ISSN 1725-2512

Diario Oficial

de la Unión Europea

L 78

European flag  

Edición en lengua española

Legislación

49° año
15 de marzo de 2006


Sumario

 

II   Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad

Página

 

 

Parlamento Europeo

 

*

Aprobación definitiva del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006
ESTADO GENERAL DE INGRESOS
ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN
ANEXOS

1

Sumario

 

II   Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad

Página

 

 

Parlamento Europeo

 

*

Aprobación definitiva del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006
ESTADO GENERAL DE INGRESOS
ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN
ANEXOS

1

ES

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado.

Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos.


II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad

Parlamento Europeo

15.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 78/1


APROBACIÓN DEFINITIVA

del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006

(2006/179/CE, Euratom)

EL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO EUROPEO,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 272, apartado 4, párrafo tercero,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 177,

Vista la Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (1),

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (2),

Vistos el Acuerdo interinstitucional, de 6 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (3), la Decisión 2003/429/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2003, sobre la adaptación y revisión de las perspectivas financieras con vistas a la ampliación (4), y la Decisión 2003/430/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2003, relativa a la revisión de las perspectivas financieras (5),

Visto el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, establecido por el Consejo el 15 de julio de 2005,

Vista la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 27 de octubre de 2005 sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, sección III, «Comisión»,

Vista la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 27 de octubre de 2005 sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, sección I, «Parlamento Europeo», sección II, «Consejo», sección IV, «Tribunal de Justicia», sección V, «Tribunal de Cuentas», sección VI «Comité Económico y Social Europeo», sección VII, «Comité de las Regiones», sección VIII(A), «Defensor del Pueblo Europeo», sección VIII(B), «Supervisor Europeo de Protección de Datos»,

Vistas las enmiendas y las propuestas de modificación al proyecto de presupuesto general aprobadas por el Parlamento Europeo el 27 de octubre de 2005,

Vistas las modificaciones del Consejo a las enmiendas y las propuestas de modificación aprobadas por el Parlamento al proyecto de presupuesto general,

Vista la concertación presupuestaria del 24 de noviembre de 2005 que concluyó en el diálogo a tres bandas del 30 de noviembre de 2005,

Vistas la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2005, sobre la movilización del instrumento de flexibilidad de conformidad con lo dispuesto en el apartado 24 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 en favor de la rehabilitación y la reconstrucción de Iraq, de la rehabilitación y reconstrucción de los países afectados por el tsunami, de los países firmantes del Protocolo del azúcar afectados por la reforma del régimen del azúcar en 2006 y de la política exterior y de seguridad común,

Vistos el artículo 69 y el anexo IV del Reglamento interno del Parlamento Europeo,

Vista la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 15 de diciembre de 2005,

DECLARA:

que el procedimiento previsto en el artículo 272 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y en el artículo 177 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica ha concluido y que el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006 ha quedado definitivamente aprobado.

Hecho en Estrasburgo, el 15 de diciembre de 2005.

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES


(1)  DO L 253 de 7.10.2000, p. 42.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1. Acuerdo modificado en último lugar por la Decisión 2005/708/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 269 de 14.10.2005, p. 24).

(4)  DO L 147 de 14.6.2003, p. 25.

(5)  DO L 147 de 14.6.2003, p. 31.


SUMARIO

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. Introducción y financiación del presupuesto general I/9
B. Estado general de los ingresos por línea presupuestaria I/21
C. Personal I/113
D. Patrimonio inmobiliario I/161

ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

Sección I: Parlamento

— Estado de ingresos I/168
— Estado de gastos I/181

Sección II: Consejo

— Estado de ingresos I/228
— Estado de gastos I/243

Sección III: Comisión (volumen II)

— Estado de ingresos II/13
— Estado de gastos II/63

Sección IV: Tribunal de Justicia

— Estado de ingresos I/292
— Estado de gastos I/303

Sección V: Tribunal de Cuentas

— Estado de ingresos I/354
— Estado de gastos I/365

Sección VI: Comité Económico y Social Europeo

— Estado de ingresos I/412
— Estado de gastos I/423

Sección VII: Comité de las Regiones

— Estado de ingresos I/468
— Estado de gastos I/480

Sección VIII: Defensor del Pueblo Europeo y Supervisor Europeo de Protección de Datos

— Parte A: Defensor del Pueblo Europeo I/529
— Estado de ingresos I/530
— Estado de gastos I/537
— Parte B: Supervisor Europeo de Protección de Datos I/563
— Estado de ingresos I/564
— Estado de gastos I/569

SUMARIO — VOLUMEN I

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. Introducción y financiación del presupuesto general I/9
B. Estado general de los ingresos por línea presupuestaria I/21
— Título 1: Recursos propios I/22
— Título 3: Excedentes, saldos y ajustes I/40
— Título 4: Ingresos procedentes de personas vinculadas con las instituciones y otros organismos comunitarios I/50
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de las instituciones I/59
— Título 6: Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas comunitarios I/72
— Título 7: Intereses de demora y multas I/93
— Título 8: Empréstitos y préstamos I/97
— Título 9: Ingresos diversos I/111
C. Personal I/113
D. Patrimonio inmobiliario I/161

ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

Sección I: Parlamento

— Estado de ingresos I/168
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos comunitarios I/168
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/171
— Título 6: Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas comunitarios I/177
— Título 9: Ingresos diversos I/179
— Estado de gastos I/181
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/182
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/199
— Título 3: Gastos resultantes del ejercicio de misiones generales por parte de la institución I/209
— Título 4: Gastos resultantes del ejercicio de misiones específicas por parte de la institución I/219
— Título 10: Otros gastos I/223

Sección II: Consejo

— Estado de ingresos I/228
— Título 4: Impuestos diversos, exacciones y cánones comunitarios I/228
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/231
— Título 6: Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas comunitarios I/237
— Título 7: Intereses de demora I/239
— Título 9: Ingresos diversos I/241
— Estado de gastos I/243
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/244
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/258
— Título 3: Gastos derivados del ejercicio de misiones por la institución I/273
— Título 10: Otros gastos I/286

Sección IV: Tribunal de Justicia

— Estado de ingresos I/292
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a la institución I/292
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/295
— Título 9: Ingresos diversos I/300
— Estado de gastos I/303
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/304
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/330
— Título 3: Gastos resultantes del ejercicio de funciones específicas por parte de la institución I/347
— Título 10: Otros gastos I/349

Sección V: Tribunal de Cuentas

— Estado de ingresos I/354
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos comunitarios I/354
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/357
— Título 9: Ingresos diversos I/363
— Estado de gastos I/365
— Título 1: Gastos correspondientes a personas vinculadas a la institución I/366
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/390
— Título 10: Otros gastos I/407

Sección VI: Comité Económico y Social Europeo

— Estado de ingresos I/412
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos comunitarios I/412
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/415
— Título 9: Ingresos diversos I/421
— Estado de gastos I/423
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/425
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/446
— Título 10: Otros gastos I/463

Sección VII: Comité de las Regiones

— Estado de ingresos I/468
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos comunitarios I/468
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/471
— Título 9: Ingresos diversos I/478
— Estado de gastos I/480
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/482
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/504
— Título 10: Otros gastos I/522

Sección VIII: Defensor del Pueblo Europeo y Supervisor Europeo de Protección de Datos

— Parte A: Defensor del Pueblo Europeo I/529
— Estado de ingresos I/530
— Título A-4: Impuestos diversos, exacciones y cánones comunitarios I/530
— Título A-6: Otras contribuciones y restituciones I/533
— Título A-9: Ingresos diversos I/535
— Estado de gastos I/537
— Título A-1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/539
— Título A-2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/549
— Título A-3: Gastos resultantes del ejercicio de funciones específicas por parte de la institución I/555
— Título A-10: Otros gastos I/561
— Parte B: Supervisor Europeo de Protección de Datos I/563
— Estado de ingresos I/564
— Título B-4: Impuestos diversos, exacciones y cánones comunitarios I/564
— Título B-9: Ingresos diversos I/567
— Estado de gastos I/569
— Título B-1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/570
— Título B-2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/583
— Título B-10: Otros gastos I/589

A. FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

INTRODUCCIÓN

El presupuesto general de la Unión Europea es el acto por el que se establecen y aprueban los ingresos y gastos previsibles de la Comunidad Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica que se consideran necesarios para un determinado ejercicio.

El presupuesto deberá atenerse, en su establecimiento y ejecución, a los principios de unidad, veracidad presupuestaria, anualidad, equilibrio, unidad de cuenta, universalidad, especialidad, buena gestión financiera y transparencia.

El principio de unidad y el principio de veracidad presupuestaria implican que todos los ingresos y gastos de las Comunidades, así como los de la Unión Europea, cuando éstos corran a cargo del presupuesto, deberán recogerse y consignarse en un solo y único documento.

El principio de anualidad significa que los créditos consignados en el presupuesto, sean de compromiso o de pago, se autorizarán por un ejercicio presupuestario y se utilizarán, en principio, durante este mismo ejercicio.

Según el principio de equilibrio, las previsiones de ingresos de un ejercicio deben ser iguales a los créditos de pago de ese mismo ejercicio. Recurrir a empréstitos para enjugar un posible déficit presupuestario no es compatible con el sistema de recursos propios y, por tanto, no está permitido.

Según el principio de unidad de cuenta, el establecimiento, ejecución y rendición de cuentas del presupuesto se efectuará en euros.

El principio de universalidad significa que la totalidad de los ingresos debe cubrir la totalidad de los créditos de pago a reserva de determinados ingresos, fijados de manera restrictiva, que se afectan a gastos específicos. Los ingresos y los gastos se consignarán en el presupuesto por su importe íntegro, sin compensación entre sí.

El principio de especialidad presupuestaria significa que los créditos deben tener un destino determinado y deben afectarse a un objetivo específico, a fin de evitar toda confusión entre los mismos.

El principio de buena gestión financiera se define por referencia a los principios de economía, eficiencia y eficacia.

El presupuesto se elabora en cumplimiento del principio de transparencia garantizando una buena información sobre la ejecución presupuestaria y la contabilidad.

Con el fin de reforzar la transparencia de la gestión presupuestaria respecto de los objetivos de buena gestión financiera y, más concretamente, de eficiencia y eficacia, el presupuesto presenta los créditos y recursos según su afectación, es decir, por actividades (PA — «Presupuestación por Actividades»).

Los gastos autorizados en el presente presupuesto para los 25 Estados miembros actuales alcanzan un importe global de 121 190,91 millones de euros en créditos de compromiso y 111 969,61 millones de euros en créditos de pago, lo que representa un tipo de variación del 4,51 % y el 5,95 %, respectivamente, con relación al presupuesto de 2005 adoptado en diciembre de 2004.

Los ingresos presupuestarios para los 25 Estados miembros alcanzan un importe global de 111 969,61 millones de euros. El tipo uniforme de referencia del recurso «IVA» se establece en un 0,3095 % y el del recurso «RNB» en un 0,7267 %. Los recursos propios tradicionales (derechos de aduana, derechos agrícolas y cotizaciones «azúcar») representan un 12,70 % de la financiación del presupuesto 2005; el recurso «IVA», un 14,19 %; y el recurso «RNB», un 71,95 %. La previsión correspondiente a «Otros ingresos» de este ejercicio asciende a 1 297,69 millones de euros.

Los recursos propios necesarios para la financiación del presupuesto 2006 de los 25 Estados miembros representan un 1,00 % del total de la Renta Nacional Bruta (RNB) de éstos, porcentaje inferior al techo del 1,24 % de la RNB, fijado según el método de cálculo previsto en el artículo 3, apartado 1, de la Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42).

En los cuadros que figuran a continuación se describe, paso a paso, el cálculo de la financiación del presupuesto 2006 para los 25 Estados miembros.

FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

Créditos a financiar en el ejercicio 2006 con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas

GASTOS

Descripción

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005 (1)

Variación (%)

1. Agricultura

50 991 020 000

48 464 850 000

+5,21

2. Intervenciones estructurales

35 639 599 237

32 396 027 704

+10,01

3. Políticas internas

8 889 218 143

8 016 662 269

+10,88

4. Acción exterior

5 369 049 920

5 476 162 603

–1,96

5. Administración

6 656 369 817

6 292 367 368

+5,78

6. Reservas

458 000 000

446 000 000

+2,69

7. Estrategia de preadhesión

2 892 850 000

3 286 990 000

–11,99

8. Compensaciones

1 073 500 332

1 304 988 996

–17,74

Total de gastos (2)

111 969 607 449

105 684 048 940

+5,95


INGRESOS

Descripción

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005 (3)

Variación (%)

Ingresos diversos (títulos 4 a 9)

1 297 689 094

1 585 916 305

–18,71

Excedente disponible del ejercicio anterior (capítulo 3 0, artículo 3 0 0)

p.m.

2 736 707 563

 

Excedente de recursos propios resultante de una transferencia de capítulos de la sección de Garantía del FEOGA (capítulo 3 0, artículo 3 0 1)

p.m.

p.m.

 

Excedente de recursos propios resultante de la transferencia del excedente del Fondo de Garantía relativo a Acciones exteriores (capítulo 3 0, artículo 3 0 2)

p.m.

525 961 402

 

Saldos de recursos propios procedentes del IVA y de recursos propios PNB/RNB relativo a ejercicios anteriores (capítulos 3 1 y 3 2)

p.m.

2 451 315 772

 

Total de ingresos de los títulos 3 a 9

1 297 689 094

7 299 901 042

–82,22

Importe neto (= 75 %) de los derechos de aduana, derechos agrícolas y cotizaciones en el sector del azúcar (capítulos 1 0, 1 1 y 1 2)

14 225 100 000

13 944 000 000

+2,02

Recursos propios «IVA» al tipo uniforme (cuadros 1 y 2, capítulo 1 3)

15 884 321 797

15 556 051 275

+2,11

Resto a financiar con el recurso complementario (recursos propios RNB, cuadros 3 y 4, capítulo 1 4)

80 562 496 558

68 884 096 623

+16,95

Créditos que deberán cubrirse con los recursos propios a que se refiere el artículo 2 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom (4)

110 671 918 355

98 384 147 898

+12,49

Total de los ingresos (5)

111 969 607 449

105 684 048 940

+5,95


CUADRO 1

Cálculo de la nivelación de las bases armonizadas del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

Estados miembros

1 % de la base «IVA» sin nivelar

1 % de la renta nacional bruta

Tipo de nivelación (en %)

1 % de la renta nacional bruta multiplicado por el tipo de nivelación

1 % de la base «IVA» nivelada (6)

Estados miembros con base «IVA» nivelada

 

(1)

(2)

(4)

(5)

(6)

(7)

Bélgica

1 310 215 000

3 128 969 000

50

1 564 484 500

1 310 215 000

 

República Checa

602 106 000

994 862 000

50

497 431 000

497 431 000

República Checa

Dinamarca

819 859 000

2 099 021 000

50

1 049 510 500

819 859 000

 

Alemania

9 799 832 000

22 810 270 000

50

11 405 135 000

9 799 832 000

 

Estonia

55 930 000

98 555 000

50

49 277 500

49 277 500

Estonia

Grecia

1 072 870 000

1 893 940 000

50

946 970 000

946 970 000

Grecia

España

5 426 125 000

9 003 310 000

50

4 501 655 000

4 501 655 000

España

Francia

8 370 700 000

17 612 620 000

50

8 806 310 000

8 370 700 000

 

Irlanda

789 535 000

1 416 737 000

50

708 368 500

708 368 500

Irlanda

Italia

6 337 513 000

14 454 499 000

50

7 227 249 500

6 337 513 000

 

Chipre

108 709 000

135 816 000

50

67 908 000

67 908 000

Chipre

Letonia

57 459 000

129 939 000

50

64 969 500

57 459 000

 

Lituania

132 640 000

210 135 000

50

105 067 500

105 067 500

Lituania

Luxemburgo

170 252 000

256 440 000

50

128 220 000

128 220 000

Luxemburgo

Hungría

404 168 000

906 498 000

50

453 249 000

404 168 000

 

Malta

35 810 000

45 841 000

50

22 920 500

22 920 500

Malta

Países Bajos

2 359 925 000

4 865 105 000

50

2 432 552 500

2 359 925 000

 

Austria

1 084 190 000

2 479 885 000

50

1 239 942 500

1 084 190 000

 

Polonia

1 325 076 000

2 398 275 000

50

1 199 137 500

1 199 137 500

Polonia

Portugal

941 550 000

1 429 050 000

50

714 525 000

714 525 000

Portugal

Eslovenia

158 752 000

292 944 000

50

146 472 000

146 472 000

Eslovenia

Eslovaquia

165 376 000

394 000 000

50

197 000 000

165 376 000

 

Finlandia

699 620 000

1 613 560 000

50

806 780 000

699 620 000

 

Suecia

1 268 455 000

3 078 609 000

50

1 539 304 500

1 268 455 000

 

Reino Unido

9 765 154 000

19 112 000 000

50

9 556 000 000

9 556 000 000

Reino Unido

Total

53 261 821 000

110 860 880 000

 

55 430 440 000

51 321 264 500

 


Cálculo del tipo uniforme de referencia de los recursos propios IVA (artículo 2, apartado 4, de la Decisión 2000/597/CE, Euratom):

Tipo uniforme (%) = Tipo de referencia máximo – tipo congelado

 

A. El tipo de referencia máximo se ha fijado en 0,50 % para el año 2006.

B. Determinación del tipo congelado por la corrección de los desequilibrios presupuestarios concedida al Reino Unido [artículo 2, apartado 4, letra b), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]:

 

1) Cálculo de la parte teórica de los países con una carga financiera limitada:

 

Según el artículo 5, apartado 1, de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, la contribución financiera de Alemania (D), los Países Bajos (NL), Austria (A) y Suecia (S) queda limitada a un 25 % de su contribución normal.

 

Fórmula de un país con una carga financiera limitada, por ejemplo, Alemania:

 

Contribución «IVA» teórica de Alemania = [base «IVA» nivelada de Alemania / (base «IVA» nivelada de la UE – base «IVA» nivelada del Reino Unido)] × 1/4 × corrección en favor del Reino Unido

 

Ejemplo con cifras: Alemania

Contribución «IVA» teórica de Alemania = 9 799 832 000 / (51 321 264 500 – 9 556 000 000) × 1/4 × 5 685 342 107 = 333 503 200

 

2) Cálculo del tipo congelado:

 

Tipo congelado = [corrección en favor del Reino Unido – contribuciones «IVA» teóricas (D + NL + A + S)] / [base «IVA» nivelada de la UE – bases «IVA» niveladas (Reino Unido + D + NL + A + S)]

Tipo congelado = 5 685 342 107 – (333 503 200 + 80 311 840 + 36 896 636 + 43 167 455)] / [51 321 264 500 – (9 556 000 000 + 9 799 832 000 + 2 359 925 000 + 1 084 190 000 + 1 268 455 000)]

Tipo congelado = 0,190492392346244 %

Tipo uniforme

0,5 % – 0,190492392346244 % = 0,309507607653756 %


CUADRO 2

Desglose de recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom (capítulo 1 3)

Estados miembros

1 % de la base «IVA» nivelada

Tipo máximo de referencia «IVA» (en %)

Tipo uniforme de recursos propios «IVA» (en %)

Recursos propios «IVA» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3)

(4) = (1) × (3)

Bélgica

1 310 215 000

0,50

0,309507608

405 521 510

República Checa

497 431 000

0,50

0,309507608

153 958 679

Dinamarca

819 859 000

0,50

0,309507608

253 752 598

Alemania

9 799 832 000

0,50

0,309507608

3 033 122 558

Estonia

49 277 500

0,50

0,309507608

15 251 761

Grecia

946 970 000

0,50

0,309507608

293 094 419

España

4 501 655 000

0,50

0,309507608

1 393 296 470

Francia

8 370 700 000

0,50

0,309507608

2 590 795 331

Irlanda

708 368 500

0,50

0,309507608

219 245 440

Italia

6 337 513 000

0,50

0,309507608

1 961 508 487

Chipre

67 908 000

0,50

0,309507608

21 018 043

Letonia

57 459 000

0,50

0,309507608

17 783 998

Lituania

105 067 500

0,50

0,309507608

32 519 191

Luxemburgo

128 220 000

0,50

0,309507608

39 685 065

Hungría

404 168 000

0,50

0,309507608

125 093 071

Malta

22 920 500

0,50

0,309507608

7 094 069

Países Bajos

2 359 925 000

0,50

0,309507608

730 414 741

Austria

1 084 190 000

0,50

0,309507608

335 565 053

Polonia

1 199 137 500

0,50

0,309507608

371 142 179

Portugal

714 525 000

0,50

0,309507608

221 150 923

Eslovenia

146 472 000

0,50

0,309507608

45 334 198

Eslovaquia

165 376 000

0,50

0,309507608

51 185 130

Finlandia

699 620 000

0,50

0,309507608

216 537 712

Suecia

1 268 455 000

0,50

0,309507608

392 596 472

Reino Unido

9 556 000 000

0,50

0,309507608

2 957 654 699

Total

51 321 264 500

 

 

15 884 321 797


CUADRO 3

Determinación del tipo uniforme y reparto de los recursos basados en la renta nacional bruta conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom (capítulo 1 4)

Estados miembros

1 % de la renta nacional bruta

Tipo uniforme de recursos propios «base complementaria»

Recursos propios «base complementaria» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3) = (1) × (2)

Bélgica

3 128 969 000

 

2 273 818 811

República Checa

994 862 000

 

722 965 274

Dinamarca

2 099 021 000

 

1 525 356 574

Alemania

22 810 270 000

 

16 576 201 617

Estonia

98 555 000

 

71 619 825

Grecia

1 893 940 000

 

1 376 324 405

España

9 003 310 000

 

6 542 696 855

Francia

17 612 620 000

 

12 799 074 282

Irlanda

1 416 737 000

 

1 029 541 437

Italia

14 454 499 000

 

10 504 070 741

Chipre

135 816 000

 

98 697 359

Letonia

129 939 000

0,7266991 (7)

94 426 548

Lituania

210 135 000

 

152 704 906

Luxemburgo

256 440 000

 

186 354 705

Hungría

906 498 000

 

658 751 239

Malta

45 841 000

 

33 312 611

Países Bajos

4 865 105 000

 

3 535 467 198

Austria

2 479 885 000

 

1 802 130 082

Polonia

2 398 275 000

 

1 742 824 172

Portugal

1 429 050 000

 

1 038 489 282

Eslovenia

292 944 000

 

212 882 128

Eslovaquia

394 000 000

 

286 319 427

Finlandia

1 613 560 000

 

1 172 572 525

Suecia

3 078 609 000

 

2 237 222 246

Reino Unido

19 112 000 000

 

13 888 672 309

Total

110 860 880 000

 

80 562 496 558


CUADRO 4

Recursos basados en la RNB — Financiación de las reservas [artículo 2, apartado 1, letra d), y artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom] (capítulo 1 4)

Estados miembros

Reserva de préstamos y garantía de préstamos

Reserva de ayuda de emergencia

Recursos propios «RNB», sin incluir reservas

Recursos propios «RNB» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3)

(4) = (1) + (2) + (3)

Bélgica

6 463 361

6 463 361

2 260 892 089

2 273 818 811

República Checa

2 055 039

2 055 039

718 855 196

722 965 274

Dinamarca

4 335 847

4 335 847

1 516 684 880

1 525 356 574

Alemania

47 118 080

47 118 080

16 481 965 457

16 576 201 617

Estonia

203 580

203 580

71 212 665

71 619 825

Grecia

3 912 221

3 912 221

1 368 499 963

1 376 324 405

España

18 597 705

18 597 705

6 505 501 445

6 542 696 855

Francia

36 381 544

36 381 544

12 726 311 194

12 799 074 282

Irlanda

2 926 486

2 926 486

1 023 688 465

1 029 541 437

Italia

29 857 965

29 857 965

10 444 354 811

10 504 070 741

Chipre

280 549

280 549

98 136 261

98 697 359

Letonia

268 409

268 409

93 889 730

94 426 548

Lituania

434 066

434 066

151 836 774

152 704 906

Luxemburgo

529 716

529 716

185 295 273

186 354 705

Hungría

1 872 509

1 872 509

655 006 221

658 751 239

Malta

94 692

94 692

33 123 227

33 312 611

Países Bajos

10 049 614

10 049 614

3 515 367 970

3 535 467 198

Austria

5 122 579

5 122 579

1 791 884 924

1 802 130 082

Polonia

4 954 002

4 954 002

1 732 916 168

1 742 824 172

Portugal

2 951 920

2 951 920

1 032 585 442

1 038 489 282

Eslovenia

605 120

605 120

211 671 888

212 882 128

Eslovaquia

813 867

813 867

284 691 693

286 319 427

Finlandia

3 333 053

3 333 053

1 165 906 419

1 172 572 525

Suecia

6 359 335

6 359 335

2 224 503 576

2 237 222 246

Reino Unido

39 478 741

39 478 741

13 809 714 827

13 888 672 309

Total

229 000 000

229 000 000

80 104 496 558

80 562 496 558

Porcentaje del 1 % de la RNB

0,0021

0,0021

0,7226

0,7267


CUADRO 5

Corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2005, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom (capítulo 1 5)

Descripción

Coeficiente (8) (%)

Importe

1. Cuota porcentual del Reino Unido en el total de las bases IVA sin nivelar de referencia

17,8134

 

2. Cuota porcentual del Reino Unido en el total de los gastos asignados ajustados por los gastos de preadhesión

7,1843

 

3. (1) – (2)

10,6290

 

4. Total de gastos asignados

 

93 429 615 393

5. Gastos de preadhesión (PAE) (9)

 

1 755 539 532

6. Gastos asignados totales ajustados por los gastos de preadhesión = (4) – (5)

 

91 674 075 861

7. Importe inicial de la corrección del Reino Unido = (3) × (6) × 0,66

 

6 431 081 164

8. Ventaja del Reino Unido (10)

 

747 129 835

9. Compensación de base del Reino Unido = (7) – (8)

 

5 683 951 329

10. Beneficios excepcionales correspondientes a los recursos propios tradicionales (11)

 

–1 390 778

11. Corrección en favor del Reino Unido = (9) – (10)

 

5 685 342 107


CUADRO 6

Cálculo de la financiación de la corrección en favor del Reino Unido por un importe aprobado de –5 685 342 107 euros (capítulo 1 5)

Estados miembros

Cuotas de las bases «RNB» reducidas

Cuotas sin el Reino Unido

Cuotas sin Alemania, Países Bajos, Austria, Suecia y el Reino Unido

3/4 de la cuota de Alemania, Países Bajos, Austria y Suecia en la columna (2)

Columna (4) desglosada según la clave de la columna (3)

Clave de financiación

Clave de financiación aplicada a la corrección

 

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6) = (2) + (4) + (5)

(7)

Bélgica

2,82

3,41

5,35

 

1,45

4,86

276 481 607

República Checa

0,90

1,08

1,70

 

0,46

1,55

87 907 884

Dinamarca

1,89

2,29

3,59

 

0,97

3,26

185 473 457

Alemania

20,58

24,86

0,00

–18,65

0,00

6,22

353 367 227

Estonia

0,09

0,11

0,17

 

0,05

0,15

8 708 506

Grecia

1,71

2,06

3,24

 

0,88

2,94

167 352 113

España

8,12

9,81

15,39

 

4,18

13,99

795 549 465

Francia

15,89

19,20

30,10

 

8,18

27,37

1 556 284 347

Irlanda

1,28

1,54

2,42

 

0,66

2,20

125 185 555

Italia

13,04

15,75

24,70

 

6,71

22,47

1 277 226 814

Chipre

0,12

0,15

0,23

 

0,06

0,21

12 000 958

Letonia

0,12

0,14

0,22

 

0,06

0,20

11 481 655

Lituania

0,19

0,23

0,36

 

0,10

0,33

18 567 925

Luxemburgo

0,23

0,28

0,44

 

0,12

0,40

22 659 522

Hungría

0,82

0,99

1,55

 

0,42

1,41

80 099 874

Malta

0,04

0,05

0,08

 

0,02

0,07

4 050 597

Países Bajos

4,39

5,30

0,00

–3,98

0,00

1,33

75 368 185

Austria

2,24

2,70

0,00

–2,03

0,00

0,68

38 417 348

Polonia

2,16

2,61

4,10

 

1,11

3,73

211 916 106

Portugal

1,29

1,56

2,44

 

0,66

2,22

126 273 555

Eslovenia

0,26

0,32

0,50

 

0,14

0,46

25 885 085

Eslovaquia

0,36

0,43

0,67

 

0,18

0,61

34 814 584

Finlandia

1,46

1,76

2,76

 

0,75

2,51

142 577 207

Suecia

2,78

3,36

0,00

–2,52

0,00

0,84

47 692 531

Reino Unido

17,24

0,00

0,00

 

0,00

0,00

Total

100,00

100,00

100,00

–27,17

27,17

100,00

5 685 342 107

Los cálculos se efectúan con una precisión de quince decimales.

CUADRO 7

Recapitulación de la financiación del presupuesto general por tipo de recurso propio y por Estado miembro

Estado miembro

Derechos agrícolas netos (75 %)

Cotizaciones netas azúcar e isoglucosa (75 %)

Derechos de aduana netos (75 %)

Total de los recursos propios tradicionales netos (75 %)

Recursos propios «IVA» al tipo uniforme

Recursos propios «RNB» excluidas las reservas

Recursos propios «RNB», reservas

Corrección del IVA en favor del Reino Unido

Total de los recursos propios (12)

Contribución total de financiación (%)

 

(1)

(2)

(3)

(4) = (1) + (2) + (3)

(5)

(6)

(7)

(8)

(9) = (4) + (5) + (6) + (7) + (8)

(10)

Bélgica

10 800 000

33 600 000

1 441 900 000

1 486 300 000

405 521 510

2 260 892 089

12 926 722

276 481 607

4 442 121 928

4,01

República Checa

2 600 000

6 500 000

158 800 000

167 900 000

153 958 679

718 855 196

4 110 078

87 907 884

1 132 731 837

1,02

Dinamarca

15 800 000

19 100 000

226 400 000

261 300 000

253 752 598

1 516 684 880

8 671 694

185 473 457

2 225 882 629

2,01

Alemania

115 500 000

159 900 000

2 517 300 000

2 792 700 000

3 033 122 558

16 481 965 457

94 236 160

353 367 227

22 755 391 402

20,56

Estonia

400 000

16 900 000

17 300 000

15 251 761

71 212 665

407 160

8 708 506

112 880 092

0,10

Grecia

7 300 000

4 100 000

191 300 000

202 700 000

293 094 419

1 368 499 963

7 824 442

167 352 113

2 039 470 937

1,84

España

38 000 000

16 600 000

1 101 900 000

1 156 500 000

1 393 296 470

6 505 501 445

37 195 410

795 549 465

9 888 042 790

8,93

Francia

58 900 000

153 000 000

1 027 300 000

1 239 200 000

2 590 795 331

12 726 311 194

72 763 088

1 556 284 347

18 185 353 960

16,43

Irlanda

400 000

4 700 000

149 900 000

155 000 000

219 245 440

1 023 688 465

5 852 972

125 185 555

1 528 972 432

1,38

Italia

58 900 000

21 100 000

1 333 100 000

1 413 100 000

1 961 508 487

10 444 354 811

59 715 930

1 277 226 814

15 155 906 042

13,69

Chipre

1 900 000

38 200 000

40 100 000

21 018 043

98 136 261

561 098

12 000 958

171 816 360

0,16

Letonia

400 000

600 000

19 700 000

20 700 000

17 783 998

93 889 730

536 818

11 481 655

144 392 201

0,13

Lituania

1 300 000

1 000 000

32 000 000

34 300 000

32 519 191

151 836 774

868 132

18 567 925

238 092 022

0,22

Luxemburgo

100 000

13 800 000

13 900 000

39 685 065

185 295 273

1 059 432

22 659 522

262 599 292

0,24

Hungría

3 200 000

5 300 000

130 400 000

138 900 000

125 093 071

655 006 221

3 745 018

80 099 874

1 002 844 184

0,91

Malta

1 200 000

 

9 000 000

10 200 000

7 094 069

33 123 227

189 384

4 050 597

54 657 277

0,05

Países Bajos

170 000 000

37 400 000

1 209 300 000

1 416 700 000

730 414 741

3 515 367 970

20 099 228

75 368 185

5 757 950 124

5,20

Austria

4 000 000

15 200 000

186 100 000

205 300 000

335 565 053

1 791 884 924

10 245 158

38 417 348

2 381 412 483

2,15

Polonia

20 900 000

30 500 000

217 900 000

269 300 000

371 142 179

1 732 916 168

9 908 004

211 916 106

2 595 182 457

2,34

Portugal

19 900 000

1 900 000

93 900 000

115 700 000

221 150 923

1 032 585 442

5 903 840

126 273 555

1 501 613 760

1,36

Eslovenia

100 000

500 000

31 100 000

31 700 000

45 334 198

211 671 888

1 210 240

25 885 085

315 801 411

0,29

Eslovaquia

600 000

5 200 000

46 800 000

52 600 000

51 185 130

284 691 693

1 627 734

34 814 584

424 919 141

0,38

Finlandia

3 000 000

3 600 000

100 200 000

106 800 000

216 537 712

1 165 906 419

6 666 106

142 577 207

1 638 487 444

1,48

Suecia

8 700 000

8 800 000

313 700 000

331 200 000

392 596 472

2 224 503 576

12 718 670

47 692 531

3 008 711 249

2,72

Reino Unido

219 600 000

27 600 000

2 298 500 000

2 545 700 000

2 957 654 699

13 809 714 827

78 957 482

–5 685 342 107

13 706 684 901

12,38

Total

763 500 000

556 200 000

12 905 400 000

14 225 100 000

15 884 321 797

80 104 496 558

458 000 000

110 671 918 355

100,00

B. ESTADO GENERAL DE LOS INGRESOS POR LÍNEA PRESUPUESTARIA

Título

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1

RECURSOS PROPIOS

110 671 918 355

98 384 147 898

95 051 421 648,09

3

EXCEDENTES, SALDOS Y AJUSTESN 

p.m.

5 713 984 737

5 694 872 994,11

4

INGRESOS PROCEDENTES DE PERSONAS VINCULADAS CON LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

1 034 904 640

798 460 359

762 985 620,08

5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

78 630 000

54 035 000

180 921 358,92

6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

15 000 000

360 000 000

1 275 865 940,11

7

INTERESES DE DEMORA Y MULTAS

120 000 000

318 000 000

470 135 008,34

8

EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS

29 028 454

25 359 946

31 484 111,81

9

INGRESOS DIVERSOS

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

 

TOTAL GENERAL

111 969 607 449

105 684 048 940

103 511 946 247,35

TÍTULO 1

RECURSOS PROPIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Derechos agrarios establecidos por las instituciones de las Comunidades Europeas sobre los intercambios con los países no miembros en el marco de la política agrícola común [artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]

1 0 0 0

Derechos agrarios establecidos por las instituciones de las Comunidades Europeas sobre los intercambios con los países no miembros en el marco de la política agrícola común [artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

 

Total del artículo 1 0 0

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Cotizaciones por la producción de azúcar

547 100 000

628 700 000

413 144 497,22

1 1 1

Cotizaciones por el almacenamiento de azúcar

p.m.

p.m.

–85 802,17

1 1 2

Cotizaciones por la producción de isoglucosa

6 700 000

7 200 000

3 707 832,67

1 1 3

Importes percibidos de la producción de azúcar C, de isoglucosa C y de jarabe de insulina C no exportada

p.m.

p.m.

–18 093 826,88

1 1 4

Importes percibidos por el azúcar C y la isoglucosa C de sustitución

p.m.

p.m.

0,—

1 1 5

Cotización por la producción de jarabe de inulina

2 400 000

2 100 000

2 949 953,77

1 1 6

Cotización complementaria introducida por el Reglamento (CEE) no 1107/88

p.m.

155 800 000

17,93

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

556 200 000

793 800 000

401 622 672,54

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Derechos de aduana y otros derechos contemplados en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

12 905 400 000

12 030 800 000

10 592 094 999,20

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

12 905 400 000

12 030 800 000

10 592 094 999,20

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

15 884 321 797

15 556 051 275

13 679 345 946,60

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

15 884 321 797

15 556 051 275

13 679 345 946,60

CAPÍTULO 1 4

1 4 0

Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), y del artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

1 4 0 0

Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, excepto los correspondientes a la reserva de garantía de préstamos y a la reserva de ayuda de emergencia

80 104 496 558

68 438 096 623

69 030 693 519,50

1 4 0 2

Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, que corresponden a la reserva para préstamos y garantía de préstamos

229 000 000

223 000 000

183 525 964,54

1 4 0 3

Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), y del artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, que corresponden a la reserva de ayuda de emergencia

229 000 000

223 000 000

0,—

 

Total del artículo 1 4 0

80 562 496 558

68 884 096 623

69 214 219 484,04

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

80 562 496 558

68 884 096 623

69 214 219 484,04

CAPÍTULO 1 5

1 5 0

Corrección de los desequilibrios presupuestarios concedida al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

0

0

– 149 254 635,46

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 5

0

0

– 149 254 635,46

 

Total del título 1

110 671 918 355

98 384 147 898

95 051 421 648,09

CAPÍTULO 1 0 —

DERECHOS AGRARIOS ESTABLECIDOS POR LAS INSTITUCIONES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS SOBRE LOS INTERCAMBIOS CON LOS PAÍSES NO MIEMBROS EN EL MARCO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM]

CAPÍTULO 1 1 —

COTIZACIONES Y OTROS DERECHOS PREVISTOS EN EL MARCO DE LA ORGANIZACIÓN COMÚN DEL MERCADO DEL AZÚCAR [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM]

CAPÍTULO 1 2 —

DERECHOS DE ADUANA Y OTROS DERECHOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA B), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

CAPÍTULO 1 3 —

RECURSOS PROPIOS PROCEDENTES DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA C), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

CAPÍTULO 1 4 —

RECURSOS PROPIOS BASADOS EN LA RENTA NACIONAL BRUTA DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA D), Y DEL ARTÍCULO 6 DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

CAPÍTULO 1 5 —

CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS

CAPÍTULO 1 0 —   DERECHOS AGRARIOS ESTABLECIDOS POR LAS INSTITUCIONES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS SOBRE LOS INTERCAMBIOS CON LOS PAÍSES NO MIEMBROS EN EL MARCO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM]

1 0 0   Derechos agrarios establecidos por las instituciones de las Comunidades Europeas sobre los intercambios con los países no miembros en el marco de la política agrícola común [artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]

1 0 0 0   Derechos agrarios establecidos por las instituciones de las Comunidades Europeas sobre los intercambios con los países no miembros en el marco de la política agrícola común [artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

Los derechos agrarios son derechos percibidos sobre las importaciones de productos agrarios regulados procedentes de terceros países, con objeto de compensar la diferencia entre los precios mundiales y los niveles de precios que se haya convenido alcanzar dentro de la Comunidad.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra a).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

10 800 000

15 847 010

18 956 640,10

República Checa

2 600 000

3 825 140

2 266 375,79

Dinamarca

15 800 000

23 087 454

27 687 373,36

Alemania

115 500 000

169 399 073

203 080 204,83

Estonia

400 000

683 061

376 013,95

Grecia

7 300 000

10 792 360

12 860 743,64

España

38 000 000

55 737 759

66 799 309,68

Francia

58 900 000

86 338 882

103 453 065,97

Irlanda

400 000

546 449

691 320,88

Italia

58 900 000

86 338 882

103 592 670,05

Chipre

1 900 000

2 732 243

1 663 615,24

Letonia

400 000

546 449

322 701,07

Lituania

1 300 000

1 775 958

1 105 313,88

Luxemburgo

100 000

136 612

240 035,78

Hungría

3 200 000

4 644 813

2 805 783,88

Malta

1 200 000

1 775 958

1 034 859,88

Países Bajos

170 000 000

249 180 571

298 766 866,75

Austria

4 000 000

5 874 323

7 079 076,30

Polonia

20 900 000

30 601 123

18 377 737,66

Portugal

19 900 000

29 235 001

34 981 471,85

Eslovenia

100 000

136 612

104 644,—

Eslovaquia

600 000

956 285

552 141,95

Finlandia

3 000 000

4 371 589

5 252 871,50

Suecia

8 700 000

12 841 543

15 356 881,28

Reino Unido

219 600 000

321 994 850

385 985 461,90

Total de la partida 1 0 0 0

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

CAPÍTULO 1 1 —   COTIZACIONES Y OTROS DERECHOS PREVISTOS EN EL MARCO DE LA ORGANIZACIÓN COMÚN DEL MERCADO DEL AZÚCAR [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM]

1 1 0   Cotizaciones por la producción de azúcar

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

547 100 000

628 700 000

413 144 497,22

La organización común del mercado del azúcar prevé que las empresas azucareras ingresen cotizaciones por la producción de base y B destinadas a cubrir los gastos de sostenimiento del mercado.

No obstante, el límite máximo de estas cotizaciones previsto en el artículo 15 del Reglamento (CE) no 1260/2001 puede dar como resultado que no se cubra totalmente con ellas la pérdida global previsible debida a la existencia de un excedente exportable y calculado con arreglo a las disposiciones de los apartados 1 y 2 de dicho artículo. En ese caso, la cotización complementaria mencionada en el artículo 1 1 6 de este capítulo será efectuada por las empresas azucareras con arreglo a las disposiciones del artículo 16 del Reglamento (CE) no 1260/2001.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

30 600 000

33 100 000

25 974 363,01

República Checa

6 500 000

6 600 000

0,—

Dinamarca

19 100 000

20 700 000

15 992 095,55

Alemania

159 300 000

172 100 000

133 044 587,91

Estonia

0,—

Grecia

3 900 000

8 200 000

2 335 871,53

España

15 800 000

16 400 000

14 478 814,68

Francia

152 400 000

164 400 000

128 060 899,50

Irlanda

4 700 000

5 100 000

4 173 663,91

Italia

20 800 000

57 800 000

9 046 719,13

Chipre

0,—

Letonia

600 000

600 000

0,—

Lituania

1 000 000

1 000 000

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

4 100 000

5 400 000

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

36 600 000

39 600 000

30 822 216,39

Austria

15 200 000

16 400 000

12 872 803,30

Polonia

30 300 000

31 600 000

0,—

Portugal

1 700 000

2 100 000

1 466 724,68

Eslovenia

500 000

400 000

0,—

Eslovaquia

4 700 000

5 300 000

0,—

Finlandia

3 400 000

3 600 000

3 059 892,28

Suecia

8 800 000

9 300 000

7 798 912,97

Reino Unido

27 100 000

29 000 000

24 016 932,38

Total del artículo 1 1 0

547 100 000

628 700 000

413 144 497,22

1 1 1   Cotizaciones por el almacenamiento de azúcar

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

–85 802,17

Este artículo se destina a registrar los ingresos procedentes de remanentes de la cotización al almacenamiento del azúcar, ya que el Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, sobre la organización común de los mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1) suprimió la cotización al almacenamiento.

Por otra parte, este artículo se destina a registrar los importes debidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento (CEE) no 65/82 de la Comisión, de 13 de enero de 1982, por el que se establecen las modalidades de aplicación para el traslado de azúcar a la campaña de comercialización siguiente (DO L 9 de 14.1.1982, p. 14), en caso de incumplimiento de la obligación del traslado del almacenamiento de azúcar, y los importes debidos con arreglo al Reglamento (CEE) no 1789/81 del Consejo, en caso de incumplimiento de las normas generales relativas al régimen de existencias mínimas en el sector del azúcar.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

p.m.

0,—

República Checa

p.m.

p.m.

0,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0,—

Alemania

p.m.

p.m.

0,—

Estonia

0,—

Grecia

p.m.

p.m.

0,—

España

p.m.

p.m.

0,—

Francia

p.m.

p.m.

–85 802,17

Irlanda

p.m.

p.m.

0,—

Italia

p.m.

p.m.

0,—

Chipre

0,—

Letonia

p.m.

p.m.

0,—

Lituania

p.m.

p.m.

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

p.m.

p.m.

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0,—

Austria

p.m.

p.m.

0,—

Polonia

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

0,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0,—

Suecia

p.m.

p.m.

0,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0,—

Total del artículo 1 1 1

p.m.

p.m.

–85 802,17

1 1 2   Cotizaciones por la producción de isoglucosa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

6 700 000

7 200 000

3 707 832,67

La organización común del mercado del azúcar prevé que las empresas productoras de isoglucosa ingresen cotizaciones por la producción de base y B destinadas a cubrir los gastos de sostenimiento del mercado.

No obstante, el límite máximo de estas cotizaciones previsto en el artículo 15 del Reglamento (CE) no 1260/2001 puede dar como resultado que no se cubra totalmente con ellas la pérdida global previsible debida a la existencia de un excedente exportable y calculado con arreglo a las disposiciones de los apartados 1 y 2 de dicho artículo. En ese caso, la cotización complementaria mencionada en el artículo 1 1 6 de este capítulo será efectuada por las empresas productoras de isoglucosa con arreglo a las disposiciones del artículo 16 del Reglamento (CE) no 1260/2001.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

1 400 000

1 400 000

1 112 240,02

República Checa

300 000

0,—

Dinamarca

0,—

Alemania

600 000

700 000

491 855,91

Estonia

0,—

Grecia

200 000

200 000

183 203,80

España

800 000

900 000

758 656,49

Francia

400 000

400 000

298 719,75

Irlanda

0,—

Italia

300 000

400 000

288 451,11

Chipre

0,—

Letonia

0,—

Lituania

100 000

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

1 200 000

200 000

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

200 000

200 000

129 303,68

Austria

0,—

Polonia

200 000

1 300 000

0,—

Portugal

200 000

200 000

140 923,53

Eslovenia

0,—

Eslovaquia

500 000

200 000

0,—

Finlandia

200 000

200 000

49 075,66

Suecia

0,—

Reino Unido

500 000

500 000

255 402,72

Total del artículo 1 1 2

6 700 000

7 200 000

3 707 832,67

1 1 3   Importes percibidos de la producción de azúcar C, de isoglucosa C y de jarabe de insulina C no exportada

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

–18 093 826,88

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2670/81 de la Comisión, de 14 de septiembre de 1981, por el que se establecen las modalidades de aplicación para la producción fuera de cuota en el sector del azúcar (DO L 262 de 16.9.1981, p. 14), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 95/2002 (DO L 17 de 19.1.2002, p. 37).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

p.m.

0,—

República Checa

p.m.

p.m.

0,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0,—

Alemania

p.m.

p.m.

–18 093 826,88

Estonia

0,—

Grecia

p.m.

p.m.

0,—

España

p.m.

p.m.

0,—

Francia

p.m.

p.m.

0,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0,—

Italia

p.m.

p.m.

0,—

Chipre

0,—

Letonia

p.m.

p.m.

0,—

Lituania

p.m.

p.m.

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

p.m.

p.m.

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0,—

Austria

p.m.

p.m.

0,—

Polonia

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

0,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0,—

Suecia

p.m.

p.m.

0,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0,—

Total del artículo 1 1 3

p.m.

p.m.

–18 093 826,88

1 1 4   Importes percibidos por el azúcar C y la isoglucosa C de sustitución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2670/81 de la Comisión, de 14 de septiembre de 1981, por el que se establecen las modalidades de aplicación para la producción fuera de cuota en el sector del azúcar (DO L 262 de 16.9.1981, p. 14), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 95/2002 (DO L 17 de 19.1.2002, p. 37).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

p.m.

0,—

República Checa

p.m.

p.m.

0,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0,—

Alemania

p.m.

p.m.

0,—

Estonia

0,—

Grecia

p.m.

p.m.

0,—

España

p.m.

p.m.

0,—

Francia

p.m.

p.m.

0,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0,—

Italia

p.m.

p.m.

0,—

Chipre

0,—

Letonia

p.m.

p.m.

0,—

Lituania

p.m.

p.m.

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

p.m.

p.m.

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0,—

Austria

p.m.

p.m.

0,—

Polonia

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

0,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0,—

Suecia

p.m.

p.m.

0,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0,—

Total del artículo 1 1 4

p.m.

p.m.

0,—

1 1 5   Cotización por la producción de jarabe de inulina

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

2 400 000

2 100 000

2 949 953,77

Tras la prolongación del régimen de producción existente del azúcar, debe aplicarse un régimen análogo a la producción de jarabe de inulina, producto de sustitución directa de la isoglucosa y del azúcar líquido, para que este producto no perturbe un mercado cuya situación excedentaria podría agravar aún más la carga derivada de los costes de exportación de los productores de azúcar e isoglucosa.

De este modo, la organización común de mercados en el sector del azúcar prevé que las empresas productoras de jarabe de inulina efectúen cotizaciones a la producción de base y B, al igual que la cotización complementaria cuando ésta sea necesaria, con objeto de cubrir los gastos de sostenimiento del mercado.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

1 600 000

1 400 000

2 240 028,51

República Checa

0,—

Dinamarca

0,—

Alemania

0,—

Estonia

0,—

Grecia

0,—

España

0,—

Francia

200 000

200 000

182 627,25

Irlanda

0,—

Italia

0,—

Chipre

0,—

Letonia

0,—

Lituania

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

600 000

500 000

527 298,01

Austria

0,—

Polonia

0,—

Portugal

0,—

Eslovenia

0,—

Eslovaquia

0,—

Finlandia

0,—

Suecia

0,—

Reino Unido

0,—

Total del artículo 1 1 5

2 400 000

2 100 000

2 949 953,77

1 1 6   Cotización complementaria introducida por el Reglamento (CEE) no 1107/88

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

155 800 000

17,93

Esta cotización complementaria se destina a reabsorber totalmente la pérdida global, en el sentido del artículo 15 del Reglamento (CE) no 1260/2001, constatada a partir de la campaña de comercialización 1988/89, no cubierta por el producto de las cotizaciones a la producción de base y B aplicables a dichas campañas.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

8 800 000

0,—

República Checa

p.m.

1 700 000

0,—

Dinamarca

p.m.

5 000 000

0,—

Alemania

p.m.

42 200 000

0,—

Estonia

0,—

Grecia

p.m.

2 000 000

0,—

España

p.m.

4 200 000

0,—

Francia

p.m.

40 300 000

0,—

Irlanda

p.m.

1 300 000

0,—

Italia

p.m.

14 200 000

0,—

Chipre

0,—

Letonia

p.m.

200 000

0,—

Lituania

p.m.

200 000

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

p.m.

1 400 000

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

p.m.

9 800 000

0,—

Austria

p.m.

4 000 000

0,—

Polonia

p.m.

8 000 000

0,—

Portugal

p.m.

500 000

0,—

Eslovenia

p.m.

200 000

0,—

Eslovaquia

p.m.

1 400 000

0,—

Finlandia

p.m.

900 000

17,93

Suecia

p.m.

2 300 000

0,—

Reino Unido

p.m.

7 200 000

0,—

Total del artículo 1 1 6

p.m.

155 800 000

17,93

CAPÍTULO 1 2 —   DERECHOS DE ADUANA Y OTROS DERECHOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA B), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

1 2 0   Derechos de aduana y otros derechos contemplados en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

12 905 400 000

12 030 800 000

10 592 094 999,20

La asignación de los derechos de aduana como recursos propios a la financiación de los gastos comunes es consecuencia lógica de la libre circulación de mercancías dentro de la Comunidad.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra b).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

1 441 900 000

1 342 900 000

1 230 594 736,18

República Checa

158 800 000

134 000 000

58 144 169,61

Dinamarca

226 400 000

230 400 000

213 819 811,34

Alemania

2 517 300 000

2 302 600 000

2 087 970 974,17

Estonia

16 900 000

15 200 000

6 716 052,86

Grecia

191 300 000

188 100 000

181 129 577,94

España

1 101 900 000

1 008 000 000

872 676 577,80

Francia

1 027 300 000

960 600 000

902 991 795,64

Irlanda

149 900 000

133 700 000

123 543 136,16

Italia

1 333 100 000

1 271 500 000

1 123 630 191,60

Chipre

38 200 000

35 800 000

17 295 230,04

Letonia

19 700 000

17 600 000

7 525 166,39

Lituania

32 000 000

29 800 000

13 254 861,88

Luxemburgo

13 800 000

13 100 000

12 347 167,08

Hungría

130 400 000

116 900 000

51 504 400,78

Malta

9 000 000

8 600 000

4 070 840,79

Países Bajos

1 209 300 000

1 136 800 000

1 046 798 020,36

Austria

186 100 000

165 600 000

156 086 358,06

Polonia

217 900 000

202 700 000

94 404 552,78

Portugal

93 900 000

89 500 000

85 129 760,25

Eslovenia

31 100 000

28 600 000

12 205 051,27

Eslovaquia

46 800 000

42 900 000

18 590 358,21

Finlandia

100 200 000

95 900 000

86 284 818,75

Suecia

313 700 000

308 900 000

292 063 468,18

Reino Unido

2 298 500 000

2 151 100 000

1 893 317 921,08

Total del artículo 1 2 0

12 905 400 000

12 030 800 000

10 592 094 999,20

CAPÍTULO 1 3 —   RECURSOS PROPIOS PROCEDENTES DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA C), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

1 3 0   Recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

15 884 321 797

15 556 051 275

13 679 345 946,60

El tipo uniforme válido para todos los Estados miembros aplicado a las bases imponibles del IVA armonizadas, determinadas con arreglo a las normas de la Comunidad, es del 0,3095 %. Por tanto, se ha tenido en cuenta la nivelación de las bases «IVA», así como la compensación en favor del Reino Unido.

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra c).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

405 521 510

398 889 295

338 094 428,01

República Checa

153 958 679

145 668 087

80 115 315,65

Dinamarca

253 752 598

252 011 701

224 516 581,91

Alemania

3 033 122 558

3 033 119 602

2 820 402 170,01

Estonia

15 251 761

14 258 320

7 666 095,97

Grecia

293 094 419

281 291 814

245 612 928,—

España

1 393 296 470

1 340 497 310

1 170 015 369,—

Francia

2 590 795 331

2 571 592 189

2 260 620 415,—

Irlanda

219 245 440

209 926 616

176 029 002,01

Italia

1 961 508 487

1 928 340 859

1 644 639 094,01

Chipre

21 018 043

20 392 804

12 068 686,02

Letonia

17 783 998

16 541 425

8 467 997,01

Lituania

32 519 191

30 415 704

15 273 514,11

Luxemburgo

39 685 065

38 392 981

32 925 249,01

Hungría

125 093 071

118 642 944

76 629 133,49

Malta

7 094 069

6 994 444

4 437 106,75

Países Bajos

730 414 741

733 585 232

662 714 078,01

Austria

335 565 053

332 550 012

317 906 880,01

Polonia

371 142 179

358 314 464

189 977 735,07

Portugal

221 150 923

217 892 449

196 887 528,01

Eslovenia

45 334 198

43 539 704

25 108 902,05

Eslovaquia

51 185 130

49 051 075

29 240 525,02

Finlandia

216 537 712

213 854 931

191 496 722,01

Suecia

392 596 472

392 456 607

360 348 288,23

Reino Unido

2 957 654 699

2 807 830 706

2 588 152 202,23

Total del artículo 1 3 0

15 884 321 797

15 556 051 275

13 679 345 946,60

CAPÍTULO 1 4 —   RECURSOS PROPIOS BASADOS EN LA RENTA NACIONAL BRUTA DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA D), Y DEL ARTÍCULO 6 DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

1 4 0   Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), y del artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

1 4 0 0   Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, excepto los correspondientes a la reserva de garantía de préstamos y a la reserva de ayuda de emergencia

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

80 104 496 558

68 438 096 623

69 030 693 519,50

El porcentaje, sin incluir la reserva para garantía de préstamos y la reserva para ayudas de emergencia, que hay que aplicar a la renta nacional bruta de los Estados miembros en el presente ejercicio es de 0,7226 %.

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra d).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

2 260 892 089

1 942 631 218

1 957 127 239,—

República Checa

718 855 196

593 417 228

372 015 901,34

Dinamarca

1 516 684 880

1 309 413 333

1 337 097 117,41

Alemania

16 481 965 457

14 363 007 141

15 029 913 389,—

Estonia

71 212 665

58 085 014

35 592 612,82

Grecia

1 368 499 963

1 145 916 120

1 140 346 543,01

España

6 505 501 445

5 460 868 041

5 432 218 047,01

Francia

12 726 311 194

10 966 252 235

11 162 121 106,—

Irlanda

1 023 688 465

855 191 236

817 278 085,01

Italia

10 444 354 811

8 985 652 292

9 240 102 022,—

Chipre

98 136 261

83 075 445

56 032 646,80

Letonia

93 889 730

75 814 415

44 852 065,65

Lituania

151 836 774

123 906 363

78 578 709,32

Luxemburgo

185 295 273

156 403 899

152 867 335,01

Hungría

655 006 221

544 548 215

355 802 196,51

Malta

33 123 227

28 493 705

20 599 038,24

Países Bajos

3 515 367 970

3 061 036 622

3 186 608 871,01

Austria

1 791 884 924

1 547 976 387

1 585 928 468,—

Polonia

1 732 916 168

1 459 688 124

882 539 153,06

Portugal

1 032 585 442

887 642 146

914 121 313,—

Eslovenia

211 671 888

177 370 426

116 577 096,46

Eslovaquia

284 691 693

236 641 760

149 999 429,40

Finlandia

1 165 906 419

1 004 703 856

1 019 244 883,01

Suecia

2 224 503 576

1 931 925 196

1 925 776 802,92

Reino Unido

13 809 714 827

11 438 436 206

12 017 353 448,51

Total de la partida 1 4 0 0

80 104 496 558

68 438 096 623

69 030 693 519,50

1 4 0 2   Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, que corresponden a la reserva para préstamos y garantía de préstamos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

229 000 000

223 000 000

183 525 964,54

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 2728/94 del Consejo, de 31 de octubre de 1994, por el que se crea un fondo de garantía relativo a las acciones exteriores (DO L 293 de 12.11.1994, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2273/2004 (DO L 396 de 31.12.2004, p. 28).

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1).

Reglamento (CE) no 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244 de 29.9.2000, p. 27).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra d), y su artículo 6.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, sus artículos 26 y 45.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

6 463 361

6 329 907

5 191 216,15

República Checa

2 055 039

1 933 602

986 342,33

Dinamarca

4 335 847

4 266 617

3 548 745,71

Alemania

47 118 080

46 800 697

39 866 353,15

Estonia

203 580

189 265

94 407,94

Grecia

3 912 221

3 733 875

3 024 731,85

España

18 597 705

17 793 797

14 408 780,23

Francia

36 381 544

35 732 646

29 607 160,49

Irlanda

2 926 486

2 786 571

2 167 803,51

Italia

29 857 965

29 279 021

24 509 067,63

Chipre

280 549

270 695

148 939,13

Letonia

268 409

247 035

119 896,11

Lituania

434 066

403 739

208 425,17

Luxemburgo

529 716

509 629

405 475,91

Hungría

1 872 509

1 774 366

944 068,44

Malta

94 692

92 844

54 706,78

Países Bajos

10 049 614

9 974 140

8 452 375,63

Austria

5 122 579

5 043 956

4 206 623,09

Polonia

4 954 002

4 756 276

2 346 027,37

Portugal

2 951 920

2 892 310

2 424 676,85

Eslovenia

605 120

577 947

308 740,23

Eslovaquia

813 867

771 078

397 701,30

Finlandia

3 333 053

3 273 746

2 703 513,44

Suecia

6 359 335

6 295 022

5 101 667,64

Reino Unido

39 478 741

37 271 219

32 298 518,46

Total de la partida 1 4 0 2

229 000 000

223 000 000

183 525 964,54

1 4 0 3   Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), y del artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, que corresponden a la reserva de ayuda de emergencia

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

229 000 000

223 000 000

0,—

Cuando la Comisión considera que es necesario recurrir a esta reserva, convoca una reunión tripartita lo antes posible para obtener el acuerdo de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria sobre la necesidad de recurrir a la misma y el importe necesario. La movilización de esta reserva se efectúa mediante transferencia a las líneas presupuestarias correspondientes.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004, de 16 de noviembre de 2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1).

Reglamento (CE) no 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244 de 29.9.2000, p. 27).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra d), y su artículo 6.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, sus artículos 26 y 45.

Actos de referencia

Conclusiones del Consejo Europeo de Edimburgo, de los días 11 y 12 de diciembre de 1992, acerca de la creación de una reserva de ayuda de emergencia.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

6 463 361

6 329 907

0,—

República Checa

2 055 039

1 933 602

0,—

Dinamarca

4 335 847

4 266 617

0,—

Alemania

47 118 080

46 800 697

0,—

Estonia

203 580

189 265

0,—

Grecia

3 912 221

3 733 875

0,—

España

18 597 705

17 793 797

0,—

Francia

36 381 544

35 732 646

0,—

Irlanda

2 926 486

2 786 571

0,—

Italia

29 857 965

29 279 021

0,—

Chipre

280 549

270 695

0,—

Letonia

268 409

247 035

0,—

Lituania

434 066

403 739

0,—

Luxemburgo

529 716

509 629

0,—

Hungría

1 872 509

1 774 366

0,—

Malta

94 692

92 844

0,—

Países Bajos

10 049 614

9 974 140

0,—

Austria

5 122 579

5 043 956

0,—

Polonia

4 954 002

4 756 276

0,—

Portugal

2 951 920

2 892 310

0,—

Eslovenia

605 120

577 947

0,—

Eslovaquia

813 867

771 078

0,—

Finlandia

3 333 053

3 273 746

0,—

Suecia

6 359 335

6 295 022

0,—

Reino Unido

39 478 741

37 271 219

0,—

Total de la partida 1 4 0 3

229 000 000

223 000 000

0,—

CAPÍTULO 1 5 —   CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS

1 5 0   Corrección de los desequilibrios presupuestarios concedida al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

0

0

– 149 254 635,46

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, sus artículos 4 y 5.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

276 481 607

253 499 702

259 270 268,01

República Checa

87 907 884

77 436 772

51 639 715,62

Dinamarca

185 473 457

170 869 224

177 144 332,22

Alemania

353 367 227

326 677 437

302 090 131,01

Estonia

8 708 506

7 579 685

4 929 650,95

Grecia

167 352 113

149 533 989

151 067 313,—

España

795 549 465

712 604 846

719 632 633,—

Francia

1 556 284 347

1 431 018 736

1 478 701 062,—

Irlanda

125 185 555

111 596 437

108 268 846,01

Italia

1 277 226 814

1 172 564 383

1 224 081 744,01

Chipre

12 000 958

10 840 761

7 772 756,73

Letonia

11 481 655

9 893 248

6 194 533,47

Lituania

18 567 925

16 168 908

10 883 292,59

Luxemburgo

22 659 522

20 409 608

20 251 088,—

Hungría

80 099 874

71 059 709

49 381 190,65

Malta

4 050 597

3 718 228

2 851 183,82

Países Bajos

75 368 185

69 621 326

56 217 262,01

Austria

38 417 348

35 207 736

27 978 506,01

Polonia

211 916 106

190 479 027

123 099 334,92

Portugal

126 273 555

115 831 053

121 098 145,—

Eslovenia

25 885 085

23 145 592

16 142 327,86

Eslovaquia

34 814 584

30 880 084

20 773 757,14

Finlandia

142 577 207

131 106 782

135 024 381,—

Suecia

47 692 531

43 940 406

33 934 085,12

Reino Unido

–5 685 342 107

–5 185 683 679

–5 257 682 175,61

Total del artículo 1 5 0

0

0

– 149 254 635,46

TÍTULO 3

EXCEDENTES, SALDOS Y AJUSTES

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 3 0

3 0 0

Excedente disponible del ejercicio anterior

p.m.

2 736 707 563

5 469 843 705,90

3 0 1

Excedente de recursos propios resultante de una transferencia de capítulos FEOGA, sección de Garantía

p.m.

p.m.

0,—

3 0 2

Excedente de recursos propios procedentes de la devolución del excedente del Fondo de Garantía relativo a las acciones exteriores

p.m.

525 961 402

223 160 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 0

p.m.

3 262 668 965

5 693 003 705,90

CAPÍTULO 3 1

3 1 0

Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1989 y siguientes

3 1 0 3

Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1989 y siguientes

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

 

Total del artículo 3 1 0

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 1

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

CAPÍTULO 3 2

3 2 0

Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 7, 8 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

3 2 0 3

Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 7, 8 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

 

Total del artículo 3 2 0

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 2

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

CAPÍTULO 3 3

3 3 0

Restituciones a Grecia, España y Portugal

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 3

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 3 4

3 4 0

Ajuste como consecuencia de la no participación de determinados Estados miembros en la política de justicia y asuntos de interior

p.m.

p.m.

–9 468,61

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 4

p.m.

p.m.

–9 468,61

CAPÍTULO 3 5

3 5 0

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2000 y ejercicios siguientes

3 5 0 0

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2000

1 275 616,45

3 5 0 1

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2001

 

0

 

3 5 0 2

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2002

p.m.

 

 

 

Total del artículo 3 5 0

p.m.

0

1 275 616,45

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 5

p.m.

0

1 275 616,45

 

Total del título 3

p.m.

5 713 984 737

5 694 872 994,11

CAPÍTULO 3 0 —

EXCEDENTE DISPONIBLE DEL EJERCICIO ANTERIOR

CAPÍTULO 3 1 —

SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Y DE LAS CONTRIBUCIONES FINANCIERAS, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, QUE RESULTA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10, APARTADOS 4, 5, 6 Y 9, DEL REGLAMENTO (CE, EURATOM) No 1150/2000

CAPÍTULO 3 2 —

SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS, BASADOS EN LA RENTA/PRODUCTO NACIONAL BRUTO, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, QUE RESULTA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10, APARTADOS 7 A 9, DEL REGLAMENTO (CE, EURATOM) No 1150/2000

CAPÍTULO 3 3 —

RESTITUCIONES A LOS ESTADOS MIEMBROS

CAPÍTULO 3 4 —

AJUSTE CORRESPONDIENTE A LA NO PARTICIPACIÓN DE ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS EN LA POLÍTICA DE JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR COMUNITARIOS

CAPÍTULO 3 5 —

RESULTADO DEL CÁLCULO DEFINITIVO DE LA FINANCIACIÓN DE LA CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS EN FAVOR DEL REINO UNIDO

CAPÍTULO 3 0 —   EXCEDENTE DISPONIBLE DEL EJERCICIO ANTERIOR

3 0 0   Excedente disponible del ejercicio anterior

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

2 736 707 563

5 469 843 705,90

Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento financiero, el saldo de cada ejercicio se consigna, según se trate de un excedente o de un déficit, en ingresos o en gastos en el presupuesto del ejercicio siguiente.

Las estimaciones apropiadas de los gastos o ingresos se consignan en el presupuesto durante el procedimiento presupuestario y, en su caso, mediante recurso al procedimiento de nota rectificativa presentada de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento financiero. Se establecen conforme a los principios del artículo 15 del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000.

Tras la entrega de las cuentas de cada ejercicio, la diferencia con respecto a las estimaciones se consigna en el presupuesto del ejercicio siguiente mediante un presupuesto rectificativo.

Se consigna un déficit en la partida 27 02 01 del Estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 7.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 15.

3 0 1   Excedente de recursos propios resultante de una transferencia de capítulos FEOGA, sección de Garantía

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244 de 29.9.2000, p. 27), y, en particular, su artículo 12.

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 7.

3 0 2   Excedente de recursos propios procedentes de la devolución del excedente del Fondo de Garantía relativo a las acciones exteriores

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

525 961 402

223 160 000,—

Este artículo se destina, de conformidad con las disposiciones del artículo 15 del Reglamento (CE) no 2040/2000 y del artículo 3 del Reglamento (CE, Euratom) no 2728/94, a recibir los posibles excedentes del Fondo de Garantía que superen su montante objetivo, cuando se alcance éste.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 2728/94 del Consejo, de 31 de octubre de 1994, por el que se crea un fondo de garantía relativo a las acciones exteriores (DO L 293 de 12.11.1994, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2273/2004 (DO L 396 de 31.12.2004, p. 28).

Reglamento (CE) no 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244 de 29.9.2000, p. 27).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 7.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 4, apartado 3.

CAPÍTULO 3 1 —   SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Y DE LAS CONTRIBUCIONES FINANCIERAS, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, QUE RESULTA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10, APARTADOS 4, 5, 6 Y 9, DEL REGLAMENTO (CE, EURATOM) No 1150/2000

3 1 0   Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1989 y siguientes

3 1 0 3   Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1989 y siguientes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1), y, en particular, su artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9,.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

23 921 370

406 551,36

República Checa

p.m.

2 388 058

0,—

Dinamarca

p.m.

1 422 690

–13 996 122,54

Alemania

p.m.

– 144 808 762

– 186 549 507,15

Estonia

p.m.

648 906

0,—

Grecia

p.m.

4 782 270

2 243 629,84

España

p.m.

276 149 526

31 664 372,59

Francia

p.m.

83 894 151

–27 316 694,30

Irlanda

p.m.

19 793 222

5 626 879,49

Italia

p.m.

75 452 340

427 831 859,70

Chipre

p.m.

–30 155

0,—

Letonia

p.m.

469 857

0,—

Lituania

p.m.

– 591 918

0,—

Luxemburgo

p.m.

– 668 442

3 721 948,84

Hungría

p.m.

–9 399 469

0,—

Malta

p.m.

– 233 867

0,—

Países Bajos

p.m.

24 369 115

3 455 351,07

Austria

p.m.

–6 270 054

–69 647 150,89

Polonia

p.m.

2 002 510

0,—

Portugal

p.m.

65 792 863

–8 005 646,47

Eslovenia

p.m.

358 390

0,—

Eslovaquia

p.m.

–3 509 596

0,—

Finlandia

p.m.

274 339

12 265 919,04

Suecia

p.m.

–44 540 078

15 350 179,55

Reino Unido

p.m.

28 345 292

35 765 519,—

Total de la partida 3 1 0 3

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

CAPÍTULO 3 2 —   SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS, BASADOS EN LA RENTA/PRODUCTO NACIONAL BRUTO, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, QUE RESULTA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10, APARTADOS 7 A 9, DEL REGLAMENTO (CE, EURATOM) No 1150/2000

3 2 0   Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 7, 8 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

3 2 0 3   Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 7, 8 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1), y, en particular, su artículo 10, apartados 7, 8 y 9.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

53 532 433

13 038 744,18

República Checa

p.m.

11 116 828

0,—

Dinamarca

p.m.

–20 499 980

–28 607 505,22

Alemania

p.m.

– 238 851 901

– 231 861 711,01

Estonia

p.m.

3 020 772

0,—

Grecia

p.m.

25 320 481

5 057 761,27

España

p.m.

603 226 828

64 368 193,89

Francia

p.m.

442 609 402

–41 918 652,39

Irlanda

p.m.

66 587 800

14 240 866,94

Italia

p.m.

88 842 148

–7 216 730,62

Chipre

p.m.

– 140 377

0,—

Letonia

p.m.

5 841 756

0,—

Lituania

p.m.

2 710 666

0,—

Luxemburgo

p.m.

–3 111 715

8 741 259,21

Hungría

p.m.

–1 852 157

0,—

Malta

p.m.

–1 088 693

0,—

Países Bajos

p.m.

582 399 268

–16 556 559,8

Austria

p.m.

37 746 577

6 740 785,58

Polonia

p.m.

16 268 096

0,—

Portugal

p.m.

135 846 811

–14 506 255,57

Eslovenia

p.m.

1 668 371

0,—

Eslovaquia

p.m.

2 595 407

0,—

Finlandia

p.m.

4 635 321

–9 847 904,06

Suecia

p.m.

31 934 284

28 791 724,—

Reino Unido

p.m.

200 944 788

–22 677 965,16

Total de la partida 3 2 0 3

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

CAPÍTULO 3 3 —   RESTITUCIONES A LOS ESTADOS MIEMBROS

3 3 0   Restituciones a Grecia, España y Portugal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

El artículo 127 del Acta de adhesión de Grecia preveía que, durante el período transitorio de 1981 a 1985, se restituiría a Grecia un porcentaje decreciente de las contribuciones financieras basadas en el producto nacional bruto o de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido ingresadas en el presupuesto general por Grecia.

Únicamente algunas correcciones a los saldos «impuesto sobre el valor añadido» de los ejercicios 1981 a 1985 consignados en el capítulo 3 1 pueden entrañar algún ajuste de las contribuciones financieras aportadas por Grecia.

Los artículos 187 y 374 del Acta de adhesión de España y de Portugal preveían que, durante el período transitorio de 1986 a 1991, se restituiría a España y a Portugal un porcentaje decreciente de los desembolsos realizados por dichos países en concepto de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido o de las contribuciones financieras basadas en el producto nacional bruto, a excepción de su cuota en la financiación de la deducción a favor del Reino Unido.

A partir del ejercicio 1988, España y Portugal se benefician igualmente de una restitución de un porcentaje de su desembolso en concepto de recurso comunitario y de cuota en la financiación de la deducción a favor del Reino Unido.

Únicamente los ajustes de las bases «impuesto sobre el valor añadido» y «producto nacional bruto» de los ejercicios 1986 a 1991 consignados en los capítulos 3 1 y 3 2 pueden entrañar restituciones positivas o negativas a favor de España y de Portugal.

Bases jurídicas

Decisión 94/728/CE, Euratom del Consejo, de 31 de octubre de 1994, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 293 de 12.11.1994, p. 9), y, en particular, su artículo 9.

Actos de referencia

Acta de 28 de mayo de 1979 relativa a las condiciones de adhesión de la República Helénica y a las adaptaciones de los Tratados (DO L 291 de 19.11.1979, p. 17).

Acta de 12 de junio de 1985 relativa a las condiciones de adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados (DO L 302 de 15.11.1985, p. 23).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Grecia

p.m.

p.m.

0,—

España

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

0,—

Total del artículo 3 3 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 3 4 —   AJUSTE CORRESPONDIENTE A LA NO PARTICIPACIÓN DE ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS EN LA POLÍTICA DE JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR COMUNITARIOS

3 4 0   Ajuste como consecuencia de la no participación de determinados Estados miembros en la política de justicia y asuntos de interior

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

–9 468,61

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 del Consejo, de 16 de noviembre de 2004 (DO L 352, 27.11.2004, p. 1), y, en especial, el artículo 1, apartado 6, por el que se inserta el artículo 10 bis en el Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2004.

Actos de referencia

Protocolo para Dinamarca y Protocolo para el Reino Unido e Irlanda relativos a la política de justicia y asuntos de interior anexos al Tratado de Amsterdam, y, en particular, sus artículos 3 y 5, respectivamente.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

p.m.

22 303,59

República Checa

p.m.

p.m.

0,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

– 745 862,02

Alemania

p.m.

p.m.

171 634,94

Estonia

p.m.

p.m.

0,—

Grecia

p.m.

p.m.

12 429,72

España

p.m.

p.m.

59 682,43

Francia

p.m.

p.m.

126 672,52

Irlanda

p.m.

p.m.

9 185,42

Italia

p.m.

p.m.

104 501,48

Chipre

p.m.

p.m.

0,—

Letonia

p.m.

p.m.

0,—

Lituania

p.m.

p.m.

0,—

Luxemburgo

p.m.

p.m.

1 724,37

Hungría

p.m.

p.m.

0,—

Malta

p.m.

p.m.

0,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

36 353,81

Austria

p.m.

p.m.

17 984,74

Polonia

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

10 419,58

Eslovenia

p.m.

p.m.

0,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0,—

Finlandia

p.m.

p.m.

11 527,32

Suecia

p.m.

p.m.

22 168,03

Reino Unido

p.m.

p.m.

129 805,46

Total del artículo 3 4 0

p.m.

p.m.

–9 468,61

CAPÍTULO 3 5 —   RESULTADO DEL CÁLCULO DEFINITIVO DE LA FINANCIACIÓN DE LA CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS EN FAVOR DEL REINO UNIDO

3 5 0   Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2000 y ejercicios siguientes

3 5 0 0   Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2000

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 275 616,45

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2000.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

–3 078 908,—

República Checa

0,—

Dinamarca

–16 315 160,07

Alemania

49 233 892,—

Estonia

0,—

Grecia

–1 603 327,—

España

–3 468 605,—

Francia

16 635 782,—

Irlanda

–1 552 469,—

Italia

–4 564 420,—

Chipre

0,—

Letonia

0,—

Lituania

0,—

Luxemburgo

– 233 413,—

Hungría

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

–9 171 563,—

Austria

–2 610 155,—

Polonia

0,—

Portugal

–1 401 699,—

Eslovenia

0,—

Eslovaquia

0,—

Finlandia

–2 235 647,—

Suecia

–3 968 528,94

Reino Unido

–14 390 162,54

Total de la partida 3 5 0 0

1 275 616,45

3 5 0 1   Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2001

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

 

0

 

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2001.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

 

–25 912 108

 

República Checa

 

 

Dinamarca

 

–22 231 358

 

Alemania

 

43 247 740

 

Estonia

 

 

Grecia

 

–7 296 005

 

España

 

–27 475 803

 

Francia

 

–1 102 158

 

Irlanda

 

–4 635 083

 

Italia

 

–64 555 999

 

Chipre

 

 

Letonia

 

 

Lituania

 

 

Luxemburgo

 

– 530 540

 

Hungría

 

 

Malta

 

 

Países Bajos

 

–14 562 204

 

Austria

 

5 119 497

 

Polonia

 

 

Portugal

 

–5 879 918

 

Eslovenia

 

 

Eslovaquia

 

 

Finlandia

 

–4 450 593

 

Suecia

 

–3 028 769

 

Reino Unido

 

133 293 301

 

Total de la partida 3 5 0 1

 

0

 

3 5 0 2   Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2002

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

 

 

Nueva partida

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2002.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

 

 

República Checa

 

 

Dinamarca

p.m.

 

 

Alemania

p.m.

 

 

Estonia

 

 

Grecia

p.m.

 

 

España

p.m.

 

 

Francia

p.m.

 

 

Irlanda

p.m.

 

 

Italia

p.m.

 

 

Chipre

 

 

Letonia

 

 

Lituania

 

 

Luxemburgo

p.m.

 

 

Hungría

 

 

Malta

 

 

Países Bajos

p.m.

 

 

Austria

p.m.

 

 

Polonia

 

 

Portugal

p.m.

 

 

Eslovenia

 

 

Eslovaquia

 

 

Finlandia

p.m.

 

 

Suecia

p.m.

 

 

Reino Unido

p.m.

 

 

Total de la partida 3 5 0 2

p.m.

 

 

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE PERSONAS VINCULADAS CON LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios, de los demás agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

578 702 746

462 092 052

408 019 115,56

4 0 3

Producto de la contribución temporal aplicada a las remuneraciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y otros agentes en activo

p.m.

p.m.

1 627 939,14

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

28 427 082

23 733 603

19 167 565,79

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

607 129 828

485 825 655

428 814 620,49

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

353 685 166

238 061 244

218 157 019,60

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

63 493 513

65 097 000

108 184 313,43

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

105 000

100 000

52 553,46

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

417 283 679

303 258 244

326 393 886,49

CAPÍTULO 4 2

4 2 0

Contribución patronal de los organismos descentralizados al régimen de pensiones

9 105 133

7 931 460

6 526 948,10

4 2 1

Contribución de los miembros del Parlamento a un régimen de pensión de jubilación

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 2

10 491 133

9 376 460

7 777 113,10

 

Total del título 4

1 034 904 640

798 460 359

762 985 620,08

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 2 —

OTRAS CONTRIBUCIONES A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

4 0 0   Producto del impuesto sobre sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios, de los demás agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

578 702 746

462 092 052

408 019 115,56

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Protocolo sobre privilegios e inmunidades de las Comunidades y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, así como del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2778/98 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 1860/76 del Consejo, de 29 de junio de 1976, por el que se fija el régimen aplicable al personal de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (DO L 214 de 6.8.1976, p. 24), modificado en último lugar por el Reglamento (Euratom, CECA, CEE) no 680/87 (DO L 72 de 14.3.1987, p. 15).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26)

Parlamento

 

42 788 413

Consejo

 

25 107 000

Comisión

 

440 174 648

— administración

(369 329 000)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(44 711 000)

 

— Agencia Comunitaria de Control de la Pesca

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA)

(p.m.)

 

— Organismo europeo para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Reconstrucción

(1 236 747)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea

(1 018 792)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(246 201)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima

(745 909)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente

(767 834)

 

— Autoridad Europea de Medicamentos

(2 986 480)

 

— Agencia ejecutiva de energía inteligente

(p.m.)

 

— Agencia Ferroviaria Europea

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

(966 170)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

(878 544)

 

— Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(565 881)

 

— Escuela Europea de Policía

(p.m.)

 

— Eurojust

(269 901)

 

— Fundación Europea de Formación

(753 594)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

(596 960)

 

— Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(494 272)

 

— Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

(176 012)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

(249 894)

 

— Agencia ejecutiva de educación y cultura

(729 000)

 

— Agencia ejecutiva para el programa de salud pública

(74 000)

 

— Órgano de Vigilancia de Galileo

(p.m.)

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales

(1 226 000)

 

— Oficina de Armonización del Mercado Interior

(2 951 457)

 

— Oficina Europea de Selección de Personal

(510 000)

 

— Oficina de Publicaciones

(2 823 000)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

(2 621 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Bruselas

(2 318 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Luxemburgo

(929 000)

 

Tribunal de Justicia

 

17 762 000

Tribunal de Cuentas

 

7 876 000

Comité Económico y Social Europeo

 

4 446 817

Comité de las Regiones

 

2 401 342

Defensor del Pueblo Europeo

 

495 526

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

311 000

Banco Europeo de Inversiones

 

25 800 000

Banco Central Europeo

 

10 800 000

Fondo Europeo de Inversiones

 

740 000

 

Total

578 702 746

4 0 3   Producto de la contribución temporal aplicada a las remuneraciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y otros agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

1 627 939,14

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Reglamento no 422/67/CEE, 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, así como del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión:

 

p.m.

— funcionamiento

(p.m.)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Reconstrucción

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea

(p.m.)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Medicamentos

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

(p.m.)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(p.m.)

 

— Eurojust

(p.m.)

 

— Fundación Europea de Formación

(p.m.)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

(p.m.)

 

— Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(p.m.)

 

— Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

(p.m.)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

(p.m.)

 

— Oficina liquidadora

(p.m.)

 

— Oficina de Armonización del Mercado Interior

(p.m.)

 

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas

(p.m.)

 

— Oficina de Publicaciones

(p.m.)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

(p.m.)

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas

(p.m.)

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo

(p.m.)

 

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

28 427 082

23 733 603

19 167 565,79

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Reglamento no 422/67/CEE, 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, así como del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

Parlamento

 

3 219 786

Consejo

 

1 043 000

Comisión:

 

21 287 998

— administración

(15 883 000)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(3 281 000)

 

— Agencia Comunitaria de Control de la Pesca

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información

(p.m.)

 

— Organismo europeo para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Reconstrucción

(26 098)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea

(76 716)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(22 397)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima

(51 071)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente

(54 085)

 

— Agencia Europea de Medicamentos

(163 312)

 

— Agencia ejecutiva de energía inteligente

(p.m.)

 

— Agencia Ferroviaria Europea

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Medicamentos

(77 951)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

(74 609)

 

— Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(43 114)

 

— Escuela Europea de Policía

(p.m.)

 

— Eurojust

(13 449)

 

— Fundación Europea de Formación

(56 115)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

(43 795)

 

— Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(48 030)

 

— Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

(13 253)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

(13 968)

 

— Agencia ejecutiva de educación y cultura

(34 000)

 

— Agencia ejecutiva para el programa de salud pública

(3 000)

 

— Órgano de Vigilancia de Galileo

(p.m.)

 

— Oficina liquidadora

(98 000)

 

— Oficina de Armonización del Mercado Interior

(441 035)

 

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas

(39 000)

 

— Oficina de Publicaciones

(255 000)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

(221 000)

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas

(186 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Luxemburgo

(69 000)

 

Tribunal de Justicia

 

1 315 000

Tribunal de Cuentas

 

830 000

Comité Económico y Social Europeo

 

449 935

Comité de las Regiones

 

244 280

Defensor del Pueblo Europeo

 

26 083

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

11 000

 

Total

28 427 082

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

353 685 166

238 061 244

218 157 019,60

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 1860/76 del Consejo, de 29 de junio de 1976, por el que se fija el régimen aplicable al personal de la Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y de trabajo (DO L 214 de 6.8.1976, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (Euratom, CECA, CEE) no 680/87 (DO L 72 de 14.3.1987, p. 15).

Parlamento

 

44 382 924

Consejo

 

22 904 000

Comisión

 

263 617 840

— administración

(198 785 000)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(36 839 000)

 

— Agencia Comunitaria de Control de la Pesca

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA)

(p.m.)

 

— Organismo europeo para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Reconstrucción

(999 412)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea

(703 004)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(227 055)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima

(511 251)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente

(432 361)

 

— Agencia Europea de Medicamentos

(1 936 845)

 

— Agencia ejecutiva de energía inteligente

(p.m.)

 

— Agencia Ferroviaria Europea

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Medicamentos

(817 269)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

(907 871)

 

— Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(554 681)

 

— Escuela Europea de Policía

(p.m.)

 

— Eurojust

(273 277)

 

— Fundación Europea de Formación

(633 708)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

(534 885)

 

— Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(495 033)

 

— Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

(166 531)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

(192 589)

 

— Agencia ejecutiva de educación y cultura

(567 000)

 

— Agencia ejecutiva para el programa de salud pública

(58 000)

 

— Órgano de Vigilancia de Galileo

(p.m.)

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales

(2 109 000)

 

— Oficina de Armonización del Mercado Interior

(3 322 068)

 

— Oficina Europea de Selección de Personal

(814 000)

 

— Oficina de Publicaciones

(3 927 000)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

(2 639 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Bruselas

(3 888 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Luxemburgo

(1 284 000)

 

Tribunal de Justicia

 

10 895 000

Tribunal de Cuentas

 

5 180 000

Comité Económico y Social Europeo

 

3 798 876

Comité de las Regiones

 

2 405 535

Defensor del Pueblo Europeo

 

301 991

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

199 000

 

Total

353 685 166

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

63 493 513

65 097 000

108 184 313,43

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Parlamento

 

5 743 513

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

57 000 000

Tribunal de Justicia

 

250 000

Tribunal de Cuentas

 

500 000

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

63 493 513

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

105 000

100 000

52 553,46

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Parlamento

 

5 000

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

100 000

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

105 000

CAPÍTULO 4 2 —   OTRAS CONTRIBUCIONES A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 2 0   Contribución patronal de los organismos descentralizados al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

9 105 133

7 931 460

6 526 948,10

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

4 2 1   Contribución de los miembros del Parlamento a un régimen de pensión de jubilación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo III.

Parlamento

 

1 386 000

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Producto de la venta del material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

18 000,—

5 0 0 1

Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

10 500,—

5 0 0 2

Ingresos resultantes de suministros efectuados para otras instituciones u organismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

28 500,—

5 0 1

Producto de la venta de bienes inmuebles

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

241 000

306 000

10 570 970,50

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

241 000

306 000

10 599 470,50

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

15 918 150,44

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

161 611,63

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

16 079 762,07

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

16 079 762,07

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de las instituciones

7 289 000

7 429 000

7 966 478,88

5 2 1

Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de los organismos subvencionados, transferido a la Comisión

20 000 000

10 000 000

18 592 139,84

5 2 2

Intereses obtenidos de prefinanciaciones

50 000 000

35 000 000

33 221 740,11

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

77 289 000

52 429 000

59 780 358,83

CAPÍTULO 5 4

5 4 0

Ingresos que dan lugar a nueva utilización (artículo 27 del Reglamento financiero) no utilizados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 4

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y trabajos efectuados en favor de otras Instituciones u organismos, incluidas las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras Instituciones u organismos y reembolsadas por los mismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios o trabajos efectuadas a instancia suya — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

 

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

5 7 1

Ingresos con destino determinado, tales como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

5 7 2

Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

1 000 000

1 000 000

93 565 447,83

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

1 000 000

1 000 000

93 565 447,83

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

5 8 1

Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

35 276,—

5 8 3

Ingresos procedentes de indemnizaciones diversas — Ingresos afectados

796 627,06

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

831 903,06

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

100 000

300 000

64 416,63

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

100 000

300 000

64 416,63

 

Total del título 5

78 630 000

54 035 000

180 921 358,92

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTO DE LOS FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS Y OTROS INTERESES

CAPÍTULO 5 4 —

INGRESOS QUE DAN LUGAR A NUEVA UTILIZACIÓN (ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO FINANCIERO) NO UTILIZADOS

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y TRABAJOS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0   Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Producto de la venta del material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

18 000,—

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de la venta o readquisición de material de transporte perteneciente a la institución.

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 0 1   Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

10 500,—

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de la venta o readquisición des bienes muebles pertenecientes a la institución y distintos del material de transporte.

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 0 2   Ingresos resultantes de suministros efectuados para otras instituciones u organismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra g), del artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 1   Producto de la venta de bienes inmuebles

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles pertenecientes a la institución.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

241 000

306 000

10 570 970,50

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra j), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en soporte electrónico.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

150 000

Comité Económico y Social Europeo

 

91 000

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

241 000

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0   Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 1 1   Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0   Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

15 918 150,44

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

161 611,63

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTO DE LOS FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS Y OTROS INTERESES

5 2 0   Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de las instituciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

7 289 000

7 429 000

7 966 478,88

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de fondos invertidos o en préstamo, los intereses bancarios, etc., percibidos en las cuentas de las instituciones.

Parlamento

 

1 500 000

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

5 500 000

Tribunal de Justicia

 

125 000

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

64 000

Comité de las Regiones

 

100 000

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

7 289 000

5 2 1   Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de los organismos subvencionados, transferido a la Comisión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

20 000 000

10 000 000

18 592 139,84

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de fondos invertidos o en préstamo, los intereses bancarios, etc., percibidos en las cuentas de los organismos subvencionados y abonados a la Comisión.

Comisión

 

20 000 000

5 2 2   Intereses obtenidos de prefinanciaciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

50 000 000

35 000 000

33 221 740,11

Este artículo se destina a acoger los ingresos procedentes de intereses producidos por prefinanciaciones.

Comisión

 

50 000 000

CAPÍTULO 5 4 —   INGRESOS QUE DAN LUGAR A NUEVA UTILIZACIÓN (ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO FINANCIERO) NO UTILIZADOS

5 4 0   Ingresos que dan lugar a nueva utilización (artículo 27 del Reglamento financiero) no utilizados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Estos gastos corresponden a operaciones que en 2003 siguen rigiéndose por las disposiciones del artículo 27 del Reglamento financiero, de 21 de diciembre de 1977, aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 356 de 31.12.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 762/2001 (DO L 111 de 20.4.2001, p. 1).

Dicho artículo establece, en efecto, que las operaciones de nueva utilización deben realizarse antes de que finalice el ejercicio siguiente a aquél durante el cual se haya percibido el ingreso. Los ingresos que puedan dar lugar a nueva utilización y que no se hayan utilizado en el plazo previsto se consignan en este artículo.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

 

Total

p.m.

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y TRABAJOS

5 5 0   Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y trabajos efectuados en favor de otras Instituciones u organismos, incluidas las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras Instituciones u organismos y reembolsadas por los mismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra g), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios o trabajos efectuadas a instancia suya — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra f), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 7 1   Ingresos con destino determinado, tales como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra c), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 7 2   Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a acoger los ingresos ligados al reembolso de los gastos sociales realizados por cuenta de otra institución.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 000 000

1 000 000

93 565 447,83

Conforme al artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

1 000 000

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

1 000 000

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra i), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 8 1   Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

35 276,—

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra h), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo el reembolso por los seguros de remuneraciones de funcionarios debido a accidentes (antiguo artículo 9 0 4 del Parlamento Europeo)

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 8 3   Ingresos procedentes de indemnizaciones diversas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

796 627,06

Ejecución del antiguo artículo 5 8 0.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

100 000

300 000

64 416,63

Este artículo se destina a acoger otros ingresos procedentes de la gestión administrativa.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

100 000

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

100 000

TÍTULO 6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 6 0

6 0 1

Programas diversos de investigación

6 0 1 1

Acuerdos de cooperación Suiza-Euratom sobre fusión termonuclear controlada y física de plasmas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 0 1 2

Acuerdos europeos para el desarrollo de la fusión (EFDA) — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

7 577 016,—

6 0 1 3

Acuerdos de cooperación con terceros Estados en el marco de los programas comunitarios de investigación — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

186 385 425,76

6 0 1 4

Acuerdos de cooperación con terceros Estados en el marco de los programas comunitarios en el sector industrial — Ingresos afectados

p.m.

0,—

6 0 1 5

Acuerdos de cooperación con organismos de terceros Estados en el marco de proyectos científicos y tecnológicos de interés comunitario (Eureka y otros) — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

15 900,—

6 0 1 6

Acuerdos de cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 0 1

p.m.

p.m.

193 978 341,76

6 0 2

Otros programas

6 0 2 1

Ingresos diversos asignados a las acciones relativas a la ayuda humanitaria — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 0 2

p.m.

p.m.

0,—

6 0 3

Acuerdos de asociación entre las Comunidades y terceros países

6 0 3 1

Ingresos procedentes de la participación de los países candidatos a los programas comunitarios — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

153 053 195,86

6 0 3 2

Ingresos procedentes de la participación de terceros en acuerdos de cooperación aduanera — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

227 103,20

6 0 3 3

Participación de terceros en actividades comunitarias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 0 3

p.m.

p.m.

153 280 299,06

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 0

p.m.

p.m.

347 258 640,82

CAPÍTULO 6 1

6 1 1

Reembolso de gastos realizados por cuenta de uno o varios Estados miembros

6 1 1 3

Ingresos procedentes de la colocación de los haberes procedentes de la Decisión de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 27 de febrero de 2002, sobre las consecuencias financieras de la expiración del Tratado CECA y al Fondo de Investigación del Carbón y del Acero — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

49 696 280,—

6 1 1 4

Ingresos procedentes de cobros en el marco del Programa de Investigación del Carbón y del Acero

p.m.

p.m.

 

 

Total del artículo 6 1 1

p.m.

p.m.

49 696 280,—

6 1 2

Reembolso de los gastos derivados de la ejecución de trabajos por encargo remunerados — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 3

Sumas recuperadas de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CE) no 1258/1999

p.m.

p.m.

0,—

6 1 4

Reembolso de ayudas comunitarias concedidas a proyectos y acciones en caso de éxito comercial

6 1 4 0

Reembolso de la ayuda comunitaria concedida a proyectos y acciones en el sector de las nuevas tecnologías energéticas con éxito comercial — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 4 1

Reembolso de la ayuda comunitaria en el ámbito de la informática en caso de éxito comercial

p.m.

0,—

6 1 4 3

Reembolso de subvenciones concedidas en el marco de una actividad europea de capital de riesgo en favor de las pequeñas y medianas empresas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

1 717 880,78

 

Total del artículo 6 1 4

p.m.

p.m.

1 717 880,78

6 1 5

Reembolso de ayudas comunitarias no utilizadas

6 1 5 0

Reembolso de ayudas no utilizadas del Fondo Social Europeo, del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola

p.m.

334 000 000

155 091 159,25

6 1 5 1

Reembolso de subvenciones de equilibrio presupuestario no utilizadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 5 2

Reembolso de bonificaciones de intereses no utilizadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 5 3

Reembolso de importes no utilizados en el marco de contratos celebrados por la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

39 540,51

6 1 5 7

Devolución de anticipos en el marco de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión

p.m.

26 000 000

210 342 163,41

6 1 5 8

Reembolso de ayudas comunitarias diversas no utilizadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

13 681 405,32

 

Total del artículo 6 1 5

p.m.

360 000 000

379 154 268,49

6 1 6

Reembolso de los gastos realizados por cuenta del Organismo Internacional de la Energía Atómica — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 7

Reembolso de importes abonados en el marco de la ayuda comunitaria a terceros países

6 1 7 0

Reembolsos efectuados en el marco de la cooperación con Sudáfrica — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

7 405 015,09

 

Total del artículo 6 1 7

p.m.

p.m.

7 405 015,09

6 1 8

Reembolso de cantidades entregadas en concepto de ayuda alimentaria

6 1 8 0

Reembolso por los adjudicatarios o beneficiarios de las cantidades en concepto de ayuda alimentaria percibidas en exceso — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 8 1

Reembolso de los gastos suplementarios ocasionados por los beneficiarios de la ayuda alimentaria — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

69 418,89

 

Total del artículo 6 1 8

p.m.

p.m.

69 418,89

6 1 9

Otros reembolsos de gastos realizados por cuenta de terceros

6 1 9 1

Otros reembolsos de gastos realizados por cuenta de terceros en el marco de la Decisión 94/179/Euratom del Consejo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 1 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 1

p.m.

360 000 000

438 042 863,25

CAPÍTULO 6 2

6 2 0

Suministro a título oneroso de materiales básicos o materiales de fisión especiales [artículo 6, letra b), del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica] — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 2 2

Ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso

6 2 2 1

Ingresos procedentes de la explotación del HFR que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

30 899 228,40

6 2 2 2

Otros ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso destinados al reembolso de créditos consignados en el estado de gastos — Ingresos afectados

p.m.

0,—

6 2 2 3

Otros ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

7 234 623,85

6 2 2 4

Ingresos por permisos concedidos por la Comisión sobre inventos, patentables o no, que sean resultado de la investigación comunitaria llevada a cabo por el Centro Común de Investigación — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

196 032,41

6 2 2 5

Ingresos varios en beneficio del Centro Común de Investigación — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 2 2 6

Ingresos de servicios prestados por el Centro Común de Investigación a otros servicios de la Comisión sobre una base competitiva, con producción de créditos adicionales — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

21 205 859,10

 

Total del artículo 6 2 2

p.m.

p.m.

59 535 743,76

6 2 4

Ingresos por permisos concedidos por la Comisión sobre inventos, patentables o no, que sean resultado de la investigación comunitaria (acciones indirectas) — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 2

p.m.

p.m.

59 535 743,76

CAPÍTULO 6 3

6 3 0

Contribuciones de los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio en el marco del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

108 746 011,—

6 3 1

Contribuciones en el marco del acervo de Schengen

6 3 1 1

Contribuciones a los gastos administrativos derivados del Acuerdo celebrado con Islandia y Noruega — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 3 1 2

Contribuciones para el desarrollo de sistemas informáticos a gran escala en el marco del acuerdo celebrado con Islandia, Noruega y Suiza — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 3 1 3

Otras contribuciones en el marco del acervo de Schengen (Islandia, Noruega y Suiza) — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

33 522,42

 

Total del artículo 6 3 1

p.m.

p.m.

33 522,42

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 3

p.m.

p.m.

108 779 533,42

CAPÍTULO 6 5

6 5 0

Correcciones financieras

6 5 0 0

Correcciones financieras en el marco de los Fondos estructurales

p.m.

p.m.

25 917 928,—

 

Total del artículo 6 5 0

p.m.

p.m.

25 917 928,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 5

p.m.

p.m.

25 917 928,—

CAPÍTULO 6 6

6 6 0

Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0

Otras contribuciones y restituciones asignadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

283 156 053,49

6 6 0 1

Otras contribuciones y restituciones no asignadas

15 000 000

p.m.

13 175 177,37

 

Total del artículo 6 6 0

15 000 000

p.m.

296 331 230,86

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 6

15 000 000

p.m.

296 331 230,86

 

Total del título 6

15 000 000

360 000 000

1 275 865 940,11

CAPÍTULO 6 0 —

CONTRIBUCIONES A LOS PROGRAMAS COMUNITARIOS

CAPÍTULO 6 1 —

REEMBOLSO DE GASTOS DIVERSOS

CAPÍTULO 6 2 —

INGRESOS POR SERVICIOS PRESTADOS A TÍTULO ONEROSO

CAPÍTULO 6 3 —

CONTRIBUCIONES EN EL MARCO DE ACUERDOS ESPECÍFICOS

CAPÍTULO 6 5 —

CORRECCIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO 6 6 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

CAPÍTULO 6 0 —   CONTRIBUCIONES A LOS PROGRAMAS COMUNITARIOS

6 0 1   Programas diversos de investigación

6 0 1 1   Acuerdos de cooperación Suiza-Euratom sobre fusión termonuclear controlada y física de plasmas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Ingresos procedentes de acuerdos de cooperación entre Suiza y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, del de 14 de septiembre de 1978.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios en el artículo 08 12 03 (acción indirecta) del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en función de los gastos por cubrir.

6 0 1 2   Acuerdos europeos para el desarrollo de la fusión (EFDA) — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

7 577 016,—

Ingresos resultantes de los acuerdos multilaterales EFDA entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus dieciocho países asociados para la fusión y, en particular, el de 30 de marzo de 1999.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios en el artículo 08 12 03 (acción indirecta) del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en función de los gastos por cubrir.

Tales ingresos se destinan a cubrir la contribución de los países asociados a la financiación de los gastos del Fondo Común (Joint Fund) resultante de la utilización de las estructuras de JET en el marco de la EFDA.

6 0 1 3   Acuerdos de cooperación con terceros Estados en el marco de los programas comunitarios de investigación — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

186 385 425,76

Ingresos procedentes de los acuerdos de cooperación celebrados entre la Comunidad y terceros Estados, en particular los que participen en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y técnica (COST), con el fin de asociarlos a programas comunitarios de investigación.

Toda contribución eventual se destinará a cubrir gastos de reunión, contratos de expertos y contratos de investigación en el marco de los programas considerados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 06 06 04, 08 12 03, 09 04 04, 11 05 02, la partida 02 02 02 03 (acción indirecta), y los artículos 10 02 05 y 10 03 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en función de los gastos por cubrir.

Bases jurídicas

Decisión 2004/112/CE, Euratom del Consejo y de la Comisión, de 22 de diciembre de 2003, relativa a la firma en nombre de la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre, por una parte, la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, por otra, la Confederación Suiza (DO L 32 de 5.2.2004, p. 22).

Decisión 2004/576/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación científica y técnica entre la Comunidad Europea y el Estado de Israel (DO L 261 de 6.8.2004, p. 47).

Actos de referencia

Resolución de los Ministros de los Estados participantes en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica (COST), firmada en Viena el 21 de noviembre de 1991 (DO C 333 de 24.12.1991, p. 1).

6 0 1 4   Acuerdos de cooperación con terceros Estados en el marco de los programas comunitarios en el sector industrial — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

0,—

Ingresos resultantes de los Acuerdos de cooperación celebrados entre la Comunidad y terceros Estados europeos, en particular los que participan en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica, con el fin de asociarlos a programas comunitarios de investigación.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Actos de referencia

Resolución de los Ministros de los Estados participantes en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica (COST), firmada en Viena el 21 de noviembre de 1991 (DO C 333 de 24.12.1991, p. 1).

6 0 1 5   Acuerdos de cooperación con organismos de terceros Estados en el marco de proyectos científicos y tecnológicos de interés comunitario (Eureka y otros) — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

15 900,—

Ingresos procedentes de los Acuerdos de cooperación con organismos de terceros Estados en el marco de proyectos científicos y tecnológicos de interés comunitario (Eureka y otros).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en la partida 02 02 02 03 y en los artículos 08 12 03, 09 04 04 y 11 05 02 (acciones indirectas) del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

6 0 1 6   Acuerdos de cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Ingresos aportados por los Estados que participan en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica y destinados a cubrir los gastos consignados en el título 08, en los capítulos 06 06, 09 04 y 11 05 y en los artículos 02 02 02 y 02 04 01 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en la partida 02 02 02 03 y en los artículos 06 06 04, 08 12 03, 09 04 04 y 11 05 02 (acciones indirectas) del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Actos de referencia

Resolución de los Ministros de los Estados participantes en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica (COST), firmada en Viena el 21 de noviembre de 1991 (DO C 333 de 24.12.1991, p. 1).

6 0 2   Otros programas

6 0 2 1   Ingresos diversos asignados a las acciones relativas a la ayuda humanitaria — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Posibles participaciones de terceros en acciones relativas a la ayuda humanitaria.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios en el título 23 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

6 0 3   Acuerdos de asociación entre las Comunidades y terceros países

6 0 3 1   Ingresos procedentes de la participación de los países candidatos a los programas comunitarios — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

153 053 195,86

Ingresos procedentes de los Acuerdos de asociación celebrados entre la Comunidad y los países anteriormente mencionados con vistas a su participación en diversos programas comunitarios. Los ingresos eventuales procedentes de países que ya son Estados miembros se refieren a operaciones anteriores.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a los que se asignan dichos ingresos.

Actos de referencia

Acuerdo Europeo, de 23 de diciembre de 1963, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Turquía, por otra (DO 217 de 29.12.1964, p. 3687/64).

Acuerdo Europeo, de 1 de marzo de 1971, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Malta, por otra (DO L 61 de 14.3.1971, p. 1).

Acuerdo Europeo, de 14 de mayo de 1973, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chipre, por otra (DO L 133 de 21.5.1973, p. 1).

Acuerdo Europeo, de 16 de diciembre de 1991, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Hungría, por otra (DO L 347 de 31.12.1993, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 16 de diciembre de 1991, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Polonia, por otra (DO L 348 de 31.12.1993, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 1 de febrero de 1993, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Rumania, por otra (DO L 357 de 31.12.1994, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 8 de marzo de 1993, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra (DO L 358 de 31.12.1994, p. 3).

Acuerdo Europeo, de 4 de octubre de 1993, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Checa, por otra (DO L 360 de 31.12.1994, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 4 de octubre de 1993, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Eslovaca, por otra (DO L 359 de 31.12.1994, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 12 de junio de 1995, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Letonia, por otra (DO L 26 de 2.2.1998, p. 3).

Acuerdo Europeo, de 12 de junio de 1995, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra (DO L 51 de 20.2.1998, p. 3).

Acuerdo Europeo, de 12 de junio de 1995, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Estonia, por otra (DO L 68 de 9.3.1998, p. 3).

Acuerdo Europeo, de 12 de diciembre de 1998, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Eslovenia, por otra (DO L 51 de 26.2.1999, p. 2).

Protocolos adicionales a los Acuerdos europeos (artículos 228 y 238), por los que se establece la apertura de los programas comunitarios a los países candidatos.

6 0 3 2   Ingresos procedentes de la participación de terceros en acuerdos de cooperación aduanera — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

227 103,20

Esta partida está destinada a acoger las contribuciones de terceros a acuerdos de cooperación aduanera. Se trata, en particular, del proyecto Transit y del proyecto de difusión de los datos arancelarios y otros (por vía telemática).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos sumplementarios en los artículos 14 03 01 (Aduana 2000) y 14 03 02 (Aduana 2007) del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito (DO L 226 de 13.8.1987, p. 2), modificado en último lugar por la Decisión no 6/2005 de la Comisión mixta CE-AELC (DO L 324 de 10.12.2005, p. 96).

Decisión no 210/97/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 1996 por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad («Aduana 2000») (DO L 33 de 4.2.1997, p. 24), modificada en último lugar por la Decisión no 105/2000/CE (DO L 13 de 19.1.2000, p. 13).

Decisión del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por la que se autoriza a la Comisión a negociar, en nombre de la Comunidad Europea, una modificación del Convenio que establece el Consejo de Cooperación Aduanera (firmado en Bruselas el 15 de diciembre de 1950) que permita a la Comunidad Europea convertirse en miembro de dicha organización.

Decisión no 253/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2003, por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad («Aduana 2007») (DO L 36 de 12.2.2003, p. 1), modificada por la Decisión no 787/2004/CE (DO L 138 de 30.4.2004, p. 12).

6 0 3 3   Participación de terceros en actividades comunitarias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Eventuales participaciones de terceros en actividades comunitarias.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

CAPÍTULO 6 1 —   REEMBOLSO DE GASTOS DIVERSOS

6 1 1   Reembolso de gastos realizados por cuenta de uno o varios Estados miembros

6 1 1 3   Ingresos procedentes de la colocación de los haberes procedentes de la Decisión de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 27 de febrero de 2002, sobre las consecuencias financieras de la expiración del Tratado CECA y al Fondo de Investigación del Carbón y del Acero — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

49 696 280,—

La Decisión 2003/76/CE del Consejo, por la que se establecen las disposiciones necesarias para la aplicación del Protocolo anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea sobre las consecuencias financieras de la expiración del Tratado CECA y el Fondo de Investigación del Carbón y del Acero (DO L 29 de 5.2.2003, p. 22) dispone que la Comisión se encargará de la liquidación de las operaciones financieras de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero que se encuentren aún en curso en el momento de la expiración del Tratado CECA.

Según el artículo 4 de dicha Decisión, los ingresos netos procedentes de las inversiones de los activos disponibles constituirán ingresos del presupuesto general de la Unión Europea con una asignación particular, a saber, la financiación de los proyectos de investigación en sectores relacionados con la industria del carbón y del acero mediante un Fondo de Investigación para el Carbón y el Acero.

Los ingresos netos utilizables para la financiación de los proyectos de investigación del año n + 2 figurarán en el balance de la CECA en liquidación del año n y, al cierre de la liquidación, en el balance de los Activos del Fondo de Investigación del Carbón y del Acero. Este mecanismo de financiación empezará a aplicarse a partir de 2003. Los ingresos a partir de 2004 se utilizarán para la investigación en 2006. A fin de reducir al mínimo las fluctuaciones en las financiaciones a la investigación que podrían resultar de la evolución de los mercados financieros, se efectuará un alisado. El importe previsible de los ingresos netos disponibles para investigación en 2006 es de 54 750 000 euros.

Según el artículo 4 de la Decisión 2003/76/CE, un 72,8 % de la dotación del Fondo se destinará al sector del acero y un 27,2 % al sector del carbón.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en el capítulo 08 13 del estado de gastos de la sección III,«Comisión».

6 1 1 4   Ingresos procedentes de cobros en el marco del Programa de Investigación del Carbón y del Acero

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

La Decisión 2003/76/CE del Consejo, por la que se establecen las disposiciones necesarias para la aplicación del Protocolo anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea sobre las consecuencias financieras de la expiración del Tratado CECA y el Fondo de Investigación del Carbón y del Acero (DO L 29 de 5.2.2003, p. 22) dispone que la Comisión se encargará de la liquidación de las operaciones financieras de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero que se encuentren aún en curso en el momento de la expiración del Tratado CECA.

Según el apartado 5 del artículo 4 de esta Decisión, el importe de los cobros se incluirá inicialmente en el activo de la CECA en liquidación, y, tras el cierre de la liquidación, en el activo del Fondo de Investigación del Carbón y del Acero.

6 1 2   Reembolso de los gastos derivados de la ejecución de trabajos por encargo remunerados — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

 

 

 

Comisión

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

 

Total

p.m.

6 1 3   Sumas recuperadas de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CE) no 1258/1999

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

La recuperación de las sumas que, al financiar la política agraria común, se hubieren perdido por causa de irregularidades o negligencias, determina el correspondiente abono en favor de los servicios u organismos pagadores. Estas sumas son aplicadas por los citados organismos a la reducción de los gastos financiados por el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola. Por consiguiente, únicamente deben consignarse entre los ingresos cuando dichas sumas recuperadas excedan de los gastos.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común (DO L 160 de 26.6.1999, p. 103).

6 1 4   Reembolso de ayudas comunitarias concedidas a proyectos y acciones en caso de éxito comercial

6 1 4 0   Reembolso de la ayuda comunitaria concedida a proyectos y acciones en el sector de las nuevas tecnologías energéticas con éxito comercial — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 3056/73 del Consejo, de 9 de noviembre de 1973, relativo al apoyo de proyectos comunitarios en el sector de los hidrocarburos (DO L 312 de 13.11.1973, p. 1).

Reglamento (CEE) no 1302/78 del Consejo, de 12 de junio de 1978, referente a la concesión de apoyo financiero a los proyectos de explotación de fuentes alternativas de energía (DO L 158 de 16.6.1978, p. 3).

Reglamento (CEE) no 1303/78 del Consejo, de 12 de junio de 1978, referente a la concesión de apoyo financiero a proyectos de demostración que permitan ahorro de energía (DO L 158 de 16.6.1978, p. 6).

Reglamento (CEE) no 727/79 del Consejo, de 9 de abril de 1979, por el que se establece la aplicación en el sector de la energía solar del Reglamento (CEE) no 1302/78 referente a la concesión de apoyo financiero a los proyectos de explotación de fuentes energéticas alternativas (DO L 93 de 12.4.1979, p. 3).

Reglamento (CEE) no 728/79 del Consejo, de 9 de abril de 1979, por el que se establece la aplicación en el sector de la licuefacción y gasificación de combustibles del Reglamento (CEE) no 1302/78 referente a la concesión de apoyo financiero a los proyectos de explotación de fuentes energéticas alternativas (DO L 93 de 12.4.1979, p. 5).

Reglamento (CEE) no 1971/83 del Consejo, de 11 de julio de 1983, referente a la concesión de apoyo financiero a proyectos piloto industriales y a proyectos de demostración en el campo de la licuefacción y gasificación de combustibles sólidos (DO L 195 de 19.7.1983, p. 1), modificado por el Reglamento (CEE) no 2125/84 (DO L 196 de 26.7.1984, p. 3).

Reglamento (CEE) no 1972/83 del Consejo, de 11 de julio de 1983, referente a la concesión de apoyo financiero a proyectos de demostración en el campo de la explotación de las fuentes alternativas de energía, del ahorro de energía y de la sustitución de los hidrocarburos (DO L 195 de 19.7.1983, p. 6), modificado por el Reglamento (CEE) no 2126/84 (DO L 196 de 26.7.1984, p. 4).

Reglamento (CEE) no 3639/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo a un programa de apoyo al desarrollo tecnológico en el sector de los hidrocarburos (DO L 350 de 27.12.1985, p. 25).

6 1 4 1   Reembolso de la ayuda comunitaria en el ámbito de la informática en caso de éxito comercial

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

0,—

Remanente de ingresos procedentes del reembolso de la ayuda comunitaria en el ámbito de la informática en caso de éxito comercial.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 1996/79 del Consejo, de 11 de septiembre de 1979, relativo a un mecanismo de apoyo comunitario en el sector de la informática (DO L 231 de 13.9.1979, p. 1).

6 1 4 3   Reembolso de subvenciones concedidas en el marco de una actividad europea de capital de riesgo en favor de las pequeñas y medianas empresas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

1 717 880,78

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Bases jurídicas

Decisión de la Comisión, de 21 de diciembre de 1988, «Lanzamiento de un proyecto piloto Eurotech Capital» (E/1783/88).

6 1 5   Reembolso de ayudas comunitarias no utilizadas

6 1 5 0   Reembolso de ayudas no utilizadas del Fondo Social Europeo, del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

334 000 000

155 091 159,25

Reembolso de ayudas del Fondo Social Europeo, del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola.

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 5 1   Reembolso de subvenciones de equilibrio presupuestario no utilizadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 5 2   Reembolso de bonificaciones de intereses no utilizadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 5 3   Reembolso de importes no utilizados en el marco de contratos celebrados por la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

39 540,51

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 5 7   Devolución de anticipos en el marco de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

26 000 000

210 342 163,41

Esta partida se destina a acoger los reembolsos de anticipos en el marco de los Fondos Estructurales (sección de Orientación del Fondo de Orientación y de Garantía Agrícola, Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca, Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo Social Europeo) y del Fondo de Cohesión.

Las cantidades imputadas a la presente partida darán lugar, con arreglo a los artículos 18 y 157 del Reglamento financiero, a la apertura de créditos suplementarios en las líneas correspondientes a los títulos 04, 05, 11 y 13 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», si resultan necesarios para no reducir la participación de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión en la intervención de que se trate.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales (DO L 161 de 26.6.1999, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 173/2005 (DO L 29 de 2.2.2005, p. 3), y, en particular, su artículo 32, apartado 2.

Reglamento (CE) no 1265/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, que modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 1164/94 por el que se crea el Fondo de cohesión (DO L 161 de 26.6.1999, p. 62), y, en particular, su artículo 39, apartado 4.

Reglamento (CE) no 448/2001 de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo en relación con el procedimiento para las correcciones financieras de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos Estructurales (DO L 64 de 6.3.2001, p. 13).

6 1 5 8   Reembolso de ayudas comunitarias diversas no utilizadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

13 681 405,32

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 6   Reembolso de los gastos realizados por cuenta del Organismo Internacional de la Energía Atómica — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Reembolso de la parte correspondiente al Organismo Internacional de la Energía Atómica de los importes adelantados por la Comisión para los controles realizados por el Organismo en el marco de los Acuerdos de verificación (artículos 06 05 01 y 06 05 02 del estado de gastos de la sección III, «Comisión»).

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 1 7   Reembolso de importes abonados en el marco de la ayuda comunitaria a terceros países

6 1 7 0   Reembolsos efectuados en el marco de la cooperación con Sudáfrica — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

7 405 015,09

Reembolso por los adjudicatarios o beneficiarios de los importes percibidos en exceso en concepto de la cooperación al desarrollo con Sudáfrica.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en el artículo 21 03 17 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1726/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativo a la cooperación al desarrollo con Sudáfrica (DO L 198 de 4.8.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2110/2005 (DO L 344 de 27.12.2005, p. 1).

6 1 8   Reembolso de cantidades entregadas en concepto de ayuda alimentaria

6 1 8 0   Reembolso por los adjudicatarios o beneficiarios de las cantidades en concepto de ayuda alimentaria percibidas en exceso — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Disposiciones previstas en los anuncios de licitación o en las condiciones financieras anexas a las cartas de la Comisión en las que se definen las condiciones de concesión de la ayuda alimentaria a sus beneficiarios.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 1 8 1   Reembolso de los gastos suplementarios ocasionados por los beneficiarios de la ayuda alimentaria — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

69 418,89

Disposiciones previstas en las modalidades de entrega anexas a las cartas de la Comisión en las que se definen las condiciones de concesión de la ayuda alimentaria a sus beneficiarios.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 1 9   Otros reembolsos de gastos realizados por cuenta de terceros

6 1 9 1   Otros reembolsos de gastos realizados por cuenta de terceros en el marco de la Decisión 94/179/Euratom del Consejo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 22 02 03 y 19 06 05 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

CAPÍTULO 6 2 —   INGRESOS POR SERVICIOS PRESTADOS A TÍTULO ONEROSO

6 2 0   Suministro a título oneroso de materiales básicos o materiales de fisión especiales [artículo 6, letra b), del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica] — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 6, letra b).

. Ingresos procedentes del suministro, a título oneroso, de materiales básicos o de fisión a los Estados miembros, para la ejecución de sus programas de investigación.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 2 2   Ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso

6 2 2 1   Ingresos procedentes de la explotación del HFR que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

30 899 228,40

Ingresos procedentes de la explotación del HFR (high-flux reactor) situado en el establecimiento de Petten del Centro Común de Investigación.

Sumas pagadas por los clientes, concretamente Alemania, Francia y los Países Bajos, para cubrir los gastos de cualquier naturaleza relacionados con la explotación por el Centro Común de Investigación del HFR.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 10 01 05 y 10 04 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Realización de los programas anteriores

Los ingresos corren a cargo de Alemania, Francia y los Países Bajos.

6 2 2 2   Otros ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso destinados al reembolso de créditos consignados en el estado de gastos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

0,—

Ingresos procedentes de personas, empresas y organismos nacionales para los que el Centro Común de Investigación efectuará trabajos y/o prestaciones a título oneroso.

Estos créditos se utilizarán igualmente para el reembolso en calidad de fondos de anticipo de los antiguos programas comunes.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 2 2 3   Otros ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

7 234 623,85

Ingresos procedentes de personas, empresas y organismos nacionales para los que el Centro Común de Investigación efectuará trabajos y/o prestaciones a título oneroso.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 y del artículo 161, apartado 2, del Reglamento financiero, los eventuales ingresos podían dar lugar a la apertura de créditos suplementarios en el artículo 10 01 05 y 10 04 02 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», por el importe de los gastos correspondientes a cada contrato con un tercero.

6 2 2 4   Ingresos por permisos concedidos por la Comisión sobre inventos, patentables o no, que sean resultado de la investigación comunitaria llevada a cabo por el Centro Común de Investigación — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

196 032,41

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos en los artículos 10 01 05, 10 04 02, 10 04 03 y en los capítulos 10 02 y 10 03 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2380/74 del Consejo, de 17 de septiembre de 1974, por el que se determina el régimen de difusión de los conocimientos aplicable a los programas de investigación para la Comunidad Económica Europea (DO L 255 de 20.9.1974, p. 1).

Actos de referencia

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 12.

6 2 2 5   Ingresos varios en beneficio del Centro Común de Investigación — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Ingresos resultantes de las contribuciones, donaciones o legados procedentes de terceros en favor de las distintas actividades realizadas por el Centro Común de Investigación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en el artículo 10 01 05 y en los capítulos 10 02, 10 03 y 10 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

6 2 2 6   Ingresos de servicios prestados por el Centro Común de Investigación a otros servicios de la Comisión sobre una base competitiva, con producción de créditos adicionales — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

21 205 859,10

Ingresos procedentes de otros servicios de la Comisión para los que el Centro Común de Investigación realice trabajos o preste servicios remunerados e ingresos relacionados con la participación en las actividades de los programas marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 y el artículo 161, apartado 2, del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 10 01 05, 10 02 01, 10 02 02, 10 02 03, 10 03 01, 10 03 02, 10 04 01, 10 04 02 del estado de gastos de la sección III, «Comisión»‚ por el importe de los gastos específicos correspondientes a cada contrato con otros servicios de la Comisión.

6 2 4   Ingresos por permisos concedidos por la Comisión sobre inventos, patentables o no, que sean resultado de la investigación comunitaria (acciones indirectas) — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2380/74 del Consejo, de 17 de septiembre de 1974, por el que se determina el régimen de difusión de conocimientos aplicable a los programas de investigaciones para la Comunidad Económica Europea (DO L 255 de 20.9.1974, p. 1).

Actos de referencia

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de Energía Atómica y, en particular, su artículo 12.

CAPÍTULO 6 3 —   CONTRIBUCIONES EN EL MARCO DE ACUERDOS ESPECÍFICOS

6 3 0   Contribuciones de los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio en el marco del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

108 746 011,—

Este artículo se destina a acoger las contribuciones de los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio derivadas de su participación financiera en determinadas actividades comunitarias, de conformidad con las disposiciones del artículo 82 y del Protocolo 32 del Acuerdo.

El total de la participación prevista resulta de la recapitulación que figura a título informativo en el anexo del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Las contribuciones de los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio se ponen a disposición de la Comisión con arreglo a las disposiciones de los artículos 1 a 3 del Protocolo 32 del Acuerdo.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Actos de referencia

Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (DO L 1 de 3.1.1994, p. 3).

6 3 1   Contribuciones en el marco del acervo de Schengen

6 3 1 1   Contribuciones a los gastos administrativos derivados del Acuerdo celebrado con Islandia y Noruega — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Contribuciones por gastos administrativos derivados del Acuerdo de 18 de mayo de 1999 celebrado por el Consejo de la Unión Europea con la República de Islandia y el Reino de Noruega, sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen, y, en particular, el artículo 12 de dicho Acuerdo (DO L 176 de 10.7.1999, p. 36).

Consejo

 

p.m.

 

 

 

Bases jurídicas

Decisión 1999/437/CE del Consejo, de 17 de mayo de 1999, relativa a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo celebrado por el Consejo de la Unión Europea con la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del Acuerdo de Schengen (DO L 176 de 10.7.1999, p. 31).

6 3 1 2   Contribuciones para el desarrollo de sistemas informáticos a gran escala en el marco del acuerdo celebrado con Islandia, Noruega y Suiza — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 18 08 02, 18 08 03 y 18 08 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

El considerando 10 del Reglamento (CE) no 2424/2001 del Consejo, de 6 de diciembre de 2001, sobre el desarrollo del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (DO L 328 de 13.12.2001, p. 4) dispone que debe acordarse un procedimiento que permita a representantes de Islandia y Noruega asociarse a los trabajos de los comités que asistan a la Comisión en el ejercicio de sus competencias de ejecución.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 2725/2000 del Consejo, de 11 de diciembre de 2000, relativo a la creación del sistema «Eurodac» para la comparación de las impresiones dactilares para la aplicación efectiva del Convenio de Dublín (DO L 316 de 15.12.2000, p. 1).

Decisión 2001/258/CE del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa a la conclusión del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Islandia o Noruega (DO L 93 de 3.4.2001, p. 38), y, en particular, el artículo 9 del Acuerdo.

Decisión 2001/886/JAI del Consejo, de 6 de diciembre de 2001, sobre el desarrollo del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (DO L 328 de 13.12.2001, p. 1).

Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo, de 18 de febrero de 2003, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 50 de 25.2.2003, p. 1).

Reglamento (CE) no 1560/2003 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 222 de 5.9.2003, p. 3).

Decisión 2004/512/CE del Consejo, de 8 de junio de 2004, por la que se establece el Sistema de Información de Visados (VIS) (DO L 213 de 15.6.2004, p. 5).

Decisión 2004/849/CE del Consejo, de 25 de octubre de 2004, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de este Estado a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (DO L 368 de 15.12.2004, p. 26).

Decisión 2004/860/CE del Consejo, de 25 de octubre de 2004, relativa a la firma, en nombre de la Comunidad Europea, y a la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y de la Confederación Suiza sobre la asociación de este Estado a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (DO L 370 de 17.12.2004, p. 78).

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Sistema de Información de Visados (VIS) y el intercambio de datos sobre visados de corta duración entre los Estados miembros [COM(2004) 0835 final].

6 3 1 3   Otras contribuciones en el marco del acervo de Schengen (Islandia, Noruega y Suiza) — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

33 522,42

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en el artículo 18 02 03 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 2007/2004 del Consejo, de 26 de octubre de 2004, por el que se crea una Agencia Europea para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea (DO L 349 de 25.11.2004, p. 1).

CAPÍTULO 6 5 —   CORRECCIONES FINANCIERAS

6 5 0   Correcciones financieras

6 5 0 0   Correcciones financieras en el marco de los Fondos estructurales

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

25 917 928,—

En esta partida se consignarán las correcciones financieras percibidas en el marco de los Fondos Estructurales (sección de Orientación del Fondo de Orientación y de Garantía Agrícola, Instrumento Financiero de Orientación Pesquera, Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo Social Europeo).

Las cantidades imputadas a la presente partida podrían ser utilizadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, para habilitar créditos suplementarios en las líneas correspondientes a los títulos 04, 05, 11 y 13 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en el caso de que resulten necesarios para cubrir los riesgos de anulación o de reducción de correcciones aprobadas con anterioridad.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 4253/88 del Consejo, de 19 de diciembre de 1988, por el que se aprueban disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 2052/88, en lo relativo, por una parte, a la coordinación de las intervenciones de los Fondos estructurales y, por otra, de éstas con las del Banco Europeo de Inversiones y con las de los demás instrumentos financieros existentes (DO L 374 de 31.12.1988, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 3193/94 (DO L 337 de 24.12.1994, p. 11), y, en particular, su artículo 24.

Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales (DO L 161 de 26.6.1999, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 173/2005 (DO L 29 de 2.2.2005, p. 3), y, en particular, su artículo 39, apartado 3.

Reglamento (CE) no 448/2001 de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo en relación con el procedimiento para las correcciones financieras de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos Estructurales (DO L 64 de 6.3.2001, p. 13).

CAPÍTULO 6 6 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

6 6 0   Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0   Otras contribuciones y restituciones asignadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

283 156 053,49

Esta partida se destina a acoger, de conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos no previstos en las otras partes del título 6 y que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

 

Total

p.m.

6 6 0 1   Otras contribuciones y restituciones no asignadas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

15 000 000

p.m.

13 175 177,37

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, en esta partida se consignarán los eventuales ingresos no previstos en las demás partes del título 6 que no estén afectados.

Parlamento

 

p.m.

Comisión

 

15 000 000

 

Total

p.m.

TÍTULO 7

INTERESES DE DEMORA Y MULTAS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 7 0

7 0 0

Intereses de demora

7 0 0 0

Intereses exigibles como consecuencia de las inscripciones tardías en las cuentas de los Tesoros de los Estados miembros

5 000 000

23 000 000

6 739 504,39

7 0 0 1

Otros intereses de demora

10 000 000

3 000 000

82 645 324,45

 

Total del artículo 7 0 0

15 000 000

26 000 000

89 384 828,84

7 0 1

Intereses de demora y otros intereses de multas

5 000 000

36 000 000

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 7 0

20 000 000

62 000 000

89 384 828,84

CAPÍTULO 7 1

7 1 0

Multas, multas coercitivas y sanciones

100 000 000

236 000 000

380 750 179,50

7 1 1

Cobro de las multas que sancionan los fraudes e irregularidades cometidos en detrimento de los intereses financieros de la Comunidad Europea

p.m.

p.m.

0,—

7 1 2

Multas e importes a tanto alzado impuestos a los Estados miembros en caso de no ejecución de una sentencia del Tribunal de Justicia por incumplimiento de las obligaciones que se derivan del Tratado

p.m.

20 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 7 1

100 000 000

256 000 000

380 750 179,50

CAPÍTULO 7 2

7 2 0

Intereses de los depósitos y multas

7 2 0 0

Intereses sobre los depósitos y las multas resultantes de la aplicación del procedimiento referente a los déficit excesivos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 7 2 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 7 2

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 7

120 000 000

318 000 000

470 135 008,34

CAPÍTULO 7 0 —

INTERESES DE DEMORA

CAPÍTULO 7 1 —

MULTAS

CAPÍTULO 7 2 —

INTERESES DE LOS DEPÓSITOS Y MULTAS

CAPÍTULO 7 0 —   INTERESES DE DEMORA

7 0 0   Intereses de demora

7 0 0 0   Intereses exigibles como consecuencia de las inscripciones tardías en las cuentas de los Tesoros de los Estados miembros

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 000 000

23 000 000

6 739 504,39

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

5 000 000

 

Total

5 000 000

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1).

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 71, apartado 4.

7 0 0 1   Otros intereses de demora

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

10 000 000

3 000 000

82 645 324,45

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales (DO L 161 de 26.6.1999, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 173/2005 (DO L 29 de 2.2.2005, p. 3), y, en particular, su artículo 39, apartado 4.

Reglamento (CE) no 448/2001 de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo en relación con el procedimiento para las correcciones financieras de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos estructurales (DO L 64 de 6.3.2001, p. 13), y, en particular, su artículo 7, apartado 2.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 71, apartado 4.

Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3), y, en particular, su artículo 86.

7 0 1   Intereses de demora y otros intereses de multas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 000 000

36 000 000

 

Este artículo se destina a acoger los intereses de demora y otros intereses de multas.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 71, apartado 4.

Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3) y, en particular, su artículo 86.

Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (DO L 1 de 4.1.2003, p. 1), modificado por el Reglamento (CE) no 411/2004 (DO L 68 de 6.3.2004, p. 1).

Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, de 21 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas (DO L 24 de 29.1.2004, p. 1), y, en particular, sus artículos 14 y 15.

CAPÍTULO 7 1 —   MULTAS

7 1 0   Multas, multas coercitivas y sanciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

100 000 000

236 000 000

380 750 179,50

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto de las Comunidades Europeas (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).

Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (DO L 1 de 4.1.2003, p. 1), modificado por el Reglamento (CE) no 411/2004 (DO L 68 de 6.3.2004, p. 1).

Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, de 21 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas (DO L 24 de 29.1.2004, p. 1), y, en particular, sus artículos 14 y 15.

7 1 1   Cobro de las multas que sancionan los fraudes e irregularidades cometidos en detrimento de los intereses financieros de la Comunidad Europea

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el código aduanero comunitario (DO L 302 de 19.10.1992, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 648/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 117 de 4.5.2005, p. 13).

Decisión no 105/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por la que se modifica la Decisión no 210/97/CE, de 19 de diciembre de 1996, por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la comunidad («Aduana 2000») (DO L 13 de 19.1.2000, p. 1).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42).

7 1 2   Multas e importes a tanto alzado impuestos a los Estados miembros en caso de no ejecución de una sentencia del Tribunal de Justicia por incumplimiento de las obligaciones que se derivan del Tratado

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

20 000 000

0,—

Actos de referencia

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 228, apartado 2 (antiguo artículo 171), introducido por el Tratado de Maastricht sobre la Unión Europea (artículo G, punto 51).

CAPÍTULO 7 2 —   INTERESES DE LOS DEPÓSITOS Y MULTAS

7 2 0   Intereses de los depósitos y multas

7 2 0 0   Intereses sobre los depósitos y las multas resultantes de la aplicación del procedimiento referente a los déficit excesivos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Ingresos procedentes de los intereses sobre los depósitos y las multas resultantes de la aplicación del procedimiento referente a los déficit excesivos.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1467/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (DO L 209 de 2.8.1997, p. 6), modificado por el Reglamento (CE) no 1056/2005 (DO L 174 de 7.7.2005, p. 5), y, en particular, su artículo 16.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 18, apartado 1, letra b).

TÍTULO 8

EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 8 0

8 0 0

Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos comunitarios destinados a sostener las balanzas de pagos

p.m.

p.m.

0,—

8 0 1

Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos Euratom

p.m.

p.m.

0,—

8 0 2

Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos destinados a la promoción de inversiones en la Comunidad (nuevo instrumento comunitario)

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 8 1

8 1 0

Reembolso y producto de los intereses de préstamos especiales y capitales de riesgo concedidos en el marco de cooperación financiera con terceros países de la Cuenca mediterránea

26 401 054

22 348 861

29 018 298,95

8 1 1

Reembolso y producto de los intereses de préstamos concedidos por la Comisión para la mejora de las condiciones de vivienda de los trabajadores migrantes

p.m.

11 085

14 539,13

8 1 3

Reembolso y producto de los intereses de préstamos y capital de riesgo concedidos por la Comisión en el marco de la operación «EC Investment Partners» a los países en desarrollo de América Latina, de Asia y del Mediterráneo y a Sudáfrica

p.m.

p.m.

83 073,73

8 1 4

Reembolso y producto de los intereses de los préstamos concedidos a los países más inmediatamente afectados por la crisis del Golfo

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 1

26 401 054

22 359 946

29 115 911,81

CAPÍTULO 8 2

8 2 0

Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera en favor de terceros países de la Cuenca mediterránea

p.m.

p.m.

0,—

8 2 1

Garantía de la Comunidad Europea sobre un empréstito contraído por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera a terceros países de Europa Central y Oriental

p.m.

p.m.

0,—

8 2 3

Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera en favor de los países de la Comunidad de Estados Independientes y Mongolia

p.m.

p.m.

0,—

8 2 5

Garantía de la Comunidad Europea a los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una asistencia financiera en favor de los países de los Balcanes Occidentales

p.m.

p.m.

0,—

8 2 6

Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos Euratom destinados a financiar la mejora del grado de eficacia y de seguridad del parque nuclear de los países de Europa Central y Oriental y de la Comunidad de Estados Independientes

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 8 3

8 3 0

Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos del Banco Europeo de Inversiones a terceros países de la Cuenca mediterránea

p.m.

p.m.

0,—

8 3 1

Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones en los terceros países de Europa Central y Oriental y en los Balcanes Occidentales

p.m.

p.m.

0,—

8 3 2

Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a otros terceros países

p.m.

p.m.

0,—

8 3 4

Garantía de la Comunidad Europea a los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a Sudáfrica

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 3

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 8 5

8 5 0

Dividendos pagados por el Fondo Europeo de Inversiones

2 627 400

3 000 000

2 368 200,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 5

2 627 400

3 000 000

2 368 200,—

 

Total del título 8

29 028 454

25 359 946

31 484 111,81

CAPÍTULO 8 0 —

INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE LOS EMPRÉSTITOS Y LOS PRÉSTAMOS EN LOS ESTADOS MIEMBROS

CAPÍTULO 8 1 —

PRÉSTAMOS CONCEDIDOS POR LA COMISIÓN

CAPÍTULO 8 2 —

INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS A TERCEROS PAÍSES

CAPÍTULO 8 3 —

INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE LOS PRÉSTAMOS CONCEDIDOS EN LOS TERCEROS PAÍSES POR ORGANISMOS FINANCIEROS

CAPÍTULO 8 5 —

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PARTICIPACIONES DE LOS ORGANISMOS DE GARANTÍA

CAPÍTULO 8 0 —   INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE LOS EMPRÉSTITOS Y LOS PRÉSTAMOS EN LOS ESTADOS MIEMBROS

8 0 0   Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos comunitarios destinados a sostener las balanzas de pagos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

La garantía de la Comunidad se refiere a los empréstitos contraídos en los mercados de capitales o con entidades financieras. El saldo vivo del principal de los préstamos que pueden concederse de este modo a los Estados miembros no puede superar los 12 000 millones de euros.

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 01 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 332/2002 del Consejo, de 18 de febrero de 2002, por el que se establece un mecanismo de ayuda financiera a medio plazo a las balanzas de pagos de los Estados miembros (DO L 53 de 23.2.2002, p. 1).

Actos de referencia

Acta, de 12 de junio de 1985, relativa a las condiciones de adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados (DO L 302 de 15.11.1985, p. 23), y, en particular, la declaración de la Comunidad Económica Europea que figura en el Acta final relativa a la aplicación del mecanismo de los empréstitos comunitarios en beneficio de Portugal.

8 0 1   Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos Euratom

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 02 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 77/270/Euratom del Consejo, de 29 de marzo de 1977, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos Euratom con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 88 de 6.4.1977, p. 9).

Decisión 77/271/Euratom del Consejo, de 29 de marzo de 1977, relativa a la aplicación de la Decisión 77/270/Euratom por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos Euratom con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 88 de 6.4.1977, p. 11).

Decisión 80/29/Euratom del Consejo, de 20 de diciembre de 1979, por la que se modifica la Decisión 77/271/Euratom relativa a la aplicación de la Decisión 77/270/Euratom por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos Euratom con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 12 de 17.1.1980, p. 28).

Decisión 82/170/Euratom del Consejo, de 15 de marzo de 1982, por la que se modifica la Decisión 77/271/Euratom en lo que se refiere al importe total de los empréstitos Euratom que la Comisión estará facultada a contraer con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 78 de 24.3.1982, p. 21).

Decisión 85/537/Euratom del Consejo, de 5 de diciembre de 1985, por la que se modifica la Decisión 77/271/Euratom en lo que se refiere al importe total de los empréstitos Euratom que la Comisión está facultada a contraer con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 334 de 12.12.1985, p. 23).

Decisión 90/212/Euratom del Consejo, de 23 de abril de 1990, que modifica la Decisión 77/271/Euratom relativa a la aplicación de la Decisión 77/270/Euratom por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos Euratom con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 112 de 3.5.1990, p. 26).

Decisión del Consejo de 21 de marzo de 1994 por la que se habilita a la Comisión a contraer empréstitos Euratom para contribuir a la financiación de la mejora del grado de seguridad y eficacia del parque nuclear de determinados terceros países de Europa Central y Oriental (DO L 84 de 29.3.1994, p. 41).

8 0 2   Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos destinados a la promoción de inversiones en la Comunidad (nuevo instrumento comunitario)

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo aunque la partida 01 04 01 03 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El importe máximo de los empréstitos autorizados está fijado en 6 830 millones de euros, de los cuales 1 000 millones por la Decisión 78/870/CEE, 1 000 millones por la Decisión 82/169/CEE, 1 080 millones por las Decisiones 81/19/CEE y 81/1013/CEE, de los cuales hay que deducir el importe de los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a partir de sus recursos propios para las mismas finalidades, 3 000 millones por la Decisión 83/200/CEE y 750 millones por la Decisión 87/182/CEE.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 78/870/CEE del Consejo, de 16 de octubre de 1978, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 298 de 25.10.1978, p. 9).

Decisión 79/486/CEE del Consejo, de 14 de mayo de 1979, por la que se establece la aplicación de la Decisión 78/870/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 125 de 22.5.1979, p. 16).

Decisión 80/739/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1980, por la que se establece la aplicación por segunda vez de la Decisión 78/870/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 205 de 7.8.1980, p. 19).

Decisión 80/1103/CEE del Consejo, de 25 de noviembre de 1980, por la que se completa, en lo que se refiere a la asignación de una parte del segundo tramo del empréstito, la Decisión 80/739/CEE por la que se establece la aplicación por segunda vez de la Decisión 78/870/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 326 de 2.12.1980, p. 19).

Decisión 81/19/CEE del Consejo, de 20 de enero de 1981, relativa a la ayuda excepcional de la Comunidad en favor de la reconstrucción de las zonas siniestradas por el seísmo ocurrido en Italia en noviembre de 1980 (DO L 37 de 10.2.1981, p. 21).

Decisión 81/1013/CEE del Consejo, de 14 de diciembre de 1981, relativa a la ayuda excepcional de la Comunidad en favor de la reconstrucción de las zonas siniestradas por los seímos ocurridos en Grecia en febrero/marzo de 1981 (DO L 367 de 23.12.1981, p. 27).

Decisión 82/169/CEE del Consejo, de 15 de marzo de 1982, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 78 de 24.3.1982, p. 19).

Decisión 82/268/CEE del Consejo, de 26 de abril de 1982, por la que se establece la aplicación de la Decisión 82/169/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 116 de 30.4.1982, p. 16).

Decisión 83/200/CEE del Consejo, de 19 de abril de 1983, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con arreglo al Nuevo Instrumento Comunitario a fin de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 112 de 28.4.1983, p. 26).

Decisión 83/308/CEE del Consejo, de 13 de junio de 1983, por la que se aplica la Decisión 83/200/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con arreglo al Nuevo Instrumento Comunitario a fin de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 164 de 23.6.1983, p. 31).

Decisión 84/383/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1984, por la que se aplica la Decisión 83/200/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con arreglo al Nuevo Instrumento Comunitario a fin de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 208 de 3.8.1984, p. 53).

Decisión 87/182/CEE del Consejo, de 9 de marzo de 1987, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con arreglo al Nuevo Instrumento Comunitario a fin de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 71 de 14.3.1987, p. 34).

CAPÍTULO 8 1 —   PRÉSTAMOS CONCEDIDOS POR LA COMISIÓN

8 1 0   Reembolso y producto de los intereses de préstamos especiales y capitales de riesgo concedidos en el marco de cooperación financiera con terceros países de la Cuenca mediterránea

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

26 401 054

22 348 861

29 018 298,95

Este artículo se destina a registrar los reembolsos del capital y el producto de los intereses de los préstamos especiales y capitales de riesgo otorgados, mediante los créditos previstos en los capítulos 22 03, 19 08 y 19 01 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en favor de terceros países de la Cuenca mediterránea.

Las realizaciones en forma de ingresos sobrepasan normalmente los importes estimativos consignados en el presupuesto como consecuencia del pago de los intereses correspondientes a préstamos especiales y capitales de riesgo que pueden ser desembolsados todavía durante el ejercicio precedente, así como durante el ejercicio en curso. Los intereses correspondientes a los préstamos especiales y a los capitales de riesgo se cuentan a partir del momento de la entrega; los primeros se pagan semestralmente y los segundos, en general anualmente.

8 1 1   Reembolso y producto de los intereses de préstamos concedidos por la Comisión para la mejora de las condiciones de vivienda de los trabajadores migrantes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

11 085

14 539,13

Los préstamos concedidos a los trabajadores migrantes con ayuda de una parte de los créditos del artículo 04 04 03 del estado de gastos de la sección III, «Comisión» devengan intereses y dan lugar a reembolsos de capital.

La fecha del pago final del capital y los intereses, según el calendario de pagos, es el 31 de diciembre de 2005.

8 1 3   Reembolso y producto de los intereses de préstamos y capital de riesgo concedidos por la Comisión en el marco de la operación «EC Investment Partners» a los países en desarrollo de América Latina, de Asia y del Mediterráneo y a Sudáfrica

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

83 073,73

Este artículo se destina a registrar los reembolsos del capital y el producto de los intereses de los préstamos y capitales de riesgo otorgados mediante los créditos previstos en el artículo 19 02 07 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», relativos a la operación EC Investment Partners.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 772/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de abril de 2001, relativo a la clausura y la liquidación de los proyectos aprobados por la Comisión en aplicación del Reglamento (CE) no 213/96 del Consejo, de 29 de enero de 1996, relativo a la aplicación del instrumento financiero «European Communities Investment Partners» destinado a los países de América Latina, de Asia y del Mediterráneo y a Sudáfrica (DO L 112 de 21.4.2001, p. 1).

8 1 4   Reembolso y producto de los intereses de los préstamos concedidos a los países más inmediatamente afectados por la crisis del Golfo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Reglamento (CEE) no 3557/90 del Consejo, de 4 de diciembre de 1990, relativo a una ayuda financiera a los países más directamente afectados por la crisis del Golfo (DO L 347 de 12.12.1990, p. 1).

CAPÍTULO 8 2 —   INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS A TERCEROS PAÍSES

8 2 0   Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera en favor de terceros países de la Cuenca mediterránea

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 94/938/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, relativa a la atribución de una ayuda macrofinanciera complementaria a Argelia (DO L 366 de 31.12.1994, p. 28).

8 2 1   Garantía de la Comunidad Europea sobre un empréstito contraído por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera a terceros países de Europa Central y Oriental

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 05 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 91/384/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1991, sobre la concesión de una asistencia financiera a medio plazo a Rumania (DO L 208 de 30.7.1991, p. 64).

Decisión 92/511/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, sobre la concesión de una ayuda financiera suplementaria a medio plazo a Bulgaria (DO L 317 de 31.10.1992, p. 94).

Decisión 92/551/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1992, sobre la concesión de una ayuda financiera suplementaria a medio plazo a Rumanía (DO L 353 de 3.12.1992, p. 30).

Decisión 94/369/CE del Consejo, de 20 de junio de 1994, sobre la concesión de una ayuda macrofinanciera complementaria a Rumania (DO L 168 de 2.7.1994, p. 29).

Decisión 97/472/CE del Consejo, de 22 de julio de 1997, sobre la concesión de una ayuda macrofinancera suplementaria a largo plazo a Bulgaria (DO L 200 de 29.7.1997, p. 61).

Decisión 1999/731/CE del Consejo, de 8 de noviembre de 1999, sobre la concesión de una ayuda macrofinancera suplementaria a Bulgaria (DO L 294 de 16.11.1999, p. 27).

Decisión 1999/732/CE del Consejo, de 8 de noviembre de 1999, sobre la concesión de una ayuda macrofinancera suplementaria a Rumania (DO L 294 de 16.11.1999, p. 29).

