ISSN 1977-0685

Diario Oficial

de la Unión Europea

L 264

European flag  

Edición en lengua española

Legislación

59° año
30 de septiembre de 2016


Sumario

 

II   Actos no legislativos

Página

 

 

REGLAMENTOS

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1735 del Consejo, de 29 de septiembre de 2016, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

1

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1736 del Consejo, de 29 de septiembre de 2016, por el que se aplica el artículo 11, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 753/2011 relativo a medidas restrictivas contra determinadas personas, grupos, empresas y entidades, habida cuenta de la situación en Afganistán

8

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1737 del Consejo, de 29 de septiembre de 2016, por el que se aplica el artículo 15, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1352/2014 relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen

13

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1738 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2016, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1484/95 en lo que atañe a la fijación de los precios representativos en los sectores de la carne de aves de corral, de los huevos y de la ovoalbúmina

15

 

*

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1739 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2016, por el que se modifica por 254.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida

17

 

 

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1740 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2016, por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

19

 

 

DECISIONES

 

*

Decisión (UE) 2016/1741 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Palaos sobre exención de visados para estancias de corta duración

21

 

*

Decisión (UE) 2016/1742 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Tonga sobre exención de visados para estancias de corta duración

23

 

*

Decisión (UE) 2016/1743 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia sobre exención de visados para estancias de corta duración

25

 

*

Decisión (UE) 2016/1744 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Perú sobre exención de visados para estancias de corta duración

27

 

*

Decisión (PESC) 2016/1745 del Consejo, de 29 de septiembre de 2016, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2015/1763 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Burundi

29

 

*

Decisión de Ejecución (PESC) 2016/1746 del Consejo, de 29 de septiembre de 2016, por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

30

 

*

Decisión de Ejecución (PESC) 2016/1747 del Consejo, de 29 de septiembre de 2016, por la que se aplica la Decisión 2014/932/PESC relativa a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen

36

 

*

Decisión de Ejecución (PESC) 2016/1748 del Consejo, de 29 de septiembre de 2016, por la que se aplica la Decisión 2011/486/PESC relativa a medidas restrictivas contra determinadas personas, grupos, empresas y entidades, habida cuenta de la situación en Afganistán

38

 

 

Corrección de errores

 

*

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión ( DO L 343 de 29.12.2015 )

43

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


II Actos no legislativos

REGLAMENTOS

30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1735 DEL CONSEJO

de 29 de septiembre de 2016

por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011 (1), y en particular su artículo 32, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(2)

Dos personas ya no deben seguir en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 (en lo sucesivo, «lista»).

(3)

Debe suprimirse una entrada que está duplicada en la lista.

(4)

Debe actualizarse la información relativa a determinadas personas de la lista.

(5)

Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica según lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. ŽIGA


(1)  DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.


ANEXO

El anexo II, sección A, del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica como sigue:

1)

Se suprimen de la lista las entradas relativas a las siguientes personas:

n.o 15

Hisham (

Image

) Ikhtiyar (

Image

,

Image

,

Image

) (alias Al Ikhtiyar, Bikhtiyar, Bikhtyar, Bekhtyar, Bikhtiar, Bekhtyar)

n.o 74

Anisa (

Image

) (alias Anissa, Aneesa, Aneessa) Al-Assad (

Image

) (alias Anisah Al-Assad)

2)

Se suprime la siguiente entrada:

n.o 154

General de división Fahd (

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) Jassem (

Image

) Al Freij (

Image

) (alias Al-Furayj)

3)

Se sustituyen por las siguientes entradas las relativas a las personas enumeradas a continuación:

 

Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión

«1.

Houmam Jaza'iri (alias Humam al-Jazaeri, Hammam al-Jazairi)

Fecha de nacimiento: 1977

Ministro de Economía y Comercio Exterior desde mayo de 2011. Como ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida contra el pueblo sirio.

21.10.2014

2.

Maher (

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) (alias Mahir) Al-Assad (

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)

Fecha de nacimiento: 8 de diciembre de 1967

Lugar de nacimiento: Damasco

Pasaporte diplomático n.o 4138

General de división de la Brigada n.o 42 y antiguo general de brigada de la 4.a División Acorazada del ejército

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de coronel y equivalente o superior desde mayo de 2011; General de división de la Brigada n.o 42 y antiguo general de brigada de la 4.a División Acorazada del ejército. Miembro de la familia Assad; Hermano del presidente Bashar Al-Assad.

9.5.2011

4.

Atej (

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) (alias Atef, Atif) Najib (

Image

) (alias Najeeb)

Lugar de nacimiento: Jableh, Siria

Antiguo responsable de la seguridad política en Dera'a: Implicado en la represión contra los manifestantes. Miembro de la familia Assad; primo del presidente Bashar Al-Assad.

9.5.2011

5.

Hafiz (

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) Makhlouf (

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) (alias Hafez Makhlouf)

Fecha de nacimiento: 2 de abril de 1971

Lugar de nacimiento: Damasco

Pasaporte diplomático n.o 2246

Antiguo coronel y jefe de unidad de la Dirección General de Inteligencia (Oficina de Damasco) desde mayo de 2011. Miembro de la familia Makhlouf; primo del presidente Bashar Al-Assad.

9.5.2011

10.

Jamil (

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) (alias Jameel) Hassan (

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) (alias al-Hassan)

Fecha de nacimiento: 1953

Lugar de nacimiento: Homs, Siria

Jefe los servicios de inteligencia de la Fuerza Aérea siria

Oficial con el rango de general de división en la Fuerza Aérea siria desde mayo de 2011. Jefe de los servicios de inteligencia de la Fuerza Aérea siria desde mayo de 2011. Responsable de la represión violenta contra la población civil en Siria.

9.5.2011

13.

Ghassan Ahmed Ghannan (alias general de división Ghassan Ghannan, general de brigada Ghassan Ahmad Ghanem)

Grado: General de división

Posición: comandante de la Brigada de misiles n.o 155

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de coronel y equivalente o superior desde mayo de 2011; General de división y comandante de la Brigada de misiles n.o 155. Se le asocia con Maher al-Assad por sus funciones en la Brigada de misiles n.o 155. Como comandante de la Brigada de misiles n.o 155 apoya al régimen sirio y es responsable de la represión contra la población civil. Responsable del lanzamiento de misiles scud en diversos edificios civiles entre enero y marzo de 2013.

21.10.2014

45.

Munir (

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) (alias Mounir, Mouneer, Monir, Moneer, Muneer) Adanov (

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) (alias Adnuf, Adanof)

Fecha de nacimiento: 1951

Lugar de nacimiento: Homs, Siria

Pasaporte n.o 0000092405

Posición: director adjunto del Estado Mayor, Operaciones y Entrenamiento, ejército sirio

Grado: teniente general, ejército árabe sirio

Oficial con el rango de teniente general y director adjunto del Estado Mayor, Operaciones y Entrenamiento para el ejército sirio desde mayo de 2011. En su puesto como director adjunto del Estado Mayor estuvo directamente implicado en la represión y la violencia contra la población civil en Siria.

23.8.2011

56.

Ali (

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) Abdullah (

Image

) (alias Abdallah) Ayyub (

Image

) (alias Ayyoub, Ayub, Ayoub, Ayob)

Posición: jefe del Estado Mayor del ejército árabe y de las fuerzas armadas de Siria desde el 18 de julio de 2012

Grado: general en el ejército árabe sirio

Oficial con el rango de general en el ejército sirio desde mayo de 2011. Jefe del Estado Mayor de las fuerzas armadas sirias. Apoya el régimen de Assad y es responsable de la represión y la violencia contra la población civil en Siria.

14.11.2011

57.

Fahd (

Image

) (alias Fahid, Fahed) Jasim (

Image

) (alias Jasem, Jassim, Jassem) al-Furayj (

Image

) (alias Al-Freij)

Fecha de nacimiento: 1 de enero de 1950

Lugar de nacimiento: Hama, Siria

Grado: Teniente general

Posiciones: ministro de Defensa, comandante en jefe adjunto de las fuerzas armadas sirias

Oficial con el rango de general en el ejército sirio. Comandante en jefe adjunto de las fuerzas armadas sirias. Ministro de Defensa. Responsable de la represión y el uso de la violencia contra la población civil en Siria.

14.11.2011

62.

Zuhair (

Image

) (alias Zouheir, Zuheir, Zouhair) Hamad (

Image

)

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria

Grado: general de división

Cargo actual: jefe adjunto de la Dirección General de Inteligencia (alias Dirección General de Seguridad) desde julio de 2012

Oficial con el rango de general de división en las fuerzas aéreas sirias desde mayo de 2011. Jefe adjunto de la Dirección General de Inteligencia. Responsable de represión, abusos contra los derechos humanos y uso de la violencia contra la población civil en Siria.

14.11.2011

71.

Bushra (

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) Al-Assad (

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) (alias Bushra Shawkat, Bouchra Al Assad)

Fecha de nacimiento: 24.10.1960

Miembro de la familia Assad; hermana de Bashar Al-Assad. Dada la estrecha relación personal e intrínseca relación financiera con el presidente sirio Bashar Al-Assad se beneficia del régimen sirio y está asociada a él.

23.3.2012

72.

Asma (

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) Al-Assad (

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) (alias Asma Fawaz Al Akhras)

Fecha de nacimiento: 11.8.1975

Lugar de nacimiento: Londres, Reino Unido

Pasaporte n.o 707512830, válido hasta el 22.9.2020

Nombre de soltera: Al Akhras

Miembro de la familia Assad y estrechamente vinculada a personas fundamentales del régimen; esposa del presidente Bashar Al-Assad. Dada la estrecha relación personal e intrínseca relación financiera con el presidente sirio Bashar Al-Assad se beneficia del régimen sirio y está asociada a él.

23.3.2012

107.

Mohammad (

Image

) (Mohamed, Muhammad, Mohammed) Ibrahim (

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) Al-Sha'ar (

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) (alias Al-Chaar, Al-Shaar) (alias Mohammad Ibrahim Al-Chaar)

Fecha de nacimiento: 1956

Lugar de nacimiento: Alepo

Ministro del Interior desde de mayo de 2011. Como ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida contra el pueblo sirio.

1.12.2011

181.

Suleiman Al Abbas

 

Ministro de Petróleo y Recursos minerales desde mayo de 2011. Como ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida contra el pueblo sirio.

24.6.2014

185.

