ISSN 1977-0685

Diario Oficial

de la Unión Europea

L 318

European flag  

Edición en lengua española

Legislación

61.° año
14 de diciembre de 2018


Sumario

 

II   Actos no legislativos

Página

 

 

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

 

*

Reglamento n.o 79 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE). Prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos por lo que respecta al mecanismo de dirección [2018/1947]

1

 

*

Decisión n.o 1/2018 del Subcomité de Indicaciones Geográficas, de 24 de agosto de 2018, que modifica los anexos XXX-C y XXX-D del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra [2018/1948]

51

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


II Actos no legislativos

ACTOS ADOPTADOS POR ÓRGANOS CREADOS MEDIANTE ACUERDOS INTERNACIONALES

14.12.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 318/1


Solo los textos originales de la CEPE surten efectos jurídicos con arreglo al Derecho internacional público. La situación y la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento deben consultarse en la última versión del documento de situación de la CEPE TRANS/WP.29/343, disponible en:

http://www.unece.org/trans/main/wp29/wp29wgs/wp29gen/wp29fdocstts.html

Reglamento n.o 79 de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE). Prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos por lo que respecta al mecanismo de dirección [2018/1947]

Incluye todos los textos válidos hasta:

la serie 03 de enmiendas. Fecha de entrada en vigor: 16 de octubre de 2018

ÍNDICE

REGLAMENTO

Introducción

1.

Ámbito de aplicación

2.

Definiciones

3.

Solicitud de homologación

4.

Homologación

5.

Disposiciones relativas a la construcción

6.

Disposiciones relativas a los ensayos

7.

Conformidad de la producción

8.

Sanciones por la falta de conformidad de la producción

9.

Modificación y extensión de la homologación del tipo de vehículo

10.

Cese definitivo de la producción

11.

Nombres y direcciones de los servicios técnicos encargados de realizar los ensayos de homologación y de las autoridades de homologación de tipo

12.

Disposiciones transitorias

ANEXOS

1.

Comunicación relativa a la homologación o a la denegación, la extensión o la retirada de la homologación o al cese definitivo de la producción de un tipo de vehículo por lo que respecta al mecanismo de dirección con arreglo al Reglamento n.o 79

2.

Disposición de las marcas de homologación

3.

Eficacia del frenado en los vehículos que utilizan la misma fuente de energía para alimentar el mecanismo de dirección y el dispositivo de frenado

4.

Disposiciones adicionales aplicables a los vehículos equipados con un mecanismo de dirección auxiliar

5.

Disposiciones aplicables a los remolques equipados con transmisión de dirección hidráulica

6.

Requisitos especiales aplicables a los aspectos relativos a la seguridad de los sistemas electrónicos de control

7.

Disposiciones especiales para la alimentación de sistemas de dirección de remolques a partir del vehículo tractor

8.

Requisitos de ensayo de las funciones de dirección correctoras y de accionamiento automático

INTRODUCCIÓN

La finalidad del Reglamento es establecer prescripciones uniformes relativas a la disposición y el funcionamiento de los sistemas de dirección instalados en los vehículos utilizados en carretera. Tradicionalmente, el requisito fundamental consistía en que el principal sistema de dirección incluyese un vínculo mecánico efectivo entre el mando de dirección, normalmente el volante, y las ruedas para determinar la trayectoria del vehículo. Se consideraba que si el vínculo mecánico tenía unas dimensiones amplias era improbable que fallase.

Los avances tecnológicos y el deseo de mejorar la seguridad de los ocupantes mediante la eliminación de la columna de dirección mecánica, así como las ventajas de producción que supone facilitar la transferencia del mando de dirección entre los vehículos que lo llevan a la derecha y los que lo llevan a la izquierda, han dado lugar a una revisión del planteamiento tradicional y, por consiguiente, ahora se modifica el Reglamento para tener en cuenta las nuevas tecnologías. En consecuencia, será posible disponer de sistemas de dirección en los que no exista ninguna conexión mecánica efectiva entre el mando de dirección y las ruedas.

Los sistemas en los que el conductor conserva el control primario del vehículo pero puede ser asistido por un sistema de dirección influido por señales activadas a bordo del vehículo se denominan «sistemas avanzados de dirección con asistencia al conductor». Estos sistemas pueden incorporar una «función de dirección de accionamiento automático» que, por ejemplo, utilice características pasivas de la infraestructura para ayudar al conductor a mantener el vehículo en una trayectoria ideal (orientación en el carril, mantenimiento del carril o control de rumbo), a maniobrar a baja velocidad en espacios reducidos o a detenerse en un punto predefinido (orientación «parada de autobús»). Los sistemas avanzados de dirección con asistencia al conductor pueden incorporar asimismo una «función correctora de la dirección» que, por ejemplo, advierta al conductor de todo desvío respecto al carril elegido (aviso de salida de carril), corrija el ángulo de giro para impedir que el vehículo se salga del carril elegido (evitación de salida de carril) o modifique el ángulo de giro de una o varias ruedas para mejorar el comportamiento dinámico o la estabilidad del vehículo.

En cualquier sistema avanzado de dirección con asistencia al conductor, el conductor puede optar, en todo momento, por anular la función de asistencia mediante una acción deliberada, por ejemplo para esquivar un objeto imprevisto en la carretera.

Previsiblemente, la tecnología del futuro también permitirá que la dirección pueda estar influida o controlada por sensores y señales generadas a bordo del vehículo o desde el exterior. Esto ha generado preocupación en lo que concierne a la responsabilidad del control primario del vehículo y la ausencia de protocolos de transmisión de datos acordados a escala internacional con respecto al control externo de la dirección o ejercido desde el exterior del vehículo. Por consiguiente, el Reglamento no permite la homologación general de sistemas que incorporan funciones que hacen posible controlar la dirección por medio de señales externas, como las transmitidas desde balizas situadas a orillas de la carretera o de elementos activos integrados en la superficie de la carretera. Estos sistemas, que no requieren la presencia de un conductor, se han denominado «sistemas de dirección autónomos».

El presente Reglamento impide también la homologación de la dirección efectiva de remolques mediante control eléctrico a partir del vehículo tractor, dado que actualmente se carece de normas sobre esta aplicación. Se espera que en el futuro se modifique la norma ISO 11992 para incluir mensajes relacionados con la transmisión del mando de dirección.

1.   ÁMBITO DE APLICACIÓN

1.1.   El presente Reglamento se aplicará al mecanismo de dirección de los vehículos de las categorías M, N y O (1).

1.2.   El presente Reglamento no es aplicable:

1.2.1.

a los mecanismos de dirección cuya transmisión sea puramente neumática;

1.2.2.

a los sistemas de dirección autónomos, según la definición del punto 2.3.3;

1.2.3.

a los sistemas de dirección con la funcionalidad definida como función de dirección de accionamiento automático (FDAA) de categoría B2, D o E en los puntos 2.3.4.1.3, 2.3.4.1.5 o 2.3.4.1.6, respectivamente, hasta que se introduzcan disposiciones específicas en el presente Reglamento de las Naciones Unidas.

2.   DEFINICIONES

A los efectos del presente Reglamento, se aplicarán las definiciones siguientes:

2.1.

«Homologación de un vehículo»: la homologación de un tipo de vehículo por lo que respecta a su mecanismo de dirección.

2.2.

«Tipo de vehículo»: un vehículo que no difiera en cuanto a la designación del tipo de vehículo por parte del fabricante y en cuanto a características esenciales como:

2.2.1.

el tipo de mecanismo de dirección, el mando de dirección, la transmisión de dirección, las ruedas directrices y la fuente de energía.

2.3.

«Mecanismo de dirección»: todo mecanismo cuya finalidad sea determinar el rumbo del vehículo.

El mecanismo de dirección comprende:

el mando de dirección,

la transmisión de dirección,

las ruedas directrices,

el suministro de energía, si lo hubiera.

2.3.1.   «Mando de dirección»: la pieza del mecanismo de dirección que controla su funcionamiento; puede funcionar con o sin la intervención directa del conductor. Cuando se trate de un mecanismo de dirección en el que las fuerzas de dirección sean producto, única o parcialmente, del esfuerzo muscular del conductor, el mando de dirección incluirá todas las piezas hasta el punto en el cual el esfuerzo de dirección se transforme por medios mecánicos, hidráulicos o eléctricos.

2.3.2.   «Transmisión de dirección»: todos los componentes que forman un vínculo funcional entre el mando de dirección y las ruedas.

La transmisión se divide en dos funciones independientes:

 

la transmisión de control y la transmisión de energía.

 

Cuando en el presente Reglamento se utilice solamente el término «transmisión», se aludirá tanto a la transmisión de control como a la transmisión de energía. Dependiendo del medio por el que se transmitan las señales o la energía, pueden distinguirse sistemas de transmisión mecánica, eléctrica o hidráulica o combinaciones de estos.

2.3.2.1.   «Transmisión de control»: todos los componentes por medio de los cuales se transmiten las señales con fines de control del mecanismo de dirección.

2.3.2.2.   «Transmisión de energía»: todos los componentes por medio de los cuales se transmite la energía necesaria para el control o el reglaje de la función de dirección de las ruedas.

2.3.3.   «Sistema de dirección autónomo»: un sistema que incorpora una función integrada en un sistema electrónico de control complejo que hace que el vehículo siga una trayectoria definida o modifique su trayectoria en respuesta a señales activadas y transmitidas desde el exterior del vehículo. El conductor no conservará necesariamente el control primario del vehículo.

2.3.4.   «Sistema avanzado de dirección con asistencia al conductor»: un sistema complementario del sistema de dirección principal que ayuda al conductor a dirigir el vehículo pero le permite conservar en todo momento el control de este. Incluye una o las dos funciones siguientes:

2.3.4.1.   «Función de dirección de accionamiento automático (FDAA)»: una función integrada en un sistema electrónico de control, en el que la evaluación automática de las señales activadas a bordo del vehículo, posiblemente en combinación con características pasivas de la infraestructura, puede accionar el sistema de dirección, generando una acción de control continua para ayudar al conductor.

2.3.4.1.1.   «FDAA de categoría A»: una función que actúa a una velocidad no superior a 10 km/h para ayudar al conductor, a petición de este, en maniobras a baja velocidad o de estacionamiento.

2.3.4.1.2.   «FDAA de categoría B1»: una función que ayuda al conductor a mantener el vehículo dentro del carril elegido, influyendo en su movimiento lateral.

2.3.4.1.3.   «FDAA de categoría B2»: una función que inicia/activa el conductor y que mantiene el vehículo en su carril, influyendo en su movimiento lateral durante extensos períodos sin una nueva orden/confirmación del conductor.

2.3.4.1.4.   «FDAA de categoría C»: una función que inicia/activa el conductor y que puede efectuar una maniobra lateral simple (por ejemplo, cambio de carril) cuando el conductor lo ordene.

2.3.4.1.5.   «FDAA de categoría D»: una función que inicia/activa el conductor y que puede indicar la posibilidad de efectuar una maniobra lateral simple (por ejemplo, cambio de carril), pero que solo la efectúa tras la confirmación del conductor.

2.3.4.1.6.   «FDAA de categoría E»: una función que inicia/activa el conductor y que puede determinar continuamente la posibilidad de efectuar una maniobra (por ejemplo, un cambio de carril) y efectuarla durante extensos períodos sin una nueva orden/confirmación del conductor.

2.3.4.2.   «Función correctora de la dirección (FCD)»: una función de control integrada en un sistema electrónico de control, por medio de la cual, durante un tiempo limitado, la evaluación automática de las señales activadas a bordo del vehículo puede dar lugar a la modificación del ángulo de giro de una o varias ruedas:

a)

para compensar un cambio repentino e inesperado en la fuerza lateral del vehículo;

b)

para mejorar la estabilidad del vehículo (por ejemplo, en caso de viento lateral o unas condiciones de adherencia desiguales de la calzada, «μ-split»); o

c)

para corregir una salida de carril (por ejemplo, para evitar traspasar las marcas del carril o salirse de la carretera).

2.3.4.3.   «Función de dirección de emergencia (FDE)»: una función de control que puede detectar automáticamente una posible colisión y activar automáticamente el sistema de dirección del vehículo durante un período limitado, para dirigir el vehículo con el fin de evitar o mitigar una colisión con:

a)

otro vehículo que circula (2) en un carril adyacente y:

i)

que se desvía hacia la trayectoria del vehículo con la FDE;

ii)

hacia cuya trayectoria se desvía el vehículo con la FDE;

iii)

hacia cuyo carril el conductor del vehículo con la FDE inicia una maniobra de cambio de carril;

b)

un obstáculo que obstruya la trayectoria del vehículo con la FDE, o cuando la obstrucción de la trayectoria del vehículo con la FDE se considere inminente.

La FDE deberá cubrir uno o varios de los casos de uso indicados en la lista anterior.

2.3.5.   «Ruedas directrices»: las ruedas cuya alineación puede ser modificada, directa o indirectamente, en relación con el eje longitudinal del vehículo para determinar la dirección de marcha de este (en las ruedas directrices se incluye el eje en torno al que giran para determinar la dirección de marcha del vehículo).

2.3.6.   «Suministro de energía»: comprende las piezas del mecanismo de dirección que le suministran energía, regulan dicha energía y, si procede, la transforman y almacenan. Comprende también los posibles depósitos para el agente de funcionamiento y los conductos de retorno, pero no el motor del vehículo (excepto para los fines del punto 5.3.2.1), ni la transmisión entre el motor y la fuente de energía.

2.3.6.1.   «Fuente de energía»: la parte del suministro de energía que aporta la energía en la forma requerida.

2.3.6.2.   «Depósito de energía»: la parte del suministro de energía en la cual se almacena la energía suministrada por la fuente de energía, que puede consistir en un depósito de fluido presurizado o una batería de vehículo.

2.3.6.3.   «Depósito de almacenamiento»: la parte del suministro de energía en la cual se almacena el agente de funcionamiento a presión atmosférica o a una presión próxima a esta, que puede consistir en un depósito de fluido.

2.4.

Parámetros de dirección

2.4.1.

«Esfuerzo sobre el mando de dirección»: la fuerza aplicada al mando de dirección para dirigir el vehículo.

2.4.2.

«Tiempo de respuesta de la dirección»: el tiempo transcurrido entre el comienzo del movimiento del mando de dirección y el momento en el que las ruedas directrices alcanzan un ángulo de giro específico.

2.4.3.

«Ángulo de giro»: el ángulo formado por la proyección de un eje longitudinal del vehículo y la línea de intersección del plano de la rueda (plano central de la rueda, perpendicular al eje en torno al que gira) y la superficie de la carretera.

2.4.4.

«Fuerzas de dirección»: todas las fuerzas que actúan sobre la transmisión de dirección.

2.4.5.

«Relación media de la dirección»: la relación entre el desplazamiento angular del mando de dirección y la media del ángulo de giro descrito por las ruedas directrices para un giro de un tope a otro.

2.4.6.

«Círculo de giro»: el círculo dentro del cual están situadas las proyecciones sobre el plano del suelo de todos los puntos del vehículo, excluyendo los dispositivos exteriores para la visión indirecta y los indicadores de dirección delanteros, cuando el vehículo describe una trayectoria circular.

2.4.7.

«Radio nominal del mando de dirección»: en el caso de un volante, la distancia más corta entre su centro de rotación y el borde exterior del aro. En el caso de que el mando tenga cualquier otra forma, consistirá en la distancia entre su centro de rotación y el punto en el cual se aplica el esfuerzo de dirección. Si existieran varios de estos puntos, será aquel que exija el máximo esfuerzo.

2.4.8.

«Estacionamiento por control remoto (ECR)»: una FDAA de categoría A, accionada por el conductor, que realiza maniobras de estacionamiento o a baja velocidad. Se acciona por control remoto desde un lugar muy próximo al vehículo.

2.4.9.

«Alcance máximo especificado del ECR (S ECRmáx )»: distancia máxima entre el punto más próximo del vehículo de motor y el dispositivo de control remoto a la que está previsto que funcione la FDAA.

2.4.10.

«Velocidad máxima especificada V smáx »: velocidad máxima a la que está previsto que funcione la FDAA.

2.4.11.

«Velocidad mínima especificada V smín »: velocidad mínima a la que está previsto que funcione la FDAA.

2.4.12.

«Aceleración lateral máxima especificada ay smáx »: aceleración lateral máxima del vehículo a la que está previsto que funcione la FDAA.

2.4.13.

Una FDAA está en «modo apagado» (o «apagada») cuando se impide que genere una acción de control de la dirección para ayudar al conductor.

2.4.14.

Una FDAA está en «modo de espera» cuando la función está encendida, pero no se reúnen todas las condiciones (por ejemplo, las condiciones de funcionamiento del sistema o una acción deliberada del conductor) para que esté activa. En este modo, el sistema no está preparado para generar una acción de control para ayudar al conductor.

2.4.15.

Una FDAA está en «modo activo» (o «activa») cuando la función está encendida y se reúnen las condiciones para estar activa. En este modo, el sistema controla de manera continua o discontinua el sistema de dirección que genera, o está listo para generar, una acción de control de la dirección para ayudar al conductor.

2.4.16.

Un «procedimiento de cambio de carril» en el caso de una FDAA de categoría C empieza cuando una acción deliberada del conductor activa las luces indicadoras de dirección y termina cuando se desactivan las luces indicadoras de dirección. Dicho procedimiento comprende las acciones siguientes:

a)

activación de las luces indicadoras de dirección mediante una acción deliberada del conductor;

b)

movimiento lateral del vehículo hacia el límite del carril;

c)

maniobra de cambio de carril;

d)

reanudación de la función de mantenimiento del carril;

e)

desactivación de las luces indicadoras de dirección.

2.4.17.

Una «maniobra de cambio de carril» forma parte del procedimiento de cambio de carril y

a)

empieza cuando el borde exterior de la banda de rodadura del neumático delantero del vehículo más próximo a la marca del carril toca el borde interior de la marca del carril hacia el que se hace la maniobra de cambio;

b)

termina cuando las ruedas traseras del vehículo han cruzado totalmente la marca del carril.

2.5.

Tipos de mecanismos de dirección

Dependiendo del modo en que se produzcan las fuerzas de dirección, pueden distinguirse los tipos de mecanismos de dirección que se exponen a continuación.

2.5.1.

En los vehículos de motor:

2.5.1.1.   «Sistema de dirección principal»: el mecanismo de dirección principalmente responsable de determinar la dirección de la marcha del vehículo. Puede comprender:

2.5.1.1.1.

un «mecanismo de dirección manual», en el cual las fuerzas de dirección son producto únicamente del esfuerzo muscular del conductor;

2.5.1.1.2.

un «mecanismo de dirección asistida», en el cual las fuerzas de dirección son producto tanto del esfuerzo muscular del conductor como del suministro (o suministros) de energía;

2.5.1.1.2.1.

el mecanismo de dirección en el cual las fuerzas de dirección sean fruto únicamente de uno o varios suministros de energía cuando el mecanismo está intacto, pero en el cual las fuerzas de dirección puedan ser producto únicamente del esfuerzo muscular del conductor en caso de fallo en la dirección (sistemas asistidos integrados) será considerado también un mecanismo de dirección asistida;

2.5.1.1.3.

un «mecanismo de dirección totalmente asistida», en el cual las fuerzas de dirección proceden exclusivamente de uno o varios suministros de energía.

2.5.1.2.   «Mecanismo de autodirección»: un sistema diseñado de tal modo que el ángulo de giro de una o varias ruedas es modificado únicamente por la aplicación de fuerzas o momentos a través del contacto entre el neumático y la carretera.

2.5.1.3.   «Mecanismo de dirección auxiliar (MDA)»: un sistema en el cual, además de las ruedas del mecanismo de dirección principal, las ruedas de uno o varios ejes de los vehículos de las categorías M y N son directrices y se giran en la misma dirección que las ruedas del mecanismo de dirección principal o en la dirección opuesta, y/o en el que el ángulo de giro de las ruedas delanteras o traseras puede ajustarse en función del comportamiento del vehículo.

2.5.2.

En los remolques:

2.5.2.1.   «Mecanismo de autodirección»: un sistema diseñado de tal modo que el ángulo de giro de una o varias ruedas es modificado únicamente por la aplicación de fuerzas o momentos a través del contacto entre el neumático y la carretera.

2.5.2.2.   «Dirección articulada»: mecanismo en el cual las fuerzas de dirección son producto de un cambio de rumbo del vehículo tractor y en el cual el movimiento de las ruedas directrices del remolque está directamente relacionado con el ángulo relativo entre el eje longitudinal del vehículo tractor y el del remolque.

2.5.2.3.   «Autodirección»: mecanismo en el cual las fuerzas de dirección son producto de un cambio de rumbo del vehículo tractor y en el cual el movimiento de las ruedas directrices del remolque está directamente relacionado con el ángulo relativo entre el eje longitudinal del bastidor del remolque o de una carga que lo sustituya y el eje longitudinal del falso bastidor al cual están unidos el eje o los ejes.

2.5.2.4.   «Mecanismo de dirección adicional»: un sistema, independiente del sistema de dirección principal, mediante el cual se puede influir selectivamente en el ángulo de dirección de uno o varios ejes del sistema de dirección para realizar maniobras.

2.5.2.5.   «Mecanismo de dirección totalmente asistida»: un mecanismo en el que las fuerzas de dirección proceden exclusivamente de uno o varios suministros de energía.

2.5.3.

Según la disposición de las ruedas directrices, pueden distinguirse los tipos de mecanismos de dirección siguientes:

2.5.3.1.

el «mecanismo de dirección con ruedas directrices delanteras», en el cual únicamente las ruedas del eje o los ejes delanteros son directrices; estas incluyen todas las ruedas que se giran en la misma dirección;

2.5.3.2.

el «mecanismo de dirección con ruedas directrices traseras», en el que únicamente las ruedas del eje o los ejes traseros son directrices; estas incluyen todas las ruedas que se giran en la misma dirección;

2.5.3.3.

el «mecanismo de dirección con ruedas directrices multiejes», en el que las ruedas de uno o varios de los ejes delanteros y traseros son directrices;

2.5.3.3.1.

el «mecanismo de dirección con todas las ruedas directrices», en el que todas las ruedas son directrices;

2.5.3.3.2.

el «mecanismo de dirección con bastidor articulado», en el que el movimiento de unas piezas del bastidor en relación con otras está producido directamente por las fuerzas de dirección.

2.6.

Tipos de transmisión de dirección

Dependiendo del modo en que se transmitan las fuerzas de dirección, pueden distinguirse los tipos de transmisión de dirección que se exponen a continuación.

2.6.1.   «Transmisión de dirección puramente mecánica»: transmisión de dirección en la cual las fuerzas de dirección se transmiten únicamente por medios mecánicos.

2.6.2.   «Transmisión de dirección puramente hidráulica»: transmisión de dirección en la cual las fuerzas de dirección se transmiten, en algún lugar de la transmisión, únicamente por medios hidráulicos.

2.6.3.   «Transmisión de dirección puramente eléctrica»: transmisión de dirección en la cual las fuerzas de dirección se transmiten, en algún lugar de la transmisión, únicamente por medios eléctricos.

2.6.4.   «Transmisión de dirección mixta»: transmisión de dirección en la cual una parte de las fuerzas de dirección se transmiten por uno de los medios mencionados anteriormente y la otra parte, por otro. No obstante, cuando la parte mecánica de la transmisión sirva únicamente para indicar la posición y sea demasiado débil para transmitir la suma total de las fuerzas de dirección, se considerará que este mecanismo es una transmisión de dirección puramente hidráulica o puramente eléctrica.

2.7.

«Línea eléctrica de control»: la conexión eléctrica que proporciona la función de control de la dirección al remolque. Está compuesta por el cableado y el conector eléctricos e incluye las piezas necesarias para la comunicación de datos y la alimentación eléctrica que requiere la transmisión de control del remolque.

3.   SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN

3.1.   La solicitud de homologación de un tipo de vehículo por lo que respecta al mecanismo de dirección deberá ser presentada por el fabricante del vehículo o por su representante debidamente acreditado.

3.2.   Irá acompañada de los documentos, por triplicado, que se mencionan a continuación, así como de los elementos siguientes:

3.2.1.

una descripción del tipo de vehículo con respecto a los aspectos mencionados en el punto 2.2; deberá especificarse el tipo de vehículo;

3.2.2.

una breve descripción del mecanismo de dirección acompañada de un diagrama de dicho mecanismo en su conjunto, que muestre la ubicación en el vehículo de los distintos dispositivos que influyan en la dirección;

3.2.3.

en el caso de los sistemas de dirección totalmente asistida y los sistemas a los que les es aplicable el anexo 6 del presente Reglamento, una descripción general del sistema en la que se indique su filosofía y los procedimientos a prueba de fallos, las redundancias y los sistemas de aviso necesarios para garantizar su funcionamiento seguro en el vehículo.

Las fichas técnicas necesarias relativas a dichos sistemas se pondrán a disposición para que puedan ser debatidas con la autoridad de homologación de tipo o el servicio técnico. Dicho examen tendrá carácter confidencial.

3.3.   Se facilitará al servicio técnico encargado de llevar a cabo los ensayos de homologación un vehículo representativo del tipo cuya homologación se solicite.

4.   HOMOLOGACIÓN

4.1.   Si el vehículo presentado para su homologación con arreglo al presente Reglamento satisface todos los requisitos pertinentes establecidos en este, se concederá la homologación de dicho tipo de vehículo por lo que respecta al mecanismo de dirección.

4.1.1.   Antes de conceder la homologación de tipo, la autoridad de homologación verificará que existen las disposiciones adecuadas para garantizar el control eficaz de la conformidad de la producción, según se establece en el apartado 7 del presente Reglamento.

4.2.   Se asignará un número de homologación a cada tipo homologado. Los dos primeros dígitos (actualmente 02) indicarán la serie de enmiendas que incorporan las últimas enmiendas técnicas importantes introducidas en el Reglamento en el momento de expedirse la homologación. Una misma Parte Contratante no asignará este número a otro tipo de vehículo ni al mismo tipo de vehículo presentado con un mecanismo de dirección distinto del descrito en los documentos exigidos en el apartado 3.

4.3.   La concesión, extensión o denegación de la homologación de un tipo de vehículo con arreglo al presente Reglamento se comunicará a las Partes del Acuerdo de 1958 que apliquen dicho Reglamento por medio de un formulario que se ajuste al modelo que figura en su anexo 1.

4.4.   En todo vehículo que se ajuste a un tipo de vehículo homologado con arreglo al presente Reglamento se colocará, de manera visible y en un lugar fácilmente accesible especificado en el formulario de homologación, una marca de homologación internacional consistente en:

4.4.1.

un círculo en torno a la letra mayúscula «E» seguida del número distintivo del país que ha concedido la homologación (3);

4.4.2.

el número del presente Reglamento, seguido de la letra «R», un guion y el número de homologación a la derecha del círculo establecido en el punto 4.4.1.

4.5.   Si el vehículo es conforme con un tipo de vehículo homologado de acuerdo con uno o varios reglamentos anejos al Acuerdo en el país que ha concedido la homologación con arreglo al presente Reglamento, no será necesario repetir el símbolo prescrito en el punto 4.4.1. En ese caso, el Reglamento, los números de homologación y los símbolos adicionales de todos los Reglamentos con arreglo a los cuales se haya concedido la homologación en el país que la haya concedido de conformidad con el presente Reglamento se colocarán en columnas verticales a la derecha del símbolo prescrito en el punto 4.4.1.

4.6.   La marca de homologación deberá ser claramente legible e indeleble.

4.7.   La marca de homologación se pondrá en la placa de datos del vehículo colocada por el fabricante, o cerca de esta.

4.8.   El anexo 2 del presente Reglamento proporciona ejemplos de marcas de homologación.

5.   DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CONSTRUCCIÓN

5.1.   Disposiciones generales

5.1.1.   El sistema de dirección garantizará una conducción fácil y segura del vehículo hasta su velocidad máxima nominal o, en el caso de un remolque, su velocidad máxima técnicamente permitida. Tendrá tendencia a volver a centrarse por sí mismo cuando sea sometido a ensayo según lo dispuesto en el punto 6.2 con el mecanismo de dirección intacto. El vehículo cumplirá los requisitos del punto 6.2 cuando se trate de un vehículo de motor y los del punto 6.3 cuando se trate de un remolque. Si el vehículo está equipado con un mecanismo de dirección auxiliar, cumplirá también los requisitos del anexo 4. Los remolques equipados con transmisión de dirección hidráulica cumplirán también lo dispuesto en el anexo 5.

5.1.2.   El vehículo deberá poder circular a lo largo de un tramo de carretera recto sin que el conductor deba hacer una corrección inusual de la dirección y sin que el mecanismo de dirección vibre anormalmente a la velocidad máxima por construcción.

5.1.3.   La orientación del mando de dirección corresponderá al cambio de dirección que se pretenda dar al vehículo, y existirá una relación continua entre la desviación del mando de dirección y el ángulo de giro. Estos requisitos no serán aplicables a los sistemas que incorporen una función de dirección de accionamiento automático o una función correctora de la dirección, ni a los MDA.

Estos requisitos podrían no ser necesariamente aplicables en el caso de la dirección totalmente asistida cuando el vehículo esté parado, durante maniobras a baja velocidad, hasta un máximo de 15km/h, y cuando el sistema no reciba energía.

5.1.4.   El mecanismo de dirección estará diseñado, construido e instalado de forma que pueda soportar las tensiones del funcionamiento normal del vehículo o de una combinación de vehículos. El ángulo de giro máximo no estará limitado por ninguna pieza de la transmisión de dirección, a menos que así se haya previsto en el diseño. Salvo que se haya especificado lo contrario, a los efectos del presente Reglamento, se supondrá que no puede producirse más de un fallo al mismo tiempo en el mecanismo de dirección y que dos ejes en un mismo bogie constituyen un único eje.

5.1.5.   La eficacia del mecanismo de dirección, incluidas las líneas eléctricas de control, no se verá afectada negativamente por campos magnéticos o eléctricos. El cumplimiento de esta condición deberá demostrarse mediante el cumplimiento de los requisitos técnicos y la observación de las disposiciones transitorias del Reglamento n.o 10 de las Naciones Unidas, aplicando:

a)

la serie 03 de enmiendas, en el caso de vehículos sin sistema de acoplamiento para cargar el sistema de almacenamiento de energía eléctrica recargable (baterías de tracción);

b)

la serie 04 de enmiendas, en el caso de vehículos con sistema de acoplamiento para cargar el sistema de almacenamiento de energía eléctrica recargable (baterías de tracción).

5.1.6.   Los sistemas avanzados de dirección con asistencia al conductor solo se homologarán con arreglo al presente Reglamento cuando esta función no afecte en modo alguno al funcionamiento del sistema básico de dirección. Además, deberán diseñarse de tal modo que el conductor pueda, en todo momento, anular esta función mediante una acción deliberada.

5.1.6.1.   Los sistemas con FCD deberán cumplir los requisitos del anexo 6.

5.1.6.1.1.   Toda intervención de la FCD será indicada inmediatamente al conductor por medio de una señal de aviso óptica de al menos un segundo de duración, o el tiempo que dure la intervención si es superior a un segundo.

En caso de intervención de una FCD controlada por un sistema de control electrónico de la estabilidad (CEE) o una función de estabilidad del vehículo, según lo especificado en el Reglamento pertinente de las Naciones Unidas (Reglamentos n.os 13, 13-H o 140 de las Naciones Unidas), podrá utilizarse el testigo parpadeante del CEE, que indica la intervención del CEE el tiempo que esta dure, como alternativa a la señal de aviso óptica indicada anteriormente.

5.1.6.1.2.   En el caso de una intervención de la FCD basada en la evaluación de la presencia y posición de las marcas del carril o de sus límites, se aplicarán además las disposiciones siguientes:

5.1.6.1.2.1.

En el caso de una intervención de más de:

a)

10 s para vehículos de las categorías M1 y N1, o

b)

30 s para vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3,

se emitirá una señal de aviso acústica hasta el final de la intervención.

5.1.6.1.2.2.

En caso de dos o más las intervenciones consecutivas en un intervalo móvil de 180 segundos y a falta de una acción sobre la dirección por parte del conductor durante la intervención, el sistema emitirá una señal de aviso acústica durante la segunda intervención y las eventuales intervenciones siguientes en un intervalo móvil de 180 segundos. A partir de la tercera intervención (y en las intervenciones sucesivas) la señal de aviso acústica continuará durante al menos 10 segundos más que la señal de aviso anterior.

5.1.6.1.3.   El esfuerzo sobre el mando de dirección necesario para anular el control direccional ejercido por el sistema no deberá ser superior a 50 N en todas las operaciones de la FCD.

5.1.6.1.4.   Los requisitos establecidos en los puntos 5.1.6.1.1, 5.1.6.1.2 y 5.1.6.1.3 para la FCD, que dependen de la evaluación de la presencia y localización de las marcas del carril o límites del carril se someterán a ensayo de conformidad con el ensayo o los ensayos pertinentes del vehículo especificados en el anexo 8 del presente Reglamento.

5.1.6.2.   Los vehículos equipados con una FDE deberán cumplir los requisitos siguientes.

Los sistemas FDE deberán cumplir los requisitos del anexo 6.

5.1.6.2.1.   Toda FDE iniciará una intervención únicamente en los casos en que se detecte un riesgo de colisión.

5.1.6.2.2.   Todo vehículo dotado de una FDE estará equipado con medios de vigilancia del entorno de conducción (por ejemplo, las marcas del carril, el borde de la carretera, otros usuarios de la carretera) de acuerdo con el caso de uso especificado. Estos medios deberán vigilar el entorno de conducción siempre que la FDE esté activa.

5.1.6.2.3.   Una maniobra iniciada por una FDE destinada a evitar una colisión no podrá hacer que el vehículo se salga de la carretera.

5.1.6.2.3.1.   En el caso de una intervención de una FDE en una carretera o un carril delimitado por marcas en uno o ambos lados, una maniobra iniciada por la FDE destinada a evitar una colisión no podrá hacer que el vehículo cruce la marca del carril. No obstante, si la intervención se inicia durante un cambio de carril efectuado por el conductor o durante un desvío involuntario hacia el carril adyacente, el sistema podrá volver a dirigir el vehículo hacia el carril de circulación original.

5.1.6.2.3.2.   En ausencia de marcas del carril a uno o ambos lados del vehículo, se permitirá una sola intervención de la FDE, siempre que no provoque un desplazamiento lateral del vehículo superior a 0,75 m en una dirección en la que no haya marca del carril. El desplazamiento lateral durante la maniobra automática destinada a evitar una colisión se determinará utilizando un punto fijo en la parte delantera del vehículo al inicio y al término de la intervención de la FDE.

5.1.6.2.4.   La intervención de la FDE no podrá hacer que el vehículo choque contra otro usuario de la carretera (4).

5.1.6.2.5.   El fabricante demostrará durante la homologación de tipo, a satisfacción del servicio técnico, qué medios de vigilancia del entorno de conducción están instalados en el vehículo para dar cumplimiento a las disposiciones de punto 5.1.6.2.

5.1.6.2.6.   Toda intervención de la FDE se indicará al conductor mediante una señal de aviso óptica y una señal de aviso acústica o táctil, a más tardar, al inicio de la intervención de la FDE.