8 2 3   Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera en favor de los países de la Comunidad de Estados Independientes y Mongolia

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 06 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

Bases jurídicas

Decisión 91/658/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1991, sobre la concesión de un préstamo a medio plazo a la Unión soviética y a sus repúblicas (DO L 362 de 31.12.1991, p. 89).

Decisión 94/346/CE del Consejo, de 13 de junio de 1994, sobre la concesión de una ayuda macrofinanciera a Moldavia (DO L 155 de 22.6.1994, p. 27).

Decisión 94/940/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, sobre atribución de una ayuda macrofinanciera a Ucrania (DO L 366 de 31.12.1994, p. 32).

Decisión 95/132/CE del Consejo, de 10 de abril de 1995, sobre atribución de una ayuda macrofinanciera a Bielorrusia (DO L 89 de 21.4.1995, p. 28).

Decisión 95/442/CE del Consejo, de 23 de octubre de 1995, sobre atribución de una asistencia macrofinanciera suplementaria a Ucrania (DO L 258 de 28.10.1995, p. 63).

Decisión 96/242/CE del Consejo, de 25 de marzo de 1996, relativa a la concesión de una ayuda macrofinanciera suplementaria a Moldavia (DO L 80 de 30.3.1996, p. 60).

Decisión 97/787/CE del Consejo, de 17 de noviembre de 1997, relativa a la concesión de una ayuda financiera excepcional a Armenia y a Georgia (DO L 322 de 25.11.1997, p. 37).

Decisión 98/592/CE del Consejo, de 15 de octubre de 1998, por la que se concede asistencia macrofinanciera adicional a Ucrania (DO L 284 de 22.10.1998, p. 45).

Decisión 2000/244/CE del Consejo, de 20 de marzo de 2000, por la que se modifica la Decisión 97/787/CE relativa a la concesión de una ayuda financiera excepcional a Armenia y a Georgia al objeto de extenderla a Tayiquistán (DO L 77 de 28.3.2000, p. 11).

Decisión 2002/639/CE del Consejo, de 12 de julio de 2002, por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a Ucrania (DO L 209 de 6.8.2002, p. 22).

8 2 5   Garantía de la Comunidad Europea a los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una asistencia financiera en favor de los países de los Balcanes Occidentales

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 07 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 97/471/CE del Consejo, de 22 de julio de 1997, relativa a la concesión de una ayuda macrofinanciera a la Antigua República Yugoslava de Macedonia (DO L 200 de 29.7.1997, p. 59).

Decisión 1999/282/CE del Consejo, de 22 de abril de 1999, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Albania (DO L 110 de 28.4.1999, p. 13).

Decisión 1999/325/CE del Consejo, de 10 de mayo de 1999, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Bosnia y Herzegovina (DO L 123 de 13.5.1999, p. 57).

Decisión 1999/733/CE del Consejo, de 8 de noviembre de 1999, relativa a la concesión de una ayuda macrofinanciera suplementaria a la Antigua República Yugoslava de Macedonia (DO L 294 de 16.11.1999, p. 31).

Decisión 2001/549/CE del Consejo, de 16 de julio de 2001, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a la República Federativa de Yugoslavia (DO L 197 de 21.7.2001, p. 38).

Decisión 2002/882/CE del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a la República Federal de Yugoslavia (DO L 308 de 9.11.2002, p. 25).

Decisión 2002/883/CE del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a Bosnia y Herzegovina (DO L 308 de 9.11.2002, p. 28).

Decisión 2003/825/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, que modifica la Decisión 2002/882/CE por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a la República Federal de Yugoslavia con relación a una ayuda macrofinanciera adicional a Serbia y Montenegro (DO L 311 de 27.11.2003, p. 28), modificada por la Decisión 2004/862/CE (DO L 370 de 17.12.2004, p. 81).

Decisión 2004/580/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Albania y se deroga la Decisión 1999/282/CE (DO L 261 de 6.8.2004, p. 116).

8 2 6   Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos Euratom destinados a financiar la mejora del grado de eficacia y de seguridad del parque nuclear de los países de Europa Central y Oriental y de la Comunidad de Estados Independientes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 08 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 94/179/Euratom del Consejo, de 21 de marzo de 1994, por la que se modifica la Decisión 77/270/Euratom con objeto de habilitar a la Comisión a contraer empréstitos Euratom para contribuir a la financiación de la mejora del grado de seguridad y eficacia del parque nuclear de determinados terceros países (DO L 84 de 29.3.1994, p. 41).

Para la base legal de los préstamos Euratom, véase el comentario del artículo 8 0 1.

CAPÍTULO 8 3 —   INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE LOS PRÉSTAMOS CONCEDIDOS EN LOS TERCEROS PAÍSES POR ORGANISMOS FINANCIEROS

8 3 0   Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos del Banco Europeo de Inversiones a terceros países de la Cuenca mediterránea

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 09 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión del Consejo de 8 de marzo de 1977 (Protocolos «Mediterráneo»).

Decisión 78/666/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1978, relativa a la celebración del Protocolo financiero entre la Comunidad Económica Europea y Grecia (DO L 225 de 16.8.1978, p. 25).

Reglamento (CEE) no 2210/78 del Consejo, de 26 de septiembre de 1978, por el que se celebra el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (DO L 263 de 27.9.1978, p. 1).

Reglamento (CEE) no 2211/78 del Consejo, de 26 de septiembre de 1978, por el que se celebra el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos (DO L 264 de 27.9.1978, p. 1).

Reglamento (CEE) no 2212/78 del Consejo, de 26 de septiembre de 1978, por el que se celebra el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República de Túnez (DO L 265 de 27.9.1978, p. 1).

Reglamento (CEE) no 2237/78 del Consejo, de 26 de septiembre de 1978, relativo a la celebración del Protocolo financiero y del Protocolo adicional al Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Portuguesa (DO L 274 de 29.9.1978, p. 1).

Reglamento (CEE) no 1273/80 del Consejo, de 23 de mayo de 1980, referente a la conclusión de un Protocolo provisional entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista Federativa de Yugoslavia relativo al inicio anticipado del Protocolo no 2 del Acuerdo de cooperación (DO L 130 de 27.5.1980, p. 98).

Reglamento (CEE) no 3323/80 del Consejo, de 18 de diciembre de 1980, relativo a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y la República Portuguesa relativo a la aplicación de una ayuda preadhesión en favor de Portugal (DO L 349 de 23.12.1980, p. 1).

Decisión del Consejo de 4 de junio de 1981 (cooperación financiera con España).

Decisión del Consejo de 19 de julio de 1982 (ayuda excepcional complementaria para la reconstrucción del Líbano).

Reglamento (CEE) no 3177/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (DO L 337 de 29.11.1982, p. 1).

Reglamento (CEE) no 3178/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe de Egipto (DO L 337 de 29.11.1982, p. 8).

Reglamento (CEE) no 3179/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania (DO L 337 de 29.11.1982, p. 15).

Reglamento (CEE) no 3180/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Libanesa (DO L 337 de 29.11.1982, p. 22).

Reglamento (CEE) no 3181/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos (DO L 337 de 29.11.1982, p. 29).

Reglamento (CEE) no 3182/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe de Siria (DO L 337 de 29.11.1982, p. 36).

Reglamento (CEE) no 3183/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Túnez (DO L 337 de 29.11.1982, p. 43).

Decisión del Consejo de 17 de octubre de 1983 (prórroga de la cooperación financiera con España y Portugal).

Reglamento (CEE) no 3354/83 del Consejo, de 22 de noviembre de 1983, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel (DO L 335 de 30.11.1983, p. 7).

Reglamento (CEE) no 787/84 del Consejo, de 26 de marzo de 1984, por el que se celebra el Protocolo relativo a la Cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Chipre (DO L 85 de 28.3.1984, p. 37).

Decisión del Consejo de 18 de junio de 1984 (carta del Presidente del Consejo al Banco Europeo de Inversiones en la que se recomienda una segunda prórroga de la cooperación financiera con España y Portugal).

Decisión del Consejo de 9 de octubre de 1984 (préstamo fuera del Protocolo «Yugoslavia»).

Decisión 87/604/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del segundo Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista Federativa de Yugoslavia (DO L 389 de 31.12.1987, p. 65).

Decisión 88/30/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (DO L 22 de 27.1.1988, p. 1).

Decisión 88/31/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe de Egipto (DO L 22 de 27.1.1988, p. 9).

Decisión 88/32/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania (DO L 22 de 27.1.1988, p. 17).

Decisión 88/33/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Libanesa (DO L 22 de 27.1.1988, p. 25).

Decisión 88/34/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Túnez (DO L 22 de 27.1.1988, p. 33).

Decisión 88/453/CEE del Consejo, de 30 de junio de 1988, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos (DO L 224 de 13.8.1988, p. 32).

Decisión 88/597/CEE del Consejo, de 21 de noviembre de 1988, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel (DO L 327 de 30.11.1988, p. 51).

Decisión 89/378/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, sobre la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y Malta (DO L 180 de 27.6.1989, p. 46).

Decisión 90/153/CEE del Consejo, de 26 de febrero de 1990, sobre la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Chipre (DO L 82 de 29.3.1990, p. 32).

Decisión 92/44/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, sobre la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Túnez (DO L 18 de 25.1.1992, p. 34).

Decisión 92/206/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (DO L 94 de 8.4.1992, p. 13).

Decisión 92/207/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe de Egipto (DO L 94 de 8.4.1992, p. 21).

Decisión 92/208/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania (DO L 94 de 8.4.1992, p. 29).

Decisión 92/209/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Libanesa (DO L 94 de 8.4.1992, p. 37).

Decisión 92/210/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel (DO L 94 de 8.4.1992, p. 45).

Reglamento (CEE) no 1763/92 del Consejo, de 29 de junio de 1992, relativo a la cooperación financiera con el conjunto de países terceros mediterráneos (DO L 181 de 1.7.1992, p. 5).

Decisión 92/548/CEE del Consejo, de 16 de noviembre de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos (DO L 352 de 2.12.1992, p. 13).

Decisión 92/549/CEE del Consejo, de 16 de noviembre de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe Siria (DO L 352 de 2.12.1992, p. 21).

Decisión 93/408/CEE del Consejo, de 19 de julio de 1993, relativa a la conclusión del Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y la República de Eslovenia (DO L 189 de 29.7.1993, p. 152).

Decisión 94/67/CE del Consejo, de 24 de enero de 1994, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe Siria (DO L 32 de 5.2.1994, p. 44).

Decisión 95/484/CE del Consejo, de 30 de octubre de 1995, relativa a la celebración del Protocolo sobre cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Europea y la República de Malta (DO L 278 de 21.11.1995, p. 14).

Decisión 95/485/CE del Consejo, de 30 de octubre de 1995, relativa a la celebración del Protocolo sobre cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Europea y la República de Chipre (DO L 278 de 21.11.1995, p. 22).

Propuesta de Reglamento del Consejo, presentada por la Comisión el 31 de julio de 1995, relativo a la realización de una acción especial de cooperación financiera en favor de Turquía (DO C 271 de 17.10.1995, p. 12).

Decisión 97/256/CE del Consejo, de 14 de abril de 1997, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de Latinoamérica y Asia, Sudáfrica, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Bosnia y Herzegovina) (DO L 102 de 19.4.1997, p. 33), modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 2666/2000/CE (DO L 306 de 7.12.2000, p. 1).

Decisión 1999/786/CE del Consejo, de 29 de noviembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos de reconstrucción de las regiones de Turquía asoladas por el seísmo (DO L 308 de 3.12.1999, p. 35).

Decisión 2000/24/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (Europa Central y Oriental, países mediterráneos, Latinoamérica y Asia y República de Sudáfrica) (DO L 9 de 13.1.2000, p. 24).

Decisión 2000/788/CE del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE con el fin de establecer un programa especial de acción del Banco Europeo de Inversiones en apoyo de la consolidación e intensificación de la unión aduanera CE-Turquía (DO L 314 de 14.12.2000, p. 27).

Decisión 2005/47/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE para tener en cuenta la ampliación de la Unión Europea y la política europea de vecindad (DO L 21 de 25.1.2005, p. 9).

8 3 1   Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones en los terceros países de Europa Central y Oriental y en los Balcanes Occidentales

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 10 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 90/62/CEE del Consejo, de 12 de febrero de 1990, por la que se acuerda la garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones por las pérdidas que se deriven de los préstamos concedidos en favor de proyectos en Hungría y en Polonia (DO L 42 de 16.2.1990, p. 68).

Decisión 91/252/CEE del Consejo, de 14 de mayo de 1991, por la que se hace extensiva a la República Federal Checa y Eslovaca, a Bulgaria y a Rumanía la Decisión 90/62/CEE por la que se acuerda la garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones por las pérdidas que se deriven de los préstamos concedidos en favor de proyectos en Hungría y en Polonia (DO L 123 de 18.5.1991, p. 44).

Decisión 93/166/CEE del Consejo, de 15 de marzo de 1993, por la que se concede una garantía comunitaria al Banco Europeo de Inversiones frente a las pérdidas que pudieran producirse por los préstamos para proyectos de inversión en Estonia, Letonia y Lituania (DO L 69 de 20.3.1993, p. 42).

Decisión 93/696/CE del Consejo, de 13 de diciembre de 1993, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para el caso de pérdidas derivadas de los préstamos concedidos para la realización de proyectos en los países de Europa Central y Oriental (Polonia, Hungría, República Checa, República Eslovaca, Rumania, Bulgaria, Estonia, Letonia, Lituania y Albania) (DO L 321 de 23.12.1993, p. 27).

Decisión 97/256/CE del Consejo, de 14 de abril de 1997, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de Latinoamérica y Asia, Sudáfrica, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Bosnia y Hercegovina) (DO L 102 de 19.4.1997, p. 33), modificada en último lugar por la el Reglamento (CE) no 2666/2000/CE (DO L 306 de 7.12.2000, p. 1).

Decisión 98/348/CE del Consejo, de 19 de mayo de 1998, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para el caso de pérdidas derivadas de los préstamos para la realización de proyectos en la ex República Yugoslava de Macedonia y que modifica la Decisión 97/256/CE por la que se concede la garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones en caso de pérdidas procedentes de préstamos en favor de proyectos realizados en el exterior de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de América Latina y de Asia, Sudáfrica) (DO L 155 de 29.5.1998, p. 53).

Decisión 98/729/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1998, por la que se modifica la Decisión 97/256/CE al objeto de extender la garantía concedida al Banco Europeo de Inversiones por préstamos en favor de proyectos en Bosnia y Hercegovina (DO L 346 de 22.12.1998, p. 54).

Decisión 2000/24/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (Europa Central y Oriental, países mediterráneos, Latinoamérica y Asia y República de Sudáfrica) (DO L 9 de 13.1.2000, p. 24).

Decisión 2000/688/CE del Consejo, de 7 de noviembre de 2000, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE con el fin de ampliar la garantía concedida por la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones respecto de los préstamos para proyectos en Croacia (DO L 285 de 10.11.2000, p. 20).

Decisión 2001/778/CE del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE con el fin de ampliar la garantía concedida por la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para cubrir préstamos en favor de proyectos en la República Federativa de Yugoslavia (DO L 292 de 9.11.2001, p. 43).

Decisión 2005/47/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE para tener en cuenta la ampliación de la Unión Europea y la política europea de vecindad (DO L 21 de 25.1.2005, p. 9).

8 3 2   Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a otros terceros países

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 11 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 93/115/CEE del Consejo, de 15 de febrero de 1993, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones por las pérdidas derivadas de préstamos para proyectos de interés común en determinados terceros países (DO L 45 de 23.2.1993, p. 27).

Decisión 96/723/CE del Consejo, de 12 de diciembre de 1996, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones por las pérdidas derivadas de préstamos para proyectos de interés común en los terceros países de América Latina y Asia con los que la Comunidad ha celebrado acuerdos de cooperación (DO L 329 de 19.12.1996, p. 45).

Decisión 97/256/CE del Consejo, de 14 de abril de 1997, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de Latinoamérica y Asia, Sudáfrica, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Bosnia y Hercegovina) (DO L 102 de 19.4.1997, p. 33), modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 2666/2000/CE (DO L 306 de 7.12.2000, p. 1).

Decisión 2000/24/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (Europa Central y Oriental, países mediterráneos, Latinoamérica y Asia y República de Sudáfrica) (DO L 9 de 13.1.2000, p. 24).

Decisión 2001/777/CE del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para cubrir las pérdidas derivadas de una acción especial de préstamo en favor de proyectos medioambientales seleccionados en las regiones rusas de la Cuenca Báltica en el marco de la dimensión septentrional (DO L 292 de 9.11.2001, p. 41).

Decisión 2005/47/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE para tener en cuenta la ampliación de la Unión Europea y la política europea de vecindad (DO L 21 de 25.1.2005, p. 9).

Decisión 2005/48/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para cubrir las pérdidas derivadas de la realización de determinados tipos de proyectos en Rusia, Ucrania, Moldova y Belarús (DO L 21 de 25.1.2005, p. 11).

8 3 4   Garantía de la Comunidad Europea a los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a Sudáfrica

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 12 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 95/207/CE del Consejo, de 1 de junio de 1995, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para el caso de pérdidas derivadas de los préstamos concedidos para la realización de proyectos en Sudáfrica (DO L 131 de 15.6.1995, p. 31).

Decisión 97/256/CE del Consejo, de 14 de abril de 1997, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de Latinoamérica y Asia, Sudáfrica, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Bosnia y Hercegovina) (DO L 102 de 19.4.1997, p. 33), modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 2666/2000/CE (DO L 306 de 7.12.2000, p. 1).

Decisión 2000/24/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (Europa Central y Oriental, países mediterráneos, Latinoamérica y Asia y República de Sudáfrica) (DO L 9 de 13.1.2000, p. 24).

Decisión 2005/47/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE para tener en cuenta la ampliación de la Unión Europea y la política europea de vecindad (DO L 21 de 25.1.2005, p. 9).

CAPÍTULO 8 5 —   INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PARTICIPACIONES DE LOS ORGANISMOS DE GARANTÍA

8 5 0   Dividendos pagados por el Fondo Europeo de Inversiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

2 627 400

3 000 000

2 368 200,—

Este artículo se destina a recibir los dividendos eventuales pagados por el Fondo Europeo de Inversiones como remuneración de esta participación.

Bases jurídicas

Decisión 94/375/CE del Consejo, de 6 de junio de 1994, relativa a la participación en calidad de miembro de la Comunidad en el Fondo Europeo de Inversiones (DO L 173 de 7.7.1994, p. 12).

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

 

Total del título 9

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

 

TOTAL GENERAL

111 969 607 449

105 684 048 940

103 511 946 247,35

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

Este artículo se destina a acoger ingresos diversos.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

20 000 000

Tribunal de Justicia

 

10 000

Tribunal de Cuentas

 

100 000

Comité Económico y Social Europeo

 

16 000

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

20 126 000

C. PERSONAL

Efectivos autorizados

Instituciones

2006

2005

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Parlamento Europeo

4 883

918

4 696

901

Consejo

3 393

47

3 234

46

Comisión

 

 

 

 

— Funcionamiento

18 205

366

17 591

366

— Investigación y desarrollo tecnológico

3 792

3 705

50

— Oficina de Publicaciones

635

635

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

238

119

201

146

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas

115

1

111

1

— Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales

259

280

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas

479

550

— Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo

187

205

Tribunal de Justicia

1 346

411

1 332

411

Tribunal de Cuentas

657

134

642

135

Comité Económico y Social Europeo

642

29

607

29

Comité de las Regiones

425

34

396

32

Defensor del Pueblo Europeo

13

44

13

38

Supervisor Europeo de Protección de Datos

24

19

Total

35 293

2 103

34 217

2 155

La distribución por categorías y por grados de estos agentes deberá mantenerse dentro de los límites fijados por las plantillas de las páginas siguientes.

Sección I — Parlamento

Categorías y grados

2006 (13)

Puestos permanentes

Puestos temporales

Otros

Grupos políticos

 

Fuera de categoría

1

 

 

A*16

9

 

1

 

A*15

29

 

1

10

 

A*14

127

1

 

6

20

 

A*13

49

 

1

19

 

A*12

583

2

 

7

61

 

A*11

246

4

 

6

38

 

A*10

92

3

 

5

47

 

A*9

197

 

1

14

 

A*8

45

4

 

22

11

 

A*7

97

 

11

 

A*6

10

 

18

 

A*5

565

 

4

53

 

Total

2 049

14

 

54

302

 

B*11

55

 

16

 

B*10

175

4

 

17

30

 

B*9

52

 

5

 

B*8

60

2

 

1

30

 

B*7

97

3

 

7

33

 

B*6

79

3

 

3

11

 

B*5

174

2

 

2

24

 

B*4

5

 

17

 

B*3

128

 

47

 

Total

825

14

 

30

213

 

C*7

365

 

23

 

C*6

557

20

 

2

69

 

C*5

428

3

 

6

50

 

C*4

65

15

 

9

30

 

C*3

153

7

 

17

 

C*2

99

2

 

5

53

 

C*1

233

 

1

39

 

Total

1 900

47

 

23

281

 

D*5

19

 

 

D*4

87

3

 

9

6

 

D*3

2

1

 

 

D*2

0

 

 

Total

108

4

 

9

6

 

Total general

4 883  (14)

79  (15)

 

116  (16)

802

 

 

5 801  (17)  (18)


Categorías y grados

2005

Puestos permanentes

Puestos temporales

Otros

Grupos políticos

 

Fuera de categoría

1

 

 

A*16

9

 

1

 

A*15

29

 

1

10

 

A*14

127

1

 

6

20

 

A*13

25

 

9

 

A*12

528

2

 

8

64

 

A*11

179

4

 

6

36

 

A*10

173

3

 

5

54

 

A*9

77

 

12

 

A*8

159

4

 

22

14

 

A*7

94

 

 

A*6

 

20

 

A*5

526

 

10

53

 

Total

1 926

14

 

59

292

 

B*11

14

 

7

 

B*10

177

4

 

17

39

 

B*9

21

 

1

 

B*8

55

2

 

1

24

 

B*7

122

3

 

7

39

 

B*6

87

3

 

3

11

 

B*5

174

2

 

2

28

 

B*4

 

2

 

B*3

138

 

54

 

Total

788

14

 

30

205

 

C*7

42

 

9

 

C*6

768

20

 

2

82

 

C*5

178

3

 

6

51

 

C*4

290

15

 

9

27

 

C*3

195

7

 

16

 

C*2

103

2

 

5

49

 

C*1

285

 

1

41

 

Total

1 861

47

 

23

275

 

D*5

9

 

 

D*4

97

3

 

9

7

 

D*3

14

1

 

1

 

D*2

0

 

 

Total

120

4

 

9

8

 

Total general

4 696  (19)

79  (20)

 

121  (21)

780  (22)

 

 

5 597

Sección II — Consejo

Categorías y grados

Consejo

2006 (23)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Fuera de categoría

2

 

2

 

A*16

11

 

11

 

A*15

34 (24)

 

1

31 (25)

 

1

A*14

84 (26)

 

9

81 (27)

 

9

A*13

33

 

12

 

A*12

280

 

8

294 (28)

 

8

A*11

332

 

12

272

 

12

A*10

57

 

1

118

 

A*9

85

 

86

 

A*8

180

 

172

 

A*7

53

 

41

 

A*6

188

 

188

 

A*5

69

 

11

 

Total

1 406

 

31

1 317

 

30

B*11

11

 

3

 

B*10

45

 

2

53

 

2

B*9

21

 

10

 

B*8

55

 

48

 

B*7

67

 

64

 

B*6

78

 

38

 

B*5

4

 

13

57

 

13

B*4

4

 

4

 

B*3

83

 

66

 

Total

368

 

15

343

 

15

C*7

45

 

20

 

C*6

441

 

1

450

 

1

C*5

331

 

290

 

C*4

257

 

214

 

C*3

76

 

121

 

C*2

126

 

158

 

C*1

278

 

256

 

Total

1 554

 

1

1 509

 

1

D*5

7

 

3

 

D*4

56

 

60

 

D*3

 

 

D*2

 

 

Total

63

 

63

 

Total general

3 393  (29)

 

47

3 234  (30)

 

46

Sección III — Comisión

Funcionamiento

Categorías y grados

2006 (31)

2005

Puestos permanentes

De ellos, puestos permanentes correspondientes a la Agencia de Abastecimiento

Puestos temporales

Puestos permanentes

De ellos, puestos permanentes correspondientes a la Agencia de Abastecimiento

Puestos temporales

A*16

30

30

A*15

219 (32)

22

219 (33)

22

A*14

573 (34)  (35)

2 (36)

32

623 (37)  (38)

2 (39)

32

A*13

199

115

A*12

2 213 (40)  (41)

3

54

2 004 (42)  (43)

3

54

A*11

1 921 (44)  (45)

1

62

1 906 (46)  (47)

1

62

A*10

902

2

11

1 163

2

11

A*9

738

327

A*8

1 022

2

1 589

2

A*7

301

331

A*6

268

210

A*5

1 104

473

Total

9 490

8

183

8 990

8

183

B*11

60

30

B*10

505

1

20

648

1

20

B*9

143

53

B*8

634 (48)

2

12

641 (49)

2

12

B*7

801

1

28

809

1

28

B*6

540

3

15

540

3

15

B*5

433

533

B*4

B*3

422

157

Total

3 538

7

75

3 411

7

75

C*7

117

57

C*6

1 021

6

24

1 047

6

24

C*5

1 083

1

42

1 091

1

42

C*4

1 088

20

1 195

20

C*3

729

2

9

671

2

9

C*2

403

13

604

13

C*1

504

265

Total

4 945

9

108

4 930

9

108

D*5

38

19

D*4

163

207

D*3

29

32

D*2

2

2

Total

232

260

Total general

18 205  (50)

24

366

17 591  (51)

24

366


Investigación y desarrollo tecnológico — Centro Común de Investigación

Categorías y grados

2006 (52)

2005

Puestos

Puestos

A*16

2 (53)

2 (54)

A*15

10

10

A*14

36

38

A*13

9

5

A*12

166

153

A*11

178

178

A*10

174

188

A*9

18

7

A*8

81

145

A*7

36

16

A*6

81

51

A*5

64

27

Total

855

820

B*11

9

5

B*10

69

112

B*9

22

6

B*8

106

138

B*7

106

111

B*6

125

145

B*5

30

65

B*4

70

5

B*3

50

2

Total

587

589

C*7

18

10

C*6

143

221

C*5

82

99

C*4

78

84

C*3

41

51

C*2

75

40

C*1

30

Total

467

505

D*5

2

1

D*4

23

23

D*3

8

9

D*2

2

2

Total

35

35

Total general

1 944

1 949


Investigación y desarrollo tecnológico — Acciones indirectas

Categorías y grados

2006 (55)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

1

 

1

 

A*15

19 (56)

 

19 (57)

 

A*14

74 (58)

 

79 (59)

 

A*13

24

 

4

 

A*12

318

 

309

 

A*11

247

 

280

 

A*10

172

 

161

 

11

A*9

20

 

4

 

A*8

86

 

91

 

17

A*7

16

 

14

 

A*6

25

 

9

 

A*5

49

 

42

 

Total

1 051

 

1 013

 

28

B*11

4

 

2

 

B*10

42

 

74

 

B*9

7

 

4

 

B*8

57

 

62

 

B*7

67

 

62

 

B*6

76

 

45

 

6

B*5

30

 

24

 

9

B*4

5

 

 

B*3

34

 

22

 

Total

322

 

295

 

15

C*7

10

 

2

 

C*6

66

 

84

 

C*5

97

 

97

 

C*4

117

 

109

 

C*3

99

 

88

 

2

C*2

61

 

47

 

5

C*1

25

 

21

 

Total

475

 

448

 

7

D*5

 

 

D*4

 

 

D*3

 

 

D*2

 

 

Total

 

 

Total general

1 848

 

1 756

 

50

 

1 848

1 806

Oficina de Publicaciones

Categorías y grados

Oficina de Publicaciones

2006 (60)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

1

 

1

 

A*15

3

 

3

 

A*14

8

 

8

 

A*13

1

 

1

 

A*12

8

 

8

 

A*11

13

 

13

 

A*10

12

 

12

 

A*9

4

 

4

 

A*8

19

 

19

 

A*7

 

 

A*6

3

 

3

 

A*5

8

 

8

 

Total

80

 

80

 

B*11

3

 

3

 

B*10

44

 

45

 

B*9

4

 

4

 

B*8

45

 

46

 

B*7

67

 

67

 

B*6

50

 

50

 

B*5

33

 

33

 

B*4

 

 

B*3

82

 

81

 

Total

328

 

329

 

C*7

2

 

2

 

C*6

48

 

48

 

C*5

38

 

39

 

C*4

43

 

43

 

C*3

42

 

42

 

C*2

31

 

31

 

C*1

2

 

 

Total

206

 

205

 

D*5

1

 

1

 

D*4

13

 

11

 

D*3

6

 

8

 

D*2

1

 

1

 

Total

21

 

21

 

Total general

635  (61)  (62)

635  (63)  (64)

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

Categorías y grados

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

2006 (65)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

1

 

1

 

A*15

2

 

3

2

 

3

A*14

5

 

4

5

 

4

A*13

1

 

1

 

A*12

13

 

21

10

 

24

A*11

16

 

13

12

 

17

A*10

11

 

1

9

 

1

A*9

13

 

1

4

 

12

A*8

22

 

15

20

 

17

A*7

1

 

 

A*6

6

 

2

7

 

2

A*5

10

 

 

Total

101

 

60

71

 

80

B*11

1

 

1

 

B*10

8

 

18

8

 

18

B*9

 

 

B*8

10

 

4

6

 

2

B*7

21

 

28

22

 

46

B*6

10

 

1

6

 

B*5

7

 

8

7

 

B*4

 

 

B*3

1

 

1

 

Total

58

 

59

51

 

66

C*7

1

 

1

 

C*6

14

 

5

 

C*5

9

 

12

 

C*4

14

 

15

 

C*3

13

 

13

 

C*2

14

 

14

 

C*1

11

 

15

 

Total

76

 

75

 

D*5

 

 

D*4

1

 

1

 

D*3

2

 

1

 

D*2

 

2

 

Total

3

 

4

 

Total general

238

 

119

201

 

146

 

357

347  (66)  (67)

Oficina de selección de personal de las comunidades europeas

Categorías y grados

Oficina Europea de Selección de Personal

2006 (68)

2005

Puestos permanentes

Incluida la Escuela Europea de Administración

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

A*14

1

1

A*13

A*12

3

2

3

2

A*11

4

4

A*10

2

1

2

1 (69)

A*9

1

1

A*8

2

1

2

1

A*7

2

2

2

2 (70)

A*6

2

2

A*5

1

Total

18

6

1

17

6

1

B*11

B*10

3

3

B*9

B*8

12

1

12

1

B*7

5

5

B*6

3

1

3

1 (71)

B*5

6

1

6

1

B*4

1

1

1

1

B*3

2

1

Total

32

4

31

4

C*7

C*6

12

12

C*5

12

1

12

1

C*4

10

10

C*3

14

1

14

1

C*2

7

7

C*1

8

3

6

2 (72)

Total

63

5

61

4

D*5

D*4

1

1

D*3

1

1

D*2

Total

2

2

Total general

115

15

1

111

14

1

 

116

112

Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales

Categorías y grados

Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales

2006 (73)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

1

 

1

 

A*14

4

 

4

 

A*13

 

 

A*12

4

 

4

 

A*11

2

 

1

 

A*10

3

 

3

 

A*9

1

 

1

 

A*8

 

1

 

A*7

 

 

A*6

3

 

1

 

A*5

5

 

7

 

Total

23

 

23

 

B*11

 

 

B*10

20

 

20

 

B*9

 

 

B*8

24

 

24

 

B*7

16

 

14

 

B*6

14

 

14

 

B*5

3

 

3

 

B*4

 

 

B*3

 

 

Total

77

 

75

 

C*7

 

 

C*6

66

 

67

 

C*5

49

 

54

 

C*4

27

 

34

 

C*3

7

 

9

 

C*2

5

 

6

 

C*1

 

 

Total

154

 

170

 

D*5

 

 

D*4

3

 

8

 

D*3

2

 

4

 

D*2

 

 

Total

5

 

12

 

Total general

259

280  (74)

Oficina de Infraestructura y logística de Bruselas

Categorías y grados

Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas

2006 (75)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

1

 

1

 

A*14

9

 

8

 

A*13

 

 

A*12

7

 

6

 

A*11

13

 

13

 

A*10

2

 

2

 

A*9

 

 

A*8

6

 

7

 

A*7

 

 

A*6

 

 

A*5

2

 

 

Total

40

 

37

 

B*11

 

 

B*10

19

 

18

 

B*9

 

 

B*8

12

 

14

 

B*7

16

 

16

 

B*6

9

 

9

 

B*5

10

 

12

 

B*4

 

 

B*3

 

 

Total

66

 

69

 

C*7

 

 

C*6

57

 

63

 

C*5

62

 

64

 

C*4

82

 

83

 

C*3

51

 

55

 

C*2

3

 

12

 

C*1

 

 

Total

255

 

277

 

D*5

 

 

D*4

104

 

124

 

D*3

14

 

43

 

D*2

 

 

Total

118

 

167

 

Total general

479

550

Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo

Categorías y grados

Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo

2006 (76)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

1

 

1

 

A*14

3

 

3

 

A*13

 

 

A*12

5

 

5

 

A*11

2

 

2

 

A*10

3

 

3

 

A*9

 

 

A*8

 

 

A*7

 

 

A*6

 

 

A*5

2

 

1

 

Total

16

 

15

 

B*11

 

 

B*10

8

 

8

 

B*9

 

 

B*8

7

 

7

 

B*7

5

 

5

 

B*6

3

 

3

 

B*5

3

 

3

 

B*4

 

 

B*3

 

 

Total

26

 

26

 

C*7

 

 

C*6

22

 

24

 

C*5

26

 

28

 

C*4

32

 

33

 

C*3

15

 

17

 

C*2

3

 

6

 

C*1

 

 

Total

98

 

108

 

D*5

 

 

D*4

35

 

42

 

D*3

12

 

14

 

D*2

 

 

Total

47

 

56

 

Total general

187

 

205

 

 

187

205  (77)

Organismos descentralizados

Agencia Europea de Medicamentos

Categorías y grados

Puestos

2006 (78)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

1

A*15

3

1

1

A*14

4

5

7

A*13

4

4

A*12

34

32

33

A*11

33

37

32

A*10

34

39

34

A*9

13

11

A*8

32

36

32

A*7

41

41

A*6

12

A*5

Total grado A*

211

150

195

B*11

B*10

6

6

6

B*9

2

B*8

10

8

10

B*7

12

11

12

B*6

12

12

12

B*5

9

9

9

B*4

5

2

B*3

14

8

Total grado B*

70

46

59

C*7

2

C*6

18

19

19

C*5

23

24

23

C*4

47

48

47

C*3

8

6

6

C*2

10

2

C*1

28

21

Total grado C*

136

97

118

D*5

D*4

2

2

2

D*3

5

5

5

D*2

Total grado D*

7

7

7

Total general

424

300

379

Total personal

424

300

379

Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

Categorías y grados

Puestos

2006 (79)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

A*14

1

1

1

A*13

A*12

10

6

10

A*11

10

6

10

A*10

8

5

8

A*9

A*8

2

8

2

A*7

3

3

A*6

A*5

Total grado A*

35

26

35

B*11

B*10

5

3

5

B*9

B*8

7

4

7

B*7

8

3

8

B*6

1

8

1

B*5

4

4

B*4

B*3

Total grado B*

25

18

25

C*7

C*6

6

4

6

C*5

12

10

12

C*4

4

4

4

C*3

8

4

8

C*2

3

7

3

C*1

Total grado C*

33

29

33

D*5

D*4

1

1

1

D*3

D*2

Total grado D*

1

1

1

Total personal

94

74

94

Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

Categorías y grados

Puestos

2006 (80)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

A*13

A*12

3

1

3

A*11

6

3

6

A*10

3

3

3

A*9

1

A*8

3

2

3

A*7

4

4

A*6

3

A*5

Total grado A*

20

14

20

B*11

B*10

1

1

B*9

B*8

4

1

4

B*7

3

3

B*6

2

4

2

B*5

2

2

2

B*4

2

B*3

2

2

2

Total grado B*

14

11

14

C*7

C*6

1

1

C*5

1

1

C*4

1

1

1

C*3

1

1

1

C*2

1

2

1

C*1

1

1

Total grado C*

6

4

6

Total personal

40

29

40

Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

Categorías y grados

Puestos

2006 (81)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

A*13

A*12

5

5

5

A*11

A*10

6

6

6

A*9

A*8

A*7

3

3

A*6

A*5

Total grado A*

15

12

15

B*11

B*10

1

1

1

B*9

B*8

1

1

1

B*7

8

8

8

B*6

B*5

B*4

3

3

3

B*3

Total grado B*

13

13

13

C*7

C*6

1

1

1

C*5

1

1

1

C*4

6

6

6

C*3

C*2

1

1

1

C*1

Total grado C*

9

9

9

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

37

34

37

Total personal

37

34

37

Agencia Europea de Seguridad Aérea

Categorías y grados

Puestos

2006 (82)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

5

4

5

A*14

10

1

10

A*13

5

A*12

20

8

20

A*11

28

8

28

A*10

30

1

28

A*9

47

20

17

A*8

29

6

17

A*7

21

20

A*6

48

16

A*5

2

Total grado A*

245

64

145

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

10

8

B*6

18

8

B*5

9

4

9

B*4

B*3

2

5

Total grado B*

39

9

25

C*7

C*6

1

1

C*5

1

1

C*4

19

8

C*3

13

10

C*2

10

5

10

C*1

6

Total grado C*

44

11

30

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

328

84

200

Total personal

328

84

200

Agencia Europea de Seguridad Marítima

Categorías y grados

Puestos

2006 (83)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

1

A*12

1

5

2

1

4

A*11

1

6

3

1

5

A*10

2

9

2

4

2

6

A*9

18

8

A*8

9

8

2

A*7

5

9

2

3

15

A*6

8

A*5

7

6

Total grado A*

9

74

2

21

7

48

B*11

B*10

B*9

B*8

1

1

1

1

B*7

2

1

3

B*6

2

2

B*5

3

1

2

B*4

8

5

B*3

6

5

Total grado B*

1

22

2

1

18

C*7

C*6

1

1

C*5

C*4

2

2

2

C*3

5

3

C*2

12

7

6

C*1

6

9

Total grado C*

26

9

21

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

10

122

2

32

8

87

Total personal

132

34

95

Agencia Ferroviaria Europea

Categorías y grados

Puestos

2006 (84)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

A*14

1

A*13

A*12

6

A*11

A*10

2

A*9

11

21

A*8

27

A*7

25

29

A*6

A*5

Total grado A*

72

51

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

2

B*4

6

5

B*3

5

7

Total grado B*

13

12

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

5

4

C*1

5

5

Total grado C*

10

9

Total grado D*

Total general

95

72

Total personal

95

72

Agencia Europea del Medio Ambiente

Categorías y grados

Puestos

2006 (85)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

4

4

4

A*13

1

A*12

1

8

7

7

A*11

12

1

13

1

14

A*10

12

14

14

A*9

2

A*8

9

1

10

10

A*7

1

A*6

A*5

Total grado A*

1

50

2

49

1

50

B*11

1

2

B*10

2

1

3

1

4

B*9

2

B*8

2

7

1

7

1

7

B*7

4

2

4

1

4

B*6

7

7

7

B*5

3

9

8

B*4

2

B*3

2

1

Total grado B*

3

31

4

30

3

31

C*7

2

C*6

2

3

4

C*5

5

3

3

C*4

6

6

6

C*3

8

8

8

C*2

2

6

4

C*1

1

1

Total grado C*

26

26

26

D*5

1

D*4

2

2

2

D*3

1

1

2

D*2

1

Total grado D*

4

4

4

Total general

4

111

6

109

4

111

Total personal

115

115

115

Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información

Categorías y grados

Puestos

2006 (86)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

A*13

A*12

3

3

A*11

A*10

4

4

A*9

7

6

A*8

5

2

A*7

9

9

A*6

A*5

Total grado A*

29

1

25

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

7

6

B*4

B*3

Total grado B*

7

6

C*7

C*6

C*5

C*4

1

C*3

C*2

5

3

C*1

2

4

Total grado C*

8

7

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

44

1

38

Total personal

44

1

38

Oficina de Armonización del Mercado Interior

Categorías y grados

Puestos

2006 (87)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

1

1

1

A*15

3

2

3

A*14

5

17

5

17

5

17

A*13

2

2

A*12

16

13

16

A*11

33

3

31

3

33

3

A*10

47

9

46

5

47

9

A*9

6

6

A*8

16

20

16

A*7

A*6

Total grado A*

103

55

95

48

103

55

B*11

2

1

2

1

B*10

16

1

18

2

16

1

B*9

B*8

28

8

19

4

28

8

B*7

41

10

49

9

41

10

B*6

34

15

35

8

34

15

B*5

10

19

9

25

10

19

Total grado B*

131

54

130

48

131

54

C*7

2

2

C*6

22

3

23

3

22

3

C*5

44

8

29

7

44

8

C*4

75

28

89

26

75

28

C*3

64

35

63

33

64

35

C*2

33

32

33

Total grado C*

207

107

204

101

207

107

D*5

2

2

D*4

4

1

4

1

4

1

D*3

3

6

4

6

3

6

D*2

2

2

2

Total grado D*

9

9

8

9

9

9

Total general

450

225

437

206

450

225

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

Categorías y grados

Puestos

2006 (88)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

A*12

7

5

7

5

7

5

A*11

5

5

7

3

7

3

A*10

3

5

1

7

1

7

A*9

3

1

A*8

2

3

3

A*7

1

A*6

1

A*5

5

4

Total grado A*

15

29

15

20

15

25

B*11

B*10

3

1

3

1

3

1

B*9

B*8

2

1

2

1

2

1

B*7

1

1

1

1

1

B*6

7

7

7

B*5

3

3

3

B*4

B*3

1

1

Total grado B*

6

14

5

13

6

14

C*7

C*6

6

6

6

C*5

4

2

3

2

4

2

C*4

3

7

2

7

3

7

C*3

3

3

3

C*2

2

2

2

C*1

1

1

Total grado C*

13

15

11

14

13

15

D*5

D*4

1

1

1

D*3

2

2

2

D*2

D*1

Total grado D*

1

2

1

2

1

2

Total personal

35

60

32

49

35

56

Fundación Europea de Formación

Categorías y grados

Puestos

2006 (89)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

A*14

2

2

2

A*13

1

1

A*12

8

7

7

A*11

15

14

15

A*10

10

6

11

A*9

7

4

4

A*8

8

13

11

A*7

2

1

1

A*6

2

A*5

1

Total grado A*

54

50

53

B*11

B*10

1

1

B*9

3

2

2

B*8

7

4

6

B*7

10

7

10

B*6

10

11

10

B*5

3

9

8

B*4

3

B*3

2

Total grado B*

37

35

37

C*7

1

1

C*6

2

2

2

C*5

2

1

2

C*4

3

1

4

C*3

3

6

3

C*2

3

2

C*1

4

Total grado C*

14

14

14

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

105

99

104

Total personal

105

99

104

Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

Categorías y grados

Puestos

2006 (90)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

1

1

A*12

1

1

1

A*11

1

1

1

A*10

1

1

1

A*9

A*8

1

A*7

A*6

A*5

Total grado A*

2

4

2

4

2

4

B*11

B*10

B*9

2

2

2

2

B*8

2

2

1

1

2

2

B*7

2

4

5

3

2

4

B*6

3

3

3

B*5

1

B*4

B*3

1

Total grado B*

6

11

6

9

6

11

C*7

C*6

2

2

1

2

2

C*5

2

2

2

C*4

1

2

1

1

2

C*3

3

1

5

3

C*2

2

C*1

2

Total grado C*

3

11

3

9

3

9

D*5

3

3

D*4

D*3

1

D*2

2

Total grado D*

3

3

3

Total general

11

29

11

25

11

27

Total personal

40

36

38

Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

Categorías y grados

Puestos

2006 (91)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

2

1

2

A*13

A*12

8

7

7

A*11

19

18

18

A*10

A*9

1

14

1

2

1

4

A*8

29

14

17

A*7

1

28

2

1

20

A*6

21

5

10

A*5

17

22

Total grado A*

2

139

1

50

2

101

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

4

3

4

B*6

B*5

16

9

9

B*4

1

4

2

1

3

B*3

12

3

11

Total grado B*

1

36

17

1

27

C*7

C*6

C*5

C*4

1

20

1

13

1

13

C*3

2

C*2

18

10

16

C*1

31

10

33

Total grado C*

1

71

1

33

1

62

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

4

246

2

100

4

190

Total personal

250

102

194

Eurojust

Categorías y grados

Puestos

2006 (92)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

A*13

A*12

A*11

2

2

2

A*10

A*9

4

3

4

A*8

3

3

3

A*7

7

7

A*6

1

A*5

8

4

Total grado A*

26

9

21

B*11

B*10

B*9

B*8

1

1

1

B*7

1

1

1

B*6

B*5

2

1

2

B*4

B*3

16

3

9

Total grado B*

20

6

13

C*7

C*6

C*5

C*4

17

17

17

C*3

C*2

25

12

25

C*1

22

5

2

Total grado C*

64

34

44

D*5

D*4

D*3

D*2

2

2

9

Total grado D*

2

2

9

Total general

112

51

87

Total personal

112

51

87

Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

Categorías y grados

Puestos

2006 (93)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

1

2

A*12

1

6

1

5

2

7

A*11

3

3

2

3

3

3

A*10

2

11

2

12

2

12

A*9

5

1

3

A*8

8

8

10

A*7

2

2

2

2

A*6

1

A*5

Total grado A*

10

38

6

30

10

38

B*11

1

B*10

1

1

B*9

1

B*8

4

1

3

B*7

4

3

4

B*6

1

3

1

3

1

3

B*5

2

3

3

B*4

2

1

2

1

B*3

2

Total grado B*

4

14

2

13

4

14

C*7

1

C*6

1

1

1

C*5

3

2

3

C*4

2

2

3

C*3

2

1

1

2

2

1

C*2

1

1

C*1

1

1

Total grado C*

3

8

2

8

3

8

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

17

60

10

51

17

60

Total personal

77

61

77

Agencia Europea de Reconstrucción

Categorías y grados

Puestos

2006 (94)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

1

A*12

56

18

55

A*11

21

A*10

29

5

29

A*9

3

A*8

14

A*7

1

4

2

A*6

1

A*5

Total grado A*

89

68

88

B*11

B*10

1

1

1

B*9

B*8

2

2

B*7

3

B*6

4

B*5

22

5

22

B*4

1

B*3

1

Total grado B*

25

15

25

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

1

1

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

115

83

114

Total personal

115

83

114

Órgano de Vigilancia de Galileo

Categorías y grados

Puestos

2006 (95)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

1

A*13

3

2

A*12

A*11

3

2

A*10

A*9

A*8

2

A*7

6

5

A*6

A*5

Total grado A*

15

10

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

2

2

B*6

B*5

B*4

B*3

Total grado B*

2

2

C*7

C*6

C*5

1

1

C*4

C*3

C*2

2

2

C*1

Total grado C*

3

3

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

20

15

Total personal

20

15

Agencia Comunitaria de Control de la Pesca (ACCP)

Categorías y grados

Puestos

2006 (96)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

A*13

A*12

A*11

A*10

A*9

A*8

A*7

A*6

A*5

Total grado A*

8

5

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

B*4

B*3

Total grado B*

2

12

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

9

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

2

Total general

10

28

Total personal

38

Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades

Categorías y grados

Puestos

2006 (97)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

A*14

2

1

A*13

A*12

A*11

4

2

A*10

5

2

A*9

A*8

8

4

A*7

A*6

A*5

8

6

Total grado A*

28

16

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

4

B*5

B*4

5

7

B*3

Total grado B*

9

7

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

2

C*2

C*1

11

6

Total grado C*

13

6

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

50

29

Total personal

50

29

Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores

Categorías y grados

Puestos

2006 (98)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

A*13

A*12

A*11

A*10

A*9

A*8

A*7

2

A*6

A*5

2

Total grado A*

5

5

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

B*4

B*3

5

Total grado B*

5

5

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

5

Total grado C*

5

5

D*5

D*4

D*3

D*2

2

Total grado D*

2

2

Total general

17

17

Total personal

17

17

Escuela Europea de Policía

Categorías y grados

Puestos

2006 (99)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

A*13

A*12

A*11

A*10

A*9

A*8

A*7

3

A*6

A*5

3

Total grado A*

10

7

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

B*4

B*3

6

Total grado B*

6,5

6

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

5

Total grado C*

6

5

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

22,5

18

Total personal

22,5

18

Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

Categorías y grados

Puestos

2006 (100)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

A*12

5

2

1

4

2

4

A*11

5

8

2

9

9

8

A*10

11

11

1

25

1

30

A*9

1

10

7

A*8

2

10

21

10

9

A*7

1

2

2

1

16

A*6

27

14

A*5

8

2

Total grado A*

26

79

7

75

23

77

B*11

B*10

B*9

B*8

2

1

2

1

2

B*7

4

3

1

3

4

3

B*6

5

3

4

9

B*5

4

4

12

3

7

B*4

3

1

B*3

8

3

1

Total grado B*

10

24

4

24

8

23

C*7

C*6

1

1

1

C*5

1

2

2

3

C*4

3

4

4

2

7

C*3

3

12

16

2

19

C*2

1

7

13

1

15

C*1

16

4

Total grado C*

8

42

40

5

45

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total

44

145

11

139

36

145

Total personal

189

150

181

Agencias ejecutivas [artículo 12, apartado 1, del Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo]

Agencia Ejecutiva de Energía Inteligente

Categorías y grados

Puestos

2006 (101)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

1

1

A*13

A*12

2

2

A*11

1

1

A*10

3

3

A*9

A*8

2

2

A*7

3

3

A*6

A*5

Total grado A*

12

1

12

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

2

2

B*6

B*5

B*4

B*3

1

1

Total grado B*

3

3

C*7

C*6

C*5

C*4

1

1

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

1

1

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

16

1

16

Total personal

16

1

16

Agencia Ejecutiva de Educación y Cultura

Categorías y grados

Puestos

2006 (102)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

1

A*13

4

4

A*12

9

9

A*11

21

21

A*10

8

8

A*9

A*8

6

6

A*7

A*6

A*5

Total grado A*

49

49

B*11

B*10

5

5

B*9

B*8

8

8

B*7

9

9

B*6

4

4

B*5

B*4

B*3

Total grado B*

26

26

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

75

75

Total personal

75

75

Agencia Ejecutiva para el Programa de Salud Pública

Categorías y grados

Puestos

2006 (103)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

1

A*13

A*12

A*11

1

1

A*10

A*9

A*8

2

2

A*7

A*6

1

1

A*5

Total grado A*

5

5

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

1

1

B*6

B*5

3

3

B*4

B*3

Total grado B*

4

4

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

9

9

Total personal

9

9

Redes transeuropeas de transportes — Agencia ejecutiva

Categorías y grados

Puestos

2006 (104)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

A*13

A*12

1

A*11

1

A*10

3

A*9

A*8

2

A*7

1

A*6

4

A*5

5

Total grado A*

18

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

1

B*5

2

B*4

B*3

2

Total grado B*

5

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

23

Total personal

23

Sección IV — Tribunal de Justicia

Categorías y grados

Tribunal de Justicia

2006 (105)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

9

 

1

9

 

1

A*14

26 (106)

 

41 (107)

26 (108)

 

41 (109)

A*13

12

 

6

 

A*12

133 (110)

 

61

136 (111)

 

61

A*11

103

 

69

104

 

69

A*10

101

 

23

103

 

23

A*9

13

 

1

4

 

1

A*8

65

 

1

59

 

1

A*7

210

 

24

200

 

24

A*6

29

 

25

 

A*5

23

 

38

 

Total

724

 

221

710

 

221

B*11

2

 

1

 

B*10

21

 

1

22

 

1

B*9

7

 

7

 

B*8

32

 

5

28

 

5

B*7

25

 

26

28

 

26

B*6

27

 

24

21

 

24

B*5

31

 

42

38

 

42

B*4

 

 

B*3

94

 

7

88

 

7

Total

239

 

105

233

 

105

C *7

5

 

3

 

C*6

68

 

70

 

C*5

53

 

51

 

C*4

42

 

63

38

 

63

C*3

24

 

1

30

 

1

C*2

27

 

1

27

 

1

C*1

125

 

120

 

Total

344

 

65

339

 

65

D*5

3

 

2

 

D*4

20

 

1

25

 

1

D*3

14

 

4

17

 

4

D*2

2

 

15

6

 

15

Total

39

 

20

50

 

20

Subtotales

1 346  (112)

 

411

1 332  (113)

 

411

Total general

1 757  (114)

 

1 743  (115)

 

Sección V — Tribunal de Cuentas

Categorías y grados

Tribunal de (116)Cuentas

Puestos permanentes

 (117)Puestos temporales

2006 (118)

 

2005

2006 (119)

 

2005

Fuera de categoría

 

1

 

1

A*16

 

 

A*15

9

 

9

 

A*14

31 (120)

 

31 (121)

28

 

28

A*13

5

 

3

 

A*12

53 (122)

 

53 (123)

11 (124)

 

12 (125)

A*11

54

 

49

28

 

28

A*10

45

 

52

1

 

1

A*9

51

 

40

 

A*8

81

 

92

 

A*7

1

 

 

A*6

82 (126)

 

73

 

A*5

7

 

7

 

Total

419

 

409

69

 

70

B*11

4

 

3

 

B*10

16

 

17

 

B*9

5

 

3

 

B*8

10

 

10

 

B*7

14

 

15

26 (127)

 

26 (128)

B*6

7

 

7

 

B*5

7

 

8

 

B*4

 

 

B*3

21 (129)

 

16

 

Total

84

 

79

26

 

26

C*7

9

 

3

 

C*6

32

 

33

 

C*5

27

 

28

 

C*4

26

 

28

26

 

26

C*3

16

 

16

 

C*2

17

 

19

 

C*1

17

 

17

 

Total

144

 

144

26

 

26

D*5

4

 

2

 

D*4

5

 

7

 

D*3

1

 

 

D*2

 

1

13

 

13

Total

10

 

10

13

 

13

Total general  (130)

657  (131)

 

642  (132)

134

 

135

Sección VI — Comité Económico y Social Europeo

Categorías y grados

Comité Económico y Social Europeo

2006 (133)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Fuera de categoría

1

 

1

 

A*16

 

 

A*15

5

 

5

 

A*14

21

 

1

21

 

1

A*13

4

 

4

 

A*12

54

 

3

53

 

3 (134)

A*11

40

 

40

 

A*10

36

 

36

 

A*9

9

 

9

 

A*8

18

 

4 (135)

18

 

4 (136)

A*7

19

 

19

 

A*6

87

 

64

 

A*5

3

 

5

3

 

5

Total

296

 

13

272

 

13

B*11

2

 

2

 

B*10

10

 

1

10

 

1

B*9

4

 

4

 

B*8

16

 

2

16

 

1

B*7

12

 

1

12

 

2

B*6

10

 

2

10

 

2

B*5

20

 

3

20

 

3

B*4

 

 

B*3

26

 

15

 

Total

100

 

9

89

 

9

C*7

6

 

6

 

C*6

59

 

59

 

C*5

52

 

3

52

 

2

C*4

36

 

3

36

 

4

C*3

18

 

18

 

C*2

28

 

28

 

C*1

23

 

1

23

 

1

Total

222

 

7

222

 

7

D*5

2

 

2

 

D*4

9

 

9

 

D*3

4

 

4

 

D*2

5

 

5

 

D*1

3

 

3

 

Total

23

 

23

 

Total general

642  (137)

 

29

607  (138)

 

29

Sección VII — Comité de las Regiones

Categorías y grados

Comité de las Regiones

2006 (139)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Fuera de categoría

 

1

 

1

A*16

 

 

A*15

3

 

3

 

A*14

10

 

1

10

 

1

A*13

2

 

1

 

A*12

23

 

20

 

A*11

19 (140)

 

4

18

 

5

A*10

18

 

1

19

 

A*9

20

 

3

19

 

1

A*8

23

 

2

25

 

5

A*7

 

 

A*6

111

 

5

94

 

4

A*5

17

 

3

17

 

3

Total

246

 

19

226

 

19

B*11

1

 

1

 

B*10

3

 

3

 

B*9

3

 

3

 

B*8

1

 

 

B*7

7

 

1

5

 

1

B*6

4

 

7

 

B*5

14

 

4

14

 

4

B*4

1

 

 

B*3

18

 

2

13

 

Total

52

 

7

46

 

5

C*7

2

 

2

 

C*6

10

 

8

 

C*5

15

 

14

 

C*4

20

 

3

20

 

2

C*3

15

 

1

16

 

2

C*2

36

 

1

36

 

1

C*1

24

 

2

23

 

2

Total

122

 

7

119

 

7

D*5

1

 

1

 

D*4

 

 

D*3

1

 

1

 

D*2

3

 

3

 

D*1

 

 

Total

5

 

5

 

Total general

425  (141)

 

34  (142)  (143)

396  (144)

 

32  (145)  (146)

Sección VIII, parte A — Defensor del Pueblo Europeo

Categorías y grados

2006 (147)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

 

1

 

1

A*14

1

 

1

1

 

1

A*13

 

 

A*12

2

 

3

2

 

2

A*11

 

3

 

4

A*10

 

1

 

1

A*9

 

2

 

2

A*8

 

3

 

3

A*7

 

2

 

2

A*6

 

7

 

7

A*5

 

3

 

Total

3

 

26

3

 

23

B*11

 

 

B*10

 

 

B*9

 

 

B*8

 

 

B*7

2

 

2

 

B*6

 

3

 

3

B*5

 

2

 

2

B*4

 

1

 

1

B*3

 

4

 

2

Total

2

 

10

2

 

8

C*7

 

 

C*6

 

1

 

1

C*5

1

 

1

1

 

1

C*4

1

 

1

 

C*3

4

 

4

 

C*2

1

 

2

1

 

2

C*1

1

 

4

1

 

3

Total

8

 

8

8

 

7

Total general

13

 

44

13

 

38

Sección VIII, Parte B — Supervisor Europeo de Protección de Datos

Categorías y grados

Supervisor Europeo de Protección de Datos

2006 (148)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Fuera de categoría

 

 

A*16

 

 

A*15

 

 

A*14

1

 

1

 

A*13

 

 

A*12

 

 

A*11

2

 

2

 

A*10

2

 

2

 

A*9

1

 

1

 

A*8

4

 

1

 

A*7

 

 

A*6

1

 

1

 

A*5

2

 

2

 

Total

13

 

10

 

B*11

 

 

B*10

 

 

B*9

 

 

B*8

1

 

 

B*7

1

 

1

 

B*6

1

 

1

 

B*5

 

 

B*4

1

 

1

 

B*3

2

 

2

 

Total

6

 

5

 

C*7

 

 

C*6

1

 

 

C*5

 

 

C*4

 

 

C*3

1

 

1

 

C*2

1

 

1

 

C*1

2

 

2

 

Total

5

 

4

 

D*5

 

 

D*4

 

 

D*3

 

 

D*2

 

 

Total

 

 

Total general

24

 

19

 

D. PATRIMONIO INMOBILIARIO

Instituciones

Inmuebles en alquiler

Patrimonio inmobiliario

 

Créditos 2006 (149)

Créditos 2005 (150)

Sección I

Parlamento

41 426 776

34 761 956

1 123 714 011 (151)

Sección II

Consejo

35 018 000 (152)

35 851 000 (153)

301 903 164 (154)

Sección III

Comisión (155)

 

 

1 787 397 475

 

— Sedes (Bruselas y Luxemburgo)

228 424 000

206 771 000

1 660 120 890

 

— Oficinas en la Comunidad

12 018 000

10 756 000

4 030 114

 

— Delegaciones

57 704 000

54 256 000

22 343 493

 

— Centro Común de Investigación

 

100 902 978

 

— Oficina de Publicaciones

6 370 000

6 020 000

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

4 851 000

4 200 000

 (156)

 

— Oficina Europea de Selección de Personal

2 013 000

1 981 000

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales

3 059 000

3 001 564

 

— Oficina de Infraestructura y Logística en Bruselas

5 011 000

4 917 892

 

— Oficina de Infraestructura y Logística en Luxemburgo

2 501 000

2 440 000

Sección IV

Tribunal de Justicia

11 252 000

9 669 000

68 264 879 (157)

Sección V

Tribunal de Cuentas

2 948 000

2 571 000

39 093 443

Sección VI

Comité Económico y Social Europeo

9 840 000

8 791 580

173 509 787 (158)

Sección VII

Comité de las Regiones

6 552 000

5 987 619

80 716 869 (159)

Sección VIII

Defensor del Pueblo Europeo

385 000

330 000

 

Supervisor Europeo de Protección de Datos

332 489

217 526

 

 

Total

429 705 265

392 523 137

5 361 997 103


Institución

Lugar

Año de adquisición

Importes

 

 

 

Subtotales

Totales

Parlamento

Bruselas

 

 

730 150 965

 

Terreno

 

89 547 751

 

 

Paul-Henri Spaak (D1)

1998

92 389 785

 

 

Paul-Henri Spaak (D2)

1998

36 042 288

 

 

Altiero Spinelli (D3)

1998

466 862 236

 

 

Atrium

1999

34 224 355

 

 

Atrium II

2004

10 348 550

 

 

Wayenberg (Marie Haps)

2003

736 000

 

 

Estrasburgo (Louise-Weiss)

1998

 

340 330 096

 

Luxemburgo (KAD)

2003

 

48 320 000

 

Casa Jean Monnet (Bazoches)

1982

 

46 567

 

Lisboa

1986

 

1 095 583

 

Atenas

1991

 

3 770 800

Consejo

Bruselas

1995

 

301 903 164

Comisión

Bruselas

 

 

1 553 235 330

 

Overijse

1974

1 030 729

 

 

Loi 130

1987

62 357 423

 

 

Breydel

1989

25 642 976

 

 

Haren

1993

8 034 102

 

 

Clovis

1995

14 218 482

 

 

Cours Saint-Michel 1

1997

22 245 494

 

 

Belliard 232 (160)

1997

23 547 370

 

 

Demot 24 (161)

1997

34 048 921

 

 

Breydel II (162)

1997

43 014 473

 

 

Beaulieu 29/31/33 (163)

1997

46 082 323

 

 

Charlemagne (164)

1997

145 649 498

 

 

Demot 28 (165)

1997

27 207 690

 

 

Joseph II 99 (166)

1997

20 466 173

 

 

Loi 86 (167)

1997

30 267 711

 

 

Luxemburgo 46 (168)

1997

40 550 105

 

 

Montoyer 59 (169)

1997

20 760 358

 

 

Froissart 101 (170)

1999

21 445 253

 

 

VM 18 (171)

1999

17 891 666

 

 

Joseph II 70 (172)

1999

45 399 169

 

 

Loi 41 (173)

1999

73 694 538

 

 

SC 11 (174)

1999

21 974 556

 

 

Joseph II 30 (175)

2000

43 480 158

 

 

Joseph II 54 (176)

2000

49 389 716

 

 

Joseph II 79 (177)

2001

45 751 656

 

 

VM2 (178)

2002

48 689 478

 

 

Palmerston

2002

8 741 875

 

 

SPA 3

2003

34 653 565

 

 

Berlaymont (179)

2004

527 313 110

 

 

CCAB (180)

2005

49 686 762

 

 

Luxemburgo

 

 

106 885 560

 

Euroforum (181)

2004

106 885 560

 

 

Oficinas en las Comunidades

 

 

4 030 114

 

Lisboa

1994

 

 

Marsella

1994

 

 

Milán

1994

 

 

Nicosia

1992

146 070

 

 

Copenhague

2005

3 884 044

 

 

Centro Común de Investigación

 

 

100 902 978

 

Ispra

 

81 738 168

 

 

Geel

 

15 190 883

 

 

Karlsruhe

 

 

 

Petten

 

3 973 927

 

 

Servicio exterior (182)

 

 

22 343 493

 

Pretoria (Sudáfrica)

1994

520 588

 

 

 

1996

687 696

 

 

Buenos Aires (Argentina)

1992

458 797

 

 

Canberra (Australia)

1983

42 498

 

 

 

1990

903 980

 

 

Cotonú (Benín)

1992

173 776

 

 

Gaborone (Botsuana)

1982

9 257

 

 

 

1985

21 458

 

 

 

1987

20 116

 

 

Brasilia (Brasil)

1994

399 682

 

 

Uagadugú (Burkina Faso)

1984

13 039

 

 

 

1997

774 603

 

 

Bujumbura (Burundi)

1982

9 662

 

 

 

1986

134 276

 

 

Ottawa (Canadá)

1977

 

 

Praia (Cabo Verde)

1981

 

 

Bangui (República Centroafricana)

1983

8 480

 

 

Pekín (China)

1995

3 469 390

 

 

Moroni (Comoras)

1988

26 919

 

 

Brazzaville (Congo)

1994

97 033

 

 

San José (Costa Rica)

1994

454 035

 

 

Abiyán (Costa de Marfil)

1993

217 362

 

 

 

1994

224 139

 

 

París (Francia)

1990

2 962 368

 

 

 

1991

127 809

 

 

Libreville (Gabón)

1996

112 824

 

 

Banjul (Gambia)

1989

38 400

 

 

Bissau (Guinea-Bissau)

1995

360 975

 

 

Malabo (Guinea Ecuatorial)

1986

66 600

 

 

Maseru (Lesoto)

1985

13 120

 

 

 

1990

142 596

 

 

 

1991

331 780

 

 

Lilongüe (Malaui)

1982

7 544

 

 

 

1988

23 640

 

 

Rabat (Marruecos)

1987

86 231

 

 

México (México)

1994

1 564 160

 

 

Windhoek (Namibia)

1992

416 748

 

 

 

1993

114 480

 

 

Niamey (Níger)

1997

95 833

 

 

Abuja (Nigeria)

1992

413 336

 

 

 

2005

4 426 610

 

 

Port Moresby (Papúa-Nueva Guinea)

1982

59 524

 

 

Kigali (Ruanda)

1980

 

 

Dakar (Senegal)

1984

64 800

 

 

Honiara (Islas Salomón)

1990

41 680

 

 

Mbabane (Suazilandia)

1987

142 534

 

 

Dar es Salam (Tanzania)

2002

783 519

 

 

Yamena (Chad)

1982

2 285

 

 

Kampala (Uganda)

1986

65 648

 

 

Montevideo (Uruguay)

1990

158 375

 

 

Lusaka (Zambia)

1982

9 400

 

 

Harare (Zimbabue)

1990

161 553

 

 

 

1994

253 906

 

 

Nueva York (Estados Unidos de América)

1987

390 162

 

 

Washington (Estados Unidos de América)

1997

238 267

 

 

Total Comisión

 

 

1 787 397 475

Tribunal de Justicia

Luxemburgo

1994

 

68 264 879

Tribunal de Cuentas

Luxemburgo

1990

 

39 093 443

Comité Económico y Social Europeo

Bruselas

 

 

173 509 787

 

Montoyer 92

2001

45 550 433

 

 

Belliard 99

2001

107 146 755

 

 

Belliard 68

2004

11 978 147

 

 

Trèves 74

2005

8 834 452

 

Comité de las Regiones

Bruselas

 

 

80 716 869

 

Montoyer

2001

22 222 322

 

 

Belliard 99

2001

40 527 327

 

 

Belliard 68

2004

17 967 220

 

Total general

 

 

 

5 361 997 103

SECCIÓN I

PARLAMENTO

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Parlamento para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

1 321 600 000

Ingresos propios

–99 025 636

Contribución que ha de percibirse

1 222 574 364

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Ingresos procedentes del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, los funcionarios, los otros agentes y los beneficiarios de una pensión

42 788 413

39 554 444

31 985 967,—

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

44 687,—

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

3 219 786

7 917 222

2 275 159,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

46 008 199

47 471 666

34 305 813,—

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

44 382 924

36 545 900

26 748 442,—

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

5 743 513

2 500 000

4 179 327,—

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

5 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

50 131 437

39 045 900

30 927 769,—

CAPÍTULO 4 2

4 2 1

Contribución de los miembros del Parlamento a un régimen de pensión de jubilación

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 2

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

 

Total del título 4

97 525 636

87 962 566

66 483 747,—

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 2 —

OTRAS CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Ingresos procedentes del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, los funcionarios, los otros agentes y los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

42 788 413

39 554 444

31 985 967,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

44 687,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

3 219 786

7 917 222

2 275 159,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

44 382 924

36 545 900

26 748 442,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 743 513

2 500 000

4 179 327,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 000

p.m.

0,—

CAPÍTULO 4 2 —   OTRAS CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 2 1   Contribución de los miembros del Parlamento a un régimen de pensión de jubilación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo III.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 2

Ingresos procedentes de los suministros efectuados en favor de otras instituciones y organismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

0,—

5 0 1

Ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Ingresos procedentes de la venta de publicaciones, impresos y películas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 1

5 1 1

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Ingresos procedentes de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución

1 500 000

2 000 000

1 570 702,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

1 500 000

2 000 000

1 570 702,—

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 2

Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 8

5 8 1

Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

35 276,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

35 276,—

 

Total del título 5

1 500 000

2 000 000

1 605 978,—

CAPÍTULO 5 0 —

INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

INGRESOS PROCEDENTES DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 0 —   INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0   Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En esta partida se podrán consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de material de transporte perteneciente a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En esta partida se podrán consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de otros bienes muebles que no sean de transporte pertenecientes a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 2   Ingresos procedentes de los suministros efectuados en favor de otras instituciones y organismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra g), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Los detalles relativos a los gastos y los ingresos resultantes de los préstamos o arrendamientos o de la prestación de servicios con cargo a esta línea presupuestaria deberán figurar en un anexo de este presupuesto.

5 0 1   Ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En este artículo se podrán consignar los ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles pertenecientes a las instituciones.

5 0 2   Ingresos procedentes de la venta de publicaciones, impresos y películas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra j), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en formato electrónico.

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 1   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Los detalles relativos a los gastos y los ingresos resultantes de los préstamos o arrendamientos o de la prestación de servicios con cargo a esta línea presupuestaria deberán figurar en un anexo de este presupuesto.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   INGRESOS PROCEDENTES DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Ingresos procedentes de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 500 000

2 000 000

1 570 702,—

Comentarios

En este artículo se podrán consignar los ingresos procedentes de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución.

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra g), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra f), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra c), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 2   Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En este artículo se podrán consignar los ingresos vinculados al reembolso de los gastos sociales realizados por cuenta de otra institución.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 1   Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

35 276,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra h), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye igualmente el reembolso por parte de los seguros de las retribuciones de los funcionarios en el marco de accidentes.

TÍTULO 6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 6 6

6 6 0

Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0

Otras contribuciones y restituciones afectadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

48 650 267,—

6 6 0 1

Otras contribuciones y restituciones no afectadas

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 6 0

p.m.

p.m.

48 650 267,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 6

p.m.

p.m.

48 650 267,—

 

Total del título 6

p.m.

p.m.

48 650 267,—

CAPÍTULO 6 6 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

CAPÍTULO 6 6 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

6 6 0   Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0   Otras contribuciones y restituciones afectadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

48 650 267,—

Comentarios

Esta partida se destina a acoger, de conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero los eventuales ingresos no previstos en las otras partes del título 6 y que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 6 0 1   Otras contribuciones y restituciones no afectadas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

669 832,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

p.m.

p.m.

669 832,—

 

Total del título 9

p.m.

p.m.

669 832,—

 

TOTAL GENERAL

99 025 636

89 962 566

117 409 824,—

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

669 832,—

Comentarios

En este artículo se podrán consignar los ingresos diversos.

Los detalles relativos a los gastos y los ingresos resultantes de los préstamos o arrendamientos o de la prestación de servicios con cargo a este artículo deberán figurar en un anexo de este presupuesto.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

138 974 540

148 618 744

119 394 040,74

1 2

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

477 005 583

445 522 810

362 400 969,58

1 4

OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y PRESTACIONES EXTERNAS

81 954 606

72 000 807

79 021 824,36

1 6

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

13 598 308

11 887 679

8 274 845,30

 

Total del título 1

711 533 037

678 030 040

569 091 679,98

2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

142 095 108

195 395 912

300 328 043,38

2 1

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: COMPRA, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

98 084 007

91 322 612

85 630 805,16

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

15 272 220

15 251 000

13 236 847,37

 

Total del título 2

255 451 335

301 969 524

399 195 695,91

3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE MISIONES GENERALES POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

3 0

REUNIONES Y CONFERENCIAS

27 164 435

23 065 200

19 341 634,14

3 2

CONOCIMIENTOS TÉCNICOS E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

65 908 800

59 851 800

50 644 273,41

 

Total del título 3

93 073 235

82 917 000

69 985 907,55

4

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE MISIONES ESPECÍFICAS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

4 0

GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

58 216 000

54 300 000

47 162 816,87

4 2

GASTOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA PARLAMENTARIA

136 289 000

116 291 540

117 777 431,55

4 4

REUNIONES Y OTRAS ACTIVIDADES DE LOS DIPUTADOS Y ANTIGUOS DIPUTADOS

180 000

80 000

156 539,82

 

Total del título 4

194 685 000

170 671 540

165 096 788,24

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

33 681 580

18 436 618

0,—

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

13 175 813

12 000 000

0,—

10 2

RESERVA PARA EL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS

p.m.

p.m.

0,—

10 3

RESERVA PARA LA AMPLIACIÓN

p.m.

p.m.

0,—

10 4

RESERVA PARA LA POLÍTICA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.

20 000 000

 

 

 

Total del título 10

66 857 393

30 436 618

0,—

 

TOTAL GENERAL

1 321 600 000

1 264 024 722

1 203 370 071,68

TÍTULO 1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 4

Gastos de viajes y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos conexos

 

 

 

Créditos no disociados

73 151 000

75 063 000

58 756 722,—

1 0 0 5

Gastos de viajes especiales en el ejercicio del mandato

 

 

 

Créditos no disociados

1 710 000

1 667 291

1 320 000,—

1 0 0 6

Dieta para gastos generales

 

 

 

Créditos no disociados

34 275 000

33 599 978

33 911 230,—

1 0 0 7

Indemnizaciones de funciones

 

 

 

Créditos no disociados

160 000

155 701

152 888,40

 

Total del artículo 1 0 0

109 296 000

110 485 970

94 140 840,40

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y enfermedad y otras intervenciones sociales

1 0 1 0

Cobertura de los riesgos de accidente y enfermedad y otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

2 153 540

2 142 000

1 563 837,69

1 0 1 2

Medidas específicas de asistencia a los diputados con discapacidad y a los hijos con discapacidad de los diputados

 

 

 

Créditos no disociados

149 000

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 0 1

2 302 540

2 142 000

1 563 837,69

1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

400 000

8 861 000

4 133 583,69

1 0 3

Pensiones

1 0 3 0

Pensiones de jubilación

 

 

 

Créditos no disociados

10 166 000

10 278 000

8 242 551,05

1 0 3 1

Pensiones de invalidez

 

 

 

Créditos no disociados

522 000

734 260

476 008,58

1 0 3 2

Pensiones de supervivencia

 

 

 

Créditos no disociados

2 330 000

2 437 231

2 167 662,03

1 0 3 3

Régimen voluntario de pensión complementaria de los miembros

 

 

 

Créditos no disociados

12 158 000

11 880 283

8 222 555,10

 

Total del artículo 1 0 3

25 176 000

25 329 774

19 108 776,76

1 0 5

Cursos de idiomas y de informática

 

 

 

Créditos no disociados

700 000

700 000

366 369,97

1 0 8

Diferencias de cambio

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

100 000

80 632,23

1 0 9

Crédito provisional destinado al régimen pecuniario de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

1 000 000

1 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

138 974 540

148 618 744

119 394 040,74

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Retribución y otros derechos

1 2 0 0

Retribución e indemnizaciones

 

 

 

Créditos no disociados

452 168 775 (183)

418 325 205 (184)

346 489 772,52

1 2 0 2

Horas extraordinarias remuneradas

 

 

 

Créditos no disociados

357 391

457 511

307 423,96

1 2 0 4

Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

 

 

 

Créditos no disociados

8 436 127

7 959 387

6 197 636,09

 

Total del artículo 1 2 0

460 962 293

426 742 103

352 994 832,57

1 2 2

Indemnizaciones después del cese en funciones anticipado

1 2 2 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

 

 

 

Créditos no disociados

502 328

825 586

851 433,35

1 2 2 2

Indemnizaciones por cese definitivo en sus funciones y régimen de jubilación especial para los funcionarios y los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

10 493 419

12 412 490

8 554 703,66

 

Total del artículo 1 2 2

10 995 747

13 238 076

9 406 137,01

1 2 4

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

5 047 543 (185)

5 542 631 (186)

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

477 005 583

445 522 810

362 400 969,58

CAPÍTULO 1 4

1 4 0

Otros agentes y personal externo

1 4 0 0

Otros agentes

 

 

 

Créditos no disociados

32 410 573

15 485 601

39 038 842,82

1 4 0 2

Intérpretes de conferencia

 

 

 

Créditos no disociados

29 590 000 (187)

36 400 000

27 051 777,07

1 4 0 4

Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

 

 

 

Créditos no disociados

4 950 450

4 574 379

3 403 959,87

1 4 0 6

Observadores

 

 

 

Créditos no disociados

3 367 000

p.m.

2 523 080,96

1 4 0 7

Dietas de formación (programa de aprendizaje del Parlamento Europeo)

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

 

Total del artículo 1 4 0

70 318 023

56 459 980

72 017 660,72

1 4 2

Prestaciones externas

 

 

 

Créditos no disociados

11 331 825 (188)

15 195 100

7 004 163,64

1 4 4

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

304 758

345 727

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

81 954 606

72 000 807

79 021 824,36

CAPÍTULO 1 6

1 6 1

Gastos vinculados con la gestión del personal

1 6 1 0

Gastos de contratación de personal

 

 

 

Créditos no disociados

290 000 (189)

290 000

374 000,—

1 6 1 2

Formación profesional

 

 

 

Créditos no disociados

2 640 000 (190)

3 615 500

3 030 901,60

1 6 1 3

Perfeccionamiento profesional: costes de misión

 

 

 

Créditos no disociados

975 000

 

 

 

Total del artículo 1 6 1

3 905 000

3 905 500

3 404 901,60

1 6 3

Intervenciones en favor del personal de la institución

1 6 3 0

Servicio social

 

 

 

Créditos no disociados

464 600

357 802

248 540,91

1 6 3 2

Relaciones sociales entre los miembros del personal y otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

285 000

261 000

222 500,—

 

Total del artículo 1 6 3

749 600

618 802

471 040,91

1 6 5

Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la institución

1 6 5 0

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

835 000

783 746

691 736,73

1 6 5 2

Gastos de explotación de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

600 000

800 000

456 402,73

1 6 5 4

Centro para niños en edad preescolar y guarderías concertadas

 

 

 

Créditos no disociados

7 508 708

5 779 631

3 250 763,33

 

Total del artículo 1 6 5

8 943 708

7 363 377

4 398 902,79

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

13 598 308

11 887 679

8 274 845,30

 

Total del título 1

711 533 037

678 030 040

569 091 679,98

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 2 —

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

CAPÍTULO 1 4 —

OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y PRESTACIONES EXTERNAS

CAPÍTULO 1 6 —

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la financiación de los sueldos, indemnizaciones y asignaciones de los miembros del Parlamento Europeo, que debería correr a cargo del presupuesto propio de esta institución, y no a cargo de los presupuestos nacionales, con arreglo a las prácticas vigentes en otras instituciones comunitarias.

1 0 0 4   Gastos de viajes y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos conexos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

73 151 000

75 063 000

58 756 722,—

Comentarios

Este crédito se calcula sobre la base de la reglamentación actual relativa al reembolso de los gastos de viaje y de estancia.

Se destina también a cubrir los gastos de participación en una Conferencia de parlamentarios de los Estados miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en las reuniones de una Asamblea parlamentaria de la OMC una vez que dicha Asamblea se haya constituido.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

1 0 0 5   Gastos de viajes especiales en el ejercicio del mandato

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 710 000

1 667 291

1 320 000,—

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo y, en particular, su artículo 10.

1 0 0 6   Dieta para gastos generales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

34 275 000

33 599 978

33 911 230,—

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo y, en particular, su artículo 13.

Este crédito se destina a cubrir los gastos que se derivan de las actividades parlamentarias de los diputados, en particular en el Estado en que han sido elegidos.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 25 000 euros.

1 0 0 7   Indemnizaciones de funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

160 000

155 701

152 888,40

Comentarios

Decisión de la Mesa de 20 de marzo de 1991.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones a tanto alzado de estancia y de representación vinculadas a las funciones del Presidente.

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y enfermedad y otras intervenciones sociales

1 0 1 0   Cobertura de los riesgos de accidente y enfermedad y otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 153 540

2 142 000

1 563 837,69

Comentarios

Antes artículo 1 0 1

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, sus artículos 17, 18, 19, 20 y 21.

Decisión de la Mesa de 20 de octubre de 1958, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 3 de abril de 1990.

Decisión de la Mesa de 24 de septiembre de 1986, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 17 de julio de 1997.

Decisión de la Mesa de 18 de junio de 1975, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 3 de abril de 1990.

Decisión de la Mesa de 19 de enero de 1978, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 17 de julio de 1997.

Este crédito se destina a cubrir los riesgos de accidente y de enfermedad, los gastos de repatriación, el reembolso de los gastos correspondientes al reconocimiento médico anual, el seguro de vida, así como el seguro contra pérdida y robo de objetos personales y material informático.

1 0 1 2   Medidas específicas de asistencia a los diputados con discapacidad y a los hijos con discapacidad de los diputados

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

149 000

p.m.

0,—

Comentarios

Nueva partida

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, sus artículos 21 bis y 21 ter.

1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

400 000

8 861 000

4 133 583,69

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo V.

Decisión de la Mesa de 18 de mayo de 1988, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 16 de febrero de 1998.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones transitorias de fin de mandato.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

1 0 3   Pensiones

1 0 3 0   Pensiones de jubilación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 166 000

10 278 000

8 242 551,05

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo III.

Decisión de la Mesa de 24 y 25 de mayo de 1982, modificada el 13 de septiembre de 1995.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

1 0 3 1   Pensiones de invalidez

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

522 000

734 260

476 008,58

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo II.

Decisión de la Mesa de 24 y 25 de mayo de 1982, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 3 de abril de 1995.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 20 000 euros.

1 0 3 2   Pensiones de supervivencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 330 000

2 437 231

2 167 662,03

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo I.

Decisión de la Mesa de 29 de abril de 1980, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 10 de julio de 1995.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 15 000 euros.

1 0 3 3   Régimen voluntario de pensión complementaria de los miembros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 158 000

11 880 283

8 222 555,10

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo IX.

Decisión de la Mesa de 12 de junio de 1990, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 20 de septiembre de 2000.

Este crédito se destina a cubrir la parte correspondiente a la institución relativa al régimen voluntario de pensión complementaria de los diputados.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 300 000 euros.

1 0 5   Cursos de idiomas y de informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

700 000

700 000

366 369,97

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, sus artículos 4, 8, 12, 22 y 22 bis.

Decisión de la Mesa de 10 de mayo de 1989, modificada por última vez el 1 de julio de 2002.

Este crédito se destina a cubrir los gastos que se derivan de los cursos de informática para los miembros de la institución, los gastos que se derivan de los cursos de informática para los miembros y sus asistentes, así como los gastos de formación a distancia y la compra de material autodidáctico.

1 0 8   Diferencias de cambio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

100 000

80 632,23

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su artículo 13.

Este crédito se destina a cubrir las diferencias de cambio relativas a las dietas para gastos generales.

1 0 9   Crédito provisional destinado al régimen pecuniario de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 000 000

1 000 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las adaptaciones eventuales de las prestaciones a los miembros de la institución.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

Comentarios

Antes capítulo 1 1 (en parte) y 1 2

1 2 0   Retribución y otros derechos

1 2 0 0   Retribución e indemnizaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

452 168 775 (191)

418 325 205 (192)

346 489 772,52

Comentarios

Antes artículo 1 1 5 (en parte)

Antes partidas 1 1 0 0, 1 1 0 1, 1 1 0 2, 1 1 0 3, 1 1 3 0, 1 1 3 1, 1 1 3 2, 1 1 3 3, 1 1 4 0, 1 1 4 1, 1 1 4 2, 1 1 4 3, 1 1 4 4 y 1 1 9 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina principalmente a cubrir, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

los sueldos, indemnizaciones y complementos derivados de los sueldos,

los riesgos de enfermedad, accidente y enfermedad profesional y otros gastos sociales,

las indemnizaciones a tanto alzado por horas extraordinarias,

los demás complementos e indemnizaciones diversas,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen,

las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a la retribución y a la parte de los emolumentos transferidos a un país distinto del lugar de destino,

el riesgo de desempleo de los agentes temporales, así como los pagos que la institución deba efectuar en favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen,

las primas de seguro de accidente durante la práctica de actividades deportivas para los asistentes de los diputados y los agentes auxiliares en el centro deportivo del Parlamento Europeo en Bruselas y en Estrasburgo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 500 000 euros.

1 2 0 2   Horas extraordinarias remuneradas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

357 391

457 511

307 423,96

Comentarios

Antes artículo 1 1 5 (en parte)

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el pago de las horas extraordinarias en las condiciones previstas en las disposiciones antes mencionadas.

1 2 0 4   Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 436 127

7 959 387

6 197 636,09

Comentarios

Antes partidas 1 1 4 9, 1 1 8 1, 1 1 8 2, 1 1 8 3 y 1 1 8 4

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de viaje de los funcionarios y agentes temporales (incluidos los miembros de su familia) con ocasión de su entrada en funciones, de su cese en el servicio o de su traslado que impliquen un cambio de lugar de destino,

las indemnizaciones de instalación y nueva instalación y los gastos de mudanza de los funcionarios y agentes temporales obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o por motivo de su destino a un nuevo lugar de servicio, así como por motivo del cese definitivo en sus funciones seguido de una nueva instalación en otra localidad,

las indemnizaciones diarias que se deban a los funcionarios y agentes temporales que justifiquen estar obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o al ser destinados a un nuevo lugar de servicio,

la indemnización de despido para los funcionarios en práctica despedidos en caso de incompetencia manifiesta,

la indemnización de rescisión del contrato de un agente temporal por parte de la institución,

la diferencia entre las cotizaciones abonadas por los agentes auxiliares a un régimen de pensiones de un Estado miembro y las debidas al régimen comunitario en caso de recalificación de un contrato.

1 2 2   Indemnizaciones después del cese en funciones anticipado

1 2 2 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

502 328

825 586

851 433,35

Comentarios

Antes partidas 1 2 1 0, 1 2 3 (en parte) y 1 2 9 0 (en parte)

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deben abonarse a los funcionarios:

declarados en excedencia forzosa por una reducción del número de puestos de trabajo de su institución,

que ocupen puestos de trabajo de los grados A*16 y A*15 y que sean cesados por interés del servicio.

Cubre asimismo la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a estas indemnizaciones.

1 2 2 2   Indemnizaciones por cese definitivo en sus funciones y régimen de jubilación especial para los funcionarios y los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 493 419

12 412 490

8 554 703,66

Comentarios

Antes partidas 1 2 1 6, 1 2 1 7, 1 2 1 8, artículo 1 2 3 (en parte) y partida 1 2 9 0 (en parte)

Reglamento (CE, Euratom, CECA) no 2688/95 del Consejo, de 17 de noviembre de 1995, por el que se establecen medidas especiales de cese definitivo en sus funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia (DO L 280 de 23.11.1995, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

Reglamento (CE, Euratom, CECA) no 2689/95 del Consejo, de 17 de noviembre de 1995, por el que se establecen medidas especiales de cese en sus funciones de agentes temporales de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia (DO L 280 de 23.11.1995, p. 4), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

Reglamento (CE, Euratom) no 1748/2002 del Consejo, de 30 de septiembre de 2002, por el que se establecen, en el marco de la modernización de la institución, medidas específicas relativas al cese definitivo de funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas nombrados en un puesto permanente del Parlamento Europeo y de agentes temporales de los grupos políticos del Parlamento Europeo (DO L 264 de 2.10.2002, p. 9).

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 72.

Este crédito se destina a financiar:

las indemnizaciones que deban pagarse en aplicación del Estatuto o de los Reglamentos mencionados,

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones,

la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las diversas indemnizaciones.

1 2 4   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 047 543 (193)

5 542 631 (194)

0,—

Comentarios

Antes partidas 1 1 9 1 (en parte) y 1 2 9 1

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65 y su anexo XI.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decidirá el Consejo durante el ejercicio.

Tiene carácter provisional y únicamente podrá utilizarse una vez que haya sido transferido a las líneas apropiadas del presente capítulo.

CAPÍTULO 1 4 —   OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y PRESTACIONES EXTERNAS

Comentarios

Antes capítulos 1 1 (en parte), 15, 1 8 (en parte), 2 5 y 2 9

1 4 0   Otros agentes y personal externo

1 4 0 0   Otros agentes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 410 573

15 485 601

39 038 842,82

Comentarios

Antes partidas 1 1 1 0, 1 1 1 1, 1 1 1 2, 1 1 1 3, 1 1 1 5, artículo 1 1 5 (en parte), y partidas 1 1 8 1 (en parte) y 1 1 8 4 (en parte)

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina principalmente a cubrir los gastos siguientes:

la retribución de los otros agentes, en particular auxiliares, contractuales, locales y consejeros especiales (en el sentido del Régimen aplicable a otros agentes), las cuotas patronales a los diferentes regímenes, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las retribuciones de dichos agentes,

los honorarios del personal médico y paramédico al que se paga con arreglo al régimen de prestación de servicios y, en casos especiales, el empleo de personal interino.

1 4 0 2   Intérpretes de conferencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

29 590 000 (195)

36 400 000

27 051 777,07

Comentarios

Antes partidas 1 8 7 0 y 1 8 7 3 (en parte)

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Convenio de los intérpretes de conferencia auxiliares.

Este crédito se destina a cubrir los gastos siguientes en el marco de la cooperación interinstitucional:

las retribuciones, cotizaciones sociales, gastos de viaje y dietas de estancia de los intérpretes de conferencia auxiliares convocados por el Parlamento o por otras instituciones, cuando los intérpretes funcionarios o temporales no pueden asegurar las prestaciones necesarias,

los gastos de operadores, técnicos y administradores de conferencia para las reuniones mencionadas, cuando los funcionarios, agentes temporales u otros agentes del Parlamento no puedan asegurar las prestaciones necesarias,

las prestaciones facilitadas al Parlamento por los intérpretes funcionarios o temporales de las otras instituciones,

las actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 000 euros.

Los importes se consignan en la reserva a la espera de la presentación de propuestas específicas del Secretario General sobre la mejora del apoyo lingüístico y la continuidad de la disponibilidad de servicios de interpretación para los grupos políticos y sus grupos de trabajo.

1 4 0 4   Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 950 450

4 574 379

3 403 959,87

Comentarios

Antes artículos 1 5 0, 1 5 2 y partida 2 9 4 1

Decisión de la Mesa de 26 de octubre de 1988, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 2 de febrero de 2000.

Este crédito se destina a financiar:

una indemnización y los gastos de viaje y de misión para las personas en períodos de prácticas y a asegurar los riesgos de accidente y de enfermedad durante dichos períodos,

los gastos ocasionados por la puesta a disposición de personal entre el Parlamento y el sector público de los Estados miembros o de otros países que se especifican en la reglamentación,

la organización de acciones de formación de intérpretes de conferencia, en particular en colaboración con las escuelas de intérpretes, así como la concesión de becas para la formación y el perfeccionamiento profesional de intérpretes, la compra de material didáctico y los gastos anexos.

1 4 0 6   Observadores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 367 000

p.m.

2 523 080,96

Comentarios

Antes artículo 2 0 5 (en parte)

Este crédito se destina a reembolsar los gastos de viaje y a pagar dietas de estancia por los días de participación en las sesiones plenarias y en las reuniones de las comisiones, delegaciones y grupos políticos en los lugares de trabajo del Parlamento, así como en las reuniones de los grupos políticos aprobadas por la Conferencia de Presidentes fuera de los lugares de trabajo.

1 4 0 7   Dietas de formación (programa de aprendizaje del Parlamento Europeo)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a remunerar el trabajo de los becarios que participan en el p rograma de aprendizaje del Parlamento Europeo.

1 4 2   Prestaciones externas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 331 825 (196)

15 195 100

7 004 163,64

Comentarios

Antes partidas 1 8 7 2 y 1 8 7 3 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones de traducción, mecanografía, codificación y asistencia técnica efectuadas por terceros, así como los gastos relativos a las acciones aprobadas por el Comité interinstitucional de traducción e interpretación (CITI) destinadas a fomentar la cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 250 000 euros.

Los importes se consignan en la reserva a la espera de la presentación de propuestas específicas del Secretario General sobre la mejora del apoyo lingüístico y la continuidad de la disponibilidad de servicios de interpretación para los grupos políticos y sus grupos de trabajo.

1 4 4   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

304 758

345 727

0,—

Comentarios

Antes partida 1 1 9 1 (en parte)

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decidirá el Consejo durante el ejercicio.

Tiene carácter provisional y únicamente podrá utilizarse una vez que haya sido transferido a las líneas apropiadas del presente capítulo.

CAPÍTULO 1 6 —   OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Comentarios

Antes capítulos 13 (en parte), 1 4, 1 6 (en parte) y 1 8 (en parte)

1 6 1   Gastos vinculados con la gestión del personal

1 6 1 0   Gastos de contratación de personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

290 000 (197)

290 000

374 000,—

Comentarios

Antes partida 1 8 8 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 27 a 31 y 33 y su anexo III.

Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 53), y Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales de esas Instituciones, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 56).

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de organización de los concursos previstos en el artículo 3 de la Decisión de los Secretarios Generales, así como los gastos de viaje y estancia de los candidatos para asistir a las entrevistas de contratación y someterse a las visitas médicas,

los gastos de organización de procedimientos de selección de agentes temporales, agentes auxiliares y agentes locales.

En los casos debidamente motivados por necesidades funcionales, y previa consulta a la Oficina, podrá destinarse a los concursos organizados por la propia institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

1 6 1 2   Formación profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 640 000 (198)

3 615 500

3 030 901,60

Comentarios

Antes partidas 13 0 1 (en parte) y 1 8 2 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24 bis.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a financiar:

la organización de los cursos de perfeccionamiento y de reciclaje profesional, incluidos los cursos de lenguas, en común entre las instituciones, podrá cubrir parcialmente, en casos debidamente justificados, la organización de los cursos impartidos dentro de una institución, los cursos de lenguas organizados en Bruselas están abiertos también a los asistentes parlamentarios en Bruselas, para los cuales el Parlamento paga una dieta de conformidad con el artículo 14 de la reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo,

los gastos relativos a la compra o producción de material pedagógico, así como a la realización de estudios específicos por parte de especialistas con vistas a la concepción y aplicación de programas de formación,

los gastos de cursos de formación profesional que deben sensibilizar sobre las cuestiones relativas a las personas con discapacidad, y de las acciones de formación en el marco de la igualdad de oportunidades y del asesoramiento profesional, en particular, el establecimiento de los balances de competencias,

los gastos de misión.

1 6 1 3   Perfeccionamiento profesional: costes de misión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

975 000

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los costes de misión relativos al perfeccionamiento profesional.

1 6 3   Intervenciones en favor del personal de la institución

1 6 3 0   Servicio social

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

464 600

357 802

248 540,91

Comentarios

Antes artículos 1 6 0, 1 6 2 y 1 6 4

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 9, apartado 3, párrafo tercero, y su artículo 76.

Este crédito se destina a financiar:

en el marco de una política interinstitucional en su favor, a las siguientes personas con discapacidad:

a los funcionarios y agentes temporales en activo,

a los cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en activo,

a todos los hijos a cargo en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas,

dentro de las posibilidades presupuestarias y, una vez agotados los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, el reembolso de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la discapacidad, reconocidos como necesarios, que estén debidamente justificados y que no sean reembolsados por el Régimen común de seguro de enfermedad,

las intervenciones en favor de los funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil,

la financiación de una subvención en favor del Comité de personal y para los pequeños gastos del servicio social.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 8 000 euros.

1 6 3 2   Relaciones sociales entre los miembros del personal y otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

285 000

261 000

222 500,—

Comentarios

Antes partida 1 8 6 0

Este crédito se destina a estimular y apoyar financieramente toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre agentes de distintas nacionalidades, es decir, subvenciones a los clubes, círculos culturales y deportivos del personal, así como una contribución al coste de una estructura permanente de reunión (actividades culturales, deportivas, ocio, servicio de restauración, etc.) para el tiempo libre.

Cubre asimismo la participación financiera en las actividades sociales interinstitucionales.

1 6 5   Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la institución

1 6 5 0   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

835 000

783 746

691 736,73

Comentarios

Antes artículo 1 4 1

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 59 y el artículo 8 de su anexo II.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento del servicio médico en los tres lugares de trabajo, incluidos la compra de material, de productos farmacéuticos, etc., así como los gastos relativos a los reconocimientos médicos preventivos, los gastos ocasionados por el funcionamiento de la Comisión de invalidez y los gastos relacionados con las prestaciones externas de médicos especialistas que los médicos asesores consideren necesarias.

Cubre asimismo los gastos necesarios para la compra de determinados útiles de trabajo considerados médicamente necesarios.

1 6 5 2   Gastos de explotación de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

600 000

800 000

456 402,73

Comentarios

Antes partida 1 8 4 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de gestión de la explotación de restaurantes y cantinas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 600 000 euros.

1 6 5 4   Centro para niños en edad preescolar y guarderías concertadas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 508 708

5 779 631

3 250 763,33

Comentarios

Antes partida 1 8 6 3

Este crédito se destina a cubrir la cuota del Parlamento en el conjunto de los gastos para el centro para niños en edad preescolar y en las guarderías externas con las que se ha concertado un acuerdo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 010 000 euros.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Inmuebles

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

39 426 776 (199)

40 219 556

35 702 215,64

2 0 0 1

Cánones enfitéuticos

 

 

 

Créditos no disociados

1 136 000

p.m.

178 682 351,37

2 0 0 3

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

2 304 085,08

2 0 0 5

Construcción de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 0 0 7

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

11 415 000 (200)

19 730 000

18 844 476,86

2 0 0 8

Otros gastos correspondientes a los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 736 887 (201)

4 009 927

3 527 791,60

2 0 0 9

Crédito provisional destinado a las inversiones inmobiliarias de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

15 000 000

54 793 389

0,—

 

Total del artículo 2 0 0

68 714 663

118 752 872

239 060 920,55

2 0 2

Gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 2 2

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

27 624 421

33 383 963

24 108 042,32

2 0 2 4

Consumos de energía

 

 

 

Créditos no disociados

12 169 634

11 189 304

9 967 105,02

2 0 2 6

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

32 128 000

30 785 700

26 020 708,52

2 0 2 8

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

1 458 390

1 284 073

1 171 266,97

 

Total del artículo 2 0 2

73 380 445

76 643 040

61 267 122,83

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

142 095 108

195 395 912

300 328 043,38

CAPÍTULO 2 1

2 1 0

Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

2 1 0 0

Compra, trabajos, mantenimiento y conservación de los equipos y los soportes lógicos

 

 

 

Créditos no disociados

38 090 062 (202)

35 700 173

36 646 898,14

2 1 0 2

Prestaciones de personal externo para la explotación, la realización y el mantenimiento de sistemas informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

29 099 829

29 475 139

24 616 221,—

 

Total del artículo 2 1 0

67 189 891

65 175 312

61 263 119,14

2 1 2

Mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

4 318 000

1 725 000

3 705 915,35

2 1 4

Instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

21 567 116

21 020 500

17 331 926,46

2 1 6

Material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

5 009 000

3 401 800 (203)

3 329 844,21

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

98 084 007

91 322 612

85 630 805,16

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería, material de oficina y bienes fungibles

 

 

 

Créditos no disociados

3 132 220

3 388 000

2 876 108,07

2 3 1

Cargas financieras

 

 

 

Créditos no disociados

640 000

495 000

550 000,—

2 3 2

Gastos jurídicos e indemnizaciones por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

270 000

245 000

408 475,01

2 3 5

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

8 275 000

8 060 000

6 771 219,21

2 3 6

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

2 068 000

2 072 000

1 598 876,30

2 3 7

Mudanzas

 

 

 

Créditos no disociados

395 000

395 000

662 000,—

2 3 8

Otros gastos de funcionamiento administrativo

 

 

 

Créditos no disociados

492 000

596 000

370 168,78

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

15 272 220

15 251 000

13 236 847,37

 

Total del título 2

255 451 335

301 969 524

399 195 695,91

CAPÍTULO 2 0 —

BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: COMPRA, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Dado que las sociedades de seguros han anulado la cobertura del riesgo de conflictos laborales y de ataques terroristas en los edificios del Parlamento Europeo, este riesgo debe quedar cubierto por el presupuesto de la Unión Europea.

Por consiguiente, los créditos de este título cubrirán todos los gastos relacionados con daños causados por conflictos laborales y ataques terroristas.

CAPÍTULO 2 0 —   BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Antes capítulos 2 0 y 2 8 (en parte)

2 0 0   Inmuebles

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

39 426 776 (204)

40 219 556

35 702 215,64

Comentarios

Antes partida 2 0 0 0 y artículo 2 8 0

Este crédito se destina a cubrir los alquileres de los edificios o partes de edificios ocupados por la institución.

Cubre asimismo los impuestos relativos a los edificios. Los alquileres se calculan para doce meses y sobre la base de los contratos en vigor o en preparación, que prevén normalmente su indización con arreglo al coste de la vida o al coste de la construcción.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 500 000 euros.

2 0 0 1   Cánones enfitéuticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 136 000

p.m.

178 682 351,37

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las rentas enfitéuticas relativas a los edificios o partes de edificios ocupados en virtud de contratos en vigor o en preparación.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 000 euros.

2 0 0 3   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

2 304 085,08

Comentarios

Antes artículo 2 0 6

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de inmuebles. A las subvenciones relativas a los terrenos y a su acondicionamiento se les aplicarán las disposiciones del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo a el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 000 euros.

2 0 0 5   Construcción de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo 2 0 7

En este artículo podrá consignarse un crédito destinado a la construcción de inmuebles.

2 0 0 7   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 415 000 (205)

19 730 000

18 844 476,86

Comentarios

Antes artículos 2 0 4 y 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la realización de trabajos de acondicionamiento, así como los gastos conexos y, en particular, los gastos relacionados con arquitectos o ingenieros, etc.

El importe se consigna en la reserva a la espera de la decisión definitiva de la Mesa sobre la construcción de dos nuevas salas de reuniones en Estrasburgo.

2 0 0 8   Otros gastos correspondientes a los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 736 887 (206)

4 009 927

3 527 791,60

Comentarios

Antes artículo 2 0 8

Este crédito se destina a financiar:

los gastos en materia de inmuebles no previstos especialmente en los demás artículos del presente capítulo, en particular en lo que se refiere a la asistencia técnica o arquitectónica vinculada a estudios, a la preparación y al seguimiento del mantenimiento o de trabajos en los edificios,

los gastos derivados de las reformas necesarias para adecuar los edificios del Parlamento Europeo a los empleados y visitantes con discapacidad, con arreglo a lo establecido en la auditoría sobre el acceso de las personas con discapacidad, cuyas conclusiones ya han sido aprobadas,

los impuestos que representen una retribución por servicios de utilidad general.

2 0 0 9   Crédito provisional destinado a las inversiones inmobiliarias de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000 000

54 793 389

0,—

Comentarios

Antes artículo 2 0 9

Este crédito se destina a cubrir los gastos de posibles inversiones inmobiliarias de la institución.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

2 0 2   Gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 2 2   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

27 624 421

33 383 963

24 108 042,32

Comentarios

Antes artículos 2 0 3 y 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento, con arreglo a los contratos en curso, de los locales, ascensores, calefacción, climatización y puertas cortafuego, así como los trabajos de desratización, pintura, reparaciones, etc.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución se concertará con las demás instituciones sobre las condiciones contractuales (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) pactadas por cada una de ellas y de conformidad con el artículo 91, apartado 3, del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

2 0 2 4   Consumos de energía

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 169 634

11 189 304

9 967 105,02

Comentarios

Antes artículos 2 0 2 y 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas, electricidad y calefacción.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

2 0 2 6   Seguridad y vigilancia de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 128 000

30 785 700

26 020 708,52

Comentarios

Antes artículos 2 0 5 y 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir esencialmente los gastos de guardia y de vigilancia de los edificios ocupados por el Parlamento Europeo en los tres lugares habituales de trabajo.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución se concertará con las demás instituciones sobre las condiciones contractuales (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) pactadas por cada una de ellas y de conformidad con el artículo 91, apartado 3, del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 80 000 euros.

2 0 2 8   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 458 390

1 284 073

1 171 266,97

Comentarios

Antes artículo 2 0 1

Este crédito se destina a cubrir el pago de las primas previstas en las pólizas de seguros.

CAPÍTULO 2 1 —   INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: COMPRA, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

Comentarios

Antes capítulos 2 1, 2 2 (en parte) y 2 8

En materia de contratos públicos, la institución se concertará con las demás instituciones sobre las condiciones contractuales pactadas por cada una de ellas.

2 1 0   Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

2 1 0 0   Compra, trabajos, mantenimiento y conservación de los equipos y los soportes lógicos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 090 062 (207)

35 700 173

36 646 898,14

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la compra, el alquiler, el mantenimiento y la conservación del material y de los soportes lógicos para la institución y los trabajos correspondientes. Este material y estos soportes lógicos se refieren, en particular, a los sistemas del centro informático y de telecomunicaciones, a la informática departamental y de los grupos políticos y al sistema de votación electrónica.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 41 000 euros.

2 1 0 2   Prestaciones de personal externo para la explotación, la realización y el mantenimiento de sistemas informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

29 099 829

29 475 139

24 616 221,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia de sociedades de servicios y asesoramiento informático para la explotación del centro informático y de la red, la realización y el mantenimiento de aplicaciones, la asistencia a los usuarios, incluidos los diputados y los grupos políticos, la realización de estudios y la realización y recogida de documentación técnica.

2 1 2   Mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 318 000

1 725 000

3 705 915,35

Comentarios

Antes partidas 2 2 0 4, 2 2 1 0, 2 2 1 2 y artículo 2 2 4

Este crédito se destina a cubrir la compra, el alquiler, el mantenimiento y la reparación de mobiliario, y, en particular, la compra de mobiliario de oficina ergonómico y la sustitución de mobiliario vetusto y fuera de uso, así como de máquinas de oficina.

En cuanto a las obras de arte, este crédito se destina a cubrir tanto los gastos de adquisición y de compra de material específico como los gastos corrientes conexos, entre otros los gastos de enmarcado, restauración, limpieza y seguros, así como los gastos ocasionales de transporte.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 5 000 euros.

2 1 4   Instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

21 567 116

21 020 500

17 331 926,46

Comentarios

Antes partidas 2 2 0 0, 2 2 0 2 y articulo 2 8 2 (en parte)

Este crédito se destina a la adquisición, alquiler, mantenimiento y reparación de instalaciones y equipo técnico y, en particular:

de diversos materiales e instalaciones técnicas, fijas y móviles, en los sectores de edición, archivos, seguridad, restaurantes, inmuebles, etc.,

de equipos, en particular en los sectores de imprenta, archivos, servicio telefónico, cantinas, economatos, seguridad, servicios técnicos de conferencias, audiovisual, etc.

También cubre los gastos de publicidad para la reventa y eliminación de los bienes retirados del inventario.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 35 000 euros.

2 1 6   Material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 009 000

3 401 800 (208)

3 329 844,21

Comentarios

Antes partidas 2 2 2 0, 2 2 2 2 y artículo 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte (parque de automóviles y bicicletas) y el alquiler de automóviles, taxis, autocares y camiones, con o sin conductor, incluidos los correspondientes seguros.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 40 000 euros.

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Antes capítulos 2 3 y 2 8 (en parte)

En materia de contratos públicos, la institución se concertará con las demás instituciones sobre las condiciones contractuales pactadas por cada una de ellas.

2 3 0   Papelería, material de oficina y bienes fungibles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 132 220

3 388 000

2 876 108,07

Comentarios

Antes artículos 2 3 0, 2 8 1 (en parte) y 2 8 2 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la compra de papel, sobres, material de oficina, productos para la imprenta y los talleres de reproducción, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 000 euros.

2 3 1   Cargas financieras

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

640 000

495 000

550 000,—

Comentarios

Antes partidas 2 3 1 0 y 2 3 1 9

Este crédito se destina a cubrir los gastos bancarios (comisiones, agios y gastos diversos) y los otros gastos financieros, incluidos los gastos relativos a la financiación de los inmuebles.

2 3 2   Gastos jurídicos e indemnizaciones por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

270 000

245 000

408 475,01

Comentarios

Antes artículos 2 3 2 y 2 3 3

Este crédito se destina a financiar:

el importe de las posibles condenas en costas del Parlamento Europeo pronunciadas por el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas, de la contratación de abogados externos para representarle ante los tribunales comunitarios y nacionales, de la contratación de asesores jurídicos con objeto de prestar asistencia al Servicio Jurídico y de la adquisición de obras jurídicas,

los gastos relativos a las indemnizaciones por daños y perjuicios, los intereses y las posibles deudas mencionadas en el artículo 8, apartado 3, del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 5 000 euros.

2 3 5   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 275 000

8 060 000

6 771 219,21

Comentarios

Antes partida 2 3 6 1 y artículo 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las cuotas de abono y los gastos de telecomunicaciones por cable o radioondas (telefonía fija y móvil, televisión), así como los gastos relativos a las redes de transmisión de datos y a los servicios telemáticos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 140 000 euros.

2 3 6   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 068 000

2 072 000

1 598 876,30

Comentarios

Antes partida 2 3 6 0 y artículo 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo, tratamiento y despacho del correo por los servicios postales o las empresas de mensajería.

2 3 7   Mudanzas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

395 000

395 000

662 000,—

Comentarios

Antes partida 2 3 4 3 y artículo 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a los trabajos de mudanza y de mantenimiento realizados por empresas de mudanza o mediante la prestación de servicios por parte de personal temporal encargado del mantenimiento.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 40 000 euros.

2 3 8   Otros gastos de funcionamiento administrativo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

492 000

596 000

370 168,78

Comentarios

Antes partidas 2 3 4 0, 2 3 4 1, 2 3 4 4 y artículo 2 8 1 (en parte)

Reglamentación, de 17 de junio de 1996, relativa a los suministros anuales de uniformes y prendas profesionales.

Este crédito se destina a financiar:

los seguros no previstos específicamente en otra partida,

los gastos de compra y mantenimiento de los uniformes de los ujieres, chóferes y mudanceros, servicios médicos y servicios técnicos diversos,

el pago de diversos gastos de funcionamiento como, por ejemplo, la compra de horarios de transporte ferroviario y aéreo, la publicación en la prensa de las ventas de material de segunda mano, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

TÍTULO 3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE MISIONES GENERALES POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 3 0

3 0 0

Gastos de misiones del personal

 

 

 

Créditos no disociados

20 867 935

18 566 700

16 116 970,—

3 0 2

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

833 000

805 000

696 254,17

3 0 4

Gastos diversos de reuniones

3 0 4 0

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

1 640 000

1 560 000

1 355 228,29

3 0 4 2

Reuniones, congresos y conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

1 418 500

1 373 500

702 344,33

3 0 4 4

Gastos varios de organización de las delegaciones interparlamentarias, de las delegaciones ad hoc y de la OMC

 

 

 

Créditos no disociados

630 000

380 000

235 418,68

3 0 4 6

Gastos diversos de organización de las reuniones de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE

 

 

 

Créditos no disociados

430 000

308 302

191 000,05

3 0 4 8

Gastos diversos de organización de la Asamblea Parlamentaria Euromed

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

71 698

44 418,62

3 0 4 9

Gastos en servicios de agencias de viaje

 

 

 

Créditos no disociados

1 245 000

 

 

 

Total del artículo 3 0 4

5 463 500

3 693 500

2 528 409,97

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 0

27 164 435

23 065 200

19 341 634,14

CAPÍTULO 3 2

3 2 0

Adquisición de conocimientos técnicos

 

 

 

Créditos no disociados

6 944 200

3 380 000

1 390 208,53

3 2 2

Adquisición de información y archivo

3 2 2 0

Gastos de documentación y biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

3 276 600

3 322 100

2 979 590,93

3 2 2 2

Gastos de fondos de archivo

 

 

 

Créditos no disociados

1 149 000

1 389 000

1 016 178,50

 

Total del artículo 3 2 2

4 425 600

4 711 100

3 995 769,43

3 2 4

Producción y difusión

3 2 4 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

8 069 000

10 313 200

6 592 722,84

3 2 4 1

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

1 595 000 (209)

3 246 500

2 978 604,74

3 2 4 2

Gastos de publicación, de información y de participación en actos públicos

 

 

 

Créditos no disociados

9 870 000 (210)

9 870 000

10 453 658,—

3 2 4 4

Organización y acogida de grupos de visitantes, Euroscola e invitaciones a multiplicadores de opinión de terceros países

 

 

 

Créditos no disociados

23 920 000

17 486 000

14 111 336,93

3 2 4 5

Organización de coloquios, seminarios e iniciativas culturales

 

 

 

Créditos no disociados

1 895 000

1 735 000

1 323 907,88

3 2 4 7

Gastos de información acerca del debate sobre el futuro de Europa

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

3 2 4 8

Gastos de información audiovisual

 

 

 

Créditos no disociados

8 650 000

8 650 000

9 525 302,78

3 2 4 9

Intercambios de información con los parlamentos nacionales

 

 

 

Créditos no disociados

540 000

460 000

272 762,28

 

Total del artículo 3 2 4

54 539 000

51 760 700

45 258 295,45

3 2 5

Gastos de las Oficinas de Información

 

 

 

Créditos no disociados

 

 

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 2

65 908 800

59 851 800

50 644 273,41

 

Total del título 3

93 073 235

82 917 000

69 985 907,55

CAPÍTULO 3 0 —

REUNIONES Y CONFERENCIAS

CAPÍTULO 3 2 —

CONOCIMIENTOS TÉCNICOS E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

CAPÍTULO 3 0 —   REUNIONES Y CONFERENCIAS

Comentarios

Antes capítulos 1 3 (en parte), 1 7, 2 3 (en parte), 2 5 (en parte) y 3 7 (en parte)

3 0 0   Gastos de misiones del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 867 935

18 566 700

16 116 970,—

Comentarios

Antes partida 1 3 0 1 (en parte)

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 71 y los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, el pago de dietas diarias de misión y los gastos adicionales o excepcionales en que los funcionarios y otros agentes incurren para la ejecución de una misión, incluidos los gastos accesorios de expedición de títulos de transporte y reservas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

3 0 2   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

833 000

805 000

696 254,17

Comentarios

Antes partidas 1 7 0 0, 1 7 0 1 y 1 7 0 2

Este crédito se destina a financiar:

los gastos correspondientes a las obligaciones que incumben a la institución en cuanto a recepción y representación de los miembros de la institución se refiere, incluidas las recepciones relativas a los trabajos de STOA,

los gastos de representación y la participación en los gastos de secretaría del Gabinete del Presidente,

los gastos de recepción y de representación de la Secretaría General.

3 0 4   Gastos diversos de reuniones

3 0 4 0   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 640 000

1 560 000

1 355 228,29

Comentarios

Antes partida 2 3 4 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos de refrescos y otras bebidas y, en ocasiones, de refrigerios, servidos durante las reuniones de la institución.

3 0 4 2   Reuniones, congresos y conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 418 500

1 373 500

702 344,33

Comentarios

Antes artículo 2 5 3 y partida 3 7 0 9

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

los gastos correspondientes a la organización de reuniones fuera de los lugares de trabajo (comisiones o sus delegaciones, grupos políticos),

las cotizaciones a las organizaciones internacionales de las que es miembro el Parlamento o uno de sus órganos (Unión Interparlamentaria, Asociación de Secretarios Generales de los Parlamentos, Grupo 12 + de la Unión Interparlamentaria).

3 0 4 4   Gastos varios de organización de las delegaciones interparlamentarias, de las delegaciones ad hoc y de la OMC

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

630 000

380 000

235 418,68

Comentarios

Antes partida 3 7 0 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir, en particular, los gastos relativos a la organización de las reuniones de las delegaciones interparlamentarias, de las delegaciones ad hoc, de las comisiones parlamentarias mixtas, de las comisiones parlamentarias de cooperación y de la OMC.

3 0 4 6   Gastos diversos de organización de las reuniones de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

430 000

308 302

191 000,05

Comentarios

Antes partida 3 7 0 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir, en particular, los gastos relacionados con la organización de reuniones de las delegaciones en la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE.

3 0 4 8   Gastos diversos de organización de la Asamblea Parlamentaria Euromed

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

71 698

44 418,62

Comentarios

Antes partida 3 7 0 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relacionados con la organización de reuniones de la Asamblea Parlamentaria Euromed, de sus comisiones y de su Mesa.

3 0 4 9   Gastos en servicios de agencias de viaje

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 245 000

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos corrientes de la agencia de viajes contratada por el Parlamento.

CAPÍTULO 3 2 —   CONOCIMIENTOS TÉCNICOS E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

Comentarios

Antes capítulos 2 2 (en parte), 2 5 (en parte), 2 6, 2 7, 2 8 (en parte) y 2 9

3 2 0   Adquisición de conocimientos técnicos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 944 200

3 380 000

1 390 208,53

Comentarios

Antes artículos 2 5 0 (en parte) y 2 6 0

Decisión de la Mesa, de 17 de febrero de 1997, por la que se confirma el mandato de STOA, y Decisiones de la Mesa de 7 de julio de 2000 y 4 de abril de 2001.

Decisión de la Mesa, de 11 de marzo de 2003, relativa a la asistencia legislativa al Parlamento Europeo y a sus diputados y destinada a la creación de un presupuesto para asesoramiento externo de las comisiones parlamentarias.

Este crédito se destina a financiar:

los costes de los contratos con expertos cualificados e institutos de investigación para los estudios y las otras actividades de investigación (seminarios, mesas redondas, grupos de expertos, conferencias) efectuadas para los órganos del Parlamento y para la administración,

los costes de evaluación de estudios y la participación de STOA en las actividades de organismos científicos,

los gastos de viaje y de estancia y los gastos accesorios de expertos y otras personalidades, incluidas las personas que han presentado peticiones al Parlamento, convocados para participar en las comisiones y grupos de estudio y de trabajo,

los gastos relativos a las personas externas a las que se recurre para participar en los trabajos de órganos tales como el Consejo de Disciplina o la instancia especializada en materia de irregularidades financieras.

3 2 2   Adquisición de información y archivo

3 2 2 0   Gastos de documentación y biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 276 600

3 322 100

2 979 590,93

Comentarios

Antes partidas 2 2 3 0, 2 2 3 1, 2 2 6 0 y 2 2 6 1

Este crédito se destina a financiar:

la ampliación y renovación del sector de las obras de consulta general y la puesta al día del fondo de biblioteca,

las suscripciones a diarios, revistas, agencias de prensa, y a sus publicaciones y servicios en línea, incluidos los gastos en concepto de derechos de autor por la reproducción y la difusión escrita y/o electrónica de esas suscripciones, y los contratos de servicio para revistas de prensa y recortes de prensa,

las suscripciones o contratos de servicio para el suministro de resúmenes y de análisis del contenido de las revistas o la grabación en soportes ópticos de los artículos extraídos de esas revistas,

los gastos relacionados con la utilización de las bases de datos documentales y estadísticas externas, con exclusión del material informático y de los costes de telecomunicaciones,

los gastos relativos a las obligaciones asumidas por el Parlamento Europeo en el marco de la cooperación internacional o interinstitucional,

la compra o el alquiler de materiales especiales, incluidos los materiales y/o sistemas eléctricos, electrónicos e informáticos de biblioteca, de documentación y de medios audiovisuales, así como los gastos derivados de la asistencia externa en la adquisición, el desarrollo, la instalación, la explotación y el mantenimiento de dichos materiales y sistemas,

los gastos de prestaciones relacionadas con las actividades de la biblioteca, en particular en relación con sus clientes (estudios, análisis), el sistema de gestión de calidad, etc.,

los materiales y trabajos de encuadernación y de conservación para la biblioteca, la documentación y la mediateca,

los gastos, incluido el material, de las publicaciones internas (folletos, estudios, etc.) y de comunicación (boletines informativos, vídeos, CD-ROM, etc.),

la compra de diccionarios, léxicos y otras obras con destino a los servicios lingüísticos.

3 2 2 2   Gastos de fondos de archivo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 149 000

1 389 000

1 016 178,50

Comentarios

Antes partidas 2 2 7 0, 2 2 7 1 y 2 2 7 2

Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43), así como sus medidas de aplicación adoptadas en el seno del Parlamento Europeo.

Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 16 de diciembre de 2002, sobre la mejora de la información y la transparencia: los archivos del Parlamento Europeo.

Reglamento sobre el tratamiento del patrimonio archivístico de los diputados europeos aprobado por la Mesa el 2 de junio de 2003.

Este crédito se destina a financiar:

los costes de las prestaciones externas que conllevan las operaciones de archivo, incluida la selección, la clasificación y la nueva clasificación en los depósitos, los costes de las prestaciones de archivo, la adquisición y la explotación de fondos de archivo en soportes de sustitución (microfilms, discos, cintas, etc.), así como la compra, el alquiler y el mantenimiento de materiales especiales (electrónicos, informáticos, eléctricos) y los gastos de publicaciones en todo tipo de formato (folletos, CD-ROM, etc.),

los gastos de tratamiento del patrimonio archivístico de los diputados al Parlamento Europeo constituido en el ejercicio de su mandato y entregado a título de donaciones o de legados legales al Parlamento Europeo, a los archivos históricos de las Comunidades Europeas (AHCE) o a una asociación o fundación en el marco de una reglamentación establecida por el Parlamento Europeo,

la compra o el alquiler de materiales y/o sistemas eléctricos, electrónicos e informáticos de CARDOC, así como las prestaciones externas conexas y los materiales y trabajos de encuadernación y de conservación de CARDOC,

los gastos de suministros y servicios para las acciones de comunicación, la compra de mobiliario especial y de otros bienes muebles de archivo, la compra de libros y revistas de historia, archivística e informática, y el pago de las cotizaciones correspondientes a la asociación al Consejo Internacional de Archivos.

3 2 4   Producción y difusión

3 2 4 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 069 000

10 313 200

6 592 722,84

Comentarios

Antes artículo 2 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión de los textos que el Parlamento está obligado a publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea, en especial en aplicación de su Reglamento (en particular sus artículos 29, 68, 162 y 173) y del Reglamento de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE (presupuestos, preguntas escritas, actas, comunicaciones).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 400 000 euros.

3 2 4 1   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 595 000 (211)

3 246 500

2 978 604,74

Comentarios

Antes artículo 2 7 1

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión, en particular en Internet, de las publicaciones oficiales del Parlamento Europeo distintas del Diario Oficial de la Unión Europea, tales como obras de carácter general, documentos de trabajo e impresos diversos, así como su subcontratación,

la actualización y el mantenimiento evolutivo de los sistemas editoriales,

la actualización del observatorio legislativo.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 200 000 euros.

El importe se consigna en la reserva a la espera de la presentación de propuestas específicas del Secretario General sobre una mayor participación de los grupos políticos en las decisiones sobre publicaciones y sobre la difusión de información.

3 2 4 2   Gastos de publicación, de información y de participación en actos públicos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 870 000 (212)

9 870 000

10 453 658,—

Comentarios

Antes partida 2 7 2 1

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicaciones informativas, incluidas las publicaciones electrónicas, de las actividades de información, y de la participación en actos públicos y en exposiciones y ferias en los Estados miembros de la Unión Europea y los países candidatos a la adhesión.

El importe se consigna en la reserva a la espera de la presentación de propuestas específicas del Secretario General sobre una mayor participación de los grupos políticos en las decisiones sobre publicaciones y sobre la difusión de información.

3 2 4 4   Organización y acogida de grupos de visitantes, Euroscola e invitaciones a multiplicadores de opinión de terceros países

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

23 920 000

17 486 000

14 111 336,93

Comentarios

Antes partida 2 7 2 3

Este crédito se destina a cubrir las subvenciones concedidas a los grupos de visitantes, así como los gastos de acogida y de infraestructuras conexas, los gastos de funcionamiento del programa Euroscola y la financiación de períodos de prácticas para multiplicadores de opinión de terceros países. Se incrementará anualmente mediante un coeficiente corrector que tenga en cuenta la evolución de la renta nacional bruta (RNB) y de los precios.

Debe incrementarse sustancialmente el número máximo de visitantes que pueden beneficiarse de una subvención.

Se liberará un importe apropiado en favor de los visitantes con discapacidad.

La subvención concedida se incrementará con el fin de que sea adecuada a la distancia y a las condiciones de transporte disponibles para los visitantes. También hay que mejorar los servicios que se prestan a los visitantes.

3 2 4 5   Organización de coloquios, seminarios e iniciativas culturales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 895 000

1 735 000

1 323 907,88

Comentarios

Antes partida 2 7 2 5

Este crédito se destina a cubrir los gastos o subvenciones asociados a la organización de coloquios y seminarios nacionales o multinacionales destinados a multiplicadores de opinión originarios de los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión, así como los gastos de organización de coloquios y simposios parlamentarios, y la financiación de iniciativas culturales de interés europeo, esencialmente el Premio Sajarov. Este crédito cubre asimismo, por un importe máximo de 300 000 euros, los pagos relacionados con actos especiales llevados a cabo en los hemiciclos en Estrasburgo y Bruselas según el programa anual aprobado por la Mesa.

3 2 4 7   Gastos de información acerca del debate sobre el futuro de Europa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes partida 2 7 2 7

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las acciones informativas, incluida la información por vía electrónica, que se llevan a cabo como parte de la campaña de información sobre el proyecto de Tratado por el que se establece una Constitución para Europa.

3 2 4 8   Gastos de información audiovisual

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 650 000

8 650 000

9 525 302,78

Comentarios

Antes partidas 2 8 3 0 y 2 8 3 1

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de marzo de 2002, sobre las orientaciones presupuestarias para el procedimiento presupuestario 2003 (DO C 47 E de 27.2.2003, p. 72).

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de mayo de 2002, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2003 (DO C 180 E de 31.7.2003, p. 150).

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de mayo de 2003, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2004 (DO C 67 E de 17.3.2004, p. 179).

Este crédito se destina a financiar:

el presupuesto de funcionamiento del sector audiovisual (producciones propias y asistencia externa tales como prestaciones técnicas a las emisoras de radiotelevisión, realización, producción, coproducción y difusión de programas audiovisuales, alquiler de frecuencias y transmisión de programas de televisión y de radio, así como otras acciones orientadas a fomentar las relaciones de la institución con los organismos de difusión audiovisual),

los gastos relativos a la retransmisión en directo, por Internet, de las sesiones plenarias y de las reuniones de las comisiones parlamentarias,

la grabación de las sesiones en DVD-ROM,

la creación de archivos adecuados, así como la de un buscador que asegure al ciudadano el acceso permanente a esta información.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 13 000 euros.

3 2 4 9   Intercambios de información con los parlamentos nacionales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

540 000

460 000

272 762,28

Comentarios

Antes partidas 2 9 9 3 y 2 9 9 5

Conferencias de los Presidentes de las Asambleas Parlamentarias Europeas (junio de 1977) y de los Parlamentos de la Unión Europea (septiembre de 2000, marzo de 2001).

Este crédito se destina a financiar:

los gastos para fomentar las relaciones entre el Parlamento Europeo y los parlamentos nacionales. Se trata de las relaciones parlamentarias no cubiertas por los capítulos 1 0 y 3 0, los intercambios de información y documentación y la asistencia para el análisis y la gestión de estas informaciones, incluidos los intercambios con el Centro Europeo de Investigación y Documentación Parlamentaria (CEIDP),

el refuerzo de la cooperación entre el Parlamento Europeo y los parlamentos democráticamente elegidos de Europa Sudoriental y Oriental, de la antigua Unión Soviética y de la Cuenca Mediterránea. Se otorga una colaboración privilegiada a los parlamentos de los futuros Estados miembros de la Unión Europea,

la financiación de los programas de cooperación y de las operaciones de formación de los funcionarios de los parlamentos mencionados.

Las operaciones incluyen las visitas de información al Parlamento Europeo en Bruselas, Luxemburgo o Estrasburgo; los créditos cubren los gastos, o parte de ellos, de los participantes, en particular viajes, desplazamientos, alojamientos y dietas.

las acciones de cooperación asociadas particularmente a la actividad legislativa, así como las acciones asociadas a la actividad de documentación, análisis e información, incluidas las realizadas en el Centro Europeo de Investigación y Documentación Parlamentaria (CEIDP).

3 2 5   Gastos de las Oficinas de Información

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos (personal, edificios, conferencias, reuniones, publicaciones, etc.) relacionados con las Oficinas de Información del Parlamento Europeo.

TÍTULO 4

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE MISIONES ESPECÍFICAS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Gastos administrativos, de funcionamiento, de actividades políticas y de información de los grupos políticos y de los miembros no inscritos

 

 

 

Créditos no disociados

49 622 000

45 900 000

42 515 659,87

4 0 2

Contribuciones a los partidos políticos europeos

 

 

 

Créditos no disociados

8 594 000

8 400 000

4 647 157,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

58 216 000

54 300 000

47 162 816,87

CAPÍTULO 4 2

4 2 0

Asistentes de los diputados

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

4 2 2

Asistencia parlamentaria

4 2 2 0

Asistencia parlamentaria

 

 

 

Créditos no disociados

135 289 000

114 791 540 (213)

117 462 527,66

4 2 2 2

Diferencias de cambio

 

 

 

Créditos no disociados

1 000 000

1 500 000

314 903,89

 

Total del artículo 4 2 2

136 289 000

116 291 540

117 777 431,55

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 2

136 289 000

116 291 540

117 777 431,55

CAPÍTULO 4 4

4 4 0

Coste de las reuniones y otras actividades de antiguos diputados

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

p.m. (214)

76 539,82

4 4 2

Gastos de reuniones y otras actividades de la Asociación Parlamentaria Europea

 

 

 

Créditos no disociados

80 000

80 000

80 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 4

180 000

80 000

156 539,82

 

Total del título 4

194 685 000

170 671 540

165 096 788,24

CAPÍTULO 4 0 —

GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

CAPÍTULO 4 2 —

GASTOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA PARLAMENTARIA

CAPÍTULO 4 4 —

REUNIONES Y OTRAS ACTIVIDADES DE LOS DIPUTADOS Y ANTIGUOS DIPUTADOS

CAPÍTULO 4 0 —   GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

Comentarios

Antes capítulos 3 7 (en parte) y 3 9 (en parte)

4 0 0   Gastos administrativos, de funcionamiento, de actividades políticas y de información de los grupos políticos y de los miembros no inscritos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

49 622 000

45 900 000

42 515 659,87

Comentarios

Antes partida 3 7 0 1

Reglamentación aprobada por la Mesa el 1 de febrero de 2001.

Este crédito se destina a cubrir, para los grupos políticos y los miembros no inscritos:

los gastos de secretaría y los gastos administrativos y de funcionamiento,

los gastos relacionados con sus actividades políticas y de información en el marco de las actividades políticas de la Unión Europea.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

4 0 2   Contribuciones a los partidos políticos europeos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 594 000

8 400 000

4 647 157,—

Comentarios

Antes partida 3 7 1 0

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 191.

Reglamento (CE) no 2004/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativo al estatuto y la financiación de los partidos políticos a escala europea (DO L 297 de 15.11.2003, p. 1).

Teniendo en cuenta la necesidad de transparencia y de reforzar la responsabilidad democrática de la Unión Europea, esta partida se destina a financiar, a nivel europeo, a aquellos partidos políticos que contribuyan a crear una conciencia europea y a expresar la voluntad política de los ciudadanos de la Unión.

CAPÍTULO 4 2 —   GASTOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA PARLAMENTARIA

Comentarios

Antes capítulo 39 (en parte)

4 2 0   Asistentes de los diputados

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo 3 9 0

Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo, presentada por la Comisión el 18 de mayo de 1998, que modifica el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 por el que se establece el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades (DO C 179 de 11.6.1998, p. 16).

Disposiciones generales de ejecución (Decisión de la Mesa de…).

Este artículo sólo puede dotarse de créditos mediante transferencia desde la partida 4 2 2 0, «Asistencia parlamentaria».

4 2 2   Asistencia parlamentaria

4 2 2 0   Asistencia parlamentaria

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

135 289 000

114 791 540 (215)

117 462 527,66

Comentarios

Antes partida 3 9 1 0

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, sus artículos 14 a 16.

Este crédito se destina a cubrir los gastos que se derivan de la designación y la utilización de los servicios de uno o varios asistentes.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 200 000 euros.

4 2 2 2   Diferencias de cambio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 000 000

1 500 000

314 903,89

Comentarios

Antes artículo 3 9 1 1

Este crédito se destina a cubrir las diferencias de cambio a cargo del presupuesto del Parlamento Europeo, de conformidad con las disposiciones aplicables a las indemnizaciones de secretaría.

CAPÍTULO 4 4 —   REUNIONES Y OTRAS ACTIVIDADES DE LOS DIPUTADOS Y ANTIGUOS DIPUTADOS

Comentarios

Antes capítulo 3 6

4 4 0   Coste de las reuniones y otras actividades de antiguos diputados

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

p.m. (216)

76 539,82

Comentarios

Antes partida 3 6 0 0

Este crédito se destina a cubrir el coste de las reuniones de la Asociación de antiguos diputados al Parlamento Europeo y otros costes eventuales.

4 4 2   Gastos de reuniones y otras actividades de la Asociación Parlamentaria Europea

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

80 000

80 000

80 000,—

Comentarios

Antes partida 3 6 0 1

Este crédito se destina a cubrir los gastos de reuniones de la Asociación Parlamentaria Europea y, en su caso, otros gastos eventuales en el mismo contexto.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

33 681 580

18 436 618

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

33 681 580

18 436 618

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

13 175 813

12 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

13 175 813

12 000 000

0,—

 

CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 3

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 3

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 4

20 000 000

 

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 4

20 000 000

 

 

 

Total del título 10

66 857 393

30 436 618

0,—

 

TOTAL GENERAL

1 321 600 000

1 264 024 722

1 203 370 071,68

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 2 —

RESERVA PARA EL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS

CAPÍTULO 10 3 —

RESERVA PARA LA AMPLIACIÓN

CAPÍTULO 10 4 —

RESERVA PARA LA POLÍTICA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

33 681 580

18 436 618

0,—

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 175 813

12 000 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos, no previsibles, derivados de decisiones presupuestarias adoptadas durante el ejercicio.

CAPÍTULO 10 2 —   RESERVA PARA EL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Resolución del Parlamento Europeo, de 4 de junio de 2003, sobre la aprobación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (DO C 68 E de 18.3.2004, p. 210), modificada por la Resolución de 23 de junio de 2005 (DO C… de…, p. …).

CAPÍTULO 10 3 —   RESERVA PARA LA AMPLIACIÓN

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el coste de los preparativos de la ampliación en la institución.

CAPÍTULO 10 4 —   RESERVA PARA LA POLÍTICA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000 000

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de la política de información y comunicación.

SECCIÓN II

CONSEJO

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Parlamento para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

591 752 953

Ingresos propios

–49 054 000

Contribución que ha de percibirse

542 698 953

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

IMPUESTOS DIVERSOS, EXACCIONES Y CÁNONES COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los funcionarios y otros agentes

25 107 000

25 492 435

20 368 798,67

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

1 043 000

1 979 555

1 481 621,27

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

26 150 000

27 471 990

21 850 419,94

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

22 904 000

17 375 917

16 757 397,55

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

13 951 705,08

4 1 2

Contribución de los funcionarios en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

22 904 000

17 375 917

30 709 102,63

 

Total del título 4

49 054 000

44 847 907

52 559 522,57

CAPÍTULO 4 0 —

RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los funcionarios y otros agentes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

25 107 000

25 492 435

20 368 798,67

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 043 000

1 979 555

1 481 621,27

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

22 904 000

17 375 917

16 757 397,55

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

13 951 705,08

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 107, su artículo 11, apartado 2, y el artículo 4 de su anexo VIII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 107, su artículo 11, apartado 2, y el artículo 48 de su anexo VIII.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 2

Ingresos procedentes de los suministros efectuados en favor de otras instituciones y organismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

p.m.

p.m.

794 246,85

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

794 246,85

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución

p.m.

p.m.

422 542,43

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

p.m.

p.m.

422 542,43

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

13 434 341,17

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos propios asignados a cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 2

Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la Institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

13 434 341,17

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Indemnizaciones diversas

p.m.

p.m.

4 106,41

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

4 106,41

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 5

p.m.

p.m.

14 655 236,86

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

5 0 0   Producto de la venta de bienes muebles

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 2   Ingresos procedentes de los suministros efectuados en favor de otras instituciones y organismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0   Producto del arrendamiento de mobiliario y material

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1   Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

794 246,85

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

422 542,43

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

13 434 341,17

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos propios asignados a cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 2   Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la Institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Indemnizaciones diversas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

4 106,41

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 6 1

6 1 2

Reembolso de los gastos derivados específicamente de la ejecución de trabajos por encargo remunerados — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 6 3

6 3 1

Contribución en el marco del acervo de Schengen — Ingresos afectados

6 3 1 1

Contribución por los gastos administrativos que se derivan del acuerdo marco celebrado con Islandia y Noruega — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 3 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 3

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 6 6

6 6 0

Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0

Otras contribuciones y restituciones asignadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 6 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 6

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 6

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 6 1 —

REEMBOLSO DE GASTOS DIVERSOS

CAPÍTULO 6 3 —

CONTRIBUCIONES EN EL MARCO DE ACUERDOS ESPECÍFICOS

CAPÍTULO 6 6 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

CAPÍTULO 6 1 —   REEMBOLSO DE GASTOS DIVERSOS

6 1 2   Reembolso de los gastos derivados específicamente de la ejecución de trabajos por encargo remunerados — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 6 3 —   CONTRIBUCIONES EN EL MARCO DE ACUERDOS ESPECÍFICOS

6 3 1   Contribución en el marco del acervo de Schengen — Ingresos afectados

6 3 1 1   Contribución por los gastos administrativos que se derivan del acuerdo marco celebrado con Islandia y Noruega — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Decisión 1999/437/CE del Consejo, de 17 de mayo de 1999, relativa a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo celebrado por el Consejo de la Unión Europea con la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (DO L 176 de 10.7.1999, p. 31).

Contribuciones por gastos administrativos derivados del Acuerdo de 18 de mayo de 1999 celebrado por el Consejo de la Unión Europea con la República de Islandia y el Reino de Noruega, sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen, y, en particular, el artículo 12 de dicho Acuerdo (DO L 176 de 10.7.1999, p. 36).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos podrán dar lugar a la apertura de créditos suplementarios en los títulos 1 y 2 del estado de gastos de la sección II, «Consejo».

CAPÍTULO 6 6 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

6 6 0   Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0   Otras contribuciones y restituciones asignadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a acoger, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos no previstos en las otras partes del título 6 y que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

TÍTULO 7

INTERESES DE DEMORA

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 7 0

7 0 0

Intereses de demora

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 7 0

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 7

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 7 0 —

INTERESES DE DEMORA

CAPÍTULO 7 0 —   INTERESES DE DEMORA

7 0 0   Intereses de demora

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

17 743,72

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

p.m.

p.m.

17 743,72

 

Total del título 9

p.m.

p.m.

17 743,72

 

TOTAL GENERAL

49 054 000

44 847 907

67 232 503,15

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

17 743,72

ESTADO DE GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 1

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

298 498 953

287 417 699

235 034 026,95

1 2

OTROS AGENTES Y PRESTACIONES EXTERNAS

4 965 000

4 836 224

11 501 319,66

1 3

DEMÁS GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

9 863 000

9 774 776

7 890 634,88

 

Total del título 1

313 326 953

302 028 699

254 425 981,49

2

INMUEBLES, EQUIPO Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

60 118 000

61 430 704

110 548 950,96

2 1

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

32 162 000

28 541 000

27 882 542,36

2 2

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

121 738 000

118 597 000

119 263 138,28

 

Total del título 2

214 018 000

208 568 704

257 694 631,60

3

GASTOS DERIVADOS DEL EJERCICIO POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN DE SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS

3 0

PERSONAL

11 970 000

10 131 000

7 306 643,06

3 1

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

8 365 000

13 844 000

7 319 361,95

3 2

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

38 045 000

25 201 000

4 020 990,68

3 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

1 028 000

890 000

878 955,30

 

Total del título 3

59 408 000

50 066 000

19 525 950,99

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

1 500 000

0,—

10 1

RESERVA PARA LOS IMPREVISTOS

5 000 000

1 000 000

0,—

 

Total del título 10

5 000 000

2 500 000

0,—

 

TOTAL GENERAL

591 752 953

563 163 403

531 646 564,08

TÍTULO 1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Retribución y otros derechos

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

211 808 953

197 373 290

169 524 589,41

1 1 0 1

Derechos estatutarios vinculados a la función

 

 

 

Créditos no disociados

4 320 000

4 384 580

4 086 639,25

1 1 0 2

Derechos estatutarios vinculados a la situación personal del agente

 

 

 

Créditos no disociados

52 219 000

51 011 449

41 840 469,93

1 1 0 3

Cobertura social

 

 

 

Créditos no disociados

9 141 000

8 812 641

7 411 066,58

1 1 0 4

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

1 207 000

2 681 799

2 086 457,69

1 1 0 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

2 399 000

2 419 467

2 310 411,03

1 1 0 6

Derechos estatutarios vinculados a la entrada en funciones, al traslado o al cese

 

 

 

Créditos no disociados

7 584 000

10 365 000

3 767 200,—

 

Total del artículo 1 1 0

288 678 953

277 048 226

231 026 833,89

1 1 1

Cese de funciones

1 1 1 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio (de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 50 del Estatuto)

 

 

 

Créditos no disociados

762 000

311 358

304 993,89

1 1 1 1

Indemnizaciones por cese definitivo en sus funciones

 

 

 

Créditos no disociados

5 252 000

6 211 642

3 487 762,09

1 1 1 2

Derechos de los antiguos Secretarios Generales

 

 

 

Créditos no disociados

221 000

215 000

214 437,08

 

Total del artículo 1 1 1

6 235 000

6 738 000

4 007 193,06

1 1 2

Crédito provisional

1 1 2 0

Crédito provisional (funcionarios y temporales)

 

 

 

Créditos no disociados

3 513 000

3 556 473

0,—

1 1 2 1

Crédito provisional (jubilados y cesados con incentivo)

 

 

 

Créditos no disociados

72 000

75 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 2

3 585 000

3 631 473

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

298 498 953

287 417 699

235 034 026,95

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Otros agentes y prestaciones externas

1 2 0 0

Otros agentes

 

 

 

Créditos no disociados

2 335 000

2 611 224

9 391 860,33

1 2 0 1

Expertos nacionales en comisión de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

1 248 000

1 111 000

734 463,30

1 2 0 2

Períodos de prácticas

 

 

 

Créditos no disociados

345 000

304 000

210 269,90

1 2 0 3

Prestaciones de personal externo

 

 

 

Créditos no disociados

707 000

690 000

812 999,68

1 2 0 4

Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

 

 

 

Créditos no disociados

300 000

120 000

351 726,45

 

Total del artículo 1 2 0

4 935 000

4 836 224

11 501 319,66

1 2 2

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

4 965 000

4 836 224

11 501 319,66

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos relativos a la gestión del personal

1 3 0 0

Gastos diversos de contratación de personal

 

 

 

Créditos no disociados

424 000

390 000

254 707,58

1 3 0 1

Perfeccionamiento profesional

 

 

 

Créditos no disociados

1 317 000

1 227 776

1 097 564,30

 

Total del artículo 1 3 0

1 741 000

1 617 776

1 352 271,88

1 3 1

Intervenciones en favor del personal de la Institución

1 3 1 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

18 000

18 000

18 000,—

1 3 1 1

Relaciones sociales entre los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

120 000

120 000

140 000,—

1 3 1 2

Ayuda complementaria a las personas minusválidas

 

 

 

Créditos no disociados

98 000

97 000

85 000,—

1 3 1 3

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

46 000

46 000

45 000,—

 

Total del artículo 1 3 1

282 000

281 000

288 000,—

1 3 2

Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la Institución

1 3 2 0

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

395 000

325 000

310 000,—

1 3 2 1

Restaurantes y comedores

 

 

 

Créditos no disociados

1 000 000

1 000 000

150 000,—

1 3 2 2

Guarderías

 

 

 

Créditos no disociados

1 845 000

1 821 000

1 535 763,—

 

Total del artículo 1 3 2

3 240 000

3 146 000

1 995 763,—

1 3 3

Misiones

 

 

 

Créditos no disociados

4 600 000

4 730 000

4 254 600,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

9 863 000

9 774 776

7 890 634,88

 

Total del título 1

313 326 953

302 028 699

254 425 981,49

CAPÍTULO 1 1 —

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

CAPÍTULO 1 2 —

OTROS AGENTES Y PRESTACIONES EXTERNAS

CAPÍTULO 1 3 —

DEMÁS GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —   FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

Comentarios

Los créditos de este capítulo se han evaluado sobre la base de la plantilla del Consejo para el ejercicio.

Se ha aplicado una reducción a tanto alzado de 5,2 % a los sueldos, indemnizaciones y complementos ligados a la ocupación completa de los puestos que figuran en la plantilla (salvo ampliación).