Ismael Ismael (alias Ismail Ismail, o Isma'Il Isma'il)

Fecha de nacimiento: 1955

Ministro del Gobierno sirio desde mayo de 2011; ministro de Hacienda. Como miembro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil.

24.6.2014

193.

Suhayl (alias Sohail, Suhail, Suheil) Hassan (alias Hasan, al-Hasan, al-Hassan) conocido como «el Tigre» (alias al-Nimr)

Fecha de nacimiento: 1970

Lugar de nacimiento: Jableh (provincia de Latakia, Siria)

Grado: General de división

Posición: comandante de Qawat al-Nimr (fuerzas Tigre)

Oficial con el rango de general de división en el ejército sirio desde mayo de 2011. Comandante de la división del ejército conocida como fuerzas Tigre. Responsable de la represión violenta contra la población civil en Siria.

23.7.2014

199.

Bayan Bitar (alias Dr. Bayan Al-Bitar)

Fecha de nacimiento: 8.3.1947

Dirección: PO Box 11037 Damasco, Siria

Director General de la Organización de Industrias Tecnológicas (OTI) y la Compañía de Siria para la Tecnología de la Información (SCIT), ambas filiales del Ministerio de Defensa sirio, que ha sido designado por el Consejo. La OTI colabora en la producción de armas químicas para el régimen sirio. Como Director General de la OTI y la SCIT, Bayan Bitar brinda apoyo al régimen sirio. Habida cuenta de la función que ha desempeñado en la producción de armas químicas, es también responsable de la represión violenta contra la población siria. Dado el alto cargo que ocupa en estas entidades, también se le asocia con las entidades designadas OTI y SCIT.

7.3.2015

200.

General de Brigada Ghassan Abbas

Fecha de nacimiento: 10.3.1960

Lugar de nacimiento: Homs

Dirección: CERS, Centro de Estudios e Investigación Científica (alias SSRC, del inglés Scientific Studies and Research Centre; Centre de Recherche de Kaboun Barzeh Street, PO Box 4470, Damasco)

Director de la sucursal del Centro de Estudios e Investigación Científica sirio (SSRC/CERS) designado, cerca de Jamraya. Ha estado implicado en la proliferación de armas químicas y ha participado en la organización de ataques con armas químicas, entre ellos, en Guta en agosto de 2013. Por consiguiente, comparte la responsabilidad de la represión violenta contra la población siria. Como director de la sucursal del SSRC/CERS cerca de Jamraya, Ghassan Abbas brinda apoyo al régimen sirio. Dado el alto cargo que ocupa en el SSRC, también se le asocia con la entidad designada SSRC.

7.3.2015

201.

Wael Abdulkarim (alias Wael Al Karim)

Fecha de nacimiento: 30.9.1973

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria (de origen palestino)

Dirección: Al Karim for Trade and Industry, PO Box 111, 5797 Damasco, Siria

Destacado hombre de negocios que opera en Siria en los sectores del petróleo, los productos químicos y la industria manufacturera. En concreto, representa a Abdulkarim Group, también conocido como Al Karim Group/Alkarim for Trade and Industry/Al Karim Trading and Industry/Al Karim for Trade and Industry. Abdulkarim Group es uno de los principales fabricantes de lubricantes, grasas y productos químicos industriales de Siria.

7.3.2015

202.

Ahmad Barqawi (alias Ahmed Barqawi)

Fecha de nacimiento: 1985

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria

Dirección: Pangates International Corp Ltd, PO Box Sharjah Airport International Free Zone, Emiratos Árabes Unidos

Al Karim for Trade and Industry, PO Box 111, 111,5797 Damasco, Siria

Director general de Pangates International Corp Ltd, que actúa como intermediario en el suministro de petróleo al régimen sirio, y director de Al Karim Group. Tanto Pangates Internacional como Al Karim Group han sido designadas por el Consejo. Como director general de Pangates y uno de los directores de la empresa matriz de Pangates, Al Karim Group, Ahmad Barqawi brinda apoyo al régimen sirio y se beneficia del mismo. Dado el alto cargo que ocupa en Pangates y en Al Karim Group, también se le asocia con las entidades designadas Pangates International y Al Karim Group.

7.3.2015

204.

Emad (

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) Hamsho (

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) (alias Imad Hmisho; Hamchu; Hamcho; Hamisho; Hmeisho; Hemasho)

Dirección: Hamsho Building 31 Baghdad Street Damasco, Siria

Ocupa un puesto de alto ejecutivo en Hamsho Trading. Dado el alto cargo que ocupa en Hamsho Trading, una filial de Hamsho Internacional que ha sido designada por el Consejo, brinda apoyo al régimen sirio. También se le asocia con una entidad designada, Hamsho International. Es además vicepresidente del Consejo Sirio del Hierro y del Acero, junto con empresarios del régimen designados, como Ayman Jaber. Es además socio de Bashar Al-Assad.

7.3.2015

206.

General Muhamad (

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) (alias Mohamed, Muhammad) Mahalla (

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) (alias Mahla, Mualla, Maalla, Muhalla)

Fecha de nacimiento: 1960

Lugar de nacimiento: Jableh

Jefe de la Sección 293 (Asuntos Internos) de la Oficina de Inteligencia Militar siria (SMI) desde abril de 2015. Responsable de la represión y violencia contra la población civil en la ciudad de Damasco y en su zona rural. Antiguo jefe adjunto de la seguridad política (2012), funcionario de la Guardia Republicana siria y Vicedirector de la sección de seguridad política. Jefe de la Policía Militar y miembro de la Oficina Nacional de Seguridad.

29.5.2015».


30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/8


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1736 DEL CONSEJO

de 29 de septiembre de 2016

por el que se aplica el artículo 11, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 753/2011 relativo a medidas restrictivas contra determinadas personas, grupos, empresas y entidades, habida cuenta de la situación en Afganistán

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 753/2011 del Consejo, de 1 de agosto de 2011, relativo a medidas restrictivas contra determinadas personas, grupos, empresas y entidades, habida cuenta de la situación en Afganistán (1), y en particular su artículo 11, apartado 4,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad

Considerando lo siguiente:

(1)

El 1 de agosto de 2011, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 753/2011.

(2)

El 21 de julio y el 7 de septiembre de 2016, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas establecido en virtud del párrafo 30 de la Resolución 1988 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas modificó la lista de personas, grupos, empresas y entidades objeto de las medidas restrictivas.

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (UE) n.o 753/2011.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 753/2011 queda modificado del modo que se establece en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. ŽIGA


(1)  DO L 199 de 2.8.2011, p. 1.


ANEXO

I.   Las menciones que figuran en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 753/2011 correspondientes a las personas que se relacionan a continuación se sustituyen por las menciones siguientes.

A.   Personas asociadas con los talibanes

13)

Mohammad Shafiqullah Ahmadi Fatih Khan (alias a) Mohammad Shafiq Ahmadi, b) Mullah Shafiqullah).

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Gobernador de la provincia de Samangan con el régimen talibán. Fecha de nacimiento: 1956 o 1957. Lugar de nacimiento: a) localidad de Charmistan, distrito de Tirin Kot, provincia de Uruzgan, Afganistán, b) localidad de Marghi, distrito de Nawa, provincia de Ghazni, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) Oriundo de la provincia de Ghazni, pero vivió posteriormente en Uruzgan, b) Gobernador talibán en la sombra de la provincia de Uruzgan desde finales de 2012, c) Ejerce como miembro de la Comisión Militar desde julio de 2016, d) pertenece a la tribu hotak. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:23.2.2001.

35)

Shahabuddin Delawar.

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: Miembro suplente del Tribunal Supremo con el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) 1957; b) 1953. Lugar de nacimiento: provincia de Logar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Número de pasaporte: Número de pasaporte afgano OA296623. Otros datos: a) Embajador adjunto en la embajada talibana en Riad, Arabia Saudí, hasta el 25 de septiembre de 1998, b) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:23.2.2001

44)

Din Mohammad Hanif (alias a) Qari Din Mohammad, b) Iadena Mohammad)

Tratamiento: Qari. Motivos de inclusión en la lista: a) Ministro de Planificación con el régimen talibán, b) Ministro de Educación Superior con el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) Hacia 1955, b)1.1.1969 (como Iadena Mohammad). Lugar de nacimiento: a) localidad de Shakarlab, distrito de Yaftali Pain, provincia de Badakhshan, Afganistán, b) Badakhshan (como Iadena Mohammad).Nacionalidad: afgana. Número de pasaporte: OA 454044 (como Iadena Mohammad). Otros datos: a) Miembro del Consejo Superior talibán responsable de las provincias de Takhar y Badakhshan, b) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

53)

Sayyed Mohammed Haqqani (alias Sayyed Mohammad Haqqani).

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: a) Director de Asuntos Administrativos bajo el régimen talibán, b) Jefe de Información y Cultura de la provincia de Kandahar bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: Hacia 1965. Lugar de nacimiento: localidad de Chaharbagh, distrito de Arghandab, provincia de Kandahar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) Diplomado de la madraza Haqqaniya en Akora Khattak, Pakistán, b) se cree que mantiene relaciones estrechas con el líder de los talibanes Mulá Mohammad Omar, c) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán, d) miembro del Consejo Supremo Talibán en junio de 2010, e) pertenece a la tribu Barakzay. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Presuntamente fallecido en enero de 2016. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:31.1.2001.

Información suplementaria procedente de la exposición de motivos resumida de su inclusión en la lista facilitada por el Comité de Sanciones:

Sayyed Mohammed Haqqani es aliado de Gulbbudin Hekmatyar y desde hace mucho tiempo seguidor del Mullah Mohammed Omar. En su calidad de Director de Asuntos Administrativos del régimen talibán, distribuyó cédulas de identidad afganas a extranjeros vinculados a Al-Qaida que combatían en Afganistán y recaudó de ellos importantes cantidades de dinero.

Sayyed Mohammed Haqqani se reunió en varias oportunidades con Aiman Muhammed Rabi al-Zawahiri y con Farhad, Secretario de Mohammed Omar, en 2003 y 2004. Abrió en el bazar de Qissa Khwani, en Peshawar (Pakistán) una librería, que ha estado implicada en la financiación de los talibanes. En marzo de 2009 seguía siendo un activo dirigente de la insurgencia talibán.

64)

Khairullah Khairkhwah (alias a) Mulá Khairullah Khairkhwah b) Khirullah Said Wali Khairkhwa).