A tal fin, las señales adecuadas de otros sistemas de aviso (por ejemplo, detección de ángulo muerto, aviso de salida de carril o aviso de colisión frontal) se considerarán suficientes para cumplir los requisitos relativos a las señales ópticas, acústicas o táctiles respectivas mencionadas anteriormente.

5.1.6.2.7.   Los fallos de sistema se indicarán al conductor mediante una señal de aviso óptica. No obstante, cuando el sistema se desactive manualmente, podrá suprimirse el modo de indicación de fallo.

5.1.6.2.8.   El esfuerzo sobre el mando de dirección necesario para anular el control direccional ejercido por el sistema no deberá ser superior a 50 N.

5.1.6.2.9.   El vehículo se someterá a ensayo de acuerdo con los ensayos pertinentes de vehículos especificados en el anexo 8 del presente Reglamento de las Naciones Unidas.

5.1.6.2.10.   Datos de la información del sistema

Se facilitarán los datos siguientes, junto con la documentación requerida en el anexo 6 del presente Reglamento de las Naciones Unidas, al servicio técnico en el momento de la homologación de tipo:

a)

el caso o los casos de uso en los cuales la FDE está diseñada para funcionar [entre los casos de la letra a), incisos i), ii) y iii), y la letra b), especificados en la definición de la FDE del punto 2.3.4.3];

b)

las condiciones en las que el sistema está activo, por ejemplo, en el intervalo de velocidades del vehículo Vsmáx – Vsmín;

c)

cómo detecta la FDE un riesgo de colisión;

d)

la descripción de los medios para detectar el entorno de conducción;

e)

cómo desactivar/reactivar la función;

f)

cómo se garantiza que la fuerza de invalidación no supera el límite de 50 N.

5.1.7.   Los vehículos tractores equipados con una conexión para el suministro de energía eléctrica al sistema de dirección del remolque y los remolques que utilicen energía eléctrica procedente del vehículo tractor para alimentar sus sistemas de dirección deberán cumplir los requisitos pertinentes del anexo 7.

5.1.8.   Transmisión de dirección

5.1.8.1.   Los dispositivos de ajuste de la geometría de la dirección serán tales que, tras el ajuste, pueda establecerse una conexión efectiva entre los elementos ajustables mediante los mecanismos de bloqueo adecuados.

5.1.8.2.   Las transmisiones de dirección que puedan desconectarse para adaptarse a diferentes configuraciones de un vehículo (semirremolques extensibles, por ejemplo) incluirán mecanismos de bloqueo que garanticen la recolocación efectiva de los diversos elementos. Cuando el bloqueo sea automático, habrá un dispositivo de seguridad adicional que se accionará manualmente.

5.1.9.   Ruedas directrices

Las ruedas traseras no serán las únicas ruedas directrices. Este requisito no es aplicable a los semirremolques.

5.1.10.   Suministro de energía

Podrá utilizarse el mismo suministro de energía para el mecanismo de dirección y para otros sistemas. No obstante, en caso de fallo en cualquier sistema que comparta el mismo suministro de energía, la dirección estará garantizada de acuerdo con las condiciones de fallo pertinentes que se exponen en el punto 5.3.

5.1.11.   Sistemas de control

Se aplicarán los requisitos del anexo 6 a los aspectos relativos a la seguridad de los sistemas electrónicos de control del vehículo que proporcionen la transmisión de control de la función de dirección, o formen parte de ella, incluidos los sistemas avanzados de dirección con asistencia al conductor. No obstante, los sistemas o funciones que utilicen el sistema de dirección como medio para lograr un objetivo de un nivel superior solo estarán sujetos al anexo 6 en la medida en que tengan un efecto directo en el sistema de dirección. Si esos sistemas están disponibles, no se desactivarán durante los ensayos de homologación de tipo del sistema de dirección.

5.2.   Disposiciones especiales relativas a los remolques

5.2.1.   Los remolques (a excepción de los semirremolques y los remolques de eje central) que tengan más de un eje con ruedas directrices y los semirremolques y remolques de eje central que tengan por lo menos un eje con ruedas directrices deberán cumplir las condiciones enunciadas en el punto 6.3. No obstante, en el caso de los remolques provistos de un mecanismo de autodirección, no será necesario realizar el ensayo establecido en el punto 6.3 cuando la relación de las cargas entre los ejes no directores y los ejes autodirigidos sea igual o superior a 1,6 en todas las condiciones de carga.

Sin embargo, en el caso de los remolques provistos de un mecanismo de autodirección, la relación de las cargas entre los ejes no directores o directores articulados y los ejes directores de fricción deberá ser, como mínimo, de 1 en todas las condiciones de carga.

5.2.2.   Si el vehículo tractor de una combinación de vehículos circula en línea recta, el remolque y el vehículo tractor deberán mantenerse alineados. Si la alineación no se mantiene automáticamente, el remolque deberá estar equipado con un dispositivo de ajuste adecuado que la mantenga.

5.3.   Disposiciones relativas a fallos y rendimiento

5.3.1.   Generalidades

5.3.1.1.   A los efectos del presente Reglamento, se considerará que las ruedas directrices, el mando de dirección y todas las piezas mecánicas de la transmisión de dirección no serán susceptibles de romperse si tienen amplias dimensiones, son fácilmente accesibles con fines de mantenimiento y reúnen características de seguridad equivalentes, como mínimo, a las prescritas para otros componentes esenciales del vehículo (por ejemplo, el sistema de frenado). Toda pieza cuyo fallo pueda ocasionar la pérdida de control del vehículo deberá estar fabricada en metal o en un material de características equivalentes y no deberá ser sometida a ninguna deformación importante durante el funcionamiento normal del mecanismo de dirección.

5.3.1.2.   Los requisitos establecidos en los puntos 5.1.2, 5.1.3 y 6.2.1 deberán cumplirse también con un fallo en el mecanismo de dirección, siempre que el vehículo pueda conducirse a las velocidades exigidas en los puntos respectivos.

En este caso no se aplicará el punto 5.1.3 a los sistemas de dirección totalmente asistida cuando el vehículo esté parado.

5.3.1.3.   Todo fallo en una transmisión, a excepción de las puramente mecánicas, deberá señalarse claramente al conductor del vehículo según lo establecido en el punto 5.4. Cuando se produzca un fallo, será admisible una variación de la relación media de la dirección, siempre que el esfuerzo de dirección no sobrepase los valores indicados en el punto 6.2.6.

5.3.1.4.   En caso de que el sistema de frenado del vehículo utilice la misma fuente de energía que el sistema de dirección y se produzca un fallo en esta fuente de energía, tendrá prioridad el sistema de dirección, que deberá poder cumplir los requisitos de los puntos 5.3.2 y 5.3.3, según proceda. Además, la eficacia del frenado en la primera utilización posterior no disminuirá por debajo de la prescrita para el freno de servicio, según se establece en el punto 2 del anexo 3 del presente Reglamento.

5.3.1.5.   En caso de que el sistema de frenado del vehículo y el sistema de dirección utilicen el mismo suministro de energía y se produzca un fallo en él, el sistema de dirección tendrá prioridad y deberá poder cumplir los requisitos de los puntos 5.3.2 y 5.3.3, según proceda. Además, la eficacia del frenado en la primera utilización posterior deberá cumplir las disposiciones del punto 3 del anexo 3 del presente Reglamento.

5.3.1.6.   Los requisitos de eficacia de frenado indicados en los puntos 5.3.1.4 y 5.3.1.5 no serán aplicables si, en ausencia de toda reserva de energía, el sistema de frenado permite alcanzar, con el mando del freno de servicio, el requisito de seguridad aplicable a un sistema de frenado secundario mencionado en:

a)

el punto 2.2 del anexo 3 del Reglamento n.o 13-H de las Naciones Unidas (en el caso de los vehículos M1 y N1)

b)

el punto 2.2 del anexo 4 del Reglamento n.o 13 de las Naciones Unidas (en el caso de los vehículos M2, M3 y N).

5.3.1.7.   En el caso de los remolques se cumplirán también los requisitos de los puntos 5.2.2 y 6.3.4.1 si se produce un fallo en el sistema de dirección.

5.3.2.   Sistemas de dirección asistida

5.3.2.1.   Si se para el motor o falla una pieza de la transmisión, a excepción de las enumeradas en el punto 5.3.1.1, no se producirán cambios inmediatos en el ángulo de giro. Siempre que se pueda conducir el vehículo a una velocidad superior a 10 km/h, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el apartado 6 relativos a un sistema averiado.

5.3.3.   Sistemas de dirección totalmente asistida

5.3.3.1.   El sistema estará diseñado de tal modo que sea imposible conducir el vehículo indefinidamente a velocidades superiores a 10 km/h cuando exista un fallo que requiera la activación de la señal de aviso a la que se hace referencia en el punto 5.4.2.1.1.

5.3.3.2.   En caso de fallo en la transmisión de control, salvo en las piezas enumeradas en el punto 5.1.4, seguirá siendo posible dirigir el vehículo cumpliendo los criterios de rendimiento establecidos en el apartado 6 para el sistema de dirección intacto.

5.3.3.3.   En caso de fallo en la fuente de energía de la transmisión de control, será posible realizar al menos veinticuatro maniobras en forma de ocho, en las que cada bucle de la cifra tenga 40 m de diámetro, a una velocidad de 10 km/h y cumpliendo los criterios de rendimiento establecidos en el apartado 6 para un sistema intacto. Las maniobras del ensayo se iniciarán con el nivel de almacenamiento de energía indicado en el punto 5.3.3.5.

5.3.3.4.   En caso de fallo en la transmisión de energía, salvo en las piezas enumeradas en el punto 5.3.1.1, no se producirán cambios inmediatos en el ángulo de giro. Siempre que pueda conducirse el vehículo a una velocidad superior a 10 km/h, se cumplirán los requisitos del apartado 6 relativos al sistema averiado una vez completadas al menos veinticinco maniobras en forma de ocho a una velocidad mínima de 10 km/h, en las que cada bucle de la cifra tenga 40 m de diámetro.

Las maniobras del ensayo se iniciarán con el nivel de almacenamiento de energía indicado en el punto 5.3.3.5.

5.3.3.5.   El nivel de energía que deberá utilizarse para los ensayos a los que se hace referencia en los puntos 5.3.3.3 y 5.3.3.4 corresponderá al nivel de almacenamiento de energía al que se indique al conductor la existencia de un fallo.

En el caso de los sistemas de alimentación eléctrica sujetos a lo dispuesto en el anexo 6, este nivel será el del peor supuesto posible indicado por el fabricante en la documentación presentada en relación con el anexo 6 y tendrá en cuenta los efectos, por ejemplo, de la temperatura y el envejecimiento en el rendimiento de la batería.

5.4.   Señales de aviso

5.4.1.   Disposiciones generales

5.4.1.1.   Todo fallo que afecte negativamente a la función de dirección y que no sea de carácter mecánico deberá ser señalado claramente al conductor del vehículo.

No obstante los requisitos del punto 5.1.2, la aplicación deliberada de una vibración en el sistema de dirección podrá utilizarse como indicador adicional de un estado defectuoso de este sistema.

En el caso de un vehículo de motor, el aumento del esfuerzo sobre el mando de dirección se considerará una señal de aviso; en el caso de un remolque, se permitirá un indicador mecánico.

5.4.1.2.   Las señales de aviso ópticas deberán ser visibles incluso de día y distinguirse de otras alertas; el funcionamiento satisfactorio de las señales deberá ser fácilmente verificable por el conductor desde su asiento; el fallo de un componente de los dispositivos de aviso no deberá tener como consecuencia una pérdida de rendimiento del sistema de frenado.

5.4.1.3.   Las señales de aviso acústico consistirán en una señal sonora continua o intermitente o en información vocal. Cuando se utilice información vocal, el fabricante se asegurará de que la alerta se hace en la lengua o las lenguas del mercado en el que se venda el vehículo.

El conductor deberá poder reconocer fácilmente las señales de aviso acústicas.

5.4.1.4.   Si se utiliza la misma fuente de energía para alimentar el sistema de dirección y otros sistemas, el conductor recibirá una señal acústica u óptica cuando la reserva de energía o fluido caiga hasta un nivel que pueda provocar un aumento del esfuerzo de dirección. Este aviso puede combinarse con un dispositivo destinado a advertir del fallo de los frenos si el sistema de frenado utiliza la misma fuente de energía. El conductor deberá poder comprobar fácilmente el funcionamiento satisfactorio del dispositivo de aviso.

5.4.2.   Disposiciones especiales relativas a los mecanismos de dirección totalmente asistida

5.4.2.1.   Los vehículos de motor deberán poder emitir las siguientes señales de aviso de fallos y defectos en la dirección:

5.4.2.1.1.

una señal de aviso roja, que indique los fallos definidos en el punto 5.3.1.3 en el mecanismo de dirección principal;

5.4.2.1.2.

cuando proceda, una señal de aviso amarilla, que indique la existencia de un defecto detectado eléctricamente en el mecanismo de dirección que no sea indicado por la señal de aviso roja.

5.4.2.1.3.

Si se utiliza un símbolo, este se ajustará al símbolo J 04, número de registro ISO/IEC 7000-2441, según se define en la norma ISO 2575:2000.

5.4.2.1.4.

Las señales de aviso mencionadas anteriormente se encenderán al suministrar energía al equipo eléctrico del vehículo (y el sistema de dirección). Cuando el vehículo esté parado, antes de apagar la señal el sistema de dirección comprobará la ausencia de todo fallo o defecto especificado.

Los fallos o defectos especificados, que deberían activar las señales de aviso mencionadas anteriormente, pero que no se detectan cuando el vehículo está parado, deberán almacenarse al ser detectados y mostrarse al arrancar el motor, así como en todo momento en que el interruptor de contacto (arranque) esté en la posición de «encendido» (marcha), mientras persista el fallo o el defecto.

5.4.3.   En el caso de que esté en funcionamiento un mecanismo de dirección adicional y/o el ángulo de giro generado por dicho mecanismo no haya vuelto a la posición normal de conducción, el conductor deberá recibir una señal de aviso.

5.5.   Disposiciones relativas a la inspección técnica periódica del mecanismo de dirección

5.5.1.   En la medida de lo posible, y siempre que así lo acuerden el fabricante del vehículo y la autoridad de homologación de tipo, el mecanismo de dirección y su instalación se diseñarán de tal modo que pueda verificarse su funcionamiento sin necesidad de desmontarlo, en caso necesario con instrumentos de medición, métodos o equipos de ensayo de uso común.

5.5.2.   Deberá ser posible verificar de una manera sencilla el correcto funcionamiento de los sistemas electrónicos que controlen la dirección. Si se necesita información especial, esta deberá estar libremente disponible.

5.5.2.1.   En el momento de la homologación de tipo, se hará una descripción confidencial de los medios de protección implementados contra una modificación simple no autorizada del funcionamiento de los medios de verificación elegidos por el fabricante (por ejemplo, la señal de aviso).

Como opción alternativa, este requisito de protección se considerará cumplido si se dispone de un medio secundario de comprobación del correcto funcionamiento.

5.6.   Disposiciones sobre las FDAA

Toda FDAA deberá cumplir los requisitos del anexo 6.

5.6.1.   Disposiciones especiales sobre las FDAA de categoría A

Toda FDAA de categoría A deberá cumplir los requisitos indicados a continuación.

5.6.1.1.   Generalidades

5.6.1.1.1.   El sistema solo funcionará hasta los 10 km/h (con una tolerancia de + 2 km/h).

5.6.1.1.2.   El sistema estará activo únicamente después de una acción deliberada del conductor si se cumplen las condiciones de funcionamiento del sistema (funcionan adecuadamente todas las funciones asociadas, tales como los frenos, el acelerador, la dirección o la cámara/el radar/el lidar).

5.6.1.1.3.   El conductor deberá poder desactivar el sistema en todo momento.

5.6.1.1.4.   Si el sistema incluye el control del acelerador y/o del frenado, el vehículo estará equipado con un medio de detección de obstáculos (por ejemplo, vehículos o peatones) en la zona de maniobra que lo detenga inmediatamente para evitar una colisión (5).

5.6.1.1.5.   Cada vez que el sistema entre en modo operativo, se indicará al conductor. Toda interrupción del control dará lugar a un aviso al conductor, breve pero distintivo, mediante una señal de aviso óptica acompañada de una señal de aviso acústica o de una señal de aviso táctil (excepto en el caso de la señal en el mando de dirección durante las maniobras de estacionamiento).

Respecto a los ECR, los requisitos de aviso al conductor indicados anteriormente se cumplirán mediante una señal de aviso óptica, como mínimo en el dispositivo de control remoto.

5.6.1.2.   Disposiciones adicionales respecto a los ECR

5.6.1.2.1.   El conductor iniciará la maniobra de estacionamiento, pero esta estará controlada por el sistema. No será posible influir directamente en el ángulo de giro ni el valor de la aceleración y la desaceleración mediante el dispositivo de control remoto.

5.6.1.2.2.   Durante la maniobra de estacionamiento será necesario un accionamiento continuo del dispositivo de control remoto por parte del conductor.

5.6.1.2.3.   Si se interrumpe el accionamiento continuo, la distancia entre el vehículo y el dispositivo de control remoto supera el alcance máximo especificado del ECR (SECRmáx) o se pierde la señal entre el dispositivo de control remoto y el vehículo, este se detendrá inmediatamente.

5.6.1.2.4.   Si se abre una puerta o el maletero del vehículo durante la maniobra de estacionamiento, el vehículo se detendrá inmediatamente.

5.6.1.2.5.   Si el vehículo ha alcanzado su posición final de estacionamiento, ya sea de forma automática o mediante la confirmación del conductor, y el interruptor de arranque/marcha se encuentra en la posición «apagado», se accionará automáticamente el sistema de freno de estacionamiento.

5.6.1.2.6.   La función de ECR evitará que el vehículo salga rodando en todo momento en el que este se pare durante una maniobra de estacionamiento.

5.6.1.2.7.   El alcance máximo especificado del ECR no excederá de 6 m.

5.6.1.2.8.   El sistema estará diseñado de manera que esté protegido contra la activación o el funcionamiento no autorizado del ECR y contra las intervenciones en el sistema.

5.6.1.3.   Datos de la información del sistema

5.6.1.3.1.   Se facilitarán los datos siguientes, junto con la documentación requerida en el anexo 6 del presente Reglamento, al servicio técnico en el momento de la homologación de tipo:

5.6.1.3.1.1.

el valor del alcance máximo especificado del ECR (SECRmáx);

5.6.1.3.1.2.

las condiciones en las que puede ser activado el sistema, es decir, cuando se cumplen las condiciones de funcionamiento del sistema;

5.6.1.3.1.3.

el fabricante deberá explicar a las autoridades técnicas cómo está protegido el sistema ECR contra la activación no autorizada.

5.6.2.   Disposiciones especiales sobre las FDAA de categoría B1

Toda FDAA de categoría B1 deberá cumplir los requisitos indicados a continuación.

5.6.2.1.   Generalidades

5.6.2.1.1.   El sistema activado garantizará en todo momento, dentro de las condiciones límite, que el vehículo no cruza las marcas del carril de aceleración lateral a una velocidad inferior a la aceleración lateral máxima aysmáx especificada por el fabricante del vehículo.

El sistema podrá supera el valor aysmáx especificado en un máximo de 0,3 m/s2, mientras no supere el valor máximo especificado en el punto 5.6.2.1.3 del presente Reglamento.

5.6.2.1.2.   El vehículo dispondrá de un medio para que el conductor active (modo de espera) y desactive (modo apagado) el sistema. El conductor deberá poder desactivar el sistema en todo momento mediante una sola acción. Después de esta acción, el sistema solo podrá activarse de nuevo mediante una acción deliberada del conductor.

5.6.2.1.3.   El sistema estará diseñado de tal manera que se suprima toda intervención excesiva del mando de dirección para garantizar la operatividad de la dirección por parte del conductor y evitar un comportamiento inesperado del vehículo durante su funcionamiento. A tal fin, deberán cumplirse los requisitos siguientes:

a)

el esfuerzo sobre el mando de dirección necesario para anular el control direccional ejercido por el sistema no deberá ser superior a 50 N;

b)

la aceleración lateral máxima especificada aysmáx deberá situarse dentro de los límites definidos en el cuadro siguiente:

Cuadro 1

En el caso de los vehículos de las categorías M1 y N1

Intervalo de velocidades

10-60 km/h

> 60-100 km/h

> 100-130 km/h

> 130 km/h

Valor máximo de la aceleración lateral máxima especificada

3 m/s2

3 m/s2

3 m/s2

3 m/s2

Valor mínimo de la aceleración lateral máxima especificada

0 m/s2

0,5 m/s2

0,8 m/s2

0,3 m/s2

En el caso de los vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3

Intervalo de velocidades

10-30 km/h

> 30-60 km/h

> 60 km/h

 

Valor máximo de la aceleración lateral máxima especificada

2,5 m/s2

2,5 m/s2

2,5 m/s2

 

Valor mínimo de la aceleración lateral máxima especificada

0 m/s2

0,3 m/s2

0,5 m/s2

 

c)

la media móvil en medio segundo de la sacudida (jerk) lateral generada por el sistema no excederá de 5 m/s3.

5.6.2.1.4.   Los requisitos establecidos en los puntos 5.6.2.1.1 y 5.6.2.1.3 del presente Reglamento se someterán a ensayo de conformidad con los ensayos del vehículo especificados en el anexo 8 del presente Reglamento.

5.6.2.2.   Funcionamiento de las FDAA de categoría B1

5.6.2.2.1.   Si el dispositivo está activo el conductor recibirá una señal óptica.

5.6.2.2.2.   Cuando el sistema esté en modo de espera el conductor recibirá una señal óptica.

5.6.2.2.3.   Cuando el sistema alcance las condiciones límite establecidas en el punto 5.6.2.3.1.1 del presente Reglamento (por ejemplo, la aceleración lateral máxima especificada aysmáx) y el conductor no actúe sobre el mando de dirección y uno de los neumáticos delanteros del vehículo empiece a cruzar la marca del carril, el sistema seguirá ofreciendo asistencia e informará claramente al conductor de esta situación del sistema mediante una señal de aviso óptica y, además, una señal de aviso acústica o táctil.

Respecto a los vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3, los requisitos de aviso indicados anteriormente se considerarán cumplidos si el vehículo está equipado con un sistema de aviso de salida de carril (SAAC) que cumpla los requisitos técnicos del Reglamento n.o 130 de las Naciones Unidas.

5.6.2.2.4.   Los fallos de sistema se indicarán al conductor mediante una señal de aviso óptica. No obstante, cuando el conductor desactive el sistema manualmente, podrá suprimirse la indicación del fallo.

5.6.2.2.5.   Cuando el sistema esté activo y se encuentre en el intervalo de velocidades de 10 km/h (o V smín si es superior a 10 km/h) a V smáx , proporcionará un medio para detectar si el conductor tiene agarrado el mando de dirección.

Si tras un período no superior a quince segundos el conductor no tiene agarrado el mando de dirección, se emitirá una señal de aviso óptica. Esta señal podrá ser la misma que la especificada más adelante en este apartado.

La señal de aviso óptica indicará al conductor que coloque sus manos sobre el mando de dirección. Consistirá en información gráfica en la que figuren las manos y el mando de dirección y podrá ir acompañada de texto explicativo adicional o símbolos de aviso (véanse los ejemplos a continuación):

Image

Caja de texto

Ejemplo 2

Ejemplo 1

Si tras un período no superior a treinta segundos el conductor no tiene agarrado el mando de dirección, al menos las manos o el mando de dirección de la información gráfica facilitada como señal de aviso óptica se iluminarán en rojo y se emitirá una señal de aviso acústica.

Las señales de aviso estarán activas hasta que el conductor agarre el mando de dirección, o hasta que el sistema sea desactivado de forma manual o de forma automática.

El sistema se desactivará automáticamente en un plazo de treinta segundos a partir del comienzo de la señal de aviso acústica. Tras la desactivación del sistema se informará claramente al conductor sobre la situación del sistema mediante una señal de emergencia acústica, distinta de la señal de aviso acústica anterior, que durará un mínimo de cinco segundos o hasta que el conductor vuelva a agarrar el mando de dirección.

Se verificará el cumplimiento de los requisitos indicados anteriormente mediante los ensayos pertinentes de vehículos especificados en el anexo 8 del presente Reglamento.

5.6.2.2.6.   Salvo especificación en contrario, las señales ópticas descritas en el punto 5.6.2.2 serán todas distintas las unas de las otras (por ejemplo, símbolos, colores, intermitencias y textos diferentes).

5.6.2.3.   Datos de la información del sistema

5.6.2.3.1.   Se facilitarán los datos siguientes, junto con la documentación requerida en el anexo 6 del presente Reglamento, al servicio técnico en el momento de la homologación de tipo:

5.6.2.3.1.1.   las condiciones en las que puede ser activado el sistema y los límites de funcionamiento (condiciones límite); el fabricante proporcionará los valores de Vsmáx, Vsmín y aysmáx respecto a cada intervalo de velocidades, tal como se indican en el cuadro del punto 5.6.2.1.3 del presente Reglamento;

5.6.2.3.1.2.   la información sobre la forma en que el sistema detecta que el conductor tiene agarrado el mando de dirección.

5.6.3.   (Reservado para las FDAA de categoría B2)

5.6.4.   Disposiciones especiales sobre las FDAA de categoría C

Los vehículos equipados con una FDAA de categoría C deberán cumplir los requisitos siguientes.

5.6.4.1.   Generalidades

5.6.4.1.1.   Un vehículo equipado con una FDAA de categoría C deberá estar equipado también con una FDAA de categoría B1 que cumpla los requisitos del presente Reglamento de las Naciones Unidas.

5.6.4.1.2.   Cuando se active (modo de espera) la FDAA de categoría C, la FDAA de categoría B1 tendrá como objetivo centrar el vehículo en el carril.

Esto se demostrará al servicio técnico durante la homologación de tipo.

5.6.4.2.   Activación/desactivación del sistema FDAA de categoría C

5.6.4.2.1.   La situación por defecto del sistema será la de apagado al inicio de cada nuevo ciclo de encendido/marcha del motor.

Este requisito no se aplicará cuando se inicie automáticamente un nuevo ciclo de encendido/marcha del motor, por ejemplo, al utilizar un sistema de parada y arranque.

5.6.4.2.2.   El vehículo dispondrá de un medio para que el conductor active (modo de espera) y desactive (modo apagado) el sistema. Podrán utilizarse los mismos medios que para una FDAA de categoría B1.

5.6.4.2.3.   El sistema solo se activará (modo de espera) tras una acción deliberada del conductor.

La activación por el conductor solo será posible en carreteras en las que esté prohibida la circulación de peatones y ciclistas y cuyo diseño incluya una separación física del tráfico en sentidos opuestos y al menos dos carriles en el sentido en el que circulan los vehículos. Estas condiciones estarán garantizadas, como mínimo, por dos medios independientes.

En el caso de una transición de un tipo de carretera con una clasificación que permita una FDAA de categoría C a un tipo de carretera en la que no esté permitida dicha FDAA, el sistema se desactivará automáticamente.

5.6.4.2.4.   El conductor deberá poder desactivar el sistema (modo apagado) en todo momento mediante una sola acción. A raíz de esta acción, el sistema solo podrá reactivarse (modo de espera) mediante una acción deliberada del conductor.

5.6.4.2.5.   No obstante los requisitos anteriores, deberá ser posible realizar los ensayos correspondientes del anexo 8 del presente Reglamento de las Naciones Unidas en una pista de ensayo.

5.6.4.3.   Anulación

Una acción del conductor sobre le mando de dirección anulará la acción del sistema sobre la dirección. El esfuerzo sobre el mando de dirección necesario para anular el control direccional ejercido por el sistema no deberá ser superior a 50 N.

El sistema podrá permanecer activado (modo de espera) siempre que el conductor tenga prioridad durante el período de anulación.

5.6.4.4.   Aceleración lateral

La aceleración lateral inducida por el sistema durante la maniobra de cambio de carril:

a)

no será superior a 1 m/s2, además de la aceleración lateral generada por la curvatura del carril, y

b)

no tendrá como consecuencia que la aceleración lateral total del vehículo supere los valores máximos indicados en los cuadros del punto 5.6.2.1.3.

La media móvil en medio segundo de la sacudida (jerk) lateral generada por el sistema no excederá de 5 m/s3.

5.6.4.5.   Interfaz persona-máquina (IPM)

5.6.4.5.1.   Salvo que se especifique lo contrario, las señales ópticas descritas en el punto 5.6.4.5 podrán distinguirse fácilmente las unas de las otras (por ejemplo, símbolos, colores, intermitencias y textos diferentes).

5.6.4.5.2.   Cuando el sistema esté en modo de espera (preparado para intervenir) el conductor recibirá una señal óptica.

5.6.4.5.3.   El conductor recibirá una señal óptica en el transcurso del procedimiento de cambio de carril.

5.6.4.5.4.   Cuando se suprima el procedimiento de cambio de carril, de conformidad con el punto 5.6.4.6.8, el sistema informará claramente al conductor sobre la situación del sistema mediante una señal óptica y, además, una señal de aviso acústica o táctil. Si el conductor inicia la supresión, será suficiente un aviso óptico.

5.6.4.5.5.   Los fallos de sistema se indicarán inmediatamente al conductor mediante una señal de aviso óptica. No obstante, si el conductor desactiva el sistema manualmente, podrá suprimirse el modo de indicación de fallo.

Si se produce un fallo del sistema durante una maniobra de cambio de carril, el fallo se señalará al conductor mediante un aviso óptico y un aviso acústico o táctil.

5.6.4.5.6.   El sistema dispondrá de un medio para detectar si el conductor tiene agarrado el mando de dirección y le avisará de conformidad con la estrategia de aviso indicada a continuación.

Si a los tres segundos, como máximo, del inicio del procedimiento de cambio de carril, el conductor no tiene agarrado el mando de dirección, se emitirá una señal de aviso óptica. Esta señal podrá ser la misma que la especificada en el punto 5.6.2.2.5.

La señal de aviso estará activa hasta que el conductor agarre el mando de dirección, o hasta que el sistema sea desactivado de forma manual o automática.

5.6.4.6.   Procedimiento de cambio de carril

5.6.4.6.1.   El inicio de un procedimiento de cambio de carril por una FDAA de categoría C solo será posible si ya está activa una FDAA de categoría B1.

5.6.4.6.2.   El procedimiento de cambio de carril exige la activación manual por parte del conductor del indicador de dirección del lado del carril al que hace el cambio, y dicho procedimiento se iniciará inmediatamente después.

5.6.4.6.3.   Cuando se inicie el procedimiento de cambio de carril, se suspenderá la FDAA de categoría B1 y la FDAA de categoría C continuará la función de mantenimiento del carril de la FDAA de categoría B1 hasta que se inicie la maniobra de cambio de carril.

5.6.4.6.4.   El movimiento lateral del vehículo hacia el carril de destino no empezará hasta transcurrido un segundo tras inicio del procedimiento de cambio de carril. Además, el movimiento lateral de aproximación a la marca del carril y el movimiento lateral necesario para completar la maniobra de cambio de carril se llevarán a cabo en un movimiento continuo.

La maniobra de cambio de carril no se iniciará antes de un período de 3,0 segundos ni después de un período de 5,0 segundos tras la acción deliberada del conductor descrita en el punto 5.6.4.6.2.

5.6.4.6.5.   La maniobra de cambio de carril deberá completarse en menos de:

a)

5 segundos en el caso de los vehículos de las categorías M1 y N1;

b)

10 segundos en el caso de los vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3.

5.6.4.6.6.   Una vez completada la maniobra de cambio de carril, se reanudará automáticamente la función de mantenimiento del carril de la FDAA de categoría B1.

5.6.4.6.7.   El indicador de dirección permanecerá activo durante todo el período de la maniobra de cambio de carril y el sistema lo desactivará como máximo 0,5 segundos después de la reanudación de la función de mantenimiento del carril de la FDAA de categoría B1 descrita en el punto 5.6.4.6.6.

5.6.4.6.8.   Supresión del procedimiento de cambio de carril

5.6.4.6.8.1.   El sistema suprimirá automáticamente el procedimiento de cambio de carril si se produce al menos una de las situaciones siguientes antes del comienzo de la maniobra de cambio de carril:

a)

el sistema detecta una situación crítica (tal como se define en el punto 5.6.4.7);

b)

el sistema es anulado o apagado por el conductor;

c)

el sistema alcanza sus límites (por ejemplo, dejan de detectarse las marcas del carril);

d)

el sistema ha detectado que el conductor no tiene agarrado el mando de dirección al inicio de la maniobra de cambio de carril;

e)

el conductor desactiva manualmente las luces indicadoras de dirección;

f)

la maniobra de cambio de carril no se ha iniciado en los 5,0 segundos posteriores a la acción deliberada del conductor descrita en el punto 5.6.4.6.2;

g)

el movimiento lateral descrito en el punto 5.6.4.6.4 no es continuo.

5.6.4.6.8.2.   El conductor deberá poder desactivar manualmente el procedimiento de cambio de carril en todo momento utilizando el mando manual del indicador de dirección.

5.6.4.7.   Situación crítica

La situación se considera crítica cuando, en el momento en el que se inicia la maniobra de cambio de carril, un vehículo que se aproxima en el carril de destino tiene que desacelerar más de 3 m/s2, 0,4 segundos después del inicio de la maniobra de cambio de carril, para garantizar que la distancia entre ambos vehículos no sea nunca inferior a la que el vehículo del carril de destino recorre en 1 segundo.

La distancia crítica resultante al inicio de la maniobra de cambio de carril se calculará mediante la fórmula siguiente:

S crítica = (vtra-vFDAA) * tB + (vtra-vFDAA)2/(2 * a) + vFDAA * tG

Donde:

vtra

es

la velocidad real del vehículo que se aproxima o 130 km/h si el vehículo circula a más velocidad

vFDAA

es

la velocidad real del vehículo con la FDAA

a

=

3 m/s2

(desaceleración del vehículo que se aproxima)

tB

=

0,4 s

(tiempo transcurrido después del inicio de la maniobra de cambio de carril hasta que empieza la desaceleración del vehículo que se aproxima)

tG

=

1 s

(espacio que queda entre los vehículos después de la desaceleración del vehículo que se aproxima).

5.6.4.8.   Distancia mínima y velocidad de funcionamiento mínima

5.6.4.8.1.   La FDAA de categoría C deberá ser capaz de detectar los vehículos que se aproximen por detrás en un carril adyacente a una distancia Stra, tal como se especifica a continuación:

 

La distancia mínima Stra será declarada por el fabricante del vehículo. El valor declarado no será inferior a 55 m.

 

La distancia declarada se someterá al ensayo pertinente especificado en el anexo 8, utilizando un vehículo de motor de dos ruedas de categoría L3 como vehículo que se aproxima.