1 1 0   Retribución y otros derechos

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

211 808 953

197 373 290

169 524 589,41

Comentarios

Este crédito se destina a financiar el sueldo base de los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 400 000 euros.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 1   Derechos estatutarios vinculados a la función

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 320 000

4 384 580

4 086 639,25

Comentarios

Antes artículo 1 1 5 (en parte)

Antes partidas 1 1 0 3, 1 1 4 2, 1 1 4 4, 1 1 4 7 y 1 1 4 9 (en parte)

Este crédito se destina a financiar en particular, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

las indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen,

las asignaciones familiares, por hijos a cargo y de escolaridad,

la asignación para la licencia parental o familiar,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen,

los demás complementos e indemnizaciones diversos.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 2   Derechos estatutarios vinculados a la situación personal del agente

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

52 219 000

51 011 449

41 840 469,93

Comentarios

Antes partidas 1 1 0 1, 1 1 0 2, 1 1 4 0, 1 1 4 1 y 1 1 4 9 (en parte)

Este crédito se destina a financiar en particular, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

las asignaciones familiares, por hijos a cargo y de escolaridad,

la asignación para la licencia parental o familiar,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen,

los demás complementos e indemnizaciones diversos.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 3   Cobertura social

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 141 000

8 812 641

7 411 066,58

Comentarios

Antes partidas 1 1 3 0, 1 1 3 1, 1 1 3 2 y 1 1 3 3

Este crédito se destina principalmente a cubrir, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

los riesgos de enfermedad, accidente y enfermedad profesional y otros gastos sociales,

el riesgo de desempleo de los agentes temporales, así como los pagos que la Institución deba efectuar en favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 4   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 207 000

2 681 799

2 086 457,69

Comentarios

Antes partida 1 1 9 0

Este crédito se destina a financiar, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal, las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a la retribución y a la parte de los emolumentos transferidos a un país distinto del lugar de destino.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 399 000

2 419 467

2 310 411,03

Comentarios

Antes artículo 1 1 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir el pago de las horas extraordinarias en las condiciones previstas en las disposiciones que se mencionan más abajo.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 6   Derechos estatutarios vinculados a la entrada en funciones, al traslado o al cese

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 584 000

10 365 000

3 767 200,—

Comentarios

Antes partidas 1 1 8 1, 1 1 8 2, 1 1 8 3 y 1 1 8 4

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de viaje de los funcionarios y agentes temporales (incluidos sus familiares) con ocasión de su entrada en funciones, de su cese en el servicio o de su traslado que impliquen un cambio de lugar de destino,

las indemnizaciones de instalación y nueva instalación y los gastos de mudanza de los funcionarios y agentes temporales obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o por motivo de su destino a un nuevo lugar de servicio, así como por motivo del cese definitivo en sus funciones seguido de una nueva instalación en otra localidad,

las dietas que se deban a los funcionarios y agentes temporales que justifiquen estar obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o al ser destinados a un nuevo lugar de servicio,

la indemnización por despido de un funcionario en período de prueba despedido en caso de incapacidad manifiesta,

la indemnización de rescisión de contrato de los agentes temporales por parte de la institución.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 1   Cese de funciones

1 1 1 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio (de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 50 del Estatuto)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

762 000

311 358

304 993,89

Comentarios

Antes artículo 1 2 3 (en parte)

Antes partidas 1 2 1 0 y 1 2 9 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deban pagarse a los funcionarios:

excedentes forzosos como consecuencia de una medida de reducción del número de puestos de trabajo en la institución,

que ocupen puestos de trabajo de los grados A*16 y A*15 y que sean cesados por interés del servicio.

Cubre asimismo la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a estas indemnizaciones.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

1 1 1 1   Indemnizaciones por cese definitivo en sus funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 252 000

6 211 642

3 487 762,09

Comentarios

Antes artículo 1 2 3 (en parte)

Antes partidas 1 2 1 8 y 1 2 9 0 (en parte)

Este crédito se destina a financiar:

las indemnizaciones que deban pagarse en aplicación del Estatuto o del Reglamento mencionados más abajo,

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones,

la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las diversas indemnizaciones.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1747/2002 del Consejo, de 30 de septiembre de 2002, por el que se establecen, en el marco de la modernización de la institución, medidas específicas relativas al cese definitivo de funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas nombrados en un puesto permanente del Consejo de la Unión Europea (DO L 264 de 2.10.2002, p. 5).

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 72.

1 1 1 2   Derechos de los antiguos Secretarios Generales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

221 000

215 000

214 437,08

Comentarios

Antes artículo 1 0 2

Antes partidas 1 0 3 0, 1 0 3 2 y 1 0 9 0

Este crédito se destina a financiar:

las pensiones de jubilación de los antiguos Secretarios Generales de la institución,

las pensiones de supervivencia de los viudos/viudas y huérfanos de los antiguos Secretarios Generales de la institución,

el pago de los coeficientes correctores que afectan a la pensión de jubilación de los antiguos Secretarios Generales de la institución.

Bases jurídicas

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se fija el régimen retributivo del presidente y los miembros de la Comisión y del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

1 1 2   Crédito provisional

1 1 2 0   Crédito provisional (funcionarios y temporales)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 513 000

3 556 473

0,—

Comentarios

Antes partida 1 1 9 1

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decidiera el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a las líneas presupuestarias correspondientes del presente capítulo.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65 y su anexo XI.

1 1 2 1   Crédito provisional (jubilados y cesados con incentivo)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

72 000

75 000

0,—

Comentarios

Antes partidas 1 0 9 1 y 1 2 9 1

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decidiera el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a las líneas presupuestarias correspondientes del presente capítulo.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65 y su anexo XI.

CAPÍTULO 1 2 —   OTROS AGENTES Y PRESTACIONES EXTERNAS

1 2 0   Otros agentes y prestaciones externas

1 2 0 0   Otros agentes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 335 000

2 611 224

9 391 860,33

Comentarios

Antes artículos 1 1 5 (en parte) y 1 8 2 (en parte)

Antes partidas 1 1 1 0 (en parte), 1 1 1 2, 1 1 1 3, 1 1 1 4 (en parte) y 1 1 1 5

Este crédito se destina principalmente a cubrir los gastos siguientes: la retribución de los otros agentes, en particular de los auxiliares, contractuales, locales y consejeros especiales (en el sentido del régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas), las cuotas patronales a los diferentes regímenes de seguridad social y la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las retribuciones de dichos agentes.

Es de carácter provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 2 0 1   Expertos nacionales en comisión de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 248 000

1 111 000

734 463,30

Comentarios

Antes partida 1 1 1 8

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones y gastos administrativos relativos a los expertos nacionales en comisión de servicios, salvo los contratados para el ámbito de la PESC/PESD.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

1 2 0 2   Períodos de prácticas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

345 000

304 000

210 269,90

Comentarios

Antes partida 2 7 3 3

Este crédito se destina a cubrir una indemnización y los gastos de viaje y de misión para las personas en períodos de prácticas y a asegurar los riesgos de accidente y de enfermedad durante dichos períodos,

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

1 2 0 3   Prestaciones de personal externo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

707 000

690 000

812 999,68

Comentarios

Antes partida 1 1 7 5

Este crédito se destina a cubrir todas las prestaciones ejecutadas por personas no ligadas a la institución, en concreto:

los trabajadores temporales para diversos servicios,

el personal de apoyo en las reuniones en Luxemburgo y Estrasburgo,

los expertos en el ámbito de las condiciones de trabajo.

1 2 0 4   Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

300 000

120 000

351 726,45

Comentarios

Antes partida 1 8 3 1

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las prestaciones de traductores independientes o interinos o a trabajos de mecanografía y de otro tipo encargados al exterior por el Servicio de Traducción.

Se imputarán también a esta partida las prestaciones que, en su caso, se soliciten al Centro de Traducción de Luxemburgo.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

1 2 2   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

p.m.

0,—

Comentarios

Antes partidas 1 1 1 0 (en parte) y 1 1 1 4 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Tiene carácter provisional y únicamente podrá utilizarse una vez que haya sido transferido a las líneas apropiadas del presente capítulo.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

CAPÍTULO 1 3 —   DEMÁS GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 3 0   Gastos relativos a la gestión del personal

1 3 0 0   Gastos diversos de contratación de personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

424 000

390 000

254 707,58

Comentarios

Antes partida 1 8 8 0

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de organización de los concursos-oposición previstos en el artículo 3 de la Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales, así como los gastos de viaje y estancia de los candidatos para asistir a las entrevistas de contratación y someterse a las revisiones médicas de entrada en funciones,

los gastos de organización de procedimientos de selección de agentes temporales, agentes auxiliares y agentes locales.

En los casos debidamente motivados por necesidades funcionales, y previa consulta a la Oficina, podrá destinarse a los concursos-oposición organizados por la propia institución.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en p.m.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 27 a 31 y 33 y su anexo III.

Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 53), y Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, del Secretario del Tribunal de Justicia, de los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones y del Representante del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 56).

1 3 0 1   Perfeccionamiento profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 317 000

1 227 776

1 097 564,30

Comentarios

Antes partida 1 8 2 (en parte)

Este crédito se destina a financiar:

la organización de los cursos de perfeccionamiento y de reciclaje profesional, incluidos los cursos de lenguas, tanto institucionales como de cada institución,

los gastos de inscripción de la participación de los funcionarios en seminarios y conferencias.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24 bis.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 3 1   Intervenciones en favor del personal de la Institución

1 3 1 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

18 000

18 000

18 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 6 0

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

1 3 1 1   Relaciones sociales entre los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

120 000

120 000

140 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 6 1

Antes partida 1 8 6 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las relaciones sociales entre los miembros del personal y la contribución del Consejo a las actividades del Centro Interinstitucional Europeo de Overijse.

1 3 1 2   Ayuda complementaria a las personas minusválidas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

98 000

97 000

85 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 6 4

Este crédito se destina, en el marco de una política en favor de las personas minusválidas siguientes, a:

los funcionarios en activo,

los cónyuges de funcionarios en activo,

todos los hijos a su cargo según la definición del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre, dentro de las posibilidades presupuestarias y tras agotamiento de los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, el reembolso de los gastos, excepto los gastos médicos, ocasionados por la discapacidad, reconocidos como necesarios y que estén debidamente justificados.

1 3 1 3   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

46 000

46 000

45 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 6 2

Este crédito se destina a cubrir las demás intervenciones sociales en favor de los agentes y de sus familias.

1 3 2   Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la Institución

1 3 2 0   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

395 000

325 000

310 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 4 1

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

los gastos corrientes del dispensario, los gastos relativos a los exámenes médicos y los que deben preverse para comisiones de invalidez y el reembolso de los gastos ocasionados por la adquisición de gafas,

cubre asimismo los gastos para la compra de determinados útiles de trabajo considerados médicamente necesarios.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 59 y el artículo 8 de su anexo II.

1 3 2 1   Restaurantes y comedores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 000 000

1 000 000

150 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 8 4

Este crédito se destina a cubrir la retribución de los servicios prestados por el concesionario de los restaurantes y comedores.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

1 3 2 2   Guarderías

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 845 000

1 821 000

1 535 763,—

Comentarios

Antes partidas 1 8 6 3 y 1 8 6 4

Este crédito se destina a financiar:

la cuota del Consejo en los gastos del centro preescolar y demás guarderías (debe abonarse a la Comisión),

los gastos de gestión derivados de la explotación de la guardería del Consejo.

Los ingresos procedentes de la contribución de los padres y de las organizaciones para las que trabajan los padres dan lugar a ingresos afectados. El importe de los ingresos asignados según el artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 450 000 euros.

1 3 3   Misiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 600 000

4 730 000

4 254 600,—

Comentarios

Antes artículo 1 3 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de misión y desplazamientos del personal y los gastos de transporte, el pago de las dietas por misión y de los gastos accesorios o excepcionales realizados para la ejecución de una misión.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

TÍTULO 2

INMUEBLES, EQUIPO Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Inmuebles

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

16 400 000

17 200 000

12 970 408,87

2 0 0 1

Cánones enfitéuticos

 

 

 

Créditos no disociados

14 438 000

 

 

2 0 0 2

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

14 420 000

58 449 000,—

2 0 0 3

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

4 675 000

8 428 704

18 994 219,45

2 0 0 4

Trabajos de seguridad

 

 

 

Créditos no disociados

1 250 000

100 000

905 353,17

2 0 0 5

Gastos previos a la adquisición, construcción y acondicionamiento de edificios

 

 

 

Créditos no disociados

560 000

1 125 000

1 077 130,41

 

Total del artículo 2 0 0

37 323 000

41 273 704

92 396 111,90

2 0 1

Gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 1 0

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

11 965 000

10 804 000

10 287 851,69

2 0 1 1

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

3 500 000

3 169 000

2 520 913,55

2 0 1 2

Seguridad y vigilancia de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

6 495 000

5 564 000

4 767 394,30

2 0 1 3

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

370 000

350 000

227 926,93

2 0 1 4

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

465 000

270 000

348 752,59

 

Total del artículo 2 0 1

22 795 000

20 157 000

18 152 839,06

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

60 118 000

61 430 704

110 548 950,96

CAPÍTULO 2 1

2 1 0

Informática y telecomunicaciones

2 1 0 0

Adquisición de equipos y programas

 

 

 

Créditos no disociados

7 190 000

5 960 500

8 210 115,58

2 1 0 1

Servicios externos para la explotación y la realización de sistemas informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

9 881 000

8 401 000

7 682 354,14

2 1 0 2

Servicio y mantenimiento de equipos y programas

 

 

 

Créditos no disociados

6 425 000

5 966 000

4 610 179,23

2 1 0 3

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

4 359 000

5 304 000

3 361 958,55

 

Total del artículo 2 1 0

27 855 000

25 631 500

23 864 607,50

2 1 1

Mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

2 067 000

1 250 000

2 018 984,47

2 1 2

Material e instalaciones técnicas

2 1 2 0

Adquisición y renovación de material y de instalaciones técnicas

 

 

 

Créditos no disociados

1 370 000

661 500

1 294 261,41

2 1 2 1

Servicios externos para la explotación y la realización de material y de instalaciones técnicas

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

62 000

8 305,—

2 1 2 2

Alquiler, servicio, mantenimiento y reparación de material y de instalaciones técnicas

 

 

 

Créditos no disociados

516 000

636 000

381 590,36

 

Total del artículo 2 1 2

1 936 000

1 359 500

1 684 156,77

2 1 3

Transportes

 

 

 

Créditos no disociados

304 000

300 000

314 793,62

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

32 162 000

28 541 000

27 882 542,36

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Reuniones y conferencias

2 2 0 0

Gastos de viaje de las Delegaciones

 

 

 

Créditos no disociados

30 779 000

29 162 000

35 988 000,—

2 2 0 1

Gastos de viaje varios

 

 

 

Créditos no disociados

160 000

130 000

80 000,—

2 2 0 2

Gastos de interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

72 312 000

70 413 000

46 334 900,—

2 2 0 3

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

900 000

866 000

1 107 139,94

2 2 0 4

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

933 000

740 000

927 496,27

2 2 0 5

Organización de conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

80 000

80 000

112 417,87

 

Total del artículo 2 2 0

105 164 000

101 391 000

84 549 954,08

2 2 1

Información

2 2 1 0

Gastos de documentación y biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

695 000

620 000

663 095,45

2 2 1 1

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

11 256 000

12 865 000

29 863 000,—

2 2 1 2

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

680 000

500 000

427 000,—

2 2 1 3

Información y manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

389 000

367 000

403 794,04

 

Total del artículo 2 2 1

13 020 000

14 352 000

31 356 889,49

2 2 2

Oficinas de enlace

 

 

 

Créditos no disociados

420 000

400 000

305 024,84

2 2 3

Gastos varios

2 2 3 0

Material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

1 504 000

1 100 000

1 464 007,78

2 2 3 1

Franqueo

 

 

 

Créditos no disociados

154 000

100 000

145 003,72

2 2 3 2

Gastos de estudios, encuestas y consultas

 

 

 

Créditos no disociados

55 000

55 000

27 801,20

2 2 3 3

Cooperación interinstitucional

 

 

 

Créditos no disociados

205 000

200 000

59 062,—

2 2 3 4

Mudanza

 

 

 

Créditos no disociados

250 000

235 000

47 937,87

2 2 3 5

Cargas financieras

 

 

 

Créditos no disociados

79 000

75 000

112 000,—

2 2 3 6

Gastos de contenciosos, gastos jurídicos, daños y perjuicios, indemnizaciones

 

 

 

Créditos no disociados

600 000

400 000

919 000,—

2 2 3 7

Otros gastos de funcionamiento

 

 

 

Créditos no disociados

287 000

289 000

276 457,30

 

Total del artículo 2 2 3

3 134 000

2 454 000

3 051 269,87

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

121 738 000

118 597 000

119 263 138,28

 

Total del título 2

214 018 000

208 568 704

257 694 631,60

CAPÍTULO 2 0 —

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

CAPÍTULO 2 2 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO 2 0 —   INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Los créditos consignados en este capítulo se destinan a cubrir los gastos de inversión inmobiliaria y de arrendamiento de inmuebles, así como los gastos accesorios y los gastos de gestión, explotación y acondicionamiento de los inmuebles, excluidos los gastos relativos al inmueble Kortenberg.

2 0 0   Inmuebles

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

16 400 000

17 200 000

12 970 408,87

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los alquileres y los impuestos relativos a los inmuebles ocupados por el Consejo, y al alquiler de salas, de un almacén y de aparcamientos:

locales ocupados en Bruselas (salvo el edificio Kortenberg),

locales ocupados en Luxemburgo (Kirchberg),

locales ocupados en Ginebra,

locales ocupados en Nueva York,

locales ocupados en Estrasburgo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 700 000 euros. Las solicitudes de créditos se han reducido en función de la estimación de los ingresos afectados.

2 0 0 1   Cánones enfitéuticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

14 438 000

 

 

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir los cánones enfitéuticos de los edificios o partes de edificios ocupados en virtud de contratos en vigor o en preparación.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 0 2   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

14 420 000

58 449 000,—

Comentarios

Antes artículo 2 0 6

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de inmuebles.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 0 3   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 675 000

8 428 704

18 994 219,45

Comentarios

Antes artículo 2 0 4

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de las obras de acondicionamiento y, en particular:

el acondicionamiento y transformación de los locales de acuerdo con las necesidades funcionales,

la adaptación de locales e instalaciones técnicas a los requisitos y normas de seguridad e higiene en vigor.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

Bases jurídicas

Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183 de 29.6.1989, p. 1).

2 0 0 4   Trabajos de seguridad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 250 000

100 000

905 353,17

Comentarios

Antes artículo 2 0 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de trabajos de acondicionamiento de los edificios en lo relativo a la seguridad física y material de personas y bienes.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 0 5   Gastos previos a la adquisición, construcción y acondicionamiento de edificios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

560 000

1 125 000

1 077 130,41

Comentarios

Antes artículo 2 0 8

Este crédito se destina a cubrir, en particular, los gastos de asistencia de expertos en el marco de los estudios de adaptación y extensión de los edificios de la institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 1   Gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 1 0   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 965 000

10 804 000

10 287 851,69

Comentarios

Antes artículos 2 0 3 y 2 0 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de limpieza y mantenimiento siguientes:

limpieza de los despachos, talleres y almacenes (incluidos las cortinas, visillos, moquetas, persianas, etc.),

renovación de cortinas, visillos y moquetas usados,

trabajos de pintura,

trabajos de mantenimiento varios,

trabajos de reparación de instalaciones técnicas,

suministros técnicos,

contratos de mantenimiento para los diversos equipos técnicos (aire acondicionado, calefacción, manipulación de los residuos, ascensores).

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 1 1   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 500 000

3 169 000

2 520 913,55

Comentarios

Antes artículo 2 0 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas, electricidad y calefacción.

2 0 1 2   Seguridad y vigilancia de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 495 000

5 564 000

4 767 394,30

Comentarios

Antes artículo 2 0 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir esencialmente los gastos de guardia y de vigilancia de los inmuebles ocupados por el Consejo excepto los edificios Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 1 3   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

370 000

350 000

227 926,93

Comentarios

Antes artículo 2 0 1

Este crédito se destina a cubrir las primas de los contratos celebrados con las compañías de seguros para los inmuebles ocupados por el Consejo.

2 0 1 4   Otros gastos derivados de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

465 000

270 000

348 752,59

Comentarios

Antes artículo 2 0 9

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos corrientes en materia de inmuebles no especialmente previstos en el resto de los artículos de este capítulo y, en particular, los gastos de recogida de residuos, el material de señalización, los controles efectuados por organismos especializados, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 12 000 euros.

CAPÍTULO 2 1 —   INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

2 1 0   Informática y telecomunicaciones

2 1 0 0   Adquisición de equipos y programas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 190 000

5 960 500

8 210 115,58

Comentarios

Antes partidas 2 1 0 0, 2 2 0 0 (en parte) y 2 2 2 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la compra o alquiler del material y de los programas de los sistemas y aplicaciones informáticos.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 0 1   Servicios externos para la explotación y la realización de sistemas informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 881 000

8 401 000

7 682 354,14

Comentarios

Antes partida 2 1 0 4

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia y de formación de sociedades de servicio y asesoría en informática para la explotación y la realización de sistemas y aplicaciones informáticos, incluida la asistencia a los usuarios.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 0 2   Servicio y mantenimiento de equipos y programas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 425 000

5 966 000

4 610 179,23

Comentarios

Antes partidas 2 1 0 1, 2 2 0 2, 2 2 2 2 (en parte) y 2 3 0 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al servicio y mantenimiento de los equipos y programas de los sistemas y aplicaciones informáticos.

2 1 0 3   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 359 000

5 304 000

3 361 958,55

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los abonos y el precio de las comunicaciones, los gastos de telemática y los enlaces telegráficos y por télex, con excepción de los gastos relativos al ámbito de la PESD/PESC.

Para establecer estas previsiones, se han tenido en cuenta los valores de reutilización cuando se recuperen los gastos de las comunicaciones telefónicas y telegráficas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 400 000 euros.

2 1 1   Mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 067 000

1 250 000

2 018 984,47

Comentarios

Antes partidas 2 2 1 0 y 2 2 1 2

Este crédito se destina a financiar:

la compra de mobiliario en general y de mobiliario especializado,

la renovación de una parte del mobiliario adquirido hace quince años como mínimo, o irrecuperable,

el alquiler de mobiliario en misiones y reuniones fuera de los locales del Consejo,

el mantenimiento y la reparación de mobiliario.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 2   Material e instalaciones técnicas

2 1 2 0   Adquisición y renovación de material y de instalaciones técnicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 370 000

661 500

1 294 261,41

Comentarios

Antes partida 2 2 2 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la adquisición y renovación de diversos materiales e instalaciones técnicas, fijas y móviles, que afecta en particular a los archivos, al servicio de compras, a la seguridad, al servicio técnico de conferencias, a las telecomunicaciones (fax), a la restauración y a los inmuebles.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 2 1   Servicios externos para la explotación y la realización de material y de instalaciones técnicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

62 000

8 305,—

Comentarios

Antes partida 2 2 2 4

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia técnica y de control, destinados en particular al servicio técnico de conferencias y a la restauración.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 2 2   Alquiler, servicio, mantenimiento y reparación de material y de instalaciones técnicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

516 000

636 000

381 590,36

Comentarios

Antes partida 2 2 2 2 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir el alquiler del material y de las instalaciones técnicas, así como los gastos de servicio, mantenimiento y reparación de dichos material e instalaciones técnicas.

2 1 3   Transportes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

304 000

300 000

314 793,62

Comentarios

Antes partidas 2 2 3 0 y 2 2 3 2

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

la adquisición y renovación del parque móvil,

los gastos de alquiler de automóviles en caso de que no se pueda contar con los medios de transporte de que dispone el Consejo, en particular durante las misiones,

los gastos de mantenimiento y reparación de los automóviles de servicio (adquisición de carburante, neumáticos, etc.).

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

CAPÍTULO 2 2 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2 2 0   Reuniones y conferencias

2 2 0 0   Gastos de viaje de las Delegaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 779 000

29 162 000

35 988 000,—

Comentarios

Antes partida 2 5 0 1

Este crédito se destina a cubrir el reembolso de los gastos de viaje realizados por la Presidencia y por las Delegaciones con motivo, en particular:

de las sesiones del Consejo,

de las reuniones que se celebren en su marco, excluidas las reuniones en el sector de la PESD/PESC.

Bases jurídicas

Decisión no 190/2003 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje de los delegados de los miembros del Consejo.

2 2 0 1   Gastos de viaje varios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

160 000

130 000

80 000,—

Comentarios

Antes partida 2 5 0 2

Este crédito se destina a cubrir, en particular, los gastos de viaje y estancia de los expertos convocados o destinados a misiones por el Secretario General o el Secretario General adjunto.

Bases jurídicas

Decisión no 494/2002 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje y de estancia de los expertos convocados por el Consejo.

Decisión no 36/2005 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje del presidente del Grupo del euro.

2 2 0 2   Gastos de interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

72 312 000

70 413 000

46 334 900,—

Comentarios

Antes partida 2 5 0 5

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones realizadas al Consejo por los intérpretes de la Comisión, con excepción de las reuniones en el ámbito de la PESD/PESC.

Bases jurídicas

Decisión no 56/2004 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa a los servicios de interpretación del Consejo Europeo, del Consejo y de sus instancias preparatorias.

2 2 0 3   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

900 000

866 000

1 107 139,94

Comentarios

Antes artículo 1 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos por obligaciones institucionales de recepción y de representación, salvo en el ámbito de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 0 4   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

933 000

740 000

927 496,27

Comentarios

Antes partida 2 3 5 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos de bebidas y, en ocasiones, de los refrigerios servidos durante las reuniones.

2 2 0 5   Organización de conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

80 000

80 000

112 417,87

Comentarios

Antes partidas 2 0 0 1 y 2 5 0 9

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 3 600 000 euros.

2 2 1   Información

2 2 1 0   Gastos de documentación y biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

695 000

620 000

663 095,45

Comentarios

Antes partidas 2 2 5 0, 2 2 5 3 y 2 2 5 4

Este crédito se destina a financiar:

la adquisición de libros y obras para la biblioteca en soporte papel o en soporte digital,

las suscripciones a los diarios, a las publicaciones periódicas, a los servicios de análisis de su contenido y a las demás publicaciones en línea (excepto las agencias de prensa); este crédito cubre también los posibles gastos de copyright para la reproducción y la difusión escritas o electrónicas de dichas publicaciones,

los gastos de acceso relativos al uso de las bases de datos documentales y estadísticas externas,

los gastos de suscripción a las agencias de prensa por teleimpresora,

los gastos de encuadernación y otros, indispensables para la conservación de las obras y publicaciones periódicas.

2 2 1 1   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 256 000

12 865 000

29 863 000,—

Comentarios

Antes artículo 2 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión de los textos que el Consejo está obligado a publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea, en especial en aplicación del artículo 17 de su Reglamento.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 600 000 euros.

2 2 1 2   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

680 000

500 000

427 000,—

Comentarios

Antes partida 2 7 1 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión de las publicaciones del Consejo excepto las publicaciones en el Diario Oficial.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 1 3   Información y manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

389 000

367 000

403 794,04

Comentarios

Antes partidas 2 7 1 9 y 2 7 2 0

Este crédito se destina a financiar:

los gastos ocasionados, en particular, por las sesiones públicas del Consejo y por la asistencia a los medios audiovisuales que cubren los trabajos de la institución (alquiler de material y contratos de prestaciones de servicios de radio y televisión, adquisición, mantenimiento y reparaciones del material necesario para las transmisiones de radio y televisión, prestaciones exteriores de servicios fotográficos, etc.),

cubre los gastos de las actividades varias de información y relaciones públicas,

los gastos de divulgación, promoción de publicaciones y manifestaciones públicas relativas a las actividades de la institución, incluidos los gastos de organización y de infraestructuras anejos.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 2   Oficinas de enlace

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

420 000

400 000

305 024,84

Comentarios

Antes artículo 2 8 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos corrientes de las oficinas de enlace de Nueva York y Ginebra no previstos en las líneas anteriores.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 3   Gastos varios

2 2 3 0   Material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 504 000

1 100 000

1 464 007,78

Comentarios

Antes artículo 2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a financiar:

la adquisición de papel,

las fotocopias y cánones,

la papelería y el material de oficina (material corriente),

los impresos,

los suministros para la expedición del correo (sobres, papel de embalar, clisés para la máquina franqueadora),

el material para el taller de reproducción de documentos (tintas, planchas offset, películas y productos químicos).

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 3 1   Franqueo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

154 000

100 000

145 003,72

Comentarios

Antes artículo 2 4 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo postal.

2 2 3 2   Gastos de estudios, encuestas y consultas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

55 000

55 000

27 801,20

Comentarios

Antes artículo 2 6 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de estudios y consultas, confiados mediante contrato a expertos altamente cualificados.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 3 3   Cooperación interinstitucional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

205 000

200 000

59 062,—

Comentarios

Antes partida 1 8 3 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos de las actividades interinstitucionales, en particular en materia lingüística.

2 2 3 4   Mudanza

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

250 000

235 000

47 937,87

Comentarios

Antes partida 2 3 5 3

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza y transporte de material.

2 2 3 5   Cargas financieras

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

79 000

75 000

112 000,—

Comentarios

Antes partidas 2 3 2 0 y 2 3 2 9

Este crédito se destina a cubrir los gastos financieros, en particular los bancarios.

2 2 3 6   Gastos de contenciosos, gastos jurídicos, daños y perjuicios, indemnizaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

600 000

400 000

919 000,—

Comentarios

Antes artículos 2 3 3 y 2 3 4

Este crédito se destina a financiar:

la financiación de las posibles condenas en costas del Consejo pronunciadas por el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas y de la contratación de abogados externos para representarle ante los tribunales,

los gastos de consulta derivados del recurso a la asistencia de abogados externos,

las indemnizaciones por daños y perjuicios así como las compensaciones que puedan imputarse al Consejo.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 3 7   Otros gastos de funcionamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

287 000

289 000

276 457,30

Comentarios

Antes partidas 2 3 5 0, 2 3 5 1, 2 3 5 9 y 2 9 0 0

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de seguros, salvo los relativos a los inmuebles, imputados al artículo 2 0 1 3,

los gastos de compra de uniformes para el servicio de conferencias y para el servicio de seguridad, de prendas y equipo de trabajo para el personal de los talleres y de los servicios internos, y del arreglo y mantenimiento de los uniformes,

la participación del Consejo en los gastos de algunas asociaciones cuya actividad está directamente relacionada con la de las instituciones comunitarias,

los demás gastos de funcionamiento no previstos específicamente en las líneas anteriores.

TÍTULO 3

GASTOS DERIVADOS DEL EJERCICIO POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN DE SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 3 0

3 0 0

Otros agentes y personas externas

3 0 0 0

Complementos de los expertos nacionales militares en comisión de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

8 102 000

7 052 000

4 906 567,33

3 0 0 1

Complementos de los expertos nacionales en comisión de servicios en el marco de la PESD/PESC

 

 

 

Créditos no disociados

2 904 000

2 084 000

1 087 158,67

3 0 0 2

Consejeros especiales en el ámbito de la PESD/PESC

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

191 000

433 325,15

 

Total del artículo 3 0 0

11 006 000

9 327 000

6 427 051,15

3 0 1

Otros gastos relativos al personal

3 0 1 0

Misiones

 

 

 

Créditos no disociados

939 000

779 000

862 900,—

3 0 1 1

Perfeccionamiento profesional

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

25 000

16 691,91

 

Total del artículo 3 0 1

964 000

804 000

879 591,91

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 0

11 970 000

10 131 000

7 306 643,06

CAPÍTULO 3 1

3 1 0

Inmuebles

3 1 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

4 180 000

4 231 000

4 402 902,14

3 1 0 1

Acondicionamiento de locales

 

 

 

Créditos no disociados

390 000

3 050 000

499 436,58

3 1 0 2

Trabajos de seguridad

 

 

 

Créditos no disociados

1 500 000

3 800 000

149 999,40

3 1 0 3

Gastos previos a la adquisición, construcción y acondicionamiento de edificios

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

405 000

407 725,58

 

Total del artículo 3 1 0

6 095 000

11 486 000

5 460 063,70

3 1 1

Gastos correspondientes a los inmuebles

3 1 1 0

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

775 000

830 000

621 717,46

3 1 1 1

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

360 000

450 000

302 999,19

3 1 1 2

Seguridad y vigilancia de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 100 000

1 050 000

905 000,—

3 1 1 3

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

8 000

7 918,—

3 1 1 4

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

20 000

21 663,60

 

Total del artículo 3 1 1

2 270 000

2 358 000

1 859 298,25

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 1

8 365 000

13 844 000

7 319 361,95

CAPÍTULO 3 2

3 2 0

Informática y telecomunicaciones

3 2 0 0

Adquisición de equipos y programas

 

 

 

Créditos no disociados

32 906 000

20 432 000

2 244 085,51

3 2 0 1

Servicios externos para la explotación y la realización de sistemas informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

2 780 000

2 226 000

950 641,85

3 2 0 2

Servicio y mantenimiento de equipos y programas

 

 

 

Créditos no disociados

718 000

768 000

218 562,05

3 2 0 3

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

1 576 000

1 325 000

543 261,27

 

Total del artículo 3 2 0

37 980 000

24 751 000

3 956 550,68

3 2 1

Mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

65 000

450 000

64 440,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 2

38 045 000

25 201 000

4 020 990,68

CAPÍTULO 3 3

3 3 0

Reuniones y conferencias

3 3 0 0

Gastos de viaje de las Delegaciones

 

 

 

Créditos no disociados

738 000

700 000

638 000,—

3 3 0 1

Gastos de viaje varios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

3 3 0 2

Gastos de interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

3 3 0 3

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

15 000

10 000,—

3 3 0 4

Gastos administrativos en que se incurra en los desplazamientos

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

5 000,—

3 3 0 5

Gastos varios de reunión

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

5 000

21 250,—

 

Total del artículo 3 3 0

793 000

740 000

674 250,—

3 3 1

Información

3 3 1 0

Gastos de documentación y biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

140 000

135 000

128 000,—

3 3 1 1

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

3 3 1 2

Información y manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

 

Total del artículo 3 3 1

140 000

135 000

128 000,—

3 3 2

Gastos varios

 

Total del artículo 3 3 2

 

 

 

3 3 2 0

Material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

80 000

p.m.

61 750,—

3 3 2 1

Gastos de estudios, encuestas y consultas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

3 3 2 2

Otros gastos corrientes

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

15 000

14 955,30

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 3

1 028 000

890 000

878 955,30

 

Total del título 3

59 408 000

50 066 000

19 525 950,99

CAPÍTULO 3 0 —

PERSONAL

CAPÍTULO 3 1 —

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 3 2 —

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

CAPÍTULO 3 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO 3 0 —   PERSONAL

3 0 0   Otros agentes y personas externas

3 0 0 0   Complementos de los expertos nacionales militares en comisión de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 102 000

7 052 000

4 906 567,33

Comentarios

Antes artículo 3 1 0

Este crédito se destina a financiar el régimen pecuniario aplicable a los expertos nacionales militares destinados a la realización de los trabajos en el marco de la PESD/PESC como Estado Mayor de la Unión Europea.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2000/178/PESC del Consejo, de 28 de febrero de 2000, relativa al régimen aplicable a los expertos nacionales en el ámbito militar, destacados en régimen de comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo durante el período provisional (DO L 57 de 2.3.2000, p. 1).

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

3 0 0 1   Complementos de los expertos nacionales en comisión de servicios en el marco de la PESD/PESC

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 904 000

2 084 000

1 087 158,67

Comentarios

Antes artículo 3 1 1

Este crédito se destina a financiar el régimen pecuniario aplicable a los expertos nacionales destinados a la realización de los trabajos en el marco de la PESD/PESC, y en particular en el ámbito de la gestión de crisis, por una parte, y en el de la seguridad informática, por otra.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

3 0 0 2   Consejeros especiales en el ámbito de la PESD/PESC

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

191 000

433 325,15

Comentarios

Antes artículo 3 1 3

Este crédito se destina a financiar la retribución de los consejeros especiales nombrados por el Consejo para el cumplimiento de misiones específicas de conocimiento experto en el marco de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 5, 119 y 120.

3 0 1   Otros gastos relativos al personal

3 0 1 0   Misiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

939 000

779 000

862 900,—

Comentarios

Antes artículos 3 2 0 y 3 2 1

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de misión derivados del mandato del Estado Mayor de la Unión Europea,

los gastos de misión de los expertos nacionales en comisión de servicios en el ámbito de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

3 0 1 1   Perfeccionamiento profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

25 000

16 691,91

Comentarios

Antes artículo 3 2 5

Este crédito se destina a cubrir los gastos de participación en cursos, conferencias y congresos en el marco del mandato del Estado Mayor de la Unión Europea.

Bases jurídicas

Decisión 2000/178/PESC del Consejo, de 28 de febrero de 2000, relativa al régimen aplicable a los expertos nacionales en el ámbito militar, destacados en régimen de comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo durante el período provisional (DO L 57 de 2.3.2000, p. 1).

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

CAPÍTULO 3 1 —   INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

3 1 0   Inmuebles

3 1 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 180 000

4 231 000

4 402 902,14

Comentarios

Antes artículo 3 3 0

Este crédito se destina a financiar el alquiler de los inmuebles Kortenberg y R, sitos en Bruselas, destinados a acoger a los funcionarios y expertos nacionales en comisión de servicios en el ámbito de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 0 1   Acondicionamiento de locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

390 000

3 050 000

499 436,58

Comentarios

Antes partida 3 3 1 4

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de las obras de acondicionamiento y, en particular:

del acondicionamiento de los locales según las necesidades funcionales,

de la adaptación de los locales a los requisitos y normas vigentes de seguridad e higiene.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183 de 29.6.1989, p. 1), modificada por el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

3 1 0 2   Trabajos de seguridad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 500 000

3 800 000

149 999,40

Comentarios

Antes partida 3 3 1 5 (en parte)

Este crédito se destina al pago de las obras de mejora de la seguridad de los inmuebles Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 0 3   Gastos previos a la adquisición, construcción y acondicionamiento de edificios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

405 000

407 725,58

Comentarios

Antes partida 3 3 1 8

Este crédito se destina al pago de los estudios de arquitectura e ingeniería relativos a la explotación de los inmuebles Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 1   Gastos correspondientes a los inmuebles

3 1 1 0   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

775 000

830 000

621 717,46

Comentarios

Antes partidas 3 3 1 3 y 3 3 1 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de limpieza y mantenimiento siguientes:

limpieza de los despachos, talleres y almacenes (incluidos cortinas, visillos, moquetas, persianas, etc.),

renovación de cortinas, visillos y moquetas usados,

trabajos de pintura,

trabajos de mantenimiento varios,

trabajos de reparación de instalaciones técnicas,

suministros técnicos,

contratos de mantenimiento para los diversos equipos técnicos (aire acondicionado, calefacción, manipulación de los residuos, ascensores).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

3 1 1 1   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

360 000

450 000

302 999,19

Comentarios

Antes partida 3 3 1 2

Este crédito se destina al pago de los consumos de agua, gas, electricidad y calefacción del inmueble Kortenberg.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 1 2   Seguridad y vigilancia de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 100 000

1 050 000

905 000,—

Comentarios

Antes partida 3 3 1 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir esencialmente los gastos de guardia y de vigilancia de los edificios Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 1 3   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

8 000

7 918,—

Comentarios

Antes partida 3 3 1 1

Este crédito se destina al pago de las primas de seguro relativas a los inmuebles Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 1 4   Otros gastos derivados de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

20 000

21 663,60

Comentarios

Antes partida 3 3 1 9

Este crédito se destina a abonar los demás gastos corrientes de los inmuebles Kortenberg y R no previstos especialmente en el resto de los artículos del presente capítulo y, en particular, los gastos de recogida de residuos, el material de señalización, los controles efectuados por organismos especializados, etc.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

CAPÍTULO 3 2 —   INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

3 2 0   Informática y telecomunicaciones

3 2 0 0   Adquisición de equipos y programas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 906 000

20 432 000

2 244 085,51

Comentarios

Antes partidas 3 3 2 0 y 3 3 2 5 (en parte)

Este crédito se destina a financiar la compra, el alquiler o la renovación del equipo o de los programas de los sistemas y aplicaciones informáticos, de equipo ofimático y de telecomunicaciones, así como de las instalaciones técnicas para los servicios que deben trabajar en el sector de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión del Secretario General adjunto, de 18 de diciembre de 2000, por la que se crea una célula Infosec (Seguridad de los sistemas de información).

3 2 0 1   Servicios externos para la explotación y la realización de sistemas informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 780 000

2 226 000

950 641,85

Comentarios

Antes partidas 3 3 2 4 y 3 3 2 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia de sociedades de servicios y de asesoría en informática para la explotación y la realización de sistemas, aplicaciones y equipos informáticos y de telecomunicaciones, así como de las instalaciones técnicas (incluida la asistencia a los usuarios) para los servicios que deben trabajar en el sector de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 2 0 2   Servicio y mantenimiento de equipos y programas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

718 000

768 000

218 562,05

Comentarios

Antes partidas 3 3 2 2 y 3 3 2 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al mantenimiento y servicio de los equipos o programas de los sistemas y aplicaciones informáticos, de equipos ofimáticos y de telecomunicaciones, así como de las instalaciones técnicas para los servicios que deben trabajar en el sector de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 2 0 3   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 576 000

1 325 000

543 261,27

Comentarios

Antes partidas 3 3 2 3 y 3 3 2 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los abonos, los precios de las comunicaciones y los gastos de telemática derivados específicamente de las actividades realizadas en el marco de la PESD/PESC.

Para hacer estas previsiones, se ha tenido en cuenta el aumento de los valores de reutilización al recuperarse los gastos de las comunicaciones telefónicas y telegráficas, así como de los acuerdos con Belgacom sobre las tarifas.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 2 1   Mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

65 000

450 000

64 440,—

Comentarios

Antes partida 3 3 3 1

Este crédito se destina a financiar la adquisición de mobiliario específico, de seguridad o especializado para los funcionarios y los expertos nacionales en comisión de servicios en el ámbito de la PESD/PESC.

CAPÍTULO 3 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3 3 0   Reuniones y conferencias

3 3 0 0   Gastos de viaje de las Delegaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

738 000

700 000

638 000,—

Comentarios

Antes partida 3 4 0 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje de la Presidencia y las Delegaciones, en particular con ocasión de las sesiones del Comité Político y de Seguridad y del Comité Militar, y de otras reuniones que tengan lugar específicamente en el marco de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2001/78/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, por la que se crea el Comité Político y de Seguridad (DO L 27 de 30.1.2001, p. 1). Decisión no 190/2003 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje de los delegados de los miembros del Consejo.

3 3 0 1   Gastos de viaje varios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Nueva partida

Los créditos que se inscriben en esta partida se destinan a financiar los gastos de viaje y de estancia de los expertos en el ámbito de la PESD/PESC convocados o destinados a misiones por el Secretario General y Alto Representante del Consejo.

Bases jurídicas

Decisión no 494/2002 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje y de estancia de los expertos convocados por el Consejo.

3 3 0 2   Gastos de interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes partida 3 4 0 1

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones facilitadas al Consejo por los intérpretes de la Comisión con ocasión de las sesiones del Comité Político y de Seguridad, del Comité Militar y de otras reuniones que se celebren en particular en el marco de la PESD/PESC.

Bases jurídicas

Decisión 2001/78/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, por la que se crea el Comité Político y de Seguridad (DO L 27 de 30.1.2001, p. 1).

3 3 0 3   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

15 000

10 000,—

Comentarios

Antes artículo 3 2 7

Este crédito se destina a cubrir los gastos de recepción y de representación relativos, en particular, al Comité Político y de Seguridad, así como los de los expertos nacionales en comisión de servicios del Estado Mayor de la Unión Europea.

3 3 0 4   Gastos administrativos en que se incurra en los desplazamientos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

5 000,—

Comentarios

Antes artículo 3 2 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos ocasionales en que se incurra fuera de la sede del Consejo con ocasión de los desplazamientos en el marco de la PESD/PESC: arrendamiento temporal de locales de trabajo y de equipo técnico, servicios puntuales de traducción e interpretación, gastos de telecomunicaciones y gastos varios de reunión.

Bases jurídicas

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

3 3 0 5   Gastos varios de reunión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

5 000

21 250,—

Comentarios

Antes partida 3 3 3 9

Este crédito se destina a cubrir los gastos de reunión y demás gastos administrativos varios derivados de la aplicación de la PESD/PESC que no estén consignados específicamente en otra partida.

3 3 1   Información

3 3 1 0   Gastos de documentación y biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

140 000

135 000

128 000,—

Comentarios

Antes artículo 3 2 6

Este crédito se destina a cubrir los gastos de estudio, los gastos de la adquisición del conocimiento experto y de la documentación de datos especializados en el marco del mandato del Estado Mayor de la Unión Europea.

Bases jurídicas

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

3 3 1 1   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión de las publicaciones del Consejo en el marco de la PESD/PESC, excepto las publicaciones en el Diario Oficial.

3 3 1 2   Información y manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Nueva partida

Los créditos que se inscriben en esta partida se destinan a financiar los gastos de información en el ámbito de la PESD/PESC.

3 3 2   Gastos varios

3 3 2 0   Material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

80 000

p.m.

61 750,—

Comentarios

Antes partida 3 3 3 3

Este crédito se destina a financiar la adquisición de papelería y material de oficina para los funcionarios y los expertos nacionales en comisión de servicios en el ámbito de la PESD/PESC.

3 3 2 1   Gastos de estudios, encuestas y consultas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir los gastos de estudios y consultas, confiados mediante contrato a expertos altamente cualificados en el ámbito de la PESD/PESC.

3 3 2 2   Otros gastos corrientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

15 000

14 955,30

Comentarios

Antes partida 3 3 3 5

Este crédito se destina a financiar la adquisición de indumentaria y accesorios, en particular para los agentes de seguridad responsables de los inmuebles Kortenberg y R.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

1 500 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

1 500 000

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

5 000 000

1 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

5 000 000

1 000 000

0,—

 

Total del título 10

5 000 000

2 500 000

0,—

 

TOTAL GENERAL

591 752 953

563 163 403

531 646 564,08

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA LOS IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

1 500 000

0,—

Comentarios

Los créditos de este capítulo tienen un carácter provisional y únicamente podrán utilizarse una vez transferidos a otros capítulos de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento financiero.

Reglamento financiero, de 25 de junio de 2002, aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA LOS IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000 000

1 000 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos no previsibles derivados de decisiones presupuestarias adoptadas durante el ejercicio.

SECCIÓN IV

TRIBUNAL DE JUSTICIA

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Tribunal de Justicia para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

250 338 602

Ingresos propios

–30 357 000

Contribución que ha de percibirse

219 981 602

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios y otros agentes y de los beneficiarios de una pensión

17 762 000

17 762 000

14 190 465,60

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

1 315 000

1 209 000

930 372,94

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

19 077 000

18 971 000

15 120 838,54

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

10 895 000

10 118 000

8 483 125,78

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

250 000

250 000

1 373 806,61

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

11 145 000

10 368 000

9 856 932,39

 

Total del título 4

30 222 000

29 339 000

24 977 770,93

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios y otros agentes y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

17 762 000

17 762 000

14 190 465,60

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los Miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los Miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 315 000

1 209 000

930 372,94

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los Miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia, así como del Presidente, los Miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) n o 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 1 0   Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

10 895 000

10 118 000

8 483 125,78

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

250 000

250 000

1 373 806,61

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 107, así como su artículo 11, apartado 2, y el artículo 48 de su anexo VIII.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Producto de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

10 500,—

5 0 0 1

Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

10 500,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

375 407,93

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

p.m.

p.m.

385 907,93

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos sobre cuentas de la institución

125 000

125 000

186 001,86

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

125 000

125 000

186 001,86

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos procedentes del producto de prestaciones de servicios y de obras realizadas en favor de otras instituciones u organismos, incluido el importe de las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras realizadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la devolución de cantidades indebidamente pagadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamento administrativo de la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

77 297,96

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

77 297,96

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 8 1

Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros percibidas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

21 303,69

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

21 303,69

 

Total del título 5

125 000

125 000

670 511,44

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y DE OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

5 0 0   Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Producto de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

10 500,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

375 407,93

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos sobre cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

125 000

125 000

186 001,86

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y DE OBRAS

5 5 0   Ingresos procedentes del producto de prestaciones de servicios y de obras realizadas en favor de otras instituciones u organismos, incluido el importe de las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras realizadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la devolución de cantidades indebidamente pagadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamento administrativo de la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

77 297,96

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 8 1   Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros percibidas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

21 303,69

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

10 000

10 000

76 236,89

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

10 000

10 000

76 236,89

 

Total del título 9

10 000

10 000

76 236,89

 

TOTAL GENERAL

30 357 000

29 474 000

25 724 519,26

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

10 000

10 000

76 236,89

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

26 437 000

23 968 000

20 809 864,65

1 1

PERSONAL EN ACTIVO

163 167 202

155 321 022

120 935 605,28

1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

p.m.

p.m.

0,—

1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

342 000

380 000

235 273,69

1 4

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

171 000

160 000

101 551,05

1 6

SERVICIO SOCIAL

29 200

29 200

8 747,35

1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

195 800

106 550

96 700,—

1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

12 661 000

11 695 200

9 455 256,71

 

Total del título 1

203 003 202

191 659 972

151 642 998,73

2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

27 751 000

16 016 000

49 126 690,10

2 1

GASTOS RELATIVOS A LA INFORMÁTICA

9 257 000

9 322 000

9 045 723,22

2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

3 313 900

2 970 400

3 984 310,86

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

2 085 500

3 156 500

2 145 192,74

2 4

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

1 506 000

1 548 000

1 015 999,96

2 5

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

371 000

412 000

406 998,—

2 6

ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

p.m.

p.m.

0,—

2 7

PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 655 000

3 458 000

3 118 387,18

2 9

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

356 000

370 000

345 193,88

 

Total del título 2

47 295 400

37 252 900

69 188 495,94

3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE FUNCIONES ESPECÍFICAS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

3 7

GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

40 000

40 000

15 753,05

 

Total del título 3

40 000

40 000

15 753,05

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

250 338 602

228 952 872

220 847 247,72

TÍTULO 1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

14 883 000

12 846 000

11 335 512,09

1 0 0 1

Indemnizaciones de residencia

 

 

 

Créditos no disociados

2 240 000

1 922 000

1 689 771,70

1 0 0 2

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

760 000

900 000

467 893,28

1 0 0 3

Indemnizaciones de representación

 

 

 

Créditos no disociados

640 000

557 000

485 090,61

 

Total del artículo 1 0 0

18 523 000

16 225 000

13 978 267,68

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

775 000

720 000

597 830,24

1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

1 384 000

1 840 000

1 110 860,58

1 0 3

Pensiones

1 0 3 0

Pensiones de vejez

 

 

 

Créditos no disociados

1 883 000

2 335 000

2 178 988,18

1 0 3 1

Pensiones de invalidez

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 3 2

Pensiones de supervivencia

 

 

 

Créditos no disociados

1 712 000

1 545 000

1 416 780,30

 

Total del artículo 1 0 3

3 595 000

3 880 000

3 595 768,48

1 0 4

Dietas por misiones, gastos de desplazamiento y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

268 000

240 000

213 000,—

1 0 5

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las funciones

1 0 5 0

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

47 000

11 000

10 221,24

1 0 5 1

Indemnizaciones de instalación y de reinstalación

 

 

 

Créditos no disociados

730 000

160 000

787 437,60

1 0 5 2

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

416 000

96 000

94 196,34

 

Total del artículo 1 0 5

1 193 000

267 000

891 855,18

1 0 6

Cursos para los miembros de la institución

1 0 6 0

Cursos de idiomas

 

 

 

Créditos no disociados

286 000

286 000

279 000,—

1 0 6 1

Cursos de informática

 

 

 

Créditos no disociados

42 000

42 000

0,—

 

Total del artículo 1 0 6

328 000

328 000

279 000,—

1 0 9

Adaptaciones del régimen retributivo

1 0 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

80 000

160 000

143 282,49

1 0 9 1

Crédito provisional destinado a posibles adaptaciones del régimen retributivo

 

 

 

Créditos no disociados

291 000

308 000

0,—

 

Total del artículo 1 0 9

371 000

468 000

143 282,49

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

26 437 000

23 968 000

20 809 864,65

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

117 769 702

111 633 022

87 739 372,67

1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

9 424 000

8 940 000

6 207 593,57

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

18 846 000

17 770 000

13 905 313,61

1 1 0 3

Indemnizaciones a tanto alzado

 

 

 

Créditos no disociados

447 000

487 000

427 176,32

 

Total del artículo 1 1 0

146 486 702

138 830 022

108 279 456,17

1 1 1

Otros agentes

1 1 1 0

Agentes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

1 584 000

1 588 000

2 614 261,46

1 1 1 1

Intérpretes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 2

Agentes locales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 3

Consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

156 000

152 000

148 541,—

1 1 1 4

Traductores auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

1 331 500

391 000

7 268,80

1 1 1 8

Expertos nacionales en comisión de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

523 000

514 000

3 248,36

 

Total del artículo 1 1 1

3 594 500

2 645 000

2 773 319,62

1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

4 100 000

3 890 000

3 031 129,75

1 1 3 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

 

 

 

Créditos no disociados

1 082 000

1 027 000

775 075,04

1 1 3 2

Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

414 000

210 000

271 767,65

1 1 3 3

Constitución o mantenimiento de los derechos a pensión para los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

84 000

84 000

82 321,24

 

Total del artículo 1 1 3

5 680 000

5 211 000

4 160 293,68

1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0

Asignación de natalidad y de defunción

 

 

 

Créditos no disociados

56 000

60 000

25 661,83

1 1 4 1

Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

 

 

 

Créditos no disociados

1 650 000

1 620 000

1 159 529,10

1 1 4 2

Indemnizaciones de vivienda y de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 3

Indemnizaciones a tanto alzado por función

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4

Indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 5

Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

461,74

1 1 4 7

Indemnizaciones por servicios ininterrumpidos o por turnos o por obligaciones in situ y/o a domicilio

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 9

Otras indemnizaciones y reembolsos

 

 

 

Créditos no disociados

35 000

15 000

7 302,26

 

Total del artículo 1 1 4

1 741 000

1 695 000

1 192 954,93

1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

659 000

677 000

554 845,15

1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las funciones y a los traslados

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

42 000

148 000,—

1 1 8 2

Indemnizaciones de instalación, de reinstalación y de traslado

 

 

 

Créditos no disociados

1 183 000

1 170 000

703 525,—

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

239 000

217 000

167 000,80

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

 

 

Créditos no disociados

1 129 000

956 000

1 953 124,25

 

Total del artículo 1 1 8

2 601 000

2 385 000

2 971 650,05

1 1 9

Adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

581 000

1 905 000

1 003 085,68

1 1 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

1 824 000

1 973 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 9

2 405 000

3 878 000

1 003 085,68

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

163 167 202

155 321 022

120 935 605,28

CAPÍTULO 1 2

1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0

Indemnizaciones en caso de cese en interés del servicio de acuerdo con las disposiciones de los artículos 41 y 50 del Estatuto

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 1 5

Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 1

p.m.

p.m.

0,—

1 2 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9

Adaptaciones de las pensiones y de las indemnizaciones diversas

1 2 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos de misiones, de desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

342 000

380 000

235 273,69

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

342 000

380 000

235 273,69

CAPÍTULO 1 4

1 4 1

Servicio médico

1 4 1 0

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

164 000

160 000

91 138,40

1 4 1 1

Adquisición de equipo médico

 

 

 

Créditos no disociados

7 000

p.m.

10 412,65

 

Total del artículo 1 4 1

171 000

160 000

101 551,05

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

171 000

160 000

101 551,05

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

1 447,35

1 6 1

Relaciones sociales del personal

 

 

 

Créditos no disociados

16 200

9 200

7 300,—

1 6 4

Ayuda complementaria a minusválidos

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

17 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

29 200

29 200

8 747,35

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0

Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

191 000

101 750

92 500,—

1 7 0 1

Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

4 800

4 800

4 200,—

 

Total del artículo 1 7 0

195 800

106 550

96 700,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 7

195 800

106 550

96 700,—

CAPÍTULO 1 8

1 8 0

Cooperación interinstitucional

1 8 0 2

Centro infantil y otras guarderías

 

 

 

Créditos no disociados

1 122 000

1 041 000

974 000,—

 

Total del artículo 1 8 0

1 122 000

1 041 000

974 000,—

1 8 2

Perfeccionamiento profesional

1 8 2 0

Perfeccionamiento profesional del personal, reciclaje e información del personal

 

 

 

Créditos no disociados

1 175 000

1 305 000

861 018,91

 

Total del artículo 1 8 2

1 175 000

1 305 000

861 018,91

1 8 3

Actividades de cooperación interinstitucional en materia lingüística

1 8 3 0

Actividades de cooperación interinstitucional en materia lingüística

 

 

 

Créditos no disociados

84 000

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 3

84 000

p.m.

0,—

1 8 4

Restaurantes y cantinas

1 8 4 0

Gastos de funcionamiento corriente de los restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

68 000

75 000

98 000,—

1 8 4 1

Gastos de transformación y renovación corrientes de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 8 4 2

Gastos de transformación y renovación excepcionales de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 4

68 000

75 000

98 000,—

1 8 6

Relaciones sociales del personal

1 8 6 0

Relaciones sociales del personal

 

 

 

Créditos no disociados

103 700

103 000

75 500,—

1 8 6 1

Centro deportivo interinstitucional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 6

103 700

103 000

75 500,—

1 8 7

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

13 300

8 200

6 400,—

1 8 8

Gastos diversos de contratación

 

 

 

Créditos no disociados

210 000

233 000

430 490,65

1 8 9

Prestaciones de apoyo

1 8 9 0

Intérpretes autónomos del Servicio Común Interpretación-Conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 8 9 1

Otros intérpretes independientes

 

 

 

Créditos no disociados

1 924 000

1 307 000

1 821 000,—

1 8 9 3

Operadores de conferencia interinos

 

 

 

Créditos no disociados

6 000

4 000

5 500,—

1 8 9 4

Correctores independientes

 

 

 

Créditos no disociados

270 000

270 000

160 000,—

1 8 9 5

Otras prestaciones complementarias

 

 

 

Créditos no disociados

290 000

263 000

593 347,15

1 8 9 6

Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

 

 

 

Créditos no disociados

7 395 000

7 086 000

4 430 000,—

 

Total del artículo 1 8 9

9 885 000

8 930 000

7 009 847,15

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 8

12 661 000

11 695 200

9 455 256,71

 

Total del título 1

203 003 202

191 659 972

151 642 998,73

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO 1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

CAPÍTULO 1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO 1 4 —

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

CAPÍTULO 1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO 1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

14 883 000

12 846 000

11 335 512,09

Comentarios

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los Miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia de las Comunidades, del Presidente, los Miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, así como del Presidente, los Miembros y el Secretario del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir los sueldos base de los miembros de la institución.

1 0 0 1   Indemnizaciones de residencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 240 000

1 922 000

1 689 771,70

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 4.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización de residencia de los miembros de la institución.

1 0 0 2   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

760 000

900 000

467 893,28

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 3.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad

de los miembros de la institución.

1 0 0 3   Indemnizaciones de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

640 000

557 000

485 090,61

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 4.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones de representación y de funciones de los miembros de la institución.

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

775 000

720 000

597 830,24

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, sus artículos 11 y 14.

Este crédito se destina a cubrir:

la cuota patronal (0,87 %) del seguro contra los riesgos de enfermedad profesional y de accidente,

la cuota patronal (3,4 %) del seguro contra los riesgos de enfermedad,

la asignación de natalidad,

las indemnizaciones previstas en caso de defunción de un miembro de la institución.

1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 384 000

1 840 000

1 110 860,58

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 7.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones transitorias, los complementos familiares así como los coeficientes correctores de los países de residencia de los miembros de la institución, después del cese en sus funciones.

1 0 3   Pensiones

1 0 3 0   Pensiones de vejez

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 883 000

2 335 000

2 178 988,18

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, sus artículos 8, 9 y 18.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de vejez de los antiguos miembros de la institución, así como el coeficiente corrector fijado para su país de residencia.

1 0 3 1   Pensiones de invalidez

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 3 2   Pensiones de supervivencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 712 000

1 545 000

1 416 780,30

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, sus artículos 15 y 18.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de supervivencia de los/las viudos/as y/o huérfanos de antiguos miembros de la institución, así como los coeficientes correctores del país de residencia.

1 0 4   Dietas por misiones, gastos de desplazamiento y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

268 000

240 000

213 000,—

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, el pago de las dietas por misión y los gastos accesorios o excepcionales ocasionados por la realización de una misión.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

1 0 5   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las funciones

1 0 5 0   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

47 000

11 000

10 221,24

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje que se deban a los miembros de la institución (incluidos los miembros de su familia) con motivo de su entrada en funciones o de su cese en la institución.

1 0 5 1   Indemnizaciones de instalación y de reinstalación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

730 000

160 000

787 437,60

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones por gastos de instalación y de reinstalación que se deban a los miembros de la institución con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 0 5 2   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

416 000

96 000

94 196,34

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza de los miembros de la institución con motivo de su entrada en funciones o de su cese en la institución.

1 0 6   Cursos para los miembros de la institución

Comentarios

Los créditos de este artículo se destinan a cubrir los gastos de participación de los miembros de la institución en cursos de idiomas u otros seminarios de perfeccionamiento profesional.

1 0 6 0   Cursos de idiomas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

286 000

286 000

279 000,—

1 0 6 1   Cursos de informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

42 000

42 000

0,—

1 0 9   Adaptaciones del régimen retributivo

1 0 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

80 000

160 000

143 282,49

Comentarios

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1), y, en particular, sus artículos 4 y 4 ter.

Este crédito se destina a cubrir el pago de los coeficientes correctores que se aplican a:

los sueldos base,

las indemnizaciones por residencia,

los complementos familiares,

las transferencias de una parte de la retribución a un Estado miembro distinto de aquel en que se prestan los servicios.

1 0 9 1   Crédito provisional destinado a posibles adaptaciones del régimen retributivo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

291 000

308 000

0,—

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles actualizaciones de las retribuciones y pensiones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

Comentarios

Se ha aplicado una reducción a tanto alzado del 3,6 % a los créditos que figuran en el presente capítulo.

1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

117 769 702

111 633 022

87 739 372,67

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 66.

Este crédito se destina a cubrir los sueldos base de los funcionarios permanentes y temporales.

1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 424 000

8 940 000

6 207 593,57

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62, 67 y 68, así como la sección I de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad

de los funcionarios permanentes y temporales.

1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

18 846 000

17 770 000

13 905 313,61

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 69, así como el artículo 4 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen de los funcionarios permanentes y temporales.

1 1 0 3   Indemnizaciones a tanto alzado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

447 000

487 000

427 176,32

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 18 de su anexo XIII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización de secretaría de los funcionarios de categoría C* destinados a empleos de taquimecanografía, operador de télex, mecanografía, secretaría de dirección o secretaría principal.

1 1 1   Otros agentes

1 1 1 0   Agentes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 584 000

1 588 000

2 614 261,46

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración así como la cuota patronal del régimen de seguridad social de los agentes auxiliares.

1 1 1 1   Intérpretes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución así como la cuota patronal del régimen de seguridad social de los intérpretes auxiliares.

1 1 1 2   Agentes locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4 y su título V.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la cuota patronal del régimen de seguridad social de los agentes locales.

1 1 1 3   Consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

156 000

152 000

148 541,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 5 y su título VI.

Este crédito se destina a cubrir los honorarios y los gastos de los consejeros especiales, incluidos los honorarios del consejero médico.

1 1 1 4   Traductores auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Esta crédito se destina a cubrir la retribución así como la cuota patronal del régimen de seguridad social de los traductores auxiliares.

1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 331 500

391 000

7 268,80

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título IV.

Este crédito va destinado a cubrir los gastos relativos a la eventual utilización de agentes contractuales.

1 1 1 8   Expertos nacionales en comisión de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

523 000

514 000

3 248,36

Comentarios

Este crédito está destinado a cubrir los gastos correspondientes al trabajo en los servicios del Tribunal de Justicia de funcionarios de Estados miembros u otros expertos nacionales en comisión de servicios.

1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 100 000

3 890 000

3 031 129,75

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Reglamentación relativa a la cobertura de los riesgos de enfermedad de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 23.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal (3,4 % del sueldo base); la aportación de los agentes es del 1,7 % del sueldo base.

1 1 3 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 082 000

1 027 000

775 075,04

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 73 y el artículo 15 de su anexo VIII.

Este crédito se destina a cubrir:

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad profesional y de accidente (0,87 % del sueldo base),

los gastos complementarios resultantes de la aplicación de las disposiciones estatutarias en la materia.

1 1 3 2   Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

414 000

210 000

271 767,65

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 28 bis.

Este crédito se destina a cubrir el riesgo de desempleo de los agentes temporales.

1 1 3 3   Constitución o mantenimiento de los derechos a pensión para los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

84 000

84 000

82 321,24

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 42.

Este crédito se destina a cubrir los pagos que deba efectuar la institución a favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en sus países de origen.

1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0   Asignación de natalidad y de defunción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

56 000

60 000

25 661,83

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 70, 74 y 75.

Este crédito se destina a cubrir la asignación por nacimiento y, en caso de defunción del funcionario, la retribución global del difunto hasta el final del tercer mes siguiente al del fallecimiento, así como los gastos de traslado de los restos mortales hasta su lugar de origen.

1 1 4 1   Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 650 000

1 620 000

1 159 529,10

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 8 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje con ocasión de las vacaciones anuales para el funcionario (permanente o temporal), para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen.

1 1 4 2   Indemnizaciones de vivienda y de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 3   Indemnizaciones a tanto alzado por función

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4   Indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 5   Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

461,74

Comentarios

Este crédito estaba destinado a cubrir la indemnización especial así como los intereses correspondientes a la misma, concedidos a los funcionarios que tengan la categoría de contable, de contable subalterno o de administrador de anticipos contemplada en el artículo 75 del Reglamento financiero, de 21 de diciembre de 1977, aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 356 de 31.12.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 762/2001 (DO L 111 de 20.4.2001, p. 1).

Esta indemnización ya no está prevista en el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1). Por consiguiente, este crédito se destinaba exclusivamente, en 2003, a cubrir los interes relativos a las indemnizaciones ya acumuladas a finales de 2002 hasta el momento de abonarlas a los beneficiarios.

1 1 4 7   Indemnizaciones por servicios ininterrumpidos o por turnos o por obligaciones in situ y/o a domicilio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 9   Otras indemnizaciones y reembolsos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

35 000

15 000

7 302,26

Comentarios

Estatuto de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y, en particular, su artículo 95.

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 34.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 47 y 48.

Este crédito se destina a cubrir:

la indemnización por despido de un funcionario en período de prueba despedido en caso de incapacidad manifiesta,

la indemnización por rescisión del contrato de un agente temporal por parte de la institución,

el rescate de los derechos a pensión de los antiguos auxiliares nombrados agentes temporales o funcionarios.

1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

659 000

677 000

554 845,15

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Este crédito se destina a cubrir las asignaciones a tanto alzado y las retribuciones a las tasas horarias por las horas extraordinarias realizadas por los funcionarios y agentes auxiliares de las categorías C* y D*, así como por los agentes locales, que no hayan podido ser compensadas, de acuerdo con las modalidades previstas, con tiempo libre.

1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las funciones y a los traslados

1 1 8 1   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

42 000

148 000,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 7 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje que se deban a los agentes (incluidos los miembros de su familia) con ocasión de su entrada en funciones, de su cese en el servicio o de su traslado.

1 1 8 2   Indemnizaciones de instalación, de reinstalación y de traslado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 183 000

1 170 000

703 525,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 5 y 6 de su anexo VII.

Este crédito se destina sobre todo a cubrir las indemnizaciones por gastos de instalación y de reinstalación que se deban a los agentes obligados a cambiar de residencia con ocasión de su entrada en funciones, así como en el momento del cese definitivo de funciones seguido de una reinstalación en otra localidad.

1 1 8 3   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

239 000

217 000

167 000,80

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 9 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza que se deban a los agentes obligados a cambiar de residencia con ocasión de su entrada en funciones así como en el momento del cese definitivo de funciones seguido de una reinstalación en otra localidad.

1 1 8 4   Indemnizaciones diarias temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 129 000

956 000

1 953 124,25

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 10 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir las dietas que se deban a los agentes que justifiquen estar obligados a cambiar de residencia con ocasión de su entrada en funciones.

1 1 9   Adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

581 000

1 905 000

1 003 085,68

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores aplicables:

a la retribución de los funcionarios y de los agentes auxiliares,

a las horas extraordinarias.

1 1 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 824 000

1 973 000

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles actualizaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0   Indemnizaciones en caso de cese en interés del servicio de acuerdo con las disposiciones de los artículos 41 y 50 del Estatuto

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deban pagarse a los funcionarios:

excedentes forzosos como consecuencia de una medida de reducción de número de puestos de trabajo en la institución,

titulares de un puesto de trabajo de los grados AD16, AD15 o AD14 que cesen en él por interés del servicio.

1 2 1 5   Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre de 1985, por el que se establecen medidas específicas relativas al cese definitivo en sus funciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de España y de Portugal (DO L 335 de 13.12.1985, p. 56), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones de que pueden beneficiarse aquellos funcionarios afectados por las medidas de cese de las funciones en interés del servicio, con el fin de tener en cuenta las necesidades que se derivan de la adhesión de nuevos Estados miembros a las Comunidades Europeas.

1 2 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones previstas en las partidas 1 2 1 0 y 1 2 1 5.

1 2 9   Adaptaciones de las pensiones y de las indemnizaciones diversas

1 2 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a las indemnizaciones previstas en las partidas 1 2 1 0 y 1 2 1 5.

1 2 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

1 3 0   Gastos de misiones, de desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

342 000

380 000

235 273,69

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, el pago de las dietas diarias por misión y los gastos accesorios o excepcionales realizados para la ejecución de una misión.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

CAPÍTULO 1 4 —   INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

1 4 1   Servicio médico

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 59 y el artículo 8 de su anexo II.

Los créditos de este artículo se destinan a cubrir los gastos relativos al control médico anual de todos los funcionarios, incluidos los análisis y exámenes médicos solicitados en el marco de dicho control, así como los gastos corrientes del dispensario.

1 4 1 0   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

164 000

160 000

91 138,40

1 4 1 1   Adquisición de equipo médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 000

p.m.

10 412,65

CAPÍTULO 1 6 —   SERVICIO SOCIAL

1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

1 447,35

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de agentes que se encuentren en situaciones particularmente difíciles.

1 6 1   Relaciones sociales del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

16 200

9 200

7 300,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y mantener financieramente cualquier iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre los agentes de las distintas nacionalidades, mediante subvenciones a los clubes y a los círculos deportivos y culturales del personal.

1 6 4   Ayuda complementaria a minusválidos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

17 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política en favor de las personas minusválidas siguientes, a:

los funcionarios y agentes temporales en actividad,

los cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

todos los hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre el reembolso, dentro de las posibilidades presupuestarias y tras agotamiento de los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la minusvalía, reconocidos como necesarios, y que estén debidamente justificados.

CAPÍTULO 1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

1 7 0   Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0   Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

191 000

101 750

92 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las obligaciones que incumben al Tribunal de Justicia en materia de recepción y de representación.

1 7 0 1   Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 800

4 800

4 200,—

CAPÍTULO 1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo son objeto de una cooperación interinstitucional que implica una consulta entre las instituciones, así como el fortalecimientode los mecanismos de gestión en común con vistas a la racionalización de los gastos.

1 8 0   Cooperación interinstitucional

1 8 0 2   Centro infantil y otras guarderías

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 122 000

1 041 000

974 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la cuota del Tribunal de Justicia para el centro infantil y el centro de estudios en Luxemburgo.

1 8 2   Perfeccionamiento profesional

1 8 2 0   Perfeccionamiento profesional del personal, reciclaje e información del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 175 000

1 305 000

861 018,91

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24, párrafo tercero.

Este crédito se destina a cubrir la organización de cursos de formación profesional y reciclaje a nivel interinstitucional, incluidos los cursos de idiomas.

Cubre asimismo los gastos relativos al material educativo y técnico.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

1 8 3   Actividades de cooperación interinstitucional en materia lingüística

1 8 3 0   Actividades de cooperación interinstitucional en materia lingüística

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

84 000

p.m.

0,—

Comentarios

Estos créditos están destinados a cubrir los gastos relativos a las acciones que organice el Comité Interinstitucional de Traducción e Interpretación (CITI) a fin de fomentar la cooperación internacional en materia lingüística.

1 8 4   Restaurantes y cantinas

1 8 4 0   Gastos de funcionamiento corriente de los restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

68 000

75 000

98 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición y el mantenimiento del material del restaurante y la cafetería, así como una parte de sus gastos de funcionamiento.

1 8 4 1   Gastos de transformación y renovación corrientes de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 8 4 2   Gastos de transformación y renovación excepcionales de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 8 6   Relaciones sociales del personal

1 8 6 0   Relaciones sociales del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

103 700

103 000

75 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y mantener financieramente a nivel interinstitucional toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre los agentes de las distintas nacionalidades, mediante subvenciones a los clubes y círculos deportivos y culturales del personal.

1 8 6 1   Centro deportivo interinstitucional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las aportaciones del Tribunal de Justicia a los gastos operativos de un complejo deportivo interinstitucional en Luxemburgo.

1 8 7   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 300

8 200

6 400,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir a nivel interinstitucional las demás intervenciones y subvenciones en favor de los agentes y de sus familias para actividades como los centros de vacaciones, las ayudas familiares, la asistencia jurídica, etc.

1 8 8   Gastos diversos de contratación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

210 000

233 000

430 490,65

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicidad, de convocatoria de los candidatos, de alquiler de las salas y del material para la organización de los concursos generales sobre una base interinstitucional. En casos debidamente justificados por necesidades de funcionamiento y tras consultar a las demás instituciones, estos créditos pueden utilizarse en parte para la organización de concursos por la propia institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

1 8 9   Prestaciones de apoyo

1 8 9 0   Intérpretes autónomos del Servicio Común Interpretación-Conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 8 9 1   Otros intérpretes independientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 924 000

1 307 000

1 821 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de prestaciones de intérpretes contratados u ocasionales.

1 8 9 3   Operadores de conferencia interinos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 000

4 000

5 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de las prestaciones de operadores de conferencia contratados u ocasionales.

1 8 9 4   Correctores independientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

270 000

270 000

160 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones complementarias en concepto de corrección de textos y, en particular, los honorarios y gastos de seguro, de desplazamiento, de estancia y de misión de correctores independientes, así como los gastos administrativos correspondientes.

1 8 9 5   Otras prestaciones complementarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

290 000

263 000

593 347,15

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, siempre que no puedan ser ejecutados por los propios servicios de la institución, los gastos relativos a otras prestaciones ocasionales.

1 8 9 6   Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 395 000

7 086 000

4 430 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las prestaciones de traductores independientes o interinos o a trabajos de mecanografía y de otro tipo encargados al exterior por el Servicio de Traducción.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Alquileres

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

11 743 000

9 669 000

7 287 934,02

2 0 0 1

Asignaciones por arrendamiento/compra

 

 

 

Créditos no disociados

8 500 000

p.m.

36 039 999,76

 

Total del artículo 2 0 0

20 243 000

9 669 000

43 327 933,78

2 0 1

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

97 000

40 000

37 716,81

2 0 2

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

1 358 000

1 385 000

1 351 121,88

2 0 3

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

2 771 000

3 160 000

2 507 880,66

2 0 4

Acondicionamiento de locales

 

 

 

Créditos no disociados

173 000

120 000

414 059,43

2 0 5

Seguridad y vigilancia de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 497 000

1 360 000

1 306 114,45

2 0 6

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 0 8

Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 413 000

82 000

17 870,09

2 0 9

Otros gastos relativos a inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

199 000

200 000

163 993,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

27 751 000

16 016 000

49 126 690,10

CAPÍTULO 2 1

2 1 0

Material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

3 053 000

3 982 000

3 664 973,08

2 1 1

Trabajos de informática

 

 

 

Créditos no disociados

6 204 000

5 340 000

5 380 750,14

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

9 257 000

9 322 000

9 045 723,22

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0

Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

66 000

64 000

383 971,41

2 2 0 1

Renovación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

180 000

281 000

120 256,—

2 2 0 2

Alquiler de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

264 000

p.m.

38 244,—

2 2 0 3

Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

79 000

94 000

90 821,97

 

Total del artículo 2 2 0

589 000

439 000

633 293,38

2 2 1

Mobiliario

2 2 1 0

Dotación inicial de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

479 000

364 000

1 708 143,09

2 2 1 1

Renovación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

300 000

296 000

67 404,54

2 2 1 2

Alquiler de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 1 3

Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

1 131,99

 

Total del artículo 2 2 1

782 000

663 000

1 776 679,62

2 2 3

Material de transporte

2 2 3 0

Dotación inicial de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 1

Renovación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 2

Alquiler de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

789 000

689 000

354 174,05

2 2 3 3

Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

248 000

243 000

249 563,81

 

Total del artículo 2 2 3

1 037 000

932 000

603 737,86

2 2 5

Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0

Fondos de biblioteca y compras de libros

 

 

 

Créditos no disociados

698 000

714 000

799 647,70

2 2 5 1

Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

 

 

 

Créditos no disociados

47 000

48 000

28 011,40

2 2 5 2

Suscripciones a diarios y revistas

 

 

 

Créditos no disociados

73 000

81 000

69 284,—

2 2 5 3

Suscripciones a agencias de prensa

 

 

 

Créditos no disociados

30 400

33 400

18 832,—

2 2 5 4

Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

32 000

35 000

29 824,90

2 2 5 5

Suscripciones a servicios de información rápida en pantalla

 

 

 

Créditos no disociados

25 500

25 000

25 000,—

 

Total del artículo 2 2 5

905 900

936 400

970 600,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

3 313 900

2 970 400

3 984 310,86

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería y material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

1 682 000

1 915 000

1 708 000,—

2 3 2

Gastos financieros

2 3 2 0

Gastos bancarios

 

 

 

Créditos no disociados

45 000

50 000

30 000,—

2 3 2 9

Otros gastos financieros

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 2 3 2

45 000

50 000

30 000,—

2 3 3

Gastos de contenciosos

 

 

 

Créditos no disociados

18 000

20 000

0,—

2 3 4

Indemnizaciones por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5

Otros gastos de funcionamiento

2 3 5 0

Seguros diversos

 

 

 

Créditos no disociados

32 000

28 000

25 586,09

2 3 5 1

Uniformes y prendas de trabajo

 

 

 

Créditos no disociados

96 500

96 500

93 529,33

2 3 5 2

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

42 000

41 000

40 650,—

2 3 5 3

Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

12 000

10 000

6 000,—

2 3 5 4

Gastos menores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5 5

Prestaciones suministradas por terceros

 

 

 

Créditos no disociados

137 000

970 000

227 200,51

2 3 5 9

Otros gastos de funcionamiento

 

 

 

Créditos no disociados

21 000

26 000

14 226,81

 

Total del artículo 2 3 5

340 500

1 171 500

407 192,74

2 3 9

Prestaciones entre instituciones

2 3 9 1

Servicio Común Interpretación-Conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 9 3

Servicio de informática jurídica

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 2 3 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

2 085 500

3 156 500

2 145 192,74

CAPÍTULO 2 4

2 4 0

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

480 000

530 000

402 000,—

2 4 1

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

1 026 000

1 018 000

613 999,96

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 4

1 506 000

1 548 000

1 015 999,96

CAPÍTULO 2 5

2 5 0

Reuniones y convocatorias en general

 

 

 

Créditos no disociados

108 000

120 000

115 000,—

2 5 5

Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

263 000

292 000

291 998,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 5

371 000

412 000

406 998,—

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 6

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 2 7

2 7 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

855 000

909 000

1 095 000,—

2 7 1

Publicaciones

2 7 1 0

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

1 498 000

2 255 000

1 499 244,—

2 7 1 9

Gastos de divulgación y de promoción de las publicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

225 000

200 000

349 900,43

 

Total del artículo 2 7 1

1 723 000

2 455 000

1 849 144,43

2 7 2

Gastos de información y de participación en las manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

77 000

94 000

174 242,75

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 7

2 655 000

3 458 000

3 118 387,18

CAPÍTULO 2 9

2 9 8

Becas

 

 

 

Créditos no disociados

248 000

250 000

229 303,53

2 9 9

Otras subvenciones

 

 

 

Créditos no disociados

108 000

120 000

115 890,35

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 9

356 000

370 000

345 193,88

 

Total del título 2

47 295 400

37 252 900

69 188 495,94

CAPÍTULO 2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

GASTOS RELATIVOS A LA INFORMÁTICA

CAPÍTULO 2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO 2 4 —

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

CAPÍTULO 2 6 —

ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

CAPÍTULO 2 7 —

PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO 2 9 —

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

CAPÍTULO 2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

2 0 0   Alquileres

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 743 000

9 669 000

7 287 934,02

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los alquileres correspondientes a los inmuebles o partes de inmuebles ocupados por la institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 0 1   Asignaciones por arrendamiento/compra

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 500 000

p.m.

36 039 999,76

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las asignaciones por arrendamiento/compra de los anexos A, B y C del Palacio.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 1   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

97 000

40 000

37 716,81

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de las primas de seguro de los inmuebles ocupados por la institución.

2 0 2   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 358 000

1 385 000

1 351 121,88

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas, electricidad y calefacción.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 3   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 771 000

3 160 000

2 507 880,66

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de limpieza y de mantenimiento sobre la base de los contratos existentes, de los edificios e instalaciones técnicas, así como los gastos por la realización de obras y el material necesario para el mantenimiento general (pintura, reparación, etc.) de los edificios ocupados por la institución.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) por cada una de ellas para un contrato similar, de conformidad con el artículo 63 del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 4   Acondicionamiento de locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

173 000

120 000

414 059,43

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos por obras de instalación como la modificación de los tabiques de los despachos, así como las adaptaciones técnicas correspondientes.

2 0 5   Seguridad y vigilancia de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 497 000

1 360 000

1 306 114,45

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de vigilancia de los edificios ocupados por la institución.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) por cada una de ellas para un contrato similar, de conformidad con el Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 6   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 0 8   Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 413 000

82 000

17 870,09

2 0 9   Otros gastos relativos a inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

199 000

200 000

163 993,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir otros gastos corrientes en materia de inmuebles no previstos especialmente en los demás artículos del capítulo 2 0, en particular las contribuciones por vías públicas, saneamientos, retirada de basuras, material de señalización, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

CAPÍTULO 2 1 —   GASTOS RELATIVOS A LA INFORMÁTICA

2 1 0   Material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 053 000

3 982 000

3 664 973,08

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, la instalación y el mantenimiento de todos los equipos vinculados a la informática y al material de oficina.

2 1 1   Trabajos de informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 204 000

5 340 000

5 380 750,14

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los trabajos de análisis y de programación de estudios informáticos.

CAPÍTULO 2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición o suministro de material o para la prestación de servicio, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 2 0   Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0   Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

66 000

64 000

383 971,41

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de adquisición de equipos técnicos.

2 2 0 1   Renovación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

180 000

281 000

120 256,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de renovación de equipo técnico, en particular:

material audiovisual, de archivo, de biblioteca y de interpretación, tal como cabinas, auriculares, cajas de conexiones para la instalación de interpretación simultánea,

utensilios diversos para los talleres de mantenimiento de los edificios,

material de telecomunicaciones,

material de reprografía, difusión y correo.

2 2 0 2   Alquiler de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

264 000

p.m.

38 244,—

Comentarios

Este crédito se destina especialmente a cubrir los gastos de alquiler del material y de las instalaciones telefónicas.

2 2 0 3   Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

79 000

94 000

90 821,97

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y reparación del material y equipo consignado en las partidas 2 2 0 0 a 2 2 0 2.

2 2 1   Mobiliario

2 2 1 0   Dotación inicial de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

479 000

364 000

1 708 143,09

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de mobiliario complementario.

2 2 1 1   Renovación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

300 000

296 000

67 404,54

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la renovación de una parte del mobiliario que tenga como mínimo quince años de antigüedad y del mobiliario no reparable.

2 2 1 2   Alquiler de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 2 1 3   Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

1 131,99

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y reparación del mobiliario.

2 2 3   Material de transporte

2 2 3 0   Dotación inicial de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de medios de transporte.

2 2 3 1   Renovación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a la renovación de los vehículos que tengan el mayor número de kilómetros por encima de 120 000 km.

2 2 3 2   Alquiler de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

789 000

689 000

354 174,05

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler y de explotación de los coches alquilados.

2 2 3 3   Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

248 000

243 000

249 563,81

Comentarios

Este crédito se destina principalmente a cubrir los gastos de mantenimiento, reparación, garaje, aparcamientos, peajes de autopistas y seguro para los vehículos del servicio.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 2 5   Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0   Fondos de biblioteca y compras de libros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

698 000

714 000

799 647,70

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de obras, documentos y demás publicaciones, así como las actualizaciones de los volúmenes existentes.

2 2 5 1   Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

47 000

48 000

28 011,40

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

los trabajos de grabación y la compra de datos informatizados en el ámbito de la documentación jurídica,

los equipos especiales para la biblioteca.

2 2 5 2   Suscripciones a diarios y revistas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

73 000

81 000

69 284,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a diarios, revistas no especializadas y boletines diversos.

2 2 5 3   Suscripciones a agencias de prensa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 400

33 400

18 832,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a agencias de prensa.

2 2 5 4   Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 000

35 000

29 824,90

2 2 5 5   Suscripciones a servicios de información rápida en pantalla

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 500

25 000

25 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de acceso a determinados bancos de datos jurídicos externos.

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición o suministro de material o para la prestación de servicio, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 3 0   Papelería y material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 682 000

1 915 000

1 708 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de adquisición de papelería y material de oficina siguientes:

papel offset,

papel xerográfico, fotocopias y cánones,

papel y material de oficina,

suministros para el taller de reproducción de documentos,

suministros para los servicios de difusión y de correo,

suministros para la grabación sonora,

impresos y formularios,

suministros para equipos de informática y ofimática,

otros suministros y material no consignados en el inventario.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero, procedentes en particular de la venta de las publicaciones impresas en los talleres del Tribunal de Justicia, se estima en 38 000 euros.

2 3 2   Gastos financieros

2 3 2 0   Gastos bancarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

45 000

50 000

30 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos bancarios (comisiones, agios, gastos diversos).

Los intereses bancarios percibidos por la institución están consignados en la previsión de ingresos.

2 3 2 9   Otros gastos financieros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 3   Gastos de contenciosos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

18 000

20 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina, entre otras cosas, a cubrir los gastos de honorarios de abogados que asesoren al agente de la institución en aquellos asuntos que enfrenten a su administración con uno de sus funcionarios o agentes.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 3 4   Indemnizaciones por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5   Otros gastos de funcionamiento

2 3 5 0   Seguros diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 000

28 000

25 586,09

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir seguros diversos (en particular de responsabilidad civil, robo, riesgos relacionados con los equipos de tratamiento de textos, riesgo electrónico).

2 3 5 1   Uniformes y prendas de trabajo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

96 500

96 500

93 529,33

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra, el mantenimiento y la limpieza de:

las togas de magistrados,

los uniformes para ujieres y conductores,

las prendas de trabajo para el personal de reproducción y el equipo de mantenimiento.

2 3 5 2   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

42 000

41 000

40 650,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos diversos de reuniones internas.

2 3 5 3   Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 000

10 000

6 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de traslado y mantenimiento del material, del mobiliario y de los suministros de oficina.

2 3 5 4   Gastos menores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5 5   Prestaciones suministradas por terceros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

137 000

970 000

227 200,51

Comentarios

Este crédito está destinado a cubrir los gastos de funcionamiento efectuados por empresas de servicios.

2 3 5 9   Otros gastos de funcionamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

21 000

26 000

14 226,81

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos corrientes no previstos, específicamente, en los artículos anteriores.

2 3 9   Prestaciones entre instituciones

2 3 9 1   Servicio Común Interpretación-Conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 9 3   Servicio de informática jurídica

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir una eventual petición de participación en los gastos que la Comisión pueda hacer a las demás instituciones en lo relativo al servicio de informática jurídica (alimentación y difusión de la base de datos interinstitucional).

CAPÍTULO 2 4 —   FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

2 4 0   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

480 000

530 000

402 000,—

Comentarios

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 4 1   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 026 000

1 018 000

613 999,96

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos relacionados con las telecomunicaciones, tales como las cuotas de abono, los gastos de comunicaciones telefónicas (fijas y móviles) y la renovación, reparación y mantenimiento de las instalaciones y equipos telefónicos.

También cubre los gastos relativos a las redes de transmisión de datos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 36 000 euros.

CAPÍTULO 2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

2 5 0   Reuniones y convocatorias en general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

108 000

120 000

115 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir principalmente la organización, con la colaboración de los Ministerios de Justicia, de seminarios y otras actividades de formación en la sede de la institución para magistrados y juristas de los Estados miembros.

2 5 5   Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

263 000

292 000

291 998,—

Comentarios

El desarrollo paralelo de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y de los tribunales nacionales en materia de Derecho comunitario exige la celebración de reuniones con los magistrados de los órganos superiores nacionales y de especialistas de Derecho comunitario.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de organización, incluidos los gastos de viaje y estancia de los participantes.

CAPÍTULO 2 6 —   ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 2 7 —   PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 7 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

855 000

909 000

1 095 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de inserción en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 120 000 euros.

2 7 1   Publicaciones

2 7 1 0   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 498 000

2 255 000

1 499 244,—

Comentarios

Este crédito se destina, en particular, a cubrir los gastos de publicación y de difusión de la Recopilación de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, incluida la jurisprudencia del Tribunal de Primera Instancia, así como del Repertorio de jurisprudencia del Derecho comunitario.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 263 000 euros.

2 7 1 9   Gastos de divulgación y de promoción de las publicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

225 000

200 000

349 900,43

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de edición del Informe anual del Tribunal de Justicia y de otros folletos de presentación del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas puestos a disposición de los visitantes.

2 7 2   Gastos de información y de participación en las manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

77 000

94 000

174 242,75

Comentarios

Este crédito se destina a la adquisición y realización de obras de divulgación del Derecho comunitario y demás gastos de información y de fotografía.

CAPÍTULO 2 9 —   SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

2 9 8   Becas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

248 000

250 000

229 303,53

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la financiación de las becas concedidas a las personas en período de prácticas que participan en trabajos de investigación y de documentación en los servicios de la institución.

2 9 9   Otras subvenciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

108 000

120 000

115 890,35

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la participación en los gastos de visitas a la institución.

TÍTULO 3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE FUNCIONES ESPECÍFICAS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 3 7

3 7 1

Gastos especiales del Tribunal de Justicia

3 7 1 0

Gastos judiciales

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

40 000

15 753,05

3 7 1 1

Comité de arbitraje previsto en el artículo 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 3 7 1

40 000

40 000

15 753,05

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 7

40 000

40 000

15 753,05

 

Total del título 3

40 000

40 000

15 753,05

CAPÍTULO 3 7 —

GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

CAPÍTULO 3 7 —   GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

3 7 1   Gastos especiales del Tribunal de Justicia

3 7 1 0   Gastos judiciales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

40 000

15 753,05

Comentarios

Este crédito debe permitir el funcionamiento normal de la justicia en todos los casos de concesión de defensa gratuita y para todos los gastos de testigos y peritos, para los de inspección ocular y las comisiones rogatorias, para los honorarios de abogados y los demás gastos que, en su caso, recaigan en el Tribunal de Justicia.

3 7 1 1   Comité de arbitraje previsto en el artículo 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

250 338 602

228 952 872

220 847 247,72

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

SECCIÓN V

TRIBUNAL DE CUENTAS

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

113 196 491

Ingresos propios

–14 636 000

Contribución que ha de percibirse

98 560 491

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, funcionarios y demás agentes

7 876 000

7 606 000

6 738 085,—

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

442 840,48

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

830 000

700 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

8 706 000

8 306 000

7 180 925,48

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

5 180 000

4 900 000

4 013 809,75

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

500 000

847 000

1 431 294,23

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia voluntaria al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

5 680 000

5 747 000

5 445 103,98

 

Total del título 4

14 386 000

14 053 000

12 626 029,46

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, funcionarios y demás agentes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

7 876 000

7 606 000

6 738 085,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

442 840,48

Comentarios

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el Régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

830 000

700 000

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 1 0   Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 180 000

4 900 000

4 013 809,75

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

500 000

847 000

1 431 294,23

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia voluntaria al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

18 000,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados (antes artículo 5 0 0)

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

18 000,—

5 0 2

Ingresos procedentes de la venta de publicaciones, impresos y películas — Ingresos afectados

150 000

126 000

140 810,22

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

150 000

126 000

158 810,22

CAPÍTULO 5 1

5 1 1

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos sobre las cuentas de la institución

p.m.

p.m.

187 142,78

5 2 2

Intereses generados por prefinanciaciones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

p.m.

p.m.

187 142,78

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y obras efectuados en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuados por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

91 926,31

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones relacionadas con el funcionamiento administrativo de las instituciones — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

91 926,31

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

10 733,09

5 8 1

Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

10 733,09

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 5

150 000

126 000

448 612,40

CAPÍTULO 5 0 —

INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

INGRESOS PROCEDENTES DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0   Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

18 000,—

Comentarios

Esta partida se destina a acomodar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de material de transporte perteneciente a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados (antes artículo 5 0 0)

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a acomodar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de otros bienes muebles que no sean de transporte pertenecientes a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Ingresos procedentes de la venta de publicaciones, impresos y películas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

150 000

126 000

140 810,22

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra j), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en formato electrónico.

CAPÍTULO 5 1 —   INGRESOS PROCEDENTES DE ARRENDAMIENTOS

5 1 1   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos sobre las cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

187 142,78

Comentarios

Este artículo se destina a acomodar los productos de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución.

5 2 2   Intereses generados por prefinanciaciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a acomodar los productos de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución.

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y obras efectuados en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra g), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuados por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

91 926,31

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra f), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra c), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones relacionadas con el funcionamiento administrativo de las instituciones — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

10 733,09

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra i), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 8 1   Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra h), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a acomodar otros ingresos procedentes de la gestión administrativa.

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

100 000

35 000

92 626,49

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

100 000

35 000

92 626,49

 

Total del título 9

100 000

35 000

92 626,49

 

TOTAL GENERAL

14 636 000

14 214 000

13 167 268,35

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

100 000

35 000

92 626,49

Comentarios

Este artículo se destina a acomodar ingresos diversos.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

11 350 000

9 450 000

8 672 774,75

1 1

PERSONAL EN ACTIVO

80 547 991

78 206 000

60 094 968,84

1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS CORRESPONDIENTES AL CESE DEFINITIVO

p.m.

p.m.

0,—

1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

3 100 000

2 860 000

2 260 000,—

1 4

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

98 000

78 000

53 780,22

1 5

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

974 000

1 025 000

213 779,73

1 6

SERVICIO SOCIAL

48 000

7 000

3 000,—

1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

243 000

243 000

134 898,55

1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

2 223 500

2 099 500

1 967 447,18

 

Total del título 1

98 584 491

93 968 500

73 400 649,27

2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

6 229 000

5 284 879

4 960 800,70

2 1

GASTOS RELACIONADOS CON LA INFORMÁTICA

3 770 000

2 768 000

3 037 000,—

2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

1 440 000

1 436 200

1 147 787,95

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

845 000

851 000

775 155,27

2 4

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

705 000

715 000

586 000,—

2 5

GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

109 000

136 000

83 855,15

2 6

ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y CONSULTAS

350 000

260 000

324 089,73

2 7

PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

1 164 000

1 529 000

1 618 761,89

 

Total del título 2

14 612 000

12 980 079

12 533 450,69

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

113 196 491

106 948 579

85 934 099,96

TÍTULO 1

GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

5 397 000

5 265 000

4 442 979,15

1 0 0 1

Indemnizaciones de residencia

 

 

 

Créditos no disociados

809 000

790 000

662 188,30

1 0 0 2

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

332 000

344 000

228 844,98

1 0 0 3

Indemnizaciones de representación

 

 

 

Créditos no disociados

0,—

 

Total del artículo 1 0 0

6 538 000

6 399 000

5 334 012,43

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

339 000

296 000

255 177,46

1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

838 000

p.m.

622 917,36

1 0 3

Pensiones

1 0 3 0

Pensiones de jubilación

 

 

 

Créditos no disociados

1 845 000

1 638 000

1 251 579,06

1 0 3 1

Pensiones de invalidez

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 3 2

Pensiones de supervivencia

 

 

 

Créditos no disociados

308 000

290 000

288 557,16

 

Total del artículo 1 0 3

2 153 000

1 928 000

1 540 136,22

1 0 4

Dietas, desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

336 000

324 000

161 000,—

1 0 5

Indemnizaciones y gastos correspondientes a la entrada en funciones y al cese de las mismas

1 0 5 0

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

36 000

36 000

8 066,69

1 0 5 1

Indemnizaciones de instalación y de reinstalación

 

 

 

Créditos no disociados

431 000

p.m.

347 647,40

1 0 5 2

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

192 000

p.m.

39 249,61

 

Total del artículo 1 0 5

659 000

36 000

394 963,70

1 0 6

Perfeccionamiento profesional y cursos de idiomas para los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

48 000

45 000

35 649,62

1 0 9

Ajustes del régimen retributivo

1 0 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

317 000

301 000

328 917,96

1 0 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

122 000

121 000

0,—

 

Total del artículo 1 0 9

439 000

422 000

328 917,96

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

11 350 000

9 450 000

8 672 774,75

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto de plantilla

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

56 001 000

52 974 000

41 762 630,96

1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

4 799 000

4 540 000

3 525 327,63

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

9 041 000

8 538 000

6 734 759,45

1 1 0 3

Indemnizaciones fijas

 

 

 

Créditos no disociados

309 000

298 000

232 951,41

 

Total del artículo 1 1 0

70 150 000

66 350 000

52 255 669,45

1 1 1

Otros agentes

1 1 1 0

Agentes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

77 000

1 420 000

1 654 491,58

1 1 1 1

Intérpretes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 2

Agentes locales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 3

Consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

35 000

35 000

20 957,36

1 1 1 4

Traductores auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

290 000

760 330,46

1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

1 704 000

412 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 1

1 816 000

2 157 000

2 435 779,40

1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos de pensión

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

1 904 000

1 801 000

1 441 968,74

1 1 3 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

 

 

 

Créditos no disociados

487 000

461 000

368 367,41

1 1 3 2

Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

53 000

52 000

85 018,08

1 1 3 3

Constitución o mantenimiento de los derechos a pensión para los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

2 257,—

 

Total del artículo 1 1 3

2 444 000

2 314 000

1 897 611,23

1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0

Asignación de natalidad y de defunción

 

 

 

Créditos no disociados

2 000

2 000

1 983,10

1 1 4 1

Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

 

 

 

Créditos no disociados

692 000

674 000

573 003,96

1 1 4 3

Indemnizaciones a tanto alzado por funciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4

Indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 9

Otras indemnizaciones y reembolsos

 

 

 

Créditos no disociados

112 000

56 000

36 702,14

 

Total del artículo 1 1 4

806 000

732 000

611 689,20

1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

507 000

612 000

422 763,96

1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese y a los traslados

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

31 000

24 474,91

1 1 8 2

Indemnizaciones de instalación, de reinstalación y de traslado

 

 

 

Créditos no disociados

996 000

1 391 000

500 500,—

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

701 000

958 000

163 570,94

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

 

 

Créditos no disociados

1 205 000

1 614 000

1 220 000,—

 

Total del artículo 1 1 8

2 927 000

3 994 000

1 908 545,85

1 1 9

Ajustes de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

1 027 000

1 077 000

562 909,75

1 1 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

870 991

970 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 9

1 897 991

2 047 000

562 909,75

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

80 547 991

78 206 000

60 094 968,84

CAPÍTULO 1 2

1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0

Indemnizaciones en caso de cese en interés del servicio de acuerdo con las disposiciones de los artículos 41 y 50 del Estatuto

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 1 5

Indemnizaciones por cese definitivo [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 1

p.m.

p.m.

0,—

1 2 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9

Ajustes de diversas indemnizaciones

1 2 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos de misiones y desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

3 100 000

2 860 000

2 260 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

3 100 000

2 860 000

2 260 000,—

CAPÍTULO 1 4

1 4 1

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

98 000

78 000

53 780,22

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

98 000

78 000

53 780,22

CAPÍTULO 1 5

1 5 2

Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0

Funcionarios nacionales, internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a la institución

 

 

 

Créditos no disociados

954 000

1 005 000

213 779,73

1 5 2 1

Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a administraciones nacionales, organizaciones internacionales e instituciones o empresas públicas y privadas

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

0,—

 

Total del artículo 1 5 2

974 000

1 025 000

213 779,73

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 5

974 000

1 025 000

213 779,73

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

1 000,—

1 6 4

Ayuda complementaria a los minusválidos

 

 

 

Créditos no disociados

45 000

4 000

2 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

48 000

7 000

3 000,—

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0

Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

234 000

234 000

131 898,55

1 7 0 1

Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

9 000

9 000

3 000,—

 

Total del artículo 1 7 0

243 000

243 000

134 898,55

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 7

243 000

243 000

134 898,55

CAPÍTULO 1 8

1 8 0

Cooperación interinstitucional

1 8 0 2

Centro infantil y centro de estudios en Luxemburgo

 

 

 

Créditos no disociados

749 000

719 000

600 000,—

 

Total del artículo 1 8 0

749 000

719 000

600 000,—

1 8 2

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

 

 

 

Créditos no disociados

700 000

634 000

549 769,26

 

Total del artículo 1 8 2

700 000

634 000

549 769,26

1 8 3

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

 

 

 

Créditos no disociados

31 500

p.m.

13 500,—

 

Total del artículo 1 8 3

31 500

p.m.

13 500,—

1 8 4

Restaurantes y cantinas

1 8 4 0

Gastos de funcionamiento de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

23 000

18 000

18 000,—

1 8 4 1

Gastos de transformación y renovación corrientes de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

75 000

66 986,90

 

Total del artículo 1 8 4

63 000

93 000

84 986,90

1 8 6

Relaciones sociales del personal

 

 

 

Créditos no disociados

43 000

42 000

38 000,—

1 8 7

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

2 500

2 000,—

1 8 8

Gastos diversos de contratación

1 8 8 0

Gastos diversos de contratación

 

 

 

Créditos no disociados

191 000

226 000

225 000,—

 

Total del artículo 1 8 8

191 000

226 000

225 000,—

1 8 9

Prestaciones de apoyo

1 8 9 1

Intérpretes independientes

 

 

 

Créditos no disociados

41 000

41 000

41 000,—

1 8 9 5

Otras prestaciones complementarias

 

 

 

Créditos no disociados

188 000

124 000

170 593,63

1 8 9 6

Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

 

 

 

Créditos no disociados

214 000

218 000

242 597,39

 

Total del artículo 1 8 9

443 000

383 000

454 191,02

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 8

2 223 500

2 099 500

1 967 447,18

 

Total del título 1

98 584 491

93 968 500

73 400 649,27

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO 1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS CORRESPONDIENTES AL CESE DEFINITIVO

CAPÍTULO 1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO 1 4 —

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

CAPÍTULO 1 5 —

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

CAPÍTULO 1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO 1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 397 000

5 265 000

4 442 979,15

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 2.

Este crédito se destina a los sueldos base de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 0 1   Indemnizaciones de residencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

809 000

790 000

662 188,30

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 4.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones de residencia de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 0 2   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

332 000

344 000

228 844,98

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 3.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad,

de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 0 3   Indemnizaciones de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

0,—

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

339 000

296 000

255 177,46

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 12.

Este crédito se destina a cubrir:

la cuota patronal (0,87 %) en los gastos de cobertura de los riesgos de enfermedad profesional y de accidente,

la cuota patronal (3,4 %) en los gastos de cobertura de los riesgos de enfermedad,

en caso de fallecimiento de un miembro del Tribunal de Cuentas:

la retribución global del difunto hasta el final del tercer mes siguiente al del fallecimiento,

los gastos de traslado de los restos mortales hasta el lugar de origen del fallecido.

1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

838 000

p.m.

622 917,36

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 8.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones transitorias y los complementos familiares de los miembros del Tribunal después del cese de sus funciones.

1 0 3   Pensiones

1 0 3 0   Pensiones de jubilación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 845 000

1 638 000

1 251 579,06

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, sus artículos 9 y 10.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de jubilación de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 3 1   Pensiones de invalidez

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 11.

1 0 3 2   Pensiones de supervivencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

308 000

290 000

288 557,16

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 16.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de supervivencia de los/las viudos/as y/o huérfanos de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 4   Dietas, desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

336 000

324 000

161 000,—

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 7.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte y el pago de las dietas de misión y los gastos accesorios o excepcionales ocasionados por la ejecución de una misión.

1 0 5   Indemnizaciones y gastos correspondientes a la entrada en funciones y al cese de las mismas

1 0 5 0   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

36 000

36 000

8 066,69

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje de los miembros del Tribunal de Cuentas con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 0 5 1   Indemnizaciones de instalación y de reinstalación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

431 000

p.m.

347 647,40

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones por gastos de instalación y de reinstalación que se deban a los miembros del Tribunal de Cuentas con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 0 5 2   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

192 000

p.m.

39 249,61

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza de los miembros del Tribunal de Cuentas con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 0 6   Perfeccionamiento profesional y cursos de idiomas para los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

48 000

45 000

35 649,62

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de participación de los miembros del Tribunal de Cuentas en cursos de idiomas y otros seminarios de perfeccionamiento profesional.

1 0 9   Ajustes del régimen retributivo

1 0 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

317 000

301 000

328 917,96

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, sus artículos 5 y 5 bis.

Este crédito se destina a cubrir el pago de los coeficientes correctores de:

los sueldos base,

las indemnizaciones de residencia,

los complementos familiares,

las indemnizaciones transitorias,

las pensiones de jubilación,

las pensiones de invalidez,

las pensiones de supervivencia, y

las transferencias de una parte de la retribución a un Estado miembro distinto de aquel en que se prestan los servicios,

de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

122 000

121 000

0,—

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los posibles ajustes de las retribuciones que decida el Consejo durante el ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

Comentarios

Se ha aplicado una reducción a tanto alzado del 3,9 % a los créditos que figuran en el presente capítulo.

1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto de plantilla

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

56 001 000

52 974 000

41 762 630,96

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 66.

Este crédito se destina a cubrir el sueldo base de los funcionarios y agentes temporales.

1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 799 000

4 540 000

3 525 327,63

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 42 bis, 42 ter, 62, 67 y 68 bis, así como la sección I de su anexo VII.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas, y, en particular, sus artículos 16 y 20.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación por licencia parental o familiar,

la asignación familiar,

la asignación por hijos a cargo,

la asignación de escolaridad,

de los funcionarios y agentes temporales.

1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 041 000

8 538 000

6 734 759,45

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 69, así como el artículo 4 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización de expatriación y por residencia fuera del país de origen de los funcionarios y agentes temporales.

1 1 0 3   Indemnizaciones fijas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

309 000

298 000

232 951,41

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 18 de su anexo XIII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización global de secretaría de los funcionarios conforme a las condiciones previstas en las disposiciones anteriores.

1 1 1   Otros agentes

1 1 1 0   Agentes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

77 000

1 420 000

1 654 491,58

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y las cuotas patronales al régimen de la seguridad social de los agentes auxiliares (personal de secretaría y otro personal contratado para hacer frente a las sobrecargas de trabajo y a las ausencias de larga duración).

1 1 1 1   Intérpretes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y las cuotas patronales al régimen de la seguridad social de los intérpretes auxiliares.

1 1 1 2   Agentes locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4 y su título V.

Este crédito se destina a cubrir la retribución (incluidas las horas extraordinarias) y la cuota patronal al régimen de la seguridad social de los agentes locales.

1 1 1 3   Consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

35 000

35 000

20 957,36

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 5 y su título VI.

Este crédito se destina a cubrir también los honorarios y otros gastos del consejero médico.

1 1 1 4   Traductores auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

290 000

760 330,46

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y las cuotas patronales al régimen de la seguridad social de los traductores auxiliares.

1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 704 000

412 000

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 bis y su título IV.

Este crédito se destina a cubrir los gastos del posible recurso a agentes contractuales.

1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos de pensión

1 1 3 0   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 904 000

1 801 000

1 441 968,74

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Reglamentación relativa a la cobertura de los riesgos de enfermedad de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 23.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad (3,4 % del sueldo base).

La contribución de los agentes se eleva al 1,7 % del sueldo base.

1 1 3 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

487 000

461 000

368 367,41

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 73 y el artículo 15 de su anexo VIII.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal del seguro contra los riesgos de accidente y de enfermedad profesional (0,87 % del sueldo base), así como los gastos suplementarios resultantes de la aplicación de las disposiciones estatutarias en la materia.

1 1 3 2   Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

53 000

52 000

85 018,08

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 28 bis.

Este crédito se destina a cubrir la contribución de la institución en la constitución del fondo especial de desempleo previsto en el anteriormente citado artículo 28 bis, apartado 7.

1 1 3 3   Constitución o mantenimiento de los derechos a pensión para los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

2 257,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 42.

Este crédito se destina a cubrir los importes que deba abonar la institución en favor de los agentes temporales para constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen.

1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0   Asignación de natalidad y de defunción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 000

2 000

1 983,10

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 70, 74 y 75.

Este crédito se destina a cubrir la asignación por nacimiento (198,31 euros) y, en caso de fallecimiento del funcionario, la retribución global del difunto hasta el fin del tercer mes siguiente al mismo, así como los gastos de traslado del cuerpo al lugar de origen del difunto.

1 1 4 1   Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

692 000

674 000

573 003,96

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 8 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir el pago de los gastos de viaje para el funcionario o el agente temporal, para su cónyuge y las personas a su cargo, desde el lugar de destino al lugar de origen.

1 1 4 3   Indemnizaciones a tanto alzado por funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 14 de su anexo VII.

1 1 4 4   Indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 9   Otras indemnizaciones y reembolsos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

112 000

56 000

36 702,14

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 34.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 48.

Este crédito se destina a cubrir:

la indemnización de despido de un funcionario en período de prueba por insuficiencia manifiesta de su trabajo,

la indemnización de un agente temporal cuando la institución pone fin al contrato,

el rescate de los derechos de pensión de los antiguos auxiliares nombrados agentes temporales o funcionarios.

1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

507 000

612 000

422 763,96

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 16 y 57.

Este crédito se destina al pago de las horas extraordinarias conforme a las condiciones previstas en las disposiciones anteriormente mencionadas.

1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese y a los traslados

1 1 8 1   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

31 000

24 474,91

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 7 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje de los agentes (incluidos los de los miembros de su familia) con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 1 8 2   Indemnizaciones de instalación, de reinstalación y de traslado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

996 000

1 391 000

500 500,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 5 y 6 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones por gastos de instalación que recibirán los agentes que hayan tenido que cambiar de residencia a raíz de la toma de posesión de su cargo, del cese definitivo en sus funciones o de su destino a un nuevo lugar de servicio.

1 1 8 3   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

701 000

958 000

163 570,94

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 9 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza de los agentes a que se refiere la partida 1 1 8 2.

1 1 8 4   Indemnizaciones diarias temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 205 000

1 614 000

1 220 000,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 10 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir el pago de las indemnizaciones diarias temporales de los agentes que justifiquen la necesidad de cambiar de residencia con ocasión de su entrada en funciones.

1 1 9   Ajustes de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 027 000

1 077 000

562 909,75

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 64 y 65 bis de su anexo XI.

Este crédito se destina a cubrir la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a la retribución de los funcionarios, de los agentes temporales y de los agentes auxiliares, así como a las horas extraordinarias.

1 1 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

870 991

970 000

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 65 y 65 bis y su anexo XI.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a hacer frente a las consecuencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo durante el ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS CORRESPONDIENTES AL CESE DEFINITIVO

1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0   Indemnizaciones en caso de cese en interés del servicio de acuerdo con las disposiciones de los artículos 41 y 50 del Estatuto

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deberán abonarse a los funcionarios declarados en excedencia forzosa a raíz de una medida de reducción del número de puestos de trabajo de la institución o a los titulares de un puesto de alto funcionario que se suprime en interés del servicio.

1 2 1 5   Indemnizaciones por cese definitivo [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre de 1985, por el que se adoptan, con motivo de la adhesión de España y de Portugal, medidas específicas sobre el cese de funciones definitivo de los funcionarios de las Comunidades Europeas (DO L 335 de 13.12.1985, p. 56), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que se deban abonar a los funcionarios afectados por las medidas de cese definitivo en interés del servicio, con el fin de tener en cuenta las necesidades que se derivan de la adhesión de nuevos Estados miembros a las Comunidades Europeas.

1 2 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal del seguro de enfermedad de los pensionistas y beneficiarios de indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y separación del servicio.

1 2 9   Ajustes de diversas indemnizaciones

1 2 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65 bis.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a las pensiones y a las diversas indemnizaciones.

1 2 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 65 y 65 bis y su anexo XI.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a hacer frente a las consecuencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo durante el ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

1 3 0   Gastos de misiones y desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 100 000

2 860 000

2 260 000,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, incluidos los gastos accesorios de expedición de títulos de transporte y reservas, las indemnizaciones de misión y gastos accesorios o extraordinarios derivados de la ejecución de una misión por el personal estatutario u otro del Tribunal, así como por los expertos o funcionarios nacionales o internacionales adscritos temporalmente a los servicios del Tribunal y los becarios.

CAPÍTULO 1 4 —   INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

1 4 1   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

98 000

78 000

53 780,22

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 59 y el artículo 8 de su anexo II.

Este crédito se destina a cubrir los gastos relacionados con la revisión médica anual de los funcionarios, incluidos los análisis y reconocimientos médicos requeridos.

CAPÍTULO 1 5 —   INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

1 5 2   Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0   Funcionarios nacionales, internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

954 000

1 005 000

213 779,73

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la comisión de servicio y al destino temporal en los servicios del Tribunal de Cuentas de funcionarios de los Estados miembros, prioritariamente, o de otros Estados, y de otros expertos o a la consulta de corta duración.

1 5 2 1   Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a administraciones nacionales, organizaciones internacionales e instituciones o empresas públicas y privadas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina cubrir el reembolso de los gastos suplementarios que el intercambio supone para los funcionarios de las Comunidades.

CAPÍTULO 1 6 —   SERVICIO SOCIAL

1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

1 000,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

Este crédito se destina a cubrir las actuaciones en favor de agentes que se encuentren en situaciones particularmente difíciles.

1 6 4   Ayuda complementaria a los minusválidos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

45 000

4 000

2 000,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política en favor de las personas minusválidas siguientes, a:

los funcionarios y agentes temporales en actividad,

los cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre el reembolso, dentro de los límites presupuestarios máximos y tras agotamiento de los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la minusvalía, reconocidos como necesarios y que estén debidamente justificados.

CAPÍTULO 1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

1 7 0   Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0   Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

234 000

234 000

131 898,55

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de las obligaciones de recepción y de representación del Tribunal de Cuentas.

1 7 0 1   Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 000

9 000

3 000,—

CAPÍTULO 1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo serán objeto de una cooperación interinstitucional que implique una consulta entre las instituciones y un reforzamiento de los mecanismos de gestión común con vistas a racionalizar los gastos.

1 8 0   Cooperación interinstitucional

1 8 0 2   Centro infantil y centro de estudios en Luxemburgo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

749 000

719 000

600 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la cuota del Tribunal para el centro infantil y el centro de estudios en Luxemburgo.

1 8 2   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

700 000

634 000

549 769,26

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24, párrafo tercero.

Este crédito se destina a cubrir la organización de cursos de perfeccionamiento profesional, incluidos los cursos de idiomas, y de seminarios en el ámbito del control y de la gestión financiera sobre una base interinstitucional, así como los gastos de inscripción en seminarios similares organizados en los Estados miembros.

Cubre asimismo la compra de material didáctico y técnico destinado a la formación del personal.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 2 500 euros.

1 8 3   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

31 500

p.m.

13 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las acciones decididas por el Comité Interinstitucional de la Traducción y la Interpretación (CITI) con el fin de promover la cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

1 8 4   Restaurantes y cantinas

1 8 4 0   Gastos de funcionamiento de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

23 000

18 000

18 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento de restaurantes y cafeterías.

1 8 4 1   Gastos de transformación y renovación corrientes de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

75 000

66 986,90

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la reforma y la renovación, tras dieciséis años de explotación, del material instalado en el restaurante y la cafetería, con objeto de adecuarse a las normas nacionales en vigor sobre seguridad e higiene.

1 8 6   Relaciones sociales del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

43 000

42 000

38 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y mantener financieramente toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre los agentes de las distintas nacionalidades, tales como subvenciones a los clubes y a los círculos deportivos y culturales del personal.

1 8 7   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

2 500

2 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las demás intervenciones y subvenciones en favor de los agentes y de sus familias.

1 8 8   Gastos diversos de contratación

1 8 8 0   Gastos diversos de contratación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

191 000

226 000

225 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicidad, de convocatoria de los candidatos, de alquiler de las salas y de las máquinas para los concursos y demás procedimientos de selección directamente organizados por el Tribunal de Cuentas, así como los gastos de desplazamientos y examen médico de los candidatos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

1 8 9   Prestaciones de apoyo

1 8 9 1   Intérpretes independientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

41 000

41 000

41 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los honorarios, las cotizaciones sociales, los gastos de viaje y las dietas de los intérpretes independientes y otros intérpretes no permanentes.

1 8 9 5   Otras prestaciones complementarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

188 000

124 000

170 593,63

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

el recurso al personal interino, en particular telefonistas, taquimecanógrafos, ujieres y personal técnico para el conjunto de los servicios del Tribunal,

en la medida en que no puedan ser ejecutados por los propios servicios del Tribunal, los trabajos de reproducción y mecanografía que deben encomendarse a servicios externos,

el coste de informatización relativo a la elaboración de documentos explicativos y justificativos para las necesidades propias del Tribunal que deben presentarse a la Autoridad Presupuestaria.

1 8 9 6   Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

214 000

218 000

242 597,39

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de los servicios de traductores independientes o interinos, o de trabajos de mecanografía y otros encomendados a servicios externos por el Servicio de Traducción.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

2 948 000

2 571 000

1 920 240,61

2 0 1

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

60 000

76 000

57 000,—

2 0 2

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

725 000

690 000

442 000,—

2 0 3

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

843 000

721 000

715 000,—

2 0 4

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

280 000

130 000

145 486,79

2 0 5

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

934 000

863 879

793 000,—

2 0 6

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

650 000,—

2 0 8

Asistencia técnica en los proyectos inmobiliarios de gran importancia

 

 

 

Créditos no disociados

375 000

175 000

172 073,30

2 0 9

Otros gastos correspondientes a los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

64 000

58 000

66 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

6 229 000

5 284 879

4 960 800,70

CAPÍTULO 2 1

2 1 1

Sistemas informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

2 615 000

2 168 000

2 380 000,—

2 1 4

Trabajos de análisis y programación, análisis previos y proyectos especiales encargados a terceros

 

 

 

Créditos no disociados

1 155 000

600 000

657 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

3 770 000

2 768 000

3 037 000,—

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0

Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

12 000

12 000

28 000,—

2 2 0 1

Renovación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

37 000

16 000

6 000,—

2 2 0 2

Alquiler de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 0 3

Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

10 000

10 000,—

2 2 0 4

Equipo ofimático

 

 

 

Créditos no disociados

259 000

265 000

193 000,—

 

Total del artículo 2 2 0

318 000

303 000

237 000,—

2 2 1

Mobiliario

2 2 1 0

Dotación inicial de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

121 000

187 000

287 582,58

2 2 1 1

Renovación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

200 000

127 000

126 000,—

2 2 1 2

Alquiler de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

1 200

417,42

2 2 1 3

Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

7 000

7 000

2 000,—

 

Total del artículo 2 2 1

328 000

322 200

416 000,—

2 2 3

Material de transporte

2 2 3 0

Dotación inicial de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 1

Renovación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 2

Alquiler de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

275 000

245 000

100 000,—

2 2 3 3

Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

195 000

242 000

179 787,95

 

Total del artículo 2 2 3

470 000

487 000

279 787,95

2 2 5

Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0

Fondos de biblioteca y compras de libros

 

 

 

Créditos no disociados

38 000

38 000

27 000,—

2 2 5 1

Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

16 000,—

2 2 5 2

Suscripciones a diarios y revistas

 

 

 

Créditos no disociados

111 000

111 000

103 000,—

2 2 5 3

Suscripciones a agencias de prensa

 

 

 

Créditos no disociados

69 000

69 000

69 000,—

2 2 5 4

Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

0,—

 

Total del artículo 2 2 5

224 000

224 000

215 000,—

2 2 7

Tratamiento de fondos de archivo y adquisición de fondos de archivo en soportes de sustitución

2 2 7 0

Tratamiento de fondos de archivo y adquisición de fondos de archivo en soportes de sustitución

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

100 000

0,—

 

Total del artículo 2 2 7

100 000

100 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

1 440 000

1 436 200

1 147 787,95

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería y material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

200 000

200 000

170 000,—

2 3 2

Gastos financieros

2 3 2 0

Gastos bancarios

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

20 000

19 000,—

2 3 2 1

Diferencias de cambio

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 2 9

Otros gastos financieros

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 2 3 2

30 000

20 000

19 000,—

2 3 3

Gastos de contenciosos

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

111,72

2 3 4

Indemnizaciones por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5

Otros gastos de funcionamiento

2 3 5 0

Seguros diversos

 

 

 

Créditos no disociados

2 000

2 000

236,10

2 3 5 1

Uniformes y prendas de trabajo

 

 

 

Créditos no disociados

34 000

36 000

21 705,89

2 3 5 2

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

55 000

51 000

56 000,—

2 3 5 3

Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

35 000

53 000

49 000,—

2 3 5 4

Pequeños gastos

 

 

 

Créditos no disociados

2 000

2 000

1 999,71

2 3 5 9

Otros gastos de funcionamiento

 

 

 

Créditos no disociados

7 000

7 000

19 101,85

 

Total del artículo 2 3 5

135 000

151 000

148 043,55

2 3 9

Servicios entre instituciones

2 3 9 1

Servicio Común Interpretación-Conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

460 000

460 000

438 000,—

 

Total del artículo 2 3 9

460 000

460 000

438 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

845 000

851 000

775 155,27

CAPÍTULO 2 4

2 4 0

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

50 000

48 000,—

2 4 1

Teléfono, telégrafo, télex y televisión

 

 

 

Créditos no disociados

655 000

665 000

538 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 4

705 000

715 000

586 000,—

CAPÍTULO 2 5

2 5 0

Reuniones y convocatorias en general

 

 

 

Créditos no disociados

7 000

16 000

9 478,11

2 5 5

Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

102 000

120 000

74 377,04

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 5

109 000

136 000

83 855,15

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

 

 

 

Créditos no disociados

350 000

260 000

324 089,73

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 6

350 000

260 000

324 089,73

CAPÍTULO 2 7

2 7 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

850 000

1 253 000

1 370 000,—

2 7 1

Publicaciones

2 7 1 0

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 7 1 9

Gastos de divulgación y promoción de publicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

140 000

120 000

120 000,—

 

Total del artículo 2 7 1

140 000

120 000

120 000,—

2 7 2

Gastos de información y de participación en las manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

13 000

6 000

6 905,86

2 7 3

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

 

 

 

Créditos no disociados

161 000

150 000

121 856,03

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 7

1 164 000

1 529 000

1 618 761,89

 

Total del título 2

14 612 000

12 980 079

12 533 450,69

CAPÍTULO 2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

GASTOS RELACIONADOS CON LA INFORMÁTICA

CAPÍTULO 2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO 2 4 —

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

CAPÍTULO 2 6 —

ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y CONSULTAS

CAPÍTULO 2 7 —

PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO 2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Dado que las compañías de seguros han rechazado la cobertura de riesgos, es necesario cubrir el riesgo de conflictos laborales y de atentados terroristas en los edificios del Tribunal de Cuentas mediante el presupuesto de la Unión Europea. Por consiguiente, los créditos del presente título cubrirán todos los gastos relacionados con daños causados por conflictos laborales y atentados.

2 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 948 000

2 571 000

1 920 240,61

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler en Luxemburgo y de la oficina de Bruselas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 25 000 euros.

2 0 1   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

60 000

76 000

57 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las primas de las pólizas de seguro correspondientes a los inmuebles ocupados por la institución, incluidos los bienes muebles y las obras de arte.

2 0 2   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

725 000

690 000

442 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas, electricidad y calefacción.

2 0 3   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

843 000

721 000

715 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de limpieza y conservación de los locales, ascensores, calefacción central, equipos de aire acondicionado, las instalaciones eléctricas y sus correspondientes modificaciones y reparaciones.

Cubre asimismo la compra de productos y otros suministros necesarios para el mantenimiento de la limpieza, lavado, lavandería y limpieza en seco.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 0 4   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

280 000

130 000

145 486,79

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de los trabajos de acondicionamiento, especialmente la instalación de tabiques, cortinas, cableado, pintura, papeles pintados, revestimientos de suelos, falsos techos y sus correspondientes instalaciones técnicas.

2 0 5   Seguridad y vigilancia de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

934 000

863 879

793 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los diversos gastos relacionados con la seguridad de los inmuebles, en particular el contrato de vigilancia de los edificios, la compra y el cuidado del material de lucha contra incendios y del equipo de los agentes que contribuyen a la seguridad, etc.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 0 6   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

650 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a financiar, por tramos anuales, las ampliaciones del edificio del Tribunal de Cuentas en Kirchberg (Luxemburgo).

2 0 8   Asistencia técnica en los proyectos inmobiliarios de gran importancia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

375 000

175 000

172 073,30

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relacionados con los estudios y la asistencia técnica en los proyectos inmobiliarios de gran importancia.

2 0 9   Otros gastos correspondientes a los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

64 000

58 000

66 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos corrientes correspondientes a los inmuebles no previstos específicamente en los demás artículos del presente capítulo, en particular canalizaciones, recogida de basuras, tasas de limpieza callejera, material de señalización, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 180 000 euros.

CAPÍTULO 2 1 —   GASTOS RELACIONADOS CON LA INFORMÁTICA

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición de material o para la prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 1 1   Sistemas informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 615 000

2 168 000

2 380 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de explotación siguientes:

compra, alquiler y mantenimiento de las terminales conectadas al centro de cálculo de la Comisión en Luxemburgo y a los miniordenadores,

compra, alquiler y mantenimiento de material informático y de programas, otros suministros y documentación,

cableado informático.

2 1 4   Trabajos de análisis y programación, análisis previos y proyectos especiales encargados a terceros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 155 000

600 000

657 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos del personal externo y de los trabajos encargados al exterior.

CAPÍTULO 2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición de material o para la prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 2 0   Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0   Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 000

12 000

28 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de equipamiento técnico e instalaciones.

2 2 0 1   Renovación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

37 000

16 000

6 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la renovación de equipamiento técnico e instalaciones.

2 2 0 2   Alquiler de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler de material e instalaciones técnicas.

2 2 0 3   Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

10 000

10 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y de reparación del material relacionado en las partidas 2 2 0 0 a 2 2 0 2.

2 2 0 4   Equipo ofimático

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

259 000

265 000

193 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, el alquiler y el mantenimiento de equipos ofimáticos tales como fotocopiadoras, material de telecomunicación, dictáfonos, calculadoras, etc.

2 2 1   Mobiliario

2 2 1 0   Dotación inicial de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

121 000

187 000

287 582,58

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de mobiliario suplementario.

2 2 1 1   Renovación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

200 000

127 000

126 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la sustitución del mobiliario antiguo o dañado.

2 2 1 2   Alquiler de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

1 200

417,42

2 2 1 3   Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 000

7 000

2 000,—

2 2 3   Material de transporte

2 2 3 0   Dotación inicial de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de material de transporte.

2 2 3 1   Renovación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la reposición de los vehículos con una utilización de cuatro años, como mínimo, o que hayan recorrido más de 140 000 kilómetros.

2 2 3 2   Alquiler de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

275 000

245 000

100 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el alquiler de automóviles, taxis, autocares y camiones, con o sin conductor.

2 2 3 3   Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

195 000

242 000

179 787,95

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el conjunto de gastos derivados del material de transporte, como mantenimiento, reparación, seguros, carburante, estacionamientos, peajes de autopista, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 20 000 euros.

2 2 5   Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0   Fondos de biblioteca y compras de libros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 000

38 000

27 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de obras y otras publicaciones no periódicas necesarias para los servicios del Tribunal de Cuentas, en particular para el servicio lingüístico.

2 2 5 1   Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

16 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de adquisición de todo el material y los accesorios de archivo, clasificación, almacenamiento y reproducción adaptados a las necesidades específicas de la biblioteca.

2 2 5 2   Suscripciones a diarios y revistas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

111 000

111 000

103 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a diarios y revistas, incluidas las revistas especializadas sobre todo en cuestiones financieras, que permitan una consulta regular de la prensa, esencial para las tareas de control.

2 2 5 3   Suscripciones a agencias de prensa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

69 000

69 000

69 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a las agencias de prensa.

2 2 5 4   Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca.

2 2 7   Tratamiento de fondos de archivo y adquisición de fondos de archivo en soportes de sustitución

2 2 7 0   Tratamiento de fondos de archivo y adquisición de fondos de archivo en soportes de sustitución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

100 000

0,—

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom) no 354/83 del Consejo, de 1 de febrero de 1983, relativo a la apertura al público de los archivos históricos de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO L 43 de 15.2.1983, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1700/2003 (DO L 243 de 27.9.2003, p. 1).

Contrato de depósito entre las instituciones europeas y los archivos históricos de las Comunidades Europeas en Florencia de 17 de diciembre de 1984.

Este crédito se destina a cubrir los costes de las prestaciones externas, que abarcan todas las operaciones de archivo, incluidas las selecciones, clasificaciones y nuevas clasificaciones en los depósitos, los costes de las prestaciones archivísticas, la adquisición y la explotación de fondos de archivos en medios de sustitución (microfilms, discos, casetes, etc.).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 150 000 euros.

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición de material o para la prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 3 0   Papelería y material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

200 000

200 000

170 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de papelería y de material de oficina.

2 3 2   Gastos financieros

2 3 2 0   Gastos bancarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

20 000

19 000,—

2 3 2 1   Diferencias de cambio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 2 9   Otros gastos financieros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 3   Gastos de contenciosos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

111,72

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos y honorarios que deba abonar el Tribunal de Cuentas.

2 3 4   Indemnizaciones por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5   Otros gastos de funcionamiento

2 3 5 0   Seguros diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 000

2 000

236,10

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de los seguros del equipaje de los agentes durante sus misiones.

2 3 5 1   Uniformes y prendas de trabajo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

34 000

36 000

21 705,89

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de ropa de servicio de los ordenanzas y conductores y de las demás prendas de trabajo.

2 3 5 2   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

55 000

51 000

56 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los refrescos y colaciones servidos en las reuniones internas.

2 3 5 3   Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

35 000

53 000

49 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de traslado y manipulación del material, de los muebles y del material de oficina.

2 3 5 4   Pequeños gastos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 000

2 000

1 999,71

2 3 5 9   Otros gastos de funcionamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 000

7 000

19 101,85

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos de funcionamiento no previstos especialmente en los epígrafes anteriores, así como los gastos correspondientes al material de mantenimiento y de reparación.

2 3 9   Servicios entre instituciones

2 3 9 1   Servicio Común Interpretación-Conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

460 000

460 000

438 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de las prestaciones realizadas por los servicios de interpretación del Parlamento Europeo y de la Comisión.

CAPÍTULO 2 4 —   FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

2 4 0   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

50 000

48 000,—

2 4 1   Teléfono, telégrafo, télex y televisión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

655 000

665 000

538 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos derivados de las telecomunicaciones, como cuotas de abono, líneas telefónicas, gastos de comunicaciones, cánones de mantenimiento, así como la compra, renovación, reparación y mantenimiento de las instalaciones y los equipos telefónicos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 40 000 euros.

CAPÍTULO 2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

2 5 0   Reuniones y convocatorias en general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 000

16 000

9 478,11

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje y de estancia y los gastos accesorios de los expertos convocados para reuniones de grupos de estudio y de trabajo, así como los gastos relacionados con la celebración de estas reuniones, en la medida en que no estén cubiertos por la infraestructura existente.

2 5 5   Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

102 000

120 000

74 377,04

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones.

Este crédito se destina también a los gastos originados por la puesta en aplicación de la Declaración no 18 aneja al Tratado de Niza y relativa al Tribunal de Cuentas: «La Conferencia de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros invita al Tribunal de Cuentas y a los órganos fiscalizadores nacionales a que mejoren el marco y las condiciones de su cooperación, aunque manteniendo su autonomía respectiva. A tal fin, el Presidente del Tribunal de Cuentas podrá crear un comité de contacto con los presidentes de los órganos fiscalizadores nacionales».

CAPÍTULO 2 6 —   ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y CONSULTAS

2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

350 000

260 000

324 089,73

Comentarios

Este crédito se destina a permitir llevar a cabo estudios confiados al exterior mediante contrato a expertos cualificados en los ámbitos de la auditoría, así como los de naturaleza administrativa.

En el marco de sus fiscalizaciones, el Tribunal de Cuentas debe recurrir a estudios y análisis técnicos (químicos, físicos, estadísticos) confiados a expertos externos. El carácter particular y, a veces, imprevisible de las investigaciones confiadas al exterior justifica por sí mismo la necesidad de disponer de créditos para estudios, sin los que el Tribunal de Cuentas podría ver gravemente limitado el cumplimiento de su mandato y su independencia amenazada.

Este crédito incluye igualmente los gastos de la fiscalización de las cuentas del Tribunal de Cuentas por una empresa externa de auditoría cuyo informe se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea.

CAPÍTULO 2 7 —   PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 7 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

850 000

1 253 000

1 370 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las inserciones del Tribunal de Cuentas en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 88 000 euros.

2 7 1   Publicaciones

2 7 1 0   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicación y de difusión de los informes y dictámenes aprobados por el Tribunal con arreglo a lo dispuesto en el artículo 248, apartado 4, párrafo segundo, y en el artículo 280, apartado 4, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

2 7 1 9   Gastos de divulgación y promoción de publicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

140 000

120 000

120 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relacionados con la divulgación de documentos sobre trabajos de orden general de fiscalizaciones y relacionados con las actividades del Tribunal de Cuentas (páginas Internet, material audiovisual, documentación en papel).

Este crédito se destina también a los gastos originados por la puesta en aplicación de la Declaración no 18 aneja al Tratado de Niza y relativa al Tribunal de Cuentas: «La Conferencia de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros invita al Tribunal de Cuentas y a los órganos fiscalizadores nacionales a que mejoren el marco y las condiciones de su cooperación, aunque manteniendo su autonomía respectiva. A tal fin, el Presidente del Tribunal de Cuentas podrá crear un comité de contacto con los presidentes de los órganos fiscalizadores nacionales».

2 7 2   Gastos de información y de participación en las manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 000

6 000

6 905,86

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos resultantes de la organización de jornadas de estudios sobre las actividades del Tribunal de Cuentas destinadas a profesores universitarios, redactores de revistas especializadas y otros visitantes especializados procedentes de los Estados miembros.

Este crédito se destina también a cubrir diversos gastos relacionados con la política de información y de comunicación del Tribunal.

2 7 3   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

161 000

150 000

121 856,03

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de los períodos de formación en los servicios del Tribunal de Cuentas.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

113 196 491

106 948 579

85 934 099,96

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

SECCIÓN VI

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Comité Económico y Social para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

107 984 805

Ingresos propios

–9 866 628

Contribución que ha de percibirse

98 118 177

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión

4 446 817

4 082 724

3 550 923,—

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

0,—

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

449 935

363 392

267 327,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

4 896 752

4 446 116

3 818 250,—

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

3 798 876

3 190 793

3 033 522,—

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

1 049 824,—

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

3 798 876

3 190 793

4 083 346,—

 

Total del título 4

8 695 628

7 636 909

7 901 596,—

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

4 446 817

4 082 724

3 550 923,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de las Comunidades Europeas.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

449 935

363 392

267 327,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

3 798 876

3 190 793

3 033 522,—

Comentarios

Antes artículo 4 0 1

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

1 049 824,—

Comentarios

Antes artículo 5 5 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas

91 000

180 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

91 000

180 000

0,—

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Ingresos procedentes de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la Institución

64 000

64 000

115 855,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

64 000

64 000

115 855,—

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la Institución — Ingresos afectados

1 000 000

1 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

1 000 000

1 000 000

0,—

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias –— Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 8 1

Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 5

1 155 000

1 244 000

115 855,—

CAPÍTULO 5 0 —

INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

INGRESOS PROCEDENTES DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

INGRESOS PROCEDENTES DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0   Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de material de transporte perteneciente a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo 5 0 0

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de otros bienes muebles que no sean de transporte pertenecientes a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

91 000

180 000

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 1 —   INGRESOS PROCEDENTES DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0   Producto del arrendamiento de mobiliario y material

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1   Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   INGRESOS PROCEDENTES DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Ingresos procedentes de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la Institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

64 000

64 000

115 855,—

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan sufragado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la Institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 000 000

1 000 000

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias –— Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 8 1   Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

 

CAPÍTULO 9 0

16 000

16 000

48 848,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

16 000

16 000

48 848,—

 

Total del título 9

16 000

16 000

48 848,—

 

TOTAL GENERAL

9 866 628

8 896 909

8 066 299,—

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

16 000

16 000

48 848,—

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

12 513 500

13 706 500

9 276 573,—

1 1

PERSONAL EN ACTIVO

58 346 205

54 431 796

45 369 059,—

1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

p.m.

p.m.

0,—

1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

412 500

412 500

321 153,—

1 4

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

39 000

35 360

30 000,—

1 5

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

420 000

240 000

89 096,—

1 6

SERVICIO SOCIAL

50 000

60 000

22 500,—

1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

124 000

124 000

124 000,—

1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

10 497 341

9 832 240

7 221 660,—

 

Total del título 1

82 402 546

78 842 396

62 454 041,—

2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

16 236 473

14 983 994

20 258 559,—

2 1

GASTOS DE INFORMÁTICA

2 490 364

2 611 910

2 203 594,—

2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

1 931 861

1 602 783

2 613 486,—

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

668 964

743 312

814 306,—

2 4

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

896 822

906 330

636 826,—

2 5

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

815 079

790 000

481 412,—

2 6

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

748 000

736 875

438 911,—

2 7

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

1 779 696

1 603 616

1 042 121,—

2 9

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

15 000

15 000

12 000,—

 

Total del título 2

25 582 259

23 993 820

28 501 215,—

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

10 2

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

107 984 805

102 836 216

90 955 256,—

TÍTULO 1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 3

Indemnizaciones de representación

 

 

 

Créditos no disociados

26 000

26 000

25 550,—

1 0 0 4

Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

 

 

 

Créditos no disociados

12 400 000

13 600 000

9 180 014,—

1 0 0 5

Gastos especiales de viaje

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 6

Indemnizaciones destinadas a cubrir los gastos resultantes de las actividades de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 0 0

12 426 000

13 626 000

9 205 564,—

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y de otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

49 000

42 000

37 009,—

1 0 6

Cursos para los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

38 500

38 500

34 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

12 513 500

13 706 500

9 276 573,—

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

42 463 042

39 036 292

33 656 126,—

1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

3 684 373

3 391 881

2 903 182,—

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

5 421 632

5 037 511

4 272 094,—

1 1 0 3

Indemnización de secretaría

 

 

 

Créditos no disociados

416 088

388 287

327 866,—

 

Total del artículo 1 1 0

51 985 135

47 853 971

41 159 268,—

1 1 1

Otros agentes

1 1 1 0

Agentes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

195 000

972 694,—

1 1 1 1

Intérpretes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 2

Agentes locales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 3

Consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

60 000

59 000

49 280,—

1 1 1 4

Traductores auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

75 000

82 927,—

1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

1 355 086

859 804

0,—

 

Total del artículo 1 1 1

1 415 086

1 188 804

1 104 901,—

1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

1 513 148

1 383 960

1 192 318,—

1 1 3 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

 

 

 

Créditos no disociados

384 267

354 135

302 792,—

1 1 3 2

Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

45 000

45 000

60 728,—

1 1 3 3

Constitución o mantenimiento de derechos a pensión para los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 1 3

1 942 415

1 783 095

1 555 838,—

1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0

Asignación de natalidad y de defunción

 

 

 

Créditos no disociados

4 500

4 500

2 181,—

1 1 4 1

Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

 

 

 

Créditos no disociados

641 496

809 355

561 215,—

1 1 4 3

Indemnización a tanto alzado de funciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4

Dietas de desplazamiento

 

 

 

Créditos no disociados

3 570

4 000

3 570,—

1 1 4 5

Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

 

 

 

Créditos no disociados

412,—

1 1 4 9

Otras indemnizaciones y reembolsos

 

 

 

Créditos no disociados

120 000

10 000

49 909,—

 

Total del artículo 1 1 4

769 566

827 855

617 287,—

1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

90 000

108 613

58 024,—

1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las funciones y a los traslados

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

11 286

21 763

8 087,—

1 1 8 2

Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

 

 

 

Créditos no disociados

430 000

430 000

79 728,—

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

245 000

377 000

96 378,—

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

 

 

Créditos no disociados

481 000

499 000

360 517,—

 

Total del artículo 1 1 8

1 167 286

1 327 763

544 710,—

1 1 9

Crédito destinado a las adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

317 562

634 398

329 031,—

1 1 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

659 155

707 297

0,—

 

Total del artículo 1 1 9

976 717

1 341 695

329 031,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

58 346 205

54 431 796

45 369 059,—

CAPÍTULO 1 2

1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese por interés del servicio o despido

1 2 1 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio, en aplicación de los artículos 41 y 50 del Estatuto

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 1 5

Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 1

p.m.

p.m.

0,—

1 2 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9

Adaptación de indemnizaciones diversas

1 2 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

412 500

412 500

321 153,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

412 500

412 500

321 153,—

CAPÍTULO 1 4

1 4 1

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

39 000

35 360

30 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

39 000

35 360

30 000,—

CAPÍTULO 1 5

1 5 0

Gastos de viaje y de estancia de los expertos nacionales adscritos a los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 5 2

Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0

Funcionarios nacionales, internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

420 000

240 000

89 096,—

1 5 2 1

Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a los servicios nacionales e internacionales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 5 2

420 000

240 000

89 096,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 5

420 000

240 000

89 096,—

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 6 4

Ayuda complementaria a las personas minusválidas

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

60 000

22 500,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

50 000

60 000

22 500,—

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0

Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

114 000

114 000

114 000,—

1 7 0 1

Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

10 000

10 000,—

 

Total del artículo 1 7 0

124 000

124 000

124 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 7

124 000

124 000

124 000,—

CAPÍTULO 1 8

1 8 2

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

 

 

 

Créditos no disociados

350 290

308 650

206 377,—

 

Total del artículo 1 8 2

350 290

308 650

206 377,—

1 8 3

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

60 000

10 000,—

 

Total del artículo 1 8 3

40 000

60 000

10 000,—

1 8 4

Restaurantes y cantinas

1 8 4 0

Gastos de funcionamiento corriente de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 8 4 1

Gastos de transformación y renovación de las instalaciones de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 4

p.m.

p.m.

0,—

1 8 6

Relaciones sociales entre los miembros del personal

1 8 6 0

Relaciones sociales entre los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

39 205

39 150

31 093,—

1 8 6 3

Centro para niños en edad preescolar y otras guarderías

 

 

 

Créditos no disociados

593 806

432 240

282 401,—

 

Total del artículo 1 8 6

633 011

471 390

313 494,—

1 8 7

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

17 040

14 200

3 942,—

1 8 8

Gastos diversos de contratación

1 8 8 0

Gastos diversos de contratación

 

 

 

Créditos no disociados

108 000

120 000

57 527,—

 

Total del artículo 1 8 8

108 000

120 000

57 527,—

1 8 9

Prestaciones complementarias

1 8 9 1

Servicios de interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

8 550 000

8 000 000

6 037 368,—

1 8 9 3

Operadores de conferencia interinos

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

10 000

6 847,—

1 8 9 5

Otras prestaciones complementarias

 

 

 

Créditos no disociados

167 000

155 000

83 380,—

1 8 9 6

Prestaciones complementarias para el Servicio de Traducción

 

 

 

Créditos no disociados

622 000

693 000

502 725,—

 

Total del artículo 1 8 9

9 349 000

8 858 000

6 630 320,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 8

10 497 341

9 832 240

7 221 660,—

 

Total del título 1

82 402 546

78 842 396

62 454 041,—

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO 1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

CAPÍTULO 1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO 1 4 —

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

CAPÍTULO 1 5 —

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

CAPÍTULO 1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO 1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 3   Indemnizaciones de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

26 000

26 000

25 550,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones asignadas al Presidente y a los Vicepresidentes del Comité Económico y Social Europeo.

1 0 0 4   Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 400 000

13 600 000

9 180 014,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los pagos a los miembros del Comité Económico y Social Europeo y sus suplentes efectuados de conformidad con la normativa en vigor relativa a la compensación de los gastos de transporte y a las dietas de viaje y de reunión.

1 0 0 5   Gastos especiales de viaje

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 6   Indemnizaciones destinadas a cubrir los gastos resultantes de las actividades de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los reembolsos de los gastos en que hayan incurrido los presidentes de grupo, los presidentes de sección y los ponentes en el ejercicio de sus actividades.

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y de otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

49 000

42 000

37 009,—

Comentarios

Este crédito se destina en particular a cubrir las primas de seguro contra los riesgos de enfermedad y accidente de los miembros del Comité Económico y Social Europeo.

1 0 6   Cursos para los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 500

38 500

34 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir una parte de los gastos de inscripción de los cursos de idiomas y otros seminarios de perfeccionamiento profesional para los miembros del Comité Económico y Social Europeo.

CAPÍTULO 1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

Comentarios

A los créditos que figuran en el presente capítulo se les ha aplicado una reducción a tanto alzado del 4 %.

1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

Comentarios

El cálculo para la determinación de los créditos de este artículo se ha establecido sobre la base de las disposiciones del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

42 463 042

39 036 292

33 656 126,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se ha calculado sobre la base del cuadro de efectivos autorizados para el ejercicio.

1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 684 373

3 391 881

2 903 182,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a cargo,

la asignación por escolaridad.