Tratamiento: a) Maulavi, b) Mulá. Motivos de inclusión en la lista: a) Gobernador de la provincia de Herat (Afganistán) bajo el régimen talibán, b) portavoz del régimen talibán, c) Gobernador de la provincia de Kabul bajo el régimen talibán, d) Ministro del Interior bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) aproximadamente 1963; b) el 1 de enero de 1967 (con el nombre de Khirullah Said Wali Khairkhwa). Lugar de nacimiento: a) localidad de Poti, Distrito de Arghistan, provincia de Kandahar, Afganistán b) Kandahar. Nacionalidad: afgana. Dirección: Qatar. Otros datos: a) pertenece a la tribu popalzai. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

66)

Jan Mohammad Madani Ikram.

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: encargado de negocios de la Embajada talibán en Abu Dhabi. Fecha de nacimiento: 1954 o 1955. Lugar de nacimiento: localidad de Siyachoy, distrito de Panjwai, provincia de Kandahar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. b) pertenece a la tribu alizai. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

72)

Fazl Mohammad Mazloom (alias a) Mulá Fazl, b) Fazel Mohammad Mazloom).

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Jefe Adjunto del Estado Mayor del Ejército del régimen talibán. Fecha de nacimiento: entre 1963 y 1968. Lugar de nacimiento: Uruzgan, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Dirección: Qatar. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:23.2.2001.

Información suplementaria procedente de la exposición de motivos resumida de su inclusión en la lista facilitada por el Comité de Sanciones:

Fazl Mohammad Mazloom era estrecho colaborador de Mohammed Omar y le ayudó a formar el Gobierno talibán. Mazloom se encontraba en el campo de adiestramiento de Al-Qaida situado en Al-Farouq. Sabía que los talibanes prestaban ayuda al Movimiento Islámico de Uzbekistán en forma de apoyo financiero y logístico, así como de armas, a cambio de suministrar combatientes a los talibanes.

Fue comandante de aproximadamente 3 000 talibanes en el frente de la provincia de Takhar en octubre de 2001.

82)

Allah Dad Tayeb Wali Muhammad (alias a) Allah Dad Tayyab, b) Allah Dad Tabeeb).

Tratamiento: a) Mulá, b) Haji. Motivos de inclusión en la lista: Miembro suplente del Tribunal Supremo con el régimen talibán. Fecha de nacimiento: Hacia 1963. Lugar de nacimiento: a) Distrito de Ghorak, provincia de Kandahar, Afganistán, b) distrito de Nesh, provincia de Uruzgán, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: pertenece a la tribu popalzai. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fallecido en noviembre de 2015. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

88)

Nurullah Nuri (alias Norullah Noori).

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: a) Gobernador de la provincia de Balkh (Afganistán) bajo el régimen talibán, b) Jefe de la Zona Norte bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) Aproximadamente 1958, b)1 de enero de 1967. Lugar de nacimiento: distrito de Shahjoe, provincia de Zabul, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Dirección: Qatar. Otros datos: a) pertenece a la tribu tokhi. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

90)

Mohammed Omar Ghulam Nabi

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Jefe espiritual («Amir ul-Mumineen»), Afganistán. Fecha de nacimiento: a) Aproximadamente 1966, b) 1960, c) 1953. Lugar de nacimiento: a) localidad de Naw Deh, distrito de Deh Rawud, provincia de Uruzgan, Afganistán, b) localidad de Noori, distrito de Maiwand, provincia de Kandahar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) Su padre se llama Ghulam Nabi, también conocido como Mulá Musafir; b) ha perdido el ojo izquierdo; c) cuñado de Ahmad Jan Akhundzada Shukoor Akhundzada; d) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán, e) pertenece a la tribu hotak. Presuntamente fallecido en enero de 2013. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:31.1.2001.

Información suplementaria procedente de la exposición de motivos resumida de su inclusión en la lista facilitada por el Comité de Sanciones:

Mohammed Omar ostenta el título de «Comandante de los Fieles del Emirato Islámico de Afganistán» y es el Jefe supremo del movimiento talibán en la jerarquía talibán. Ocultó a Usama bin Laden y a su red Al-Qaida en los años anteriores al atentado del 11 de septiembre de 2001 en los Estados Unidos. Ha estado dirigiendo a los talibanes contra el Gobierno afgano y sus aliados en Afganistán desde 2001.

Son leales a Mohammed Omar destacados dirigentes militares de la región, como Jalaluddin Haqqani. Gulbuddin Hekmatyar también ha colaborado con Mohammed Omar y los talibanes.

97)

Mohammad Hasan Rahmani (alias Gud Mulá Mohammad Hassan).

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Gobernador de la provincia de Samangan con el régimen talibán. Fecha de nacimiento: Hacia 1963. Lugar de nacimiento: a) distrito de Deh Rawud, provincia de Uruzgan, Afganistán, b) distrito de Chora, provincia de Uruzgan, Afganistán, c) distrito de Charchino, provincia de Uruzgan, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) Su pierna derecha es una prótesis, b) miembro del Consejo Supremo Talibán desde mediados de 2013, ejercía como lugarteniente del Mullah Mohammed Omar en marzo de 2010, c) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán, d) pertenece a la tribu Achakzai. Fallecido el 9 de febrero de 2016. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:23.2.2001.

113)

Sher Mohammad Abbas Stanekzai Padshah Khan.

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: a) Miembro suplente del Tribunal Supremo con el régimen talibán. b) viceministro de Asuntos Exteriores del régimen talibán. Fecha de nacimiento: Hacia 1963. Lugar de nacimiento: Qala-e-Abbas, zona de Shah Mazar, distrito de Baraki Barak, provincia de Logar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

119)

Abdul-Haq Wassiq (alias: a) Abdul-Haq Wasseq, b) Abdul Haq Wasiq).

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: Miembro suplente del Tribunal Supremo con el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) Aproximadamente 1975, b) 1971. Lugar de nacimiento: localidad de Gharib, distrito de Khogyani, provincia de Ghazni, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Dirección: Qatar. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:31.1.2001.

Información suplementaria procedente de la exposición de motivos resumida de su inclusión en la lista facilitada por el Comité de Sanciones:

Abdul-Haq Wassiq es aliado de Gulbuddin Hekmatyar. Bajo el régimen talibán, ocupó varios cargos sucesivos como comandante local en las provincias de Nimroz y Kandahar. Posteriormente pasó a ser vicedirector General de Inteligencia, bajo la supervisión de Qari Ahmadullah. En ese puesto, fue el encargado de las relaciones con los combatientes extranjeros vinculados a Al Qaeda y con sus campamentos de adiestramiento en Afganistán. Además, era conocido por los métodos represivos que utilizaba contra los opositores del régimen talibán en el sur de Afganistán.

123)

Mohammad Zahid (alias a) Jan Agha Ahmadzai b) Zahid Ahmadzai)

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Tercer Secretario, «Embajada» talibán, Islamabad, Pakistán. Fecha de nacimiento: 1971. Lugar de nacimiento: provincia de Logar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. N.o de pasaporte: D 001206 (expedido el 17.7.2000). Otros datos: se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

139)

Rahmatullah Shah Nawaz

Nombre (en alfabeto original): Image

Tratamiento: Alhaj Cargo o grado: nd Fecha de nacimiento: a) 1981 b) 1982 Lugar de nacimiento: Shadal (variante Shadaal) Bazaar, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán. Alias de buena calidad: a) Qari Rahmat (anteriormente citado como) b) Kari Rahmat. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: Afgana. Número de pasaporte: nd. N.o nacional de identificación: nd. Dirección: a) Poblado de Kamkai, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán b) Poblado de Kamkai, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán c) Poblado de Surkhel, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán d) Poblado de Batan, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán Fecha de inclusión en la lista:21 de agosto de 2014 (modificado el 21 de julio de 2016) Información adicional: Descripción física: color de ojos: marrón; color de pelo: negro; peso: 77-81 kg, altura: 178 cm, barba negra entre corta y mediana, pelo negro corto. Pertenece a la tribu Shinwari, subtribu Sepahi. Comandante talibán al menos desde febrero de 2010. Cobra impuestos y sobornos en nombre de los talibanes desde abril de 2015. Sirve de enlace con las fuerzas de los talibanes que operan en la provincia afgana de Nangarhar y les proporciona información, servicio de guía, alojamiento y armas, y ha colocado artefactos explosivos improvisados y dirigido ataques contra la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad (FIAS) y las fuerzas afganas.Implicado en el narcotráfico; opera un laboratorio de heroína en el poblado de Abdulkhel, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:21.8.2014.


30.9.2016   

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L 264/13


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1737 DEL CONSEJO

de 29 de septiembre de 2016

por el que se aplica el artículo 15, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1352/2014 relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1352/2014 del Consejo, de 18 de diciembre de 2014, relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen (1), y en particular su artículo 15, apartado 3,

Visto la propuesta de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 18 de diciembre de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 1352/2014.

(2)

El 26 de agosto de 2016, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, establecido de conformidad con el párrafo 19 de la Resolución 2140 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, actualizó la información relativa a dos personas sometidas a medidas restrictivas.

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (UE) n.o 1352/2014.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 1352/2014 queda modificado con arreglo a lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. ŽIGA


(1)  DO L 365 de 19.12.2014, p. 60.


ANEXO

En la lista de las personas y entidades que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 1352/2014, las menciones n.o 2 y n.o 4 en la sección A, «Personas», se sustituyen por las que figuran a continuación:

 

«2.

Abd Al-Khaliq Al-Houthi (alias: a) Abd-al-Khaliq al-Huthi; b) Abd-al-Khaliq Badr-al-Din al Huthi; c) 'Abd al-Khaliq Badr al-Din al-Huthi; d) Abd al-Khaliq al-Huthi; e) Abu-Yunus).

Escritura original: Image

Cargo o grado: Comandante militar huzí. Fecha de nacimiento: 1984. Nacionalidad: yemení. Otros datos: Sexo: varón. Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas: 7.11.2014 (modificada el 20.11.2014, 26.8.2016).

Información suplementaria procedente de la exposición de motivos resumida de su inclusión en la lista facilitada por el Comité de Sanciones:

Abd al-Khaliq al-Houthi fue objeto de inclusión en la lista con vistas a la aplicación de sanciones el 7 de noviembre de 2014 con arreglo a los apartados 11 y 15 de la Resolución 2140 (2014) del Consejo de Seguridad, al reunir los criterios de inclusión establecidos en los puntos 17 y 18 de dicha Resolución.

