte. Ri es miembro veterano de la Asamblea Popular Suprema, actualmente la 14.a.

25.

SO Hong Chan

 

Fecha de nacimiento: 30.12.1957

Lugar de nacimiento: Kangwon, RPDC

Pasaporte: PD836410105.

Fecha de caducidad del pasaporte: 27.11.2021

Sexo: masculino

7.4.2017

Primer viceministro y director de la Oficina de Logística de las Fuerzas Armadas Populares, miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea y general de las Fuerzas Armadas Populares. Como tal, So Hong Chan es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. En enero de 2021, fue reelegido miembro del Comité Central.».

3)   

En el anexo XV del Reglamento (UE) 2017/1509, en el apartado «Lista de personas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 34, apartados 1 y 3», letra b) «Personas jurídicas, entidades y organismos designados con arreglo al artículo 34, apartado 4, letra a)», la entrada 4 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Alias

Dirección

Fecha de designación

Otra información

«4.

Centro de Investigación Nuclear de Yongbyon

 

 

22.12.2009

Centro de investigación que ha participado en la producción de plutonio de calidad militar. Depende de la Oficina General de la Energía Atómica (entidad incluida en la lista por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 16.7.2009). En su informe final de marzo de 2021, el grupo de expertos establecido en virtud de la resolución 1874 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas señala que observó penachos de vapor procedentes del edificio utilizado para la producción de UO2 de la planta de enriquecimiento de uranio de Yongbyon e informó de que, según un Estado miembro de las Naciones Unidas, la instalación de enriquecimiento de uranio de Yongbyon estaba en funcionamiento.».

4)   

En el anexo XV del Reglamento (UE) 2017/1509, en el apartado «Lista de personas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 34, apartados 1 y 3», letra c) «Personas físicas designadas con arreglo al artículo 34, apartado 4, letra b)», la entrada 2 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Alias

Información identificativa

Fecha de designación

Exposición de motivos

«2.

KIM Tong-un

KIM Tong Un

Fecha de nacimiento: 1.11.1936

Sexo: masculino

22.12.2009

Antiguo director de la Oficina 39 del Comité Central del Partido de los Trabajadores de Corea, implicada en la financiación de la proliferación nuclear. En 2011, según se ha informado, estaba a cargo de la Oficina 38, con el fin de recaudar fondos para los dirigentes y las élites.».

5)   

En el anexo XVI del Reglamento (UE) 2017/1509, en el apartado «Lista de personas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 34, apartados 1 y 3», letra a) «Personas físicas», la entrada 6 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Información identificativa

Fecha de designación

Motivos

«6.

YUN Chol Alias CHOL Yun

Tercer secretario de la Embajada de la RPDC en China

22.1.2018

El grupo de expertos de las Naciones Unidas ha identificado a Yun Chol como la persona de contacto de la empresa norcoreana General Precious Metal, involucrada en la venta de litio-6, un isótopo relacionado con las actividades nucleares prohibido por las Naciones Unidas. También es diplomático de la RPDC.

La Unión había concluido previamente que General Precious Metal es una denominación alternativa de Green Pine, entidad sujeta a medidas restrictivas de las Naciones Unidas.».


6.8.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 283/7


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/1301 DEL CONSEJO

de 5 de agosto de 2021

por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 1284/2009 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1284/2009 del Consejo, de 22 de diciembre de 2009, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea (1), y en particular su artículo 15 bis, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 22 de diciembre de 2009, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 1284/2009.

(2)

Debe actualizarse la información relativa a cinco personas incluidas en la lista del anexo II del Reglamento (UE) n.o 1284/2009.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar el anexo II del Reglamento (UE) n.o 1284/2009 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 1284/2009 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

G. DOVŽAN


(1)  DO L 346 de 23.12.2009, p. 26.


ANEXO

En el anexo II del Reglamento (UE) n.o 1284/2009, en el epígrafe «Lista de las personas, entidades y organismos a los que se refiere el artículo 6, apartado 3», las entradas 1, 2, 3, 4 y 5 se sustituyen por el texto siguiente:

 

Nombre (y posibles alias)

Información identificativa

Motivos

«1.

Capitán Moussa Dadis CAMARA

Fecha de nacimiento: 1.1.1964 o 29.12.1968

Número de pasaporte: R0001318

Sexo: masculino

Dirección: Uagadugu (Burkina Faso)

Cargo o profesión: Exmilitar y jefe de la junta militar del CNDD (Conseil National pour la Démocratie et le Développement)

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009

2.

