ISSN 1725-2512

doi:10.3000/17252512.L_2011.245.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

L 245

European flag  

Edición en lengua española

Legislación

54.° año
22 de septiembre de 2011


Sumario

 

II   Actos no legislativos

Página

 

 

REGLAMENTOS

 

*

Reglamento (UE) no 937/2011 de la Comisión, de 21 de septiembre de 2011, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 808/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información ( 1 )

1

 

 

Reglamento de Ejecución (UE) no 938/2011 de la Comisión, de 21 de septiembre de 2011, por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

19

 

 

DECISIONES

 

 

2011/623/PESC

 

*

Decisión EUPOL RD Congo/1/2011 del Comité Político y de Seguridad, de 16 de septiembre de 2011, por la que se prorroga el mandato del Jefe de Misión de EUPOL RD Congo

21

 

 

Corrección de errores

 

*

Corrección de errores del Reglamento (UE) no 878/2011 del Consejo, de 2 de septiembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (UE) no 442/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria ( DO L 228 de 3.9.2011 )

22

 

*

Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1906/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se establecen las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades en las acciones del Séptimo Programa Marco, y las normas de difusión de los resultados de la investigación (2007-2013) ( DO L 391 de 30.12.2006 )

22

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


II Actos no legislativos

REGLAMENTOS

22.9.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 245/1


REGLAMENTO (UE) N o 937/2011 DE LA COMISIÓN

de 21 de septiembre de 2011

por el que se aplica el Reglamento (CE) no 808/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 808/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información (1), y, en particular, su artículo 8,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 808/2004 ha creado un marco común para la producción sistemática de estadísticas europeas de la sociedad de la información.

(2)

En virtud del artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) no 808/2004, se precisan medidas de aplicación a fin de determinar los datos que han de suministrarse para la elaboración de las estadísticas mencionadas en los artículos 3 y 4 del citado Reglamento, y los plazos para su transmisión.

(3)

Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del sistema estadístico europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los datos que deberán transmitirse para la producción de estadísticas europeas sobre la sociedad de la información con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3, apartado 2, y en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 808/2004 se ajustarán a lo que se establece en los anexos I y II del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de septiembre de 2011.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)   DO L 143 de 30.4.2004, p. 49.


ANEXO I

MÓDULO 1:   EMPRESAS Y SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

1.   CUESTIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS MISMAS

a)   Las cuestiones que deberán cubrirse en el año de referencia 2012, seleccionadas a partir de la lista del anexo I del Reglamento (CE) no 808/2004, serán las siguientes:

sistemas TIC y su utilización en las empresas,

competencia y conocimientos de las TIC requeridos en la unidad empresarial,

utilización de internet y otras redes electrónicas por parte de las empresas,

utilización de las TIC por empresas para intercambiar información y servicios con gobiernos y administraciones públicas (administración electrónica),

acceso a tecnologías que permitan la conexión a internet u otras redes en cualquier lugar y momento, y su utilización (conectividad ubicua),

procedimientos de negocios en línea y aspectos organizativos,

comercio electrónico,

inversión y gasto en TIC.

b)   Se recopilarán las características siguientes con respecto a las empresas:

Sistemas de TIC y su utilización en las empresas

Características que deben recopilarse con respecto a todas las empresas:

utilización de ordenadores.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores:

(optativo) personas empleadas o porcentaje del número total de personas empleadas que utilicen ordenadores al menos una vez por semana,

(optativo) utilización de las TI para dar a las personas empleadas acceso a distancia al sistema de correo electrónico, a los documentos y a las aplicaciones de la empresa.

Competencia y conocimientos de las TIC requeridos en la unidad empresarial

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores:

empleo de especialistas en TIC/TI,

contratación o intento de contratación de personal para puestos que requieran competencias de especialista en TIC, durante el año anterior,

actividades de formación para desarrollar o actualizar competencias relacionadas con las TIC para especialistas en TIC/TI, durante el año anterior,

actividades de formación para desarrollar o actualizar competencias relacionadas con las TIC para otras personas empleadas, durante el año anterior.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores y contrataron o intentaron contratar personal para puestos que requieran competencias de especialista en TIC, durante el año anterior:

existencia de vacantes difíciles de cubrir en puestos que requieran especialistas en TIC/TI, durante el año anterior.

Utilización de internet y otras redes electrónicas por parte de las empresas

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores:

acceso a internet.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que tienen acceso a internet:

conexión a internet: DSL,

conexión a internet: otra conexión fija de banda ancha a internet,

conexión a internet: conexión mediante acceso por conmutación en la línea telefónica normal o RDSI,

conexión a internet: conexión móvil de banda ancha,

(optativo) conexión a internet: conexión móvil de banda ancha por ordenador portátil y módem con tecnología 3G o superior,

(optativo) conexión a internet: conexión móvil de banda ancha por microteléfono con tecnología 3G o superior,

conexión a internet: otra conexión móvil,

conexión a internet: velocidad máxima contratada de descarga en la conexión más rápida de internet (Mbit/s) ([0 a < 2], [2 a < 10], [10 a < 30], [30 a < 100], [≥ 100]),

personas empleadas o porcentaje del número total de personas empleadas que utilicen ordenadores con acceso a la red (World Wide Web) al menos una vez por semana,

utilización de un sitio web o una página inicial de internet.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que tienen un sitio web o una página inicial de internet:

suministro del siguiente servicio: realización en línea de pedidos, reservas de artículos o reservas de plazas,

(optativo) prestación del servicio siguiente: declaración relativa a la política de privacidad, sello de privacidad o certificación sobre seguridad del sitio web,

(optativo) prestación del servicio siguiente: catálogos de productos o listas de precios,

(optativo) prestación del servicio siguiente: seguimiento en línea de pedidos,

(optativo) prestación del servicio siguiente: posibilidad de que los visitantes personalicen o diseñen los productos,

(optativo) prestación del servicio siguiente: personalización de contenidos para visitantes habituales o reiterados,

(optativo) prestación del servicio siguiente: anuncio de ofertas de empleo o solicitudes de empleo en línea.

