ISSN 1977-0685

Diario Oficial

de la Unión Europea

L 131

European flag  

Edición en lengua española

Legislación

61.° año
29 de mayo de 2018


Sumario

 

II   Actos no legislativos

Página

 

 

REGLAMENTOS

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2018/774 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

1

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2018/775 de la Comisión, de 28 de mayo de 2018, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, en lo que se refiere a las normas para indicar el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario de un alimento ( 1 )

8

 

 

DECISIONES

 

*

Decisión (UE) 2018/776 del Consejo, de 22 de mayo de 2018, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, en relación con la modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (Línea presupuestaria 12 02 01: Aplicación y desarrollo del mercado único en el sector de los servicios financieros) ( 1 )

12

 

*

Decisión (UE) 2018/777 del Consejo, de 22 de mayo de 2018, relativa a la posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE en lo que respecta a la modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (Línea presupuestaria 02 04 77 03: Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa) ( 1 )

14

 

*

Decisión (PESC) 2018/778 del Consejo, de 28 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

16

 

*

Decisión Delegada (UE) 2018/779 de la Comisión, de 19 de febrero de 2018, relativa a los sistemas aplicables para evaluar y verificar la constancia de las prestaciones de los paneles sándwich con recubrimiento metálico destinados al uso estructural de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1 )

23

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


II Actos no legislativos

REGLAMENTOS

29.5.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 131/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/774 DEL CONSEJO

de 28 de mayo de 2018

por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011 (1), y en particular su artículo 32, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

(2)

De la revisión de las medidas se desprende que deben actualizarse y modificarse las menciones relativas a determinadas personas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de mayo de 2018.

Por el Consejo

La Presidenta

F. MOGHERINI


(1)  DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.


ANEXO

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica como sigue:

I.

En la parte A («Personas»), las siguientes menciones se modifican como sigue:

 

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«7.

Amjad (

Image 1L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Abbas (

Image 2L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Al-Abbas)

 

Jefe de la seguridad política en Banyas; implicación en la represión contra los manifestantes en Baida.

9.5.2011

8.

Rami (

Image 3L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Makhlouf (

Image 4L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 10 de julio de 1969

Lugar de nacimiento: Damasco

Pasaporte n.o 000098044,

n.o de expedición 002-03-0015187

Destacado hombre de negocios que opera en Siria, con intereses en los sectores de las telecomunicaciones, los servicios financieros, el transporte y los bienes inmuebles; tiene intereses financieros o cargos ejecutivos y de dirección en SyriaTel, el principal operador de telefonía móvil de Siria, el fondo de inversión Al Mashreq, Bena Properties y Cham Holding.

Aporta financiación y apoyo al régimen sirio, mediante sus actividades comerciales.

Es miembro influyente de la familia Makhlouf y está estrechamente relacionado con la familia Assad; es primo del presidente Bashar Al-Assad.

9.5.2011

9.

Abd Al-Fatah (

Image 5L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Qudsiyah (

Image 6L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 1953

Lugar de nacimiento: Hama

Pasaporte diplomático n.o D0005788

Oficial con el rango de general de división en las fuerzas aéreas sirias, que ocupó el cargo después de mayo de 2011.

Director adjunto de la Oficina Nacional de Seguridad del partido Baaz Antiguo jefe de la Dirección de Información Militar Siria. Implicado en la represión violenta contra la población civil en Siria.

9.5.2011

13

Munzir (

Image 7L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Mundhir, Monzer) Jamil (

Image 8L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Al-Assad (

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)

Fecha de nacimiento: 1 de marzo de 1961

Lugar de nacimiento: Kerdaha, Latakia Province

Pasaporte n.o 86449 y n.o 842781

Involucrado en la represión de la población civil como miembro de la milicia Shabiha.

9.5.2011

19.

Iyad (

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) alias Eyad) Makhlouf (

Image 11L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 21 de enero de 1973

Lugar de nacimiento: Damasco

Pasaporte n.o N001820740

Miembro de la familia Makhlouf; hijo de Mohammed Makhlouf, hermano de Hafez y Rami y hermano de Ihab Makhlouf; primo del presidente Bashar Al-Assad.

Miembro de los servicios sirios de seguridad e inteligencia, que ocupó el cargo después de mayo de 2011.

Funcionario de los servicios generales de información implicado en la represión de la población civil en Siria.

23.5.2011

23.

Zoulhima (

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) (alias Zu al-Himma) Chaliche (

Image 13L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Shalish, Shaleesh) (alias Dhu al-Himma Shalish)

Fecha de nacimiento: 1951 o 1946 o 1956

Lugar de nacimiento: Kerdaha

Funcionario de los servicios sirios de seguridad e inteligencia, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Antiguo jefe de la Protección presidencial.

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de general de división, que ocupó el cargo después de mayo de 2011.

Implicado en la represión de manifestantes.

Miembro de la familia Assad: primo del presidente Bashar Al-Assad.

23.6.2011

26.

General de División Qasem (

Image 14L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Soleimani (

Image 15L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias). Qasim Soleimany; Qasim Soleimani; Qasem Sulaimani; Qasim Sulaimani; Qasim Sulaymani; Qasem Sulaymani; Kasim Soleimani; Kasim Sulaimani; Kasim Sulaymani; Haj Qasem; Haji Qassem; Sarder Soleimani)

Fecha de nacimiento: 11 de marzo de 1957

Lugar de nacimiento: Qom, Irán (República Islámica de);

Pasaporte n.o: 008827, expedido en Irán.

Comandante General del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria iraní(CGRI)- Qods, involucrado en el suministro de equipo y apoyo en ayuda al régimen sirio en la represión de las protestas en Siria.

23.6.2011

27.

Hossein (

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) Taeb (

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) (alias. Taeb, Hassan; alias Taeb, Hosein; alias. Taeb, Hossein; alias. Taeb, Hussayn; alias. Hojjatoleslam Hossein Ta'eb)

Fecha de nacimiento: 1963

Lugar de nacimiento: Teherán, Irán

Vicecomandante de los Servicios de Información del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria iraní, involucrado en el suministro de equipo y apoyo en ayuda al régimen sirio en la represión de las protestas en Siria.

23.6.2011

36.

Nizar (

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) al-Asaad (

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) (alias Nizar Asaad)

Primo de Bashar Al- Assad; exdirector de la empresa “Nizar Oilfield Supplies”.

Muy cercano a los funcionarios del Gobierno.

Financia a los Shabiha (milicianos al servicio del régimen) en la región de Latakia.

23.8.2011

37.

General de división Rafiq (

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) (alias Rafeeq) Shahadah (

Image 21L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Shahada, Shahade, Shahadeh, Chahada, Chahade, Chahadeh, Chahada)

Fecha de nacimiento: 1956

Lugar de nacimiento: Jableh, provincia de Latakia

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de general de división, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Antiguo Jefe de la Sección 293 (Asuntos Internos) de la Oficina de Información Militar Siria en Damasco. Directamente implicado en la represión y la violencia ejercidas contra la población civil en Damasco. Asesor del presidente Bashar Al-Assad en cuestiones estratégicas e información militar.