Coronel Moussa Tiégboro CAMARA

Alias: Moussa Thiegboro CAMARA

Fecha de nacimiento: 1.1.1968

Número de pasaporte: 7190

Sexo: masculino

Cargo o profesión: Secretario General de la Presidencia de la República de Guinea

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009

3.

Coronel Dr. Abdoulaye Chérif DIABY

Fecha de nacimiento: 26.2.1957

Número de pasaporte: 13683

Sexo: masculino

Cargo o profesión: médico militar

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009

4.

Capitán Aboubacar Chérif (alias Toumba) DIAKITÉ

Sexo: masculino

Dirección: Conakry (República de Guinea)

Cargo o profesión: exmilitar

Otros datos: preso

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009

5.

Coronel Jean-Claude PIVI (alias Coplan)

Fecha de nacimiento: 1.1.1960

Sexo: masculino

Cargo o profesión: Ministro encargado de la Seguridad Presidencial

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009».


6.8.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 283/9


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/1302 DEL CONSEJO

de 5 de agosto de 2021

por el que se aplica el artículo 11, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 377/2012 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de la República de Guinea Bissau

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 377/2012 del Consejo, de 3 de mayo de 2012, relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de la República de Guinea-Bissau (1), y en particular su artículo 11, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 3 de mayo de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 377/2012.

(2)

El Consejo considera que debe retirarse a dos personas de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 377/2012.

(3)

Por lo tanto, procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) n.o 377/2012 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 377/2012 queda modificado como se indica en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

G. DOVŽAN


(1)  DO L 119 de 4.5.2012, p. 1.


ANEXO

En el anexo I del Reglamento (UE) n.o 377/2012, se suprimen las entradas de las personas que se indican a continuación:

«17.

Comandante (Armada) Bion NA TCHONGO (alias Nan Tchongo)

19.

Capitán Paulo SUNSAI.».


6.8.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 283/11


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/1303 DE LA COMISIÓN

de 5 de agosto de 2021

por el que se cancela la protección concedida a la denominación de origen [«Neusiedlersee-Hügelland» (DOP)]

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 106,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el artículo 19 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (2) se establece que el procedimiento previsto en el artículo 94 y en los artículos 96 a 99 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 se aplica mutatis mutandis a la cancelación de una denominación de origen protegida a que se hace referencia en el artículo 106 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.

(2)

Con arreglo a lo establecido en el artículo 19 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33, la solicitud de cancelación de la denominación de origen protegida «Neusiedlersee-Hügelland», presentada por Austria, ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (3).

(3)

Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 98 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, se debe cancelar la denominación de origen protegida «Neusiedlersee-Hügelland».

(4)

Habida cuenta de la cancelación de la protección de la denominación de origen «Neusiedlersee-Hügelland», debe suprimirse su inscripción del Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas de vinos de la Unión previsto en el artículo 104 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.

(5)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se cancela la protección concedida a la denominación de origen «Neusiedlersee-Hügelland» (DOP).

Artículo 2

Se suprime la inscripción de la denominación de origen «Neusiedlersee-Hügelland» (DOP) en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas de vinos.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2021.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la presentación (DO L 9 de 11.1.2019, p. 2).

(3)  DO C 57 de 17.2.2021, p. 28.


DECISIONES

6.8.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 283/13


DECISIÓN (PESC) 2021/1304 DEL CONSEJO

de 5 de agosto de 2021

por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/849 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 27 de mayo de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/849 (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea.

(2)

De conformidad con el artículo 36, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2016/849, el Consejo ha revisado las listas de personas y entidades designadas que figuran en los anexos II, III, V y VI de dicha Decisión.

(3)

Deben mantenerse las medidas restrictivas contra todas las personas y entidades enumeradas en las listas que figuran en los anexos II y III de la Decisión (PESC) 2016/849 y deben actualizarse la exposición de motivos relativa a diez personas y una entidad, y la información identificativa relativa a cuatro personas.

(4)

Asimismo, debe actualizarse la información identificativa relativa a una persona que figura en la lista del anexo I de la Decisión (PESC) 2016/849.

(5)

Procede, por tanto, modificar la Decisión (PESC) 2016/849 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los anexos I, II y III de la Decisión (PESC) 2016/849 se modifican con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

G. Dovžan


(1)  Decisión (PESC) 2016/849 del Consejo, de 27 de mayo de 2016, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por la que se deroga la Decisión 2013/183/PESC (DO L 141 de 28.5.2016, p. 79).


