ISSN 1977-0685

Diario Oficial

de la Unión Europea

L 294

European flag  

Edición en lengua española

Legislación

63.° año
8 de septiembre de 2020


Sumario

 

II   Actos no legislativos

Página

 

 

DECISIONES

 

*

Decisión (UE) 2020/1253 del Consejo de 4 de septiembre de 2020 por la que se prorroga de nuevo la excepción temporal al Reglamento interno del Consejo establecida por la Decisión (UE) 2020/430, y prorrogada por las Decisiones (UE) 2020/556, (UE) 2020/702 y (UE) 2020/970, habida cuenta de las dificultades para viajar como consecuencia de la pandemia de COVID-19 en la Unión

1

 

*

Decisión (PESC) 2020/1254 del Consejo de 7 de septiembre de 2020 por la que se modifica la Decisión 2012/392/PESC sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger)

3

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


II Actos no legislativos

DECISIONES

8.9.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 294/1


DECISIÓN (UE) 2020/1253 DEL CONSEJO

de 4 de septiembre de 2020

por la que se prorroga de nuevo la excepción temporal al Reglamento interno del Consejo establecida por la Decisión (UE) 2020/430, y prorrogada por las Decisiones (UE) 2020/556, (UE) 2020/702 y (UE) 2020/970, habida cuenta de las dificultades para viajar como consecuencia de la pandemia de COVID-19 en la Unión

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 240, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión (UE) 2020/430 del Consejo (1) estableció una excepción por un período de un mes a lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento interno del Consejo (2) por lo que respecta a las decisiones de aplicación del procedimiento escrito ordinario, de tomarlas el Comité de Representantes Permanentes de los Gobiernos de los Estados miembros (Coreper). Dicha excepción estaba prevista hasta el 23 de abril de 2020.

(2)

La Decisión (UE) 2020/430 dispone que el Consejo podrá renovar dicha Decisión si así lo justifica la persistencia de las circunstancias excepcionales. El 21 de abril de 2020, mediante la Decisión (UE) 2020/556 (3), el Consejo prorrogó la excepción prevista en el artículo 1 de la Decisión (UE) 2020/430 por un nuevo período de un mes a partir del 23 de abril de 2020. Dicha prórroga de la excepción duraba hasta el 23 de mayo de 2020. El 20 de mayo de 2020, mediante la Decisión (UE) 2020/702 (4), el Consejo prorrogó la excepción prevista en el artículo 1 de la Decisión (UE) 2020/430 por un período adicional hasta el 10 de julio de 2020. El 3 de julio de 2020, mediante la Decisión (UE) 2020/970 (5), el Consejo prorrogó dicha excepción por un período adicional hasta el 10 de septiembre de 2020.

(3)

Dado que persisten las circunstancias excepcionales como consecuencia de la pandemia de COVID-19 y que siguen vigentes una serie de medidas extraordinarias de prevención y contención tomadas por los Estados miembros, es necesario prorrogar la excepción prevista en el artículo 1 de la Decisión (UE) 2020/430, ya prorrogada por las Decisiones (UE) 2020/556, (UE) 2020/702 y (UE) 2020/970, por un nuevo período limitado hasta el 10 de noviembre de 2020.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La excepción prevista en el artículo 1 de la Decisión (UE) 2020/430, ya prorrogada por las Decisiones (UE) 2020/556, (UE) 2020/702 y (UE) 2020/970, se prorroga de nuevo hasta el 10 de noviembre de 2020.

Artículo 2

La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.

Se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 4 de septiembre de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

M. ROTH


(1)  Decisión (UE) 2020/430 del Consejo, de 23 de marzo de 2020, relativa a una excepción temporal al Reglamento interno del Consejo habida cuenta de las dificultades para viajar como consecuencia de la pandemia de COVID-19 en la Unión (DO L 88 I de 24.3.2020, p. 1).

(2)  Decisión 2009/937/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se aprueba su Reglamento interno (DO L 325 de 11.12.2009, p. 35).