23.8.2011

50.

Tarif (

Image 22L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Akhras (

Image 23L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Al Akhras (

Image 24L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 2 de junio de 1951

Lugar de nacimiento: Hooms, Siria

Pasaporte sirio n.o: 0000092405

Prominente hombre de negocios que cuenta con el apoyo del régimen al que, a su vez, presta apoyo. Fundador del Grupo Akhras (materias primas, comercio, tratamiento y logística) y antiguo presidente de la Cámara de Comercio de Homs. Mantiene estrechas relaciones de negocios con la familia del Presidente Al-Assad. Miembro de la Junta de la Federación de Cámaras de Comercio de Siria. Facilitó locales industriales e inmuebles residenciales para que sirvieran de centros de detención improvisados, así como apoyo logístico al régimen (autobuses y vehículos para el transporte de tanques).

2.9.2011

53.

Adib (

Image 25L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Mayaleh (

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) (alias André Mayard)

Fecha de nacimiento: 15 de mayo de 1955

Lugar de nacimiento: Bassir

Exgobernador y expresidente del Consejo de Administración del Banco Central de Siria.

Adib Mayaleh controlaba el sector bancario de Siria y gestionaba la masa monetaria mediante la expedición y retirada de billetes y el control del valor del tipo de cambio de la libra siria. Por sus funciones en el Banco Central de Siria, Adib Mayaleh prestaba apoyo económico y financiero al régimen sirio.

Exministro de Economía y Comercio Exterior, que ocupó el cargo después de mayo de 2011.

15.5.2012

68.

Bassam (

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) Sabbagh (

Image 28L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Al Sabbagh (

Image 29L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento 24 de agosto de 1959

Lugar de nacimiento: Damasco

Dirección: Kasaa, Anwar al Attar Street, al Midani building, Damasco

Pasaporte sirio n.o: 004326765 expedido el 2 de noviembre de 2008, válido hasta noviembre de 2014.

Jefe del bufete Sabbagh & Associates, Damasco; asesor jurídico y financiero, gestiona negocios de Rami Makhlouf y Khaldoun Makhlouf; coopera con Bashar al-Assad en la financiación de un proyecto inmobiliario; apoya financieramente al régimen.

14.11.2011

79.

General de división Talal (

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) Makhluf (

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) (aliasMakhlouf)

 

Antiguo comandante de la 105.a Brigada de la Guardia Republicana. Actual comandante general de la Guardia Republicana. Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de general de división, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Funcionario militar implicado en la violencia en Damasco.

1.12.2011

80.

General de división Nazih (

Image 32L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Nazeeh) Hassun (

Image 33L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Hassoun)

 

Oficial con el rango de general de división en las fuerzas aéreas sirias, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Jefe de la Dirección de Seguridad Política de los servicios de seguridad sirios, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Responsable de la represión violenta contra la población civil en Siria.

1.12.2011

109

Imad (

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) Mohammad (

Image 35L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Mohamed, Muhammad, Mohammed) Deeb (

Image 36L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Khamis (

Image 37L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Imad Mohammad Dib Khamees)

Fecha de nacimiento: 1 de agosto de 1961

Lugar de nacimiento: Damasco

Primer ministro y Exministro de la electricidad. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión y la violencia ejercidas contra la población civil.

23.3.2012

114.

Emad (

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) Abdul-Ghani (

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) Sabouni (

Image 40L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Imad Abdul Ghani Al Sabuni)

Fecha de nacimiento: 1964

Lugar de nacimiento: Damasco

Exministro de Telecomunicaciones y Tecnología, ocupó el cargo al menos hasta abril de 2014. En su condición de Exministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil. Nombrado en julio de 2016 jefe de la Agencia de Planificación y Cooperación Internacional (Agencia gubernamental).

27.2.2012

116.

Tayseer (

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) Qala (

Image 42L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Awwad (

Image 43L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 1943

Lugar de nacimiento: Damasco

Exministro de Justicia. Vinculado al régimen sirio, así como a la represión violenta ejercida por este contra la población civil. Antiguo jefe del Tribunal Militar. Miembro del Consejo Superior de Justicia.

23.9.2011

132.

Brigadier General Abdul- Salam (

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) Fajr (

Image 45L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Mahmoud (

Image 46L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

 

Jefe de la Bab Tuma (Damasco) rama del servicio de Inteligencia de las fuerzas aéreas. Responsable de la tortura de opositores al régimen en detención.

24.7.2012

147.

General Amer al-Achi (alias Amis al Ashi; alias Ammar Aachi; alias Amer Ashi) (

Image 47L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

 

Jefe de la sección de inteligencia de los Servicios de Información del Ejército del Aire (2012-2016). Por sus funciones en el seno de la Agencia de información del Ejército del Aire, Amer al- Achi está implicado en la represión de la oposición siria.

24.7.2012

153

Waleed (

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) (alias Walid) Al Mo'allem (

Image 49L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Al Moallem, Muallem (

Image 50L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

))

 

Vice Primer ministro y Exministro de relaciones exteriores y expatriados. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión y la violencia ejercidas contra la población civil.

16.10.2012

157.

Eng. Bassam (

Image 51L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Hanna (

Image 52L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 1954

Lugar de nacimiento: Alepo (Siria)

Exministro de Recursos Hídricos, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. En su calidad de antiguo ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil.

16.10.2012

160.

Dr. Hazwan (

Image 53L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Al Wez (

Image 54L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Al Wazz)

 

Ministro de Educación. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión violenta del régimen ejercida contra la población civil.

16.10.2012

169.

Dr. Adnan (

Image 55L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Abdo (

Image 56L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Abdou) Al Sikhny (

Image 57L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Al-Sikhni, Al-Sekhny, Al-Sekhni)

Fecha de nacimiento: 1961

Lugar de nacimiento: Alepo (Siria)

Exministro de Industria. En su calidad de antiguo ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil.

16.10.2012

171.

Dr Abdul-Salam (

Image 58L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Al Nayef (

Image 59L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

 

Ex Ministro de la Salud en el cargo después de mayo de 2011. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión violenta del régimen ejercida contra la población civil.

16.10.2012

175.

Najm-eddin (

Image 60L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Nejm-eddin, Nejm-eddeen, Najm-eddeen, Nejm-addin, Nejm-addeen, Najm-addeen, Najm-addin) Khreit (

Image 61L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Khrait)

 

Exsecretario de Estado. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión violenta del régimen ejercida contra la población civil.

16.10.2012

176.

Abdullah (

Image 62L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Abdallah) Khaleel (

Image 63L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Khalil) Hussein (

Image 64L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) alias. Hussain)

 

Exsecretario de Estado en el cargo después de mayo de 2011. Como Exministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión violenta del régimen ejercida contra la población civil.

16.10.2012

189.

Dr Malek (

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) Ali (

Image 66L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Malik Ali)

Fecha de nacimiento: 1956

Lugar de nacimiento: Tartus (Siria)

Exministro de Enseñanza Superior, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. En su calidad de antiguo ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil.