 

La velocidad de funcionamiento mínima Vsmín hasta la que se permite que la FDAA de categoría C efectúe una maniobra de cambio de carril se calculará a partir de la distancia mínima Stra utilizando la fórmula siguiente:

Formula

Donde:

Stra

es

la distancia mínima declarada por el fabricante en [m];

Vapr

=

36,1 m/s

(la velocidad real del vehículo que se aproxima es de 130 km/h, es decir, 36,1 m/s);

a

=

3 m/s2

(desaceleración del vehículo que se aproxima);

tB

=

0,4 s

(tiempo transcurrido desde el inicio de la maniobra hasta que empieza la desaceleración del vehículo que se aproxima);

tG

=

1 s

(espacio que queda entre los vehículos después de la desaceleración del vehículo que se aproxima);

Vsmín en [m/s] es

la velocidad de activación mínima resultante de la FDAA de categoría C.

Si el vehículo es utilizado en un país con un límite de velocidad máxima general inferior a 130 km/h, podrá utilizarse ese límite como alternativa para Vapr en la fórmula anterior para calcular la velocidad de activación mínima Vsmín. En ese caso, el vehículo estará equipado con un medio de detección del país por el que circula y dispondrá de información sobre el límite de velocidad máxima general de ese país.

No obstante los requisitos indicados anteriormente en este punto, está permitido que la FDAA de categoría C realice maniobras de cambio de carril a velocidades inferiores a la Vsmín calculada si se cumplen las condiciones siguientes:

a)

el sistema ha detectado otro vehículo en el carril adyacente, al que está previsto cambiar, a una distancia inferior a Stra; y

b)

la situación no se considera crítica con arreglo al punto 5.6.4.7 (por ejemplo, con pequeñas diferencias de velocidad y Vapr < 130 km/h);

c)

el valor declarado de Stra es superior al valor calculado de Scrítica indicado en el punto 5.6.4.7.

5.6.4.8.2.   La zona de detección del sistema del vehículo al nivel del suelo será, como mínimo, la indicada en la figura siguiente.

Image

R = 0,5 m

Stra: véase 5.6.4.8.1

Ssensor, tra

Stra: véase 5.6.4.8.1

Ssensor, lat = 6 m

R = 0,5 m

5.6.4.8.3.   Después de cada nuevo ciclo de arranque/marcha del motor del vehículo (excepto si se realiza de forma automática, por ejemplo al utilizar los sistemas de parada y arranque), la función de la FDAA de categoría C no podrá efectuar una maniobra de cambio de carril hasta que el sistema haya detectado, al menos una vez, un objeto en movimiento a una distancia superior a la distancia mínima Stra declarada por el fabricante en el punto 5.6.4.8.1.

5.6.4.8.4.   La FDAA de categoría C deberá poder detectar la ceguera del sensor (por ejemplo, debido a la acumulación de suciedad, hielo o nieve). Si se detecta la mencionada ceguera, se impedirá que la FDAA de categoría C efectúe una maniobra de cambio de carril. La situación del sistema deberá indicarse al conductor, a más tardar, en el momento del inicio del procedimiento de cambio de carril. Podrá utilizarse el mismo aviso que el especificado en el punto 5.6.4.5.5 (sistema de aviso de fallo).

5.6.4.9.   Datos de la información del sistema

5.6.4.9.1.   Se facilitarán los datos siguientes, junto con la documentación requerida en el anexo 6 del presente Reglamento de las Naciones Unidas, al servicio técnico en el momento de la homologación de tipo:

5.6.4.9.1.1.   las condiciones en las que puede ser activado el sistema y los límites de funcionamiento (condiciones límite); el fabricante proporcionará los valores de Vsmáx, Vsmín y aysmáx respecto a cada intervalo de velocidad, tal como se mencionan en el cuadro del punto 5.6.2.1.3 del presente Reglamento de las Naciones Unidas;

5.6.4.9.1.2.   la información sobre la forma en que el sistema detecta que el conductor tiene agarrado el mando de dirección;

5.6.4.9.1.3.   los medios de anulación y de supresión o cancelación;

5.6.4.9.1.4.   la información sobre cómo comprobar la situación de la señal de aviso de fallo y la confirmación del rendimiento de la FDAA en relación con la versión válida del software mediante una interfaz de comunicación electrónica (6);

5.6.4.9.1.5.   Documentación sobre qué versión del software del sistema relacionado con el rendimiento de la FDAA es válida. Dicha documentación se actualizará cada vez que se modifique una versión del software (6).

5.6.4.9.1.6.   la información sobre el radio de detección del sensor durante el ciclo de vida; el radio de detección del sensor se especificará de tal manera que el deterioro del sensor no afecte al cumplimiento de las disposiciones de los puntos 5.6.4.8.3 y 5.6.4.8.4 del presente Reglamento de las Naciones Unidas.

5.6.4.10.   El vehículo con la FDAA de categoría C se someterá a ensayo de acuerdo con los ensayos pertinentes de vehículos especificados en el anexo 8 del presente Reglamento de las Naciones Unidas. Respecto a situaciones de conducción no cubiertas por los ensayos del anexo 8, el fabricante del vehículo demostrará el funcionamiento seguro de la FDAA sobre la base del anexo 6 del presente Reglamento de las Naciones Unidas.

6.   DISPOSICIONES RELATIVAS A LOS ENSAYOS

6.1.   Disposiciones generales

6.1.1.   Los ensayos se efectuarán sobre una superficie plana con una buena adherencia.

6.1.2.   Durante los ensayos, el vehículo estará cargado con su masa máxima técnicamente admisible y se aplicará la carga máxima técnicamente admisible sobre su(s) eje(s) director(es).

En el caso de ejes equipados con un MDA, el ensayo se repetirá con el vehículo cargado con su correspondiente masa máxima técnicamente admisible y el eje equipado con el MDA cargado con su correspondiente masa máxima admisible.

6.1.3.   Antes de que comience el ensayo, la presión de los neumáticos será la prescrita por el fabricante para la masa especificada en el punto 6.1.2 con el vehículo parado.

6.1.4.   En el caso de los sistemas cuyo suministro de energía esté compuesto total o parcialmente por energía eléctrica, todos los ensayos de rendimiento se llevarán a cabo en condiciones de carga eléctrica real o simulada de todos los sistemas o componentes de sistemas esenciales que compartan el mismo suministro de energía. Entre los sistemas esenciales se incluirán, como mínimo, los sistemas de alumbrado, los limpiaparabrisas y los sistemas de gestión del motor y de frenado.

6.2.   Disposiciones relativas a los vehículos de motor

6.2.1.   El vehículo deberá poder salir de una curva de un radio de 50 m tomando una tangente sin vibraciones anormales del mecanismo de dirección a la velocidad siguiente:

 

Vehículos de la categoría M1: 50 km/h;

 

Vehículos de las categorías M2, M3, N1, N2 y N3: 40 km/h o la velocidad máxima nominal si esta es inferior.

6.2.2.   Cuando el vehículo describa un círculo con las ruedas directrices aproximadamente semigiradas, a una velocidad mínima constante de 10 km/h, el círculo descrito seguirá siendo el mismo o aumentará cuando se suelte el mando de dirección.

6.2.3.   En la medición del esfuerzo sobre el mando de dirección, no se tendrán en cuenta las fuerzas ejercidas durante menos de 0,2 segundos.

6.2.4.   Medición del esfuerzo sobre el mando de dirección en los vehículos de motor con el mecanismo de dirección intacto

6.2.4.1.   El vehículo pasará de una trayectoria en línea recta a una trayectoria en espiral a una velocidad de 10 km/h. Se medirá el esfuerzo sobre el mando de dirección en su radio nominal hasta que la posición de dicho mando corresponda al radio de giro indicado en el cuadro que figura más adelante para la categoría específica de vehículo con el mecanismo de dirección intacto. Se realizará una maniobra de dirección hacia la derecha y otra hacia la izquierda.

6.2.4.2.   El tiempo máximo permitido de respuesta de la dirección y el esfuerzo máximo permitido sobre el mando de dirección con el mecanismo de dirección intacto serán los indicados en el cuadro que figura más adelante para cada categoría de vehículo.

6.2.5.   Medición del esfuerzo sobre el mando de dirección en los vehículos de motor con un fallo en el mecanismo de dirección.

6.2.5.1.   Se repetirá el ensayo descrito en el punto 6.2.4 con un fallo en el mecanismo de dirección. Se medirá el esfuerzo sobre el mando de dirección hasta que la posición de dicho mando corresponda a la del radio de giro indicado en el cuadro que figura más adelante para la categoría específica de vehículo con un fallo en el mecanismo de dirección.

6.2.5.2.   El tiempo máximo permitido de respuesta de la dirección y el esfuerzo máximo permitido sobre el mando de dirección con un fallo en el mecanismo de dirección serán los indicados en el cuadro siguiente para cada categoría de vehículo.

Cuadro 2

Requisitos relativos al esfuerzo sobre el mando de dirección

Categoría de vehículos

INTACTO

CON UN FALLO

 

Esfuerzo máximo

(daN)

Tiempo (s)

Radio de giro

(m)

Esfuerzo máximo

(daN)

Tiempo (s)

Radio de giro

(m)

M1

15

4

12

30

4

20

M2

15

4

12

30

4

20

M3

20

4

12 (*2)

45 (*1)

6

20

N1

20

4

12

30

4

20

N2

25

4

12

40

4

20

N3

20

4

12 (*2)

45 (*1)

6

20

6.3.   Disposiciones relativas a los remolques

6.3.1.   El remolque deberá circular sin desviarse excesivamente y sin que su mecanismo de dirección vibre de forma anormal cuando el vehículo tractor circule en línea recta sobre una carretera plana y horizontal a una velocidad de 80 km/h, o a la velocidad máxima técnicamente admisible indicada por el fabricante del remolque si fuese inferior a 80 km/h.

6.3.2.   Con el vehículo tractor y el remolque siguiendo una curva constante correspondiente a un círculo de 25 m de radio (véase el punto 2.4.6) a una velocidad constante de 5 km/h, se medirá el círculo descrito por el borde trasero exterior del remolque. Esta maniobra se repetirá en las mismas condiciones, pero a una velocidad de 25 km/h ± 1 km/h. Durante estas maniobras, el borde trasero exterior del remolque que se desplaza a una velocidad de 25 km/h ± 1 km/h no deberá salirse en más de 0,7 m del círculo trazado en la maniobra realizada a una velocidad constante de 5 km/h.

6.3.3.   Ningún punto del remolque deberá rebasar en más de 0,5 m la tangente de un círculo de 25 m de radio, cuando el vehículo tractor abandone la trayectoria circular especificada en el punto 6.3.2 siguiendo la tangente a una velocidad de 25 km/h. Este requisito deberá respetarse desde el punto en el que la tangente entra en contacto con el círculo hasta un punto situado a 40 m siguiendo la tangente. A partir de este punto, el remolque deberá cumplir las condiciones enunciadas en el punto 6.3.1.

6.3.4.   Se medirá el área anular cubierta por la combinación del vehículo tractor y el remolque con el sistema de dirección intacto, circulando a 5 km/h como máximo en un círculo de radio constante, con el borde exterior delantero del vehículo tractor describiendo un radio de 0,67 m multiplicado por la longitud de la combinación de los vehículos, pero en ningún caso inferior a 12,5 m.

6.3.4.1.   En el caso de que, con un fallo en el sistema de dirección, la anchura anular cubierta sea > 8,3 m, el resultado no deberá suponer un incremento de más del 15 % respecto al valor correspondiente medido con el sistema de dirección intacto. No habrá ningún incremento del radio exterior de la anchura anular cubierta.

6.3.5.   Los ensayos descritos en los puntos 6.3.2, 6.3.3 y 6.3.4 se llevarán a cabo tanto en el sentido de las agujas del reloj como en el sentido contrario.

7.   CONFORMIDAD DE LA PRODUCCIÓN

Los procedimientos de conformidad de la producción se ajustarán a los establecidos en el anexo 1 del Acuerdo de 1958 (E/ECE/324-E/ECE/TRANS/505/Rev.3) y cumplirán los requisitos que se exponen a continuación.

7.1.   El titular de la homologación deberá garantizar que los resultados de los ensayos de conformidad de la producción se registren y que los documentos anexados estén disponibles durante un período de tiempo determinado de común acuerdo con la autoridad de homologación de tipo o el servicio técnico. Dicho período no será superior a diez años a partir del momento en que se produzca el cese definitivo de la producción.

7.2.   La autoridad de homologación de tipo que haya concedido la homologación de tipo o su servicio técnico podrán verificar en cualquier momento los métodos de control de la conformidad aplicados en cada instalación de producción. Estas verificaciones se realizarán normalmente cada dos años.

8.   SANCIONES POR LA FALTA DE CONFORMIDAD DE LA PRODUCCIÓN

8.1.   La homologación concedida con respecto a un tipo de vehículo con arreglo al presente Reglamento podrá retirarse si no se cumple el requisito establecido en el punto 7.1, o si los vehículos de la muestra no cumplen los requisitos del apartado 6 del presente Reglamento.

8.2.   Si una Parte Contratante del Acuerdo que aplique el presente Reglamento retira una homologación que había concedido anteriormente, deberá informar de ello inmediatamente a las demás Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento mediante un formulario de comunicación conforme al modelo del anexo 1 del presente Reglamento.

9.   MODIFICACIÓN Y EXTENSIÓN DE LA HOMOLOGACIÓN DEL TIPO DE VEHÍCULO

9.1.   Toda modificación del tipo de vehículo deberá notificarse a la autoridad de homologación de tipo que concedió la homologación. Dicha autoridad podrá entonces:

9.1.1.   considerar que las modificaciones probablemente no tendrán consecuencias negativas apreciables y que, en cualquier caso, el vehículo sigue cumpliendo los requisitos; o

9.1.2.   exigir un nuevo informe de ensayo al servicio técnico responsable de la realización de los ensayos.

9.2.   La confirmación, la extensión o la denegación de la homologación, con indicación de las modificaciones, se comunicará a las Partes del Acuerdo que apliquen el presente Reglamento mediante el procedimiento especificado en el punto 4.3.

9.3.   La autoridad de homologación de tipo que expida la extensión de la homologación asignará un número de serie a dicha extensión e informará de ello a las demás Partes del Acuerdo de 1958 que apliquen el presente Reglamento por medio de un formulario de comunicación conforme al modelo que figura en el anexo 1 del presente Reglamento.

10.   CESE DEFINITIVO DE LA PRODUCCIÓN

Si el titular de la homologación deja por completo de fabricar un tipo de vehículo homologado de acuerdo con el presente Reglamento, informará de ello a la autoridad de homologación de tipo que haya concedido la homologación. Tras la recepción de la correspondiente comunicación, dicha autoridad de homologación de tipo informará a las demás Partes del Acuerdo de 1958 que apliquen el presente Reglamento mediante un formulario de comunicación conforme al modelo del anexo 1 del presente Reglamento.

11.   NOMBRES Y DIRECCIONES DE LOS SERVICIOS TÉCNICOS RESPONSABLES DE REALIZAR LOS ENSAYOS DE HOMOLOGACIÓN Y DE LAS AUTORIDADES DE HOMOLOGACIÓN DE TIPO

Las Partes del Acuerdo de 1958 que apliquen el presente Reglamento comunicarán a la Secretaría de las Naciones Unidas los nombres y las direcciones de los servicios técnicos responsables de la realización de los ensayos de homologación y de las autoridades de homologación de tipo que conceden la homologación y a las que deberán enviarse los certificados de homologación, o de extensión, denegación o retirada de la homologación, expedidos en otros países.

12.   DISPOSICIONES TRANSITORIAS

12.1.   Disposiciones transitorias aplicables a la serie 02 de enmiendas

12.1.1.

Salvo que se especifique lo contrario más adelante, a partir de la fecha oficial de entrada en vigor de la serie 02 de enmiendas, ninguna Parte Contratante que aplique el presente Reglamento de las Naciones Unidas denegará la concesión de homologaciones de tipo de las Naciones Unidas con arreglo al presente Reglamento modificado por la serie 02 de enmiendas, ni se negará a aceptar dichas homologaciones de tipo.

12.1.2.

A partir del 1 de abril de 2018, las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento de las Naciones Unidas no estarán obligadas a aceptar homologaciones de tipo de las Naciones Unidas expedidas por primera vez después del 1 de abril de 2018 con arreglo a ninguna serie de enmiendas anterior.

12.1.3.

Hasta el 1 de abril de 2021, las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento de las Naciones Unidas seguirán aceptando las homologaciones de tipo de las Naciones Unidas expedidas por primera vez antes del 1 de abril de 2018 con arreglo a la serie anterior (01) de enmiendas del presente Reglamento.

12.1.4.

A partir del 1 de abril de 2021, las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento de las Naciones Unidas no estarán obligadas a aceptar homologaciones de tipo de las Naciones Unidas expedidas con arreglo a la serie anterior de enmiendas del presente Reglamento.

12.1.5.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 12.1.4, las homologaciones de tipo de las Naciones Unidas expedidas con arreglo a series anteriores de enmiendas del Reglamento de las Naciones Unidas que no estén afectadas por la serie 02 de enmiendas seguirán siendo válidas, y las Partes Contratantes que apliquen el Reglamento de las Naciones Unidas seguirán aceptándolas.

12.1.6.

Hasta el 1 de abril de 2020, podrán concederse homologaciones de tipo con arreglo a la serie 02 de enmiendas del presente Reglamento de las Naciones Unidas a nuevos tipos de vehículos que no cumplan el requisito del color rojo de la señal de aviso de que el conductor no tiene las manos sobre el mando de dirección, tal como se exige en el punto 5.6.2.2.5, y que tengan elementos de visualización de informaciones múltiples instalados en el cuadro de instrumentos que no puedan emitir señales de aviso de color rojo o solo utilicen testigos independientes.

12.2.   Disposiciones transitorias aplicables a la serie 03 de enmiendas

12.2.1.

A partir de la fecha oficial de entrada en vigor de la serie 03 de enmiendas, ninguna Parte Contratante que aplique el presente Reglamento de las Naciones Unidas denegará la concesión de homologaciones de tipo de las Naciones Unidas con arreglo a dicho Reglamento modificado por la serie 03 de enmiendas, ni se negará a aceptar dichas homologaciones de tipo.

12.2.2.

A partir del 1 de septiembre de 2019, las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento de las Naciones Unidas no estarán obligadas a aceptar homologaciones de tipo de las Naciones Unidas expedidas por primera vez después del 1 de septiembre de 2019 con arreglo a la serie anterior (02) de enmiendas.

12.2.3.

A partir del 1 de septiembre de 2021, las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento de las Naciones Unidas seguirán aceptando las homologaciones de tipo de las Naciones Unidas expedidas por primera vez antes del 1 de septiembre de 2019 con arreglo a la serie anterior (02) de enmiendas de dicho Reglamento.

12.2.4.

A partir del 1 de septiembre de 2021, las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento de las Naciones Unidas no estarán obligadas a aceptar homologaciones de tipo expedidas con arreglo a la serie anterior de enmiendas de dicho Reglamento.

12.2.5.

No obstante lo dispuesto en el punto 12.2.4, las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento de las Naciones Unidas seguirán aceptando las homologaciones de tipo de las Naciones Unidas expedidas con arreglo a una serie anterior de enmiendas de dicho Reglamento en el caso de vehículos a los que no afecten las disposiciones introducidas por la serie 03 de enmiendas.

12.3.   Disposiciones generales transitorias

12.3.1.

Las Partes Contratantes que apliquen el presente Reglamento de las Naciones Unidas no se negarán a expedir homologaciones de tipo de las Naciones Unidas, o extensiones de estas, con arreglo a cualquier serie anterior de enmiendas de dicho Reglamento.


(1)  Con arreglo a la definición que figura en la Resolución consolidada sobre la construcción de vehículos (R.E.3), documento ECE/TRANS/WP.29/78/Rev.6, apartado 2 (www.unece.org/trans/main/wp29/wp29wgs/wp29gen/wp29resolutions.html).

(2)  Este vehículo puede circular en el mismo sentido o en sentido opuesto al del vehículo con la FDE.

(3)  Los números distintivos de las Partes Contratantes del Acuerdo de 1958 se reproducen en el anexo 3 de la Resolución consolidada sobre la construcción de vehículos (R.E.3), documento ECE/TRANS/WP.29/78/Rev. 6, anexo 3, www.unece.org/trans/main/wp29/wp29wgs/wp29gen/wp29resolutions.html

(4)  Mientras no se hayan acordado procedimientos de ensayo uniformes, el fabricante proporcionará al servicio técnico documentación y pruebas que demuestren el cumplimiento de la presente disposición. El servicio técnico y el fabricante del vehículo debatirán y acordarán dicha información.

(5)  Mientras no se hayan acordado procedimientos de ensayo uniformes, el fabricante proporcionará al servicio técnico documentación y pruebas que demuestren el cumplimiento de estas disposiciones. El servicio técnico y el fabricante del vehículo debatirán y acordarán dicha información.

(6)  Este punto será revisado una vez que el Grupo de estudio sobre ciberseguridad y cuestiones de transmisión inalámbrica (TF CS/OTA), responsable ante el Grupo de trabajo informal sobre sistemas de transporte inteligentes/conducción autónoma del Foro Mundial para la Armonización de los Reglamentos sobre Vehículos (WP.29), haya concluido sus trabajos sobre las medidas para la identificación del software, y, en caso necesario, se modificará en consecuencia.

(*1)  50 para los vehículos rígidos con dos o más ejes directores, excluyendo los mecanismos de autodirección,

(*2)  o giro a tope si no se puede lograr un radio de 12 m


ANEXO 1

Image Texto de la imagen Image Texto de la imagen

ANEXO 2

DISPOSICIÓN DE LAS MARCAS DE HOMOLOGACIÓN

MODELO A

(véase el punto 4.4 del presente Reglamento)

Image

Esta marca de homologación colocada en un vehículo indica que el tipo de vehículo en cuestión ha sido homologado, por lo que respecta a su mecanismo de dirección, en los Países Bajos (E 4) con arreglo al Reglamento n.o 79 de las Naciones Unidas, con el número de homologación 022439. El número de homologación indica que la homologación se concedió de acuerdo con los requisitos del Reglamento n.o 79 de las Naciones Unidas con la serie 02 de enmiendas incorporada.

MODELO B

(véase el punto 4.5 del presente Reglamento)

Image

Esta marca de homologación colocada en un vehículo indica que el tipo de vehículo ha sido homologado en los Países Bajos (E 4) con arreglo a los Reglamentos n.o 79 y n.o 31 (1). Los números de homologación indican que, en las fechas en que se concedieron las homologaciones respectivas, el Reglamento n.o 79 de las Naciones Unidas incluía la serie 02 de enmiendas, y el Reglamento n.o 31 de las Naciones Unidas incluía la serie 02 de enmiendas.


(1)  El segundo número se ofrece únicamente a modo de ejemplo.


ANEXO 3

Eficacia del frenado en los vehículos que utilizan la misma fuente de energía para alimentar el mecanismo de dirección y el dispositivo de frenado

1.   En los ensayos efectuados con arreglo al presente anexo, el vehículo deberá reunir las condiciones que se exponen a continuación.

1.1.

El vehículo estará cargado con la masa máxima técnicamente admisible declarada por su fabricante distribuida entre los ejes. Si se ha previsto que la masa pueda repartirse de varias formas sobre los ejes, la distribución de la masa máxima entre estos se hará de tal forma que la masa sobre cada uno de ellos sea proporcional a la masa máxima admisible correspondiente a cada eje. En el caso de los tractores para semirremolques, la masa podrá reposicionarse aproximadamente a medio camino entre la posición del pivote de enganche resultante de las condiciones de carga mencionadas anteriormente y la línea central del eje o los ejes traseros.

1.2.

Se inflarán los neumáticos a la presión de inflado en frío prescrita para la masa que deban soportar cuando el vehículo esté parado.

1.3.

Antes de iniciar los ensayos, los frenos estarán fríos, lo que significa que la temperatura de la superficie de los discos o los tambores exteriores será inferior a 100 °C.

2.   En caso de fallo de la fuente de energía, la eficacia del freno de servicio deberá alcanzar, en su primera utilización, los valores indicados en el cuadro siguiente:

Cuadro 1

Categoría

V (km/h)

Frenado de servicio (m/s2)

F (daN)

M1

100

6,43

50

M2 y M3

60

5,0

70

N1  (1)  (2)

(i)

80

5,0

70

(ii)

100

6,43

50

N2 y N3

60

5,0

70

3.   Después de cualquier fallo en el mecanismo de dirección o el suministro de energía, deberá poder obtenerse, tras haber accionado ocho veces a fondo el mando del freno de servicio, es decir, a la novena vez, una eficacia equivalente, como mínimo, a la prescrita para el sistema de freno secundario o de emergencia (véase el cuadro a continuación).

Cuando la eficacia secundaria que implique el uso de energía almacenada se obtenga mediante un mando separado, aún deberá poder obtenerse, tras haber accionado ocho veces a fondo el mando del freno de servicio, es decir, a la novena vez, la eficacia residual (véase el cuadro a continuación).

Cuadro 2

Eficacia secundaria y residual

Categoría

V (km/h)

Frenado secundario (m/s2)

Frenado residual (m/s2)

M1

100

2,44

M2 y M3

60

2,5

1,5

N1  (3)  (4)

(i)

70

2,2

1,3

(ii)

100

2,44

N2

50

2,2

1,3

N3

40

2,2

1,3


(1)  El solicitante deberá elegir la fila (i) o (ii) adecuada, y esta elección se someterá a la aprobación del servicio técnico.

(2)  Información: los valores de la fila (i) son acordes con las disposiciones correspondientes del Reglamento n.o 13 de las Naciones Unidas, y los valores de la fila (ii) son acordes con las disposiciones correspondientes del Reglamento n.o 13-H de las Naciones Unidas.

(3)  El solicitante deberá elegir la fila (i) o (ii) adecuada, y esta elección se someterá a la aprobación del servicio técnico.

(4)  Información: los valores de la fila (i) son acordes con las disposiciones correspondientes del Reglamento n.o 13 de las Naciones Unidas, y los valores de la fila (ii) son acordes con las disposiciones correspondientes del Reglamento n.o 13-H de las Naciones Unidas.


ANEXO 4

Disposiciones adicionales aplicables a los vehículos equipados con un mecanismo de dirección auxiliar

1.   DISPOSICIONES GENERALES

Los vehículos equipados con un mecanismo de dirección auxiliar (MDA) cumplirán también las disposiciones del presente anexo, además de los requisitos establecidos en el cuerpo del presente Reglamento.

2.   DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

2.1.   Transmisión

2.1.1.   Transmisiones de dirección mecánicas

Es aplicable el punto 5.3.1.1 del presente Reglamento.

2.1.2.   Transmisiones de dirección hidráulicas

Las transmisiones de dirección hidráulicas deberán estar protegidas contra la superación de la presión máxima de servicio autorizada, T.

2.1.3.   Transmisiones de dirección eléctricas

Las transmisiones de dirección eléctricas deberán estar protegidas contra un exceso de suministro de energía.

2.1.4.   Combinación de transmisiones de dirección

Las combinaciones de transmisiones mecánicas, hidráulicas y eléctricas deberán cumplir los requisitos especificados en los puntos 2.1.1, 2.1.2 y 2.1.3.

2.2.   Requisitos de los ensayos relativos a los fallos

2.2.1.   El mal funcionamiento o el fallo de cualquiera de las piezas del mecanismo de dirección auxiliar (excepto de las que se considera que no son susceptibles de romperse, como se indica en el punto 5.3.1.1 del presente Reglamento) no darán lugar a un cambio súbito y significativo del comportamiento del vehículo y se seguirán cumpliendo los requisitos del apartado 6 del presente Reglamento. Además, deberá ser posible controlar el vehículo sin necesidad de efectuar ninguna corrección anormal de la dirección. Esto se comprobará mediante los ensayos que se exponen a continuación.

2.2.1.1.   Ensayo circular

El vehículo describirá un círculo de ensayo con un radio de «R» m a una velocidad de «v» km/h correspondiente a su categoría y los valores establecidos en el siguiente cuadro:

Categoría del vehículo

R  (3)

v  (1)  (2)

M1 y N1

100

80

M2 y N2

50

50

M3 y N3

50

45

El fallo se provocará cuando se haya alcanzado la velocidad de ensayo especificada. El ensayo incluirá la conducción en el sentido de las agujas del reloj y en el sentido contrario.

2.2.1.2.   Ensayo en condiciones transitorias

2.2.1.2.1.   A la espera de que se acuerden procedimientos de ensayo uniformes, el fabricante del vehículo proporcionará a los servicios técnicos sus procedimientos de ensayo y los resultados correspondientes relativos al comportamiento transitorio del vehículo en caso de fallo.

2.3.   Señales de aviso en caso de fallo

2.3.1.   Excepto en el caso de las piezas del mecanismo auxiliar de dirección que no se consideran susceptibles de rotura, según lo especificado en el punto 5.3.1.1 del presente Reglamento, el conductor deberá ser avisado claramente de los siguientes fallos del mecanismo auxiliar de dirección:

2.3.1.1.   un corte general del mando eléctrico o hidráulico del mecanismo auxiliar de dirección;

2.3.1.2.   un fallo del suministro de energía al mecanismo auxiliar de dirección;

2.3.1.3.   una ruptura del cableado externo del mando eléctrico, en caso de que exista.


(1)  Si a esta velocidad especificada el mecanismo de dirección auxiliar se encuentra en una posición de bloqueo mecánico, se modificará la velocidad de ensayo de tal forma que corresponda a la velocidad máxima a la que el sistema funcione. Por velocidad máxima se entiende la velocidad a la que se bloquea el mecanismo de dirección auxiliar menos 5 km/h.

(2)  Si las características dimensionales del vehículo entrañan un riesgo de vuelco, el fabricante proporcionará al servicio técnico datos de simulación de comportamiento que demuestren una velocidad máxima menos elevada que sea segura para efectuar el ensayo. El servicio técnico elegirá entonces esta velocidad de ensayo.

(3)  Si, debido a la configuración del lugar de ensayo, no pueden respetarse los valores de los radios, los ensayos podrán efectuarse en pistas con otros radios (variación máxima: ± 25 %), siempre que se modifique la velocidad para obtener la aceleración transversal resultante del radio y la velocidad indicados en el cuadro para la categoría específica de vehículo.


ANEXO 5

Disposiciones aplicables a los remolques equipados con una transmisión de dirección hidráulica

1.   DISPOSICIONES GENERALES

Además de los requisitos establecidos en el cuerpo del presente Reglamento, los vehículos equipados con una transmisión de dirección hidráulica deberán cumplir también las disposiciones del presente anexo.

2.   DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

2.1.   Eficacia de los conductos hidráulicos y las conexiones flexibles

2.1.1.   Los conductos hidráulicos de la transmisión hidráulica deberán poder soportar una presión de rotura equivalente, como mínimo, a cuatro veces la presión de servicio normal máxima (T) especificada por el fabricante del vehículo. Las conexiones flexibles cumplirán las normas ISO 1402:1994, 6605:1986 y 7751:1991.

2.2.   Sistemas dependientes del suministro de energía

2.2.1.   En estos sistemas, el suministro de energía estará protegido contra todo exceso de presión mediante una válvula limitadora de la presión que actuará a la presión T.

2.3.   Protección de la transmisión de dirección

2.3.1.   La transmisión de dirección estará protegida contra todo exceso de presión mediante una válvula limitadora de la presión que actuará a una presión comprendida entre 1,1 T y 2,2 T. El valor de la presión de actuación de la válvula limitadora de la presión deberá ser compatible con las características de funcionamiento del sistema de dirección instalado en el vehículo. Este aspecto lo confirmará el fabricante del vehículo en el momento de la homologación de tipo.


ANEXO 6

Requisitos especiales aplicables a los aspectos relativos a la seguridad de los sistemas electrónicos de control

1.   GENERALIDADES

En el presente anexo se definen los requisitos especiales de documentación, estrategia sobre fallos y verificación en relación con los aspectos relativos a la seguridad de los sistemas electrónicos de control del vehículo complejos (véase el punto 2.4 más adelante) en lo que atañe al presente Reglamento.

El presente anexo será aplicable también a las funciones relacionadas con la seguridad identificadas en el presente Reglamento de las Naciones Unidas que se controlen mediante sistemas electrónicos (punto 2.3) en lo que atañe al presente Reglamento.

El presente anexo no especifica los criterios de rendimiento relativos al «sistema», sino que se ocupa de la metodología aplicada al proceso de diseño y de la información que debe revelarse al servicio técnico con fines de homologación de tipo.

Esta información mostrará también que el «sistema» cumple, en condiciones sin fallo y con fallo, todos los requisitos de rendimiento pertinentes especificados en otras partes del presente Reglamento de las Naciones Unidas y que está diseñado para funcionar de forma que no genere riesgos de seguridad críticos.

El solicitante (por ejemplo, el fabricante) podrá aportar pruebas de que un mecanismo de dirección auxiliar (en caso de que exista) ha sido evaluado anteriormente en el marco de una homologación con arreglo a los requisitos del anexo 4 del presente Reglamento de las Naciones Unidas (de conformidad con la versión original de dicho Reglamento y sus series 01 o 02 de enmiendas). En este caso, los requisitos del presente anexo no se aplicarán al mecanismo de dirección auxiliar para los fines de una homologación con arreglo a la serie 03 de enmiendas.

2.   DEFINICIONES

A los efectos del presente anexo, se aplicarán las definiciones siguientes:

2.1.   «El sistema»: un sistema electrónico de control o sistema electrónico de control complejo que constituye la transmisión de control, of forma parte de ella, de una función a la que es aplicable el presente Reglamento de las Naciones Unidas. Se refiere también a cualquier otro sistema que entre dentro del ámbito de aplicación del presente Reglamento de las Naciones Unidas, así como a enlaces de transmisión hacia o desde otros sistemas que no entren dentro del ámbito de aplicación del presente Reglamento de las Naciones Unidas, y que actúe sobre una función a la que sea aplicable dicho Reglamento.

2.2.   «Concepto de seguridad»: una descripción de las medidas integradas en el sistema, por ejemplo en las unidades electrónicas, para velar por la integridad del sistema, garantizando su funcionamiento seguro en condiciones de fallo y de ausencia de fallo, aun en caso de fallo eléctrico. La posibilidad de recurrir a un funcionamiento parcial o incluso a un sistema de reserva para mantener las funciones esenciales del vehículo puede formar parte del concepto de seguridad.

2.3.   «Sistema electrónico de control»: una combinación de unidades diseñadas para producir conjuntamente la función de control del vehículo declarada por medio del procesamiento de datos electrónicos. Estos sistemas, controlados a menudo mediante software, se construyen a partir de componentes funcionales diferenciados, como sensores, unidades electrónicas de control y actuadores, y se conectan mediante enlaces de transmisión. Pueden incluir elementos mecánicos, electroneumáticos o electrohidráulicos.

2.4.   «Sistema electrónico de control del vehículo complejo»: sistema electrónico de control en el que una función controlada por un sistema electrónico o por el conductor puede ser anulada por un sistema/función electrónico de control de un nivel superior. Una función anulada pasa a formar parte del sistema complejo, al igual que todo sistema/función prevaleciente que entre dentro del ámbito de aplicación del presente Reglamento de las Naciones Unidas. Se incluirán también los enlaces de transmisión hacia y desde sistemas/funciones prevalecientes que no entren dentro del ámbito de aplicación del presente Reglamento de las Naciones Unidas.