(3)  Decisión (UE) 2020/556 del Consejo, de 21 de abril de 2020, por la que se prorroga la excepción temporal al Reglamento interno del Consejo establecida por la Decisión (UE) 2020/430 habida cuenta de las dificultades para viajar como consecuencia de la pandemia de COVID-19 en la Unión (DO L 128 I de 23.4.2020, p. 1).

(4)  Decisión (UE) 2020/702 del Consejo, de 20 de mayo de 2020, por la que se prorroga de nuevo la excepción temporal al Reglamento interno del Consejo establecida por la Decisión (UE) 2020/430 y prorrogada por la Decisión (UE) 2020/556 habida cuenta de las dificultades para viajar como consecuencia de la pandemia de COVID-19 en la Unión (DO L 165 de 27.5.2020, p. 38).

(5)  Decisión (UE) 2020/970 del Consejo, de 3 de julio de 2020, por la que se prorroga de nuevo la excepción temporal al Reglamento interno del Consejo establecida por la Decisión (UE) 2020/430, y prorrogada por las Decisiones (UE) 2020/556 y (UE) 2020/702, habida cuenta de las dificultades para viajar como consecuencia de la pandemia de COVID-19 en la Unión (DO L 216 de 7.7.2020, p. 1).


8.9.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 294/3


DECISIÓN (PESC) 2020/1254 DEL CONSEJO

de 7 de septiembre de 2020

por la que se modifica la Decisión 2012/392/PESC sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 42, apartado 4, y su artículo 43, apartado 2,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 16 de julio de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/392/PESC (1) por la que se establecía una Misión PCSD de la Unión Europea en Níger destinada a reforzar las capacidades de los actores de la seguridad nigerinos en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada (EUCAP Sahel Níger).

(2)

El 18 de septiembre de 2018, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2018/1247 (2), en la que se prorrogaba la EUCAP Sahel Níger hasta el 30 de septiembre de 2020.

(3)

El 22 de mayo de 2019, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2019/832 (3), en la que se establece que la EUCAP Sahel Níger debe contribuir, sin perjuicio de su mandato principal en Níger, a la regionalización de la acción de la PCSD en el Sahel.

(4)

El 28 de mayo y el 30 de junio de 2020, el Comité Político y de Seguridad acordó, en el contexto de la revisión estratégica de la EUCAP Sahel Níger, prorrogar dicha misión hasta el 30 de septiembre de 2022.

(5)

Procede modificar la Decisión 2012/392/PESC en consecuencia.

(6)

La EUCAP Sahel Níger se llevará a cabo en el contexto de una situación que puede deteriorarse y que podría impedir el logro de los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2012/392/PESC se modifica como sigue:

1)

En el artículo 3, apartado 1, las letras c) y d) se sustituyen por el texto siguiente:

«c)

en apoyo de los objetivos de la Unión en materia de migración, reforzará las capacidades de las fuerzas de seguridad nigerinas en materia de gestión de las fronteras y lucha contra la migración irregular;

d)

facilitará la coordinación nacional, regional e internacional en la lucha contra el terrorismo, la delincuencia organizada y la migración irregular, y la gestión de las fronteras.».

2)

En el artículo 13, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

«El importe de referencia financiera para cubrir los gastos relativos a la EUCAP Sahel Níger durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2022 será de 73 758 441,09 EUR.».

3)

En el artículo 16, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente:

«Será aplicable hasta el 30 de septiembre de 2022.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 7 de septiembre de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

M. ROTH


(1)  Decisión 2012/392/PESC del Consejo, de 16 de julio de 2012, sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger) (DO L 187 de 17.7.2012, p. 48).

(2)  Decisión (PESC) 2018/1247 del Consejo, de 18 de septiembre de 2018, por la que se modifica la Decisión 2012/392/PESC sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger) (DO L 235 de 19.9.2018, p. 7).

(3)  Decisión (PESC) 2019/832 del Consejo, de 22 de mayo de 2019, por la que se modifica la Decisión 2012/392/PESC sobre la Misión PCSD de la Unión Europea en Níger (EUCAP Sahel Níger) (DO L 137 de 23.5.2019, p. 64).