24.6.2014

206.

General de división Muhamad (

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) (alias Mohamed, Muhammad) Mahalla (

Image 68L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Mahla, Mualla, Maalla, Muhalla)

Fecha de nacimiento: 1960

Lugar de nacimiento: Jableh

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de general de división, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Jefe de la Sección 293 (Asuntos Internos) de la Oficina de Información Militar Siria (SMI) desde abril de 2015. Responsable de la represión y violencia contra la población civil en la ciudad de Damasco y en su zona rural. Antiguo jefe adjunto de la seguridad política (2012), funcionario de la Guardia Republicana siria y Vicedirector de la sección de seguridad política. Jefe de la Policía Militar y miembro de la Oficina Nacional de Seguridad.

29.5.2015

210.

Tahir (

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) Hamid (

Image 70L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Khalil (

Image 71L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Tahir Hamid Khali; Khalil Tahir Hamid)

Posición: general de División

Tiene rango de general de División, es jefe de la Dirección siria de misiles y artillería de las fuerzas armadas sirias y ocupa su puesto desde mayo de 2011. En su calidad de alto mando de la Dirección siria de misiles y artillería es responsable de la represión violenta contra la población civil, lo que incluyó el uso de misiles y armas químicas por parte de las brigadas bajo su mando en zonas densamente pobladas en Guta en 2013.

28.10.2016

251.

Mohammad (

Image 72L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Ziad (

Image 73L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Ghriwati (

Image 74L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias: Mohammad Ziad Ghraywati)

 

Mohammad Ziad Ghriwati es ingeniero en el Centro de Estudios e Investigación Científica sirio. Ha participado en la proliferación de armas químicas y sus vectores. Mohammad Ziad Ghriwati ha participado en la construcción de bombas de barril utilizadas contra la población civil en Siria.

Está vinculado al Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, entidad incluida en la lista.

18.7.2017

253.

Khaled (

Image 75L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Sawan (

Image 76L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

 

El Dr.Khaled Sawan es ingeniero en el Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, y ha participado en la proliferación de armas químicas y sus vectores. Ha participado en la construcción de bombas de barril utilizadas contra la población civil en Siria.

Asociado al Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, entidad incluida en la lista.

18.7.2017

254.

Raymond (

Image 77L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Rizq (

Image 78L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias: Raymond Rizk)

 

Raymond Rizq es ingeniero en el Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, y ha participado en la proliferación de armas químicas y sus vectores. Ha participado en la construcción de bombas de barril utilizadas contra la población civil en Siria.

Asociado al Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, entidad incluida en la lista.

18.7.2017

261.

Maher Sulaiman (alias

Image 79L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

; Mahir; Suleiman)

Lugar de nacimiento: Lattakia, Siria

Doctor; Director del Instituto Superior de Tecnología y Ciencias aplicadas (HIAST, por sus siglas en inglés de “Higher Institute for Applied Sciences and Technology”), código postal 31983, Damasco

Director del Instituto Superior de Tecnología y Ciencias Aplicadas (HIAST, por sus siglas en inglés), que proporciona formación y apoyo en el marco del sector sirio de la proliferación de armas químicas. Debido a su alto cargo en el HIAST, que es miembro y filial del Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC), se le asocia al HIAST y al SSRC, ambas entidades designadas.

19.3.2018»

II.

En la parte A («Personas»), se suprimen los siguientes nombres y menciones correspondientes:

21.

Dawud Rajiha

39.

Hassan Bin-Ali Al-Turkmani

III.

En la parte A («Personas»), se sustituyen los números de las menciones de las personas siguientes, como sigue:

Nombre

Número actual

Nuevo número

Houmam Jaza'iri

1

264

Mohamad Amer Mardini

2

265

Mohamad Ghazi Jalali

3

266

Kamal Cheikha

4

15

Hassan Nouri

5

17

Mohammad Walid Ghazal

6

74

Khalaf Souleymane

7

118

Nizar Wahbeh Yazaji

8

178

Hassan Safiyeh

9

202

Issam Khalil

10

267

Ghassan Ahmed

13

268

Abdelhamid Khamis

16

269

IV.

En la parte B («Entidades»), la siguiente mención se sustituye por lo siguiente:

 

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«60.

Instituto Superior de Tecnología y Ciencias Aplicadas (HIAST, por sus siglas en inglés) (

Image 80L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

Image 81L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (conocido también como Institut Supérieur des Sciences Appliquées et de Technologie (ISSAT)

Apdo. de Correos 31983, Barzeh

Integrado en el Centro de Estudios e Investigación Científica Sirio, ya sujeto a sanciones, y filial de dicho Centro. Facilita formación y apoyo a dicho Centro y, por consiguiente, es responsable de la represión violenta contra la población civil.

23.7.2014»


29.5.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 131/8


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/775 DE LA COMISIÓN

de 28 de mayo de 2018

por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, en lo que se refiere a las normas para indicar el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario de un alimento

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor (1), y en particular su artículo 26, apartado 8,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el artículo 26 del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 se establecen las normas y los requisitos generales relativos a la indicación del país de origen o el lugar de procedencia de los alimentos, aplicables sin perjuicio de lo previsto en disposiciones específicas de la Unión.

(2)

El artículo 26, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 exige la indicación del país de origen o el lugar de procedencia cuando su omisión pudiera inducir a error al consumidor en cuanto al país de origen o el lugar de procedencia real del alimento, en particular si la información que acompaña al alimento o la etiqueta en su conjunto pudieran insinuar que el alimento tiene un país de origen o un lugar de procedencia diferente. Este artículo tiene por objeto impedir la inclusión de información alimentaria engañosa que implique que un alimento tiene un determinado origen cuando, de hecho, su verdadero origen es otro.

(3)

El artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 establece que cuando se mencione el país de origen o el lugar de procedencia de un alimento y este no sea el mismo que el de su ingrediente primario, se indicará también el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario de que se trate, o que el país de origen o el lugar de procedencia de este es distinto al del alimento. Además, prevé que la aplicación de estos requisitos quede supeditada a la adopción de un acto de ejecución.

(4)

Las disposiciones del artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 se aplican a los casos en los que el país de origen o el lugar de procedencia se indica obligatoriamente, de conformidad con su artículo 26, apartado 2, letra a), o voluntariamente mediante otras indicaciones, como declaraciones, palabras, pictogramas o símbolos.

(5)

Las indicaciones voluntarias, como las declaraciones geográficas incluidas en la denominación del alimento o que la acompañan, también pueden formar parte de denominaciones de productos protegidas como indicaciones geográficas o marcas comerciales con arreglo a actos legislativos específicos de la UE.