2.5.   Sistema/función «electrónico de control de un nivel superior»: aquel que emplea dispositivos adicionales de procesamiento y/o detección para modificar el comportamiento del vehículo ordenando variaciones de la función o las funciones del sistema de control del vehículo. Esto permite que los sistemas complejos cambien automáticamente sus objetivos en función de una escala de prioridades que depende de las circunstancias detectadas.

2.6.   «Unidades»: las divisiones más pequeñas de los componentes del sistema que se considerarán en el presente anexo, ya que estas combinaciones de componentes se tratarán como entidades únicas con fines de identificación, análisis o sustitución.

2.7.   «Enlaces de transmisión»: medios utilizados para interconectar las unidades distribuidas, con el fin de transmitir señales, datos relativos al funcionamiento o un suministro de energía. Este equipo es, por lo general, eléctrico, pero puede ser en parte mecánico, neumático o hidráulico.

2.8.   «Ámbito de control»: variable de salida que define el ámbito en el cual el sistema puede ejercer su control.

2.9.   «Límites de funcionamiento efectivo»: los límites físicos externos dentro de los cuales el sistema puede mantener el control.

2.10.   «Función relacionada con la seguridad»: función del «sistema» que es capaz de cambiar el comportamiento dinámico del vehículo. El «sistema» puede ser capaz de desempeñar más de una función relacionada con la seguridad.

3.   DOCUMENTACIÓN

3.1.   Requisitos

El fabricante deberá presentar documentación que muestre el diseño básico del «sistema» y los medios por los que se conecta con otros sistemas del vehículo o mediante los cuales controla directamente las variables de salida. Deberán explicarse las funciones del «sistema» y el concepto de seguridad, según estén establecidos por el fabricante. La documentación deberá ser breve, pero aportará pruebas de que en el diseño y el desarrollo se han aprovechado los conocimientos especializados de todos los ámbitos relacionados con el «sistema». De cara a las inspecciones técnicas periódicas, la documentación deberá describir el modo de comprobar el estado de funcionamiento actual del «sistema».

El servicio verificará que la documentación demuestra que el «sistema»:

a)

está diseñado para funcionar, en condiciones de fallo y sin fallo, de tal manera que no genere riesgos de seguridad críticos;

b)

cumple, en condiciones de fallo y sin fallo, todos los requisitos de rendimiento pertinentes especificados en otras partes del presente Reglamento de las Naciones Unidas; y

c)

se desarrolló según el proceso/método de desarrollo declarado por el fabricante.

3.1.1.   La documentación deberá estar disponible en dos partes:

a)

La documentación oficial para la homologación, que incluirá el material enumerado en el punto 3 (a excepción del mencionado en el punto 3.4.4) y se facilitará al servicio técnico cuando se presente la solicitud de homologación de tipo. El servicio técnico utilizará esta documentación como referencia de base para el proceso de verificación establecido en el punto 4 del presente anexo. El servicio técnico se asegurará de que esta documentación esté disponible durante un período establecido de acuerdo con la autoridad de homologación. Dicho período durará, como mínimo, diez años a partir del cese definitivo de la producción del vehículo.

b)

El material adicional y los datos de análisis del punto 3.4.4, que conservará el fabricante pero que se presentarán para su inspección en el momento de la homologación de tipo. El fabricante se asegurará de que este material y los datos de análisis estén disponibles durante un período de diez años a partir del cese definitivo de la producción del vehículo.

3.2.   Descripción de las funciones del «sistema»

Deberá facilitarse una descripción que ofrezca una explicación simple de todas las funciones de control del «sistema» y de los métodos empleados para alcanzar los objetivos, indicando los mecanismos mediante los cuales se ejerce el control.

Se identificará toda función descrita que pueda ser anulada y se hará una descripción más detallada del cambio de criterio del funcionamiento de la función.

3.2.1.   Deberá proporcionarse una lista de todas las variables de entrada y detectadas, e indicarse su intervalo de funcionamiento.

3.2.2.   Deberá facilitarse una lista de todas las variables de salida que estén controladas por el «sistema» e indicarse, en cada caso, si dicho control es directo o se ejerce a través de otro sistema del vehículo. Deberá definirse el intervalo de control (punto 2.7) ejercido sobre cada una de estas variables.

3.2.3.   Cuando sea pertinente desde el punto de vista del rendimiento del sistema, deberán indicarse los límites de funcionamiento efectivo (punto 2.8).

3.3.   Configuración y esquema del sistema

3.3.1.   Inventario de componentes

Deberá facilitarse una lista en la que se enumeren todas las unidades del «sistema» y se indique qué otros sistemas del vehículo son necesarios para lograr la función de control de que se trate.

Deberá proporcionarse un esquema que muestre la combinación de estas unidades e ilustre claramente la distribución de los equipos y las interconexiones.

3.3.2.   Funciones de las unidades

Se indicará la función de cada unidad del «sistema» y se mostrarán las señales que las vinculen a otras unidades u otros sistemas del vehículo. Esta información podrá suministrarse mediante un diagrama de bloques con etiquetas u otro tipo de esquema, o mediante una descripción acompañada de un diagrama de este tipo.

3.3.3.   Interconexiones

Las interconexiones dentro del «sistema» se mostrarán mediante un diagrama de circuitos para los enlaces de transmisión eléctricos, mediante un diagrama de conductos para el mecanismo de transmisión neumático o hidráulico, y mediante un diagrama simplificado para los enlaces mecánicos. Se mostrarán también los enlaces de transmisión hacia y desde otros sistemas.

3.3.4.   Flujo de señales, datos de funcionamiento y prioridades

Deberá haber una correspondencia clara entre estos enlaces de transmisión y las señales y/o los datos de funcionamiento transmitidos entre las unidades. Deberán declararse las prioridades de las señales y/o los datos de funcionamiento en los canales de datos multiplexados, siempre que la prioridad pueda afectar al rendimiento o la seguridad por lo que respecta al presente Reglamento de las Naciones Unidas.

3.3.5.   Identificación de las unidades

Cada unidad deberá estar identificada de manera clara e inequívoca (por ejemplo, mediante el marcado del hardware y el marcado o una salida de software para el software) para poder asociar el hardware a la documentación correspondiente.

Cuando varias funciones se combinen en una única unidad o, de hecho, en un único ordenador, pero en el correspondiente diagrama se muestren en múltiples bloques para mayor claridad y para facilitar su explicación, deberá utilizarse solamente una marca de identificación del hardware. Al utilizar esta identificación, el fabricante estará afirmando que el equipo suministrado es conforme con el documento correspondiente.

3.3.5.1.   La identificación define la versión de hardware y software y, en el caso de que esta última cambie de modo que altere la función de la unidad por lo que respecta al presente Reglamento, deberá cambiarse también la identificación.

3.4.   Concepto de seguridad del fabricante

3.4.1.   El fabricante presentará una declaración en la que afirme que la estrategia elegida para lograr los objetivos del «sistema» no afectará, en ausencia de fallos, al funcionamiento seguro del vehículo.

3.4.2.   Por lo que respecta al software empleado en el «sistema», se explicará su arquitectura básica y se indicarán los métodos y las herramientas de diseño utilizados. El fabricante presentará pruebas de los medios utilizados para determinar la realización de la lógica del sistema durante el proceso de diseño y de desarrollo.

3.4.3.   El fabricante proporcionará al servicio técnico una explicación de las disposiciones de diseño integradas en el «sistema» para garantizar su funcionamiento seguro en condiciones de fallo. Tales disposiciones de diseño en caso de fallo del «sistema» pueden consistir en:

a)

recurrir al funcionamiento con un sistema parcial;

b)

pasar a un sistema de reserva aparte;

c)

suprimir la función de alto nivel.

En caso de fallo deberá advertirse al conductor, por ejemplo mediante una señal de aviso o la aparición de un mensaje. Cuando el conductor no desactive el sistema, por ejemplo girando el interruptor de arranque (marcha) a la posición de «apagado» o desactivando esa función en particular, en el caso de que exista un interruptor especial para ello, la señal de aviso se mantendrá mientras persista la condición de fallo.

3.4.3.1.   Si la medida elegida selecciona un modo de funcionamiento de rendimiento parcial en determinadas condiciones de fallo, deberán especificarse dichas condiciones y definirse los límites de eficacia resultantes.

3.4.3.2.   Si la medida elegida selecciona un medio secundario (de reserva) para lograr el objetivo del sistema de control del vehículo, se explicarán los principios del mecanismo que permite cambiar a dicho medio, la lógica y el nivel de redundancia, así como todas las características de comprobación de reserva incorporadas, y se definirán los límites de la eficacia de reserva resultantes.

3.4.3.3.   Si la medida elegida selecciona la supresión de la función de nivel superior, deberán inhibirse todas las señales de control de salida asociadas a dicha función, de tal manera que se limiten las perturbaciones de transición.

3.4.4.   La documentación deberá ir acompañada de un análisis que muestre, en términos generales, cómo se comportará el sistema en caso de que se produzca cualquiera de los peligros o fallos que repercuten en el rendimiento o la seguridad del control del vehículo.

El fabricante establecerá y mantendrá los enfoques analíticos elegidos y los pondrá a disposición del servicio técnico para su inspección en el momento de la homologación de tipo.

El servicio técnico llevará a cabo una evaluación de la aplicación de los enfoques analíticos. La evaluación incluirá:

a)

una inspección del enfoque de seguridad a nivel de concepto (vehículo) con la confirmación de que comprende un análisis de las interacciones con otros sistemas del vehículo; este enfoque se basará en un análisis de peligros/riesgos adecuado para la seguridad del sistema;

b)

una inspección del enfoque de seguridad a nivel de sistema; este enfoque se basará en un análisis modal de fallos y efectos (AMFE), un análisis en forma de árbol de fallos o cualquier otro procedimiento similar que resulte adecuado para las consideraciones relativas a la seguridad del sistema;

c)

una inspección de los planes de validación y los resultados. En esta validación se utilizarán, por ejemplo, ensayos del sistema físico en la realimentación (Hardware in the Loop), ensayos de funcionamiento en carretera del vehículo o cualquier otro medio apropiado para la validación.

La evaluación consistirá en controles de peligros y fallos elegidos por el servicio técnico para asegurarse de que la explicación del concepto de seguridad por parte del fabricante resulte comprensible y lógica y que los planes de validación sean adecuados y se hayan completado.

El servicio técnico podrá efectuar o pedir que se efectúen ensayos, según las especificaciones del punto 4, para verificar el concepto de seguridad.

3.4.4.1.   Esta documentación enumerará los parámetros objeto de seguimiento e indicará, para cada condición de fallo del tipo definido en el punto 3.4.4 del presente anexo, la señal de aviso que deberá recibir el conductor o el personal encargado del mantenimiento o la inspección técnica.

3.4.4.2.   En esta documentación se describirán las medidas adoptadas para garantizar que el «sistema» no perjudique al funcionamiento seguro del vehículo si el rendimiento de dicho «sistema» resulta afectado por las condiciones ambientales, tales como la situación climática, la temperatura, la exposición al polvo, la exposición al agua o la acumulación de hielo.

4.   VERIFICACIÓN Y ENSAYO

4.1.   El funcionamiento del «sistema», expuesto en los documentos exigidos en el punto 3, deberá someterse a ensayo como se expone a continuación.

4.1.1.   Verificación del funcionamiento del «sistema»

El servicio técnico verificará el «sistema» en condiciones de ausencia de fallos poniendo a prueba una serie de funciones seleccionadas entre las declaradas por el fabricante en el punto 3.2.

En el caso de sistemas electrónicos complejos, estos ensayos incluirán situaciones en las que se anula una función declarada.

4.1.2.   Verificación del concepto de seguridad del punto 3.4

Se comprobará la reacción del «sistema» bajo la influencia de un fallo en cualquiera de las unidades aplicando las señales de salida correspondientes a unidades eléctricas o elementos mecánicos, con el fin de simular los efectos de fallos ocurridos en el interior de la unidad. El servicio técnico llevará a cabo dicha comprobación respecto a, como mínimo, una unidad, pero no comprobará la reacción del «sistema» ante múltiples fallos simultáneos de distintas unidades.

El servicio técnico verificará que estos ensayos incluyan aspectos que puedan incidir en la controlabilidad del vehículo y la información del usuario (aspectos de la interfaz persona-máquina).

4.1.2.1.   Los resultados de la verificación deberán corresponderse con el resumen documentado del análisis de fallos, hasta un nivel de efecto global que confirme que el concepto de seguridad y la ejecución son adecuados.

5.   NOTIFICACIÓN POR PARTE DEL SERVICIO TÉCNICO

La notificación de la evaluación por parte del servicio técnico se realizará de tal manera que permita su trazabilidad, por ejemplo mediante la codificación y enumeración en los registros del servicio técnico de las versiones de los documentos inspeccionados.

El apéndice 1 del presente anexo recoge un ejemplo de modelo de formulario de evaluación remitido por el servicio técnico a la autoridad de homologación de tipo.

APÉNDICE 1

Modelo de formulario de evaluación de sistemas electrónicos

INFORME DE ENSAYO N.o

1.   IDENTIFICACIÓN

1.1.   Marca del vehículo: …

1.2.   Tipo: …

1.3.   Medio de identificación del tipo de vehículo, si está marcado en él: …

1.3.1.   Ubicación de esa marca: …

1.4.   Nombre y dirección del fabricante: …

1.5.   En su caso, nombre y dirección del representante del fabricante: …

1.6.   Documentación oficial del fabricante:

 

N.o de referencia de la documentación: …

 

Fecha de expedición original: …

 

Fecha de la última actualización: …

2.   DESCRIPCIÓN DE LOS VEHÍCULOS/SISTEMAS DE ENSAYO

2.1.   Descripción general: …

2.2.   Descripción de todas las funciones de control del «sistema» y los métodos de funcionamiento: …

2.3.   Descripción de los componentes y diagramas de las interconexiones dentro del «sistema»: …

3.   CONCEPTO DE SEGURIDAD DEL FABRICANTE

3.1.   Descripción del flujo de señales y los datos relativos al funcionamiento y sus prioridades: …

3.2.   Declaración del fabricante

El/Los fabricante(s) … afirma(n) que la estrategia elegida para lograr los objetivos del «sistema» no perjudicará, en ausencia de fallos, al funcionamiento seguro del vehículo.

3.3.   Arquitectura básica del software y métodos y herramientas de diseño utilizados: …

3.4.   Explicación de las disposiciones de diseño integradas en el «sistema» en condiciones de fallo: …

3.5.   Análisis documentado del comportamiento del «sistema» en las distintas condiciones de peligro o fallo: …

3.6.   Descripción de las medidas existentes respecto a las condiciones ambientales: …

3.7.   Disposiciones relativas a la inspección técnica periódica del «sistema»: …

3.8.   Resultados del ensayo de verificación del «sistema», de acuerdo con el punto 4.1.1 del anexo 6 del Reglamento n.o 79 de las Naciones Unidas: …

3.9.   Resultados del ensayo de verificación del concepto de seguridad, de acuerdo con el punto 4.1.2 del anexo 6 del Reglamento n.o 79 de las Naciones Unidas: …

3.10.   Fecha del ensayo: …

3.11.   Este ensayo se ha llevado a cabo y sus resultados se han consignado de conformidad con … del Reglamento n.o 79 de las Naciones Unidas, modificado en último lugar por la serie … de enmiendas.

Servicio técnico (1) que ha realizado el ensayo

Firmado: …

Fecha: …

3.12.   Autoridad de homologación de tipo (1)

Firmado: …

Fecha: …

3.13.   Observaciones


(1)  Deben firmar personas diferentes, aun cuando el servicio técnico y la autoridad de homologación de tipo sean la misma entidad, o aunque con el informe se expida una autorización aparte emitida por la autoridad de homologación de tipo.


ANEXO 7

Disposiciones especiales para la alimentación de sistemas de dirección de remolques a partir del vehículo tractor

1.   GENERALIDADES

Los requisitos del presente anexo se aplicarán a los vehículos tractores y a los remolques si se suministra energía eléctrica a partir del vehículo tractor para facilitar el funcionamiento del sistema de dirección instalado en el remolque.

2.   REQUISITOS PARA VEHÍCULOS TRACTORES

2.1.   Suministro de energía

2.1.1.   El fabricante del vehículo definirá la capacidad de la fuente de energía que permita suministrar la corriente definida en el punto 2.3 al remolque durante el funcionamiento normal del vehículo.

2.1.2.   El manual del conductor incluirá información sobre la energía eléctrica disponible para el sistema de dirección del remolque y precisará que no debe conectarse la interfaz eléctrica cuando la necesidad de corriente marcada en el remolque sea superior a la que pueda suministrar el vehículo tractor.

2.1.3.   La electricidad suministrada por el conector al que se hace referencia en el punto 2.5 se utilizará para alimentar el sistema de dirección del remolque. No obstante, las disposiciones del punto 3.3 serán aplicables en todos los casos.

2.2.   La tensión nominal de funcionamiento es de 24 V.

2.3.   El fabricante del vehículo tractor determinará el suministro máximo de corriente disponible en el conector al que se hace referencia en el punto 2.5.2.

2.4.   Protección del sistema eléctrico

2.4.1.   El sistema eléctrico del vehículo tractor estará protegido contra una sobrecarga o un cortocircuito en el suministro al sistema de dirección del remolque.

2.5.   Cableado y conectores

2.5.1.   Los conductores de los cables utilizados para el suministro de energía eléctrica del remolque deberán presentar una sección transversal compatible con la corriente continua definida en el punto 2.3.

2.5.2.   Hasta que se defina una norma uniforme, el conector utilizado en la conexión al remolque deberá satisfacer los requisitos siguientes:

a)

las patillas tendrán una capacidad de transporte de corriente compatible con la corriente continua máxima definida en el punto 2.3;

b)

hasta que se hayan acordado normas uniformes, la protección ambiental acordada del conector será apropiada para la aplicación y se incluirá en la evaluación del anexo 6; y

c)

el conector no será intercambiable con un conector eléctrico existente que ya se utilice en el vehículo tractor (ISO 7638, ISO 12098, etc.).

2.6.   Marcado

2.6.1.   El vehículo tractor llevará marcas que indiquen la corriente máxima disponible para el remolque, según la definición del punto 2.3.

Las marcas serán indelebles y se colocarán de forma que sean visibles en el momento de la conexión de la interfaz eléctrica a la que se hace referencia en el punto 2.5.2.

3.   REQUISITOS PARA LOS REMOLQUES

3.1.   El fabricante del vehículo definirá el requisito de corriente máxima del sistema de dirección del remolque.

3.2.   La tensión nominal de funcionamiento es de 24 V.

3.3.   La energía eléctrica disponible a partir del vehículo tractor se utilizará únicamente de la manera siguiente:

a)

para alimentar exclusivamente el sistema de dirección del remolque;

o

b)

para alimentar el sistema de dirección y los sistemas auxiliares del remolque, a condición de que el sistema de dirección tenga prioridad y esté protegido contra una sobrecarga externa al sistema de dirección. Esta protección constituirá una función del sistema de dirección del remolque.

3.4.   Cableado y conectores

3.4.1.   Los conductores de los cables utilizados para suministrar energía eléctrica al sistema de dirección del remolque tendrán una sección transversal compatible con las necesidades de energía de dicho sistema.

3.4.2.   Hasta que se defina una norma uniforme, el conector utilizado en la conexión al remolque deberá satisfacer los requisitos siguientes:

a)

las patillas tendrán una capacidad de transporte de corriente compatible con la corriente máxima definida por el fabricante en el punto 3.1;

b)

hasta que se hayan acordado normas uniformes, la protección ambiental acordada del conector será apropiada para la aplicación y se incluirá en la evaluación del anexo 6;

c)

el conector no será intercambiable con un conector eléctrico existente que ya se utilice en el vehículo tractor (ISO 7638, ISO 12098, etc.).

3.5.   Aviso de fallo

El conductor deberá visualizar directamente los fallos que se produzcan en la transmisión de control eléctrica del sistema de dirección.

3.6.   Demostración del funcionamiento del sistema de dirección

3.6.1.   En el momento de la homologación de tipo, el fabricante del remolque demostrará al servicio técnico la funcionalidad del sistema de dirección mediante el cumplimiento de los requisitos de rendimiento pertinentes especificados en el Reglamento.

3.6.2.   Condiciones de fallo

3.6.2.1.   En condiciones estables

En el caso de que el remolque esté acoplado a un vehículo tractor que no dispone de alimentación eléctrica para el sistema de dirección del remolque, se produce un corte en el suministro eléctrico del sistema de dirección del remolque o se produce un fallo en la transmisión de control eléctrica del remolque, deberá demostrarse que el remolque cumple todos los requisitos pertinentes del punto 6.3 del Reglamento respecto al sistema intacto.

3.6.2.2.   En condiciones transitorias

Se evaluará el comportamiento transitorio del vehículo en caso de fallo en la transmisión de control eléctrica del sistema de dirección con el fin de garantizar el mantenimiento de la estabilidad del vehículo durante la transición tras el fallo, para lo cual se aplicarán los procedimientos siguientes:

a)

el procedimiento de ensayo y los requisitos definidos en el punto 6.3.1 del Reglamento (1);

b)

el procedimiento de ensayo y los requisitos definidos en el punto 6.3.3 del Reglamento (1).

3.6.3.   Si el remolque con sistema de dirección utiliza una transmisión hidráulica para accionar la dirección, serán aplicables los requisitos del anexo 5.

3.7.   Marcado

3.7.1.   Los remolques equipados con un conector para el suministro de energía eléctrica al sistema de dirección del remolque deberán estar marcados con la información siguiente:

a)

el requisito de corriente máxima para el sistema de dirección del remolque, tal como se define en el punto 3.1;

b)

la funcionalidad del sistema de dirección del remolque, incluido el impacto en la maniobrabilidad cuando el conector está conectado y cuando está desconectado.

El marcado será indeleble y se colocará de forma que sea visible en el momento de la conexión a la interfaz eléctrica a la que se hace referencia en el punto 3.3.2.


(1)  El servicio técnico podrá aceptar los resultados de los ensayos facilitados por el fabricante del remolque para demostrar el cumplimiento de los ensayos transitorios.


ANEXO 8

Requisitos de ensayo de las funciones de dirección correctoras y de accionamiento automático

1.   DISPOSICIONES GENERALES

Los vehículos equipados con la FCD y/o la FDAA deberán cumplir los requisitos de ensayo apropiados del presente anexo.

2.   CONDICIONES DE ENSAYO

El ensayo se llevará a cabo en una superficie de asfalto o cemento llana y seca que ofrezca una buena adherencia. La temperatura ambiente estará comprendida entre 0 °C y 45 °C.

2.1.   Marcas del carril

Las marcas del carril en la carretera utilizada para los ensayos serán conformes con las descritas en el anexo 3 del Reglamento n.o 130 de las Naciones Unidas. Las marcas deberán estar en buen estado y ser de un material conforme a la norma sobre las marcas visibles de los carriles. La disposición de las marcas utilizada para los ensayos se indicará en el informe de ensayo.

Para los fines de los ensayos del presente anexo, el carril tendrá una anchura mínima de 3,5 m.

Los ensayos se realizarán en condiciones de visibilidad que permitan una conducción segura a la velocidad de ensayo requerida.

El fabricante del vehículo deberá demostrar documentalmente la conformidad con las demás marcas del carril determinadas en el anexo 3 del Reglamento n.o 130 de las Naciones Unidas. La documentación al efecto deberá adjuntarse al informe de ensayo.

2.2.   Tolerancias

Todas las velocidades del vehículo especificadas para los ensayos descritos en el presente anexo deberán cumplirse con un margen de tolerancia de ± 2 km/h.

2.3.   Condiciones del vehículo

2.3.1.   Masa de ensayo

El vehículo se someterá a ensayo en una situación de carga acordada entre el fabricante y el servicio técnico. Una vez iniciado el procedimiento de ensayo, no se efectuará ninguna modificación de la carga. El fabricante del vehículo deberá demostrar documentalmente que el sistema funciona en todas las situaciones de carga.

2.3.2.   El vehículo se someterá a ensayo con la presión de los neumáticos recomendada por el fabricante del vehículo.

2.4.   Aceleración lateral

La posición que representa el centro de gravedad, en la que se medirá la aceleración lateral, se determinará de común acuerdo entre el fabricante del vehículo y el servicio técnico. Esta posición se precisará en el informe de ensayo.

La aceleración lateral se medirá sin tener en cuenta los efectos adicionales debidos a los movimientos de la carrocería del vehículo (por ejemplo, oscilación de la masa suspendida).

3.   PROCEDIMIENTOS DE ENSAYO

3.1.   Ensayos relativos a la FCD

El siguiente ensayo se aplica a las intervenciones de la FCD definidas en la letra c) de la definición de la FCD del punto 2.3.4.2 del presente Reglamento.

3.1.1.   Ensayo de aviso de la FCD

3.1.1.1.   El vehículo circulará con una FCD activada en una carretera con marcas a ambos lados del carril. En el caso de una FCD cuyas intervenciones se basen exclusivamente en la evaluación de la presencia y la localización de los límites del carril, el vehículo circulará en una carretera delimitada por los límites declarados por el fabricante (por ejemplo, el borde de la carretera).

Las condiciones de ensayo y la velocidad de ensayo del vehículo estarán dentro del intervalo de funcionamiento del sistema.

Durante el ensayo, se registrará la duración de las intervenciones de la FCD y de las señales de aviso ópticas y acústicas.

En el caso del punto 5.1.6.1.2.1 del presente Reglamento, el vehículo circulará de forma que intente abandonar el carril y provoque el mantenimiento de la intervención de la FCD durante un período superior a 10 s (para los vehículos de categoría M1 y N1) o 30 s (para los vehículos de categoría M2, M3, N2 y N3). Si el ensayo no puede realizarse en la práctica debido, por ejemplo, a las limitaciones de las instalaciones de ensayo, con el consentimiento de la autoridad de homologación de tipo, este requisito podrá cumplirse mediante el uso de documentación.

Los requisitos de ensayo se cumplirán si:

el aviso acústico se emite no más de 10 s (para los vehículos de categoría M1 y N1) o 30 s (para los vehículos de categoría M2, M3, N2 y N3) después del inicio de la intervención.

En el caso del punto 5.1.6.1.2.2 del presente Reglamento, el vehículo deberá circular de forma que intente abandonar el carril y provoque al menos tres intervenciones del sistema dentro de un intervalo móvil de 180 s.

Los requisitos de ensayo se cumplirán si:

a)

se emite una señal de aviso óptica por cada intervención, mientras dure la intervención;

b)

se emite una señal de aviso acústica en la segunda y tercera intervención; y

c)

la señal de aviso acústica de la tercera intervención es al menos 10 s más larga que la de la segunda intervención.

3.1.1.2.   Además, el fabricante deberá demostrar a satisfacción del servicio técnico que los requisitos definidos en los puntos 5.1.6.1.1 y 5.1.6.1.2 se cumplen en todo el intervalo de funcionamiento de la FCD. Podrá hacerlo sobre la base de documentación adecuada, que se adjuntará al informe de ensayo.

3.1.2.   Ensayo sobre la fuerza de anulación

3.1.2.1.   El vehículo circulará con una FCD activada en una carretera con marcas a ambos lados del carril.

Las condiciones de ensayo y la velocidad de ensayo del vehículo estarán dentro del intervalo de funcionamiento del sistema.

El vehículo circulará de forma que intente abandonar el carril y provoque la intervención de la FCD. Durante la intervención, el conductor ejercerá una fuerza sobre el mando de dirección para anular la intervención.

Se registrará la fuerza ejercida por el conductor sobre el mando de dirección para anular la intervención.

3.1.2.2.   Los requisitos de ensayo se cumplirán si la fuerza ejercida por el conductor sobre el mando de dirección para anular la intervención no excede de 50 N.

3.1.2.3.   Además, el fabricante deberá demostrar a satisfacción del servicio técnico que los requisitos definidos en el punto 5.1.6.1.3 se cumplen en todo el intervalo de funcionamiento de la FCD. Podrá hacerlo sobre la base de documentación adecuada, que se adjuntará al informe de ensayo.

3.2.   Ensayos relativos a los sistemas de la FDAA de categoría B1

3.2.1.   Ensayo funcional de mantenimiento del carril

3.2.1.1.   La velocidad del vehículo permanecerá en el intervalo de Vsmín a Vsmáx.

El ensayo se realizará respecto a cada intervalo de velocidades especificado en el punto 5.6.2.1.3 del presente Reglamento de forma separada o dentro de intervalos de velocidad continuos en los que aysmáx sea idéntica.

El vehículo circulará sin que el conductor ejerza fuerza alguna sobre el mando de dirección (por ejemplo, soltando el mando de dirección) a una velocidad constante en una pista en curva con marcas a ambos lados del carril.

La aceleración lateral necesaria para seguir la curva deberá ser de entre un 80 y un 90 % de la aceleración lateral máxima aysmáx especificada por el fabricante del vehículo.

Durante el ensayo se registrarán la aceleración lateral y la sacudida lateral.

3.2.1.2.   Los requisitos de ensayo se cumplirán si:

 

el vehículo no cruza ninguna marca del carril;

 

la media móvil en medio segundo de la sacudida lateral no excede de 5 m/s3.

3.2.1.3.   El fabricante del vehículo deberá demostrar a satisfacción del servicio técnico que se cumplen los requisitos respecto a toda la aceleración lateral y al intervalo de velocidades. Podrá hacerlo sobre la base de documentación adecuada, que se adjuntará al informe de ensayo.

3.2.2.   Ensayo de aceleración lateral máxima

3.2.2.1.   La velocidad del vehículo permanecerá en el intervalo de Vsmín a Vsmáx.

El ensayo se realizará respecto a cada intervalo de velocidades especificado en el punto 5.6.2.1.3 del presente Reglamento de forma separada o dentro de intervalos de velocidades contiguos en los que aysmáx sea idéntica.

El vehículo circulará sin que el conductor ejerza fuerza alguna sobre el mando de dirección (por ejemplo, soltando el mando de dirección) a una velocidad constante en una pista en curva con marcas a ambos lados del carril.

El servicio técnico definirá una velocidad y un radio de ensayo que provocarían una aceleración superior a aysmáx + 0,3 m/s2 (por ejemplo, circulando a una velocidad superior en una curva con un radio determinado).

Durante el ensayo se registrarán la aceleración lateral y la sacudida lateral.

3.2.2.2.   Los requisitos de ensayo se cumplirán si:

 

la aceleración registrada se encuentra dentro de los límites especificados en el punto 5.6.2.1.3 del presente Reglamento;

 

la media móvil en medio segundo de la sacudida lateral no excede de 5 m/s3.

3.2.3.   Ensayo sobre la fuerza de anulación

3.2.3.1.   La velocidad del vehículo permanecerá en el intervalo de Vsmín a Vsmáx.

El vehículo circulará sin que el conductor ejerza fuerza alguna sobre el mando de dirección (por ejemplo, soltando el mando de dirección) a una velocidad constante en una pista en curva con marcas a ambos lados del carril.

La aceleración lateral necesaria para seguir la curva será de entre un 80 y un 90 % del valor mínimo especificado en el cuadro del punto 5.6.2.1.3 del presente Reglamento.

A continuación, el conductor ejercerá una fuerza sobre el mando de dirección para anular la intervención del sistema y abandonar el carril.

Se registrará la fuerza ejercida por el conductor sobre el mando de dirección durante la maniobra de anulación.

3.2.3.2.   Los requisitos de ensayo se cumplirán si la fuerza ejercida por el conductor sobre el mando de dirección durante la maniobra de anulación es inferior a 50 N.

El fabricante deberá demostrar mediante la documentación adecuada que se cumple esta condición en todo el intervalo de funcionamiento de la FDAA.

3.2.4.   Ensayo de transición; ensayo práctico

3.2.4.1.   El vehículo circulará con la FDAA activada a una velocidad de ensayo de entre Vsmín + 10 km/h y Vsmín + 20 km/h sobre una pista con marcas a ambos lados del carril.

El conductor soltará el mando de dirección y el vehículo seguirá circulando hasta que el sistema active la FDAA. La pista se seleccionará de tal manera que permita circular con la FDAA activada durante al menos 65 s sin intervención del conductor.

El ensayo se repetirá con una velocidad de ensayo entre Vsmáx – 20 km/h y Vsmáx – 10 km/h (o 130 km/h si esta velocidad es superior a 130 km/h).

Además, el fabricante del vehículo deberá demostrar a satisfacción del servicio técnico que se cumplen los requisitos en todo el intervalo de velocidades. Podrá hacerlo sobre la base de documentación adecuada, que se adjuntará al informe de ensayo.

3.2.4.2.   Los requisitos de ensayo se cumplirán si:

 

la señal de aviso óptica se emite, a más tardar, 15 s después de soltar el mando de dirección y permanece activa hasta que se desactive la FDAA;

 

la señal de aviso acústica se emite, a más tardar, 30 s después de soltar el mando de dirección y permanece activa hasta que se desactive la FDAA;

 

la FDAA se desactiva, a más tardar, 30 s después del inicio de la señal de aviso acústica, con una señal de emergencia acústica de un mínimo de 5 s, que sea distinta de la señal de aviso acústica anterior.

3.3.   Ensayos relativos a la FDE

El vehículo circulará con una FDE activada en una carretera con marcas a ambos lados del carril, dentro de dichas marcas.

Las condiciones de ensayo y las velocidades del vehículo figurarán dentro del intervalo de funcionamiento del sistema declarado por el fabricante.

Los detalles específicos de los ensayos obligatorios descritos a continuación se debatirán y acordarán entre el fabricante del vehículo y el servicio técnico con el fin de adaptar los ensayos requeridos a los casos de uso declarados en los que está previsto que funcione la FDE.

Además, el fabricante deberá demostrar a satisfacción del servicio técnico que los requisitos definidos en los puntos 5.1.6.2.1 a 5.1.6.2.6 se cumplen en todo el intervalo de funcionamiento de la FDE (especificado por el fabricante del vehículo en los datos de información del sistema). Podrá hacerlo sobre la base de documentación adecuada, que se adjuntará al informe de ensayo.

3.3.1.   Ensayo de la FDE de tipo a i/ii: (maniobra lateral no intencionada)

Un vehículo objetivo que circule por el carril adyacente se aproximará al vehículo sometido a ensayo y uno de los vehículos reducirá al mínimo la separación lateral entre ellos hasta que se inicie una intervención de la FDE.

Los requisitos de los ensayos se cumplirán si:

a)

los avisos especificados en el punto 5.1.6.2.6 del presente Reglamento de las Naciones Unidas se emiten no más tarde que el inicio de la intervención de la FDE; y

b)

la intervención del FDE no tiene por efecto que el vehículo abandone su carril original.

3.3.2.   Ensayo de la FDE de tipo a iii: (maniobra lateral intencionada)

El vehículo sometido a ensayo inicia un cambio de carril mientras otro vehículo circula por el carril adyacente de forma que la no intervención del sistema FDE daría lugar a una colisión.

Los requisitos de ensayo se cumplirán si:

a)

se inicia una intervención de la FDE;

b)

los avisos especificados en el punto 5.1.6.2.6 del presente Reglamento se emiten no más tarde que el inicio de la intervención de la FDE; y

c)

la intervención de la FDE no tiene por efecto que el vehículo abandone su carril original.