1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 421 632

5 037 511

4 272 094,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones debidas a los funcionarios.

1 1 0 3   Indemnización de secretaría

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

416 088

388 287

327 866,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización concedida a título personal a los funcionarios de la antigua categoría C titulares de los puestos de estenomecanógrafos y de mecanógrafos.

1 1 1   Otros agentes

1 1 1 0   Agentes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

195 000

972 694,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la contribución patronal al régimen de la seguridad social de los agentes auxiliares. Dichos agentes se contratan para hacer frente a la sobrecarga de trabajo y para sustituir a los funcionarios que no se encuentran en condiciones de ejercer normalmente sus funciones (licencia por enfermedad, licencia por maternidad, excedencia voluntaria y trabajo de media jornada).

1 1 1 1   Intérpretes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la contribución patronal al régimen de la seguridad social de los intérpretes auxiliares.

1 1 1 2   Agentes locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la retribución (incluidas las horas extraordinarias) y la cuota patronal al régimen de la seguridad social de los agentes locales.

1 1 1 3   Consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

60 000

59 000

49 280,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los honorarios y los gastos de los consejeros especiales, incluidos los honorarios del consejero médico.

1 1 1 4   Traductores auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

75 000

82 927,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración y la contribución patronal al régimen de la seguridad social de los traductores auxiliares.

1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 355 086

859 804

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración y la contribución patronal al régimen de la seguridad social de los agentes contractuales.

1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 513 148

1 383 960

1 192 318,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el pago de la contribución de la institución al régimen común del seguro de enfermedad.

1 1 3 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

384 267

354 135

302 792,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los riesgos de accidente y de enfermedad profesional del personal.

1 1 3 2   Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

45 000

45 000

60 728,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el riesgo de desempleo de los agentes temporales.

Hasta que se cubran por funcionarios los puestos recién creados, el recurso a agentes temporales aumentará debido a la ampliación.

1 1 3 3   Constitución o mantenimiento de derechos a pensión para los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los importes que deba abonar la institución en favor de agentes temporales para constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen.

1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0   Asignación de natalidad y de defunción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 500

4 500

2 181,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el pago de estas asignaciones.

1 1 4 1   Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

641 496

809 355

561 215,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Los funcionarios tienen derecho, para sí mismos y para su familia, al reembolso de los gastos de viaje del lugar de destino a su lugar de origen.

1 1 4 3   Indemnización a tanto alzado de funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4   Dietas de desplazamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 570

4 000

3 570,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las dietas de desplazamiento.

1 1 4 5   Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

412,—

Comentarios

Reglamento financiero, de 21 de diciembre 1977, aplicable al presupuesto general de la Comunidades Europeas (DO L 356 de 31.12.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom, CECA) no 762/2001 del Consejo (DO L 111 de 20.4.2001, p. 1), y, en particular, su artículo 75.

Esta partida se destina a cubrir la indemnización especial concedida a los funcionarios que tengan la condición de contable, de contable subordinado o de administrador de anticipos.

Aunque el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), que entró en vigor el 1 de enero de 2003, suprime la indemnización especial de que disponían los contables, los contables subordinados y los administradores de anticipos, es necesario calcular y acumular los intereses correspondientes a las indemnizaciones que todavía no han sido pagadas.

1 1 4 9   Otras indemnizaciones y reembolsos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

120 000

10 000

49 909,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización por despido de un funcionario en prácticas y la indemnización por rescisión del contrato de un agente temporal o de un agente contractual por parte de la institución. Esta partida también sirve para cubrir la asignación de la licencia parental o familiar.

1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

90 000

108 613

58 024,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones a tanto alzado y las retribuciones por hora correspondientes a las horas extraordinarias de los funcionarios, agentes temporales, agentes auxiliares de la categoría AST que tengan derecho y agentes contractuales que no hayan podido ser objeto de compensación mediante tiempo libre conforme a las modalidades previstas.

1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las funciones y a los traslados

1 1 8 1   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 286

21 763

8 087,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 8 2   Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

430 000

430 000

79 728,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 8 3   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

245 000

377 000

96 378,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 8 4   Indemnizaciones diarias temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

481 000

499 000

360 517,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 9   Crédito destinado a las adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

317 562

634 398

329 031,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

659 155

707 297

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese por interés del servicio o despido

1 2 1 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio, en aplicación de los artículos 41 y 50 del Estatuto

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 2 1 5   Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre de 1985, por el que se establecen medidas específicas relativas al cese definitivo en sus funciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de España y de Portugal (DO L 335 de 13.12.1985, p. 56), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

1 2 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la contribución patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los pensionistas y beneficiarios de indemnizaciones en casos de excedencia forzosa, cese definitivo de las funciones o despido.

1 2 9   Adaptación de indemnizaciones diversas

1 2 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 2 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las indemnizaciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

1 3 0   Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

412 500

412 500

321 153,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte y el pago de las dietas por misión y de los gastos accesorios o excepcionales realizados para la ejecución de una misión.

CAPÍTULO 1 4 —   INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

1 4 1   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

39 000

35 360

30 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las revisiones médicas anuales y a la medicina del trabajo, así como los gastos de funcionamiento de las antenas médicas.

CAPÍTULO 1 5 —   INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

1 5 0   Gastos de viaje y de estancia de los expertos nacionales adscritos a los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 5 2   Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0   Funcionarios nacionales, internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

420 000

240 000

89 096,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la participación, en su caso, en los gastos realizados por funcionarios de las administraciones nacionales y agentes del sector privado llamados a participar en los intercambios.

1 5 2 1   Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a los servicios nacionales e internacionales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el reembolso de las cargas suplementarias que el intercambio implique para los funcionarios de la Comunidad.

CAPÍTULO 1 6 —   SERVICIO SOCIAL

1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

1 6 4   Ayuda complementaria a las personas minusválidas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

60 000

22 500,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política en su favor, a las personas minusválidas siguientes:

funcionarios y agentes temporales en actividad,

cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

todos los hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre, en la medida en que lo permite el presupuesto y una vez agotados los derechos nacionales en el país de residencia o el país de origen, el reembolso de gastos no médicos reconocidos como necesarios y que sean consecuencia de la minusvalía física y estén documentalmente probados.

CAPÍTULO 1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

1 7 0   Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0   Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

114 000

114 000

114 000,—

Comentarios

Reglamento adoptado por la Mesa del Comité Económico y Social Europeo el 23 de mayo de 2000.

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las obligaciones que incumben a la institución en cuanto a la recepción y representación se refiere.

1 7 0 1   Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

10 000

10 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de recepción y de representación presentados por determinados funcionarios en interés de la institución.

CAPÍTULO 1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo son objeto de una cooperación interinstitucional que implica una consulta entre las instituciones, así como el fortalecimiento de los mecanismos de gestión en común con vistas a la racionalización de los gastos.

1 8 2   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

350 290

308 650

206 377,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la organización de cursos de perfeccionamiento y de reciclaje sobre una base interinstitucional, incluidos los cursos de idiomas.

Cubre asimismo la compra de material didáctico y técnico destinado a la formación del personal.

1 8 3   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

60 000

10 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las acciones aprobadas por el Comité Interinstitucional de Traducción e Interpretación (CITI) destinadas a fomentar la cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

1 8 4   Restaurantes y cantinas

1 8 4 0   Gastos de funcionamiento corriente de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento de los restaurantes.

1 8 4 1   Gastos de transformación y renovación de las instalaciones de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de la transformación y de la renovación del material instalado en los restaurantes y cafeterías.

1 8 6   Relaciones sociales entre los miembros del personal

1 8 6 0   Relaciones sociales entre los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

39 205

39 150

31 093,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y apoyar financieramente toda iniciativa que pueda promover las relaciones sociales entre los miembros del personal.

Cubre asimismo la contribución del Comité Económico y Social Europeo destinada a la promoción de actividades sociales, deportivas, pedagógicas y culturales del Centro Interinstitucional Europeo de Overijse.

1 8 6 3   Centro para niños en edad preescolar y otras guarderías

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

593 806

432 240

282 401,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la contribución del Comité Económico y Social Europeo en los gastos relativos al centro para niños en edad preescolar y otras guarderías.

1 8 7   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

17 040

14 200

3 942,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de los miembros del personal distintas de las imputadas a los otros artículos del presente capítulo (ayuda familiar, etc.).

1 8 8   Gastos diversos de contratación

1 8 8 0   Gastos diversos de contratación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

108 000

120 000

57 527,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicidad, de convocatoria de los candidatos y de organización de los concursos generales sobre una base interinstitucional. En casos debidamente justificados por necesidades de funcionamiento y tras consultar a las demás instituciones, estos créditos pueden utilizarse en parte para la organización de concursos por la propia institución.

1 8 9   Prestaciones complementarias

1 8 9 1   Servicios de interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 550 000

8 000 000

6 037 368,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de las prestaciones de interpretación. Se imputan a esta partida los sueldos, las cotizaciones a la seguridad social, los gastos de viaje y las dietas de estancia de los intérpretes empleados.

1 8 9 3   Operadores de conferencia interinos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

10 000

6 847,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones de operadores de conferencia interinos en caso de aumento de trabajo.

1 8 9 5   Otras prestaciones complementarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

167 000

155 000

83 380,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todas las prestaciones realizadas de forma ocasional por personas no vinculadas a la institución.

1 8 9 6   Prestaciones complementarias para el Servicio de Traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

622 000

693 000

502 725,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de los servicios de traductores independientes o interinos, o de trabajos de mecanografía y otros encomendados a servicios externos por el Servicio de Traducción. Se recurre sistemáticamente a los traductores independientes que figuran en las listas resultantes de las licitaciones interinstitucionales.

Se imputarán también a esta partida las prestaciones que, en su caso, se soliciten al Centro de Traducción de Luxemburgo.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Alquileres y rentas enfitéuticas

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

90 000

70 000

1 440 821,—

2 0 0 1

Rentas enfitéuticas y gastos análogos

 

 

 

Créditos no disociados

9 750 000

8 721 580

12 701 070,—

 

Total del artículo 2 0 0

9 840 000

8 791 580

14 141 891,—

2 0 1

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

133 200

122 892

122 600,—

2 0 2

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

766 200

391 902

425 787,—

2 0 3

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

2 820 000

2 690 100

1 648 848,—

2 0 4

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

470 000

426 000

2 021 967,—

2 0 5

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

2 195 073

2 525 520

1 864 650,—

2 0 6

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 0 8

Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de edificios

 

 

 

Créditos no disociados

12 000

6 000

32 816,—

2 0 9

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

30 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

16 236 473

14 983 994

20 258 559,—

CAPÍTULO 2 1

2 1 1

Material informático

 

 

 

Créditos no disociados

1 766 731

2 009 472

1 656 911,—

2 1 4

Trabajos de ingeniería y proyectos especiales encomendados a terceros

 

 

 

Créditos no disociados

723 633

602 438

546 683,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

2 490 364

2 611 910

2 203 594,—

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0

Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

366 200

37 800

158 689,—

2 2 0 1

Renovación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

125 860

36 540

357 650,—

2 2 0 2

Alquiler de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

287 772

400 460

926 669,—

2 2 0 3

Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

677 929

725 394

409 364,—

 

Total del artículo 2 2 0

1 457 761

1 200 194

1 852 372,—

2 2 1

Mobiliario

2 2 1 0

Dotación inicial de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

129 000

28 000

560 168,—

2 2 1 1

Renovación del mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

57 000

60 000

8,—

2 2 1 2

Alquiler de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 1 3

Mantenimiento, utilización y reparación del mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

3 600

3 600

719,—

 

Total del artículo 2 2 1

189 600

91 600

560 895,—

2 2 3

Material de transporte

2 2 3 0

Dotación inicial de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 1

Renovación del material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 2

Alquiler de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

78 300

80 800

36 933,—

2 2 3 3

Mantenimiento, explotación y reparación del material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

17 000

17 000

17 453,—

 

Total del artículo 2 2 3

95 300

97 800

54 386,—

2 2 5

Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0

Fondos de biblioteca y compras de libros

 

 

 

Créditos no disociados

112 100

63 600

75 000,—

2 2 5 1

Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

12 000

3 200,—

2 2 5 2

Suscripciones a diarios y revistas

 

 

 

Créditos no disociados

57 600

79 439

51 195,—

2 2 5 3

Suscripciones a agencias de prensa

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

40 000

8 530,—

2 2 5 4

Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

4 500

18 150

7 908,—

2 2 5 5

Suscripciones a bases de datos

 

 

 

Créditos no disociados

0,—

 

Total del artículo 2 2 5

189 200

213 189

145 833,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

1 931 861

1 602 783

2 613 486,—

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería y material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

360 964

417 312

388 658,—

2 3 2

Gastos financieros

2 3 2 0

Gastos bancarios

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

16 000,—

2 3 2 9

Otros gastos financieros

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 2 3 2

20 000

20 000

16 000,—

2 3 3

Gastos de contenciosos

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

8 648,—

2 3 4

Indemnización por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5

Otros gastos corrientes

2 3 5 0

Seguros diversos

 

 

 

Créditos no disociados

2 000

2 000

500,—

2 3 5 1

Uniformes y prendas de trabajo

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

30 000

24 431,—

2 3 5 2

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

150 000

140 000

71 919,—

2 3 5 3

Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

68 000

92 500

290 502,—

2 3 5 9

Otros gastos corrientes

 

 

 

Créditos no disociados

18 000

21 500

13 648,—

 

Total del artículo 2 3 5

268 000

286 000

401 000,—

2 3 9

Prestaciones entre instituciones — Servicio Común Interpretación-Conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

668 964

743 312

814 306,—

CAPÍTULO 2 4

2 4 0

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

335 000

424 500

266 320,—

2 4 1

Teléfono, telégrafo, télex y televisión

 

 

 

Créditos no disociados

561 822

481 830

370 506,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 4

896 822

906 330

636 826,—

CAPÍTULO 2 5

2 5 0

Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

 

 

 

Créditos no disociados

0,—

2 5 2

Gastos de organización de las reuniones de la Comisión consultiva de las transformaciones industriales

 

 

 

Créditos no disociados

395 079

390 000

241 634,—

2 5 5

Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

420 000

400 000

239 778,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 5

815 079

790 000

481 412,—

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

2 6 0 0

Gastos de consultas

 

 

 

Créditos no disociados

648 000

636 875

411 911,—

2 6 0 1

Estudios encargados al exterior

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

100 000

27 000,—

 

Total del artículo 2 6 0

748 000

736 875

438 911,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 6

748 000

736 875

438 911,—

CAPÍTULO 2 7

2 7 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

756 000

740 000

485 000,—

2 7 1

Publicaciones y promoción de las publicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

540 800

361 000

283 794,—

2 7 2

Gastos de información

2 7 2 0

Gastos de información

 

 

 

Créditos no disociados

226 000

287 256

99 066,—

2 7 2 5

Organización de coloquios, seminarios y actos culturales

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

 

 

 

Total del artículo 2 7 2

246 000

287 256

99 066,—

2 7 3

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

2 7 3 0

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 7 3 3

Gastos de organización de cursillos en los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

236 896

215 360

174 261,—

 

Total del artículo 2 7 3

236 896

215 360

174 261,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 7

1 779 696

1 603 616

1 042 121,—

CAPÍTULO 2 9

2 9 4

Becas de estudios

2 9 4 0

Becas de investigación y becas de estudios

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

15 000

12 000,—

 

Total del artículo 2 9 4

15 000

15 000

12 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 9

15 000

15 000

12 000,—

 

Total del título 2

25 582 259

23 993 820

28 501 215,—

CAPÍTULO 2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

GASTOS DE INFORMÁTICA

CAPÍTULO 2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO 2 4 —

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

CAPÍTULO 2 6 —

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

CAPÍTULO 2 7 —

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO 2 9 —

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

CAPÍTULO 2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de la Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 60.

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 0 0   Alquileres y rentas enfitéuticas

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

90 000

70 000

1 440 821,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los alquileres de inmuebles, así como el alquiler de salas para las reuniones celebradas en inmuebles distintos de los ocupados de manera permanente.

2 0 0 1   Rentas enfitéuticas y gastos análogos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 750 000

8 721 580

12 701 070,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las rentas enfitéuticas y otros gastos análogos soportados por la institución en virtud de contratos de alquiler-compra.

2 0 1   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

133 200

122 892

122 600,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los seguros (incendio, responsabilidad civil, robo y rotura de cristales).

2 0 2   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

766 200

391 902

425 787,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de agua, gas, electricidad y calefacción.

2 0 3   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 820 000

2 690 100

1 648 848,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y de limpieza, sobre la base de los contratos existentes, de los edificios e instalaciones técnicas, así como los gastos relacionados con la realización de obras y el material necesario para el mantenimiento general de los edificios (pintura, reparación, etc.).

2 0 4   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

470 000

426 000

2 021 967,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de trabajos de acondicionamiento de locales, como tabicado, alfombrado y pintura.

2 0 5   Seguridad y vigilancia de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 195 073

2 525 520

1 864 650,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los diversos gastos relacionados con la seguridad de los inmuebles, especialmente los gastos de vigilancia de los edificios.

2 0 6   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 0 8   Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de edificios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 000

6 000

32 816,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los estudios previos a la ocupación de un nuevo edificio.

2 0 9   Otros gastos derivados de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

30 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia técnica y jurídica para la aceptación y entrega de los nuevos inmuebles.

CAPÍTULO 2 1 —   GASTOS DE INFORMÁTICA

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 1 1   Material informático

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 766 731

2 009 472

1 656 911,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos siguientes:

compra, alquiler y mantenimiento de ordenadores,

compra, alquiler y mantenimiento de material informático y programas, otros suministros y documentación.

2 1 4   Trabajos de ingeniería y proyectos especiales encomendados a terceros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

723 633

602 438

546 683,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al personal externo y a los trabajos encargados al exterior, según los contratos vigentes.

CAPÍTULO 2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 2 0   Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0   Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

366 200

37 800

158 689,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de equipos técnicos.

2 2 0 1   Renovación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

125 860

36 540

357 650,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de renovación de los equipos técnicos.

2 2 0 2   Alquiler de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

287 772

400 460

926 669,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler de material e instalaciones técnicas.

2 2 0 3   Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

677 929

725 394

409 364,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y de reparación del material incluido en las partidas 2 2 0 0 a 2 2 0 2.

2 2 1   Mobiliario

2 2 1 0   Dotación inicial de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

129 000

28 000

560 168,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de mobiliario y de mobiliario especializado.

2 2 1 1   Renovación del mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

57 000

60 000

8,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la renovación de una parte del mobiliario amortizado y del mobiliario no reparable.

2 2 1 2   Alquiler de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 2 1 3   Mantenimiento, utilización y reparación del mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 600

3 600

719,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de pintura, mantenimiento y reparación del mobiliario.

2 2 3   Material de transporte

2 2 3 0   Dotación inicial de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 1   Renovación del material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a la renovación de los automóviles de servicio.

2 2 3 2   Alquiler de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

78 300

80 800

36 933,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el alquiler de taxis y de automóviles, en particular fuera de la sede de la secretaría y en caso de que sea imposible disponer de un medio de transporte del Comité Económico y Social Europeo.

2 2 3 3   Mantenimiento, explotación y reparación del material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

17 000

17 000

17 453,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de seguro y de mantenimiento de los automóviles de servicio.

2 2 5   Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0   Fondos de biblioteca y compras de libros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

112 100

63 600

75 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las compras corrientes de libros y diccionarios destinados a las diferentes secciones lingüísticas y a la biblioteca de los miembros del Comité Económico y Social Europeo.

2 2 5 1   Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

12 000

3 200,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de materiales especiales para la biblioteca.

2 2 5 2   Suscripciones a diarios y revistas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

57 600

79 439

51 195,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las suscripciones a la prensa diaria, periódica y otras publicaciones, así como a los derechos de autor de obras protegidas.

2 2 5 3   Suscripciones a agencias de prensa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

40 000

8 530,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de abono a las agencias de prensa.

2 2 5 4   Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 500

18 150

7 908,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de encuadernación del Diario Oficial de la Unión Europea y de diversos folletos.

2 2 5 5   Suscripciones a bases de datos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a cubrir los gastos de suscripción a bases de datos externas a través del sistema informático.

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 3 0   Papelería y material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

360 964

417 312

388 658,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de papel, sobres, material de oficina y productos para los talleres de impresión y de reproducción, así como determinados trabajos de imprenta realizados por terceros.

2 3 2   Gastos financieros

2 3 2 0   Gastos bancarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

16 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las comisiones y gastos diversos.

2 3 2 9   Otros gastos financieros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 3   Gastos de contenciosos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

8 648,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de naturaleza jurídica.

2 3 4   Indemnización por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5   Otros gastos corrientes

2 3 5 0   Seguros diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 000

2 000

500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir seguros diversos (responsabilidad civil, robo).

2 3 5 1   Uniformes y prendas de trabajo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

30 000

24 431,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra, mantenimiento y limpieza de los uniformes de los ujieres y conductores y de otras prendas de trabajo.

2 3 5 2   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

150 000

140 000

71 919,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de refrescos, ocasionalmente de colaciones, servidos en las reuniones internas.

2 3 5 3   Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

68 000

92 500

290 502,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de mudanzas y de mantenimiento, así como los gastos ocasionados a través de las compañías de mudanzas o recurriendo a la prestación de servicios de puesta a disposición de personal temporal de mantenimiento.

2 3 5 9   Otros gastos corrientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

18 000

21 500

13 648,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos de funcionamiento no previstos en las líneas presupuestarias precedentes.

2 3 9   Prestaciones entre instituciones — Servicio Común Interpretación-Conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a cubrir las prestaciones solicitadas al Servicio Común Interpretación-Conferencias.

CAPÍTULO 2 4 —   FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 4 0   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

335 000

424 500

266 320,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo y de porte de la correspondencia normal, así como los gastos de envío de paquetes postales u otros efectuados por vía aérea, marítima o ferroviaria.

2 4 1   Teléfono, telégrafo, télex y televisión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

561 822

481 830

370 506,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de abono y los gastos de comunicación telefónica, de télex y de fax, así como la cofinanciación de los medios puestos a disposición por los miembros para recibir electrónicamente los documentos del Comité.

CAPÍTULO 2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

2 5 0   Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a cubrir los pagos a los expertos del Comité Económico y Social Europeo de conformidad con la normativa actualmente en vigor relativa a la compensación de los gastos de transporte y a las dietas de viaje y reunión.

2 5 2   Gastos de organización de las reuniones de la Comisión consultiva de las transformaciones industriales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

395 079

390 000

241 634,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento de la Comisión consultiva de las transformaciones industriales, excepción hecha de las dietas y gastos de viaje de los miembros del Comité Económico y Social Europeo.

2 5 5   Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

420 000

400 000

239 778,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos, incluidos los de representación, relativos a la participación del Comité Económico y Social Europeo en congresos, conferencias, coloquios o simposios, etc., por una parte, y a la organización por el Comité Económico y Social Europeo de audiencias, conferencias o reuniones de carácter general o específico, por otra.

Cubre asimismo todos los gastos en que se incurra con ocasión de la organización de reuniones o de encuentros entre el Comité Económico y Social Europeo y sus homólogos (incluidos los medios socioeconómicos), tanto de la Unión Europea como de terceros países, y, en particular, los países de Europa Central y Oriental, las relaciones euromediterráneas, la cooperación con los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, las relaciones con la Asociación Europea de Libre Comercio (cooperación en el marco del Espacio Económico Europeo) y las relaciones con el Mercosur y los países de América Latina.

Por último, este crédito cubre los gastos derivados de las visitas al Comité Económico y Social Europeo de delegaciones socioprofesionales de terceros países, así como los gastos en que se incurra con ocasión de la reunión anual de los antiguos miembros del Comité.

CAPÍTULO 2 6 —   GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

2 6 0 0   Gastos de consultas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

648 000

636 875

411 911,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los pagos a los expertos del Comité Económico y Social Europeo efectuados en aplicación de la actual reglamentación sobre compensación de gastos de transporte e indemnizaciones de viaje y reunión.

2 6 0 1   Estudios encargados al exterior

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

100 000

27 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los pagos a los expertos del Comité Económico y Social Europeo efectuados en aplicación de la actual reglamentación sobre compensación de gastos de transporte e indemnizaciones de viaje y reunión.

CAPÍTULO 2 7 —   GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 7 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

756 000

740 000

485 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de impresión de las publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea.

2 7 1   Publicaciones y promoción de las publicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

540 800

361 000

283 794,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicación del Comité Económico y Social Europeo en todo tipo de medios de comunicación con objeto de promover las publicaciones y la información en general.

2 7 2   Gastos de información

2 7 2 0   Gastos de información

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

226 000

287 256

99 066,—

Comentarios

Antes artículo 2 7 2

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de información de la prensa sobre los objetivos y las actividades del Comité Económico y Social Europeo, así como los gastos correspondientes a acciones de información al público y a las organizaciones socioprofesionales.

2 7 2 5   Organización de coloquios, seminarios y actos culturales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

 

 

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir, por una parte, los gastos y subvenciones derivados de la organización de coloquios y seminarios nacionales o multinacionales destinados a multiplicadores de opinión originarios de los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión, y por otra parte los gastos de organización de coloquios y simposios y la financiación de iniciativas culturales de interés europeo desarrolladas por el Comité Económico y Social Europeo, entre ellas el «Premio de la sociedad civil».

2 7 3   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

2 7 3 0   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 7 3 3   Gastos de organización de cursillos en los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

236 896

215 360

174 261,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los períodos de prácticas en administración accesibles a jóvenes universitarios.

CAPÍTULO 2 9 —   SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

2 9 4   Becas de estudios

2 9 4 0   Becas de investigación y becas de estudios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

15 000

12 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la realización limitada de proyectos de investigación en los campos de actividad del Comité Económico y Social Europeo que revisten un interés especial para la integración europea.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

107 984 805

102 836 216

90 955 256,—

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 2 —

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 10 2 —   RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

SECCIÓN VII

COMITÉ DE LAS REGIONES

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Comité de las Regiones para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

63 362 670

Ingresos propios

–5 151 157

Contribución que ha de percibirse

58 211 513

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

2 401 342

2 193 373

1 619 210,26

4 0 1

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

p.m.

p.m.

1 622 084,56

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

0,—

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

244 280

112 571

122 190,48

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

2 645 622

2 305 944

3 363 485,30

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

2 405 535

1 963 277

0,—

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

0,—

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

2 405 535

1 963 277

0,—

 

Total del título 4

5 051 157

4 269 221

3 363 485,30

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

2 401 342

2 193 373

1 619 210,26

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 1   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

1 622 084,56

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

244 280

112 571

122 190,48

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

2 405 535

1 963 277

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 11, apartado 2, su artículo 17 y el artículo 48 de su anexo VII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 40, apartado 3, y su artículo 83, apartado 2.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 43.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1

Producto del arrendamiento de bienes inmuebles y gastos de arrendamiento

5 1 1 0

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución

100 000

240 000

73 504,45

5 2 2

Intereses generados por prefinanciaciones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

100 000

240 000

73 504,45

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 8 1

Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 5

100 000

240 000

73 504,45

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

5 0 0   Producto de la venta de bienes muebles

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de material de transporte perteneciente a la institución.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de otros bienes muebles que no sean de transporte pertenecientes a la institución.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra j) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en formato electrónico.

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0   Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1   Producto del arrendamiento de bienes inmuebles y gastos de arrendamiento

5 1 1 0   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

100 000

240 000

73 504,45

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos procedentes de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución.

5 2 2   Intereses generados por prefinanciaciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos procedentes de los intereses generados por prefinanciaciones.

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra g) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra f) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra c) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra i) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 8 1   Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra h) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo el reembolso por parte de los seguros de las remuneraciones de los funcionarios en caso de accidentes.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los demás ingresos procedentes de la gestión administrativa.

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

5 151 157

4 509 221

3 436 989,75

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos diversos.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

5 681 500

6 186 500

4 068 633,26

1 1

PERSONAL EN ACTIVO

33 305 915

30 535 679

22 784 828,40

1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

p.m.

p.m.

0,—

1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

330 000

440 000

285 334,66

1 4

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

21 000

20 000

13 820,—

1 5

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

99 000

164 000

64 490,50

1 6

SERVICIO SOCIAL

20 000

p.m.

0,—

1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

130 000

191 000

107 778,72

1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

5 061 500

5 614 227

3 569 484,31

 

Total del título 1

44 648 915

43 151 406

30 894 369,85

2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

10 782 982

10 115 895

12 492 822,47

2 1

GASTOS DE INFORMÁTICA

1 627 389

1 534 392

1 348 421,38

2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

1 458 964

1 159 645

1 798 750,61

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

463 236

466 804

665 925,56

2 4

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

522 684

576 400

328 590,80

2 5

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

670 000

310 000

378 425,91

2 6

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

859 000

660 000

467 182,81

2 7

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 306 500

1 756 460

1 264 694,94

2 9

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

23 000

18 000

15 200,—

 

Total del título 2

18 713 755

16 597 596

18 760 014,48

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

 

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

p.m.

10 2

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL GENERAL

63 362 670

59 749 002

49 654 384,33

TÍTULO 1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 3

Indemnizaciones de representación

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 4

Gastos de viaje y de estancia para reuniones y convocatorias

 

 

 

Créditos no disociados

5 500 000

5 962 500

3 944 535,92

1 0 0 5

Gastos especiales de viaje en el ejercicio del mandato

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 6

Indemnizaciones destinadas a cubrir los gastos resultantes de las actividades de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

155 000

75 854,18

 

Total del artículo 1 0 0

5 600 000

6 117 500

4 020 390,10

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y de otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

19 000

19 000

6 993,06

1 0 6

Cursos para los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

62 500

50 000

41 250,10

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

5 681 500

6 186 500

4 068 633,26

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

24 674 695

21 635 696

16 638 086,31

1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

1 787 078

1 571 894

1 211 426,20

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

3 021 632

2 650 385

2 048 306,65

1 1 0 3

Indemnización de secretaría

 

 

 

Créditos no disociados

124 000

133 915

128 646,—

 

Total del artículo 1 1 0

29 607 405

25 991 890

20 026 465,16

1 1 1

Otros agentes

1 1 1 0

Agentes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

111 000

540 059,45

1 1 1 1

Intérpretes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 2

Agentes locales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 3

Consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

27 500

34 489,14

1 1 1 4

Traductores auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

39 000

212 921,28

1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

996 000

974 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 1

1 046 000

1 151 500

787 469,87

1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

859 904

751 161

582 912,71

1 1 3 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

 

 

 

Créditos no disociados

220 037

192 249

149 158,94

1 1 3 2

Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

73 992

38 020

50 158,17

1 1 3 3

Constitución o mantenimiento de derechos a pensión para los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 1 3

1 153 933

981 430

782 229,82

1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0

Asignación de natalidad y de defunción

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

793,26

1 1 4 1

Gastos de viajes anuales del lugar de destino al lugar de origen

 

 

 

Créditos no disociados

427 039

528 585

285 693,14

1 1 4 3

Indemnizaciones a tanto alzado de funciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4

Dietas de desplazamiento

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 5

Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

107,94

1 1 4 9

Otras indemnizaciones y reembolsos

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

18 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 4

470 039

549 585

286 594,34

1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

82 000

110 000

66 156,27

1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las mismas y a los traslados

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

13 873

19 330

20 932,13

1 1 8 2

Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

 

 

 

Créditos no disociados

185 523

620 442

153 912,04

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

126 345

257 974

36 063,73

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

 

 

Créditos no disociados

171 408

350 047

470 038,45

 

Total del artículo 1 1 8

497 149

1 247 793

680 946,35

1 1 9

Crédito destinado a las adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

95 000

145 473

154 966,59

1 1 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

354 389

358 008

0,—

 

Total del artículo 1 1 9

449 389

503 481

154 966,59

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

33 305 915

30 535 679

22 784 828,40

CAPÍTULO 1 2

1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 1 5

Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 1

p.m.

p.m.

0,—

1 2 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9

Adaptación de indemnizaciones diversas

1 2 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

330 000

440 000

285 334,66

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

330 000

440 000

285 334,66

CAPÍTULO 1 4

1 4 1

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

21 000

20 000

13 820,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

21 000

20 000

13 820,—

CAPÍTULO 1 5

1 5 0

Gastos de viaje y de estancia de los expertos nacionales adscritos a los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 5 2

Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0

Funcionarios nacionales e internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

99 000

164 000

64 490,50

1 5 2 1

Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a los servicios nacionales e internacionales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 5 2

99 000

164 000

64 490,50

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 5

99 000

164 000

64 490,50

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 6 4

Ayuda complementaria a las personas minusválidas

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

20 000

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0

Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

121 000

182 000

103 838,07

1 7 0 1

Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

9 000

9 000

3 940,65

 

Total del artículo 1 7 0

130 000

191 000

107 778,72

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 7

130 000

191 000

107 778,72

CAPÍTULO 1 8

1 8 2

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

 

 

 

Créditos no disociados

225 000

184 227

113 902,39

 

Total del artículo 1 8 2

225 000

184 227

113 902,39

1 8 3

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

60 000

10 000,—

 

Total del artículo 1 8 3

40 000

60 000

10 000,—

1 8 4

Restaurantes y cantinas

1 8 4 0

Gastos de funcionamiento de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 8 4 1

Gastos de transformación y renovación de las instalaciones de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 4

p.m.

p.m.

0,—

1 8 6

Relaciones sociales entre los miembros del personal

1 8 6 0

Relaciones sociales entre los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

23 000

22 000

16 731,—

1 8 6 3

Centro para niños en edad preescolar y otras guarderías

 

 

 

Créditos no disociados

200 000

350 000

112 813,—

 

Total del artículo 1 8 6

223 000

372 000

129 544,—

1 8 7

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

6 000

5 000

2 856,29

1 8 8

Gastos diversos de reclutamiento

1 8 8 0

Gastos diversos de reclutamiento

 

 

 

Créditos no disociados

125 000

150 000

116 977,50

 

Total del artículo 1 8 8

125 000

150 000

116 977,50

1 8 9

Prestaciones complementarias

1 8 9 1

Prestaciones de interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

3 808 000

4 128 000

2 705 148,71

1 8 9 3

Operadores de conferencia interinos

 

 

 

Créditos no disociados

16 500

15 000

13 650,—

1 8 9 5

Otras prestaciones complementarias

 

 

 

Créditos no disociados

200 000

200 000

110 000,—

1 8 9 6

Prestaciones para el servicio de traducción

 

 

 

Créditos no disociados

418 000

500 000

367 405,42

 

Total del artículo 1 8 9

4 442 500

4 843 000

3 196 204,13

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 8

5 061 500

5 614 227

3 569 484,31

 

Total del título 1

44 648 915

43 151 406

30 894 369,85

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO 1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

CAPÍTULO 1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO 1 4 —

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

CAPÍTULO 1 5 —

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

CAPÍTULO 1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO 1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 3   Indemnizaciones de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones asignadas al Presidente y a los Vicepresidentes del Comité de las Regiones.

1 0 0 4   Gastos de viaje y de estancia para reuniones y convocatorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 500 000

5 962 500

3 944 535,92

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de los gastos de viaje y de estancia de los miembros y los suplentes del Comité de las Regiones con ocasión de los plenos y de otras reuniones.

Se desglosa como sigue:

— plenos

2 471 000

— reuniones extraordinarias de las mesas

60 000

— grupos políticos

280 000

— comisiones

1 722 000

— grupos de trabajo y ad hoc

131 000

— CAFA

39 000

— seminarios y otras actividades

589 000

— otros

208 000

Total

5 500 000

1 0 0 5   Gastos especiales de viaje en el ejercicio del mandato

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 6   Indemnizaciones destinadas a cubrir los gastos resultantes de las actividades de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

155 000

75 854,18

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos siguientes:

por una parte, los gastos de gestión de oficina, gastos de teléfono y de franqueo,

por otra parte, los gastos soportados por los miembros de la institución para poner un fax o un ordenador personal a disposición del Comité de las Regiones destinados a la transmisión de documentos.

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y de otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

19 000

19 000

6 993,06

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, en particular, las primas de seguro contra los riesgos de enfermedad y accidente de los miembros del Comité de las Regiones.

1 0 6   Cursos para los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

62 500

50 000

41 250,10

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir una parte de los gastos de inscripción de los cursos de idiomas y otros seminarios de perfeccionamiento profesional para los miembros del Comité de las Regiones.

CAPÍTULO 1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

Comentarios

El cálculo para la determinación de los créditos de este artículo se ha establecido sobre la base de las disposiciones del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y del régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

24 674 695

21 635 696

16 638 086,31

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 66.

Este crédito se ha calculado sobre la base del cuadro de efectivos autorizados para el ejercicio.

1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 787 078

1 571 894

1 211 426,20

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62, 67 y 68 bis, así como la sección I de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad.

1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 021 632

2 650 385

2 048 306,65

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 69, así como el artículo 4 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización debida a los funcionarios que cumplen las condiciones previstas en el artículo anteriormente citado.

1 1 0 3   Indemnización de secretaría

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

124 000

133 915

128 646,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 18 de su anexo XIII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización concedida a los funcionarios de la categoría C* titulares de los puestos de estenomecanógrafos y de mecanógrafos.

1 1 1   Otros agentes

1 1 1 0   Agentes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

111 000

540 059,45

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la contribución patronal al régimen de seguridad social de los agentes auxiliares. Dichos agentes se contratan para hacer frente a la sobrecarga de trabajo o para sustituir a los funcionarios que no se encuentran en condiciones de ejercer normalmente sus funciones.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 1 1 1   Intérpretes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la contribución patronal al régimen de seguridad social de los intérpretes auxiliares.

1 1 1 2   Agentes locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración (horas suplementarias incluidas) y la contribución patronal al régimen de seguridad social de los agentes locales.

1 1 1 3   Consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

27 500

34 489,14

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 5 y su título VI.

Este crédito se destina a cubrir los honorarios y los gastos de los consejeros especiales, incluidos los honorarios del consejero médico.

1 1 1 4   Traductores auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

39 000

212 921,28

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración y la contribución patronal al régimen de seguridad social de los traductores auxiliares.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

996 000

974 000

0,—

Comentarios

Nueva partida

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 3 bis y 3 ter y su título IV.

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al recurso eventual a agentes contractuales.

1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

859 904

751 161

582 912,71

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de la contribución de la institución al régimen común del seguro de enfermedad.

1 1 3 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

220 037

192 249

149 158,94

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la contribución de la institución al seguro contra los riesgos de accidente y de enfermedad profesional del personal.

1 1 3 2   Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

73 992

38 020

50 158,17

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 28 bis.

Este crédito se destina a cubrir el riesgo de desempleo de los agentes temporales.

1 1 3 3   Constitución o mantenimiento de derechos a pensión para los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 42.

Este crédito se destina a cubrir los importes que deba abonar la institución en favor de agentes temporales para constituir o mantener sus derechos a pensión en sus países de origen.

1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0   Asignación de natalidad y de defunción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

793,26

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 74 y 75.

Este crédito se destina a cubrir el pago de las asignaciones previstas en los artículos citados.

1 1 4 1   Gastos de viajes anuales del lugar de destino al lugar de origen

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

427 039

528 585

285 693,14

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 8 de su anexo VII.

Los funcionarios tienen derecho, para sí mismos y para su familia, al reembolso de los gastos de viaje del lugar de destino a su lugar de origen.

1 1 4 3   Indemnizaciones a tanto alzado de funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4   Dietas de desplazamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 15 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir las asignaciones globales de desplazamiento asignadas en virtud del artículo citado.

1 1 4 5   Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

107,94

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la indemnización especial concedida a los funcionarios que tengan la condición de contable, de contable subordinado o de administrador de anticipos.

1 1 4 9   Otras indemnizaciones y reembolsos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

18 000

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 34, 42 bis y 42 ter.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 47.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización por despido de un funcionario en prácticas y la indemnización por rescisión de contrato de un agente temporal, auxiliar o contratado, por la institución.

Se destina también a cubrir la asignación por licencia parental o familiar.

1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

82 000

110 000

66 156,27

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su título IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones a tanto alzado y las retribuciones por hora correspondientes a las horas extraordinarias de los funcionarios, agentes temporales, agentes auxiliares de las categorías C y D y agentes contratados que no hayan podido ser objeto de compensación mediante tiempo libre conforme a las modalidades previstas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las mismas y a los traslados

1 1 8 1   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 873

19 330

20 932,13

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71, así como el artículo 7 de su anexo VII.

1 1 8 2   Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

185 523

620 442

153 912,04

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 5 y 6 de su anexo VII.

1 1 8 3   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

126 345

257 974

36 063,73

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71, así como el artículo 9 de su anexo VII.

1 1 8 4   Indemnizaciones diarias temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

171 408

350 047

470 038,45

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71, así como el artículo 10 de su anexo VII.

1 1 9   Crédito destinado a las adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

95 000

145 473

154 966,59

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65, así como su anexo XI.

1 1 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

354 389

358 008

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65 y su anexo XI.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50, así como su anexo IV.

1 2 1 5   Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre de 1985, por el que se establecen medidas específicas relativas al cese definitivo en sus funciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de España y Portugal (DO L 335 de 13.12.1985, p. 56), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 del Consejo, de 12 de noviembre de 1998, que modifica el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 por el que se establece el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, el régimen aplicable a otros agentes de estas Comunidades, así como los demás reglamentos aplicables a dichos funcionarios y agentes en lo relativo a la fijación de las retribuciones, pensiones y demás derechos pecuniarios en euros (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

1 2 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Este crédito se destina a cubrir la contribución patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los pensionistas y beneficiarios de indemnizaciones en casos de excedencia forzosa, cese definitivo de las funciones o despido.

1 2 9   Adaptación de indemnizaciones diversas

1 2 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65.

1 2 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las indemnizaciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

1 3 0   Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

330 000

440 000

285 334,66

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte y el pago de las dietas por misión y de los gastos accesorios o excepcionales realizados para la ejecución de una misión.

Se desglosa como sigue:

— Presidencia

30 000

— gabinete del Secretario General

25 000

— división de Secretaría y Prensa

40 000

— dirección de la administración

15 000

— grupos políticos

76 000

— trabajos consultivos y relaciones interinstitucionales

70 000

— servicios conjuntos

50 000

— reserva

24 000

Total

330 000

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 1 4 —   INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

1 4 1   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

21 000

20 000

13 820,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a los reconocimientos médicos anuales y a la medicina laboral, así como los gastos de funcionamiento de la unidad médica desplazada.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 1 5 —   INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

1 5 0   Gastos de viaje y de estancia de los expertos nacionales adscritos a los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 5 2   Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0   Funcionarios nacionales e internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

99 000

164 000

64 490,50

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la participación, en su caso, en los gastos realizados por funcionarios de las administraciones nacionales y agentes del sector privado llamados a participar en los intercambios.

1 5 2 1   Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a los servicios nacionales e internacionales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 38.

Este crédito se destina a cubrir el reembolso de las cargas suplementarias que el intercambio implique para los funcionarios de la Comunidad.

CAPÍTULO 1 6 —   SERVICIO SOCIAL

1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

1 6 4   Ayuda complementaria a las personas minusválidas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política en su favor, a las personas minusválidas siguientes:

funcionarios y agentes temporales en actividad,

cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

todos los hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre, hasta el límite máximo del presupuesto y una vez agotados los derechos nacionales en el país de residencia o el país de origen, el reembolso de gastos no médicos reconocidos como necesarios que sean consecuencia de la minusvalía física y estén documentalmente probados.

CAPÍTULO 1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

1 7 0   Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0   Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

121 000

182 000

103 838,07

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las obligaciones que incumben a la institución en cuanto a la recepción y representación se refiere.

1 7 0 1   Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 000

9 000

3 940,65

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de recepción y de representación presentados por determinados funcionarios en interés de la institución.

CAPÍTULO 1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo son objeto de una cooperación interinstitucional que implica una consulta entre las instituciones, así como el fortalecimiento de los mecanismos de gestión en común con vistas a la racionalización de los gastos.

1 8 2   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

225 000

184 227

113 902,39

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24 bis.

Este crédito se destina a cubrir la organización de cursos de perfeccionamiento y de reciclaje sobre una base interinstitucional, incluidos los cursos de idiomas.

Cubre asimismo la compra de material didáctico y técnico destinado a la formación del personal.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 8 3   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

60 000

10 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la parte correspondiente al Comité de las Regiones de los gastos de las acciones decididas por el Comité Interinstitucional de la Traducción y la Interpretación (CITI) destinadas a fomentar la cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

1 8 4   Restaurantes y cantinas

1 8 4 0   Gastos de funcionamiento de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento de los restaurantes.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 8 4 1   Gastos de transformación y renovación de las instalaciones de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de la transformación y de la renovación del material instalado en los restaurantes y cafeterías.

1 8 6   Relaciones sociales entre los miembros del personal

1 8 6 0   Relaciones sociales entre los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

23 000

22 000

16 731,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y apoyar financieramente toda iniciativa que pueda promover las relaciones sociales entre los miembros del personal.

Cubre asimismo la contribución del Comité de las Regiones destinada a la promoción de actividades sociales, deportivas, pedagógicas y culturales del Centro Interinstitucional Europeo de Overijse.

1 8 6 3   Centro para niños en edad preescolar y otras guarderías

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

200 000

350 000

112 813,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la contribución del Comité de las Regiones a los gastos relativos al centro para niños en edad preescolar y otras guarderías.

1 8 7   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 000

5 000

2 856,29

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de los miembros del personal distintas de las imputadas a los demás artículos del presente capítulo (colonias de vacaciones, ayuda familiar, etc.).

1 8 8   Gastos diversos de reclutamiento

1 8 8 0   Gastos diversos de reclutamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

125 000

150 000

116 977,50

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicidad, de refrescos, de convocatoria de los candidatos y de alquiler de las salas y máquinas para la organización de los concursos generales sobre una base interinstitucional. En casos debidamente justificados por necesidades de funcionamiento y tras consultar a las demás instituciones, estos créditos pueden utilizarse en parte para la organización de concursos por la propia institución.

1 8 9   Prestaciones complementarias

1 8 9 1   Prestaciones de interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 808 000

4 128 000

2 705 148,71

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de las prestaciones de interpretación. Se imputan a esta partida los sueldos, las cotizaciones a la seguridad social y las dietas de viaje y de estancia de los intérpretes en activo.

1 8 9 3   Operadores de conferencia interinos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

16 500

15 000

13 650,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones de operadores de conferencia interinos en caso de aumento de trabajo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 8 9 5   Otras prestaciones complementarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

200 000

200 000

110 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todas las prestaciones realizadas por personas no vinculadas a la institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 8 9 6   Prestaciones para el servicio de traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

418 000

500 000

367 405,42

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de los servicios de traductores independientes o interinos, o de trabajos de mecanografía y otros encomendados a servicios externos por el servicio de traducción. El Comité de las Regiones recurrirá sistemáticamente a los traductores independientes que figuran en las listas resultantes de los concursos interinstitucionales.

Se imputarán también a esta partida las prestaciones que, en su caso, se soliciten al Centro de Traducción de Luxemburgo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Alquileres

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

52 000

80 000

929 996,—

2 0 0 1

Cánones enfitéuticos y gastos análogos

 

 

 

Créditos no disociados

6 500 000

5 907 619

7 730 073,35

 

Total del artículo 2 0 0

6 552 000

5 987 619

8 660 069,35

2 0 1

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

88 800

81 928

65 400,—

2 0 2

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

510 800

261 268

246 810,—

2 0 3

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

1 880 000

1 793 400

1 282 954,31

2 0 4

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

280 000

284 000

1 134 500,—

2 0 5

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 463 382

1 683 680

1 014 728,81

2 0 6

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 0 8

Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de edificios

 

 

 

Créditos no disociados

8 000

4 000

88 360,—

2 0 9

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

20 000

p.m.

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

10 782 982

10 115 895

12 492 822,47

CAPÍTULO 2 1

2 1 1

Equipos informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

1 083 222

1 180 579

1 023 511,38

2 1 4

Trabajos de ingeniería y proyectos especiales encomendados a terceros

 

 

 

Créditos no disociados

544 167

353 813

324 910,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

1 627 389

1 534 392

1 348 421,38

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0

Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

193 800

22 200

305 091,44

2 2 0 1

Renovación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

77 140

21 460

0,—

2 2 0 2

Alquiler de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

277 630

312 040

459 500,46

2 2 0 3

Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

417 440

426 025

302 080,49

2 2 0 4

Equipo ofimático

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del artículo 2 2 0

966 010

781 725

1 066 672,39

2 2 1

Mobiliario

2 2 1 0

Dotación inicial de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

86 000

18 000

512 680,19

2 2 1 1

Renovación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

38 000

40 000

179,51

2 2 1 2

Alquiler de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 1 3

Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

2 400

2 400

0,—

 

Total del artículo 2 2 1

126 400

60 400

512 859,70

2 2 3

Material de transporte

2 2 3 0

Dotación inicial de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 3 1

Renovación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 3 2

Alquiler de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

68 500

71 000

25 228,43

2 2 3 3

Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

13 000

16 000

21 235,55

 

Total del artículo 2 2 3

81 500

87 000

46 463,98

2 2 5

Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0

Fondos de biblioteca y compras de libros

 

 

 

Créditos no disociados

78 600

45 400

34 600,—

2 2 5 1

Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

8 000

1 041,12

2 2 5 2

Suscripciones a diarios y revistas

 

 

 

Créditos no disociados

71 700

71 120

32 069,42

2 2 5 3

Suscripciones a agencias de prensa

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 5 4

Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

6 000

0,—

2 2 5 5

Suscripciones a bases de datos

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del artículo 2 2 5

163 300

130 520

67 710,54

2 2 7

Gastos de los fondos de archivos

 

 

 

Créditos no disociados

121 754

100 000

105 044,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

1 458 964

1 159 645

1 798 750,61

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería y material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

221 236

245 088

218 347,18

2 3 2

Gastos financieros

2 3 2 0

Gastos bancarios

 

 

 

Créditos no disociados

31 000

31 416

28 500,—

2 3 2 9

Otros gastos financieros

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del artículo 2 3 2

31 000

31 416

28 500,—

2 3 3

Gastos de contenciosos

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

20 000,—

2 3 4

Indemnización por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 3 5

Otros gastos corrientes

2 3 5 0

Seguros diversos

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

 

2 3 5 1

Uniformes y prendas de trabajo

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

15 000

7 365,10

2 3 5 2

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

118 000

80 950

44 029,53

2 3 5 3

Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

46 000

62 350

339 521,80

2 3 5 9

Otros gastos corrientes

 

 

 

Créditos no disociados

12 000

12 000

8 161,95

 

Total del artículo 2 3 5

191 000

170 300

399 078,38

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

463 236

466 804

665 925,56

CAPÍTULO 2 4

2 4 0

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

300 534

355 400

212 656,76

2 4 1

Teléfono, telégrafo, télex y televisión

 

 

 

Créditos no disociados

222 150

221 000

115 934,04

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 4

522 684

576 400

328 590,80

CAPÍTULO 2 5

2 5 1

Gastos de reuniones de los representantes de los países candidatos

 

 

 

Créditos no disociados

370 000

70 000

294 533,47

2 5 5

Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

300 000

240 000

83 892,44

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 5

670 000

310 000

378 425,91

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

 

 

 

Créditos no disociados

859 000

660 000

467 182,81

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 6

859 000

660 000

467 182,81

CAPÍTULO 2 7

2 7 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

292 500

362 500

420 000,—

2 7 1

Publicaciones

2 7 1 0

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

561 000

551 000

333 132,35

2 7 1 9

Gastos de divulgación y de promoción de las publicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

400 000

347 500

224 017,96

 

Total del artículo 2 7 1

961 000

898 500

557 150,31

2 7 2

Gastos de información y participación en las manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

448 000

326 000

145 769,75

2 7 3

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

2 7 3 0

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 7 3 3

Gastos de organización de cursillos en el servicio de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

205 000

169 460

141 774,88

 

Total del artículo 2 7 3

205 000

169 460

141 774,88

2 7 4

Actividades políticas y de información de los miembros

 

 

 

Créditos no disociados

400 000

 

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 7

2 306 500

1 756 460

1 264 694,94

CAPÍTULO 2 9

2 9 4

Becas de estudios

2 9 4 0

Becas de investigación y becas de estudios

 

 

 

Créditos no disociados

23 000

18 000

15 200,—

 

Total del artículo 2 9 4

23 000

18 000

15 200,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 9

23 000

18 000

15 200,—

 

Total del título 2

18 713 755

16 597 596

18 760 014,48

CAPÍTULO 2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

GASTOS DE INFORMÁTICA

CAPÍTULO 2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO 2 4 —

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

CAPÍTULO 2 6 —

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

CAPÍTULO 2 7 —

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO 2 9 —

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

CAPÍTULO 2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 0 0   Alquileres

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

52 000

80 000

929 996,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler de los inmuebles, así como los gastos de alquiler relacionados con las reuniones que no se celebren en los inmuebles ocupados de forma permanente.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 4 300 000 euros.

2 0 0 1   Cánones enfitéuticos y gastos análogos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 500 000

5 907 619

7 730 073,35

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los cánones enfitéuticos y otros gastos análogos debidos por la institución en virtud de los contratos de arrendamiento con opción a compra.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 8 900 000 euros.

2 0 1   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

88 800

81 928

65 400,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los seguros (incendio, responsabilidad civil, robo, rotura de cristales).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 2   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

510 800

261 268

246 810,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de agua, gas, electricidad y calefacción.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 3   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 880 000

1 793 400

1 282 954,31

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y de limpieza, sobre la base de los contratos existentes, de los edificios e instalaciones técnicas, así como los gastos relacionados con la realización de obras y el material necesario para el mantenimiento general de los edificios (pintura, reparación, etc.).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 4   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

280 000

284 000

1 134 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de trabajos de acondicionamiento de locales, como tabicado, alfombrado y pintura.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 5   Seguridad y vigilancia de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 463 382

1 683 680

1 014 728,81

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los diversos gastos relacionados con la seguridad de los inmuebles, especialmente los gastos de vigilancia de los edificios.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 6   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 0 8   Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de edificios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 000

4 000

88 360,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los estudios previos a la ocupación de un nuevo edificio.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 9   Otros gastos derivados de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

20 000

p.m.

CAPÍTULO 2 1 —   GASTOS DE INFORMÁTICA

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas por cada una de ellas.

2 1 1   Equipos informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 083 222

1 180 579

1 023 511,38

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos siguientes:

compra, alquiler y mantenimiento de ordenadores,

compra, alquiler y mantenimiento de material informático y programas informáticos, suministro de otros materiales y documentación.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 1 4   Trabajos de ingeniería y proyectos especiales encomendados a terceros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

544 167

353 813

324 910,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al personal externo y a los trabajos encargados al exterior, según los contratos vigentes.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas por cada una de ellas.

2 2 0   Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0   Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

193 800

22 200

305 091,44

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de equipos técnicos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 0 1   Renovación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

77 140

21 460

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de renovación de los equipos técnicos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 2 000 euros.

2 2 0 2   Alquiler de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

277 630

312 040

459 500,46

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler de material y de instalaciones técnicas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 0 3   Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

417 440

426 025

302 080,49

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y reparación de los materiales recogidos en las partidas 2 2 0 0 a 2 2 0 2.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 0 4   Equipo ofimático

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, especialmente, los gastos de compra, alquiler, funcionamiento y mantenimiento relativos al sistema integrado de ofimática y telecomunicaciones, que incluye la red, los servidores centrales y sectoriales, los puestos de trabajo, las impresoras y demás periféricos y las licencias de los programas asociados.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 1   Mobiliario

2 2 1 0   Dotación inicial de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

86 000

18 000

512 680,19

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de mobiliario y de mobiliario especializado.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 1 1   Renovación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 000

40 000

179,51

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la renovación de una parte del mobiliario amortizado y del mobiliario no reparable.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 1 2   Alquiler de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 1 3   Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 400

2 400

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de pintura, mantenimiento y reparación del mobiliario.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 3   Material de transporte

2 2 3 0   Dotación inicial de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 3 1   Renovación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Este crédito se destina a la renovación de los automóviles de servicio.

2 2 3 2   Alquiler de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

68 500

71 000

25 228,43

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el alquiler de taxis y de automóviles, en particular fuera de la sede de la secretaría y en caso de que sea imposible disponer de un medio de transporte del Comité de las Regiones.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 3 3   Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 000

16 000

21 235,55

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de seguro y de mantenimiento de los automóviles de servicio.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5   Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0   Fondos de biblioteca y compras de libros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

78 600

45 400

34 600,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las compras corrientes de libros y diccionarios destinados a las diferentes secciones lingüísticas y a la biblioteca de los miembros del Comité de las Regiones.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5 1   Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

8 000

1 041,12

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de material especial para la biblioteca.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5 2   Suscripciones a diarios y revistas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

71 700

71 120

32 069,42

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la evaluación del impacto de las actividades del Comité de las Regiones y otros asuntos de interés en los medios de información, incluidas las suscripciones del Comité de las Regiones a las agencias de noticias de prensa, a la prensa diaria, periódica y otras publicaciones, así como los derechos de autor de obras protegidas. Este crédito incluye también los gastos vinculados a las subscripciones a publicaciones periódicas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5 3   Suscripciones a agencias de prensa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 5 4   Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

6 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de encuadernación del Diario Oficial de la Unión Europea y de diversos folletos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5 5   Suscripciones a bases de datos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a bases de datos externas a través del sistema informático.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 7   Gastos de los fondos de archivos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

121 754

100 000

105 044,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de las prestaciones externas de todas las operaciones de archivo, incluida la selección, clasificación y reclasificación en los depósitos, los gastos de las prestaciones archivísticas, la adquisición y gestión de fondos de archivos en soportes de sustitución (microfichas, discos, cintas magnetofónicas, etc.).

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas por cada una de ellas.

2 3 0   Papelería y material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

221 236

245 088

218 347,18

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de papel, sobres, material de oficina, productos para los talleres de imprenta y de reproducción así como determinados trabajos de impresión confiados al exterior.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 3 2   Gastos financieros

2 3 2 0   Gastos bancarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

31 000

31 416

28 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las comisiones y gastos diversos.

2 3 2 9   Otros gastos financieros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 3 3   Gastos de contenciosos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

20 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de naturaleza jurídica.

2 3 4   Indemnización por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 3 5   Otros gastos corrientes

2 3 5 0   Seguros diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los seguros diversos (responsabilidad civil, seguro contra robo).

2 3 5 1   Uniformes y prendas de trabajo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

15 000

7 365,10

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra, mantenimiento y limpieza de los uniformes de los ujieres y conductores y de otras prendas de trabajo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 3 5 2   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

118 000

80 950

44 029,53

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de bebidas, ocasionalmente de refrigerios, servidos en las reuniones internas.

2 3 5 3   Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

46 000

62 350

339 521,80

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de mudanzas y de mantenimiento, así como los gastos ocasionados a través de las compañías de mudanzas o recurriendo a la prestación de servicios de puesta a disposición de personal temporal de mantenimiento.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 3 5 9   Otros gastos corrientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 000

12 000

8 161,95

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos de funcionamiento no previstos en las líneas presupuestarias precedentes.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 2 4 —   FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas por cada una de ellas.

2 4 0   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

300 534

355 400

212 656,76

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo y de porte de la correspondencia normal, así como los gastos de envío de paquetes postales u otros efectuados por vía aérea, marítima o ferroviaria.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 4 1   Teléfono, telégrafo, télex y televisión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

222 150

221 000

115 934,04

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de abono y los gastos de comunicación telefónica, de télex y de fax.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

CAPÍTULO 2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

2 5 1   Gastos de reuniones de los representantes de los países candidatos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

370 000

70 000

294 533,47

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de los gastos de viaje y de estancia de los representantes regionales y locales de los países candidatos con ocasión de su participación en los trabajos del Comité de las Regiones.

2 5 5   Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

300 000

240 000

83 892,44

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, por una parte, los gastos, incluidos los de representación, relativos a la participación del Comité de las Regiones en conferencias, coloquios, simposios, etc., y, por otra parte, los gastos relativos a la organización por parte del Comité de audiencias, conferencias y reuniones de carácter general o específico.

CAPÍTULO 2 6 —   GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

859 000

660 000

467 182,81

Comentarios

Este crédito se destina, por una parte, a la realización de estudios encargados al exterior por contrato a expertos cualificados e institutos de investigación. Por otra parte, se destina también a cubrir los pagos a personalidades cualificadas en los ámbitos específicos relacionados con las actividades del Comité de las Regiones, en aplicación de la reglamentación relativa al reembolso de los gastos de transporte y las dietas de estancia de los expertos participantes en las actividades del Comité de las Regiones.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 2 7 —   GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 7 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

292 500

362 500

420 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de impresión de las publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 15 000 euros.

2 7 1   Publicaciones

2 7 1 0   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

561 000

551 000

333 132,35

Comentarios

Decisión 2000/459/CE, CECA, Euratom del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones, de 20 de julio de 2000, relativa a la organización y al funcionamiento de la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas (DO L 183 de 22.7.2000, p. 12).

Este crédito se destina a cubrir los gastos de impresión en las lenguas de la Comunidad de las diferentes publicaciones del Comité de las Regiones encomendadas a terceros, así como la gestión de las bases de datos y el empleo de cualquier otro soporte en materia de publicaciones e información.

2 7 1 9   Gastos de divulgación y de promoción de las publicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

400 000

347 500

224 017,96

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de difusión de las publicaciones, así como la producción y difusión de materiales publicitarios, la gestión de las bases de datos y el empleo de cualquier otro soporte en materia de publicaciones e información con fines de promoción y publicidad.

2 7 2   Gastos de información y participación en las manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

448 000

326 000

145 769,75

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos, incluidos los de representación, relativos a acciones de información al público sobre los objetivos y las actividades del Comité de las Regiones.

2 7 3   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

2 7 3 0   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 7 3 3   Gastos de organización de cursillos en el servicio de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

205 000

169 460

141 774,88

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los períodos de prácticas administrativas accesibles a jóvenes universitarios.

2 7 4   Actividades políticas y de información de los miembros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

400 000

 

 

Comentarios

Nuevo artículo

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las actividades políticas y de información de los miembros del Comité de las Regiones dentro de su mandato europeo.

CAPÍTULO 2 9 —   SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

2 9 4   Becas de estudios

2 9 4 0   Becas de investigación y becas de estudios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

23 000

18 000

15 200,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, por una parte, la realización limitada de proyectos de investigación en los campos de actividad del Comité de las Regiones que revisten un interés especial para la integración europea y, por otra, los gastos relativos a la organización de concursos de tesis y a los premios concedidos.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

 

 

CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

p.m.

 

CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL GENERAL

63 362 670

59 749 002

49 654 384,33

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 2 —

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

 

Comentarios

Los créditos consignados en este capítulo son de carácter meramente provisional y sólo podrán utilizarse una vez se hayan transferido a otros capítulos del presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento financiero.

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

CAPÍTULO 10 2 —   RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Los créditos de este capítulo se destinan a cubrir los gastos vinculados a la toma de posesión de edificios cedidos por el Parlamento. Podrán utilizarse después de que las transferencias a otros capítulos del presupuesto hayan sido aprobadas conforme a las disposiciones del Reglamento financiero.

SECCIÓN VIII

DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO Y SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Defensor de Pueblo Europeo y del Supervisor Europeo de Protección de Datos para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

SECCIÓN VIII A — DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

Gastos

7 682 538

Ingresos propios

– 823 600

Contribución que ha de percibirse

6 858 938

SECCIÓN VIII B — SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

Gastos

3 583 833

Ingresos propios

– 520 000

Contribución que ha de percibirse

3 063 833

SECCIÓN VIII A — DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO A-4

INGRESOS PROCEDENTES DE PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO A-4 0

A-4 0 0

Ingresos procedentes del impuesto aplicado a las retribuciones, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, los funcionarios, los otros agentes y los beneficiarios de una pensión

495 526

464 181

320 127,—

A-4 0 1

Contribución de los funcionarios y otros agentes al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

183 549,—

A-4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

26 083

25 255

15 503,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-4 0

521 609

489 436

519 179,—

CAPÍTULO A-4 1

A-4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

301 991

266 170

0,—

A-4 1 1

Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

0,—

A-4 1 2

Contribución de los funcionarios y otros agentes en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-4 1

301 991

266 170

0,—

 

Total del título A-4

823 600

755 606

519 179,—

CAPÍTULO A-4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

CAPÍTULO A-4 1 —

CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO A-4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

A-4 0 0   Ingresos procedentes del impuesto aplicado a las retribuciones, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, los funcionarios, los otros agentes y los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

495 526

464 181

320 127,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15), modificada por la Decisión 2002/262/CE, CECA, Euratom (DO L 92 de 9.4.2002, p. 13), y, en particular, su artículo 10, apartados 2 y 3.

A-4 0 1   Contribución de los funcionarios y otros agentes al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

183 549,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

A-4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

26 083

25 255

15 503,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis, y Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15), modificada por la Decisión 2002/262/CE, CECA, Euratom (DO L 92 de 9.4.2002, p. 13), y, en particular, su artículo 10, apartados 2 y 3.

CAPÍTULO A-4 1 —   CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

A-4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

301 991

266 170

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

A-4 1 1   Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

A-4 1 2   Contribución de los funcionarios y otros agentes en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 40, apartado 3, y el artículo 17 del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

TÍTULO A-6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO A-6 6

A-6 6 0

Otras contribuciones y restituciones

A-6 6 0 0

Otras contribuciones y restituciones asignadas –— Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo A-6 6 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-6 6

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título A-6

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO A-6 6 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

CAPÍTULO A-6 6 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

A-6 6 0   Otras contribuciones y restituciones

A-6 6 0 0   Otras contribuciones y restituciones asignadas –— Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a acoger, de conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos no previstos en las otras partes del título 6 y que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

TÍTULO A-9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO A-9 0

A-9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-9 0

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título A-9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

823 600

755 606

519 179,—

CAPÍTULO A-9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO A-9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

A-9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En este artículo se consignarán los ingresos diversos.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

A-1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

A-1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

501 270

744 476

525 710,—

A-1 2

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

4 834 268

4 297 390

2 884 432,—

A-1 4

OTROS AGENTES Y SERVICIOS EXTERNOS

417 000

370 000

192 147,—

A-1 6

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

56 000

56 000

13 486,—

 

Total del título A-1

5 808 538

5 467 866

3 615 775,—

A-2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

A-2 0

BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

385 000

330 000

264 968,—

A-2 1

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: ADQUISICIÓN, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

70 000

135 000

182 459,—

A-2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

630 000

613 688

620 668,—

 

Total del título A-2

1 085 000

1 078 688

1 068 095,—

A-3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE FUNCIONES GENERALES POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

A-3 0

REUNIONES Y CONFERENCIAS

235 000

210 000

116 023,—

A-3 2

ASESORAMIENTO E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

510 000

405 000

365 632,—

A-3 3

ESTUDIOS Y OTRAS SUBVENCIONES

40 000

60 000

0,—

A-3 4

GASTOS RELATIVOS A LAS FUNCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

4 000

3 000

2 645,—

 

Total del título A-3

789 000

678 000

484 300,—

A-10

OTROS GASTOS

A-10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

A-10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título A-10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

7 682 538

7 224 554

5 168 170,—

TÍTULO A-1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO A-1 0

A-1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

 

 

 

Créditos no disociados

341 148

342 444

328 878,—

A-1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

38 448

267 032

154 371,—

A-1 0 3

Pensiones

 

 

 

Créditos no disociados

66 674

p.m.

0,—

A-1 0 4

Gastos de misiones

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

50 000

39 463,—

A-1 0 5

Cursos de idiomas y de informática

 

 

 

Créditos no disociados

5 000

5 000

2 998,—

A-1 0 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las mismas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

80 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-1 0

501 270

744 476

525 710,—

CAPÍTULO A-1 2

A-1 2 0

Retribución y otros derechos

A-1 2 0 0

Sueldos y asignaciones

 

 

 

Créditos no disociados

4 627 947

4 091 034

2 816 767,—

A-1 2 0 2

Horas extraordinarias remuneradas

 

 

 

Créditos no disociados

5 000

5 000

1 636,—

A-1 2 0 4

Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

 

 

 

Créditos no disociados

201 321

201 356

66 029,—

 

Total del artículo A-1 2 0

4 834 268

4 297 390

2 884 432,—

A-1 2 2

Indemnizaciones después del cese en funciones anticipado

A-1 2 2 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

A-1 2 2 2

Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones y régimen de jubilación especial para los funcionarios y los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo A-1 2 2

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-1 2

4 834 268

4 297 390

2 884 432,—

CAPÍTULO A-1 4

A-1 4 0

Otros agentes y personal externo

A-1 4 0 0

Otros agentes

 

 

 

Créditos no disociados

250 000

245 000

114 118,—

A-1 4 0 4

Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

 

 

 

Créditos no disociados

167 000

125 000

78 029,—

 

Total del artículo A-1 4 0

417 000

370 000

192 147,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-1 4

417 000

370 000

192 147,—

CAPÍTULO A-1 6

A-1 6 1

Gastos relativos a la gestión del personal

A-1 6 1 0

Gastos de contratación de personal

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

2 294,—

A-1 6 1 2

Perfeccionamiento profesional

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

30 000

8 540,—

 

Total del artículo A-1 6 1

50 000

50 000

10 834,—

A-1 6 3

Intervenciones en favor del personal de la institución

A-1 6 3 0

Servicio social

 

 

 

Créditos no disociados

1 000

1 000

0,—

A-1 6 3 2

Relaciones sociales entre los miembros del personal y otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

5 000

5 000

2 652,—

 

Total del artículo A-1 6 3

6 000

6 000

2 652,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-1 6

56 000

56 000

13 486,—

 

Total del título A-1

5 808 538

5 467 866

3 615 775,—

CAPÍTULO A-1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO A-1 2 —

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

CAPÍTULO A-1 4 —

OTROS AGENTES Y SERVICIOS EXTERNOS

CAPÍTULO A-1 6 —

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO A-1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

A-1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

341 148

342 444

328 878,—

Comentarios

Antes artículos A-1 0 0, A-1 0 1 y A-1 0 9

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15), modificada en último lugar por la Decisión 2002/262/CE, CECA, Euratom (DO L 92 de 9.4.2002, p. 13).

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, sus artículos 4 bis, 11 y 14.

Este crédito se destina a cubrir la financiación de las remuneraciones, indemnizaciones y otras asignaciones relativas al sueldo del Defensor del Pueblo Europeo, concretamente las contribuciones de las instituciones al seguro contra los riesgos de enfermedad y contra los riesgos de accidente y de enfermedad profesional, las asignaciones por nacimiento, las indemnizaciones previstas en caso de fallecimiento del funcionario, los reconocimientos médicos anuales, etc.

Este crédito se destina asimismo a cubrir el pago de los coeficientes correctores, así como las incidencias de las posibles adaptaciones de las remuneraciones y de las pensiones que decida el Consejo durante el ejercicio.

A-1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 448

267 032

154 371,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 7.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización transitoria y las asignaciones familiares así como los coeficientes correctores de los países de residencia.

A-1 0 3   Pensiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

66 674

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, sus artículos 8, 9, 15 y 18.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de jubilación y el coeficiente corrector del país de residencia de los miembros, así como las pensiones de viudedad y orfandad y los coeficientes correctores del país de residencia.

A-1 0 4   Gastos de misiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

50 000

39 463,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje y el pago de las dietas de misión, así como los gastos accesorios o excepcionales en que se incurra con motivo de la ejecución de una misión.

El importe de los ingresos afectados según el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

A-1 0 5   Cursos de idiomas y de informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000

5 000

2 998,—

Comentarios

Antes artículo 1 0 6

Este crédito se destina a cubrir los gastos de participación en cursos de idiomas u otros seminarios de perfeccionamiento profesional.

A-1 0 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las mismas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

80 000

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje (incluidos los miembros de la familia) en los que se incurra con motivo de la entrada en funciones o del cese de las mismas, las indemnizaciones compensatorias de los gastos de instalación y de reinstalación con ocasión de la entrada en funciones o del cese de las mismas, y los gastos de mudanza con motivo de la entrada en funciones o del cese de las mismas.

CAPÍTULO A-1 2 —   FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

Comentarios

Antes capítulos 1 1 (en parte) y 1 2

A-1 2 0   Retribución y otros derechos

A-1 2 0 0   Sueldos y asignaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 627 947

4 091 034

2 816 767,—

Comentarios

Antes partidas A-1 1 0 0, A-1 1 0 1, A-1 1 0 2 y A-1 1 0 3, y antes artículos A-1 1 3, A-1 1 4 y A-1 1 9

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina principalmente a cubrir, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

los sueldos, indemnizaciones y complementos derivados de los sueldos,

el seguro contra los riesgos de enfermedad, accidente y enfermedad profesional y otros gastos sociales,

las indemnizaciones a tanto alzado por horas extraordinarias,

los demás complementos e indemnizaciones diversas,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o el agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen,

las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a la retribución y a la parte de los emolumentos transferidos a un país distinto del lugar de destino,

la cobertura de desempleo de los agentes temporales, así como los pagos que la institución deba satisfacer en favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen.

A-1 2 0 2   Horas extraordinarias remuneradas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000

5 000

1 636,—

Comentarios

Antes artículo A-1 1 5

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el pago de las horas extraordinarias en las condiciones previstas en las disposiciones antes mencionadas.

A-1 2 0 4   Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

201 321

201 356

66 029,—

Comentarios

Antes artículo A-1 1 8

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir:

los gastos de viaje de los funcionarios y agentes temporales (incluidos los miembros de su familia) con ocasión de su entrada en funciones, de su cese en el servicio o de su traslado que impliquen un cambio de lugar de destino,

las indemnizaciones de instalación y nueva instalación y los gastos de mudanza de los funcionarios y agentes temporales obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o por motivo de su destino a un nuevo lugar de servicio, así como por motivo del cese definitivo en sus funciones seguido de una nueva instalación en otra localidad,

las indemnizaciones diarias que se deban a los funcionarios y agentes temporales que justifiquen estar obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o al ser destinados a un nuevo lugar de servicio,

la indemnización de despido de los funcionarios en prácticas despedidos por ineptitud manifiesta,

la indemnización de rescisión del contrato de un agente temporal por parte de la institución.

A-1 2 2   Indemnizaciones después del cese en funciones anticipado

A-1 2 2 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-1 2 1

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deben abonarse a los funcionarios:

declarados en excedencia forzosa por una reducción del número de puestos de trabajo de su institución,

que ocupen puestos de trabajo de los grados A*16 o A*15 que sean cesados por interés del servicio.

Cubre asimismo la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a estas indemnizaciones.

A-1 2 2 2   Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones y régimen de jubilación especial para los funcionarios y los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-1 2 3

Reglamentos del Consejo por los que se establecen medidas específicas relativas al cese definitivo de funcionarios de las Comunidades Europeas tras la adhesión de nuevos Estados miembros.

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 72.

Este crédito se destina a cubrir:

las indemnizaciones que deban pagarse en aplicación del Estatuto o de los reglamentos mencionados,

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones,

la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las distintas indemnizaciones.

CAPÍTULO A-1 4 —   OTROS AGENTES Y SERVICIOS EXTERNOS

A-1 4 0   Otros agentes y personal externo

A-1 4 0 0   Otros agentes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

250 000

245 000

114 118,—

Comentarios

Antes partida A-1 1 1 5

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina fundamentalmente a cubrir los gastos siguientes:

la retribución de los otros agentes, incluidos los agentes auxiliares, contractuales y locales y los consejeros especiales (en el sentido del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas), las cuotas patronales a los diferentes regímenes de seguridad social, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las retribuciones de dichos agentes,

los honorarios del personal retribuido con arreglo a las disposiciones relativas a la prestación de servicios y, en casos especiales, al empleo de personal interino.

A-1 4 0 4   Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

167 000

125 000

78 029,—

Comentarios

Antes artículo A-1 5 0

Decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de 21 de julio de 2004, relativa a los períodos de prácticas y Decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de 15 de enero de 2004, relativa a los funcionarios internacionales, nacionales y regionales o locales destinados en comisión de servicios en la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo.

Este crédito se destina a cubrir:

una indemnización y los gastos de viaje y de misión para las personas en períodos de prácticas, así como los riesgos de accidente y de enfermedad durante dichos períodos,

los gastos ocasionados por los movimientos de personal entre el Defensor del Pueblo Europeo y el sector público de los Estados miembros o de otros países que se especifican en la reglamentación.

CAPÍTULO A-1 6 —   OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

A-1 6 1   Gastos relativos a la gestión del personal

A-1 6 1 0   Gastos de contratación de personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

2 294,—

Comentarios

Antes artículo A-1 8 8

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 27 a 31 y 33 de su anexo VII.

Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 53), y Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, del Secretario del Tribunal de Justicia, de los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones y del Representante del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 56).

Este crédito se destina a cubrir:

los gastos de organización de los concursos previstos en el artículo 3 de la Decisión de los Secretarios Generales, así como los gastos de viaje y estancia de los candidatos para asistir a las entrevistas de contratación y someterse a las visitas médicas,

los gastos de organización de procedimientos de selección de funcionarios y otros agentes.

En los casos debidamente motivados por necesidades funcionales, y previa consulta a la Oficina, podrá destinarse a cubrir los concursos organizados por la propia institución.

A-1 6 1 2   Perfeccionamiento profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

30 000

8 540,—

Comentarios

Antes artículo A-1 8 2

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24 bis.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir:

los cursos de formación y perfeccionamiento profesional, incluidos los cursos de idiomas, sobre una base interinstitucional. En casos debidamente justificados, algunos de estos créditos podrán destinarse a cubrir la organización de los cursos impartidos dentro de la institución,

los gastos relativos a la compra o elaboración de material pedagógico, así como a la realización de estudios específicos por parte de especialistas con vistas a la concepción y aplicación de programas de formación,

los cursos de formación profesional destinados a sensibilizar sobre las cuestiones relativas a las personas con discapacidad, y las acciones de formación en el marco de la igualdad de oportunidades y del asesoramiento profesional, en particular el establecimiento de los balances de competencias.

A-1 6 3   Intervenciones en favor del personal de la institución

A-1 6 3 0   Servicio social

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 000

1 000

0,—

Comentarios

Antes artículo A-1 6 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 9, apartado 3, párrafo tercero, y su artículo 76. Decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de 15 de enero de 2004, por la que se adoptan las normas relativas a la asistencia social de los funcionarios y otros agentes de la Oficina del Defensor de Pueblo Europeo.

Este crédito se destina a cubrir:

en el marco de una política interinstitucional en su favor, a las siguientes personas con discapacidad:

funcionarios y agentes temporales en activo,

cónyuges de los funcionarios y agentes temporales en activo,

los hijos a su cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas,

dentro de las posibilidades presupuestarias y, una vez agotados los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, el reembolso de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la discapacidad, reconocidos como necesarios, que estén debidamente justificados, y que no sean reembolsados por el Régimen común de seguro de enfermedad,

las intervenciones en favor de los funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

A-1 6 3 2   Relaciones sociales entre los miembros del personal y otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000

5 000

2 652,—

Comentarios

Antes artículo A-1 8 6

Este crédito se destina a estimular y apoyar financieramente toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre agentes de distintas nacionalidades, por ejemplo, subvenciones a los clubes y asociaciones y actividades culturales del personal, etc., así como a aportar una contribución al coste de las actividades organizadas por el Comité de personal (actividades culturales, de ocio, comidas, etc.).

Cubre asimismo la participación financiera en las actividades sociales interinstitucionales.

TÍTULO A-2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO A-2 0

A-2 0 0

Inmuebles

A-2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

385 000

330 000

264 968,—

 

Total del artículo A-2 0 0

385 000

330 000

264 968,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-2 0

385 000

330 000

264 968,—

CAPÍTULO A-2 1

A-2 1 0

Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

A-2 1 0 0

Compra, trabajos y mantenimiento de los equipos y los soportes lógicos, y trabajos conexos

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

55 000

89 800,—

A-2 1 0 1

Compra, trabajos y mantenimiento del material de telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

5 000

5 000

0,—

 

Total del artículo A-2 1 0

30 000

60 000

89 800,—

A-2 1 2

Mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

45 000

81 937,—

A-2 1 6

Material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

30 000

10 722,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-2 1

70 000

135 000

182 459,—

CAPÍTULO A-2 3

A-2 3 0

Gastos administrativos

A-2 3 0 0

Papelería, material de oficina y diversos materiales fungibles

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

80 000

61 848,—

A-2 3 0 1

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

p.m.

0,—

A-2 3 0 2

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

p.m.

0,—

A-2 3 0 3

Cargas financieras

 

 

 

Créditos no disociados

2 500

p.m.

0,—

A-2 3 0 4

Otros gastos

 

 

 

Créditos no disociados

7 500

p.m.

0,—

 

Total del artículo A-2 3 0

85 000

80 000

61 848,—

A-2 3 1

Traducción e interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

450 000

403 688

456 820,—

A-2 3 2

Apoyo a actividades

 

 

 

Créditos no disociados

95 000

130 000

102 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-2 3

630 000

613 688

620 668,—

 

Total del título A-2

1 085 000

1 078 688

1 068 095,—

CAPÍTULO A-2 0 —

BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO A-2 1 —

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: ADQUISICIÓN, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

CAPÍTULO A-2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO A-2 0 —   BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

A-2 0 0   Inmuebles

A-2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

385 000

330 000

264 968,—

Comentarios

Acuerdo administrativo entre el Defensor del Pueblo y el Parlamento Europeo.

Este crédito se destina a cubrir el pago de una suma a tanto alzado al Parlamento Europeo por las oficinas que facilita al Defensor del Pueblo en sus locales de Estrasburgo y Bruselas. Cubre los gastos de alquiler, seguros, agua, electricidad, calefacción, limpieza y mantenimiento, seguridad y vigilancia y otros gastos inmobiliarios, incluyendo la modificación, reparación o renovación de las oficinas en cuestión.

CAPÍTULO A-2 1 —   INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: ADQUISICIÓN, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

Comentarios

En relación con las adquisiciones públicas, la institución consultará a las otras instituciones sobre los términos contractuales que haya pactado cada una de ellas.

A-2 1 0   Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

A-2 1 0 0   Compra, trabajos y mantenimiento de los equipos y los soportes lógicos, y trabajos conexos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

55 000

89 800,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de:

la compra, alquiler, mantenimiento y conservación de equipos y el desarrollo de soportes lógicos,

la asistencia técnica en relación con el funcionamiento y el mantenimiento de equipos informáticos,

los trabajos de informática confiados a terceros y otros gastos relativos a servicios informáticos.

El importe de los ingresos afectados según el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

A-2 1 0 1   Compra, trabajos y mantenimiento del material de telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000

5 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la compra, el alquiler, el mantenimiento y la conservación de material de telecomunicaciones y otros gastos conexos (redes de transmisión, centrales y equipos telefónicos y asimilados, fax, télex, costes de instalación, etc.).

A-2 1 2   Mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

45 000

81 937,—

Comentarios

Antes artículo A-2 2 0

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, alquiler, mantenimiento y reparación de mobiliario, incluida la adquisición de mobiliario ergonómico, y la sustitución de mobiliario viejo e inservible y de máquinas de oficina.

En relación con las obras de arte, este crédito se destina a cubrir tanto los gastos de adquisición y de compra de material específico como los gastos corrientes conexos, entre otros los gastos de enmarcado, restauración, limpieza y seguros, así como los gastos ocasionales de transporte.

A-2 1 6   Material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

30 000

10 722,—

Comentarios

Antes artículo A-2 2 2

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, mantenimiento, uso y reparación de vehículos (coches de servicio) y el alquiler de coches, taxis, autocares y camiones, con o sin conductor, incluidos la cobertura de seguro necesaria y el pago de las eventuales multas.

CAPÍTULO A-2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

A-2 3 0   Gastos administrativos

Comentarios

Antes capítulos 2 3 y 1 8 (en parte)

En relación con las adquisiciones públicas, la institución consultará a las otras instituciones sobre los términos contractuales que haya pactado cada una de ellas.

A-2 3 0 0   Papelería, material de oficina y diversos materiales fungibles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

80 000

61 848,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la compra de papel, sobres, material de oficina, productos para la imprenta y los talleres de reproducción, etc.

El importe de los ingresos afectados según el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

A-2 3 0 1   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo, tratamiento y despacho del correo por los servicios postales o las empresas de mensajería.

A-2 3 0 2   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las cuotas de abono y los gastos de telecomunicaciones por cable o radioondas (telefonía fija y móvil, televisión), así como los gastos relativos a las redes de transmisión de datos y a los servicios telemáticos.

A-2 3 0 3   Cargas financieras

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 500

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos bancarios (comisiones, agios y gastos diversos) y otros gastos financieros, incluidos gastos adicionales para la financiación de edificios.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

A-2 3 0 4   Otros gastos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 500

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir:

los seguros no previstos específicamente en otra partida,

la compra de los uniformes de los ujieres, chóferes y mudanceros, etc.,

diversos gastos de funcionamiento como, por ejemplo, la compra de horarios de transporte ferroviario y aéreo, la publicación en la prensa de las ventas de material de segunda mano, etc.,

administraciones de anticipos en Bruselas y Estrasburgo.

A-2 3 1   Traducción e interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

450 000

403 688

456 820,—

Comentarios

Antes partida A-1 8 7 5

Este crédito se destina a cubrir el coste de todas las prestaciones de apoyo, en particular la traducción y el mecanografiado del informe anual y de otros documentos, los servicios de intérpretes bajo contrato y eventuales, y otros costes conexos.

A-2 3 2   Apoyo a actividades

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

95 000

130 000

102 000,—

Comentarios

Antes partida A-1 8 7 8

Este crédito se destina a cubrir los costes generales de gestión que se han de pagar al Parlamento para cubrir los gastos del Parlamento Europeo en horas de trabajo del personal por la prestación de servicios generales como, por ejemplo, de contabilidad, auditoría interna, servicio médico, etc.

TÍTULO A-3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE FUNCIONES GENERALES POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO A-3 0

A-3 0 0

Gastos de misiones del personal

 

 

 

Créditos no disociados

150 000

130 000

95 000,—

A-3 0 2

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

4 148,—

A-3 0 3

Reuniones en general

 

 

 

Créditos no disociados

55 000

60 000

16 875,—

A-3 0 4

Gastos varios de reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-3 0

235 000

210 000

116 023,—

CAPÍTULO A-3 2

A-3 2 0

Adquisición de información y asesoramiento

A-3 2 0 0

Gastos de documentación y biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

5 000

3 124,—

A-3 2 0 1

Gastos de fondos de archivo

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

 

 

 

Total del artículo A-3 2 0

25 000

5 000

3 124,—

A-3 2 1

Producción y difusión

A-3 2 1 0

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

485 000

400 000

362 508,—

 

Total del artículo A-3 2 1

485 000

400 000

362 508,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-3 2

510 000

405 000

365 632,—

CAPÍTULO A-3 3

A-3 3 0

Estudios y subvenciones

A-3 3 0 0

Estudios

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

40 000

0,—

A-3 3 0 1

Otras subvenciones

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

0,—

 

Total del artículo A-3 3 0

40 000

60 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-3 3

40 000

60 000

0,—

CAPÍTULO A-3 4

A-3 4 0

Gastos relativos a las funciones del Defensor del Pueblo Europeo

A-3 4 0 0

Gastos diversos

 

 

 

Créditos no disociados

4 000

3 000

2 645,—

 

Total del artículo A-3 4 0

4 000

3 000

2 645,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-3 4

4 000

3 000

2 645,—

 

Total del título A-3

789 000

678 000

484 300,—

CAPÍTULO A-3 0 —

REUNIONES Y CONFERENCIAS

CAPÍTULO A-3 2 —

ASESORAMIENTO E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

CAPÍTULO A-3 3 —

ESTUDIOS Y OTRAS SUBVENCIONES

CAPÍTULO A-3 4 —

GASTOS RELATIVOS A LAS FUNCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

CAPÍTULO A-3 0 —   REUNIONES Y CONFERENCIAS

A-3 0 0   Gastos de misiones del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

150 000

130 000

95 000,—

Comentarios

Antes artículo A-1 3 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 71 y los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, el pago de dietas diarias de misión y los gastos adicionales o excepcionales ocasionados en la ejecución de una misión, incluidos los gastos accesorios de expedición de títulos de transporte y reservas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 5 000 euros.

A-3 0 2   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

4 148,—

Comentarios

Antes artículo A-1 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las obligaciones que incumben a la institución en cuanto a recepción y representación, y a la compra de objetos representativos ofrecidos por el Defensor del Pueblo Europeo.

A-3 0 3   Reuniones en general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

55 000

60 000

16 875,—

Comentarios

Antes artículo A-2 5 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje, las dietas y los gastos accesorios o excepcionales de expertos y otras personas invitadas a participar en comités, grupos de estudio o reuniones de trabajo, así como otros gastos conexos (alquiler de habitaciones, necesidades de interpretación, etc.).

A-3 0 4   Gastos varios de reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las ocasionales bebidas y colaciones servidas en las reuniones.

CAPÍTULO A-3 2 —   ASESORAMIENTO E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

A-3 2 0   Adquisición de información y asesoramiento

A-3 2 0 0   Gastos de documentación y biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

5 000

3 124,—

Comentarios

Antes artículo A-2 2 3

Este crédito se destina a:

la ampliación y renovación del sector de las obras de consulta general y la puesta al día del fondo de biblioteca,

las suscripciones a diarios, revistas, agencias de prensa, y a sus publicaciones y servicios en línea, incluidos los gastos en concepto de derechos de autor por la reproducción y la difusión escrita y/o electrónica de esas suscripciones y los contratos de servicio para revistas de prensa y recortes de prensa,

las suscripciones o contratos de servicio para el suministro de resúmenes y de análisis del contenido de las revistas o la grabación en soportes ópticos de los artículos extraídos de esas revistas,

la utilización de las bases de datos documentales y estadísticas externas, con exclusión del material informático y de los costes de telecomunicaciones,

la compra o el alquiler de materiales especiales de biblioteca, de documentación y de medios audiovisuales, incluidos los materiales y/o sistemas eléctricos, electrónicos e informáticos, así como los gastos derivados de la asistencia externa en la adquisición, el desarrollo, la instalación, la explotación y el mantenimiento de dichos materiales y sistemas,

los gastos de prestaciones relacionadas con las actividades de la biblioteca, en particular en relación con sus clientes (estudios, análisis), el sistema de gestión de calidad, etc.,

los materiales y trabajos de encuadernación y de conservación para la biblioteca, la documentación y la mediateca,

la compra de diccionarios, glosarios y otras obras para los servicios del Defensor del Pueblo Europeo.

A-3 2 0 1   Gastos de fondos de archivo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

 

 

Comentarios

Nueva partida

Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43), así como sus medidas de aplicación adoptadas en la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo.

Decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de…, sobre la mejora de la información y la transparencia: los archivos del Defensor del Pueblo Europeo.

Este crédito se destina a cubrir:

los costes de las prestaciones externas que conllevan las operaciones de archivo, incluida la selección, la clasificación y la nueva clasificación en los depósitos, los costes de las prestaciones de archivo, la adquisición y la explotación de fondos de archivo en soportes de sustitución (microfilms, discos, cintas, etc.), así como la compra, el alquiler y el mantenimiento de materiales especiales (electrónicos, informáticos, eléctricos) y los gastos de publicaciones en todo tipo de formato (folletos, CD-ROM, etc.),

el tratamiento del patrimonio archivístico del Defensor del Pueblo Europeo constituido en el ejercicio de su mandato y entregado a título de donaciones o de legados legales al Parlamento Europeo, a los Archivos históricos de las Comunidades Europeas (AHCE) o a una asociación o fundación en el marco de la reglamentación.

A-3 2 1   Producción y difusión

A-3 2 1 0   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

485 000

400 000

362 508,—

Comentarios

Antes artículo A-2 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de edición y de información y, en particular:

los gastos de impresión de publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea,

el coste de la impresión y reproducción, en las lenguas oficiales, de una serie de publicaciones (Informe anual, etc.),

el material impreso (por medios tradicionales o electrónicos) destinado a difundir información relativa al Defensor del Pueblo Europeo (publicidad y medidas para difundir la figura del Defensor del Pueblo Europeo entre el público en general),

otros gastos relacionados con la política de información de la institución (simposios, seminarios, participación en actos públicos, etc.).

El importe de los ingresos afectados según el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO A-3 3 —   ESTUDIOS Y OTRAS SUBVENCIONES

A-3 3 0   Estudios y subvenciones

A-3 3 0 0   Estudios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

40 000

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 6 0

Este crédito se destina a la contratación de estudios y/o encuestas a cargo de expertos e institutos de investigación cualificados, así como a cubrir los gastos de publicación de tales estudios y los costes conexos.

A-3 3 0 1   Otras subvenciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 9 9

Este crédito se destina a cubrir aquellos gastos en que se incurra para promover las relaciones y mejorar la cooperación entre el Defensor del Pueblo Europeo y los Defensores del Pueblo nacionales y regionales, así como organismos similares.

Puede cubrir en particular la subvención de proyectos en las áreas de actividad de la red de cooperación de los Defensores del Pueblo europeos (excepto los de la partida A-3 2 1 0).

Se destina también a cubrir las contribuciones destinadas a atender los gastos necesarios para recibir a grupos de visitantes del Defensor del Pueblo Europeo.

CAPÍTULO A-3 4 —   GASTOS RELATIVOS A LAS FUNCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

A-3 4 0   Gastos relativos a las funciones del Defensor del Pueblo Europeo

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir posibles gastos relacionados de manera específica con las funciones del Defensor del Pueblo (por ejemplo, relaciones con los Defensores del Pueblo nacionales y con las organizaciones internacionales de Defensores del Pueblo, así como suscripciones a publicaciones de organizaciones internacionales).

A-3 4 0 0   Gastos diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 000

3 000

2 645,—

Comentarios

Antes artículo A-3 7 0

Este crédito se destina a cubrir posibles gastos relacionados de manera específica con las funciones del Defensor del Pueblo (por ejemplo, relaciones con los Defensores del Pueblo nacionales y con las organizaciones internacionales de Defensores del Pueblo, así como suscripciones a publicaciones de organizaciones internacionales).

TÍTULO A-10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO A-10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO A-10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título A-10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

7 682 538

7 224 554

5 168 170,—

CAPÍTULO A-10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO A-10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO A-10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

CAPÍTULO A-10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos, no previsibles, derivados de decisiones presupuestarias adoptadas durante el ejercicio.

SECCIÓN VIII B — SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO B-4

IMPUESTOS DIVERSOS, EXACCIONES Y CÁNONES COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO B-4 0

B-4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios y de los otros agentes

311 000

384 624

138 187,—

B-4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

p.m.

B-4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

10 000

20 010

6 975,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-4 0

321 000

404 634

145 162,—

CAPÍTULO B-4 1

B-4 1 0

Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

199 000

50 101

21 441,—

B-4 1 1

Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-4 1

199 000

50 101

21 441,—

 

Total del título B-4

520 000

454 735

166 603,—

CAPÍTULO B-4 0 —

RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES

CAPÍTULO B-4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO B-4 0 —   RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES

B-4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios y de los otros agentes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

311 000

384 624

138 187,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

Decisión no 1247/2002/CE del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 1 de julio de 2002, relativa al estatuto y a las condiciones generales de ejercicio de las funciones de Supervisor Europeo de Protección de Datos (DO L 183 de 12.7.2002, p. 1).

B-4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

Decisión no 1247/2002/CE del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 1 de julio de 2002, relativa al estatuto y a las condiciones generales de ejercicio de las funciones de Supervisor Europeo de Protección de Datos (DO L 183 de 12.7.2002, p. 1).

B-4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

10 000

20 010

6 975,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO B-4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

B-4 1 0   Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

199 000

50 101

21 441,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

B-4 1 1   Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Nuevo artículo

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

TÍTULO B-9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO B-9 0

B-9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-9 0

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del título B-9

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL GENERAL

520 000

454 735

166 603,—

CAPÍTULO B-9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO B-9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

B-9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos diversos.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

B-1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

B-1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

700 787

659 759

547 558,35

B-1 1

PERSONAL EN ACTIVO

2 033 701

1 622 308

309 563,93

B-1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

p.m.

p.m.

0,—

B-1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

87 340

57 818

0,—

B-1 5

ORGANIZACIÓN DE PERÍODOS DE PRÁCTICAS E INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS

110 000

90 936

0,—

B-1 6

SERVICIO SOCIAL

p.m.

p.m.

0,—

B-1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

3 362

3 299

0,—

B-1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

9 000

p.m.

0,—

 

Total del título B-1

2 944 190

2 434 120

857 122,28

B-2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

B-2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

332 489

217 526

165 212,82

B-2 1

INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES

50 960

37 507

0,—

B-2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

38 023

27 500

37 177,64

B-2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

17 771

13 080

2 270,87

B-2 5

GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

49 000

9 000

0,—

B-2 6

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

50 000

5 000

0,—

B-2 7

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

101 400

97 000

0,—

B-2 9

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título B-2

639 643

406 613

204 661,33

B-10

OTROS GASTOS

B-10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

B-10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título B-10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

3 583 833

2 840 733

1 061 783,61

TÍTULO B-1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO B-1 0

B-1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

 

 

 

Créditos no disociados

569 251

544 815

495 867,23

B-1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

24 307

18 832

15 000,—

B-1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 0 3

Pensiones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 0 4

Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

76 539

66 492

0,—

B-1 0 5

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las mismas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

36 691,12

B-1 0 6

Cursos

 

 

 

Créditos no disociados

10 190

10 000

0,—

B-1 0 9

Adaptaciones del régimen pecuniario

 

 

 

Créditos no disociados

20 500

19 620

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 0

700 787

659 759

547 558,35

CAPÍTULO B-1 1

B-1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

B-1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

1 230 576

959 716

220 751,45

B-1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

87 898

66 929

16 088,81

B-1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

153 822

117 468

16 842,05

B-1 1 0 3

Indemnización de secretaría

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo B-1 1 0

1 472 296

1 144 113

253 682,31

B-1 1 1

Otros agentes

B-1 1 1 0

Agentes auxiliares, agentes locales y consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

49 405

18 000,—

B-1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

61 768

p.m.

0,—

 

Total del artículo B-1 1 1

61 768

49 405

18 000,—

B-1 1 2

Formación profesional

 

 

 

Créditos no disociados

32 900

10 843

0,—

B-1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional y cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

 

 

 

Créditos no disociados

64 767

49 651

10 527,51

B-1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversas

 

 

 

Créditos no disociados

24 129

18 500

0,—

B-1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

3 054

2 922

0,—

B-1 1 7

Prestaciones de apoyo

B-1 1 7 5

Gastos de traducción e interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

112 491

103 825

0,—

B-1 1 7 6

Otras prestaciones y trabajos encargados en el exterior

 

 

 

Créditos no disociados

9 338

p.m.

 

B-1 1 7 8

Apoyo a las actividades

 

 

 

Créditos no disociados

51 250

50 000

0,—

 

Total del artículo B-1 1 7

173 079

153 825

0,—

B-1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las mismas y a los traslados

 

 

 

Créditos no disociados

134 183

128 423

27 354,11

B-1 1 9

Adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

 

 

 

Créditos no disociados

67 525

64 626

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 1

2 033 701

1 622 308

309 563,93

CAPÍTULO B-1 2

B-1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 2 3

Cobertura de riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 2 9

Adaptaciones de las diversas indemnizaciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO B-1 3

B-1 3 0

Gastos de misiones, de desplazamiento y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

87 340

57 818

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 3

87 340

57 818

0,—

CAPÍTULO B-1 5

B-1 5 0

Gastos de organización de los períodos de prácticas en los servicios de la institución y gastos de intercambio entre la institución y el sector público de los Estados miembros

 

 

 

Créditos no disociados

110 000

90 936

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 5

110 000

90 936

0,—

CAPÍTULO B-1 6

B-1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 6 4

Ayuda complementaria a las personas con discapacidad

B-1 6 4 0

Gastos no reembolsados por el régimen común de seguros de enfermedad y otras intervenciones específicas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo B-1 6 4

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 6

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO B-1 7

B-1 7 0

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

3 362

3 299

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 7

3 362

3 299

0,—

CAPÍTULO B-1 8

B-1 8 6

Relaciones sociales entre el personal

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 8 8

Gastos de contratación de personal

 

 

 

Créditos no disociados

9 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 8

9 000

p.m.

0,—

 

Total del título B-1

2 944 190

2 434 120

857 122,28

CAPÍTULO B-1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO B-1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO B-1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

CAPÍTULO B-1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO B-1 5 —

ORGANIZACIÓN DE PERÍODOS DE PRÁCTICAS E INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS

CAPÍTULO B-1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO B-1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO B-1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO B-1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

B-1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

569 251

544 815

495 867,23

Comentarios

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Decisión no 1247/2002/CE del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 1 de julio de 2002, relativa al estatuto y a las condiciones generales de ejercicio de las funciones de Supervisor Europeo de Protección de Datos (DO L 183 de 12.7.2002, p. 1).

B-1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

24 307

18 832

15 000,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, sus artículos 11 y 14.

Este crédito se destina a cubrir:

las contribuciones de las instituciones (0,87 %) al seguro contra los riesgos de enfermedad profesional y accidente,

las contribuciones de las instituciones (3,4 %) al seguro contra los riesgos de enfermedad,

la asignación por nacimiento,

las indemnizaciones previstas en caso de fallecimiento.

B-1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 7.

Este artículo se destina a cubrir la indemnización transitoria y las asignaciones familiares así como los coeficientes correctores de los países de residencia.

B-1 0 3   Pensiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, sus artículos 8, 9, 15 y 18.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de jubilación y el coeficiente corrector del país de residencia de los miembros, así como las pensiones de viudedad y orfandad y los coeficientes correctores del país de residencia.

B-1 0 4   Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

76 539

66 492

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje y el pago de las dietas de misión, así como los gastos accesorios o excepcionales en que se incurra con motivo de la ejecución de una misión.

B-1 0 5   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las mismas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

36 691,12

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje (incluidos los miembros de la familia) en los que se incurra con motivo de la entrada en funciones o del cese de las mismas, las indemnizaciones compensatorias de los gastos de instalación y de reinstalación con ocasión de la entrada en funciones o del cese de las mismas, y los gastos de mudanza con motivo de la entrada en funciones o del cese de las mismas.

B-1 0 6   Cursos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 190

10 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de participación en cursos de lengua u otros seminarios de perfeccionamiento profesional.

B-1 0 9   Adaptaciones del régimen pecuniario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 500

19 620

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 4 bis, así como el Reglamento financiero.

Este crédito se destina a cubrir el pago de los coeficientes correctores, así como las incidencias de las posibles adaptaciones de las remuneraciones y de las pensiones que decida el Consejo durante el ejercicio.

CAPÍTULO B-1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

B-1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

B-1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 230 576

959 716

220 751,45

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 66.

Este crédito se destina a cubrir el sueldo base de los funcionarios y agentes temporales.

B-1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

87 898

66 929

16 088,81

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62, 67 y 68 bis, así como la sección 1 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad

de los funcionarios y agentes temporales.

B-1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

153 822

117 468

16 842,05

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 69, así como el artículo 4 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización de expatriación y por residencia fuera del país de origen de los funcionarios y agentes temporales.

B-1 1 0 3   Indemnización de secretaría

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 17 de su anexo XIII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización global de secretaría según las disposiciones antes mencionadas.

B-1 1 1   Otros agentes

B-1 1 1 0   Agentes auxiliares, agentes locales y consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

49 405

18 000,—

Comentarios

Antes artículo B-1 1 1

Este crédito se destina a cubrir la remuneración y la cuota empresarial del régimen de seguridad social de los agentes auxiliares, agentes locales y consejeros especiales previstos en el Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

B-1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

61 768

p.m.

0,—

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al recurso eventual a agentes contractuales.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

B-1 1 2   Formación profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 900

10 843

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24, apartado 8.

B-1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional y cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

64 767

49 651

10 527,51

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la contribución de la institución al seguro contra los riesgos de enfermedad (artículo 72) y contra los riesgos de accidente y de enfermedad profesional (artículo 73), la contribución de la institución al fondo especial de desempleo (artículo 28, apartado 7, del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas) y las cantidades que ha de satisfacer la institución en favor de los agentes temporales para constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen (artículo 42 del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas).

Cubre también los gastos relativos al reconocimiento médico anual de los funcionarios y otros agentes, incluidos los análisis médicos y exploraciones solicitados en relación con dicho reconocimiento.

B-1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

24 129

18 500

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 70, 74 y 75.

Este crédito se destina a cubrir la asignación por nacimiento (artículos 70, 74 y 75) y el pago a tanto alzado de los gastos de viaje del lugar de destino al lugar de origen (artículo 8 del anexo VII), las indemnizaciones por vivienda y transporte (artículos 14 bis y 14 ter del anexo VII), las indemnizaciones a tanto alzado por funciones (artículo 14 del anexo VII), las indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento (artículo 15 del anexo VII) y las indemnizaciones especiales para los contables y los administradores de anticipos (artículo 75).

B-1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 054

2 922

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de las horas extraordinarias en las condiciones previstas en las disposiciones mencionadas a continuación.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

B-1 1 7   Prestaciones de apoyo

B-1 1 7 5   Gastos de traducción e interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

112 491

103 825

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta sus servicios.

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de los servicios de traducción y de interpretación y otros gastos conexos.

B-1 1 7 6   Otras prestaciones y trabajos encargados en el exterior

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 338

p.m.

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todas las prestaciones ejecutadas por personas no ligadas a la institución, en concreto:

los trabajadores temporales para diversos servicios,

el personal de apoyo.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

B-1 1 7 8   Apoyo a las actividades

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

51 250

50 000

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a cubrir los «gastos de gestión» globales pagaderos a la institución que presta servicios generales, tales como la administración de contratos, sueldos y dietas, servicios informáticos, etc., en nombre del Supervisor Europeo de Protección de Datos.

B-1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las mismas y a los traslados

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

134 183

128 423

27 354,11

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de los procedimientos de reclutamiento (artículos 27 a 31 y 33 y anexo III), los gastos de viaje de los agentes (incluidos los miembros de la familia) con motivo de su entrada en funciones, de su cese o de su cambio de lugar de destino (artículos 20 y 71 y artículo 7 del anexo VII), las indemnizaciones diarias debidas a los agentes que se vean obligados a cambiar de residencia en el momento de su entrada en funciones, de su cese de las mismas o de su destino a un nuevo lugar de servicio (artículos 5 y 6 del anexo VII), los gastos de transporte de mobiliario y enseres (artículos 20 y 71 y artículo 9 del anexo VII) y las indemnizaciones diarias debidas a los agentes que justifiquen haberse visto obligados a cambiar de residencia tras su entrada en funciones (artículos 20 y 71 y artículo 10 del anexo VII).

B-1 1 9   Adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

67 525

64 626

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores (artículos 64 y 65 y anexo XI), así como las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo durante el ejercicio (artículo 65 y anexo XI).

CAPÍTULO B-1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

B-1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este artículo se destina a cubrir las indemnizaciones en casos de excedencia forzosa o de cese.

B-1 2 3   Cobertura de riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Este artículo se destina a cubrir la cuota empresarial del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones a que se refiere el artículo B-1 2 1.

B-1 2 9   Adaptaciones de las diversas indemnizaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este artículo se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a las indemnizaciones a que se refiere el artículo B-1 2 1 (artículos 64 y 65), así como las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio (artículo 65).

CAPÍTULO B-1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

B-1 3 0   Gastos de misiones, de desplazamiento y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

87 340

57 818

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 71 y los artículos 11, 12 y 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos en concepto de transporte, pago de indemnizaciones diarias de misión, así como los gastos adicionales o excepcionales en que se incurre en la ejecución de una misión.

CAPÍTULO B-1 5 —   ORGANIZACIÓN DE PERÍODOS DE PRÁCTICAS E INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS

B-1 5 0   Gastos de organización de los períodos de prácticas en los servicios de la institución y gastos de intercambio entre la institución y el sector público de los Estados miembros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

110 000

90 936

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos en concepto de transporte y misiones para personal en períodos de prácticas, los gastos de los seguros de accidente y enfermedad durante cursos, así como los gastos ocasionados por los intercambios de personal entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y el sector público de los Estados miembros, así como con las organizaciones internacionales.

CAPÍTULO B-1 6 —   SERVICIO SOCIAL

B-1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

Este crédito se destina a cubrir las eventuales intervenciones en favor de los funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

B-1 6 4   Ayuda complementaria a las personas con discapacidad

B-1 6 4 0   Gastos no reembolsados por el régimen común de seguros de enfermedad y otras intervenciones específicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política interinstitucional en favor de las personas con discapacidad, a las siguientes personas:

funcionarios y agentes temporales en actividad,

cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

todos los hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre, dentro de las posibilidades presupuestarias y tras agotamiento de los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, el reembolso de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la discapacidad, reconocidos como necesarios y que estén debidamente justificados.

CAPÍTULO B-1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

B-1 7 0   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 362

3 299

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de recepción, los gastos de representación y la adquisición de artículos de representación.

CAPÍTULO B-1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo son objeto de una cooperación interinstitucional que implica una consulta entre las instituciones, así como la mejora de los mecanismos de gestión en común con vistas a la racionalización de los gastos.

B-1 8 6   Relaciones sociales entre el personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular financieramente toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre agentes de distintas nacionalidades, es decir, las subvenciones a clubes, asociaciones y actividades culturales del personal, etc., así como a cubrir la contribución a los costes del centro de ocio permanente (actividades culturales y deportivas, etc.).

B-1 8 8   Gastos de contratación de personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 000

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de organización de los concursos previstos en el artículo 3 de la Decisión de los Secretarios Generales, así como los gastos de viaje y estancia de los candidatos a las entrevistas de contratación y las visitas médicas.

Este crédito cubre también los gastos de organización de procedimientos de selección de agentes temporales, agentes auxiliares y agentes locales.

En los casos debidamente motivados por necesidades funcionales, y previa consulta a la Oficina, podrá destinarse a los concursos organizados por la propia institución.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 27 a 31 y 33 y su anexo VII.

Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de Selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 53).

Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, del Secretario del Tribunal de Justicia, de los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones y del Representante del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 56).

TÍTULO B-2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO B-2 0

B-2 0 0

Alquileres y censo enfitéutico

 

 

 

Créditos no disociados

332 489

217 526

165 212,82

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 0

332 489

217 526

165 212,82

CAPÍTULO B-2 1

B-2 1 0

Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática

 

 

 

Créditos no disociados

30 784

22 657

0,—

B-2 1 1

Material, gastos de instalación y prestaciones relacionadas con las telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

20 176

14 850

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 1

50 960

37 507

0,—

CAPÍTULO B-2 2

B-2 2 0

Instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

31 909

21 500

37 177,64

B-2 2 2

Material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-2 2 3

Gastos de documentación y de biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

6 114

6 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 2

38 023

27 500

37 177,64

CAPÍTULO B-2 3

B-2 3 0

Gastos de funcionamiento administrativo corriente

 

 

 

Créditos no disociados

17 771

13 080

2 270,87

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 3

17 771

13 080

2 270,87

CAPÍTULO B-2 5

B-2 5 0

Reuniones y convocatorias en general

 

 

 

Créditos no disociados

49 000

9 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 5

49 000

9 000

0,—

CAPÍTULO B-2 6

B-2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

5 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 6

50 000

5 000

0,—

CAPÍTULO B-2 7

B-2 7 0

Gastos de publicación e información

 

 

 

Créditos no disociados

101 400

97 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 7

101 400

97 000

0,—

CAPÍTULO B-2 9

B-2 9 9

Otras subvenciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título B-2

639 643

406 613

204 661,33

CAPÍTULO B-2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO B-2 1 —

INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO B-2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO B-2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO B-2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

CAPÍTULO B-2 6 —

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

CAPÍTULO B-2 7 —

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO B-2 9 —

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

CAPÍTULO B-2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

B-2 0 0   Alquileres y censo enfitéutico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

332 489

217 526

165 212,82

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de datos y la otra institución que presta sus oficinas.

Este crédito se destina a cubrir el pago, calculado globalmente o a prorrata, de los gastos de alquiler, seguros, agua, electricidad, calefacción, limpieza y mantenimiento, seguridad y vigilancia y otros gastos inmobiliarios, incluyendo la modificación, reparación o renovación de las oficinas en cuestión.

CAPÍTULO B-2 1 —   INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES

B-2 1 0   Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 784

22 657

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta su material.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de:

la compra, alquiler y mantenimiento de equipos y el desarrollo de soportes lógicos,

la asistencia técnica en relación con el funcionamiento y el mantenimiento de equipos informáticos,

los trabajos de informática confiados a terceros y otros gastos relativos a servicios informáticos.

B-2 1 1   Material, gastos de instalación y prestaciones relacionadas con las telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 176

14 850

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta su material.

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al alquiler, el mantenimiento y la conservación de material de telecomunicaciones y otros gastos conexos (redes de transmisión, centrales telefónicas, teléfonos, teléfonos móviles y equipos asimilados, fax, télex, costes de instalación, etc.).

CAPÍTULO B-2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

B-2 2 0   Instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

31 909

21 500

37 177,64

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de datos y la otra institución que presta sus instalaciones y equipo técnico.

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a:

equipos tales como teléfonos, calculadoras, seguridad, archivadores, etc.,

equipos de oficina (máquinas de escribir, fotocopiadoras, lectores ópticos/impresoras, etc.),

sustitución y mantenimiento de instalaciones técnicas,

equipos técnicos,

compra y sustitución de mobiliario,

cualesquiera otros gastos conexos pertinentes.

B-2 2 2   Material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta sus servicios.

B-2 2 3   Gastos de documentación y de biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 114

6 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la biblioteca del Supervisor Europeo de Protección de Datos y, en particular:

los costes de actualización de fondos bibliotecarios, suscripciones y traducción, así como la adquisición e instalación de material de biblioteca,

las suscripciones y renovación de suscripciones a periódicos, revistas, agencias de noticias y otros costes conexos,

los gastos, incluido el material, de las publicaciones internas (folletos, estudios, etc.) y de comunicación (boletines informativos, vídeos, CD-ROM, etc.).

CAPÍTULO B-2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

B-2 3 0   Gastos de funcionamiento administrativo corriente

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

17 771

13 080

2 270,87

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta sus servicios.

Este crédito se destina a cubrir:

la compra de papel, sobres y material para oficina y talleres de reproducción (papel de fotocopia, papel para edición y distribución por medios convencionales o electrónicos, material de oficina, etc.),

correo, gastos postales, gastos por despacho de correo por una empresa de mensajería, paquetes y distribución al público en general,

alquiler de teléfonos y gastos de comunicaciones por teléfono, telégrafo y télex, costes de transmisión electrónica de datos y otros costes de instalación conexos,

otros gastos de funcionamiento administrativo corriente (gastos financieros, gastos jurídicos, etc.).

CAPÍTULO B-2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

B-2 5 0   Reuniones y convocatorias en general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

49 000

9 000

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta sus servicios.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de desplazamiento, gastos de estancia y gastos accesorios de expertos y otras personalidades convocados a participar en grupos de estudio o reuniones de trabajo, así como los gastos de contratación de personal (costes de los anuncios de puestos, convocatoria de candidatos, etc.).

CAPÍTULO B-2 6 —   GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

B-2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

5 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a la contratación de estudios y/o encuestas a cargo de expertos e institutos de investigación, así como los gastos de publicación de tales estudios y los costes conexos.

CAPÍTULO B-2 7 —   GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

B-2 7 0   Gastos de publicación e información

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

101 400

97 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de edición y de información y, en particular:

los gastos de impresión de publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea,

el coste de la impresión y reproducción, en las lenguas oficiales, de una serie de publicaciones (Informe anual, etc.),

material impreso (por medios tradicionales o electrónicos) para la divulgación de información sobre el Supervisor Europeo de Protección de Datos,

otros gastos relacionados con la política de información de la institución (simposios, seminarios, participación en actos públicos, etc.).

CAPÍTULO B-2 9 —   SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

B-2 9 9   Otras subvenciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos (distintos de los cubiertos en el artículo B-2 7 0) relativos a los grupos de visitantes del Supervisor Europeo de Protección de Datos, así como los gastos relativos a publicidad y acciones informativas destinadas al público en general (en particular, los demás multiplicadores de opinión) sobre los fines, las actividades y el cometido del Supervisor Europeo de Protección de Datos.

TÍTULO B-10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO B-10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO B-10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título B-10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

3 583 833

2 840 733

1 061 783,61

CAPÍTULO B-10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO B-10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO B-10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom), no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

CAPÍTULO B-10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir gastos, no previsibles, derivados de decisiones presupuestarias adoptadas durante el ejercicio.


(1)  Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2005 (DO L 60 de 8.3.2005, p. 1), incluidos los presupuestos rectificativos nos 1 a 8/2005.

(2)  El artículo 268, párrafo tercero, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

(3)  Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2005 (DO L 60 de 8.3.2005, p. 1), incluidos los presupuestos rectificativos nos 1 a 8/2005.

(4)  Los recursos propios para el presupuesto de 2006 se determinan con arreglo a las previsiones presupuestarias adoptadas en la reunión no 133 del Comité consultivo de recursos propios de 8 de abril de 2005.

(5)  El artículo 268, párrafo tercero, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

(6)  La base a tener en cuenta no excede del 50 % de la RNB.

(7)  Cálculo del tipo: (80 562 496 558) / (110 860 880 000) = 0,72669905342624 %.

(8)  Porcentajes redondeados.

(9)  El importe de los gastos de preadhesión (PAE) corresponde a pagos realizados a los diez nuevos Estados miembros (que se adhirieron a la UE el 1.5.2004) con cargo a los créditos de 2003, una vez ajustado aplicando el índice de deflación del PIB de la UE para 2004. Este importe se deduce del gasto asignado total para garantizar que los gastos no compensados antes de la ampliación se mantienen después de ésta.

(10)  La «ventaja británica» corresponde a los efectos que para el Reino Unido tiene el cambio al IVA nivelado y la introducción de los recursos propios PNB/RNB.

(11)  Estos beneficios excepcionales se deben a los beneficios netos del Reino Unido correspondientes al incremento — del 10 % al 25 % al 1.1.2001 — en el porcentaje de los recursos propios tradicionales que los Estados miembros retienen para cubrir sus gastos de recaudación de los recursos propios tradicionales (RPT).

(12)  Total de los recuros propios en porcentaje de la RNB: (110 671 918 355) / (11 086 088 000 000) = 1,00 %; techo de los recuros propios en procentaje de la RNB: 1,24 %.

(13)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(14)  De ellos, 27 ascensos con carácter personal (1 A*15 en A*16, 2 A*14 en A*15, 2 B*10 en B*11, 3 C*6 en B*7 y 19 D*4 en C*4/5) concedidos, en casos excepcionales por méritos, a funcionarios que han alcanzado el fin de su carrera (con una edad mínima de 60 años y al menos dos años en el último escalón del grado superior) y tras un largo período de servicio (un mínimo de 25 años).

(15)  Reserva virtual para funcionarios en comisión de servicio no incluida en el total general.

(16)  De los cuales: 22 para el Gabinete del Presidente, 14 para la Secretaría de los Vicepresidentes, 5 C para la Secretaría de los Cuestores, 12 para la DG de Presidencia, 12 para la DG de Políticas Interiores (de los cuales 7 A*8 hasta el 31 de diciembre de 2008), 7 para la DG de Políticas Exteriores (de los cuales 1 A*8 hasta el 31 de diciembre de 2008), 9 para la DG de Información, 9 para la DG de Personal, 15 para la DG de Infraestructuras e Interpretación, 1 para la DG de Finanzas, 3 para el Comité de personal, 1 para el Servicio para las Relaciones con las Secretarías de los Grupos Políticos (coordinación de los NI), 4 para el Servicio Jurídico (hasta el 31 de diciembre de 2006); 2 para la DG de Traducción y Edición.

(17)  De los cuales 67 A*, 25 B*, 95 C* et 5 D* para las Oficinas de Información.

(18)  Los créditos para la creación de 1 A*5 y 4 B*3 (programa de aprendizaje), así como 1 A*5 y 1 B*3 (votación electrónica), se consignan en la reserva.

(19)  De ellos, 34 ascensos a título personal (1 A*15 en A*16, 1 A*14 en A*15, 3 B*10 en B*11, 7 C*6 en B*7 y 22 D*4 en C*4) concedidos, en casos excepcionales por méritos, a funcionarios que han alcanzado el fin de su carrera (con una edad mínima de 60 años y al menos dos años en el último escalón del grado superior) y tras un largo período de servicio (un mínimo de 25 años).

(20)  Reserva virtual para funcionarios en comisión de servicio no incluida en el total general.

(21)  De ellos, 22 para el Gabinete del Presidente, 14 para la secretaría de los Vicepresidentes, 5 C*4 para la secretaría de los Cuestores, 12 para la DG Presidencia, 12 para la DG Políticas Interiores (de ellos, 7 A*8 hasta el 31 de diciembre de 2008), 7 para la DG Políticas Exteriores (de ellos, 1 A*8 hasta el 31 de diciembre de 2008), 14 para la DG Información, 8 para la DG Personal, 15 para la DG Infraestructuras e Interpretación, 1 para la DG Finanzas, 3 para el Comité de Personal, 1 para el SG, 1 para el Servicio de relaciones con los grupos políticos (coordinación de los NI), 4 para el Servicio Jurídico (hasta el 31 de diciembre de 2005) y 2 para la DG Traducción.

(22)  De ellos, 1 A*12 en A*14 a título personal.

(23)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(24)  De ellos, 4 A*16 a título personal.

(25)  De ellos, 4 A*16 a título personal.

(26)  De ellos, 7 A*15 a título personal.

(27)  De ellos, 7 A*15 a título personal.

(28)  De ellos, 5 A*14 a título personal.

(29)  La ocupación en régimen de media jornada de determinados puestos puede compensarse mediante la contratación de otros funcionarios dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(30)  La ocupación en régimen de media jornada de determinados puestos puede compensarse mediante la contratación de otros funcionarios dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(31)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(32)  De ellos, 27 A*16 a título personal.

(33)  De ellos, 27 A*16 a título personal.

(34)  De ellos, 22 A*15 a título personal.

(35)  De ellos, 2 A*15 a título personal de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo.

(36)  Las funciones de Director General de la Agencia serán desempeñadas por 1 funcionario de grado A*15 a título personal nombrado Director General con arreglo al artículo 53 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Las funciones de Director General Adjunto de la Agencia las desempeñará 1 funcionario de grado A*14, nombrado Director General Adjunto de conformidad con el artículo 53 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

(37)  De ellos, 22 A*15 a título personal.

(38)  De ellos, 2 A*15 a título personal de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo.

(39)  Las funciones de Director General de la Agencia serán desempeñadas por 1 funcionario de grado A*15 a título personal nombrado Director General con arreglo al artículo 53 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Las funciones de Director General Adjunto de la Agencia las desempeñará 1 funcionario de grado A*14, nombrado Director General Adjunto de conformidad con el artículo 53 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

(40)  De ellos, 13 A*14 a título personal.

(41)  De ellos, un A*14 a título personal, aplicándose esta clasificación a los funcionarios que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los asuntos 20/63, 21/63, 79/63 y 82/63, tengan derecho a ser clasificados como A*14.

(42)  De ellos, 13 A*14 a título personal.

(43)  De ellos, 1 A*14 a título personal, aplicándose esta clasificación a los funcionarios que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los asuntos 20/63 y 21/63, así como 79/63 y 82/63, tengan derecho a ser clasificados como A*14.

(44)  De ellos, 13 A*14 a título personal.

(45)  De ellos, 1 A*14 a título personal, aplicándose esta clasificación a los funcionarios que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los asuntos 20/63 y 21/63, así como 79/63 y 82/63, tengan derecho a ser clasificados como A*14.

(46)  De ellos, 13 A*14 a título personal.

(47)  De ellos, 1 A*14 a título personal, aplicándose esta clasificación a los funcionarios que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los asuntos 20/63 y 21/63, así como 79/63 y 82/63, tengan derecho a ser clasificados como A*14.

(48)  De ellos, 1 B*10 a título personal de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo.

(49)  De ellos, 1 B*10 a título personal de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo.

(50)  De ellos, 2 puestos para la Secretaría del Comité económico y monetario.

(51)  De ellos, 2 puestos para la Secretaría del Comité económico y monetario.

(52)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(53)  De ellos, 1 funcionario que se beneficia de las ventajas previstas en el artículo 93 del Estatuto.

(54)  De ellos, 1 funcionario que se beneficia de las ventajas previstas en el artículo 93 del Estatuto.

(55)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(56)  De ellos, 2 A*16 a título personal.

(57)  De ellos, 2 A*16 a título personal.

(58)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(59)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(60)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(61)  De ellos, 2 puestos de asistente técnico y de asistente de secretaría.

(62)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(63)  De ellos, 2 puestos de asistente técnico y de asistente de secretaría.

(64)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(65)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(66)  De ellos, 1 A*15, 1 A*11, 1 B*7, 1 C*4, 1 A*11 T et 3 A*8 T se destinan a la secretaría del Comité de vigilancia. Estos puestos deben cubrirse a propuesta del Comité de vigilancia, de preferencia destacando a funcionarios en interés del servicio, de conformidad con el artículo 37 del Estatuto de los funcionarios.

(67)  80 de los cuales para investigaciones internas de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 1073/1999 (DO L 136 de 31.5.1999, p. 1). Hay que agrupar a estos investigadores en una dirección especial.

(68)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(69)  Transferencia de 1 puesto existente del Parlamento.

(70)  Transferencia de 1 puesto nuevo del Parlamento.

(71)  Transferencia de 1 puesto existente del Consejo.

(72)  Transferencia de 1 puesto nuevo del Consejo.

(73)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(74)  Incluidos 24 puestos bloqueados por transformación de empleos en créditos: 6 C*5, 8 C*4, 2 C*3, 1 C*2, 5 D*4, 2 D*3.

(75)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(76)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(77)  Los casos de actividad a tiempo parcial autorizados por la Autoridad Facultada para Proceder a los Nombramientos pueden compensarse.

(78)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(79)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(80)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(81)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(82)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(83)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(84)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(85)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(86)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(87)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(88)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(89)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(90)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(91)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(92)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(93)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(94)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(95)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(96)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(97)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(98)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(99)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(100)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(101)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(102)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(103)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(104)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(105)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(106)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(107)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(108)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(109)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(110)  De los cuales, 1 A*14 con carácter personal.

(111)  De los cuales, 1 A*14 con carácter personal.

(112)  No incluye la reserva virtual, sin asignación de créditos, para los funcionarios destinados ante los miembros del Tribunal de Justicia o del Tribunal de Primera Instancia (6 A*12, 6 A*11, 12 A*10, 8 B*6, 2 B*5, 3 C*6, 15 C*5, 15 C*4, 6 D*4 y 6 D*3).

(113)  No incluye la reserva virtual, sin asignación de créditos, para los funcionarios destinados ante los miembros del Tribunal de Justicia o del Tribunal de Primera Instancia (6 A*12, 6 A*11, 12 A*10, 8 B*6, 2 B*5, 3 C*6, 15 C*5, 15 C*4, 6 D*4 y 6 D*3).

(114)  La ocupación a tiempo parcial de determinados puestos puede compensarse mediante la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así librados por categoría.

(115)  La ocupación a tiempo parcial de determinados puestos puede compensarse mediante la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así librados por categoría.

(116)  El presente cuadro de personal tiene en cuenta el presupuesto rectificativo no 2/2005.

(117)  La ocupación efectiva en grado de los puestos destinados en los gabinetes seguirá los mismos criterios de clasificación que los de los funcionarios contratados antes del 1 de mayo de 2004.

(118)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(119)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(120)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(121)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(122)  De los cuales, 1 A*14 con carácter personal.

(123)  De los cuales, 1 A*14 con carácter personal.

(124)  Supresión de 1 puesto de los tribunales de cuentas nacionales.

(125)  Supresión de 1 puesto de los tribunales de cuentas nacionales.

(126)  De los cuales 10 puestos nuevos.

(127)  Puestos de asistente de secretaría, de los cuales 1 B*8 con carácter personal.

(128)  Puestos de asistente de secretaría, de los cuales 1 B*8 con carácter personal.

(129)  De los cuales 5 puestos es nuevos.

(130)  La ocupación a tiempo parcial de determinados puestos puede compensarse por la contratación de otros agentes, dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(131)  No incluida la reserva virtual, sin dotación de créditos, para los funcionarios destinados en los gabinetes (1 A*14, 2 A*13, 5 A*12, 5 A*11, 12 A*10, 2 A*9, 6 A*8, 1 B*11, 1 B*10, 1 B*9, 1 B*8, 2 B*7, 1 B*6, 1 B*5, 1 B*3, 2 C*7, 9 C*6, 3 C*5, 4 C*4, 3 C*3, 2 C*2, 2 C*1, 4 D*5, 5 D*4 y 1 D*3).

(132)  No incluida la reserva virtual, sin dotación de créditos, para los funcionarios destinados en los gabinetes (1 A*14, 5 A*12, 6 A*11, 7 A*10, 5 A*8, 1 B*10, 1 B*8, 1 B*7, 1 B*6, 1 B*5, 12 C*6, 4 C*5, 5 C*4, 2 C*3, 2 C*2, 1 D*4 y 3 D*3).

(133)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(134)  Para la secretaría del Grupo III, revalorización de 1 A*11T en A*12T.

(135)  Para las secretarías del Presidente y de los Grupos y la Unidad de Gestión Inmobiliaria (1 A*8T y 1 B*5T autorizados hasta el 31 de diciembre de 2006).

(136)  Para las secretarías del Presidente y de los Grupos y la Unidad de Gestión Inmobiliaria (1 A*8T y 1 B*5T autorizados hasta el 31 de diciembre de 2006).

(137)  La ocupación a tiempo parcial de algunos puestos puede compensarse mediante la contratación de otros agentes dentro de los límites del saldo de puestos así liberados por categoría.

(138)  La ocupación a tiempo parcial de algunos puestos puede compensarse mediante la contratación de otros agentes dentro de los límites del saldo de puestos así liberados por categoría.

(139)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(140)  1 puesto temporal A*11 concedido hasta el 31 de diciembre de 2005 pasa a ser permanente.

(141)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(142)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(143)  De ellos, 1 A*14, 2 A*8, 1 B*7 y 1 C*4 temporales destinados al Gabinete del Presidente; 4 A*11, 1 A*10, 3 A*9, 5 A*6, 4 B*5, 2 B*3, 2 C*4, 1 C*3, 1 C*2 y 2 C*1 temporales destinados a los grupos políticos, y 3 A*5 T al servicio de traducción. y 3 A*5 T para el servicio de traducción.

(144)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(145)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(146)  De ellos, 1 A*14, 2 A*8, 1 B*7 y 1 C*4 temporales destinados al Gabinete del Presidente; 4 A*11, 1 A*9, 3 A*8, 4 A*6, 4 B*5, 1 C*4, 2 C*3, 1 C*2 y 2 C*1 temporales destinados a los grupos políticos. 1 A*11 temporal destinado a la Unidad de Gestión Inmobiliaria; y 3 A*5 T para el servicio de traducción.

(147)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(148)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(149)  Estos créditos indican los importes acumulados y consignados en concepto de alquileres (partida 2 0 0 0) y de adquisición de bienes inmuebles (partida 2 0 0 3).

(150)  Estos créditos indican los importes acumulados y consignados en concepto de alquileres (partida 2 0 0 0) y de adquisición de bienes inmuebles (partida 2 0 0 3).

(151)  En la fecha del balance establecido el 31 de diciembre de 2004.

(152)  Este crédito indica los importes acumulados y consignados en las partidas 2 0 0 0 y 3 1 0 0 (alquileres) y en las partidas 2 0 0 1 y 2 0 0 2 (adquisición de bienes inmuebles).

(153)  Este crédito indica los importes acumulados y consignados en las partidas 2 0 0 0 y 3 1 0 0 (alquileres) y en las partidas 2 0 0 1 y 2 0 0 2 (adquisición de bienes inmuebles).

(154)  En la fecha del balance establecido el 31 de diciembre de 2004.

(155)  Incluidas las oficinas exteriores y los costes ocasionados en concepto de gastos de infraestructura administrativa para la política de investigación.

(156)  La OLAF ocupa parcialmente el edificio Joseph II 30, que se incluye infra en la lista de inmuebles de la Comisión en Bruselas.

(157)  Valor contable neto consignado en el balance a 31 de diciembre de 2004. En virtud del contrato de alquiler-compra de 15 de noviembre de 1994 relativo a los edificios anexos «A», «B» y «C» en el Palais, la propiedad de estos últimos debería pasar al Tribunal en 2007.

(158)  Enfiteusis adquisitiva. Valor neto consignado en el balance a 31 de diciembre de 2004.

(159)  Enfiteusis adquisitiva. Valor neto consignado en el balance a 31 de diciembre de 2004.

(160)  Enfiteusis adquisitiva.

(161)  Enfiteusis adquisitiva.

(162)  Enfiteusis adquisitiva.

(163)  Enfiteusis adquisitiva.

(164)  Enfiteusis adquisitiva.

(165)  Enfiteusis adquisitiva.

(166)  Enfiteusis adquisitiva.

(167)  Enfiteusis adquisitiva.

(168)  Enfiteusis adquisitiva (ex Marie de Bourgogne).

(169)  Enfiteusis adquisitiva.

(170)  Enfiteusis adquisitiva.

(171)  Enfiteusis adquisitiva.

(172)  Enfiteusis adquisitiva.

(173)  Enfiteusis adquisitiva.

(174)  Enfiteusis adquisitiva.

(175)  Enfiteusis adquisitiva (ocupación parcial por la OLAF).

(176)  Enfiteusis adquisitiva.

(177)  Enfiteusis adquisitiva.

(178)  Enfiteusis adquisitiva.

(179)  Enfiteusis adquisitiva.

(180)  Enfiteusis adquisitiva.

(181)  Enfiteusis adquisitiva.

(182)  El patrimonio inmobiliario del servicio exterior comprende 25 inmuebles de oficinas, 25 residencias de jefes de delegación, 25 alojamientos para funcionarios y 2 plazas de aparcamiento.

(183)  Se consigna un crédito de 178 527 euros en el capítulo 10 0.

(184)  Se consigna un crédito de 89 468 euros en el capítulo 10 0.

(185)  Se consigna un crédito de 2 053 euros en el capítulo 10 0.

(186)  Se consigna un crédito de 950 euros en el capítulo 10 0.

(187)  Se consigna un crédito de 10 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(188)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(189)  Se consigna un crédito de 73 000 euros en el capítulo 10 0.

(190)  Se consigna un crédito de 405 000 euros en el capítulo 10 0.

(191)  Se consigna un crédito de 178 527 euros en el capítulo 10 0.

(192)  Se consigna un crédito de 89 468 euros en el capítulo 10 0.

(193)  Se consigna un crédito de 2 053 euros en el capítulo 10 0.

(194)  Se consigna un crédito de 950 euros en el capítulo 10 0.

(195)  Se consigna un crédito de 10 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(196)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(197)  Se consigna un crédito de 73 000 euros en el capítulo 10 0.

(198)  Se consigna un crédito de 405 000 euros en el capítulo 10 0.

(199)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(200)  Se consigna un crédito de 8 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(201)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(202)  Se consigna un crédito de 6 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(203)  Se consigna un crédito de 678 200 euros en el capítulo 10 0.

(204)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(205)  Se consigna un crédito de 8 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(206)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(207)  Se consigna un crédito de 6 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(208)  Se consigna un crédito de 678 200 euros en el capítulo 10 0.

(209)  Se consigna un crédito de 1 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(210)  Se consigna un crédito de 2 023 000 euros en el capítulo 10 0.

(211)  Se consigna un crédito de 1 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(212)  Se consigna un crédito de 2 023 000 euros en el capítulo 10 0.

(213)  Se consigna un crédito de 17 568 000 euros en el capítulo 10 0.

(214)  Se consigna un crédito de 100 000 euros en el capítulo 10 0.

(215)  Se consigna un crédito de 17 568 000 euros en el capítulo 10 0.

(216)  Se consigna un crédito de 100 000 euros en el capítulo 10 0.


II Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad

Parlamento Europeo

15.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 78/1


APROBACIÓN DEFINITIVA

del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006

(2006/179/CE, Euratom)

EL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO EUROPEO,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 272, apartado 4, párrafo tercero,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 177,

Vista la Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (1),

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (2),

Vistos el Acuerdo interinstitucional, de 6 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (3), la Decisión 2003/429/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2003, sobre la adaptación y revisión de las perspectivas financieras con vistas a la ampliación (4), y la Decisión 2003/430/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2003, relativa a la revisión de las perspectivas financieras (5),

Visto el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, establecido por el Consejo el 15 de julio de 2005,

Vista la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 27 de octubre de 2005 sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, sección III, «Comisión»,

Vista la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 27 de octubre de 2005 sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, sección I, «Parlamento Europeo», sección II, «Consejo», sección IV, «Tribunal de Justicia», sección V, «Tribunal de Cuentas», sección VI «Comité Económico y Social Europeo», sección VII, «Comité de las Regiones», sección VIII(A), «Defensor del Pueblo Europeo», sección VIII(B), «Supervisor Europeo de Protección de Datos»,

Vistas las enmiendas y las propuestas de modificación al proyecto de presupuesto general aprobadas por el Parlamento Europeo el 27 de octubre de 2005,

Vistas las modificaciones del Consejo a las enmiendas y las propuestas de modificación aprobadas por el Parlamento al proyecto de presupuesto general,

Vista la concertación presupuestaria del 24 de noviembre de 2005 que concluyó en el diálogo a tres bandas del 30 de noviembre de 2005,

Vistas la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 2005, sobre la movilización del instrumento de flexibilidad de conformidad con lo dispuesto en el apartado 24 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 en favor de la rehabilitación y la reconstrucción de Iraq, de la rehabilitación y reconstrucción de los países afectados por el tsunami, de los países firmantes del Protocolo del azúcar afectados por la reforma del régimen del azúcar en 2006 y de la política exterior y de seguridad común,

Vistos el artículo 69 y el anexo IV del Reglamento interno del Parlamento Europeo,

Vista la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 15 de diciembre de 2005,

DECLARA:

que el procedimiento previsto en el artículo 272 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y en el artículo 177 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica ha concluido y que el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006 ha quedado definitivamente aprobado.

Hecho en Estrasburgo, el 15 de diciembre de 2005.

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES


(1)  DO L 253 de 7.10.2000, p. 42.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1. Acuerdo modificado en último lugar por la Decisión 2005/708/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 269 de 14.10.2005, p. 24).

(4)  DO L 147 de 14.6.2003, p. 25.

(5)  DO L 147 de 14.6.2003, p. 31.


SUMARIO

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. Introducción y financiación del presupuesto general I/9
B. Estado general de los ingresos por línea presupuestaria I/21
C. Personal I/113
D. Patrimonio inmobiliario I/161

ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

Sección I: Parlamento

— Estado de ingresos I/168
— Estado de gastos I/181

Sección II: Consejo

— Estado de ingresos I/228
— Estado de gastos I/243

Sección III: Comisión (volumen II)

— Estado de ingresos II/13
— Estado de gastos II/63

Sección IV: Tribunal de Justicia

— Estado de ingresos I/292
— Estado de gastos I/303

Sección V: Tribunal de Cuentas

— Estado de ingresos I/354
— Estado de gastos I/365

Sección VI: Comité Económico y Social Europeo

— Estado de ingresos I/412
— Estado de gastos I/423

Sección VII: Comité de las Regiones

— Estado de ingresos I/468
— Estado de gastos I/480

Sección VIII: Defensor del Pueblo Europeo y Supervisor Europeo de Protección de Datos

— Parte A: Defensor del Pueblo Europeo I/529
— Estado de ingresos I/530
— Estado de gastos I/537
— Parte B: Supervisor Europeo de Protección de Datos I/563
— Estado de ingresos I/564
— Estado de gastos I/569

SUMARIO — VOLUMEN I

ESTADO GENERAL DE INGRESOS

A. Introducción y financiación del presupuesto general I/9
B. Estado general de los ingresos por línea presupuestaria I/21
— Título 1: Recursos propios I/22
— Título 3: Excedentes, saldos y ajustes I/40
— Título 4: Ingresos procedentes de personas vinculadas con las instituciones y otros organismos comunitarios I/50
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de las instituciones I/59
— Título 6: Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas comunitarios I/72
— Título 7: Intereses de demora y multas I/93
— Título 8: Empréstitos y préstamos I/97
— Título 9: Ingresos diversos I/111
C. Personal I/113
D. Patrimonio inmobiliario I/161

ESTADO DE INGRESOS Y DE GASTOS POR SECCIÓN

Sección I: Parlamento

— Estado de ingresos I/168
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos comunitarios I/168
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/171
— Título 6: Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas comunitarios I/177
— Título 9: Ingresos diversos I/179
— Estado de gastos I/181
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/182
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/199
— Título 3: Gastos resultantes del ejercicio de misiones generales por parte de la institución I/209
— Título 4: Gastos resultantes del ejercicio de misiones específicas por parte de la institución I/219
— Título 10: Otros gastos I/223

Sección II: Consejo

— Estado de ingresos I/228
— Título 4: Impuestos diversos, exacciones y cánones comunitarios I/228
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/231
— Título 6: Contribuciones y restituciones en el marco de los acuerdos y programas comunitarios I/237
— Título 7: Intereses de demora I/239
— Título 9: Ingresos diversos I/241
— Estado de gastos I/243
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/244
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/258
— Título 3: Gastos derivados del ejercicio de misiones por la institución I/273
— Título 10: Otros gastos I/286

Sección IV: Tribunal de Justicia

— Estado de ingresos I/292
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a la institución I/292
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/295
— Título 9: Ingresos diversos I/300
— Estado de gastos I/303
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/304
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/330
— Título 3: Gastos resultantes del ejercicio de funciones específicas por parte de la institución I/347
— Título 10: Otros gastos I/349

Sección V: Tribunal de Cuentas

— Estado de ingresos I/354
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos comunitarios I/354
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/357
— Título 9: Ingresos diversos I/363
— Estado de gastos I/365
— Título 1: Gastos correspondientes a personas vinculadas a la institución I/366
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/390
— Título 10: Otros gastos I/407

Sección VI: Comité Económico y Social Europeo

— Estado de ingresos I/412
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos comunitarios I/412
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/415
— Título 9: Ingresos diversos I/421
— Estado de gastos I/423
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/425
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/446
— Título 10: Otros gastos I/463

Sección VII: Comité de las Regiones

— Estado de ingresos I/468
— Título 4: Ingresos procedentes de las personas vinculadas a las instituciones y otros organismos comunitarios I/468
— Título 5: Ingresos procedentes del funcionamiento administrativo de la institución I/471
— Título 9: Ingresos diversos I/478
— Estado de gastos I/480
— Título 1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/482
— Título 2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/504
— Título 10: Otros gastos I/522

Sección VIII: Defensor del Pueblo Europeo y Supervisor Europeo de Protección de Datos

— Parte A: Defensor del Pueblo Europeo I/529
— Estado de ingresos I/530
— Título A-4: Impuestos diversos, exacciones y cánones comunitarios I/530
— Título A-6: Otras contribuciones y restituciones I/533
— Título A-9: Ingresos diversos I/535
— Estado de gastos I/537
— Título A-1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/539
— Título A-2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/549
— Título A-3: Gastos resultantes del ejercicio de funciones específicas por parte de la institución I/555
— Título A-10: Otros gastos I/561
— Parte B: Supervisor Europeo de Protección de Datos I/563
— Estado de ingresos I/564
— Título B-4: Impuestos diversos, exacciones y cánones comunitarios I/564
— Título B-9: Ingresos diversos I/567
— Estado de gastos I/569
— Título B-1: Gastos relativos a las personas vinculadas a la institución I/570
— Título B-2: Inmuebles, material y gastos diversos de funcionamiento I/583
— Título B-10: Otros gastos I/589

A. FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

INTRODUCCIÓN

El presupuesto general de la Unión Europea es el acto por el que se establecen y aprueban los ingresos y gastos previsibles de la Comunidad Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica que se consideran necesarios para un determinado ejercicio.

El presupuesto deberá atenerse, en su establecimiento y ejecución, a los principios de unidad, veracidad presupuestaria, anualidad, equilibrio, unidad de cuenta, universalidad, especialidad, buena gestión financiera y transparencia.

El principio de unidad y el principio de veracidad presupuestaria implican que todos los ingresos y gastos de las Comunidades, así como los de la Unión Europea, cuando éstos corran a cargo del presupuesto, deberán recogerse y consignarse en un solo y único documento.

El principio de anualidad significa que los créditos consignados en el presupuesto, sean de compromiso o de pago, se autorizarán por un ejercicio presupuestario y se utilizarán, en principio, durante este mismo ejercicio.

Según el principio de equilibrio, las previsiones de ingresos de un ejercicio deben ser iguales a los créditos de pago de ese mismo ejercicio. Recurrir a empréstitos para enjugar un posible déficit presupuestario no es compatible con el sistema de recursos propios y, por tanto, no está permitido.

Según el principio de unidad de cuenta, el establecimiento, ejecución y rendición de cuentas del presupuesto se efectuará en euros.

El principio de universalidad significa que la totalidad de los ingresos debe cubrir la totalidad de los créditos de pago a reserva de determinados ingresos, fijados de manera restrictiva, que se afectan a gastos específicos. Los ingresos y los gastos se consignarán en el presupuesto por su importe íntegro, sin compensación entre sí.

El principio de especialidad presupuestaria significa que los créditos deben tener un destino determinado y deben afectarse a un objetivo específico, a fin de evitar toda confusión entre los mismos.

El principio de buena gestión financiera se define por referencia a los principios de economía, eficiencia y eficacia.

El presupuesto se elabora en cumplimiento del principio de transparencia garantizando una buena información sobre la ejecución presupuestaria y la contabilidad.

Con el fin de reforzar la transparencia de la gestión presupuestaria respecto de los objetivos de buena gestión financiera y, más concretamente, de eficiencia y eficacia, el presupuesto presenta los créditos y recursos según su afectación, es decir, por actividades (PA — «Presupuestación por Actividades»).