(6)

Las indicaciones relativas al país de origen o el lugar de procedencia de un alimento que forman parte de las denominaciones de productos protegidas como indicaciones geográficas con arreglo a los Reglamentos (UE) n.o 1151/2012 (2), (UE) n.o 1308/2013 (3), (CE) n.o 110/2008 (4) o (UE) n.o 251/2014 (5) del Parlamento Europeo y del Consejo, o protegidas en virtud de acuerdos internacionales entran en el ámbito de aplicación del artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011. Habida cuenta de que, por lo que se refiere a estas denominaciones de productos, existe una relación intrínseca entre las características del producto y el origen geográfico, y que están reguladas por normas específicas, incluidas las relativas al etiquetado, y considerando el carácter específico de estas denominaciones con derechos de propiedad intelectual e industrial, es necesario examinar más detenidamente cómo se debe indicar el origen del ingrediente primario contemplado en el artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 en las mencionadas denominaciones.

(7)

Las indicaciones relativas al país de origen o el lugar de procedencia de un alimento que forman parte de marcas registradas entran en el ámbito de aplicación del artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011. Pueden constituir marcas todos los signos, especialmente las palabras, incluidos los nombres propios, o los dibujos, las letra s), las cifras, los colores, la forma del producto o de su embalaje, o los sonidos, a condición de que tales signos confieran un carácter distintivo a los productos o los servicios de una empresa. La finalidad de las marcas es permitir a los consumidores identificar una procedencia o un origen comercial determinado en relación con productos o servicios específicos. Habida cuenta del carácter y el objetivo específicos de las marcas, procede examinar más detalladamente la forma en que debe indicarse el origen del ingrediente primario contemplado en el artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 cuando sea necesario en relación con las marcas.

(8)

Las denominaciones habituales y genéricas, que incluyan términos geográficos que indican literalmente un origen, pero que generalmente no se interpretan como una indicación del origen o el lugar de procedencia del alimento, no deben quedar cubiertas por el presente Reglamento.

(9)

A efectos del presente Reglamento, las marcas de identificación que acompañan al alimento de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (6), por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal, no deben considerarse una indicación del país de origen o el lugar de procedencia.

(10)

Para que los consumidores puedan tomar decisiones con mayor conocimiento de causa, es preciso, mediante el presente Reglamento, establecer normas específicas que deben aplicarse cuando se mencione el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario. Estas normas garantizarán que dicha información sea lo suficientemente precisa y adecuada.

(11)

Es conveniente, por tanto, que la indicación relativa al ingrediente primario haga referencia a una zona geográfica fácilmente comprensible para el consumidor. Debe prohibirse el uso de nombres inventados de regiones u otras zonas geográficas que no constituyan una información adecuada o puedan inducir a error al consumidor en cuanto al verdadero lugar de procedencia del ingrediente primario.

(12)

En caso de que un ingrediente primario sea un alimento sujeto a disposiciones específicas de la Unión sobre la indicación del país de origen o el lugar de procedencia, estas disposiciones se podrían utilizar alternativamente a efectos del artículo 26, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1169/2011.

(13)

En caso de que los operadores de empresas alimentarias opten por indicar únicamente que el país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario es distinto al del alimento, por ejemplo, debido a fuentes de suministro múltiples o variables y procesos de producción específicos, procede establecer un marco que tenga en cuenta las diferentes circunstancias de la transformación de alimentos. La indicación pertinente debe garantizar que la información sea comprensible para el consumidor.

(14)

La información facilitada respecto del ingrediente primario de conformidad con el presente Reglamento debe completar la información facilitada al consumidor en relación con el país de origen o el lugar de procedencia del alimento, y debe ser fácilmente visible y claramente legible, y, en su caso, indeleble.

(15)

Debe establecerse un período transitorio adecuado para la aplicación del presente Reglamento, de conformidad con el artículo 47 del Reglamento (UE) n.o 1169/2011, que dispone que todas las nuevas medidas relativas a la información alimentaria se apliquen a partir del 1 de abril de cada año natural.

(16)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Ámbito de aplicación

1.   El presente Reglamento fija las modalidades de aplicación del artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 cuando el país de origen o el lugar de procedencia de un alimento se indique por cualquier medio, como declaraciones, pictogramas, símbolos o expresiones que hagan referencia a lugares o zonas geográficas, excepto por lo que se refiere a los términos geográficos incluidos en denominaciones habituales y genéricas que indican literalmente un origen, pero que generalmente no se interpretan como una indicación del país de origen o lugar de procedencia.

2.   El presente Reglamento no se aplicará a las indicaciones geográficas protegidas por el Reglamento (UE) n.o 1151/2012, el Reglamento (UE) n.o 1308/2013, el Reglamento (CE) n.o 110/2008 o el Reglamento (UE) n.o 251/2014, o protegidas de conformidad con acuerdos internacionales, ni a las marcas registradas cuando estas últimas constituyan una indicación de origen, en espera de la adopción de disposiciones específicas relativas a la aplicación del artículo 26, apartado 3, a estas indicaciones.

Artículo 2

Indicación del país de origen o el lugar de procedencia del ingrediente primario

El país de origen o el lugar de procedencia de un ingrediente primario que no sea el mismo que el país de origen o el lugar de procedencia mencionados en relación con el alimento, se indicará como sigue:

a)

mediante referencia a una de las zonas geográficas siguientes:

i)

«UE», «fuera de la UE» o «UE y fuera de la UE»; o

ii)

región u otra zona geográfica situada en varios Estados miembros o en terceros países, si está definida así con arreglo al Derecho público internacional o es fácilmente comprensible para los consumidores medios normalmente informados; o

iii)

zona de pesca de la FAO, o zona marítima o masa de agua dulce, si están definidas como tales con arreglo al Derecho internacional o son fácilmente comprensibles para los consumidores medios normalmente informados; o

iv)

Estado(s) miembro(s) o tercer(os) país(es); o

v)

región u otra zona geográfica situada en un Estado miembro o un tercer país, que sea fácilmente comprensible para los consumidores medios normalmente informados; o

vi)

país de origen o lugar de procedencia de conformidad con disposiciones específicas de la Unión aplicables al ingrediente primario como tal;

b)

o mediante la siguiente declaración:

«El ingrediente primario (denominación) no es originario de (país de origen o lugar de procedencia del alimento)», o cualquier expresión similar que pueda tener el mismo significado para el consumidor.

Artículo 3

Presentación de la información

1.   El tamaño de letra de la información suministrada de conformidad con el artículo 2 no será inferior al tamaño mínimo establecido en el artículo 13, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011.

2.   Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, en caso de que el país de origen o el lugar de procedencia de un alimento se indique con palabras, la información facilitada conforme a lo dispuesto en el artículo 2 aparecerá en el mismo campo visual que la indicación del país de origen o el lugar de procedencia del alimento, en caracteres con un tamaño de letra en el que la altura de la x corresponda, al menos, al 75 % de la altura de la x en la indicación del país de origen o el lugar de procedencia del alimento.

3.   Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, en caso de que el país de origen o el lugar de procedencia de un alimento se indique por medio de una forma no escrita, la información facilitada conforme al artículo 2 aparecerá en el mismo campo visual que la indicación del país de origen o el lugar de procedencia del alimento.

Artículo 4

Entrada en vigor, fecha de aplicación y medidas transitorias

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será de aplicación a partir del 1 de abril de 2020.