3.3.3.   Ensayo de la FDE de tipo b:

El vehículo sometido a ensayo se aproximará a un objeto colocado en su trayectoria. El objeto tendrá un tamaño y se colocará en una posición que permitan que el vehículo pueda pasar a su lado sin cruzar las marcas del carril.

Los requisitos de los ensayos se cumplirán si:

a)

la intervención de la FDE evita o reduce la colisión;

b)

los avisos especificados en el punto 5.1.6.2.6 del presente Reglamento de las Naciones Unidas se emiten no más tarde que el inicio de la intervención de la FDE; y

c)

la intervención de la FDE no tiene por efecto que el vehículo abandone su carril.

3.3.4.   Ensayos para sistemas que puedan funcionar sin las marcas de los carriles

Si un sistema funciona sin las marcas de los carriles, deberán repetirse los ensayos correspondientes indicados en los puntos 3.3.1 a 3.3.3 en una pista de ensayo sin marcas de los carriles.

Los requisitos de ensayo se cumplirán si:

a)

se inicia una intervención de la FDE;

b)

los avisos especificados en el punto 5.1.6.2.6 del presente Reglamento de las Naciones Unidas se emiten no más tarde que el inicio de la intervención de la FDE;

c)

el desplazamiento lateral durante la maniobra es, como máximo, de 0,75 m, según lo especificado en el punto 5.1.6.2.2; y

d)

el vehículo no se ha salido de la carretera debido a la intervención de la FDE.

3.3.5.   Ensayo de falsa reacción para la FDE de tipo b:

El vehículo sometido a ensayo se aproximará a una lámina de plástico con un contraste de color respecto a la superficie de la carretera, un grosor inferior a 3 mm, una anchura de 0,8 m y una longitud de 2 m situada entre las marcas del carril, en la trayectoria del vehículo. La lámina de plástico se colocará de forma que el vehículo pueda pasar a su lado sin cruzar las marcas del carril.

Los requisitos del ensayo se cumplirán si la FDE no inicia ninguna intervención.

3.4.   (Reservado para las FDAA de categoría B2)

3.5.   Ensayos relativos a la FDAA de los sistemas de categoría C

Salvo que se especifique lo contrario, todas las velocidades de ensayo del vehículo se basarán en Vapr = 130 km/h.

Salvo que se especifique lo contrario, el vehículo que se aproxima será un vehículo con homologación de tipo y un elevado volumen de producción en serie.

El fabricante del vehículo deberá demostrar a satisfacción del servicio técnico que se cumplen los requisitos en todo el intervalo de velocidades. Podrá hacerlo sobre la base de documentación adecuada, que se adjuntará al informe de ensayo.

3.5.1.   Ensayo funcional de cambio de carril

3.5.1.1.   El vehículo sometido a ensayo circulará sobre una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles. La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín + 10km/h.

Se activará la FDAA de categoría C (modo de espera) y se aproximará otro vehículo por detrás para habilitar el sistema según lo especificado en el punto 5.6.4.8.3.

El vehículo que se aproxima adelantará por completo al vehículo sometido a ensayo.

El conductor iniciará entonces un cambio al carril adyacente.

La aceleración lateral y la sacudida lateral se registrarán durante el ensayo.

3.5.1.2.   Los requisitos del ensayo se cumplirán si:

a)

el movimiento lateral hacia el marcado empieza no antes de que transcurra un segundo desde el inicio del procedimiento de cambio de carril;

b)

el movimiento lateral de aproximación a la marca del carril y el movimiento lateral necesario para completar la maniobra de cambio de carril se completan en un movimiento continuo;

c)

la aceleración lateral registrada no supera 1 m/s2;

d)

la media móvil en medio segundo de la sacudida lateral no excede de 5 m/s3;

e)

el tiempo medido entre el inicio del procedimiento de cambio de carril y la maniobra de cambio de carril no es inferior a 3,0 segundos ni superior a 5,0 segundos;

f)

el sistema da información al conductor que indique que está en curso el cambio de carril;

g)

la maniobra de cambio de carril se completa en menos de 5 s para los vehículos de las categorías M1 y N1 y en menos de 10 s para los vehículos de las categorías M2, M3, N2 y N3;

h)

la FDAA de categoría B1 se reanuda automáticamente una vez completada la maniobra de cambio de carril; y

i)

el indicador de dirección se desactiva no antes del final de la maniobra de cambio de carril ni más de 0,5 segundos después de la reanudación de la FDAA de categoría B1.

3.5.1.3.   El ensayo según el punto 3.5.1.1 se repetirá con un cambio de carril en el sentido opuesto.

3.5.2.   Ensayo de velocidad de activación mínima Vsmín

3.5.2.1.   Ensayo de velocidad de activación mínima Vsmín sobre la base de Vapr = 130 km/h.

El vehículo de ensayo circulará dentro de un carril de una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín – 10km/h.

Se activará la FDAA de categoría C (modo de espera) y se aproximará otro vehículo por detrás para habilitar el sistema según lo especificado en el punto 5.6.4.8.3.

El vehículo que se aproxima adelantará por completo al vehículo sometido a ensayo.

El conductor iniciará entonces un procedimiento de cambio de carril.

Los requisitos del ensayo se cumplirán si no se realiza la maniobra de cambio de carril.

3.5.2.2.   Ensayo de velocidad de activación mínima Vsmín sobre la base de un límite de velocidad máxima general específico del país inferior a 130 km/h.

Si se calcula Vsmín, sobre la base de un límite de velocidad máxima general específico del país en lugar de Vapr = 130 km/h como se especifica en el punto 5.6.4.8.1, se efectuarán los ensayos descritos a continuación. A tal fin, se podrá simular el país de circulación de común acuerdo entre el fabricante del vehículo y el servicio técnico.

3.5.2.2.1.   El vehículo de ensayo circulará dentro de un carril de una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín – 10km/h.

Se activará la FDAA de categoría C (modo de espera) y se aproximará otro vehículo por detrás para habilitar el sistema según lo especificado en el punto 5.6.4.8.3.

El vehículo que se aproxima adelantará por completo al vehículo sometido a ensayo.

El conductor iniciará entonces un procedimiento de cambio de carril.

Los requisitos del ensayo se cumplirán si no se realiza la maniobra de cambio de carril.

3.5.2.2.2.   El vehículo de ensayo circulará dentro de un carril de una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín + 10km/h.

Se activará la FDAA de categoría C (modo de espera) y se aproximará otro vehículo por detrás para habilitar el sistema según lo especificado en el punto 5.6.4.8.3.

El vehículo que se aproxima adelantará por completo al vehículo sometido a ensayo.

El conductor iniciará entonces un procedimiento de cambio de carril.

Los requisitos del ensayo se cumplirán si se lleva a cabo la maniobra de cambio de carril.

3.5.2.2.3.   El fabricante deberá demostrar a satisfacción del servicio técnico que el vehículo es capaz de detectar el país de circulación y se conoce el límite de velocidad máxima general de ese país.

3.5.3.   Ensayo de anulación

3.5.3.1.   El vehículo sometido a ensayo circulará sobre una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín + 10km/h.

Se activará la FDAA de categoría C (modo de espera) y se aproximará otro vehículo por detrás para habilitar el sistema según lo especificado en el punto 5.6.4.8.3.

El vehículo que se aproxima adelantará por completo al vehículo sometido a ensayo.

El conductor iniciará entonces un cambio al carril adyacente.

El conductor controlará firmemente el mando de dirección para mantener el vehículo en línea recta.

Se registrará la fuerza ejercida por el conductor sobre el mando de dirección durante la maniobra de anulación.

3.5.3.2.   Se cumplirán los requisitos del ensayo si la fuerza de anulación medida no excede de 50 N, tal como se especifica en el punto 5.6.4.3.

3.5.3.3.   El ensayo según el punto 3.5.3.1 se repetirá con un cambio de carril en el sentido opuesto.

3.5.4.   Ensayo de supresión del procedimiento de cambio de carril

3.5.4.1.   El vehículo sometido a ensayo circulará sobre una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín + 10km/h.

Se activará la FDAA de categoría C (modo de espera) y se aproximará otro vehículo por detrás para habilitar el sistema según lo especificado en el punto 5.6.4.8.3.

El vehículo que se aproxima adelantará por completo al vehículo sometido a ensayo.

El conductor iniciará entonces un procedimiento de cambio de carril.

El ensayo deberá repetirse respecto a cada una de las condiciones siguientes, que deberán producirse antes del inicio de la maniobra de cambio de carril:

a)

el sistema es anulado por el conductor;

b)

el sistema es apagado por el conductor;

c)

la velocidad del vehículo se reduce a: Vsmín – 10 km/h;

d)

el conductor ha soltado el mando de dirección y se ha iniciado el aviso de que el conductor no tiene las manos sobre el mando;

e)

el conductor desactiva manualmente las luces indicadoras de dirección;

f)

la maniobra de cambio de carril no se ha iniciado en los 5,0 segundos siguientes al inicio del procedimiento de cambio de carril (por ejemplo, otro vehículo circula por el carril adyacente en una situación crítica, tal como se describe en el punto 5.6.4.7).

3.5.4.2.   Los requisitos del ensayo se cumplen si se suprime el procedimiento de cambio de carril en todos los casos de ensayo indicados anteriormente.

3.5.5.   Ensayo de rendimiento de los sensores

3.5.5.1.   El vehículo sometido a ensayo circulará sobre una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín + 10km/h.

Se activará la FDAA de categoría C (modo de espera).

Se aproximará otro vehículo por detrás, en el carril adyacente, a una velocidad de 120 km/h.

El vehículo que se aproxima será una motocicleta con homologación de tipo y un elevado volumen de producción en serie, de categoría L3, con un motor de una cilindrada no superior a 600 cm3, sin carenado delantero o parabrisas y que procurará circular por el centro del carril.

Se medirá la distancia entre el borde trasero del vehículo sometido a ensayo y el borde delantero del vehículo que se aproxima (por ejemplo, con un sistema de posicionamiento global diferencial), y se registrará el valor cuando el sistema detecta el vehículo que se aproxima.

3.5.5.2.   Los requisitos del ensayo se cumplen si el sistema detecta el vehículo que se aproxima, a más tardar, a la distancia declarada por el fabricante del vehículo (Stra), tal como se especifica en el punto 5.6.4.8.1.

3.5.6.   Ensayo de ceguera de los sensores

3.5.6.1.   El vehículo sometido a ensayo circulará sobre una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín + 10km/h.

Se activará la FDAA de categoría C (modo de espera) y se aproximará otro vehículo por detrás para habilitar el sistema según lo especificado en el punto 5.6.4.8.3.

El vehículo que se aproxima adelantará por completo al vehículo sometido a ensayo.

Se cegarán los sensores traseros, por los medios acordados entre el fabricante del vehículo y el servicio técnico, que se harán constar en el informe de ensayo. Esta operación podrá realizarse con el vehículo parado, a condición de que no se lleve a cabo un nuevo ciclo de arranque/marcha del motor.

El vehículo circulará a una velocidad de Vsmín + 10 km/h y el conductor iniciará un procedimiento de cambio de carril.

3.5.6.2.   Los requisitos del ensayo se cumplirán si el sistema:

a)

detecta la ceguera de los sensores;

b)

envía un aviso al conductor, según la definición del punto 5.6.4.8.4; y

c)

se ve en la imposibilidad de ejecutar la maniobra de cambio de carril.

Además del mencionado ensayo, el fabricante deberá demostrar a satisfacción del servicio técnico que los requisitos definidos en el punto 5.6.4.8.4 se cumplen también en diferentes situaciones de circulación. Podrá hacerlo sobre la base de documentación adecuada, que se adjuntará al informe de ensayo.

3.5.7.   Ensayo del ciclo de arranque/marcha

El ensayo se divide en tres fases consecutivas como se especifica a continuación.

La velocidad del vehículo será la siguiente: Vsmín + 10 km/h.

3.5.7.1.   Fase 1. Ensayo sobre la situación de apagado por defecto

3.5.7.1.1.   Tras un nuevo ciclo de arranque/marcha del motor efectuado por el conductor, el vehículo sometido a ensayo circulará sobre una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

No se activará la FDAA de categoría C (modo apagado), se aproximará otro vehículo por detrás y este adelantará por completo al vehículo sometido a ensayo.

El conductor activará el indicador de dirección utilizado para iniciar un procedimiento de cambio de carril durante un período superior a 5 segundos.

3.5.7.1.2.   Los requisitos de la fase 1 del ensayo se cumplirán si no se inicia la maniobra de cambio de carril.

3.5.7.2.   Fase 2

La finalidad del ensayo es comprobar que se impide la maniobra de cambio de carril si el sistema no ha detectado ningún objeto en movimiento a una distancia igual o superior a la distancia Stra (tal como se especifica en el punto 5.6.4.8.3).

3.5.7.2.1.   Tras un nuevo ciclo de arranque/marcha del motor efectuado por el conductor, el vehículo sometido a ensayo circulará sobre una pista de ensayo recta que tenga al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y marcas a ambos lados de los carriles.

Se activará manualmente la FDAA de categoría C (modo de espera).

El conductor iniciará entonces un procedimiento de cambio de carril.

3.5.7.2.2.   Los requisitos de la fase de ensayo 2 se cumplirán si no se inicia la maniobra de cambio de carril (dado que no se cumple la condición previa especificada en el punto 5.6.4.8.3).

3.5.7.3.   Fase 3. Ensayo de las condiciones que permiten el cambio de carril

La finalidad del ensayo es comprobar que la maniobra de cambio de carril solo es posible una vez que el sistema haya detectado un objeto en movimiento a una distancia igual o superior a la distancia Stra (tal como se especifica en el punto 5.6.4.8.3).

3.5.7.3.1.   Tras la finalización de la fase de ensayo 2, otro vehículo se aproximará por detrás en el carril adyacente para habilitar el sistema según lo especificado en el punto 5.6.4.8.3.

Se medirá la distancia entre el borde trasero del vehículo sometido a ensayo y el borde delantero del vehículo que se aproxima (por ejemplo, con un sistema de posicionamiento global diferencial), y se registrará el valor cuando el sistema detecta el vehículo que se aproxima.

Una vez que el vehículo que se aproxima por detrás haya adelantado por completo al vehículo sometido a ensayo, el conductor iniciará un procedimiento de cambio de carril.

3.5.7.3.2.   Los requisitos de la fase 3 del ensayo se cumplirán si:

a)

se ejecuta la maniobra de cambio de carril;

b)

el vehículo que se aproxima es detectado, a más tardar, a la distancia declarada por el fabricante del vehículo (Stra).


14.12.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 318/51


DECISIÓN N.o 1/2018 DEL SUBCOMITÉ DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS

de 24 de agosto de 2018

que modifica los anexos XXX-C y XXX-D del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra [2018/1948]

EL SUBCOMITÉ DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS,

Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra, y en particular su artículo 306, apartado 4, letra b),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Moldavia relativo a la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios entró en vigor el 1 de abril de 2013.

(2)

Este Acuerdo fue posteriormente incorporado en el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra (en lo sucesivo, «Acuerdo»), que entró en vigor el 1 de julio de 2016.

(3)

El artículo 298 del Acuerdo prevé la posibilidad de añadir nuevas indicaciones geográficas con vistas a su protección en sus anexos XXX-C y XXX-D, una vez completado el procedimiento de oposición y tras haber examinado un resumen de los pliegos de condiciones a los que se hace referencia en su artículo 297, apartados 3 y 4, a satisfacción de ambas Partes.

(4)

Tanto el procedimiento como el examen se han completado y los anexos XXX-C y XXX-D pueden, por tanto, modificarse.

DECIDE:

Artículo 1

Los anexos XXX-C y XXX-D del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra, se sustituyen por el texto que figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 24 de agosto de 2018.

Por el Subcomité de Indicaciones Geográficas

El Presidente y el Jefe de la Delegación de la UE

Susana MARAZUELA-AZPIROZ

El Jefe de la Delegación de Moldavia

Liliana BOLOCAN

Los Secretarios del Subcomité

Secretaria de la UE

Małgorzata ŚLIWIŃSKA-KLENNER

Secretaria de Moldavia

Liliana VIERU


ANEXO

«ANEXO XXX-C

INDICACIONES GEOGRÁFICAS DE PRODUCTOS A LAS QUE SE HACE REFERENCIA EN EL ARTÍCULO 297, APARTADOS 3 Y 4

Productos agrícolas y alimenticios distintos de los vinos, las bebidas espirituosas y los vinos aromatizados de la Unión Europea que deben protegerse en la República de Moldavia

Estado miembro de la UE

Denominación que debe protegerse

Tipo de producto

Equivalente latino

BE

Jambon d'Ardenne

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

BE

Potjesvlees uit de Westhoek

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

BE

Fromage de Herve

Quesos

 

BE

Beurre d'Ardenne

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

BE

Brussels grondwitloof

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados.

 

BE

Plate de Florenville

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

BE

Vlaams-Brabantse Tafeldruif

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados.

 

BE

Poperingse Hopscheuten/Poperingse Hoppescheuten

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

BE

Geraardsbergse mattentaart

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

BE

Liers vlaaike

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

BE

Gentse azalea

Flores y plantas ornamentales

 

BE

Vlaamse laurier

Flores y plantas ornamentales

 

BE

Pâté gaumais

Otros productos del anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (“el Tratado”) (especias, etc.)

 

BG

Горнооряховски суджук

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

Gornooryahovski sudzhuk

BG

Българско розово масло

Aceites esenciales

Bulgarsko rozovo maslo

CZ

Jihočeská Niva

Quesos

 

CZ

Jihočeská Zlatá Niva

Quesos

 

CZ

Olomoucké tvarůžky

Quesos

 

CZ

Nošovické kysané zelí

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

CZ

Všestarská cibule

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

CZ

Chelčicko — Lhenické ovoce

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

CZ

Pohořelický kapr

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

CZ

Třeboňský kapr

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

CZ

Březnický ležák

Cervezas

 

CZ

Brněnské pivo/Starobrněnské pivo

Cervezas

 

CZ

Budějovické pivo

Cervezas

 

CZ

Budějovický měšťanský var

Cervezas

 

CZ

Černá Hora

Cervezas

 

CZ

České pivo

Cervezas

 

CZ

Českobudějovické pivo

Cervezas

 

CZ

Chodské pivo

Cervezas

 

CZ

Znojemské pivo

Cervezas

 

CZ

Hořické trubičky

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Karlovarský suchar

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Lomnické suchary

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Mariánskolázeňské oplatky

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Pardubický perník

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Štramberské uši

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Karlovarské oplatky

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Karlovarské trojhránky

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Valašský frgál

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

CZ

Český kmín

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

CZ

Chamomilla bohemica

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

CZ

Žatecký chmel

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

DK

Vadehavslam

Carne (y despojos) frescos

 

DK

Vadehavsstude

Carne (y despojos) frescos

 

DK

Danablu

Quesos

 

DK

Esrom

Quesos

 

DK

Lammefjordsgulerod

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Diepholzer Moorschnucke

Carne (y despojos) frescos

 

DE

Lüneburger Heidschnucke

Carne (y despojos) frescos

 

DE

Schwäbisch-Hällis ches Qualitätsschweinefleisch

Carne (y despojos) frescos

 

DE

Bayerisches Rindfleisch/Rindfleisch aus Bayern

Carne (y despojos) frescos

 

DE

Weideochse vom Limpurger Rind

Carne (y despojos) frescos

 

DE

Aachener Weihnachts-Leberwurst/Oecher Weihnachtsleberwurst

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Ammerländer Dielenrauchschinken/Ammerländer Katenschinken

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Ammerländer Schinken/Ammerländer Knochenschinken

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Flönz

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Greußener Salami

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Nürnberger Bratwürste/Nürnberger Rostbratwürste

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Oecher Puttes/Aachener Puttes

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Schwarzwälder Schinken

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Thüringer Leberwurst

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Thüringer Rostbratwurst

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Thüringer Rotwurst

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Eichsfelder Feldgieker/Eichsfelder Feldkieker

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Göttinger Feldkieker

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Göttinger Stracke

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Halberstädter Würstchen

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Hofer Rindfleischwurst

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Holsteiner Katenschinken/Holsteiner Schinken/Holsteiner Katenrauchchinken/Holsteiner Knochenschinken

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Westfälischer Knochenschinken

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

DE

Allgäuer Bergkäse

Quesos

 

DE

Allgäuer Emmentaler

Quesos

 

DE

Allgäuer Sennalpkäse

Quesos

 

DE

Altenburger Ziegenkäse

Quesos

 

DE

Odenwälder Frühstückskäse

Quesos

 

DE

Hessischer Handkäse o Hessischer Handkäs

Quesos

 

DE

Holsteiner Tilsiter

Quesos

 

DE

Nieheimer Käse

Quesos

 

DE

Weißlacker/Allgäuer Weißlacker

Quesos

 

DE

Obazda/Obatzter

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

DE

Lausitzer Leinöl

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

DE

Bayerischer Meerrettich/Bayerischer Kren

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Bornheimer Spargel/Spargel aus dem Anbaugebiet Bornheim

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Dithmarscher Kohl

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Feldsalat von der Insel Reichenau

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Frankfurter Grüne Soße/Frankfurter Grie Soß

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Fränkischer Grünkern

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Gurken von der Insel Reichenau

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Höri Bülle

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Salate von der Insel Reichenau

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Spreewälder Gurken

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Spreewälder Meerrettich

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Tomaten von der Insel Reichenau

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Abensberger Spargel/Abensberger Qualitätsspargel

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Bamberger Hörnla/Bamberger Hörnle/Bamberger Hörnchen

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Filderkraut/Filderspitzkraut

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Lüneburger Heidekartoffeln

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Rheinisches Apfelkraut

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Rheinisches Zuckerrübenkraut/Rheinischer Zuckerrübensirup/Rheinisches Rübenkraut

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Schrobenhausener Spargel/Spargel aus dem Schrobenhausener Land/Spargel aus dem Anbaugebiet Schrobenhausen

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Spargel aus Franken/Fränkischer Spargel/Franken-Spargel

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Stromberger Pflaume

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Walbecker Spargel

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Glückstädter Matjes

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

DE

Holsteiner Karpfen

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

DE

Oberlausitzer Biokarpfen

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

DE

Oberpfälzer Karpfen

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

DE

Schwarzwaldforelle

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

DE

Aischgründer Karpfen

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

DE

Fränkischer Karpfen/Frankenkarpfen/Karpfen aus Franken

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

DE

Bayerisches Bier

Cervezas

 

DE

Bremer Bier

Cervezas

 

DE

Dortmunder Bier

Cervezas

 

DE

Hofer Bier

Cervezas

 

DE

Kölsch

Cervezas

 

DE

Kulmbacher Bier

Cervezas

 

DE

Mainfranken Bier

Cervezas

 

DE

Münchener Bier

Cervezas

 

DE

Reuther Bier

Cervezas

 

DE

Aachener Printen

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Bayerische Breze/Bayerische Brezn/Bayerische Brez'n/Bayerische Brezel

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Lübecker Marzipan

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Meißner Fummel

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Nürnberger Lebkuchen

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Bremer Klaben

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Dresdner Christstollen/Dresdner Stollen/Dresdner Weihnachtsstollen

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Salzwedeler Baumkuchen

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Westfälischer Pumpernickel

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

DE

Düsseldorfer Mostert/Düsseldorfer Senf Mostert/Düsseldorfer Urtyp Mostert/Aechter Düsseldorfer Mostert

Pasta de mostaza

 

DE

Schwäbische Maultaschen/Schwäbische Suppenmaultaschen

Pastas alimenticias

 

DE

Schwäbische Spätzle/Schwäbische Knöpfle

Pastas alimenticias

 

DE

Elbe-Saale Hopfen

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

DE

Hopfen aus der Hallertau

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

DE

Hessischer Apfelwein

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

DK

Lammefjordskartofler

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

DE

Spalt Spalter

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

DE

Tettnanger Hopfen

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IE

Connemara Hill lamb/Uain Sléibhe Chonamara

Carne (y despojos) frescos

 

IE

Timoleague Brown Pudding

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IE

Imokilly Regato

Quesos

 

IE

Clare Island Salmon

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

IE

Waterford Blaa/Blaa

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IE

Oriel Sea Minerals

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IE

Oriel Sea Salt

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

EL

Αρνάκι Ελασσόνας

Carne (y despojos) frescos

Arnaki Elassonas

EL

Κατσικάκι Ελασσόνας

Carne (y despojos) frescos

Katsikaki Elassonas

EL

Ανεβατό

Quesos

Anevato

EL

Γαλοτύρι

Quesos

Galotyri

EL

Γραβιέρα Αγράφων

Quesos

Graviera Agrafon

EL

Γραβιέρα Κρήτης

Quesos

Graviera Kritis

EL

Γραβιέρα Νάξου

Quesos

Graviera Naxou

EL

Καλαθάκι Λήμνου

Quesos

Kalathaki Limnou

EL

Κασέρι

Quesos

Kasseri

EL

Κατίκι Δομοκού

Quesos

Katiki Domokou

EL

Κεφαλογραβιέρα

Quesos

Kefalograviera

EL

Κοπανιστή

Quesos

Kopanisti

EL

Λαδοτύρι Μυτιλήνης

Quesos

Ladotyri Mytilinis

EL

Μανούρι

Quesos

Manouri

EL

Μετσοβόνε

Quesos

Metsovone

EL

Μπάτζος

Quesos

Batzos

EL

Ξυνομυζήθρα Κρήτης

Quesos

Xynomyzithra Kritis

EL

Πηχτόγαλο Χανίων

Quesos

Pichtogalo Chanion

EL

Σαν Μιχάλη

Quesos

San Michali

EL

Σφέλα

Quesos

Sfela

EL

Φέτα

Quesos

Feta

EL

Φορμαέλλα Αράχωβας Παρνασσού

Quesos

Formaella Arachovas Parnassou

EL

Ξύγαλο Σητείας/Ξίγαλο Σητείας

Quesos

Xygalo Siteias/Xigalo Siteias

EL

Μέλι Ελάτης Μαινάλου Βανίλια

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

Meli Elatis Menalou Vanilia

EL

Άγιος Ματθαίος Κέρκυρας

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Agios Mattheos Kerkyras

EL

Αποκορώνας Χανίων Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Apokoronas Chanion Kritis

EL

Αρχάνες Ηρακλείου Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Arxanes Irakliou Kritis

EL

Βιάννος Ηρακλείου Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Vianos Irakliou Kritis

EL

Βόρειος Μυλοπόταμος Ρεθύμνης Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Vorios Mylopotamos Rethymnis Kritis

EL

Γαλανό Μεταγγιτσίου Χαλκιδικής

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Galano Metaggitsiou Chalkidikis

EL

Εξαιρετικό παρθένο ελαιόλαδο “Τροιζηνία”

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Exeretiko partheno eleolado “Trizinia”

EL

Εξαιρετικό παρθένο ελαιόλαδο Θραψανό

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Exeretiko partheno eleolado Thrapsano

EL

Ζάκυνθος

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Zakynthos

EL

Θάσος

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Thassos

EL

Καλαμάτα

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Kalamata

EL

Κεφαλονιά

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Kefalonia

EL

Κολυμβάρι Χανίων Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Kolymvari Chanion Kritis

EL

Κρανίδι Αργολίδας

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Kranidi Argolidas

EL

Κροκεές Λακωνίας

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Krokees Lakonias

EL

Λακωνία

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Lakonia

EL

Λέσβος/Μυτιλήνη

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Lesvos/Mytilini

EL

Λυγουριό Ασκληπιείου

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Lygourio Asklipiou

EL

Ολυμπία

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Olympia

EL

Πεζά Ηρακλείου Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Peza Irakliou Kritis

EL

Πέτρινα Λακωνίας

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Petrina Lakonias

EL

Πρέβεζα

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Preveza

EL

Ρόδος

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Rodos

EL

Σάμος

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Samos

EL

Σητεία Λασιθίου Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Sitia Lasithiou Kritis

EL

Φοινίκι Λακωνίας

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Finiki Lakonias

EL

Χανιά Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Chania Kritis

EL

Αγουρέλαιο Χαλκιδικής

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Agoureleo Chalkidikis

EL

Εξαιρετικό Παρθένο Ελαιόλαδο Σέλινο Κρήτης

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Exeretiko partheno eleolado Selino Kritis

EL

Μεσσαρά

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

Messara

EL

Ακτινίδιο Πιερίας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Aktinidio Pierias

EL

Ακτινίδιο Σπερχειού

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Aktinidio Sperchiou

EL

Ελιά Καλαμάτας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Elia Kalamatas

EL

Θρούμπα Αμπαδιάς Ρεθύμνης Κρήτης

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Throumba Ampadias Rethymnis Kritis

EL

Θρούμπα Θάσου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Throumba Thassou

EL

Θρούμπα Χίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Throumba Chiou

EL

Κελυφωτό φυστίκι Φθιώτιδας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Kelifoto fystiki Fthiotidas

EL

Κεράσια τραγανά Ροδοχωρίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Kerassia Tragana Rodochoriou

EL

Κονσερβολιά Αμφίσσης

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Konservolia Amfissis

EL

Κονσερβολιά Αρτας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Konservolia Artas

EL

Κονσερβολιά Αταλάντης

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Konservolia Atalantis

EL

Κονσερβολιά Πηλίου Βόλου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Konservolia Piliou Volou

EL

Κονσερβολιά Ροβίων

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Konservolia Rovion

EL

Κονσερβολιά Στυλίδας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Konservolia Stylidas

EL

Κορινθιακή Σταφίδα Βοστίτσα

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Korinthiaki Stafida Vostitsa

EL

Κουμ Κουάτ Κέρκυρας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Koum kouat Kerkyras

EL

Μήλα Ζαγοράς Πηλίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Mila Zagoras Piliou

EL

Μήλα Ντελίσιους Πιλαφά Τριπόλεως

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Mila Delicious Pilafa Tripoleas

EL

Μήλο Καστοριάς

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Milo Kastorias

EL

Ξερά σύκα Κύμης

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Xera syka Kymis

EL

Πατάτα Κάτω Νευροκοπίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Patata Kato Nevrokopiou

EL

Πορτοκάλια Μάλεμε Χανίων Κρήτης

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Portokalia Maleme Chanion Kritis

EL

Ροδάκινα Νάουσας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Rodakina Naoussas

EL

Σταφίδα Ζακύνθου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Stafida Zakynthou

EL

Σταφίδα Σουλτανίνα Κρήτης

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Stafida Soultanina Kritis

EL

Σύκα Βραβρώνας Μαρκοπούλου Μεσογείων

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Syka Vavronas Markopoulou Messongion

EL

Τσακώνικη μελιτζάνα Λεωνιδίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Tsakoniki Melitzana Leonidiou

EL

Φάβα Φενεού

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fava Feneou

EL

Φασόλια (Γίγαντες Ελέφαντες) Πρεσπών Φλώρινας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fassolia Gigantes Elefantes Prespon Florinas

EL

Φασόλια (πλακέ μεγαλόσπερμα) Πρεσπών Φλώρινας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fassolia (plake megalosperma) Prespon Florinas

EL

ΦΑΣΟΛΙΑ ΓΙΓΑΝΤΕΣ — ΕΛΕΦΑΝΤΕΣ ΚΑΣΤΟΡΙΑΣ

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fasolia Gigantes-Elefantes Kastorias

EL

Φασόλια γίγαντες ελέφαντες Κάτω Νευροκοπίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fassolia Gigantes Elefantes Kato Nevrokopiou

EL

Φασόλια κοινά μεσόσπερμα Κάτω Νευροκοπίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fassolia kina Messosperma Kato Nevrokopiu

EL

Φυστίκι Αίγινας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fystiki Aeginas

EL

Φυστίκι Μεγάρων

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fystiki Megaron

EL

Μανταρίνι Χίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Mandarini Chiou

EL

Ξηρά Σύκα Ταξιάρχη

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Xira Syka Taxiarchi

EL

Πατάτα Νάξου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Patata Naxou

EL

Πράσινες Ελιές Χαλκιδικής

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Prasines Elies Chalkidikis

EL

Σταφίδα Ηλείας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Stafida Ilias

EL

Τοματάκι Σαντορίνης

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Tomataki Santorinis

EL

Φάβα Σαντορίνης

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fava Santorinis

EL

Φασόλια Βανίλιες Φενεού

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Fasolia Vanilies Feneou

EL

Φιρίκι Πηλίου

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Firiki Piliou

EL

Αυγοτάραχο Μεσολογγίου

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

Avgotarocho Messolongiou

EL

Κρητικό παξιμάδι

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

Kritiko paximadi

EL

Μαστίχα Χίου

Pastas alimenticias

Masticha Chiou

EL

Τσίχλα Χίου

Pastas alimenticias

Tsikla Chiou

EL

Μαστιχέλαιο Χίου

Aceites esenciales

Mastichelaio Chiou

EL

Κρόκος Κοζάνης

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

Krokos Kozanis

ES

Carne de Ávila

Carne (y despojos) frescos

 

ES

Carne de Cantabria

Carne (y despojos) frescos

 

ES

Carne de la Sierra de Guadarrama

Carne (y despojos) frescos

 

ES

Carne de Morucha de Salamanca

Carne (y despojos) frescos

 

ES

Carne de Vacuno del País Vasco/Euskal Okela

Carne (y despojos) frescos

 

ES

Cordero de Navarra/Nafarroako Arkumea

Carne (y despojos) frescos

 

ES

Cordero Manchego

Carne (y despojos) frescos

 

ES

Gall del Penedès

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Lechazo de Castilla y León

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Pollo y Capón del Prat

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Ternasco de Aragón

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Ternera Asturiana

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Ternera de Aliste

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Ternera de Extremadura

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Ternera de Navarra/Nafarroako Aratxea

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Ternera Gallega

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Cordero de Extremadura

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Cordero Segureño

Carne fresca (y despojos)

 

ES

Botillo del Bierzo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Cecina de León

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Chorizo Riojano

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Dehesa de Extremadura

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Guijuelo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Jamón de Huelva

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Jamón de Serón

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Jamón de Teruel/Paleta de Teruel

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Jamón de Trevélez

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Lacón Gallego

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Salchichón de Vic/Llonganissa de Vic

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Sobrasada de Mallorca

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Chorizo de Cantimpalos

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Chosco de Tineo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Los Pedroches

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

ES

Afuega'l Pitu

Quesos

 

ES

Arzùa-Ulloa

Quesos

 

ES

Cabrales

Quesos

 

ES

Cebreiro

Quesos

 

ES

Gamoneu/Gamonedo

Quesos

 

ES

Idiazabal

Quesos

 

ES

Mahón-Menorca

Quesos

 

ES

Picón Bejes-Tresviso

Quesos

 

ES

Queso de La Serena

Quesos

 

ES

Queso de l'Alt Urgell y la Cerdanya

Quesos

 

ES

Queso de Murcia

Quesos

 

ES

Queso de Murcia al vino

Quesos

 

ES

Queso de Valdeón

Quesos

 

ES

Queso Ibores

Quesos

 

ES

Queso Majorero

Quesos

 

ES

Queso Manchego

Quesos

 

ES

Queso Nata de Cantabria

Quesos

 

ES

Queso Palmero/Queso de la Palma

Quesos

 