ANEXO

1)

En el anexo I de la Decisión (PESC) 2016/849, en el apartado «A. Personas», la entrada 77 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Alias

Fecha de nacimiento

Fecha de designación por las Naciones Unidas

Exposición de motivos

«77.

Ri Pyong Chul

Ri Pyong Chol, Ri Pyo’ng-ch’o’l

Año de nacimiento: 1948

Nacionalidad: RPDC

Sexo: masculino

Dirección: RPDC

22.12.2017

Miembro suplente de la Mesa Política del Partido de los Trabajadores de Corea y primer vicedirector del Departamento de la Industria de Municiones.».

2)

En el anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849, en el apartado «I. Personas y entidades responsables de los programas relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva de la RPDC o personas o entidades que actúen en su nombre o bajo su dirección, o entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control», subapartado «A. Personas», las entradas 6, 7, 10, 11, 15, 16, 17, 18, 19, 24 y 25 se sustituyen por el texto siguiente:

 

Nombre

Alias

Información identificativa

Fecha de designación

Exposición de motivos

«6.

SO Sang-kuk

SO Sang Kuk

Fecha de nacimiento: 30.11.1938

Sexo: masculino

22.12.2009

Jefe del Departamento de Física Nuclear de la Universidad Kim Il Sung.

7.

KIM Yong Chol

KIM Yong-Chol, KIM Young-Chol, KIM Young-Cheol, KIM Young-Chul

Fecha de nacimiento: 1946

Lugar de nacimiento: Pyongan-Pukto, RPDC

Sexo: masculino

19.12.2011

Miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, de la Mesa Política y de la Comisión de Asuntos de Estado de la República Popular Democrática de Corea. Antiguo comandante de la Oficina General de Reconocimiento, una entidad sometida a sanciones por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Es posible que haya sido restituido como director del Departamento Frente Unido.

10.

HONG Sung-Mu

HUNG Sun Mu, HONG Sung Mu

Fecha de nacimiento: 1.1.1942

Sexo: masculino

20.5.2016

Director adjunto del Departamento de la Industria de Municiones. Encargado de la elaboración de programas relacionados con armas y misiles convencionales, incluidos los misiles balísticos. Es uno de los principales responsables de los programas de fabricación industrial de armas nucleares. Como tal, es el responsable de los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Presenció el lanzamiento del misil balístico intercontinental Hwasong-15 el 28 de noviembre de 2017. En julio de 2020, participó en una reunión de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea dedicada a la “disuasión de la guerra”, un eufemismo empleado para hacer referencia al programa nuclear de la RPDC. En enero de 2021 fue reelegido miembro del Comité Central del partido.

11.

JO Kyongchol

JO Kyong Chol

Sexo: masculino

20.5.2016

General del Ejército Popular de Corea. Antiguo miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Director del Mando de Seguridad Militar. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Acompañó a Kim Jong Un al mayor ejercicio de tiro de artillería de largo alcance jamás realizado. En enero de 2021 fue reelegido miembro del Comité Central del partido.

15.

KIM Rak Kyom

KIM Rak-gyom, KIM Rak Gyom

Sexo: masculino

20.5.2016

General de cuatro estrellas y antiguo jefe de la Fuerza de Misiles Estratégicos, una entidad sujeta a medidas restrictivas de las Naciones Unidas que comprende cuatro unidades de misiles estratégicos y tácticos, incluida la brigada KN-08 (misil balístico intercontinental). Antiguo miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Los medios de comunicación informaron de la presencia de KIM en el ensayo de un nuevo motor de misil balístico intercontinental en abril de 2016 junto a KIM Jong Un. Es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Ordenó la realización de ejercicios de disparo de misiles balísticos.

16.

KIM Won-hong

KIM Won Hong

Fecha de nacimiento: 7.1.1945

Lugar de nacimiento: Pionyang, RPDC

Número de pasaporte: 745310010

Sexo: masculino

20.5.2016

General. Antiguo primer director adjunto del Departamento de Política General del Ejército Popular de Corea. Antiguo director del Departamento de Seguridad del Estado. Antiguo ministro de Seguridad del Estado. Antiguo miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea y de la Comisión Nacional de Defensa, que era un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC antes de ser convertida en la Comisión de Asuntos Estatales (SAC), que son los órganos clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva.

17.