Los alimentos que se hayan introducido en el mercado o se hayan etiquetado antes de la fecha de aplicación del presente Reglamento podrán comercializarse hasta que se agoten las existencias.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de mayo de 2018.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)  Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1924/2006 y (CE) n.o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.o 608/2004 de la Comisión (DO L 304 de 22.11.2011, p. 18).

(2)  Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 343 de 14.12.2012, p. 1).

(3)  Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007. (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671).

(4)  Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1576/89 del Consejo (DO L 39 de 13.2.2008, p. 16).

(5)  Reglamento (UE) n.o 251/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1601/91 del Consejo (DO L 84 de 20.3.2014, p. 14).

(6)  Reglamento (CE) n.o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DO L 139 de 30.4.2004, p. 55).


DECISIONES

29.5.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 131/12


DECISIÓN (UE) 2018/776 DEL CONSEJO

de 22 de mayo de 2018

relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE, en relación con la modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (Línea presupuestaria 12 02 01: «Aplicación y desarrollo del mercado único en el sector de los servicios financieros»)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 114, en relación con su artículo 218, apartado 9,

Visto el Reglamento (CE) n.o 2894/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (1), y en particular su artículo 1, apartado 3,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (2) («Acuerdo EEE») entró en vigor el 1 de enero de 1994.

(2)

En virtud del artículo 98 del Acuerdo EEE, el Comité Mixto del EEE puede decidir la modificación, entre otros aspectos, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

(3)

El Protocolo 31 del Acuerdo EEE contiene disposiciones sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades.

(4)

Procede seguir con la cooperación de las Partes Contratantes en el Acuerdo EEE en las acciones de la Unión financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión en lo que respecta a los servicios financieros.

(5)

Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

(6)

La posición de la Unión en el Comité Mixto del EEE debe basarse en el proyecto de decisión adjunto.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La posición que se debe adoptar, en nombre de la Unión, en el Comité Mixto del EEE en relación con la propuesta de modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades, se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2018.

Por el Consejo

El Presidente

E. KARANIKOLOV


(1)  DO L 305 de 30.11.1994, p. 6.

(2)  DO L 1 de 3.1.1994, p. 3.


PROYECTO

DECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

de …

por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («Acuerdo EEE»), y en particular sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.

(2)

Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos «y 2017» por ,«2017 y 2018».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Los Secretarios del Comité Mixto del EEE


(*1)  [No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.]


29.5.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 131/14


DECISIÓN (UE) 2018/777 DEL CONSEJO

de 22 de mayo de 2018

relativa a la posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto del EEE en lo que respecta a la modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades (Línea presupuestaria 02 04 77 03: «Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa»)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 218, apartado 9,

Visto el Reglamento (CE) n.o 2894/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994, relativo a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (1), y en particular su artículo 1, apartado 3,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (2), y en particular sus artículos 54, apartado 2, letra b), 84, apartado 2, y 124,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (3) (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE») entró en vigor el 1 de enero de 1994.

(2)

En virtud del artículo 98 del Acuerdo EEE, el Comité Mixto del EEE puede decidir la modificación, entre otros aspectos, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

(3)

El Protocolo 31 del Acuerdo EEE contiene disposiciones sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades.

(4)

Los Estados de la AELC van a seguir participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.

(5)

Para que esta cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

(6)

La posición de la Unión en el Comité Mixto del EEE debe basarse en el proyecto de Decisión adjunto.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La posición que se ha de adoptar, en nombre de la Unión, en el Comité Mixto del EEE en lo que respecta a la propuesta de modificación del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades, se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto del EEE adjunto a la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2018.

Por el Consejo

El Presidente

E. KARANIKOLOV


(1)  DO L 305 de 30.11.1994, p. 6.

(2)  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

(3)  DO L 1 de 3.1.1994, p. 3.


PROYECTO

DECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

de …

por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, «Acuerdo EEE»), y en particular sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.

(2)

Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.

(3)

Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras «el ejercicio 2017» se sustituyen por «los ejercicios 2017 y 2018».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el,

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Los Secretarios del Comité Mixto del EEE


(*1)  [No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.]


29.5.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 131/16


DECISIÓN (PESC) 2018/778 DEL CONSEJO

de 28 de mayo de 2018

por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 31 de mayo de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/255/PESC (1).

(2)

El 29 de mayo de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/917 (2), por la que se prorrogaban hasta el 1 de junio de 2018 las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2013/255/PESC.

(3)

De la revisión de las medidas restrictivas se desprende que procede prorrogarlas de nuevo hasta el 1 de junio de 2019.

(4)

Deben actualizarse y modificarse las menciones relativas a determinadas personas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figuran en el anexo I de la Decisión 2013/255/PESC.

(5)

Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2013/255/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 34 de la Decisión 2013/255/PESC se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 34

La presente Decisión se aplicará hasta el 1 de junio de 2019. Estará sujeta a revisión continua. Se prorrogará o modificará, según proceda, en caso de que el Consejo considere que no se han cumplido sus objetivos.».

Artículo 2

El anexo I de la Decisión 2013/255/PESC queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de mayo de 2018.

Por el Consejo

La Presidenta

F. MOGHERINI


(1)  Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L 147 de 1.6.2013, p. 14).

(2)  Decisión (PESC) 2017/917 del Consejo, de 29 de mayo de 2017, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L 139 de 30.5.2017, p. 62).


ANEXO

El anexo I de la Decisión 2013/255/PESC se modifica como sigue:

I.

En la parte A («Personas»), las siguientes menciones se modifican como sigue:

 

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«7.

Amjad (

Image 82L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Abbas (

Image 83L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Al-Abbas)

 

Jefe de la seguridad política en Banyas; implicación en la represión contra los manifestantes en Baida.

9.5.2011

8.

Rami (

Image 84L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Makhlouf (

Image 85L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 10 de julio de 1969

Lugar de nacimiento: Damasco

Pasaporte n.o 000098044,

n.o de expedición 002-03-0015187

Destacado hombre de negocios que opera en Siria, con intereses en los sectores de las telecomunicaciones, los servicios financieros, el transporte y los bienes inmuebles; tiene intereses financieros o cargos ejecutivos y de dirección en SyriaTel, el principal operador de telefonía móvil de Siria, el fondo de inversión Al Mashreq, Bena Properties y Cham Holding.

Aporta financiación y apoyo al régimen sirio, mediante sus actividades comerciales.

Es miembro influyente de la familia Makhlouf y está estrechamente relacionado con la familia Assad; es primo del presidente Bashar Al-Assad.

9.5.2011

9.

Abd Al-Fatah (

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) Qudsiyah (

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)

Fecha de nacimiento: 1953

Lugar de nacimiento: Hama

Pasaporte diplomático n.o D0005788

Oficial con el rango de general de división en las fuerzas aéreas sirias, que ocupó el cargo después de mayo de 2011.

Director adjunto de la Oficina Nacional de Seguridad del partido Baaz Antiguo jefe de la Dirección de Información Militar Siria. Implicado en la represión violenta contra la población civil en Siria.