Los gastos autorizados en el presente presupuesto para los 25 Estados miembros actuales alcanzan un importe global de 121 190,91 millones de euros en créditos de compromiso y 111 969,61 millones de euros en créditos de pago, lo que representa un tipo de variación del 4,51 % y el 5,95 %, respectivamente, con relación al presupuesto de 2005 adoptado en diciembre de 2004.

Los ingresos presupuestarios para los 25 Estados miembros alcanzan un importe global de 111 969,61 millones de euros. El tipo uniforme de referencia del recurso «IVA» se establece en un 0,3095 % y el del recurso «RNB» en un 0,7267 %. Los recursos propios tradicionales (derechos de aduana, derechos agrícolas y cotizaciones «azúcar») representan un 12,70 % de la financiación del presupuesto 2005; el recurso «IVA», un 14,19 %; y el recurso «RNB», un 71,95 %. La previsión correspondiente a «Otros ingresos» de este ejercicio asciende a 1 297,69 millones de euros.

Los recursos propios necesarios para la financiación del presupuesto 2006 de los 25 Estados miembros representan un 1,00 % del total de la Renta Nacional Bruta (RNB) de éstos, porcentaje inferior al techo del 1,24 % de la RNB, fijado según el método de cálculo previsto en el artículo 3, apartado 1, de la Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42).

En los cuadros que figuran a continuación se describe, paso a paso, el cálculo de la financiación del presupuesto 2006 para los 25 Estados miembros.

FINANCIACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL

Créditos a financiar en el ejercicio 2006 con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas

GASTOS

Descripción

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005 (1)

Variación (%)

1. Agricultura

50 991 020 000

48 464 850 000

+5,21

2. Intervenciones estructurales

35 639 599 237

32 396 027 704

+10,01

3. Políticas internas

8 889 218 143

8 016 662 269

+10,88

4. Acción exterior

5 369 049 920

5 476 162 603

–1,96

5. Administración

6 656 369 817

6 292 367 368

+5,78

6. Reservas

458 000 000

446 000 000

+2,69

7. Estrategia de preadhesión

2 892 850 000

3 286 990 000

–11,99

8. Compensaciones

1 073 500 332

1 304 988 996

–17,74

Total de gastos (2)

111 969 607 449

105 684 048 940

+5,95


INGRESOS

Descripción

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005 (3)

Variación (%)

Ingresos diversos (títulos 4 a 9)

1 297 689 094

1 585 916 305

–18,71

Excedente disponible del ejercicio anterior (capítulo 3 0, artículo 3 0 0)

p.m.

2 736 707 563

 

Excedente de recursos propios resultante de una transferencia de capítulos de la sección de Garantía del FEOGA (capítulo 3 0, artículo 3 0 1)

p.m.

p.m.

 

Excedente de recursos propios resultante de la transferencia del excedente del Fondo de Garantía relativo a Acciones exteriores (capítulo 3 0, artículo 3 0 2)

p.m.

525 961 402

 

Saldos de recursos propios procedentes del IVA y de recursos propios PNB/RNB relativo a ejercicios anteriores (capítulos 3 1 y 3 2)

p.m.

2 451 315 772

 

Total de ingresos de los títulos 3 a 9

1 297 689 094

7 299 901 042

–82,22

Importe neto (= 75 %) de los derechos de aduana, derechos agrícolas y cotizaciones en el sector del azúcar (capítulos 1 0, 1 1 y 1 2)

14 225 100 000

13 944 000 000

+2,02

Recursos propios «IVA» al tipo uniforme (cuadros 1 y 2, capítulo 1 3)

15 884 321 797

15 556 051 275

+2,11

Resto a financiar con el recurso complementario (recursos propios RNB, cuadros 3 y 4, capítulo 1 4)

80 562 496 558

68 884 096 623

+16,95

Créditos que deberán cubrirse con los recursos propios a que se refiere el artículo 2 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom (4)

110 671 918 355

98 384 147 898

+12,49

Total de los ingresos (5)

111 969 607 449

105 684 048 940

+5,95


CUADRO 1

Cálculo de la nivelación de las bases armonizadas del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

Estados miembros

1 % de la base «IVA» sin nivelar

1 % de la renta nacional bruta

Tipo de nivelación (en %)

1 % de la renta nacional bruta multiplicado por el tipo de nivelación

1 % de la base «IVA» nivelada (6)

Estados miembros con base «IVA» nivelada

 

(1)

(2)

(4)

(5)

(6)

(7)

Bélgica

1 310 215 000

3 128 969 000

50

1 564 484 500

1 310 215 000

 

República Checa

602 106 000

994 862 000

50

497 431 000

497 431 000

República Checa

Dinamarca

819 859 000

2 099 021 000

50

1 049 510 500

819 859 000

 

Alemania

9 799 832 000

22 810 270 000

50

11 405 135 000

9 799 832 000

 

Estonia

55 930 000

98 555 000

50

49 277 500

49 277 500

Estonia

Grecia

1 072 870 000

1 893 940 000

50

946 970 000

946 970 000

Grecia

España

5 426 125 000

9 003 310 000

50

4 501 655 000

4 501 655 000

España

Francia

8 370 700 000

17 612 620 000

50

8 806 310 000

8 370 700 000

 

Irlanda

789 535 000

1 416 737 000

50

708 368 500

708 368 500

Irlanda

Italia

6 337 513 000

14 454 499 000

50

7 227 249 500

6 337 513 000

 

Chipre

108 709 000

135 816 000

50

67 908 000

67 908 000

Chipre

Letonia

57 459 000

129 939 000

50

64 969 500

57 459 000

 

Lituania

132 640 000

210 135 000

50

105 067 500

105 067 500

Lituania

Luxemburgo

170 252 000

256 440 000

50

128 220 000

128 220 000

Luxemburgo

Hungría

404 168 000

906 498 000

50

453 249 000

404 168 000

 

Malta

35 810 000

45 841 000

50

22 920 500

22 920 500

Malta

Países Bajos

2 359 925 000

4 865 105 000

50

2 432 552 500

2 359 925 000

 

Austria

1 084 190 000

2 479 885 000

50

1 239 942 500

1 084 190 000

 

Polonia

1 325 076 000

2 398 275 000

50

1 199 137 500

1 199 137 500

Polonia

Portugal

941 550 000

1 429 050 000

50

714 525 000

714 525 000

Portugal

Eslovenia

158 752 000

292 944 000

50

146 472 000

146 472 000

Eslovenia

Eslovaquia

165 376 000

394 000 000

50

197 000 000

165 376 000

 

Finlandia

699 620 000

1 613 560 000

50

806 780 000

699 620 000

 

Suecia

1 268 455 000

3 078 609 000

50

1 539 304 500

1 268 455 000

 

Reino Unido

9 765 154 000

19 112 000 000

50

9 556 000 000

9 556 000 000

Reino Unido

Total

53 261 821 000

110 860 880 000

 

55 430 440 000

51 321 264 500

 


Cálculo del tipo uniforme de referencia de los recursos propios IVA (artículo 2, apartado 4, de la Decisión 2000/597/CE, Euratom):

Tipo uniforme (%) = Tipo de referencia máximo – tipo congelado

 

A. El tipo de referencia máximo se ha fijado en 0,50 % para el año 2006.

B. Determinación del tipo congelado por la corrección de los desequilibrios presupuestarios concedida al Reino Unido [artículo 2, apartado 4, letra b), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]:

 

1) Cálculo de la parte teórica de los países con una carga financiera limitada:

 

Según el artículo 5, apartado 1, de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, la contribución financiera de Alemania (D), los Países Bajos (NL), Austria (A) y Suecia (S) queda limitada a un 25 % de su contribución normal.

 

Fórmula de un país con una carga financiera limitada, por ejemplo, Alemania:

 

Contribución «IVA» teórica de Alemania = [base «IVA» nivelada de Alemania / (base «IVA» nivelada de la UE – base «IVA» nivelada del Reino Unido)] × 1/4 × corrección en favor del Reino Unido

 

Ejemplo con cifras: Alemania

Contribución «IVA» teórica de Alemania = 9 799 832 000 / (51 321 264 500 – 9 556 000 000) × 1/4 × 5 685 342 107 = 333 503 200

 

2) Cálculo del tipo congelado:

 

Tipo congelado = [corrección en favor del Reino Unido – contribuciones «IVA» teóricas (D + NL + A + S)] / [base «IVA» nivelada de la UE – bases «IVA» niveladas (Reino Unido + D + NL + A + S)]

Tipo congelado = 5 685 342 107 – (333 503 200 + 80 311 840 + 36 896 636 + 43 167 455)] / [51 321 264 500 – (9 556 000 000 + 9 799 832 000 + 2 359 925 000 + 1 084 190 000 + 1 268 455 000)]

Tipo congelado = 0,190492392346244 %

Tipo uniforme

0,5 % – 0,190492392346244 % = 0,309507607653756 %


CUADRO 2

Desglose de recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido (IVA) conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom (capítulo 1 3)

Estados miembros

1 % de la base «IVA» nivelada

Tipo máximo de referencia «IVA» (en %)

Tipo uniforme de recursos propios «IVA» (en %)

Recursos propios «IVA» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3)

(4) = (1) × (3)

Bélgica

1 310 215 000

0,50

0,309507608

405 521 510

República Checa

497 431 000

0,50

0,309507608

153 958 679

Dinamarca

819 859 000

0,50

0,309507608

253 752 598

Alemania

9 799 832 000

0,50

0,309507608

3 033 122 558

Estonia

49 277 500

0,50

0,309507608

15 251 761

Grecia

946 970 000

0,50

0,309507608

293 094 419

España

4 501 655 000

0,50

0,309507608

1 393 296 470

Francia

8 370 700 000

0,50

0,309507608

2 590 795 331

Irlanda

708 368 500

0,50

0,309507608

219 245 440

Italia

6 337 513 000

0,50

0,309507608

1 961 508 487

Chipre

67 908 000

0,50

0,309507608

21 018 043

Letonia

57 459 000

0,50

0,309507608

17 783 998

Lituania

105 067 500

0,50

0,309507608

32 519 191

Luxemburgo

128 220 000

0,50

0,309507608

39 685 065

Hungría

404 168 000

0,50

0,309507608

125 093 071

Malta

22 920 500

0,50

0,309507608

7 094 069

Países Bajos

2 359 925 000

0,50

0,309507608

730 414 741

Austria

1 084 190 000

0,50

0,309507608

335 565 053

Polonia

1 199 137 500

0,50

0,309507608

371 142 179

Portugal

714 525 000

0,50

0,309507608

221 150 923

Eslovenia

146 472 000

0,50

0,309507608

45 334 198

Eslovaquia

165 376 000

0,50

0,309507608

51 185 130

Finlandia

699 620 000

0,50

0,309507608

216 537 712

Suecia

1 268 455 000

0,50

0,309507608

392 596 472

Reino Unido

9 556 000 000

0,50

0,309507608

2 957 654 699

Total

51 321 264 500

 

 

15 884 321 797


CUADRO 3

Determinación del tipo uniforme y reparto de los recursos basados en la renta nacional bruta conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom (capítulo 1 4)

Estados miembros

1 % de la renta nacional bruta

Tipo uniforme de recursos propios «base complementaria»

Recursos propios «base complementaria» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3) = (1) × (2)

Bélgica

3 128 969 000

 

2 273 818 811

República Checa

994 862 000

 

722 965 274

Dinamarca

2 099 021 000

 

1 525 356 574

Alemania

22 810 270 000

 

16 576 201 617

Estonia

98 555 000

 

71 619 825

Grecia

1 893 940 000

 

1 376 324 405

España

9 003 310 000

 

6 542 696 855

Francia

17 612 620 000

 

12 799 074 282

Irlanda

1 416 737 000

 

1 029 541 437

Italia

14 454 499 000

 

10 504 070 741

Chipre

135 816 000

 

98 697 359

Letonia

129 939 000

0,7266991 (7)

94 426 548

Lituania

210 135 000

 

152 704 906

Luxemburgo

256 440 000

 

186 354 705

Hungría

906 498 000

 

658 751 239

Malta

45 841 000

 

33 312 611

Países Bajos

4 865 105 000

 

3 535 467 198

Austria

2 479 885 000

 

1 802 130 082

Polonia

2 398 275 000

 

1 742 824 172

Portugal

1 429 050 000

 

1 038 489 282

Eslovenia

292 944 000

 

212 882 128

Eslovaquia

394 000 000

 

286 319 427

Finlandia

1 613 560 000

 

1 172 572 525

Suecia

3 078 609 000

 

2 237 222 246

Reino Unido

19 112 000 000

 

13 888 672 309

Total

110 860 880 000

 

80 562 496 558


CUADRO 4

Recursos basados en la RNB — Financiación de las reservas [artículo 2, apartado 1, letra d), y artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom] (capítulo 1 4)

Estados miembros

Reserva de préstamos y garantía de préstamos

Reserva de ayuda de emergencia

Recursos propios «RNB», sin incluir reservas

Recursos propios «RNB» al tipo uniforme

 

(1)

(2)

(3)

(4) = (1) + (2) + (3)

Bélgica

6 463 361

6 463 361

2 260 892 089

2 273 818 811

República Checa

2 055 039

2 055 039

718 855 196

722 965 274

Dinamarca

4 335 847

4 335 847

1 516 684 880

1 525 356 574

Alemania

47 118 080

47 118 080

16 481 965 457

16 576 201 617

Estonia

203 580

203 580

71 212 665

71 619 825

Grecia

3 912 221

3 912 221

1 368 499 963

1 376 324 405

España

18 597 705

18 597 705

6 505 501 445

6 542 696 855

Francia

36 381 544

36 381 544

12 726 311 194

12 799 074 282

Irlanda

2 926 486

2 926 486

1 023 688 465

1 029 541 437

Italia

29 857 965

29 857 965

10 444 354 811

10 504 070 741

Chipre

280 549

280 549

98 136 261

98 697 359

Letonia

268 409

268 409

93 889 730

94 426 548

Lituania

434 066

434 066

151 836 774

152 704 906

Luxemburgo

529 716

529 716

185 295 273

186 354 705

Hungría

1 872 509

1 872 509

655 006 221

658 751 239

Malta

94 692

94 692

33 123 227

33 312 611

Países Bajos

10 049 614

10 049 614

3 515 367 970

3 535 467 198

Austria

5 122 579

5 122 579

1 791 884 924

1 802 130 082

Polonia

4 954 002

4 954 002

1 732 916 168

1 742 824 172

Portugal

2 951 920

2 951 920

1 032 585 442

1 038 489 282

Eslovenia

605 120

605 120

211 671 888

212 882 128

Eslovaquia

813 867

813 867

284 691 693

286 319 427

Finlandia

3 333 053

3 333 053

1 165 906 419

1 172 572 525

Suecia

6 359 335

6 359 335

2 224 503 576

2 237 222 246

Reino Unido

39 478 741

39 478 741

13 809 714 827

13 888 672 309

Total

229 000 000

229 000 000

80 104 496 558

80 562 496 558

Porcentaje del 1 % de la RNB

0,0021

0,0021

0,7226

0,7267


CUADRO 5

Corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2005, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom (capítulo 1 5)

Descripción

Coeficiente (8) (%)

Importe

1. Cuota porcentual del Reino Unido en el total de las bases IVA sin nivelar de referencia

17,8134

 

2. Cuota porcentual del Reino Unido en el total de los gastos asignados ajustados por los gastos de preadhesión

7,1843

 

3. (1) – (2)

10,6290

 

4. Total de gastos asignados

 

93 429 615 393

5. Gastos de preadhesión (PAE) (9)

 

1 755 539 532

6. Gastos asignados totales ajustados por los gastos de preadhesión = (4) – (5)

 

91 674 075 861

7. Importe inicial de la corrección del Reino Unido = (3) × (6) × 0,66

 

6 431 081 164

8. Ventaja del Reino Unido (10)

 

747 129 835

9. Compensación de base del Reino Unido = (7) – (8)

 

5 683 951 329

10. Beneficios excepcionales correspondientes a los recursos propios tradicionales (11)

 

–1 390 778

11. Corrección en favor del Reino Unido = (9) – (10)

 

5 685 342 107


CUADRO 6

Cálculo de la financiación de la corrección en favor del Reino Unido por un importe aprobado de –5 685 342 107 euros (capítulo 1 5)

Estados miembros

Cuotas de las bases «RNB» reducidas

Cuotas sin el Reino Unido

Cuotas sin Alemania, Países Bajos, Austria, Suecia y el Reino Unido

3/4 de la cuota de Alemania, Países Bajos, Austria y Suecia en la columna (2)

Columna (4) desglosada según la clave de la columna (3)

Clave de financiación

Clave de financiación aplicada a la corrección

 

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6) = (2) + (4) + (5)

(7)

Bélgica

2,82

3,41

5,35

 

1,45

4,86

276 481 607

República Checa

0,90

1,08

1,70

 

0,46

1,55

87 907 884

Dinamarca

1,89

2,29

3,59

 

0,97

3,26

185 473 457

Alemania

20,58

24,86

0,00

–18,65

0,00

6,22

353 367 227

Estonia

0,09

0,11

0,17

 

0,05

0,15

8 708 506

Grecia

1,71

2,06

3,24

 

0,88

2,94

167 352 113

España

8,12

9,81

15,39

 

4,18

13,99

795 549 465

Francia

15,89

19,20

30,10

 

8,18

27,37

1 556 284 347

Irlanda

1,28

1,54

2,42

 

0,66

2,20

125 185 555

Italia

13,04

15,75

24,70

 

6,71

22,47

1 277 226 814

Chipre

0,12

0,15

0,23

 

0,06

0,21

12 000 958

Letonia

0,12

0,14

0,22

 

0,06

0,20

11 481 655

Lituania

0,19

0,23

0,36

 

0,10

0,33

18 567 925

Luxemburgo

0,23

0,28

0,44

 

0,12

0,40

22 659 522

Hungría

0,82

0,99

1,55

 

0,42

1,41

80 099 874

Malta

0,04

0,05

0,08

 

0,02

0,07

4 050 597

Países Bajos

4,39

5,30

0,00

–3,98

0,00

1,33

75 368 185

Austria

2,24

2,70

0,00

–2,03

0,00

0,68

38 417 348

Polonia

2,16

2,61

4,10

 

1,11

3,73

211 916 106

Portugal

1,29

1,56

2,44

 

0,66

2,22

126 273 555

Eslovenia

0,26

0,32

0,50

 

0,14

0,46

25 885 085

Eslovaquia

0,36

0,43

0,67

 

0,18

0,61

34 814 584

Finlandia

1,46

1,76

2,76

 

0,75

2,51

142 577 207

Suecia

2,78

3,36

0,00

–2,52

0,00

0,84

47 692 531

Reino Unido

17,24

0,00

0,00

 

0,00

0,00

Total

100,00

100,00

100,00

–27,17

27,17

100,00

5 685 342 107

Los cálculos se efectúan con una precisión de quince decimales.

CUADRO 7

Recapitulación de la financiación del presupuesto general por tipo de recurso propio y por Estado miembro

Estado miembro

Derechos agrícolas netos (75 %)

Cotizaciones netas azúcar e isoglucosa (75 %)

Derechos de aduana netos (75 %)

Total de los recursos propios tradicionales netos (75 %)

Recursos propios «IVA» al tipo uniforme

Recursos propios «RNB» excluidas las reservas

Recursos propios «RNB», reservas

Corrección del IVA en favor del Reino Unido

Total de los recursos propios (12)

Contribución total de financiación (%)

 

(1)

(2)

(3)

(4) = (1) + (2) + (3)

(5)

(6)

(7)

(8)

(9) = (4) + (5) + (6) + (7) + (8)

(10)

Bélgica

10 800 000

33 600 000

1 441 900 000

1 486 300 000

405 521 510

2 260 892 089

12 926 722

276 481 607

4 442 121 928

4,01

República Checa

2 600 000

6 500 000

158 800 000

167 900 000

153 958 679

718 855 196

4 110 078

87 907 884

1 132 731 837

1,02

Dinamarca

15 800 000

19 100 000

226 400 000

261 300 000

253 752 598

1 516 684 880

8 671 694

185 473 457

2 225 882 629

2,01

Alemania

115 500 000

159 900 000

2 517 300 000

2 792 700 000

3 033 122 558

16 481 965 457

94 236 160

353 367 227

22 755 391 402

20,56

Estonia

400 000

16 900 000

17 300 000

15 251 761

71 212 665

407 160

8 708 506

112 880 092

0,10

Grecia

7 300 000

4 100 000

191 300 000

202 700 000

293 094 419

1 368 499 963

7 824 442

167 352 113

2 039 470 937

1,84

España

38 000 000

16 600 000

1 101 900 000

1 156 500 000

1 393 296 470

6 505 501 445

37 195 410

795 549 465

9 888 042 790

8,93

Francia

58 900 000

153 000 000

1 027 300 000

1 239 200 000

2 590 795 331

12 726 311 194

72 763 088

1 556 284 347

18 185 353 960

16,43

Irlanda

400 000

4 700 000

149 900 000

155 000 000

219 245 440

1 023 688 465

5 852 972

125 185 555

1 528 972 432

1,38

Italia

58 900 000

21 100 000

1 333 100 000

1 413 100 000

1 961 508 487

10 444 354 811

59 715 930

1 277 226 814

15 155 906 042

13,69

Chipre

1 900 000

38 200 000

40 100 000

21 018 043

98 136 261

561 098

12 000 958

171 816 360

0,16

Letonia

400 000

600 000

19 700 000

20 700 000

17 783 998

93 889 730

536 818

11 481 655

144 392 201

0,13

Lituania

1 300 000

1 000 000

32 000 000

34 300 000

32 519 191

151 836 774

868 132

18 567 925

238 092 022

0,22

Luxemburgo

100 000

13 800 000

13 900 000

39 685 065

185 295 273

1 059 432

22 659 522

262 599 292

0,24

Hungría

3 200 000

5 300 000

130 400 000

138 900 000

125 093 071

655 006 221

3 745 018

80 099 874

1 002 844 184

0,91

Malta

1 200 000

 

9 000 000

10 200 000

7 094 069

33 123 227

189 384

4 050 597

54 657 277

0,05

Países Bajos

170 000 000

37 400 000

1 209 300 000

1 416 700 000

730 414 741

3 515 367 970

20 099 228

75 368 185

5 757 950 124

5,20

Austria

4 000 000

15 200 000

186 100 000

205 300 000

335 565 053

1 791 884 924

10 245 158

38 417 348

2 381 412 483

2,15

Polonia

20 900 000

30 500 000

217 900 000

269 300 000

371 142 179

1 732 916 168

9 908 004

211 916 106

2 595 182 457

2,34

Portugal

19 900 000

1 900 000

93 900 000

115 700 000

221 150 923

1 032 585 442

5 903 840

126 273 555

1 501 613 760

1,36

Eslovenia

100 000

500 000

31 100 000

31 700 000

45 334 198

211 671 888

1 210 240

25 885 085

315 801 411

0,29

Eslovaquia

600 000

5 200 000

46 800 000

52 600 000

51 185 130

284 691 693

1 627 734

34 814 584

424 919 141

0,38

Finlandia

3 000 000

3 600 000

100 200 000

106 800 000

216 537 712

1 165 906 419

6 666 106

142 577 207

1 638 487 444

1,48

Suecia

8 700 000

8 800 000

313 700 000

331 200 000

392 596 472

2 224 503 576

12 718 670

47 692 531

3 008 711 249

2,72

Reino Unido

219 600 000

27 600 000

2 298 500 000

2 545 700 000

2 957 654 699

13 809 714 827

78 957 482

–5 685 342 107

13 706 684 901

12,38

Total

763 500 000

556 200 000

12 905 400 000

14 225 100 000

15 884 321 797

80 104 496 558

458 000 000

110 671 918 355

100,00

B. ESTADO GENERAL DE LOS INGRESOS POR LÍNEA PRESUPUESTARIA

Título

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1

RECURSOS PROPIOS

110 671 918 355

98 384 147 898

95 051 421 648,09

3

EXCEDENTES, SALDOS Y AJUSTESN 

p.m.

5 713 984 737

5 694 872 994,11

4

INGRESOS PROCEDENTES DE PERSONAS VINCULADAS CON LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

1 034 904 640

798 460 359

762 985 620,08

5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

78 630 000

54 035 000

180 921 358,92

6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

15 000 000

360 000 000

1 275 865 940,11

7

INTERESES DE DEMORA Y MULTAS

120 000 000

318 000 000

470 135 008,34

8

EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS

29 028 454

25 359 946

31 484 111,81

9

INGRESOS DIVERSOS

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

 

TOTAL GENERAL

111 969 607 449

105 684 048 940

103 511 946 247,35

TÍTULO 1

RECURSOS PROPIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Derechos agrarios establecidos por las instituciones de las Comunidades Europeas sobre los intercambios con los países no miembros en el marco de la política agrícola común [artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]

1 0 0 0

Derechos agrarios establecidos por las instituciones de las Comunidades Europeas sobre los intercambios con los países no miembros en el marco de la política agrícola común [artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

 

Total del artículo 1 0 0

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Cotizaciones por la producción de azúcar

547 100 000

628 700 000

413 144 497,22

1 1 1

Cotizaciones por el almacenamiento de azúcar

p.m.

p.m.

–85 802,17

1 1 2

Cotizaciones por la producción de isoglucosa

6 700 000

7 200 000

3 707 832,67

1 1 3

Importes percibidos de la producción de azúcar C, de isoglucosa C y de jarabe de insulina C no exportada

p.m.

p.m.

–18 093 826,88

1 1 4

Importes percibidos por el azúcar C y la isoglucosa C de sustitución

p.m.

p.m.

0,—

1 1 5

Cotización por la producción de jarabe de inulina

2 400 000

2 100 000

2 949 953,77

1 1 6

Cotización complementaria introducida por el Reglamento (CEE) no 1107/88

p.m.

155 800 000

17,93

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

556 200 000

793 800 000

401 622 672,54

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Derechos de aduana y otros derechos contemplados en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

12 905 400 000

12 030 800 000

10 592 094 999,20

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

12 905 400 000

12 030 800 000

10 592 094 999,20

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

15 884 321 797

15 556 051 275

13 679 345 946,60

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

15 884 321 797

15 556 051 275

13 679 345 946,60

CAPÍTULO 1 4

1 4 0

Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), y del artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

1 4 0 0

Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, excepto los correspondientes a la reserva de garantía de préstamos y a la reserva de ayuda de emergencia

80 104 496 558

68 438 096 623

69 030 693 519,50

1 4 0 2

Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, que corresponden a la reserva para préstamos y garantía de préstamos

229 000 000

223 000 000

183 525 964,54

1 4 0 3

Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), y del artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, que corresponden a la reserva de ayuda de emergencia

229 000 000

223 000 000

0,—

 

Total del artículo 1 4 0

80 562 496 558

68 884 096 623

69 214 219 484,04

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

80 562 496 558

68 884 096 623

69 214 219 484,04

CAPÍTULO 1 5

1 5 0

Corrección de los desequilibrios presupuestarios concedida al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

0

0

– 149 254 635,46

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 5

0

0

– 149 254 635,46

 

Total del título 1

110 671 918 355

98 384 147 898

95 051 421 648,09

CAPÍTULO 1 0 —

DERECHOS AGRARIOS ESTABLECIDOS POR LAS INSTITUCIONES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS SOBRE LOS INTERCAMBIOS CON LOS PAÍSES NO MIEMBROS EN EL MARCO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM]

CAPÍTULO 1 1 —

COTIZACIONES Y OTROS DERECHOS PREVISTOS EN EL MARCO DE LA ORGANIZACIÓN COMÚN DEL MERCADO DEL AZÚCAR [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM]

CAPÍTULO 1 2 —

DERECHOS DE ADUANA Y OTROS DERECHOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA B), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

CAPÍTULO 1 3 —

RECURSOS PROPIOS PROCEDENTES DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA C), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

CAPÍTULO 1 4 —

RECURSOS PROPIOS BASADOS EN LA RENTA NACIONAL BRUTA DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA D), Y DEL ARTÍCULO 6 DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

CAPÍTULO 1 5 —

CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS

CAPÍTULO 1 0 —   DERECHOS AGRARIOS ESTABLECIDOS POR LAS INSTITUCIONES DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS SOBRE LOS INTERCAMBIOS CON LOS PAÍSES NO MIEMBROS EN EL MARCO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM]

1 0 0   Derechos agrarios establecidos por las instituciones de las Comunidades Europeas sobre los intercambios con los países no miembros en el marco de la política agrícola común [artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]

1 0 0 0   Derechos agrarios establecidos por las instituciones de las Comunidades Europeas sobre los intercambios con los países no miembros en el marco de la política agrícola común [artículo 2, apartado 1, letra a), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom]

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

Los derechos agrarios son derechos percibidos sobre las importaciones de productos agrarios regulados procedentes de terceros países, con objeto de compensar la diferencia entre los precios mundiales y los niveles de precios que se haya convenido alcanzar dentro de la Comunidad.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra a).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

10 800 000

15 847 010

18 956 640,10

República Checa

2 600 000

3 825 140

2 266 375,79

Dinamarca

15 800 000

23 087 454

27 687 373,36

Alemania

115 500 000

169 399 073

203 080 204,83

Estonia

400 000

683 061

376 013,95

Grecia

7 300 000

10 792 360

12 860 743,64

España

38 000 000

55 737 759

66 799 309,68

Francia

58 900 000

86 338 882

103 453 065,97

Irlanda

400 000

546 449

691 320,88

Italia

58 900 000

86 338 882

103 592 670,05

Chipre

1 900 000

2 732 243

1 663 615,24

Letonia

400 000

546 449

322 701,07

Lituania

1 300 000

1 775 958

1 105 313,88

Luxemburgo

100 000

136 612

240 035,78

Hungría

3 200 000

4 644 813

2 805 783,88

Malta

1 200 000

1 775 958

1 034 859,88

Países Bajos

170 000 000

249 180 571

298 766 866,75

Austria

4 000 000

5 874 323

7 079 076,30

Polonia

20 900 000

30 601 123

18 377 737,66

Portugal

19 900 000

29 235 001

34 981 471,85

Eslovenia

100 000

136 612

104 644,—

Eslovaquia

600 000

956 285

552 141,95

Finlandia

3 000 000

4 371 589

5 252 871,50

Suecia

8 700 000

12 841 543

15 356 881,28

Reino Unido

219 600 000

321 994 850

385 985 461,90

Total de la partida 1 0 0 0

763 500 000

1 119 400 000

1 313 393 181,17

CAPÍTULO 1 1 —   COTIZACIONES Y OTROS DERECHOS PREVISTOS EN EL MARCO DE LA ORGANIZACIÓN COMÚN DEL MERCADO DEL AZÚCAR [ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA A), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM]

1 1 0   Cotizaciones por la producción de azúcar

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

547 100 000

628 700 000

413 144 497,22

La organización común del mercado del azúcar prevé que las empresas azucareras ingresen cotizaciones por la producción de base y B destinadas a cubrir los gastos de sostenimiento del mercado.

No obstante, el límite máximo de estas cotizaciones previsto en el artículo 15 del Reglamento (CE) no 1260/2001 puede dar como resultado que no se cubra totalmente con ellas la pérdida global previsible debida a la existencia de un excedente exportable y calculado con arreglo a las disposiciones de los apartados 1 y 2 de dicho artículo. En ese caso, la cotización complementaria mencionada en el artículo 1 1 6 de este capítulo será efectuada por las empresas azucareras con arreglo a las disposiciones del artículo 16 del Reglamento (CE) no 1260/2001.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

30 600 000

33 100 000

25 974 363,01

República Checa

6 500 000

6 600 000

0,—

Dinamarca

19 100 000

20 700 000

15 992 095,55

Alemania

159 300 000

172 100 000

133 044 587,91

Estonia

0,—

Grecia

3 900 000

8 200 000

2 335 871,53

España

15 800 000

16 400 000

14 478 814,68

Francia

152 400 000

164 400 000

128 060 899,50

Irlanda

4 700 000

5 100 000

4 173 663,91

Italia

20 800 000

57 800 000

9 046 719,13

Chipre

0,—

Letonia

600 000

600 000

0,—

Lituania

1 000 000

1 000 000

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

4 100 000

5 400 000

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

36 600 000

39 600 000

30 822 216,39

Austria

15 200 000

16 400 000

12 872 803,30

Polonia

30 300 000

31 600 000

0,—

Portugal

1 700 000

2 100 000

1 466 724,68

Eslovenia

500 000

400 000

0,—

Eslovaquia

4 700 000

5 300 000

0,—

Finlandia

3 400 000

3 600 000

3 059 892,28

Suecia

8 800 000

9 300 000

7 798 912,97

Reino Unido

27 100 000

29 000 000

24 016 932,38

Total del artículo 1 1 0

547 100 000

628 700 000

413 144 497,22

1 1 1   Cotizaciones por el almacenamiento de azúcar

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

–85 802,17

Este artículo se destina a registrar los ingresos procedentes de remanentes de la cotización al almacenamiento del azúcar, ya que el Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, sobre la organización común de los mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1) suprimió la cotización al almacenamiento.

Por otra parte, este artículo se destina a registrar los importes debidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento (CEE) no 65/82 de la Comisión, de 13 de enero de 1982, por el que se establecen las modalidades de aplicación para el traslado de azúcar a la campaña de comercialización siguiente (DO L 9 de 14.1.1982, p. 14), en caso de incumplimiento de la obligación del traslado del almacenamiento de azúcar, y los importes debidos con arreglo al Reglamento (CEE) no 1789/81 del Consejo, en caso de incumplimiento de las normas generales relativas al régimen de existencias mínimas en el sector del azúcar.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

p.m.

0,—

República Checa

p.m.

p.m.

0,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0,—

Alemania

p.m.

p.m.

0,—

Estonia

0,—

Grecia

p.m.

p.m.

0,—

España

p.m.

p.m.

0,—

Francia

p.m.

p.m.

–85 802,17

Irlanda

p.m.

p.m.

0,—

Italia

p.m.

p.m.

0,—

Chipre

0,—

Letonia

p.m.

p.m.

0,—

Lituania

p.m.

p.m.

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

p.m.

p.m.

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0,—

Austria

p.m.

p.m.

0,—

Polonia

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

0,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0,—

Suecia

p.m.

p.m.

0,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0,—

Total del artículo 1 1 1

p.m.

p.m.

–85 802,17

1 1 2   Cotizaciones por la producción de isoglucosa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

6 700 000

7 200 000

3 707 832,67

La organización común del mercado del azúcar prevé que las empresas productoras de isoglucosa ingresen cotizaciones por la producción de base y B destinadas a cubrir los gastos de sostenimiento del mercado.

No obstante, el límite máximo de estas cotizaciones previsto en el artículo 15 del Reglamento (CE) no 1260/2001 puede dar como resultado que no se cubra totalmente con ellas la pérdida global previsible debida a la existencia de un excedente exportable y calculado con arreglo a las disposiciones de los apartados 1 y 2 de dicho artículo. En ese caso, la cotización complementaria mencionada en el artículo 1 1 6 de este capítulo será efectuada por las empresas productoras de isoglucosa con arreglo a las disposiciones del artículo 16 del Reglamento (CE) no 1260/2001.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

1 400 000

1 400 000

1 112 240,02

República Checa

300 000

0,—

Dinamarca

0,—

Alemania

600 000

700 000

491 855,91

Estonia

0,—

Grecia

200 000

200 000

183 203,80

España

800 000

900 000

758 656,49

Francia

400 000

400 000

298 719,75

Irlanda

0,—

Italia

300 000

400 000

288 451,11

Chipre

0,—

Letonia

0,—

Lituania

100 000

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

1 200 000

200 000

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

200 000

200 000

129 303,68

Austria

0,—

Polonia

200 000

1 300 000

0,—

Portugal

200 000

200 000

140 923,53

Eslovenia

0,—

Eslovaquia

500 000

200 000

0,—

Finlandia

200 000

200 000

49 075,66

Suecia

0,—

Reino Unido

500 000

500 000

255 402,72

Total del artículo 1 1 2

6 700 000

7 200 000

3 707 832,67

1 1 3   Importes percibidos de la producción de azúcar C, de isoglucosa C y de jarabe de insulina C no exportada

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

–18 093 826,88

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2670/81 de la Comisión, de 14 de septiembre de 1981, por el que se establecen las modalidades de aplicación para la producción fuera de cuota en el sector del azúcar (DO L 262 de 16.9.1981, p. 14), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 95/2002 (DO L 17 de 19.1.2002, p. 37).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

p.m.

0,—

República Checa

p.m.

p.m.

0,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0,—

Alemania

p.m.

p.m.

–18 093 826,88

Estonia

0,—

Grecia

p.m.

p.m.

0,—

España

p.m.

p.m.

0,—

Francia

p.m.

p.m.

0,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0,—

Italia

p.m.

p.m.

0,—

Chipre

0,—

Letonia

p.m.

p.m.

0,—

Lituania

p.m.

p.m.

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

p.m.

p.m.

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0,—

Austria

p.m.

p.m.

0,—

Polonia

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

0,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0,—

Suecia

p.m.

p.m.

0,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0,—

Total del artículo 1 1 3

p.m.

p.m.

–18 093 826,88

1 1 4   Importes percibidos por el azúcar C y la isoglucosa C de sustitución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2670/81 de la Comisión, de 14 de septiembre de 1981, por el que se establecen las modalidades de aplicación para la producción fuera de cuota en el sector del azúcar (DO L 262 de 16.9.1981, p. 14), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 95/2002 (DO L 17 de 19.1.2002, p. 37).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

p.m.

0,—

República Checa

p.m.

p.m.

0,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

0,—

Alemania

p.m.

p.m.

0,—

Estonia

0,—

Grecia

p.m.

p.m.

0,—

España

p.m.

p.m.

0,—

Francia

p.m.

p.m.

0,—

Irlanda

p.m.

p.m.

0,—

Italia

p.m.

p.m.

0,—

Chipre

0,—

Letonia

p.m.

p.m.

0,—

Lituania

p.m.

p.m.

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

p.m.

p.m.

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

0,—

Austria

p.m.

p.m.

0,—

Polonia

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

0,—

Eslovenia

p.m.

p.m.

0,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0,—

Finlandia

p.m.

p.m.

0,—

Suecia

p.m.

p.m.

0,—

Reino Unido

p.m.

p.m.

0,—

Total del artículo 1 1 4

p.m.

p.m.

0,—

1 1 5   Cotización por la producción de jarabe de inulina

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

2 400 000

2 100 000

2 949 953,77

Tras la prolongación del régimen de producción existente del azúcar, debe aplicarse un régimen análogo a la producción de jarabe de inulina, producto de sustitución directa de la isoglucosa y del azúcar líquido, para que este producto no perturbe un mercado cuya situación excedentaria podría agravar aún más la carga derivada de los costes de exportación de los productores de azúcar e isoglucosa.

De este modo, la organización común de mercados en el sector del azúcar prevé que las empresas productoras de jarabe de inulina efectúen cotizaciones a la producción de base y B, al igual que la cotización complementaria cuando ésta sea necesaria, con objeto de cubrir los gastos de sostenimiento del mercado.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

1 600 000

1 400 000

2 240 028,51

República Checa

0,—

Dinamarca

0,—

Alemania

0,—

Estonia

0,—

Grecia

0,—

España

0,—

Francia

200 000

200 000

182 627,25

Irlanda

0,—

Italia

0,—

Chipre

0,—

Letonia

0,—

Lituania

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

600 000

500 000

527 298,01

Austria

0,—

Polonia

0,—

Portugal

0,—

Eslovenia

0,—

Eslovaquia

0,—

Finlandia

0,—

Suecia

0,—

Reino Unido

0,—

Total del artículo 1 1 5

2 400 000

2 100 000

2 949 953,77

1 1 6   Cotización complementaria introducida por el Reglamento (CEE) no 1107/88

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

155 800 000

17,93

Esta cotización complementaria se destina a reabsorber totalmente la pérdida global, en el sentido del artículo 15 del Reglamento (CE) no 1260/2001, constatada a partir de la campaña de comercialización 1988/89, no cubierta por el producto de las cotizaciones a la producción de base y B aplicables a dichas campañas.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (DO L 178 de 30.6.2001, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

8 800 000

0,—

República Checa

p.m.

1 700 000

0,—

Dinamarca

p.m.

5 000 000

0,—

Alemania

p.m.

42 200 000

0,—

Estonia

0,—

Grecia

p.m.

2 000 000

0,—

España

p.m.

4 200 000

0,—

Francia

p.m.

40 300 000

0,—

Irlanda

p.m.

1 300 000

0,—

Italia

p.m.

14 200 000

0,—

Chipre

0,—

Letonia

p.m.

200 000

0,—

Lituania

p.m.

200 000

0,—

Luxemburgo

0,—

Hungría

p.m.

1 400 000

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

p.m.

9 800 000

0,—

Austria

p.m.

4 000 000

0,—

Polonia

p.m.

8 000 000

0,—

Portugal

p.m.

500 000

0,—

Eslovenia

p.m.

200 000

0,—

Eslovaquia

p.m.

1 400 000

0,—

Finlandia

p.m.

900 000

17,93

Suecia

p.m.

2 300 000

0,—

Reino Unido

p.m.

7 200 000

0,—

Total del artículo 1 1 6

p.m.

155 800 000

17,93

CAPÍTULO 1 2 —   DERECHOS DE ADUANA Y OTROS DERECHOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA B), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

1 2 0   Derechos de aduana y otros derechos contemplados en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

12 905 400 000

12 030 800 000

10 592 094 999,20

La asignación de los derechos de aduana como recursos propios a la financiación de los gastos comunes es consecuencia lógica de la libre circulación de mercancías dentro de la Comunidad.

A partir de 2003, las previsiones se consignan netas (sin los gastos de recaudación).

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra b).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

1 441 900 000

1 342 900 000

1 230 594 736,18

República Checa

158 800 000

134 000 000

58 144 169,61

Dinamarca

226 400 000

230 400 000

213 819 811,34

Alemania

2 517 300 000

2 302 600 000

2 087 970 974,17

Estonia

16 900 000

15 200 000

6 716 052,86

Grecia

191 300 000

188 100 000

181 129 577,94

España

1 101 900 000

1 008 000 000

872 676 577,80

Francia

1 027 300 000

960 600 000

902 991 795,64

Irlanda

149 900 000

133 700 000

123 543 136,16

Italia

1 333 100 000

1 271 500 000

1 123 630 191,60

Chipre

38 200 000

35 800 000

17 295 230,04

Letonia

19 700 000

17 600 000

7 525 166,39

Lituania

32 000 000

29 800 000

13 254 861,88

Luxemburgo

13 800 000

13 100 000

12 347 167,08

Hungría

130 400 000

116 900 000

51 504 400,78

Malta

9 000 000

8 600 000

4 070 840,79

Países Bajos

1 209 300 000

1 136 800 000

1 046 798 020,36

Austria

186 100 000

165 600 000

156 086 358,06

Polonia

217 900 000

202 700 000

94 404 552,78

Portugal

93 900 000

89 500 000

85 129 760,25

Eslovenia

31 100 000

28 600 000

12 205 051,27

Eslovaquia

46 800 000

42 900 000

18 590 358,21

Finlandia

100 200 000

95 900 000

86 284 818,75

Suecia

313 700 000

308 900 000

292 063 468,18

Reino Unido

2 298 500 000

2 151 100 000

1 893 317 921,08

Total del artículo 1 2 0

12 905 400 000

12 030 800 000

10 592 094 999,20

CAPÍTULO 1 3 —   RECURSOS PROPIOS PROCEDENTES DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA C), DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

1 3 0   Recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra c), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

15 884 321 797

15 556 051 275

13 679 345 946,60

El tipo uniforme válido para todos los Estados miembros aplicado a las bases imponibles del IVA armonizadas, determinadas con arreglo a las normas de la Comunidad, es del 0,3095 %. Por tanto, se ha tenido en cuenta la nivelación de las bases «IVA», así como la compensación en favor del Reino Unido.

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra c).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

405 521 510

398 889 295

338 094 428,01

República Checa

153 958 679

145 668 087

80 115 315,65

Dinamarca

253 752 598

252 011 701

224 516 581,91

Alemania

3 033 122 558

3 033 119 602

2 820 402 170,01

Estonia

15 251 761

14 258 320

7 666 095,97

Grecia

293 094 419

281 291 814

245 612 928,—

España

1 393 296 470

1 340 497 310

1 170 015 369,—

Francia

2 590 795 331

2 571 592 189

2 260 620 415,—

Irlanda

219 245 440

209 926 616

176 029 002,01

Italia

1 961 508 487

1 928 340 859

1 644 639 094,01

Chipre

21 018 043

20 392 804

12 068 686,02

Letonia

17 783 998

16 541 425

8 467 997,01

Lituania

32 519 191

30 415 704

15 273 514,11

Luxemburgo

39 685 065

38 392 981

32 925 249,01

Hungría

125 093 071

118 642 944

76 629 133,49

Malta

7 094 069

6 994 444

4 437 106,75

Países Bajos

730 414 741

733 585 232

662 714 078,01

Austria

335 565 053

332 550 012

317 906 880,01

Polonia

371 142 179

358 314 464

189 977 735,07

Portugal

221 150 923

217 892 449

196 887 528,01

Eslovenia

45 334 198

43 539 704

25 108 902,05

Eslovaquia

51 185 130

49 051 075

29 240 525,02

Finlandia

216 537 712

213 854 931

191 496 722,01

Suecia

392 596 472

392 456 607

360 348 288,23

Reino Unido

2 957 654 699

2 807 830 706

2 588 152 202,23

Total del artículo 1 3 0

15 884 321 797

15 556 051 275

13 679 345 946,60

CAPÍTULO 1 4 —   RECURSOS PROPIOS BASADOS EN LA RENTA NACIONAL BRUTA DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 2, APARTADO 1, LETRA D), Y DEL ARTÍCULO 6 DE LA DECISIÓN 2000/597/CE, EURATOM

1 4 0   Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), y del artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

1 4 0 0   Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, excepto los correspondientes a la reserva de garantía de préstamos y a la reserva de ayuda de emergencia

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

80 104 496 558

68 438 096 623

69 030 693 519,50

El porcentaje, sin incluir la reserva para garantía de préstamos y la reserva para ayudas de emergencia, que hay que aplicar a la renta nacional bruta de los Estados miembros en el presente ejercicio es de 0,7226 %.

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra d).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

2 260 892 089

1 942 631 218

1 957 127 239,—

República Checa

718 855 196

593 417 228

372 015 901,34

Dinamarca

1 516 684 880

1 309 413 333

1 337 097 117,41

Alemania

16 481 965 457

14 363 007 141

15 029 913 389,—

Estonia

71 212 665

58 085 014

35 592 612,82

Grecia

1 368 499 963

1 145 916 120

1 140 346 543,01

España

6 505 501 445

5 460 868 041

5 432 218 047,01

Francia

12 726 311 194

10 966 252 235

11 162 121 106,—

Irlanda

1 023 688 465

855 191 236

817 278 085,01

Italia

10 444 354 811

8 985 652 292

9 240 102 022,—

Chipre

98 136 261

83 075 445

56 032 646,80

Letonia

93 889 730

75 814 415

44 852 065,65

Lituania

151 836 774

123 906 363

78 578 709,32

Luxemburgo

185 295 273

156 403 899

152 867 335,01

Hungría

655 006 221

544 548 215

355 802 196,51

Malta

33 123 227

28 493 705

20 599 038,24

Países Bajos

3 515 367 970

3 061 036 622

3 186 608 871,01

Austria

1 791 884 924

1 547 976 387

1 585 928 468,—

Polonia

1 732 916 168

1 459 688 124

882 539 153,06

Portugal

1 032 585 442

887 642 146

914 121 313,—

Eslovenia

211 671 888

177 370 426

116 577 096,46

Eslovaquia

284 691 693

236 641 760

149 999 429,40

Finlandia

1 165 906 419

1 004 703 856

1 019 244 883,01

Suecia

2 224 503 576

1 931 925 196

1 925 776 802,92

Reino Unido

13 809 714 827

11 438 436 206

12 017 353 448,51

Total de la partida 1 4 0 0

80 104 496 558

68 438 096 623

69 030 693 519,50

1 4 0 2   Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, que corresponden a la reserva para préstamos y garantía de préstamos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

229 000 000

223 000 000

183 525 964,54

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 2728/94 del Consejo, de 31 de octubre de 1994, por el que se crea un fondo de garantía relativo a las acciones exteriores (DO L 293 de 12.11.1994, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2273/2004 (DO L 396 de 31.12.2004, p. 28).

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1).

Reglamento (CE) no 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244 de 29.9.2000, p. 27).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra d), y su artículo 6.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, sus artículos 26 y 45.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

6 463 361

6 329 907

5 191 216,15

República Checa

2 055 039

1 933 602

986 342,33

Dinamarca

4 335 847

4 266 617

3 548 745,71

Alemania

47 118 080

46 800 697

39 866 353,15

Estonia

203 580

189 265

94 407,94

Grecia

3 912 221

3 733 875

3 024 731,85

España

18 597 705

17 793 797

14 408 780,23

Francia

36 381 544

35 732 646

29 607 160,49

Irlanda

2 926 486

2 786 571

2 167 803,51

Italia

29 857 965

29 279 021

24 509 067,63

Chipre

280 549

270 695

148 939,13

Letonia

268 409

247 035

119 896,11

Lituania

434 066

403 739

208 425,17

Luxemburgo

529 716

509 629

405 475,91

Hungría

1 872 509

1 774 366

944 068,44

Malta

94 692

92 844

54 706,78

Países Bajos

10 049 614

9 974 140

8 452 375,63

Austria

5 122 579

5 043 956

4 206 623,09

Polonia

4 954 002

4 756 276

2 346 027,37

Portugal

2 951 920

2 892 310

2 424 676,85

Eslovenia

605 120

577 947

308 740,23

Eslovaquia

813 867

771 078

397 701,30

Finlandia

3 333 053

3 273 746

2 703 513,44

Suecia

6 359 335

6 295 022

5 101 667,64

Reino Unido

39 478 741

37 271 219

32 298 518,46

Total de la partida 1 4 0 2

229 000 000

223 000 000

183 525 964,54

1 4 0 3   Recursos propios basados en la renta nacional bruta de conformidad con las disposiciones del artículo 2, apartado 1, letra d), y del artículo 6 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom, que corresponden a la reserva de ayuda de emergencia

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

229 000 000

223 000 000

0,—

Cuando la Comisión considera que es necesario recurrir a esta reserva, convoca una reunión tripartita lo antes posible para obtener el acuerdo de las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria sobre la necesidad de recurrir a la misma y el importe necesario. La movilización de esta reserva se efectúa mediante transferencia a las líneas presupuestarias correspondientes.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004, de 16 de noviembre de 2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1).

Reglamento (CE) no 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244 de 29.9.2000, p. 27).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 2, apartado 1, letra d), y su artículo 6.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, sus artículos 26 y 45.

Actos de referencia

Conclusiones del Consejo Europeo de Edimburgo, de los días 11 y 12 de diciembre de 1992, acerca de la creación de una reserva de ayuda de emergencia.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

6 463 361

6 329 907

0,—

República Checa

2 055 039

1 933 602

0,—

Dinamarca

4 335 847

4 266 617

0,—

Alemania

47 118 080

46 800 697

0,—

Estonia

203 580

189 265

0,—

Grecia

3 912 221

3 733 875

0,—

España

18 597 705

17 793 797

0,—

Francia

36 381 544

35 732 646

0,—

Irlanda

2 926 486

2 786 571

0,—

Italia

29 857 965

29 279 021

0,—

Chipre

280 549

270 695

0,—

Letonia

268 409

247 035

0,—

Lituania

434 066

403 739

0,—

Luxemburgo

529 716

509 629

0,—

Hungría

1 872 509

1 774 366

0,—

Malta

94 692

92 844

0,—

Países Bajos

10 049 614

9 974 140

0,—

Austria

5 122 579

5 043 956

0,—

Polonia

4 954 002

4 756 276

0,—

Portugal

2 951 920

2 892 310

0,—

Eslovenia

605 120

577 947

0,—

Eslovaquia

813 867

771 078

0,—

Finlandia

3 333 053

3 273 746

0,—

Suecia

6 359 335

6 295 022

0,—

Reino Unido

39 478 741

37 271 219

0,—

Total de la partida 1 4 0 3

229 000 000

223 000 000

0,—

CAPÍTULO 1 5 —   CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS

1 5 0   Corrección de los desequilibrios presupuestarios concedida al Reino Unido de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Decisión 2000/597/CE, Euratom

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

0

0

– 149 254 635,46

Bases jurídicas

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, sus artículos 4 y 5.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

276 481 607

253 499 702

259 270 268,01

República Checa

87 907 884

77 436 772

51 639 715,62

Dinamarca

185 473 457

170 869 224

177 144 332,22

Alemania

353 367 227

326 677 437

302 090 131,01

Estonia

8 708 506

7 579 685

4 929 650,95

Grecia

167 352 113

149 533 989

151 067 313,—

España

795 549 465

712 604 846

719 632 633,—

Francia

1 556 284 347

1 431 018 736

1 478 701 062,—

Irlanda

125 185 555

111 596 437

108 268 846,01

Italia

1 277 226 814

1 172 564 383

1 224 081 744,01

Chipre

12 000 958

10 840 761

7 772 756,73

Letonia

11 481 655

9 893 248

6 194 533,47

Lituania

18 567 925

16 168 908

10 883 292,59

Luxemburgo

22 659 522

20 409 608

20 251 088,—

Hungría

80 099 874

71 059 709

49 381 190,65

Malta

4 050 597

3 718 228

2 851 183,82

Países Bajos

75 368 185

69 621 326

56 217 262,01

Austria

38 417 348

35 207 736

27 978 506,01

Polonia

211 916 106

190 479 027

123 099 334,92

Portugal

126 273 555

115 831 053

121 098 145,—

Eslovenia

25 885 085

23 145 592

16 142 327,86

Eslovaquia

34 814 584

30 880 084

20 773 757,14

Finlandia

142 577 207

131 106 782

135 024 381,—

Suecia

47 692 531

43 940 406

33 934 085,12

Reino Unido

–5 685 342 107

–5 185 683 679

–5 257 682 175,61

Total del artículo 1 5 0

0

0

– 149 254 635,46

TÍTULO 3

EXCEDENTES, SALDOS Y AJUSTES

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 3 0

3 0 0

Excedente disponible del ejercicio anterior

p.m.

2 736 707 563

5 469 843 705,90

3 0 1

Excedente de recursos propios resultante de una transferencia de capítulos FEOGA, sección de Garantía

p.m.

p.m.

0,—

3 0 2

Excedente de recursos propios procedentes de la devolución del excedente del Fondo de Garantía relativo a las acciones exteriores

p.m.

525 961 402

223 160 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 0

p.m.

3 262 668 965

5 693 003 705,90

CAPÍTULO 3 1

3 1 0

Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1989 y siguientes

3 1 0 3

Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1989 y siguientes

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

 

Total del artículo 3 1 0

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 1

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

CAPÍTULO 3 2

3 2 0

Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 7, 8 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

3 2 0 3

Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 7, 8 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

 

Total del artículo 3 2 0

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 2

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

CAPÍTULO 3 3

3 3 0

Restituciones a Grecia, España y Portugal

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 3

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 3 4

3 4 0

Ajuste como consecuencia de la no participación de determinados Estados miembros en la política de justicia y asuntos de interior

p.m.

p.m.

–9 468,61

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 4

p.m.

p.m.

–9 468,61

CAPÍTULO 3 5

3 5 0

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2000 y ejercicios siguientes

3 5 0 0

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2000

1 275 616,45

3 5 0 1

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2001

 

0

 

3 5 0 2

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2002

p.m.

 

 

 

Total del artículo 3 5 0

p.m.

0

1 275 616,45

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 5

p.m.

0

1 275 616,45

 

Total del título 3

p.m.

5 713 984 737

5 694 872 994,11

CAPÍTULO 3 0 —

EXCEDENTE DISPONIBLE DEL EJERCICIO ANTERIOR

CAPÍTULO 3 1 —

SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Y DE LAS CONTRIBUCIONES FINANCIERAS, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, QUE RESULTA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10, APARTADOS 4, 5, 6 Y 9, DEL REGLAMENTO (CE, EURATOM) No 1150/2000

CAPÍTULO 3 2 —

SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS, BASADOS EN LA RENTA/PRODUCTO NACIONAL BRUTO, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, QUE RESULTA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10, APARTADOS 7 A 9, DEL REGLAMENTO (CE, EURATOM) No 1150/2000

CAPÍTULO 3 3 —

RESTITUCIONES A LOS ESTADOS MIEMBROS

CAPÍTULO 3 4 —

AJUSTE CORRESPONDIENTE A LA NO PARTICIPACIÓN DE ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS EN LA POLÍTICA DE JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR COMUNITARIOS

CAPÍTULO 3 5 —

RESULTADO DEL CÁLCULO DEFINITIVO DE LA FINANCIACIÓN DE LA CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS EN FAVOR DEL REINO UNIDO

CAPÍTULO 3 0 —   EXCEDENTE DISPONIBLE DEL EJERCICIO ANTERIOR

3 0 0   Excedente disponible del ejercicio anterior

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

2 736 707 563

5 469 843 705,90

Conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento financiero, el saldo de cada ejercicio se consigna, según se trate de un excedente o de un déficit, en ingresos o en gastos en el presupuesto del ejercicio siguiente.

Las estimaciones apropiadas de los gastos o ingresos se consignan en el presupuesto durante el procedimiento presupuestario y, en su caso, mediante recurso al procedimiento de nota rectificativa presentada de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento financiero. Se establecen conforme a los principios del artículo 15 del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000.

Tras la entrega de las cuentas de cada ejercicio, la diferencia con respecto a las estimaciones se consigna en el presupuesto del ejercicio siguiente mediante un presupuesto rectificativo.

Se consigna un déficit en la partida 27 02 01 del Estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 7.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 15.

3 0 1   Excedente de recursos propios resultante de una transferencia de capítulos FEOGA, sección de Garantía

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244 de 29.9.2000, p. 27), y, en particular, su artículo 12.

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 7.

3 0 2   Excedente de recursos propios procedentes de la devolución del excedente del Fondo de Garantía relativo a las acciones exteriores

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

525 961 402

223 160 000,—

Este artículo se destina, de conformidad con las disposiciones del artículo 15 del Reglamento (CE) no 2040/2000 y del artículo 3 del Reglamento (CE, Euratom) no 2728/94, a recibir los posibles excedentes del Fondo de Garantía que superen su montante objetivo, cuando se alcance éste.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 2728/94 del Consejo, de 31 de octubre de 1994, por el que se crea un fondo de garantía relativo a las acciones exteriores (DO L 293 de 12.11.1994, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2273/2004 (DO L 396 de 31.12.2004, p. 28).

Reglamento (CE) no 2040/2000 del Consejo, de 26 de septiembre de 2000, relativo a la disciplina presupuestaria (DO L 244 de 29.9.2000, p. 27).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42), y, en particular, su artículo 7.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 4, apartado 3.

CAPÍTULO 3 1 —   SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Y DE LAS CONTRIBUCIONES FINANCIERAS, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, QUE RESULTA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10, APARTADOS 4, 5, 6 Y 9, DEL REGLAMENTO (CE, EURATOM) No 1150/2000

3 1 0   Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1989 y siguientes

3 1 0 3   Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1989 y siguientes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1), y, en particular, su artículo 10, apartados 4, 5, 6 y 9,.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

23 921 370

406 551,36

República Checa

p.m.

2 388 058

0,—

Dinamarca

p.m.

1 422 690

–13 996 122,54

Alemania

p.m.

– 144 808 762

– 186 549 507,15

Estonia

p.m.

648 906

0,—

Grecia

p.m.

4 782 270

2 243 629,84

España

p.m.

276 149 526

31 664 372,59

Francia

p.m.

83 894 151

–27 316 694,30

Irlanda

p.m.

19 793 222

5 626 879,49

Italia

p.m.

75 452 340

427 831 859,70

Chipre

p.m.

–30 155

0,—

Letonia

p.m.

469 857

0,—

Lituania

p.m.

– 591 918

0,—

Luxemburgo

p.m.

– 668 442

3 721 948,84

Hungría

p.m.

–9 399 469

0,—

Malta

p.m.

– 233 867

0,—

Países Bajos

p.m.

24 369 115

3 455 351,07

Austria

p.m.

–6 270 054

–69 647 150,89

Polonia

p.m.

2 002 510

0,—

Portugal

p.m.

65 792 863

–8 005 646,47

Eslovenia

p.m.

358 390

0,—

Eslovaquia

p.m.

–3 509 596

0,—

Finlandia

p.m.

274 339

12 265 919,04

Suecia

p.m.

–44 540 078

15 350 179,55

Reino Unido

p.m.

28 345 292

35 765 519,—

Total de la partida 3 1 0 3

p.m.

400 012 558

232 817 089,13

CAPÍTULO 3 2 —   SALDOS Y AJUSTES DE SALDOS, BASADOS EN LA RENTA/PRODUCTO NACIONAL BRUTO, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS ANTERIORES, QUE RESULTA DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 10, APARTADOS 7 A 9, DEL REGLAMENTO (CE, EURATOM) No 1150/2000

3 2 0   Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 7, 8 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

3 2 0 3   Resultado de la aplicación del artículo 10, apartados 7, 8 y 9, del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 correspondiente al ejercicio 1995 y siguientes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1), y, en particular, su artículo 10, apartados 7, 8 y 9.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

53 532 433

13 038 744,18

República Checa

p.m.

11 116 828

0,—

Dinamarca

p.m.

–20 499 980

–28 607 505,22

Alemania

p.m.

– 238 851 901

– 231 861 711,01

Estonia

p.m.

3 020 772

0,—

Grecia

p.m.

25 320 481

5 057 761,27

España

p.m.

603 226 828

64 368 193,89

Francia

p.m.

442 609 402

–41 918 652,39

Irlanda

p.m.

66 587 800

14 240 866,94

Italia

p.m.

88 842 148

–7 216 730,62

Chipre

p.m.

– 140 377

0,—

Letonia

p.m.

5 841 756

0,—

Lituania

p.m.

2 710 666

0,—

Luxemburgo

p.m.

–3 111 715

8 741 259,21

Hungría

p.m.

–1 852 157

0,—

Malta

p.m.

–1 088 693

0,—

Países Bajos

p.m.

582 399 268

–16 556 559,8

Austria

p.m.

37 746 577

6 740 785,58

Polonia

p.m.

16 268 096

0,—

Portugal

p.m.

135 846 811

–14 506 255,57

Eslovenia

p.m.

1 668 371

0,—

Eslovaquia

p.m.

2 595 407

0,—

Finlandia

p.m.

4 635 321

–9 847 904,06

Suecia

p.m.

31 934 284

28 791 724,—

Reino Unido

p.m.

200 944 788

–22 677 965,16

Total de la partida 3 2 0 3

p.m.

2 051 303 214

– 232 213 948,76

CAPÍTULO 3 3 —   RESTITUCIONES A LOS ESTADOS MIEMBROS

3 3 0   Restituciones a Grecia, España y Portugal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

El artículo 127 del Acta de adhesión de Grecia preveía que, durante el período transitorio de 1981 a 1985, se restituiría a Grecia un porcentaje decreciente de las contribuciones financieras basadas en el producto nacional bruto o de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido ingresadas en el presupuesto general por Grecia.

Únicamente algunas correcciones a los saldos «impuesto sobre el valor añadido» de los ejercicios 1981 a 1985 consignados en el capítulo 3 1 pueden entrañar algún ajuste de las contribuciones financieras aportadas por Grecia.

Los artículos 187 y 374 del Acta de adhesión de España y de Portugal preveían que, durante el período transitorio de 1986 a 1991, se restituiría a España y a Portugal un porcentaje decreciente de los desembolsos realizados por dichos países en concepto de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido o de las contribuciones financieras basadas en el producto nacional bruto, a excepción de su cuota en la financiación de la deducción a favor del Reino Unido.

A partir del ejercicio 1988, España y Portugal se benefician igualmente de una restitución de un porcentaje de su desembolso en concepto de recurso comunitario y de cuota en la financiación de la deducción a favor del Reino Unido.

Únicamente los ajustes de las bases «impuesto sobre el valor añadido» y «producto nacional bruto» de los ejercicios 1986 a 1991 consignados en los capítulos 3 1 y 3 2 pueden entrañar restituciones positivas o negativas a favor de España y de Portugal.

Bases jurídicas

Decisión 94/728/CE, Euratom del Consejo, de 31 de octubre de 1994, relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 293 de 12.11.1994, p. 9), y, en particular, su artículo 9.

Actos de referencia

Acta de 28 de mayo de 1979 relativa a las condiciones de adhesión de la República Helénica y a las adaptaciones de los Tratados (DO L 291 de 19.11.1979, p. 17).

Acta de 12 de junio de 1985 relativa a las condiciones de adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados (DO L 302 de 15.11.1985, p. 23).

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Grecia

p.m.

p.m.

0,—

España

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

0,—

Total del artículo 3 3 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 3 4 —   AJUSTE CORRESPONDIENTE A LA NO PARTICIPACIÓN DE ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS EN LA POLÍTICA DE JUSTICIA Y ASUNTOS DE INTERIOR COMUNITARIOS

3 4 0   Ajuste como consecuencia de la no participación de determinados Estados miembros en la política de justicia y asuntos de interior

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

–9 468,61

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 del Consejo, de 16 de noviembre de 2004 (DO L 352, 27.11.2004, p. 1), y, en especial, el artículo 1, apartado 6, por el que se inserta el artículo 10 bis en el Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2004.

Actos de referencia

Protocolo para Dinamarca y Protocolo para el Reino Unido e Irlanda relativos a la política de justicia y asuntos de interior anexos al Tratado de Amsterdam, y, en particular, sus artículos 3 y 5, respectivamente.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

p.m.

22 303,59

República Checa

p.m.

p.m.

0,—

Dinamarca

p.m.

p.m.

– 745 862,02

Alemania

p.m.

p.m.

171 634,94

Estonia

p.m.

p.m.

0,—

Grecia

p.m.

p.m.

12 429,72

España

p.m.

p.m.

59 682,43

Francia

p.m.

p.m.

126 672,52

Irlanda

p.m.

p.m.

9 185,42

Italia

p.m.

p.m.

104 501,48

Chipre

p.m.

p.m.

0,—

Letonia

p.m.

p.m.

0,—

Lituania

p.m.

p.m.

0,—

Luxemburgo

p.m.

p.m.

1 724,37

Hungría

p.m.

p.m.

0,—

Malta

p.m.

p.m.

0,—

Países Bajos

p.m.

p.m.

36 353,81

Austria

p.m.

p.m.

17 984,74

Polonia

p.m.

p.m.

0,—

Portugal

p.m.

p.m.

10 419,58

Eslovenia

p.m.

p.m.

0,—

Eslovaquia

p.m.

p.m.

0,—

Finlandia

p.m.

p.m.

11 527,32

Suecia

p.m.

p.m.

22 168,03

Reino Unido

p.m.

p.m.

129 805,46

Total del artículo 3 4 0

p.m.

p.m.

–9 468,61

CAPÍTULO 3 5 —   RESULTADO DEL CÁLCULO DEFINITIVO DE LA FINANCIACIÓN DE LA CORRECCIÓN DE LOS DESEQUILIBRIOS PRESUPUESTARIOS EN FAVOR DEL REINO UNIDO

3 5 0   Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2000 y ejercicios siguientes

3 5 0 0   Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2000

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 275 616,45

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2000.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

–3 078 908,—

República Checa

0,—

Dinamarca

–16 315 160,07

Alemania

49 233 892,—

Estonia

0,—

Grecia

–1 603 327,—

España

–3 468 605,—

Francia

16 635 782,—

Irlanda

–1 552 469,—

Italia

–4 564 420,—

Chipre

0,—

Letonia

0,—

Lituania

0,—

Luxemburgo

– 233 413,—

Hungría

0,—

Malta

0,—

Países Bajos

–9 171 563,—

Austria

–2 610 155,—

Polonia

0,—

Portugal

–1 401 699,—

Eslovenia

0,—

Eslovaquia

0,—

Finlandia

–2 235 647,—

Suecia

–3 968 528,94

Reino Unido

–14 390 162,54

Total de la partida 3 5 0 0

1 275 616,45

3 5 0 1   Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2001

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

 

0

 

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido, correspondiente al ejercicio 2001.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

 

–25 912 108

 

República Checa

 

 

Dinamarca

 

–22 231 358

 

Alemania

 

43 247 740

 

Estonia

 

 

Grecia

 

–7 296 005

 

España

 

–27 475 803

 

Francia

 

–1 102 158

 

Irlanda

 

–4 635 083

 

Italia

 

–64 555 999

 

Chipre

 

 

Letonia

 

 

Lituania

 

 

Luxemburgo

 

– 530 540

 

Hungría

 

 

Malta

 

 

Países Bajos

 

–14 562 204

 

Austria

 

5 119 497

 

Polonia

 

 

Portugal

 

–5 879 918

 

Eslovenia

 

 

Eslovaquia

 

 

Finlandia

 

–4 450 593

 

Suecia

 

–3 028 769

 

Reino Unido

 

133 293 301

 

Total de la partida 3 5 0 1

 

0

 

3 5 0 2   Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2002

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

 

 

Nueva partida

Resultado del cálculo definitivo de la financiación de la corrección de los desequilibrios presupuestarios en favor del Reino Unido correspondiente al ejercicio 2002.

Estados miembros

Presupuesto 2006

Presupuesto 2005

Ejecución 2004

Bélgica

p.m.

 

 

República Checa

 

 

Dinamarca

p.m.

 

 

Alemania

p.m.

 

 

Estonia

 

 

Grecia

p.m.

 

 

España

p.m.

 

 

Francia

p.m.

 

 

Irlanda

p.m.

 

 

Italia

p.m.

 

 

Chipre

 

 

Letonia

 

 

Lituania

 

 

Luxemburgo

p.m.

 

 

Hungría

 

 

Malta

 

 

Países Bajos

p.m.

 

 

Austria

p.m.

 

 

Polonia

 

 

Portugal

p.m.

 

 

Eslovenia

 

 

Eslovaquia

 

 

Finlandia

p.m.

 

 

Suecia

p.m.

 

 

Reino Unido

p.m.

 

 

Total de la partida 3 5 0 2

p.m.

 

 

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE PERSONAS VINCULADAS CON LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios, de los demás agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

578 702 746

462 092 052

408 019 115,56

4 0 3

Producto de la contribución temporal aplicada a las remuneraciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y otros agentes en activo

p.m.

p.m.

1 627 939,14

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

28 427 082

23 733 603

19 167 565,79

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

607 129 828

485 825 655

428 814 620,49

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

353 685 166

238 061 244

218 157 019,60

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

63 493 513

65 097 000

108 184 313,43

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

105 000

100 000

52 553,46

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

417 283 679

303 258 244

326 393 886,49

CAPÍTULO 4 2

4 2 0

Contribución patronal de los organismos descentralizados al régimen de pensiones

9 105 133

7 931 460

6 526 948,10

4 2 1

Contribución de los miembros del Parlamento a un régimen de pensión de jubilación

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 2

10 491 133

9 376 460

7 777 113,10

 

Total del título 4

1 034 904 640

798 460 359

762 985 620,08

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 2 —

OTRAS CONTRIBUCIONES A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

4 0 0   Producto del impuesto sobre sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios, de los demás agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

578 702 746

462 092 052

408 019 115,56

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Protocolo sobre privilegios e inmunidades de las Comunidades y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, así como del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2778/98 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 1860/76 del Consejo, de 29 de junio de 1976, por el que se fija el régimen aplicable al personal de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (DO L 214 de 6.8.1976, p. 24), modificado en último lugar por el Reglamento (Euratom, CECA, CEE) no 680/87 (DO L 72 de 14.3.1987, p. 15).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26)

Parlamento

 

42 788 413

Consejo

 

25 107 000

Comisión

 

440 174 648

— administración

(369 329 000)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(44 711 000)

 

— Agencia Comunitaria de Control de la Pesca

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA)

(p.m.)

 

— Organismo europeo para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Reconstrucción

(1 236 747)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea

(1 018 792)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(246 201)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima

(745 909)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente

(767 834)

 

— Autoridad Europea de Medicamentos

(2 986 480)

 

— Agencia ejecutiva de energía inteligente

(p.m.)

 

— Agencia Ferroviaria Europea

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

(966 170)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

(878 544)

 

— Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(565 881)

 

— Escuela Europea de Policía

(p.m.)

 

— Eurojust

(269 901)

 

— Fundación Europea de Formación

(753 594)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

(596 960)

 

— Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(494 272)

 

— Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

(176 012)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

(249 894)

 

— Agencia ejecutiva de educación y cultura

(729 000)

 

— Agencia ejecutiva para el programa de salud pública

(74 000)

 

— Órgano de Vigilancia de Galileo

(p.m.)

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales

(1 226 000)

 

— Oficina de Armonización del Mercado Interior

(2 951 457)

 

— Oficina Europea de Selección de Personal

(510 000)

 

— Oficina de Publicaciones

(2 823 000)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

(2 621 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Bruselas

(2 318 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Luxemburgo

(929 000)

 

Tribunal de Justicia

 

17 762 000

Tribunal de Cuentas

 

7 876 000

Comité Económico y Social Europeo

 

4 446 817

Comité de las Regiones

 

2 401 342

Defensor del Pueblo Europeo

 

495 526

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

311 000

Banco Europeo de Inversiones

 

25 800 000

Banco Central Europeo

 

10 800 000

Fondo Europeo de Inversiones

 

740 000

 

Total

578 702 746

4 0 3   Producto de la contribución temporal aplicada a las remuneraciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y otros agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

1 627 939,14

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Reglamento no 422/67/CEE, 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, así como del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión:

 

p.m.

— funcionamiento

(p.m.)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Reconstrucción

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea

(p.m.)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Medicamentos

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

(p.m.)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(p.m.)

 

— Eurojust

(p.m.)

 

— Fundación Europea de Formación

(p.m.)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

(p.m.)

 

— Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(p.m.)

 

— Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

(p.m.)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

(p.m.)

 

— Oficina liquidadora

(p.m.)

 

— Oficina de Armonización del Mercado Interior

(p.m.)

 

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas

(p.m.)

 

— Oficina de Publicaciones

(p.m.)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

(p.m.)

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas

(p.m.)

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo

(p.m.)

 

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

28 427 082

23 733 603

19 167 565,79

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Reglamento no 422/67/CEE, 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia, así como del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

Parlamento

 

3 219 786

Consejo

 

1 043 000

Comisión:

 

21 287 998

— administración

(15 883 000)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(3 281 000)

 

— Agencia Comunitaria de Control de la Pesca

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información

(p.m.)

 

— Organismo europeo para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Reconstrucción

(26 098)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea

(76 716)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(22 397)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima

(51 071)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente

(54 085)

 

— Agencia Europea de Medicamentos

(163 312)

 

— Agencia ejecutiva de energía inteligente

(p.m.)

 

— Agencia Ferroviaria Europea

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Medicamentos

(77 951)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

(74 609)

 

— Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(43 114)

 

— Escuela Europea de Policía

(p.m.)

 

— Eurojust

(13 449)

 

— Fundación Europea de Formación

(56 115)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

(43 795)

 

— Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(48 030)

 

— Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

(13 253)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

(13 968)

 

— Agencia ejecutiva de educación y cultura

(34 000)

 

— Agencia ejecutiva para el programa de salud pública

(3 000)

 

— Órgano de Vigilancia de Galileo

(p.m.)

 

— Oficina liquidadora

(98 000)

 

— Oficina de Armonización del Mercado Interior

(441 035)

 

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas

(39 000)

 

— Oficina de Publicaciones

(255 000)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

(221 000)

 

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas

(186 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Luxemburgo

(69 000)

 

Tribunal de Justicia

 

1 315 000

Tribunal de Cuentas

 

830 000

Comité Económico y Social Europeo

 

449 935

Comité de las Regiones

 

244 280

Defensor del Pueblo Europeo

 

26 083

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

11 000

 

Total

28 427 082

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

353 685 166

238 061 244

218 157 019,60

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 1860/76 del Consejo, de 29 de junio de 1976, por el que se fija el régimen aplicable al personal de la Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y de trabajo (DO L 214 de 6.8.1976, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (Euratom, CECA, CEE) no 680/87 (DO L 72 de 14.3.1987, p. 15).

Parlamento

 

44 382 924

Consejo

 

22 904 000

Comisión

 

263 617 840

— administración

(198 785 000)

 

— investigación y desarrollo tecnológico

(36 839 000)

 

— Agencia Comunitaria de Control de la Pesca

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA)

(p.m.)

 

— Organismo europeo para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores

(p.m.)

 

— Agencia Europea de Reconstrucción

(999 412)

 

— Agencia Europea de Seguridad Aérea

(703 004)

 

— Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(227 055)

 

— Agencia Europea de Seguridad Marítima

(511 251)

 

— Agencia Europea de Medio Ambiente

(432 361)

 

— Agencia Europea de Medicamentos

(1 936 845)

 

— Agencia ejecutiva de energía inteligente

(p.m.)

 

— Agencia Ferroviaria Europea

(p.m.)

 

— Autoridad Europea de Medicamentos

(817 269)

 

— Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

(907 871)

 

— Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades

(p.m.)

 

— Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

(554 681)

 

— Escuela Europea de Policía

(p.m.)

 

— Eurojust

(273 277)

 

— Fundación Europea de Formación

(633 708)

 

— Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

(534 885)

 

— Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

(495 033)

 

— Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

(166 531)

 

— Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

(192 589)

 

— Agencia ejecutiva de educación y cultura

(567 000)

 

— Agencia ejecutiva para el programa de salud pública

(58 000)

 

— Órgano de Vigilancia de Galileo

(p.m.)

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales

(2 109 000)

 

— Oficina de Armonización del Mercado Interior

(3 322 068)

 

— Oficina Europea de Selección de Personal

(814 000)

 

— Oficina de Publicaciones

(3 927 000)

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

(2 639 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Bruselas

(3 888 000)

 

— Oficina de Infraestructuras y Logística de Luxemburgo

(1 284 000)

 

Tribunal de Justicia

 

10 895 000

Tribunal de Cuentas

 

5 180 000

Comité Económico y Social Europeo

 

3 798 876

Comité de las Regiones

 

2 405 535

Defensor del Pueblo Europeo

 

301 991

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

199 000

 

Total

353 685 166

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

63 493 513

65 097 000

108 184 313,43

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Parlamento

 

5 743 513

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

57 000 000

Tribunal de Justicia

 

250 000

Tribunal de Cuentas

 

500 000

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

63 493 513

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

105 000

100 000

52 553,46

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Parlamento

 

5 000

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

100 000

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

105 000

CAPÍTULO 4 2 —   OTRAS CONTRIBUCIONES A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 2 0   Contribución patronal de los organismos descentralizados al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

9 105 133

7 931 460

6 526 948,10

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

4 2 1   Contribución de los miembros del Parlamento a un régimen de pensión de jubilación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo III.

Parlamento

 

1 386 000

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Producto de la venta del material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

18 000,—

5 0 0 1

Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

10 500,—

5 0 0 2

Ingresos resultantes de suministros efectuados para otras instituciones u organismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

28 500,—

5 0 1

Producto de la venta de bienes inmuebles

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

241 000

306 000

10 570 970,50

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

241 000

306 000

10 599 470,50

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

15 918 150,44

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

161 611,63

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

16 079 762,07

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

16 079 762,07

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de las instituciones

7 289 000

7 429 000

7 966 478,88

5 2 1

Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de los organismos subvencionados, transferido a la Comisión

20 000 000

10 000 000

18 592 139,84

5 2 2

Intereses obtenidos de prefinanciaciones

50 000 000

35 000 000

33 221 740,11

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

77 289 000

52 429 000

59 780 358,83

CAPÍTULO 5 4

5 4 0

Ingresos que dan lugar a nueva utilización (artículo 27 del Reglamento financiero) no utilizados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 4

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y trabajos efectuados en favor de otras Instituciones u organismos, incluidas las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras Instituciones u organismos y reembolsadas por los mismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios o trabajos efectuadas a instancia suya — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

 

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

5 7 1

Ingresos con destino determinado, tales como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

5 7 2

Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

1 000 000

1 000 000

93 565 447,83

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

1 000 000

1 000 000

93 565 447,83

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

 

5 8 1

Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

35 276,—

5 8 3

Ingresos procedentes de indemnizaciones diversas — Ingresos afectados

796 627,06

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

831 903,06

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

100 000

300 000

64 416,63

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

100 000

300 000

64 416,63

 

Total del título 5

78 630 000

54 035 000

180 921 358,92

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTO DE LOS FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS Y OTROS INTERESES

CAPÍTULO 5 4 —

INGRESOS QUE DAN LUGAR A NUEVA UTILIZACIÓN (ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO FINANCIERO) NO UTILIZADOS

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y TRABAJOS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0   Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Producto de la venta del material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

18 000,—

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de la venta o readquisición de material de transporte perteneciente a la institución.

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 0 1   Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

10 500,—

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de la venta o readquisición des bienes muebles pertenecientes a la institución y distintos del material de transporte.

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 0 2   Ingresos resultantes de suministros efectuados para otras instituciones u organismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra g), del artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 0 1   Producto de la venta de bienes inmuebles

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles pertenecientes a la institución.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

241 000

306 000

10 570 970,50

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra j), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en soporte electrónico.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

150 000

Comité Económico y Social Europeo

 

91 000

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

241 000

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0   Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 1 1   Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0   Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

15 918 150,44

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

161 611,63

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTO DE LOS FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS Y OTROS INTERESES

5 2 0   Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de las instituciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

7 289 000

7 429 000

7 966 478,88

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de fondos invertidos o en préstamo, los intereses bancarios, etc., percibidos en las cuentas de las instituciones.

Parlamento

 

1 500 000

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

5 500 000

Tribunal de Justicia

 

125 000

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

64 000

Comité de las Regiones

 

100 000

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

7 289 000

5 2 1   Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de los organismos subvencionados, transferido a la Comisión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

20 000 000

10 000 000

18 592 139,84

Esta partida se destina a acoger los ingresos procedentes de fondos invertidos o en préstamo, los intereses bancarios, etc., percibidos en las cuentas de los organismos subvencionados y abonados a la Comisión.

Comisión

 

20 000 000

5 2 2   Intereses obtenidos de prefinanciaciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

50 000 000

35 000 000

33 221 740,11

Este artículo se destina a acoger los ingresos procedentes de intereses producidos por prefinanciaciones.

Comisión

 

50 000 000

CAPÍTULO 5 4 —   INGRESOS QUE DAN LUGAR A NUEVA UTILIZACIÓN (ARTÍCULO 27 DEL REGLAMENTO FINANCIERO) NO UTILIZADOS

5 4 0   Ingresos que dan lugar a nueva utilización (artículo 27 del Reglamento financiero) no utilizados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Estos gastos corresponden a operaciones que en 2003 siguen rigiéndose por las disposiciones del artículo 27 del Reglamento financiero, de 21 de diciembre de 1977, aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 356 de 31.12.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 762/2001 (DO L 111 de 20.4.2001, p. 1).

Dicho artículo establece, en efecto, que las operaciones de nueva utilización deben realizarse antes de que finalice el ejercicio siguiente a aquél durante el cual se haya percibido el ingreso. Los ingresos que puedan dar lugar a nueva utilización y que no se hayan utilizado en el plazo previsto se consignan en este artículo.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

 

Total

p.m.

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y TRABAJOS

5 5 0   Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y trabajos efectuados en favor de otras Instituciones u organismos, incluidas las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras Instituciones u organismos y reembolsadas por los mismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra g), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios o trabajos efectuadas a instancia suya — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra f), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 7 1   Ingresos con destino determinado, tales como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra c), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 7 2   Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a acoger los ingresos ligados al reembolso de los gastos sociales realizados por cuenta de otra institución.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 000 000

1 000 000

93 565 447,83

Conforme al artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

1 000 000

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

1 000 000

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra i), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 8 1   Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

35 276,—

Conforme al artículo 18, apartado 1, letra h), del Reglamento financiero, estos ingresos se considerarán asignados a partir de 2003 y darán lugar a la apertura de los créditos suplementarios por consignar en las líneas que hayan sostenido el gasto inicial que suscitó los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo el reembolso por los seguros de remuneraciones de funcionarios debido a accidentes (antiguo artículo 9 0 4 del Parlamento Europeo)

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

p.m.

5 8 3   Ingresos procedentes de indemnizaciones diversas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

796 627,06

Ejecución del antiguo artículo 5 8 0.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

100 000

300 000

64 416,63

Este artículo se destina a acoger otros ingresos procedentes de la gestión administrativa.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

100 000

Tribunal de Justicia

 

p.m.

Tribunal de Cuentas

 

p.m.

Comité Económico y Social Europeo

 

p.m.

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

100 000

TÍTULO 6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 6 0

6 0 1

Programas diversos de investigación

6 0 1 1

Acuerdos de cooperación Suiza-Euratom sobre fusión termonuclear controlada y física de plasmas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 0 1 2

Acuerdos europeos para el desarrollo de la fusión (EFDA) — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

7 577 016,—

6 0 1 3

Acuerdos de cooperación con terceros Estados en el marco de los programas comunitarios de investigación — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

186 385 425,76

6 0 1 4

Acuerdos de cooperación con terceros Estados en el marco de los programas comunitarios en el sector industrial — Ingresos afectados

p.m.

0,—

6 0 1 5

Acuerdos de cooperación con organismos de terceros Estados en el marco de proyectos científicos y tecnológicos de interés comunitario (Eureka y otros) — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

15 900,—

6 0 1 6

Acuerdos de cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 0 1

p.m.

p.m.

193 978 341,76

6 0 2

Otros programas

6 0 2 1

Ingresos diversos asignados a las acciones relativas a la ayuda humanitaria — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 0 2

p.m.

p.m.

0,—

6 0 3

Acuerdos de asociación entre las Comunidades y terceros países

6 0 3 1

Ingresos procedentes de la participación de los países candidatos a los programas comunitarios — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

153 053 195,86

6 0 3 2

Ingresos procedentes de la participación de terceros en acuerdos de cooperación aduanera — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

227 103,20

6 0 3 3

Participación de terceros en actividades comunitarias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 0 3

p.m.

p.m.

153 280 299,06

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 0

p.m.

p.m.

347 258 640,82

CAPÍTULO 6 1

6 1 1

Reembolso de gastos realizados por cuenta de uno o varios Estados miembros

6 1 1 3

Ingresos procedentes de la colocación de los haberes procedentes de la Decisión de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 27 de febrero de 2002, sobre las consecuencias financieras de la expiración del Tratado CECA y al Fondo de Investigación del Carbón y del Acero — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

49 696 280,—

6 1 1 4

Ingresos procedentes de cobros en el marco del Programa de Investigación del Carbón y del Acero

p.m.

p.m.

 

 

Total del artículo 6 1 1

p.m.

p.m.

49 696 280,—

6 1 2

Reembolso de los gastos derivados de la ejecución de trabajos por encargo remunerados — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 3

Sumas recuperadas de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CE) no 1258/1999

p.m.

p.m.

0,—

6 1 4

Reembolso de ayudas comunitarias concedidas a proyectos y acciones en caso de éxito comercial

6 1 4 0

Reembolso de la ayuda comunitaria concedida a proyectos y acciones en el sector de las nuevas tecnologías energéticas con éxito comercial — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 4 1

Reembolso de la ayuda comunitaria en el ámbito de la informática en caso de éxito comercial

p.m.

0,—

6 1 4 3

Reembolso de subvenciones concedidas en el marco de una actividad europea de capital de riesgo en favor de las pequeñas y medianas empresas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

1 717 880,78

 

Total del artículo 6 1 4

p.m.

p.m.

1 717 880,78

6 1 5

Reembolso de ayudas comunitarias no utilizadas

6 1 5 0

Reembolso de ayudas no utilizadas del Fondo Social Europeo, del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola

p.m.

334 000 000

155 091 159,25

6 1 5 1

Reembolso de subvenciones de equilibrio presupuestario no utilizadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 5 2

Reembolso de bonificaciones de intereses no utilizadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 5 3

Reembolso de importes no utilizados en el marco de contratos celebrados por la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

39 540,51

6 1 5 7

Devolución de anticipos en el marco de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión

p.m.

26 000 000

210 342 163,41

6 1 5 8

Reembolso de ayudas comunitarias diversas no utilizadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

13 681 405,32

 

Total del artículo 6 1 5

p.m.

360 000 000

379 154 268,49

6 1 6

Reembolso de los gastos realizados por cuenta del Organismo Internacional de la Energía Atómica — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 7

Reembolso de importes abonados en el marco de la ayuda comunitaria a terceros países

6 1 7 0

Reembolsos efectuados en el marco de la cooperación con Sudáfrica — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

7 405 015,09

 

Total del artículo 6 1 7

p.m.

p.m.

7 405 015,09

6 1 8

Reembolso de cantidades entregadas en concepto de ayuda alimentaria

6 1 8 0

Reembolso por los adjudicatarios o beneficiarios de las cantidades en concepto de ayuda alimentaria percibidas en exceso — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 1 8 1

Reembolso de los gastos suplementarios ocasionados por los beneficiarios de la ayuda alimentaria — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

69 418,89

 

Total del artículo 6 1 8

p.m.

p.m.

69 418,89

6 1 9

Otros reembolsos de gastos realizados por cuenta de terceros

6 1 9 1

Otros reembolsos de gastos realizados por cuenta de terceros en el marco de la Decisión 94/179/Euratom del Consejo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 1 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 1

p.m.

360 000 000

438 042 863,25

CAPÍTULO 6 2

6 2 0

Suministro a título oneroso de materiales básicos o materiales de fisión especiales [artículo 6, letra b), del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica] — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 2 2

Ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso

6 2 2 1

Ingresos procedentes de la explotación del HFR que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

30 899 228,40

6 2 2 2

Otros ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso destinados al reembolso de créditos consignados en el estado de gastos — Ingresos afectados

p.m.

0,—

6 2 2 3

Otros ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

7 234 623,85

6 2 2 4

Ingresos por permisos concedidos por la Comisión sobre inventos, patentables o no, que sean resultado de la investigación comunitaria llevada a cabo por el Centro Común de Investigación — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

196 032,41

6 2 2 5

Ingresos varios en beneficio del Centro Común de Investigación — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 2 2 6

Ingresos de servicios prestados por el Centro Común de Investigación a otros servicios de la Comisión sobre una base competitiva, con producción de créditos adicionales — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

21 205 859,10

 

Total del artículo 6 2 2

p.m.

p.m.

59 535 743,76

6 2 4

Ingresos por permisos concedidos por la Comisión sobre inventos, patentables o no, que sean resultado de la investigación comunitaria (acciones indirectas) — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 2

p.m.

p.m.

59 535 743,76

CAPÍTULO 6 3

6 3 0

Contribuciones de los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio en el marco del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

108 746 011,—

6 3 1

Contribuciones en el marco del acervo de Schengen

6 3 1 1

Contribuciones a los gastos administrativos derivados del Acuerdo celebrado con Islandia y Noruega — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 3 1 2

Contribuciones para el desarrollo de sistemas informáticos a gran escala en el marco del acuerdo celebrado con Islandia, Noruega y Suiza — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

6 3 1 3

Otras contribuciones en el marco del acervo de Schengen (Islandia, Noruega y Suiza) — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

33 522,42

 

Total del artículo 6 3 1

p.m.

p.m.

33 522,42

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 3

p.m.

p.m.

108 779 533,42

CAPÍTULO 6 5

6 5 0

Correcciones financieras

6 5 0 0

Correcciones financieras en el marco de los Fondos estructurales

p.m.

p.m.

25 917 928,—

 

Total del artículo 6 5 0

p.m.

p.m.

25 917 928,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 5

p.m.

p.m.

25 917 928,—

CAPÍTULO 6 6

6 6 0

Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0

Otras contribuciones y restituciones asignadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

283 156 053,49

6 6 0 1

Otras contribuciones y restituciones no asignadas

15 000 000

p.m.

13 175 177,37

 

Total del artículo 6 6 0

15 000 000

p.m.

296 331 230,86

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 6

15 000 000

p.m.

296 331 230,86

 

Total del título 6

15 000 000

360 000 000

1 275 865 940,11

CAPÍTULO 6 0 —

CONTRIBUCIONES A LOS PROGRAMAS COMUNITARIOS

CAPÍTULO 6 1 —

REEMBOLSO DE GASTOS DIVERSOS

CAPÍTULO 6 2 —

INGRESOS POR SERVICIOS PRESTADOS A TÍTULO ONEROSO

CAPÍTULO 6 3 —

CONTRIBUCIONES EN EL MARCO DE ACUERDOS ESPECÍFICOS

CAPÍTULO 6 5 —

CORRECCIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO 6 6 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

CAPÍTULO 6 0 —   CONTRIBUCIONES A LOS PROGRAMAS COMUNITARIOS

6 0 1   Programas diversos de investigación

6 0 1 1   Acuerdos de cooperación Suiza-Euratom sobre fusión termonuclear controlada y física de plasmas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Ingresos procedentes de acuerdos de cooperación entre Suiza y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, del de 14 de septiembre de 1978.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios en el artículo 08 12 03 (acción indirecta) del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en función de los gastos por cubrir.

6 0 1 2   Acuerdos europeos para el desarrollo de la fusión (EFDA) — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

7 577 016,—

Ingresos resultantes de los acuerdos multilaterales EFDA entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus dieciocho países asociados para la fusión y, en particular, el de 30 de marzo de 1999.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios en el artículo 08 12 03 (acción indirecta) del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en función de los gastos por cubrir.

Tales ingresos se destinan a cubrir la contribución de los países asociados a la financiación de los gastos del Fondo Común (Joint Fund) resultante de la utilización de las estructuras de JET en el marco de la EFDA.

6 0 1 3   Acuerdos de cooperación con terceros Estados en el marco de los programas comunitarios de investigación — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

186 385 425,76

Ingresos procedentes de los acuerdos de cooperación celebrados entre la Comunidad y terceros Estados, en particular los que participen en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y técnica (COST), con el fin de asociarlos a programas comunitarios de investigación.

Toda contribución eventual se destinará a cubrir gastos de reunión, contratos de expertos y contratos de investigación en el marco de los programas considerados.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 06 06 04, 08 12 03, 09 04 04, 11 05 02, la partida 02 02 02 03 (acción indirecta), y los artículos 10 02 05 y 10 03 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en función de los gastos por cubrir.

Bases jurídicas

Decisión 2004/112/CE, Euratom del Consejo y de la Comisión, de 22 de diciembre de 2003, relativa a la firma en nombre de la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre, por una parte, la Comunidad Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, por otra, la Confederación Suiza (DO L 32 de 5.2.2004, p. 22).

Decisión 2004/576/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación científica y técnica entre la Comunidad Europea y el Estado de Israel (DO L 261 de 6.8.2004, p. 47).

Actos de referencia

Resolución de los Ministros de los Estados participantes en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica (COST), firmada en Viena el 21 de noviembre de 1991 (DO C 333 de 24.12.1991, p. 1).

6 0 1 4   Acuerdos de cooperación con terceros Estados en el marco de los programas comunitarios en el sector industrial — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

0,—

Ingresos resultantes de los Acuerdos de cooperación celebrados entre la Comunidad y terceros Estados europeos, en particular los que participan en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica, con el fin de asociarlos a programas comunitarios de investigación.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Actos de referencia

Resolución de los Ministros de los Estados participantes en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica (COST), firmada en Viena el 21 de noviembre de 1991 (DO C 333 de 24.12.1991, p. 1).

6 0 1 5   Acuerdos de cooperación con organismos de terceros Estados en el marco de proyectos científicos y tecnológicos de interés comunitario (Eureka y otros) — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

15 900,—

Ingresos procedentes de los Acuerdos de cooperación con organismos de terceros Estados en el marco de proyectos científicos y tecnológicos de interés comunitario (Eureka y otros).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en la partida 02 02 02 03 y en los artículos 08 12 03, 09 04 04 y 11 05 02 (acciones indirectas) del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

6 0 1 6   Acuerdos de cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Ingresos aportados por los Estados que participan en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica y destinados a cubrir los gastos consignados en el título 08, en los capítulos 06 06, 09 04 y 11 05 y en los artículos 02 02 02 y 02 04 01 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en la partida 02 02 02 03 y en los artículos 06 06 04, 08 12 03, 09 04 04 y 11 05 02 (acciones indirectas) del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Actos de referencia

Resolución de los Ministros de los Estados participantes en la cooperación europea en el campo de la investigación científica y tecnológica (COST), firmada en Viena el 21 de noviembre de 1991 (DO C 333 de 24.12.1991, p. 1).

6 0 2   Otros programas

6 0 2 1   Ingresos diversos asignados a las acciones relativas a la ayuda humanitaria — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Posibles participaciones de terceros en acciones relativas a la ayuda humanitaria.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios en el título 23 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

6 0 3   Acuerdos de asociación entre las Comunidades y terceros países

6 0 3 1   Ingresos procedentes de la participación de los países candidatos a los programas comunitarios — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

153 053 195,86

Ingresos procedentes de los Acuerdos de asociación celebrados entre la Comunidad y los países anteriormente mencionados con vistas a su participación en diversos programas comunitarios. Los ingresos eventuales procedentes de países que ya son Estados miembros se refieren a operaciones anteriores.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a los que se asignan dichos ingresos.

Actos de referencia

Acuerdo Europeo, de 23 de diciembre de 1963, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Turquía, por otra (DO 217 de 29.12.1964, p. 3687/64).

Acuerdo Europeo, de 1 de marzo de 1971, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y Malta, por otra (DO L 61 de 14.3.1971, p. 1).

Acuerdo Europeo, de 14 de mayo de 1973, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Chipre, por otra (DO L 133 de 21.5.1973, p. 1).

Acuerdo Europeo, de 16 de diciembre de 1991, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Hungría, por otra (DO L 347 de 31.12.1993, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 16 de diciembre de 1991, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Polonia, por otra (DO L 348 de 31.12.1993, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 1 de febrero de 1993, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Rumania, por otra (DO L 357 de 31.12.1994, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 8 de marzo de 1993, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Bulgaria, por otra (DO L 358 de 31.12.1994, p. 3).

Acuerdo Europeo, de 4 de octubre de 1993, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Checa, por otra (DO L 360 de 31.12.1994, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 4 de octubre de 1993, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Eslovaca, por otra (DO L 359 de 31.12.1994, p. 2).

Acuerdo Europeo, de 12 de junio de 1995, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Letonia, por otra (DO L 26 de 2.2.1998, p. 3).

Acuerdo Europeo, de 12 de junio de 1995, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Lituania, por otra (DO L 51 de 20.2.1998, p. 3).

Acuerdo Europeo, de 12 de junio de 1995, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Estonia, por otra (DO L 68 de 9.3.1998, p. 3).

Acuerdo Europeo, de 12 de diciembre de 1998, por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Eslovenia, por otra (DO L 51 de 26.2.1999, p. 2).

Protocolos adicionales a los Acuerdos europeos (artículos 228 y 238), por los que se establece la apertura de los programas comunitarios a los países candidatos.

6 0 3 2   Ingresos procedentes de la participación de terceros en acuerdos de cooperación aduanera — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

227 103,20

Esta partida está destinada a acoger las contribuciones de terceros a acuerdos de cooperación aduanera. Se trata, en particular, del proyecto Transit y del proyecto de difusión de los datos arancelarios y otros (por vía telemática).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos sumplementarios en los artículos 14 03 01 (Aduana 2000) y 14 03 02 (Aduana 2007) del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito (DO L 226 de 13.8.1987, p. 2), modificado en último lugar por la Decisión no 6/2005 de la Comisión mixta CE-AELC (DO L 324 de 10.12.2005, p. 96).

Decisión no 210/97/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 1996 por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad («Aduana 2000») (DO L 33 de 4.2.1997, p. 24), modificada en último lugar por la Decisión no 105/2000/CE (DO L 13 de 19.1.2000, p. 13).

Decisión del Consejo, de 19 de marzo de 2001, por la que se autoriza a la Comisión a negociar, en nombre de la Comunidad Europea, una modificación del Convenio que establece el Consejo de Cooperación Aduanera (firmado en Bruselas el 15 de diciembre de 1950) que permita a la Comunidad Europea convertirse en miembro de dicha organización.

Decisión no 253/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2003, por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la Comunidad («Aduana 2007») (DO L 36 de 12.2.2003, p. 1), modificada por la Decisión no 787/2004/CE (DO L 138 de 30.4.2004, p. 12).

6 0 3 3   Participación de terceros en actividades comunitarias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Eventuales participaciones de terceros en actividades comunitarias.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

CAPÍTULO 6 1 —   REEMBOLSO DE GASTOS DIVERSOS

6 1 1   Reembolso de gastos realizados por cuenta de uno o varios Estados miembros

6 1 1 3   Ingresos procedentes de la colocación de los haberes procedentes de la Decisión de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 27 de febrero de 2002, sobre las consecuencias financieras de la expiración del Tratado CECA y al Fondo de Investigación del Carbón y del Acero — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

49 696 280,—

La Decisión 2003/76/CE del Consejo, por la que se establecen las disposiciones necesarias para la aplicación del Protocolo anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea sobre las consecuencias financieras de la expiración del Tratado CECA y el Fondo de Investigación del Carbón y del Acero (DO L 29 de 5.2.2003, p. 22) dispone que la Comisión se encargará de la liquidación de las operaciones financieras de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero que se encuentren aún en curso en el momento de la expiración del Tratado CECA.

Según el artículo 4 de dicha Decisión, los ingresos netos procedentes de las inversiones de los activos disponibles constituirán ingresos del presupuesto general de la Unión Europea con una asignación particular, a saber, la financiación de los proyectos de investigación en sectores relacionados con la industria del carbón y del acero mediante un Fondo de Investigación para el Carbón y el Acero.

Los ingresos netos utilizables para la financiación de los proyectos de investigación del año n + 2 figurarán en el balance de la CECA en liquidación del año n y, al cierre de la liquidación, en el balance de los Activos del Fondo de Investigación del Carbón y del Acero. Este mecanismo de financiación empezará a aplicarse a partir de 2003. Los ingresos a partir de 2004 se utilizarán para la investigación en 2006. A fin de reducir al mínimo las fluctuaciones en las financiaciones a la investigación que podrían resultar de la evolución de los mercados financieros, se efectuará un alisado. El importe previsible de los ingresos netos disponibles para investigación en 2006 es de 54 750 000 euros.

Según el artículo 4 de la Decisión 2003/76/CE, un 72,8 % de la dotación del Fondo se destinará al sector del acero y un 27,2 % al sector del carbón.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en el capítulo 08 13 del estado de gastos de la sección III,«Comisión».

6 1 1 4   Ingresos procedentes de cobros en el marco del Programa de Investigación del Carbón y del Acero

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

 

La Decisión 2003/76/CE del Consejo, por la que se establecen las disposiciones necesarias para la aplicación del Protocolo anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea sobre las consecuencias financieras de la expiración del Tratado CECA y el Fondo de Investigación del Carbón y del Acero (DO L 29 de 5.2.2003, p. 22) dispone que la Comisión se encargará de la liquidación de las operaciones financieras de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero que se encuentren aún en curso en el momento de la expiración del Tratado CECA.

Según el apartado 5 del artículo 4 de esta Decisión, el importe de los cobros se incluirá inicialmente en el activo de la CECA en liquidación, y, tras el cierre de la liquidación, en el activo del Fondo de Investigación del Carbón y del Acero.

6 1 2   Reembolso de los gastos derivados de la ejecución de trabajos por encargo remunerados — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

 

 

 

Comisión

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

 

Total

p.m.

6 1 3   Sumas recuperadas de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CE) no 1258/1999

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

La recuperación de las sumas que, al financiar la política agraria común, se hubieren perdido por causa de irregularidades o negligencias, determina el correspondiente abono en favor de los servicios u organismos pagadores. Estas sumas son aplicadas por los citados organismos a la reducción de los gastos financiados por el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola. Por consiguiente, únicamente deben consignarse entre los ingresos cuando dichas sumas recuperadas excedan de los gastos.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común (DO L 160 de 26.6.1999, p. 103).

6 1 4   Reembolso de ayudas comunitarias concedidas a proyectos y acciones en caso de éxito comercial

6 1 4 0   Reembolso de la ayuda comunitaria concedida a proyectos y acciones en el sector de las nuevas tecnologías energéticas con éxito comercial — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 3056/73 del Consejo, de 9 de noviembre de 1973, relativo al apoyo de proyectos comunitarios en el sector de los hidrocarburos (DO L 312 de 13.11.1973, p. 1).

Reglamento (CEE) no 1302/78 del Consejo, de 12 de junio de 1978, referente a la concesión de apoyo financiero a los proyectos de explotación de fuentes alternativas de energía (DO L 158 de 16.6.1978, p. 3).

Reglamento (CEE) no 1303/78 del Consejo, de 12 de junio de 1978, referente a la concesión de apoyo financiero a proyectos de demostración que permitan ahorro de energía (DO L 158 de 16.6.1978, p. 6).

Reglamento (CEE) no 727/79 del Consejo, de 9 de abril de 1979, por el que se establece la aplicación en el sector de la energía solar del Reglamento (CEE) no 1302/78 referente a la concesión de apoyo financiero a los proyectos de explotación de fuentes energéticas alternativas (DO L 93 de 12.4.1979, p. 3).

Reglamento (CEE) no 728/79 del Consejo, de 9 de abril de 1979, por el que se establece la aplicación en el sector de la licuefacción y gasificación de combustibles del Reglamento (CEE) no 1302/78 referente a la concesión de apoyo financiero a los proyectos de explotación de fuentes energéticas alternativas (DO L 93 de 12.4.1979, p. 5).

Reglamento (CEE) no 1971/83 del Consejo, de 11 de julio de 1983, referente a la concesión de apoyo financiero a proyectos piloto industriales y a proyectos de demostración en el campo de la licuefacción y gasificación de combustibles sólidos (DO L 195 de 19.7.1983, p. 1), modificado por el Reglamento (CEE) no 2125/84 (DO L 196 de 26.7.1984, p. 3).

Reglamento (CEE) no 1972/83 del Consejo, de 11 de julio de 1983, referente a la concesión de apoyo financiero a proyectos de demostración en el campo de la explotación de las fuentes alternativas de energía, del ahorro de energía y de la sustitución de los hidrocarburos (DO L 195 de 19.7.1983, p. 6), modificado por el Reglamento (CEE) no 2126/84 (DO L 196 de 26.7.1984, p. 4).

Reglamento (CEE) no 3639/85 del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, relativo a un programa de apoyo al desarrollo tecnológico en el sector de los hidrocarburos (DO L 350 de 27.12.1985, p. 25).

6 1 4 1   Reembolso de la ayuda comunitaria en el ámbito de la informática en caso de éxito comercial

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

0,—

Remanente de ingresos procedentes del reembolso de la ayuda comunitaria en el ámbito de la informática en caso de éxito comercial.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 1996/79 del Consejo, de 11 de septiembre de 1979, relativo a un mecanismo de apoyo comunitario en el sector de la informática (DO L 231 de 13.9.1979, p. 1).

6 1 4 3   Reembolso de subvenciones concedidas en el marco de una actividad europea de capital de riesgo en favor de las pequeñas y medianas empresas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

1 717 880,78

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Bases jurídicas

Decisión de la Comisión, de 21 de diciembre de 1988, «Lanzamiento de un proyecto piloto Eurotech Capital» (E/1783/88).

6 1 5   Reembolso de ayudas comunitarias no utilizadas

6 1 5 0   Reembolso de ayudas no utilizadas del Fondo Social Europeo, del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

334 000 000

155 091 159,25

Reembolso de ayudas del Fondo Social Europeo, del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola.

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 5 1   Reembolso de subvenciones de equilibrio presupuestario no utilizadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 5 2   Reembolso de bonificaciones de intereses no utilizadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 5 3   Reembolso de importes no utilizados en el marco de contratos celebrados por la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

39 540,51

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 5 7   Devolución de anticipos en el marco de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

26 000 000

210 342 163,41

Esta partida se destina a acoger los reembolsos de anticipos en el marco de los Fondos Estructurales (sección de Orientación del Fondo de Orientación y de Garantía Agrícola, Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca, Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo Social Europeo) y del Fondo de Cohesión.

Las cantidades imputadas a la presente partida darán lugar, con arreglo a los artículos 18 y 157 del Reglamento financiero, a la apertura de créditos suplementarios en las líneas correspondientes a los títulos 04, 05, 11 y 13 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», si resultan necesarios para no reducir la participación de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión en la intervención de que se trate.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales (DO L 161 de 26.6.1999, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 173/2005 (DO L 29 de 2.2.2005, p. 3), y, en particular, su artículo 32, apartado 2.

Reglamento (CE) no 1265/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, que modifica el anexo II del Reglamento (CE) no 1164/94 por el que se crea el Fondo de cohesión (DO L 161 de 26.6.1999, p. 62), y, en particular, su artículo 39, apartado 4.

Reglamento (CE) no 448/2001 de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo en relación con el procedimiento para las correcciones financieras de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos Estructurales (DO L 64 de 6.3.2001, p. 13).

6 1 5 8   Reembolso de ayudas comunitarias diversas no utilizadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

13 681 405,32

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos se consideran a partir de 2003 asignados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

6 1 6   Reembolso de los gastos realizados por cuenta del Organismo Internacional de la Energía Atómica — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Reembolso de la parte correspondiente al Organismo Internacional de la Energía Atómica de los importes adelantados por la Comisión para los controles realizados por el Organismo en el marco de los Acuerdos de verificación (artículos 06 05 01 y 06 05 02 del estado de gastos de la sección III, «Comisión»).

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 1 7   Reembolso de importes abonados en el marco de la ayuda comunitaria a terceros países

6 1 7 0   Reembolsos efectuados en el marco de la cooperación con Sudáfrica — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

7 405 015,09

Reembolso por los adjudicatarios o beneficiarios de los importes percibidos en exceso en concepto de la cooperación al desarrollo con Sudáfrica.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en el artículo 21 03 17 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1726/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativo a la cooperación al desarrollo con Sudáfrica (DO L 198 de 4.8.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2110/2005 (DO L 344 de 27.12.2005, p. 1).

6 1 8   Reembolso de cantidades entregadas en concepto de ayuda alimentaria

6 1 8 0   Reembolso por los adjudicatarios o beneficiarios de las cantidades en concepto de ayuda alimentaria percibidas en exceso — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Disposiciones previstas en los anuncios de licitación o en las condiciones financieras anexas a las cartas de la Comisión en las que se definen las condiciones de concesión de la ayuda alimentaria a sus beneficiarios.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 1 8 1   Reembolso de los gastos suplementarios ocasionados por los beneficiarios de la ayuda alimentaria — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

69 418,89

Disposiciones previstas en las modalidades de entrega anexas a las cartas de la Comisión en las que se definen las condiciones de concesión de la ayuda alimentaria a sus beneficiarios.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 1 9   Otros reembolsos de gastos realizados por cuenta de terceros

6 1 9 1   Otros reembolsos de gastos realizados por cuenta de terceros en el marco de la Decisión 94/179/Euratom del Consejo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 22 02 03 y 19 06 05 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

CAPÍTULO 6 2 —   INGRESOS POR SERVICIOS PRESTADOS A TÍTULO ONEROSO

6 2 0   Suministro a título oneroso de materiales básicos o materiales de fisión especiales [artículo 6, letra b), del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica] — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 6, letra b).

. Ingresos procedentes del suministro, a título oneroso, de materiales básicos o de fisión a los Estados miembros, para la ejecución de sus programas de investigación.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 2 2   Ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso

6 2 2 1   Ingresos procedentes de la explotación del HFR que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

30 899 228,40

Ingresos procedentes de la explotación del HFR (high-flux reactor) situado en el establecimiento de Petten del Centro Común de Investigación.

Sumas pagadas por los clientes, concretamente Alemania, Francia y los Países Bajos, para cubrir los gastos de cualquier naturaleza relacionados con la explotación por el Centro Común de Investigación del HFR.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 10 01 05 y 10 04 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Realización de los programas anteriores

Los ingresos corren a cargo de Alemania, Francia y los Países Bajos.

6 2 2 2   Otros ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso destinados al reembolso de créditos consignados en el estado de gastos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

0,—

Ingresos procedentes de personas, empresas y organismos nacionales para los que el Centro Común de Investigación efectuará trabajos y/o prestaciones a título oneroso.

Estos créditos se utilizarán igualmente para el reembolso en calidad de fondos de anticipo de los antiguos programas comunes.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 2 2 3   Otros ingresos por servicios y prestaciones a terceros realizados por el Centro Común de Investigación a título oneroso que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

7 234 623,85

Ingresos procedentes de personas, empresas y organismos nacionales para los que el Centro Común de Investigación efectuará trabajos y/o prestaciones a título oneroso.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 y del artículo 161, apartado 2, del Reglamento financiero, los eventuales ingresos podían dar lugar a la apertura de créditos suplementarios en el artículo 10 01 05 y 10 04 02 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», por el importe de los gastos correspondientes a cada contrato con un tercero.

6 2 2 4   Ingresos por permisos concedidos por la Comisión sobre inventos, patentables o no, que sean resultado de la investigación comunitaria llevada a cabo por el Centro Común de Investigación — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

196 032,41

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos en los artículos 10 01 05, 10 04 02, 10 04 03 y en los capítulos 10 02 y 10 03 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2380/74 del Consejo, de 17 de septiembre de 1974, por el que se determina el régimen de difusión de los conocimientos aplicable a los programas de investigación para la Comunidad Económica Europea (DO L 255 de 20.9.1974, p. 1).

Actos de referencia

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 12.

6 2 2 5   Ingresos varios en beneficio del Centro Común de Investigación — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Ingresos resultantes de las contribuciones, donaciones o legados procedentes de terceros en favor de las distintas actividades realizadas por el Centro Común de Investigación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en el artículo 10 01 05 y en los capítulos 10 02, 10 03 y 10 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

6 2 2 6   Ingresos de servicios prestados por el Centro Común de Investigación a otros servicios de la Comisión sobre una base competitiva, con producción de créditos adicionales — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

21 205 859,10

Ingresos procedentes de otros servicios de la Comisión para los que el Centro Común de Investigación realice trabajos o preste servicios remunerados e ingresos relacionados con la participación en las actividades de los programas marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 y el artículo 161, apartado 2, del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 10 01 05, 10 02 01, 10 02 02, 10 02 03, 10 03 01, 10 03 02, 10 04 01, 10 04 02 del estado de gastos de la sección III, «Comisión»‚ por el importe de los gastos específicos correspondientes a cada contrato con otros servicios de la Comisión.

6 2 4   Ingresos por permisos concedidos por la Comisión sobre inventos, patentables o no, que sean resultado de la investigación comunitaria (acciones indirectas) — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2380/74 del Consejo, de 17 de septiembre de 1974, por el que se determina el régimen de difusión de conocimientos aplicable a los programas de investigaciones para la Comunidad Económica Europea (DO L 255 de 20.9.1974, p. 1).

Actos de referencia

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de Energía Atómica y, en particular, su artículo 12.

CAPÍTULO 6 3 —   CONTRIBUCIONES EN EL MARCO DE ACUERDOS ESPECÍFICOS

6 3 0   Contribuciones de los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio en el marco del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

108 746 011,—

Este artículo se destina a acoger las contribuciones de los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio derivadas de su participación financiera en determinadas actividades comunitarias, de conformidad con las disposiciones del artículo 82 y del Protocolo 32 del Acuerdo.

El total de la participación prevista resulta de la recapitulación que figura a título informativo en el anexo del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Las contribuciones de los Estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio se ponen a disposición de la Comisión con arreglo a las disposiciones de los artículos 1 a 3 del Protocolo 32 del Acuerdo.

De conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Actos de referencia

Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (DO L 1 de 3.1.1994, p. 3).

6 3 1   Contribuciones en el marco del acervo de Schengen

6 3 1 1   Contribuciones a los gastos administrativos derivados del Acuerdo celebrado con Islandia y Noruega — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Contribuciones por gastos administrativos derivados del Acuerdo de 18 de mayo de 1999 celebrado por el Consejo de la Unión Europea con la República de Islandia y el Reino de Noruega, sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen, y, en particular, el artículo 12 de dicho Acuerdo (DO L 176 de 10.7.1999, p. 36).

Consejo

 

p.m.

 

 

 

Bases jurídicas

Decisión 1999/437/CE del Consejo, de 17 de mayo de 1999, relativa a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo celebrado por el Consejo de la Unión Europea con la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del Acuerdo de Schengen (DO L 176 de 10.7.1999, p. 31).

6 3 1 2   Contribuciones para el desarrollo de sistemas informáticos a gran escala en el marco del acuerdo celebrado con Islandia, Noruega y Suiza — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en los artículos 18 08 02, 18 08 03 y 18 08 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

El considerando 10 del Reglamento (CE) no 2424/2001 del Consejo, de 6 de diciembre de 2001, sobre el desarrollo del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (DO L 328 de 13.12.2001, p. 4) dispone que debe acordarse un procedimiento que permita a representantes de Islandia y Noruega asociarse a los trabajos de los comités que asistan a la Comisión en el ejercicio de sus competencias de ejecución.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 2725/2000 del Consejo, de 11 de diciembre de 2000, relativo a la creación del sistema «Eurodac» para la comparación de las impresiones dactilares para la aplicación efectiva del Convenio de Dublín (DO L 316 de 15.12.2000, p. 1).

Decisión 2001/258/CE del Consejo, de 15 de marzo de 2001, relativa a la conclusión del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Islandia y el Reino de Noruega relativo a los criterios y mecanismos para determinar el Estado responsable de examinar las peticiones de asilo presentadas en un Estado miembro o en Islandia o Noruega (DO L 93 de 3.4.2001, p. 38), y, en particular, el artículo 9 del Acuerdo.

Decisión 2001/886/JAI del Consejo, de 6 de diciembre de 2001, sobre el desarrollo del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (DO L 328 de 13.12.2001, p. 1).

Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo, de 18 de febrero de 2003, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 50 de 25.2.2003, p. 1).

Reglamento (CE) no 1560/2003 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 222 de 5.9.2003, p. 3).

Decisión 2004/512/CE del Consejo, de 8 de junio de 2004, por la que se establece el Sistema de Información de Visados (VIS) (DO L 213 de 15.6.2004, p. 5).

Decisión 2004/849/CE del Consejo, de 25 de octubre de 2004, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, y a la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre la asociación de este Estado a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (DO L 368 de 15.12.2004, p. 26).

Decisión 2004/860/CE del Consejo, de 25 de octubre de 2004, relativa a la firma, en nombre de la Comunidad Europea, y a la aplicación provisional de determinadas disposiciones del Acuerdo entre la Unión Europea, la Comunidad Europea y de la Confederación Suiza sobre la asociación de este Estado a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (DO L 370 de 17.12.2004, p. 78).

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Sistema de Información de Visados (VIS) y el intercambio de datos sobre visados de corta duración entre los Estados miembros [COM(2004) 0835 final].

6 3 1 3   Otras contribuciones en el marco del acervo de Schengen (Islandia, Noruega y Suiza) — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

33 522,42

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos se utilizarán para habilitar créditos suplementarios en el artículo 18 02 03 del estado de gastos de la sección III, «Comisión».

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 2007/2004 del Consejo, de 26 de octubre de 2004, por el que se crea una Agencia Europea para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea (DO L 349 de 25.11.2004, p. 1).

CAPÍTULO 6 5 —   CORRECCIONES FINANCIERAS

6 5 0   Correcciones financieras

6 5 0 0   Correcciones financieras en el marco de los Fondos estructurales

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

25 917 928,—

En esta partida se consignarán las correcciones financieras percibidas en el marco de los Fondos Estructurales (sección de Orientación del Fondo de Orientación y de Garantía Agrícola, Instrumento Financiero de Orientación Pesquera, Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo Social Europeo).

Las cantidades imputadas a la presente partida podrían ser utilizadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, para habilitar créditos suplementarios en las líneas correspondientes a los títulos 04, 05, 11 y 13 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en el caso de que resulten necesarios para cubrir los riesgos de anulación o de reducción de correcciones aprobadas con anterioridad.

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 4253/88 del Consejo, de 19 de diciembre de 1988, por el que se aprueban disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 2052/88, en lo relativo, por una parte, a la coordinación de las intervenciones de los Fondos estructurales y, por otra, de éstas con las del Banco Europeo de Inversiones y con las de los demás instrumentos financieros existentes (DO L 374 de 31.12.1988, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 3193/94 (DO L 337 de 24.12.1994, p. 11), y, en particular, su artículo 24.

Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales (DO L 161 de 26.6.1999, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 173/2005 (DO L 29 de 2.2.2005, p. 3), y, en particular, su artículo 39, apartado 3.

Reglamento (CE) no 448/2001 de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo en relación con el procedimiento para las correcciones financieras de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos Estructurales (DO L 64 de 6.3.2001, p. 13).

CAPÍTULO 6 6 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

6 6 0   Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0   Otras contribuciones y restituciones asignadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

283 156 053,49

Esta partida se destina a acoger, de conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos no previstos en las otras partes del título 6 y que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

 

Total

p.m.

6 6 0 1   Otras contribuciones y restituciones no asignadas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

15 000 000

p.m.

13 175 177,37

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, en esta partida se consignarán los eventuales ingresos no previstos en las demás partes del título 6 que no estén afectados.

Parlamento

 

p.m.

Comisión

 

15 000 000

 

Total

p.m.

TÍTULO 7

INTERESES DE DEMORA Y MULTAS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 7 0

7 0 0

Intereses de demora

7 0 0 0

Intereses exigibles como consecuencia de las inscripciones tardías en las cuentas de los Tesoros de los Estados miembros

5 000 000

23 000 000

6 739 504,39

7 0 0 1

Otros intereses de demora

10 000 000

3 000 000

82 645 324,45

 

Total del artículo 7 0 0

15 000 000

26 000 000

89 384 828,84

7 0 1

Intereses de demora y otros intereses de multas

5 000 000

36 000 000

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 7 0

20 000 000

62 000 000

89 384 828,84

CAPÍTULO 7 1

7 1 0

Multas, multas coercitivas y sanciones

100 000 000

236 000 000

380 750 179,50

7 1 1

Cobro de las multas que sancionan los fraudes e irregularidades cometidos en detrimento de los intereses financieros de la Comunidad Europea

p.m.

p.m.

0,—

7 1 2

Multas e importes a tanto alzado impuestos a los Estados miembros en caso de no ejecución de una sentencia del Tribunal de Justicia por incumplimiento de las obligaciones que se derivan del Tratado

p.m.

20 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 7 1

100 000 000

256 000 000

380 750 179,50

CAPÍTULO 7 2

7 2 0

Intereses de los depósitos y multas

7 2 0 0

Intereses sobre los depósitos y las multas resultantes de la aplicación del procedimiento referente a los déficit excesivos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 7 2 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 7 2

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 7

120 000 000

318 000 000

470 135 008,34

CAPÍTULO 7 0 —

INTERESES DE DEMORA

CAPÍTULO 7 1 —

MULTAS

CAPÍTULO 7 2 —

INTERESES DE LOS DEPÓSITOS Y MULTAS

CAPÍTULO 7 0 —   INTERESES DE DEMORA

7 0 0   Intereses de demora

7 0 0 0   Intereses exigibles como consecuencia de las inscripciones tardías en las cuentas de los Tesoros de los Estados miembros

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 000 000

23 000 000

6 739 504,39

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

5 000 000

 

Total

5 000 000

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 94/728/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (DO L 130 de 31.5.2000, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 2028/2004 (DO L 352 de 27.11.2004, p. 1).

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 71, apartado 4.

7 0 0 1   Otros intereses de demora

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

10 000 000

3 000 000

82 645 324,45

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, por el que se establecen disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales (DO L 161 de 26.6.1999, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 173/2005 (DO L 29 de 2.2.2005, p. 3), y, en particular, su artículo 39, apartado 4.

Reglamento (CE) no 448/2001 de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1260/1999 del Consejo en relación con el procedimiento para las correcciones financieras de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos estructurales (DO L 64 de 6.3.2001, p. 13), y, en particular, su artículo 7, apartado 2.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 71, apartado 4.

Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3), y, en particular, su artículo 86.

7 0 1   Intereses de demora y otros intereses de multas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 000 000

36 000 000

 

Este artículo se destina a acoger los intereses de demora y otros intereses de multas.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 71, apartado 4.

Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3) y, en particular, su artículo 86.

Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (DO L 1 de 4.1.2003, p. 1), modificado por el Reglamento (CE) no 411/2004 (DO L 68 de 6.3.2004, p. 1).

Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, de 21 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas (DO L 24 de 29.1.2004, p. 1), y, en particular, sus artículos 14 y 15.

CAPÍTULO 7 1 —   MULTAS

7 1 0   Multas, multas coercitivas y sanciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

100 000 000

236 000 000

380 750 179,50

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto de las Comunidades Europeas (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).

Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (DO L 1 de 4.1.2003, p. 1), modificado por el Reglamento (CE) no 411/2004 (DO L 68 de 6.3.2004, p. 1).

Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, de 21 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas (DO L 24 de 29.1.2004, p. 1), y, en particular, sus artículos 14 y 15.

7 1 1   Cobro de las multas que sancionan los fraudes e irregularidades cometidos en detrimento de los intereses financieros de la Comunidad Europea

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Bases jurídicas

Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el código aduanero comunitario (DO L 302 de 19.10.1992, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 648/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 117 de 4.5.2005, p. 13).

Decisión no 105/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 1999, por la que se modifica la Decisión no 210/97/CE, de 19 de diciembre de 1996, por la que se adopta un programa de acción para la aduana en la comunidad («Aduana 2000») (DO L 13 de 19.1.2000, p. 1).

Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (DO L 253 de 7.10.2000, p. 42).

7 1 2   Multas e importes a tanto alzado impuestos a los Estados miembros en caso de no ejecución de una sentencia del Tribunal de Justicia por incumplimiento de las obligaciones que se derivan del Tratado

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

20 000 000

0,—

Actos de referencia

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 228, apartado 2 (antiguo artículo 171), introducido por el Tratado de Maastricht sobre la Unión Europea (artículo G, punto 51).

CAPÍTULO 7 2 —   INTERESES DE LOS DEPÓSITOS Y MULTAS

7 2 0   Intereses de los depósitos y multas

7 2 0 0   Intereses sobre los depósitos y las multas resultantes de la aplicación del procedimiento referente a los déficit excesivos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Ingresos procedentes de los intereses sobre los depósitos y las multas resultantes de la aplicación del procedimiento referente a los déficit excesivos.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 1467/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (DO L 209 de 2.8.1997, p. 6), modificado por el Reglamento (CE) no 1056/2005 (DO L 174 de 7.7.2005, p. 5), y, en particular, su artículo 16.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 18, apartado 1, letra b).

TÍTULO 8

EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 8 0

8 0 0

Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos comunitarios destinados a sostener las balanzas de pagos

p.m.

p.m.

0,—

8 0 1

Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos Euratom

p.m.

p.m.

0,—

8 0 2

Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos destinados a la promoción de inversiones en la Comunidad (nuevo instrumento comunitario)

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 8 1

8 1 0

Reembolso y producto de los intereses de préstamos especiales y capitales de riesgo concedidos en el marco de cooperación financiera con terceros países de la Cuenca mediterránea

26 401 054

22 348 861

29 018 298,95

8 1 1

Reembolso y producto de los intereses de préstamos concedidos por la Comisión para la mejora de las condiciones de vivienda de los trabajadores migrantes

p.m.

11 085

14 539,13

8 1 3

Reembolso y producto de los intereses de préstamos y capital de riesgo concedidos por la Comisión en el marco de la operación «EC Investment Partners» a los países en desarrollo de América Latina, de Asia y del Mediterráneo y a Sudáfrica

p.m.

p.m.

83 073,73

8 1 4

Reembolso y producto de los intereses de los préstamos concedidos a los países más inmediatamente afectados por la crisis del Golfo

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 1

26 401 054

22 359 946

29 115 911,81

CAPÍTULO 8 2

8 2 0

Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera en favor de terceros países de la Cuenca mediterránea

p.m.

p.m.

0,—

8 2 1

Garantía de la Comunidad Europea sobre un empréstito contraído por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera a terceros países de Europa Central y Oriental

p.m.

p.m.

0,—

8 2 3

Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera en favor de los países de la Comunidad de Estados Independientes y Mongolia

p.m.

p.m.

0,—

8 2 5

Garantía de la Comunidad Europea a los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una asistencia financiera en favor de los países de los Balcanes Occidentales

p.m.

p.m.

0,—

8 2 6

Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos Euratom destinados a financiar la mejora del grado de eficacia y de seguridad del parque nuclear de los países de Europa Central y Oriental y de la Comunidad de Estados Independientes

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 8 3

8 3 0

Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos del Banco Europeo de Inversiones a terceros países de la Cuenca mediterránea

p.m.

p.m.

0,—

8 3 1

Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones en los terceros países de Europa Central y Oriental y en los Balcanes Occidentales

p.m.

p.m.

0,—

8 3 2

Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a otros terceros países

p.m.

p.m.

0,—

8 3 4

Garantía de la Comunidad Europea a los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a Sudáfrica

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 3

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 8 5

8 5 0

Dividendos pagados por el Fondo Europeo de Inversiones

2 627 400

3 000 000

2 368 200,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 8 5

2 627 400

3 000 000

2 368 200,—

 

Total del título 8

29 028 454

25 359 946

31 484 111,81

CAPÍTULO 8 0 —

INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE LOS EMPRÉSTITOS Y LOS PRÉSTAMOS EN LOS ESTADOS MIEMBROS

CAPÍTULO 8 1 —

PRÉSTAMOS CONCEDIDOS POR LA COMISIÓN

CAPÍTULO 8 2 —

INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS A TERCEROS PAÍSES

CAPÍTULO 8 3 —

INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE LOS PRÉSTAMOS CONCEDIDOS EN LOS TERCEROS PAÍSES POR ORGANISMOS FINANCIEROS

CAPÍTULO 8 5 —

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PARTICIPACIONES DE LOS ORGANISMOS DE GARANTÍA

CAPÍTULO 8 0 —   INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE LOS EMPRÉSTITOS Y LOS PRÉSTAMOS EN LOS ESTADOS MIEMBROS

8 0 0   Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos comunitarios destinados a sostener las balanzas de pagos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

La garantía de la Comunidad se refiere a los empréstitos contraídos en los mercados de capitales o con entidades financieras. El saldo vivo del principal de los préstamos que pueden concederse de este modo a los Estados miembros no puede superar los 12 000 millones de euros.

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 01 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 332/2002 del Consejo, de 18 de febrero de 2002, por el que se establece un mecanismo de ayuda financiera a medio plazo a las balanzas de pagos de los Estados miembros (DO L 53 de 23.2.2002, p. 1).

Actos de referencia

Acta, de 12 de junio de 1985, relativa a las condiciones de adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados (DO L 302 de 15.11.1985, p. 23), y, en particular, la declaración de la Comunidad Económica Europea que figura en el Acta final relativa a la aplicación del mecanismo de los empréstitos comunitarios en beneficio de Portugal.

8 0 1   Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos Euratom

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 02 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 77/270/Euratom del Consejo, de 29 de marzo de 1977, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos Euratom con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 88 de 6.4.1977, p. 9).

Decisión 77/271/Euratom del Consejo, de 29 de marzo de 1977, relativa a la aplicación de la Decisión 77/270/Euratom por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos Euratom con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 88 de 6.4.1977, p. 11).

Decisión 80/29/Euratom del Consejo, de 20 de diciembre de 1979, por la que se modifica la Decisión 77/271/Euratom relativa a la aplicación de la Decisión 77/270/Euratom por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos Euratom con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 12 de 17.1.1980, p. 28).

Decisión 82/170/Euratom del Consejo, de 15 de marzo de 1982, por la que se modifica la Decisión 77/271/Euratom en lo que se refiere al importe total de los empréstitos Euratom que la Comisión estará facultada a contraer con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 78 de 24.3.1982, p. 21).

Decisión 85/537/Euratom del Consejo, de 5 de diciembre de 1985, por la que se modifica la Decisión 77/271/Euratom en lo que se refiere al importe total de los empréstitos Euratom que la Comisión está facultada a contraer con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 334 de 12.12.1985, p. 23).

Decisión 90/212/Euratom del Consejo, de 23 de abril de 1990, que modifica la Decisión 77/271/Euratom relativa a la aplicación de la Decisión 77/270/Euratom por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos Euratom con vistas a contribuir a la financiación de las centrales nucleoeléctricas (DO L 112 de 3.5.1990, p. 26).

Decisión del Consejo de 21 de marzo de 1994 por la que se habilita a la Comisión a contraer empréstitos Euratom para contribuir a la financiación de la mejora del grado de seguridad y eficacia del parque nuclear de determinados terceros países de Europa Central y Oriental (DO L 84 de 29.3.1994, p. 41).

8 0 2   Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos destinados a la promoción de inversiones en la Comunidad (nuevo instrumento comunitario)

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo aunque la partida 01 04 01 03 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El importe máximo de los empréstitos autorizados está fijado en 6 830 millones de euros, de los cuales 1 000 millones por la Decisión 78/870/CEE, 1 000 millones por la Decisión 82/169/CEE, 1 080 millones por las Decisiones 81/19/CEE y 81/1013/CEE, de los cuales hay que deducir el importe de los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a partir de sus recursos propios para las mismas finalidades, 3 000 millones por la Decisión 83/200/CEE y 750 millones por la Decisión 87/182/CEE.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 78/870/CEE del Consejo, de 16 de octubre de 1978, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 298 de 25.10.1978, p. 9).

Decisión 79/486/CEE del Consejo, de 14 de mayo de 1979, por la que se establece la aplicación de la Decisión 78/870/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 125 de 22.5.1979, p. 16).

Decisión 80/739/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1980, por la que se establece la aplicación por segunda vez de la Decisión 78/870/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 205 de 7.8.1980, p. 19).

Decisión 80/1103/CEE del Consejo, de 25 de noviembre de 1980, por la que se completa, en lo que se refiere a la asignación de una parte del segundo tramo del empréstito, la Decisión 80/739/CEE por la que se establece la aplicación por segunda vez de la Decisión 78/870/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 326 de 2.12.1980, p. 19).

Decisión 81/19/CEE del Consejo, de 20 de enero de 1981, relativa a la ayuda excepcional de la Comunidad en favor de la reconstrucción de las zonas siniestradas por el seísmo ocurrido en Italia en noviembre de 1980 (DO L 37 de 10.2.1981, p. 21).

Decisión 81/1013/CEE del Consejo, de 14 de diciembre de 1981, relativa a la ayuda excepcional de la Comunidad en favor de la reconstrucción de las zonas siniestradas por los seímos ocurridos en Grecia en febrero/marzo de 1981 (DO L 367 de 23.12.1981, p. 27).

Decisión 82/169/CEE del Consejo, de 15 de marzo de 1982, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 78 de 24.3.1982, p. 19).

Decisión 82/268/CEE del Consejo, de 26 de abril de 1982, por la que se establece la aplicación de la Decisión 82/169/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con objeto de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 116 de 30.4.1982, p. 16).

Decisión 83/200/CEE del Consejo, de 19 de abril de 1983, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con arreglo al Nuevo Instrumento Comunitario a fin de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 112 de 28.4.1983, p. 26).

Decisión 83/308/CEE del Consejo, de 13 de junio de 1983, por la que se aplica la Decisión 83/200/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con arreglo al Nuevo Instrumento Comunitario a fin de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 164 de 23.6.1983, p. 31).

Decisión 84/383/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1984, por la que se aplica la Decisión 83/200/CEE por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con arreglo al Nuevo Instrumento Comunitario a fin de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 208 de 3.8.1984, p. 53).

Decisión 87/182/CEE del Consejo, de 9 de marzo de 1987, por la que se faculta a la Comisión para contraer empréstitos con arreglo al Nuevo Instrumento Comunitario a fin de promover las inversiones en la Comunidad (DO L 71 de 14.3.1987, p. 34).

CAPÍTULO 8 1 —   PRÉSTAMOS CONCEDIDOS POR LA COMISIÓN

8 1 0   Reembolso y producto de los intereses de préstamos especiales y capitales de riesgo concedidos en el marco de cooperación financiera con terceros países de la Cuenca mediterránea

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

26 401 054

22 348 861

29 018 298,95

Este artículo se destina a registrar los reembolsos del capital y el producto de los intereses de los préstamos especiales y capitales de riesgo otorgados, mediante los créditos previstos en los capítulos 22 03, 19 08 y 19 01 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en favor de terceros países de la Cuenca mediterránea.

Las realizaciones en forma de ingresos sobrepasan normalmente los importes estimativos consignados en el presupuesto como consecuencia del pago de los intereses correspondientes a préstamos especiales y capitales de riesgo que pueden ser desembolsados todavía durante el ejercicio precedente, así como durante el ejercicio en curso. Los intereses correspondientes a los préstamos especiales y a los capitales de riesgo se cuentan a partir del momento de la entrega; los primeros se pagan semestralmente y los segundos, en general anualmente.

8 1 1   Reembolso y producto de los intereses de préstamos concedidos por la Comisión para la mejora de las condiciones de vivienda de los trabajadores migrantes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

11 085

14 539,13

Los préstamos concedidos a los trabajadores migrantes con ayuda de una parte de los créditos del artículo 04 04 03 del estado de gastos de la sección III, «Comisión» devengan intereses y dan lugar a reembolsos de capital.

La fecha del pago final del capital y los intereses, según el calendario de pagos, es el 31 de diciembre de 2005.

8 1 3   Reembolso y producto de los intereses de préstamos y capital de riesgo concedidos por la Comisión en el marco de la operación «EC Investment Partners» a los países en desarrollo de América Latina, de Asia y del Mediterráneo y a Sudáfrica

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

83 073,73

Este artículo se destina a registrar los reembolsos del capital y el producto de los intereses de los préstamos y capitales de riesgo otorgados mediante los créditos previstos en el artículo 19 02 07 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», relativos a la operación EC Investment Partners.

Bases jurídicas

Reglamento (CE) no 772/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de abril de 2001, relativo a la clausura y la liquidación de los proyectos aprobados por la Comisión en aplicación del Reglamento (CE) no 213/96 del Consejo, de 29 de enero de 1996, relativo a la aplicación del instrumento financiero «European Communities Investment Partners» destinado a los países de América Latina, de Asia y del Mediterráneo y a Sudáfrica (DO L 112 de 21.4.2001, p. 1).

8 1 4   Reembolso y producto de los intereses de los préstamos concedidos a los países más inmediatamente afectados por la crisis del Golfo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Reglamento (CEE) no 3557/90 del Consejo, de 4 de diciembre de 1990, relativo a una ayuda financiera a los países más directamente afectados por la crisis del Golfo (DO L 347 de 12.12.1990, p. 1).

CAPÍTULO 8 2 —   INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE EMPRÉSTITOS Y PRÉSTAMOS A TERCEROS PAÍSES

8 2 0   Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera en favor de terceros países de la Cuenca mediterránea

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 04 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 94/938/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, relativa a la atribución de una ayuda macrofinanciera complementaria a Argelia (DO L 366 de 31.12.1994, p. 28).

8 2 1   Garantía de la Comunidad Europea sobre un empréstito contraído por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera a terceros países de Europa Central y Oriental

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 05 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 91/384/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1991, sobre la concesión de una asistencia financiera a medio plazo a Rumania (DO L 208 de 30.7.1991, p. 64).

Decisión 92/511/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, sobre la concesión de una ayuda financiera suplementaria a medio plazo a Bulgaria (DO L 317 de 31.10.1992, p. 94).

Decisión 92/551/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1992, sobre la concesión de una ayuda financiera suplementaria a medio plazo a Rumanía (DO L 353 de 3.12.1992, p. 30).

Decisión 94/369/CE del Consejo, de 20 de junio de 1994, sobre la concesión de una ayuda macrofinanciera complementaria a Rumania (DO L 168 de 2.7.1994, p. 29).

Decisión 97/472/CE del Consejo, de 22 de julio de 1997, sobre la concesión de una ayuda macrofinancera suplementaria a largo plazo a Bulgaria (DO L 200 de 29.7.1997, p. 61).

Decisión 1999/731/CE del Consejo, de 8 de noviembre de 1999, sobre la concesión de una ayuda macrofinancera suplementaria a Bulgaria (DO L 294 de 16.11.1999, p. 27).

Decisión 1999/732/CE del Consejo, de 8 de noviembre de 1999, sobre la concesión de una ayuda macrofinancera suplementaria a Rumania (DO L 294 de 16.11.1999, p. 29).

8 2 3   Garantía de la Comunidad Europea sobre los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una ayuda financiera en favor de los países de la Comunidad de Estados Independientes y Mongolia

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

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Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 06 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

Bases jurídicas

Decisión 91/658/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1991, sobre la concesión de un préstamo a medio plazo a la Unión soviética y a sus repúblicas (DO L 362 de 31.12.1991, p. 89).

Decisión 94/346/CE del Consejo, de 13 de junio de 1994, sobre la concesión de una ayuda macrofinanciera a Moldavia (DO L 155 de 22.6.1994, p. 27).

Decisión 94/940/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, sobre atribución de una ayuda macrofinanciera a Ucrania (DO L 366 de 31.12.1994, p. 32).

Decisión 95/132/CE del Consejo, de 10 de abril de 1995, sobre atribución de una ayuda macrofinanciera a Bielorrusia (DO L 89 de 21.4.1995, p. 28).

Decisión 95/442/CE del Consejo, de 23 de octubre de 1995, sobre atribución de una asistencia macrofinanciera suplementaria a Ucrania (DO L 258 de 28.10.1995, p. 63).

Decisión 96/242/CE del Consejo, de 25 de marzo de 1996, relativa a la concesión de una ayuda macrofinanciera suplementaria a Moldavia (DO L 80 de 30.3.1996, p. 60).

Decisión 97/787/CE del Consejo, de 17 de noviembre de 1997, relativa a la concesión de una ayuda financiera excepcional a Armenia y a Georgia (DO L 322 de 25.11.1997, p. 37).

Decisión 98/592/CE del Consejo, de 15 de octubre de 1998, por la que se concede asistencia macrofinanciera adicional a Ucrania (DO L 284 de 22.10.1998, p. 45).

Decisión 2000/244/CE del Consejo, de 20 de marzo de 2000, por la que se modifica la Decisión 97/787/CE relativa a la concesión de una ayuda financiera excepcional a Armenia y a Georgia al objeto de extenderla a Tayiquistán (DO L 77 de 28.3.2000, p. 11).

Decisión 2002/639/CE del Consejo, de 12 de julio de 2002, por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a Ucrania (DO L 209 de 6.8.2002, p. 22).

8 2 5   Garantía de la Comunidad Europea a los programas de empréstitos contraídos por la Comunidad para la concesión de una asistencia financiera en favor de los países de los Balcanes Occidentales

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

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Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 07 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 97/471/CE del Consejo, de 22 de julio de 1997, relativa a la concesión de una ayuda macrofinanciera a la Antigua República Yugoslava de Macedonia (DO L 200 de 29.7.1997, p. 59).

Decisión 1999/282/CE del Consejo, de 22 de abril de 1999, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Albania (DO L 110 de 28.4.1999, p. 13).

Decisión 1999/325/CE del Consejo, de 10 de mayo de 1999, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Bosnia y Herzegovina (DO L 123 de 13.5.1999, p. 57).

Decisión 1999/733/CE del Consejo, de 8 de noviembre de 1999, relativa a la concesión de una ayuda macrofinanciera suplementaria a la Antigua República Yugoslava de Macedonia (DO L 294 de 16.11.1999, p. 31).

Decisión 2001/549/CE del Consejo, de 16 de julio de 2001, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a la República Federativa de Yugoslavia (DO L 197 de 21.7.2001, p. 38).

Decisión 2002/882/CE del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a la República Federal de Yugoslavia (DO L 308 de 9.11.2002, p. 25).

Decisión 2002/883/CE del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a Bosnia y Herzegovina (DO L 308 de 9.11.2002, p. 28).

Decisión 2003/825/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, que modifica la Decisión 2002/882/CE por la que se concede una ayuda macrofinanciera suplementaria a la República Federal de Yugoslavia con relación a una ayuda macrofinanciera adicional a Serbia y Montenegro (DO L 311 de 27.11.2003, p. 28), modificada por la Decisión 2004/862/CE (DO L 370 de 17.12.2004, p. 81).

Decisión 2004/580/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a Albania y se deroga la Decisión 1999/282/CE (DO L 261 de 6.8.2004, p. 116).

8 2 6   Garantía de la Comunidad Europea sobre los empréstitos Euratom destinados a financiar la mejora del grado de eficacia y de seguridad del parque nuclear de los países de Europa Central y Oriental y de la Comunidad de Estados Independientes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

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Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 08 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 94/179/Euratom del Consejo, de 21 de marzo de 1994, por la que se modifica la Decisión 77/270/Euratom con objeto de habilitar a la Comisión a contraer empréstitos Euratom para contribuir a la financiación de la mejora del grado de seguridad y eficacia del parque nuclear de determinados terceros países (DO L 84 de 29.3.1994, p. 41).

Para la base legal de los préstamos Euratom, véase el comentario del artículo 8 0 1.

CAPÍTULO 8 3 —   INGRESOS RELACIONADOS CON LA GARANTÍA DE LA COMUNIDAD EUROPEA SOBRE LOS PRÉSTAMOS CONCEDIDOS EN LOS TERCEROS PAÍSES POR ORGANISMOS FINANCIEROS

8 3 0   Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos del Banco Europeo de Inversiones a terceros países de la Cuenca mediterránea

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

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Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 09 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión del Consejo de 8 de marzo de 1977 (Protocolos «Mediterráneo»).

Decisión 78/666/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1978, relativa a la celebración del Protocolo financiero entre la Comunidad Económica Europea y Grecia (DO L 225 de 16.8.1978, p. 25).

Reglamento (CEE) no 2210/78 del Consejo, de 26 de septiembre de 1978, por el que se celebra el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (DO L 263 de 27.9.1978, p. 1).

Reglamento (CEE) no 2211/78 del Consejo, de 26 de septiembre de 1978, por el que se celebra el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos (DO L 264 de 27.9.1978, p. 1).

Reglamento (CEE) no 2212/78 del Consejo, de 26 de septiembre de 1978, por el que se celebra el Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República de Túnez (DO L 265 de 27.9.1978, p. 1).

Reglamento (CEE) no 2237/78 del Consejo, de 26 de septiembre de 1978, relativo a la celebración del Protocolo financiero y del Protocolo adicional al Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República Portuguesa (DO L 274 de 29.9.1978, p. 1).