ES

Queso Tetilla/Queixo Tetilla

Quesos

 

ES

Queso Zamorano

Quesos

 

ES

Quesucos de Liébana

Quesos

 

ES

Roncal

Quesos

 

ES

San Simón da Costa

Quesos

 

ES

Torta del Casar

Quesos

 

ES

Queso Camerano

Quesos

 

ES

Queso Casín

Quesos

 

ES

Queso de Flor de Guía/Queso de Media Flor de Guía/Queso de Guía

Quesos

 

ES

Queso Los Beyos

Quesos

 

ES

Miel de Galicia/Mel de Galicia

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

ES

Miel de Granada

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

ES

Miel de La Alcarria

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

ES

Miel de Liébana

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

ES

Miel de Tenerife

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

ES

Aceite de La Alcarria

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite de la Comunitat Valenciana

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite de la Rioja

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite de Mallorca/Aceite mallorquín/Oli de Mallorca/Oli mallorquí

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite de Terra Alta/Oli de Terra Alta

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite del Baix Ebre-Montsià/Oli del Baix Ebre-Montsià

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite del Bajo Aragón

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite Monterrubio

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Antequera

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Baena

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Gata-Hurdes

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Les Garrigues

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Mantequilla de l'Alt Urgell y la Cerdanya/Mantega de l'Alt Urgell i la Cerdanya

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Mantequilla de Soria

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Montes de Granada

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Montes de Toledo

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Oli de l'Empordà/Aceite de L'Empordà

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Poniente de Granada

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Priego de Córdoba

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Sierra de Cádiz

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Sierra de Cazorla

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Sierra de Segura

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Sierra Mágina

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Siurana

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite Campo de Calatrava

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite Campo de Montiel

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite de Lucena

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite de Navarra

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceite Sierra del Moncayo

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Estepa

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Montoro-Adamuz

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

ES

Aceituna de Mallorca/Aceituna Mallorquina/Oliva de Mallorca/Oliva Mallorquina

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Ajo Morado de las Pedroñeras

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Alcachofa de Benicarló/Carxofa de Benicarló

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Alcachofa de Tudela

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Almendra de Mallorca/Almendra Mallorquina/Ametlla de Mallorca/Ametlla Mallorquina

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Alubia de La Bañeza-León

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Arroz de Valencia/Arròs de València

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Arroz del Delta del Ebro/Arròs del Delta de l'Ebre

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Avellana de Reus

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Berenjena de Almagro

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Calasparra

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Calçot de Valls

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Cereza del Jerte

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Cerezas de la Montaña de Alicante

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Chirimoya de la Costa tropical de Granada-Málaga

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Cítricos Valencianos/Cítrics Valencians

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Clementinas de las Tierras del Ebro/Clementines de les Terres de l'Ebre

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Coliflor de Calahorra

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Espárrago de Huétor -Tájar

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Espárrago de Navarra

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Faba Asturiana

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Faba de Lourenzá

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Fesols de Santa Pau

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Garbanzo de Fuentesaúco

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Gofio Canario

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Granada Mollar de Elche/Granada de Elche

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Judías de El Barco de Ávila

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Kaki Ribera del Xúquer

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Lenteja de La Armuña

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Lenteja de Tierra de Campos

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Manzana de Girona/Poma de Girona

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Manzana Reineta del Bierzo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Melocotón de Calanda

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Melón de Torre Pacheco-Murcia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Nísperos Callosa d'En Sarriá

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pataca de Galicia/Patata de Galicia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Patatas de Prades/Patates de Prades

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pemento de Mougán

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pemento do Couto

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pera de Jumilla

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Peras de Rincón de Soto

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pimiento Asado del Bierzo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pimiento Riojano

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pimientos del Piquillo de Lodosa

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Uva de mesa embolsada “Vinalopó”

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Aceituna Aloreña de Málaga

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Castaña de Galicia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Cebolla Fuentes de Ebro

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Garbanzo de Escacena

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Grelos de Galicia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Melón de La Mancha

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Mongeta del Ganxet

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Papas Antiguas de Canarias

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pasas de Málaga

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pemento da Arnoia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pemento de Herbón

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pemento de Oímbra

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pera de Lleida

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pimiento de Fresno-Benavente

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Pimiento de Gernika o Gernikako Piperra

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Plátano de Canarias

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Tomate La Cañada

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

ES

Caballa de Andalucía

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

ES

Mejillón de Galicia/Mexillón de Galicia

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

ES

Melva de Andalucía

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

ES

Mojama de Barbate

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

ES

Mojama de Isla Cristina

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

ES

Alfajor de Medina Sidonia

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Ensaimada de Mallorca/Ensaimada mallorquina

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Jijona

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Mantecadas de Astorga

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Mazapán de Toledo

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Pan de Cea

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Pan de Cruz de Ciudad Real

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Polvorones de Estepa

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Tarta de Santiago

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Turrón de Agramunt/Torró d'Agramunt

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Turrón de Alicante

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Mantecados de Estepa

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Pa de Pagès Català

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Pan de Alfacar

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Sobao Pasiego

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

ES

Cochinilla de Canarias

Cochinilla (producto bruto de origen animal)

 

ES

Azafrán de la Mancha

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

ES

Chufa de Valencia

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

ES

Pimentón de la Vera

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

ES

Pimentón de Murcia

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

ES

Sidra de Asturias/Sidra d'Asturies

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

ES

Vinagre de Jerez

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

ES

Vinagre de Montilla-Moriles

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

ES

Vinagre del Condado de Huelva

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

ES/FR

Rosée des Pyrénées Catalanes

Carne fresca (y despojos)

 

ES/FR

Ternera de los Pirineos Catalanes/Vedella dels Pirineus Catalans/Vedell des Pyrénées Catalanes

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau de l'Aveyron

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau de Lozère

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau de Pauillac

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau de Sisteron

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau du Bourbonnais

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau du Limousin

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau du Poitou-Charentes

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau du Quercy

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Barèges-Gavarnie

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Bœuf charolais du Bourbonnais

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Boeuf de Bazas

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Bœuf de Chalosse

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Bœuf de Charolles

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Bœuf du Maine

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Dinde de Bresse

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Pintade de l'Ardèche

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Pintadeau de la Drôme

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Porc de la Sarthe

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Porc de Normandie

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Porc de Vendée

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Porc du Limousin

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Poulet de l'Ardèche/Chapon de l'Ardèche

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Taureau de Camargue

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Veau d'Aveyron et du Ségala

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Veau du Limousin

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles d'Alsace

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles d'Ancenis

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles d'Auvergne

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Bourgogne

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volaille de Bresse/Poulet de Bresse/Poularde de Bresse/Chapon de Bresse

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Bretagne

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Challans

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Cholet

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Gascogne

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Houdan

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Janzé

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de la Champagne

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de la Drôme

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de l'Ain

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Licques

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de l'Orléanais

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Loué

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Normandie

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles de Vendée

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles des Landes

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Béarn

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Berry

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Charolais

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Forez

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Gatinais

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Gers

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Languedoc

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Lauragais

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Maine

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du plateau de Langres

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Val de Sèvres

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Volailles du Velay

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau de lait des Pyrénées

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Agneau du Périgord

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Boeuf de Vendée

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Fin Gras/Fin Gras du Mézenc

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Génisse Fleur d'Aubrac

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Maine-Anjou

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Oie d'Anjou

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Porc d'Auvergne

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Porc de Franche-Comté

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Porc du Sud-Ouest

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Poulet des Cévennes/Chapon des Cévennes

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Prés-salés de la baie de Somme

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Prés-salés du Mont-Saint-Michel

Carne fresca (y despojos)

 

FR

Boudin blanc de Rethel

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Canard à foie gras du Sud-Ouest (Chalosse, Gascogne, Gers, Landes, Périgord, Quercy)

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Coppa de Corse/Coppa de Corse-Coppa di Corsica

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Jambon d'Auvergne

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Jambon de Bayonne

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Jambon de Lacaune

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Jambon de Vendée

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Jambon sec de Corse/Jambon sec de Corse-Prisuttu

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Jambon sec des Ardennes/Noix de Jambon sec des Ardennes

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Jambon de l'Ardèche

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Lonzo de Corse/Lonzo de Corse-Lonzu

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Pâté de Campagne Breton

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Rillettes de Tours

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Saucisse de Montbéliard

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Saucisse de Morteau o Jésus de Morteau

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Saucisson de l'Ardèche

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Saucisson de Lacaune/Saucisse de Lacaune

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Saucisson sec d'Auvergne/Saucisse sèche d'Auvergne

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FR

Abondance

Quesos

 

FR

Banon

Quesos

 

FR

Beaufort

Quesos

 

FR

Bleu d'Auvergne

Quesos

 

FR

Bleu de Gex Haut-Jura/Bleu de Septmoncel

Quesos

 

FR

Bleu des Causses

Quesos

 

FR

Bleu du Vercors-Sassenage

Quesos

 

FR

Brie de Meaux

Quesos

 

FR

Brie de Melun

Quesos

 

FR

Brocciu Corse/Brocciu

Quesos

 

FR

Camembert de Normandie

Quesos

 

FR

Cantal/fourme de Cantal/cantalet

Quesos

 

FR

Chabichou du Poitou

Quesos

 

FR

Chaource

Quesos

 

FR

Charolais

Quesos

 

FR

Chevrotin

Quesos

 

FR

Comté

Quesos

 

FR

Crottin de Chavignol/chavignol

Quesos

 

FR

Emmental de Savoie

Quesos

 

FR

Emmental français est-central

Quesos

 

FR

Époisses

Quesos

 

FR

Fourme d'Ambert

Quesos

 

FR

Laguiole

Quesos

 

FR

Langres

Quesos

 

FR

Livarot

Quesos

 

FR

Maroilles/Marolles

Quesos

 

FR

Mont d'or/Vacherin du Haut-Doubs

Quesos

 

FR

Morbier

Quesos

 

FR

Munster/Munster-Géromé

Quesos

 

FR

Neufchâtel

Quesos

 

FR

Ossau-Iraty

Quesos

 

FR

Pélardon

Quesos

 

FR

Picodon

Quesos

 

FR

Pont-l'Évêque

Quesos

 

FR

Pouligny-Saint-Pierre

Quesos

 

FR

Reblochon/reblochon de Savoie

Quesos

 

FR

Rocamadour

Quesos

 

FR

Roquefort

Quesos

 

FR

Sainte-Maure de Touraine

Quesos

 

FR

Saint-Nectaire

Quesos

 

FR

Salers

Quesos

 

FR

Selles-sur-Cher

Quesos

 

FR

Soumaintrain

Quesos

 

FR

Tome des Bauges

Quesos

 

FR

Tomme de Savoie

Quesos

 

FR

Tomme des Pyrénées

Quesos

 

FR

Valençay

Quesos

 

FR

Fourme de Montbrison

Quesos

 

FR

Gruyère

Quesos

 

FR

Mâconnais

Quesos

 

FR

Rigotte de Condrieu

Quesos

 

FR

Saint-Marcellin

Quesos

 

FR

Crème de Bresse

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Crème d'Isigny

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Crème fraîche fluide d'Alsace

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Miel d'Alsace

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Miel des Cévennes

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Miel de Corse/Mele di Corsica

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Miel de Provence

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Miel de sapin des Vosges.

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Œufs de Loué

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

FR

Beurre Charentes-Poitou/Beurre des Charentes/Beurre des Deux-Sèvres

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Beurre de Bresse

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Beurre d'Isigny

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Huile d'olive d'Aix-en-Provence

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Huile d'olive de Corse/Huile d'olive de Corse-Oliu di Corsica

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Huile d'olive de Haute-Provence

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Huile d'olive de la Vallée des Baux-de-Provence

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Huile d'olive de Nice

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Huile d'olive de Nîmes

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Huile d'olive de Nyons

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

FR

Abricots rouges du Roussillon

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Ail blanc de Lomagne

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Ail de la Drôme

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Ail rose de Lautrec

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Artichaut du Roussillon

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Asperge des sables des Landes

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Asperges du Blayais

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Chasselas de Moissac

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Châtaigne d'Ardèche

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Citron de Menton

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Clémentine de Corse

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Coco de Paimpol

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Echalote d'Anjou

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Farine de Petit Epeautre de Haute Provence

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Fraise du Périgord

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Haricot tarbais

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Kiwi de l'Adour

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Lentille vert du Puy

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Lentilles vertes du Berry

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Lingot du Nord

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Mâche nantaise

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Melon du Haut-Poitou

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

“Melon du Quercy”.

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Mirabelles de Lorraine

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Muscat du Ventoux

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Noisette de Cervione-Nuciola di Cervioni

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Noix de Grenoble

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Noix du Périgord

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Oignon doux des Cévennes

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Olive de Nice

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Olives cassées de la Vallée des Baux de Provence

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Olives noires de la Vallée des Baux de Provence

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Olives noires de Nyons

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Petit Épeautre de Haute Provence

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Poireaux de Créances

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Pomelo de Corse

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Pomme de terre de l'Île de Ré

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Pomme du Limousin

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Pommes de terre de Merville

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Pommes des Alpes de Haute Durance

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Pommes et poires de Savoie

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Pruneaux d'Agen/Pruneaux d'Agen mi-cuits

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Riz de Camargue

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Ail fumé d'Arleux

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Béa du Roussillon

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Farine de blé noir de Bretagne/Farine de blé noir de Bretagne — Gwinizh du Breizh

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Farine de châtaigne corse/Farina castagnina corsa

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Figue de Solliès

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Fraises de Nîmes

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Melon de Guadeloupe

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Mogette de Vendée

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Oignon de Roscoff

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Olive de Nîmes

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FR

Anchois de Collioure

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

FR

Coquille Saint-Jacques des Côtes d'Armor

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

FR

Huîtres Marennes Oléron

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

FR

Moules de bouchot de la Baie du Mont-Saint-Michel

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

FR

Bergamote(s) de Nancy

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

FR

Brioche vendéenne

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

FR

Gâche Vendéenne

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

FR

Moutarde de Bourgogne

Pasta de mostaza

 

FR

Pâtes d'Alsace

Pastas alimenticias

 

FR

Raviole du Dauphiné

Pastas alimenticias

 

FR

Foin de Crau

Heno

 

FR

Huile essentielle de lavande de Haute-Provence/Essence de lavande de Haute-Provence

Aceites esenciales

 

FR

Cidre de Bretagne/Cidre Breton

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

FR

Cidre de Normandie/Cidre Normand

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

FR

Cornouaille

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

FR

Domfront

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

FR

País de Auge/Pays d'Auge-Cambremer

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

FR

Piment d'Espelette/Piment d'Espelette-Ezpeletako Biperra

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

FR

Sel de Guérande/Fleur de sel de Guérande

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

FR

Sel de Salies-de-Béarn

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

HR

Zagorski puran

Carne fresca (y despojos)

 

HR

Baranjski kulen

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

HR

Dalmatinski pršut

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

HR

Drniški pršut

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

HR

Krčki pršut

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

HR

Ekstra djevičansko maslinovo ulje Cres

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

HR

Krčko maslinovo ulje

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

HR

Lički krumpir

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

HR

Neretvanska mandarina

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

HR

Ogulinski kiseli kupus/Ogulinsko kiselo zelje

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

HR

Poljički soparnik/Poljički zeljanik/Poljički uljenjak

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

HR+SI

Istarski pršut/Istrski pršut

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Abbacchio Romano

Carne fresca (y despojos)

 

IT

Agnello di Sardegna

Carne fresca (y despojos)

 

IT

Vitellone bianco dell'Appennino Centrale

Carne fresca (y despojos)

 

IT

Agnello del Centro Italia

Carne fresca (y despojos)

 

IT

Cinta Senese

Carne fresca (y despojos)

 

IT

Bresaola della Valtellina

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Capocollo di Calabria

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Ciauscolo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Coppa Piacentina

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Cotechino Modena

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Crudo di Cuneo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Culatello di Zibello

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Finocchiona

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Lardo di Colonnata

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Mortadella Bologna

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Mortadella di Prato

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Pancetta di Calabria

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Pancetta Piacentina

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto di Carpegna

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto di Modena

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto di Norcia

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto di Parma

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto di San Daniele

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto di Sauris

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto Toscano

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto Veneto Berico-Euganeo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salama da sugo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salame Brianza

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salame Cremona

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salame di Varzi

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salame d'oca di Mortara

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salame Piacentino

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salame Piemonte

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salame S. Angelo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salamini italiani alla cacciatora

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salsiccia di Calabria

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Soppressata di Calabria

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Soprèssa Vicentina

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Speck dell'Alto Adige/Südtiroler Markenspeck/Südtiroler Speck

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Valle d'Aosta Jambon de Bosses

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Valle d'Aosta Lard d'Arnad/Vallée d'Aoste Lard d'Arnad

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Zampone Modena

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Coppa di Parma

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Porchetta di Ariccia

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Prosciutto Amatriciano

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Salame Felino

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

IT

Asiago

Quesos

 

IT

Bitto

Quesos

 

IT

Bra

Quesos

 

IT

Caciocavallo Silano

Quesos

 

IT

Canestrato Pugliese

Quesos

 

IT

Casatella Trevigiana

Quesos

 

IT

Casciotta d'Urbino

Quesos

 

IT

Castelmagno

Quesos

 

IT

Fiore Sardo

Quesos

 

IT

Fontina

Quesos

 

IT

Formai de Mut dell'Alta Valle Brembana

Quesos

 

IT

Gorgonzola

Quesos

 

IT

Grana Padano

Quesos

 

IT

Montasio

Quesos

 

IT

Monte Veronese

Quesos

 

IT

Mozzarella di Bufala Campana

Quesos

 

IT

Murazzano

Quesos

 

IT

Parmigiano Reggiano

Quesos

 

IT

Pecorino Crotonese

Quesos

 

IT

Pecorino delle Balze Volterrane

Quesos

 

IT

Pecorino di Filiano

Quesos

 

IT

“Pecorino Romano”

Quesos

 

IT

Pecorino Sardo

Quesos

 

IT

Pecorino Siciliano

Quesos

 

IT

Pecorino Toscano

Quesos

 

IT

Provolone del Monaco

Quesos

 

IT

Provolone Valpadana

Quesos

 

IT

Silter

Quesos

 

IT

Strachitunt

Quesos

 

IT

Quartirolo Lombardo

Quesos

 

IT

Ragusano

Quesos

 

IT

Raschera

Quesos

 

IT

Robiola di Roccaverano

Quesos

 

IT

Spressa delle Giudicarie

Quesos

 

IT

Stelvio/Stilfser

Quesos

 

IT

Taleggio

Quesos

 

IT

Toma Piemontese

Quesos

 

IT

Valle d'Aosta Fromadzo

Quesos

 

IT

Valtellina Casera

Quesos

 

IT

Canestrato di Moliterno

Quesos

 

IT

Formaggella del Luinese

Quesos

 

IT

Formaggio di Fossa di Sogliano

Quesos

 

IT

Nostrano Valtrompia

Quesos

 

IT

Pecorino di Picinisco

Quesos

 

IT

Piacentinu Ennese

Quesos

 

IT

Piave

Quesos

 

IT

Puzzone di Moena/Spretz Tzaorì

Quesos

 

IT

Salva Cremasco

Quesos

 

IT

Squacquerone di Romagna

Quesos

 

IT

Vastedda della valle del Belìce

Quesos

 

IT

Miele della Lunigiana

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

IT

Ricotta Romana

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

IT

Miele delle Dolomiti Bellunesi

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

IT

Miele Varesino

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

IT

Ricotta di Bufala Campana

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

IT

Alto Crotonese

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Aprutino Pescarese

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Brisighella

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Bruzio

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Canino

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Cartoceto

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Chianti Classico

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Cilento

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Collina di Brindisi

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Colline di Romagna

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Colline Pontine

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Colline Salernitane

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Colline Teatine

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Dauno

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Garda

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Irpinia-Colline dell'Ufita

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Laghi Lombardi

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Lametia

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Lucca

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Molise

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Monte Etna

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Monti Iblei

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Penisola Sorrentina

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Pretuziano delle Colline Teramane

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Riviera Ligure

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Sabina

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Sardegna

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Sicilia

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Tergeste

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Terra di Bari

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Terra d'Otranto

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Terre di Siena

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Terre Tarentine

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Toscano

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Tuscia

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Umbría

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Val di Mazara

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Valdemone

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Valle del Belice

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Valli Trapanesi

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Veneto Valpolicella, Veneto Euganei e Berici, Veneto del Grappa

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Seggiano

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Terre Aurunche

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Vulture

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

IT

Arancia del Gargano

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Arancia Rossa di Sicilia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Asparago Bianco di Bassano

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Asparago bianco di Cimadolmo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Asparago di Cantello

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Asparago verde di Altedo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Basilico Genovese

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Cappero di Pantelleria

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Carciofo di Paestum

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Carciofo Romanesco del Lazio

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Carota dell'Altopiano del Fucino

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Castagna Cuneo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Castagna del Monte Amiata

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Castagna di Montella

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Castagna di Vallerano

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Ciliegia di Marostica

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Cipolla bianca di Margherita

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Cipolla Rossa di Tropea Calabria

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Cipollotto Nocerino

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Clementine del Golfo di Taranto

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Clementine di Calabria

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fagiolo di Lamon della Vallata Bellunese

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fagiolo di Sarconi

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fagiolo di Sorana

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Farina di Neccio della Garfagnana

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Farro della Garfagnana

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fico Bianco del Cilento

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Ficodindia dell'Etna

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fungo di Borgotaro

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Kiwi Latina

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

La Bella della Daunia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Lenticchia di Castelluccio di Norcia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Limone Costa d'Amalfi

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Limone di Sorrento

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Limone Femminello del Gargano

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Marrone del Mugello

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Marrone di Caprese Michelangelo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Marrone di Castel del Rio

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Marrone di Roccadaspide

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Marrone di San Zeno

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Mela Alto Adige/Südtiroler Apfel

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Mela di Valtellina

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Mela Val di Non

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Melannurca Campana

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Nocciola del Piemonte/Nocciola Piemonte

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Nocciola di Giffoni

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Nocciola Romana

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Nocellara del Belice

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Oliva Ascolana del Piceno

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Patata del Fucino

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Patata dell'Alto Viterbese

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Patata di Bologna

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Patata novella di Galatina

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Patata Rossa di Colfiorito

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Peperone di Senise

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pera dell'Emilia Romagna

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pera mantovana

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pesca di Verona

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pesca e nettarina di Romagna

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pescabivona

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pistacchio Verde di Bronte

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pomodorino del Piennolo del Vesuvio

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pomodoro di Pachino

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pomodoro S. Marzano dell'Agro Sarnese-Nocerino

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Radicchio di Chioggia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Radicchio di Verona

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Radicchio Rosso di Treviso

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Radicchio Variegato di Castelfranco

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Riso di Baraggia Biellese e Vercellese

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Riso Nano Vialone Veronese

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Scalogno di Romagna

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Sedano Bianco di Sperlonga

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Uva da tavola di Canicattì

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Uva da tavola di Mazzarrone

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Aglio Bianco Polesano

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Aglio di Voghiera

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Amarene Brusche di Modena

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Arancia di Ribera

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Asparago di Badoere

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Brovada

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Carciofo Brindisino

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Carciofo Spinoso di Sardegna

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Carota Novella di Ispica

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Ciliegia dell'Etna

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Ciliegia di Vignola

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fagioli Bianchi di Rotonda

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fagiolo Cannellino di Atina

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fagiolo Cuneo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Farina di castagne della Lunigiana

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Farro di Monteleone di Spoleto

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Fichi di Cosenza

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Ficodindia di San Cono

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Insalata di Lusia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Limone di Rocca Imperiale

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Limone di Siracusa

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Limone Interdonato Messina

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Marrone della Valle di Susa

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Marrone di Combai

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Mela Rossa Cuneo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Melanzana Rossa di Rotonda

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Melone Mantovano

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Patata della Sila

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Peperone di Pontecorvo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Pesca di Leonforte

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Riso del Delta del Po

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Susina di Dro

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Uva di Puglia

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

IT

Acciughe Sotto Sale del Mar Ligure

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

IT

Tinca Gobba Dorata del Pianalto di Poirino

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

IT

Cozza di Scardovari

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

IT

Salmerino del Trentino

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

IT

Trote del Trentino

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

IT

Cantuccini Toscani/Cantucci Toscani

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Coppia Ferrarese

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Focaccia di Recco col formaggio

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Pagnotta del Dittaino

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Pampapato di Ferrara/Pampepato di Ferrara

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Pane casareccio di Genzano

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Pane di Altamura

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Pane di Matera

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Ricciarelli di Siena

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Marroni del Monfenera

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Pane Toscano

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Panforte di Siena

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Piadina Romagnola/Piada Romagnola

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Torrone di Bagnara

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

IT

Cappellacci di zucca ferraresi

Pastas alimenticias

 

IT

Culurgionis d'Ogliastra

Pastas alimenticias

 

IT

Maccheroncini di Campofilone

Pastas alimenticias

 

IT

Pasta di Gragnano

Pastas alimenticias

 

IT

Pizzoccheri della Valtellina

Pastas alimenticias

 

IT

Bergamotto di Reggio Calabria-Olio essenziale

Aceites esenciales

 

IT

Aceto Balsamico di Modena

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IT

Aceto balsamico tradizionale di Modena

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IT

Aceto balsamico tradizionale di Reggio Emilia

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IT

Zafferano dell'Aquila

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IT

Zafferano di San Gimignano

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IT

Zafferano di Sardegna

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IT

Liquirizia di Calabria

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

IT

Sale Marino di Trapani

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

CY

Παφίτικο Λουκάνικο

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

Pafitiko Loukaniko

CY

Κολοκάσι Σωτήρας/Κολοκάσι-Πούλλες Σωτήρας

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

Kolokasi Sotiras/Kolokasi-Poulles Sotiras

CY

Γλυκό Τριαντάφυλλο Αγρού

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

Glyko Triantafyllo Agrou

CY

Κουφέτα Αμυγδάλου Γεροσκήπου

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

Koufeta Amygdalou Geroskipou

CY

Λουκούμι Γεροσκήπου

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

Loukoumi Geroskipou

LV

Latvijas lielie pelēkie zirņi

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

LV

Carnikavas nēģi

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

LT

Lietuviškas varškės sūris

Quesos

 

LT

Liliputas

Quesos

 

LT

Daujėnų naminė duona

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

LT/PL

Seinų/Lazdijų krašto medus/Miód z Sejneńszczyny/Łoździejszczyzny

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

LT

Stakliškės

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

LU

Viande de porc, marque nationale grand-duché de Luxembourg

Carne fresca (y despojos)

 

LU

Salaisons fumées, marque nationale grand-duché de Luxembourg

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

LU

Miel-Marque nationale du Grand-Duché de Luxembourg

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

LU

Beurre rose-Marque nationale du Grand-Duché de Luxembourg

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

HU

Magyar szürkemarha hús

Carne fresca (y despojos)

 

HU

Budapesti téliszalámi

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

HU

Szegedi szalámi/Szegedi téliszalámi

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

HU

Csabai kolbász/Csabai vastagkolbász

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

HU

Gyulai kolbász/Gyulai pároskolbász

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

HU

Hajdúsági torma

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

HU

Gönci kajszibarack

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

HU

Makói vöröshagyma/Makói hagyma

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

HU

Szentesi paprika

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

HU

Szőregi rózsatő

Flores y plantas ornamentales

 

HU

Alföldi kamillavirágzat

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

HU

Kalocsai fűszerpaprika-őrlemény

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

HU

Szegedi fűszerpaprika-őrlemény/Szegedi paprika

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

NL

Hollandse geitenkaas

Quesos

 

NL

Boeren-Leidse met sleutels

Quesos

 

NL

Kanterkaas/Kanternagelkaas/Kanterkomijnekaas

Quesos

 

NL

Noord-Hollandse Edammer

Quesos

 

NL

Noord-Hollandse Gouda

Quesos

 

NL

Edam Holland

Quesos

 

NL

Gouda Holland

Quesos

 

NL

Brabantse Wal asperges

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

NL

De Meerlander

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

NL

Opperdoezer Ronde

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

NL

Westlandse druif

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

AT

Gailtaler Speck

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

AT

Tiroler Speck

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

AT

Gailtaler Almkäse

Quesos

 

AT

Tiroler Almkäse/Tiroler Alpkäse

Quesos

 

AT

Tiroler Bergkäse

Quesos

 

AT

Tiroler Graukäse

Quesos

 

AT

Vorarlberger Alpkäse

Quesos

 

AT

Vorarlberger Bergkäse

Quesos

 

AT

Steirisches Kürbiskernöl

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

AT

Marchfeldspargel

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

AT

Pöllauer Hirschbirne

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

AT

Steirische Käferbohne

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

AT

Wachauer Marille

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

AT

Waldviertler Graumohn

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

AT

Mostviertler Birnmost

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

PL

Jagnięcina podhalańska

Carne fresca (y despojos)

 

PL

Kiełbasa lisiecka

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PL

Krupnioki śląskie

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PL

Bryndza Podhalańska

Quesos

 

PL

Oscypek

Quesos

 

PL

Wielkopolski ser smażony

Quesos

 

PL

Redykołka

Quesos

 

PL

Ser koryciński swojski

Quesos

 

PL

Miód wrzosowy z Borów Dolnośląskich

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PL

Miód drahimski

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PL

Miód kurpiowski

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PL

Podkarpacki miód spadziowy

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PL

Wiśnia nadwiślanka

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Fasola korczyńska

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Fasola Piękny Jaś z Doliny Dunajca/Fasola z Doliny Dunajca

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Fasola Wrzawska

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Jabłka grójeckie

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Jabłka łąckie

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Śliwka szydlowska

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Suska sechlońska

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Truskawka kaszubska/kaszëbskô malëna

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PL

Karp zatorski

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

PL

Andruty kaliskie

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PL

Rogal świętomarciński

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PL

Cebularz lubelski

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PL

Chleb prądnicki

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PL

Kołocz śląski/kołacz śląski

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PL

Obwarzanek krakowski

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PT

Borrego da Beira

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Borrego de Montemor-o-Novo

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Borrego do Baixo Alentejo

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Borrego do Nordeste Alentejano

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Borrego Serra da Estrela

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Borrego Terrincho

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cabrito da Beira

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cabrito da Gralheira

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cabrito das Terras Altas do Minho

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cabrito de Barroso

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cabrito Transmontano

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Capão de Freamunde

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carnalentejana

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne Arouquesa

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne Barrosã

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne Cachena da Peneda

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne da Charneca

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne de Bísaro Transmonano/Carne de Porco Transmontano

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne de Bovino Cruzado dos Lameiros do Barroso

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne de Porco Alentejano

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne dos Açores

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne Marinhoa

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne Maronesa

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne Mertolenga

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne Mirandesa

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cordeiro Bragançano

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cordeiro de Barroso/Anho de Barroso/Cordeiro de leite de Barroso

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Vitela de Lafões

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cabrito do Alentejo

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Carne de Bravo do Ribatejo

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Cordeiro mirandês/Canhono mirandês

Carne fresca (y despojos)

 

PT

Alheira de Barroso-Montalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Alheira de Mirandela

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Alheira de Vinhais

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Butelo de Vinhais/Bucho de Vinhais/Chouriço de Ossos de Vinhais

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Cacholeira Branca de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriça de Carne de Barroso-Montalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriça de carne de Melgaço

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriça de Carne de Vinhais/Linguiça de Vinhais

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriça de sangue de Melgaço

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriça Doce de Vinhais

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriço Azedo de Vinhais/Azedo de Vinhais/Chouriço de Pão de Vinhais

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriço de Abóbora de Barroso-Montalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriço de Carne de Estremoz e Borba

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriço de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriço grosso de Estremoz e Borba

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Chouriço Mouro de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Farinheira de Estremoz e Borba

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Farinheira de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Linguiça de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Linguíça do Baixo Alentejo/Chouriço de carne do Baixo Alentejo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Lombo Branco de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Lombo Enguitado de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Morcela de Assar de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Morcela de Cozer de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Morcela de Estremoz e Borba

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Paia de Estremoz e Borba

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Paia de Lombo de Estremoz e Borba

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Paia de Toucinho de Estremoz e Borba

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Painho de Portalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Paio de Beja

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Presunto de Barrancos/Paleta de Barrancos

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Presunto de Barroso

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Presunto de Camp Maior e Elvas/Paleta de Campo Maior e Elvas

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Presunto de Melgaço

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Presunto de Santana da Serra/Paleta de Santana da Serra

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Presunto de Vinhais/Presunto Bísaro de Vinhais

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Presunto do Alentejo/Paleta do Alentejo

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Salpicão de Barroso-Montalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Salpicão de Melgaço

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Salpicão de Vinhais

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Sangueira de Barroso-Montalegre

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

PT

Queijo de Azeitão

Quesos

 

PT

Queijo de Cabra Transmontano/Queijo de Cabra Transmontano Velho

Quesos

 

PT

Queijo de Évora

Quesos

 

PT

Queijo de Nisa

Quesos

 

PT

Queijo do Pico

Quesos

 

PT

Queijo mestiço de Tolosa

Quesos

 

PT

Queijo Rabaçal

Quesos

 

PT

Queijo S. Jorge

Quesos

 

PT

Queijo Serpa

Quesos

 

PT

Queijo Serra da Estrela

Quesos

 

PT

Queijo Terrincho

Quesos

 

PT

Queijos da Beira Baixa (Queijo de Castelo Branco, Queijo Amarelo da Beira Baixa, Queijo Picante da Beira Baixa)

Quesos

 

PT

Mel da Serra da Lousã

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Mel da Serra de Monchique

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Mel da Terra Quente

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Mel das Terras Altas do Minho

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Mel de Barroso

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Mel do Alentejo

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Mel do Parque de Montezinho

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Mel do Ribatejo Norte (Serra d'Aire, Albufeira de Castelo de Bode, Bairro, Alto Nabão

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Mel dos Açores

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Requeijão da Beira Baixa

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Requeijão Serra da Estrela

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Travia da Beira Baixa

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

PT

Azeite de Moura

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

PT

Azeite de Trás-os-Montes

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

PT

Azeite do Alentejo Interior

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

PT

Azeites da Beira Interior (Azeite da Beira Alta, Azeite da Beira Baixa)

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

PT

Azeites do Norte Alentejano

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

PT

Azeites do Ribatejo

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

PT

Ameixa d'Elvas

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Amêndoa Douro

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Ananás dos Açores/São Miguel

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Anona da Madeira

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Arroz Carolino das Lezírias Ribatejanas

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Arroz Carolino do Baixo Mondego

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Azeitona de conserva Negrinha de Freixo

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Azeitonas de Conserva de Elvas e Campo Maior

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Batata de Trás-os-Montes

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Batata doce de Aljezur

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Castanha da Terra Fria

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Castanha da Padrela

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Castanha dos Soutos da Lapa

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Castanha Marvão-Portalegre

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Cereja da Cova da Beira

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Cereja de São Julião-Portalegre

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Citrinos do Algarve

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Ginja de Óbidos e Alcobaça

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Maçã Bravo de Esmolfe

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Maçã da Beira Alta

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Maçã da Cova da Beira

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Maçã de Alcobaça

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Maçã de Portalegre

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Maracujá dos Açores/S. Miguel

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Meloa de Santa Maria — Açores

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Pêra Rocha do Oeste

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Pêssego da Cova da Beira

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Maçã Riscadinha de Palmela

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

PT

Fogaça da Feira

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PT

Ovos moles de Aveiro

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PT

Pastel de Chaves

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PT

Pastel deTentúgal

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PT

Pão de Ló de Ovar

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

PT

Sal de Tavira/Flor de Sal de Tavira

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

RO

Salam de Sibiu

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

RO

Telemea de Ibăneşti

Quesos

 

RO

Magiun de prune Topoloveni

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

SI

Kranjska klobasa

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

SI

Kraška panceta

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

SI

Kraški pršut

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

SI

Kraški zašink

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

SI

Prekmurska šunka

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

SI

Prleška tünka

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

SI

Šebreljski želodec

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

SI

Zgornjesavinjski želodec

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

SI

Bovški sir

Quesos

 

SI

Mohant

Quesos

 

SI

Nanoški sir

Quesos

 

SI

Tolminc

Quesos

 

SI

Kočevski gozdni med

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

SI

Kraški med

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

SI

Slovenski med

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

SI

Ekstra deviško oljčno olje Slovenske Istre

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

SI

Štajersko Prekmursko bučno olje

Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.)