Utilización de las TIC por empresas para intercambiar información y servicios con gobiernos y administraciones públicas (administración electrónica)

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que tienen acceso a internet:

utilización de internet para obtener información en los sitios web o páginas iniciales de las administraciones públicas durante el año civil anterior,

utilización de internet para obtener formularios en los sitios web o páginas iniciales de las administraciones públicas durante el año civil anterior,

utilización de internet para remitir formularios cumplimentados en forma electrónica a las administraciones públicas durante el año civil anterior,

utilización de internet para tramitar la declaración el impuesto sobre el valor añadido (IVA) de forma completamente electrónica, sin necesidad de papeleo, durante el año civil anterior,

utilización de internet para tramitar la declaración de las cotizaciones sociales de forma completamente electrónica, sin necesidad de papeleo, durante el año civil anterior,

utilización de internet para acceder a licitaciones y pliegos de condiciones a través del sistema electrónico de contratación de una administración pública, durante el año civil anterior,

utilización de internet para ofrecer bienes o servicios a través de sistemas electrónicos de contratación de administraciones públicas nacionales («eTendering»), durante el año civil anterior,

utilización de internet para ofrecer bienes o servicios a través de sistemas electrónicos de contratación de una administración pública («eTendering») de otro Estado miembro de la UE, durante el año civil anterior.

Acceso a tecnologías que permitan la conexión a internet u otras redes en cualquier lugar y momento, y su utilización (conectividad ubicua)

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que tienen acceso a internet:

suministro de dispositivos portátiles a los empleados, que les permitan una conexión móvil a internet para uso profesional,

limitaciones u obstáculos para el uso de una conexión móvil a internet para uso profesional mediante un dispositivo portátil debido a problemas de conectividad con las redes de telefonía móvil para el acceso a internet,

limitaciones u obstáculos para el uso de una conexión móvil a internet para uso profesional mediante un dispositivo portátil debido al coste excesivo del abono o el uso de internet,

limitaciones u obstáculos para el uso de una conexión móvil a internet para uso profesional mediante un dispositivo portátil debido a riesgos relacionados con la seguridad (revelación, destrucción o corrupción de datos),

limitaciones u obstáculos para el uso de una conexión móvil a internet para uso profesional mediante un dispositivo portátil debido a obstáculos técnicos o al coste excesivo para integrar la conexión móvil a internet en las aplicaciones informáticas de la empresa,

limitaciones u obstáculos para el uso de una conexión móvil a internet para uso profesional mediante un dispositivo portátil debido a otro tipo de obstáculos,

limitaciones u obstáculos para el uso de una conexión móvil a internet para uso profesional mediante un dispositivo portátil debido a la poca o nula necesidad de una conexión móvil a internet para uso profesional.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que facilitan dispositivos portátiles a los empleados para permitirles una conexión móvil a internet para uso profesional:

suministro de ordenadores portátiles que permitan una conexión móvil a internet para uso profesional,

suministro de otro tipo de dispositivos portátiles como teléfonos inteligentes o asistentes digitales personales (PDA) que permitan una conexión móvil a internet para uso profesional,

personas empleadas o porcentaje del número total de personas empleadas provistas de un dispositivo portátil que les permita una conexión móvil a internet para uso profesional,

utilización de dispositivos portátiles que permitan una conexión móvil a internet para uso profesional para consultar la información a disposición del público en internet,

utilización de dispositivos portátiles que permitan una conexión móvil a internet para uso profesional para el acceso al sistema de correo electrónico de la empresa,

utilización de dispositivos portátiles que permitan una conexión móvil a internet para uso profesional para el acceso y modificación de los documentos de la empresa,

utilización de dispositivos portátiles que permitan una conexión móvil a internet para uso profesional a fin de utilizar las aplicaciones informáticas de la empresa.

Procedimientos de comercio electrónico y aspectos organizativos

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores:

utilización del intercambio electrónico de datos (IED), definido como el envío y/o la recepción de mensajes por cualquier red informática en un formato acordado o normalizado que permita su tratamiento automático sin teclear manualmente el mensaje.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan el IED:

utilización del IED para enviar órdenes de pago a entidades financieras,

utilización del IED para enviar o recibir información sobre productos,

utilización del IED para enviar o recibir documentos de transporte,

utilización del IED para el intercambio de datos con las administraciones públicas.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores y no están clasificadas en la sección K de la NACE rev. 2:

uso compartido por vía electrónica de información sobre la cadena de suministro, definido como el intercambio de todo tipo de información a través de sitios web u otros medios de transferencia electrónica de datos, con proveedores y/o clientes a fin de coordinar la disponibilidad y el suministro de productos o servicios al consumidor final, sin teclear manualmente la información.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas no clasificadas en la sección K de la NACE rev. 2 que compartan por vía electrónica información sobre la cadena de suministro:

intercambio por vía electrónica de información sobre la cadena de suministro con los proveedores,

intercambio por vía electrónica de información sobre la cadena de suministro con los clientes,

(optativo) intercambio por vía electrónica de información sobre la cadena de suministro con los proveedores o clientes a través de sitios web (sitio web de la empresa, sitios web de socios comerciales o portales web),

(optativo) intercambio por vía electrónica de información sobre la cadena de suministro con los proveedores o clientes a través de intercambios electrónicos de información que permitan un tratamiento automático.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que comparten información de forma electrónica y automática entre los distintos departamentos de la empresa, que se puedan procesar de forma automática, bien mediante el uso de un programa informático único para el apoyo de los distintos departamentos de la empresa, bien mediante el enlace de los datos entre aplicaciones o bien mediante una base de datos común o un almacén de datos común:

uso compartido electrónico y automático de la información sobre los pedidos de ventas recibidos (por medios electrónicos o no) con la función de gestión de las existencias,

uso compartido electrónico y automático de la información sobre los pedidos de ventas recibidos (por medios electrónicos o no) mediante una función de contabilidad,

uso compartido electrónico y automático de la información sobre los pedidos de ventas recibidos (por medios electrónicos o no) con la función de gestión de la producción o los servicios,

uso compartido electrónico y automático de la información sobre los pedidos de ventas recibidos (por medios electrónicos o no) con la función de gestión de la distribución,

uso compartido electrónico y automático de la información sobre los pedidos de compras enviados (por medios electrónicos o no) con la función de gestión de las existencias,

uso compartido electrónico y automático de información sobre los pedidos de compras enviados (por medios electrónicos o no) con la función de contabilidad,

utilización del paquete de programas informáticos ERP («Enterprise Resource Planning»: planificación de recursos de la empresa) para intercambiar información entre diversas áreas operativas,

utilización de cualquier programa informático que gestione información sobre los clientes (CRM: «Customer Relationship Management») para recoger esta información, almacenarla y ponerla a disposición de otras áreas operativas de la empresa,

utilización de cualquier programa informático que gestione información sobre los clientes (CRM: «Customer Relationship Management») para analizar esa información con fines de mercadotecnia.