Reglamento (CEE) no 1273/80 del Consejo, de 23 de mayo de 1980, referente a la conclusión de un Protocolo provisional entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista Federativa de Yugoslavia relativo al inicio anticipado del Protocolo no 2 del Acuerdo de cooperación (DO L 130 de 27.5.1980, p. 98).

Reglamento (CEE) no 3323/80 del Consejo, de 18 de diciembre de 1980, relativo a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Económica Europea y la República Portuguesa relativo a la aplicación de una ayuda preadhesión en favor de Portugal (DO L 349 de 23.12.1980, p. 1).

Decisión del Consejo de 4 de junio de 1981 (cooperación financiera con España).

Decisión del Consejo de 19 de julio de 1982 (ayuda excepcional complementaria para la reconstrucción del Líbano).

Reglamento (CEE) no 3177/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (DO L 337 de 29.11.1982, p. 1).

Reglamento (CEE) no 3178/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe de Egipto (DO L 337 de 29.11.1982, p. 8).

Reglamento (CEE) no 3179/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania (DO L 337 de 29.11.1982, p. 15).

Reglamento (CEE) no 3180/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Libanesa (DO L 337 de 29.11.1982, p. 22).

Reglamento (CEE) no 3181/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos (DO L 337 de 29.11.1982, p. 29).

Reglamento (CEE) no 3182/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe de Siria (DO L 337 de 29.11.1982, p. 36).

Reglamento (CEE) no 3183/82 del Consejo, de 22 de noviembre de 1982, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Túnez (DO L 337 de 29.11.1982, p. 43).

Decisión del Consejo de 17 de octubre de 1983 (prórroga de la cooperación financiera con España y Portugal).

Reglamento (CEE) no 3354/83 del Consejo, de 22 de noviembre de 1983, por el que se celebra el Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel (DO L 335 de 30.11.1983, p. 7).

Reglamento (CEE) no 787/84 del Consejo, de 26 de marzo de 1984, por el que se celebra el Protocolo relativo a la Cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Chipre (DO L 85 de 28.3.1984, p. 37).

Decisión del Consejo de 18 de junio de 1984 (carta del Presidente del Consejo al Banco Europeo de Inversiones en la que se recomienda una segunda prórroga de la cooperación financiera con España y Portugal).

Decisión del Consejo de 9 de octubre de 1984 (préstamo fuera del Protocolo «Yugoslavia»).

Decisión 87/604/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del segundo Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y la República Socialista Federativa de Yugoslavia (DO L 389 de 31.12.1987, p. 65).

Decisión 88/30/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (DO L 22 de 27.1.1988, p. 1).

Decisión 88/31/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe de Egipto (DO L 22 de 27.1.1988, p. 9).

Decisión 88/32/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania (DO L 22 de 27.1.1988, p. 17).

Decisión 88/33/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Libanesa (DO L 22 de 27.1.1988, p. 25).

Decisión 88/34/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1987, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Túnez (DO L 22 de 27.1.1988, p. 33).

Decisión 88/453/CEE del Consejo, de 30 de junio de 1988, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos (DO L 224 de 13.8.1988, p. 32).

Decisión 88/597/CEE del Consejo, de 21 de noviembre de 1988, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel (DO L 327 de 30.11.1988, p. 51).

Decisión 89/378/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, sobre la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y Malta (DO L 180 de 27.6.1989, p. 46).

Decisión 90/153/CEE del Consejo, de 26 de febrero de 1990, sobre la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Chipre (DO L 82 de 29.3.1990, p. 32).

Decisión 92/44/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, sobre la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República de Túnez (DO L 18 de 25.1.1992, p. 34).

Decisión 92/206/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (DO L 94 de 8.4.1992, p. 13).

Decisión 92/207/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe de Egipto (DO L 94 de 8.4.1992, p. 21).

Decisión 92/208/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania (DO L 94 de 8.4.1992, p. 29).

Decisión 92/209/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Libanesa (DO L 94 de 8.4.1992, p. 37).

Decisión 92/210/CEE del Consejo, de 16 de marzo de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Estado de Israel (DO L 94 de 8.4.1992, p. 45).

Reglamento (CEE) no 1763/92 del Consejo, de 29 de junio de 1992, relativo a la cooperación financiera con el conjunto de países terceros mediterráneos (DO L 181 de 1.7.1992, p. 5).

Decisión 92/548/CEE del Consejo, de 16 de noviembre de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos (DO L 352 de 2.12.1992, p. 13).

Decisión 92/549/CEE del Consejo, de 16 de noviembre de 1992, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe Siria (DO L 352 de 2.12.1992, p. 21).

Decisión 93/408/CEE del Consejo, de 19 de julio de 1993, relativa a la conclusión del Protocolo relativo a la cooperación financiera entre la Comunidad Económica Europea y la República de Eslovenia (DO L 189 de 29.7.1993, p. 152).

Decisión 94/67/CE del Consejo, de 24 de enero de 1994, referente a la celebración del Protocolo relativo a la cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Económica Europea y la República Árabe Siria (DO L 32 de 5.2.1994, p. 44).

Decisión 95/484/CE del Consejo, de 30 de octubre de 1995, relativa a la celebración del Protocolo sobre cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Europea y la República de Malta (DO L 278 de 21.11.1995, p. 14).

Decisión 95/485/CE del Consejo, de 30 de octubre de 1995, relativa a la celebración del Protocolo sobre cooperación financiera y técnica entre la Comunidad Europea y la República de Chipre (DO L 278 de 21.11.1995, p. 22).

Propuesta de Reglamento del Consejo, presentada por la Comisión el 31 de julio de 1995, relativo a la realización de una acción especial de cooperación financiera en favor de Turquía (DO C 271 de 17.10.1995, p. 12).

Decisión 97/256/CE del Consejo, de 14 de abril de 1997, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de Latinoamérica y Asia, Sudáfrica, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Bosnia y Herzegovina) (DO L 102 de 19.4.1997, p. 33), modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 2666/2000/CE (DO L 306 de 7.12.2000, p. 1).

Decisión 1999/786/CE del Consejo, de 29 de noviembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos de reconstrucción de las regiones de Turquía asoladas por el seísmo (DO L 308 de 3.12.1999, p. 35).

Decisión 2000/24/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (Europa Central y Oriental, países mediterráneos, Latinoamérica y Asia y República de Sudáfrica) (DO L 9 de 13.1.2000, p. 24).

Decisión 2000/788/CE del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE con el fin de establecer un programa especial de acción del Banco Europeo de Inversiones en apoyo de la consolidación e intensificación de la unión aduanera CE-Turquía (DO L 314 de 14.12.2000, p. 27).

Decisión 2005/47/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE para tener en cuenta la ampliación de la Unión Europea y la política europea de vecindad (DO L 21 de 25.1.2005, p. 9).

8 3 1   Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones en los terceros países de Europa Central y Oriental y en los Balcanes Occidentales

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

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Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 10 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 90/62/CEE del Consejo, de 12 de febrero de 1990, por la que se acuerda la garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones por las pérdidas que se deriven de los préstamos concedidos en favor de proyectos en Hungría y en Polonia (DO L 42 de 16.2.1990, p. 68).

Decisión 91/252/CEE del Consejo, de 14 de mayo de 1991, por la que se hace extensiva a la República Federal Checa y Eslovaca, a Bulgaria y a Rumanía la Decisión 90/62/CEE por la que se acuerda la garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones por las pérdidas que se deriven de los préstamos concedidos en favor de proyectos en Hungría y en Polonia (DO L 123 de 18.5.1991, p. 44).

Decisión 93/166/CEE del Consejo, de 15 de marzo de 1993, por la que se concede una garantía comunitaria al Banco Europeo de Inversiones frente a las pérdidas que pudieran producirse por los préstamos para proyectos de inversión en Estonia, Letonia y Lituania (DO L 69 de 20.3.1993, p. 42).

Decisión 93/696/CE del Consejo, de 13 de diciembre de 1993, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para el caso de pérdidas derivadas de los préstamos concedidos para la realización de proyectos en los países de Europa Central y Oriental (Polonia, Hungría, República Checa, República Eslovaca, Rumania, Bulgaria, Estonia, Letonia, Lituania y Albania) (DO L 321 de 23.12.1993, p. 27).

Decisión 97/256/CE del Consejo, de 14 de abril de 1997, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de Latinoamérica y Asia, Sudáfrica, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Bosnia y Hercegovina) (DO L 102 de 19.4.1997, p. 33), modificada en último lugar por la el Reglamento (CE) no 2666/2000/CE (DO L 306 de 7.12.2000, p. 1).

Decisión 98/348/CE del Consejo, de 19 de mayo de 1998, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para el caso de pérdidas derivadas de los préstamos para la realización de proyectos en la ex República Yugoslava de Macedonia y que modifica la Decisión 97/256/CE por la que se concede la garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones en caso de pérdidas procedentes de préstamos en favor de proyectos realizados en el exterior de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de América Latina y de Asia, Sudáfrica) (DO L 155 de 29.5.1998, p. 53).

Decisión 98/729/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1998, por la que se modifica la Decisión 97/256/CE al objeto de extender la garantía concedida al Banco Europeo de Inversiones por préstamos en favor de proyectos en Bosnia y Hercegovina (DO L 346 de 22.12.1998, p. 54).

Decisión 2000/24/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (Europa Central y Oriental, países mediterráneos, Latinoamérica y Asia y República de Sudáfrica) (DO L 9 de 13.1.2000, p. 24).

Decisión 2000/688/CE del Consejo, de 7 de noviembre de 2000, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE con el fin de ampliar la garantía concedida por la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones respecto de los préstamos para proyectos en Croacia (DO L 285 de 10.11.2000, p. 20).

Decisión 2001/778/CE del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE con el fin de ampliar la garantía concedida por la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para cubrir préstamos en favor de proyectos en la República Federativa de Yugoslavia (DO L 292 de 9.11.2001, p. 43).

Decisión 2005/47/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE para tener en cuenta la ampliación de la Unión Europea y la política europea de vecindad (DO L 21 de 25.1.2005, p. 9).

8 3 2   Garantía de la Comunidad Europea sobre los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a otros terceros países

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 11 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 93/115/CEE del Consejo, de 15 de febrero de 1993, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones por las pérdidas derivadas de préstamos para proyectos de interés común en determinados terceros países (DO L 45 de 23.2.1993, p. 27).

Decisión 96/723/CE del Consejo, de 12 de diciembre de 1996, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones por las pérdidas derivadas de préstamos para proyectos de interés común en los terceros países de América Latina y Asia con los que la Comunidad ha celebrado acuerdos de cooperación (DO L 329 de 19.12.1996, p. 45).

Decisión 97/256/CE del Consejo, de 14 de abril de 1997, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de Latinoamérica y Asia, Sudáfrica, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Bosnia y Hercegovina) (DO L 102 de 19.4.1997, p. 33), modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 2666/2000/CE (DO L 306 de 7.12.2000, p. 1).

Decisión 2000/24/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (Europa Central y Oriental, países mediterráneos, Latinoamérica y Asia y República de Sudáfrica) (DO L 9 de 13.1.2000, p. 24).

Decisión 2001/777/CE del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para cubrir las pérdidas derivadas de una acción especial de préstamo en favor de proyectos medioambientales seleccionados en las regiones rusas de la Cuenca Báltica en el marco de la dimensión septentrional (DO L 292 de 9.11.2001, p. 41).

Decisión 2005/47/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE para tener en cuenta la ampliación de la Unión Europea y la política europea de vecindad (DO L 21 de 25.1.2005, p. 9).

Decisión 2005/48/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para cubrir las pérdidas derivadas de la realización de determinados tipos de proyectos en Rusia, Ucrania, Moldova y Belarús (DO L 21 de 25.1.2005, p. 11).

8 3 4   Garantía de la Comunidad Europea a los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones a Sudáfrica

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Este artículo se destina a registrar los posibles ingresos procedentes de la aplicación de los derechos relacionados con la intervención de la garantía con cargo a la partida 01 04 01 12 del estado de gastos de la sección III, «Comisión», en la medida en que estos ingresos no se hayan deducido de los gastos.

El anexo de la Parte II de la Sección III incluye un resumen de las operaciones de empréstitos y préstamos, incluida la gestión de la deuda, tanto el capital como los intereses.

Bases jurídicas

Decisión 95/207/CE del Consejo, de 1 de junio de 1995, por la que se concede una garantía de la Comunidad al Banco Europeo de Inversiones para el caso de pérdidas derivadas de los préstamos concedidos para la realización de proyectos en Sudáfrica (DO L 131 de 15.6.1995, p. 31).

Decisión 97/256/CE del Consejo, de 14 de abril de 1997, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (países de Europa Central y Oriental, países mediterráneos, países de Latinoamérica y Asia, Sudáfrica, Antigua República Yugoslava de Macedonia y Bosnia y Hercegovina) (DO L 102 de 19.4.1997, p. 33), modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 2666/2000/CE (DO L 306 de 7.12.2000, p. 1).

Decisión 2000/24/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la Comunidad para absorber las pérdidas que se deriven de préstamos para la realización de proyectos fuera de la Comunidad (Europa Central y Oriental, países mediterráneos, Latinoamérica y Asia y República de Sudáfrica) (DO L 9 de 13.1.2000, p. 24).

Decisión 2005/47/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE para tener en cuenta la ampliación de la Unión Europea y la política europea de vecindad (DO L 21 de 25.1.2005, p. 9).

CAPÍTULO 8 5 —   INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PARTICIPACIONES DE LOS ORGANISMOS DE GARANTÍA

8 5 0   Dividendos pagados por el Fondo Europeo de Inversiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

2 627 400

3 000 000

2 368 200,—

Este artículo se destina a recibir los dividendos eventuales pagados por el Fondo Europeo de Inversiones como remuneración de esta participación.

Bases jurídicas

Decisión 94/375/CE del Consejo, de 6 de junio de 1994, relativa a la participación en calidad de miembro de la Comunidad en el Fondo Europeo de Inversiones (DO L 173 de 7.7.1994, p. 12).

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

 

Total del título 9

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

 

TOTAL GENERAL

111 969 607 449

105 684 048 940

103 511 946 247,35

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

20 126 000

30 061 000

44 259 565,89

Este artículo se destina a acoger ingresos diversos.

Parlamento

 

p.m.

Consejo

 

p.m.

Comisión

 

20 000 000

Tribunal de Justicia

 

10 000

Tribunal de Cuentas

 

100 000

Comité Económico y Social Europeo

 

16 000

Comité de las Regiones

 

p.m.

Defensor del Pueblo Europeo

 

p.m.

Supervisor Europeo de Protección de Datos

 

p.m.

 

Total

20 126 000

C. PERSONAL

Efectivos autorizados

Instituciones

2006

2005

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Parlamento Europeo

4 883

918

4 696

901

Consejo

3 393

47

3 234

46

Comisión

 

 

 

 

— Funcionamiento

18 205

366

17 591

366

— Investigación y desarrollo tecnológico

3 792

3 705

50

— Oficina de Publicaciones

635

635

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

238

119

201

146

— Oficina de Selección de Personal de las Comunidades Europeas

115

1

111

1

— Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales

259

280

— Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas

479

550

— Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo

187

205

Tribunal de Justicia

1 346

411

1 332

411

Tribunal de Cuentas

657

134

642

135

Comité Económico y Social Europeo

642

29

607

29

Comité de las Regiones

425

34

396

32

Defensor del Pueblo Europeo

13

44

13

38

Supervisor Europeo de Protección de Datos

24

19

Total

35 293

2 103

34 217

2 155

La distribución por categorías y por grados de estos agentes deberá mantenerse dentro de los límites fijados por las plantillas de las páginas siguientes.

Sección I — Parlamento

Categorías y grados

2006 (13)

Puestos permanentes

Puestos temporales

Otros

Grupos políticos

 

Fuera de categoría

1

 

 

A*16

9

 

1

 

A*15

29

 

1

10

 

A*14

127

1

 

6

20

 

A*13

49

 

1

19

 

A*12

583

2

 

7

61

 

A*11

246

4

 

6

38

 

A*10

92

3

 

5

47

 

A*9

197

 

1

14

 

A*8

45

4

 

22

11

 

A*7

97

 

11

 

A*6

10

 

18

 

A*5

565

 

4

53

 

Total

2 049

14

 

54

302

 

B*11

55

 

16

 

B*10

175

4

 

17

30

 

B*9

52

 

5

 

B*8

60

2

 

1

30

 

B*7

97

3

 

7

33

 

B*6

79

3

 

3

11

 

B*5

174

2

 

2

24

 

B*4

5

 

17

 

B*3

128

 

47

 

Total

825

14

 

30

213

 

C*7

365

 

23

 

C*6

557

20

 

2

69

 

C*5

428

3

 

6

50

 

C*4

65

15

 

9

30

 

C*3

153

7

 

17

 

C*2

99

2

 

5

53

 

C*1

233

 

1

39

 

Total

1 900

47

 

23

281

 

D*5

19

 

 

D*4

87

3

 

9

6

 

D*3

2

1

 

 

D*2

0

 

 

Total

108

4

 

9

6

 

Total general

4 883  (14)

79  (15)

 

116  (16)

802

 

 

5 801  (17)  (18)


Categorías y grados

2005

Puestos permanentes

Puestos temporales

Otros

Grupos políticos

 

Fuera de categoría

1

 

 

A*16

9

 

1

 

A*15

29

 

1

10

 

A*14

127

1

 

6

20

 

A*13

25

 

9

 

A*12

528

2

 

8

64

 

A*11

179

4

 

6

36

 

A*10

173

3

 

5

54

 

A*9

77

 

12

 

A*8

159

4

 

22

14

 

A*7

94

 

 

A*6

 

20

 

A*5

526

 

10

53

 

Total

1 926

14

 

59

292

 

B*11

14

 

7

 

B*10

177

4

 

17

39

 

B*9

21

 

1

 

B*8

55

2

 

1

24

 

B*7

122

3

 

7

39

 

B*6

87

3

 

3

11

 

B*5

174

2

 

2

28

 

B*4

 

2

 

B*3

138

 

54

 

Total

788

14

 

30

205

 

C*7

42

 

9

 

C*6

768

20

 

2

82

 

C*5

178

3

 

6

51

 

C*4

290

15

 

9

27

 

C*3

195

7

 

16

 

C*2

103

2

 

5

49

 

C*1

285

 

1

41

 

Total

1 861

47

 

23

275

 

D*5

9

 

 

D*4

97

3

 

9

7

 

D*3

14

1

 

1

 

D*2

0

 

 

Total

120

4

 

9

8

 

Total general

4 696  (19)

79  (20)

 

121  (21)

780  (22)

 

 

5 597

Sección II — Consejo

Categorías y grados

Consejo

2006 (23)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Fuera de categoría

2

 

2

 

A*16

11

 

11

 

A*15

34 (24)

 

1

31 (25)

 

1

A*14

84 (26)

 

9

81 (27)

 

9

A*13

33

 

12

 

A*12

280

 

8

294 (28)

 

8

A*11

332

 

12

272

 

12

A*10

57

 

1

118

 

A*9

85

 

86

 

A*8

180

 

172

 

A*7

53

 

41

 

A*6

188

 

188

 

A*5

69

 

11

 

Total

1 406

 

31

1 317

 

30

B*11

11

 

3

 

B*10

45

 

2

53

 

2

B*9

21

 

10

 

B*8

55

 

48

 

B*7

67

 

64

 

B*6

78

 

38

 

B*5

4

 

13

57

 

13

B*4

4

 

4

 

B*3

83

 

66

 

Total

368

 

15

343

 

15

C*7

45

 

20

 

C*6

441

 

1

450

 

1

C*5

331

 

290

 

C*4

257

 

214

 

C*3

76

 

121

 

C*2

126

 

158

 

C*1

278

 

256

 

Total

1 554

 

1

1 509

 

1

D*5

7

 

3

 

D*4

56

 

60

 

D*3

 

 

D*2

 

 

Total

63

 

63

 

Total general

3 393  (29)

 

47

3 234  (30)

 

46

Sección III — Comisión

Funcionamiento

Categorías y grados

2006 (31)

2005

Puestos permanentes

De ellos, puestos permanentes correspondientes a la Agencia de Abastecimiento

Puestos temporales

Puestos permanentes

De ellos, puestos permanentes correspondientes a la Agencia de Abastecimiento

Puestos temporales

A*16

30

30

A*15

219 (32)

22

219 (33)

22

A*14

573 (34)  (35)

2 (36)

32

623 (37)  (38)

2 (39)

32

A*13

199

115

A*12

2 213 (40)  (41)

3

54

2 004 (42)  (43)

3

54

A*11

1 921 (44)  (45)

1

62

1 906 (46)  (47)

1

62

A*10

902

2

11

1 163

2

11

A*9

738

327

A*8

1 022

2

1 589

2

A*7

301

331

A*6

268

210

A*5

1 104

473

Total

9 490

8

183

8 990

8

183

B*11

60

30

B*10

505

1

20

648

1

20

B*9

143

53

B*8

634 (48)

2

12

641 (49)

2

12

B*7

801

1

28

809

1

28

B*6

540

3

15

540

3

15

B*5

433

533

B*4

B*3

422

157

Total

3 538

7

75

3 411

7

75

C*7

117

57

C*6

1 021

6

24

1 047

6

24

C*5

1 083

1

42

1 091

1

42

C*4

1 088

20

1 195

20

C*3

729

2

9

671

2

9

C*2

403

13

604

13

C*1

504

265

Total

4 945

9

108

4 930

9

108

D*5

38

19

D*4

163

207

D*3

29

32

D*2

2

2

Total

232

260

Total general

18 205  (50)

24

366

17 591  (51)

24

366


Investigación y desarrollo tecnológico — Centro Común de Investigación

Categorías y grados

2006 (52)

2005

Puestos

Puestos

A*16

2 (53)

2 (54)

A*15

10

10

A*14

36

38

A*13

9

5

A*12

166

153

A*11

178

178

A*10

174

188

A*9

18

7

A*8

81

145

A*7

36

16

A*6

81

51

A*5

64

27

Total

855

820

B*11

9

5

B*10

69

112

B*9

22

6

B*8

106

138

B*7

106

111

B*6

125

145

B*5

30

65

B*4

70

5

B*3

50

2

Total

587

589

C*7

18

10

C*6

143

221

C*5

82

99

C*4

78

84

C*3

41

51

C*2

75

40

C*1

30

Total

467

505

D*5

2

1

D*4

23

23

D*3

8

9

D*2

2

2

Total

35

35

Total general

1 944

1 949


Investigación y desarrollo tecnológico — Acciones indirectas

Categorías y grados

2006 (55)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

1

 

1

 

A*15

19 (56)

 

19 (57)

 

A*14

74 (58)

 

79 (59)

 

A*13

24

 

4

 

A*12

318

 

309

 

A*11

247

 

280

 

A*10

172

 

161

 

11

A*9

20

 

4

 

A*8

86

 

91

 

17

A*7

16

 

14

 

A*6

25

 

9

 

A*5

49

 

42

 

Total

1 051

 

1 013

 

28

B*11

4

 

2

 

B*10

42

 

74

 

B*9

7

 

4

 

B*8

57

 

62

 

B*7

67

 

62

 

B*6

76

 

45

 

6

B*5

30

 

24

 

9

B*4

5

 

 

B*3

34

 

22

 

Total

322

 

295

 

15

C*7

10

 

2

 

C*6

66

 

84

 

C*5

97

 

97

 

C*4

117

 

109

 

C*3

99

 

88

 

2

C*2

61

 

47

 

5

C*1

25

 

21

 

Total

475

 

448

 

7

D*5

 

 

D*4

 

 

D*3

 

 

D*2

 

 

Total

 

 

Total general

1 848

 

1 756

 

50

 

1 848

1 806

Oficina de Publicaciones

Categorías y grados

Oficina de Publicaciones

2006 (60)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

1

 

1

 

A*15

3

 

3

 

A*14

8

 

8

 

A*13

1

 

1

 

A*12

8

 

8

 

A*11

13

 

13

 

A*10

12

 

12

 

A*9

4

 

4

 

A*8

19

 

19

 

A*7

 

 

A*6

3

 

3

 

A*5

8

 

8

 

Total

80

 

80

 

B*11

3

 

3

 

B*10

44

 

45

 

B*9

4

 

4

 

B*8

45

 

46

 

B*7

67

 

67

 

B*6

50

 

50

 

B*5

33

 

33

 

B*4

 

 

B*3

82

 

81

 

Total

328

 

329

 

C*7

2

 

2

 

C*6

48

 

48

 

C*5

38

 

39

 

C*4

43

 

43

 

C*3

42

 

42

 

C*2

31

 

31

 

C*1

2

 

 

Total

206

 

205

 

D*5

1

 

1

 

D*4

13

 

11

 

D*3

6

 

8

 

D*2

1

 

1

 

Total

21

 

21

 

Total general

635  (61)  (62)

635  (63)  (64)

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

Categorías y grados

Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

2006 (65)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

1

 

1

 

A*15

2

 

3

2

 

3

A*14

5

 

4

5

 

4

A*13

1

 

1

 

A*12

13

 

21

10

 

24

A*11

16

 

13

12

 

17

A*10

11

 

1

9

 

1

A*9

13

 

1

4

 

12

A*8

22

 

15

20

 

17

A*7

1

 

 

A*6

6

 

2

7

 

2

A*5

10

 

 

Total

101

 

60

71

 

80

B*11

1

 

1

 

B*10

8

 

18

8

 

18

B*9

 

 

B*8

10

 

4

6

 

2

B*7

21

 

28

22

 

46

B*6

10

 

1

6

 

B*5

7

 

8

7

 

B*4

 

 

B*3

1

 

1

 

Total

58

 

59

51

 

66

C*7

1

 

1

 

C*6

14

 

5

 

C*5

9

 

12

 

C*4

14

 

15

 

C*3

13

 

13

 

C*2

14

 

14

 

C*1

11

 

15

 

Total

76

 

75

 

D*5

 

 

D*4

1

 

1

 

D*3

2

 

1

 

D*2

 

2

 

Total

3

 

4

 

Total general

238

 

119

201

 

146

 

357

347  (66)  (67)

Oficina de selección de personal de las comunidades europeas

Categorías y grados

Oficina Europea de Selección de Personal

2006 (68)

2005

Puestos permanentes

Incluida la Escuela Europea de Administración

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

A*14

1

1

A*13

A*12

3

2

3

2

A*11

4

4

A*10

2

1

2

1 (69)

A*9

1

1

A*8

2

1

2

1

A*7

2

2

2

2 (70)

A*6

2

2

A*5

1

Total

18

6

1

17

6

1

B*11

B*10

3

3

B*9

B*8

12

1

12

1

B*7

5

5

B*6

3

1

3

1 (71)

B*5

6

1

6

1

B*4

1

1

1

1

B*3

2

1

Total

32

4

31

4

C*7

C*6

12

12

C*5

12

1

12

1

C*4

10

10

C*3

14

1

14

1

C*2

7

7

C*1

8

3

6

2 (72)

Total

63

5

61

4

D*5

D*4

1

1

D*3

1

1

D*2

Total

2

2

Total general

115

15

1

111

14

1

 

116

112

Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales

Categorías y grados

Oficina de Gestión y Liquidación de Derechos Individuales

2006 (73)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

1

 

1

 

A*14

4

 

4

 

A*13

 

 

A*12

4

 

4

 

A*11

2

 

1

 

A*10

3

 

3

 

A*9

1

 

1

 

A*8

 

1

 

A*7

 

 

A*6

3

 

1

 

A*5

5

 

7

 

Total

23

 

23

 

B*11

 

 

B*10

20

 

20

 

B*9

 

 

B*8

24

 

24

 

B*7

16

 

14

 

B*6

14

 

14

 

B*5

3

 

3

 

B*4

 

 

B*3

 

 

Total

77

 

75

 

C*7

 

 

C*6

66

 

67

 

C*5

49

 

54

 

C*4

27

 

34

 

C*3

7

 

9

 

C*2

5

 

6

 

C*1

 

 

Total

154

 

170

 

D*5

 

 

D*4

3

 

8

 

D*3

2

 

4

 

D*2

 

 

Total

5

 

12

 

Total general

259

280  (74)

Oficina de Infraestructura y logística de Bruselas

Categorías y grados

Oficina de Infraestructura y Logística de Bruselas

2006 (75)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

1

 

1

 

A*14

9

 

8

 

A*13

 

 

A*12

7

 

6

 

A*11

13

 

13

 

A*10

2

 

2

 

A*9

 

 

A*8

6

 

7

 

A*7

 

 

A*6

 

 

A*5

2

 

 

Total

40

 

37

 

B*11

 

 

B*10

19

 

18

 

B*9

 

 

B*8

12

 

14

 

B*7

16

 

16

 

B*6

9

 

9

 

B*5

10

 

12

 

B*4

 

 

B*3

 

 

Total

66

 

69

 

C*7

 

 

C*6

57

 

63

 

C*5

62

 

64

 

C*4

82

 

83

 

C*3

51

 

55

 

C*2

3

 

12

 

C*1

 

 

Total

255

 

277

 

D*5

 

 

D*4

104

 

124

 

D*3

14

 

43

 

D*2

 

 

Total

118

 

167

 

Total general

479

550

Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo

Categorías y grados

Oficina de Infraestructura y Logística de Luxemburgo

2006 (76)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

1

 

1

 

A*14

3

 

3

 

A*13

 

 

A*12

5

 

5

 

A*11

2

 

2

 

A*10

3

 

3

 

A*9

 

 

A*8

 

 

A*7

 

 

A*6

 

 

A*5

2

 

1

 

Total

16

 

15

 

B*11

 

 

B*10

8

 

8

 

B*9

 

 

B*8

7

 

7

 

B*7

5

 

5

 

B*6

3

 

3

 

B*5

3

 

3

 

B*4

 

 

B*3

 

 

Total

26

 

26

 

C*7

 

 

C*6

22

 

24

 

C*5

26

 

28

 

C*4

32

 

33

 

C*3

15

 

17

 

C*2

3

 

6

 

C*1

 

 

Total

98

 

108

 

D*5

 

 

D*4

35

 

42

 

D*3

12

 

14

 

D*2

 

 

Total

47

 

56

 

Total general

187

 

205

 

 

187

205  (77)

Organismos descentralizados

Agencia Europea de Medicamentos

Categorías y grados

Puestos

2006 (78)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

1

A*15

3

1

1

A*14

4

5

7

A*13

4

4

A*12

34

32

33

A*11

33

37

32

A*10

34

39

34

A*9

13

11

A*8

32

36

32

A*7

41

41

A*6

12

A*5

Total grado A*

211

150

195

B*11

B*10

6

6

6

B*9

2

B*8

10

8

10

B*7

12

11

12

B*6

12

12

12

B*5

9

9

9

B*4

5

2

B*3

14

8

Total grado B*

70

46

59

C*7

2

C*6

18

19

19

C*5

23

24

23

C*4

47

48

47

C*3

8

6

6

C*2

10

2

C*1

28

21

Total grado C*

136

97

118

D*5

D*4

2

2

2

D*3

5

5

5

D*2

Total grado D*

7

7

7

Total general

424

300

379

Total personal

424

300

379

Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

Categorías y grados

Puestos

2006 (79)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

A*14

1

1

1

A*13

A*12

10

6

10

A*11

10

6

10

A*10

8

5

8

A*9

A*8

2

8

2

A*7

3

3

A*6

A*5

Total grado A*

35

26

35

B*11

B*10

5

3

5

B*9

B*8

7

4

7

B*7

8

3

8

B*6

1

8

1

B*5

4

4

B*4

B*3

Total grado B*

25

18

25

C*7

C*6

6

4

6

C*5

12

10

12

C*4

4

4

4

C*3

8

4

8

C*2

3

7

3

C*1

Total grado C*

33

29

33

D*5

D*4

1

1

1

D*3

D*2

Total grado D*

1

1

1

Total personal

94

74

94

Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

Categorías y grados

Puestos

2006 (80)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

A*13

A*12

3

1

3

A*11

6

3

6

A*10

3

3

3

A*9

1

A*8

3

2

3

A*7

4

4

A*6

3

A*5

Total grado A*

20

14

20

B*11

B*10

1

1

B*9

B*8

4

1

4

B*7

3

3

B*6

2

4

2

B*5

2

2

2

B*4

2

B*3

2

2

2

Total grado B*

14

11

14

C*7

C*6

1

1

C*5

1

1

C*4

1

1

1

C*3

1

1

1

C*2

1

2

1

C*1

1

1

Total grado C*

6

4

6

Total personal

40

29

40

Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

Categorías y grados

Puestos

2006 (81)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

A*13

A*12

5

5

5

A*11

A*10

6

6

6

A*9

A*8

A*7

3

3

A*6

A*5

Total grado A*

15

12

15

B*11

B*10

1

1

1

B*9

B*8

1

1

1

B*7

8

8

8

B*6

B*5

B*4

3

3

3

B*3

Total grado B*

13

13

13

C*7

C*6

1

1

1

C*5

1

1

1

C*4

6

6

6

C*3

C*2

1

1

1

C*1

Total grado C*

9

9

9

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

37

34

37

Total personal

37

34

37

Agencia Europea de Seguridad Aérea

Categorías y grados

Puestos

2006 (82)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

5

4

5

A*14

10

1

10

A*13

5

A*12

20

8

20

A*11

28

8

28

A*10

30

1

28

A*9

47

20

17

A*8

29

6

17

A*7

21

20

A*6

48

16

A*5

2

Total grado A*

245

64

145

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

10

8

B*6

18

8

B*5

9

4

9

B*4

B*3

2

5

Total grado B*

39

9

25

C*7

C*6

1

1

C*5

1

1

C*4

19

8

C*3

13

10

C*2

10

5

10

C*1

6

Total grado C*

44

11

30

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

328

84

200

Total personal

328

84

200

Agencia Europea de Seguridad Marítima

Categorías y grados

Puestos

2006 (83)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

1

A*12

1

5

2

1

4

A*11

1

6

3

1

5

A*10

2

9

2

4

2

6

A*9

18

8

A*8

9

8

2

A*7

5

9

2

3

15

A*6

8

A*5

7

6

Total grado A*

9

74

2

21

7

48

B*11

B*10

B*9

B*8

1

1

1

1

B*7

2

1

3

B*6

2

2

B*5

3

1

2

B*4

8

5

B*3

6

5

Total grado B*

1

22

2

1

18

C*7

C*6

1

1

C*5

C*4

2

2

2

C*3

5

3

C*2

12

7

6

C*1

6

9

Total grado C*

26

9

21

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

10

122

2

32

8

87

Total personal

132

34

95

Agencia Ferroviaria Europea

Categorías y grados

Puestos

2006 (84)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

A*14

1

A*13

A*12

6

A*11

A*10

2

A*9

11

21

A*8

27

A*7

25

29

A*6

A*5

Total grado A*

72

51

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

2

B*4

6

5

B*3

5

7

Total grado B*

13

12

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

5

4

C*1

5

5

Total grado C*

10

9

Total grado D*

Total general

95

72

Total personal

95

72

Agencia Europea del Medio Ambiente

Categorías y grados

Puestos

2006 (85)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

4

4

4

A*13

1

A*12

1

8

7

7

A*11

12

1

13

1

14

A*10

12

14

14

A*9

2

A*8

9

1

10

10

A*7

1

A*6

A*5

Total grado A*

1

50

2

49

1

50

B*11

1

2

B*10

2

1

3

1

4

B*9

2

B*8

2

7

1

7

1

7

B*7

4

2

4

1

4

B*6

7

7

7

B*5

3

9

8

B*4

2

B*3

2

1

Total grado B*

3

31

4

30

3

31

C*7

2

C*6

2

3

4

C*5

5

3

3

C*4

6

6

6

C*3

8

8

8

C*2

2

6

4

C*1

1

1

Total grado C*

26

26

26

D*5

1

D*4

2

2

2

D*3

1

1

2

D*2

1

Total grado D*

4

4

4

Total general

4

111

6

109

4

111

Total personal

115

115

115

Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información

Categorías y grados

Puestos

2006 (86)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

A*13

A*12

3

3

A*11

A*10

4

4

A*9

7

6

A*8

5

2

A*7

9

9

A*6

A*5

Total grado A*

29

1

25

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

7

6

B*4

B*3

Total grado B*

7

6

C*7

C*6

C*5

C*4

1

C*3

C*2

5

3

C*1

2

4

Total grado C*

8

7

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

44

1

38

Total personal

44

1

38

Oficina de Armonización del Mercado Interior

Categorías y grados

Puestos

2006 (87)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

1

1

1

A*15

3

2

3

A*14

5

17

5

17

5

17

A*13

2

2

A*12

16

13

16

A*11

33

3

31

3

33

3

A*10

47

9

46

5

47

9

A*9

6

6

A*8

16

20

16

A*7

A*6

Total grado A*

103

55

95

48

103

55

B*11

2

1

2

1

B*10

16

1

18

2

16

1

B*9

B*8

28

8

19

4

28

8

B*7

41

10

49

9

41

10

B*6

34

15

35

8

34

15

B*5

10

19

9

25

10

19

Total grado B*

131

54

130

48

131

54

C*7

2

2

C*6

22

3

23

3

22

3

C*5

44

8

29

7

44

8

C*4

75

28

89

26

75

28

C*3

64

35

63

33

64

35

C*2

33

32

33

Total grado C*

207

107

204

101

207

107

D*5

2

2

D*4

4

1

4

1

4

1

D*3

3

6

4

6

3

6

D*2

2

2

2

Total grado D*

9

9

8

9

9

9

Total general

450

225

437

206

450

225

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

Categorías y grados

Puestos

2006 (88)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

A*12

7

5

7

5

7

5

A*11

5

5

7

3

7

3

A*10

3

5

1

7

1

7

A*9

3

1

A*8

2

3

3

A*7

1

A*6

1

A*5

5

4

Total grado A*

15

29

15

20

15

25

B*11

B*10

3

1

3

1

3

1

B*9

B*8

2

1

2

1

2

1

B*7

1

1

1

1

1

B*6

7

7

7

B*5

3

3

3

B*4

B*3

1

1

Total grado B*

6

14

5

13

6

14

C*7

C*6

6

6

6

C*5

4

2

3

2

4

2

C*4

3

7

2

7

3

7

C*3

3

3

3

C*2

2

2

2

C*1

1

1

Total grado C*

13

15

11

14

13

15

D*5

D*4

1

1

1

D*3

2

2

2

D*2

D*1

Total grado D*

1

2

1

2

1

2

Total personal

35

60

32

49

35

56

Fundación Europea de Formación

Categorías y grados

Puestos

2006 (89)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

A*14

2

2

2

A*13

1

1

A*12

8

7

7

A*11

15

14

15

A*10

10

6

11

A*9

7

4

4

A*8

8

13

11

A*7

2

1

1

A*6

2

A*5

1

Total grado A*

54

50

53

B*11

B*10

1

1

B*9

3

2

2

B*8

7

4

6

B*7

10

7

10

B*6

10

11

10

B*5

3

9

8

B*4

3

B*3

2

Total grado B*

37

35

37

C*7

1

1

C*6

2

2

2

C*5

2

1

2

C*4

3

1

4

C*3

3

6

3

C*2

3

2

C*1

4

Total grado C*

14

14

14

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

105

99

104

Total personal

105

99

104

Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

Categorías y grados

Puestos

2006 (90)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

1

1

A*12

1

1

1

A*11

1

1

1

A*10

1

1

1

A*9

A*8

1

A*7

A*6

A*5

Total grado A*

2

4

2

4

2

4

B*11

B*10

B*9

2

2

2

2

B*8

2

2

1

1

2

2

B*7

2

4

5

3

2

4

B*6

3

3

3

B*5

1

B*4

B*3

1

Total grado B*

6

11

6

9

6

11

C*7

C*6

2

2

1

2

2

C*5

2

2

2

C*4

1

2

1

1

2

C*3

3

1

5

3

C*2

2

C*1

2

Total grado C*

3

11

3

9

3

9

D*5

3

3

D*4

D*3

1

D*2

2

Total grado D*

3

3

3

Total general

11

29

11

25

11

27

Total personal

40

36

38

Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

Categorías y grados

Puestos

2006 (91)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

2

1

2

A*13

A*12

8

7

7

A*11

19

18

18

A*10

A*9

1

14

1

2

1

4

A*8

29

14

17

A*7

1

28

2

1

20

A*6

21

5

10

A*5

17

22

Total grado A*

2

139

1

50

2

101

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

4

3

4

B*6

B*5

16

9

9

B*4

1

4

2

1

3

B*3

12

3

11

Total grado B*

1

36

17

1

27

C*7

C*6

C*5

C*4

1

20

1

13

1

13

C*3

2

C*2

18

10

16

C*1

31

10

33

Total grado C*

1

71

1

33

1

62

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

4

246

2

100

4

190

Total personal

250

102

194

Eurojust

Categorías y grados

Puestos

2006 (92)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

A*13

A*12

A*11

2

2

2

A*10

A*9

4

3

4

A*8

3

3

3

A*7

7

7

A*6

1

A*5

8

4

Total grado A*

26

9

21

B*11

B*10

B*9

B*8

1

1

1

B*7

1

1

1

B*6

B*5

2

1

2

B*4

B*3

16

3

9

Total grado B*

20

6

13

C*7

C*6

C*5

C*4

17

17

17

C*3

C*2

25

12

25

C*1

22

5

2

Total grado C*

64

34

44

D*5

D*4

D*3

D*2

2

2

9

Total grado D*

2

2

9

Total general

112

51

87

Total personal

112

51

87

Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías

Categorías y grados

Puestos

2006 (93)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

1

2

A*12

1

6

1

5

2

7

A*11

3

3

2

3

3

3

A*10

2

11

2

12

2

12

A*9

5

1

3

A*8

8

8

10

A*7

2

2

2

2

A*6

1

A*5

Total grado A*

10

38

6

30

10

38

B*11

1

B*10

1

1

B*9

1

B*8

4

1

3

B*7

4

3

4

B*6

1

3

1

3

1

3

B*5

2

3

3

B*4

2

1

2

1

B*3

2

Total grado B*

4

14

2

13

4

14

C*7

1

C*6

1

1

1

C*5

3

2

3

C*4

2

2

3

C*3

2

1

1

2

2

1

C*2

1

1

C*1

1

1

Total grado C*

3

8

2

8

3

8

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

17

60

10

51

17

60

Total personal

77

61

77

Agencia Europea de Reconstrucción

Categorías y grados

Puestos

2006 (94)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

1

A*12

56

18

55

A*11

21

A*10

29

5

29

A*9

3

A*8

14

A*7

1

4

2

A*6

1

A*5

Total grado A*

89

68

88

B*11

B*10

1

1

1

B*9

B*8

2

2

B*7

3

B*6

4

B*5

22

5

22

B*4

1

B*3

1

Total grado B*

25

15

25

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

1

1

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

115

83

114

Total personal

115

83

114

Órgano de Vigilancia de Galileo

Categorías y grados

Puestos

2006 (95)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

1

A*13

3

2

A*12

A*11

3

2

A*10

A*9

A*8

2

A*7

6

5

A*6

A*5

Total grado A*

15

10

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

2

2

B*6

B*5

B*4

B*3

Total grado B*

2

2

C*7

C*6

C*5

1

1

C*4

C*3

C*2

2

2

C*1

Total grado C*

3

3

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

20

15

Total personal

20

15

Agencia Comunitaria de Control de la Pesca (ACCP)

Categorías y grados

Puestos

2006 (96)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

A*13

A*12

A*11

A*10

A*9

A*8

A*7

A*6

A*5

Total grado A*

8

5

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

B*4

B*3

Total grado B*

2

12

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

9

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

2

Total general

10

28

Total personal

38

Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades

Categorías y grados

Puestos

2006 (97)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

A*14

2

1

A*13

A*12

A*11

4

2

A*10

5

2

A*9

A*8

8

4

A*7

A*6

A*5

8

6

Total grado A*

28

16

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

4

B*5

B*4

5

7

B*3

Total grado B*

9

7

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

2

C*2

C*1

11

6

Total grado C*

13

6

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

50

29

Total personal

50

29

Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores

Categorías y grados

Puestos

2006 (98)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

A*13

A*12

A*11

A*10

A*9

A*8

A*7

2

A*6

A*5

2

Total grado A*

5

5

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

B*4

B*3

5

Total grado B*

5

5

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

5

Total grado C*

5

5

D*5

D*4

D*3

D*2

2

Total grado D*

2

2

Total general

17

17

Total personal

17

17

Escuela Europea de Policía

Categorías y grados

Puestos

2006 (99)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

A*13

A*12

A*11

A*10

A*9

A*8

A*7

3

A*6

A*5

3

Total grado A*

10

7

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

B*5

B*4

B*3

6

Total grado B*

6,5

6

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

5

Total grado C*

6

5

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

22,5

18

Total personal

22,5

18

Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea

Categorías y grados

Puestos

2006 (100)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

1

1

1

A*14

1

1

1

A*13

A*12

5

2

1

4

2

4

A*11

5

8

2

9

9

8

A*10

11

11

1

25

1

30

A*9

1

10

7

A*8

2

10

21

10

9

A*7

1

2

2

1

16

A*6

27

14

A*5

8

2

Total grado A*

26

79

7

75

23

77

B*11

B*10

B*9

B*8

2

1

2

1

2

B*7

4

3

1

3

4

3

B*6

5

3

4

9

B*5

4

4

12

3

7

B*4

3

1

B*3

8

3

1

Total grado B*

10

24

4

24

8

23

C*7

C*6

1

1

1

C*5

1

2

2

3

C*4

3

4

4

2

7

C*3

3

12

16

2

19

C*2

1

7

13

1

15

C*1

16

4

Total grado C*

8

42

40

5

45

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total

44

145

11

139

36

145

Total personal

189

150

181

Agencias ejecutivas [artículo 12, apartado 1, del Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo]

Agencia Ejecutiva de Energía Inteligente

Categorías y grados

Puestos

2006 (101)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

1

1

A*13

A*12

2

2

A*11

1

1

A*10

3

3

A*9

A*8

2

2

A*7

3

3

A*6

A*5

Total grado A*

12

1

12

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

2

2

B*6

B*5

B*4

B*3

1

1

Total grado B*

3

3

C*7

C*6

C*5

C*4

1

1

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

1

1

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

16

1

16

Total personal

16

1

16

Agencia Ejecutiva de Educación y Cultura

Categorías y grados

Puestos

2006 (102)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

1

A*13

4

4

A*12

9

9

A*11

21

21

A*10

8

8

A*9

A*8

6

6

A*7

A*6

A*5

Total grado A*

49

49

B*11

B*10

5

5

B*9

B*8

8

8

B*7

9

9

B*6

4

4

B*5

B*4

B*3

Total grado B*

26

26

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

75

75

Total personal

75

75

Agencia Ejecutiva para el Programa de Salud Pública

Categorías y grados

Puestos

2006 (103)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

1

A*13

A*12

A*11

1

1

A*10

A*9

A*8

2

2

A*7

A*6

1

1

A*5

Total grado A*

5

5

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

1

1

B*6

B*5

3

3

B*4

B*3

Total grado B*

4

4

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

9

9

Total personal

9

9

Redes transeuropeas de transportes — Agencia ejecutiva

Categorías y grados

Puestos

2006 (104)

2005

Autorizados en el presupuesto comunitario

Provistos realmente a 31.12.2004

Autorizados en el presupuesto comunitario

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

Puestos permanentes

Puestos temporales

A*16

A*15

A*14

1

A*13

A*12

1

A*11

1

A*10

3

A*9

A*8

2

A*7

1

A*6

4

A*5

5

Total grado A*

18

B*11

B*10

B*9

B*8

B*7

B*6

1

B*5

2

B*4

B*3

2

Total grado B*

5

C*7

C*6

C*5

C*4

C*3

C*2

C*1

Total grado C*

D*5

D*4

D*3

D*2

Total grado D*

Total general

23

Total personal

23

Sección IV — Tribunal de Justicia

Categorías y grados

Tribunal de Justicia

2006 (105)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

9

 

1

9

 

1

A*14

26 (106)

 

41 (107)

26 (108)

 

41 (109)

A*13

12

 

6

 

A*12

133 (110)

 

61

136 (111)

 

61

A*11

103

 

69

104

 

69

A*10

101

 

23

103

 

23

A*9

13

 

1

4

 

1

A*8

65

 

1

59

 

1

A*7

210

 

24

200

 

24

A*6

29

 

25

 

A*5

23

 

38

 

Total

724

 

221

710

 

221

B*11

2

 

1

 

B*10

21

 

1

22

 

1

B*9

7

 

7

 

B*8

32

 

5

28

 

5

B*7

25

 

26

28

 

26

B*6

27

 

24

21

 

24

B*5

31

 

42

38

 

42

B*4

 

 

B*3

94

 

7

88

 

7

Total

239

 

105

233

 

105

C *7

5

 

3

 

C*6

68

 

70

 

C*5

53

 

51

 

C*4

42

 

63

38

 

63

C*3

24

 

1

30

 

1

C*2

27

 

1

27

 

1

C*1

125

 

120

 

Total

344

 

65

339

 

65

D*5

3

 

2

 

D*4

20

 

1

25

 

1

D*3

14

 

4

17

 

4

D*2

2

 

15

6

 

15

Total

39

 

20

50

 

20

Subtotales

1 346  (112)

 

411

1 332  (113)

 

411

Total general

1 757  (114)

 

1 743  (115)

 

Sección V — Tribunal de Cuentas

Categorías y grados

Tribunal de (116)Cuentas

Puestos permanentes

 (117)Puestos temporales

2006 (118)

 

2005

2006 (119)

 

2005

Fuera de categoría

 

1

 

1

A*16

 

 

A*15

9

 

9

 

A*14

31 (120)

 

31 (121)

28

 

28

A*13

5

 

3

 

A*12

53 (122)

 

53 (123)

11 (124)

 

12 (125)

A*11

54

 

49

28

 

28

A*10

45

 

52

1

 

1

A*9

51

 

40

 

A*8

81

 

92

 

A*7

1

 

 

A*6

82 (126)

 

73

 

A*5

7

 

7

 

Total

419

 

409

69

 

70

B*11

4

 

3

 

B*10

16

 

17

 

B*9

5

 

3

 

B*8

10

 

10

 

B*7

14

 

15

26 (127)

 

26 (128)

B*6

7

 

7

 

B*5

7

 

8

 

B*4

 

 

B*3

21 (129)

 

16

 

Total

84

 

79

26

 

26

C*7

9

 

3

 

C*6

32

 

33

 

C*5

27

 

28

 

C*4

26

 

28

26

 

26

C*3

16

 

16

 

C*2

17

 

19

 

C*1

17

 

17

 

Total

144

 

144

26

 

26

D*5

4

 

2

 

D*4

5

 

7

 

D*3

1

 

 

D*2

 

1

13

 

13

Total

10

 

10

13

 

13

Total general  (130)

657  (131)

 

642  (132)

134

 

135

Sección VI — Comité Económico y Social Europeo

Categorías y grados

Comité Económico y Social Europeo

2006 (133)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Fuera de categoría

1

 

1

 

A*16

 

 

A*15

5

 

5

 

A*14

21

 

1

21

 

1

A*13

4

 

4

 

A*12

54

 

3

53

 

3 (134)

A*11

40

 

40

 

A*10

36

 

36

 

A*9

9

 

9

 

A*8

18

 

4 (135)

18

 

4 (136)

A*7

19

 

19

 

A*6

87

 

64

 

A*5

3

 

5

3

 

5

Total

296

 

13

272

 

13

B*11

2

 

2

 

B*10

10

 

1

10

 

1

B*9

4

 

4

 

B*8

16

 

2

16

 

1

B*7

12

 

1

12

 

2

B*6

10

 

2

10

 

2

B*5

20

 

3

20

 

3

B*4

 

 

B*3

26

 

15

 

Total

100

 

9

89

 

9

C*7

6

 

6

 

C*6

59

 

59

 

C*5

52

 

3

52

 

2

C*4

36

 

3

36

 

4

C*3

18

 

18

 

C*2

28

 

28

 

C*1

23

 

1

23

 

1

Total

222

 

7

222

 

7

D*5

2

 

2

 

D*4

9

 

9

 

D*3

4

 

4

 

D*2

5

 

5

 

D*1

3

 

3

 

Total

23

 

23

 

Total general

642  (137)

 

29

607  (138)

 

29

Sección VII — Comité de las Regiones

Categorías y grados

Comité de las Regiones

2006 (139)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Fuera de categoría

 

1

 

1

A*16

 

 

A*15

3

 

3

 

A*14

10

 

1

10

 

1

A*13

2

 

1

 

A*12

23

 

20

 

A*11

19 (140)

 

4

18

 

5

A*10

18

 

1

19

 

A*9

20

 

3

19

 

1

A*8

23

 

2

25

 

5

A*7

 

 

A*6

111

 

5

94

 

4

A*5

17

 

3

17

 

3

Total

246

 

19

226

 

19

B*11

1

 

1

 

B*10

3

 

3

 

B*9

3

 

3

 

B*8

1

 

 

B*7

7

 

1

5

 

1

B*6

4

 

7

 

B*5

14

 

4

14

 

4

B*4

1

 

 

B*3

18

 

2

13

 

Total

52

 

7

46

 

5

C*7

2

 

2

 

C*6

10

 

8

 

C*5

15

 

14

 

C*4

20

 

3

20

 

2

C*3

15

 

1

16

 

2

C*2

36

 

1

36

 

1

C*1

24

 

2

23

 

2

Total

122

 

7

119

 

7

D*5

1

 

1

 

D*4

 

 

D*3

1

 

1

 

D*2

3

 

3

 

D*1

 

 

Total

5

 

5

 

Total general

425  (141)

 

34  (142)  (143)

396  (144)

 

32  (145)  (146)

Sección VIII, parte A — Defensor del Pueblo Europeo

Categorías y grados

2006 (147)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

A*16

 

 

A*15

 

1

 

1

A*14

1

 

1

1

 

1

A*13

 

 

A*12

2

 

3

2

 

2

A*11

 

3

 

4

A*10

 

1

 

1

A*9

 

2

 

2

A*8

 

3

 

3

A*7

 

2

 

2

A*6

 

7

 

7

A*5

 

3

 

Total

3

 

26

3

 

23

B*11

 

 

B*10

 

 

B*9

 

 

B*8

 

 

B*7

2

 

2

 

B*6

 

3

 

3

B*5

 

2

 

2

B*4

 

1

 

1

B*3

 

4

 

2

Total

2

 

10

2

 

8

C*7

 

 

C*6

 

1

 

1

C*5

1

 

1

1

 

1

C*4

1

 

1

 

C*3

4

 

4

 

C*2

1

 

2

1

 

2

C*1

1

 

4

1

 

3

Total

8

 

8

8

 

7

Total general

13

 

44

13

 

38

Sección VIII, Parte B — Supervisor Europeo de Protección de Datos

Categorías y grados

Supervisor Europeo de Protección de Datos

2006 (148)

2005

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Puestos permanentes

 

Puestos temporales

Fuera de categoría

 

 

A*16

 

 

A*15

 

 

A*14

1

 

1

 

A*13

 

 

A*12

 

 

A*11

2

 

2

 

A*10

2

 

2

 

A*9

1

 

1

 

A*8

4

 

1

 

A*7

 

 

A*6

1

 

1

 

A*5

2

 

2

 

Total

13

 

10

 

B*11

 

 

B*10

 

 

B*9

 

 

B*8

1

 

 

B*7

1

 

1

 

B*6

1

 

1

 

B*5

 

 

B*4

1

 

1

 

B*3

2

 

2

 

Total

6

 

5

 

C*7

 

 

C*6

1

 

 

C*5

 

 

C*4

 

 

C*3

1

 

1

 

C*2

1

 

1

 

C*1

2

 

2

 

Total

5

 

4

 

D*5

 

 

D*4

 

 

D*3

 

 

D*2

 

 

Total

 

 

Total general

24

 

19

 

D. PATRIMONIO INMOBILIARIO

Instituciones

Inmuebles en alquiler

Patrimonio inmobiliario

 

Créditos 2006 (149)

Créditos 2005 (150)

Sección I

Parlamento

41 426 776

34 761 956

1 123 714 011 (151)

Sección II

Consejo

35 018 000 (152)

35 851 000 (153)

301 903 164 (154)

Sección III

Comisión (155)

 

 

1 787 397 475

 

— Sedes (Bruselas y Luxemburgo)

228 424 000

206 771 000

1 660 120 890

 

— Oficinas en la Comunidad

12 018 000

10 756 000

4 030 114

 

— Delegaciones

57 704 000

54 256 000

22 343 493

 

— Centro Común de Investigación

 

100 902 978

 

— Oficina de Publicaciones

6 370 000

6 020 000

 

— Oficina Europea de Lucha contra el Fraude

4 851 000

4 200 000

 (156)

 

— Oficina Europea de Selección de Personal

2 013 000

1 981 000

 

— Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales

3 059 000

3 001 564

 

— Oficina de Infraestructura y Logística en Bruselas

5 011 000

4 917 892

 

— Oficina de Infraestructura y Logística en Luxemburgo

2 501 000

2 440 000

Sección IV

Tribunal de Justicia

11 252 000

9 669 000

68 264 879 (157)

Sección V

Tribunal de Cuentas

2 948 000

2 571 000

39 093 443

Sección VI

Comité Económico y Social Europeo

9 840 000

8 791 580

173 509 787 (158)

Sección VII

Comité de las Regiones

6 552 000

5 987 619

80 716 869 (159)

Sección VIII

Defensor del Pueblo Europeo

385 000

330 000

 

Supervisor Europeo de Protección de Datos

332 489

217 526

 

 

Total

429 705 265

392 523 137

5 361 997 103


Institución

Lugar

Año de adquisición

Importes

 

 

 

Subtotales

Totales

Parlamento

Bruselas

 

 

730 150 965

 

Terreno

 

89 547 751

 

 

Paul-Henri Spaak (D1)

1998

92 389 785

 

 

Paul-Henri Spaak (D2)

1998

36 042 288

 

 

Altiero Spinelli (D3)

1998

466 862 236

 

 

Atrium

1999

34 224 355

 

 

Atrium II

2004

10 348 550

 

 

Wayenberg (Marie Haps)

2003

736 000

 

 

Estrasburgo (Louise-Weiss)

1998

 

340 330 096

 

Luxemburgo (KAD)

2003

 

48 320 000

 

Casa Jean Monnet (Bazoches)

1982

 

46 567

 

Lisboa

1986

 

1 095 583

 

Atenas

1991

 

3 770 800

Consejo

Bruselas

1995

 

301 903 164

Comisión

Bruselas

 

 

1 553 235 330

 

Overijse

1974

1 030 729

 

 

Loi 130

1987

62 357 423

 

 

Breydel

1989

25 642 976

 

 

Haren

1993

8 034 102

 

 

Clovis

1995

14 218 482

 

 

Cours Saint-Michel 1

1997

22 245 494

 

 

Belliard 232 (160)

1997

23 547 370

 

 

Demot 24 (161)

1997

34 048 921

 

 

Breydel II (162)

1997

43 014 473

 

 

Beaulieu 29/31/33 (163)

1997

46 082 323

 

 

Charlemagne (164)

1997

145 649 498

 

 

Demot 28 (165)

1997

27 207 690

 

 

Joseph II 99 (166)

1997

20 466 173

 

 

Loi 86 (167)

1997

30 267 711

 

 

Luxemburgo 46 (168)

1997

40 550 105

 

 

Montoyer 59 (169)

1997

20 760 358

 

 

Froissart 101 (170)

1999

21 445 253

 

 

VM 18 (171)

1999

17 891 666

 

 

Joseph II 70 (172)

1999

45 399 169

 

 

Loi 41 (173)

1999

73 694 538

 

 

SC 11 (174)

1999

21 974 556

 

 

Joseph II 30 (175)

2000

43 480 158

 

 

Joseph II 54 (176)

2000

49 389 716

 

 

Joseph II 79 (177)

2001

45 751 656

 

 

VM2 (178)

2002

48 689 478

 

 

Palmerston

2002

8 741 875

 

 

SPA 3

2003

34 653 565

 

 

Berlaymont (179)

2004

527 313 110

 

 

CCAB (180)

2005

49 686 762

 

 

Luxemburgo

 

 

106 885 560

 

Euroforum (181)

2004

106 885 560

 

 

Oficinas en las Comunidades

 

 

4 030 114

 

Lisboa

1994

 

 

Marsella

1994

 

 

Milán

1994

 

 

Nicosia

1992

146 070

 

 

Copenhague

2005

3 884 044

 

 

Centro Común de Investigación

 

 

100 902 978

 

Ispra

 

81 738 168

 

 

Geel

 

15 190 883

 

 

Karlsruhe

 

 

 

Petten

 

3 973 927

 

 

Servicio exterior (182)

 

 

22 343 493

 

Pretoria (Sudáfrica)

1994

520 588

 

 

 

1996

687 696

 

 

Buenos Aires (Argentina)

1992

458 797

 

 

Canberra (Australia)

1983

42 498

 

 

 

1990

903 980

 

 

Cotonú (Benín)

1992

173 776

 

 

Gaborone (Botsuana)

1982

9 257

 

 

 

1985

21 458

 

 

 

1987

20 116

 

 

Brasilia (Brasil)

1994

399 682

 

 

Uagadugú (Burkina Faso)

1984

13 039

 

 

 

1997

774 603

 

 

Bujumbura (Burundi)

1982

9 662

 

 

 

1986

134 276

 

 

Ottawa (Canadá)

1977

 

 

Praia (Cabo Verde)

1981

 

 

Bangui (República Centroafricana)

1983

8 480

 

 

Pekín (China)

1995

3 469 390

 

 

Moroni (Comoras)

1988

26 919

 

 

Brazzaville (Congo)

1994

97 033

 

 

San José (Costa Rica)

1994

454 035

 

 

Abiyán (Costa de Marfil)

1993

217 362

 

 

 

1994

224 139

 

 

París (Francia)

1990

2 962 368

 

 

 

1991

127 809

 

 

Libreville (Gabón)

1996

112 824

 

 

Banjul (Gambia)

1989

38 400

 

 

Bissau (Guinea-Bissau)

1995

360 975

 

 

Malabo (Guinea Ecuatorial)

1986

66 600

 

 

Maseru (Lesoto)

1985

13 120

 

 

 

1990

142 596

 

 

 

1991

331 780

 

 

Lilongüe (Malaui)

1982

7 544

 

 

 

1988

23 640

 

 

Rabat (Marruecos)

1987

86 231

 

 

México (México)

1994

1 564 160

 

 

Windhoek (Namibia)

1992

416 748

 

 

 

1993

114 480

 

 

Niamey (Níger)

1997

95 833

 

 

Abuja (Nigeria)

1992

413 336

 

 

 

2005

4 426 610

 

 

Port Moresby (Papúa-Nueva Guinea)

1982

59 524

 

 

Kigali (Ruanda)

1980

 

 

Dakar (Senegal)

1984

64 800

 

 

Honiara (Islas Salomón)

1990

41 680

 

 

Mbabane (Suazilandia)

1987

142 534

 

 

Dar es Salam (Tanzania)

2002

783 519

 

 

Yamena (Chad)

1982

2 285

 

 

Kampala (Uganda)

1986

65 648

 

 

Montevideo (Uruguay)

1990

158 375

 

 

Lusaka (Zambia)

1982

9 400

 

 

Harare (Zimbabue)

1990

161 553

 

 

 

1994

253 906

 

 

Nueva York (Estados Unidos de América)

1987

390 162

 

 

Washington (Estados Unidos de América)

1997

238 267

 

 

Total Comisión

 

 

1 787 397 475

Tribunal de Justicia

Luxemburgo

1994

 

68 264 879

Tribunal de Cuentas

Luxemburgo

1990

 

39 093 443

Comité Económico y Social Europeo

Bruselas

 

 

173 509 787

 

Montoyer 92

2001

45 550 433

 

 

Belliard 99

2001

107 146 755

 

 

Belliard 68

2004

11 978 147

 

 

Trèves 74

2005

8 834 452

 

Comité de las Regiones

Bruselas

 

 

80 716 869

 

Montoyer

2001

22 222 322

 

 

Belliard 99

2001

40 527 327

 

 

Belliard 68

2004

17 967 220

 

Total general

 

 

 

5 361 997 103

SECCIÓN I

PARLAMENTO

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Parlamento para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

1 321 600 000

Ingresos propios

–99 025 636

Contribución que ha de percibirse

1 222 574 364

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Ingresos procedentes del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, los funcionarios, los otros agentes y los beneficiarios de una pensión

42 788 413

39 554 444

31 985 967,—

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

44 687,—

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

3 219 786

7 917 222

2 275 159,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

46 008 199

47 471 666

34 305 813,—

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

44 382 924

36 545 900

26 748 442,—

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

5 743 513

2 500 000

4 179 327,—

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

5 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

50 131 437

39 045 900

30 927 769,—

CAPÍTULO 4 2

4 2 1

Contribución de los miembros del Parlamento a un régimen de pensión de jubilación

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 2

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

 

Total del título 4

97 525 636

87 962 566

66 483 747,—

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 2 —

OTRAS CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Ingresos procedentes del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de las instituciones, los funcionarios, los otros agentes y los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

42 788 413

39 554 444

31 985 967,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

44 687,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

3 219 786

7 917 222

2 275 159,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

44 382 924

36 545 900

26 748 442,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 743 513

2 500 000

4 179 327,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 000

p.m.

0,—

CAPÍTULO 4 2 —   OTRAS CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 2 1   Contribución de los miembros del Parlamento a un régimen de pensión de jubilación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 386 000

1 445 000

1 250 165,—

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo III.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 2

Ingresos procedentes de los suministros efectuados en favor de otras instituciones y organismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

0,—

5 0 1

Ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Ingresos procedentes de la venta de publicaciones, impresos y películas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 1

5 1 1

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Ingresos procedentes de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución

1 500 000

2 000 000

1 570 702,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

1 500 000

2 000 000

1 570 702,—

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 2

Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 8

5 8 1

Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

35 276,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

35 276,—

 

Total del título 5

1 500 000

2 000 000

1 605 978,—

CAPÍTULO 5 0 —

INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

INGRESOS PROCEDENTES DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 0 —   INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0   Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En esta partida se podrán consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de material de transporte perteneciente a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En esta partida se podrán consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de otros bienes muebles que no sean de transporte pertenecientes a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 2   Ingresos procedentes de los suministros efectuados en favor de otras instituciones y organismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra g), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Los detalles relativos a los gastos y los ingresos resultantes de los préstamos o arrendamientos o de la prestación de servicios con cargo a esta línea presupuestaria deberán figurar en un anexo de este presupuesto.

5 0 1   Ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En este artículo se podrán consignar los ingresos procedentes de la venta de bienes inmuebles pertenecientes a las instituciones.

5 0 2   Ingresos procedentes de la venta de publicaciones, impresos y películas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra j), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en formato electrónico.

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 1   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Los detalles relativos a los gastos y los ingresos resultantes de los préstamos o arrendamientos o de la prestación de servicios con cargo a esta línea presupuestaria deberán figurar en un anexo de este presupuesto.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   INGRESOS PROCEDENTES DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Ingresos procedentes de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 500 000

2 000 000

1 570 702,—

Comentarios

En este artículo se podrán consignar los ingresos procedentes de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución.

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra g), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra f), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra c), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 2   Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En este artículo se podrán consignar los ingresos vinculados al reembolso de los gastos sociales realizados por cuenta de otra institución.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 1   Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

35 276,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra h), del Reglamento financiero se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye igualmente el reembolso por parte de los seguros de las retribuciones de los funcionarios en el marco de accidentes.

TÍTULO 6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 6 6

6 6 0

Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0

Otras contribuciones y restituciones afectadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

48 650 267,—

6 6 0 1

Otras contribuciones y restituciones no afectadas

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 6 0

p.m.

p.m.

48 650 267,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 6

p.m.

p.m.

48 650 267,—

 

Total del título 6

p.m.

p.m.

48 650 267,—

CAPÍTULO 6 6 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

CAPÍTULO 6 6 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

6 6 0   Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0   Otras contribuciones y restituciones afectadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

48 650 267,—

Comentarios

Esta partida se destina a acoger, de conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero los eventuales ingresos no previstos en las otras partes del título 6 y que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

6 6 0 1   Otras contribuciones y restituciones no afectadas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

669 832,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

p.m.

p.m.

669 832,—

 

Total del título 9

p.m.

p.m.

669 832,—

 

TOTAL GENERAL

99 025 636

89 962 566

117 409 824,—

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

669 832,—

Comentarios

En este artículo se podrán consignar los ingresos diversos.

Los detalles relativos a los gastos y los ingresos resultantes de los préstamos o arrendamientos o de la prestación de servicios con cargo a este artículo deberán figurar en un anexo de este presupuesto.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

138 974 540

148 618 744

119 394 040,74

1 2

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

477 005 583

445 522 810

362 400 969,58

1 4

OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y PRESTACIONES EXTERNAS

81 954 606

72 000 807

79 021 824,36

1 6

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

13 598 308

11 887 679

8 274 845,30

 

Total del título 1

711 533 037

678 030 040

569 091 679,98

2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

142 095 108

195 395 912

300 328 043,38

2 1

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: COMPRA, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

98 084 007

91 322 612

85 630 805,16

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

15 272 220

15 251 000

13 236 847,37

 

Total del título 2

255 451 335

301 969 524

399 195 695,91

3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE MISIONES GENERALES POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

3 0

REUNIONES Y CONFERENCIAS

27 164 435

23 065 200

19 341 634,14

3 2

CONOCIMIENTOS TÉCNICOS E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

65 908 800

59 851 800

50 644 273,41

 

Total del título 3

93 073 235

82 917 000

69 985 907,55

4

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE MISIONES ESPECÍFICAS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

4 0

GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

58 216 000

54 300 000

47 162 816,87

4 2

GASTOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA PARLAMENTARIA

136 289 000

116 291 540

117 777 431,55

4 4

REUNIONES Y OTRAS ACTIVIDADES DE LOS DIPUTADOS Y ANTIGUOS DIPUTADOS

180 000

80 000

156 539,82

 

Total del título 4

194 685 000

170 671 540

165 096 788,24

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

33 681 580

18 436 618

0,—

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

13 175 813

12 000 000

0,—

10 2

RESERVA PARA EL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS

p.m.

p.m.

0,—

10 3

RESERVA PARA LA AMPLIACIÓN

p.m.

p.m.

0,—

10 4

RESERVA PARA LA POLÍTICA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.

20 000 000

 

 

 

Total del título 10

66 857 393

30 436 618

0,—

 

TOTAL GENERAL

1 321 600 000

1 264 024 722

1 203 370 071,68

TÍTULO 1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 4

Gastos de viajes y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos conexos

 

 

 

Créditos no disociados

73 151 000

75 063 000

58 756 722,—

1 0 0 5

Gastos de viajes especiales en el ejercicio del mandato

 

 

 

Créditos no disociados

1 710 000

1 667 291

1 320 000,—

1 0 0 6

Dieta para gastos generales

 

 

 

Créditos no disociados

34 275 000

33 599 978

33 911 230,—

1 0 0 7

Indemnizaciones de funciones

 

 

 

Créditos no disociados

160 000

155 701

152 888,40

 

Total del artículo 1 0 0

109 296 000

110 485 970

94 140 840,40

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y enfermedad y otras intervenciones sociales

1 0 1 0

Cobertura de los riesgos de accidente y enfermedad y otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

2 153 540

2 142 000

1 563 837,69

1 0 1 2

Medidas específicas de asistencia a los diputados con discapacidad y a los hijos con discapacidad de los diputados

 

 

 

Créditos no disociados

149 000

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 0 1

2 302 540

2 142 000

1 563 837,69

1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

400 000

8 861 000

4 133 583,69

1 0 3

Pensiones

1 0 3 0

Pensiones de jubilación

 

 

 

Créditos no disociados

10 166 000

10 278 000

8 242 551,05

1 0 3 1

Pensiones de invalidez

 

 

 

Créditos no disociados

522 000

734 260

476 008,58

1 0 3 2

Pensiones de supervivencia

 

 

 

Créditos no disociados

2 330 000

2 437 231

2 167 662,03

1 0 3 3

Régimen voluntario de pensión complementaria de los miembros

 

 

 

Créditos no disociados

12 158 000

11 880 283

8 222 555,10

 

Total del artículo 1 0 3

25 176 000

25 329 774

19 108 776,76

1 0 5

Cursos de idiomas y de informática

 

 

 

Créditos no disociados

700 000

700 000

366 369,97

1 0 8

Diferencias de cambio

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

100 000

80 632,23

1 0 9

Crédito provisional destinado al régimen pecuniario de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

1 000 000

1 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

138 974 540

148 618 744

119 394 040,74

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Retribución y otros derechos

1 2 0 0

Retribución e indemnizaciones

 

 

 

Créditos no disociados

452 168 775 (183)

418 325 205 (184)

346 489 772,52

1 2 0 2

Horas extraordinarias remuneradas

 

 

 

Créditos no disociados

357 391

457 511

307 423,96

1 2 0 4

Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

 

 

 

Créditos no disociados

8 436 127

7 959 387

6 197 636,09

 

Total del artículo 1 2 0

460 962 293

426 742 103

352 994 832,57

1 2 2

Indemnizaciones después del cese en funciones anticipado

1 2 2 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

 

 

 

Créditos no disociados

502 328

825 586

851 433,35

1 2 2 2

Indemnizaciones por cese definitivo en sus funciones y régimen de jubilación especial para los funcionarios y los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

10 493 419

12 412 490

8 554 703,66

 

Total del artículo 1 2 2

10 995 747

13 238 076

9 406 137,01

1 2 4

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

5 047 543 (185)

5 542 631 (186)

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

477 005 583

445 522 810

362 400 969,58

CAPÍTULO 1 4

1 4 0

Otros agentes y personal externo

1 4 0 0

Otros agentes

 

 

 

Créditos no disociados

32 410 573

15 485 601

39 038 842,82

1 4 0 2

Intérpretes de conferencia

 

 

 

Créditos no disociados

29 590 000 (187)

36 400 000

27 051 777,07

1 4 0 4

Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

 

 

 

Créditos no disociados

4 950 450

4 574 379

3 403 959,87

1 4 0 6

Observadores

 

 

 

Créditos no disociados

3 367 000

p.m.

2 523 080,96

1 4 0 7

Dietas de formación (programa de aprendizaje del Parlamento Europeo)

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

 

Total del artículo 1 4 0

70 318 023

56 459 980

72 017 660,72

1 4 2

Prestaciones externas

 

 

 

Créditos no disociados

11 331 825 (188)

15 195 100

7 004 163,64

1 4 4

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

304 758

345 727

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

81 954 606

72 000 807

79 021 824,36

CAPÍTULO 1 6

1 6 1

Gastos vinculados con la gestión del personal

1 6 1 0

Gastos de contratación de personal

 

 

 

Créditos no disociados

290 000 (189)

290 000

374 000,—

1 6 1 2

Formación profesional

 

 

 

Créditos no disociados

2 640 000 (190)

3 615 500

3 030 901,60

1 6 1 3

Perfeccionamiento profesional: costes de misión

 

 

 

Créditos no disociados

975 000

 

 

 

Total del artículo 1 6 1

3 905 000

3 905 500

3 404 901,60

1 6 3

Intervenciones en favor del personal de la institución

1 6 3 0

Servicio social

 

 

 

Créditos no disociados

464 600

357 802

248 540,91

1 6 3 2

Relaciones sociales entre los miembros del personal y otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

285 000

261 000

222 500,—

 

Total del artículo 1 6 3

749 600

618 802

471 040,91

1 6 5

Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la institución

1 6 5 0

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

835 000

783 746

691 736,73

1 6 5 2

Gastos de explotación de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

600 000

800 000

456 402,73

1 6 5 4

Centro para niños en edad preescolar y guarderías concertadas

 

 

 

Créditos no disociados

7 508 708

5 779 631

3 250 763,33

 

Total del artículo 1 6 5

8 943 708

7 363 377

4 398 902,79

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

13 598 308

11 887 679

8 274 845,30

 

Total del título 1

711 533 037

678 030 040

569 091 679,98

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 2 —

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

CAPÍTULO 1 4 —

OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y PRESTACIONES EXTERNAS

CAPÍTULO 1 6 —

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la financiación de los sueldos, indemnizaciones y asignaciones de los miembros del Parlamento Europeo, que debería correr a cargo del presupuesto propio de esta institución, y no a cargo de los presupuestos nacionales, con arreglo a las prácticas vigentes en otras instituciones comunitarias.

1 0 0 4   Gastos de viajes y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos conexos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

73 151 000

75 063 000

58 756 722,—

Comentarios

Este crédito se calcula sobre la base de la reglamentación actual relativa al reembolso de los gastos de viaje y de estancia.

Se destina también a cubrir los gastos de participación en una Conferencia de parlamentarios de los Estados miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y en las reuniones de una Asamblea parlamentaria de la OMC una vez que dicha Asamblea se haya constituido.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

1 0 0 5   Gastos de viajes especiales en el ejercicio del mandato

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 710 000

1 667 291

1 320 000,—

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo y, en particular, su artículo 10.

1 0 0 6   Dieta para gastos generales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

34 275 000

33 599 978

33 911 230,—

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo y, en particular, su artículo 13.

Este crédito se destina a cubrir los gastos que se derivan de las actividades parlamentarias de los diputados, en particular en el Estado en que han sido elegidos.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 25 000 euros.

1 0 0 7   Indemnizaciones de funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

160 000

155 701

152 888,40

Comentarios

Decisión de la Mesa de 20 de marzo de 1991.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones a tanto alzado de estancia y de representación vinculadas a las funciones del Presidente.

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y enfermedad y otras intervenciones sociales

1 0 1 0   Cobertura de los riesgos de accidente y enfermedad y otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 153 540

2 142 000

1 563 837,69

Comentarios

Antes artículo 1 0 1

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, sus artículos 17, 18, 19, 20 y 21.

Decisión de la Mesa de 20 de octubre de 1958, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 3 de abril de 1990.

Decisión de la Mesa de 24 de septiembre de 1986, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 17 de julio de 1997.

Decisión de la Mesa de 18 de junio de 1975, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 3 de abril de 1990.

Decisión de la Mesa de 19 de enero de 1978, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 17 de julio de 1997.

Este crédito se destina a cubrir los riesgos de accidente y de enfermedad, los gastos de repatriación, el reembolso de los gastos correspondientes al reconocimiento médico anual, el seguro de vida, así como el seguro contra pérdida y robo de objetos personales y material informático.

1 0 1 2   Medidas específicas de asistencia a los diputados con discapacidad y a los hijos con discapacidad de los diputados

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

149 000

p.m.

0,—

Comentarios

Nueva partida

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, sus artículos 21 bis y 21 ter.

1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

400 000

8 861 000

4 133 583,69

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo V.

Decisión de la Mesa de 18 de mayo de 1988, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 16 de febrero de 1998.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones transitorias de fin de mandato.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

1 0 3   Pensiones

1 0 3 0   Pensiones de jubilación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 166 000

10 278 000

8 242 551,05

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo III.

Decisión de la Mesa de 24 y 25 de mayo de 1982, modificada el 13 de septiembre de 1995.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

1 0 3 1   Pensiones de invalidez

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

522 000

734 260

476 008,58

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo II.

Decisión de la Mesa de 24 y 25 de mayo de 1982, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 3 de abril de 1995.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 20 000 euros.

1 0 3 2   Pensiones de supervivencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 330 000

2 437 231

2 167 662,03

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo I.

Decisión de la Mesa de 29 de abril de 1980, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 10 de julio de 1995.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 15 000 euros.

1 0 3 3   Régimen voluntario de pensión complementaria de los miembros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 158 000

11 880 283

8 222 555,10

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su anexo IX.

Decisión de la Mesa de 12 de junio de 1990, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 20 de septiembre de 2000.

Este crédito se destina a cubrir la parte correspondiente a la institución relativa al régimen voluntario de pensión complementaria de los diputados.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 300 000 euros.

1 0 5   Cursos de idiomas y de informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

700 000

700 000

366 369,97

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, sus artículos 4, 8, 12, 22 y 22 bis.

Decisión de la Mesa de 10 de mayo de 1989, modificada por última vez el 1 de julio de 2002.

Este crédito se destina a cubrir los gastos que se derivan de los cursos de informática para los miembros de la institución, los gastos que se derivan de los cursos de informática para los miembros y sus asistentes, así como los gastos de formación a distancia y la compra de material autodidáctico.

1 0 8   Diferencias de cambio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

100 000

80 632,23

Comentarios

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, su artículo 13.

Este crédito se destina a cubrir las diferencias de cambio relativas a las dietas para gastos generales.

1 0 9   Crédito provisional destinado al régimen pecuniario de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 000 000

1 000 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las adaptaciones eventuales de las prestaciones a los miembros de la institución.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

Comentarios

Antes capítulo 1 1 (en parte) y 1 2

1 2 0   Retribución y otros derechos

1 2 0 0   Retribución e indemnizaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

452 168 775 (191)

418 325 205 (192)

346 489 772,52

Comentarios

Antes artículo 1 1 5 (en parte)

Antes partidas 1 1 0 0, 1 1 0 1, 1 1 0 2, 1 1 0 3, 1 1 3 0, 1 1 3 1, 1 1 3 2, 1 1 3 3, 1 1 4 0, 1 1 4 1, 1 1 4 2, 1 1 4 3, 1 1 4 4 y 1 1 9 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina principalmente a cubrir, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

los sueldos, indemnizaciones y complementos derivados de los sueldos,

los riesgos de enfermedad, accidente y enfermedad profesional y otros gastos sociales,

las indemnizaciones a tanto alzado por horas extraordinarias,

los demás complementos e indemnizaciones diversas,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen,

las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a la retribución y a la parte de los emolumentos transferidos a un país distinto del lugar de destino,

el riesgo de desempleo de los agentes temporales, así como los pagos que la institución deba efectuar en favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen,

las primas de seguro de accidente durante la práctica de actividades deportivas para los asistentes de los diputados y los agentes auxiliares en el centro deportivo del Parlamento Europeo en Bruselas y en Estrasburgo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 500 000 euros.

1 2 0 2   Horas extraordinarias remuneradas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

357 391

457 511

307 423,96

Comentarios

Antes artículo 1 1 5 (en parte)

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el pago de las horas extraordinarias en las condiciones previstas en las disposiciones antes mencionadas.

1 2 0 4   Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 436 127

7 959 387

6 197 636,09

Comentarios

Antes partidas 1 1 4 9, 1 1 8 1, 1 1 8 2, 1 1 8 3 y 1 1 8 4

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de viaje de los funcionarios y agentes temporales (incluidos los miembros de su familia) con ocasión de su entrada en funciones, de su cese en el servicio o de su traslado que impliquen un cambio de lugar de destino,

las indemnizaciones de instalación y nueva instalación y los gastos de mudanza de los funcionarios y agentes temporales obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o por motivo de su destino a un nuevo lugar de servicio, así como por motivo del cese definitivo en sus funciones seguido de una nueva instalación en otra localidad,

las indemnizaciones diarias que se deban a los funcionarios y agentes temporales que justifiquen estar obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o al ser destinados a un nuevo lugar de servicio,

la indemnización de despido para los funcionarios en práctica despedidos en caso de incompetencia manifiesta,

la indemnización de rescisión del contrato de un agente temporal por parte de la institución,

la diferencia entre las cotizaciones abonadas por los agentes auxiliares a un régimen de pensiones de un Estado miembro y las debidas al régimen comunitario en caso de recalificación de un contrato.

1 2 2   Indemnizaciones después del cese en funciones anticipado

1 2 2 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

502 328

825 586

851 433,35

Comentarios

Antes partidas 1 2 1 0, 1 2 3 (en parte) y 1 2 9 0 (en parte)

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deben abonarse a los funcionarios:

declarados en excedencia forzosa por una reducción del número de puestos de trabajo de su institución,

que ocupen puestos de trabajo de los grados A*16 y A*15 y que sean cesados por interés del servicio.

Cubre asimismo la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a estas indemnizaciones.

1 2 2 2   Indemnizaciones por cese definitivo en sus funciones y régimen de jubilación especial para los funcionarios y los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 493 419

12 412 490

8 554 703,66

Comentarios

Antes partidas 1 2 1 6, 1 2 1 7, 1 2 1 8, artículo 1 2 3 (en parte) y partida 1 2 9 0 (en parte)

Reglamento (CE, Euratom, CECA) no 2688/95 del Consejo, de 17 de noviembre de 1995, por el que se establecen medidas especiales de cese definitivo en sus funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia (DO L 280 de 23.11.1995, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

Reglamento (CE, Euratom, CECA) no 2689/95 del Consejo, de 17 de noviembre de 1995, por el que se establecen medidas especiales de cese en sus funciones de agentes temporales de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia (DO L 280 de 23.11.1995, p. 4), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

Reglamento (CE, Euratom) no 1748/2002 del Consejo, de 30 de septiembre de 2002, por el que se establecen, en el marco de la modernización de la institución, medidas específicas relativas al cese definitivo de funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas nombrados en un puesto permanente del Parlamento Europeo y de agentes temporales de los grupos políticos del Parlamento Europeo (DO L 264 de 2.10.2002, p. 9).

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 72.

Este crédito se destina a financiar:

las indemnizaciones que deban pagarse en aplicación del Estatuto o de los Reglamentos mencionados,

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones,

la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las diversas indemnizaciones.

1 2 4   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 047 543 (193)

5 542 631 (194)

0,—

Comentarios

Antes partidas 1 1 9 1 (en parte) y 1 2 9 1

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65 y su anexo XI.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decidirá el Consejo durante el ejercicio.

Tiene carácter provisional y únicamente podrá utilizarse una vez que haya sido transferido a las líneas apropiadas del presente capítulo.

CAPÍTULO 1 4 —   OTROS MIEMBROS DEL PERSONAL Y PRESTACIONES EXTERNAS

Comentarios

Antes capítulos 1 1 (en parte), 15, 1 8 (en parte), 2 5 y 2 9

1 4 0   Otros agentes y personal externo

1 4 0 0   Otros agentes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 410 573

15 485 601

39 038 842,82

Comentarios

Antes partidas 1 1 1 0, 1 1 1 1, 1 1 1 2, 1 1 1 3, 1 1 1 5, artículo 1 1 5 (en parte), y partidas 1 1 8 1 (en parte) y 1 1 8 4 (en parte)

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina principalmente a cubrir los gastos siguientes:

la retribución de los otros agentes, en particular auxiliares, contractuales, locales y consejeros especiales (en el sentido del Régimen aplicable a otros agentes), las cuotas patronales a los diferentes regímenes, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las retribuciones de dichos agentes,

los honorarios del personal médico y paramédico al que se paga con arreglo al régimen de prestación de servicios y, en casos especiales, el empleo de personal interino.

1 4 0 2   Intérpretes de conferencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

29 590 000 (195)

36 400 000

27 051 777,07

Comentarios

Antes partidas 1 8 7 0 y 1 8 7 3 (en parte)

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Convenio de los intérpretes de conferencia auxiliares.

Este crédito se destina a cubrir los gastos siguientes en el marco de la cooperación interinstitucional:

las retribuciones, cotizaciones sociales, gastos de viaje y dietas de estancia de los intérpretes de conferencia auxiliares convocados por el Parlamento o por otras instituciones, cuando los intérpretes funcionarios o temporales no pueden asegurar las prestaciones necesarias,

los gastos de operadores, técnicos y administradores de conferencia para las reuniones mencionadas, cuando los funcionarios, agentes temporales u otros agentes del Parlamento no puedan asegurar las prestaciones necesarias,

las prestaciones facilitadas al Parlamento por los intérpretes funcionarios o temporales de las otras instituciones,

las actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 000 euros.

Los importes se consignan en la reserva a la espera de la presentación de propuestas específicas del Secretario General sobre la mejora del apoyo lingüístico y la continuidad de la disponibilidad de servicios de interpretación para los grupos políticos y sus grupos de trabajo.

1 4 0 4   Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 950 450

4 574 379

3 403 959,87

Comentarios

Antes artículos 1 5 0, 1 5 2 y partida 2 9 4 1

Decisión de la Mesa de 26 de octubre de 1988, modificada en último lugar por la Decisión de la Mesa de 2 de febrero de 2000.

Este crédito se destina a financiar:

una indemnización y los gastos de viaje y de misión para las personas en períodos de prácticas y a asegurar los riesgos de accidente y de enfermedad durante dichos períodos,

los gastos ocasionados por la puesta a disposición de personal entre el Parlamento y el sector público de los Estados miembros o de otros países que se especifican en la reglamentación,

la organización de acciones de formación de intérpretes de conferencia, en particular en colaboración con las escuelas de intérpretes, así como la concesión de becas para la formación y el perfeccionamiento profesional de intérpretes, la compra de material didáctico y los gastos anexos.

1 4 0 6   Observadores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 367 000

p.m.

2 523 080,96

Comentarios

Antes artículo 2 0 5 (en parte)

Este crédito se destina a reembolsar los gastos de viaje y a pagar dietas de estancia por los días de participación en las sesiones plenarias y en las reuniones de las comisiones, delegaciones y grupos políticos en los lugares de trabajo del Parlamento, así como en las reuniones de los grupos políticos aprobadas por la Conferencia de Presidentes fuera de los lugares de trabajo.

1 4 0 7   Dietas de formación (programa de aprendizaje del Parlamento Europeo)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a remunerar el trabajo de los becarios que participan en el p rograma de aprendizaje del Parlamento Europeo.

1 4 2   Prestaciones externas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 331 825 (196)

15 195 100

7 004 163,64

Comentarios

Antes partidas 1 8 7 2 y 1 8 7 3 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones de traducción, mecanografía, codificación y asistencia técnica efectuadas por terceros, así como los gastos relativos a las acciones aprobadas por el Comité interinstitucional de traducción e interpretación (CITI) destinadas a fomentar la cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 250 000 euros.

Los importes se consignan en la reserva a la espera de la presentación de propuestas específicas del Secretario General sobre la mejora del apoyo lingüístico y la continuidad de la disponibilidad de servicios de interpretación para los grupos políticos y sus grupos de trabajo.

1 4 4   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

304 758

345 727

0,—

Comentarios

Antes partida 1 1 9 1 (en parte)

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decidirá el Consejo durante el ejercicio.

Tiene carácter provisional y únicamente podrá utilizarse una vez que haya sido transferido a las líneas apropiadas del presente capítulo.

CAPÍTULO 1 6 —   OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Comentarios

Antes capítulos 13 (en parte), 1 4, 1 6 (en parte) y 1 8 (en parte)

1 6 1   Gastos vinculados con la gestión del personal

1 6 1 0   Gastos de contratación de personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

290 000 (197)

290 000

374 000,—

Comentarios

Antes partida 1 8 8 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 27 a 31 y 33 y su anexo III.

Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 53), y Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales de esas Instituciones, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 56).

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de organización de los concursos previstos en el artículo 3 de la Decisión de los Secretarios Generales, así como los gastos de viaje y estancia de los candidatos para asistir a las entrevistas de contratación y someterse a las visitas médicas,

los gastos de organización de procedimientos de selección de agentes temporales, agentes auxiliares y agentes locales.

En los casos debidamente motivados por necesidades funcionales, y previa consulta a la Oficina, podrá destinarse a los concursos organizados por la propia institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

1 6 1 2   Formación profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 640 000 (198)

3 615 500

3 030 901,60

Comentarios

Antes partidas 13 0 1 (en parte) y 1 8 2 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24 bis.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a financiar:

la organización de los cursos de perfeccionamiento y de reciclaje profesional, incluidos los cursos de lenguas, en común entre las instituciones, podrá cubrir parcialmente, en casos debidamente justificados, la organización de los cursos impartidos dentro de una institución, los cursos de lenguas organizados en Bruselas están abiertos también a los asistentes parlamentarios en Bruselas, para los cuales el Parlamento paga una dieta de conformidad con el artículo 14 de la reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo,

los gastos relativos a la compra o producción de material pedagógico, así como a la realización de estudios específicos por parte de especialistas con vistas a la concepción y aplicación de programas de formación,

los gastos de cursos de formación profesional que deben sensibilizar sobre las cuestiones relativas a las personas con discapacidad, y de las acciones de formación en el marco de la igualdad de oportunidades y del asesoramiento profesional, en particular, el establecimiento de los balances de competencias,

los gastos de misión.

1 6 1 3   Perfeccionamiento profesional: costes de misión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

975 000

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los costes de misión relativos al perfeccionamiento profesional.

1 6 3   Intervenciones en favor del personal de la institución

1 6 3 0   Servicio social

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

464 600

357 802

248 540,91

Comentarios

Antes artículos 1 6 0, 1 6 2 y 1 6 4

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 9, apartado 3, párrafo tercero, y su artículo 76.

Este crédito se destina a financiar:

en el marco de una política interinstitucional en su favor, a las siguientes personas con discapacidad:

a los funcionarios y agentes temporales en activo,

a los cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en activo,

a todos los hijos a cargo en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas,

dentro de las posibilidades presupuestarias y, una vez agotados los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, el reembolso de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la discapacidad, reconocidos como necesarios, que estén debidamente justificados y que no sean reembolsados por el Régimen común de seguro de enfermedad,

las intervenciones en favor de los funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil,

la financiación de una subvención en favor del Comité de personal y para los pequeños gastos del servicio social.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 8 000 euros.

1 6 3 2   Relaciones sociales entre los miembros del personal y otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

285 000

261 000

222 500,—

Comentarios

Antes partida 1 8 6 0

Este crédito se destina a estimular y apoyar financieramente toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre agentes de distintas nacionalidades, es decir, subvenciones a los clubes, círculos culturales y deportivos del personal, así como una contribución al coste de una estructura permanente de reunión (actividades culturales, deportivas, ocio, servicio de restauración, etc.) para el tiempo libre.

Cubre asimismo la participación financiera en las actividades sociales interinstitucionales.

1 6 5   Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la institución

1 6 5 0   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

835 000

783 746

691 736,73

Comentarios

Antes artículo 1 4 1

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 59 y el artículo 8 de su anexo II.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento del servicio médico en los tres lugares de trabajo, incluidos la compra de material, de productos farmacéuticos, etc., así como los gastos relativos a los reconocimientos médicos preventivos, los gastos ocasionados por el funcionamiento de la Comisión de invalidez y los gastos relacionados con las prestaciones externas de médicos especialistas que los médicos asesores consideren necesarias.

Cubre asimismo los gastos necesarios para la compra de determinados útiles de trabajo considerados médicamente necesarios.

1 6 5 2   Gastos de explotación de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

600 000

800 000

456 402,73

Comentarios

Antes partida 1 8 4 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de gestión de la explotación de restaurantes y cantinas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 600 000 euros.

1 6 5 4   Centro para niños en edad preescolar y guarderías concertadas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 508 708

5 779 631

3 250 763,33

Comentarios

Antes partida 1 8 6 3

Este crédito se destina a cubrir la cuota del Parlamento en el conjunto de los gastos para el centro para niños en edad preescolar y en las guarderías externas con las que se ha concertado un acuerdo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 010 000 euros.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Inmuebles

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

39 426 776 (199)

40 219 556

35 702 215,64

2 0 0 1

Cánones enfitéuticos

 

 

 

Créditos no disociados

1 136 000

p.m.

178 682 351,37

2 0 0 3

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

2 304 085,08

2 0 0 5

Construcción de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 0 0 7

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

11 415 000 (200)

19 730 000

18 844 476,86

2 0 0 8

Otros gastos correspondientes a los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 736 887 (201)

4 009 927

3 527 791,60

2 0 0 9

Crédito provisional destinado a las inversiones inmobiliarias de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

15 000 000

54 793 389

0,—

 

Total del artículo 2 0 0

68 714 663

118 752 872

239 060 920,55

2 0 2

Gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 2 2

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

27 624 421

33 383 963

24 108 042,32

2 0 2 4

Consumos de energía

 

 

 

Créditos no disociados

12 169 634

11 189 304

9 967 105,02

2 0 2 6

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

32 128 000

30 785 700

26 020 708,52

2 0 2 8

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

1 458 390

1 284 073

1 171 266,97

 

Total del artículo 2 0 2

73 380 445

76 643 040

61 267 122,83

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

142 095 108

195 395 912

300 328 043,38

CAPÍTULO 2 1

2 1 0

Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

2 1 0 0

Compra, trabajos, mantenimiento y conservación de los equipos y los soportes lógicos

 

 

 

Créditos no disociados

38 090 062 (202)

35 700 173

36 646 898,14

2 1 0 2

Prestaciones de personal externo para la explotación, la realización y el mantenimiento de sistemas informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

29 099 829

29 475 139

24 616 221,—

 

Total del artículo 2 1 0

67 189 891

65 175 312

61 263 119,14

2 1 2

Mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

4 318 000

1 725 000

3 705 915,35

2 1 4

Instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

21 567 116

21 020 500

17 331 926,46

2 1 6

Material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

5 009 000

3 401 800 (203)

3 329 844,21

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

98 084 007

91 322 612

85 630 805,16

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería, material de oficina y bienes fungibles

 

 

 

Créditos no disociados

3 132 220

3 388 000

2 876 108,07

2 3 1

Cargas financieras

 

 

 

Créditos no disociados

640 000

495 000

550 000,—

2 3 2

Gastos jurídicos e indemnizaciones por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

270 000

245 000

408 475,01

2 3 5

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

8 275 000

8 060 000

6 771 219,21

2 3 6

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

2 068 000

2 072 000

1 598 876,30

2 3 7

Mudanzas

 

 

 

Créditos no disociados

395 000

395 000

662 000,—

2 3 8

Otros gastos de funcionamiento administrativo

 

 

 

Créditos no disociados

492 000

596 000

370 168,78

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

15 272 220

15 251 000

13 236 847,37

 

Total del título 2

255 451 335

301 969 524

399 195 695,91

CAPÍTULO 2 0 —

BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: COMPRA, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Dado que las sociedades de seguros han anulado la cobertura del riesgo de conflictos laborales y de ataques terroristas en los edificios del Parlamento Europeo, este riesgo debe quedar cubierto por el presupuesto de la Unión Europea.

Por consiguiente, los créditos de este título cubrirán todos los gastos relacionados con daños causados por conflictos laborales y ataques terroristas.

CAPÍTULO 2 0 —   BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Antes capítulos 2 0 y 2 8 (en parte)

2 0 0   Inmuebles

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

39 426 776 (204)

40 219 556

35 702 215,64

Comentarios

Antes partida 2 0 0 0 y artículo 2 8 0

Este crédito se destina a cubrir los alquileres de los edificios o partes de edificios ocupados por la institución.

Cubre asimismo los impuestos relativos a los edificios. Los alquileres se calculan para doce meses y sobre la base de los contratos en vigor o en preparación, que prevén normalmente su indización con arreglo al coste de la vida o al coste de la construcción.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 500 000 euros.

2 0 0 1   Cánones enfitéuticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 136 000

p.m.

178 682 351,37

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las rentas enfitéuticas relativas a los edificios o partes de edificios ocupados en virtud de contratos en vigor o en preparación.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 000 euros.

2 0 0 3   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

2 304 085,08

Comentarios

Antes artículo 2 0 6

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de inmuebles. A las subvenciones relativas a los terrenos y a su acondicionamiento se les aplicarán las disposiciones del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo a el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 000 euros.

2 0 0 5   Construcción de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo 2 0 7

En este artículo podrá consignarse un crédito destinado a la construcción de inmuebles.

2 0 0 7   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 415 000 (205)

19 730 000

18 844 476,86

Comentarios

Antes artículos 2 0 4 y 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la realización de trabajos de acondicionamiento, así como los gastos conexos y, en particular, los gastos relacionados con arquitectos o ingenieros, etc.

El importe se consigna en la reserva a la espera de la decisión definitiva de la Mesa sobre la construcción de dos nuevas salas de reuniones en Estrasburgo.

2 0 0 8   Otros gastos correspondientes a los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 736 887 (206)

4 009 927

3 527 791,60

Comentarios

Antes artículo 2 0 8

Este crédito se destina a financiar:

los gastos en materia de inmuebles no previstos especialmente en los demás artículos del presente capítulo, en particular en lo que se refiere a la asistencia técnica o arquitectónica vinculada a estudios, a la preparación y al seguimiento del mantenimiento o de trabajos en los edificios,

los gastos derivados de las reformas necesarias para adecuar los edificios del Parlamento Europeo a los empleados y visitantes con discapacidad, con arreglo a lo establecido en la auditoría sobre el acceso de las personas con discapacidad, cuyas conclusiones ya han sido aprobadas,

los impuestos que representen una retribución por servicios de utilidad general.

2 0 0 9   Crédito provisional destinado a las inversiones inmobiliarias de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000 000

54 793 389

0,—

Comentarios

Antes artículo 2 0 9

Este crédito se destina a cubrir los gastos de posibles inversiones inmobiliarias de la institución.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

2 0 2   Gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 2 2   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

27 624 421

33 383 963

24 108 042,32

Comentarios

Antes artículos 2 0 3 y 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento, con arreglo a los contratos en curso, de los locales, ascensores, calefacción, climatización y puertas cortafuego, así como los trabajos de desratización, pintura, reparaciones, etc.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución se concertará con las demás instituciones sobre las condiciones contractuales (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) pactadas por cada una de ellas y de conformidad con el artículo 91, apartado 3, del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

2 0 2 4   Consumos de energía

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 169 634

11 189 304

9 967 105,02

Comentarios

Antes artículos 2 0 2 y 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas, electricidad y calefacción.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

2 0 2 6   Seguridad y vigilancia de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 128 000

30 785 700

26 020 708,52

Comentarios

Antes artículos 2 0 5 y 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir esencialmente los gastos de guardia y de vigilancia de los edificios ocupados por el Parlamento Europeo en los tres lugares habituales de trabajo.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución se concertará con las demás instituciones sobre las condiciones contractuales (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) pactadas por cada una de ellas y de conformidad con el artículo 91, apartado 3, del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 80 000 euros.

2 0 2 8   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 458 390

1 284 073

1 171 266,97

Comentarios

Antes artículo 2 0 1

Este crédito se destina a cubrir el pago de las primas previstas en las pólizas de seguros.

CAPÍTULO 2 1 —   INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: COMPRA, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

Comentarios

Antes capítulos 2 1, 2 2 (en parte) y 2 8

En materia de contratos públicos, la institución se concertará con las demás instituciones sobre las condiciones contractuales pactadas por cada una de ellas.

2 1 0   Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

2 1 0 0   Compra, trabajos, mantenimiento y conservación de los equipos y los soportes lógicos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 090 062 (207)

35 700 173

36 646 898,14

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la compra, el alquiler, el mantenimiento y la conservación del material y de los soportes lógicos para la institución y los trabajos correspondientes. Este material y estos soportes lógicos se refieren, en particular, a los sistemas del centro informático y de telecomunicaciones, a la informática departamental y de los grupos políticos y al sistema de votación electrónica.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 41 000 euros.

2 1 0 2   Prestaciones de personal externo para la explotación, la realización y el mantenimiento de sistemas informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

29 099 829

29 475 139

24 616 221,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia de sociedades de servicios y asesoramiento informático para la explotación del centro informático y de la red, la realización y el mantenimiento de aplicaciones, la asistencia a los usuarios, incluidos los diputados y los grupos políticos, la realización de estudios y la realización y recogida de documentación técnica.

2 1 2   Mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 318 000

1 725 000

3 705 915,35

Comentarios

Antes partidas 2 2 0 4, 2 2 1 0, 2 2 1 2 y artículo 2 2 4

Este crédito se destina a cubrir la compra, el alquiler, el mantenimiento y la reparación de mobiliario, y, en particular, la compra de mobiliario de oficina ergonómico y la sustitución de mobiliario vetusto y fuera de uso, así como de máquinas de oficina.

En cuanto a las obras de arte, este crédito se destina a cubrir tanto los gastos de adquisición y de compra de material específico como los gastos corrientes conexos, entre otros los gastos de enmarcado, restauración, limpieza y seguros, así como los gastos ocasionales de transporte.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 5 000 euros.

2 1 4   Instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

21 567 116

21 020 500

17 331 926,46

Comentarios

Antes partidas 2 2 0 0, 2 2 0 2 y articulo 2 8 2 (en parte)

Este crédito se destina a la adquisición, alquiler, mantenimiento y reparación de instalaciones y equipo técnico y, en particular:

de diversos materiales e instalaciones técnicas, fijas y móviles, en los sectores de edición, archivos, seguridad, restaurantes, inmuebles, etc.,

de equipos, en particular en los sectores de imprenta, archivos, servicio telefónico, cantinas, economatos, seguridad, servicios técnicos de conferencias, audiovisual, etc.

También cubre los gastos de publicidad para la reventa y eliminación de los bienes retirados del inventario.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 35 000 euros.

2 1 6   Material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 009 000

3 401 800 (208)

3 329 844,21

Comentarios

Antes partidas 2 2 2 0, 2 2 2 2 y artículo 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte (parque de automóviles y bicicletas) y el alquiler de automóviles, taxis, autocares y camiones, con o sin conductor, incluidos los correspondientes seguros.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 40 000 euros.

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Antes capítulos 2 3 y 2 8 (en parte)

En materia de contratos públicos, la institución se concertará con las demás instituciones sobre las condiciones contractuales pactadas por cada una de ellas.

2 3 0   Papelería, material de oficina y bienes fungibles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 132 220

3 388 000

2 876 108,07

Comentarios

Antes artículos 2 3 0, 2 8 1 (en parte) y 2 8 2 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la compra de papel, sobres, material de oficina, productos para la imprenta y los talleres de reproducción, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 000 euros.

2 3 1   Cargas financieras

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

640 000

495 000

550 000,—

Comentarios

Antes partidas 2 3 1 0 y 2 3 1 9

Este crédito se destina a cubrir los gastos bancarios (comisiones, agios y gastos diversos) y los otros gastos financieros, incluidos los gastos relativos a la financiación de los inmuebles.

2 3 2   Gastos jurídicos e indemnizaciones por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

270 000

245 000

408 475,01

Comentarios

Antes artículos 2 3 2 y 2 3 3

Este crédito se destina a financiar:

el importe de las posibles condenas en costas del Parlamento Europeo pronunciadas por el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas, de la contratación de abogados externos para representarle ante los tribunales comunitarios y nacionales, de la contratación de asesores jurídicos con objeto de prestar asistencia al Servicio Jurídico y de la adquisición de obras jurídicas,

los gastos relativos a las indemnizaciones por daños y perjuicios, los intereses y las posibles deudas mencionadas en el artículo 8, apartado 3, del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 5 000 euros.

2 3 5   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 275 000

8 060 000

6 771 219,21

Comentarios

Antes partida 2 3 6 1 y artículo 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las cuotas de abono y los gastos de telecomunicaciones por cable o radioondas (telefonía fija y móvil, televisión), así como los gastos relativos a las redes de transmisión de datos y a los servicios telemáticos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 140 000 euros.

2 3 6   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 068 000

2 072 000

1 598 876,30

Comentarios

Antes partida 2 3 6 0 y artículo 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo, tratamiento y despacho del correo por los servicios postales o las empresas de mensajería.

2 3 7   Mudanzas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

395 000

395 000

662 000,—

Comentarios

Antes partida 2 3 4 3 y artículo 2 8 1 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a los trabajos de mudanza y de mantenimiento realizados por empresas de mudanza o mediante la prestación de servicios por parte de personal temporal encargado del mantenimiento.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 40 000 euros.

2 3 8   Otros gastos de funcionamiento administrativo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

492 000

596 000

370 168,78

Comentarios

Antes partidas 2 3 4 0, 2 3 4 1, 2 3 4 4 y artículo 2 8 1 (en parte)

Reglamentación, de 17 de junio de 1996, relativa a los suministros anuales de uniformes y prendas profesionales.

Este crédito se destina a financiar:

los seguros no previstos específicamente en otra partida,

los gastos de compra y mantenimiento de los uniformes de los ujieres, chóferes y mudanceros, servicios médicos y servicios técnicos diversos,

el pago de diversos gastos de funcionamiento como, por ejemplo, la compra de horarios de transporte ferroviario y aéreo, la publicación en la prensa de las ventas de material de segunda mano, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

TÍTULO 3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE MISIONES GENERALES POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 3 0

3 0 0

Gastos de misiones del personal

 

 

 

Créditos no disociados

20 867 935

18 566 700

16 116 970,—

3 0 2

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

833 000

805 000

696 254,17

3 0 4

Gastos diversos de reuniones

3 0 4 0

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

1 640 000

1 560 000

1 355 228,29

3 0 4 2

Reuniones, congresos y conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

1 418 500

1 373 500

702 344,33

3 0 4 4

Gastos varios de organización de las delegaciones interparlamentarias, de las delegaciones ad hoc y de la OMC

 

 

 

Créditos no disociados

630 000

380 000

235 418,68

3 0 4 6

Gastos diversos de organización de las reuniones de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE

 

 

 

Créditos no disociados

430 000

308 302

191 000,05

3 0 4 8

Gastos diversos de organización de la Asamblea Parlamentaria Euromed

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

71 698

44 418,62

3 0 4 9

Gastos en servicios de agencias de viaje

 

 

 

Créditos no disociados

1 245 000

 

 

 

Total del artículo 3 0 4

5 463 500

3 693 500

2 528 409,97

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 0

27 164 435

23 065 200

19 341 634,14

CAPÍTULO 3 2

3 2 0

Adquisición de conocimientos técnicos

 

 

 

Créditos no disociados

6 944 200

3 380 000

1 390 208,53

3 2 2

Adquisición de información y archivo

3 2 2 0

Gastos de documentación y biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

3 276 600

3 322 100

2 979 590,93

3 2 2 2

Gastos de fondos de archivo

 

 

 

Créditos no disociados

1 149 000

1 389 000

1 016 178,50

 

Total del artículo 3 2 2

4 425 600

4 711 100

3 995 769,43

3 2 4

Producción y difusión

3 2 4 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

8 069 000

10 313 200

6 592 722,84

3 2 4 1

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

1 595 000 (209)

3 246 500

2 978 604,74

3 2 4 2

Gastos de publicación, de información y de participación en actos públicos

 

 

 

Créditos no disociados

9 870 000 (210)

9 870 000

10 453 658,—

3 2 4 4

Organización y acogida de grupos de visitantes, Euroscola e invitaciones a multiplicadores de opinión de terceros países

 

 

 

Créditos no disociados

23 920 000

17 486 000

14 111 336,93

3 2 4 5

Organización de coloquios, seminarios e iniciativas culturales

 

 

 

Créditos no disociados

1 895 000

1 735 000

1 323 907,88

3 2 4 7

Gastos de información acerca del debate sobre el futuro de Europa

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

3 2 4 8

Gastos de información audiovisual

 

 

 

Créditos no disociados

8 650 000

8 650 000

9 525 302,78

3 2 4 9

Intercambios de información con los parlamentos nacionales

 

 

 

Créditos no disociados

540 000

460 000

272 762,28

 

Total del artículo 3 2 4

54 539 000

51 760 700

45 258 295,45

3 2 5

Gastos de las Oficinas de Información

 

 

 

Créditos no disociados

 

 

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 2

65 908 800

59 851 800

50 644 273,41

 

Total del título 3

93 073 235

82 917 000

69 985 907,55

CAPÍTULO 3 0 —

REUNIONES Y CONFERENCIAS

CAPÍTULO 3 2 —

CONOCIMIENTOS TÉCNICOS E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

CAPÍTULO 3 0 —   REUNIONES Y CONFERENCIAS

Comentarios

Antes capítulos 1 3 (en parte), 1 7, 2 3 (en parte), 2 5 (en parte) y 3 7 (en parte)

3 0 0   Gastos de misiones del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 867 935

18 566 700

16 116 970,—

Comentarios

Antes partida 1 3 0 1 (en parte)

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 71 y los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, el pago de dietas diarias de misión y los gastos adicionales o excepcionales en que los funcionarios y otros agentes incurren para la ejecución de una misión, incluidos los gastos accesorios de expedición de títulos de transporte y reservas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

3 0 2   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

833 000

805 000

696 254,17

Comentarios

Antes partidas 1 7 0 0, 1 7 0 1 y 1 7 0 2

Este crédito se destina a financiar:

los gastos correspondientes a las obligaciones que incumben a la institución en cuanto a recepción y representación de los miembros de la institución se refiere, incluidas las recepciones relativas a los trabajos de STOA,

los gastos de representación y la participación en los gastos de secretaría del Gabinete del Presidente,

los gastos de recepción y de representación de la Secretaría General.

3 0 4   Gastos diversos de reuniones

3 0 4 0   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 640 000

1 560 000

1 355 228,29

Comentarios

Antes partida 2 3 4 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos de refrescos y otras bebidas y, en ocasiones, de refrigerios, servidos durante las reuniones de la institución.

3 0 4 2   Reuniones, congresos y conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 418 500

1 373 500

702 344,33

Comentarios

Antes artículo 2 5 3 y partida 3 7 0 9

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

los gastos correspondientes a la organización de reuniones fuera de los lugares de trabajo (comisiones o sus delegaciones, grupos políticos),

las cotizaciones a las organizaciones internacionales de las que es miembro el Parlamento o uno de sus órganos (Unión Interparlamentaria, Asociación de Secretarios Generales de los Parlamentos, Grupo 12 + de la Unión Interparlamentaria).

3 0 4 4   Gastos varios de organización de las delegaciones interparlamentarias, de las delegaciones ad hoc y de la OMC

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

630 000

380 000

235 418,68

Comentarios

Antes partida 3 7 0 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir, en particular, los gastos relativos a la organización de las reuniones de las delegaciones interparlamentarias, de las delegaciones ad hoc, de las comisiones parlamentarias mixtas, de las comisiones parlamentarias de cooperación y de la OMC.

3 0 4 6   Gastos diversos de organización de las reuniones de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

430 000

308 302

191 000,05

Comentarios

Antes partida 3 7 0 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir, en particular, los gastos relacionados con la organización de reuniones de las delegaciones en la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE.

3 0 4 8   Gastos diversos de organización de la Asamblea Parlamentaria Euromed

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

71 698

44 418,62

Comentarios

Antes partida 3 7 0 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relacionados con la organización de reuniones de la Asamblea Parlamentaria Euromed, de sus comisiones y de su Mesa.

3 0 4 9   Gastos en servicios de agencias de viaje

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 245 000

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos corrientes de la agencia de viajes contratada por el Parlamento.

CAPÍTULO 3 2 —   CONOCIMIENTOS TÉCNICOS E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

Comentarios

Antes capítulos 2 2 (en parte), 2 5 (en parte), 2 6, 2 7, 2 8 (en parte) y 2 9

3 2 0   Adquisición de conocimientos técnicos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 944 200

3 380 000

1 390 208,53

Comentarios

Antes artículos 2 5 0 (en parte) y 2 6 0

Decisión de la Mesa, de 17 de febrero de 1997, por la que se confirma el mandato de STOA, y Decisiones de la Mesa de 7 de julio de 2000 y 4 de abril de 2001.

Decisión de la Mesa, de 11 de marzo de 2003, relativa a la asistencia legislativa al Parlamento Europeo y a sus diputados y destinada a la creación de un presupuesto para asesoramiento externo de las comisiones parlamentarias.

Este crédito se destina a financiar:

los costes de los contratos con expertos cualificados e institutos de investigación para los estudios y las otras actividades de investigación (seminarios, mesas redondas, grupos de expertos, conferencias) efectuadas para los órganos del Parlamento y para la administración,

los costes de evaluación de estudios y la participación de STOA en las actividades de organismos científicos,

los gastos de viaje y de estancia y los gastos accesorios de expertos y otras personalidades, incluidas las personas que han presentado peticiones al Parlamento, convocados para participar en las comisiones y grupos de estudio y de trabajo,

los gastos relativos a las personas externas a las que se recurre para participar en los trabajos de órganos tales como el Consejo de Disciplina o la instancia especializada en materia de irregularidades financieras.

3 2 2   Adquisición de información y archivo

3 2 2 0   Gastos de documentación y biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 276 600

3 322 100

2 979 590,93

Comentarios

Antes partidas 2 2 3 0, 2 2 3 1, 2 2 6 0 y 2 2 6 1

Este crédito se destina a financiar:

la ampliación y renovación del sector de las obras de consulta general y la puesta al día del fondo de biblioteca,

las suscripciones a diarios, revistas, agencias de prensa, y a sus publicaciones y servicios en línea, incluidos los gastos en concepto de derechos de autor por la reproducción y la difusión escrita y/o electrónica de esas suscripciones, y los contratos de servicio para revistas de prensa y recortes de prensa,

las suscripciones o contratos de servicio para el suministro de resúmenes y de análisis del contenido de las revistas o la grabación en soportes ópticos de los artículos extraídos de esas revistas,

los gastos relacionados con la utilización de las bases de datos documentales y estadísticas externas, con exclusión del material informático y de los costes de telecomunicaciones,

los gastos relativos a las obligaciones asumidas por el Parlamento Europeo en el marco de la cooperación internacional o interinstitucional,

la compra o el alquiler de materiales especiales, incluidos los materiales y/o sistemas eléctricos, electrónicos e informáticos de biblioteca, de documentación y de medios audiovisuales, así como los gastos derivados de la asistencia externa en la adquisición, el desarrollo, la instalación, la explotación y el mantenimiento de dichos materiales y sistemas,

los gastos de prestaciones relacionadas con las actividades de la biblioteca, en particular en relación con sus clientes (estudios, análisis), el sistema de gestión de calidad, etc.,

los materiales y trabajos de encuadernación y de conservación para la biblioteca, la documentación y la mediateca,

los gastos, incluido el material, de las publicaciones internas (folletos, estudios, etc.) y de comunicación (boletines informativos, vídeos, CD-ROM, etc.),

la compra de diccionarios, léxicos y otras obras con destino a los servicios lingüísticos.

3 2 2 2   Gastos de fondos de archivo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 149 000

1 389 000

1 016 178,50

Comentarios

Antes partidas 2 2 7 0, 2 2 7 1 y 2 2 7 2

Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43), así como sus medidas de aplicación adoptadas en el seno del Parlamento Europeo.

Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 16 de diciembre de 2002, sobre la mejora de la información y la transparencia: los archivos del Parlamento Europeo.

Reglamento sobre el tratamiento del patrimonio archivístico de los diputados europeos aprobado por la Mesa el 2 de junio de 2003.

Este crédito se destina a financiar:

los costes de las prestaciones externas que conllevan las operaciones de archivo, incluida la selección, la clasificación y la nueva clasificación en los depósitos, los costes de las prestaciones de archivo, la adquisición y la explotación de fondos de archivo en soportes de sustitución (microfilms, discos, cintas, etc.), así como la compra, el alquiler y el mantenimiento de materiales especiales (electrónicos, informáticos, eléctricos) y los gastos de publicaciones en todo tipo de formato (folletos, CD-ROM, etc.),

los gastos de tratamiento del patrimonio archivístico de los diputados al Parlamento Europeo constituido en el ejercicio de su mandato y entregado a título de donaciones o de legados legales al Parlamento Europeo, a los archivos históricos de las Comunidades Europeas (AHCE) o a una asociación o fundación en el marco de una reglamentación establecida por el Parlamento Europeo,

la compra o el alquiler de materiales y/o sistemas eléctricos, electrónicos e informáticos de CARDOC, así como las prestaciones externas conexas y los materiales y trabajos de encuadernación y de conservación de CARDOC,

los gastos de suministros y servicios para las acciones de comunicación, la compra de mobiliario especial y de otros bienes muebles de archivo, la compra de libros y revistas de historia, archivística e informática, y el pago de las cotizaciones correspondientes a la asociación al Consejo Internacional de Archivos.

3 2 4   Producción y difusión

3 2 4 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 069 000

10 313 200

6 592 722,84

Comentarios

Antes artículo 2 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión de los textos que el Parlamento está obligado a publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea, en especial en aplicación de su Reglamento (en particular sus artículos 29, 68, 162 y 173) y del Reglamento de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE (presupuestos, preguntas escritas, actas, comunicaciones).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 400 000 euros.

3 2 4 1   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 595 000 (211)

3 246 500

2 978 604,74

Comentarios

Antes artículo 2 7 1

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión, en particular en Internet, de las publicaciones oficiales del Parlamento Europeo distintas del Diario Oficial de la Unión Europea, tales como obras de carácter general, documentos de trabajo e impresos diversos, así como su subcontratación,

la actualización y el mantenimiento evolutivo de los sistemas editoriales,

la actualización del observatorio legislativo.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 200 000 euros.

El importe se consigna en la reserva a la espera de la presentación de propuestas específicas del Secretario General sobre una mayor participación de los grupos políticos en las decisiones sobre publicaciones y sobre la difusión de información.

3 2 4 2   Gastos de publicación, de información y de participación en actos públicos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 870 000 (212)

9 870 000

10 453 658,—

Comentarios

Antes partida 2 7 2 1

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicaciones informativas, incluidas las publicaciones electrónicas, de las actividades de información, y de la participación en actos públicos y en exposiciones y ferias en los Estados miembros de la Unión Europea y los países candidatos a la adhesión.

El importe se consigna en la reserva a la espera de la presentación de propuestas específicas del Secretario General sobre una mayor participación de los grupos políticos en las decisiones sobre publicaciones y sobre la difusión de información.

3 2 4 4   Organización y acogida de grupos de visitantes, Euroscola e invitaciones a multiplicadores de opinión de terceros países

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

23 920 000

17 486 000

14 111 336,93

Comentarios

Antes partida 2 7 2 3

Este crédito se destina a cubrir las subvenciones concedidas a los grupos de visitantes, así como los gastos de acogida y de infraestructuras conexas, los gastos de funcionamiento del programa Euroscola y la financiación de períodos de prácticas para multiplicadores de opinión de terceros países. Se incrementará anualmente mediante un coeficiente corrector que tenga en cuenta la evolución de la renta nacional bruta (RNB) y de los precios.

Debe incrementarse sustancialmente el número máximo de visitantes que pueden beneficiarse de una subvención.

Se liberará un importe apropiado en favor de los visitantes con discapacidad.

La subvención concedida se incrementará con el fin de que sea adecuada a la distancia y a las condiciones de transporte disponibles para los visitantes. También hay que mejorar los servicios que se prestan a los visitantes.

3 2 4 5   Organización de coloquios, seminarios e iniciativas culturales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 895 000

1 735 000

1 323 907,88

Comentarios

Antes partida 2 7 2 5

Este crédito se destina a cubrir los gastos o subvenciones asociados a la organización de coloquios y seminarios nacionales o multinacionales destinados a multiplicadores de opinión originarios de los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión, así como los gastos de organización de coloquios y simposios parlamentarios, y la financiación de iniciativas culturales de interés europeo, esencialmente el Premio Sajarov. Este crédito cubre asimismo, por un importe máximo de 300 000 euros, los pagos relacionados con actos especiales llevados a cabo en los hemiciclos en Estrasburgo y Bruselas según el programa anual aprobado por la Mesa.

3 2 4 7   Gastos de información acerca del debate sobre el futuro de Europa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes partida 2 7 2 7

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las acciones informativas, incluida la información por vía electrónica, que se llevan a cabo como parte de la campaña de información sobre el proyecto de Tratado por el que se establece una Constitución para Europa.

3 2 4 8   Gastos de información audiovisual

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 650 000

8 650 000

9 525 302,78

Comentarios

Antes partidas 2 8 3 0 y 2 8 3 1

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de marzo de 2002, sobre las orientaciones presupuestarias para el procedimiento presupuestario 2003 (DO C 47 E de 27.2.2003, p. 72).

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de mayo de 2002, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2003 (DO C 180 E de 31.7.2003, p. 150).

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de mayo de 2003, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2004 (DO C 67 E de 17.3.2004, p. 179).

Este crédito se destina a financiar:

el presupuesto de funcionamiento del sector audiovisual (producciones propias y asistencia externa tales como prestaciones técnicas a las emisoras de radiotelevisión, realización, producción, coproducción y difusión de programas audiovisuales, alquiler de frecuencias y transmisión de programas de televisión y de radio, así como otras acciones orientadas a fomentar las relaciones de la institución con los organismos de difusión audiovisual),

los gastos relativos a la retransmisión en directo, por Internet, de las sesiones plenarias y de las reuniones de las comisiones parlamentarias,

la grabación de las sesiones en DVD-ROM,

la creación de archivos adecuados, así como la de un buscador que asegure al ciudadano el acceso permanente a esta información.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 13 000 euros.

3 2 4 9   Intercambios de información con los parlamentos nacionales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

540 000

460 000

272 762,28

Comentarios

Antes partidas 2 9 9 3 y 2 9 9 5

Conferencias de los Presidentes de las Asambleas Parlamentarias Europeas (junio de 1977) y de los Parlamentos de la Unión Europea (septiembre de 2000, marzo de 2001).

Este crédito se destina a financiar:

los gastos para fomentar las relaciones entre el Parlamento Europeo y los parlamentos nacionales. Se trata de las relaciones parlamentarias no cubiertas por los capítulos 1 0 y 3 0, los intercambios de información y documentación y la asistencia para el análisis y la gestión de estas informaciones, incluidos los intercambios con el Centro Europeo de Investigación y Documentación Parlamentaria (CEIDP),

el refuerzo de la cooperación entre el Parlamento Europeo y los parlamentos democráticamente elegidos de Europa Sudoriental y Oriental, de la antigua Unión Soviética y de la Cuenca Mediterránea. Se otorga una colaboración privilegiada a los parlamentos de los futuros Estados miembros de la Unión Europea,

la financiación de los programas de cooperación y de las operaciones de formación de los funcionarios de los parlamentos mencionados.

Las operaciones incluyen las visitas de información al Parlamento Europeo en Bruselas, Luxemburgo o Estrasburgo; los créditos cubren los gastos, o parte de ellos, de los participantes, en particular viajes, desplazamientos, alojamientos y dietas.

las acciones de cooperación asociadas particularmente a la actividad legislativa, así como las acciones asociadas a la actividad de documentación, análisis e información, incluidas las realizadas en el Centro Europeo de Investigación y Documentación Parlamentaria (CEIDP).

3 2 5   Gastos de las Oficinas de Información

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos (personal, edificios, conferencias, reuniones, publicaciones, etc.) relacionados con las Oficinas de Información del Parlamento Europeo.

TÍTULO 4

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE MISIONES ESPECÍFICAS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Gastos administrativos, de funcionamiento, de actividades políticas y de información de los grupos políticos y de los miembros no inscritos

 

 

 

Créditos no disociados

49 622 000

45 900 000

42 515 659,87

4 0 2

Contribuciones a los partidos políticos europeos

 

 

 

Créditos no disociados

8 594 000

8 400 000

4 647 157,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

58 216 000

54 300 000

47 162 816,87

CAPÍTULO 4 2

4 2 0

Asistentes de los diputados

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

4 2 2

Asistencia parlamentaria

4 2 2 0

Asistencia parlamentaria

 

 

 

Créditos no disociados

135 289 000

114 791 540 (213)

117 462 527,66

4 2 2 2

Diferencias de cambio

 

 

 

Créditos no disociados

1 000 000

1 500 000

314 903,89

 

Total del artículo 4 2 2

136 289 000

116 291 540

117 777 431,55

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 2

136 289 000

116 291 540

117 777 431,55

CAPÍTULO 4 4

4 4 0

Coste de las reuniones y otras actividades de antiguos diputados

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

p.m. (214)

76 539,82

4 4 2

Gastos de reuniones y otras actividades de la Asociación Parlamentaria Europea

 

 

 

Créditos no disociados

80 000

80 000

80 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 4

180 000

80 000

156 539,82

 

Total del título 4

194 685 000

170 671 540

165 096 788,24

CAPÍTULO 4 0 —

GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

CAPÍTULO 4 2 —

GASTOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA PARLAMENTARIA

CAPÍTULO 4 4 —

REUNIONES Y OTRAS ACTIVIDADES DE LOS DIPUTADOS Y ANTIGUOS DIPUTADOS

CAPÍTULO 4 0 —   GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

Comentarios

Antes capítulos 3 7 (en parte) y 3 9 (en parte)

4 0 0   Gastos administrativos, de funcionamiento, de actividades políticas y de información de los grupos políticos y de los miembros no inscritos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

49 622 000

45 900 000

42 515 659,87

Comentarios

Antes partida 3 7 0 1

Reglamentación aprobada por la Mesa el 1 de febrero de 2001.

Este crédito se destina a cubrir, para los grupos políticos y los miembros no inscritos:

los gastos de secretaría y los gastos administrativos y de funcionamiento,

los gastos relacionados con sus actividades políticas y de información en el marco de las actividades políticas de la Unión Europea.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

4 0 2   Contribuciones a los partidos políticos europeos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 594 000

8 400 000

4 647 157,—

Comentarios

Antes partida 3 7 1 0

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 191.

Reglamento (CE) no 2004/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativo al estatuto y la financiación de los partidos políticos a escala europea (DO L 297 de 15.11.2003, p. 1).

Teniendo en cuenta la necesidad de transparencia y de reforzar la responsabilidad democrática de la Unión Europea, esta partida se destina a financiar, a nivel europeo, a aquellos partidos políticos que contribuyan a crear una conciencia europea y a expresar la voluntad política de los ciudadanos de la Unión.

CAPÍTULO 4 2 —   GASTOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA PARLAMENTARIA

Comentarios

Antes capítulo 39 (en parte)

4 2 0   Asistentes de los diputados

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo 3 9 0

Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo, presentada por la Comisión el 18 de mayo de 1998, que modifica el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 por el que se establece el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades (DO C 179 de 11.6.1998, p. 16).

Disposiciones generales de ejecución (Decisión de la Mesa de…).

Este artículo sólo puede dotarse de créditos mediante transferencia desde la partida 4 2 2 0, «Asistencia parlamentaria».

4 2 2   Asistencia parlamentaria

4 2 2 0   Asistencia parlamentaria

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

135 289 000

114 791 540 (215)

117 462 527,66

Comentarios

Antes partida 3 9 1 0

Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados al Parlamento Europeo y, en particular, sus artículos 14 a 16.

Este crédito se destina a cubrir los gastos que se derivan de la designación y la utilización de los servicios de uno o varios asistentes.

El importe de los ingresos afectados de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 200 000 euros.

4 2 2 2   Diferencias de cambio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 000 000

1 500 000

314 903,89

Comentarios

Antes artículo 3 9 1 1

Este crédito se destina a cubrir las diferencias de cambio a cargo del presupuesto del Parlamento Europeo, de conformidad con las disposiciones aplicables a las indemnizaciones de secretaría.

CAPÍTULO 4 4 —   REUNIONES Y OTRAS ACTIVIDADES DE LOS DIPUTADOS Y ANTIGUOS DIPUTADOS

Comentarios

Antes capítulo 3 6

4 4 0   Coste de las reuniones y otras actividades de antiguos diputados

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

p.m. (216)

76 539,82

Comentarios

Antes partida 3 6 0 0

Este crédito se destina a cubrir el coste de las reuniones de la Asociación de antiguos diputados al Parlamento Europeo y otros costes eventuales.

4 4 2   Gastos de reuniones y otras actividades de la Asociación Parlamentaria Europea

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

80 000

80 000

80 000,—

Comentarios

Antes partida 3 6 0 1

Este crédito se destina a cubrir los gastos de reuniones de la Asociación Parlamentaria Europea y, en su caso, otros gastos eventuales en el mismo contexto.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

33 681 580

18 436 618

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

33 681 580

18 436 618

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

13 175 813

12 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

13 175 813

12 000 000

0,—

 

CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 3

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 3

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 4

20 000 000

 

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 4

20 000 000

 

 

 

Total del título 10

66 857 393

30 436 618

0,—

 

TOTAL GENERAL

1 321 600 000

1 264 024 722

1 203 370 071,68

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 2 —

RESERVA PARA EL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS

CAPÍTULO 10 3 —

RESERVA PARA LA AMPLIACIÓN

CAPÍTULO 10 4 —

RESERVA PARA LA POLÍTICA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

33 681 580

18 436 618

0,—

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 175 813

12 000 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos, no previsibles, derivados de decisiones presupuestarias adoptadas durante el ejercicio.

CAPÍTULO 10 2 —   RESERVA PARA EL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Resolución del Parlamento Europeo, de 4 de junio de 2003, sobre la aprobación del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (DO C 68 E de 18.3.2004, p. 210), modificada por la Resolución de 23 de junio de 2005 (DO C… de…, p. …).

CAPÍTULO 10 3 —   RESERVA PARA LA AMPLIACIÓN

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el coste de los preparativos de la ampliación en la institución.

CAPÍTULO 10 4 —   RESERVA PARA LA POLÍTICA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000 000

 

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de la política de información y comunicación.

SECCIÓN II

CONSEJO

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Parlamento para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

591 752 953

Ingresos propios

–49 054 000

Contribución que ha de percibirse

542 698 953

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

IMPUESTOS DIVERSOS, EXACCIONES Y CÁNONES COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los funcionarios y otros agentes

25 107 000

25 492 435

20 368 798,67

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

1 043 000

1 979 555

1 481 621,27

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

26 150 000

27 471 990

21 850 419,94

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

22 904 000

17 375 917

16 757 397,55

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

13 951 705,08

4 1 2

Contribución de los funcionarios en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

22 904 000

17 375 917

30 709 102,63

 

Total del título 4

49 054 000

44 847 907

52 559 522,57

CAPÍTULO 4 0 —

RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los funcionarios y otros agentes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

25 107 000

25 492 435

20 368 798,67

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 043 000

1 979 555

1 481 621,27

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

22 904 000

17 375 917

16 757 397,55

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

13 951 705,08

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 107, su artículo 11, apartado 2, y el artículo 4 de su anexo VIII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 107, su artículo 11, apartado 2, y el artículo 48 de su anexo VIII.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 2

Ingresos procedentes de los suministros efectuados en favor de otras instituciones y organismos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

p.m.

p.m.

794 246,85

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

794 246,85

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución

p.m.

p.m.

422 542,43

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

p.m.

p.m.

422 542,43

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

13 434 341,17

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos propios asignados a cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 2

Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la Institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

13 434 341,17

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Indemnizaciones diversas

p.m.

p.m.

4 106,41

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

4 106,41

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 5

p.m.

p.m.

14 655 236,86

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

5 0 0   Producto de la venta de bienes muebles

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 2   Ingresos procedentes de los suministros efectuados en favor de otras instituciones y organismos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0   Producto del arrendamiento de mobiliario y material

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1   Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

794 246,85

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

422 542,43

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

13 434 341,17

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos propios asignados a cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 2   Reembolso de gastos sociales realizados por cuenta de otra institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la Institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Indemnizaciones diversas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

4 106,41

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 6 1

6 1 2

Reembolso de los gastos derivados específicamente de la ejecución de trabajos por encargo remunerados — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 6 3

6 3 1

Contribución en el marco del acervo de Schengen — Ingresos afectados

6 3 1 1

Contribución por los gastos administrativos que se derivan del acuerdo marco celebrado con Islandia y Noruega — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 3 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 3

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 6 6

6 6 0

Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0

Otras contribuciones y restituciones asignadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 6 6 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 6 6

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 6

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 6 1 —

REEMBOLSO DE GASTOS DIVERSOS

CAPÍTULO 6 3 —

CONTRIBUCIONES EN EL MARCO DE ACUERDOS ESPECÍFICOS

CAPÍTULO 6 6 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

CAPÍTULO 6 1 —   REEMBOLSO DE GASTOS DIVERSOS

6 1 2   Reembolso de los gastos derivados específicamente de la ejecución de trabajos por encargo remunerados — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 6 3 —   CONTRIBUCIONES EN EL MARCO DE ACUERDOS ESPECÍFICOS

6 3 1   Contribución en el marco del acervo de Schengen — Ingresos afectados

6 3 1 1   Contribución por los gastos administrativos que se derivan del acuerdo marco celebrado con Islandia y Noruega — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Decisión 1999/437/CE del Consejo, de 17 de mayo de 1999, relativa a determinadas normas de desarrollo del Acuerdo celebrado por el Consejo de la Unión Europea con la República de Islandia y el Reino de Noruega sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen (DO L 176 de 10.7.1999, p. 31).

Contribuciones por gastos administrativos derivados del Acuerdo de 18 de mayo de 1999 celebrado por el Consejo de la Unión Europea con la República de Islandia y el Reino de Noruega, sobre la asociación de estos dos Estados a la ejecución, aplicación y desarrollo del acervo de Schengen, y, en particular, el artículo 12 de dicho Acuerdo (DO L 176 de 10.7.1999, p. 36).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, estos ingresos podrán dar lugar a la apertura de créditos suplementarios en los títulos 1 y 2 del estado de gastos de la sección II, «Consejo».

CAPÍTULO 6 6 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

6 6 0   Otras contribuciones y restituciones

6 6 0 0   Otras contribuciones y restituciones asignadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a acoger, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos no previstos en las otras partes del título 6 y que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

TÍTULO 7

INTERESES DE DEMORA

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 7 0

7 0 0

Intereses de demora

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 7 0

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 7

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 7 0 —

INTERESES DE DEMORA

CAPÍTULO 7 0 —   INTERESES DE DEMORA

7 0 0   Intereses de demora

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

17 743,72

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

p.m.

p.m.

17 743,72

 

Total del título 9

p.m.

p.m.

17 743,72

 

TOTAL GENERAL

49 054 000

44 847 907

67 232 503,15

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

17 743,72

ESTADO DE GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 1

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

298 498 953

287 417 699

235 034 026,95

1 2

OTROS AGENTES Y PRESTACIONES EXTERNAS

4 965 000

4 836 224

11 501 319,66

1 3

DEMÁS GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

9 863 000

9 774 776

7 890 634,88

 

Total del título 1

313 326 953

302 028 699

254 425 981,49

2

INMUEBLES, EQUIPO Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

60 118 000

61 430 704

110 548 950,96

2 1

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

32 162 000

28 541 000

27 882 542,36

2 2

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

121 738 000

118 597 000

119 263 138,28

 

Total del título 2

214 018 000

208 568 704

257 694 631,60

3

GASTOS DERIVADOS DEL EJERCICIO POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN DE SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS

3 0

PERSONAL

11 970 000

10 131 000

7 306 643,06

3 1

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

8 365 000

13 844 000

7 319 361,95

3 2

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

38 045 000

25 201 000

4 020 990,68

3 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

1 028 000

890 000

878 955,30

 

Total del título 3

59 408 000

50 066 000

19 525 950,99

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

1 500 000

0,—

10 1

RESERVA PARA LOS IMPREVISTOS

5 000 000

1 000 000

0,—

 

Total del título 10

5 000 000

2 500 000

0,—

 

TOTAL GENERAL

591 752 953

563 163 403

531 646 564,08

TÍTULO 1

PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Retribución y otros derechos

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

211 808 953

197 373 290

169 524 589,41

1 1 0 1

Derechos estatutarios vinculados a la función

 

 

 

Créditos no disociados

4 320 000

4 384 580

4 086 639,25

1 1 0 2

Derechos estatutarios vinculados a la situación personal del agente

 

 

 

Créditos no disociados

52 219 000

51 011 449

41 840 469,93

1 1 0 3

Cobertura social

 

 

 

Créditos no disociados

9 141 000

8 812 641

7 411 066,58

1 1 0 4

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

1 207 000

2 681 799

2 086 457,69

1 1 0 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

2 399 000

2 419 467

2 310 411,03

1 1 0 6

Derechos estatutarios vinculados a la entrada en funciones, al traslado o al cese

 

 

 

Créditos no disociados

7 584 000

10 365 000

3 767 200,—

 

Total del artículo 1 1 0

288 678 953

277 048 226

231 026 833,89

1 1 1

Cese de funciones

1 1 1 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio (de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 50 del Estatuto)

 

 

 

Créditos no disociados

762 000

311 358

304 993,89

1 1 1 1

Indemnizaciones por cese definitivo en sus funciones

 

 

 

Créditos no disociados

5 252 000

6 211 642

3 487 762,09

1 1 1 2

Derechos de los antiguos Secretarios Generales

 

 

 

Créditos no disociados

221 000

215 000

214 437,08

 

Total del artículo 1 1 1

6 235 000

6 738 000

4 007 193,06

1 1 2

Crédito provisional

1 1 2 0

Crédito provisional (funcionarios y temporales)

 

 

 

Créditos no disociados

3 513 000

3 556 473

0,—

1 1 2 1

Crédito provisional (jubilados y cesados con incentivo)

 

 

 

Créditos no disociados

72 000

75 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 2

3 585 000

3 631 473

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

298 498 953

287 417 699

235 034 026,95

CAPÍTULO 1 2

1 2 0

Otros agentes y prestaciones externas

1 2 0 0

Otros agentes

 

 

 

Créditos no disociados

2 335 000

2 611 224

9 391 860,33

1 2 0 1

Expertos nacionales en comisión de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

1 248 000

1 111 000

734 463,30

1 2 0 2

Períodos de prácticas

 

 

 

Créditos no disociados

345 000

304 000

210 269,90

1 2 0 3

Prestaciones de personal externo

 

 

 

Créditos no disociados

707 000

690 000

812 999,68

1 2 0 4

Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

 

 

 

Créditos no disociados

300 000

120 000

351 726,45

 

Total del artículo 1 2 0

4 935 000

4 836 224

11 501 319,66

1 2 2

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

4 965 000

4 836 224

11 501 319,66

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos relativos a la gestión del personal

1 3 0 0

Gastos diversos de contratación de personal

 

 

 

Créditos no disociados

424 000

390 000

254 707,58

1 3 0 1

Perfeccionamiento profesional

 

 

 

Créditos no disociados

1 317 000

1 227 776

1 097 564,30

 

Total del artículo 1 3 0

1 741 000

1 617 776

1 352 271,88

1 3 1

Intervenciones en favor del personal de la Institución

1 3 1 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

18 000

18 000

18 000,—

1 3 1 1

Relaciones sociales entre los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

120 000

120 000

140 000,—

1 3 1 2

Ayuda complementaria a las personas minusválidas

 

 

 

Créditos no disociados

98 000

97 000

85 000,—

1 3 1 3

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

46 000

46 000

45 000,—

 

Total del artículo 1 3 1

282 000

281 000

288 000,—

1 3 2

Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la Institución

1 3 2 0

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

395 000

325 000

310 000,—

1 3 2 1

Restaurantes y comedores

 

 

 

Créditos no disociados

1 000 000

1 000 000

150 000,—

1 3 2 2

Guarderías

 

 

 

Créditos no disociados

1 845 000

1 821 000

1 535 763,—

 

Total del artículo 1 3 2

3 240 000

3 146 000

1 995 763,—

1 3 3

Misiones

 

 

 

Créditos no disociados

4 600 000

4 730 000

4 254 600,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

9 863 000

9 774 776

7 890 634,88

 

Total del título 1

313 326 953

302 028 699

254 425 981,49

CAPÍTULO 1 1 —

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

CAPÍTULO 1 2 —

OTROS AGENTES Y PRESTACIONES EXTERNAS

CAPÍTULO 1 3 —

DEMÁS GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —   FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

Comentarios

Los créditos de este capítulo se han evaluado sobre la base de la plantilla del Consejo para el ejercicio.

Se ha aplicado una reducción a tanto alzado de 5,2 % a los sueldos, indemnizaciones y complementos ligados a la ocupación completa de los puestos que figuran en la plantilla (salvo ampliación).

1 1 0   Retribución y otros derechos

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

211 808 953

197 373 290

169 524 589,41

Comentarios

Este crédito se destina a financiar el sueldo base de los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 400 000 euros.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 1   Derechos estatutarios vinculados a la función

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 320 000

4 384 580

4 086 639,25

Comentarios

Antes artículo 1 1 5 (en parte)

Antes partidas 1 1 0 3, 1 1 4 2, 1 1 4 4, 1 1 4 7 y 1 1 4 9 (en parte)

Este crédito se destina a financiar en particular, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

las indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen,

las asignaciones familiares, por hijos a cargo y de escolaridad,

la asignación para la licencia parental o familiar,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen,

los demás complementos e indemnizaciones diversos.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 2   Derechos estatutarios vinculados a la situación personal del agente

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

52 219 000

51 011 449

41 840 469,93

Comentarios

Antes partidas 1 1 0 1, 1 1 0 2, 1 1 4 0, 1 1 4 1 y 1 1 4 9 (en parte)

Este crédito se destina a financiar en particular, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

las asignaciones familiares, por hijos a cargo y de escolaridad,

la asignación para la licencia parental o familiar,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen,

los demás complementos e indemnizaciones diversos.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 3   Cobertura social

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 141 000

8 812 641

7 411 066,58

Comentarios

Antes partidas 1 1 3 0, 1 1 3 1, 1 1 3 2 y 1 1 3 3

Este crédito se destina principalmente a cubrir, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

los riesgos de enfermedad, accidente y enfermedad profesional y otros gastos sociales,

el riesgo de desempleo de los agentes temporales, así como los pagos que la Institución deba efectuar en favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 4   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 207 000

2 681 799

2 086 457,69

Comentarios

Antes partida 1 1 9 0

Este crédito se destina a financiar, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal, las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a la retribución y a la parte de los emolumentos transferidos a un país distinto del lugar de destino.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 399 000

2 419 467

2 310 411,03

Comentarios

Antes artículo 1 1 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir el pago de las horas extraordinarias en las condiciones previstas en las disposiciones que se mencionan más abajo.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 6   Derechos estatutarios vinculados a la entrada en funciones, al traslado o al cese

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 584 000

10 365 000

3 767 200,—

Comentarios

Antes partidas 1 1 8 1, 1 1 8 2, 1 1 8 3 y 1 1 8 4

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de viaje de los funcionarios y agentes temporales (incluidos sus familiares) con ocasión de su entrada en funciones, de su cese en el servicio o de su traslado que impliquen un cambio de lugar de destino,

las indemnizaciones de instalación y nueva instalación y los gastos de mudanza de los funcionarios y agentes temporales obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o por motivo de su destino a un nuevo lugar de servicio, así como por motivo del cese definitivo en sus funciones seguido de una nueva instalación en otra localidad,

las dietas que se deban a los funcionarios y agentes temporales que justifiquen estar obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o al ser destinados a un nuevo lugar de servicio,

la indemnización por despido de un funcionario en período de prueba despedido en caso de incapacidad manifiesta,

la indemnización de rescisión de contrato de los agentes temporales por parte de la institución.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 1   Cese de funciones

1 1 1 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio (de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 50 del Estatuto)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

762 000

311 358

304 993,89

Comentarios

Antes artículo 1 2 3 (en parte)

Antes partidas 1 2 1 0 y 1 2 9 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deban pagarse a los funcionarios:

excedentes forzosos como consecuencia de una medida de reducción del número de puestos de trabajo en la institución,

que ocupen puestos de trabajo de los grados A*16 y A*15 y que sean cesados por interés del servicio.