 

SI

Ptujski lük

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

SI

Piranska sol

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

SK

Klenovecký syrec

Quesos

 

SK

Slovenská bryndza

Quesos

 

SK

Slovenská parenica

Quesos

 

SK

Slovenský oštiepok

Quesos

 

SK

Oravský korbáčik

Quesos

 

SK

Tekovský salámový syr

Quesos

 

SK

Zázrivské vojky

Quesos

 

SK

Zázrivský korbáčik

Quesos

 

SK

Skalický trdelník

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

SK

Levický Slad

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

SK

Paprika Žitava/Žitavská paprika

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

FI

Lapin Poron liha

Carne fresca (y despojos)

 

FI

Lapin Poron kuivaliha

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FI

Lapin Poron kylmäsavuliha

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

FI

Lapin Puikula

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

FI

Kitkan viisas

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

FI

Puruveden Muikku

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

FI

Kainuun rönttönen

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

SE

Svecia

Quesos

 

SE

Bruna bönor från Öland

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

SE

Kalix Löjrom

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

SE

Skånsk spettkaka

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

SE

Upplandskubb

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

UK

Isle of Man Manx Loaghtan Lamb

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Orkney beef

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Orkney lamb

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Scotch Beef

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Scotch Lamb

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Shetland Lamb

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Welsh Beef

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Welsh lamb

Carne fresca (y despojos)

 

UK

West Country Beef

Carne fresca (y despojos)

 

UK

West Country Lamb

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Lakeland Herdwick

Carne fresca (y despojos)

 

UK

Melton Mowbray Pork Pie

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

UK

Newmarket Sausage

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

UK

Stornoway Black Pudding

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

UK

Traditional Cumberland Sausage

Productos cárnicos (cocidos, en salazón, ahumados, etc.)

 

UK

Beacon Fell traditional Lancashire cheese

Quesos

 

UK

Bonchester cheese

Quesos

 

UK

Buxton blue

Quesos

 

UK

Dorset Blue Cheese

Quesos

 

UK

Dovedale cheese

Quesos

 

UK

Exmoor Blue Cheese

Quesos

 

UK

Single Gloucester

Quesos

 

UK

Staffordshire Cheese

Quesos

 

UK

Swaledale cheese

Quesos

 

UK

Teviotdale Cheese

Quesos

 

UK

Traditional Ayrshire Dunlop

Quesos

 

UK

West Country farmhouse Cheddar cheese

Quesos

 

UK

White Stilton cheese/Blue Stilton cheese

Quesos

 

UK

Orkney Scottish Island Cheddar

Quesos

 

UK

Swaledale ewes' cheese

Quesos

 

UK

Yorkshire Wensleydale

Quesos

 

UK

Cornish Clotted Cream

Otros productos de origen animal (huevos, miel, productos lácteos, salvo la mantequilla, etc.)

 

UK

Jersey Royal potatoes

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

UK

Yorkshire Forced Rhubarb

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

UK

Armagh Bramley Apples

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

UK

Fenland Celery

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

UK

New Season Comber Potatoes/Comber Earlies

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

UK

Pembrokeshire Earlies/Pembrokeshire Early Potatoes

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

 

UK

Arbroath Smokies

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Conwy Mussels

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Scottish Farmed Salmon

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Whitstable oysters

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Cornish Sardines

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Fal Oyster

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Isle of Man Queenies

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Lough Neagh Eel

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Scottish Wild Salmon

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Traditional Grimsby Smoked Fish

Peces, moluscos y crustáceos frescos y productos derivados

 

UK

Kentish ale y Kentish strong ale

Cervezas

 

UK

Rutland Bitter

Cervezas

 

UK

Cornish Pasty

Productos de panadería, pastelería, repostería y galletería

 

UK

Native Shetland Wool

Lana

 

UK

Anglesey Sea Salt/Halen Môn

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

UK

Gloucestershire cider/perry

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

UK

Herefordshire cider/perry

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

UK

Worcestershire cider/perry

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

UK

East Kent Goldings

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

 

Productos agrícolas y alimenticios distintos de los vinos, bebidas espirituosas y vinos aromatizados de la República de Moldavia que deben protegerse en la Unión Europea

Denominación que debe protegerse

Tipo de producto

Dulceaţă din petale de trandafir Călăraşi

Otros productos del anexo I del Tratado (especias, etc.)

«ANEXO XXX-D

INDICACIONES GEOGRÁFICAS DE PRODUCTOS A LAS QUE SE HACE REFERENCIA EN EL ARTÍCULO 297, APARTADOS 3 Y 4

PARTE A

Vinos de la Unión Europea que deben protegerse en la República de Moldavia

Estado miembro de la UE

Denominación que debe protegerse

 

BE

Côtes de Sambre et Meuse

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BE

Hagelandse wijn

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BE

Haspengouwse Wijn

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BE

Heuvellandse Wijn

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BE

Vlaamse mousserende kwaliteitswijn

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BE

Crémant de Wallonie

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BE

Vin mousseux de qualité de Wallonie

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BE

Vin de pays des Jardins de Wallonie

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

BE

Vlaamse landwijn

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

BG

Асеновград

Término equivalente: Asenovgrad

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Болярово

Término equivalente: Bolyarovo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Брестник

Término equivalente: Brestnik

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Варна

Término equivalente: Varna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Велики Преслав

Término equivalente: Veliki Preslav

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Видин

Término equivalente: Vidin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Враца

Término equivalente: Vratsa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Върбица

Término equivalente: Varbitsa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Долината на Струма

Término equivalente: Struma valley

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Драгоево

Término equivalente: Dragoevo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Евксиноград

Término equivalente: Evksinograd

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Ивайловград

Término equivalente: Ivaylovgrad

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Карлово

Término equivalente: Karlovo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Карнобат

Término equivalente: Karnobat

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Ловеч

Término equivalente: Lovech

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Лозицa

Término equivalente: Lozitsa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Лом

Término equivalente: Lom

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Любимец

Término equivalente: Lyubimets

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Лясковец

Término equivalente: Lyaskovets

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Мелник

Término equivalente: Melnik

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Монтана

Término equivalente: Montana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Нова Загора

Término equivalente: Nova Zagora

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Нови Пазар

Término equivalente: Novi Pazar

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Ново село

Término equivalente: Novo Selo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Оряховица

Término equivalente: Oryahovitsa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Павликени

Término equivalente: Pavlikeni

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Пазарджик

Término equivalente: Pazardjik

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Перущица

Término equivalente: Perushtitsa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Плевен

Término equivalente: Pleven

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Пловдив

Término equivalente: Plovdiv

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Поморие

Término equivalente: Pomorie

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Русе

Término equivalente: Ruse

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Сакар

Término equivalente: Sakar

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Сандански

Término equivalente: Sandanski

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Свищов

Término equivalente: Svishtov

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Септември

Término equivalente: Septemvri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Славянци

Término equivalente: Slavyantsi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Сливен

Término equivalente: Sliven

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Стамболово

Término equivalente: Stambolovo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Стара Загора

Término equivalente: Stara Zagora

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Сунгурларе

Término equivalente: Sungurlare

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Сухиндол

Término equivalente: Suhindol

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Търговище

Término equivalente: Targovishte

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Хан Крум

Término equivalente: Han Krum

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Хасково

Término equivalente: Haskovo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Хисаря

Término equivalente: Hisarya

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Хърсово

Término equivalente: Harsovo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Черноморски район

Término equivalente: Black sea region

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Шивачево

Término equivalente: Shivachevo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Шумен

Término equivalente: Shumen

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Ямбол

Término equivalente: Yambol

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Южно Черноморие

Término equivalente: Southern Black Sea Coast

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

BG

Дунавска равнина

Término equivalente: Danube Plain

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

BG

Тракийска низина

Término equivalente: Thracian Lowlands

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

CZ

Čechy

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Litoměřická

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Mělnická

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Mikulovská

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Morava

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Novosedelské Slámové víno

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Slovácká

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Šobes/Šobeské víno

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Velkopavlovická

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Znojemská

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

Znojmo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CZ

české

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

CZ

moravské

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DK

Bornholm

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DK

Fyn

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DK

Jylland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DK

Sjælland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Ahr

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Baden

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Franken

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Hessische Bergstraße

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Mittelrhein

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Mosel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Nahe

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Pfalz

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Rheingau

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Rheinhessen

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Saale-Unstrut

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Sachsen

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Württemberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

DE

Ahrtaler Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Badischer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Bayerischer Bodensee-Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Brandenburger Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Landwein Main

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Landwein der Mosel

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Landwein Neckar

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Landwein Oberrhein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Landwein der Ruwer

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Landwein der Saar

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Mecklenburger Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Mitteldeutscher Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Nahegauer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Pfälzer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Regensburger Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Rheinburgen-Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Rheingauer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Rheinischer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Saarländischer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Sächsischer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Schleswig-Holsteinischer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Schwäbischer Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Starkenburger Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Taubertäler Landwein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Landwein Rhein

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

DE

Landwein Rhein-Neckar

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Αγχίαλος

Término equivalente: Anchialos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Αμύνταιο

Término equivalente: Amynteo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Αρχάνες

Término equivalente: Archanes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Γουμένισσα

Término equivalente: Goumenissa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Δαφνές

Término equivalente: Dafnes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Ζίτσα

Término equivalente: Zitsa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Λήμνος

Término equivalente: Lemnos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μαντινεία

Término equivalente: Mantinia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μαυροδάφνη Κεφαλληνίας

Término equivalente: Mavrodaphne of Kefalonia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μαυροδάφνη Πατρών

Término equivalente: Mavrodaphni of Patra/Mavrodaphne of Patra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μεσενικόλα

Término equivalente: Messenikola

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μοσχάτος Κεφαλληνίας

Término equivalente: Muscat of Kefalonia/Muscat de Céphalonie

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μοσχάτος Λήμνου

Término equivalente: Muscat of Limnos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μοσχάτο Πατρών

Término equivalente: Muscat of Patra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μοσχάτος Ρίου Πάτρας

Término equivalente: Μuscat of Rio Patra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Μοσχάτος Ρόδου

Término equivalente: Rhodes Muscatel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Νάουσα

Término equivalente: Naoussa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Νεμέα

Término equivalente: Nemea

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Πάρος

Término equivalente: Paros

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Malvasia Πάρος

Término equivalente: Malvasia Paros

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Πάτρα

Término equivalente: Patras

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Πεζά

Término equivalente: Peza

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Πλαγιές Μελίτωνα

Término equivalente: Cotes de Meliton

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Ραψάνη

Término equivalente: Rapsani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Ρόδος

Término equivalente: Rodos/Rhodes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Ρομπόλα Κεφαλληνίας

Término equivalente: Robola of Cephalonia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Σάμος

Término equivalente: Samos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Σαντορίνη

Término equivalente: Santorini

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Σητεία

Término equivalente: Sitia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Malvasia Σητείας

Término equivalente: Malvasia Sitia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Άβδηρα

Término equivalente: Avdira

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Άγιο Όρος

Término equivalente: Mount Athos/Holly Mountain Holly Mount Athos/Holly Mountain Athos/Mont Athos/Άγιο Όρος Άθως

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ήπειρος

Término equivalente: Epirus

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ίλιον

Término equivalente: Ilion

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ίσμαρος

Término equivalente: Ismaros

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Αγορά

Término equivalente: Agora

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Αιγαίο Πέλαγος

Término equivalente: Aegean Sea/Aigaio Pelagos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ανάβυσσος

Término equivalente: Anavyssos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Αργολίδα

Término equivalente: Argolida

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Αρκαδία

Término equivalente: Arkadia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κοιλάδα Αταλάντης

Término equivalente: Atalanti Valley

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Αττική

Término equivalente: Attiki

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Αχαΐα

Término equivalente: Αchaia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Βελβεντό

Término equivalente: Velvento

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Βερντέα Ζακύνθου

Término equivalente: Verdean of Zakynthos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Γεράνεια

Término equivalente: Gerania

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Γρεβενά

Término equivalente: Grevena

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Δράμα

Término equivalente: Drama

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Δωδεκάνησος

Término equivalente: Dodekanese

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ζάκυνθος

Término equivalente: Zakynthos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Επανομή

Término equivalente: Epanomi

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Εύβοια

Término equivalente: Evia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Έβρος

Término equivalente: Evros

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ελασσόνα

Término equivalente: Elassona

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ηλεία

Término equivalente: Ilia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ημαθία

Término equivalente: Imathia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ηράκλειο

Término equivalente: Heraklion

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Θήβα

Término equivalente: Thebes

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Θαψανά

Término equivalente: Thapsana

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Θάσος

Término equivalente: Thasos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Θεσσαλία

Término equivalente: Thessalia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Θεσσαλονίκη

Término equivalente: Thessaloniki

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Θράκη

Término equivalente: Thrace

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ικαρία

Término equivalente: Ikaria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ιωάννινα

Término equivalente: Ioannina

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κάρυστος

Término equivalente: Karystos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Καβάλα

Término equivalente: Kavala

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κέρκυρα

Término equivalente: Corfu

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κίσσαμος

Término equivalente: Kissamos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Καρδίτσα

Término equivalente: Karditsa

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Καστοριά

Término equivalente: Kastoria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Κιθαιρώνα

Término equivalente:

Slopes of Kithaironas

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κλημέντι

Término equivalente: Klimenti

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Κνημίδας

Término equivalente: Slopes of Knimida

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κοζάνη

Término equivalente: Kozani

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Κορωπίου/Ρετσίνα Κρωπίας

Término equivalente: Ρετσίνα Κορωπίου Αττικής/Retsina of Koropi/Retsina of Koropi Attiki

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κρήτη

Término equivalente: Crete

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κρανιά

Término equivalente: Krania

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κραννώνα

Término equivalente: Krannona

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κυκλάδες

Término equivalente: Cyclades

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κως

Término equivalente: Κοs

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Κόρινθος

Término equivalente: Κορινθία/Korinthos/Korinthia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Λακωνία

Término equivalente: Lakonia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Λασίθι

Término equivalente: Lasithi

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Λετρίνοι

Término equivalente: Letrini

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Λευκάδα

Término equivalente: Lefkada

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Λέσβος

Término equivalente: Lesvos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ληλάντιο Πεδίο

Término equivalente: Lilantio Pedio/Lilantio Field

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μέτσοβο

Término equivalente: Metsovo

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μαγνησία

Término equivalente: Magnissia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μακεδονία

Término equivalente: Macedonia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μαντζαβινάτα

Término equivalente: Mantzavinata

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μαρκόπουλο

Término equivalente: Markopoulo

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μαρτίνο

Término equivalente: Μartino

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μεσσηνία

Término equivalente: Messinia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μετέωρα

Término equivalente: Meteora

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μεταξάτων

Término equivalente: Metaxata

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Μονεμβασία-Malvasia

Término equivalente: Monemvasia-Malvasia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Νέα Μεσημβρία

Término equivalente: Nea Mesimvria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Οπούντια Λοκρίδας

Término equivalente: Opountia Locris

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πέλλα

Término equivalente: Pella

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Παγγαίο

Término equivalente: Paggeo/Pangeon

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Παλλήνη

Término equivalente: Pallini

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Παρνασσός

Término equivalente: Parnasos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πελοπόννησος

Término equivalente: Peloponnese

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πιερία

Término equivalente: Pieria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πισάτις

Término equivalente: Pisatis

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Αιγιαλείας

Término equivalente: Slopes of Aigialia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Πάικου

Término equivalente: Slopes of Paiko

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Αμπέλου

Término equivalente: Slopes of Ambelos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Βερτίσκου

Término equivalente: Slopes of Vertiskos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Πάρνηθας

Término equivalente: Slopes of Parnitha

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Πεντελικού

Término equivalente: Slopes of Pendeliko/Βόρειες Πλαγιές Πεντελικού

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πλαγιές Αίνου

Término equivalente: Slopes of Ainos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Πυλία

Término equivalente: Pylia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρέθυμνο

Término equivalente: Rethimno

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Αττικής

Término equivalente: Retsina of Attiki

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Βοιωτίας

Término equivalente: Retsina of Viotia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Γιάλτρων

Término equivalente: Retsina of Gialtra

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Εύβοιας

Término equivalente: Retsina of Evoia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Θηβών (Βοιωτίας)

Término equivalente: Retsina of Thebes (Voiotias)

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Καρύστου

Término equivalente: Retsina of Karystos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Κορωπίου

Término equivalente: Ρετσίνα Κορωπίου Αττικής/Retsina of Koropi/Retsina of Koropi Attiki

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Μαρκόπουλου (Αττικής)

Término equivalente: Retsina of Markopoulo (Attiki)

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Μεγάρων

Término equivalente: Retsina of Megara (Attiki)

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Μεσογείων (Αττικής)

Término equivalente: Retsina of Mesogia (Attiki)

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Λιοπεσίου/Ρετσίνα Παιανίας

Término equivalente: Ρετσίνα Παιανίας Αττικής/Retsina of Paiania/Retsina of Paiania Attiki

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Παλλήνης

Término equivalente: Retsina of Pikermi (Attiki)

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Πικερμίου

Término equivalente: Ρετσίνα Πικερμίου (Αττικής)/Retsina of Pikermi (Attiki)

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Σπάτων

Término equivalente: Ρετσίνα Σπάτων (Αττικής)/Retsina of Spata (Attiki)

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ρετσίνα Χαλκίδας (Ευβοίας)

Término equivalente: Retsina of Halkida (Evoia)

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Ριτσώνα

Término equivalente: Ritsona

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Σέρρες

Término equivalente: Serres

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Σιάτιστα

Término equivalente: Siatista

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Σιθωνία

Término equivalente: Sithonia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Σπάτα

Término equivalente: Spata

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Στερεά Ελλάδα

Término equivalente: Sterea Ellada

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Τεγέα

Término equivalente: Tegea

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Τριφυλία

Término equivalente: Trifilia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Τύρναβος

Término equivalente: Tyrnavos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Φλώρινα

Término equivalente: Florina

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Φθιώτιδα

Término equivalente: Fthiotida/Phthiotis

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Χαλικούνα

Término equivalente: Halikouna

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Χαλκιδική

Término equivalente: Halkidiki

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Χάνδακας-Candia

Término equivalente: Candia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Malvasia Χάνδακας-Candia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

EL

Χανιά

Término equivalente: Chania

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

EL

Χίος

Término equivalente: Chios

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Abona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Alella

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Alicante

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Almansa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Arabako Txakolina/Txakolí de Álava/Chacolí de Álava

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Arlanza

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Arribes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Aylés

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Bierzo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Binissalem

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Bizkaiko Txakolina/Chacolí de Bizkaia/Txakolí de Bizkaia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Bullas

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Calatayud

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Calzadilla

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Campo de Borja

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Campo de la Guardia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Cangas

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Cariñena

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Casa del Blanco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Cataluña

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Cava

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Chacolí de Getaria/Getariako Txakolina/Txakolí de Getaria

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Cigales

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Conca de Barberà

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Condado de Huelva

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Costers del Segre

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Dehesa del Carrizal

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Dominio de Valdepusa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

El Hierro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Empordà

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Finca Élez

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Getariako Txakolina

Término equivalente: Chacolí de Getaria

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Gran Canaria

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Granada

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Guijoso

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Islas Canarias

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Jerez/Jerez-Xérès-Sherry/Sherry/Xérès

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Jumilla

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

La Gomera

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

La Mancha

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

La Palma

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Lanzarote

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Lebrija

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Los Balagueses

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Málaga

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Manchuela

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Manzanilla/Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Méntrida

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Mondéjar

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Monterrei

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Montilla-Moriles

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Montsant

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Navarra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Pago Florentino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Pago de Arínzano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Pago de Otazu

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Penedès

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Pla de Bages

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Pla i Llevant

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Prado de Irache

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Priorat

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Rías Baixas

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Ribeira Sacra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Ribeiro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Ribera del Duero

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Ribera del Guadiana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Ribera del Júcar

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Rioja

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Rueda

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Sierra de Salamanca

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Sierras de Málaga

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Somontano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Tacoronte-Acentejo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Tarragona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Terra Alta

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Tierra de León

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Tierra del Vino de Zamora

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Toro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Uclés

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Utiel-Requena

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Valdeorras

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Valdepeñas

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Valencia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Valtiendas

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Valle de Güímar

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Valle de la Orotava

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Valles de Benavente

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Vinos de Madrid

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Ycoden-Daute-Isora

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Yecla

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

3 Riberas

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Altiplano de Sierra Nevada

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Bajo Aragón

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Ribera del Gállego-Cinco Villas

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Ribera del Jiloca

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Valdejalón

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Valle del Cinca

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Bailén

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Barbanza e Iria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Betanzos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Cádiz

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Campo de Cartagena

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Cangas

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Castelló

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Castilla

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Castilla y León

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Córdoba

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Costa de Cantabria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Cumbres del Guadalfeo

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Desierto de Almería

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

El Terrerazo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

ES

Extremadura

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Formentera

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Ibiza/Eivissa

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Illes Balears

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Isla de Menorca/Illa de Menorca

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Laderas del Genil

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Laujar-Alpujarra

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Liébana

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Los Palacios

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Mallorca

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Murcia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Norte de Almería

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Ribera del Andarax

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Ribera del Queiles

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Serra de Tramuntana-Costa Nord

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Sierras de Las Estancias y Los Filabres

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Sierra Norte de Sevilla

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Sierra Sur de Jaén

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Torreperogil

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Valle del Miño-Ourense/Val do Miño-Ourense

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Valles de Sadacia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

ES

Villaviciosa de Córdoba

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

FR

Ajaccio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Aloxe-Corton

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace/Vin d'Alsace

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Altenberg de Bergbieten

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Altenberg de Bergheim

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Altenberg de Wolxheim

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Brand

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Bruderthal

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Eichberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Engelberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Florimont

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Frankstein

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Froehn

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Furstentum

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Geisberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Gloeckelberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Goldert

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Hatschbourg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Hengst

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

FR

Alsace Grand cru Kanzlerberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Kastelberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Kaefferkopf

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Kessler

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Kirchberg de Barr

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Kirchberg de Ribeauvillé

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Kitterlé

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Mambourg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Mandelberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Marckrain

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Moenchberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Muenchberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Ollwiller

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Osterberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Pfersigberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Pfingstberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Praelatenberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Rangen

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Saering

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Schlossberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Schoenenbourg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Sommerberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Sonnenglanz

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Spiegel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Sporen

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Steinert

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Steingrubler

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Steinklotz

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Vorbourg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Wiebelsberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Wineck-Schlossberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Winzenberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Zinnkoepflé

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Zotzenberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Alsace Grand cru Rosacker

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Anjou

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Anjou-Coteaux de la Loire

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Anjou Villages

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Anjou Villages Brissac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Arbois

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Atlantique

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Auxey-Duresses

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bandol

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Banyuls

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Banyuls grand cru

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Barsac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bâtard-Montrachet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Béarn

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Beaujolais

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Beaumes de Venise

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Beaune

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bellet/Vin de Bellet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bergerac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bienvenues-Bâtard-Montrachet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Blagny

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Blanc Fumé de Pouilly/Pouilly-Fumé

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Blaye

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bonnes-mares

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bonnezeaux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bordeaux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bordeaux supérieur

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Bourg/Bourgeais/Côtes de Bourg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bourgogne

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bourgogne aligoté

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bourgogne grand ordinaire/Bourgogne ordinaire/Coteaux Bourguignons

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bourgogne mousseux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bourgogne Passe-tout-grains

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bourgueil

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bouzeron

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Brouilly

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Brulhois

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bugey

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Buzet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cabardès

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cabernet d'Anjou

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cabernet de Saumur

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cadillac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cahors

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Canon Fronsac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cassis

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cérons

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chablis

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chablis grand cru

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chambertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chambertin-Clos de Bèze

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chambolle-Musigny

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Champagne

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chapelle-Chambertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Charlemagne

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Charmes-Chambertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chassagne-Montrachet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Château-Grillet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Château-Chalon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Châteaumeillant

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Châteauneuf-du-Pape

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Châtillon-en-Diois

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chénas

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chevalier-Montrachet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cheverny

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chinon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chiroubles

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chorey-lès-Beaune

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Clairette de Bellegarde

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Clairette de Die

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Clairette du Languedoc

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Clos de la Roche

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Clos de Tart

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Clos de Vougeot/Clos Vougeot

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Clos des Lambrays

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Clos Saint-Denis

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Collioure

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Condrieu

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Corbières

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Corbières-Boutenac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cornas

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Corse/Vin de Corse

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Corton

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Corton-Charlemagne

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Costières de Nîmes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côte de Beaune

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côte de Beaune-Villages

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côte de Brouilly

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côte de Nuits-Villages/Vins fins de la Côte de Nuits

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côte roannaise

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côte Rôtie

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux champenois

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux d'Aix-en-Provence

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux d'Ancenis

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux de Die

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux de l'Aubance

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux de Saumur

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux du Giennois

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux du Languedoc/Languedoc

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux du Layon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux du Loir

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux du Lyonnais

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux du Quercy

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux du Vendômois

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Coteaux Varois en Provence

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes d'Auvergne

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Bergerac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Blaye

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Bordeaux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Bordeaux-Saint-Macaire

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Duras

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Millau

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Montravel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Provence

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes de Toul

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes du Forez

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes du Jura

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes du Marmandais

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes du Rhône

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes du Rhône Villages

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes du Roussillon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes du Roussillon Villages

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Côtes du Vivarais

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cour-Cheverny

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Crémant d'Alsace

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Crémant de Bordeaux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Crémant de Bourgogne

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Crémant de Die

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Crémant de Limoux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Crémant de Loire

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Crémant du Jura

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Criots-Bâtard-Montrachet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Crozes-Hermitage/Crozes-Ermitage

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Echezeaux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Entraygues-Le Fel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Entre-Deux-Mers

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Estaing

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Faugères

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Fiefs Vendéens

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Fitou

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Fixin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Fleurie

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Floc de Gascogne

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Fronsac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Frontignan/Vin de Frontignan/Muscat de Frontignan

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Fronton

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Gaillac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Gaillac premières côtes

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Gevrey-Chambertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Gigondas

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Givry

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Grand Roussillon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Grands-Echezeaux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Graves

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Graves de Vayres

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Graves supérieures

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Grignan-les-Adhémar

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Griotte-Chambertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Gros plant du Pays nantais

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Haut-Médoc

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Haut-Montravel

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Haut-Poitou

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Hermitage/Ermitage/L'Ermitage/L'Hermitage

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Irancy

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Irouléguy

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Jasnières

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Juliénas

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Jurançon

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La Romanée

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L'Etoile

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La Grande Rue

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La Tâche

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Ladoix

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lalande-de-Pomerol

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Latricières-Chambertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lavilledieu

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

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Les Baux de Provence

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Limoux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lirac

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Listrac-Médoc

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Luberon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Loupiac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lussac Saint-Emilion

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Mâcon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Macvin du Jura

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Madiran

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Malepère

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Maranges

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Marcillac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Margaux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Marsannay

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Maury

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Mazis-Chambertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Mazoyères-Chambertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Médoc

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Menetou-Salon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Mercurey

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Meursault

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Minervois

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Minervois-la-Livinière

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Monbazillac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Montagne-Saint-Emilion

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Montagny

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Monthélie

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Montlouis-sur-Loire

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Montrachet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Montravel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Morey-Saint-Denis

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Morgon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Moselle

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Moulin-à-Vent

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Moulis/Moulis-en-Médoc

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscadet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscadet Coteaux de la Loire

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscadet Côtes de Grandlieu

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscadet Sèvre et Maine

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscat de Beaumes-de-Venise

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscat de Lunel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscat de Mireval

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscat de Rivesaltes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscat de Saint-Jean-de-Minervois

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Muscat du Cap Corse

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Musigny

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Nuits-Saint-Georges

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Orléans

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Orléans-Cléry

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pacherenc du Vic-Bilh

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Palette

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Patrimonio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pauillac

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pécharmant

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pernand-Vergelesses

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pessac-Léognan

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Petit Chablis

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pierrevert

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pineau des Charentes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pomerol

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pommard

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pouilly-Fuissé

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pouilly-Loché

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pouilly-sur-Loire

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Pouilly-Vinzelles

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Premières Côtes de Bordeaux

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Puisseguin Saint-Emilion

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Puligny-Montrachet

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Quarts de Chaume

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Quincy

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Rasteau

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Régnié

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Reuilly

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Richebourg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Rivesaltes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Romanée-Conti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Romanée- Saint-Vivant

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Rosé de Loire

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Rosé des Riceys

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Rosette

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Rosé d'Anjou

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Roussette du Bugey

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Roussette de Savoie

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Ruchottes-Chambertin

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Rully

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Sardos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Amour

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Aubin

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Saint-Bris

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Saint-Chinian

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Emilion

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Emilion Grand Cru

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Estèphe

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Saint-Georges-Saint-Emilion

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Joseph

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Julien

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Mont

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Nicolas-de-Bourgueil

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Péray

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Pourçain

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saint-Romain

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Saint-Véran

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Sainte-Croix-du-Mont

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Sainte-Foy-Bordeaux

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Sancerre

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Santenay

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saumur

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Saumur-Champigny

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Saussignac

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Sauternes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Savennières

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Savennières Coulée de Serrant

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Savennières Roche aux Moines

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Savigny-lès-Beaune

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Seyssel

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Tavel

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Touraine

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Tursan

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Alpes–de-Haute-Provence

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Bouches-du-Rhône

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Calvados

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Cathare

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Cévennes

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Cité de Carcassonne

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Collines Rhodaniennes

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

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Comté Tolosan

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

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Comtés Rhodaniens

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Corrèze

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

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Côte Vermeille

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Coteaux Charitois

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Coteaux de Coiffy

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Coteaux de Glanes

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Coteaux de l'Auxois

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Coteaux de Narbonne

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Coteaux de Peyriac

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Coteaux de Tannay

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Coteaux des Baronnies

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Coteaux du Cher et de l'Arnon

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Coteaux du Libron

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Coteaux du Pont du Gard

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Coteaux d'Ensérune

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Côtes Catalanes

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Côtes de Gascogne

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Côtes de Meuse

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Côtes de Thau

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Côtes de Thongue

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Côtes du Tarn

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Drôme

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Duché d'Uzès

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Franche-Comté

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Gard

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Gers

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Haute Vallée de l'Orb

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Haute Vallée de l'Aude

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Haute-Marne

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Haute-Vienne

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Hautes-Alpes

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Pays d'Hérault

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Île de Beauté

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Isère

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Landes

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Lot

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Maures

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Méditerranée

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Mont Caume

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Pays d'Oc

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Périgord

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Puy-de-Dôme

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Sables du Golfe du Lion

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Saint-Guilhem-le-Désert

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Sainte-Marie-la-Blanche

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Saône-et-Loire

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Thézac-Perricard

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Torgan

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Urfé

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Val de Loire

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Vallée du Paradis

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Var

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Vaucluse

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Vicomté d'Aumelas

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Yonne

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Dalmatinska zagora

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Dingač

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Hrvatska Istra

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Hrvatsko Podunavlje

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Hrvatsko primorje

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Istočna kontinentalna Hrvatska

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Moslavina

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Plešivica

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Pokuplje

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Prigorje-Bilogora

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Primorska Hrvatska

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Sjeverna Dalmacija

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Slavonija

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Srednja i Južna Dalmacija

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Zagorje – Međimurje

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Zapadna kontinentalna Hrvatska

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Abruzzo

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Alba

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Aleatico Passito dell'Elba/Elba Aleatico Passito

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Aglianico del Taburno

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Aglianico del Vulture

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Aglianico del Vulture Superiore

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Albugnano

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Alcamo

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Aleatico di Gradoli

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Aleatico di Puglia

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Alezio

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Alghero

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Alta Langa

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Alto Adige/dell'Alto Adige/Südtirol/Südtiroler

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Amarone della Valpolicella

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Amelia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Ansonica Costa dell'Argentario

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Aprilia

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Arborea

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Arcole

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Assisi

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Asti

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Atina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Aversa

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Bagnoli di Sopra/Bagnoli

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bagnoli Friularo/Friularo di Bagnoli

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Barbaresco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Barbera d'Alba

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Barbera d'Asti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Barbera del Monferrato

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Barbera del Monferrato Superiore

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Barco Reale di Carmignano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bardolino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bardolino Superiore

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Barletta

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Barolo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bianchello del Metauro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bianco Capena

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bianco dell'Empolese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bianco di Custoza/Custoza

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bianco di Pitigliano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Biferno

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bivongi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Boca

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bolgheri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bolgheri Sassicaia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bonarda dell'Oltrepò Pavese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bosco Eliceo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Buttafuoco/Buttafuoco dell'Oltrepò Pavese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Botticino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Brachetto d'Acqui/Acqui

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Bramaterra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Breganze

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Brindisi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Brunello di Montalcino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cacc'e mmitte di Lucera

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cagliari

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Calosso

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Campi Flegrei

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Campidano di Terralba/Terralba

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Canavese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Candia dei Colli Apuani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cannellino di Frascati

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cannonau di Sardegna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Capalbio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Capri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Capriano del Colle

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Carema

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Carignano del Sulcis

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Carmignano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Carso/Carso-Kras

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Casavecchia di Pontelatone

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Casteggio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Castel del Monte

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Castel del Monte Bombino Nero

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Castel del Monte Nero di Troia Riserva

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Castel del Monte Rosso Riserva

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Castel San Lorenzo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Casteller

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Castelli di Jesi Verdicchio Riserva

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Castelli Romani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cellatica

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cerasuolo d'Abruzzo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cerasuolo di Vittoria

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cerveteri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cesanese del Piglio/Piglio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cesanese di Affile/Affile

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cesanese di Olevano Romano/Olevano Romano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chianti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Chianti Classico

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cilento

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cinque Terre/Cinque Terre Sciacchetrà

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Circeo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cirò

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Cisterna d'Asti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colleoni/Terre del Colleoni

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Albani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Altotiberini

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Asolani-Prosecco/Asolo-Prosecco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Berici

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Bolognesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Bolognesi Classico Pignoletto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Euganei Fior d'Arancio/Fior d'Arancio Colli Euganei