Comercio electrónico

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores y no están clasificadas en la sección K de la NACE rev. 2:

recepción de pedidos relativos a productos o servicios a través de sitios web, durante el año civil anterior,

recepción de pedidos relativos a productos o servicios a través de mensajes de tipo IED, durante el año civil anterior,

tramitación de pedidos relativos a productos o servicios a través de sitios web o mensajes de tipo IED, durante el año civil anterior.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que han recibido pedidos realizados por medio de sitios web:

valor o porcentaje del volumen de negocios total de las ventas en comercio electrónico derivadas de pedidos tramitados a través de sitios web, durante el año civil anterior,

(optativo) porcentaje de ventas a particulares (B2C) en comercio electrónico derivadas de pedidos tramitados a través de sitios web, durante el año civil anterior,

(optativo) porcentaje de ventas a otras empresas (B2B) y a administraciones públicas (B2G) en comercio electrónico derivadas de pedidos recibidos a través de sitios web, durante el año civil anterior.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que han recibido pedidos relativos a productos o servicios por medio de mensajes de tipo IED:

valor o porcentaje del volumen de negocios total de las ventas en comercio electrónico derivadas de pedidos recibidos a través de mensajes de tipo IED, durante el año civil anterior.

Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que han enviado pedidos a través de sitios web o de mensajes de tipo IED:

(optativo) envío de pedidos relativos a productos o servicios a través de sitios web, durante el año civil anterior,

(optativo) envío de pedidos relativos a productos o servicios a través de mensajes de tipo IED, durante el año civil anterior,

(optativo) compras por comercio electrónico derivadas de pedidos enviados por medios electrónicos, durante el año civil anterior, en clases de porcentajes ([0 a < 1], [1 a < 5], [5 a < 10], [10 a < 25], [25 a < 50], [50 a < 75], [75 a 100]) o en valor de las compras por comercio electrónico derivadas de pedidos realizados por medios electrónicos o porcentaje de ventas totales por comercio electrónico derivadas de pedidos tramitados por medios electrónicos.

Inversión y gasto en TIC

Características que deben recopilarse con respecto a todas las empresas:

(optativo) compras de productos de TI (ordenadores y periféricos) y de comunicaciones (equipos),

(optativo) parte de las compras de productos de TI (ordenadores y periféricos) y de comunicaciones (equipos) incluidas en el balance (inversiones),

(optativo) compras de otros productos de TIC (equipos electrónicos de consumo, componentes y productos diversos para TIC, servicios de producción para equipos de TIC),

(optativo) parte de las compras de otros productos de TIC (equipos electrónicos de consumo, componentes y productos diversos para TIC, servicios de producción para equipos de TIC) incluidas en el balance (inversiones),

(optativo) compras de programas informáticos preparados y personalizados (programas informáticos empresariales y de productividad y servicios de autorización),

(optativo) parte de las compras de programas preparados y personalizados (programas informáticos empresariales y de productividad y servicios de autorización) incluidas en el balance (inversiones),

(optativo) coste total de la producción de programas informáticos por cuenta propia,

(optativo) adquisiciones de asesoría y servicios de tecnología de la información, servicios de telecomunicaciones y otros servicios de TIC,

(optativo) parte de las adquisiciones de asesoría y servicios de tecnología de la información, servicios de telecomunicaciones y otros servicios de TIC incluidas en el balance (inversiones),

(optativo) adquisiciones de arrendamiento operativo o alquiler de equipo de TIC.

c)   Se recopilarán o se obtendrán de fuentes alternativas las características generales siguientes con respecto a las empresas:

 

Características que deben recopilarse con respecto a todas las empresas:

principal actividad económica de la empresa durante el año civil anterior,

número medio de personas empleadas durante el año civil anterior.

 

Características que deben recopilarse u obtenerse de fuentes alternativas con respecto a todas las empresas sobre la inversión y el gasto en TIC:

(optativo) total de adquisiciones de bienes y servicios (indicar su importe, sin IVA) durante el año civil anterior,

(optativo) volumen de negocios total (indicar su importe, sin IVA) durante el año civil anterior,

(optativo) inversión total (indicar su importe, sin IVA) durante el año civil anterior,

(optativo) tiempo necesario para cumplimentar el cuestionario (minutos).

 

Características que deben recopilarse con respecto a todas las empresas no clasificadas en la sección K de la NACE rev. 2:

volumen de negocios total (indicar su importe, sin IVA) durante el año civil anterior,

(optativo) total de adquisiciones de bienes y servicios (indicar su importe, sin IVA) durante el año civil anterior.

2.   COBERTURA

Las características que se señalan en el punto 1, letras b) y c), del presente anexo deben recopilarse y obtenerse con respecto a las empresas clasificadas según los criterios siguientes de actividad económica, tamaño y ámbito geográfico:

a)

Actividad económica: empresas clasificadas en las siguientes categorías de la NACE rev. 2:

Categoría NACE

Descripción

Sección C

Industria manufacturera

Secciones D y E

Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua; actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación

Sección F

Construcción

Sección G

Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas

Sección H

Transporte y almacenamiento

Sección I

Hostelería

Sección J

Información y comunicaciones

Sección L

Actividades inmobiliarias

Divisiones 69-74

Actividades profesionales, científicas y técnicas

Sección N

Actividades administrativas y servicios auxiliares

Grupo 95.1

Reparación de ordenadores y equipos de comunicación

(optativo)

Clases 64.19, 64.92, 66.12 y 66.19

Grupos 65.1 y 65.2

Actividades financieras y de seguros

b)

Tamaño de las empresas: empresas con diez personas empleadas o más. La cobertura de las empresas con menos de diez personas empleadas será optativa.

c)

Ámbito geográfico: empresas situadas en cualquier lugar del territorio del Estado miembro.

3.   PERÍODOS DE REFERENCIA

El período de referencia será el año 2011 para las características que se refieran al año civil anterior. El período de referencia será enero de 2012 para las demás características.