Abd al-Khaliq al-Houthi ha participado en actos que amenazan la paz, la seguridad y la estabilidad en Yemen, tales como actos que obstaculizan la aplicación del acuerdo de 23 de noviembre de 2011 entre el Gobierno de Yemen y la oposición, que contempla una transición pacífica del poder en Yemen, y que obstruyen el proceso político en Yemen.

A finales de octubre de 2013, Abd al-Khaliq al-Houthi dirigió un grupo de combatientes que llevaban uniformes del ejército yemení durante un ataque contra objetivos en la localidad de Dimaj, Yemen. Los combates se saldaron con varias muertes.

A finales de septiembre de 2014, un número desconocido de combatientes no identificados se mantenía supuestamente preparado para atacar edificios diplomáticos en Sana'a, Yemen, en cuanto recibiera órdenes de Abd al-Khaliq al-Houthi. El 30 de agosto de 2014, Al-Houthi coordinó un transporte de armas desde Amran a un campamento de protesta en Sana'a.».

 

«4.

Abdulmalik al-Houthi (alias: Abdulmalik al-Huthi)

Otros datos: Dirigente del Movimiento Huzí de Yemen. Ha participado en actos que amenazan la paz, la seguridad o la estabilidad de Yemen. Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas:14.4.2015 (modificada el 26.8.2016).

Información suplementaria procedente de la exposición de motivos resumida de su inclusión en la lista facilitada por el Comité de Sanciones:

Abdulmalik al-Houthi fue incluido en la lista con vistas a la aplicación de sanciones el 14 de abril de 2015 con arreglo a los apartados 11 y 15 de la Resolución 2140 (2014) y al apartado 14 de la Resolución 2216 (2015).

Abdulmalik al-Houthi es dirigente de un grupo que ha participado en actos que amenazan la paz, la seguridad o la estabilidad de Yemen.

En septiembre de 2014, las fuerzas huzíes conquistaron Sana'a, y en enero de 2015 intentaron sustituir unilateralmente el gobierno legítimo de Yemen por una autoridad gobernante ilegítima dominada por los huzíes. Al-Houthi asumió la dirección del movimiento huzí de Yemen en 2004, tras la muerte de su hermano, Hussein Badredden al-Houthi. Como dirigente del grupo, Al-Houthi ha amenazado repetidamente a las autoridades yemeníes con provocar nuevos disturbios si no responden a sus demandas y ha detenido al presidente Hadi, al primer ministro y a miembros clave de su gabinete. Posteriormente, el presidente Hadi huyó a Adén. A continuación, los huzíes lanzaron otra ofensiva contra Adén, asistidos por unidades militares leales al expresidente Saleh y a su hijo Ahmed Alí Saleh.».


30.9.2016   

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L 264/15


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1738 DE LA COMISIÓN

de 28 de septiembre de 2016

por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1484/95 en lo que atañe a la fijación de los precios representativos en los sectores de la carne de aves de corral, de los huevos y de la ovoalbúmina

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (1), y en particular su artículo 183, letra b),

Visto el Reglamento (UE) n.o 510/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 1216/2009 y (CE) n.o 614/2009 del Consejo (2), y en particular su artículo 5, apartado 6, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) n.o 1484/95 de la Comisión (3) establece las disposiciones de aplicación del régimen de aplicación de los derechos adicionales de importación y fija los precios representativos en los sectores de la carne de aves de corral, los huevos y la ovoalbúmina.

(2)

Según se desprende del control periódico de los datos en que se basa la fijación de los precios representativos de los productos de los sectores de la carne de aves de corral, los huevos y la ovoalbúmina, es preciso modificar los precios representativos de importación de determinados productos, teniendo en cuenta las variaciones de precios según su origen.

(3)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n.o 1484/95 en consecuencia.

(4)

Debido a la necesidad de que esta medida se aplique lo más rápidamente posible una vez disponibles los datos actualizados, conviene que el presente Reglamento entre en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 1484/95 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2016.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Jerzy PLEWA

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  DO L 150 de 20.5.2014, p. 1.

(3)  Reglamento (CE) n.o 1484/95 de la Comisión, de 28 de junio de 1995, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de aplicación de derechos adicionales de importación y se fijan los precios representativos en los sectores de la carne de aves de corral, de los huevos y de la ovoalbúmina y se deroga el Reglamento n.o 163/67/CEE (DO L 145 de 29.6.1995, p. 47).


ANEXO

«ANEXO I

Código NC

Designación de la mercancía

Precio representativo

(en EUR/100 kg)

Garantía contemplada en el artículo 3

(en EUR/100 kg)

Origen (1)

0207 12 10

Canales de pollo, presentación 70 %, congeladas

114,0

0

AR

0207 12 90

Canales de pollo, presentación 65 %, congeladas

119,8

0

AR

145,9

0

BR

0207 14 10

Trozos deshuesados de gallo o gallina, congelados

288,3

4

AR

181,2

39

BR

278,6

6

CL

218,1

25

TH

0207 27 10

Trozos deshuesados de pavo, congelados

385,5

0

BR

335,8

0

CL

0408 91 80

Huevos de ave sin cáscara, secos

350,0

0

AR

1602 32 11

Preparaciones de gallo o gallina, sin cocer

201,7

26

BR


(1)  Nomenclatura de los países fijada por el Reglamento (UE) n.o 1106/2012 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.o 471/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias relativas al comercio exterior con terceros países, en lo que concierne a la actualización de la nomenclatura de países y territorios (DO L 328 de 28.11.2012, p. 7). El código “ZZ” representa “otros orígenes”.».


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REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1739 DE LA COMISIÓN

de 29 de septiembre de 2016

por el que se modifica por 254.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y artículo 7 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

(2)

El 24 de septiembre de 2016, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió suprimir a dos personas físicas de la lista de personas, grupos y entidades a las que afecta la congelación de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior en funciones


(1)  DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.


ANEXO

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002, en el epígrafe «Personas físicas», se suprimen las siguientes entradas:

 

«Muhammad Abdallah Hasan Abu-Al-Khayr [alias a) Mohammed Abdullah Hassan Abdul-Khair, b) Muhammad Abdallah Hasan Abu-al-Khayr, c) Muhammad Bin-“Abdullah Bin-Hamd”Abu-al-Khayr, d) Abdallah al-Halabi, e) “Abdallah al-Halabi al-Madani”, f) Abdallah al-Makki, g) Abdallah el-Halabi, h) Abdullah al-Halabi, i) Abu “Abdallah al-Halabi”, j) Abu Abdallah al-Madani, k) Muhannad al-Jaddawi]. Dirección: Yemen. Fecha de nacimiento: a) 19.6.1975, b) 18.6.1975. Lugar de nacimiento: Madinah al-Munawwarah, Arabia Saudí. Nacionalidad: saudí. N.o de identificación nacional: 1006010555. Pasaporte n.o: A741097 (pasaporte de Arabia Saudí expedido el 14 de noviembre de 1995 y válido hasta el 19 de septiembre de 2000). Información adicional: figura en una lista de 2009 con 85 personas buscadas por el Gobierno de Arabia Saudí. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 24.8.2010.»,

 

«Hassan Muhammad Abu Bakr Qayed [alias a) Hasan Muhammad Abu Bakr Qa'id, b) Al-Husain Muhammad Abu Bakr Qayid, c) Muhammad Hassan Qayed, d) Mohammad Hassan Abu Bakar, e) Hasan Qa'id, f) Muhammad Hasan al-Libi, g) Abu Yahya al-Libi, h) Abu Yahya, i) Sheikh Yahya, j) Abu Yahya Yunis al Sahrawi, k) Abu Yunus Rashid, l) al-Rashid, m) Abu al-Widdan, n) Younes Al-Sahrawi, o) Younes Al-Sahraoui]. Dirección: Wadi 'Ataba, Libia (dirección anterior en 2004). Fecha de nacimiento: a) 1963, b) 1969. Lugar de nacimiento: Marzaq, Jamahiriya Árabe Libia. Nacionalidad: Libia. Pasaporte n.o: 681819/88 (pasaporte libio). Documento nacional de identidad n.o: 5617/87 (documento de identidad libio). Información adicional: a) Alto dirigente de Al-Qaida responsable desde finales de 2010 de supervisar a otros altos oficiales de Al-Qaida; b) desde 2010, comandante de Al-Qaida en Pakistán y proveedor de ayuda financiera a combatientes de Al-Qaida en Afganistán, c) también ha sido un estratega de primera línea de Al-Qaida y comandante de operaciones en Afganistán e instructor en un campo de entrenamiento de Al-Qaida; d) nombre de la madre: Al-Zahra Amr Al-Khouri (alias al Zahra' 'Umar). Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 15.9.2011.».


30.9.2016   

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L 264/19


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1740 DE LA COMISIÓN

de 29 de septiembre de 2016

por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1),

Visto el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas (2), y, en particular, su artículo 136, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 543/2011 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores de importación a tanto alzado de terceros países correspondientes a los productos y períodos que figuran en el anexo XVI, parte A, de dicho Reglamento.

(2)

De acuerdo con el artículo 136, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 543/2011, el valor de importación a tanto alzado se calcula cada día hábil teniendo en cuenta datos que varían diariamente. Por lo tanto, el presente Reglamento debe entrar en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del presente Reglamento quedan fijados los valores de importación a tanto alzado a que se refiere el artículo 136 del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 543/2011.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Jerzy PLEWA

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  DO L 157 de 15.6.2011, p. 1.


ANEXO

Valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)

Código NC

Código tercer país (1)

Valor de importación a tanto alzado

0702 00 00

MA

135,3

ZZ

135,3

0707 00 05

TR

125,7

ZZ

125,7

0709 93 10

AR

162,6

TR

137,7

ZZ

150,2

0805 50 10

AR

103,1

CL

118,4

TR

85,3

UY

55,7

ZA

105,3

ZZ

93,6

0806 10 10

EG

264,7

TR

132,4

ZZ

198,6

0808 10 80

AR

106,0

BR

97,9

CL

127,5

NZ

128,1

US

144,0

ZA

115,5

ZZ

119,8

0808 30 90

CL

126,9

CN

92,9

TR

134,0

ZA

155,4

ZZ

127,3


(1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (UE) n.o 1106/2012 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.o 471/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre estadísticas comunitarias relativas al comercio exterior con terceros países, en lo que concierne a la actualización de la nomenclatura de países y territorios (DO L 328 de 28.11.2012, p. 7). El código «ZZ» significa «otros orígenes».