PAK Jong-chon

PAK Jong Chon

Sexo: masculino

20.5.2016

Designado mariscal del Ejército Popular de Corea en octubre de 2020, jefe del Estado Mayor de la Defensa desde abril de 2019 y miembro de la Mesa Política desde abril de 2020. Miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. En enero de 2021 fue elegido miembro del Comité Central del partido, la Mesa Política del Comité Central y la Comisión Militar Central.

18.

LI Yong-ju

RI Yong Ju

Sexo: masculino

20.5.2016

Almirante del Ejército Popular de Corea. Antiguo miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea, que es un órgano clave en asuntos de defensa nacional en la RPDC. Comandante en jefe de la Armada Popular de Corea, que participa en la elaboración de programas de misiles balísticos y en el desarrollo de la capacidad nuclear de las fuerzas navales de la RPDC. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva.

19.

SON Chol-ju

SON Chol Ju

Sexo: masculino

20.5.2016

General del Ejército Popular de Corea. Director adjunto responsable de organización en el Ejército Popular de Corea y antiguo director político de las Fuerzas Aéreas y de Defensa Antiaérea, encargado de supervisar el desarrollo de cohetes antiaéreos modernizados. Como tal, es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. En mayo de 2020, participó presuntamente en una reunión de la Comisión Militar Central, en su calidad de director adjunto responsable de organización en el Ejército Popular de Corea.

24.

RI Myong Su

 

Fecha de nacimiento: 1937

Lugar de nacimiento: Myongchon, Hamgyong Norte, RPDC

Sexo: masculino

7.4.2017

General de División del Ejército Popular de Corea, primer vicecomandante del Mando Supremo del Ejército Popular de Corea. Hasta 2018, miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea y jefe de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas Populares. Ri Myong Su sigue teniendo influencia en asuntos de defensa nacional, en particular, los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. Participa regularmente en los desfiles militares de Corea del Norte. Ri es miembro veterano de la Asamblea Popular Suprema, actualmente la 14.a.

25.

SO Hong Chan

 

Fecha de nacimiento: 30.12.1957

Lugar de nacimiento: Kangwon, RPDC

Pasaporte: PD836410105.

Fecha de caducidad del pasaporte: 27.11.2021

Sexo: masculino

7.4.2017

Primer viceministro y director de la Oficina de Logística de las Fuerzas Armadas Populares, miembro de la Comisión Militar Central del Partido de los Trabajadores de Corea y general de las Fuerzas Armadas Populares. Como tal, So Hong Chan es responsable de respaldar o promover los programas de la RPDC relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva. En enero de 2021, fue reelegido miembro del Comité Central.».

3)

En el anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849, en el apartado «I. Personas y entidades responsables de los programas relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva de la RPDC o personas o entidades que actúen en su nombre o bajo su dirección, o entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control», subapartado «B. Entidades», la entrada 4 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Alias

Dirección

Fecha de designación

Otra información

«4.

Centro de Investigación Nuclear de Yongbyon

 

 

22.12.2009

Centro de investigación que ha participado en la producción de plutonio de calidad militar. Depende de la Oficina General de la Energía Atómica (entidad incluida en la lista por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 16.7.2009). En su informe final de marzo de 2021, el grupo de expertos establecido en virtud de la resolución 1874 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas señala que observó penachos de vapor procedentes del edificio utilizado para la producción de UO2 de la planta de enriquecimiento de uranio de Yongbyon e informó de que, según un Estado miembro de las Naciones Unidas, la instalación de enriquecimiento de uranio de Yongbyon estaba en funcionamiento.».

4)

En el anexo II de la Decisión (PESC) 2016/849, en el apartado «II. Personas y entidades que prestan servicios financieros o transfieren activos o recursos que podrían contribuir a programas relacionados con actividades nucleares, misiles balísticos u otras armas de destrucción masiva de la RPDC», subapartado «A. Personas», la entrada 2 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Alias

Información identificativa

Fecha de designación

Exposición de motivos

«2.

KIM Tong-un

KIM Tong Un

Fecha de nacimiento: 1.11.1936

Sexo: masculino

22.12.2009

Antiguo director de la Oficina 39 del Comité Central del Partido de los Trabajadores de Corea, implicada en la financiación de la proliferación nuclear. En 2011, según se ha informado, estaba a cargo de la Oficina 38, con el fin de recaudar fondos para los dirigentes y las élites.».

5)

En el anexo III de la Decisión (PESC) 2016/849, en el apartado «Lista de las personas a que se refieren el artículo 23, apartado 1, letra c), y el artículo 27, apartado 1, letra c)», subapartado «A. Personas», la entrada 6 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Información identificativa

Fecha de designación

Motivos

«6.