Cubre asimismo la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a estas indemnizaciones.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

1 1 1 1   Indemnizaciones por cese definitivo en sus funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 252 000

6 211 642

3 487 762,09

Comentarios

Antes artículo 1 2 3 (en parte)

Antes partidas 1 2 1 8 y 1 2 9 0 (en parte)

Este crédito se destina a financiar:

las indemnizaciones que deban pagarse en aplicación del Estatuto o del Reglamento mencionados más abajo,

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones,

la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las diversas indemnizaciones.

Bases jurídicas

Reglamento (CE, Euratom) no 1747/2002 del Consejo, de 30 de septiembre de 2002, por el que se establecen, en el marco de la modernización de la institución, medidas específicas relativas al cese definitivo de funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas nombrados en un puesto permanente del Consejo de la Unión Europea (DO L 264 de 2.10.2002, p. 5).

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 72.

1 1 1 2   Derechos de los antiguos Secretarios Generales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

221 000

215 000

214 437,08

Comentarios

Antes artículo 1 0 2

Antes partidas 1 0 3 0, 1 0 3 2 y 1 0 9 0

Este crédito se destina a financiar:

las pensiones de jubilación de los antiguos Secretarios Generales de la institución,

las pensiones de supervivencia de los viudos/viudas y huérfanos de los antiguos Secretarios Generales de la institución,

el pago de los coeficientes correctores que afectan a la pensión de jubilación de los antiguos Secretarios Generales de la institución.

Bases jurídicas

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se fija el régimen retributivo del presidente y los miembros de la Comisión y del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

1 1 2   Crédito provisional

1 1 2 0   Crédito provisional (funcionarios y temporales)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 513 000

3 556 473

0,—

Comentarios

Antes partida 1 1 9 1

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decidiera el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a las líneas presupuestarias correspondientes del presente capítulo.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65 y su anexo XI.

1 1 2 1   Crédito provisional (jubilados y cesados con incentivo)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

72 000

75 000

0,—

Comentarios

Antes partidas 1 0 9 1 y 1 2 9 1

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decidiera el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a las líneas presupuestarias correspondientes del presente capítulo.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65 y su anexo XI.

CAPÍTULO 1 2 —   OTROS AGENTES Y PRESTACIONES EXTERNAS

1 2 0   Otros agentes y prestaciones externas

1 2 0 0   Otros agentes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 335 000

2 611 224

9 391 860,33

Comentarios

Antes artículos 1 1 5 (en parte) y 1 8 2 (en parte)

Antes partidas 1 1 1 0 (en parte), 1 1 1 2, 1 1 1 3, 1 1 1 4 (en parte) y 1 1 1 5

Este crédito se destina principalmente a cubrir los gastos siguientes: la retribución de los otros agentes, en particular de los auxiliares, contractuales, locales y consejeros especiales (en el sentido del régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas), las cuotas patronales a los diferentes regímenes de seguridad social y la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las retribuciones de dichos agentes.

Es de carácter provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 2 0 1   Expertos nacionales en comisión de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 248 000

1 111 000

734 463,30

Comentarios

Antes partida 1 1 1 8

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones y gastos administrativos relativos a los expertos nacionales en comisión de servicios, salvo los contratados para el ámbito de la PESC/PESD.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

1 2 0 2   Períodos de prácticas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

345 000

304 000

210 269,90

Comentarios

Antes partida 2 7 3 3

Este crédito se destina a cubrir una indemnización y los gastos de viaje y de misión para las personas en períodos de prácticas y a asegurar los riesgos de accidente y de enfermedad durante dichos períodos,

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

1 2 0 3   Prestaciones de personal externo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

707 000

690 000

812 999,68

Comentarios

Antes partida 1 1 7 5

Este crédito se destina a cubrir todas las prestaciones ejecutadas por personas no ligadas a la institución, en concreto:

los trabajadores temporales para diversos servicios,

el personal de apoyo en las reuniones en Luxemburgo y Estrasburgo,

los expertos en el ámbito de las condiciones de trabajo.

1 2 0 4   Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

300 000

120 000

351 726,45

Comentarios

Antes partida 1 8 3 1

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las prestaciones de traductores independientes o interinos o a trabajos de mecanografía y de otro tipo encargados al exterior por el Servicio de Traducción.

Se imputarán también a esta partida las prestaciones que, en su caso, se soliciten al Centro de Traducción de Luxemburgo.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

1 2 2   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

p.m.

0,—

Comentarios

Antes partidas 1 1 1 0 (en parte) y 1 1 1 4 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Tiene carácter provisional y únicamente podrá utilizarse una vez que haya sido transferido a las líneas apropiadas del presente capítulo.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

CAPÍTULO 1 3 —   DEMÁS GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 3 0   Gastos relativos a la gestión del personal

1 3 0 0   Gastos diversos de contratación de personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

424 000

390 000

254 707,58

Comentarios

Antes partida 1 8 8 0

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de organización de los concursos-oposición previstos en el artículo 3 de la Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales, así como los gastos de viaje y estancia de los candidatos para asistir a las entrevistas de contratación y someterse a las revisiones médicas de entrada en funciones,

los gastos de organización de procedimientos de selección de agentes temporales, agentes auxiliares y agentes locales.

En los casos debidamente motivados por necesidades funcionales, y previa consulta a la Oficina, podrá destinarse a los concursos-oposición organizados por la propia institución.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en p.m.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 27 a 31 y 33 y su anexo III.

Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 53), y Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, del Secretario del Tribunal de Justicia, de los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones y del Representante del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 56).

1 3 0 1   Perfeccionamiento profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 317 000

1 227 776

1 097 564,30

Comentarios

Antes partida 1 8 2 (en parte)

Este crédito se destina a financiar:

la organización de los cursos de perfeccionamiento y de reciclaje profesional, incluidos los cursos de lenguas, tanto institucionales como de cada institución,

los gastos de inscripción de la participación de los funcionarios en seminarios y conferencias.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24 bis.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 3 1   Intervenciones en favor del personal de la Institución

1 3 1 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

18 000

18 000

18 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 6 0

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

1 3 1 1   Relaciones sociales entre los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

120 000

120 000

140 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 6 1

Antes partida 1 8 6 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las relaciones sociales entre los miembros del personal y la contribución del Consejo a las actividades del Centro Interinstitucional Europeo de Overijse.

1 3 1 2   Ayuda complementaria a las personas minusválidas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

98 000

97 000

85 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 6 4

Este crédito se destina, en el marco de una política en favor de las personas minusválidas siguientes, a:

los funcionarios en activo,

los cónyuges de funcionarios en activo,

todos los hijos a su cargo según la definición del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre, dentro de las posibilidades presupuestarias y tras agotamiento de los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, el reembolso de los gastos, excepto los gastos médicos, ocasionados por la discapacidad, reconocidos como necesarios y que estén debidamente justificados.

1 3 1 3   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

46 000

46 000

45 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 6 2

Este crédito se destina a cubrir las demás intervenciones sociales en favor de los agentes y de sus familias.

1 3 2   Actividades relativas al conjunto de las personas vinculadas a la Institución

1 3 2 0   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

395 000

325 000

310 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 4 1

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

los gastos corrientes del dispensario, los gastos relativos a los exámenes médicos y los que deben preverse para comisiones de invalidez y el reembolso de los gastos ocasionados por la adquisición de gafas,

cubre asimismo los gastos para la compra de determinados útiles de trabajo considerados médicamente necesarios.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 59 y el artículo 8 de su anexo II.

1 3 2 1   Restaurantes y comedores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 000 000

1 000 000

150 000,—

Comentarios

Antes artículo 1 8 4

Este crédito se destina a cubrir la retribución de los servicios prestados por el concesionario de los restaurantes y comedores.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

1 3 2 2   Guarderías

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 845 000

1 821 000

1 535 763,—

Comentarios

Antes partidas 1 8 6 3 y 1 8 6 4

Este crédito se destina a financiar:

la cuota del Consejo en los gastos del centro preescolar y demás guarderías (debe abonarse a la Comisión),

los gastos de gestión derivados de la explotación de la guardería del Consejo.

Los ingresos procedentes de la contribución de los padres y de las organizaciones para las que trabajan los padres dan lugar a ingresos afectados. El importe de los ingresos asignados según el artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 450 000 euros.

1 3 3   Misiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 600 000

4 730 000

4 254 600,—

Comentarios

Antes artículo 1 3 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de misión y desplazamientos del personal y los gastos de transporte, el pago de las dietas por misión y de los gastos accesorios o excepcionales realizados para la ejecución de una misión.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

TÍTULO 2

INMUEBLES, EQUIPO Y GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Inmuebles

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

16 400 000

17 200 000

12 970 408,87

2 0 0 1

Cánones enfitéuticos

 

 

 

Créditos no disociados

14 438 000

 

 

2 0 0 2

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

14 420 000

58 449 000,—

2 0 0 3

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

4 675 000

8 428 704

18 994 219,45

2 0 0 4

Trabajos de seguridad

 

 

 

Créditos no disociados

1 250 000

100 000

905 353,17

2 0 0 5

Gastos previos a la adquisición, construcción y acondicionamiento de edificios

 

 

 

Créditos no disociados

560 000

1 125 000

1 077 130,41

 

Total del artículo 2 0 0

37 323 000

41 273 704

92 396 111,90

2 0 1

Gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 1 0

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

11 965 000

10 804 000

10 287 851,69

2 0 1 1

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

3 500 000

3 169 000

2 520 913,55

2 0 1 2

Seguridad y vigilancia de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

6 495 000

5 564 000

4 767 394,30

2 0 1 3

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

370 000

350 000

227 926,93

2 0 1 4

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

465 000

270 000

348 752,59

 

Total del artículo 2 0 1

22 795 000

20 157 000

18 152 839,06

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

60 118 000

61 430 704

110 548 950,96

CAPÍTULO 2 1

2 1 0

Informática y telecomunicaciones

2 1 0 0

Adquisición de equipos y programas

 

 

 

Créditos no disociados

7 190 000

5 960 500

8 210 115,58

2 1 0 1

Servicios externos para la explotación y la realización de sistemas informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

9 881 000

8 401 000

7 682 354,14

2 1 0 2

Servicio y mantenimiento de equipos y programas

 

 

 

Créditos no disociados

6 425 000

5 966 000

4 610 179,23

2 1 0 3

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

4 359 000

5 304 000

3 361 958,55

 

Total del artículo 2 1 0

27 855 000

25 631 500

23 864 607,50

2 1 1

Mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

2 067 000

1 250 000

2 018 984,47

2 1 2

Material e instalaciones técnicas

2 1 2 0

Adquisición y renovación de material y de instalaciones técnicas

 

 

 

Créditos no disociados

1 370 000

661 500

1 294 261,41

2 1 2 1

Servicios externos para la explotación y la realización de material y de instalaciones técnicas

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

62 000

8 305,—

2 1 2 2

Alquiler, servicio, mantenimiento y reparación de material y de instalaciones técnicas

 

 

 

Créditos no disociados

516 000

636 000

381 590,36

 

Total del artículo 2 1 2

1 936 000

1 359 500

1 684 156,77

2 1 3

Transportes

 

 

 

Créditos no disociados

304 000

300 000

314 793,62

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

32 162 000

28 541 000

27 882 542,36

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Reuniones y conferencias

2 2 0 0

Gastos de viaje de las Delegaciones

 

 

 

Créditos no disociados

30 779 000

29 162 000

35 988 000,—

2 2 0 1

Gastos de viaje varios

 

 

 

Créditos no disociados

160 000

130 000

80 000,—

2 2 0 2

Gastos de interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

72 312 000

70 413 000

46 334 900,—

2 2 0 3

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

900 000

866 000

1 107 139,94

2 2 0 4

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

933 000

740 000

927 496,27

2 2 0 5

Organización de conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

80 000

80 000

112 417,87

 

Total del artículo 2 2 0

105 164 000

101 391 000

84 549 954,08

2 2 1

Información

2 2 1 0

Gastos de documentación y biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

695 000

620 000

663 095,45

2 2 1 1

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

11 256 000

12 865 000

29 863 000,—

2 2 1 2

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

680 000

500 000

427 000,—

2 2 1 3

Información y manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

389 000

367 000

403 794,04

 

Total del artículo 2 2 1

13 020 000

14 352 000

31 356 889,49

2 2 2

Oficinas de enlace

 

 

 

Créditos no disociados

420 000

400 000

305 024,84

2 2 3

Gastos varios

2 2 3 0

Material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

1 504 000

1 100 000

1 464 007,78

2 2 3 1

Franqueo

 

 

 

Créditos no disociados

154 000

100 000

145 003,72

2 2 3 2

Gastos de estudios, encuestas y consultas

 

 

 

Créditos no disociados

55 000

55 000

27 801,20

2 2 3 3

Cooperación interinstitucional

 

 

 

Créditos no disociados

205 000

200 000

59 062,—

2 2 3 4

Mudanza

 

 

 

Créditos no disociados

250 000

235 000

47 937,87

2 2 3 5

Cargas financieras

 

 

 

Créditos no disociados

79 000

75 000

112 000,—

2 2 3 6

Gastos de contenciosos, gastos jurídicos, daños y perjuicios, indemnizaciones

 

 

 

Créditos no disociados

600 000

400 000

919 000,—

2 2 3 7

Otros gastos de funcionamiento

 

 

 

Créditos no disociados

287 000

289 000

276 457,30

 

Total del artículo 2 2 3

3 134 000

2 454 000

3 051 269,87

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

121 738 000

118 597 000

119 263 138,28

 

Total del título 2

214 018 000

208 568 704

257 694 631,60

CAPÍTULO 2 0 —

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

CAPÍTULO 2 2 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO 2 0 —   INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Los créditos consignados en este capítulo se destinan a cubrir los gastos de inversión inmobiliaria y de arrendamiento de inmuebles, así como los gastos accesorios y los gastos de gestión, explotación y acondicionamiento de los inmuebles, excluidos los gastos relativos al inmueble Kortenberg.

2 0 0   Inmuebles

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

16 400 000

17 200 000

12 970 408,87

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los alquileres y los impuestos relativos a los inmuebles ocupados por el Consejo, y al alquiler de salas, de un almacén y de aparcamientos:

locales ocupados en Bruselas (salvo el edificio Kortenberg),

locales ocupados en Luxemburgo (Kirchberg),

locales ocupados en Ginebra,

locales ocupados en Nueva York,

locales ocupados en Estrasburgo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 700 000 euros. Las solicitudes de créditos se han reducido en función de la estimación de los ingresos afectados.

2 0 0 1   Cánones enfitéuticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

14 438 000

 

 

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir los cánones enfitéuticos de los edificios o partes de edificios ocupados en virtud de contratos en vigor o en preparación.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 0 2   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

14 420 000

58 449 000,—

Comentarios

Antes artículo 2 0 6

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de inmuebles.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 0 3   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 675 000

8 428 704

18 994 219,45

Comentarios

Antes artículo 2 0 4

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de las obras de acondicionamiento y, en particular:

el acondicionamiento y transformación de los locales de acuerdo con las necesidades funcionales,

la adaptación de locales e instalaciones técnicas a los requisitos y normas de seguridad e higiene en vigor.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

Bases jurídicas

Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183 de 29.6.1989, p. 1).

2 0 0 4   Trabajos de seguridad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 250 000

100 000

905 353,17

Comentarios

Antes artículo 2 0 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de trabajos de acondicionamiento de los edificios en lo relativo a la seguridad física y material de personas y bienes.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 0 5   Gastos previos a la adquisición, construcción y acondicionamiento de edificios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

560 000

1 125 000

1 077 130,41

Comentarios

Antes artículo 2 0 8

Este crédito se destina a cubrir, en particular, los gastos de asistencia de expertos en el marco de los estudios de adaptación y extensión de los edificios de la institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 1   Gastos correspondientes a los inmuebles

2 0 1 0   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 965 000

10 804 000

10 287 851,69

Comentarios

Antes artículos 2 0 3 y 2 0 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de limpieza y mantenimiento siguientes:

limpieza de los despachos, talleres y almacenes (incluidos las cortinas, visillos, moquetas, persianas, etc.),

renovación de cortinas, visillos y moquetas usados,

trabajos de pintura,

trabajos de mantenimiento varios,

trabajos de reparación de instalaciones técnicas,

suministros técnicos,

contratos de mantenimiento para los diversos equipos técnicos (aire acondicionado, calefacción, manipulación de los residuos, ascensores).

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 1 1   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 500 000

3 169 000

2 520 913,55

Comentarios

Antes artículo 2 0 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas, electricidad y calefacción.

2 0 1 2   Seguridad y vigilancia de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 495 000

5 564 000

4 767 394,30

Comentarios

Antes artículo 2 0 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir esencialmente los gastos de guardia y de vigilancia de los inmuebles ocupados por el Consejo excepto los edificios Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 0 1 3   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

370 000

350 000

227 926,93

Comentarios

Antes artículo 2 0 1

Este crédito se destina a cubrir las primas de los contratos celebrados con las compañías de seguros para los inmuebles ocupados por el Consejo.

2 0 1 4   Otros gastos derivados de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

465 000

270 000

348 752,59

Comentarios

Antes artículo 2 0 9

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos corrientes en materia de inmuebles no especialmente previstos en el resto de los artículos de este capítulo y, en particular, los gastos de recogida de residuos, el material de señalización, los controles efectuados por organismos especializados, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 12 000 euros.

CAPÍTULO 2 1 —   INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

2 1 0   Informática y telecomunicaciones

2 1 0 0   Adquisición de equipos y programas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 190 000

5 960 500

8 210 115,58

Comentarios

Antes partidas 2 1 0 0, 2 2 0 0 (en parte) y 2 2 2 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la compra o alquiler del material y de los programas de los sistemas y aplicaciones informáticos.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 0 1   Servicios externos para la explotación y la realización de sistemas informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 881 000

8 401 000

7 682 354,14

Comentarios

Antes partida 2 1 0 4

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia y de formación de sociedades de servicio y asesoría en informática para la explotación y la realización de sistemas y aplicaciones informáticos, incluida la asistencia a los usuarios.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 0 2   Servicio y mantenimiento de equipos y programas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 425 000

5 966 000

4 610 179,23

Comentarios

Antes partidas 2 1 0 1, 2 2 0 2, 2 2 2 2 (en parte) y 2 3 0 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al servicio y mantenimiento de los equipos y programas de los sistemas y aplicaciones informáticos.

2 1 0 3   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 359 000

5 304 000

3 361 958,55

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los abonos y el precio de las comunicaciones, los gastos de telemática y los enlaces telegráficos y por télex, con excepción de los gastos relativos al ámbito de la PESD/PESC.

Para establecer estas previsiones, se han tenido en cuenta los valores de reutilización cuando se recuperen los gastos de las comunicaciones telefónicas y telegráficas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 400 000 euros.

2 1 1   Mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 067 000

1 250 000

2 018 984,47

Comentarios

Antes partidas 2 2 1 0 y 2 2 1 2

Este crédito se destina a financiar:

la compra de mobiliario en general y de mobiliario especializado,

la renovación de una parte del mobiliario adquirido hace quince años como mínimo, o irrecuperable,

el alquiler de mobiliario en misiones y reuniones fuera de los locales del Consejo,

el mantenimiento y la reparación de mobiliario.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 2   Material e instalaciones técnicas

2 1 2 0   Adquisición y renovación de material y de instalaciones técnicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 370 000

661 500

1 294 261,41

Comentarios

Antes partida 2 2 2 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la adquisición y renovación de diversos materiales e instalaciones técnicas, fijas y móviles, que afecta en particular a los archivos, al servicio de compras, a la seguridad, al servicio técnico de conferencias, a las telecomunicaciones (fax), a la restauración y a los inmuebles.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 2 1   Servicios externos para la explotación y la realización de material y de instalaciones técnicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

62 000

8 305,—

Comentarios

Antes partida 2 2 2 4

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia técnica y de control, destinados en particular al servicio técnico de conferencias y a la restauración.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 1 2 2   Alquiler, servicio, mantenimiento y reparación de material y de instalaciones técnicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

516 000

636 000

381 590,36

Comentarios

Antes partida 2 2 2 2 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir el alquiler del material y de las instalaciones técnicas, así como los gastos de servicio, mantenimiento y reparación de dichos material e instalaciones técnicas.

2 1 3   Transportes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

304 000

300 000

314 793,62

Comentarios

Antes partidas 2 2 3 0 y 2 2 3 2

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

la adquisición y renovación del parque móvil,

los gastos de alquiler de automóviles en caso de que no se pueda contar con los medios de transporte de que dispone el Consejo, en particular durante las misiones,

los gastos de mantenimiento y reparación de los automóviles de servicio (adquisición de carburante, neumáticos, etc.).

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

CAPÍTULO 2 2 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

2 2 0   Reuniones y conferencias

2 2 0 0   Gastos de viaje de las Delegaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 779 000

29 162 000

35 988 000,—

Comentarios

Antes partida 2 5 0 1

Este crédito se destina a cubrir el reembolso de los gastos de viaje realizados por la Presidencia y por las Delegaciones con motivo, en particular:

de las sesiones del Consejo,

de las reuniones que se celebren en su marco, excluidas las reuniones en el sector de la PESD/PESC.

Bases jurídicas

Decisión no 190/2003 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje de los delegados de los miembros del Consejo.

2 2 0 1   Gastos de viaje varios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

160 000

130 000

80 000,—

Comentarios

Antes partida 2 5 0 2

Este crédito se destina a cubrir, en particular, los gastos de viaje y estancia de los expertos convocados o destinados a misiones por el Secretario General o el Secretario General adjunto.

Bases jurídicas

Decisión no 494/2002 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje y de estancia de los expertos convocados por el Consejo.

Decisión no 36/2005 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje del presidente del Grupo del euro.

2 2 0 2   Gastos de interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

72 312 000

70 413 000

46 334 900,—

Comentarios

Antes partida 2 5 0 5

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones realizadas al Consejo por los intérpretes de la Comisión, con excepción de las reuniones en el ámbito de la PESD/PESC.

Bases jurídicas

Decisión no 56/2004 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa a los servicios de interpretación del Consejo Europeo, del Consejo y de sus instancias preparatorias.

2 2 0 3   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

900 000

866 000

1 107 139,94

Comentarios

Antes artículo 1 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos por obligaciones institucionales de recepción y de representación, salvo en el ámbito de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 0 4   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

933 000

740 000

927 496,27

Comentarios

Antes partida 2 3 5 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos de bebidas y, en ocasiones, de los refrigerios servidos durante las reuniones.

2 2 0 5   Organización de conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

80 000

80 000

112 417,87

Comentarios

Antes partidas 2 0 0 1 y 2 5 0 9

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 3 600 000 euros.

2 2 1   Información

2 2 1 0   Gastos de documentación y biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

695 000

620 000

663 095,45

Comentarios

Antes partidas 2 2 5 0, 2 2 5 3 y 2 2 5 4

Este crédito se destina a financiar:

la adquisición de libros y obras para la biblioteca en soporte papel o en soporte digital,

las suscripciones a los diarios, a las publicaciones periódicas, a los servicios de análisis de su contenido y a las demás publicaciones en línea (excepto las agencias de prensa); este crédito cubre también los posibles gastos de copyright para la reproducción y la difusión escritas o electrónicas de dichas publicaciones,

los gastos de acceso relativos al uso de las bases de datos documentales y estadísticas externas,

los gastos de suscripción a las agencias de prensa por teleimpresora,

los gastos de encuadernación y otros, indispensables para la conservación de las obras y publicaciones periódicas.

2 2 1 1   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 256 000

12 865 000

29 863 000,—

Comentarios

Antes artículo 2 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión de los textos que el Consejo está obligado a publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea, en especial en aplicación del artículo 17 de su Reglamento.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 600 000 euros.

2 2 1 2   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

680 000

500 000

427 000,—

Comentarios

Antes partida 2 7 1 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión de las publicaciones del Consejo excepto las publicaciones en el Diario Oficial.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 1 3   Información y manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

389 000

367 000

403 794,04

Comentarios

Antes partidas 2 7 1 9 y 2 7 2 0

Este crédito se destina a financiar:

los gastos ocasionados, en particular, por las sesiones públicas del Consejo y por la asistencia a los medios audiovisuales que cubren los trabajos de la institución (alquiler de material y contratos de prestaciones de servicios de radio y televisión, adquisición, mantenimiento y reparaciones del material necesario para las transmisiones de radio y televisión, prestaciones exteriores de servicios fotográficos, etc.),

cubre los gastos de las actividades varias de información y relaciones públicas,

los gastos de divulgación, promoción de publicaciones y manifestaciones públicas relativas a las actividades de la institución, incluidos los gastos de organización y de infraestructuras anejos.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 2   Oficinas de enlace

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

420 000

400 000

305 024,84

Comentarios

Antes artículo 2 8 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos corrientes de las oficinas de enlace de Nueva York y Ginebra no previstos en las líneas anteriores.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 3   Gastos varios

2 2 3 0   Material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 504 000

1 100 000

1 464 007,78

Comentarios

Antes artículo 2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a financiar:

la adquisición de papel,

las fotocopias y cánones,

la papelería y el material de oficina (material corriente),

los impresos,

los suministros para la expedición del correo (sobres, papel de embalar, clisés para la máquina franqueadora),

el material para el taller de reproducción de documentos (tintas, planchas offset, películas y productos químicos).

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 3 1   Franqueo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

154 000

100 000

145 003,72

Comentarios

Antes artículo 2 4 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo postal.

2 2 3 2   Gastos de estudios, encuestas y consultas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

55 000

55 000

27 801,20

Comentarios

Antes artículo 2 6 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de estudios y consultas, confiados mediante contrato a expertos altamente cualificados.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 3 3   Cooperación interinstitucional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

205 000

200 000

59 062,—

Comentarios

Antes partida 1 8 3 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos de las actividades interinstitucionales, en particular en materia lingüística.

2 2 3 4   Mudanza

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

250 000

235 000

47 937,87

Comentarios

Antes partida 2 3 5 3

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza y transporte de material.

2 2 3 5   Cargas financieras

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

79 000

75 000

112 000,—

Comentarios

Antes partidas 2 3 2 0 y 2 3 2 9

Este crédito se destina a cubrir los gastos financieros, en particular los bancarios.

2 2 3 6   Gastos de contenciosos, gastos jurídicos, daños y perjuicios, indemnizaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

600 000

400 000

919 000,—

Comentarios

Antes artículos 2 3 3 y 2 3 4

Este crédito se destina a financiar:

la financiación de las posibles condenas en costas del Consejo pronunciadas por el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas y de la contratación de abogados externos para representarle ante los tribunales,

los gastos de consulta derivados del recurso a la asistencia de abogados externos,

las indemnizaciones por daños y perjuicios así como las compensaciones que puedan imputarse al Consejo.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

2 2 3 7   Otros gastos de funcionamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

287 000

289 000

276 457,30

Comentarios

Antes partidas 2 3 5 0, 2 3 5 1, 2 3 5 9 y 2 9 0 0

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de seguros, salvo los relativos a los inmuebles, imputados al artículo 2 0 1 3,

los gastos de compra de uniformes para el servicio de conferencias y para el servicio de seguridad, de prendas y equipo de trabajo para el personal de los talleres y de los servicios internos, y del arreglo y mantenimiento de los uniformes,

la participación del Consejo en los gastos de algunas asociaciones cuya actividad está directamente relacionada con la de las instituciones comunitarias,

los demás gastos de funcionamiento no previstos específicamente en las líneas anteriores.

TÍTULO 3

GASTOS DERIVADOS DEL EJERCICIO POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN DE SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 3 0

3 0 0

Otros agentes y personas externas

3 0 0 0

Complementos de los expertos nacionales militares en comisión de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

8 102 000

7 052 000

4 906 567,33

3 0 0 1

Complementos de los expertos nacionales en comisión de servicios en el marco de la PESD/PESC

 

 

 

Créditos no disociados

2 904 000

2 084 000

1 087 158,67

3 0 0 2

Consejeros especiales en el ámbito de la PESD/PESC

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

191 000

433 325,15

 

Total del artículo 3 0 0

11 006 000

9 327 000

6 427 051,15

3 0 1

Otros gastos relativos al personal

3 0 1 0

Misiones

 

 

 

Créditos no disociados

939 000

779 000

862 900,—

3 0 1 1

Perfeccionamiento profesional

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

25 000

16 691,91

 

Total del artículo 3 0 1

964 000

804 000

879 591,91

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 0

11 970 000

10 131 000

7 306 643,06

CAPÍTULO 3 1

3 1 0

Inmuebles

3 1 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

4 180 000

4 231 000

4 402 902,14

3 1 0 1

Acondicionamiento de locales

 

 

 

Créditos no disociados

390 000

3 050 000

499 436,58

3 1 0 2

Trabajos de seguridad

 

 

 

Créditos no disociados

1 500 000

3 800 000

149 999,40

3 1 0 3

Gastos previos a la adquisición, construcción y acondicionamiento de edificios

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

405 000

407 725,58

 

Total del artículo 3 1 0

6 095 000

11 486 000

5 460 063,70

3 1 1

Gastos correspondientes a los inmuebles

3 1 1 0

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

775 000

830 000

621 717,46

3 1 1 1

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

360 000

450 000

302 999,19

3 1 1 2

Seguridad y vigilancia de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 100 000

1 050 000

905 000,—

3 1 1 3

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

8 000

7 918,—

3 1 1 4

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

20 000

21 663,60

 

Total del artículo 3 1 1

2 270 000

2 358 000

1 859 298,25

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 1

8 365 000

13 844 000

7 319 361,95

CAPÍTULO 3 2

3 2 0

Informática y telecomunicaciones

3 2 0 0

Adquisición de equipos y programas

 

 

 

Créditos no disociados

32 906 000

20 432 000

2 244 085,51

3 2 0 1

Servicios externos para la explotación y la realización de sistemas informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

2 780 000

2 226 000

950 641,85

3 2 0 2

Servicio y mantenimiento de equipos y programas

 

 

 

Créditos no disociados

718 000

768 000

218 562,05

3 2 0 3

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

1 576 000

1 325 000

543 261,27

 

Total del artículo 3 2 0

37 980 000

24 751 000

3 956 550,68

3 2 1

Mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

65 000

450 000

64 440,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 2

38 045 000

25 201 000

4 020 990,68

CAPÍTULO 3 3

3 3 0

Reuniones y conferencias

3 3 0 0

Gastos de viaje de las Delegaciones

 

 

 

Créditos no disociados

738 000

700 000

638 000,—

3 3 0 1

Gastos de viaje varios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

3 3 0 2

Gastos de interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

3 3 0 3

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

15 000

10 000,—

3 3 0 4

Gastos administrativos en que se incurra en los desplazamientos

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

5 000,—

3 3 0 5

Gastos varios de reunión

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

5 000

21 250,—

 

Total del artículo 3 3 0

793 000

740 000

674 250,—

3 3 1

Información

3 3 1 0

Gastos de documentación y biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

140 000

135 000

128 000,—

3 3 1 1

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

3 3 1 2

Información y manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

 

Total del artículo 3 3 1

140 000

135 000

128 000,—

3 3 2

Gastos varios

 

Total del artículo 3 3 2

 

 

 

3 3 2 0

Material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

80 000

p.m.

61 750,—

3 3 2 1

Gastos de estudios, encuestas y consultas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

 

 

3 3 2 2

Otros gastos corrientes

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

15 000

14 955,30

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 3

1 028 000

890 000

878 955,30

 

Total del título 3

59 408 000

50 066 000

19 525 950,99

CAPÍTULO 3 0 —

PERSONAL

CAPÍTULO 3 1 —

INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 3 2 —

INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

CAPÍTULO 3 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO 3 0 —   PERSONAL

3 0 0   Otros agentes y personas externas

3 0 0 0   Complementos de los expertos nacionales militares en comisión de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 102 000

7 052 000

4 906 567,33

Comentarios

Antes artículo 3 1 0

Este crédito se destina a financiar el régimen pecuniario aplicable a los expertos nacionales militares destinados a la realización de los trabajos en el marco de la PESD/PESC como Estado Mayor de la Unión Europea.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2000/178/PESC del Consejo, de 28 de febrero de 2000, relativa al régimen aplicable a los expertos nacionales en el ámbito militar, destacados en régimen de comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo durante el período provisional (DO L 57 de 2.3.2000, p. 1).

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

3 0 0 1   Complementos de los expertos nacionales en comisión de servicios en el marco de la PESD/PESC

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 904 000

2 084 000

1 087 158,67

Comentarios

Antes artículo 3 1 1

Este crédito se destina a financiar el régimen pecuniario aplicable a los expertos nacionales destinados a la realización de los trabajos en el marco de la PESD/PESC, y en particular en el ámbito de la gestión de crisis, por una parte, y en el de la seguridad informática, por otra.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

3 0 0 2   Consejeros especiales en el ámbito de la PESD/PESC

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

191 000

433 325,15

Comentarios

Antes artículo 3 1 3

Este crédito se destina a financiar la retribución de los consejeros especiales nombrados por el Consejo para el cumplimiento de misiones específicas de conocimiento experto en el marco de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 5, 119 y 120.

3 0 1   Otros gastos relativos al personal

3 0 1 0   Misiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

939 000

779 000

862 900,—

Comentarios

Antes artículos 3 2 0 y 3 2 1

Este crédito se destina a financiar:

los gastos de misión derivados del mandato del Estado Mayor de la Unión Europea,

los gastos de misión de los expertos nacionales en comisión de servicios en el ámbito de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

3 0 1 1   Perfeccionamiento profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

25 000

16 691,91

Comentarios

Antes artículo 3 2 5

Este crédito se destina a cubrir los gastos de participación en cursos, conferencias y congresos en el marco del mandato del Estado Mayor de la Unión Europea.

Bases jurídicas

Decisión 2000/178/PESC del Consejo, de 28 de febrero de 2000, relativa al régimen aplicable a los expertos nacionales en el ámbito militar, destacados en régimen de comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo durante el período provisional (DO L 57 de 2.3.2000, p. 1).

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

CAPÍTULO 3 1 —   INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

3 1 0   Inmuebles

3 1 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 180 000

4 231 000

4 402 902,14

Comentarios

Antes artículo 3 3 0

Este crédito se destina a financiar el alquiler de los inmuebles Kortenberg y R, sitos en Bruselas, destinados a acoger a los funcionarios y expertos nacionales en comisión de servicios en el ámbito de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 0 1   Acondicionamiento de locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

390 000

3 050 000

499 436,58

Comentarios

Antes partida 3 3 1 4

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de las obras de acondicionamiento y, en particular:

del acondicionamiento de los locales según las necesidades funcionales,

de la adaptación de los locales a los requisitos y normas vigentes de seguridad e higiene.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183 de 29.6.1989, p. 1), modificada por el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

3 1 0 2   Trabajos de seguridad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 500 000

3 800 000

149 999,40

Comentarios

Antes partida 3 3 1 5 (en parte)

Este crédito se destina al pago de las obras de mejora de la seguridad de los inmuebles Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 0 3   Gastos previos a la adquisición, construcción y acondicionamiento de edificios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

405 000

407 725,58

Comentarios

Antes partida 3 3 1 8

Este crédito se destina al pago de los estudios de arquitectura e ingeniería relativos a la explotación de los inmuebles Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 1   Gastos correspondientes a los inmuebles

3 1 1 0   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

775 000

830 000

621 717,46

Comentarios

Antes partidas 3 3 1 3 y 3 3 1 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de limpieza y mantenimiento siguientes:

limpieza de los despachos, talleres y almacenes (incluidos cortinas, visillos, moquetas, persianas, etc.),

renovación de cortinas, visillos y moquetas usados,

trabajos de pintura,

trabajos de mantenimiento varios,

trabajos de reparación de instalaciones técnicas,

suministros técnicos,

contratos de mantenimiento para los diversos equipos técnicos (aire acondicionado, calefacción, manipulación de los residuos, ascensores).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

3 1 1 1   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

360 000

450 000

302 999,19

Comentarios

Antes partida 3 3 1 2

Este crédito se destina al pago de los consumos de agua, gas, electricidad y calefacción del inmueble Kortenberg.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 1 2   Seguridad y vigilancia de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 100 000

1 050 000

905 000,—

Comentarios

Antes partida 3 3 1 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir esencialmente los gastos de guardia y de vigilancia de los edificios Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 1 3   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

8 000

7 918,—

Comentarios

Antes partida 3 3 1 1

Este crédito se destina al pago de las primas de seguro relativas a los inmuebles Kortenberg y R.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 1 1 4   Otros gastos derivados de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

20 000

21 663,60

Comentarios

Antes partida 3 3 1 9

Este crédito se destina a abonar los demás gastos corrientes de los inmuebles Kortenberg y R no previstos especialmente en el resto de los artículos del presente capítulo y, en particular, los gastos de recogida de residuos, el material de señalización, los controles efectuados por organismos especializados, etc.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

CAPÍTULO 3 2 —   INFORMÁTICA, EQUIPO Y MOBILIARIO

3 2 0   Informática y telecomunicaciones

3 2 0 0   Adquisición de equipos y programas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 906 000

20 432 000

2 244 085,51

Comentarios

Antes partidas 3 3 2 0 y 3 3 2 5 (en parte)

Este crédito se destina a financiar la compra, el alquiler o la renovación del equipo o de los programas de los sistemas y aplicaciones informáticos, de equipo ofimático y de telecomunicaciones, así como de las instalaciones técnicas para los servicios que deben trabajar en el sector de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión del Secretario General adjunto, de 18 de diciembre de 2000, por la que se crea una célula Infosec (Seguridad de los sistemas de información).

3 2 0 1   Servicios externos para la explotación y la realización de sistemas informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 780 000

2 226 000

950 641,85

Comentarios

Antes partidas 3 3 2 4 y 3 3 2 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia de sociedades de servicios y de asesoría en informática para la explotación y la realización de sistemas, aplicaciones y equipos informáticos y de telecomunicaciones, así como de las instalaciones técnicas (incluida la asistencia a los usuarios) para los servicios que deben trabajar en el sector de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 2 0 2   Servicio y mantenimiento de equipos y programas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

718 000

768 000

218 562,05

Comentarios

Antes partidas 3 3 2 2 y 3 3 2 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al mantenimiento y servicio de los equipos o programas de los sistemas y aplicaciones informáticos, de equipos ofimáticos y de telecomunicaciones, así como de las instalaciones técnicas para los servicios que deben trabajar en el sector de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 2 0 3   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 576 000

1 325 000

543 261,27

Comentarios

Antes partidas 3 3 2 3 y 3 3 2 5 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los abonos, los precios de las comunicaciones y los gastos de telemática derivados específicamente de las actividades realizadas en el marco de la PESD/PESC.

Para hacer estas previsiones, se ha tenido en cuenta el aumento de los valores de reutilización al recuperarse los gastos de las comunicaciones telefónicas y telegráficas, así como de los acuerdos con Belgacom sobre las tarifas.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

3 2 1   Mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

65 000

450 000

64 440,—

Comentarios

Antes partida 3 3 3 1

Este crédito se destina a financiar la adquisición de mobiliario específico, de seguridad o especializado para los funcionarios y los expertos nacionales en comisión de servicios en el ámbito de la PESD/PESC.

CAPÍTULO 3 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3 3 0   Reuniones y conferencias

3 3 0 0   Gastos de viaje de las Delegaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

738 000

700 000

638 000,—

Comentarios

Antes partida 3 4 0 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje de la Presidencia y las Delegaciones, en particular con ocasión de las sesiones del Comité Político y de Seguridad y del Comité Militar, y de otras reuniones que tengan lugar específicamente en el marco de la PESD/PESC.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

Bases jurídicas

Decisión 2001/78/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, por la que se crea el Comité Político y de Seguridad (DO L 27 de 30.1.2001, p. 1). Decisión no 190/2003 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje de los delegados de los miembros del Consejo.

3 3 0 1   Gastos de viaje varios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Nueva partida

Los créditos que se inscriben en esta partida se destinan a financiar los gastos de viaje y de estancia de los expertos en el ámbito de la PESD/PESC convocados o destinados a misiones por el Secretario General y Alto Representante del Consejo.

Bases jurídicas

Decisión no 494/2002 del Secretario General y Alto Representante del Consejo relativa al reembolso de los gastos de viaje y de estancia de los expertos convocados por el Consejo.

3 3 0 2   Gastos de interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes partida 3 4 0 1

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones facilitadas al Consejo por los intérpretes de la Comisión con ocasión de las sesiones del Comité Político y de Seguridad, del Comité Militar y de otras reuniones que se celebren en particular en el marco de la PESD/PESC.

Bases jurídicas

Decisión 2001/78/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, por la que se crea el Comité Político y de Seguridad (DO L 27 de 30.1.2001, p. 1).

3 3 0 3   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

15 000

10 000,—

Comentarios

Antes artículo 3 2 7

Este crédito se destina a cubrir los gastos de recepción y de representación relativos, en particular, al Comité Político y de Seguridad, así como los de los expertos nacionales en comisión de servicios del Estado Mayor de la Unión Europea.

3 3 0 4   Gastos administrativos en que se incurra en los desplazamientos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

5 000,—

Comentarios

Antes artículo 3 2 2

Este crédito se destina a cubrir los gastos ocasionales en que se incurra fuera de la sede del Consejo con ocasión de los desplazamientos en el marco de la PESD/PESC: arrendamiento temporal de locales de trabajo y de equipo técnico, servicios puntuales de traducción e interpretación, gastos de telecomunicaciones y gastos varios de reunión.

Bases jurídicas

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

Decisión 2003/479/CE del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa al régimen aplicable a los expertos y militares nacionales destinados en comisión de servicio en la Secretaría General del Consejo y por la que se derogan las Decisiones de 25 de junio de 1997 y de 22 de marzo de 1999, la Decisión 2001/41/CE y la Decisión 2001/496/PESC (DO L 160 de 28.6.2003, p. 72), modificada en último lugar por la Decisión 2005/442/CE (DO L 153 de 16.6.2005, p. 32).

3 3 0 5   Gastos varios de reunión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

5 000

21 250,—

Comentarios

Antes partida 3 3 3 9

Este crédito se destina a cubrir los gastos de reunión y demás gastos administrativos varios derivados de la aplicación de la PESD/PESC que no estén consignados específicamente en otra partida.

3 3 1   Información

3 3 1 0   Gastos de documentación y biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

140 000

135 000

128 000,—

Comentarios

Antes artículo 3 2 6

Este crédito se destina a cubrir los gastos de estudio, los gastos de la adquisición del conocimiento experto y de la documentación de datos especializados en el marco del mandato del Estado Mayor de la Unión Europea.

Bases jurídicas

Decisión 2001/80/PESC del Consejo, de 22 de enero de 2001, relativa a la creación del Estado Mayor de la Unión Europea (DO L 27 de 30.1.2001, p. 7).

3 3 1 1   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir los gastos de preparación, de edición tradicional (en papel o película) o electrónica y de difusión de las publicaciones del Consejo en el marco de la PESD/PESC, excepto las publicaciones en el Diario Oficial.

3 3 1 2   Información y manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Nueva partida

Los créditos que se inscriben en esta partida se destinan a financiar los gastos de información en el ámbito de la PESD/PESC.

3 3 2   Gastos varios

3 3 2 0   Material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

80 000

p.m.

61 750,—

Comentarios

Antes partida 3 3 3 3

Este crédito se destina a financiar la adquisición de papelería y material de oficina para los funcionarios y los expertos nacionales en comisión de servicios en el ámbito de la PESD/PESC.

3 3 2 1   Gastos de estudios, encuestas y consultas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

 

 

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir los gastos de estudios y consultas, confiados mediante contrato a expertos altamente cualificados en el ámbito de la PESD/PESC.

3 3 2 2   Otros gastos corrientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

15 000

14 955,30

Comentarios

Antes partida 3 3 3 5

Este crédito se destina a financiar la adquisición de indumentaria y accesorios, en particular para los agentes de seguridad responsables de los inmuebles Kortenberg y R.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

1 500 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

1 500 000

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

5 000 000

1 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

5 000 000

1 000 000

0,—

 

Total del título 10

5 000 000

2 500 000

0,—

 

TOTAL GENERAL

591 752 953

563 163 403

531 646 564,08

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA LOS IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

1 500 000

0,—

Comentarios

Los créditos de este capítulo tienen un carácter provisional y únicamente podrán utilizarse una vez transferidos a otros capítulos de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento financiero.

Reglamento financiero, de 25 de junio de 2002, aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA LOS IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000 000

1 000 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos no previsibles derivados de decisiones presupuestarias adoptadas durante el ejercicio.

SECCIÓN IV

TRIBUNAL DE JUSTICIA

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Tribunal de Justicia para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

250 338 602

Ingresos propios

–30 357 000

Contribución que ha de percibirse

219 981 602

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios y otros agentes y de los beneficiarios de una pensión

17 762 000

17 762 000

14 190 465,60

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

1 315 000

1 209 000

930 372,94

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

19 077 000

18 971 000

15 120 838,54

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

10 895 000

10 118 000

8 483 125,78

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

250 000

250 000

1 373 806,61

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

11 145 000

10 368 000

9 856 932,39

 

Total del título 4

30 222 000

29 339 000

24 977 770,93

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios y otros agentes y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

17 762 000

17 762 000

14 190 465,60

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los Miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los Miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 315 000

1 209 000

930 372,94

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los Miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia, así como del Presidente, los Miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) n o 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 1 0   Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

10 895 000

10 118 000

8 483 125,78

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

250 000

250 000

1 373 806,61

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 107, así como su artículo 11, apartado 2, y el artículo 48 de su anexo VIII.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Producto de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

10 500,—

5 0 0 1

Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

10 500,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

375 407,93

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

p.m.

p.m.

385 907,93

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos sobre cuentas de la institución

125 000

125 000

186 001,86

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

125 000

125 000

186 001,86

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos procedentes del producto de prestaciones de servicios y de obras realizadas en favor de otras instituciones u organismos, incluido el importe de las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras realizadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la devolución de cantidades indebidamente pagadas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamento administrativo de la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

77 297,96

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

77 297,96

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 8 1

Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros percibidas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

21 303,69

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

21 303,69

 

Total del título 5

125 000

125 000

670 511,44

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y DE OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

5 0 0   Producto de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Producto de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

10 500,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Producto de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

375 407,93

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos sobre cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

125 000

125 000

186 001,86

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS PROCEDENTES DEL PRODUCTO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y DE OBRAS

5 5 0   Ingresos procedentes del producto de prestaciones de servicios y de obras realizadas en favor de otras instituciones u organismos, incluido el importe de las indemnizaciones de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras realizadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la devolución de cantidades indebidamente pagadas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones ligadas al funcionamento administrativo de la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

77 297,96

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 8 1   Ingresos procedentes de indemnizaciones de seguros percibidas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

21 303,69

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

10 000

10 000

76 236,89

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

10 000

10 000

76 236,89

 

Total del título 9

10 000

10 000

76 236,89

 

TOTAL GENERAL

30 357 000

29 474 000

25 724 519,26

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

10 000

10 000

76 236,89

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

26 437 000

23 968 000

20 809 864,65

1 1

PERSONAL EN ACTIVO

163 167 202

155 321 022

120 935 605,28

1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

p.m.

p.m.

0,—

1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

342 000

380 000

235 273,69

1 4

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

171 000

160 000

101 551,05

1 6

SERVICIO SOCIAL

29 200

29 200

8 747,35

1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

195 800

106 550

96 700,—

1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

12 661 000

11 695 200

9 455 256,71

 

Total del título 1

203 003 202

191 659 972

151 642 998,73

2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

27 751 000

16 016 000

49 126 690,10

2 1

GASTOS RELATIVOS A LA INFORMÁTICA

9 257 000

9 322 000

9 045 723,22

2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

3 313 900

2 970 400

3 984 310,86

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

2 085 500

3 156 500

2 145 192,74

2 4

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

1 506 000

1 548 000

1 015 999,96

2 5

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

371 000

412 000

406 998,—

2 6

ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

p.m.

p.m.

0,—

2 7

PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 655 000

3 458 000

3 118 387,18

2 9

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

356 000

370 000

345 193,88

 

Total del título 2

47 295 400

37 252 900

69 188 495,94

3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE FUNCIONES ESPECÍFICAS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

3 7

GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

40 000

40 000

15 753,05

 

Total del título 3

40 000

40 000

15 753,05

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

250 338 602

228 952 872

220 847 247,72

TÍTULO 1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

14 883 000

12 846 000

11 335 512,09

1 0 0 1

Indemnizaciones de residencia

 

 

 

Créditos no disociados

2 240 000

1 922 000

1 689 771,70

1 0 0 2

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

760 000

900 000

467 893,28

1 0 0 3

Indemnizaciones de representación

 

 

 

Créditos no disociados

640 000

557 000

485 090,61

 

Total del artículo 1 0 0

18 523 000

16 225 000

13 978 267,68

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

775 000

720 000

597 830,24

1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

1 384 000

1 840 000

1 110 860,58

1 0 3

Pensiones

1 0 3 0

Pensiones de vejez

 

 

 

Créditos no disociados

1 883 000

2 335 000

2 178 988,18

1 0 3 1

Pensiones de invalidez

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 3 2

Pensiones de supervivencia

 

 

 

Créditos no disociados

1 712 000

1 545 000

1 416 780,30

 

Total del artículo 1 0 3

3 595 000

3 880 000

3 595 768,48

1 0 4

Dietas por misiones, gastos de desplazamiento y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

268 000

240 000

213 000,—

1 0 5

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las funciones

1 0 5 0

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

47 000

11 000

10 221,24

1 0 5 1

Indemnizaciones de instalación y de reinstalación

 

 

 

Créditos no disociados

730 000

160 000

787 437,60

1 0 5 2

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

416 000

96 000

94 196,34

 

Total del artículo 1 0 5

1 193 000

267 000

891 855,18

1 0 6

Cursos para los miembros de la institución

1 0 6 0

Cursos de idiomas

 

 

 

Créditos no disociados

286 000

286 000

279 000,—

1 0 6 1

Cursos de informática

 

 

 

Créditos no disociados

42 000

42 000

0,—

 

Total del artículo 1 0 6

328 000

328 000

279 000,—

1 0 9

Adaptaciones del régimen retributivo

1 0 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

80 000

160 000

143 282,49

1 0 9 1

Crédito provisional destinado a posibles adaptaciones del régimen retributivo

 

 

 

Créditos no disociados

291 000

308 000

0,—

 

Total del artículo 1 0 9

371 000

468 000

143 282,49

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

26 437 000

23 968 000

20 809 864,65

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

117 769 702

111 633 022

87 739 372,67

1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

9 424 000

8 940 000

6 207 593,57

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

18 846 000

17 770 000

13 905 313,61

1 1 0 3

Indemnizaciones a tanto alzado

 

 

 

Créditos no disociados

447 000

487 000

427 176,32

 

Total del artículo 1 1 0

146 486 702

138 830 022

108 279 456,17

1 1 1

Otros agentes

1 1 1 0

Agentes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

1 584 000

1 588 000

2 614 261,46

1 1 1 1

Intérpretes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 2

Agentes locales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 3

Consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

156 000

152 000

148 541,—

1 1 1 4

Traductores auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

1 331 500

391 000

7 268,80

1 1 1 8

Expertos nacionales en comisión de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

523 000

514 000

3 248,36

 

Total del artículo 1 1 1

3 594 500

2 645 000

2 773 319,62

1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

4 100 000

3 890 000

3 031 129,75

1 1 3 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

 

 

 

Créditos no disociados

1 082 000

1 027 000

775 075,04

1 1 3 2

Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

414 000

210 000

271 767,65

1 1 3 3

Constitución o mantenimiento de los derechos a pensión para los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

84 000

84 000

82 321,24

 

Total del artículo 1 1 3

5 680 000

5 211 000

4 160 293,68

1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0

Asignación de natalidad y de defunción

 

 

 

Créditos no disociados

56 000

60 000

25 661,83

1 1 4 1

Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

 

 

 

Créditos no disociados

1 650 000

1 620 000

1 159 529,10

1 1 4 2

Indemnizaciones de vivienda y de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 3

Indemnizaciones a tanto alzado por función

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4

Indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 5

Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

461,74

1 1 4 7

Indemnizaciones por servicios ininterrumpidos o por turnos o por obligaciones in situ y/o a domicilio

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 9

Otras indemnizaciones y reembolsos

 

 

 

Créditos no disociados

35 000

15 000

7 302,26

 

Total del artículo 1 1 4

1 741 000

1 695 000

1 192 954,93

1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

659 000

677 000

554 845,15

1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las funciones y a los traslados

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

42 000

148 000,—

1 1 8 2

Indemnizaciones de instalación, de reinstalación y de traslado

 

 

 

Créditos no disociados

1 183 000

1 170 000

703 525,—

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

239 000

217 000

167 000,80

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

 

 

Créditos no disociados

1 129 000

956 000

1 953 124,25

 

Total del artículo 1 1 8

2 601 000

2 385 000

2 971 650,05

1 1 9

Adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

581 000

1 905 000

1 003 085,68

1 1 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

1 824 000

1 973 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 9

2 405 000

3 878 000

1 003 085,68

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

163 167 202

155 321 022

120 935 605,28

CAPÍTULO 1 2

1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0

Indemnizaciones en caso de cese en interés del servicio de acuerdo con las disposiciones de los artículos 41 y 50 del Estatuto

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 1 5

Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 1

p.m.

p.m.

0,—

1 2 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9

Adaptaciones de las pensiones y de las indemnizaciones diversas

1 2 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos de misiones, de desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

342 000

380 000

235 273,69

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

342 000

380 000

235 273,69

CAPÍTULO 1 4

1 4 1

Servicio médico

1 4 1 0

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

164 000

160 000

91 138,40

1 4 1 1

Adquisición de equipo médico

 

 

 

Créditos no disociados

7 000

p.m.

10 412,65

 

Total del artículo 1 4 1

171 000

160 000

101 551,05

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

171 000

160 000

101 551,05

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

1 447,35

1 6 1

Relaciones sociales del personal

 

 

 

Créditos no disociados

16 200

9 200

7 300,—

1 6 4

Ayuda complementaria a minusválidos

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

17 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

29 200

29 200

8 747,35

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0

Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

191 000

101 750

92 500,—

1 7 0 1

Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

4 800

4 800

4 200,—

 

Total del artículo 1 7 0

195 800

106 550

96 700,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 7

195 800

106 550

96 700,—

CAPÍTULO 1 8

1 8 0

Cooperación interinstitucional

1 8 0 2

Centro infantil y otras guarderías

 

 

 

Créditos no disociados

1 122 000

1 041 000

974 000,—

 

Total del artículo 1 8 0

1 122 000

1 041 000

974 000,—

1 8 2

Perfeccionamiento profesional

1 8 2 0

Perfeccionamiento profesional del personal, reciclaje e información del personal

 

 

 

Créditos no disociados

1 175 000

1 305 000

861 018,91

 

Total del artículo 1 8 2

1 175 000

1 305 000

861 018,91

1 8 3

Actividades de cooperación interinstitucional en materia lingüística

1 8 3 0

Actividades de cooperación interinstitucional en materia lingüística

 

 

 

Créditos no disociados

84 000

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 3

84 000

p.m.

0,—

1 8 4

Restaurantes y cantinas

1 8 4 0

Gastos de funcionamiento corriente de los restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

68 000

75 000

98 000,—

1 8 4 1

Gastos de transformación y renovación corrientes de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 8 4 2

Gastos de transformación y renovación excepcionales de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 4

68 000

75 000

98 000,—

1 8 6

Relaciones sociales del personal

1 8 6 0

Relaciones sociales del personal

 

 

 

Créditos no disociados

103 700

103 000

75 500,—

1 8 6 1

Centro deportivo interinstitucional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 6

103 700

103 000

75 500,—

1 8 7

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

13 300

8 200

6 400,—

1 8 8

Gastos diversos de contratación

 

 

 

Créditos no disociados

210 000

233 000

430 490,65

1 8 9

Prestaciones de apoyo

1 8 9 0

Intérpretes autónomos del Servicio Común Interpretación-Conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 8 9 1

Otros intérpretes independientes

 

 

 

Créditos no disociados

1 924 000

1 307 000

1 821 000,—

1 8 9 3

Operadores de conferencia interinos

 

 

 

Créditos no disociados

6 000

4 000

5 500,—

1 8 9 4

Correctores independientes

 

 

 

Créditos no disociados

270 000

270 000

160 000,—

1 8 9 5

Otras prestaciones complementarias

 

 

 

Créditos no disociados

290 000

263 000

593 347,15

1 8 9 6

Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

 

 

 

Créditos no disociados

7 395 000

7 086 000

4 430 000,—

 

Total del artículo 1 8 9

9 885 000

8 930 000

7 009 847,15

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 8

12 661 000

11 695 200

9 455 256,71

 

Total del título 1

203 003 202

191 659 972

151 642 998,73

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO 1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

CAPÍTULO 1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO 1 4 —

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

CAPÍTULO 1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO 1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

14 883 000

12 846 000

11 335 512,09

Comentarios

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los Miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia de las Comunidades, del Presidente, los Miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, así como del Presidente, los Miembros y el Secretario del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir los sueldos base de los miembros de la institución.

1 0 0 1   Indemnizaciones de residencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 240 000

1 922 000

1 689 771,70

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 4.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización de residencia de los miembros de la institución.

1 0 0 2   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

760 000

900 000

467 893,28

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 3.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad

de los miembros de la institución.

1 0 0 3   Indemnizaciones de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

640 000

557 000

485 090,61

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 4.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones de representación y de funciones de los miembros de la institución.

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

775 000

720 000

597 830,24

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, sus artículos 11 y 14.

Este crédito se destina a cubrir:

la cuota patronal (0,87 %) del seguro contra los riesgos de enfermedad profesional y de accidente,

la cuota patronal (3,4 %) del seguro contra los riesgos de enfermedad,

la asignación de natalidad,

las indemnizaciones previstas en caso de defunción de un miembro de la institución.

1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 384 000

1 840 000

1 110 860,58

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 7.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones transitorias, los complementos familiares así como los coeficientes correctores de los países de residencia de los miembros de la institución, después del cese en sus funciones.

1 0 3   Pensiones

1 0 3 0   Pensiones de vejez

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 883 000

2 335 000

2 178 988,18

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, sus artículos 8, 9 y 18.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de vejez de los antiguos miembros de la institución, así como el coeficiente corrector fijado para su país de residencia.

1 0 3 1   Pensiones de invalidez

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 3 2   Pensiones de supervivencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 712 000

1 545 000

1 416 780,30

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, sus artículos 15 y 18.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de supervivencia de los/las viudos/as y/o huérfanos de antiguos miembros de la institución, así como los coeficientes correctores del país de residencia.

1 0 4   Dietas por misiones, gastos de desplazamiento y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

268 000

240 000

213 000,—

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, el pago de las dietas por misión y los gastos accesorios o excepcionales ocasionados por la realización de una misión.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

1 0 5   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las funciones

1 0 5 0   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

47 000

11 000

10 221,24

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje que se deban a los miembros de la institución (incluidos los miembros de su familia) con motivo de su entrada en funciones o de su cese en la institución.

1 0 5 1   Indemnizaciones de instalación y de reinstalación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

730 000

160 000

787 437,60

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones por gastos de instalación y de reinstalación que se deban a los miembros de la institución con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 0 5 2   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

416 000

96 000

94 196,34

Comentarios

Régimen retributivo de los miembros de la institución y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza de los miembros de la institución con motivo de su entrada en funciones o de su cese en la institución.

1 0 6   Cursos para los miembros de la institución

Comentarios

Los créditos de este artículo se destinan a cubrir los gastos de participación de los miembros de la institución en cursos de idiomas u otros seminarios de perfeccionamiento profesional.

1 0 6 0   Cursos de idiomas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

286 000

286 000

279 000,—

1 0 6 1   Cursos de informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

42 000

42 000

0,—

1 0 9   Adaptaciones del régimen retributivo

1 0 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

80 000

160 000

143 282,49

Comentarios

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1), y, en particular, sus artículos 4 y 4 ter.

Este crédito se destina a cubrir el pago de los coeficientes correctores que se aplican a:

los sueldos base,

las indemnizaciones por residencia,

los complementos familiares,

las transferencias de una parte de la retribución a un Estado miembro distinto de aquel en que se prestan los servicios.

1 0 9 1   Crédito provisional destinado a posibles adaptaciones del régimen retributivo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

291 000

308 000

0,—

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles actualizaciones de las retribuciones y pensiones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

Comentarios

Se ha aplicado una reducción a tanto alzado del 3,6 % a los créditos que figuran en el presente capítulo.

1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

117 769 702

111 633 022

87 739 372,67

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 66.

Este crédito se destina a cubrir los sueldos base de los funcionarios permanentes y temporales.

1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 424 000

8 940 000

6 207 593,57

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62, 67 y 68, así como la sección I de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad

de los funcionarios permanentes y temporales.

1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

18 846 000

17 770 000

13 905 313,61

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 69, así como el artículo 4 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen de los funcionarios permanentes y temporales.

1 1 0 3   Indemnizaciones a tanto alzado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

447 000

487 000

427 176,32

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 18 de su anexo XIII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización de secretaría de los funcionarios de categoría C* destinados a empleos de taquimecanografía, operador de télex, mecanografía, secretaría de dirección o secretaría principal.

1 1 1   Otros agentes

1 1 1 0   Agentes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 584 000

1 588 000

2 614 261,46

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración así como la cuota patronal del régimen de seguridad social de los agentes auxiliares.

1 1 1 1   Intérpretes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución así como la cuota patronal del régimen de seguridad social de los intérpretes auxiliares.

1 1 1 2   Agentes locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4 y su título V.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la cuota patronal del régimen de seguridad social de los agentes locales.

1 1 1 3   Consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

156 000

152 000

148 541,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 5 y su título VI.

Este crédito se destina a cubrir los honorarios y los gastos de los consejeros especiales, incluidos los honorarios del consejero médico.

1 1 1 4   Traductores auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Esta crédito se destina a cubrir la retribución así como la cuota patronal del régimen de seguridad social de los traductores auxiliares.

1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 331 500

391 000

7 268,80

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título IV.

Este crédito va destinado a cubrir los gastos relativos a la eventual utilización de agentes contractuales.

1 1 1 8   Expertos nacionales en comisión de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

523 000

514 000

3 248,36

Comentarios

Este crédito está destinado a cubrir los gastos correspondientes al trabajo en los servicios del Tribunal de Justicia de funcionarios de Estados miembros u otros expertos nacionales en comisión de servicios.

1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 100 000

3 890 000

3 031 129,75

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Reglamentación relativa a la cobertura de los riesgos de enfermedad de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 23.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal (3,4 % del sueldo base); la aportación de los agentes es del 1,7 % del sueldo base.

1 1 3 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 082 000

1 027 000

775 075,04

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 73 y el artículo 15 de su anexo VIII.

Este crédito se destina a cubrir:

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad profesional y de accidente (0,87 % del sueldo base),

los gastos complementarios resultantes de la aplicación de las disposiciones estatutarias en la materia.

1 1 3 2   Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

414 000

210 000

271 767,65

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 28 bis.

Este crédito se destina a cubrir el riesgo de desempleo de los agentes temporales.

1 1 3 3   Constitución o mantenimiento de los derechos a pensión para los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

84 000

84 000

82 321,24

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 42.

Este crédito se destina a cubrir los pagos que deba efectuar la institución a favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en sus países de origen.

1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0   Asignación de natalidad y de defunción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

56 000

60 000

25 661,83

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 70, 74 y 75.

Este crédito se destina a cubrir la asignación por nacimiento y, en caso de defunción del funcionario, la retribución global del difunto hasta el final del tercer mes siguiente al del fallecimiento, así como los gastos de traslado de los restos mortales hasta su lugar de origen.

1 1 4 1   Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 650 000

1 620 000

1 159 529,10

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 8 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje con ocasión de las vacaciones anuales para el funcionario (permanente o temporal), para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen.

1 1 4 2   Indemnizaciones de vivienda y de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 3   Indemnizaciones a tanto alzado por función

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4   Indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 5   Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

461,74

Comentarios

Este crédito estaba destinado a cubrir la indemnización especial así como los intereses correspondientes a la misma, concedidos a los funcionarios que tengan la categoría de contable, de contable subalterno o de administrador de anticipos contemplada en el artículo 75 del Reglamento financiero, de 21 de diciembre de 1977, aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 356 de 31.12.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 762/2001 (DO L 111 de 20.4.2001, p. 1).

Esta indemnización ya no está prevista en el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1). Por consiguiente, este crédito se destinaba exclusivamente, en 2003, a cubrir los interes relativos a las indemnizaciones ya acumuladas a finales de 2002 hasta el momento de abonarlas a los beneficiarios.

1 1 4 7   Indemnizaciones por servicios ininterrumpidos o por turnos o por obligaciones in situ y/o a domicilio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 9   Otras indemnizaciones y reembolsos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

35 000

15 000

7 302,26

Comentarios

Estatuto de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y, en particular, su artículo 95.

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 34.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 47 y 48.

Este crédito se destina a cubrir:

la indemnización por despido de un funcionario en período de prueba despedido en caso de incapacidad manifiesta,

la indemnización por rescisión del contrato de un agente temporal por parte de la institución,

el rescate de los derechos a pensión de los antiguos auxiliares nombrados agentes temporales o funcionarios.

1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

659 000

677 000

554 845,15

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Este crédito se destina a cubrir las asignaciones a tanto alzado y las retribuciones a las tasas horarias por las horas extraordinarias realizadas por los funcionarios y agentes auxiliares de las categorías C* y D*, así como por los agentes locales, que no hayan podido ser compensadas, de acuerdo con las modalidades previstas, con tiempo libre.

1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las funciones y a los traslados

1 1 8 1   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

42 000

148 000,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 7 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje que se deban a los agentes (incluidos los miembros de su familia) con ocasión de su entrada en funciones, de su cese en el servicio o de su traslado.

1 1 8 2   Indemnizaciones de instalación, de reinstalación y de traslado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 183 000

1 170 000

703 525,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 5 y 6 de su anexo VII.

Este crédito se destina sobre todo a cubrir las indemnizaciones por gastos de instalación y de reinstalación que se deban a los agentes obligados a cambiar de residencia con ocasión de su entrada en funciones, así como en el momento del cese definitivo de funciones seguido de una reinstalación en otra localidad.

1 1 8 3   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

239 000

217 000

167 000,80

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 9 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza que se deban a los agentes obligados a cambiar de residencia con ocasión de su entrada en funciones así como en el momento del cese definitivo de funciones seguido de una reinstalación en otra localidad.

1 1 8 4   Indemnizaciones diarias temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 129 000

956 000

1 953 124,25

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 10 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir las dietas que se deban a los agentes que justifiquen estar obligados a cambiar de residencia con ocasión de su entrada en funciones.

1 1 9   Adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

581 000

1 905 000

1 003 085,68

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores aplicables:

a la retribución de los funcionarios y de los agentes auxiliares,

a las horas extraordinarias.

1 1 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 824 000

1 973 000

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles actualizaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0   Indemnizaciones en caso de cese en interés del servicio de acuerdo con las disposiciones de los artículos 41 y 50 del Estatuto

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deban pagarse a los funcionarios:

excedentes forzosos como consecuencia de una medida de reducción de número de puestos de trabajo en la institución,

titulares de un puesto de trabajo de los grados AD16, AD15 o AD14 que cesen en él por interés del servicio.

1 2 1 5   Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre de 1985, por el que se establecen medidas específicas relativas al cese definitivo en sus funciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de España y de Portugal (DO L 335 de 13.12.1985, p. 56), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones de que pueden beneficiarse aquellos funcionarios afectados por las medidas de cese de las funciones en interés del servicio, con el fin de tener en cuenta las necesidades que se derivan de la adhesión de nuevos Estados miembros a las Comunidades Europeas.

1 2 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones previstas en las partidas 1 2 1 0 y 1 2 1 5.

1 2 9   Adaptaciones de las pensiones y de las indemnizaciones diversas

1 2 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a las indemnizaciones previstas en las partidas 1 2 1 0 y 1 2 1 5.

1 2 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

1 3 0   Gastos de misiones, de desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

342 000

380 000

235 273,69

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, el pago de las dietas diarias por misión y los gastos accesorios o excepcionales realizados para la ejecución de una misión.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

CAPÍTULO 1 4 —   INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

1 4 1   Servicio médico

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 59 y el artículo 8 de su anexo II.

Los créditos de este artículo se destinan a cubrir los gastos relativos al control médico anual de todos los funcionarios, incluidos los análisis y exámenes médicos solicitados en el marco de dicho control, así como los gastos corrientes del dispensario.

1 4 1 0   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

164 000

160 000

91 138,40

1 4 1 1   Adquisición de equipo médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 000

p.m.

10 412,65

CAPÍTULO 1 6 —   SERVICIO SOCIAL

1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

1 447,35

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de agentes que se encuentren en situaciones particularmente difíciles.

1 6 1   Relaciones sociales del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

16 200

9 200

7 300,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y mantener financieramente cualquier iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre los agentes de las distintas nacionalidades, mediante subvenciones a los clubes y a los círculos deportivos y culturales del personal.

1 6 4   Ayuda complementaria a minusválidos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

17 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política en favor de las personas minusválidas siguientes, a:

los funcionarios y agentes temporales en actividad,

los cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

todos los hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre el reembolso, dentro de las posibilidades presupuestarias y tras agotamiento de los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la minusvalía, reconocidos como necesarios, y que estén debidamente justificados.

CAPÍTULO 1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

1 7 0   Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0   Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

191 000

101 750

92 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las obligaciones que incumben al Tribunal de Justicia en materia de recepción y de representación.

1 7 0 1   Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 800

4 800

4 200,—

CAPÍTULO 1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo son objeto de una cooperación interinstitucional que implica una consulta entre las instituciones, así como el fortalecimientode los mecanismos de gestión en común con vistas a la racionalización de los gastos.

1 8 0   Cooperación interinstitucional

1 8 0 2   Centro infantil y otras guarderías

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 122 000

1 041 000

974 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la cuota del Tribunal de Justicia para el centro infantil y el centro de estudios en Luxemburgo.

1 8 2   Perfeccionamiento profesional

1 8 2 0   Perfeccionamiento profesional del personal, reciclaje e información del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 175 000

1 305 000

861 018,91

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24, párrafo tercero.

Este crédito se destina a cubrir la organización de cursos de formación profesional y reciclaje a nivel interinstitucional, incluidos los cursos de idiomas.

Cubre asimismo los gastos relativos al material educativo y técnico.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

1 8 3   Actividades de cooperación interinstitucional en materia lingüística

1 8 3 0   Actividades de cooperación interinstitucional en materia lingüística

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

84 000

p.m.

0,—

Comentarios

Estos créditos están destinados a cubrir los gastos relativos a las acciones que organice el Comité Interinstitucional de Traducción e Interpretación (CITI) a fin de fomentar la cooperación internacional en materia lingüística.

1 8 4   Restaurantes y cantinas

1 8 4 0   Gastos de funcionamiento corriente de los restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

68 000

75 000

98 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición y el mantenimiento del material del restaurante y la cafetería, así como una parte de sus gastos de funcionamiento.

1 8 4 1   Gastos de transformación y renovación corrientes de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 8 4 2   Gastos de transformación y renovación excepcionales de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 8 6   Relaciones sociales del personal

1 8 6 0   Relaciones sociales del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

103 700

103 000

75 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y mantener financieramente a nivel interinstitucional toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre los agentes de las distintas nacionalidades, mediante subvenciones a los clubes y círculos deportivos y culturales del personal.

1 8 6 1   Centro deportivo interinstitucional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las aportaciones del Tribunal de Justicia a los gastos operativos de un complejo deportivo interinstitucional en Luxemburgo.

1 8 7   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 300

8 200

6 400,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir a nivel interinstitucional las demás intervenciones y subvenciones en favor de los agentes y de sus familias para actividades como los centros de vacaciones, las ayudas familiares, la asistencia jurídica, etc.

1 8 8   Gastos diversos de contratación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

210 000

233 000

430 490,65

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicidad, de convocatoria de los candidatos, de alquiler de las salas y del material para la organización de los concursos generales sobre una base interinstitucional. En casos debidamente justificados por necesidades de funcionamiento y tras consultar a las demás instituciones, estos créditos pueden utilizarse en parte para la organización de concursos por la propia institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

1 8 9   Prestaciones de apoyo

1 8 9 0   Intérpretes autónomos del Servicio Común Interpretación-Conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 8 9 1   Otros intérpretes independientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 924 000

1 307 000

1 821 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de prestaciones de intérpretes contratados u ocasionales.

1 8 9 3   Operadores de conferencia interinos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 000

4 000

5 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de las prestaciones de operadores de conferencia contratados u ocasionales.

1 8 9 4   Correctores independientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

270 000

270 000

160 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones complementarias en concepto de corrección de textos y, en particular, los honorarios y gastos de seguro, de desplazamiento, de estancia y de misión de correctores independientes, así como los gastos administrativos correspondientes.

1 8 9 5   Otras prestaciones complementarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

290 000

263 000

593 347,15

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, siempre que no puedan ser ejecutados por los propios servicios de la institución, los gastos relativos a otras prestaciones ocasionales.

1 8 9 6   Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 395 000

7 086 000

4 430 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las prestaciones de traductores independientes o interinos o a trabajos de mecanografía y de otro tipo encargados al exterior por el Servicio de Traducción.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Alquileres

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

11 743 000

9 669 000

7 287 934,02

2 0 0 1

Asignaciones por arrendamiento/compra

 

 

 

Créditos no disociados

8 500 000

p.m.

36 039 999,76

 

Total del artículo 2 0 0

20 243 000

9 669 000

43 327 933,78

2 0 1

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

97 000

40 000

37 716,81

2 0 2

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

1 358 000

1 385 000

1 351 121,88

2 0 3

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

2 771 000

3 160 000

2 507 880,66

2 0 4

Acondicionamiento de locales

 

 

 

Créditos no disociados

173 000

120 000

414 059,43

2 0 5

Seguridad y vigilancia de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 497 000

1 360 000

1 306 114,45

2 0 6

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 0 8

Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 413 000

82 000

17 870,09

2 0 9

Otros gastos relativos a inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

199 000

200 000

163 993,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

27 751 000

16 016 000

49 126 690,10

CAPÍTULO 2 1

2 1 0

Material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

3 053 000

3 982 000

3 664 973,08

2 1 1

Trabajos de informática

 

 

 

Créditos no disociados

6 204 000

5 340 000

5 380 750,14

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

9 257 000

9 322 000

9 045 723,22

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0

Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

66 000

64 000

383 971,41

2 2 0 1

Renovación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

180 000

281 000

120 256,—

2 2 0 2

Alquiler de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

264 000

p.m.

38 244,—

2 2 0 3

Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

79 000

94 000

90 821,97

 

Total del artículo 2 2 0

589 000

439 000

633 293,38

2 2 1

Mobiliario

2 2 1 0

Dotación inicial de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

479 000

364 000

1 708 143,09

2 2 1 1

Renovación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

300 000

296 000

67 404,54

2 2 1 2

Alquiler de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 1 3

Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

1 131,99

 

Total del artículo 2 2 1

782 000

663 000

1 776 679,62

2 2 3

Material de transporte

2 2 3 0

Dotación inicial de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 1

Renovación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 2

Alquiler de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

789 000

689 000

354 174,05

2 2 3 3

Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

248 000

243 000

249 563,81

 

Total del artículo 2 2 3

1 037 000

932 000

603 737,86

2 2 5

Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0

Fondos de biblioteca y compras de libros

 

 

 

Créditos no disociados

698 000

714 000

799 647,70

2 2 5 1

Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

 

 

 

Créditos no disociados

47 000

48 000

28 011,40

2 2 5 2

Suscripciones a diarios y revistas

 

 

 

Créditos no disociados

73 000

81 000

69 284,—

2 2 5 3

Suscripciones a agencias de prensa

 

 

 

Créditos no disociados

30 400

33 400

18 832,—

2 2 5 4

Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

32 000

35 000

29 824,90

2 2 5 5

Suscripciones a servicios de información rápida en pantalla

 

 

 

Créditos no disociados

25 500

25 000

25 000,—

 

Total del artículo 2 2 5

905 900

936 400

970 600,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

3 313 900

2 970 400

3 984 310,86

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería y material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

1 682 000

1 915 000

1 708 000,—

2 3 2

Gastos financieros

2 3 2 0

Gastos bancarios

 

 

 

Créditos no disociados

45 000

50 000

30 000,—

2 3 2 9

Otros gastos financieros

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 2 3 2

45 000

50 000

30 000,—

2 3 3

Gastos de contenciosos

 

 

 

Créditos no disociados

18 000

20 000

0,—

2 3 4

Indemnizaciones por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5

Otros gastos de funcionamiento

2 3 5 0

Seguros diversos

 

 

 

Créditos no disociados

32 000

28 000

25 586,09

2 3 5 1

Uniformes y prendas de trabajo

 

 

 

Créditos no disociados

96 500

96 500

93 529,33

2 3 5 2

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

42 000

41 000

40 650,—

2 3 5 3

Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

12 000

10 000

6 000,—

2 3 5 4

Gastos menores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5 5

Prestaciones suministradas por terceros

 

 

 

Créditos no disociados

137 000

970 000

227 200,51

2 3 5 9

Otros gastos de funcionamiento

 

 

 

Créditos no disociados

21 000

26 000

14 226,81

 

Total del artículo 2 3 5

340 500

1 171 500

407 192,74

2 3 9

Prestaciones entre instituciones

2 3 9 1

Servicio Común Interpretación-Conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 9 3

Servicio de informática jurídica

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 2 3 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

2 085 500

3 156 500

2 145 192,74

CAPÍTULO 2 4

2 4 0

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

480 000

530 000

402 000,—

2 4 1

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

1 026 000

1 018 000

613 999,96

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 4

1 506 000

1 548 000

1 015 999,96

CAPÍTULO 2 5

2 5 0

Reuniones y convocatorias en general

 

 

 

Créditos no disociados

108 000

120 000

115 000,—

2 5 5

Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

263 000

292 000

291 998,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 5

371 000

412 000

406 998,—

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 6

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 2 7

2 7 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

855 000

909 000

1 095 000,—

2 7 1

Publicaciones

2 7 1 0

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

1 498 000

2 255 000

1 499 244,—

2 7 1 9

Gastos de divulgación y de promoción de las publicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

225 000

200 000

349 900,43

 

Total del artículo 2 7 1

1 723 000

2 455 000

1 849 144,43

2 7 2

Gastos de información y de participación en las manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

77 000

94 000

174 242,75

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 7

2 655 000

3 458 000

3 118 387,18

CAPÍTULO 2 9

2 9 8

Becas

 

 

 

Créditos no disociados

248 000

250 000

229 303,53

2 9 9

Otras subvenciones

 

 

 

Créditos no disociados

108 000

120 000

115 890,35

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 9

356 000

370 000

345 193,88

 

Total del título 2

47 295 400

37 252 900

69 188 495,94

CAPÍTULO 2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

GASTOS RELATIVOS A LA INFORMÁTICA

CAPÍTULO 2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO 2 4 —

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

CAPÍTULO 2 6 —

ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

CAPÍTULO 2 7 —

PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO 2 9 —

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

CAPÍTULO 2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

2 0 0   Alquileres

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 743 000

9 669 000

7 287 934,02

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los alquileres correspondientes a los inmuebles o partes de inmuebles ocupados por la institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 0 1   Asignaciones por arrendamiento/compra

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 500 000

p.m.

36 039 999,76

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las asignaciones por arrendamiento/compra de los anexos A, B y C del Palacio.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 1   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

97 000

40 000

37 716,81

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de las primas de seguro de los inmuebles ocupados por la institución.

2 0 2   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 358 000

1 385 000

1 351 121,88

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas, electricidad y calefacción.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 3   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 771 000

3 160 000

2 507 880,66

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de limpieza y de mantenimiento sobre la base de los contratos existentes, de los edificios e instalaciones técnicas, así como los gastos por la realización de obras y el material necesario para el mantenimiento general (pintura, reparación, etc.) de los edificios ocupados por la institución.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) por cada una de ellas para un contrato similar, de conformidad con el artículo 63 del Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 4   Acondicionamiento de locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

173 000

120 000

414 059,43

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos por obras de instalación como la modificación de los tabiques de los despachos, así como las adaptaciones técnicas correspondientes.

2 0 5   Seguridad y vigilancia de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 497 000

1 360 000

1 306 114,45

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de vigilancia de los edificios ocupados por la institución.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) por cada una de ellas para un contrato similar, de conformidad con el Reglamento financiero.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 0 6   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 0 8   Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 413 000

82 000

17 870,09

2 0 9   Otros gastos relativos a inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

199 000

200 000

163 993,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir otros gastos corrientes en materia de inmuebles no previstos especialmente en los demás artículos del capítulo 2 0, en particular las contribuciones por vías públicas, saneamientos, retirada de basuras, material de señalización, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

CAPÍTULO 2 1 —   GASTOS RELATIVOS A LA INFORMÁTICA

2 1 0   Material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 053 000

3 982 000

3 664 973,08

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, la instalación y el mantenimiento de todos los equipos vinculados a la informática y al material de oficina.

2 1 1   Trabajos de informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 204 000

5 340 000

5 380 750,14

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los trabajos de análisis y de programación de estudios informáticos.

CAPÍTULO 2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición o suministro de material o para la prestación de servicio, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 2 0   Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0   Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

66 000

64 000

383 971,41

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de adquisición de equipos técnicos.

2 2 0 1   Renovación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

180 000

281 000

120 256,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de renovación de equipo técnico, en particular:

material audiovisual, de archivo, de biblioteca y de interpretación, tal como cabinas, auriculares, cajas de conexiones para la instalación de interpretación simultánea,

utensilios diversos para los talleres de mantenimiento de los edificios,

material de telecomunicaciones,

material de reprografía, difusión y correo.

2 2 0 2   Alquiler de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

264 000

p.m.

38 244,—

Comentarios

Este crédito se destina especialmente a cubrir los gastos de alquiler del material y de las instalaciones telefónicas.

2 2 0 3   Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

79 000

94 000

90 821,97

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y reparación del material y equipo consignado en las partidas 2 2 0 0 a 2 2 0 2.

2 2 1   Mobiliario

2 2 1 0   Dotación inicial de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

479 000

364 000

1 708 143,09

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de mobiliario complementario.

2 2 1 1   Renovación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

300 000

296 000

67 404,54

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la renovación de una parte del mobiliario que tenga como mínimo quince años de antigüedad y del mobiliario no reparable.

2 2 1 2   Alquiler de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 2 1 3   Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

1 131,99

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y reparación del mobiliario.

2 2 3   Material de transporte

2 2 3 0   Dotación inicial de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de medios de transporte.

2 2 3 1   Renovación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a la renovación de los vehículos que tengan el mayor número de kilómetros por encima de 120 000 km.

2 2 3 2   Alquiler de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

789 000

689 000

354 174,05

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler y de explotación de los coches alquilados.

2 2 3 3   Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

248 000

243 000

249 563,81

Comentarios

Este crédito se destina principalmente a cubrir los gastos de mantenimiento, reparación, garaje, aparcamientos, peajes de autopistas y seguro para los vehículos del servicio.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 2 5   Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0   Fondos de biblioteca y compras de libros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

698 000

714 000

799 647,70

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de obras, documentos y demás publicaciones, así como las actualizaciones de los volúmenes existentes.

2 2 5 1   Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

47 000

48 000

28 011,40

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

los trabajos de grabación y la compra de datos informatizados en el ámbito de la documentación jurídica,

los equipos especiales para la biblioteca.

2 2 5 2   Suscripciones a diarios y revistas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

73 000

81 000

69 284,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a diarios, revistas no especializadas y boletines diversos.

2 2 5 3   Suscripciones a agencias de prensa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 400

33 400

18 832,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a agencias de prensa.

2 2 5 4   Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 000

35 000

29 824,90

2 2 5 5   Suscripciones a servicios de información rápida en pantalla

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 500

25 000

25 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de acceso a determinados bancos de datos jurídicos externos.

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición o suministro de material o para la prestación de servicio, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 3 0   Papelería y material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 682 000

1 915 000

1 708 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de adquisición de papelería y material de oficina siguientes:

papel offset,

papel xerográfico, fotocopias y cánones,

papel y material de oficina,

suministros para el taller de reproducción de documentos,

suministros para los servicios de difusión y de correo,

suministros para la grabación sonora,

impresos y formularios,

suministros para equipos de informática y ofimática,

otros suministros y material no consignados en el inventario.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero, procedentes en particular de la venta de las publicaciones impresas en los talleres del Tribunal de Justicia, se estima en 38 000 euros.

2 3 2   Gastos financieros

2 3 2 0   Gastos bancarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

45 000

50 000

30 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos bancarios (comisiones, agios, gastos diversos).

Los intereses bancarios percibidos por la institución están consignados en la previsión de ingresos.

2 3 2 9   Otros gastos financieros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 3   Gastos de contenciosos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

18 000

20 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina, entre otras cosas, a cubrir los gastos de honorarios de abogados que asesoren al agente de la institución en aquellos asuntos que enfrenten a su administración con uno de sus funcionarios o agentes.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 3 4   Indemnizaciones por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5   Otros gastos de funcionamiento

2 3 5 0   Seguros diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 000

28 000

25 586,09

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir seguros diversos (en particular de responsabilidad civil, robo, riesgos relacionados con los equipos de tratamiento de textos, riesgo electrónico).

2 3 5 1   Uniformes y prendas de trabajo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

96 500

96 500

93 529,33

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra, el mantenimiento y la limpieza de:

las togas de magistrados,

los uniformes para ujieres y conductores,

las prendas de trabajo para el personal de reproducción y el equipo de mantenimiento.

2 3 5 2   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

42 000

41 000

40 650,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos diversos de reuniones internas.

2 3 5 3   Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 000

10 000

6 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de traslado y mantenimiento del material, del mobiliario y de los suministros de oficina.

2 3 5 4   Gastos menores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5 5   Prestaciones suministradas por terceros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

137 000

970 000

227 200,51

Comentarios

Este crédito está destinado a cubrir los gastos de funcionamiento efectuados por empresas de servicios.

2 3 5 9   Otros gastos de funcionamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

21 000

26 000

14 226,81

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos corrientes no previstos, específicamente, en los artículos anteriores.

2 3 9   Prestaciones entre instituciones

2 3 9 1   Servicio Común Interpretación-Conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 9 3   Servicio de informática jurídica

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir una eventual petición de participación en los gastos que la Comisión pueda hacer a las demás instituciones en lo relativo al servicio de informática jurídica (alimentación y difusión de la base de datos interinstitucional).

CAPÍTULO 2 4 —   FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

2 4 0   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

480 000

530 000

402 000,—

Comentarios

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 100 euros.

2 4 1   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 026 000

1 018 000

613 999,96

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos relacionados con las telecomunicaciones, tales como las cuotas de abono, los gastos de comunicaciones telefónicas (fijas y móviles) y la renovación, reparación y mantenimiento de las instalaciones y equipos telefónicos.

También cubre los gastos relativos a las redes de transmisión de datos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 36 000 euros.

CAPÍTULO 2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

2 5 0   Reuniones y convocatorias en general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

108 000

120 000

115 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir principalmente la organización, con la colaboración de los Ministerios de Justicia, de seminarios y otras actividades de formación en la sede de la institución para magistrados y juristas de los Estados miembros.

2 5 5   Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

263 000

292 000

291 998,—

Comentarios

El desarrollo paralelo de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y de los tribunales nacionales en materia de Derecho comunitario exige la celebración de reuniones con los magistrados de los órganos superiores nacionales y de especialistas de Derecho comunitario.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de organización, incluidos los gastos de viaje y estancia de los participantes.

CAPÍTULO 2 6 —   ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 2 7 —   PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 7 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

855 000

909 000

1 095 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de inserción en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 120 000 euros.

2 7 1   Publicaciones

2 7 1 0   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 498 000

2 255 000

1 499 244,—

Comentarios

Este crédito se destina, en particular, a cubrir los gastos de publicación y de difusión de la Recopilación de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, incluida la jurisprudencia del Tribunal de Primera Instancia, así como del Repertorio de jurisprudencia del Derecho comunitario.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 263 000 euros.

2 7 1 9   Gastos de divulgación y de promoción de las publicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

225 000

200 000

349 900,43

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de edición del Informe anual del Tribunal de Justicia y de otros folletos de presentación del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas puestos a disposición de los visitantes.

2 7 2   Gastos de información y de participación en las manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

77 000

94 000

174 242,75

Comentarios

Este crédito se destina a la adquisición y realización de obras de divulgación del Derecho comunitario y demás gastos de información y de fotografía.

CAPÍTULO 2 9 —   SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

2 9 8   Becas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

248 000

250 000

229 303,53

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la financiación de las becas concedidas a las personas en período de prácticas que participan en trabajos de investigación y de documentación en los servicios de la institución.

2 9 9   Otras subvenciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

108 000

120 000

115 890,35

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la participación en los gastos de visitas a la institución.

TÍTULO 3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE FUNCIONES ESPECÍFICAS POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 3 7

3 7 1

Gastos especiales del Tribunal de Justicia

3 7 1 0

Gastos judiciales

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

40 000

15 753,05

3 7 1 1

Comité de arbitraje previsto en el artículo 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 3 7 1

40 000

40 000

15 753,05

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 3 7

40 000

40 000

15 753,05

 

Total del título 3

40 000

40 000

15 753,05

CAPÍTULO 3 7 —

GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

CAPÍTULO 3 7 —   GASTOS ESPECIALES DE DETERMINADAS INSTITUCIONES Y DETERMINADOS ÓRGANOS

3 7 1   Gastos especiales del Tribunal de Justicia

3 7 1 0   Gastos judiciales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

40 000

15 753,05

Comentarios

Este crédito debe permitir el funcionamiento normal de la justicia en todos los casos de concesión de defensa gratuita y para todos los gastos de testigos y peritos, para los de inspección ocular y las comisiones rogatorias, para los honorarios de abogados y los demás gastos que, en su caso, recaigan en el Tribunal de Justicia.

3 7 1 1   Comité de arbitraje previsto en el artículo 18 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

250 338 602

228 952 872

220 847 247,72

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

SECCIÓN V

TRIBUNAL DE CUENTAS

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

113 196 491

Ingresos propios

–14 636 000

Contribución que ha de percibirse

98 560 491

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, funcionarios y demás agentes

7 876 000

7 606 000

6 738 085,—

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

442 840,48

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

830 000

700 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

8 706 000

8 306 000

7 180 925,48

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

5 180 000

4 900 000

4 013 809,75

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

500 000

847 000

1 431 294,23

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia voluntaria al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

5 680 000

5 747 000

5 445 103,98

 

Total del título 4

14 386 000

14 053 000

12 626 029,46

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, funcionarios y demás agentes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

7 876 000

7 606 000

6 738 085,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

442 840,48

Comentarios

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los Jueces, los Abogados Generales y el Secretario del Tribunal de Justicia y del Presidente, los miembros y el Secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el Régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

830 000

700 000

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26).

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 1 0   Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

5 180 000

4 900 000

4 013 809,75

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

500 000

847 000

1 431 294,23

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia voluntaria al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

18 000,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados (antes artículo 5 0 0)

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

18 000,—

5 0 2

Ingresos procedentes de la venta de publicaciones, impresos y películas — Ingresos afectados

150 000

126 000

140 810,22

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

150 000

126 000

158 810,22

CAPÍTULO 5 1

5 1 1

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos sobre las cuentas de la institución

p.m.

p.m.

187 142,78

5 2 2

Intereses generados por prefinanciaciones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

p.m.

p.m.

187 142,78

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y obras efectuados en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuados por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

91 926,31

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones relacionadas con el funcionamiento administrativo de las instituciones — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

91 926,31

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

10 733,09

5 8 1

Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

10 733,09

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 5

150 000

126 000

448 612,40

CAPÍTULO 5 0 —

INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

INGRESOS PROCEDENTES DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0   Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

18 000,—

Comentarios

Esta partida se destina a acomodar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de material de transporte perteneciente a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados (antes artículo 5 0 0)

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a acomodar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de otros bienes muebles que no sean de transporte pertenecientes a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Ingresos procedentes de la venta de publicaciones, impresos y películas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

150 000

126 000

140 810,22

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra j), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en formato electrónico.

CAPÍTULO 5 1 —   INGRESOS PROCEDENTES DE ARRENDAMIENTOS

5 1 1   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Productos de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos sobre las cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

187 142,78

Comentarios

Este artículo se destina a acomodar los productos de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución.

5 2 2   Intereses generados por prefinanciaciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a acomodar los productos de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución.

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos resultantes de suministros, prestaciones de servicios y obras efectuados en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra g), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuados por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

91 926,31

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra f), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra c), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones relacionadas con el funcionamiento administrativo de las instituciones — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

10 733,09

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra i), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 8 1   Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra h), del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a acomodar otros ingresos procedentes de la gestión administrativa.

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

100 000

35 000

92 626,49

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

100 000

35 000

92 626,49

 

Total del título 9

100 000

35 000

92 626,49

 

TOTAL GENERAL

14 636 000

14 214 000

13 167 268,35

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

100 000

35 000

92 626,49

Comentarios

Este artículo se destina a acomodar ingresos diversos.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

11 350 000

9 450 000

8 672 774,75

1 1

PERSONAL EN ACTIVO

80 547 991

78 206 000

60 094 968,84

1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS CORRESPONDIENTES AL CESE DEFINITIVO

p.m.

p.m.

0,—

1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

3 100 000

2 860 000

2 260 000,—

1 4

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

98 000

78 000

53 780,22

1 5

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

974 000

1 025 000

213 779,73

1 6

SERVICIO SOCIAL

48 000

7 000

3 000,—

1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

243 000

243 000

134 898,55

1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

2 223 500

2 099 500

1 967 447,18

 

Total del título 1

98 584 491

93 968 500

73 400 649,27

2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

6 229 000

5 284 879

4 960 800,70

2 1

GASTOS RELACIONADOS CON LA INFORMÁTICA

3 770 000

2 768 000

3 037 000,—

2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

1 440 000

1 436 200

1 147 787,95

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

845 000

851 000

775 155,27

2 4

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

705 000

715 000

586 000,—

2 5

GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

109 000

136 000

83 855,15

2 6

ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y CONSULTAS

350 000

260 000

324 089,73

2 7

PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

1 164 000

1 529 000

1 618 761,89

 

Total del título 2

14 612 000

12 980 079

12 533 450,69

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

113 196 491

106 948 579

85 934 099,96

TÍTULO 1

GASTOS CORRESPONDIENTES A PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

5 397 000

5 265 000

4 442 979,15

1 0 0 1

Indemnizaciones de residencia

 

 

 

Créditos no disociados

809 000

790 000

662 188,30

1 0 0 2

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

332 000

344 000

228 844,98

1 0 0 3

Indemnizaciones de representación

 

 

 

Créditos no disociados

0,—

 

Total del artículo 1 0 0

6 538 000

6 399 000

5 334 012,43

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

339 000

296 000

255 177,46

1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

838 000

p.m.

622 917,36

1 0 3

Pensiones

1 0 3 0

Pensiones de jubilación

 

 

 

Créditos no disociados

1 845 000

1 638 000

1 251 579,06

1 0 3 1

Pensiones de invalidez

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 3 2

Pensiones de supervivencia

 

 

 

Créditos no disociados

308 000

290 000

288 557,16

 

Total del artículo 1 0 3

2 153 000

1 928 000

1 540 136,22

1 0 4

Dietas, desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

336 000

324 000

161 000,—

1 0 5

Indemnizaciones y gastos correspondientes a la entrada en funciones y al cese de las mismas

1 0 5 0

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

36 000

36 000

8 066,69

1 0 5 1

Indemnizaciones de instalación y de reinstalación

 

 

 

Créditos no disociados

431 000

p.m.

347 647,40

1 0 5 2

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

192 000

p.m.

39 249,61

 

Total del artículo 1 0 5

659 000

36 000

394 963,70

1 0 6

Perfeccionamiento profesional y cursos de idiomas para los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

48 000

45 000

35 649,62

1 0 9

Ajustes del régimen retributivo

1 0 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

317 000

301 000

328 917,96

1 0 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

122 000

121 000

0,—

 

Total del artículo 1 0 9

439 000

422 000

328 917,96

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

11 350 000

9 450 000

8 672 774,75

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto de plantilla

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

56 001 000

52 974 000

41 762 630,96

1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

4 799 000

4 540 000

3 525 327,63

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

9 041 000

8 538 000

6 734 759,45

1 1 0 3

Indemnizaciones fijas

 

 

 

Créditos no disociados

309 000

298 000

232 951,41

 

Total del artículo 1 1 0

70 150 000

66 350 000

52 255 669,45

1 1 1

Otros agentes

1 1 1 0

Agentes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

77 000

1 420 000

1 654 491,58

1 1 1 1

Intérpretes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 2

Agentes locales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 3

Consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

35 000

35 000

20 957,36

1 1 1 4

Traductores auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

290 000

760 330,46

1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

1 704 000

412 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 1

1 816 000

2 157 000

2 435 779,40

1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos de pensión

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

1 904 000

1 801 000

1 441 968,74

1 1 3 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

 

 

 

Créditos no disociados

487 000

461 000

368 367,41

1 1 3 2

Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

53 000

52 000

85 018,08

1 1 3 3

Constitución o mantenimiento de los derechos a pensión para los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

2 257,—

 

Total del artículo 1 1 3

2 444 000

2 314 000

1 897 611,23

1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0

Asignación de natalidad y de defunción

 

 

 

Créditos no disociados

2 000

2 000

1 983,10

1 1 4 1

Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

 

 

 

Créditos no disociados

692 000

674 000

573 003,96

1 1 4 3

Indemnizaciones a tanto alzado por funciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4

Indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 9

Otras indemnizaciones y reembolsos

 

 

 

Créditos no disociados

112 000

56 000

36 702,14

 

Total del artículo 1 1 4

806 000

732 000

611 689,20

1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

507 000

612 000

422 763,96

1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese y a los traslados

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

31 000

24 474,91

1 1 8 2

Indemnizaciones de instalación, de reinstalación y de traslado

 

 

 

Créditos no disociados

996 000

1 391 000

500 500,—

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

701 000

958 000

163 570,94

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

 

 

Créditos no disociados

1 205 000

1 614 000

1 220 000,—

 

Total del artículo 1 1 8

2 927 000

3 994 000

1 908 545,85

1 1 9

Ajustes de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

1 027 000

1 077 000

562 909,75

1 1 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

870 991

970 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 9

1 897 991

2 047 000

562 909,75

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

80 547 991

78 206 000

60 094 968,84

CAPÍTULO 1 2

1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0

Indemnizaciones en caso de cese en interés del servicio de acuerdo con las disposiciones de los artículos 41 y 50 del Estatuto

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 1 5

Indemnizaciones por cese definitivo [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 1

p.m.

p.m.

0,—

1 2 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9

Ajustes de diversas indemnizaciones

1 2 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos de misiones y desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

3 100 000

2 860 000

2 260 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

3 100 000

2 860 000

2 260 000,—

CAPÍTULO 1 4

1 4 1

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

98 000

78 000

53 780,22

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

98 000

78 000

53 780,22

CAPÍTULO 1 5

1 5 2

Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0

Funcionarios nacionales, internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a la institución

 

 

 

Créditos no disociados

954 000

1 005 000

213 779,73

1 5 2 1

Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a administraciones nacionales, organizaciones internacionales e instituciones o empresas públicas y privadas

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

0,—

 

Total del artículo 1 5 2

974 000

1 025 000

213 779,73

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 5

974 000

1 025 000

213 779,73

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

1 000,—

1 6 4

Ayuda complementaria a los minusválidos

 

 

 

Créditos no disociados

45 000

4 000

2 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

48 000

7 000

3 000,—

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0

Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

234 000

234 000

131 898,55

1 7 0 1

Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

9 000

9 000

3 000,—

 

Total del artículo 1 7 0

243 000

243 000

134 898,55

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 7

243 000

243 000

134 898,55

CAPÍTULO 1 8

1 8 0

Cooperación interinstitucional

1 8 0 2

Centro infantil y centro de estudios en Luxemburgo

 

 

 

Créditos no disociados

749 000

719 000

600 000,—

 

Total del artículo 1 8 0

749 000

719 000

600 000,—

1 8 2

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

 

 

 

Créditos no disociados

700 000

634 000

549 769,26

 

Total del artículo 1 8 2

700 000

634 000

549 769,26

1 8 3

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

 

 

 

Créditos no disociados

31 500

p.m.

13 500,—

 

Total del artículo 1 8 3

31 500

p.m.

13 500,—

1 8 4

Restaurantes y cantinas

1 8 4 0

Gastos de funcionamiento de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

23 000

18 000

18 000,—

1 8 4 1

Gastos de transformación y renovación corrientes de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

75 000

66 986,90

 

Total del artículo 1 8 4

63 000

93 000

84 986,90

1 8 6

Relaciones sociales del personal

 

 

 

Créditos no disociados

43 000

42 000

38 000,—

1 8 7

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

2 500

2 000,—

1 8 8

Gastos diversos de contratación

1 8 8 0

Gastos diversos de contratación

 

 

 

Créditos no disociados

191 000

226 000

225 000,—

 

Total del artículo 1 8 8

191 000

226 000

225 000,—

1 8 9

Prestaciones de apoyo

1 8 9 1

Intérpretes independientes

 

 

 

Créditos no disociados

41 000

41 000

41 000,—

1 8 9 5

Otras prestaciones complementarias

 

 

 

Créditos no disociados

188 000

124 000

170 593,63

1 8 9 6

Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

 

 

 

Créditos no disociados

214 000

218 000

242 597,39

 

Total del artículo 1 8 9

443 000

383 000

454 191,02

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 8

2 223 500

2 099 500

1 967 447,18

 

Total del título 1

98 584 491

93 968 500

73 400 649,27

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO 1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS CORRESPONDIENTES AL CESE DEFINITIVO

CAPÍTULO 1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO 1 4 —

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

CAPÍTULO 1 5 —

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

CAPÍTULO 1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO 1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 397 000

5 265 000

4 442 979,15

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 2.

Este crédito se destina a los sueldos base de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 0 1   Indemnizaciones de residencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

809 000

790 000

662 188,30

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 4.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones de residencia de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 0 2   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

332 000

344 000

228 844,98

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 3.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad,

de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 0 3   Indemnizaciones de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

0,—

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

339 000

296 000

255 177,46

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 12.

Este crédito se destina a cubrir:

la cuota patronal (0,87 %) en los gastos de cobertura de los riesgos de enfermedad profesional y de accidente,

la cuota patronal (3,4 %) en los gastos de cobertura de los riesgos de enfermedad,

en caso de fallecimiento de un miembro del Tribunal de Cuentas:

la retribución global del difunto hasta el final del tercer mes siguiente al del fallecimiento,

los gastos de traslado de los restos mortales hasta el lugar de origen del fallecido.

1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

838 000

p.m.

622 917,36

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 8.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones transitorias y los complementos familiares de los miembros del Tribunal después del cese de sus funciones.

1 0 3   Pensiones

1 0 3 0   Pensiones de jubilación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 845 000

1 638 000

1 251 579,06

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, sus artículos 9 y 10.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de jubilación de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 3 1   Pensiones de invalidez

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 11.

1 0 3 2   Pensiones de supervivencia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

308 000

290 000

288 557,16

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 16.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de supervivencia de los/las viudos/as y/o huérfanos de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 4   Dietas, desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

336 000

324 000

161 000,—

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 7.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte y el pago de las dietas de misión y los gastos accesorios o excepcionales ocasionados por la ejecución de una misión.

1 0 5   Indemnizaciones y gastos correspondientes a la entrada en funciones y al cese de las mismas

1 0 5 0   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

36 000

36 000

8 066,69

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje de los miembros del Tribunal de Cuentas con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 0 5 1   Indemnizaciones de instalación y de reinstalación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

431 000

p.m.

347 647,40

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones por gastos de instalación y de reinstalación que se deban a los miembros del Tribunal de Cuentas con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 0 5 2   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

192 000

p.m.

39 249,61

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza de los miembros del Tribunal de Cuentas con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 0 6   Perfeccionamiento profesional y cursos de idiomas para los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

48 000

45 000

35 649,62

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de participación de los miembros del Tribunal de Cuentas en cursos de idiomas y otros seminarios de perfeccionamiento profesional.

1 0 9   Ajustes del régimen retributivo

1 0 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

317 000

301 000

328 917,96

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1293/2004 (DO L 243 de 15.7.2004, p. 26), y, en particular, sus artículos 5 y 5 bis.

Este crédito se destina a cubrir el pago de los coeficientes correctores de:

los sueldos base,

las indemnizaciones de residencia,

los complementos familiares,

las indemnizaciones transitorias,

las pensiones de jubilación,

las pensiones de invalidez,

las pensiones de supervivencia, y

las transferencias de una parte de la retribución a un Estado miembro distinto de aquel en que se prestan los servicios,

de los miembros del Tribunal de Cuentas.

1 0 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

122 000

121 000

0,—

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los posibles ajustes de las retribuciones que decida el Consejo durante el ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

Comentarios

Se ha aplicado una reducción a tanto alzado del 3,9 % a los créditos que figuran en el presente capítulo.

1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto de plantilla

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

56 001 000

52 974 000

41 762 630,96

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 66.

Este crédito se destina a cubrir el sueldo base de los funcionarios y agentes temporales.

1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 799 000

4 540 000

3 525 327,63

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 42 bis, 42 ter, 62, 67 y 68 bis, así como la sección I de su anexo VII.

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas, y, en particular, sus artículos 16 y 20.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación por licencia parental o familiar,

la asignación familiar,

la asignación por hijos a cargo,

la asignación de escolaridad,

de los funcionarios y agentes temporales.

1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 041 000

8 538 000

6 734 759,45

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 69, así como el artículo 4 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización de expatriación y por residencia fuera del país de origen de los funcionarios y agentes temporales.

1 1 0 3   Indemnizaciones fijas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

309 000

298 000

232 951,41

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 18 de su anexo XIII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización global de secretaría de los funcionarios conforme a las condiciones previstas en las disposiciones anteriores.

1 1 1   Otros agentes

1 1 1 0   Agentes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

77 000

1 420 000

1 654 491,58

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y las cuotas patronales al régimen de la seguridad social de los agentes auxiliares (personal de secretaría y otro personal contratado para hacer frente a las sobrecargas de trabajo y a las ausencias de larga duración).

1 1 1 1   Intérpretes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y las cuotas patronales al régimen de la seguridad social de los intérpretes auxiliares.

1 1 1 2   Agentes locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4 y su título V.

Este crédito se destina a cubrir la retribución (incluidas las horas extraordinarias) y la cuota patronal al régimen de la seguridad social de los agentes locales.

1 1 1 3   Consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

35 000

35 000

20 957,36

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 5 y su título VI.

Este crédito se destina a cubrir también los honorarios y otros gastos del consejero médico.

1 1 1 4   Traductores auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

290 000

760 330,46

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y las cuotas patronales al régimen de la seguridad social de los traductores auxiliares.

1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 704 000

412 000

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 bis y su título IV.

Este crédito se destina a cubrir los gastos del posible recurso a agentes contractuales.

1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos de pensión

1 1 3 0   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 904 000

1 801 000

1 441 968,74

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Reglamentación relativa a la cobertura de los riesgos de enfermedad de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 23.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad (3,4 % del sueldo base).

La contribución de los agentes se eleva al 1,7 % del sueldo base.

1 1 3 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

487 000

461 000

368 367,41

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 73 y el artículo 15 de su anexo VIII.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal del seguro contra los riesgos de accidente y de enfermedad profesional (0,87 % del sueldo base), así como los gastos suplementarios resultantes de la aplicación de las disposiciones estatutarias en la materia.

1 1 3 2   Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

53 000

52 000

85 018,08

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 28 bis.

Este crédito se destina a cubrir la contribución de la institución en la constitución del fondo especial de desempleo previsto en el anteriormente citado artículo 28 bis, apartado 7.

1 1 3 3   Constitución o mantenimiento de los derechos a pensión para los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

2 257,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 42.

Este crédito se destina a cubrir los importes que deba abonar la institución en favor de los agentes temporales para constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen.

1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0   Asignación de natalidad y de defunción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 000

2 000

1 983,10

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 70, 74 y 75.

Este crédito se destina a cubrir la asignación por nacimiento (198,31 euros) y, en caso de fallecimiento del funcionario, la retribución global del difunto hasta el fin del tercer mes siguiente al mismo, así como los gastos de traslado del cuerpo al lugar de origen del difunto.

1 1 4 1   Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

692 000

674 000

573 003,96

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 8 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir el pago de los gastos de viaje para el funcionario o el agente temporal, para su cónyuge y las personas a su cargo, desde el lugar de destino al lugar de origen.

1 1 4 3   Indemnizaciones a tanto alzado por funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 14 de su anexo VII.

1 1 4 4   Indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 9   Otras indemnizaciones y reembolsos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

112 000

56 000

36 702,14

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 34.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 48.

Este crédito se destina a cubrir:

la indemnización de despido de un funcionario en período de prueba por insuficiencia manifiesta de su trabajo,

la indemnización de un agente temporal cuando la institución pone fin al contrato,

el rescate de los derechos de pensión de los antiguos auxiliares nombrados agentes temporales o funcionarios.

1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

507 000

612 000

422 763,96

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 16 y 57.

Este crédito se destina al pago de las horas extraordinarias conforme a las condiciones previstas en las disposiciones anteriormente mencionadas.

1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese y a los traslados

1 1 8 1   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

31 000

24 474,91

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 7 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje de los agentes (incluidos los de los miembros de su familia) con motivo de su entrada en funciones o de su cese.

1 1 8 2   Indemnizaciones de instalación, de reinstalación y de traslado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

996 000

1 391 000

500 500,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 5 y 6 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones por gastos de instalación que recibirán los agentes que hayan tenido que cambiar de residencia a raíz de la toma de posesión de su cargo, del cese definitivo en sus funciones o de su destino a un nuevo lugar de servicio.

1 1 8 3   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

701 000

958 000

163 570,94

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 9 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mudanza de los agentes a que se refiere la partida 1 1 8 2.

1 1 8 4   Indemnizaciones diarias temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 205 000

1 614 000

1 220 000,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71 y el artículo 10 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir el pago de las indemnizaciones diarias temporales de los agentes que justifiquen la necesidad de cambiar de residencia con ocasión de su entrada en funciones.

1 1 9   Ajustes de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 027 000

1 077 000

562 909,75

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 64 y 65 bis de su anexo XI.

Este crédito se destina a cubrir la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a la retribución de los funcionarios, de los agentes temporales y de los agentes auxiliares, así como a las horas extraordinarias.

1 1 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

870 991

970 000

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 65 y 65 bis y su anexo XI.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a hacer frente a las consecuencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo durante el ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS CORRESPONDIENTES AL CESE DEFINITIVO

1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0   Indemnizaciones en caso de cese en interés del servicio de acuerdo con las disposiciones de los artículos 41 y 50 del Estatuto

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deberán abonarse a los funcionarios declarados en excedencia forzosa a raíz de una medida de reducción del número de puestos de trabajo de la institución o a los titulares de un puesto de alto funcionario que se suprime en interés del servicio.

1 2 1 5   Indemnizaciones por cese definitivo [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre de 1985, por el que se adoptan, con motivo de la adhesión de España y de Portugal, medidas específicas sobre el cese de funciones definitivo de los funcionarios de las Comunidades Europeas (DO L 335 de 13.12.1985, p. 56), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que se deban abonar a los funcionarios afectados por las medidas de cese definitivo en interés del servicio, con el fin de tener en cuenta las necesidades que se derivan de la adhesión de nuevos Estados miembros a las Comunidades Europeas.

1 2 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Este crédito se destina a cubrir la cuota patronal del seguro de enfermedad de los pensionistas y beneficiarios de indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y separación del servicio.

1 2 9   Ajustes de diversas indemnizaciones

1 2 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65 bis.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a las pensiones y a las diversas indemnizaciones.

1 2 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 65 y 65 bis y su anexo XI.

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

Este crédito se destina a hacer frente a las consecuencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo durante el ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

1 3 0   Gastos de misiones y desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 100 000

2 860 000

2 260 000,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, incluidos los gastos accesorios de expedición de títulos de transporte y reservas, las indemnizaciones de misión y gastos accesorios o extraordinarios derivados de la ejecución de una misión por el personal estatutario u otro del Tribunal, así como por los expertos o funcionarios nacionales o internacionales adscritos temporalmente a los servicios del Tribunal y los becarios.

CAPÍTULO 1 4 —   INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

1 4 1   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

98 000

78 000

53 780,22

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 59 y el artículo 8 de su anexo II.

Este crédito se destina a cubrir los gastos relacionados con la revisión médica anual de los funcionarios, incluidos los análisis y reconocimientos médicos requeridos.

CAPÍTULO 1 5 —   INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

1 5 2   Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0   Funcionarios nacionales, internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

954 000

1 005 000

213 779,73

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la comisión de servicio y al destino temporal en los servicios del Tribunal de Cuentas de funcionarios de los Estados miembros, prioritariamente, o de otros Estados, y de otros expertos o a la consulta de corta duración.

1 5 2 1   Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a administraciones nacionales, organizaciones internacionales e instituciones o empresas públicas y privadas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina cubrir el reembolso de los gastos suplementarios que el intercambio supone para los funcionarios de las Comunidades.

CAPÍTULO 1 6 —   SERVICIO SOCIAL

1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

1 000,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

Este crédito se destina a cubrir las actuaciones en favor de agentes que se encuentren en situaciones particularmente difíciles.

1 6 4   Ayuda complementaria a los minusválidos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

45 000

4 000

2 000,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política en favor de las personas minusválidas siguientes, a:

los funcionarios y agentes temporales en actividad,

los cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre el reembolso, dentro de los límites presupuestarios máximos y tras agotamiento de los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la minusvalía, reconocidos como necesarios y que estén debidamente justificados.

CAPÍTULO 1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

1 7 0   Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0   Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

234 000

234 000

131 898,55

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de las obligaciones de recepción y de representación del Tribunal de Cuentas.

1 7 0 1   Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 000

9 000

3 000,—

CAPÍTULO 1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo serán objeto de una cooperación interinstitucional que implique una consulta entre las instituciones y un reforzamiento de los mecanismos de gestión común con vistas a racionalizar los gastos.

1 8 0   Cooperación interinstitucional

1 8 0 2   Centro infantil y centro de estudios en Luxemburgo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

749 000

719 000

600 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la cuota del Tribunal para el centro infantil y el centro de estudios en Luxemburgo.

1 8 2   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

700 000

634 000

549 769,26

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24, párrafo tercero.

Este crédito se destina a cubrir la organización de cursos de perfeccionamiento profesional, incluidos los cursos de idiomas, y de seminarios en el ámbito del control y de la gestión financiera sobre una base interinstitucional, así como los gastos de inscripción en seminarios similares organizados en los Estados miembros.

Cubre asimismo la compra de material didáctico y técnico destinado a la formación del personal.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 2 500 euros.

1 8 3   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

31 500

p.m.

13 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las acciones decididas por el Comité Interinstitucional de la Traducción y la Interpretación (CITI) con el fin de promover la cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

1 8 4   Restaurantes y cantinas

1 8 4 0   Gastos de funcionamiento de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

23 000

18 000

18 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento de restaurantes y cafeterías.

1 8 4 1   Gastos de transformación y renovación corrientes de las instalaciones de los restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

75 000

66 986,90

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la reforma y la renovación, tras dieciséis años de explotación, del material instalado en el restaurante y la cafetería, con objeto de adecuarse a las normas nacionales en vigor sobre seguridad e higiene.

1 8 6   Relaciones sociales del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

43 000

42 000

38 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y mantener financieramente toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre los agentes de las distintas nacionalidades, tales como subvenciones a los clubes y a los círculos deportivos y culturales del personal.

1 8 7   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

2 500

2 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las demás intervenciones y subvenciones en favor de los agentes y de sus familias.

1 8 8   Gastos diversos de contratación

1 8 8 0   Gastos diversos de contratación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

191 000

226 000

225 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicidad, de convocatoria de los candidatos, de alquiler de las salas y de las máquinas para los concursos y demás procedimientos de selección directamente organizados por el Tribunal de Cuentas, así como los gastos de desplazamientos y examen médico de los candidatos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

1 8 9   Prestaciones de apoyo

1 8 9 1   Intérpretes independientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

41 000

41 000

41 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los honorarios, las cotizaciones sociales, los gastos de viaje y las dietas de los intérpretes independientes y otros intérpretes no permanentes.

1 8 9 5   Otras prestaciones complementarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

188 000

124 000

170 593,63

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, en particular:

el recurso al personal interino, en particular telefonistas, taquimecanógrafos, ujieres y personal técnico para el conjunto de los servicios del Tribunal,

en la medida en que no puedan ser ejecutados por los propios servicios del Tribunal, los trabajos de reproducción y mecanografía que deben encomendarse a servicios externos,

el coste de informatización relativo a la elaboración de documentos explicativos y justificativos para las necesidades propias del Tribunal que deben presentarse a la Autoridad Presupuestaria.

1 8 9 6   Prestaciones de apoyo para el Servicio de Traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

214 000

218 000

242 597,39

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de los servicios de traductores independientes o interinos, o de trabajos de mecanografía y otros encomendados a servicios externos por el Servicio de Traducción.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

2 948 000

2 571 000

1 920 240,61

2 0 1

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

60 000

76 000

57 000,—

2 0 2

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

725 000

690 000

442 000,—

2 0 3

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

843 000

721 000

715 000,—

2 0 4

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

280 000

130 000

145 486,79

2 0 5

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

934 000

863 879

793 000,—

2 0 6

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

650 000,—

2 0 8

Asistencia técnica en los proyectos inmobiliarios de gran importancia

 

 

 

Créditos no disociados

375 000

175 000

172 073,30

2 0 9

Otros gastos correspondientes a los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

64 000

58 000

66 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

6 229 000

5 284 879

4 960 800,70

CAPÍTULO 2 1

2 1 1

Sistemas informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

2 615 000

2 168 000

2 380 000,—

2 1 4

Trabajos de análisis y programación, análisis previos y proyectos especiales encargados a terceros

 

 

 

Créditos no disociados

1 155 000

600 000

657 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

3 770 000

2 768 000

3 037 000,—

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0

Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

12 000

12 000

28 000,—

2 2 0 1

Renovación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

37 000

16 000

6 000,—

2 2 0 2

Alquiler de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 0 3

Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

10 000

10 000,—

2 2 0 4

Equipo ofimático

 

 

 

Créditos no disociados

259 000

265 000

193 000,—

 

Total del artículo 2 2 0

318 000

303 000

237 000,—

2 2 1

Mobiliario

2 2 1 0

Dotación inicial de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

121 000

187 000

287 582,58

2 2 1 1

Renovación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

200 000

127 000

126 000,—

2 2 1 2

Alquiler de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

1 200

417,42

2 2 1 3

Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

7 000

7 000

2 000,—

 

Total del artículo 2 2 1

328 000

322 200

416 000,—

2 2 3

Material de transporte

2 2 3 0

Dotación inicial de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 1

Renovación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 2

Alquiler de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

275 000

245 000

100 000,—

2 2 3 3

Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

195 000

242 000

179 787,95

 

Total del artículo 2 2 3

470 000

487 000

279 787,95

2 2 5

Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0

Fondos de biblioteca y compras de libros

 

 

 

Créditos no disociados

38 000

38 000

27 000,—

2 2 5 1

Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

16 000,—

2 2 5 2

Suscripciones a diarios y revistas

 

 

 

Créditos no disociados

111 000

111 000

103 000,—

2 2 5 3

Suscripciones a agencias de prensa

 

 

 

Créditos no disociados

69 000

69 000

69 000,—

2 2 5 4

Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

0,—

 

Total del artículo 2 2 5

224 000

224 000

215 000,—

2 2 7

Tratamiento de fondos de archivo y adquisición de fondos de archivo en soportes de sustitución

2 2 7 0

Tratamiento de fondos de archivo y adquisición de fondos de archivo en soportes de sustitución

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

100 000

0,—

 

Total del artículo 2 2 7

100 000

100 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

1 440 000

1 436 200

1 147 787,95

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería y material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

200 000

200 000

170 000,—

2 3 2

Gastos financieros

2 3 2 0

Gastos bancarios

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

20 000

19 000,—

2 3 2 1

Diferencias de cambio

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 2 9

Otros gastos financieros

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 2 3 2

30 000

20 000

19 000,—

2 3 3

Gastos de contenciosos

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

111,72

2 3 4

Indemnizaciones por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5

Otros gastos de funcionamiento

2 3 5 0

Seguros diversos

 

 

 

Créditos no disociados

2 000

2 000

236,10

2 3 5 1

Uniformes y prendas de trabajo

 

 

 

Créditos no disociados

34 000

36 000

21 705,89

2 3 5 2

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

55 000

51 000

56 000,—

2 3 5 3

Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

35 000

53 000

49 000,—

2 3 5 4

Pequeños gastos

 

 

 

Créditos no disociados

2 000

2 000

1 999,71

2 3 5 9

Otros gastos de funcionamiento

 

 

 

Créditos no disociados

7 000

7 000

19 101,85

 

Total del artículo 2 3 5

135 000

151 000

148 043,55

2 3 9

Servicios entre instituciones

2 3 9 1

Servicio Común Interpretación-Conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

460 000

460 000

438 000,—

 

Total del artículo 2 3 9

460 000

460 000

438 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

845 000

851 000

775 155,27

CAPÍTULO 2 4

2 4 0

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

50 000

48 000,—

2 4 1

Teléfono, telégrafo, télex y televisión

 

 

 

Créditos no disociados

655 000

665 000

538 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 4

705 000

715 000

586 000,—

CAPÍTULO 2 5

2 5 0

Reuniones y convocatorias en general

 

 

 

Créditos no disociados

7 000

16 000

9 478,11

2 5 5

Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

102 000

120 000

74 377,04

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 5

109 000

136 000

83 855,15

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

 

 

 

Créditos no disociados

350 000

260 000

324 089,73

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 6

350 000

260 000

324 089,73

CAPÍTULO 2 7

2 7 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

850 000

1 253 000

1 370 000,—

2 7 1

Publicaciones

2 7 1 0

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 7 1 9

Gastos de divulgación y promoción de publicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

140 000

120 000

120 000,—

 

Total del artículo 2 7 1

140 000

120 000

120 000,—

2 7 2

Gastos de información y de participación en las manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

13 000

6 000

6 905,86

2 7 3

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

 

 

 

Créditos no disociados

161 000

150 000

121 856,03

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 7

1 164 000

1 529 000

1 618 761,89

 

Total del título 2

14 612 000

12 980 079

12 533 450,69

CAPÍTULO 2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

GASTOS RELACIONADOS CON LA INFORMÁTICA

CAPÍTULO 2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO 2 4 —

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

CAPÍTULO 2 6 —

ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y CONSULTAS

CAPÍTULO 2 7 —

PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO 2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Dado que las compañías de seguros han rechazado la cobertura de riesgos, es necesario cubrir el riesgo de conflictos laborales y de atentados terroristas en los edificios del Tribunal de Cuentas mediante el presupuesto de la Unión Europea. Por consiguiente, los créditos del presente título cubrirán todos los gastos relacionados con daños causados por conflictos laborales y atentados.

2 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 948 000

2 571 000

1 920 240,61

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler en Luxemburgo y de la oficina de Bruselas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 25 000 euros.

2 0 1   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

60 000

76 000

57 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las primas de las pólizas de seguro correspondientes a los inmuebles ocupados por la institución, incluidos los bienes muebles y las obras de arte.

2 0 2   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

725 000

690 000

442 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de consumo de agua, gas, electricidad y calefacción.

2 0 3   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

843 000

721 000

715 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de limpieza y conservación de los locales, ascensores, calefacción central, equipos de aire acondicionado, las instalaciones eléctricas y sus correspondientes modificaciones y reparaciones.

Cubre asimismo la compra de productos y otros suministros necesarios para el mantenimiento de la limpieza, lavado, lavandería y limpieza en seco.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 0 4   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

280 000

130 000

145 486,79

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de los trabajos de acondicionamiento, especialmente la instalación de tabiques, cortinas, cableado, pintura, papeles pintados, revestimientos de suelos, falsos techos y sus correspondientes instalaciones técnicas.

2 0 5   Seguridad y vigilancia de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

934 000

863 879

793 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los diversos gastos relacionados con la seguridad de los inmuebles, en particular el contrato de vigilancia de los edificios, la compra y el cuidado del material de lucha contra incendios y del equipo de los agentes que contribuyen a la seguridad, etc.

Antes de la renovación o celebración de contratos, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas (precio, moneda elegida, indización, duración, otras cláusulas) por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 0 6   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

650 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a financiar, por tramos anuales, las ampliaciones del edificio del Tribunal de Cuentas en Kirchberg (Luxemburgo).

2 0 8   Asistencia técnica en los proyectos inmobiliarios de gran importancia

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

375 000

175 000

172 073,30

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relacionados con los estudios y la asistencia técnica en los proyectos inmobiliarios de gran importancia.

2 0 9   Otros gastos correspondientes a los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

64 000

58 000

66 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos corrientes correspondientes a los inmuebles no previstos específicamente en los demás artículos del presente capítulo, en particular canalizaciones, recogida de basuras, tasas de limpieza callejera, material de señalización, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 180 000 euros.

CAPÍTULO 2 1 —   GASTOS RELACIONADOS CON LA INFORMÁTICA

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición de material o para la prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 1 1   Sistemas informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 615 000

2 168 000

2 380 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de explotación siguientes:

compra, alquiler y mantenimiento de las terminales conectadas al centro de cálculo de la Comisión en Luxemburgo y a los miniordenadores,

compra, alquiler y mantenimiento de material informático y de programas, otros suministros y documentación,

cableado informático.

2 1 4   Trabajos de análisis y programación, análisis previos y proyectos especiales encargados a terceros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 155 000

600 000

657 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos del personal externo y de los trabajos encargados al exterior.

CAPÍTULO 2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición de material o para la prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 2 0   Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0   Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 000

12 000

28 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de equipamiento técnico e instalaciones.

2 2 0 1   Renovación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

37 000

16 000

6 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la renovación de equipamiento técnico e instalaciones.

2 2 0 2   Alquiler de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler de material e instalaciones técnicas.

2 2 0 3   Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

10 000

10 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y de reparación del material relacionado en las partidas 2 2 0 0 a 2 2 0 2.

2 2 0 4   Equipo ofimático

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

259 000

265 000

193 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, el alquiler y el mantenimiento de equipos ofimáticos tales como fotocopiadoras, material de telecomunicación, dictáfonos, calculadoras, etc.

2 2 1   Mobiliario

2 2 1 0   Dotación inicial de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

121 000

187 000

287 582,58

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de mobiliario suplementario.

2 2 1 1   Renovación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

200 000

127 000

126 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la sustitución del mobiliario antiguo o dañado.

2 2 1 2   Alquiler de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

1 200

417,42

2 2 1 3   Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 000

7 000

2 000,—

2 2 3   Material de transporte

2 2 3 0   Dotación inicial de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de material de transporte.

2 2 3 1   Renovación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la reposición de los vehículos con una utilización de cuatro años, como mínimo, o que hayan recorrido más de 140 000 kilómetros.

2 2 3 2   Alquiler de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

275 000

245 000

100 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el alquiler de automóviles, taxis, autocares y camiones, con o sin conductor.

2 2 3 3   Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

195 000

242 000

179 787,95

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el conjunto de gastos derivados del material de transporte, como mantenimiento, reparación, seguros, carburante, estacionamientos, peajes de autopista, etc.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 20 000 euros.

2 2 5   Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0   Fondos de biblioteca y compras de libros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 000

38 000

27 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de obras y otras publicaciones no periódicas necesarias para los servicios del Tribunal de Cuentas, en particular para el servicio lingüístico.

2 2 5 1   Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

16 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de adquisición de todo el material y los accesorios de archivo, clasificación, almacenamiento y reproducción adaptados a las necesidades específicas de la biblioteca.

2 2 5 2   Suscripciones a diarios y revistas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

111 000

111 000

103 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a diarios y revistas, incluidas las revistas especializadas sobre todo en cuestiones financieras, que permitan una consulta regular de la prensa, esencial para las tareas de control.

2 2 5 3   Suscripciones a agencias de prensa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

69 000

69 000

69 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a las agencias de prensa.

2 2 5 4   Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca.

2 2 7   Tratamiento de fondos de archivo y adquisición de fondos de archivo en soportes de sustitución

2 2 7 0   Tratamiento de fondos de archivo y adquisición de fondos de archivo en soportes de sustitución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

100 000

0,—

Comentarios

Reglamento (CEE, Euratom) no 354/83 del Consejo, de 1 de febrero de 1983, relativo a la apertura al público de los archivos históricos de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO L 43 de 15.2.1983, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1700/2003 (DO L 243 de 27.9.2003, p. 1).

Contrato de depósito entre las instituciones europeas y los archivos históricos de las Comunidades Europeas en Florencia de 17 de diciembre de 1984.

Este crédito se destina a cubrir los costes de las prestaciones externas, que abarcan todas las operaciones de archivo, incluidas las selecciones, clasificaciones y nuevas clasificaciones en los depósitos, los costes de las prestaciones archivísticas, la adquisición y la explotación de fondos de archivos en medios de sustitución (microfilms, discos, casetes, etc.).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 150 000 euros.

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de alquiler o de alquiler-compra para la adquisición de material o para la prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas, observando lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento financiero.

2 3 0   Papelería y material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

200 000

200 000

170 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de papelería y de material de oficina.

2 3 2   Gastos financieros

2 3 2 0   Gastos bancarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

20 000

19 000,—

2 3 2 1   Diferencias de cambio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 2 9   Otros gastos financieros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 3   Gastos de contenciosos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

111,72

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos y honorarios que deba abonar el Tribunal de Cuentas.

2 3 4   Indemnizaciones por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5   Otros gastos de funcionamiento

2 3 5 0   Seguros diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 000

2 000

236,10

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de los seguros del equipaje de los agentes durante sus misiones.

2 3 5 1   Uniformes y prendas de trabajo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

34 000

36 000

21 705,89

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de ropa de servicio de los ordenanzas y conductores y de las demás prendas de trabajo.

2 3 5 2   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

55 000

51 000

56 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los refrescos y colaciones servidos en las reuniones internas.

2 3 5 3   Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

35 000

53 000

49 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de traslado y manipulación del material, de los muebles y del material de oficina.

2 3 5 4   Pequeños gastos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 000

2 000

1 999,71

2 3 5 9   Otros gastos de funcionamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 000

7 000

19 101,85

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos de funcionamiento no previstos especialmente en los epígrafes anteriores, así como los gastos correspondientes al material de mantenimiento y de reparación.

2 3 9   Servicios entre instituciones

2 3 9 1   Servicio Común Interpretación-Conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

460 000

460 000

438 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de las prestaciones realizadas por los servicios de interpretación del Parlamento Europeo y de la Comisión.

CAPÍTULO 2 4 —   FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

2 4 0   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

50 000

48 000,—

2 4 1   Teléfono, telégrafo, télex y televisión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

655 000

665 000

538 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos derivados de las telecomunicaciones, como cuotas de abono, líneas telefónicas, gastos de comunicaciones, cánones de mantenimiento, así como la compra, renovación, reparación y mantenimiento de las instalaciones y los equipos telefónicos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 40 000 euros.

CAPÍTULO 2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

2 5 0   Reuniones y convocatorias en general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 000

16 000

9 478,11

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje y de estancia y los gastos accesorios de los expertos convocados para reuniones de grupos de estudio y de trabajo, así como los gastos relacionados con la celebración de estas reuniones, en la medida en que no estén cubiertos por la infraestructura existente.

2 5 5   Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

102 000

120 000

74 377,04

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones.

Este crédito se destina también a los gastos originados por la puesta en aplicación de la Declaración no 18 aneja al Tratado de Niza y relativa al Tribunal de Cuentas: «La Conferencia de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros invita al Tribunal de Cuentas y a los órganos fiscalizadores nacionales a que mejoren el marco y las condiciones de su cooperación, aunque manteniendo su autonomía respectiva. A tal fin, el Presidente del Tribunal de Cuentas podrá crear un comité de contacto con los presidentes de los órganos fiscalizadores nacionales».

CAPÍTULO 2 6 —   ESTUDIOS, INVESTIGACIONES Y CONSULTAS

2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

350 000

260 000

324 089,73

Comentarios

Este crédito se destina a permitir llevar a cabo estudios confiados al exterior mediante contrato a expertos cualificados en los ámbitos de la auditoría, así como los de naturaleza administrativa.

En el marco de sus fiscalizaciones, el Tribunal de Cuentas debe recurrir a estudios y análisis técnicos (químicos, físicos, estadísticos) confiados a expertos externos. El carácter particular y, a veces, imprevisible de las investigaciones confiadas al exterior justifica por sí mismo la necesidad de disponer de créditos para estudios, sin los que el Tribunal de Cuentas podría ver gravemente limitado el cumplimiento de su mandato y su independencia amenazada.

Este crédito incluye igualmente los gastos de la fiscalización de las cuentas del Tribunal de Cuentas por una empresa externa de auditoría cuyo informe se publica en el Diario Oficial de la Unión Europea.

CAPÍTULO 2 7 —   PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 7 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

850 000

1 253 000

1 370 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las inserciones del Tribunal de Cuentas en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 88 000 euros.

2 7 1   Publicaciones

2 7 1 0   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicación y de difusión de los informes y dictámenes aprobados por el Tribunal con arreglo a lo dispuesto en el artículo 248, apartado 4, párrafo segundo, y en el artículo 280, apartado 4, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

2 7 1 9   Gastos de divulgación y promoción de publicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

140 000

120 000

120 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relacionados con la divulgación de documentos sobre trabajos de orden general de fiscalizaciones y relacionados con las actividades del Tribunal de Cuentas (páginas Internet, material audiovisual, documentación en papel).

Este crédito se destina también a los gastos originados por la puesta en aplicación de la Declaración no 18 aneja al Tratado de Niza y relativa al Tribunal de Cuentas: «La Conferencia de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros invita al Tribunal de Cuentas y a los órganos fiscalizadores nacionales a que mejoren el marco y las condiciones de su cooperación, aunque manteniendo su autonomía respectiva. A tal fin, el Presidente del Tribunal de Cuentas podrá crear un comité de contacto con los presidentes de los órganos fiscalizadores nacionales».

2 7 2   Gastos de información y de participación en las manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 000

6 000

6 905,86

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos resultantes de la organización de jornadas de estudios sobre las actividades del Tribunal de Cuentas destinadas a profesores universitarios, redactores de revistas especializadas y otros visitantes especializados procedentes de los Estados miembros.

Este crédito se destina también a cubrir diversos gastos relacionados con la política de información y de comunicación del Tribunal.

2 7 3   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

161 000

150 000

121 856,03

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de los períodos de formación en los servicios del Tribunal de Cuentas.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

113 196 491

106 948 579

85 934 099,96

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

SECCIÓN VI

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Comité Económico y Social para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

107 984 805

Ingresos propios

–9 866 628

Contribución que ha de percibirse

98 118 177

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión

4 446 817

4 082 724

3 550 923,—

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

0,—

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

449 935

363 392

267 327,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

4 896 752

4 446 116

3 818 250,—

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

3 798 876

3 190 793

3 033 522,—

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

1 049 824,—

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

3 798 876

3 190 793

4 083 346,—

 

Total del título 4

8 695 628

7 636 909

7 901 596,—

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

4 446 817

4 082 724

3 550 923,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de las Comunidades Europeas.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

449 935

363 392

267 327,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

3 798 876

3 190 793

3 033 522,—

Comentarios

Antes artículo 4 0 1

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos a pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

1 049 824,—

Comentarios

Antes artículo 5 5 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas

91 000

180 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

91 000

180 000

0,—

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1

Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Ingresos procedentes de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la Institución

64 000

64 000

115 855,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

64 000

64 000

115 855,—

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la Institución — Ingresos afectados

1 000 000

1 000 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

1 000 000

1 000 000

0,—

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias –— Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 8 1

Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 5

1 155 000

1 244 000

115 855,—

CAPÍTULO 5 0 —

INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

INGRESOS PROCEDENTES DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

INGRESOS PROCEDENTES DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   INGRESOS PROCEDENTES DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES (SUMINISTROS) E INMUEBLES

5 0 0   Ingresos procedentes de la venta de bienes muebles (suministros)

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de material de transporte perteneciente a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo 5 0 0

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de otros bienes muebles que no sean de transporte pertenecientes a las instituciones.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

91 000

180 000

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 1 —   INGRESOS PROCEDENTES DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0   Producto del arrendamiento de mobiliario y material

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1   Producto del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles y reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos

5 1 1 0   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   INGRESOS PROCEDENTES DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Ingresos procedentes de fondos invertidos o prestados, intereses bancarios e intereses de otro tipo percibidos en las cuentas de la Institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

64 000

64 000

115 855,—

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos resultantes de prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan sufragado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES VINCULADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la Institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

1 000 000

1 000 000

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias –— Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 8 1   Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

 

CAPÍTULO 9 0

16 000

16 000

48 848,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

16 000

16 000

48 848,—

 

Total del título 9

16 000

16 000

48 848,—

 

TOTAL GENERAL

9 866 628

8 896 909

8 066 299,—

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

16 000

16 000

48 848,—

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

12 513 500

13 706 500

9 276 573,—

1 1

PERSONAL EN ACTIVO

58 346 205

54 431 796

45 369 059,—

1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

p.m.

p.m.

0,—

1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

412 500

412 500

321 153,—

1 4

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

39 000

35 360

30 000,—

1 5

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

420 000

240 000

89 096,—

1 6

SERVICIO SOCIAL

50 000

60 000

22 500,—

1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

124 000

124 000

124 000,—

1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

10 497 341

9 832 240

7 221 660,—

 

Total del título 1

82 402 546

78 842 396

62 454 041,—

2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

16 236 473

14 983 994

20 258 559,—

2 1

GASTOS DE INFORMÁTICA

2 490 364

2 611 910

2 203 594,—

2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

1 931 861

1 602 783

2 613 486,—

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

668 964

743 312

814 306,—

2 4

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

896 822

906 330

636 826,—

2 5

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

815 079

790 000

481 412,—

2 6

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

748 000

736 875

438 911,—

2 7

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

1 779 696

1 603 616

1 042 121,—

2 9

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

15 000

15 000

12 000,—

 

Total del título 2

25 582 259

23 993 820

28 501 215,—

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

10 2

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

107 984 805

102 836 216

90 955 256,—

TÍTULO 1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 3

Indemnizaciones de representación

 

 

 

Créditos no disociados

26 000

26 000

25 550,—

1 0 0 4

Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

 

 

 

Créditos no disociados

12 400 000

13 600 000

9 180 014,—

1 0 0 5

Gastos especiales de viaje

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 6

Indemnizaciones destinadas a cubrir los gastos resultantes de las actividades de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 0 0

12 426 000

13 626 000

9 205 564,—

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y de otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

49 000

42 000

37 009,—

1 0 6

Cursos para los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

38 500

38 500

34 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

12 513 500

13 706 500

9 276 573,—

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

42 463 042

39 036 292

33 656 126,—

1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

3 684 373

3 391 881

2 903 182,—

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

5 421 632

5 037 511

4 272 094,—

1 1 0 3

Indemnización de secretaría

 

 

 

Créditos no disociados

416 088

388 287

327 866,—

 

Total del artículo 1 1 0

51 985 135

47 853 971

41 159 268,—

1 1 1

Otros agentes

1 1 1 0

Agentes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

195 000

972 694,—

1 1 1 1

Intérpretes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 2

Agentes locales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 3

Consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

60 000

59 000

49 280,—

1 1 1 4

Traductores auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

75 000

82 927,—

1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

1 355 086

859 804

0,—

 

Total del artículo 1 1 1

1 415 086

1 188 804

1 104 901,—

1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

1 513 148

1 383 960

1 192 318,—

1 1 3 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

 

 

 

Créditos no disociados

384 267

354 135

302 792,—

1 1 3 2

Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

45 000

45 000

60 728,—

1 1 3 3

Constitución o mantenimiento de derechos a pensión para los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 1 3

1 942 415

1 783 095

1 555 838,—

1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0

Asignación de natalidad y de defunción

 

 

 

Créditos no disociados

4 500

4 500

2 181,—

1 1 4 1

Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

 

 

 

Créditos no disociados

641 496

809 355

561 215,—

1 1 4 3

Indemnización a tanto alzado de funciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4

Dietas de desplazamiento

 

 

 

Créditos no disociados

3 570

4 000

3 570,—

1 1 4 5

Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

 

 

 

Créditos no disociados

412,—

1 1 4 9

Otras indemnizaciones y reembolsos

 

 

 

Créditos no disociados

120 000

10 000

49 909,—

 

Total del artículo 1 1 4

769 566

827 855

617 287,—

1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

90 000

108 613

58 024,—

1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las funciones y a los traslados

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

11 286

21 763

8 087,—

1 1 8 2

Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

 

 

 

Créditos no disociados

430 000

430 000

79 728,—

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

245 000

377 000

96 378,—

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

 

 

Créditos no disociados

481 000

499 000

360 517,—

 

Total del artículo 1 1 8

1 167 286

1 327 763

544 710,—

1 1 9

Crédito destinado a las adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

317 562

634 398

329 031,—

1 1 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

659 155

707 297

0,—

 

Total del artículo 1 1 9

976 717

1 341 695

329 031,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

58 346 205

54 431 796

45 369 059,—

CAPÍTULO 1 2

1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese por interés del servicio o despido

1 2 1 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio, en aplicación de los artículos 41 y 50 del Estatuto

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 1 5

Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 1

p.m.

p.m.

0,—

1 2 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9

Adaptación de indemnizaciones diversas

1 2 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

412 500

412 500

321 153,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

412 500

412 500

321 153,—

CAPÍTULO 1 4

1 4 1

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

39 000

35 360

30 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

39 000

35 360

30 000,—

CAPÍTULO 1 5

1 5 0

Gastos de viaje y de estancia de los expertos nacionales adscritos a los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 5 2

Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0

Funcionarios nacionales, internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

420 000

240 000

89 096,—

1 5 2 1

Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a los servicios nacionales e internacionales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 5 2

420 000

240 000

89 096,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 5

420 000

240 000

89 096,—

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 6 4

Ayuda complementaria a las personas minusválidas

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

60 000

22 500,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

50 000

60 000

22 500,—

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0

Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

114 000

114 000

114 000,—

1 7 0 1

Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

10 000

10 000,—

 

Total del artículo 1 7 0

124 000

124 000

124 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 7

124 000

124 000

124 000,—

CAPÍTULO 1 8

1 8 2

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

 

 

 

Créditos no disociados

350 290

308 650

206 377,—

 

Total del artículo 1 8 2

350 290

308 650

206 377,—

1 8 3

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

60 000

10 000,—

 

Total del artículo 1 8 3

40 000

60 000

10 000,—

1 8 4

Restaurantes y cantinas

1 8 4 0

Gastos de funcionamiento corriente de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 8 4 1

Gastos de transformación y renovación de las instalaciones de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 4

p.m.

p.m.

0,—

1 8 6

Relaciones sociales entre los miembros del personal

1 8 6 0

Relaciones sociales entre los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

39 205

39 150

31 093,—

1 8 6 3

Centro para niños en edad preescolar y otras guarderías

 

 

 

Créditos no disociados

593 806

432 240

282 401,—

 

Total del artículo 1 8 6

633 011

471 390

313 494,—

1 8 7

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

17 040

14 200

3 942,—

1 8 8

Gastos diversos de contratación

1 8 8 0

Gastos diversos de contratación

 

 

 

Créditos no disociados

108 000

120 000

57 527,—

 

Total del artículo 1 8 8

108 000

120 000

57 527,—

1 8 9

Prestaciones complementarias

1 8 9 1

Servicios de interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

8 550 000

8 000 000

6 037 368,—

1 8 9 3

Operadores de conferencia interinos

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

10 000

6 847,—

1 8 9 5

Otras prestaciones complementarias

 

 

 

Créditos no disociados

167 000

155 000

83 380,—

1 8 9 6

Prestaciones complementarias para el Servicio de Traducción

 

 

 

Créditos no disociados

622 000

693 000

502 725,—

 

Total del artículo 1 8 9

9 349 000

8 858 000

6 630 320,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 8

10 497 341

9 832 240

7 221 660,—

 

Total del título 1

82 402 546

78 842 396

62 454 041,—

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO 1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

CAPÍTULO 1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO 1 4 —

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

CAPÍTULO 1 5 —

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

CAPÍTULO 1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO 1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 3   Indemnizaciones de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

26 000

26 000

25 550,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones asignadas al Presidente y a los Vicepresidentes del Comité Económico y Social Europeo.

1 0 0 4   Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 400 000

13 600 000

9 180 014,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los pagos a los miembros del Comité Económico y Social Europeo y sus suplentes efectuados de conformidad con la normativa en vigor relativa a la compensación de los gastos de transporte y a las dietas de viaje y de reunión.

1 0 0 5   Gastos especiales de viaje

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 6   Indemnizaciones destinadas a cubrir los gastos resultantes de las actividades de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los reembolsos de los gastos en que hayan incurrido los presidentes de grupo, los presidentes de sección y los ponentes en el ejercicio de sus actividades.

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y de otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

49 000

42 000

37 009,—

Comentarios

Este crédito se destina en particular a cubrir las primas de seguro contra los riesgos de enfermedad y accidente de los miembros del Comité Económico y Social Europeo.

1 0 6   Cursos para los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 500

38 500

34 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir una parte de los gastos de inscripción de los cursos de idiomas y otros seminarios de perfeccionamiento profesional para los miembros del Comité Económico y Social Europeo.