DECISIONES

30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/21


DECISIÓN (UE) 2016/1741 DEL CONSEJO

de 20 de septiembre de 2016

relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Palaos sobre exención de visados para estancias de corta duración

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 77, apartado 2, letra a), leído en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

La Comisión ha negociado en nombre de la Unión Europea un Acuerdo con la República de Palaos sobre exención de visados para estancias de corta duración (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

(2)

De conformidad con la Decisión (UE) 2015/2377 del Consejo (2), se ha firmado el Acuerdo y se aplica provisionalmente desde el 8 de diciembre de 2015.

(3)

En virtud del Acuerdo, se crea un Comité Mixto de expertos para la gestión del mismo. La Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros, debe representar a la Unión en dicho Comité Mixto.

(4)

La presente Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que el Reino Unido no participa de conformidad con la Decisión 2000/365/CE del Consejo (3); por lo tanto, el Reino Unido no participa en su adopción y no queda vinculado por la misma ni sujeto a su aplicación.

(5)

La presente Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que Irlanda no participa de conformidad con la Decisión 2002/192/CE del Consejo (4); por lo tanto, Irlanda no participa en su adopción y no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación.

(6)

Procede aprobar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Palaos sobre exención de visados para estancias de corta duración.

Artículo 2

El presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 8, apartado 1, del Acuerdo (5).

Artículo 3

La Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros, representará a la Unión en el Comité Mixto de expertos establecido en virtud del artículo 6 del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 20 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

I. KORČOK


(1)  Aprobación de 8 de junio de 2016 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(2)  Decisión (UE) 2015/2377 del Consejo, de 26 de octubre de 2015, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Palaos sobre exención de visados para estancias de corta duración (DO L 332 de 18.12.2015, p. 11).

(3)  Decisión 2000/365/CE del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre la solicitud del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (DO L 131 de 1.6.2000, p. 43).

(4)  Decisión 2002/192/CE del Consejo, de 28 de febrero de 2002, sobre la solicitud de Irlanda de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (DO L 64 de 7.3.2002, p. 20).

(5)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.


30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/23


DECISIÓN (UE) 2016/1742 DEL CONSEJO

de 20 de septiembre de 2016

relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Tonga sobre exención de visados para estancias de corta duración

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 77, apartado 2, letra a), leído en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

La Comisión ha negociado en nombre de la Unión Europea un Acuerdo con el Reino de Tonga sobre exención de visados para estancias de corta duración (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

(2)

De conformidad con la Decisión (UE) 2015/2226 del Consejo (2), se ha firmado el Acuerdo y se aplica provisionalmente desde el 21 de noviembre de 2015.

(3)

En virtud del Acuerdo se crea un Comité Mixto de expertos para la gestión del mismo. La Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros, debe representar a la Unión en dicho Comité Mixto.

(4)

La presente Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que el Reino Unido no participa de conformidad con la Decisión 2000/365/CE del Consejo (3); por lo tanto, el Reino Unido no participa en su adopción y no queda vinculado por la misma ni sujeto a su aplicación.

(5)

La presente Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que Irlanda no participa de conformidad con la Decisión 2002/192/CE del Consejo (4); por lo tanto, Irlanda no participa en su adopción y no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación.

(6)

Procede aprobar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Tonga sobre exención de visados para estancias de corta duración.

Artículo 2

El presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 8, apartado 1, del Acuerdo (5).

Artículo 3

La Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros, representará a la Unión en el Comité Mixto de expertos establecido en virtud del artículo 6 del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 20 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

I. KORČOK


(1)  Aprobación de 8 de junio de 2016 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(2)  Decisión (UE) 2015/2226 del Consejo, de 26 de octubre de 2015, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino de Tonga sobre exención de visados para estancias de corta duración (DO L 317 de 3.12.2015, p. 1).

(3)  Decisión 2000/365/CE del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre la solicitud del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (DO L 131 de 1.6.2000, p. 43).

(4)  Decisión 2002/192/CE del Consejo, de 28 de febrero de 2002, sobre la solicitud de Irlanda de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (DO L 64 de 7.3.2002, p. 20).

(5)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.


30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/25


DECISIÓN (UE) 2016/1743 DEL CONSEJO

de 20 de septiembre de 2016

relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia sobre exención de visados para estancias de corta duración

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 77, apartado 2, letra a), en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

La Comisión ha negociado en nombre de la Unión Europea un Acuerdo con la República de Colombia sobre exención de visados para estancias de corta duración (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

(2)

De conformidad con la Decisión (UE) 2015/2399 del Consejo (2), se ha firmado el Acuerdo y se aplica provisionalmente desde el 3 de diciembre de 2015.

(3)

En virtud del Acuerdo, se crea un Comité Mixto de expertos para la gestión del mismo. La Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros, debe representar a la Unión en dicho Comité Mixto.

(4)

La presente Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que el Reino Unido no participa de conformidad con la Decisión 2000/365/CE del Consejo (3); por lo tanto, el Reino Unido no participa en su adopción y no queda vinculado por la misma ni sujeto a su aplicación.

(5)

La presente Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que Irlanda no participa de conformidad con la Decisión 2002/192/CE del Consejo (4); por lo tanto, Irlanda no participa en su adopción y no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación.

(6)

Procede aprobar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia sobre exención de visados para estancias de corta duración.

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 8, apartado 1, del Acuerdo (5).

Artículo 3

La Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros, representará a la Unión en el Comité Mixto de expertos establecido en virtud del artículo 6 del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 20 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

I. KORČOK


(1)  Aprobación de 8 de junio de 2016 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(2)  Decisión (UE) 2015/2399 del Consejo, de 26 de octubre de 2015, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Colombia sobre exención de visados para estancias de corta duración (DO L 333 de 19.12.2015, p. 1).

(3)  Decisión 2000/365/CE del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre la solicitud del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (DO L 131 de 1.6.2000, p. 43).

(4)  Decisión 2002/192/CE del Consejo, de 28 de febrero de 2002, sobre la solicitud de Irlanda de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (DO L 64 de 7.3.2002, p. 20).

(5)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.


30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/27


DECISIÓN (UE) 2016/1744 DEL CONSEJO

de 20 de septiembre de 2016

relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Perú sobre exención de visados para estancias de corta duración

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 77, apartado 2, letra a), en relación con su artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v),

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

La Comisión ha negociado en nombre de la Unión Europea un Acuerdo con la República de Perú sobre exención de visados para estancias de corta duración (en lo sucesivo, «Acuerdo»).

(2)

De conformidad con la Decisión (UE) 2016/437 del Consejo (2), se ha firmado el Acuerdo y se aplica provisionalmente desde el 15 de marzo de 2016.

(3)

En virtud del Acuerdo, se crea un Comité Mixto de expertos para la gestión del mismo. La Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros, debe representar a la Unión en dicho Comité Mixto.

(4)

La presente Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que el Reino Unido no participa de conformidad con la Decisión 2000/365/CE del Consejo (3); por lo tanto, el Reino Unido no participa en su adopción y no queda vinculado por la misma ni sujeto a su aplicación.

(5)

La presente Decisión constituye un desarrollo de las disposiciones del acervo de Schengen en las que Irlanda no participa de conformidad con la Decisión 2002/192/CE del Consejo (4); por lo tanto, Irlanda no participa en su adopción y no queda vinculada por la misma ni sujeta a su aplicación.

(6)

Procede aprobar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Perú sobre exención de visados para estancias de corta duración.

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá, en nombre de la Unión, a la notificación prevista en el artículo 8, apartado 1, del Acuerdo (5).

Artículo 3

La Comisión, asistida por los representantes de los Estados miembros, representará a la Unión en el Comité Mixto de expertos establecido en virtud del artículo 6 del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 20 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

I. KORČOK


(1)  Aprobación de 5 de julio de 2016 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(2)  Decisión (UE) 2016/437 del Consejo, de 10 de marzo de 2016, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y la aplicación provisional del Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Perú sobre exención de visados para estancias de corta duración (DO L 78 de 24.3.2016, p. 2).

(3)  Decisión 2000/365/CE del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre la solicitud del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (DO L 131 de 1.6.2000, p. 43).

(4)  Decisión 2002/192/CE del Consejo, de 28 de febrero de 2002, sobre la solicitud de Irlanda de participar en algunas de las disposiciones del acervo de Schengen (DO L 64 de 7.3.2002, p. 20).

(5)  La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea la fecha de entrada en vigor del Acuerdo.


30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/29


DECISIÓN (PESC) 2016/1745 DEL CONSEJO

de 29 de septiembre de 2016

por la que se modifica la Decisión (PESC) 2015/1763 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Burundi

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 1 de octubre de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1763 (1) relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Burundi.

(2)

De la revisión de la Decisión (PESC) 2015/1763 se desprende que procede prorrogar hasta el 31 de octubre de 2017 las medidas restrictivas.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar la Decisión (PESC) 2015/1763 en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el artículo 6 de la Decisión (PESC) 2015/1763, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:

«La presente Decisión se aplicará hasta el 31 de octubre de 2017.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. ŽIGA


(1)  Decisión (PESC) 2015/1763 del Consejo, de 1 de octubre de 2015, relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Burundi (DO L 257 de 2.10.2015, p. 37).


30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/30


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2016/1746 DEL CONSEJO

de 29 de septiembre de 2016

por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (1), y en particular su artículo 30, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 31 de mayo de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria.

(2)

Dos personas ya no deben seguir en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I de la Decisión 2013/255/PESC (en lo sucesivo, la «lista»).

(3)

Debe suprimirse una entrada que está duplicada en la lista.

(4)

Debe actualizarse la información relativa a determinadas personas de la lista.

(5)

Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2013/255/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión 2013/255/PESC queda modificado según lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. ŽIGA


(1)  DO L 147 de 1.6.2013, p. 14.


ANEXO

El anexo I, sección A, de la Decisión 2013/255/PESC se modifica como sigue:

1)

Se suprimen las entradas relativas a las siguientes personas:

n.o 15

Hisham (

Image

) Ikhtiyar (

Image

,

Image

,

Image

) (alias Al Ikhtiyar, Bikhtiyar, Bikhtyar, Bekhtyar, Bikhtiar, Bekhtyar)

n.o 74

Anisa (

Image

) (alias Anissa, Aneesa, Aneessa) Al-Assad (

Image

) (alias Anisah Al-Assad).