9.5.2011

13

Munzir (

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) (alias. Mundhir, Monzer) Jamil (

Image 89L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Al-Assad (

Image 90L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 1 de marzo de 1961

Lugar de nacimiento: Kerdaha, Latakia Province

Pasaporte n.o 86449 y n.o 842781

Involucrado en la represión de la población civil como miembro de la milicia Shabiha.

9.5.2011

19.

Iyad [(

Image 91L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) alias Eyad] Makhlouf (

Image 92L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 21 de enero de 1973

Lugar de nacimiento: Damasco

Pasaporte n.o N001820740

Miembro de la familia Makhlouf; hijo de Mohammed Makhlouf, hermano de Hafez y Rami y hermano de Ihab Makhlouf; primo del presidente Bashar Al-Assad.

Miembro de los servicios sirios de seguridad e inteligencia, que ocupó el cargo después de mayo de 2011.

Funcionario de los servicios generales de información implicado en la represión de la población civil en Siria.

23.5.2011

23.

Zoulhima (

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) (alias Zu al-Himma) Chaliche (

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) (alias Shalish, Shaleesh) (alias Dhu al-Himma Shalish)

Fecha de nacimiento: 1951 o 1946 o 1956

Lugar de nacimiento: Kerdaha

Funcionario de los servicios sirios de seguridad e inteligencia, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Antiguo jefe de la Protección presidencial.

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de general de división, que ocupó el cargo después de mayo de 2011.

Implicado en la represión de manifestantes.

Miembro de la familia Assad: primo del presidente Bashar Al-Assad.

23.6.2011

26.

General de División Qasem (

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) Soleimani (

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) (alias). Qasim Soleimany; Qasim Soleimani; Qasem Sulaimani; Qasim Sulaimani; Qasim Sulaymani; Qasem Sulaymani; Kasim Soleimani; Kasim Sulaimani; Kasim Sulaymani; Haj Qasem; Haji Qassem; Sarder Soleimani)

Fecha de nacimiento: 11 de marzo de 1957

Lugar de nacimiento: Qom, Irán (República Islámica de);

Pasaporte n.o: 008827, expedido en Irán.

Comandante General del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria iraní(CGRI)- Qods, involucrado en el suministro de equipo y apoyo en ayuda al régimen sirio en la represión de las protestas en Siria.

23.6.2011

27.

Hossein (

Image 97L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Taeb (

Image 98L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Taeb, Hassan; alias Taeb, Hosein; alias. Taeb, Hossein; alias. Taeb, Hussayn; alias. Hojjatoleslam Hossein Ta'eb)

Fecha de nacimiento: 1963

Lugar de nacimiento: Teherán, Irán

Vicecomandante de los Servicios de Información del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria iraní, involucrado en el suministro de equipo y apoyo en ayuda al régimen sirio en la represión de las protestas en Siria.

23.6.2011

36.

Nizar (

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) al-Asaad (

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) (alias Nizar Asaad)

Primo de Bashar Al- Assad; exdirector de la empresa “Nizar Oilfield Supplies”.

Muy cercano a los funcionarios del Gobierno.

Financia a los Shabiha (milicianos al servicio del régimen) en la región de Latakia.

23.8.2011

37.

General de división Rafiq (

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) (alias Rafeeq) Shahadah (

Image 102L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Shahada, Shahade, Shahadeh, Chahada, Chahade, Chahadeh, Chahada)

Fecha de nacimiento: 1956

Lugar de nacimiento: Jableh, provincia de Latakia

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de general de división, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Antiguo Jefe de la Sección 293 (Asuntos Internos) de la Oficina de Información Militar Siria en Damasco. Directamente implicado en la represión y la violencia ejercidas contra la población civil en Damasco. Asesor del presidente Bashar Al-Assad en cuestiones estratégicas e información militar.

23.8.2011

50.

Tarif (

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) Akhras (

Image 104L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) [alias Al Akhras (

Image 105L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)]

Fecha de nacimiento: 2 de junio de 1951

Lugar de nacimiento: Hooms, Siria

Pasaporte sirio n.o: 0000092405

Prominente hombre de negocios que cuenta con el apoyo del régimen al que, a su vez, presta apoyo. Fundador del Grupo Akhras (materias primas, comercio, tratamiento y logística) y antiguo presidente de la Cámara de Comercio de Homs. Mantiene estrechas relaciones de negocios con la familia del Presidente Al-Assad. Miembro de la Junta de la Federación de Cámaras de Comercio de Siria. Facilitó locales industriales e inmuebles residenciales para que sirvieran de centros de detención improvisados, así como apoyo logístico al régimen (autobuses y vehículos para el transporte de tanques).

2.9.2011

53.

Adib (

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) Mayaleh (

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) (alias André Mayard)

Fecha de nacimiento: 15 de mayo de 1955

Lugar de nacimiento: Bassir

Exgobernador y expresidente del Consejo de Administración del Banco Central de Siria.

Adib Mayaleh controlaba el sector bancario de Siria y gestionaba la masa monetaria mediante la expedición y retirada de billetes y el control del valor del tipo de cambio de la libra siria. Por sus funciones en el Banco Central de Siria, Adib Mayaleh prestaba apoyo económico y financiero al régimen sirio.

Exministro de Economía y Comercio Exterior, que ocupó el cargo después de mayo de 2011.

15.5.2012

68.

Bassam (

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) Sabbagh (

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) [alias Al Sabbagh (

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)]

Fecha de nacimiento 24 de agosto de 1959

Lugar de nacimiento: Damasco

Dirección: Kasaa, Anwar al Attar Street, al Midani building, Damasco

Pasaporte sirio n.o: 004326765 expedido el 2 de noviembre de 2008, válido hasta noviembre de 2014.

Jefe del bufete Sabbagh & Associates, Damasco; asesor jurídico y financiero, gestiona negocios de Rami Makhlouf y Khaldoun Makhlouf; coopera con Bashar al-Assad en la financiación de un proyecto inmobiliario; apoya financieramente al régimen.

14.11.2011

79.

General de división Talal (

Image 111L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Makhluf (

Image 112L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Makhlouf)

 

Antiguo comandante de la 105.aBrigada de la Guardia Republicana. Actual comandante general de la Guardia Republicana. Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de general de división, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Funcionario militar implicado en la violencia en Damasco.

1.12.2011

80.

General de división Nazih (

Image 113L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Nazeeh) Hassun (

Image 114L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Hassoun)

 

Oficial con el rango de general de división en las fuerzas aéreas sirias, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Jefe de la Dirección de Seguridad Política de los servicios de seguridad sirios, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Responsable de la represión violenta contra la población civil en Siria.

1.12.2011

109

Imad (

Image 115L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Mohammad (

Image 116L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Mohamed, Muhammad, Mohammed) Deeb (

Image 117L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Khamis (

Image 118L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Imad Mohammad Dib Khamees)

Fecha de nacimiento: 1 de agosto de 1961

Lugar de nacimiento: Damasco

Primer ministro y Exministro de la electricidad. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión y la violencia ejercidas contra la población civil.