YUN Chol Alias CHOL Yun

Tercer secretario de la Embajada de la RPDC en China

22.1.2018

El grupo de expertos de las Naciones Unidas ha identificado a Yun Chol como la persona de contacto de la empresa norcoreana General Precious Metal, involucrada en la venta de litio-6, un isótopo relacionado con las actividades nucleares prohibido por las Naciones Unidas. También es diplomático de la RPDC.

La Unión había concluido previamente que General Precious Metal es una denominación alternativa de Green Pine, entidad sujeta a medidas restrictivas de las Naciones Unidas.».


6.8.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 283/18


DECISIÓN (PESC) 2021/1305 DEL CONSEJO

de 5 de agosto de 2021

por la que se modifica la Decisión 2010/638/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República de Guinea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 25 de octubre de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/638/PESC (1), relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República de Guinea.

(2)

Debe actualizarse la información relativa a cinco personas incluidas en la lista del anexo de la Decisión 2010/638/PESC.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2010/638/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2010/638/PESC se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

G. DOVŽAN


(1)  Decisión 2010/638/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República de Guinea (DO L 280 de 26.10.2010, p. 10).


ANEXO

En el anexo de la Decisión 2010/638/PESC, en el epígrafe «Lista de las personas a las que se refieren los artículos 3 y 4», las entradas 1, 2, 3, 4 y 5 se sustituyen por el texto siguiente:

 

Nombre (y posibles alias)

Información identificativa

Motivos

«1.

Capitán Moussa Dadis CAMARA

Fecha de nacimiento: 1.1.1964 o 29.12.1968

Número de pasaporte: R0001318

Sexo: masculino

Dirección: Uagadugu (Burkina Faso)

Cargo o profesión: Exmilitar y jefe de la junta militar del CNDD (Conseil National pour la Démocratie et le Développement)

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009

2.

Coronel Moussa Tiégboro CAMARA

Alias: Moussa Thiegboro CAMARA

Fecha de nacimiento: 1.1.1968

Número de pasaporte: 7190

Sexo: masculino

Cargo o profesión: Secretario General de la Presidencia de la República de Guinea

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009

3.

Coronel Dr. Abdoulaye Chérif DIABY

Fecha de nacimiento: 26.2.1957

Número de pasaporte: 13683

Sexo: masculino

Cargo o profesión: médico militar

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009

4.

Capitán Aboubacar Chérif (alias Toumba) DIAKITÉ

Sexo: masculino

Dirección: Conakry (República de Guinea)

Cargo o profesión: exmilitar

Otros datos: preso

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009

5.

Coronel Jean-Claude PIVI (alias Coplan)

Fecha de nacimiento: 1.1.1960

Sexo: masculino

Cargo o profesión: Ministro encargado de la Seguridad Presidencial

Persona identificada por la Comisión Internacional de Investigación como responsable de los sucesos acaecidos en Guinea el 28 de septiembre de 2009».


6.8.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 283/20


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2021/1306 DEL CONSEJO

de 5 de agosto de 2021

por la que se aplica la Decisión 2012/285/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de la República de Guinea-Bissau

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2012/285/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2012, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de la República de Guinea-Bissau y por la que se deroga la Decisión 2012/237/PESC (1), y en particular su artículo 3, apartados 1 y 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 31 de mayo de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/285/PESC.

(2)

El Consejo considera que debe retirarse a dos personas de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas que figura en los anexos II y III de la Decisión 2012/285/PESC.

(3)

Por lo tanto, procede modificar los anexos II y III de la Decisión 2012/285/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los anexos II y III de la Decisión 2012/285/PESC quedan modificados tal y como se establece en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2021.

Por el Consejo

El Presidente

G. DOVŽAN


(1)  DO L 142 de 1.6.2012, p. 36.


ANEXO

1)

En el anexo II de la Decisión 2012/285/PESC, se suprimen las entradas correspondientes a las personas que se indican a continuación:

«12.

Comandante (Armada) Bion NA TCHONGO (alias Nan Tchongo)

14.

Capitán Paulo SUNSAI.»

2)

En el anexo III de la Decisión 2012/285/PESC, se suprimen las entradas correspondientes a las personas que se indican a continuación:

«17.

Comandante (Armada) Bion NA TCHONGO (alias Nan Tchongo)

19.

Capitán Paulo SUNSAI.»