2)

Se suprime la siguiente entrada:

n.o 154

General de división Fahd (

Image

) Jassem (

Image

) Al Freij (

Image

) (alias Al-Furayj).

3)

Se sustituyen por las siguientes entradas las relativas a las personas enumeradas a continuación:

 

«Nombre

Información de identificación

Motivos

Fecha de inclusión

1.

Houmam Jaza'iri (alias Humam al-Jazaeri, Hammam al-Jazairi)

Fecha de nacimiento: 1977

Ministro de Economía y Comercio Exterior desde mayo de 2011. Como ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida contra el pueblo sirio.

21.10.2014

2.

Maher (

Image

) (alias Mahir) Al-Assad (

Image

)

Fecha de nacimiento: 8 de diciembre de 1967

Lugar de nacimiento: Damasco

Pasaporte diplomático n.o 4138

General de división de la Brigada n.o 42 y antiguo general de brigada de la 4.a División Acorazada del ejército

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de coronel y equivalente o superior desde mayo de 2011; General de división de la Brigada n.o 42 y antiguo general de brigada de la 4.a División Acorazada del ejército. Miembro de la familia Assad; hermano del presidente Bashar Al-Assad.

9.5.2011

4.

Atej (

Image

) (alias Atef, Atif) Najib (

Image

) (alias Najeeb)

Lugar de nacimiento: Jableh, Siria

Antiguo responsable de la seguridad política en Dera'a: Implicado en la represión contra los manifestantes. Miembro de la familia Assad; primo del presidente Bashar Al-Assad.

9.5.2011

5.

Hafiz (

Image

) Makhlouf (

Image

) (alias Hafez Makhlouf)

Fecha de nacimiento: 2 de abril de 1971

Lugar de nacimiento: Damasco

Pasaporte diplomático n.o 2246

Antiguo coronel y jefe de unidad de la Dirección General de Inteligencia (Oficina de Damasco) desde mayo de 2011. Miembro de la familia Makhlouf; primo del presidente Bashar Al-Assad.

9.5.2011

10.

Jamil (

Image

) (alias Jameel) Hassan (

Image

) (alias al-Hassan)

Fecha de nacimiento: 1953

Lugar de nacimiento: Homs, Siria

Jefe los servicios de inteligencia de la Fuerza Aérea siria

Oficial con el rango de general de división en la Fuerza Aérea siria desde mayo de 2011. Jefe los servicios de inteligencia de la Fuerza Aérea siria desde mayo de 2011. Responsable de la represión violenta contra la población civil en Siria.

9.5.2011

13.

Ghassan Ahmed Ghannan (alias general de división Ghassan Ghannan, general de brigada Ghassan Ahmad Ghanem)

Grado: General de división

Posición: comandante de la Brigada de misiles n.o 155

Miembro de las fuerzas armadas sirias con el grado de coronel y equivalente o superior desde mayo de 2011; General de división y comandante de la Brigada de misiles n.o 155. Se le asocia con Maher al-Assad por sus funciones en la Brigada de misiles n.o 155. Como comandante de la Brigada de misiles n.o 155 apoya al régimen sirio y es responsable de la represión contra la población civil. Responsable del lanzamiento de misiles scud en diversos edificios civiles entre enero y marzo de 2013.

21.10.2014

45.

Munir (

Image

) (alias Mounir, Mouneer, Monir, Moneer, Muneer) Adanov (

Image

) (alias Adnuf, Adanof)

Fecha de nacimiento: 1951

Lugar de nacimiento: Homs, Siria

Pasaporte n.o 0000092405

Posición: director adjunto del Estado Mayor, Operaciones y Entrenamiento, ejército sirio

Grado: teniente general, ejército árabe sirio

Oficial con el rango de teniente general y director adjunto del Estado Mayor, Operaciones y Entrenamiento para el ejército sirio desde mayo de 2011. En su puesto como director adjunto del Estado Mayor estuvo directamente implicado en la represión y la violencia contra la población civil en Siria.

23.8.2011

56.

Ali (

Image

) Abdullah (

Image

) (alias Abdallah) Ayyub (

Image

) (alias Ayyoub, Ayub, Ayoub, Ayob)

Posición: jefe del Estado Mayor del ejército árabe y de las fuerzas armadas de Siria desde el 18 de julio de 2012

Grado: general en el ejército árabe sirio

Oficial con el rango de general en el ejército sirio desde mayo de 2011. Jefe del Estado Mayor de las fuerzas armadas sirias. Apoya el régimen de Assad y es responsable de la represión y la violencia contra la población civil en Siria.

14.11.2011

57.

Fahd (

Image

) (alias Fahid, Fahed) Jasim (

Image

) (alias Jasem, Jassim, Jassem) al-Furayj (

Image

) (alias Al-Freij)

Fecha de nacimiento: 1 de enero de 1950

Lugar de nacimiento: Hama, Siria

Grado: Teniente general

Posiciones: ministro de Defensa, comandante en jefe adjunto de las fuerzas armadas sirias

Oficial con el rango de general en el ejército sirio. Comandante en jefe adjunto de las fuerzas armadas sirias. Ministro de Defensa. Responsable de la represión y el uso de la violencia contra la población civil en Siria.

14.11.2011

62.

Zuhair (

Image

) (alias Zouheir, Zuheir, Zouhair) Hamad (

Image

)

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria

Grado: general de división

Cargo actual: jefe adjunto de la Dirección General de Inteligencia (alias Dirección General de Seguridad) desde julio de 2012

Oficial con el rango de general de división en las fuerzas aéreas sirias desde mayo de 2011. Jefe adjunto de la Dirección General de Inteligencia. Responsable de represión, abusos contra los derechos humanos y uso de la violencia contra la población civil en Siria.

14.11.2011

71.

Bushra (

Image

) Al-Assad (

Image

) (alias Bushra Shawkat, Bouchra Al Assad)

Fecha de nacimiento: 24.10.1960

Miembro de la familia Assad; hermana de Bashar Al-Assad. Dada la estrecha relación personal e intrínseca relación financiera con el presidente sirio Bashar Al-Assad se beneficia del régimen sirio y está asociada a él.

23.3.2012

72.

Asma (

Image

) Al-Assad (

Image

) (alias Asma Fawaz Al Akhras)

Fecha de nacimiento: 11.8.1975

Lugar de nacimiento: Londres, Reino Unido

Pasaporte n.o 707512830, válido hasta el 22.9.2020

Nombre de soltera: Al Akhras

Miembro de la familia Assad y estrechamente vinculada a personas fundamentales del régimen; esposa del presidente Bashar Al-Assad. Dada la estrecha relación personal e intrínseca relación financiera con el presidente sirio Bashar Al-Assad se beneficia del régimen sirio y está asociada a él.

23.3.2012

107.

Mohammad (

Image

) (Mohamed, Muhammad, Mohammed) Ibrahim (

Image

) Al-Sha'ar (

Image

) (alias Al-Chaar, Al-Shaar) (alias Mohammad Ibrahim Al-Chaar)

Fecha de nacimiento: 1956

Lugar de nacimiento: Alepo

Ministro del Interior desde de mayo de 2011. Como ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida contra el pueblo sirio.

1.12.2011

181.

Suleiman Al Abbas

 

Ministro de Petróleo y Recursos minerales desde mayo de 2011. Como ministro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida contra el pueblo sirio.

24.6.2014

185.

Ismael Ismael (alias Ismail Ismail, o Isma'Il Isma'il)

Fecha de nacimiento: 1955

Ministro del Gobierno sirio desde mayo de 2011; ministro de Hacienda. Como miembro del Gobierno, comparte la responsabilidad de la represión violenta ejercida por el régimen contra la población civil.

24.6.2014

193.

Suhayl (alias Sohail, Suhail, Suheil) Hassan (alias Hasan, al-Hasan, al-Hassan) conocido como “el Tigre” (alias al-Nimr)

Fecha de nacimiento: 1970

Lugar de nacimiento: Jableh (provincia de Latakia, Siria)

Grado: General de división

Posición: comandante de Qawat al-Nimr (fuerzas Tigre)

Oficial con el rango de general de división en el ejército sirio desde mayo de 2011. Comandante de la división del ejército conocida como fuerzas Tigre. Responsable de la represión violenta contra la población civil en Siria.

23.7.2014

199.

Bayan Bitar (alias Dr. Bayan Al-Bitar)

Fecha de nacimiento: 8.3.1947

Dirección: PO Box 11037 Damasco, Siria

Director General de la Organización de Industrias Tecnológicas (OTI) y la Compañía de Siria para la Tecnología de la Información (SCIT), ambas filiales del Ministerio de Defensa sirio, que ha sido designado por el Consejo. La OTI colabora en la producción de armas químicas para el régimen sirio. Como Director General de la OTI y la SCIT, Bayan Bitar brinda apoyo al régimen sirio. Habida cuenta de la función que ha desempeñado en la producción de armas químicas, es también responsable de la represión violenta contra la población siria. Dado el alto cargo que ocupa en estas entidades, también se le asocia con las entidades designadas OTI y SCIT.

7.3.2015

200.

General de Brigada Ghassan Abbas

Fecha de nacimiento: 10.3.1960

Lugar de nacimiento: Homs

Dirección: CERS, Centro de Estudios e Investigación Científica (alias SSRC, del inglés Scientific Studies and Research Centre; Centre de Recherche de Kaboun Barzeh Street, PO Box 4470, Damasco)

Director de la sucursal del Centro de Estudios e Investigación Científica sirio (SSRC/CERS) designado, cerca de Jamraya. Ha estado implicado en la proliferación de armas químicas y ha participado en la organización de ataques con armas químicas, entre ellos, en Guta en agosto de 2013. Por consiguiente, comparte la responsabilidad de la represión violenta contra la población siria. Como director de la sucursal del SSRC/CERS cerca de Jamraya, Ghassan Abbas brinda apoyo al régimen sirio. Dado el alto cargo que ocupa en el SSRC, también se le asocia con la entidad designada SSRC.

7.3.2015

201.

Wael Abdulkarim (alias Wael Al Karim)

Fecha de nacimiento: 30.9.1973

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria (de origen palestino)

Dirección: Al Karim for Trade and Industry, PO Box 111, 5797 Damasco, Siria

Destacado hombre de negocios que opera en Siria en los sectores del petróleo, los productos químicos y la industria manufacturera. En concreto, representa a Abdulkarim Group, también conocido como Al Karim Group/Alkarim for Trade and Industry/Al Karim Trading and Industry/Al Karim for Trade and Industry. Abdulkarim Group es uno de los principales fabricantes de lubricantes, grasas y productos químicos industriales de Siria.