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli d'Imola

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli del Trasimeno/Trasimeno

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli dell'Etruria Centrale

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli della Sabina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli di Conegliano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli di Faenza

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli di Luni

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli di Parma

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli di Rimini

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli di Scandiano e di Canossa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Etruschi Viterbesi/Tuscia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Euganei

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Lanuvini

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Colli Maceratesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Colli Martani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Orientali del Friuli Picolit

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Perugini

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Pesaresi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Piacentini

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Romagna centrale

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Colli Tortonesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Collina Torinese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Colline di Levanto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Colline Joniche Tarantine

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Colline Lucchesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Colline Novaresi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Colline Saluzzesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Collio Goriziano/Collio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Conegliano Valdobbiadene-Prosecco/Conegliano-Prosecco/Valdobbiadene-Prosecco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Cònero

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Contea di Sclafani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Contessa Entellina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Controguerra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Copertino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Cori

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Cortese dell'Alto Monferrato

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Corti Benedettine del Padovano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Cortona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Costa d'Amalfi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Coste della Sesia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Curtefranca

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Delia Nivolelli

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Dogliani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Dolcetto d'Acqui

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Dolcetto d'Alba

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Dolcetto d'Asti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Dolcetto di Diano d'Alba/Diano d'Alba

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Dolcetto di Ovada

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Dolcetto di Ovada Superiore/Ovada

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Durello Lessini/Lessini Durello

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Elba

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Eloro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Erbaluce di Caluso/Caluso

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Erice

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Esino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Est! Est!! Est!!! di Montefiascone

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Etna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Etschtaler/Valdadige

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Falanghina del Sannio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Falerio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Falerno del Massico

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Fara

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Faro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Fiano di Avellino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Franciacorta

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Frascati

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Frascati Superiore

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Freisa d'Asti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Freisa di Chieri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Friuli Annia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Friuli Aquileia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Friuli Colli Orientali

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Friuli Grave

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Friuli Isonzo/Isonzo del Friuli

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Friuli Latisana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Gabiano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Galatina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Galluccio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Gambellara

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Garda

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Garda Colli Mantovani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Gattinara

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Gavi/Cortese di Gavi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Genazzano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Ghemme

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Gioia del Colle

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Girò di Cagliari

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Golfo del Tigullio-Portofino/Portofino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Grance Senesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Gravina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Greco di Bianco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Greco di Tufo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Grignolino d'Asti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Grignolino del Monferrato Casalese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Gutturnio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

I Terreni di Sanseverino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Irpinia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Ischia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lacrima di Morro/Lacrima di Morro d'Alba

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Lago di Caldaro/Caldaro/Kalterer/Kalterersee

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Lago di Corbara

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lambrusco di Sorbara

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lambrusco Grasparossa di Castelvetro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lambrusco Mantovano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lambrusco Salamino di Santa Croce

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lamezia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Langhe

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Lessona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Leverano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Lison

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Lison-Pramaggiore

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Lizzano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Loazzolo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Locorotondo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Lugana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Malanotte del Piave/Piave Malanotte

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Malvasia delle Lipari

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Malvasia di Bosa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Malvasia di Casorzo d'Asti/Casorzo/Malvasia di Casorzo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Malvasia di Castelnuovo Don Bosco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Mamertino di Milazzo/Mamertin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Mandrolisai

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Marino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Marsala

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Martina/Martina Franca

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Matera

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Matino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Melissa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Menfi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Merlara

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Molise/del Molise

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Monferrato

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Monica di Sardegna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Monreale

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montecarlo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montecompatri Colonna/Colonna/Montecompatri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montecucco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montecucco Sangiovese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

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Montefalco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montefalco Sagrantino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montello/Montello Rosso

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montello-Colli Asolani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montepulciano d'Abruzzo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montepulciano d'Abruzzo Colline Teramane

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Monteregio di Massa Marittima

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montescudaio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Monti Lessini

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Morellino di Scansano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Moscadello di Montalcino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Moscato di Pantelleria/Pantelleria/Passito di Pantelleria

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Moscato di Sardegna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Moscato di Sennori/Moscato di Sorso/Moscato di Sorso-Sennori

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Moscato di Trani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Nardò

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Nasco di Cagliari

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Nebbiolo d'Alba

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Negroamaro di Terra d'Otranto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Nettuno

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Noto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Nuragus di Cagliari

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Offida

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Oltrepò Pavese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Oltrepò Pavese metodo classico

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Oltrepò Pavese Pinot grigio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Orcia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Orta Nova

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Ortona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Ortrugo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Orvieto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Ostuni

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Parrina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Penisola Sorrentina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Pentro di Isernia/Pentro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Pergola

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Piave

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Piemonte

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Pinerolese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Pinot nero dell'Oltrepò Pavese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Pomino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Pornassio/Ormeasco di Pornassio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Primitivo di Manduria

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Primitivo di Manduria Dolce Naturale

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Prosecco

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Ramandolo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Recioto della Valpolicella

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Recioto di Gambellara

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Recioto di Soave

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Reggiano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Reno

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Riesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Riviera del Brenta

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Riviera del Garda Bresciano/Garda Bresciano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Riviera ligure di Ponente

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Roero

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Roma

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Romagna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Romagna Albana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosazzo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rossese di Dolceacqua/Dolceacqua

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosso Cònero

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosso della Val di Cornia/Val di Cornia Rosso

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosso di Cerignola

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosso di Montalcino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosso di Montepulciano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosso di Valtellina/Valtellina rosso

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosso Orvietano/Orvietano Rosso

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rosso Piceno/Piceno

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Rubino di Cantavenna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Ruchè di Castagnole Monferrato

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Salaparuta

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Salice Salentino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sambuca di Sicilia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

San Colombano al Lambro/San Colombano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

San Gimignano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

San Ginesio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

San Martino della Battaglia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

San Severo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

San Torpè

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sangue di Giuda/Sangue di Giuda dell'Oltrepò Pavese

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sannio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

S. Anna di Isola Capo Rizzuto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sant'Antimo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Santa Margherita di Belice

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sardegna Semidano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Savuto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Scanzo/Moscato di Scanzo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Scavigna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sciacca

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Serrapetrona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Serenissima/Vigneti della Serenissima

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sforzato di Valtellina/Sfursat di Valtellina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Siracusa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sizzano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Soave

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Soave Superiore

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Sovana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Spoleto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Squinzano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Strevi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Suvereto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Tarquinia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Taurasi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Tavoliere/Tavoliere delle Puglie

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Teroldego Rotaliano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terra d'Otranto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terracina/Moscato di Terracina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terratico di Bibbona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terre Alfieri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terre dell'Alta Val d'Agri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terre di Casole

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terre di Cosenza

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terre di Offida

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terre di Pisa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Terre Tollesi/Tullum

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Tintilia del Molise

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Todi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Torgiano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Torgiano rosso riserva

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Trebbiano d'Abruzzo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Trentino

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Trento

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Val d'Arbia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Val d'Arno di Sopra/Valdarno di Sopra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Val di Cornia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Val Polcèvera

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valcalepio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valdadige

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valdadige Terradeiforti/Terradeiforti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valdichiana toscana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valdinievole

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valle d'Aosta/Vallée d'Aoste

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valli Ossolane

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valpolicella

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valpolicella Ripasso

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valsusa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valtellina Superiore

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Velletri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Valtènesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Venezia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Verdicchio dei Castelli di Jesi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Verdicchio di Matelica

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Verdicchio di Matelica Riserva

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Verduno Pelaverga/Verduno

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vermentino di Gallura

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vermentino di Sardegna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vernaccia di Oristano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vernaccia di San Gimignano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vernaccia di Serrapetrona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vesuvio

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vicenza

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vignanello

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Villamagna

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vin Santo del Chianti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vin Santo del Chianti Classico

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vin Santo di Carmignano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vin Santo di Montepulciano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vino Nobile di Montepulciano

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Vittoria

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Zagarolo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Allerona

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Alta Valle della Greve

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Alto Livenza

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Alto Mincio

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Anagni

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Arghillà

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Avola

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Barbagia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Basilicata

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Benaco bresciano

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Beneventano/Benevento

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Bergamasca

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Bettona

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Bianco del Sillaro/Sillaro

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Bianco di Castelfranco Emilia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Calabria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Camarro

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Campania

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Cannara

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Catalanesca del Monte Somma

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Civitella d'Agliano

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colli Aprutini

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colli Cimini

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colli del Limbara

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colli del Sangro

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colli della Toscana centrale

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colli di Salerno

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colli Trevigiani

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Collina del Milanese

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colline del Genovesato

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colline Frentane

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colline Pescaresi

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colline Savonesi

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Colline Teatine

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Conselvano

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Costa Etrusco Romana

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Costa Toscana

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Costa Viola

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Daunia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

del Vastese/Histonium

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

delle Venezie

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Dugenta

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Emilia/dell'Emilia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Epomeo

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Fontanarossa di Cerda

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Forlí

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Fortana del Taro

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Frusinate/del Frusinate

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Grottino di Roccanova

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Isola dei Nuraghi

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Lazio

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Liguria di Levante

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Lipuda

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Locride

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Marca Trevigiana

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Marcas

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Maremma Toscana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Marmilla

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Mitterberg

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Modena/di Modena

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Montecastelli

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Montenetto di Brescia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Murgia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Narni

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Nurra

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Ogliastra

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Osco/Terre degli Osci

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Paestum

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Palizzi

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Parteolla

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Pellaro

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Planargia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Pompeiano

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Provincia di Mantova

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Provincia di Nuoro

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Provincia di Pavia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Provincia di Verona/Verona/Veronese

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Puglia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Quistello

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Ravenna

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Roccamonfina

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Romangia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Ronchi di Brescia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Ronchi Varesini

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Rotae

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Rubicone

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Sabbioneta

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Salemi

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Salento

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Salina

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Scilla

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Sebino

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Sibiola

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Sicilia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

IT

Spello

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Tarantino

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Terrazze dell'Imperiese

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Terrazze Retiche di Sondrio

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Terre Aquilane/Terre de L'Aquila

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Terre del Volturno

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Terre di Chieti

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Terre di Veleja

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Terre Lariane

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Terre Siciliane

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Tharros

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Toscano/Toscana

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Trexenta

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Umbria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Val di Magra

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Val di Neto

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Val Tidone

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Valcamonica

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Valdamato

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Vallagarina

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Valle Belice

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Valle d'Itria

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Valle del Tirso

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Valli di Porto Pino

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Veneto

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Veneto Orientale

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Venezia Giulia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

IT

Vigneti delle Dolomiti/Weinberg Dolomiten

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

CY

Βουνί Παναγιάς – Αμπελίτης

Término equivalente:

Vouni Panayias-Ampelitis

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CY

Κουμανδαρία

Término equivalente: Commandaria

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CY

Κρασοχώρια Λεμεσού

Término equivalente: Krasohoria Lemesou

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CY

Κρασοχώρια Λεμεσού-Αφάμης

Término equivalente: Krasohoria Lemesou-Afames

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CY

Κρασοχώρια Λεμεσού-Λαόνα

Término equivalente: Krasohoria Lemesou-Laona

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CY

Λαόνα Ακάμα

Término equivalente: Laona Akama

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CY

Πιτσιλιά

Término equivalente: Pitsilia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

CY

Λάρνακα

Término equivalente: Larnaka

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

CY

Λεμεσός

Término equivalente: Lemesos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

CY

Λευκωσία

Término equivalente: Lefkosia

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

CY

Πάφος

Término equivalente: Pafos

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

LU

Moselle Luxembourgeoise

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Badacsony/Badacsonyi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Balaton/Balatoni

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Balaton-felvidék/Balaton-felvidéki

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Balatonboglár/Balatonboglári

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Balatonfüred-Csopak/Balatonfüred-Csopaki

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Balatoni

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Bükk/Bükki

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Csongrád/Csongrádi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Debrői Hárslevelű

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Duna/Dunai

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Eger/Egri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Etyek-Buda/Etyek-Budai

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Hajós-Baja

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Izsáki Arany Sárfehér

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Kunság/Kunsági

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Mátra/Mátrai

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Mór/Móri

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Nagy-Somló/Nagy-Somlói

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Neszmély/Neszmélyi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Pannonhalma/Pannonhalmi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Pécs

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Somlói/Somló

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Sopron/Soproni

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Szekszárd/Szekszárdi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Tihany/Tihanyi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Tokaj/Tokaji

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Tolna/Tolnai

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Villány/Villányi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Zala/Zalai

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Káli

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Neszmély/Neszmélyi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Pannon

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Tihany/Tihanyi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

HU

Balatonmelléki

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

HU

Duna-Tisza-közi

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

HU

Dunántúli/Dunántúl

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

HU

Felső-Magyarországi/Felső-Magyarország

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

HU

Zempléni/Zemplén

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

MT

Gozo/Għawdex

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

MT

Malta

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

MT

Maltese Islands

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Drenthe

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Flevoland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Friesland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Gelderland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Groningen

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Limburg

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Noord-Brabant

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Noord-Holland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Overijssel

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Utrecht

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Zeeland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

NL

Zuid-Holland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

AT

Burgenland

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Carnuntum

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Eisenberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Kamptal

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Kärnten

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Kremstal

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Leithaberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Mittelburgenland

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Neusiedlersee

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Neusiedlersee-Hügelland

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Niederösterreich

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Oberösterreich

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Salzburg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Steiermark

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Süd-Oststeiermark

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Südburgenland

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Südsteiermark

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Thermenregion

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Tirol

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Traisental

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Vorarlberg

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Wachau

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Wagram

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Weinviertel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Weststeiermark

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Wien

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

AT

Bergland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

AT

Steirerland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

AT

Weinland

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Açores

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Alentejano

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Alenquer

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Alentejo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Algarve

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Arruda

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Bairrada

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Beira Interior

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Biscoitos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Bucelas

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Carcavelos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Colares

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Dão

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

DoTejo

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Douro

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Duriense

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Encostas d'Aire

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Graciosa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Lafões

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Lagoa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Lagos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Lisboa

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Madeirense

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Madeira/Madeira Wein/Madeira Wijn/Madeira Wine/Madera/Madère/Vin de Madère/Vinho da Madeira/Vino di Madera

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Minho

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Óbidos

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Porto/Oporto/Port/Port Wine/Portvin/Portwijn/vin de Porto/vinho do Porto

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Palmela

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Pico

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Portimao

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Setubal

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Tavira

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Távora-Varosa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Torres Vedras

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Trás-os-Montes

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Vinho Verde

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

PT

Península de Setúbal

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Tejo

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Terras Madeirenses

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PT

Transmontano

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Aiud

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Alba Iulia

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Babadag

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Banat

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Banu Mărăcine

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Bohotin

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Coteşti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Cotnari

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Crişana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Dealu Bujorului

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Dealu Mare

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Drăgăşani

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Huşi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Iana

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Iaşi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Lechinţa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Mehedinţi

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Miniş

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Murfatlar

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Nicoreşti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Odobeşti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Oltina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Panciu

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Pietroasa

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Recaş

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Sâmbureşti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Sarica Niculiţel

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Sebeş-Apold

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Segarcea

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Ştefăneşti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Târnave

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

RO

Colinele Dobrogei

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Dealurile Crişanei

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Dealurile Moldovei

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Dealurile Munteniei

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Dealurile Olteniei

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Dealurile Sătmarului

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Dealurile Transilvaniei

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Dealurile Vrancei

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Dealurile Zarandului

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Terasele Dunării

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Viile Caraşului

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

RO

Viile Timişului

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

SI

Bela krajina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Belokranjec

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Bizeljsko Sremič

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Bizeljčan

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Cviček

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Dolenjska

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Goriška Brda

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Kras

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Metliška črnina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Prekmurje

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Slovenska Istra

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Štajerska Slovenija

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Teran

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Vipavska dolina

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SI

Podravje

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

SI

Posavje

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

SI

Primorska

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

SK

Južnoslovenská/Južnoslovenské/Južnoslovenský

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SK

Karpatská perla

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SK

Malokarpatská/Malokarpatské/Malokarpatský

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SK

Nitrianska/Nitrianske/Nitriansky

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SK

Stredoslovenská/Stredoslovenské/Stredoslovenský

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SK

Vinohradnícka oblasť Tokaj

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SK

Východoslovenská/Východoslovenské/Východoslovenský

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

SK

Slovenská/Slovenské/Slovenský

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

UK

Español

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

UK

English Regional

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

UK

Welsh

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

UK

Welsh Regional

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

Vinos de la República de Moldavia que deben protegerse en la Unión Europea

Denominación que debe protegerse

 

Ciumai/Чумай

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

Romăneşti

Vinos con denominación de origen protegida (DOP)

Codru

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

Ştefan Vodă

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

Valul lui Traian

Vinos con indicación geográfica protegida (IGP)

PARTE B

Bebidas espirituosas de la Unión Europea que deben protegerse en la República de Moldavia

Estado miembro de la UE

Denominación que debe protegerse

Tipo de producto

BE

Balegemse jenever

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

BE, NL, FR

Genièvre/Jenever/Genever

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

BE, NL, FR

Genièvre de grains/Graanjenever/Graangenever

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

BE

Hasseltse jenever/Hasselt

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

BE, NL

Jonge jenever/jonge genever

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

BE

O' de Flander-Oost-Vlaamse Graanjenever

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

BE, NL

Oude jenever/oude genever

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

BE

Peket-Pekêt/Peket-Pékêt de Wallonie

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

BE, NL, FR

Genièvre aux fruits/Vruchtenjenever/Jenever met vruchten/Fruchtgenever

Otras bebidas espirituosas

BG

Бургаска Мускатова ракия/Мускатова ракия от Бургас/Bourgaska Muscatova rakya/Muscatova rakya from Bourgas

Aguardiente de vino

BG

Карловска гроздова ракия/Гроздова Ракия от Карлово/Karlovska grozdova rakya/Grozdova Rakya from Karlovo

Aguardiente de vino

BG

Поморийска гроздова ракия/Гроздова ракия от Поморие/Pomoriyska grozdova rakya/Grozdova rakya from Pomorie

Aguardiente de vino

BG

Сливенска перла (Сливенска гроздова ракия/Гроздова ракия от Сливен)/Slivenska perla (Slivenska grozdova rakya/Grozdova rakya from Sliven)

Aguardiente de vino

BG

Стралджанска Мускатова ракия/Мускатова ракия от Стралджа/Straldjanska Muscatova rakya/Muscatova rakya from Straldja

Aguardiente de vino

BG

Сунгурларска гроздова ракия/Гроздова ракия от Сунгурларе/Sungurlarska grozdova rakya/Grozdova rakya from Sungurlare

Aguardiente de vino

BG

Сухиндолска гроздова ракия/Гроздова ракия от Сухиндол/Suhindolska grozdova rakya/Grozdova rakya from Suhindol

Aguardiente de vino

BG

Ловешка сливова ракия/Сливова ракия от Ловеч/Loveshka slivova rakya/Slivova rakya from Lovech

Aguardiente de fruta

BG

Троянска сливова ракия/Сливова ракия от Троян/Troyanska slivova rakya/Slivova rakya from Troyan

Aguardiente de fruta

CZ

Karlovarská Hořká

Licores

DE

Emsländer Korn/Kornbrand

Bebida espirituosa de cereales

DE

Haselünner Korn/Kornbrand

Bebida espirituosa de cereales

DE

Hasetaler Korn/Kornbrand

Bebida espirituosa de cereales

DE, AT, BE

Korn/Kornbrand

Bebida espirituosa de cereales

DE

Münsterländer Korn/Kornbrand

Bebida espirituosa de cereales

DE

Sendenhorster Korn/Kornbrand

Bebida espirituosa de cereales

DE

Deutscher Weinbrand

Brandy/Weinbrand

DE

Pfälzer Weinbrand

Brandy/Weinbrand

DE

Fränkischer Obstler

Aguardiente de fruta

DE

Fränkisches Kirschwasser

Aguardiente de fruta

DE

Fränkisches Zwetschgenwasser

Aguardiente de fruta

DE

Schwarzwälder Kirschwasser

Aguardiente de fruta

DE

Schwarzwälder Mirabellenwasser

Aguardiente de fruta

DE

Schwarzwälder Williamsbirne

Aguardiente de fruta

DE

Schwarzwälder Zwetschgenwasser

Aguardiente de fruta

DE

Schwarzwälder Himbeergeist

Geist

DE

Bayerischer Gebirgsenzian

Genciana

DE

Ostfriesischer Korngenever

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

DE

Steinhäger

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

DE

Rheinberger Kräuter

Bebidas espirituosas de sabor amargo o bitter

DE

Bayerischer Kräuterlikör

Licores

DE

Benediktbeurer Klosterlikör

Licores

DE

Berliner Kümmel

Licores

DE

Blutwurz

Licores

DE

Chiemseer Klosterlikör

Licores

DE

Ettaler Klosterlikör

Licores

DE

Hamburger Kümmel

Licores

DE

Hüttentee

Licores

DE

Münchener Kümmel

Licores

DE

Bärwurz

Otras bebidas espirituosas

DE

Königsberger Bärenfang

Otras bebidas espirituosas

DE

Ostpreußischer Bärenfang

Otras bebidas espirituosas

EE

Estonian vodka

Vodka

IE

Irish Whiskey/Uisce Beatha Eireannach/Irish Whisky

Whiskey/Whisky

IE

Irish Cream

Licores

IE

Irish Poteen/Irish Poitín

Otras bebidas espirituosas

EL

Τσικουδιά/Tsikoudia

Aguardiente de orujo de uva

EL

Τσικουδιά Κρήτης/Tsikoudia of Crete

Aguardiente de orujo de uva

EL

Τσίπουρο/Tsipouro

Aguardiente de orujo de uva

EL

Τσίπουρο Θεσσαλίας/Tsipouro of Thessaly

Aguardiente de orujo de uva

EL

Τσίπουρο Μακεδονίας/Tsipouro of Macedonia

Aguardiente de orujo de uva

EL

Τσίπουρο Τυρνάβου/Tsipouro of Tyrnavos

Aguardiente de orujo de uva

EL

Ούζο Θράκης/Ouzo of Thrace

Anís destilado

EL

Ούζο Καλαμάτας/Ouzo of Kalamata

Anís destilado

EL

Ούζο Μακεδονίας/Ouzo of Macedonia

Anís destilado

EL

Ούζο Μυτιλήνης/Ouzo of Mitilene

Anís destilado

EL

Ούζο Πλωμαρίου/Ouzo of Plomari

Anís destilado

EL

Κίτρο Νάξου/Kitro of Naxos

Licores

EL

Κουμκουάτ Κέρκυρας/Koum Kouat of Corfu

Licores

EL

Μαστίχα Χίου/Masticha of Chios

Licores

EL

Τεντούρα/Tentoura

Licores

ES

Brandy de Jerez

Brandy/Weinbrand

ES

Brandy del Penedés

Brandy/Weinbrand

ES

Orujo de Galicia

Aguardiente de orujo de uva

ES

Aguardiente de sidra de Asturias

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

ES

Gin de Mahón

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

ES

Anís Paloma Monforte del Cid

Bebidas espirituosas anisadas

ES

Chinchón

Bebidas espirituosas anisadas

ES

Hierbas de Mallorca

Bebidas espirituosas anisadas

ES

Hierbas Ibicencas

Bebidas espirituosas anisadas

ES

Cantueso Alicantino

Licores

ES

Licor café de Galicia

Licores

ES

Licor de hierbas de Galicia

Licores

ES

Palo de Mallorca

Licores

ES

Ratafia catalana

Licores

ES

Aguardiente de hierbas de Galicia

Otras bebidas espirituosas

ES

Aperitivo Café de Alcoy

Otras bebidas espirituosas

ES

Herbero de la Sierra de Mariola

Otras bebidas espirituosas

ES

Pacharán navarro

Otras bebidas espirituosas

ES

Ronmiel de Canarias

Otras bebidas espirituosas

FR

Rhum de la Guadeloupe

Ron

FR

Rhum de la Guyane

Ron

FR

Rhum de la Martinique

Ron

FR

Rhum de la Réunion

Ron

FR

Rhum de sucrerie de la Baie du Galion

Ron

FR

Rhum des Antilles françaises

Ron

FR

Rhum des départements français d'outre-mer

Ron

FR

Whisky alsacien/Whisky d'Alsace

Whiskey/Whisky

FR

Whisky breton/Whisky de Bretagne

Whiskey/Whisky

FR

Armañac

Aguardiente de vino

FR

Coñac

Aguardiente de vino

FR

Eau-de-vie de Cognac

Aguardiente de vino

FR

Eau-de-vie de Faugères/Faugères

Aguardiente de vino

FR

Eau-de-vie de vin de la Marne

Aguardiente de vino

FR

Eau-de-vie de vin des Côtes-du-Rhône

Aguardiente de vino

FR

Eau-de-vie de vin originaire du Bugey

Aguardiente de vino

FR

Eau-de-vie de vin originaire du Languedoc

Aguardiente de vino

FR

Eau-de-vie des Charentes

Aguardiente de vino

FR

Fine Bordeaux

Aguardiente de vino

FR

Fine de Bourgogne

Aguardiente de vino

FR

Marc d'Alsace Gewürztraminer

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc d'Auvergne

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc de Bourgogne/Eau-de-vie de marc de Bourgogne

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc de Champagne/Eau-de-vie de marc de Champagne

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc de Provence/Eau-de-vie de marc originaire de Provence

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc de Savoie/Eau-de-vie de marc originaire de Savoie

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc des Côtes-du-Rhône/Eau-de-vie de marc des Côtes du Rhône

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc du Bugey/Eau-de-vie de marc originaire de Bugey

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc du Jura

Aguardiente de orujo de uva

FR

Marc du Languedoc/Eau-de-vie de marc originaire du Languedoc

Aguardiente de orujo de uva

FR

Framboise d'Alsace

Aguardiente de fruta

FR

Kirsch d'Alsace

Aguardiente de fruta

FR

Kirsch de Fougerolles

Aguardiente de fruta

FR

Mirabelle d'Alsace

Aguardiente de fruta

FR

Mirabelle de Lorraine

Aguardiente de fruta

FR

Quetsch d'Alsace

Aguardiente de fruta

FR

Calvados

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

FR

Calvados Domfrontais

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

FR

Calvados Pays d'Auge

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

FR

Eau-de-vie de cidre de Bretagne

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

FR

Eau-de-vie de cidre de Normandie

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

FR

Eau-de-vie de poiré de Normandie

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

FR

Eau-de-vie de poiré du Maine

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

FR

Genièvre Flandres Artois

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

FR, IT

Génépi des Alpes/Genepì degli Alpi

Licores

FR

Ratafia de Champagne

Licores

FR

Cassis de Bourgogne

Crème de Cassis

FR

Cassis de Dijon

Crème de Cassis

FR

Cassis de Saintonge

Crème de Cassis

FR

Pommeau de Bretagne

Otras bebidas espirituosas

FR

Pommeau de Normandie

Otras bebidas espirituosas

FR

Pommeau du Maine

Otras bebidas espirituosas

HR

Hrvatska loza

Aguardiente de fruta

HR

Hrvatska stara šljivovica

Aguardiente de fruta

HR

Slavonska šljivovica

Aguardiente de fruta

HR

Hrvatski pelinkovac

Licores

HR

Zadarski maraschino

Maraschino/Marrasquino/Maraskino

HR

Hrvatska travarica

Otras bebidas espirituosas

IT

Brandy italiano

Brandy/Weinbrand

IT

Grappa

Aguardiente de orujo de uva

IT

Grappa di Baro lo

Aguardiente de orujo de uva

IT

Grappa di Marsala

Aguardiente de orujo de uva

IT

Grappa friulana/Grappa del Friuli

Aguardiente de orujo de uva

IT

Grappa lombarda/Grappa di Lombardia

Aguardiente de orujo de uva

IT

Grappa piemontese/Grappa del Piemonte

Aguardiente de orujo de uva

IT

Grappa Siciliana/Grappa di Sicilia

Aguardiente de orujo de uva

IT

Grappa trentina/Grappa del Trentino

Aguardiente de orujo de uva

IT

Grappa veneta/Grappa del Veneto

Aguardiente de orujo de uva

IT

Südtiroler Grappa/Grappa dell'Alto Adige

Aguardiente de orujo de uva

IT

Aprikot trentino/Aprikot del Trentino

Aguardiente de fruta

IT

Distillato di mele trentino/Distillato di mele del Trentino

Aguardiente de fruta

IT

Kirsch Friulano/Kirschwasser Friulano

Aguardiente de fruta

IT

Kirsch Trentino/Kirschwasser Trentino

Aguardiente de fruta

IT

Kirsch Veneto/Kirschwasser Veneto

Aguardiente de fruta

IT

Sliwovitz del Friuli-Venezia Giulia

Aguardiente de fruta

IT

Sliwovitz del Veneto

Aguardiente de fruta

IT

Sliwovitz trentino/Sliwovitz del Trentino

Aguardiente de fruta

IT

Südtiroler Golden Delicious/Golden Delicious dell'Alto Adige

Aguardiente de fruta

IT

Südtiroler Gravensteiner/Gravensteiner dell'Alto Adige

Aguardiente de fruta

IT

Südtiroler Kirsch/Kirsch dell'Alto Adige

Aguardiente de fruta

IT

Südtiroler Marille/Marille dell'Alto Adige

Aguardiente de fruta

IT

Südtiroler Obstler/Obstler dell'Alto Adige

Aguardiente de fruta

IT

Südtiroler Williams/Williams dell'Alto Adige

Aguardiente de fruta

IT

Südtiroler Zwetschgeler/Zwetschgeler dell'Alto Adige

Aguardiente de fruta

IT

Williams friulano/Williams del Friuli

Aguardiente de fruta

IT

Williams trentino/Williams del Trentino

Aguardiente de fruta

IT

Genziana trentina/Genziana del Trentino

Genciana

IT

Südtiroler Enzian/Genziana dell'Alto Adige

Genciana

IT

Genepì del Piemonte

Licores

IT

Genepì della Valle d'Aosta

Licores

IT

Liquore di limone della Costa d'Amalfi

Licores

IT

Liquore di limone di Sorrento

Licores

IT

Mirto di Sardegna

Licores

IT

Nocino di Modena

Nocino

CY

Ζιβανία/Τζιβανία/Ζιβάνα/Zivania

Aguardiente de orujo de uva

CY, EL

Ouzo/Ούζο

Anís destilado

LT

Samanė

Bebida espirituosa de cereales

LT

Originali lietuviška degtinė/Original Lithuanian vodka

Vodka

LT

Vilniaus džinas/Vilnius Gin

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

LT

Trejos devynerios

Bebidas espirituosas de sabor amargo o bitter

LT

Trauktinė

Otras bebidas espirituosas

LT

Trauktinė Dainava

Otras bebidas espirituosas

LT

Trauktinė Palanga

Otras bebidas espirituosas

HU

Törkölypálinka

Aguardiente de orujo de uva

HU

Békési Szilvapálinka

Aguardiente de fruta

HU

Gönci Barackpálinka

Aguardiente de fruta

HU

Kecskeméti Barackpálinka

Aguardiente de fruta

HU, AT

Pálinka

Aguardiente de fruta

HU

Szabolcsi Almapálinka

Aguardiente de fruta

HU

Szatmári Szilvapálinka

Aguardiente de fruta

HU

Újfehértói meggypálinka

Aguardiente de fruta

AT

Wachauer Weinbrand

Brandy/Weinbrand

AT

Wachauer Marillenbrand

Aguardiente de fruta

AT

Jägertee/Jagertee/Jagatee

Licores

AT

Mariazeller Magenlikör

Licores

AT

Steinfelder Magenbitter

Licores

AT

Wachauer Marillenlikör

Licores

AT

Inländerrum

Otras bebidas espirituosas

PL

Herbal vodka from the North Podlasie Lowland aromatised with an extract of bison grass (Vodka de hierbas de la llanura de Podlasie Septentrional, aromatizado con extracto de hierba de bisonte)/Wódka ziołowa z Niziny Północnopodlaskiej aromatyzowana ekstraktem z trawy żubrowej

Vodka

PL

Polska Wódka/Polish Vodka

Vodka

PL

Polish Cherry

Licores

PT

Rum da Madeira

Ron

PT

Aguardente de Vinho Alentejo

Aguardiente de vino

PT

Aguardente de Vinho da Região dos Vinhos Verdes

Aguardiente de vino

PT

Aguardente de Vinho Douro

Aguardiente de vino

PT

Aguardente de Vinho Lourinhã

Aguardiente de vino

PT

Aguardente de Vinho Ribatejo

Aguardiente de vino

PT

Aguardente Bagaceira Alentejo

Aguardiente de orujo de uva

PT

Aguardente Bagaceira Bairrada

Aguardiente de orujo de uva

PT

Aguardente Bagaceira da Região dos Vinhos Verdes

Aguardiente de orujo de uva

PT

Medronho do Algarve

Aguardiente de fruta

PT

Poncha da Madeira

Licores

RO

Vinars Murfatlar

Aguardiente de vino

RO

Vinars Segarcea

Aguardiente de vino

RO

Vinars Târnave

Aguardiente de vino

RO

Vinars Vaslui

Aguardiente de vino

RO

Vinars Vrancea

Aguardiente de vino

RO

Horincă de Cămârzana

Aguardiente de fruta

RO

Pălincă

Aguardiente de fruta

RO

Ţuică de Argeş

Aguardiente de fruta

RO

Ţuică Zetea de Medieşu Aurit

Aguardiente de fruta

SI

Brinjevec

Aguardiente de fruta

SI

Dolenjski sadjevec

Aguardiente de fruta

SI

Janeževec

Bebidas espirituosas anisadas

SI

Slovenska travarica

Bebidas espirituosas de sabor amargo o bitter

SI

Pelinkovec

Licores

SI

Orehovec

Nocino

SI

Domači rum

Otras bebidas espirituosas

SK

Spišská borovička

Bebidas espirituosas con sabor a enebro

FI

Suomalainen Vodka/Finsk Vodka/Vodka of Finland

Vodka

FI

Suomalainen Marjalikööri/Suomalainen Hedelmälikööri/Finsk Bärlikör/Finsk Fruktlikör/Finnish berry liqueur/Finnish fruit liqueur

Licores

SE

Svensk Vodka/Swedish Vodka

Vodka

SE

Svensk Aquavit/Svensk Akvavit/Swedish Aquavit

Akvavit/Aquavit

SE

Svensk Punsch/Swedish Punch

Otras bebidas espirituosas

UK

Scotch Whisky

Whiskey/Whisky

UK

Somerset Cider Brandy

Aguardiente de sidra y aguardiente de perada

Bebidas espirituosas de la República de Moldavia que deben protegerse en la Unión Europea

Denominación que debe protegerse

Tipo de producto

Divin

Aguardiente de vino

Rachiu de caise de Nimoreni

Aguardiente de fruta

PARTE C

Vinos aromatizados de la Unión Europea que deben protegerse en la República de Moldavia

Estado miembro de la UE

Denominación que debe protegerse

IT

Vermouth di Torino

HR

Samoborski bermet

FR

Vermouth de Chambéry

DE

Nürnberger Glühwein

DE

Thüringer Glühwein

Vinos aromatizados de la República de Moldavia que deben protegerse en la Unión Europea

[…]

».