4.   DESGLOSES

En relación con las cuestiones y sus características enumeradas en el punto 1, letra b), del presente anexo, se recopilarán las siguientes características generales:

a)

Desglose por actividad económica: con arreglo a los siguientes agregados de la NACE rev. 2:

Agregación NACE rev. 2

para un posible cálculo de agregados nacionales

10-18

 

19-23

 

24-25

 

26-33

 

35-39

 

41-43

 

45-47

 

49-53

 

55

 

58-63

 

(optativo) 64.19 + 64.92 + 65.1 + 65.2 + 66.12 + 66.19

 

68

 

69-74

 

77-82

 

26.1-26.4, 26.8, 46.5, 58.2, 61, 62, 63.1, 95.1

 


Agregación NACE rev. 2

para un posible cálculo de agregados europeos

10-12

 

13-15

 

16-18

 

26

 

27-28

 

29-30

 

31-33

 

45

 

46

 

47

 

55-56

 

58-60

 

61

 

62-63

 

(optativo) 64.19 + 64.92

 

(optativo) 65.1 + 65.2

 

(optativo) 66.12 + 66.19

 

77-78 + 80-82

 

79

 

95.1

 

b)

Desglose en función de la clase de tamaño de la empresa: los datos se desglosarán con arreglo a las clases de tamaño siguientes, basadas en el número de personas empleadas:

Clase de tamaño

10 o más personas empleadas

 

Entre 10 y 49 personas empleadas

 

Entre 50 y 249 personas empleadas

 

250 o más personas empleadas

 

El desglose siguiente se aplicará a las empresas con menos de diez personas empleadas, en caso de que se incluyan. (Es optativo facilitar las características para las clases de tamaño «Menos de 5 personas empleadas» y «De 5 a 9 personas empleadas»).

Clase de tamaño

Menos de 10 personas empleadas

 

Menos de 5 personas empleadas (optativo)

 

De 5 a 9 personas empleadas (optativo)

 

5.   PERIODICIDAD

Los datos se proporcionarán una vez para el año 2012.

6.   PLAZOS

a)   Los datos agregados mencionados en el artículo 6 del Reglamento (CE) no 808/2004, en los que se indicará, cuando proceda, su carácter confidencial o su falta de fiabilidad, se enviarán a Eurostat antes del 5 de octubre de 2012 o, en el caso de los datos agregados sobre «Inversión y gasto en TIC», antes del 30 de junio de 2013. Para esa fecha, el conjunto de datos deberá estar finalizado, validado y aceptado. El formato de transmisión en cuadros legibles por medios informáticos seguirá las instrucciones facilitadas por Eurostat.

b)   Los metadatos previstos en el artículo 6 del Reglamento (CE) no 808/2004 se enviarán a Eurostat antes del 31 de mayo de 2012 utilizando la plantilla facilitada por Eurostat.

c)   El informe sobre la calidad previsto en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 808/2004 se enviará a Eurostat, a más tardar, el 5 de noviembre de 2012 o, en el caso de «Inversión y gasto en TIC», antes del 31 de julio de 2013, utilizando la plantilla facilitada por Eurostat.


ANEXO II

MÓDULO 2:   PERSONAS, HOGARES Y SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

1.   CUESTIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LAS MISMAS

a)   Las cuestiones que deberán cubrirse en el año de referencia 2012, seleccionadas a partir de la lista del anexo II del Reglamento (CE) no 808/2004, serán las siguientes:

acceso a las TIC y utilización por parte de los particulares y/o en los hogares,

utilización de internet y otras redes electrónicas con diversos fines por parte de los particulares o en los hogares,

competencias y conocimientos sobre las TIC,

obstáculos a la utilización de las TIC y de internet,

utilización de las TIC por particulares para intercambiar información y servicios con gobiernos y administraciones públicas (administración electrónica),

acceso a tecnologías que permitan la conexión a internet u otras redes en cualquier lugar y momento, y su utilización (conectividad ubicua).

b)   Se recopilarán las características siguientes:

Acceso a las TIC y utilización por parte de los particulares y/o en los hogares

Características que deben recopilarse con respecto a todos los hogares:

acceso en casa a un ordenador,

acceso en casa a internet (por cualquier medio), independientemente de si se utiliza.

Características que deben recopilarse con respecto a los hogares que tienen acceso a internet:

tipo de conexión de banda ancha utilizado para acceder a internet en casa: DSL (ADSL, SHDSL, VDSL),

tipo de conexión de banda ancha utilizado para acceder a internet en casa: fijo alámbrico (por ejemplo, cable, fibra óptica, ethernet, PLC),

tipo de conexión de banda ancha utilizado para acceder a internet en casa: fijo inalámbrico (por ejemplo, satélite, WiFi público),

tipo de conexión de banda ancha utilizado para acceder a internet en casa: conexión a redes de telefonía móvil (tecnología 3G o superior, por ejemplo, UMTS) por microteléfono,

tipo de conexión de banda ancha utilizado para acceder a internet en casa: conexión a redes de telefonía móvil (tecnología 3G o superior, por ejemplo, UMTS) mediante tarjeta o memoria USB,

tipo de conexión utilizado para acceder a internet en casa: acceso por conmutación en la línea telefónica normal o RDSI,

tipo de conexión utilizado para acceder a internet en casa: móvil de banda estrecha (menos de 3G; por ejemplo, 2G+/GPRS, utilizados mediante el teléfono móvil o el módem del ordenador portátil).

Características que deben recopilarse con respecto a todas las personas:

utilización más reciente de un ordenador en casa, en el trabajo o en cualquier otro lugar (en los tres últimos meses; desde hace un año hasta hace tres meses; hace más de un año; jamás ha utilizado un ordenador),

uso de un teléfono móvil o inteligente en los tres últimos meses.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado un ordenador en los tres últimos meses:

frecuencia media de utilización del ordenador (todos o casi todos los días; al menos una vez por semana —pero no todos los días—; al menos una vez al mes —pero no todas las semanas—; menos de una vez al mes).

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado un teléfono móvil o inteligente en los tres últimos meses y que sean trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia (incluidos los colaboradores familiares):

(optativo) uso de un teléfono móvil o inteligente en los tres últimos meses con fines profesionales (para realizar tareas relacionadas con el trabajo).