23.3.2012

114.

Emad (

Image 119L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Abdul-Ghani (

Image 120L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Sabouni (

Image 121L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Imad Abdul Ghani Al Sabuni)

Fecha de nacimiento: 1964

Lugar de nacimiento: Damasco

Exministro de Telecomunicaciones y Tecnología, ocupó el cargo al menos hasta abril de 2014. En su condición de Exministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil. Nombrado en julio de 2016 jefe de la Agencia de Planificación y Cooperación Internacional (Agencia gubernamental).

27.2.2012

116.

Tayseer (

Image 122L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Qala (

Image 123L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Awwad (

Image 124L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 1943

Lugar de nacimiento: Damasco

Exministro de Justicia. Vinculado al régimen sirio, así como a la represión violenta ejercida por este contra la población civil. Antiguo jefe del Tribunal Militar. Miembro del Consejo Superior de Justicia.

23.9.2011

132.

Brigadier General Abdul- Salam (

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) Fajr (

Image 126L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Mahmoud (

Image 127L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

 

Jefe de la Bab Tuma (Damasco) rama del servicio de Inteligencia de las fuerzas aéreas. Responsable de la tortura de opositores al régimen en detención.

24.7.2012

147.

General Amer al-Achi (alias Amis al Ashi; alias Ammar Aachi; alias Amer Ashi) (

Image 128L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

 

Jefe de la sección de inteligencia de los Servicios de Información del Ejército del Aire (2012-2016). Por sus funciones en el seno de la Agencia de información del Ejército del Aire, Amer al- Achi está implicado en la represión de la oposición siria.

24.7.2012

153

Waleed (

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) (alias Walid) Al Mo'allem (

Image 130L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) [alias Al Moallem, Muallem (

Image 131L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)]

 

Vice Primer ministro y Exministro de relaciones exteriores y expatriados. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión y la violencia ejercidas contra la población civil.

16.10.2012

157.

Eng. Bassam (

Image 132L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Hanna (

Image 133L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

Fecha de nacimiento: 1954

Lugar de nacimiento: Alepo (Siria)

Exministro de Recursos Hídricos, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. En su calidad de antiguo ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil.

16.10.2012

160.

Dr. Hazwan (

Image 134L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Al Wez (

Image 135L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Al Wazz)

 

Ministro de Educación. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión violenta del régimen ejercida contra la población civil.

16.10.2012

169.

Dr. Adnan (

Image 136L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Abdo (

Image 137L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Abdou) Al Sikhny (

Image 138L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Al-Sikhni, Al-Sekhny, Al-Sekhni)

Fecha de nacimiento: 1961

Lugar de nacimiento: Alepo (Siria)

Exministro de Industria. En su calidad de antiguo ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil.

16.10.2012

171.

Dr Abdul-Salam (

Image 139L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Al Nayef (

Image 140L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

 

Ex Ministro de la Salud en el cargo después de mayo de 2011. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión violenta del régimen ejercida contra la población civil.

16.10.2012

175.

Najm-eddin (

Image 141L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Nejm-eddin, Nejm-eddeen, Najm-eddeen, Nejm-addin, Nejm-addeen, Najm-addeen, Najm-addin) Khreit (

Image 142L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias. Khrait)

 

Exsecretario de Estado. Como Ministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión violenta del régimen ejercida contra la población civil.

16.10.2012

176.

Abdullah (

Image 143L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Abdallah) Khaleel (

Image 144L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Khalil) Hussein (

Image 145L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) alias. Hussain)

 

Exsecretario de Estado en el cargo después de mayo de 2011. Como Exministro del Gobierno comparte la responsabilidad en la represión violenta del régimen ejercida contra la población civil.

16.10.2012

189.

Dr Malek (

Image 146L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Ali (

Image 147L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Malik Ali)

Fecha de nacimiento: 1956

Lugar de nacimiento: Tartus (Siria)

Exministro de Enseñanza Superior, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. En su calidad de antiguo ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil.

24.6.2014

206.

General de división Muhamad (

Image 148L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Mohamed, Muhammad) Mahalla (

Image 149L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias Mahla, Mualla, Maalla, Muhalla)

Fecha de nacimiento: 1960

Lugar de nacimiento: Jableh

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de general de división, que ocupó el cargo después de mayo de 2011. Jefe de la Sección 293 (Asuntos Internos) de la Oficina de Información Militar Siria (SMI) desde abril de 2015. Responsable de la represión y violencia contra la población civil en la ciudad de Damasco y en su zona rural. Antiguo jefe adjunto de la seguridad política (2012), funcionario de la Guardia Republicana siria y Vicedirector de la sección de seguridad política. Jefe de la Policía Militar y miembro de la Oficina Nacional de Seguridad.

29.5.2015

210.

Tahir (

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) Hamid (

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) Khalil (

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) (alias. Tahir Hamid Khali; Khalil Tahir Hamid)

Posición: general de División

Tiene rango de general de División, es jefe de la Dirección siria de misiles y artillería de las fuerzas armadas sirias y ocupa su puesto desde mayo de 2011. En su calidad de alto mando de la Dirección siria de misiles y artillería es responsable de la represión violenta contra la población civil, lo que incluyó el uso de misiles y armas químicas por parte de las brigadas bajo su mando en zonas densamente pobladas en Guta en 2013.

28.10.2016

251.

Mohammad (

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) Ziad (

Image 154L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Ghriwati (

Image 155L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias: Mohammad Ziad Ghraywati)

 

Mohammad Ziad Ghriwati es ingeniero en el Centro de Estudios e Investigación Científica sirio. Ha participado en la proliferación de armas químicas y sus vectores. Mohammad Ziad Ghriwati ha participado en la construcción de bombas de barril utilizadas contra la población civil en Siria.

Está vinculado al Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, entidad incluida en la lista.

18.7.2017

253.

Khaled (

Image 156L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Sawan (

Image 157L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

)

 

El Dr.Khaled Sawan es ingeniero en el Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, y ha participado en la proliferación de armas químicas y sus vectores. Ha participado en la construcción de bombas de barril utilizadas contra la población civil en Siria.

Asociado al Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, entidad incluida en la lista.

18.7.2017

254.

Raymond (

Image 158L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) Rizq (

Image 159L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) (alias: Raymond Rizk)

 

Raymond Rizq es ingeniero en el Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, y ha participado en la proliferación de armas químicas y sus vectores. Ha participado en la construcción de bombas de barril utilizadas contra la población civil en Siria.

Asociado al Centro de Estudios e Investigación Científica sirio, entidad incluida en la lista.

18.7.2017

261.

Maher Sulaiman (alias

Image 160L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

; Mahir; Suleiman)

Lugar de nacimiento: Lattakia, Siria

Doctor; Director del Instituto Superior de Tecnología y Ciencias aplicadas (HIAST, por sus siglas en inglés de “Higher Institute for Applied Sciences and Technology”), código postal 31983, Damasco

Director del Instituto Superior de Tecnología y Ciencias Aplicadas (HIAST, por sus siglas en inglés), que proporciona formación y apoyo en el marco del sector sirio de la proliferación de armas químicas. Debido a su alto cargo en el HIAST, que es miembro y filial del Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC), se le asocia al HIAST y al SSRC, ambas entidades designadas.