7.3.2015

202.

Ahmad Barqawi (alias Ahmed Barqawi)

Fecha de nacimiento: 1985

Lugar de nacimiento: Damasco, Siria

Dirección: Pangates International Corp Ltd, PO Box Sharjah Airport International Free Zone, Emiratos Árabes Unidos

Al Karim for Trade and Industry, PO Box 111, 5797 Damasco, Siria

Director general de Pangates International Corp Ltd, que actúa como intermediario en el suministro de petróleo al régimen sirio, y director de Al Karim Group. Tanto Pangates Internacional como Al Karim Group han sido designadas por el Consejo. Como director general de Pangates y uno de los directores de la empresa matriz de Pangates, Al Karim Group, Ahmad Barqawi brinda apoyo al régimen sirio y se beneficia del mismo. Dado el alto cargo que ocupa en Pangates y en Al Karim Group, también se le asocia con las entidades designadas Pangates International y Al Karim Group.

7.3.2015

204.

Emad (

Image

) Hamsho (

Image

) (alias Imad Hmisho; Hamchu; Hamcho; Hamisho; Hmeisho; Hemasho)

Dirección: Hamsho Building 31 Baghdad Street Damasco, Siria

Ocupa un puesto de alto ejecutivo en Hamsho Trading. Dado el alto cargo que ocupa en Hamsho Trading, una filial de Hamsho Internacional que ha sido designada por el Consejo, brinda apoyo al régimen sirio. También se le asocia con una entidad designada, Hamsho International. Es además vicepresidente del Consejo Sirio del Hierro y del Acero, junto con empresarios del régimen designados, como Ayman Jaber. Es además socio de Bashar Al-Assad.

7.3.2015

206.

General Muhamad (

Image

) (alias Mohamed, Muhammad) Mahalla (

Image

) (alias Mahla, Mualla, Maalla, Muhalla)

Fecha de nacimiento: 1960

Lugar de nacimiento: Jableh

Jefe de la Sección 293 (Asuntos Internos) de la Oficina de Inteligencia Militar siria (SMI) desde abril de 2015. Responsable de la represión y violencia contra la población civil en la ciudad de Damasco y en su zona rural. Antiguo jefe adjunto de la seguridad política (2012), funcionario de la Guardia Republicana siria y Vicedirector de la sección de seguridad política. Jefe de la Policía Militar y miembro de la Oficina Nacional de Seguridad.

29.5.2015»


30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/36


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2016/1747 DEL CONSEJO

de 29 de septiembre de 2016

por la que se aplica la Decisión 2014/932/PESC relativa a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2014/932/PESC del Consejo, de 18 de diciembre de 2014, relativa a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen (1), y en particular su artículo 3,

Vista la propuesta de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 18 de diciembre de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/932/PESC.

(2)

El 26 de agosto de 2016, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, establecido de conformidad con el párrafo 19 de la Resolución 2140 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, actualizó la información relativa a dos personas sometidas a medidas restrictivas.

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo de la Decisión 2014/932/PESC.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2014/932/PESC se modifica de acuerdo con lo establecido en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. ŽIGA


(1)  DO L 365 de 19.12.2014, p. 147.


ANEXO

En la lista de las personas y entidades que figura en el anexo de la Decisión 2014/932/PESC, las menciones n.o 2 y n.o 4 en la sección A, «Personas», se sustituyen por las que figura a continuación:

 

«2.

Abd Al-Khaliq Al-Houthi (alias: a) Abd-al-Khaliq al-Huthi; b) Abd-al-Khaliq Badr-al-Din al Huthi; c) 'Abd al-Khaliq Badr al-Din al-Huthi; d) Abd al-Khaliq al-Huthi; e) Abu-Yunus).

Texto original: Image

Cargo o grado: Comandante militar huzí. Fecha de nacimiento: 1984. Nacionalidad: yemení. Otros datos: Sexo: varón. Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas: 7.11.2014 (modificada el 20.11.2014, 26.8.2016).

Información suplementaria procedente de la exposición de motivos resumida de su inclusión en la lista facilitada por el Comité de Sanciones:

Abd Al-Khaliq Al-Houthi fue objeto de inclusión en la lista con vistas a la aplicación de sanciones el 7 de noviembre de 2014 con arreglo a los apartados 11 y 15 de la Resolución 2140 (2014) del Consejo de Seguridad, al reunir los criterios de inclusión establecidos en los puntos 17 y 18 de dicha Resolución.

Abd Al-Khaliq Al-Houthi ha participado en actos que amenazan la paz, la seguridad y la estabilidad en Yemen, tales como actos que obstaculizan la aplicación del acuerdo de 23 de noviembre de 2011 entre el Gobierno de Yemen y la oposición, que contempla una transición pacífica del poder en Yemen, y que obstruyen el proceso político en Yemen.

A finales de octubre de 2013, Abd al-Khaliq al-Houthi dirigió un grupo de combatientes que llevaban uniformes del ejército yemení durante un ataque contra objetivos en la localidad de Dimaj, Yemen. Los combates se saldaron con varias muertes.

A finales de septiembre de 2014, un número desconocido de combatientes no identificados se mantenía supuestamente preparado para atacar edificios diplomáticos en Sana'a, Yemen, en cuanto recibiera órdenes de Abd al-Khaliq al-Houthi. El 30 de agosto de 2014, Al-Houthi coordinó un transporte de armas desde Amran a un campamento de protesta en Sana'a.».

 

«4.

Abdulmalik al-Houthi (alias: Abdulmalik al-Huthi)

Otros datos: Dirigente del Movimiento Huzí del Yemen. Ha participado en actos que amenazan la paz, la seguridad o la estabilidad de Yemen. Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas:14.4.2015 (modificada el 26.8.2016).

Información suplementaria procedente de la exposición de motivos resumida de su inclusión en la lista facilitada por el Comité de Sanciones:

Abdulmalik al-Houthi fue incluido en la lista con vistas a la aplicación de sanciones el 14 de abril de 2015 con arreglo a los apartados 11 y 15 de la Resolución 2140 (2014) y al apartado 14 de la Resolución 2216 (2015).

Abdulmalik al-Houthi es dirigente de un grupo que ha participado en actos que amenazan la paz, la seguridad o la estabilidad de Yemen.

En septiembre de 2014, las fuerzas huzíes conquistaron Sana'a, y en enero de 2015 intentaron sustituir unilateralmente el gobierno legítimo del Yemen por una autoridad gobernante ilegítima dominada por los huzíes. Al-Houthi asumió la dirección del movimiento huzí del Yemen en 2004, tras la muerte de su hermano, Hussein Badredden al-Houthi. Como dirigente del grupo, Al-Houthi ha amenazado repetidamente a las autoridades yemeníes con provocar nuevos disturbios si no responden a sus demandas y ha detenido al presidente Hadi, al primer ministro y a miembros clave de su gabinete. Posteriormente, el presidente Hadi huyó a Adén. A continuación, los huzíes lanzaron otra ofensiva contra Adén, asistidos por unidades militares leales al expresidente Saleh y a su hijo Ahmed Alí Saleh.».


30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/38


DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2016/1748 DEL CONSEJO

de 29 de septiembre de 2016

por la que se aplica la Decisión 2011/486/PESC relativa a medidas restrictivas contra determinadas personas, grupos, empresas y entidades, habida cuenta de la situación en Afganistán

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2011/486/PESC del Consejo, de 1 de agosto de 2011, relativa a medidas restrictivas contra determinadas personas, grupos, empresas y entidades, habida cuenta de la situación en Afganistán (1), y en particular su artículo 5 y su artículo 6, apartado 1,

Vista la propuesta de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 1 de agosto de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/486/PESC.

(2)

El 7 de septiembre de 2016, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas establecido en virtud del párrafo 30 de la Resolución 1988 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas modificó la lista de personas, grupos, empresas y entidades objeto de las medidas restrictivas.

(3)

Procede, por lo tanto, modificar en consecuencia el anexo de la Decisión 2011/486/PESC.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2011/486/PESC queda modificado del modo que se indica en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de septiembre de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

P. ŽIGA


(1)  DO L 199 de 2.8.2011, p. 57.


ANEXO

I.   Las menciones que figuran en el anexo de la Decisión 2011/486/PESC correspondientes a las personas que se relacionan a continuación se sustituyen por las menciones siguientes.

«A.   Personas asociadas con los talibanes

13)

Mohammad Shafiqullah Ahmadi Fatih Khan (alias a) Mohammad Shafiq Ahmadi, b) Mullah Shafiqullah).

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Gobernador de la provincia de Samangan bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: 1956 o 1957. Lugar de nacimiento: a) localidad de Charmistan, distrito de Tirin Kot, provincia de Uruzgan, Afganistán, b) localidad de Marghi, distrito de Nawa, provincia de Ghazni, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) Oriundo de la provincia de Ghazni, pero vivió posteriormente en Uruzgan, b) Gobernador talibán en la sombra de la provincia de Uruzgan desde finales de 2012, C) Ejerce como miembro de la Comisión Militar desde julio de 2016, d) pertenece a la tribu hotak. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:23.2.2001.

35)

Shahabuddin Delawar

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: Miembro suplente del Tribunal Supremo con el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) aproximadamente 1957; b) 1953. Lugar de nacimiento: provincia de Logar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Número de pasaporte: Número de pasaporte afgano OA296623. Otros datos: a) Embajador adjunto en la embajada talibana en Riad, Arabia Saudí, hasta el 25 de septiembre de 1998, b) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:23.2.2001.

44)

Din Mohammad Hanif (alias a) Qari Din Mohammad, b) Iadena Mohammad)

Tratamiento: Qari. Motivos de inclusión en la lista: a) Ministro de Planificación con el régimen talibán, b) Ministro de Educación Superior con el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) Hacia 1955, b)1.1.1969 (como Iadena Mohammad). Lugar de nacimiento: a) localidad de Shakarlab, distrito de Yaftali Pain, provincia de Badakhshan, Afganistán, b) Badakhshan (como Iadena Mohammad). Nacionalidad: afgana. Número de pasaporte: OA 454044 (como Iadena Mohammad). Otros datos: a) Miembro del Consejo Superior talibán responsable de las provincias de Takhar y Badakhshan, b) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

53)

Sayyed Mohammed Haqqani (alias Sayyed Mohammad Haqqani).