Utilización de internet con diversos fines por parte de los particulares y/o en los hogares

Características que deben recopilarse con respecto a todas las personas:

utilización más reciente de internet (en los tres últimos meses; desde hace un año hasta hace tres meses; hace más de un año; jamás ha utilizado internet).

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet:

actividad más reciente de comercio por internet (compra o encargo de productos o servicios, excepto el correo electrónico escrito manualmente, SMS y MMS) de uso privado (en los tres últimos meses; desde hace un año hasta hace tres meses; hace más de un año; jamás ha comprado ni encargado nada).

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet en los tres últimos meses:

frecuencia media de utilización de internet en los tres últimos meses (todos o casi todos los días; al menos una vez por semana —pero no todos los días—; al menos una vez al mes —pero no todas las semanas—; menos de una vez al mes),

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para enviar o recibir correo electrónico,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para llamadas telefónicas o videollamadas (a través de una cámara web),

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para enviar mensajes a sitios de chat, redes sociales, bitácoras (blogs), grupos de intercambio de información (newsgroups) o foros de debate en línea, y utilización de la mensajería instantánea,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para leer o descargar noticias, periódicos o revistas en línea,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para buscar información sobre bienes o servicios,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para escuchar radio o ver televisión por la web,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para disfrutar de juegos, imágenes, películas o música, o descargarlos,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para subir contenidos de creación propia (textos, fotos, vídeos, música, programas informáticos, etc.) a cualquier sitio web, con objeto de compartirlos,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para crear sitios web o bitácoras,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para concertar una cita con un facultativo a través de un sitio web (por ejemplo, de un hospital o un centro de salud),

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para contratar servicios relacionados con viajes o alojamiento,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para vender bienes u ofrecer servicios, por ejemplo, mediante subastas,

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para operaciones bancarias.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet en los tres últimos meses con fines privados para disfrutar de juegos, imágenes, películas o música, o descargarlos:

utilización de internet en los tres últimos meses con fines privados para jugar con terceros en la red.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet en los últimos doce meses para actividades de comercio por internet de carácter privado:

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar alimentos o comestibles,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar artículos domésticos,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar medicamentos,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar películas o música,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar libros, revistas o periódicos (incluidos los libros electrónicos),

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar material de aprendizaje electrónico,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar prendas de vestir o artículos de deporte,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar programas de videojuegos y actualizaciones,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar programas informáticos y actualizaciones,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar equipos informáticos,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar equipos electrónicos (incluidas cámaras),

uso de internet en los últimos doce meses para contratar servicios de telecomunicaciones (por ejemplo, televisión, abonos de banda ancha, abonos de línea telefónica fija o móvil, recarga de tarjetas telefónicas de prepago),

utilización de internet en los últimos doce meses para adquirir acciones, pólizas de seguros u otros servicios financieros,

utilización de internet en los últimos doce meses para contratar alojamiento en vacaciones (hoteles, etc.),

uso de internet en los últimos doce meses para contratar otros servicios relacionados con viajes (billetes de transporte, alquiler de vehículos, etc.),

utilización de internet en los últimos doce meses para reservar entradas de espectáculos,

utilización de internet en los últimos doce meses para encargar otros bienes o servicios,

utilización de dispositivos portátiles en los últimos doce meses para encargar bienes o servicios a través de internet (conexión a un navegador web o aplicaciones web; excepto el correo electrónico escrito manualmente, SMS y MMS),

bienes o servicios comprados o encargados en los últimos doce meses a vendedores del propio país,

bienes o servicios comprados o encargados en los últimos doce meses a vendedores de otros países de la UE,

bienes o servicios comprados o encargados en los últimos doce meses a vendedores del resto del mundo,

bienes o servicios comprados o encargados en los últimos doce meses: se desconoce el país de origen de los vendedores.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet en los últimos doce meses mediante un dispositivo portátil para actividades de comercio de carácter privado:

utilización de dispositivos portátiles para encargar contenidos digitales (descargados u obtenidos a través de un sitio web o una aplicación web; por ejemplo, películas, música, libros o revistas electrónicos, juegos, aplicaciones de pago para teléfono móvil u otro dispositivo portátil) a través de internet en los últimos doce meses,

utilización de dispositivos portátiles para encargar bienes materiales (por ejemplo, material electrónico, ropa, juguetes, alimentos o comestibles, libros, CD/DVD) a través de internet en los últimos doce meses,

utilización de dispositivos portátiles para servicios (por ejemplo, servicios de transporte, entradas de espectáculos, seguros) a través de internet en los últimos doce meses.

Competencias y conocimientos sobre las TIC

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado alguna vez un ordenador:

conocimientos informáticos para copiar o trasladar un fichero o una carpeta,

conocimientos informáticos para utilizar las herramientas de copiar y pegar a fin de duplicar o trasladar información dentro de un documento,

conocimientos informáticos para utilizar fórmulas aritméticas básicas en una hoja de cálculo,

conocimientos informáticos para comprimir (o extraer) ficheros,

conocimientos informáticos para conectar e instalar nuevos dispositivos, como un módem,

conocimientos informáticos para escribir un programa informático utilizando un lenguaje de programación especializado,

conocimientos informáticos para transferir ficheros entre el ordenador y otros dispositivos (cámara digital, teléfono móvil, lector mp3 o mp4),

(optativo) conocimientos informáticos para modificar o comprobar los parámetros de configuración de aplicaciones informáticas (excepto los navegadores de internet),

conocimientos informáticos para crear presentaciones electrónicas con programas informáticos de presentación (como diapositivas) que incluyan imágenes, sonido, vídeos, gráficos, etc.,

conocimientos informáticos para instalar un sistema operativo nuevo o reemplazar el antiguo.

Obstáculos a la utilización de las TIC y de internet

Características que deben recopilarse con respecto a los hogares sin acceso a internet en casa:

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: acceso a internet en otro lugar,

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: no se necesita internet (por falta de utilidad, de interés, etc.),

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: costes de material demasiado elevados,

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: costes de acceso demasiado elevados (teléfono, abono DSL, etc.),

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: falta de conocimientos,

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: inquietudes ante el derecho a la intimidad o la seguridad,

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: la banda ancha no está disponible en nuestra zona,

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: discapacidad física o sensorial,

motivo por el que no se tiene acceso a internet en casa: otra, distinta de las anteriores.