19.3.2018»

II.

En la parte A («Personas»), se suprimen los siguientes nombres y menciones correspondientes:

21.

Dawud Rajiha

39.

Hassan Bin-Ali Al-Turkmani

III.

En la parte A («Personas»), se sustituyen los números de las menciones de las personas siguientes, como sigue:

Nombre

Número actual

Nuevo número

Houmam Jaza'iri

1

264

Mohamad Amer Mardini

2

265

Mohamad Ghazi Jalali

3

266

Kamal Cheikha

4

15

Hassan Nouri

5

17

Mohammad Walid Ghazal

6

74

Khalaf Souleymane

7

118

Nizar Wahbeh Yazaji

8

178

Hassan Safiyeh

9

202

Issam Khalil

10

267

Ghassan Ahmed

13

268

Abdelhamid Khamis

16

269

IV.

En la parte B («Entidades»), la siguiente mención se sustituye por lo siguiente:

 

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«60.

Instituto Superior de Tecnología y Ciencias Aplicadas (HIAST, por sus siglas en inglés) (

Image 161L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

Image 162L1312018ES1210120180522ES0003.0001131131PROYECTODECISIÓN N.o …/2018 DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)Procede mantener la cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE en las acciones de la Unión Europea financiadas con cargo al presupuesto general de la Unión relativas a la realización y desarrollo del mercado interior en el sector de los servicios financieros.(2)Por consiguiente, para que pueda producirse esa cooperación ampliada a partir del 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 7, apartado 11, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, se sustituyen los términos y 2017 por ,2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente a la última notificación prevista en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, elPor el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEEL1312018ES1410120180522ES0004.0001151151PROYECTODECISIÓN N.o 2018/… DEL COMITÉ MIXTO DEL EEEde …por la que se modifica el Protocolo 31 del Acuerdo EEE, relativo a la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertadesEL COMITÉ MIXTO DEL EEE,Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo, Acuerdo EEE), y en particular sus artículos 86 y 98,Considerando lo siguiente:(1)La cooperación de las Partes Contratantes del Acuerdo EEE se amplió mediante la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 208/2017 para incluir la participación de los Estados de la AELC en la Acción preparatoria de la Unión sobre investigación en materia de defensa, financiada con cargo al presupuesto general de la Unión.(2)Los Estados de la AELC seguirán participando en las actividades de la Unión relacionadas con la línea presupuestaria 02 04 77 03 (Acción preparatoria sobre investigación en materia de defensa), consignadas en el presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2018.(3)Para que la cooperación ampliada pueda proseguir tras el 1 de enero de 2018, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo EEE.HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:Artículo 1En el artículo 1, apartado 13, letra a), del Protocolo 31 del Acuerdo EEE, las palabras el ejercicio 2017 se sustituyen por los ejercicios 2017 y 2018.Artículo 2La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de la última notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE[No se han indicado preceptos constitucionales.] [Se han indicado preceptos constitucionales.].Será aplicable a partir del 1 de enero de 2018.Artículo 3La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.Hecho en Bruselas, el,Por el Comité Mixto del EEEEl PresidenteLos Secretarios del Comité Mixto del EEE

) [conocido también como Institut Supérieur des Sciences Appliquées et de Technologie (ISSAT)]

Apdo. de Correos 31983, Barzeh

Integrado en el Centro de Estudios e Investigación Científica Sirio, ya sujeto a sanciones, y filial de dicho Centro. Facilita formación y apoyo a dicho Centro y, por consiguiente, es responsable de la represión violenta contra la población civil.

23.7.2014»


29.5.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 131/23


DECISIÓN DELEGADA (UE) 2018/779 DE LA COMISIÓN

de 19 de febrero de 2018

relativa a los sistemas aplicables para evaluar y verificar la constancia de las prestaciones de los paneles sándwich con recubrimiento metálico destinados al uso estructural de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo (1), y en particular su artículo 28 y su artículo 60, letra h),

Considerando lo siguiente:

(1)

No existe una decisión adecuada para la evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones de los paneles sándwich con recubrimiento metálico destinados al uso estructural (en lo sucesivo, «paneles sándwich»). Por consiguiente, es necesario establecer qué sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones son aplicables a los paneles sándwich.

(2)

La presente Decisión solo debe aplicarse a los productos que no entren en el ámbito de aplicación de otros actos correspondientes del Derecho de la Unión. Por tanto, no debe aplicarse a los paneles sándwich con recubrimiento metálico no destinados al uso estructural, dado que ya están regulados en la Decisión 98/436/CE de la Comisión (2) y la Decisión 98/437/CE de la Comisión (3).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La presente Decisión se aplica a los paneles sándwich con recubrimiento metálico destinados al uso estructural.

Artículo 2

La constancia de las prestaciones de los paneles sándwich a los que se refiere el artículo 1 en relación con sus características esenciales se evaluarán y verificarán con arreglo a los sistemas que se especifican en el anexo.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 19 de febrero de 2018.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER


(1)  DO L 88 de 4.4.2011, p. 5.

(2)  Decisión 98/436/CE de la Comisión, de 22 de junio de 1998, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que concierne a los recubrimientos de cubiertas, lucernarios, claraboyas, y productos auxiliares (DO L 194 de 10.7.1998, p. 30).

(3)  Decisión 98/437/CE de la Comisión, de 30 de junio de 1998, relativa al procedimiento de certificación de la conformidad de productos de construcción con arreglo al apartado 2 del artículo 20 de la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que concierne a los acabados interiores y exteriores para paredes y techos (DO L 194 de 10.7.1998, p. 39).


ANEXO

SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA CONSTANCIA DE LAS PRESTACIONES

Cuadro 1

Para todas las características esenciales relacionadas con el requisito básico de las obras de construcción n.o 1 (resistencia mecánica y estabilidad)

Producto y uso previsto

Sistema aplicable

Paneles sándwich con recubrimiento metálico destinados al uso estructural

2+


Cuadro 2

Únicamente para la reacción al fuego

Para todos los productos indicados en la primera columna del cuadro 1, los sistemas de EVCP se determinan, en función de las subfamilias, como se indica a continuación:


Subfamilias de productos

Sistema aplicable

Productos para los que un paso claramente identificable del proceso de producción (por ejemplo, la incorporación de retardadores de ignición o la limitación del material orgánico) conlleva una mejora de su reacción al fuego

1

Productos para los que existe una base jurídica europea para clasificar sus propiedades de reacción al fuego sin necesidad de ensayo

4

Productos que no pertenecen a las subfamilias indicadas en las filas 1 y 2

3


Cuadro 3

Para las demás características esenciales

Producto y uso previsto

Sistema aplicable

Paneles sándwich con recubrimiento metálico destinados al uso estructural

3