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: a) Director de Asuntos Administrativos bajo el régimen talibán, b) Jefe de Información y Cultura de la provincia de Kandahar bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: Hacia 1965. Lugar de nacimiento: localidad de Chaharbagh, distrito de Arghandab, provincia de Kandahar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) Diplomado de la madraza Haqqaniya en Akora Khattak, Pakistán, b) se cree que mantiene relaciones estrechas con el líder de los talibanes Mulá Mohammad Omar, c) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán, d) miembro del Consejo Supremo Talibán en junio de 2010, e) pertenece a la tribu Barakzay. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Presuntamente fallecido en enero de 2016. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:31.1.2001.

Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Sayyed Mohammed Haqqani es aliado de Gulbbudin Hekmatyar y desde hace mucho tiempo seguidor del Mullah Mohammed Omar. En su calidad de Director de Asuntos Administrativos del régimen talibán, distribuyó cédulas de identidad afganas a extranjeros vinculados a Al-Qaida que combatían en Afganistán y recaudó de ellos importantes cantidades de dinero.

Sayyed Mohammed Haqqani se reunió en varias oportunidades con Aiman Muhammed Rabi al-Zawahiri y con Farhad, Secretario de Mohammed Omar, en 2003 y 2004. Abrió en el bazar de Qissa Khwani, en Peshawar (Pakistán) una librería, que ha estado implicada en la financiación de los talibanes. En marzo de 2009 seguía siendo un activo dirigente de la insurgencia talibán.

64)

Khairullah Khairkhwah (alias a) Mulá Khairullah Khairkhwah b) Khirullah Said Wali Khairkhwa).

Tratamiento: a) Maulavi, b) Mulá. Motivos de inclusión en la lista: a) Gobernador de la provincia de Herat (Afganistán) bajo el régimen talibán, b) portavoz del régimen talibán, c) Gobernador de la provincia de Kabul bajo el régimen talibán, d) Ministro del Interior bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) aproximadamente 1963; b) el 1 de enero de 1967 (con el nombre de Khirullah Said Wali Khairkhwa). Lugar de nacimiento: a) localidad de Poti, Distrito de Arghistan, provincia de Kandahar, Afganistán b) Kandahar. Nacionalidad: afgana. Dirección: Qatar: Otros datos: a) pertenece a la tribu popalzai. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

66)

Jan Mohammad Madani Ikram.

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: encargado de negocios de la Embajada talibán en Abu Dhabi. Fecha de nacimiento: 1954 o 1955. Lugar de nacimiento: localidad de Siyachoy, distrito de Panjwai, provincia de Kandahar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. b) pertenece a la tribu alizai. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

72)

Fazl Mohammad Mazloom (alias a) Mulá Fazl, b) Fazel Mohammad Mazloom).

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Jefe Adjunto del Estado Mayor del Ejército del régimen talibán. Fecha de nacimiento: entre 1963 y 1968. Lugar de nacimiento: Uruzgan, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Dirección: Qatar: Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:23.2.2001.

Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Fazl Mohammad Mazloom era estrecho colaborador de Mohammed Omar y le ayudó a formar el Gobierno talibán. Mazloom se encontraba en el campo de adiestramiento de Al-Qaida situado en Al-Farouq. Sabía que los talibanes prestaban ayuda al Movimiento Islámico de Uzbekistán en forma de apoyo financiero y logístico, así como de armas, a cambio de suministrar combatientes a los talibanes.

Fue comandante de aproximadamente 3 000 talibanes en el frente de la provincia de Takhar en octubre de 2001.

82)

Allah Dad Tayeb Wali Muhammad (alias a) Allah Dad Tayyab, b) Allah Dad Tabeeb).

Tratamiento: a) Mulá, b) Haji. Motivos de inclusión en la lista: Viceministro de Comunicación del régimen talibán. Fecha de nacimiento: Hacia 1963. Lugar de nacimiento: a) Distrito de Ghorak, provincia de Kandahar, Afganistán, b) distrito de Nesh, provincia de Uruzgán, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: pertenece a la tribu popalzai. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fallecido en noviembre de 2015. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

88)

Nurullah Nuri (alias Norullah Noori).

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: a) Gobernador de la provincia de Balkh (Afganistán) bajo el régimen talibán, b) Jefe de la Zona Norte bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) Aproximadamente 1958, b)1 de enero de 1967. Lugar de nacimiento: distrito de Shahjoe, provincia de Zabul, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Dirección: Qatar: Otros datos: a) pertenece a la tribu tokhi. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

90)

Mohammed Omar Ghulam Nabi

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Jefe espiritual (“Amir ul-Mumineen”), Afganistán. Fecha de nacimiento: a) Aproximadamente 1966, b) 1960, c) 1953. Lugar de nacimiento: a) localidad de Naw Deh, distrito de Deh Rawud, provincia de Uruzgan, Afganistán, b) localidad de Noori, distrito de Maiwand, provincia de Kandahar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) Su padre se llama Ghulam Nabi, también conocido como Mulá Musafir; b) ha perdido el ojo izquierdo; c) cuñado de Ahmad Jan Akhundzada Shukoor Akhundzada; d) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán, e) pertenece a la tribu hotak. Presuntamente fallecido en abril de 2013. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:31.1.2001.

Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Mohammed Omar ostenta el título de “Comandante de los Fieles del Emirato Islámico de Afganistán” y es el Jefe supremo del movimiento talibán en la jerarquía talibán. Ocultó a Usama bin Laden y a su red Al-Qaida en los años anteriores al atentado del 11 de septiembre de 2001 en los Estados Unidos. Ha estado dirigiendo a los talibanes contra el Gobierno afgano y sus aliados en Afganistán desde 2001.

Son leales a Mohammed Omar destacados dirigentes militares de la región, como Jalaluddin Haqqani. Gulbuddin Hekmatyar también ha colaborado con Mohammed Omar y los talibanes.

97)

Mohammad Hasan Rahmani (alias Gud Mulá Mohammad Hassan).

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Gobernador de la provincia de Kandahar (Afganistán) bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: Hacia 1963. Lugar de nacimiento: a) distrito de Deh Rawud, provincia de Uruzgan, Afganistán, b) distrito de Chora, provincia de Uruzgan, Afganistán, c) distrito de Charchino, provincia de Uruzgan, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: a) Su pierna derecha es una prótesis, b) miembro del Consejo Supremo Talibán desde mediados de 2013, ejercía como lugarteniente del Mullah Mohammed Omar en marzo de 2010, c) se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán, d) pertenece a la tribu Achakzai. Fallecido el 9 de febrero de 2016. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:23.2.2001.

113)

Sher Mohammad Abbas Stanekzai Padshah Khan.

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: a) viceministro de Sanidad bajo el régimen talibán; b) viceministro de Asuntos Exteriores del régimen talibán. Fecha de nacimiento: Hacia 1963. Lugar de nacimiento: Qala-e-Abbas, zona de Shah Mazar, distrito de Baraki Barak, provincia de Logar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Otros datos: se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

119)

Abdul-Haq Wassiq (alias: a) Abdul-Haq Wasseq, b) Abdul Haq Wasiq).

Tratamiento: Maulavi. Motivos de inclusión en la lista: viceministro de Seguridad (Información) bajo el régimen talibán. Fecha de nacimiento: a) Aproximadamente 1975, b) 1971. Lugar de nacimiento: localidad de Gharib, distrito de Khogyani, provincia de Ghazni, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Dirección: Qatar: Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:31.1.2001.

Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Abdul-Haq Wassiq es aliado de Gulbuddin Hekmatyar. Bajo el régimen talibán, ocupó varios cargos sucesivos como comandante local en las provincias de Nimroz y Kandahar. Posteriormente pasó a ser vicedirector General de Inteligencia, bajo la supervisión de Qari Ahmadullah. En ese puesto, fue el encargado de las relaciones con los combatientes extranjeros vinculados a Al Qaeda y con sus campamentos de adiestramiento en Afganistán. Además, era conocido por los métodos represivos que utilizaba contra los opositores del régimen talibán en el sur de Afganistán.

123)

Mohammad Zahid. (alias a) Jan Agha Ahmadzai b) Zahid Ahmadzai)

Tratamiento: Mulá. Motivos de inclusión en la lista: Tercer Secretario, “Embajada” talibán, Islamabad, Pakistán. Fecha de nacimiento: 1971. Lugar de nacimiento: provincia de Logar, Afganistán. Nacionalidad: afgana. Número de pasaporte: D 001206 (expedido el 17.7.2000). Otros datos: se cree que se encuentra en la zona fronteriza entre Afganistán y Pakistán. Fotografía disponible para su inclusión en la Notificación Especial de Interpol y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:25.1.2001.

139)

Rahmatullah Shah Nawaz

Nombre (en alfabeto original): Image

Tratamiento: Alhaj Cargo o grado: nd Fecha de nacimiento: a) 1981 b) 1982 Lugar de nacimiento: Shadal (variante Shadaal) Bazaar, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán. Alias de buena calidad: a) Qari Rahmat (anteriormente citado como) b) Kari Rahmat. Alias de baja calidad: nd. Nacionalidad: Afgana. Número de pasaporte: nd. N.o nacional de identificación: nd. Dirección: a) Poblado de Kamkai, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán b) Poblado de Kamkai, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán c) Poblado de Surkhel, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán d) Poblado de Batan, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán Fecha de inclusión en la lista:21 de agosto de 2014 (modificado el 21 de julio de 2016) Información adicional: Descripción física: color de ojos: marrón; color de pelo: negro; peso: 77-81 kg, altura: 178 cm, barba negra entre corta y mediana, pelo negro corto. Pertenece a la tribu Shinwari, subtribu Sepahi. Comandante talibán al menos desde febrero de 2010. Cobra impuestos y sobornos en nombre de los talibanes desde abril de 2015. Sirve de enlace con las fuerzas de los talibanes que operan en la provincia afgana de Nangarhar y les proporciona información, servicio de guía, alojamiento y armas, y ha colocado artefactos explosivos improvisados y dirigido ataques contra la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad (FIAS) y las fuerzas afganas.Implicado en el narcotráfico; opera un laboratorio de heroína en el poblado de Abdulkhel, distrito de Achin, provincia de Nangarhar, Afganistán. Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:21.8.2014.».


Corrección de errores

30.9.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 264/43


Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión

( Diario Oficial de la Unión Europea L 343 de 29 de diciembre de 2015 )

En la página 514, el anexo 22-13 se suprime en su totalidad.