Utilización de las TIC por particulares para intercambiar información y servicios con gobiernos y administraciones públicas (administración electrónica)

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet en los últimos doce meses:

utilización de internet en los últimos doce meses con fines privados para obtener información de los sitios web de la administración,

utilización de internet en los últimos doce meses con fines privados para descargar formularios oficiales de los sitios web de la administración,

utilización de internet en los últimos doce meses con fines privados para enviar formularios cumplimentados a la administración.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que no hayan enviado formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet con fines privados en los últimos doce meses:

motivo para no enviar formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet: no tuvo que presentar ningún formulario oficial.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que en los últimos doce meses no han enviado formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet con fines privados y que no mencionaron como motivo que no tuvieran que presentar ningún formulario oficial:

motivo para no enviar formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet: no estaba disponible ningún servicio de este tipo en el sitio web,

motivo para no enviar formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet: fallo técnico del sitio web mientras se cumplimentaba o enviaba el formulario,

motivo para no enviar formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet: falta de capacidades o conocimientos (por ejemplo, no supo utilizar el sitio web, o su utilización era demasiado compleja),

motivo para no enviar formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet: preocupaciones sobre la protección y seguridad de los datos personales,

motivos para no enviar formularios cumplimentados a las administraciones públicas por internet: otra, distinta de las anteriores.

Acceso a tecnologías que permitan la conexión a internet u otras redes en cualquier lugar y momento, y su utilización (conectividad ubicua)

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet en los tres últimos meses:

tipo de ordenador portátil utilizado para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: ordenador portátil, agenda electrónica o miniordenador portátil,

tipo de ordenador portátil utilizado para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: tableta digital (con pantalla táctil),

no ha utilizado ordenador portátil ni agenda electrónica ni miniordenador portátil para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses,

tipo de dispositivo portátil utilizado para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: teléfono móvil (o inteligente),

tipo de dispositivo portátil utilizado para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: otro dispositivo portátil (por ejemplo, PDA, lector mp3, lector de libro electrónico, consola de juegos portátil; excepto tableta digital),

no utilización de dispositivo portátil (teléfono móvil, teléfono inteligente u otro dispositivo portátil) para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado un ordenador portátil para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses:

tipo de red utilizada para conectar el ordenador portátil a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: redes de telefonía móvil, mediante memoria USB o tarjeta (por ejemplo, tarjeta SIM integrada),

tipo de red utilizada para conectar el ordenador portátil a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: conexión sin cable (por ejemplo, WiFi),

frecuencia media de acceso a internet utilizando un ordenador portátil desde fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses (todos o casi todos los días; al menos una vez por semana —pero no todos los días—; menos de una vez por semana).

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado un dispositivo portátil para el acceso a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses:

tipo de red utilizada para conectar el dispositivo portátil a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: red de telefonía móvil (por ejemplo, GPRS, UMTS),

tipo de red utilizada para conectar el dispositivo portátil a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: red de telefonía móvil y conexión de banda ancha (con tecnología 3G o superior; por ejemplo, UMTS),

tipo de red utilizada para conectar el dispositivo portátil a internet fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses: conexión sin cable (por ejemplo, WiFi),

frecuencia media de acceso a internet utilizando un dispositivo portátil desde fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses (todos o casi todos los días; al menos una vez por semana —pero no todos los días—; menos de una vez por semana).

utilización de internet mediante un dispositivo portátil en los tres últimos meses con fines privados para enviar y/o recibir correo electrónico,

utilización de internet mediante un dispositivo portátil en los tres últimos meses para leer o descargar noticias, periódicos o revistas en línea,

utilización de internet mediante un dispositivo portátil en los tres últimos meses con fines privados para leer o descargar libros en línea o libros electrónicos,

utilización de internet mediante un dispositivo portátil en los tres últimos meses con fines privados para disfrutar de juegos, imágenes, vídeos o música, o descargarlos,

utilización de internet mediante un dispositivo portátil en los tres últimos meses con fines privados para recibir automáticamente mediante podcast archivos de audio o vídeo interesantes,

utilización de internet mediante un dispositivo portátil en los tres últimos meses con fines privados para participar en redes sociales (creando un perfil de usuario, enviando mensajes o contribuyendo de otra forma en Facebook, Twitter, etc.),

utilización de internet mediante un dispositivo portátil en los tres últimos meses para otras actividades privadas,

utilización de aplicaciones de internet mediante un dispositivo portátil haciendo uso de información acerca del lugar en que usted se encuentra (por ejemplo, GPS) en los tres últimos meses (sí; no; no sabe).

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet en los tres últimos meses y que sean trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia (incluidos los colaboradores familiares):

utilización de un ordenador o dispositivo portátil para el acceso a internet con fines profesionales (para realizar tareas relacionadas con el trabajo) fuera del hogar o del trabajo en los tres últimos meses.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que hayan utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo:

problemas surgidos al utilizar un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo para acceder a internet: dificultades para obtener información sobre el coste del acceso a internet,

problemas surgidos al utilizar un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo para acceder a internet: facturas más caras de lo previsto (por ejemplo, al mudarse fuera de la zona tarifaria local o al utilizar el servicio de itinerancia en el extranjero),

problemas surgidos al utilizar un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo para acceder a internet: dificultades frecuentes con la señal de la red de telefonía móvil (no dispone de banda ancha o la velocidad es lenta, al menos una vez por semana),

problemas surgidos al utilizar un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo para acceder a internet: dificultades para establecer o cambiar los parámetros de acceso a internet (por ejemplo, para pasar de móvil a WiFi, activación de una aplicación teniendo en cuenta la localización o activación del acceso a internet),

problemas surgidos al utilizar un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo para acceder a internet: no le gusta utilizar pantalla pequeña o introducir texto en un dispositivo portátil,

problemas surgidos al utilizar un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo para acceder a internet: otros.

Características que deben recopilarse con respecto a las personas que no hayan utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador portátil fuera del hogar o del trabajo o con un dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo:

motivo por el que no se ha utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo: no necesita acceso a internet fuera del hogar o del trabajo,

motivo por el que no se ha utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo: no sabe cómo se usa o es demasiado complicado,

motivo por el que no se ha utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo: no le gusta utilizar la pantalla pequeña de un dispositivo portátil,

motivo por el que no se ha utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo: es demasiado caro (el dispositivo y/o el abono a internet),

motivo por el que no se ha utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo: no dispone de banda ancha o la conexión va demasiado lenta,

motivo por el que no se ha utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo: preocupaciones de seguridad o de derecho a la intimidad,

motivo por el que no se ha utilizado internet en los tres últimos meses mediante un ordenador o dispositivo portátil fuera del hogar o del trabajo: otros.

2.   COBERTURA

a)   Las unidades estadísticas que deben estar representadas para las características enumeradas en el punto 1, letra b), del presente anexo que se refieren a los hogares son los hogares con al menos un miembro de edad comprendida entre 16 y 74 años.

b)   Las unidades estadísticas que deben estar representadas para las características enumeradas en el punto 1, letra b), del presente anexo que se refieren a personas individuales son aquellas de edad comprendida entre 16 y 74 años.

c)   El ámbito geográfico cubrirá los hogares y/o las personas que residan en cualquier lugar del territorio del Estado miembro.

3.   PERÍODO DE REFERENCIA

El período de referencia principal para recopilar estadísticas será el primer trimestre de 2012.

4.   CARACTERÍSTICAS SOCIOECONÓMICAS GENERALES

a)   En relación con las cuestiones y sus características enumeradas en el punto 1, letra b), del presente anexo que se refieren a los hogares, deberán recopilarse las siguientes características generales:

región de residencia (con arreglo a la clasificación de regiones NUTS 1),

(optativo) región de residencia con arreglo a la clasificación NUTS 2,

localización geográfica: domicilio en regiones de convergencia (incluidas las regiones en eliminación gradual); domicilio en regiones de competitividad regional y empleo,

grado de urbanización: domicilio en zonas densamente pobladas; domicilio en zonas moderadamente pobladas; domicilio en zonas poco pobladas,

tipo de hogares: número de miembros del hogar; (optativo) número de personas de entre 16 y 24 años; (optativo) número de estudiantes de entre 16 y 24 años; (optativo) número de personas de entre 25 y 64 años; (optativo) número de personas de 65 años o más [indicar aparte: número de menores de 16 años, (optativo) número de niños de entre 14 y 15 años, (optativo) número de niños de entre 5 y 13 años, (optativo) número de niños de 4 años o menos],

(optativo) ingresos netos mensuales de los hogares [deben recopilarse en valor o como franjas de tamaño de los importes, compatibles con cuartiles de ingresos y (optativo) quintiles de ingresos].

b)   En relación con las cuestiones y sus características enumeradas en el punto 1, letra b), del presente anexo que se refieren a las personas, deberán recopilarse las características generales siguientes:

sexo: masculino, femenino,

país de nacimiento: en el propio país; en otro país: en otro Estado miembro de la UE; en un país no perteneciente a la UE,

país de nacionalidad: el propio país; otro país: otro Estado miembro de la UE; un país no perteneciente a la UE,

(optativo) estado civil: persona soltera; casada (incluida la unión registrada); viuda y sin casar de nuevo (incluso de una unión registrada); divorciada y sin casar de nuevo (incluso de una unión registrada separada y disuelta legalmente),

(optativo) situación de hecho: persona que vive en unión libre (las dos personas no están casadas entre sí); persona que no vive en unión libre,

edad en años cumplidos; (optativo) menores de 16 años y/o mayores de 74,

grado máximo de educación alcanzado según la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE 97): bajo (CINE 0, 1 o 2); medio (CINE 3 o 4); alto (CINE 5 o 6); sin enseñanza oficial (CINE 0); enseñanza primaria (CINE 1); primer ciclo de secundaria (CINE 2); segundo ciclo de secundaria (CINE 3); enseñanza postsecundaria no terciaria (CINE 4); primer ciclo de enseñanza superior (CINE 5); segundo ciclo de enseñanza superior (CINE 6),

situación laboral: en empleo por cuenta propia o por cuenta ajena, incluidos los colaboradores familiares (optativo: trabajador por cuenta propia o ajena a tiempo completo, trabajador por cuenta propia o ajena a tiempo parcial, trabajador por cuenta ajena, trabajador por cuenta ajena con empleo fijo o contrato indefinido; trabajador por cuenta ajena con empleo temporal o contrato de duración determinada; en empleo por cuenta propia, incluidos los colaboradores familiares),

(optativo) sector económico de empleo:

Secciones de la NACE rev. 2

Descripción

A

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

B, C, D y E

Industrias extractivas, manufactureras y demás

F

Construcción

G, H e I

Comercio al por mayor y al por menor; transporte y hostelería

J

Información y comunicaciones

K

Actividades financieras y de seguros

L

Actividades inmobiliarias

M y N

Servicios empresariales

O, P y Q

Administración pública y defensa; educación; actividades sanitarias y de servicios sociales

R, S, T y U

Otros servicios

situación laboral: en desempleo; estudiantes no incluidos en la población activa; otras personas no incluidas en la población activa (optativo para las personas no incluidas en la población activa: jubilación, jubilación anticipada o cese de actividad; con discapacidad permanente; servicio militar obligatorio o civil sustitutorio; tareas domésticas; persona inactiva de otro tipo),

ocupación conforme a la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones (CIUO-08): trabajadores manuales; trabajadores no manuales; trabajadores de TIC u otros trabajadores; (optativo) todas las ocupaciones conforme a la CIUO-08 de 2 dígitos.

5.   PERIODICIDAD

Los datos se proporcionarán una vez para el año 2012.

6.   PLAZOS PARA LA TRANSMISIÓN DE LOS RESULTADOS

a)   Los datos individuales deberán transmitirse a Eurostat antes del 5 de octubre de 2012, en una forma que no permita la identificación directa de las unidades estadísticas de que se trate, con arreglo al artículo 6 y al anexo II, punto 6, del Reglamento (CE) no 808/2004. Para esa fecha, el conjunto de datos deberá estar finalizado, validado y aceptado. El formato, legible por medios informáticos, de transmisión de los datos individuales deberá ajustarse a la plantilla facilitada por Eurostat.

b)   Un grupo escogido de datos agregados que se considere necesario a efectos de validación y rápida publicación deberá enviarse a Eurostat antes del 5 de octubre de 2012, en caso necesario indicando su carácter confidencial o su falta de fiabilidad. Para esa fecha, el conjunto de datos deberá estar finalizado, validado y aceptado. El formato de transmisión en cuadros, legibles por medios informáticos, deberá ajustarse a la plantilla facilitada por Eurostat.

c)   Los metadatos previstos en el artículo 6 del Reglamento (CE) no 808/2004 se enviarán a Eurostat antes del 31 de mayo de 2012. Los metadatos seguirán la plantilla facilitada por Eurostat.

d)   El informe sobre la calidad mencionado en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 808/2004 deberá enviarse a Eurostat un mes después de la transmisión del último conjunto de datos, el 5 de noviembre de 2012 a más tardar. El informe sobre la calidad seguirá la plantilla facilitada por Eurostat.


22.9.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 245/19


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 938/2011 DE LA COMISIÓN

de 21 de septiembre de 2011

por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1),

Visto el Reglamento de Ejecución (UE) no 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas (2), y, en particular, su artículo 136, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

El Reglamento de Ejecución (UE) no 543/2011 establece, en aplicación de los resultados de las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, los criterios para que la Comisión fije los valores de importación a tanto alzado de terceros países correspondientes a los productos y períodos que figuran en el anexo XVI, parte A, de dicho Reglamento.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del presente Reglamento quedan fijados los valores de importación a tanto alzado a que se refiere el artículo 136 del Reglamento de Ejecución (UE) no 543/2011.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 22 de septiembre de 2011.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de septiembre de 2011.

Por la Comisión, en nombre del Presidente

José Manuel SILVA RODRÍGUEZ

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)   DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

(2)   DO L 157 de 15.6.2011, p. 1.


ANEXO

Valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas

(EUR/100 kg)

Código NC

Código país tercero (1)

Valor global de importación

0702 00 00

EC

23,1

MK

50,0

XS

31,8

ZZ

35,0

0707 00 05

MK

20,0

TR

106,2

ZZ

63,1

0709 90 70

TR

130,5

ZZ

130,5

0805 50 10

AR

68,7

CL

80,1

TR

74,0

UY

68,1

ZA

68,3

ZZ

71,8

0806 10 10

CL

79,6

EG

116,3

MK

85,4

TR

105,6

US

271,3

ZA

67,0

ZZ

120,9

0808 10 80

CL

148,2

CN

82,6

NZ

114,5

US

123,7

ZA

107,7

ZZ

115,3

0808 20 50

AR

47,4

CN

74,2

TR

114,2

ZA

61,3

ZZ

74,3

0809 30

TR

144,5

ZZ

144,5


(1)  Nomenclatura de países fijada por el Reglamento (CE) no 1833/2006 de la Comisión (DO L 354 de 14.12.2006, p. 19). El código « ZZ » significa «otros orígenes».


DECISIONES

22.9.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 245/21


DECISIÓN EUPOL RD CONGO/1/2011 DEL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD

de 16 de septiembre de 2011

por la que se prorroga el mandato del Jefe de Misión de EUPOL RD Congo

(2011/623/PESC)

EL COMITÉ POLÍTICO Y DE SEGURIDAD,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 38, párrafo tercero,

Vista la Decisión 2010/576//PESC del Consejo, de 23 de septiembre de 2010, relativa a la Misión de Policía de la Unión Europea en el marco de la reforma del sector de la seguridad (RSS) y su interrelación con la justicia en la República Democrática del Congo (EUPOL RD Congo) (1), y en particular su artículo 10, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

En virtud del apartado 1 del artículo 10 de la Decisión 2010/576/PESC, el Comité Político y de Seguridad (CPS) está autorizado, de conformidad con el artículo 38, párrafo tercero, del Tratado, a tomar las decisiones pertinentes con el fin de ejercer el control político y la dirección estratégica de EUPOL RD Congo. Esta autorización incluye en particular la competencia de nombrar al Jefe de Misión, a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad («Alta Representante»).

(2)

El 8 de octubre de 2010, a propuesta de la Alta Representante, el CPS, en virtud de la Decisión EUPOL RD CONGO/1/2010 (2), nombró al Comisario Jefe Jean-Paul RIKIR Jefe de la Misión EUPOL RD Congo con efectos a partir del 1 de octubre de 2010.

(3)

El 12 de septiembre de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/537/PESC (3) por la que se prorroga la duración de EUPOL RD Congo hasta el 30 de septiembre de 2012.

(4)

El 31 de agosto de 2011, la Alta Representante ha propuesto prorrogar el mandato del Comisario Jefe Jean-Paul RIKIR como Jefe de la Misión EUPOL RD Congo hasta el 30 de septiembre de 2012.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se prorroga hasta el 30 de septiembre de 2012 el mandato del Comisario Jefe Jean-Paul RIKIR como Jefe de Misión de la Misión de Policía de la Unión Europea en el marco de la reforma del sector de la seguridad (RSS) y su interrelación con la justicia en la República Democrática del Congo (EUPOL RD Congo).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 16 de septiembre de 2011.

Por el Comité Político y de Seguridad

El Presidente

O. SKOOG


(1)   DO L 254 de 29.9.2010, p. 33.

(2)   DO L 266 de 9.10.2010, p. 60.

(3)   DO L 236, 13.9.2011, p. 8.


Corrección de errores

22.9.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 245/22


Corrección de errores del Reglamento (UE) no 878/2011 del Consejo, de 2 de septiembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (UE) no 442/2011 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria

( Diario Oficial de la Unión Europea L 228 de 3 de septiembre de 2011 )

En la página 4, en el anexo I, después del título, se añade el siguiente texto introductorio:

«El texto siguiente se añade a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos en el anexo II del Reglamento (UE) no 442/2011:».


22.9.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 245/22


Corrección de errores del Reglamento (CE) no 1906/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se establecen las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades en las acciones del Séptimo Programa Marco, y las normas de difusión de los resultados de la investigación (2007-2013)

( Diario Oficial de la Unión Europea L 391 de 30 de diciembre de 2006 )

En la página 4, en el artículo 2, en el punto 13:

donde dice:

«(13)   “organismo público”: toda entidad jurídica constituida como tal según el Derecho público nacional, así como las organizaciones internacionales;»,

debe decir:

«(13)   “organismo público”: toda entidad jurídica constituida como tal según el Derecho nacional, así como las organizaciones internacionales;».