CAPÍTULO 1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

Comentarios

A los créditos que figuran en el presente capítulo se les ha aplicado una reducción a tanto alzado del 4 %.

1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

Comentarios

El cálculo para la determinación de los créditos de este artículo se ha establecido sobre la base de las disposiciones del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

42 463 042

39 036 292

33 656 126,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se ha calculado sobre la base del cuadro de efectivos autorizados para el ejercicio.

1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 684 373

3 391 881

2 903 182,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a cargo,

la asignación por escolaridad.

1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 421 632

5 037 511

4 272 094,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones debidas a los funcionarios.

1 1 0 3   Indemnización de secretaría

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

416 088

388 287

327 866,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización concedida a título personal a los funcionarios de la antigua categoría C titulares de los puestos de estenomecanógrafos y de mecanógrafos.

1 1 1   Otros agentes

1 1 1 0   Agentes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

195 000

972 694,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la contribución patronal al régimen de la seguridad social de los agentes auxiliares. Dichos agentes se contratan para hacer frente a la sobrecarga de trabajo y para sustituir a los funcionarios que no se encuentran en condiciones de ejercer normalmente sus funciones (licencia por enfermedad, licencia por maternidad, excedencia voluntaria y trabajo de media jornada).

1 1 1 1   Intérpretes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la contribución patronal al régimen de la seguridad social de los intérpretes auxiliares.

1 1 1 2   Agentes locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la retribución (incluidas las horas extraordinarias) y la cuota patronal al régimen de la seguridad social de los agentes locales.

1 1 1 3   Consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

60 000

59 000

49 280,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los honorarios y los gastos de los consejeros especiales, incluidos los honorarios del consejero médico.

1 1 1 4   Traductores auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

75 000

82 927,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración y la contribución patronal al régimen de la seguridad social de los traductores auxiliares.

1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 355 086

859 804

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración y la contribución patronal al régimen de la seguridad social de los agentes contractuales.

1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 513 148

1 383 960

1 192 318,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el pago de la contribución de la institución al régimen común del seguro de enfermedad.

1 1 3 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

384 267

354 135

302 792,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los riesgos de accidente y de enfermedad profesional del personal.

1 1 3 2   Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

45 000

45 000

60 728,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el riesgo de desempleo de los agentes temporales.

Hasta que se cubran por funcionarios los puestos recién creados, el recurso a agentes temporales aumentará debido a la ampliación.

1 1 3 3   Constitución o mantenimiento de derechos a pensión para los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los importes que deba abonar la institución en favor de agentes temporales para constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen.

1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0   Asignación de natalidad y de defunción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 500

4 500

2 181,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el pago de estas asignaciones.

1 1 4 1   Gastos anuales de viaje del lugar de destino al lugar de origen

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

641 496

809 355

561 215,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Los funcionarios tienen derecho, para sí mismos y para su familia, al reembolso de los gastos de viaje del lugar de destino a su lugar de origen.

1 1 4 3   Indemnización a tanto alzado de funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4   Dietas de desplazamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 570

4 000

3 570,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las dietas de desplazamiento.

1 1 4 5   Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

412,—

Comentarios

Reglamento financiero, de 21 de diciembre 1977, aplicable al presupuesto general de la Comunidades Europeas (DO L 356 de 31.12.1977, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom, CECA) no 762/2001 del Consejo (DO L 111 de 20.4.2001, p. 1), y, en particular, su artículo 75.

Esta partida se destina a cubrir la indemnización especial concedida a los funcionarios que tengan la condición de contable, de contable subordinado o de administrador de anticipos.

Aunque el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), que entró en vigor el 1 de enero de 2003, suprime la indemnización especial de que disponían los contables, los contables subordinados y los administradores de anticipos, es necesario calcular y acumular los intereses correspondientes a las indemnizaciones que todavía no han sido pagadas.

1 1 4 9   Otras indemnizaciones y reembolsos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

120 000

10 000

49 909,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización por despido de un funcionario en prácticas y la indemnización por rescisión del contrato de un agente temporal o de un agente contractual por parte de la institución. Esta partida también sirve para cubrir la asignación de la licencia parental o familiar.

1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

90 000

108 613

58 024,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones a tanto alzado y las retribuciones por hora correspondientes a las horas extraordinarias de los funcionarios, agentes temporales, agentes auxiliares de la categoría AST que tengan derecho y agentes contractuales que no hayan podido ser objeto de compensación mediante tiempo libre conforme a las modalidades previstas.

1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las funciones y a los traslados

1 1 8 1   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

11 286

21 763

8 087,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 8 2   Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

430 000

430 000

79 728,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 8 3   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

245 000

377 000

96 378,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 8 4   Indemnizaciones diarias temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

481 000

499 000

360 517,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 9   Crédito destinado a las adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

317 562

634 398

329 031,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

659 155

707 297

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese por interés del servicio o despido

1 2 1 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio, en aplicación de los artículos 41 y 50 del Estatuto

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 2 1 5   Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre de 1985, por el que se establecen medidas específicas relativas al cese definitivo en sus funciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de España y de Portugal (DO L 335 de 13.12.1985, p. 56), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

1 2 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la contribución patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los pensionistas y beneficiarios de indemnizaciones en casos de excedencia forzosa, cese definitivo de las funciones o despido.

1 2 9   Adaptación de indemnizaciones diversas

1 2 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 2 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las indemnizaciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

1 3 0   Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

412 500

412 500

321 153,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte y el pago de las dietas por misión y de los gastos accesorios o excepcionales realizados para la ejecución de una misión.

CAPÍTULO 1 4 —   INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

1 4 1   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

39 000

35 360

30 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las revisiones médicas anuales y a la medicina del trabajo, así como los gastos de funcionamiento de las antenas médicas.

CAPÍTULO 1 5 —   INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

1 5 0   Gastos de viaje y de estancia de los expertos nacionales adscritos a los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 5 2   Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0   Funcionarios nacionales, internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

420 000

240 000

89 096,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la participación, en su caso, en los gastos realizados por funcionarios de las administraciones nacionales y agentes del sector privado llamados a participar en los intercambios.

1 5 2 1   Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a los servicios nacionales e internacionales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el reembolso de las cargas suplementarias que el intercambio implique para los funcionarios de la Comunidad.

CAPÍTULO 1 6 —   SERVICIO SOCIAL

1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

1 6 4   Ayuda complementaria a las personas minusválidas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

60 000

22 500,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política en su favor, a las personas minusválidas siguientes:

funcionarios y agentes temporales en actividad,

cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

todos los hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre, en la medida en que lo permite el presupuesto y una vez agotados los derechos nacionales en el país de residencia o el país de origen, el reembolso de gastos no médicos reconocidos como necesarios y que sean consecuencia de la minusvalía física y estén documentalmente probados.

CAPÍTULO 1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

1 7 0   Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0   Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

114 000

114 000

114 000,—

Comentarios

Reglamento adoptado por la Mesa del Comité Económico y Social Europeo el 23 de mayo de 2000.

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las obligaciones que incumben a la institución en cuanto a la recepción y representación se refiere.

1 7 0 1   Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

10 000

10 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de recepción y de representación presentados por determinados funcionarios en interés de la institución.

CAPÍTULO 1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo son objeto de una cooperación interinstitucional que implica una consulta entre las instituciones, así como el fortalecimiento de los mecanismos de gestión en común con vistas a la racionalización de los gastos.

1 8 2   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

350 290

308 650

206 377,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la organización de cursos de perfeccionamiento y de reciclaje sobre una base interinstitucional, incluidos los cursos de idiomas.

Cubre asimismo la compra de material didáctico y técnico destinado a la formación del personal.

1 8 3   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

60 000

10 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las acciones aprobadas por el Comité Interinstitucional de Traducción e Interpretación (CITI) destinadas a fomentar la cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

1 8 4   Restaurantes y cantinas

1 8 4 0   Gastos de funcionamiento corriente de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento de los restaurantes.

1 8 4 1   Gastos de transformación y renovación de las instalaciones de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de la transformación y de la renovación del material instalado en los restaurantes y cafeterías.

1 8 6   Relaciones sociales entre los miembros del personal

1 8 6 0   Relaciones sociales entre los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

39 205

39 150

31 093,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y apoyar financieramente toda iniciativa que pueda promover las relaciones sociales entre los miembros del personal.

Cubre asimismo la contribución del Comité Económico y Social Europeo destinada a la promoción de actividades sociales, deportivas, pedagógicas y culturales del Centro Interinstitucional Europeo de Overijse.

1 8 6 3   Centro para niños en edad preescolar y otras guarderías

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

593 806

432 240

282 401,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la contribución del Comité Económico y Social Europeo en los gastos relativos al centro para niños en edad preescolar y otras guarderías.

1 8 7   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

17 040

14 200

3 942,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de los miembros del personal distintas de las imputadas a los otros artículos del presente capítulo (ayuda familiar, etc.).

1 8 8   Gastos diversos de contratación

1 8 8 0   Gastos diversos de contratación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

108 000

120 000

57 527,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicidad, de convocatoria de los candidatos y de organización de los concursos generales sobre una base interinstitucional. En casos debidamente justificados por necesidades de funcionamiento y tras consultar a las demás instituciones, estos créditos pueden utilizarse en parte para la organización de concursos por la propia institución.

1 8 9   Prestaciones complementarias

1 8 9 1   Servicios de interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 550 000

8 000 000

6 037 368,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de las prestaciones de interpretación. Se imputan a esta partida los sueldos, las cotizaciones a la seguridad social, los gastos de viaje y las dietas de estancia de los intérpretes empleados.

1 8 9 3   Operadores de conferencia interinos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

10 000

6 847,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones de operadores de conferencia interinos en caso de aumento de trabajo.

1 8 9 5   Otras prestaciones complementarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

167 000

155 000

83 380,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todas las prestaciones realizadas de forma ocasional por personas no vinculadas a la institución.

1 8 9 6   Prestaciones complementarias para el Servicio de Traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

622 000

693 000

502 725,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de los servicios de traductores independientes o interinos, o de trabajos de mecanografía y otros encomendados a servicios externos por el Servicio de Traducción. Se recurre sistemáticamente a los traductores independientes que figuran en las listas resultantes de las licitaciones interinstitucionales.

Se imputarán también a esta partida las prestaciones que, en su caso, se soliciten al Centro de Traducción de Luxemburgo.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Alquileres y rentas enfitéuticas

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

90 000

70 000

1 440 821,—

2 0 0 1

Rentas enfitéuticas y gastos análogos

 

 

 

Créditos no disociados

9 750 000

8 721 580

12 701 070,—

 

Total del artículo 2 0 0

9 840 000

8 791 580

14 141 891,—

2 0 1

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

133 200

122 892

122 600,—

2 0 2

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

766 200

391 902

425 787,—

2 0 3

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

2 820 000

2 690 100

1 648 848,—

2 0 4

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

470 000

426 000

2 021 967,—

2 0 5

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

2 195 073

2 525 520

1 864 650,—

2 0 6

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 0 8

Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de edificios

 

 

 

Créditos no disociados

12 000

6 000

32 816,—

2 0 9

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

30 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

16 236 473

14 983 994

20 258 559,—

CAPÍTULO 2 1

2 1 1

Material informático

 

 

 

Créditos no disociados

1 766 731

2 009 472

1 656 911,—

2 1 4

Trabajos de ingeniería y proyectos especiales encomendados a terceros

 

 

 

Créditos no disociados

723 633

602 438

546 683,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

2 490 364

2 611 910

2 203 594,—

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0

Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

366 200

37 800

158 689,—

2 2 0 1

Renovación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

125 860

36 540

357 650,—

2 2 0 2

Alquiler de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

287 772

400 460

926 669,—

2 2 0 3

Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

677 929

725 394

409 364,—

 

Total del artículo 2 2 0

1 457 761

1 200 194

1 852 372,—

2 2 1

Mobiliario

2 2 1 0

Dotación inicial de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

129 000

28 000

560 168,—

2 2 1 1

Renovación del mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

57 000

60 000

8,—

2 2 1 2

Alquiler de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 1 3

Mantenimiento, utilización y reparación del mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

3 600

3 600

719,—

 

Total del artículo 2 2 1

189 600

91 600

560 895,—

2 2 3

Material de transporte

2 2 3 0

Dotación inicial de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 1

Renovación del material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 2

Alquiler de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

78 300

80 800

36 933,—

2 2 3 3

Mantenimiento, explotación y reparación del material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

17 000

17 000

17 453,—

 

Total del artículo 2 2 3

95 300

97 800

54 386,—

2 2 5

Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0

Fondos de biblioteca y compras de libros

 

 

 

Créditos no disociados

112 100

63 600

75 000,—

2 2 5 1

Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

12 000

3 200,—

2 2 5 2

Suscripciones a diarios y revistas

 

 

 

Créditos no disociados

57 600

79 439

51 195,—

2 2 5 3

Suscripciones a agencias de prensa

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

40 000

8 530,—

2 2 5 4

Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

4 500

18 150

7 908,—

2 2 5 5

Suscripciones a bases de datos

 

 

 

Créditos no disociados

0,—

 

Total del artículo 2 2 5

189 200

213 189

145 833,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

1 931 861

1 602 783

2 613 486,—

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería y material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

360 964

417 312

388 658,—

2 3 2

Gastos financieros

2 3 2 0

Gastos bancarios

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

16 000,—

2 3 2 9

Otros gastos financieros

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 2 3 2

20 000

20 000

16 000,—

2 3 3

Gastos de contenciosos

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

8 648,—

2 3 4

Indemnización por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5

Otros gastos corrientes

2 3 5 0

Seguros diversos

 

 

 

Créditos no disociados

2 000

2 000

500,—

2 3 5 1

Uniformes y prendas de trabajo

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

30 000

24 431,—

2 3 5 2

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

150 000

140 000

71 919,—

2 3 5 3

Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

68 000

92 500

290 502,—

2 3 5 9

Otros gastos corrientes

 

 

 

Créditos no disociados

18 000

21 500

13 648,—

 

Total del artículo 2 3 5

268 000

286 000

401 000,—

2 3 9

Prestaciones entre instituciones — Servicio Común Interpretación-Conferencias

 

 

 

Créditos no disociados

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

668 964

743 312

814 306,—

CAPÍTULO 2 4

2 4 0

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

335 000

424 500

266 320,—

2 4 1

Teléfono, telégrafo, télex y televisión

 

 

 

Créditos no disociados

561 822

481 830

370 506,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 4

896 822

906 330

636 826,—

CAPÍTULO 2 5

2 5 0

Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

 

 

 

Créditos no disociados

0,—

2 5 2

Gastos de organización de las reuniones de la Comisión consultiva de las transformaciones industriales

 

 

 

Créditos no disociados

395 079

390 000

241 634,—

2 5 5

Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

420 000

400 000

239 778,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 5

815 079

790 000

481 412,—

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

2 6 0 0

Gastos de consultas

 

 

 

Créditos no disociados

648 000

636 875

411 911,—

2 6 0 1

Estudios encargados al exterior

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

100 000

27 000,—

 

Total del artículo 2 6 0

748 000

736 875

438 911,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 6

748 000

736 875

438 911,—

CAPÍTULO 2 7

2 7 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

756 000

740 000

485 000,—

2 7 1

Publicaciones y promoción de las publicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

540 800

361 000

283 794,—

2 7 2

Gastos de información

2 7 2 0

Gastos de información

 

 

 

Créditos no disociados

226 000

287 256

99 066,—

2 7 2 5

Organización de coloquios, seminarios y actos culturales

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

 

 

 

Total del artículo 2 7 2

246 000

287 256

99 066,—

2 7 3

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

2 7 3 0

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

2 7 3 3

Gastos de organización de cursillos en los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

236 896

215 360

174 261,—

 

Total del artículo 2 7 3

236 896

215 360

174 261,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 7

1 779 696

1 603 616

1 042 121,—

CAPÍTULO 2 9

2 9 4

Becas de estudios

2 9 4 0

Becas de investigación y becas de estudios

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

15 000

12 000,—

 

Total del artículo 2 9 4

15 000

15 000

12 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 9

15 000

15 000

12 000,—

 

Total del título 2

25 582 259

23 993 820

28 501 215,—

CAPÍTULO 2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

GASTOS DE INFORMÁTICA

CAPÍTULO 2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO 2 4 —

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

CAPÍTULO 2 6 —

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

CAPÍTULO 2 7 —

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO 2 9 —

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

CAPÍTULO 2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de la Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1), y, en particular, su artículo 60.

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 0 0   Alquileres y rentas enfitéuticas

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

90 000

70 000

1 440 821,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los alquileres de inmuebles, así como el alquiler de salas para las reuniones celebradas en inmuebles distintos de los ocupados de manera permanente.

2 0 0 1   Rentas enfitéuticas y gastos análogos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 750 000

8 721 580

12 701 070,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las rentas enfitéuticas y otros gastos análogos soportados por la institución en virtud de contratos de alquiler-compra.

2 0 1   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

133 200

122 892

122 600,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los seguros (incendio, responsabilidad civil, robo y rotura de cristales).

2 0 2   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

766 200

391 902

425 787,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de agua, gas, electricidad y calefacción.

2 0 3   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 820 000

2 690 100

1 648 848,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y de limpieza, sobre la base de los contratos existentes, de los edificios e instalaciones técnicas, así como los gastos relacionados con la realización de obras y el material necesario para el mantenimiento general de los edificios (pintura, reparación, etc.).

2 0 4   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

470 000

426 000

2 021 967,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de trabajos de acondicionamiento de locales, como tabicado, alfombrado y pintura.

2 0 5   Seguridad y vigilancia de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 195 073

2 525 520

1 864 650,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los diversos gastos relacionados con la seguridad de los inmuebles, especialmente los gastos de vigilancia de los edificios.

2 0 6   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 0 8   Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de edificios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 000

6 000

32 816,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los estudios previos a la ocupación de un nuevo edificio.

2 0 9   Otros gastos derivados de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

30 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia técnica y jurídica para la aceptación y entrega de los nuevos inmuebles.

CAPÍTULO 2 1 —   GASTOS DE INFORMÁTICA

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 1 1   Material informático

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 766 731

2 009 472

1 656 911,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos siguientes:

compra, alquiler y mantenimiento de ordenadores,

compra, alquiler y mantenimiento de material informático y programas, otros suministros y documentación.

2 1 4   Trabajos de ingeniería y proyectos especiales encomendados a terceros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

723 633

602 438

546 683,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al personal externo y a los trabajos encargados al exterior, según los contratos vigentes.

CAPÍTULO 2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 2 0   Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0   Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

366 200

37 800

158 689,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de equipos técnicos.

2 2 0 1   Renovación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

125 860

36 540

357 650,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de renovación de los equipos técnicos.

2 2 0 2   Alquiler de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

287 772

400 460

926 669,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler de material e instalaciones técnicas.

2 2 0 3   Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

677 929

725 394

409 364,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y de reparación del material incluido en las partidas 2 2 0 0 a 2 2 0 2.

2 2 1   Mobiliario

2 2 1 0   Dotación inicial de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

129 000

28 000

560 168,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de mobiliario y de mobiliario especializado.

2 2 1 1   Renovación del mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

57 000

60 000

8,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la renovación de una parte del mobiliario amortizado y del mobiliario no reparable.

2 2 1 2   Alquiler de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 2 1 3   Mantenimiento, utilización y reparación del mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 600

3 600

719,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de pintura, mantenimiento y reparación del mobiliario.

2 2 3   Material de transporte

2 2 3 0   Dotación inicial de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 2 3 1   Renovación del material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a la renovación de los automóviles de servicio.

2 2 3 2   Alquiler de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

78 300

80 800

36 933,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el alquiler de taxis y de automóviles, en particular fuera de la sede de la secretaría y en caso de que sea imposible disponer de un medio de transporte del Comité Económico y Social Europeo.

2 2 3 3   Mantenimiento, explotación y reparación del material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

17 000

17 000

17 453,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de seguro y de mantenimiento de los automóviles de servicio.

2 2 5   Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0   Fondos de biblioteca y compras de libros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

112 100

63 600

75 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las compras corrientes de libros y diccionarios destinados a las diferentes secciones lingüísticas y a la biblioteca de los miembros del Comité Económico y Social Europeo.

2 2 5 1   Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

12 000

3 200,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de materiales especiales para la biblioteca.

2 2 5 2   Suscripciones a diarios y revistas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

57 600

79 439

51 195,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las suscripciones a la prensa diaria, periódica y otras publicaciones, así como a los derechos de autor de obras protegidas.

2 2 5 3   Suscripciones a agencias de prensa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

40 000

8 530,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de abono a las agencias de prensa.

2 2 5 4   Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 500

18 150

7 908,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de encuadernación del Diario Oficial de la Unión Europea y de diversos folletos.

2 2 5 5   Suscripciones a bases de datos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a cubrir los gastos de suscripción a bases de datos externas a través del sistema informático.

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 3 0   Papelería y material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

360 964

417 312

388 658,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de papel, sobres, material de oficina y productos para los talleres de impresión y de reproducción, así como determinados trabajos de imprenta realizados por terceros.

2 3 2   Gastos financieros

2 3 2 0   Gastos bancarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

16 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las comisiones y gastos diversos.

2 3 2 9   Otros gastos financieros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 3   Gastos de contenciosos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

8 648,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de naturaleza jurídica.

2 3 4   Indemnización por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 3 5   Otros gastos corrientes

2 3 5 0   Seguros diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 000

2 000

500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir seguros diversos (responsabilidad civil, robo).

2 3 5 1   Uniformes y prendas de trabajo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

30 000

24 431,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra, mantenimiento y limpieza de los uniformes de los ujieres y conductores y de otras prendas de trabajo.

2 3 5 2   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

150 000

140 000

71 919,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de refrescos, ocasionalmente de colaciones, servidos en las reuniones internas.

2 3 5 3   Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

68 000

92 500

290 502,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de mudanzas y de mantenimiento, así como los gastos ocasionados a través de las compañías de mudanzas o recurriendo a la prestación de servicios de puesta a disposición de personal temporal de mantenimiento.

2 3 5 9   Otros gastos corrientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

18 000

21 500

13 648,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos de funcionamiento no previstos en las líneas presupuestarias precedentes.

2 3 9   Prestaciones entre instituciones — Servicio Común Interpretación-Conferencias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a cubrir las prestaciones solicitadas al Servicio Común Interpretación-Conferencias.

CAPÍTULO 2 4 —   FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 4 0   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

335 000

424 500

266 320,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo y de porte de la correspondencia normal, así como los gastos de envío de paquetes postales u otros efectuados por vía aérea, marítima o ferroviaria.

2 4 1   Teléfono, telégrafo, télex y televisión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

561 822

481 830

370 506,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de abono y los gastos de comunicación telefónica, de télex y de fax, así como la cofinanciación de los medios puestos a disposición por los miembros para recibir electrónicamente los documentos del Comité.

CAPÍTULO 2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

2 5 0   Gastos de viaje y de estancia para reuniones, convocatorias y gastos afines

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a cubrir los pagos a los expertos del Comité Económico y Social Europeo de conformidad con la normativa actualmente en vigor relativa a la compensación de los gastos de transporte y a las dietas de viaje y reunión.

2 5 2   Gastos de organización de las reuniones de la Comisión consultiva de las transformaciones industriales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

395 079

390 000

241 634,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento de la Comisión consultiva de las transformaciones industriales, excepción hecha de las dietas y gastos de viaje de los miembros del Comité Económico y Social Europeo.

2 5 5   Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

420 000

400 000

239 778,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos, incluidos los de representación, relativos a la participación del Comité Económico y Social Europeo en congresos, conferencias, coloquios o simposios, etc., por una parte, y a la organización por el Comité Económico y Social Europeo de audiencias, conferencias o reuniones de carácter general o específico, por otra.

Cubre asimismo todos los gastos en que se incurra con ocasión de la organización de reuniones o de encuentros entre el Comité Económico y Social Europeo y sus homólogos (incluidos los medios socioeconómicos), tanto de la Unión Europea como de terceros países, y, en particular, los países de Europa Central y Oriental, las relaciones euromediterráneas, la cooperación con los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, las relaciones con la Asociación Europea de Libre Comercio (cooperación en el marco del Espacio Económico Europeo) y las relaciones con el Mercosur y los países de América Latina.

Por último, este crédito cubre los gastos derivados de las visitas al Comité Económico y Social Europeo de delegaciones socioprofesionales de terceros países, así como los gastos en que se incurra con ocasión de la reunión anual de los antiguos miembros del Comité.

CAPÍTULO 2 6 —   GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

2 6 0 0   Gastos de consultas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

648 000

636 875

411 911,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los pagos a los expertos del Comité Económico y Social Europeo efectuados en aplicación de la actual reglamentación sobre compensación de gastos de transporte e indemnizaciones de viaje y reunión.

2 6 0 1   Estudios encargados al exterior

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

100 000

27 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los pagos a los expertos del Comité Económico y Social Europeo efectuados en aplicación de la actual reglamentación sobre compensación de gastos de transporte e indemnizaciones de viaje y reunión.

CAPÍTULO 2 7 —   GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 7 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

756 000

740 000

485 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de impresión de las publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea.

2 7 1   Publicaciones y promoción de las publicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

540 800

361 000

283 794,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicación del Comité Económico y Social Europeo en todo tipo de medios de comunicación con objeto de promover las publicaciones y la información en general.

2 7 2   Gastos de información

2 7 2 0   Gastos de información

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

226 000

287 256

99 066,—

Comentarios

Antes artículo 2 7 2

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de información de la prensa sobre los objetivos y las actividades del Comité Económico y Social Europeo, así como los gastos correspondientes a acciones de información al público y a las organizaciones socioprofesionales.

2 7 2 5   Organización de coloquios, seminarios y actos culturales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

 

 

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir, por una parte, los gastos y subvenciones derivados de la organización de coloquios y seminarios nacionales o multinacionales destinados a multiplicadores de opinión originarios de los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión, y por otra parte los gastos de organización de coloquios y simposios y la financiación de iniciativas culturales de interés europeo desarrolladas por el Comité Económico y Social Europeo, entre ellas el «Premio de la sociedad civil».

2 7 3   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

2 7 3 0   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

2 7 3 3   Gastos de organización de cursillos en los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

236 896

215 360

174 261,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los períodos de prácticas en administración accesibles a jóvenes universitarios.

CAPÍTULO 2 9 —   SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

2 9 4   Becas de estudios

2 9 4 0   Becas de investigación y becas de estudios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

15 000

12 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la realización limitada de proyectos de investigación en los campos de actividad del Comité Económico y Social Europeo que revisten un interés especial para la integración europea.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

107 984 805

102 836 216

90 955 256,—

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 2 —

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 10 2 —   RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

SECCIÓN VII

COMITÉ DE LAS REGIONES

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Comité de las Regiones para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

Gastos

63 362 670

Ingresos propios

–5 151 157

Contribución que ha de percibirse

58 211 513

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO 4

INGRESOS PROCEDENTES DE LAS PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 4 0

4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

2 401 342

2 193 373

1 619 210,26

4 0 1

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

p.m.

p.m.

1 622 084,56

4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

0,—

4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

244 280

112 571

122 190,48

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 0

2 645 622

2 305 944

3 363 485,30

CAPÍTULO 4 1

4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

2 405 535

1 963 277

0,—

4 1 1

Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

0,—

4 1 2

Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 4 1

2 405 535

1 963 277

0,—

 

Total del título 4

5 051 157

4 269 221

3 363 485,30

CAPÍTULO 4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

CAPÍTULO 4 1 —

CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

CAPÍTULO 4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSOS

4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios, de los otros agentes y de los beneficiarios de una pensión, así como de los miembros de los órganos del Banco Europeo de Inversiones, del Banco Central Europeo, del Fondo Europeo de Inversiones y de los miembros de su personal y de los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

2 401 342

2 193 373

1 619 210,26

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

4 0 1   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

1 622 084,56

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

244 280

112 571

122 190,48

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO 4 1 —   CONTRIBUCIÓN A LOS REGÍMENES DE PENSIONES

4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

2 405 535

1 963 277

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

4 1 1   Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 11, apartado 2, su artículo 17 y el artículo 48 de su anexo VII.

4 1 2   Contribución de los funcionarios y agentes temporales en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 40, apartado 3, y su artículo 83, apartado 2.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 43.

TÍTULO 5

INGRESOS PROCEDENTES DEL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 5 0

5 0 0

Producto de la venta de bienes muebles

5 0 0 0

Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 0 0 1

Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 0 0

p.m.

p.m.

0,—

5 0 2

Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 0

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 1

5 1 0

Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1

Producto del arrendamiento de bienes inmuebles y gastos de arrendamiento

5 1 1 0

Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 1 1 1

Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 5 1 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 1

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 2

5 2 0

Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución

100 000

240 000

73 504,45

5 2 2

Intereses generados por prefinanciaciones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 2

100 000

240 000

73 504,45

CAPÍTULO 5 5

5 5 0

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 5 1

Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 5

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 7

5 7 0

Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 1

Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 7 3

Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 7

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 8

5 8 0

Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

5 8 1

Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 8

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 5 9

5 9 0

Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 5 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 5

100 000

240 000

73 504,45

CAPÍTULO 5 0 —

PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

CAPÍTULO 5 1 —

PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

CAPÍTULO 5 2 —

PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

CAPÍTULO 5 5 —

INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

CAPÍTULO 5 7 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

CAPÍTULO 5 8 —

INDEMNIZACIONES DIVERSAS

CAPÍTULO 5 9 —

OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPÍTULO 5 0 —   PRODUCTO DE LA VENTA DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

5 0 0   Producto de la venta de bienes muebles

5 0 0 0   Ingresos procedentes de la venta de material de transporte — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de material de transporte perteneciente a la institución.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 0 1   Ingresos procedentes de la venta de otros bienes muebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a consignar los ingresos procedentes de la venta o la recuperación de otros bienes muebles que no sean de transporte pertenecientes a la institución.

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 0 2   Producto de la venta de publicaciones, impresos y películas cinematográficas — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra j) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo los ingresos procedentes de la venta de estos productos en formato electrónico.

CAPÍTULO 5 1 —   PRODUCTO DE ARRENDAMIENTOS

5 1 0   Producto del arrendamiento de mobiliario y material — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1   Producto del arrendamiento de bienes inmuebles y gastos de arrendamiento

5 1 1 0   Ingresos procedentes del arrendamiento y subarrendamiento de bienes inmuebles — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 1 1 1   Reembolso de gastos relacionados con los arrendamientos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 2 —   PRODUCTOS DE FONDOS INVERTIDOS O PRESTADOS, INTERESES BANCARIOS E INTERESES DE OTRO TIPO

5 2 0   Producto de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

100 000

240 000

73 504,45

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos procedentes de los fondos invertidos o prestados, intereses bancarios y otros intereses devengados por las cuentas de la institución.

5 2 2   Intereses generados por prefinanciaciones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos procedentes de los intereses generados por prefinanciaciones.

CAPÍTULO 5 5 —   INGRESOS RESULTANTES DE PRESTACIONES DE SERVICIOS Y OBRAS

5 5 0   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios y obras efectuadas en favor de otras instituciones u organismos, incluidas las dietas de misión pagadas por cuenta de otras instituciones u organismos y reembolsadas por éstos — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra g) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 5 1   Ingresos procedentes de terceros por prestaciones de servicios u obras efectuadas por encargo suyo — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra e) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 7 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES LIGADAS AL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO DE LAS INSTITUCIONES

5 7 0   Ingresos procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra f) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 1   Ingresos que tengan un destino determinado, como los procedentes de fundaciones, de subvenciones o de donaciones y legados, incluidos los ingresos afectados propios de cada institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra c) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 7 3   Otras contribuciones y restituciones vinculadas al funcionamiento administrativo de la institución — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

CAPÍTULO 5 8 —   INDEMNIZACIONES DIVERSAS

5 8 0   Ingresos procedentes de indemnizaciones arrendaticias — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra i) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

5 8 1   Ingresos percibidos por indemnizaciones de seguros — Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estos ingresos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, apartado 1, letra h) del Reglamento financiero, se consideran a partir de 2003 afectados y dan lugar a la apertura de créditos suplementarios que se han de consignar en las líneas que hayan soportado el gasto inicial que había dado lugar a los ingresos correspondientes.

Este artículo incluye asimismo el reembolso por parte de los seguros de las remuneraciones de los funcionarios en caso de accidentes.

CAPÍTULO 5 9 —   OTROS INGRESOS PROCEDENTES DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA

5 9 0   Otros ingresos procedentes de la gestión administrativa

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los demás ingresos procedentes de la gestión administrativa.

TÍTULO 9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO 9 0

9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 9 0

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

5 151 157

4 509 221

3 436 989,75

CAPÍTULO 9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO 9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos diversos.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

5 681 500

6 186 500

4 068 633,26

1 1

PERSONAL EN ACTIVO

33 305 915

30 535 679

22 784 828,40

1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

p.m.

p.m.

0,—

1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

330 000

440 000

285 334,66

1 4

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

21 000

20 000

13 820,—

1 5

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

99 000

164 000

64 490,50

1 6

SERVICIO SOCIAL

20 000

p.m.

0,—

1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

130 000

191 000

107 778,72

1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

5 061 500

5 614 227

3 569 484,31

 

Total del título 1

44 648 915

43 151 406

30 894 369,85

2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

10 782 982

10 115 895

12 492 822,47

2 1

GASTOS DE INFORMÁTICA

1 627 389

1 534 392

1 348 421,38

2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

1 458 964

1 159 645

1 798 750,61

2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

463 236

466 804

665 925,56

2 4

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

522 684

576 400

328 590,80

2 5

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

670 000

310 000

378 425,91

2 6

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

859 000

660 000

467 182,81

2 7

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 306 500

1 756 460

1 264 694,94

2 9

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

23 000

18 000

15 200,—

 

Total del título 2

18 713 755

16 597 596

18 760 014,48

10

OTROS GASTOS

10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

 

10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

p.m.

10 2

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL GENERAL

63 362 670

59 749 002

49 654 384,33

TÍTULO 1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 1 0

1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 3

Indemnizaciones de representación

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 4

Gastos de viaje y de estancia para reuniones y convocatorias

 

 

 

Créditos no disociados

5 500 000

5 962 500

3 944 535,92

1 0 0 5

Gastos especiales de viaje en el ejercicio del mandato

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 6

Indemnizaciones destinadas a cubrir los gastos resultantes de las actividades de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

100 000

155 000

75 854,18

 

Total del artículo 1 0 0

5 600 000

6 117 500

4 020 390,10

1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y de otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

19 000

19 000

6 993,06

1 0 6

Cursos para los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

62 500

50 000

41 250,10

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 0

5 681 500

6 186 500

4 068 633,26

CAPÍTULO 1 1

1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

24 674 695

21 635 696

16 638 086,31

1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

1 787 078

1 571 894

1 211 426,20

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

3 021 632

2 650 385

2 048 306,65

1 1 0 3

Indemnización de secretaría

 

 

 

Créditos no disociados

124 000

133 915

128 646,—

 

Total del artículo 1 1 0

29 607 405

25 991 890

20 026 465,16

1 1 1

Otros agentes

1 1 1 0

Agentes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

111 000

540 059,45

1 1 1 1

Intérpretes auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 2

Agentes locales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 1 3

Consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

27 500

34 489,14

1 1 1 4

Traductores auxiliares

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

39 000

212 921,28

1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

996 000

974 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 1

1 046 000

1 151 500

787 469,87

1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

859 904

751 161

582 912,71

1 1 3 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

 

 

 

Créditos no disociados

220 037

192 249

149 158,94

1 1 3 2

Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

73 992

38 020

50 158,17

1 1 3 3

Constitución o mantenimiento de derechos a pensión para los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 1 3

1 153 933

981 430

782 229,82

1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0

Asignación de natalidad y de defunción

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

3 000

793,26

1 1 4 1

Gastos de viajes anuales del lugar de destino al lugar de origen

 

 

 

Créditos no disociados

427 039

528 585

285 693,14

1 1 4 3

Indemnizaciones a tanto alzado de funciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4

Dietas de desplazamiento

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 5

Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

107,94

1 1 4 9

Otras indemnizaciones y reembolsos

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

18 000

0,—

 

Total del artículo 1 1 4

470 039

549 585

286 594,34

1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

82 000

110 000

66 156,27

1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las mismas y a los traslados

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

 

 

Créditos no disociados

13 873

19 330

20 932,13

1 1 8 2

Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

 

 

 

Créditos no disociados

185 523

620 442

153 912,04

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

 

 

Créditos no disociados

126 345

257 974

36 063,73

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

 

 

Créditos no disociados

171 408

350 047

470 038,45

 

Total del artículo 1 1 8

497 149

1 247 793

680 946,35

1 1 9

Crédito destinado a las adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

95 000

145 473

154 966,59

1 1 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

354 389

358 008

0,—

 

Total del artículo 1 1 9

449 389

503 481

154 966,59

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 1

33 305 915

30 535 679

22 784 828,40

CAPÍTULO 1 2

1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 1 5

Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 1

p.m.

p.m.

0,—

1 2 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9

Adaptación de indemnizaciones diversas

1 2 9 0

Coeficientes correctores

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 2 9 1

Crédito provisional

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 3

1 3 0

Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

330 000

440 000

285 334,66

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 3

330 000

440 000

285 334,66

CAPÍTULO 1 4

1 4 1

Servicio médico

 

 

 

Créditos no disociados

21 000

20 000

13 820,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 4

21 000

20 000

13 820,—

CAPÍTULO 1 5

1 5 0

Gastos de viaje y de estancia de los expertos nacionales adscritos a los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 5 2

Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0

Funcionarios nacionales e internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a los servicios de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

99 000

164 000

64 490,50

1 5 2 1

Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a los servicios nacionales e internacionales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 5 2

99 000

164 000

64 490,50

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 5

99 000

164 000

64 490,50

CAPÍTULO 1 6

1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 6 4

Ayuda complementaria a las personas minusválidas

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 6

20 000

p.m.

0,—

CAPÍTULO 1 7

1 7 0

Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0

Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

121 000

182 000

103 838,07

1 7 0 1

Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

9 000

9 000

3 940,65

 

Total del artículo 1 7 0

130 000

191 000

107 778,72

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 7

130 000

191 000

107 778,72

CAPÍTULO 1 8

1 8 2

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0

Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

 

 

 

Créditos no disociados

225 000

184 227

113 902,39

 

Total del artículo 1 8 2

225 000

184 227

113 902,39

1 8 3

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0

Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

 

 

 

Créditos no disociados

40 000

60 000

10 000,—

 

Total del artículo 1 8 3

40 000

60 000

10 000,—

1 8 4

Restaurantes y cantinas

1 8 4 0

Gastos de funcionamiento de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

1 8 4 1

Gastos de transformación y renovación de las instalaciones de restaurantes y cantinas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo 1 8 4

p.m.

p.m.

0,—

1 8 6

Relaciones sociales entre los miembros del personal

1 8 6 0

Relaciones sociales entre los miembros del personal

 

 

 

Créditos no disociados

23 000

22 000

16 731,—

1 8 6 3

Centro para niños en edad preescolar y otras guarderías

 

 

 

Créditos no disociados

200 000

350 000

112 813,—

 

Total del artículo 1 8 6

223 000

372 000

129 544,—

1 8 7

Otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

6 000

5 000

2 856,29

1 8 8

Gastos diversos de reclutamiento

1 8 8 0

Gastos diversos de reclutamiento

 

 

 

Créditos no disociados

125 000

150 000

116 977,50

 

Total del artículo 1 8 8

125 000

150 000

116 977,50

1 8 9

Prestaciones complementarias

1 8 9 1

Prestaciones de interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

3 808 000

4 128 000

2 705 148,71

1 8 9 3

Operadores de conferencia interinos

 

 

 

Créditos no disociados

16 500

15 000

13 650,—

1 8 9 5

Otras prestaciones complementarias

 

 

 

Créditos no disociados

200 000

200 000

110 000,—

1 8 9 6

Prestaciones para el servicio de traducción

 

 

 

Créditos no disociados

418 000

500 000

367 405,42

 

Total del artículo 1 8 9

4 442 500

4 843 000

3 196 204,13

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 1 8

5 061 500

5 614 227

3 569 484,31

 

Total del título 1

44 648 915

43 151 406

30 894 369,85

CAPÍTULO 1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO 1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO 1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

CAPÍTULO 1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO 1 4 —

INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

CAPÍTULO 1 5 —

INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

CAPÍTULO 1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO 1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO 1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO 1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

1 0 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 3   Indemnizaciones de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones asignadas al Presidente y a los Vicepresidentes del Comité de las Regiones.

1 0 0 4   Gastos de viaje y de estancia para reuniones y convocatorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 500 000

5 962 500

3 944 535,92

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de los gastos de viaje y de estancia de los miembros y los suplentes del Comité de las Regiones con ocasión de los plenos y de otras reuniones.

Se desglosa como sigue:

— plenos

2 471 000

— reuniones extraordinarias de las mesas

60 000

— grupos políticos

280 000

— comisiones

1 722 000

— grupos de trabajo y ad hoc

131 000

— CAFA

39 000

— seminarios y otras actividades

589 000

— otros

208 000

Total

5 500 000

1 0 0 5   Gastos especiales de viaje en el ejercicio del mandato

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 0 0 6   Indemnizaciones destinadas a cubrir los gastos resultantes de las actividades de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

100 000

155 000

75 854,18

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos siguientes:

por una parte, los gastos de gestión de oficina, gastos de teléfono y de franqueo,

por otra parte, los gastos soportados por los miembros de la institución para poner un fax o un ordenador personal a disposición del Comité de las Regiones destinados a la transmisión de documentos.

1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y de otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

19 000

19 000

6 993,06

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, en particular, las primas de seguro contra los riesgos de enfermedad y accidente de los miembros del Comité de las Regiones.

1 0 6   Cursos para los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

62 500

50 000

41 250,10

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir una parte de los gastos de inscripción de los cursos de idiomas y otros seminarios de perfeccionamiento profesional para los miembros del Comité de las Regiones.

CAPÍTULO 1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

Comentarios

El cálculo para la determinación de los créditos de este artículo se ha establecido sobre la base de las disposiciones del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y del régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

24 674 695

21 635 696

16 638 086,31

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 66.

Este crédito se ha calculado sobre la base del cuadro de efectivos autorizados para el ejercicio.

1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 787 078

1 571 894

1 211 426,20

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62, 67 y 68 bis, así como la sección I de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad.

1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 021 632

2 650 385

2 048 306,65

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 69, así como el artículo 4 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización debida a los funcionarios que cumplen las condiciones previstas en el artículo anteriormente citado.

1 1 0 3   Indemnización de secretaría

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

124 000

133 915

128 646,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 18 de su anexo XIII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización concedida a los funcionarios de la categoría C* titulares de los puestos de estenomecanógrafos y de mecanógrafos.

1 1 1   Otros agentes

1 1 1 0   Agentes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

111 000

540 059,45

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la contribución patronal al régimen de seguridad social de los agentes auxiliares. Dichos agentes se contratan para hacer frente a la sobrecarga de trabajo o para sustituir a los funcionarios que no se encuentran en condiciones de ejercer normalmente sus funciones.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 1 1 1   Intérpretes auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la retribución y la contribución patronal al régimen de seguridad social de los intérpretes auxiliares.

1 1 1 2   Agentes locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración (horas suplementarias incluidas) y la contribución patronal al régimen de seguridad social de los agentes locales.

1 1 1 3   Consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

27 500

34 489,14

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 5 y su título VI.

Este crédito se destina a cubrir los honorarios y los gastos de los consejeros especiales, incluidos los honorarios del consejero médico.

1 1 1 4   Traductores auxiliares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

39 000

212 921,28

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 3 y su título III.

Este crédito se destina a cubrir la remuneración y la contribución patronal al régimen de seguridad social de los traductores auxiliares.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

996 000

974 000

0,—

Comentarios

Nueva partida

Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 3 bis y 3 ter y su título IV.

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al recurso eventual a agentes contractuales.

1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional, cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

1 1 3 0   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

859 904

751 161

582 912,71

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de la contribución de la institución al régimen común del seguro de enfermedad.

1 1 3 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

220 037

192 249

149 158,94

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la contribución de la institución al seguro contra los riesgos de accidente y de enfermedad profesional del personal.

1 1 3 2   Cobertura del riesgo de desempleo de los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

73 992

38 020

50 158,17

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 28 bis.

Este crédito se destina a cubrir el riesgo de desempleo de los agentes temporales.

1 1 3 3   Constitución o mantenimiento de derechos a pensión para los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 42.

Este crédito se destina a cubrir los importes que deba abonar la institución en favor de agentes temporales para constituir o mantener sus derechos a pensión en sus países de origen.

1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversos

1 1 4 0   Asignación de natalidad y de defunción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

3 000

793,26

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 74 y 75.

Este crédito se destina a cubrir el pago de las asignaciones previstas en los artículos citados.

1 1 4 1   Gastos de viajes anuales del lugar de destino al lugar de origen

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

427 039

528 585

285 693,14

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 8 de su anexo VII.

Los funcionarios tienen derecho, para sí mismos y para su familia, al reembolso de los gastos de viaje del lugar de destino a su lugar de origen.

1 1 4 3   Indemnizaciones a tanto alzado de funciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 1 4 4   Dietas de desplazamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 15 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir las asignaciones globales de desplazamiento asignadas en virtud del artículo citado.

1 1 4 5   Indemnización especial para los contables y administradores de anticipos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

107,94

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la indemnización especial concedida a los funcionarios que tengan la condición de contable, de contable subordinado o de administrador de anticipos.

1 1 4 9   Otras indemnizaciones y reembolsos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

18 000

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 34, 42 bis y 42 ter.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 47.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización por despido de un funcionario en prácticas y la indemnización por rescisión de contrato de un agente temporal, auxiliar o contratado, por la institución.

Se destina también a cubrir la asignación por licencia parental o familiar.

1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

82 000

110 000

66 156,27

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas y, en particular, su título IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones a tanto alzado y las retribuciones por hora correspondientes a las horas extraordinarias de los funcionarios, agentes temporales, agentes auxiliares de las categorías C y D y agentes contratados que no hayan podido ser objeto de compensación mediante tiempo libre conforme a las modalidades previstas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las mismas y a los traslados

1 1 8 1   Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 873

19 330

20 932,13

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71, así como el artículo 7 de su anexo VII.

1 1 8 2   Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

185 523

620 442

153 912,04

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 5 y 6 de su anexo VII.

1 1 8 3   Gastos de transporte de mobiliario y enseres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

126 345

257 974

36 063,73

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71, así como el artículo 9 de su anexo VII.

1 1 8 4   Indemnizaciones diarias temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

171 408

350 047

470 038,45

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 20 y 71, así como el artículo 10 de su anexo VII.

1 1 9   Crédito destinado a las adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

1 1 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

95 000

145 473

154 966,59

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65, así como su anexo XI.

1 1 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

354 389

358 008

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65 y su anexo XI.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

1 2 1 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50, así como su anexo IV.

1 2 1 5   Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones [Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85]

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3518/85 del Consejo, de 12 de diciembre de 1985, por el que se establecen medidas específicas relativas al cese definitivo en sus funciones de los funcionarios de las Comunidades Europeas con motivo de la adhesión de España y Portugal (DO L 335 de 13.12.1985, p. 56), modificado por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 2458/98 del Consejo, de 12 de noviembre de 1998, que modifica el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 por el que se establece el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, el régimen aplicable a otros agentes de estas Comunidades, así como los demás reglamentos aplicables a dichos funcionarios y agentes en lo relativo a la fijación de las retribuciones, pensiones y demás derechos pecuniarios en euros (DO L 307 de 17.11.1998, p. 1).

1 2 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Este crédito se destina a cubrir la contribución patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los pensionistas y beneficiarios de indemnizaciones en casos de excedencia forzosa, cese definitivo de las funciones o despido.

1 2 9   Adaptación de indemnizaciones diversas

1 2 9 0   Coeficientes correctores

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 65.

1 2 9 1   Crédito provisional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 65.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de las posibles adaptaciones de las indemnizaciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio.

Es de carácter meramente provisional y sólo podrá utilizarse una vez se haya transferido a otras líneas presupuestarias de conformidad con las disposiciones del Reglamento financiero.

CAPÍTULO 1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

1 3 0   Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

330 000

440 000

285 334,66

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte y el pago de las dietas por misión y de los gastos accesorios o excepcionales realizados para la ejecución de una misión.

Se desglosa como sigue:

— Presidencia

30 000

— gabinete del Secretario General

25 000

— división de Secretaría y Prensa

40 000

— dirección de la administración

15 000

— grupos políticos

76 000

— trabajos consultivos y relaciones interinstitucionales

70 000

— servicios conjuntos

50 000

— reserva

24 000

Total

330 000

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 1 4 —   INFRAESTRUCTURA DE CARÁCTER SOCIOMÉDICO

1 4 1   Servicio médico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

21 000

20 000

13 820,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a los reconocimientos médicos anuales y a la medicina laboral, así como los gastos de funcionamiento de la unidad médica desplazada.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 1 5 —   INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS Y EXPERTOS

1 5 0   Gastos de viaje y de estancia de los expertos nacionales adscritos a los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

1 5 2   Movilidad de personal entre las Comunidades y los sectores público y privado

1 5 2 0   Funcionarios nacionales e internacionales y agentes del sector privado adscritos temporalmente a los servicios de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

99 000

164 000

64 490,50

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la participación, en su caso, en los gastos realizados por funcionarios de las administraciones nacionales y agentes del sector privado llamados a participar en los intercambios.

1 5 2 1   Funcionarios de la institución adscritos temporalmente a los servicios nacionales e internacionales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 38.

Este crédito se destina a cubrir el reembolso de las cargas suplementarias que el intercambio implique para los funcionarios de la Comunidad.

CAPÍTULO 1 6 —   SERVICIO SOCIAL

1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

1 6 4   Ayuda complementaria a las personas minusválidas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política en su favor, a las personas minusválidas siguientes:

funcionarios y agentes temporales en actividad,

cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

todos los hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre, hasta el límite máximo del presupuesto y una vez agotados los derechos nacionales en el país de residencia o el país de origen, el reembolso de gastos no médicos reconocidos como necesarios que sean consecuencia de la minusvalía física y estén documentalmente probados.

CAPÍTULO 1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

1 7 0   Gastos de recepción y de representación

1 7 0 0   Gastos de recepción y de representación de los miembros de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

121 000

182 000

103 838,07

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las obligaciones que incumben a la institución en cuanto a la recepción y representación se refiere.

1 7 0 1   Gastos de recepción y de representación de los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 000

9 000

3 940,65

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de recepción y de representación presentados por determinados funcionarios en interés de la institución.

CAPÍTULO 1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo son objeto de una cooperación interinstitucional que implica una consulta entre las instituciones, así como el fortalecimiento de los mecanismos de gestión en común con vistas a la racionalización de los gastos.

1 8 2   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

1 8 2 0   Perfeccionamiento profesional, reciclaje e información del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

225 000

184 227

113 902,39

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24 bis.

Este crédito se destina a cubrir la organización de cursos de perfeccionamiento y de reciclaje sobre una base interinstitucional, incluidos los cursos de idiomas.

Cubre asimismo la compra de material didáctico y técnico destinado a la formación del personal.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 8 3   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

1 8 3 0   Actividades de cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

40 000

60 000

10 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la parte correspondiente al Comité de las Regiones de los gastos de las acciones decididas por el Comité Interinstitucional de la Traducción y la Interpretación (CITI) destinadas a fomentar la cooperación interinstitucional en el ámbito lingüístico.

1 8 4   Restaurantes y cantinas

1 8 4 0   Gastos de funcionamiento de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de funcionamiento de los restaurantes.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 8 4 1   Gastos de transformación y renovación de las instalaciones de restaurantes y cantinas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de la transformación y de la renovación del material instalado en los restaurantes y cafeterías.

1 8 6   Relaciones sociales entre los miembros del personal

1 8 6 0   Relaciones sociales entre los miembros del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

23 000

22 000

16 731,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular y apoyar financieramente toda iniciativa que pueda promover las relaciones sociales entre los miembros del personal.

Cubre asimismo la contribución del Comité de las Regiones destinada a la promoción de actividades sociales, deportivas, pedagógicas y culturales del Centro Interinstitucional Europeo de Overijse.

1 8 6 3   Centro para niños en edad preescolar y otras guarderías

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

200 000

350 000

112 813,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la contribución del Comité de las Regiones a los gastos relativos al centro para niños en edad preescolar y otras guarderías.

1 8 7   Otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 000

5 000

2 856,29

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las intervenciones en favor de los miembros del personal distintas de las imputadas a los demás artículos del presente capítulo (colonias de vacaciones, ayuda familiar, etc.).

1 8 8   Gastos diversos de reclutamiento

1 8 8 0   Gastos diversos de reclutamiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

125 000

150 000

116 977,50

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de publicidad, de refrescos, de convocatoria de los candidatos y de alquiler de las salas y máquinas para la organización de los concursos generales sobre una base interinstitucional. En casos debidamente justificados por necesidades de funcionamiento y tras consultar a las demás instituciones, estos créditos pueden utilizarse en parte para la organización de concursos por la propia institución.

1 8 9   Prestaciones complementarias

1 8 9 1   Prestaciones de interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 808 000

4 128 000

2 705 148,71

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de las prestaciones de interpretación. Se imputan a esta partida los sueldos, las cotizaciones a la seguridad social y las dietas de viaje y de estancia de los intérpretes en activo.

1 8 9 3   Operadores de conferencia interinos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

16 500

15 000

13 650,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las prestaciones de operadores de conferencia interinos en caso de aumento de trabajo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 8 9 5   Otras prestaciones complementarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

200 000

200 000

110 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todas las prestaciones realizadas por personas no vinculadas a la institución.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

1 8 9 6   Prestaciones para el servicio de traducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

418 000

500 000

367 405,42

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de los servicios de traductores independientes o interinos, o de trabajos de mecanografía y otros encomendados a servicios externos por el servicio de traducción. El Comité de las Regiones recurrirá sistemáticamente a los traductores independientes que figuran en las listas resultantes de los concursos interinstitucionales.

Se imputarán también a esta partida las prestaciones que, en su caso, se soliciten al Centro de Traducción de Luxemburgo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

TÍTULO 2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO 2 0

2 0 0

Alquileres

2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

52 000

80 000

929 996,—

2 0 0 1

Cánones enfitéuticos y gastos análogos

 

 

 

Créditos no disociados

6 500 000

5 907 619

7 730 073,35

 

Total del artículo 2 0 0

6 552 000

5 987 619

8 660 069,35

2 0 1

Seguros

 

 

 

Créditos no disociados

88 800

81 928

65 400,—

2 0 2

Agua, gas, electricidad y calefacción

 

 

 

Créditos no disociados

510 800

261 268

246 810,—

2 0 3

Limpieza y mantenimiento

 

 

 

Créditos no disociados

1 880 000

1 793 400

1 282 954,31

2 0 4

Acondicionamiento de los locales

 

 

 

Créditos no disociados

280 000

284 000

1 134 500,—

2 0 5

Seguridad y vigilancia de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

1 463 382

1 683 680

1 014 728,81

2 0 6

Adquisición de bienes inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 0 8

Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de edificios

 

 

 

Créditos no disociados

8 000

4 000

88 360,—

2 0 9

Otros gastos derivados de los inmuebles

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

20 000

p.m.

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 0

10 782 982

10 115 895

12 492 822,47

CAPÍTULO 2 1

2 1 1

Equipos informáticos

 

 

 

Créditos no disociados

1 083 222

1 180 579

1 023 511,38

2 1 4

Trabajos de ingeniería y proyectos especiales encomendados a terceros

 

 

 

Créditos no disociados

544 167

353 813

324 910,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 1

1 627 389

1 534 392

1 348 421,38

CAPÍTULO 2 2

2 2 0

Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0

Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

193 800

22 200

305 091,44

2 2 0 1

Renovación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

77 140

21 460

0,—

2 2 0 2

Alquiler de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

277 630

312 040

459 500,46

2 2 0 3

Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

417 440

426 025

302 080,49

2 2 0 4

Equipo ofimático

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del artículo 2 2 0

966 010

781 725

1 066 672,39

2 2 1

Mobiliario

2 2 1 0

Dotación inicial de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

86 000

18 000

512 680,19

2 2 1 1

Renovación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

38 000

40 000

179,51

2 2 1 2

Alquiler de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 1 3

Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

2 400

2 400

0,—

 

Total del artículo 2 2 1

126 400

60 400

512 859,70

2 2 3

Material de transporte

2 2 3 0

Dotación inicial de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 3 1

Renovación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 3 2

Alquiler de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

68 500

71 000

25 228,43

2 2 3 3

Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

13 000

16 000

21 235,55

 

Total del artículo 2 2 3

81 500

87 000

46 463,98

2 2 5

Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0

Fondos de biblioteca y compras de libros

 

 

 

Créditos no disociados

78 600

45 400

34 600,—

2 2 5 1

Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

8 000

1 041,12

2 2 5 2

Suscripciones a diarios y revistas

 

 

 

Créditos no disociados

71 700

71 120

32 069,42

2 2 5 3

Suscripciones a agencias de prensa

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 5 4

Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

3 000

6 000

0,—

2 2 5 5

Suscripciones a bases de datos

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del artículo 2 2 5

163 300

130 520

67 710,54

2 2 7

Gastos de los fondos de archivos

 

 

 

Créditos no disociados

121 754

100 000

105 044,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 2

1 458 964

1 159 645

1 798 750,61

CAPÍTULO 2 3

2 3 0

Papelería y material de oficina

 

 

 

Créditos no disociados

221 236

245 088

218 347,18

2 3 2

Gastos financieros

2 3 2 0

Gastos bancarios

 

 

 

Créditos no disociados

31 000

31 416

28 500,—

2 3 2 9

Otros gastos financieros

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del artículo 2 3 2

31 000

31 416

28 500,—

2 3 3

Gastos de contenciosos

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

20 000,—

2 3 4

Indemnización por daños y perjuicios

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 3 5

Otros gastos corrientes

2 3 5 0

Seguros diversos

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

 

2 3 5 1

Uniformes y prendas de trabajo

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

15 000

7 365,10

2 3 5 2

Gastos diversos de reuniones internas

 

 

 

Créditos no disociados

118 000

80 950

44 029,53

2 3 5 3

Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

 

 

 

Créditos no disociados

46 000

62 350

339 521,80

2 3 5 9

Otros gastos corrientes

 

 

 

Créditos no disociados

12 000

12 000

8 161,95

 

Total del artículo 2 3 5

191 000

170 300

399 078,38

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 3

463 236

466 804

665 925,56

CAPÍTULO 2 4

2 4 0

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

300 534

355 400

212 656,76

2 4 1

Teléfono, telégrafo, télex y televisión

 

 

 

Créditos no disociados

222 150

221 000

115 934,04

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 4

522 684

576 400

328 590,80

CAPÍTULO 2 5

2 5 1

Gastos de reuniones de los representantes de los países candidatos

 

 

 

Créditos no disociados

370 000

70 000

294 533,47

2 5 5

Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

300 000

240 000

83 892,44

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 5

670 000

310 000

378 425,91

CAPÍTULO 2 6

2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

 

 

 

Créditos no disociados

859 000

660 000

467 182,81

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 6

859 000

660 000

467 182,81

CAPÍTULO 2 7

2 7 0

Diario Oficial

 

 

 

Créditos no disociados

292 500

362 500

420 000,—

2 7 1

Publicaciones

2 7 1 0

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

561 000

551 000

333 132,35

2 7 1 9

Gastos de divulgación y de promoción de las publicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

400 000

347 500

224 017,96

 

Total del artículo 2 7 1

961 000

898 500

557 150,31

2 7 2

Gastos de información y participación en las manifestaciones públicas

 

 

 

Créditos no disociados

448 000

326 000

145 769,75

2 7 3

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

2 7 3 0

Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

p.m.

2 7 3 3

Gastos de organización de cursillos en el servicio de la institución

 

 

 

Créditos no disociados

205 000

169 460

141 774,88

 

Total del artículo 2 7 3

205 000

169 460

141 774,88

2 7 4

Actividades políticas y de información de los miembros

 

 

 

Créditos no disociados

400 000

 

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 7

2 306 500

1 756 460

1 264 694,94

CAPÍTULO 2 9

2 9 4

Becas de estudios

2 9 4 0

Becas de investigación y becas de estudios

 

 

 

Créditos no disociados

23 000

18 000

15 200,—

 

Total del artículo 2 9 4

23 000

18 000

15 200,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 2 9

23 000

18 000

15 200,—

 

Total del título 2

18 713 755

16 597 596

18 760 014,48

CAPÍTULO 2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 1 —

GASTOS DE INFORMÁTICA

CAPÍTULO 2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO 2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO 2 4 —

FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO 2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

CAPÍTULO 2 6 —

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

CAPÍTULO 2 7 —

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO 2 9 —

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

CAPÍTULO 2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones obtenidas por cada una de ellas.

2 0 0   Alquileres

2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

52 000

80 000

929 996,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler de los inmuebles, así como los gastos de alquiler relacionados con las reuniones que no se celebren en los inmuebles ocupados de forma permanente.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 4 300 000 euros.

2 0 0 1   Cánones enfitéuticos y gastos análogos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 500 000

5 907 619

7 730 073,35

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los cánones enfitéuticos y otros gastos análogos debidos por la institución en virtud de los contratos de arrendamiento con opción a compra.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 8 900 000 euros.

2 0 1   Seguros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

88 800

81 928

65 400,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los seguros (incendio, responsabilidad civil, robo, rotura de cristales).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 2   Agua, gas, electricidad y calefacción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

510 800

261 268

246 810,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de agua, gas, electricidad y calefacción.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 3   Limpieza y mantenimiento

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 880 000

1 793 400

1 282 954,31

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y de limpieza, sobre la base de los contratos existentes, de los edificios e instalaciones técnicas, así como los gastos relacionados con la realización de obras y el material necesario para el mantenimiento general de los edificios (pintura, reparación, etc.).

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 4   Acondicionamiento de los locales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

280 000

284 000

1 134 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la ejecución de trabajos de acondicionamiento de locales, como tabicado, alfombrado y pintura.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 5   Seguridad y vigilancia de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 463 382

1 683 680

1 014 728,81

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los diversos gastos relacionados con la seguridad de los inmuebles, especialmente los gastos de vigilancia de los edificios.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 6   Adquisición de bienes inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 0 8   Otros gastos previos a la adquisición de bienes inmuebles o a la construcción de edificios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

8 000

4 000

88 360,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los estudios previos a la ocupación de un nuevo edificio.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 0 9   Otros gastos derivados de los inmuebles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

20 000

p.m.

CAPÍTULO 2 1 —   GASTOS DE INFORMÁTICA

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas por cada una de ellas.

2 1 1   Equipos informáticos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 083 222

1 180 579

1 023 511,38

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos siguientes:

compra, alquiler y mantenimiento de ordenadores,

compra, alquiler y mantenimiento de material informático y programas informáticos, suministro de otros materiales y documentación.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 1 4   Trabajos de ingeniería y proyectos especiales encomendados a terceros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

544 167

353 813

324 910,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al personal externo y a los trabajos encargados al exterior, según los contratos vigentes.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas por cada una de ellas.

2 2 0   Instalaciones técnicas y equipo ofimático

2 2 0 0   Dotación inicial de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

193 800

22 200

305 091,44

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de equipos técnicos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 0 1   Renovación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

77 140

21 460

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de renovación de los equipos técnicos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 2 000 euros.

2 2 0 2   Alquiler de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

277 630

312 040

459 500,46

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de alquiler de material y de instalaciones técnicas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 0 3   Mantenimiento, utilización y reparación de instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

417 440

426 025

302 080,49

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de mantenimiento y reparación de los materiales recogidos en las partidas 2 2 0 0 a 2 2 0 2.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 0 4   Equipo ofimático

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, especialmente, los gastos de compra, alquiler, funcionamiento y mantenimiento relativos al sistema integrado de ofimática y telecomunicaciones, que incluye la red, los servidores centrales y sectoriales, los puestos de trabajo, las impresoras y demás periféricos y las licencias de los programas asociados.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 1   Mobiliario

2 2 1 0   Dotación inicial de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

86 000

18 000

512 680,19

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra de mobiliario y de mobiliario especializado.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 1 1   Renovación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 000

40 000

179,51

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la renovación de una parte del mobiliario amortizado y del mobiliario no reparable.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 1 2   Alquiler de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 1 3   Mantenimiento, utilización y reparación de mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 400

2 400

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de pintura, mantenimiento y reparación del mobiliario.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 3   Material de transporte

2 2 3 0   Dotación inicial de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 3 1   Renovación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Este crédito se destina a la renovación de los automóviles de servicio.

2 2 3 2   Alquiler de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

68 500

71 000

25 228,43

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el alquiler de taxis y de automóviles, en particular fuera de la sede de la secretaría y en caso de que sea imposible disponer de un medio de transporte del Comité de las Regiones.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 3 3   Mantenimiento, explotación y reparación de material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

13 000

16 000

21 235,55

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de seguro y de mantenimiento de los automóviles de servicio.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5   Gastos de documentación y de biblioteca

2 2 5 0   Fondos de biblioteca y compras de libros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

78 600

45 400

34 600,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las compras corrientes de libros y diccionarios destinados a las diferentes secciones lingüísticas y a la biblioteca de los miembros del Comité de las Regiones.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5 1   Materiales especiales de biblioteca, de documentación y de reproducción

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

8 000

1 041,12

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la adquisición de material especial para la biblioteca.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5 2   Suscripciones a diarios y revistas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

71 700

71 120

32 069,42

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la evaluación del impacto de las actividades del Comité de las Regiones y otros asuntos de interés en los medios de información, incluidas las suscripciones del Comité de las Regiones a las agencias de noticias de prensa, a la prensa diaria, periódica y otras publicaciones, así como los derechos de autor de obras protegidas. Este crédito incluye también los gastos vinculados a las subscripciones a publicaciones periódicas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5 3   Suscripciones a agencias de prensa

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 2 5 4   Gastos de encuadernación y conservación de las obras de la biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 000

6 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de encuadernación del Diario Oficial de la Unión Europea y de diversos folletos.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 5 5   Suscripciones a bases de datos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de suscripción a bases de datos externas a través del sistema informático.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 2 7   Gastos de los fondos de archivos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

121 754

100 000

105 044,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de las prestaciones externas de todas las operaciones de archivo, incluida la selección, clasificación y reclasificación en los depósitos, los gastos de las prestaciones archivísticas, la adquisición y gestión de fondos de archivos en soportes de sustitución (microfichas, discos, cintas magnetofónicas, etc.).

CAPÍTULO 2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas por cada una de ellas.

2 3 0   Papelería y material de oficina

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

221 236

245 088

218 347,18

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de compra de papel, sobres, material de oficina, productos para los talleres de imprenta y de reproducción así como determinados trabajos de impresión confiados al exterior.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 3 2   Gastos financieros

2 3 2 0   Gastos bancarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

31 000

31 416

28 500,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir las comisiones y gastos diversos.

2 3 2 9   Otros gastos financieros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 3 3   Gastos de contenciosos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

20 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de naturaleza jurídica.

2 3 4   Indemnización por daños y perjuicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 3 5   Otros gastos corrientes

2 3 5 0   Seguros diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los seguros diversos (responsabilidad civil, seguro contra robo).

2 3 5 1   Uniformes y prendas de trabajo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

15 000

7 365,10

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir la compra, mantenimiento y limpieza de los uniformes de los ujieres y conductores y de otras prendas de trabajo.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 3 5 2   Gastos diversos de reuniones internas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

118 000

80 950

44 029,53

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de bebidas, ocasionalmente de refrigerios, servidos en las reuniones internas.

2 3 5 3   Trabajos de mantenimiento y traslado de servicios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

46 000

62 350

339 521,80

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todos los gastos de mudanzas y de mantenimiento, así como los gastos ocasionados a través de las compañías de mudanzas o recurriendo a la prestación de servicios de puesta a disposición de personal temporal de mantenimiento.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 3 5 9   Otros gastos corrientes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

12 000

12 000

8 161,95

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los demás gastos de funcionamiento no previstos en las líneas presupuestarias precedentes.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 2 4 —   FRANQUEO POSTAL Y TELECOMUNICACIONES

Comentarios

Cada vez que el crédito se destine a cubrir los gastos relativos a la compra o a la conclusión de un contrato de suministro de material o de prestación de servicios, la institución consultará a las demás instituciones acerca de las condiciones contractuales obtenidas por cada una de ellas.

2 4 0   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

300 534

355 400

212 656,76

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo y de porte de la correspondencia normal, así como los gastos de envío de paquetes postales u otros efectuados por vía aérea, marítima o ferroviaria.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

2 4 1   Teléfono, telégrafo, télex y televisión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

222 150

221 000

115 934,04

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de abono y los gastos de comunicación telefónica, de télex y de fax.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 50 000 euros.

CAPÍTULO 2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y DE CONVOCATORIAS

2 5 1   Gastos de reuniones de los representantes de los países candidatos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

370 000

70 000

294 533,47

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de los gastos de viaje y de estancia de los representantes regionales y locales de los países candidatos con ocasión de su participación en los trabajos del Comité de las Regiones.

2 5 5   Gastos diversos de organización y participación en conferencias, congresos y reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

300 000

240 000

83 892,44

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, por una parte, los gastos, incluidos los de representación, relativos a la participación del Comité de las Regiones en conferencias, coloquios, simposios, etc., y, por otra parte, los gastos relativos a la organización por parte del Comité de audiencias, conferencias y reuniones de carácter general o específico.

CAPÍTULO 2 6 —   GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

859 000

660 000

467 182,81

Comentarios

Este crédito se destina, por una parte, a la realización de estudios encargados al exterior por contrato a expertos cualificados e institutos de investigación. Por otra parte, se destina también a cubrir los pagos a personalidades cualificadas en los ámbitos específicos relacionados con las actividades del Comité de las Regiones, en aplicación de la reglamentación relativa al reembolso de los gastos de transporte y las dietas de estancia de los expertos participantes en las actividades del Comité de las Regiones.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO 2 7 —   GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

2 7 0   Diario Oficial

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

292 500

362 500

420 000,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de impresión de las publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 15 000 euros.

2 7 1   Publicaciones

2 7 1 0   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

561 000

551 000

333 132,35

Comentarios

Decisión 2000/459/CE, CECA, Euratom del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones, de 20 de julio de 2000, relativa a la organización y al funcionamiento de la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas (DO L 183 de 22.7.2000, p. 12).

Este crédito se destina a cubrir los gastos de impresión en las lenguas de la Comunidad de las diferentes publicaciones del Comité de las Regiones encomendadas a terceros, así como la gestión de las bases de datos y el empleo de cualquier otro soporte en materia de publicaciones e información.

2 7 1 9   Gastos de divulgación y de promoción de las publicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

400 000

347 500

224 017,96

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de difusión de las publicaciones, así como la producción y difusión de materiales publicitarios, la gestión de las bases de datos y el empleo de cualquier otro soporte en materia de publicaciones e información con fines de promoción y publicidad.

2 7 2   Gastos de información y participación en las manifestaciones públicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

448 000

326 000

145 769,75

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos, incluidos los de representación, relativos a acciones de información al público sobre los objetivos y las actividades del Comité de las Regiones.

2 7 3   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

2 7 3 0   Formación de los jóvenes en el espíritu europeo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

2 7 3 3   Gastos de organización de cursillos en el servicio de la institución

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

205 000

169 460

141 774,88

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los períodos de prácticas administrativas accesibles a jóvenes universitarios.

2 7 4   Actividades políticas y de información de los miembros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

400 000

 

 

Comentarios

Nuevo artículo

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las actividades políticas y de información de los miembros del Comité de las Regiones dentro de su mandato europeo.

CAPÍTULO 2 9 —   SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

2 9 4   Becas de estudios

2 9 4 0   Becas de investigación y becas de estudios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

23 000

18 000

15 200,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir, por una parte, la realización limitada de proyectos de investigación en los campos de actividad del Comité de las Regiones que revisten un interés especial para la integración europea y, por otra, los gastos relativos a la organización de concursos de tesis y a los premios concedidos.

TÍTULO 10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

 

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 0

p.m.

p.m.

 

 

CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 1

p.m.

p.m.

p.m.

 

CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL DEL CAPÍTULO 10 2

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del título 10

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL GENERAL

63 362 670

59 749 002

49 654 384,33

CAPÍTULO 10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO 10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO 10 2 —

RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

CAPÍTULO 10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

 

Comentarios

Los créditos consignados en este capítulo son de carácter meramente provisional y sólo podrán utilizarse una vez se hayan transferido a otros capítulos del presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento financiero.

CAPÍTULO 10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

CAPÍTULO 10 2 —   RESERVA PARA LA TOMA DE POSESIÓN DE EDIFICIOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Los créditos de este capítulo se destinan a cubrir los gastos vinculados a la toma de posesión de edificios cedidos por el Parlamento. Podrán utilizarse después de que las transferencias a otros capítulos del presupuesto hayan sido aprobadas conforme a las disposiciones del Reglamento financiero.

SECCIÓN VIII

DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO Y SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

ESTADO DE INGRESOS

Contribución de las Comunidades Europeas a la financiación de los gastos del Defensor de Pueblo Europeo y del Supervisor Europeo de Protección de Datos para el ejercicio 2006

Denominación

Importe

SECCIÓN VIII A — DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

Gastos

7 682 538

Ingresos propios

– 823 600

Contribución que ha de percibirse

6 858 938

SECCIÓN VIII B — SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

Gastos

3 583 833

Ingresos propios

– 520 000

Contribución que ha de percibirse

3 063 833

SECCIÓN VIII A — DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO A-4

INGRESOS PROCEDENTES DE PERSONAS VINCULADAS A LAS INSTITUCIONES Y OTROS ORGANISMOS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO A-4 0

A-4 0 0

Ingresos procedentes del impuesto aplicado a las retribuciones, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, los funcionarios, los otros agentes y los beneficiarios de una pensión

495 526

464 181

320 127,—

A-4 0 1

Contribución de los funcionarios y otros agentes al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

183 549,—

A-4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

26 083

25 255

15 503,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-4 0

521 609

489 436

519 179,—

CAPÍTULO A-4 1

A-4 1 0

Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

301 991

266 170

0,—

A-4 1 1

Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

0,—

A-4 1 2

Contribución de los funcionarios y otros agentes en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-4 1

301 991

266 170

0,—

 

Total del título A-4

823 600

755 606

519 179,—

CAPÍTULO A-4 0 —

IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

CAPÍTULO A-4 1 —

CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO A-4 0 —   IMPUESTOS Y RETENCIONES DIVERSAS

A-4 0 0   Ingresos procedentes del impuesto aplicado a las retribuciones, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, los funcionarios, los otros agentes y los beneficiarios de una pensión

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

495 526

464 181

320 127,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15), modificada por la Decisión 2002/262/CE, CECA, Euratom (DO L 92 de 9.4.2002, p. 13), y, en particular, su artículo 10, apartados 2 y 3.

A-4 0 1   Contribución de los funcionarios y otros agentes al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

183 549,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

A-4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

26 083

25 255

15 503,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis, y Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15), modificada por la Decisión 2002/262/CE, CECA, Euratom (DO L 92 de 9.4.2002, p. 13), y, en particular, su artículo 10, apartados 2 y 3.

CAPÍTULO A-4 1 —   CONTRIBUCIONES AL RÉGIMEN DE PENSIONES

A-4 1 0   Contribución del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

301 991

266 170

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

A-4 1 1   Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

A-4 1 2   Contribución de los funcionarios y otros agentes en excedencia por interés personal al régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 40, apartado 3, y el artículo 17 del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

TÍTULO A-6

CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS Y PROGRAMAS COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO A-6 6

A-6 6 0

Otras contribuciones y restituciones

A-6 6 0 0

Otras contribuciones y restituciones asignadas –— Ingresos afectados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo A-6 6 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-6 6

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título A-6

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO A-6 6 —

OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

CAPÍTULO A-6 6 —   OTRAS CONTRIBUCIONES Y RESTITUCIONES

A-6 6 0   Otras contribuciones y restituciones

A-6 6 0 0   Otras contribuciones y restituciones asignadas –— Ingresos afectados

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a acoger, de conformidad con las disposiciones del artículo 18 del Reglamento financiero, los eventuales ingresos no previstos en las otras partes del título 6 y que dan lugar a la apertura de créditos suplementarios destinados a financiar los gastos a que se asignan dichos ingresos.

TÍTULO A-9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO A-9 0

A-9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-9 0

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título A-9

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

823 600

755 606

519 179,—

CAPÍTULO A-9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO A-9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

A-9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

En este artículo se consignarán los ingresos diversos.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

A-1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

A-1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

501 270

744 476

525 710,—

A-1 2

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

4 834 268

4 297 390

2 884 432,—

A-1 4

OTROS AGENTES Y SERVICIOS EXTERNOS

417 000

370 000

192 147,—

A-1 6

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

56 000

56 000

13 486,—

 

Total del título A-1

5 808 538

5 467 866

3 615 775,—

A-2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

A-2 0

BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

385 000

330 000

264 968,—

A-2 1

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: ADQUISICIÓN, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

70 000

135 000

182 459,—

A-2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

630 000

613 688

620 668,—

 

Total del título A-2

1 085 000

1 078 688

1 068 095,—

A-3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE FUNCIONES GENERALES POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

A-3 0

REUNIONES Y CONFERENCIAS

235 000

210 000

116 023,—

A-3 2

ASESORAMIENTO E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

510 000

405 000

365 632,—

A-3 3

ESTUDIOS Y OTRAS SUBVENCIONES

40 000

60 000

0,—

A-3 4

GASTOS RELATIVOS A LAS FUNCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

4 000

3 000

2 645,—

 

Total del título A-3

789 000

678 000

484 300,—

A-10

OTROS GASTOS

A-10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

A-10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título A-10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

7 682 538

7 224 554

5 168 170,—

TÍTULO A-1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO A-1 0

A-1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

 

 

 

Créditos no disociados

341 148

342 444

328 878,—

A-1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

38 448

267 032

154 371,—

A-1 0 3

Pensiones

 

 

 

Créditos no disociados

66 674

p.m.

0,—

A-1 0 4

Gastos de misiones

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

50 000

39 463,—

A-1 0 5

Cursos de idiomas y de informática

 

 

 

Créditos no disociados

5 000

5 000

2 998,—

A-1 0 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las mismas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

80 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-1 0

501 270

744 476

525 710,—

CAPÍTULO A-1 2

A-1 2 0

Retribución y otros derechos

A-1 2 0 0

Sueldos y asignaciones

 

 

 

Créditos no disociados

4 627 947

4 091 034

2 816 767,—

A-1 2 0 2

Horas extraordinarias remuneradas

 

 

 

Créditos no disociados

5 000

5 000

1 636,—

A-1 2 0 4

Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

 

 

 

Créditos no disociados

201 321

201 356

66 029,—

 

Total del artículo A-1 2 0

4 834 268

4 297 390

2 884 432,—

A-1 2 2

Indemnizaciones después del cese en funciones anticipado

A-1 2 2 0

Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

A-1 2 2 2

Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones y régimen de jubilación especial para los funcionarios y los agentes temporales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo A-1 2 2

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-1 2

4 834 268

4 297 390

2 884 432,—

CAPÍTULO A-1 4

A-1 4 0

Otros agentes y personal externo

A-1 4 0 0

Otros agentes

 

 

 

Créditos no disociados

250 000

245 000

114 118,—

A-1 4 0 4

Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

 

 

 

Créditos no disociados

167 000

125 000

78 029,—

 

Total del artículo A-1 4 0

417 000

370 000

192 147,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-1 4

417 000

370 000

192 147,—

CAPÍTULO A-1 6

A-1 6 1

Gastos relativos a la gestión del personal

A-1 6 1 0

Gastos de contratación de personal

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

2 294,—

A-1 6 1 2

Perfeccionamiento profesional

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

30 000

8 540,—

 

Total del artículo A-1 6 1

50 000

50 000

10 834,—

A-1 6 3

Intervenciones en favor del personal de la institución

A-1 6 3 0

Servicio social

 

 

 

Créditos no disociados

1 000

1 000

0,—

A-1 6 3 2

Relaciones sociales entre los miembros del personal y otras intervenciones sociales

 

 

 

Créditos no disociados

5 000

5 000

2 652,—

 

Total del artículo A-1 6 3

6 000

6 000

2 652,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-1 6

56 000

56 000

13 486,—

 

Total del título A-1

5 808 538

5 467 866

3 615 775,—

CAPÍTULO A-1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO A-1 2 —

FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

CAPÍTULO A-1 4 —

OTROS AGENTES Y SERVICIOS EXTERNOS

CAPÍTULO A-1 6 —

OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO A-1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

A-1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

341 148

342 444

328 878,—

Comentarios

Antes artículos A-1 0 0, A-1 0 1 y A-1 0 9

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15), modificada en último lugar por la Decisión 2002/262/CE, CECA, Euratom (DO L 92 de 9.4.2002, p. 13).

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, sus artículos 4 bis, 11 y 14.

Este crédito se destina a cubrir la financiación de las remuneraciones, indemnizaciones y otras asignaciones relativas al sueldo del Defensor del Pueblo Europeo, concretamente las contribuciones de las instituciones al seguro contra los riesgos de enfermedad y contra los riesgos de accidente y de enfermedad profesional, las asignaciones por nacimiento, las indemnizaciones previstas en caso de fallecimiento del funcionario, los reconocimientos médicos anuales, etc.

Este crédito se destina asimismo a cubrir el pago de los coeficientes correctores, así como las incidencias de las posibles adaptaciones de las remuneraciones y de las pensiones que decida el Consejo durante el ejercicio.

A-1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

38 448

267 032

154 371,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 7.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización transitoria y las asignaciones familiares así como los coeficientes correctores de los países de residencia.

A-1 0 3   Pensiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

66 674

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, sus artículos 8, 9, 15 y 18.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de jubilación y el coeficiente corrector del país de residencia de los miembros, así como las pensiones de viudedad y orfandad y los coeficientes correctores del país de residencia.

A-1 0 4   Gastos de misiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

50 000

39 463,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje y el pago de las dietas de misión, así como los gastos accesorios o excepcionales en que se incurra con motivo de la ejecución de una misión.

El importe de los ingresos afectados según el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

A-1 0 5   Cursos de idiomas y de informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000

5 000

2 998,—

Comentarios

Antes artículo 1 0 6

Este crédito se destina a cubrir los gastos de participación en cursos de idiomas u otros seminarios de perfeccionamiento profesional.

A-1 0 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las mismas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

80 000

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje (incluidos los miembros de la familia) en los que se incurra con motivo de la entrada en funciones o del cese de las mismas, las indemnizaciones compensatorias de los gastos de instalación y de reinstalación con ocasión de la entrada en funciones o del cese de las mismas, y los gastos de mudanza con motivo de la entrada en funciones o del cese de las mismas.

CAPÍTULO A-1 2 —   FUNCIONARIOS Y AGENTES TEMPORALES

Comentarios

Antes capítulos 1 1 (en parte) y 1 2

A-1 2 0   Retribución y otros derechos

A-1 2 0 0   Sueldos y asignaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 627 947

4 091 034

2 816 767,—

Comentarios

Antes partidas A-1 1 0 0, A-1 1 0 1, A-1 1 0 2 y A-1 1 0 3, y antes artículos A-1 1 3, A-1 1 4 y A-1 1 9

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina principalmente a cubrir, para los funcionarios y agentes temporales que ocupan un puesto previsto en la plantilla de personal:

los sueldos, indemnizaciones y complementos derivados de los sueldos,

el seguro contra los riesgos de enfermedad, accidente y enfermedad profesional y otros gastos sociales,

las indemnizaciones a tanto alzado por horas extraordinarias,

los demás complementos e indemnizaciones diversas,

el pago de los gastos de viaje para el funcionario o el agente temporal, para su cónyuge y para las personas a su cargo, del lugar de destino al lugar de origen,

las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a la retribución y a la parte de los emolumentos transferidos a un país distinto del lugar de destino,

la cobertura de desempleo de los agentes temporales, así como los pagos que la institución deba satisfacer en favor de los agentes temporales con objeto de constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen.

A-1 2 0 2   Horas extraordinarias remuneradas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000

5 000

1 636,—

Comentarios

Antes artículo A-1 1 5

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir el pago de las horas extraordinarias en las condiciones previstas en las disposiciones antes mencionadas.

A-1 2 0 4   Derechos vinculados a la entrada en funciones, traslado o cese

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

201 321

201 356

66 029,—

Comentarios

Antes artículo A-1 1 8

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir:

los gastos de viaje de los funcionarios y agentes temporales (incluidos los miembros de su familia) con ocasión de su entrada en funciones, de su cese en el servicio o de su traslado que impliquen un cambio de lugar de destino,

las indemnizaciones de instalación y nueva instalación y los gastos de mudanza de los funcionarios y agentes temporales obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o por motivo de su destino a un nuevo lugar de servicio, así como por motivo del cese definitivo en sus funciones seguido de una nueva instalación en otra localidad,

las indemnizaciones diarias que se deban a los funcionarios y agentes temporales que justifiquen estar obligados a cambiar de residencia después de su entrada en funciones o al ser destinados a un nuevo lugar de servicio,

la indemnización de despido de los funcionarios en prácticas despedidos por ineptitud manifiesta,

la indemnización de rescisión del contrato de un agente temporal por parte de la institución.

A-1 2 2   Indemnizaciones después del cese en funciones anticipado

A-1 2 2 0   Indemnizaciones en caso de cese por interés del servicio

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-1 2 1

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este crédito se destina a cubrir las indemnizaciones que deben abonarse a los funcionarios:

declarados en excedencia forzosa por una reducción del número de puestos de trabajo de su institución,

que ocupen puestos de trabajo de los grados A*16 o A*15 que sean cesados por interés del servicio.

Cubre asimismo la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a estas indemnizaciones.

A-1 2 2 2   Indemnizaciones por cese definitivo de las funciones y régimen de jubilación especial para los funcionarios y los agentes temporales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-1 2 3

Reglamentos del Consejo por los que se establecen medidas específicas relativas al cese definitivo de funcionarios de las Comunidades Europeas tras la adhesión de nuevos Estados miembros.

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 64 y 72.

Este crédito se destina a cubrir:

las indemnizaciones que deban pagarse en aplicación del Estatuto o de los reglamentos mencionados,

la cuota patronal del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones,

la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las distintas indemnizaciones.

CAPÍTULO A-1 4 —   OTROS AGENTES Y SERVICIOS EXTERNOS

A-1 4 0   Otros agentes y personal externo

A-1 4 0 0   Otros agentes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

250 000

245 000

114 118,—

Comentarios

Antes partida A-1 1 1 5

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina fundamentalmente a cubrir los gastos siguientes:

la retribución de los otros agentes, incluidos los agentes auxiliares, contractuales y locales y los consejeros especiales (en el sentido del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas), las cuotas patronales a los diferentes regímenes de seguridad social, así como la incidencia de los coeficientes correctores aplicables a las retribuciones de dichos agentes,

los honorarios del personal retribuido con arreglo a las disposiciones relativas a la prestación de servicios y, en casos especiales, al empleo de personal interino.

A-1 4 0 4   Períodos de prácticas, subvenciones e intercambios de funcionarios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

167 000

125 000

78 029,—

Comentarios

Antes artículo A-1 5 0

Decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de 21 de julio de 2004, relativa a los períodos de prácticas y Decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de 15 de enero de 2004, relativa a los funcionarios internacionales, nacionales y regionales o locales destinados en comisión de servicios en la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo.

Este crédito se destina a cubrir:

una indemnización y los gastos de viaje y de misión para las personas en períodos de prácticas, así como los riesgos de accidente y de enfermedad durante dichos períodos,

los gastos ocasionados por los movimientos de personal entre el Defensor del Pueblo Europeo y el sector público de los Estados miembros o de otros países que se especifican en la reglamentación.

CAPÍTULO A-1 6 —   OTROS GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

A-1 6 1   Gastos relativos a la gestión del personal

A-1 6 1 0   Gastos de contratación de personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

2 294,—

Comentarios

Antes artículo A-1 8 8

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, los artículos 27 a 31 y 33 de su anexo VII.

Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 53), y Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, del Secretario del Tribunal de Justicia, de los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones y del Representante del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 56).

Este crédito se destina a cubrir:

los gastos de organización de los concursos previstos en el artículo 3 de la Decisión de los Secretarios Generales, así como los gastos de viaje y estancia de los candidatos para asistir a las entrevistas de contratación y someterse a las visitas médicas,

los gastos de organización de procedimientos de selección de funcionarios y otros agentes.

En los casos debidamente motivados por necesidades funcionales, y previa consulta a la Oficina, podrá destinarse a cubrir los concursos organizados por la propia institución.

A-1 6 1 2   Perfeccionamiento profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

30 000

8 540,—

Comentarios

Antes artículo A-1 8 2

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24 bis.

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir:

los cursos de formación y perfeccionamiento profesional, incluidos los cursos de idiomas, sobre una base interinstitucional. En casos debidamente justificados, algunos de estos créditos podrán destinarse a cubrir la organización de los cursos impartidos dentro de la institución,

los gastos relativos a la compra o elaboración de material pedagógico, así como a la realización de estudios específicos por parte de especialistas con vistas a la concepción y aplicación de programas de formación,

los cursos de formación profesional destinados a sensibilizar sobre las cuestiones relativas a las personas con discapacidad, y las acciones de formación en el marco de la igualdad de oportunidades y del asesoramiento profesional, en particular el establecimiento de los balances de competencias.

A-1 6 3   Intervenciones en favor del personal de la institución

A-1 6 3 0   Servicio social

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 000

1 000

0,—

Comentarios

Antes artículo A-1 6 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 9, apartado 3, párrafo tercero, y su artículo 76. Decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de 15 de enero de 2004, por la que se adoptan las normas relativas a la asistencia social de los funcionarios y otros agentes de la Oficina del Defensor de Pueblo Europeo.

Este crédito se destina a cubrir:

en el marco de una política interinstitucional en su favor, a las siguientes personas con discapacidad:

funcionarios y agentes temporales en activo,

cónyuges de los funcionarios y agentes temporales en activo,

los hijos a su cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas,

dentro de las posibilidades presupuestarias y, una vez agotados los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, el reembolso de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la discapacidad, reconocidos como necesarios, que estén debidamente justificados, y que no sean reembolsados por el Régimen común de seguro de enfermedad,

las intervenciones en favor de los funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

A-1 6 3 2   Relaciones sociales entre los miembros del personal y otras intervenciones sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000

5 000

2 652,—

Comentarios

Antes artículo A-1 8 6

Este crédito se destina a estimular y apoyar financieramente toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre agentes de distintas nacionalidades, por ejemplo, subvenciones a los clubes y asociaciones y actividades culturales del personal, etc., así como a aportar una contribución al coste de las actividades organizadas por el Comité de personal (actividades culturales, de ocio, comidas, etc.).

Cubre asimismo la participación financiera en las actividades sociales interinstitucionales.

TÍTULO A-2

INMUEBLES, MOBILIARIO, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO A-2 0

A-2 0 0

Inmuebles

A-2 0 0 0

Alquileres

 

 

 

Créditos no disociados

385 000

330 000

264 968,—

 

Total del artículo A-2 0 0

385 000

330 000

264 968,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-2 0

385 000

330 000

264 968,—

CAPÍTULO A-2 1

A-2 1 0

Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

A-2 1 0 0

Compra, trabajos y mantenimiento de los equipos y los soportes lógicos, y trabajos conexos

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

55 000

89 800,—

A-2 1 0 1

Compra, trabajos y mantenimiento del material de telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

5 000

5 000

0,—

 

Total del artículo A-2 1 0

30 000

60 000

89 800,—

A-2 1 2

Mobiliario

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

45 000

81 937,—

A-2 1 6

Material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

30 000

10 722,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-2 1

70 000

135 000

182 459,—

CAPÍTULO A-2 3

A-2 3 0

Gastos administrativos

A-2 3 0 0

Papelería, material de oficina y diversos materiales fungibles

 

 

 

Créditos no disociados

30 000

80 000

61 848,—

A-2 3 0 1

Franqueo postal y gastos de portes

 

 

 

Créditos no disociados

25 000

p.m.

0,—

A-2 3 0 2

Telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

p.m.

0,—

A-2 3 0 3

Cargas financieras

 

 

 

Créditos no disociados

2 500

p.m.

0,—

A-2 3 0 4

Otros gastos

 

 

 

Créditos no disociados

7 500

p.m.

0,—

 

Total del artículo A-2 3 0

85 000

80 000

61 848,—

A-2 3 1

Traducción e interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

450 000

403 688

456 820,—

A-2 3 2

Apoyo a actividades

 

 

 

Créditos no disociados

95 000

130 000

102 000,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-2 3

630 000

613 688

620 668,—

 

Total del título A-2

1 085 000

1 078 688

1 068 095,—

CAPÍTULO A-2 0 —

BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO A-2 1 —

INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: ADQUISICIÓN, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

CAPÍTULO A-2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO A-2 0 —   BIENES INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

A-2 0 0   Inmuebles

A-2 0 0 0   Alquileres

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

385 000

330 000

264 968,—

Comentarios

Acuerdo administrativo entre el Defensor del Pueblo y el Parlamento Europeo.

Este crédito se destina a cubrir el pago de una suma a tanto alzado al Parlamento Europeo por las oficinas que facilita al Defensor del Pueblo en sus locales de Estrasburgo y Bruselas. Cubre los gastos de alquiler, seguros, agua, electricidad, calefacción, limpieza y mantenimiento, seguridad y vigilancia y otros gastos inmobiliarios, incluyendo la modificación, reparación o renovación de las oficinas en cuestión.

CAPÍTULO A-2 1 —   INFORMÁTICA, MATERIAL Y MOBILIARIO: ADQUISICIÓN, ALQUILER Y MANTENIMIENTO

Comentarios

En relación con las adquisiciones públicas, la institución consultará a las otras instituciones sobre los términos contractuales que haya pactado cada una de ellas.

A-2 1 0   Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones

A-2 1 0 0   Compra, trabajos y mantenimiento de los equipos y los soportes lógicos, y trabajos conexos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

55 000

89 800,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de:

la compra, alquiler, mantenimiento y conservación de equipos y el desarrollo de soportes lógicos,

la asistencia técnica en relación con el funcionamiento y el mantenimiento de equipos informáticos,

los trabajos de informática confiados a terceros y otros gastos relativos a servicios informáticos.

El importe de los ingresos afectados según el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

A-2 1 0 1   Compra, trabajos y mantenimiento del material de telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

5 000

5 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la compra, el alquiler, el mantenimiento y la conservación de material de telecomunicaciones y otros gastos conexos (redes de transmisión, centrales y equipos telefónicos y asimilados, fax, télex, costes de instalación, etc.).

A-2 1 2   Mobiliario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

45 000

81 937,—

Comentarios

Antes artículo A-2 2 0

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, alquiler, mantenimiento y reparación de mobiliario, incluida la adquisición de mobiliario ergonómico, y la sustitución de mobiliario viejo e inservible y de máquinas de oficina.

En relación con las obras de arte, este crédito se destina a cubrir tanto los gastos de adquisición y de compra de material específico como los gastos corrientes conexos, entre otros los gastos de enmarcado, restauración, limpieza y seguros, así como los gastos ocasionales de transporte.

A-2 1 6   Material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

30 000

10 722,—

Comentarios

Antes artículo A-2 2 2

Este crédito se destina a cubrir la adquisición, mantenimiento, uso y reparación de vehículos (coches de servicio) y el alquiler de coches, taxis, autocares y camiones, con o sin conductor, incluidos la cobertura de seguro necesaria y el pago de las eventuales multas.

CAPÍTULO A-2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

A-2 3 0   Gastos administrativos

Comentarios

Antes capítulos 2 3 y 1 8 (en parte)

En relación con las adquisiciones públicas, la institución consultará a las otras instituciones sobre los términos contractuales que haya pactado cada una de ellas.

A-2 3 0 0   Papelería, material de oficina y diversos materiales fungibles

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 000

80 000

61 848,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir la compra de papel, sobres, material de oficina, productos para la imprenta y los talleres de reproducción, etc.

El importe de los ingresos afectados según el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

A-2 3 0 1   Franqueo postal y gastos de portes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

25 000

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos de franqueo, tratamiento y despacho del correo por los servicios postales o las empresas de mensajería.

A-2 3 0 2   Telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir las cuotas de abono y los gastos de telecomunicaciones por cable o radioondas (telefonía fija y móvil, televisión), así como los gastos relativos a las redes de transmisión de datos y a los servicios telemáticos.

A-2 3 0 3   Cargas financieras

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

2 500

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos bancarios (comisiones, agios y gastos diversos) y otros gastos financieros, incluidos gastos adicionales para la financiación de edificios.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 10 000 euros.

A-2 3 0 4   Otros gastos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

7 500

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir:

los seguros no previstos específicamente en otra partida,

la compra de los uniformes de los ujieres, chóferes y mudanceros, etc.,

diversos gastos de funcionamiento como, por ejemplo, la compra de horarios de transporte ferroviario y aéreo, la publicación en la prensa de las ventas de material de segunda mano, etc.,

administraciones de anticipos en Bruselas y Estrasburgo.

A-2 3 1   Traducción e interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

450 000

403 688

456 820,—

Comentarios

Antes partida A-1 8 7 5

Este crédito se destina a cubrir el coste de todas las prestaciones de apoyo, en particular la traducción y el mecanografiado del informe anual y de otros documentos, los servicios de intérpretes bajo contrato y eventuales, y otros costes conexos.

A-2 3 2   Apoyo a actividades

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

95 000

130 000

102 000,—

Comentarios

Antes partida A-1 8 7 8

Este crédito se destina a cubrir los costes generales de gestión que se han de pagar al Parlamento para cubrir los gastos del Parlamento Europeo en horas de trabajo del personal por la prestación de servicios generales como, por ejemplo, de contabilidad, auditoría interna, servicio médico, etc.

TÍTULO A-3

GASTOS RESULTANTES DEL EJERCICIO DE FUNCIONES GENERALES POR PARTE DE LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO A-3 0

A-3 0 0

Gastos de misiones del personal

 

 

 

Créditos no disociados

150 000

130 000

95 000,—

A-3 0 2

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

4 148,—

A-3 0 3

Reuniones en general

 

 

 

Créditos no disociados

55 000

60 000

16 875,—

A-3 0 4

Gastos varios de reuniones

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-3 0

235 000

210 000

116 023,—

CAPÍTULO A-3 2

A-3 2 0

Adquisición de información y asesoramiento

A-3 2 0 0

Gastos de documentación y biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

10 000

5 000

3 124,—

A-3 2 0 1

Gastos de fondos de archivo

 

 

 

Créditos no disociados

15 000

 

 

 

Total del artículo A-3 2 0

25 000

5 000

3 124,—

A-3 2 1

Producción y difusión

A-3 2 1 0

Publicaciones de carácter general

 

 

 

Créditos no disociados

485 000

400 000

362 508,—

 

Total del artículo A-3 2 1

485 000

400 000

362 508,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-3 2

510 000

405 000

365 632,—

CAPÍTULO A-3 3

A-3 3 0

Estudios y subvenciones

A-3 3 0 0

Estudios

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

40 000

0,—

A-3 3 0 1

Otras subvenciones

 

 

 

Créditos no disociados

20 000

20 000

0,—

 

Total del artículo A-3 3 0

40 000

60 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-3 3

40 000

60 000

0,—

CAPÍTULO A-3 4

A-3 4 0

Gastos relativos a las funciones del Defensor del Pueblo Europeo

A-3 4 0 0

Gastos diversos

 

 

 

Créditos no disociados

4 000

3 000

2 645,—

 

Total del artículo A-3 4 0

4 000

3 000

2 645,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-3 4

4 000

3 000

2 645,—

 

Total del título A-3

789 000

678 000

484 300,—

CAPÍTULO A-3 0 —

REUNIONES Y CONFERENCIAS

CAPÍTULO A-3 2 —

ASESORAMIENTO E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

CAPÍTULO A-3 3 —

ESTUDIOS Y OTRAS SUBVENCIONES

CAPÍTULO A-3 4 —

GASTOS RELATIVOS A LAS FUNCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

CAPÍTULO A-3 0 —   REUNIONES Y CONFERENCIAS

A-3 0 0   Gastos de misiones del personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

150 000

130 000

95 000,—

Comentarios

Antes artículo A-1 3 0

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 71 y los artículos 11 a 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de transporte, el pago de dietas diarias de misión y los gastos adicionales o excepcionales ocasionados en la ejecución de una misión, incluidos los gastos accesorios de expedición de títulos de transporte y reservas.

El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 5 000 euros.

A-3 0 2   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

4 148,—

Comentarios

Antes artículo A-1 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos correspondientes a las obligaciones que incumben a la institución en cuanto a recepción y representación, y a la compra de objetos representativos ofrecidos por el Defensor del Pueblo Europeo.

A-3 0 3   Reuniones en general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

55 000

60 000

16 875,—

Comentarios

Antes artículo A-2 5 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje, las dietas y los gastos accesorios o excepcionales de expertos y otras personas invitadas a participar en comités, grupos de estudio o reuniones de trabajo, así como otros gastos conexos (alquiler de habitaciones, necesidades de interpretación, etc.).

A-3 0 4   Gastos varios de reuniones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

p.m.

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 3 0 (en parte)

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a las ocasionales bebidas y colaciones servidas en las reuniones.

CAPÍTULO A-3 2 —   ASESORAMIENTO E INFORMACIÓN: ADQUISICIÓN, ARCHIVO, PRODUCCIÓN Y DIFUSIÓN

A-3 2 0   Adquisición de información y asesoramiento

A-3 2 0 0   Gastos de documentación y biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 000

5 000

3 124,—

Comentarios

Antes artículo A-2 2 3

Este crédito se destina a:

la ampliación y renovación del sector de las obras de consulta general y la puesta al día del fondo de biblioteca,

las suscripciones a diarios, revistas, agencias de prensa, y a sus publicaciones y servicios en línea, incluidos los gastos en concepto de derechos de autor por la reproducción y la difusión escrita y/o electrónica de esas suscripciones y los contratos de servicio para revistas de prensa y recortes de prensa,

las suscripciones o contratos de servicio para el suministro de resúmenes y de análisis del contenido de las revistas o la grabación en soportes ópticos de los artículos extraídos de esas revistas,

la utilización de las bases de datos documentales y estadísticas externas, con exclusión del material informático y de los costes de telecomunicaciones,

la compra o el alquiler de materiales especiales de biblioteca, de documentación y de medios audiovisuales, incluidos los materiales y/o sistemas eléctricos, electrónicos e informáticos, así como los gastos derivados de la asistencia externa en la adquisición, el desarrollo, la instalación, la explotación y el mantenimiento de dichos materiales y sistemas,

los gastos de prestaciones relacionadas con las actividades de la biblioteca, en particular en relación con sus clientes (estudios, análisis), el sistema de gestión de calidad, etc.,

los materiales y trabajos de encuadernación y de conservación para la biblioteca, la documentación y la mediateca,

la compra de diccionarios, glosarios y otras obras para los servicios del Defensor del Pueblo Europeo.

A-3 2 0 1   Gastos de fondos de archivo

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

15 000

 

 

Comentarios

Nueva partida

Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43), así como sus medidas de aplicación adoptadas en la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo.

Decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de…, sobre la mejora de la información y la transparencia: los archivos del Defensor del Pueblo Europeo.

Este crédito se destina a cubrir:

los costes de las prestaciones externas que conllevan las operaciones de archivo, incluida la selección, la clasificación y la nueva clasificación en los depósitos, los costes de las prestaciones de archivo, la adquisición y la explotación de fondos de archivo en soportes de sustitución (microfilms, discos, cintas, etc.), así como la compra, el alquiler y el mantenimiento de materiales especiales (electrónicos, informáticos, eléctricos) y los gastos de publicaciones en todo tipo de formato (folletos, CD-ROM, etc.),

el tratamiento del patrimonio archivístico del Defensor del Pueblo Europeo constituido en el ejercicio de su mandato y entregado a título de donaciones o de legados legales al Parlamento Europeo, a los Archivos históricos de las Comunidades Europeas (AHCE) o a una asociación o fundación en el marco de la reglamentación.

A-3 2 1   Producción y difusión

A-3 2 1 0   Publicaciones de carácter general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

485 000

400 000

362 508,—

Comentarios

Antes artículo A-2 7 0

Este crédito se destina a cubrir los gastos de edición y de información y, en particular:

los gastos de impresión de publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea,

el coste de la impresión y reproducción, en las lenguas oficiales, de una serie de publicaciones (Informe anual, etc.),

el material impreso (por medios tradicionales o electrónicos) destinado a difundir información relativa al Defensor del Pueblo Europeo (publicidad y medidas para difundir la figura del Defensor del Pueblo Europeo entre el público en general),

otros gastos relacionados con la política de información de la institución (simposios, seminarios, participación en actos públicos, etc.).

El importe de los ingresos afectados según el artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 euros.

CAPÍTULO A-3 3 —   ESTUDIOS Y OTRAS SUBVENCIONES

A-3 3 0   Estudios y subvenciones

A-3 3 0 0   Estudios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

40 000

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 6 0

Este crédito se destina a la contratación de estudios y/o encuestas a cargo de expertos e institutos de investigación cualificados, así como a cubrir los gastos de publicación de tales estudios y los costes conexos.

A-3 3 0 1   Otras subvenciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 000

20 000

0,—

Comentarios

Antes artículo A-2 9 9

Este crédito se destina a cubrir aquellos gastos en que se incurra para promover las relaciones y mejorar la cooperación entre el Defensor del Pueblo Europeo y los Defensores del Pueblo nacionales y regionales, así como organismos similares.

Puede cubrir en particular la subvención de proyectos en las áreas de actividad de la red de cooperación de los Defensores del Pueblo europeos (excepto los de la partida A-3 2 1 0).

Se destina también a cubrir las contribuciones destinadas a atender los gastos necesarios para recibir a grupos de visitantes del Defensor del Pueblo Europeo.

CAPÍTULO A-3 4 —   GASTOS RELATIVOS A LAS FUNCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

A-3 4 0   Gastos relativos a las funciones del Defensor del Pueblo Europeo

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir posibles gastos relacionados de manera específica con las funciones del Defensor del Pueblo (por ejemplo, relaciones con los Defensores del Pueblo nacionales y con las organizaciones internacionales de Defensores del Pueblo, así como suscripciones a publicaciones de organizaciones internacionales).

A-3 4 0 0   Gastos diversos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

4 000

3 000

2 645,—

Comentarios

Antes artículo A-3 7 0

Este crédito se destina a cubrir posibles gastos relacionados de manera específica con las funciones del Defensor del Pueblo (por ejemplo, relaciones con los Defensores del Pueblo nacionales y con las organizaciones internacionales de Defensores del Pueblo, así como suscripciones a publicaciones de organizaciones internacionales).

TÍTULO A-10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO A-10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO A-10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO A-10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título A-10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

7 682 538

7 224 554

5 168 170,—

CAPÍTULO A-10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO A-10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO A-10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

CAPÍTULO A-10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos, no previsibles, derivados de decisiones presupuestarias adoptadas durante el ejercicio.

SECCIÓN VIII B — SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

INGRESOS PROPIOS

TÍTULO B-4

IMPUESTOS DIVERSOS, EXACCIONES Y CÁNONES COMUNITARIOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO B-4 0

B-4 0 0

Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios y de los otros agentes

311 000

384 624

138 187,—

B-4 0 3

Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

p.m.

p.m.

p.m.

B-4 0 4

Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

10 000

20 010

6 975,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-4 0

321 000

404 634

145 162,—

CAPÍTULO B-4 1

B-4 1 0

Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

199 000

50 101

21 441,—

B-4 1 1

Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-4 1

199 000

50 101

21 441,—

 

Total del título B-4

520 000

454 735

166 603,—

CAPÍTULO B-4 0 —

RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES

CAPÍTULO B-4 1 —

CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

CAPÍTULO B-4 0 —   RETENCIONES EFECTUADAS SOBRE LAS RETRIBUCIONES

B-4 0 0   Producto del impuesto sobre los sueldos, salarios e indemnizaciones de los miembros de la institución, de los funcionarios y de los otros agentes

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

311 000

384 624

138 187,—

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 260/68 del Consejo, de 29 de febrero de 1968, por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas (DO L 56 de 4.3.1968, p. 8), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, CECA, Euratom) no 1750/2002 (DO L 264 de 2.10.2002, p. 15).

Decisión no 1247/2002/CE del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 1 de julio de 2002, relativa al estatuto y a las condiciones generales de ejercicio de las funciones de Supervisor Europeo de Protección de Datos (DO L 183 de 12.7.2002, p. 1).

B-4 0 3   Producto de la deducción especial de las remuneraciones de los miembros de las instituciones, de los funcionarios y de los otros agentes en ejercicio

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13.

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia y del presidente, los miembros y el secretario del Tribunal de Primera Instancia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Reglamento (CECA, CEE, Euratom) no 3831/91 del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas así como el régimen aplicable a los otros agentes de estas Comunidades con vistas al establecimiento de una contribución temporal (DO L 361 de 31.12.1991, p. 7).

Decisión no 1247/2002/CE del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 1 de julio de 2002, relativa al estatuto y a las condiciones generales de ejercicio de las funciones de Supervisor Europeo de Protección de Datos (DO L 183 de 12.7.2002, p. 1).

B-4 0 4   Producto del gravamen especial que afecta a las retribuciones de los miembros de las instituciones, funcionarios y demás agentes en activo

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

10 000

20 010

6 975,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 66 bis.

CAPÍTULO B-4 1 —   CONTRIBUCIÓN AL RÉGIMEN DE PENSIONES

B-4 1 0   Contribuciones del personal a la financiación del régimen de pensiones

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

199 000

50 101

21 441,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 83, apartado 2.

B-4 1 1   Transferencias o rescates de derechos de pensión por parte del personal

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Nuevo artículo

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 4, su artículo 11, apartados 2 y 3, y el artículo 48 de su anexo VIII.

TÍTULO B-9

INGRESOS DIVERSOS

Artículo

Partida

Denominación

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

CAPÍTULO B-9 0

B-9 0 0

Ingresos diversos

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-9 0

p.m.

p.m.

p.m.

 

Total del título B-9

p.m.

p.m.

p.m.

 

TOTAL GENERAL

520 000

454 735

166 603,—

CAPÍTULO B-9 0 —

INGRESOS DIVERSOS

CAPÍTULO B-9 0 —   INGRESOS DIVERSOS

B-9 0 0   Ingresos diversos

Ejercicio 2006

Ejercicio 2005

Ejercicio 2004

p.m.

p.m.

p.m.

Comentarios

Este artículo se destina a consignar los ingresos diversos.

GASTOS

Resumen general de los créditos (2006 y 2005) y de la ejecución (2004)

Título

Capítulo

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

B-1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

B-1 0

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

700 787

659 759

547 558,35

B-1 1

PERSONAL EN ACTIVO

2 033 701

1 622 308

309 563,93

B-1 2

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

p.m.

p.m.

0,—

B-1 3

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

87 340

57 818

0,—

B-1 5

ORGANIZACIÓN DE PERÍODOS DE PRÁCTICAS E INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS

110 000

90 936

0,—

B-1 6

SERVICIO SOCIAL

p.m.

p.m.

0,—

B-1 7

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

3 362

3 299

0,—

B-1 8

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

9 000

p.m.

0,—

 

Total del título B-1

2 944 190

2 434 120

857 122,28

B-2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

B-2 0

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

332 489

217 526

165 212,82

B-2 1

INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES

50 960

37 507

0,—

B-2 2

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

38 023

27 500

37 177,64

B-2 3

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

17 771

13 080

2 270,87

B-2 5

GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

49 000

9 000

0,—

B-2 6

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

50 000

5 000

0,—

B-2 7

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

101 400

97 000

0,—

B-2 9

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título B-2

639 643

406 613

204 661,33

B-10

OTROS GASTOS

B-10 0

CRÉDITOS PROVISIONALES

p.m.

p.m.

0,—

B-10 1

RESERVA PARA IMPREVISTOS

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título B-10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

3 583 833

2 840 733

1 061 783,61

TÍTULO B-1

GASTOS RELATIVOS A LAS PERSONAS VINCULADAS A LA INSTITUCIÓN

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO B-1 0

B-1 0 0

Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

 

 

 

Créditos no disociados

569 251

544 815

495 867,23

B-1 0 1

Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

 

 

 

Créditos no disociados

24 307

18 832

15 000,—

B-1 0 2

Indemnizaciones transitorias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 0 3

Pensiones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 0 4

Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

76 539

66 492

0,—

B-1 0 5

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las mismas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

36 691,12

B-1 0 6

Cursos

 

 

 

Créditos no disociados

10 190

10 000

0,—

B-1 0 9

Adaptaciones del régimen pecuniario

 

 

 

Créditos no disociados

20 500

19 620

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 0

700 787

659 759

547 558,35

CAPÍTULO B-1 1

B-1 1 0

Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

B-1 1 0 0

Sueldos base

 

 

 

Créditos no disociados

1 230 576

959 716

220 751,45

B-1 1 0 1

Complementos familiares

 

 

 

Créditos no disociados

87 898

66 929

16 088,81

B-1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

 

 

Créditos no disociados

153 822

117 468

16 842,05

B-1 1 0 3

Indemnización de secretaría

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo B-1 1 0

1 472 296

1 144 113

253 682,31

B-1 1 1

Otros agentes

B-1 1 1 0

Agentes auxiliares, agentes locales y consejeros especiales

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

49 405

18 000,—

B-1 1 1 5

Agentes contractuales

 

 

 

Créditos no disociados

61 768

p.m.

0,—

 

Total del artículo B-1 1 1

61 768

49 405

18 000,—

B-1 1 2

Formación profesional

 

 

 

Créditos no disociados

32 900

10 843

0,—

B-1 1 3

Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional y cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

 

 

 

Créditos no disociados

64 767

49 651

10 527,51

B-1 1 4

Complementos e indemnizaciones diversas

 

 

 

Créditos no disociados

24 129

18 500

0,—

B-1 1 5

Horas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

3 054

2 922

0,—

B-1 1 7

Prestaciones de apoyo

B-1 1 7 5

Gastos de traducción e interpretación

 

 

 

Créditos no disociados

112 491

103 825

0,—

B-1 1 7 6

Otras prestaciones y trabajos encargados en el exterior

 

 

 

Créditos no disociados

9 338

p.m.

 

B-1 1 7 8

Apoyo a las actividades

 

 

 

Créditos no disociados

51 250

50 000

0,—

 

Total del artículo B-1 1 7

173 079

153 825

0,—

B-1 1 8

Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las mismas y a los traslados

 

 

 

Créditos no disociados

134 183

128 423

27 354,11

B-1 1 9

Adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

 

 

 

Créditos no disociados

67 525

64 626

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 1

2 033 701

1 622 308

309 563,93

CAPÍTULO B-1 2

B-1 2 1

Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 2 3

Cobertura de riesgos de enfermedad

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 2 9

Adaptaciones de las diversas indemnizaciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 2

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO B-1 3

B-1 3 0

Gastos de misiones, de desplazamiento y otros gastos accesorios

 

 

 

Créditos no disociados

87 340

57 818

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 3

87 340

57 818

0,—

CAPÍTULO B-1 5

B-1 5 0

Gastos de organización de los períodos de prácticas en los servicios de la institución y gastos de intercambio entre la institución y el sector público de los Estados miembros

 

 

 

Créditos no disociados

110 000

90 936

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 5

110 000

90 936

0,—

CAPÍTULO B-1 6

B-1 6 0

Ayudas extraordinarias

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 6 4

Ayuda complementaria a las personas con discapacidad

B-1 6 4 0

Gastos no reembolsados por el régimen común de seguros de enfermedad y otras intervenciones específicas

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del artículo B-1 6 4

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 6

p.m.

p.m.

0,—

CAPÍTULO B-1 7

B-1 7 0

Gastos de recepción y de representación

 

 

 

Créditos no disociados

3 362

3 299

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 7

3 362

3 299

0,—

CAPÍTULO B-1 8

B-1 8 6

Relaciones sociales entre el personal

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-1 8 8

Gastos de contratación de personal

 

 

 

Créditos no disociados

9 000

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-1 8

9 000

p.m.

0,—

 

Total del título B-1

2 944 190

2 434 120

857 122,28

CAPÍTULO B-1 0 —

MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

CAPÍTULO B-1 1 —

PERSONAL EN ACTIVO

CAPÍTULO B-1 2 —

INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

CAPÍTULO B-1 3 —

MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

CAPÍTULO B-1 5 —

ORGANIZACIÓN DE PERÍODOS DE PRÁCTICAS E INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS

CAPÍTULO B-1 6 —

SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO B-1 7 —

GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

CAPÍTULO B-1 8 —

COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

CAPÍTULO B-1 0 —   MIEMBROS DE LA INSTITUCIÓN

B-1 0 0   Sueldos, indemnizaciones y asignaciones vinculadas a los sueldos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

569 251

544 815

495 867,23

Comentarios

Reglamento no 422/67/CEE, no 5/67/Euratom del Consejo, de 25 de julio de 1967, por el que se establece el régimen pecuniario del Presidente y de los miembros de la Comisión, del Presidente, los jueces, los abogados generales y el secretario del Tribunal de Justicia (DO 187 de 8.8.1967, p. 1), modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom) no 202/2005 (DO L 33 de 5.2.2005, p. 1).

Decisión no 1247/2002/CE del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, de 1 de julio de 2002, relativa al estatuto y a las condiciones generales de ejercicio de las funciones de Supervisor Europeo de Protección de Datos (DO L 183 de 12.7.2002, p. 1).

B-1 0 1   Cobertura de los riesgos de accidente y de enfermedad y otras cargas sociales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

24 307

18 832

15 000,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, sus artículos 11 y 14.

Este crédito se destina a cubrir:

las contribuciones de las instituciones (0,87 %) al seguro contra los riesgos de enfermedad profesional y accidente,

las contribuciones de las instituciones (3,4 %) al seguro contra los riesgos de enfermedad,

la asignación por nacimiento,

las indemnizaciones previstas en caso de fallecimiento.

B-1 0 2   Indemnizaciones transitorias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 7.

Este artículo se destina a cubrir la indemnización transitoria y las asignaciones familiares así como los coeficientes correctores de los países de residencia.

B-1 0 3   Pensiones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, sus artículos 8, 9, 15 y 18.

Este crédito se destina a cubrir las pensiones de jubilación y el coeficiente corrector del país de residencia de los miembros, así como las pensiones de viudedad y orfandad y los coeficientes correctores del país de residencia.

B-1 0 4   Gastos de misiones, desplazamientos y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

76 539

66 492

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 6.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje y el pago de las dietas de misión, así como los gastos accesorios o excepcionales en que se incurra con motivo de la ejecución de una misión.

B-1 0 5   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones y al cese de las mismas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

36 691,12

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 5.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de viaje (incluidos los miembros de la familia) en los que se incurra con motivo de la entrada en funciones o del cese de las mismas, las indemnizaciones compensatorias de los gastos de instalación y de reinstalación con ocasión de la entrada en funciones o del cese de las mismas, y los gastos de mudanza con motivo de la entrada en funciones o del cese de las mismas.

B-1 0 6   Cursos

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

10 190

10 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de participación en cursos de lengua u otros seminarios de perfeccionamiento profesional.

B-1 0 9   Adaptaciones del régimen pecuniario

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 500

19 620

0,—

Comentarios

Régimen pecuniario de los miembros de las instituciones y, en particular, su artículo 4 bis, así como el Reglamento financiero.

Este crédito se destina a cubrir el pago de los coeficientes correctores, así como las incidencias de las posibles adaptaciones de las remuneraciones y de las pensiones que decida el Consejo durante el ejercicio.

CAPÍTULO B-1 1 —   PERSONAL EN ACTIVO

B-1 1 0   Funcionarios y agentes temporales que desempeñen un puesto de plantilla

B-1 1 0 0   Sueldos base

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

1 230 576

959 716

220 751,45

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 66.

Este crédito se destina a cubrir el sueldo base de los funcionarios y agentes temporales.

B-1 1 0 1   Complementos familiares

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

87 898

66 929

16 088,81

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62, 67 y 68 bis, así como la sección 1 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los complementos familiares, que consisten en:

la asignación familiar,

la asignación por hijos a su cargo,

la asignación por escolaridad

de los funcionarios y agentes temporales.

B-1 1 0 2   Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

153 822

117 468

16 842,05

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 62 y 69, así como el artículo 4 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización de expatriación y por residencia fuera del país de origen de los funcionarios y agentes temporales.

B-1 1 0 3   Indemnización de secretaría

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, el artículo 17 de su anexo XIII.

Este crédito se destina a cubrir la indemnización global de secretaría según las disposiciones antes mencionadas.

B-1 1 1   Otros agentes

B-1 1 1 0   Agentes auxiliares, agentes locales y consejeros especiales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

49 405

18 000,—

Comentarios

Antes artículo B-1 1 1

Este crédito se destina a cubrir la remuneración y la cuota empresarial del régimen de seguridad social de los agentes auxiliares, agentes locales y consejeros especiales previstos en el Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

B-1 1 1 5   Agentes contractuales

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

61 768

p.m.

0,—

Comentarios

Nueva partida

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al recurso eventual a agentes contractuales.

Bases jurídicas

Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas.

B-1 1 2   Formación profesional

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

32 900

10 843

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 24, apartado 8.

B-1 1 3   Cobertura de los riesgos de enfermedad, de accidente y de enfermedad profesional y cobertura del riesgo de desempleo y mantenimiento de los derechos a pensión

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

64 767

49 651

10 527,51

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir la contribución de la institución al seguro contra los riesgos de enfermedad (artículo 72) y contra los riesgos de accidente y de enfermedad profesional (artículo 73), la contribución de la institución al fondo especial de desempleo (artículo 28, apartado 7, del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas) y las cantidades que ha de satisfacer la institución en favor de los agentes temporales para constituir o mantener sus derechos a pensión en su país de origen (artículo 42 del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades Europeas).

Cubre también los gastos relativos al reconocimiento médico anual de los funcionarios y otros agentes, incluidos los análisis médicos y exploraciones solicitados en relación con dicho reconocimiento.

B-1 1 4   Complementos e indemnizaciones diversas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

24 129

18 500

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 70, 74 y 75.

Este crédito se destina a cubrir la asignación por nacimiento (artículos 70, 74 y 75) y el pago a tanto alzado de los gastos de viaje del lugar de destino al lugar de origen (artículo 8 del anexo VII), las indemnizaciones por vivienda y transporte (artículos 14 bis y 14 ter del anexo VII), las indemnizaciones a tanto alzado por funciones (artículo 14 del anexo VII), las indemnizaciones a tanto alzado por desplazamiento (artículo 15 del anexo VII) y las indemnizaciones especiales para los contables y los administradores de anticipos (artículo 75).

B-1 1 5   Horas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 054

2 922

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir el pago de las horas extraordinarias en las condiciones previstas en las disposiciones mencionadas a continuación.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 56 y su anexo VI.

B-1 1 7   Prestaciones de apoyo

B-1 1 7 5   Gastos de traducción e interpretación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

112 491

103 825

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta sus servicios.

Este crédito se destina a cubrir los gastos derivados de los servicios de traducción y de interpretación y otros gastos conexos.

B-1 1 7 6   Otras prestaciones y trabajos encargados en el exterior

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 338

p.m.

 

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir todas las prestaciones ejecutadas por personas no ligadas a la institución, en concreto:

los trabajadores temporales para diversos servicios,

el personal de apoyo.

Importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento financiero: p.m.

B-1 1 7 8   Apoyo a las actividades

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

51 250

50 000

0,—

Comentarios

Esta partida se destina a cubrir los «gastos de gestión» globales pagaderos a la institución que presta servicios generales, tales como la administración de contratos, sueldos y dietas, servicios informáticos, etc., en nombre del Supervisor Europeo de Protección de Datos.

B-1 1 8   Indemnizaciones y gastos relativos a la entrada en funciones, al cese de las mismas y a los traslados

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

134 183

128 423

27 354,11

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de los procedimientos de reclutamiento (artículos 27 a 31 y 33 y anexo III), los gastos de viaje de los agentes (incluidos los miembros de la familia) con motivo de su entrada en funciones, de su cese o de su cambio de lugar de destino (artículos 20 y 71 y artículo 7 del anexo VII), las indemnizaciones diarias debidas a los agentes que se vean obligados a cambiar de residencia en el momento de su entrada en funciones, de su cese de las mismas o de su destino a un nuevo lugar de servicio (artículos 5 y 6 del anexo VII), los gastos de transporte de mobiliario y enseres (artículos 20 y 71 y artículo 9 del anexo VII) y las indemnizaciones diarias debidas a los agentes que justifiquen haberse visto obligados a cambiar de residencia tras su entrada en funciones (artículos 20 y 71 y artículo 10 del anexo VII).

B-1 1 9   Adaptaciones de las retribuciones de los funcionarios y otros agentes

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

67 525

64 626

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este crédito se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores (artículos 64 y 65 y anexo XI), así como las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo durante el ejercicio (artículo 65 y anexo XI).

CAPÍTULO B-1 2 —   INDEMNIZACIONES Y CONTRIBUCIONES DIVERSAS RELATIVAS AL CESE DEFINITIVO DE LAS FUNCIONES

B-1 2 1   Indemnizaciones en caso de excedencia forzosa, cese y despido

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 41 y 50 y su anexo IV.

Este artículo se destina a cubrir las indemnizaciones en casos de excedencia forzosa o de cese.

B-1 2 3   Cobertura de riesgos de enfermedad

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 72.

Este artículo se destina a cubrir la cuota empresarial del seguro contra los riesgos de enfermedad de los beneficiarios de las indemnizaciones a que se refiere el artículo B-1 2 1.

B-1 2 9   Adaptaciones de las diversas indemnizaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Este artículo se destina a cubrir las incidencias de los coeficientes correctores aplicables a las indemnizaciones a que se refiere el artículo B-1 2 1 (artículos 64 y 65), así como las incidencias de las eventuales adaptaciones de las retribuciones que decida el Consejo en el curso del ejercicio (artículo 65).

CAPÍTULO B-1 3 —   MISIONES Y DESPLAZAMIENTOS

B-1 3 0   Gastos de misiones, de desplazamiento y otros gastos accesorios

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

87 340

57 818

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 71 y los artículos 11, 12 y 13 de su anexo VII.

Este crédito se destina a cubrir los gastos en concepto de transporte, pago de indemnizaciones diarias de misión, así como los gastos adicionales o excepcionales en que se incurre en la ejecución de una misión.

CAPÍTULO B-1 5 —   ORGANIZACIÓN DE PERÍODOS DE PRÁCTICAS E INTERCAMBIO DE FUNCIONARIOS

B-1 5 0   Gastos de organización de los períodos de prácticas en los servicios de la institución y gastos de intercambio entre la institución y el sector público de los Estados miembros

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

110 000

90 936

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos en concepto de transporte y misiones para personal en períodos de prácticas, los gastos de los seguros de accidente y enfermedad durante cursos, así como los gastos ocasionados por los intercambios de personal entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y el sector público de los Estados miembros, así como con las organizaciones internacionales.

CAPÍTULO B-1 6 —   SERVICIO SOCIAL

B-1 6 0   Ayudas extraordinarias

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 76.

Este crédito se destina a cubrir las eventuales intervenciones en favor de los funcionarios y agentes que se encuentren en una situación particularmente difícil.

B-1 6 4   Ayuda complementaria a las personas con discapacidad

B-1 6 4 0   Gastos no reembolsados por el régimen común de seguros de enfermedad y otras intervenciones específicas

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina, en el marco de una política interinstitucional en favor de las personas con discapacidad, a las siguientes personas:

funcionarios y agentes temporales en actividad,

cónyuges de funcionarios y de agentes temporales en actividad,

todos los hijos a cargo, en el sentido del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas.

Cubre, dentro de las posibilidades presupuestarias y tras agotamiento de los posibles derechos concedidos a nivel nacional en el país de residencia o de origen, el reembolso de los gastos distintos de los médicos ocasionados por la discapacidad, reconocidos como necesarios y que estén debidamente justificados.

CAPÍTULO B-1 7 —   GASTOS DE RECEPCIÓN Y DE REPRESENTACIÓN

B-1 7 0   Gastos de recepción y de representación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

3 362

3 299

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de recepción, los gastos de representación y la adquisición de artículos de representación.

CAPÍTULO B-1 8 —   COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

Comentarios

Las actividades cubiertas por el presente capítulo son objeto de una cooperación interinstitucional que implica una consulta entre las instituciones, así como la mejora de los mecanismos de gestión en común con vistas a la racionalización de los gastos.

B-1 8 6   Relaciones sociales entre el personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a estimular financieramente toda iniciativa destinada a promover las relaciones sociales entre agentes de distintas nacionalidades, es decir, las subvenciones a clubes, asociaciones y actividades culturales del personal, etc., así como a cubrir la contribución a los costes del centro de ocio permanente (actividades culturales y deportivas, etc.).

B-1 8 8   Gastos de contratación de personal

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

9 000

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de organización de los concursos previstos en el artículo 3 de la Decisión de los Secretarios Generales, así como los gastos de viaje y estancia de los candidatos a las entrevistas de contratación y las visitas médicas.

Este crédito cubre también los gastos de organización de procedimientos de selección de agentes temporales, agentes auxiliares y agentes locales.

En los casos debidamente motivados por necesidades funcionales, y previa consulta a la Oficina, podrá destinarse a los concursos organizados por la propia institución.

Bases jurídicas

Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas y, en particular, sus artículos 27 a 31 y 33 y su anexo VII.

Decisión 2002/620/CE del Parlamento Europeo, del Consejo, de la Comisión, del Tribunal de Justicia, del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social, del Comité de las Regiones y del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, por la que se crea la Oficina de Selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 53).

Decisión 2002/621/CE de los Secretarios Generales del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, del Secretario del Tribunal de Justicia, de los Secretarios Generales del Tribunal de Cuentas, del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones y del Representante del Defensor del Pueblo Europeo, de 25 de julio de 2002, relativa a la organización y el funcionamiento de la Oficina de selección de personal de las Comunidades Europeas (DO L 197 de 26.7.2002, p. 56).

TÍTULO B-2

INMUEBLES, MATERIAL Y GASTOS DIVERSOS DE FUNCIONAMIENTO

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

CAPÍTULO B-2 0

B-2 0 0

Alquileres y censo enfitéutico

 

 

 

Créditos no disociados

332 489

217 526

165 212,82

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 0

332 489

217 526

165 212,82

CAPÍTULO B-2 1

B-2 1 0

Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática

 

 

 

Créditos no disociados

30 784

22 657

0,—

B-2 1 1

Material, gastos de instalación y prestaciones relacionadas con las telecomunicaciones

 

 

 

Créditos no disociados

20 176

14 850

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 1

50 960

37 507

0,—

CAPÍTULO B-2 2

B-2 2 0

Instalaciones y equipo técnico

 

 

 

Créditos no disociados

31 909

21 500

37 177,64

B-2 2 2

Material de transporte

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

B-2 2 3

Gastos de documentación y de biblioteca

 

 

 

Créditos no disociados

6 114

6 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 2

38 023

27 500

37 177,64

CAPÍTULO B-2 3

B-2 3 0

Gastos de funcionamiento administrativo corriente

 

 

 

Créditos no disociados

17 771

13 080

2 270,87

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 3

17 771

13 080

2 270,87

CAPÍTULO B-2 5

B-2 5 0

Reuniones y convocatorias en general

 

 

 

Créditos no disociados

49 000

9 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 5

49 000

9 000

0,—

CAPÍTULO B-2 6

B-2 6 0

Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

 

 

 

Créditos no disociados

50 000

5 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 6

50 000

5 000

0,—

CAPÍTULO B-2 7

B-2 7 0

Gastos de publicación e información

 

 

 

Créditos no disociados

101 400

97 000

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 7

101 400

97 000

0,—

CAPÍTULO B-2 9

B-2 9 9

Otras subvenciones

 

 

 

Créditos no disociados

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-2 9

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título B-2

639 643

406 613

204 661,33

CAPÍTULO B-2 0 —

INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO B-2 1 —

INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES

CAPÍTULO B-2 2 —

BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

CAPÍTULO B-2 3 —

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

CAPÍTULO B-2 5 —

GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

CAPÍTULO B-2 6 —

GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

CAPÍTULO B-2 7 —

GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

CAPÍTULO B-2 9 —

SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

CAPÍTULO B-2 0 —   INVERSIÓN INMOBILIARIA, ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

B-2 0 0   Alquileres y censo enfitéutico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

332 489

217 526

165 212,82

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de datos y la otra institución que presta sus oficinas.

Este crédito se destina a cubrir el pago, calculado globalmente o a prorrata, de los gastos de alquiler, seguros, agua, electricidad, calefacción, limpieza y mantenimiento, seguridad y vigilancia y otros gastos inmobiliarios, incluyendo la modificación, reparación o renovación de las oficinas en cuestión.

CAPÍTULO B-2 1 —   INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES

B-2 1 0   Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

30 784

22 657

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta su material.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de:

la compra, alquiler y mantenimiento de equipos y el desarrollo de soportes lógicos,

la asistencia técnica en relación con el funcionamiento y el mantenimiento de equipos informáticos,

los trabajos de informática confiados a terceros y otros gastos relativos a servicios informáticos.

B-2 1 1   Material, gastos de instalación y prestaciones relacionadas con las telecomunicaciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

20 176

14 850

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta su material.

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos al alquiler, el mantenimiento y la conservación de material de telecomunicaciones y otros gastos conexos (redes de transmisión, centrales telefónicas, teléfonos, teléfonos móviles y equipos asimilados, fax, télex, costes de instalación, etc.).

CAPÍTULO B-2 2 —   BIENES MUEBLES Y GASTOS ACCESORIOS

B-2 2 0   Instalaciones y equipo técnico

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

31 909

21 500

37 177,64

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de datos y la otra institución que presta sus instalaciones y equipo técnico.

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a:

equipos tales como teléfonos, calculadoras, seguridad, archivadores, etc.,

equipos de oficina (máquinas de escribir, fotocopiadoras, lectores ópticos/impresoras, etc.),

sustitución y mantenimiento de instalaciones técnicas,

equipos técnicos,

compra y sustitución de mobiliario,

cualesquiera otros gastos conexos pertinentes.

B-2 2 2   Material de transporte

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta sus servicios.

B-2 2 3   Gastos de documentación y de biblioteca

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

6 114

6 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la biblioteca del Supervisor Europeo de Protección de Datos y, en particular:

los costes de actualización de fondos bibliotecarios, suscripciones y traducción, así como la adquisición e instalación de material de biblioteca,

las suscripciones y renovación de suscripciones a periódicos, revistas, agencias de noticias y otros costes conexos,

los gastos, incluido el material, de las publicaciones internas (folletos, estudios, etc.) y de comunicación (boletines informativos, vídeos, CD-ROM, etc.).

CAPÍTULO B-2 3 —   GASTOS DE FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO CORRIENTE

B-2 3 0   Gastos de funcionamiento administrativo corriente

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

17 771

13 080

2 270,87

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta sus servicios.

Este crédito se destina a cubrir:

la compra de papel, sobres y material para oficina y talleres de reproducción (papel de fotocopia, papel para edición y distribución por medios convencionales o electrónicos, material de oficina, etc.),

correo, gastos postales, gastos por despacho de correo por una empresa de mensajería, paquetes y distribución al público en general,

alquiler de teléfonos y gastos de comunicaciones por teléfono, telégrafo y télex, costes de transmisión electrónica de datos y otros costes de instalación conexos,

otros gastos de funcionamiento administrativo corriente (gastos financieros, gastos jurídicos, etc.).

CAPÍTULO B-2 5 —   GASTOS DE REUNIONES Y CONVOCATORIAS

B-2 5 0   Reuniones y convocatorias en general

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

49 000

9 000

0,—

Comentarios

Acuerdo de cooperación administrativa entre el Supervisor Europeo de Protección de Datos y la otra institución que presta sus servicios.

Este crédito se destina a cubrir los gastos de desplazamiento, gastos de estancia y gastos accesorios de expertos y otras personalidades convocados a participar en grupos de estudio o reuniones de trabajo, así como los gastos de contratación de personal (costes de los anuncios de puestos, convocatoria de candidatos, etc.).

CAPÍTULO B-2 6 —   GASTOS DE ESTUDIOS, ENCUESTAS Y CONSULTAS

B-2 6 0   Consultas, estudios y encuestas de carácter limitado

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

50 000

5 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a la contratación de estudios y/o encuestas a cargo de expertos e institutos de investigación, así como los gastos de publicación de tales estudios y los costes conexos.

CAPÍTULO B-2 7 —   GASTOS DE PUBLICACIÓN E INFORMACIÓN

B-2 7 0   Gastos de publicación e información

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

101 400

97 000

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos de edición y de información y, en particular:

los gastos de impresión de publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea,

el coste de la impresión y reproducción, en las lenguas oficiales, de una serie de publicaciones (Informe anual, etc.),

material impreso (por medios tradicionales o electrónicos) para la divulgación de información sobre el Supervisor Europeo de Protección de Datos,

otros gastos relacionados con la política de información de la institución (simposios, seminarios, participación en actos públicos, etc.).

CAPÍTULO B-2 9 —   SUBVENCIONES Y PARTICIPACIONES

B-2 9 9   Otras subvenciones

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir los gastos (distintos de los cubiertos en el artículo B-2 7 0) relativos a los grupos de visitantes del Supervisor Europeo de Protección de Datos, así como los gastos relativos a publicidad y acciones informativas destinadas al público en general (en particular, los demás multiplicadores de opinión) sobre los fines, las actividades y el cometido del Supervisor Europeo de Protección de Datos.

TÍTULO B-10

OTROS GASTOS

Artículo

Partida

Denominación

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

 

CAPÍTULO B-10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-10 0

p.m.

p.m.

0,—

 

CAPÍTULO B-10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL DEL CAPÍTULO B-10 1

p.m.

p.m.

0,—

 

Total del título B-10

p.m.

p.m.

0,—

 

TOTAL GENERAL

3 583 833

2 840 733

1 061 783,61

CAPÍTULO B-10 0 —

CRÉDITOS PROVISIONALES

CAPÍTULO B-10 1 —

RESERVA PARA IMPREVISTOS

CAPÍTULO B-10 0 —   CRÉDITOS PROVISIONALES

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Reglamento (CE, Euratom), no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

CAPÍTULO B-10 1 —   RESERVA PARA IMPREVISTOS

Créditos 2006

Créditos 2005

Ejecución 2004

p.m.

p.m.

0,—

Comentarios

Este crédito se destina a cubrir gastos, no previsibles, derivados de decisiones presupuestarias adoptadas durante el ejercicio.


(1)  Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2005 (DO L 60 de 8.3.2005, p. 1), incluidos los presupuestos rectificativos nos 1 a 8/2005.

(2)  El artículo 268, párrafo tercero, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

(3)  Las cifras de esta columna corresponden a las del presupuesto de 2005 (DO L 60 de 8.3.2005, p. 1), incluidos los presupuestos rectificativos nos 1 a 8/2005.

(4)  Los recursos propios para el presupuesto de 2006 se determinan con arreglo a las previsiones presupuestarias adoptadas en la reunión no 133 del Comité consultivo de recursos propios de 8 de abril de 2005.

(5)  El artículo 268, párrafo tercero, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea dice: «El presupuesto deberá estar equilibrado en cuanto a ingresos y gastos».

(6)  La base a tener en cuenta no excede del 50 % de la RNB.

(7)  Cálculo del tipo: (80 562 496 558) / (110 860 880 000) = 0,72669905342624 %.

(8)  Porcentajes redondeados.

(9)  El importe de los gastos de preadhesión (PAE) corresponde a pagos realizados a los diez nuevos Estados miembros (que se adhirieron a la UE el 1.5.2004) con cargo a los créditos de 2003, una vez ajustado aplicando el índice de deflación del PIB de la UE para 2004. Este importe se deduce del gasto asignado total para garantizar que los gastos no compensados antes de la ampliación se mantienen después de ésta.

(10)  La «ventaja británica» corresponde a los efectos que para el Reino Unido tiene el cambio al IVA nivelado y la introducción de los recursos propios PNB/RNB.

(11)  Estos beneficios excepcionales se deben a los beneficios netos del Reino Unido correspondientes al incremento — del 10 % al 25 % al 1.1.2001 — en el porcentaje de los recursos propios tradicionales que los Estados miembros retienen para cubrir sus gastos de recaudación de los recursos propios tradicionales (RPT).

(12)  Total de los recuros propios en porcentaje de la RNB: (110 671 918 355) / (11 086 088 000 000) = 1,00 %; techo de los recuros propios en procentaje de la RNB: 1,24 %.

(13)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(14)  De ellos, 27 ascensos con carácter personal (1 A*15 en A*16, 2 A*14 en A*15, 2 B*10 en B*11, 3 C*6 en B*7 y 19 D*4 en C*4/5) concedidos, en casos excepcionales por méritos, a funcionarios que han alcanzado el fin de su carrera (con una edad mínima de 60 años y al menos dos años en el último escalón del grado superior) y tras un largo período de servicio (un mínimo de 25 años).

(15)  Reserva virtual para funcionarios en comisión de servicio no incluida en el total general.

(16)  De los cuales: 22 para el Gabinete del Presidente, 14 para la Secretaría de los Vicepresidentes, 5 C para la Secretaría de los Cuestores, 12 para la DG de Presidencia, 12 para la DG de Políticas Interiores (de los cuales 7 A*8 hasta el 31 de diciembre de 2008), 7 para la DG de Políticas Exteriores (de los cuales 1 A*8 hasta el 31 de diciembre de 2008), 9 para la DG de Información, 9 para la DG de Personal, 15 para la DG de Infraestructuras e Interpretación, 1 para la DG de Finanzas, 3 para el Comité de personal, 1 para el Servicio para las Relaciones con las Secretarías de los Grupos Políticos (coordinación de los NI), 4 para el Servicio Jurídico (hasta el 31 de diciembre de 2006); 2 para la DG de Traducción y Edición.

(17)  De los cuales 67 A*, 25 B*, 95 C* et 5 D* para las Oficinas de Información.

(18)  Los créditos para la creación de 1 A*5 y 4 B*3 (programa de aprendizaje), así como 1 A*5 y 1 B*3 (votación electrónica), se consignan en la reserva.

(19)  De ellos, 34 ascensos a título personal (1 A*15 en A*16, 1 A*14 en A*15, 3 B*10 en B*11, 7 C*6 en B*7 y 22 D*4 en C*4) concedidos, en casos excepcionales por méritos, a funcionarios que han alcanzado el fin de su carrera (con una edad mínima de 60 años y al menos dos años en el último escalón del grado superior) y tras un largo período de servicio (un mínimo de 25 años).

(20)  Reserva virtual para funcionarios en comisión de servicio no incluida en el total general.

(21)  De ellos, 22 para el Gabinete del Presidente, 14 para la secretaría de los Vicepresidentes, 5 C*4 para la secretaría de los Cuestores, 12 para la DG Presidencia, 12 para la DG Políticas Interiores (de ellos, 7 A*8 hasta el 31 de diciembre de 2008), 7 para la DG Políticas Exteriores (de ellos, 1 A*8 hasta el 31 de diciembre de 2008), 14 para la DG Información, 8 para la DG Personal, 15 para la DG Infraestructuras e Interpretación, 1 para la DG Finanzas, 3 para el Comité de Personal, 1 para el SG, 1 para el Servicio de relaciones con los grupos políticos (coordinación de los NI), 4 para el Servicio Jurídico (hasta el 31 de diciembre de 2005) y 2 para la DG Traducción.

(22)  De ellos, 1 A*12 en A*14 a título personal.

(23)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(24)  De ellos, 4 A*16 a título personal.

(25)  De ellos, 4 A*16 a título personal.

(26)  De ellos, 7 A*15 a título personal.

(27)  De ellos, 7 A*15 a título personal.

(28)  De ellos, 5 A*14 a título personal.

(29)  La ocupación en régimen de media jornada de determinados puestos puede compensarse mediante la contratación de otros funcionarios dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(30)  La ocupación en régimen de media jornada de determinados puestos puede compensarse mediante la contratación de otros funcionarios dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(31)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(32)  De ellos, 27 A*16 a título personal.

(33)  De ellos, 27 A*16 a título personal.

(34)  De ellos, 22 A*15 a título personal.

(35)  De ellos, 2 A*15 a título personal de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo.

(36)  Las funciones de Director General de la Agencia serán desempeñadas por 1 funcionario de grado A*15 a título personal nombrado Director General con arreglo al artículo 53 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Las funciones de Director General Adjunto de la Agencia las desempeñará 1 funcionario de grado A*14, nombrado Director General Adjunto de conformidad con el artículo 53 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

(37)  De ellos, 22 A*15 a título personal.

(38)  De ellos, 2 A*15 a título personal de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo.

(39)  Las funciones de Director General de la Agencia serán desempeñadas por 1 funcionario de grado A*15 a título personal nombrado Director General con arreglo al artículo 53 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Las funciones de Director General Adjunto de la Agencia las desempeñará 1 funcionario de grado A*14, nombrado Director General Adjunto de conformidad con el artículo 53 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.

(40)  De ellos, 13 A*14 a título personal.

(41)  De ellos, un A*14 a título personal, aplicándose esta clasificación a los funcionarios que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los asuntos 20/63, 21/63, 79/63 y 82/63, tengan derecho a ser clasificados como A*14.

(42)  De ellos, 13 A*14 a título personal.

(43)  De ellos, 1 A*14 a título personal, aplicándose esta clasificación a los funcionarios que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los asuntos 20/63 y 21/63, así como 79/63 y 82/63, tengan derecho a ser clasificados como A*14.

(44)  De ellos, 13 A*14 a título personal.

(45)  De ellos, 1 A*14 a título personal, aplicándose esta clasificación a los funcionarios que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los asuntos 20/63 y 21/63, así como 79/63 y 82/63, tengan derecho a ser clasificados como A*14.

(46)  De ellos, 13 A*14 a título personal.

(47)  De ellos, 1 A*14 a título personal, aplicándose esta clasificación a los funcionarios que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en los asuntos 20/63 y 21/63, así como 79/63 y 82/63, tengan derecho a ser clasificados como A*14.

(48)  De ellos, 1 B*10 a título personal de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo.

(49)  De ellos, 1 B*10 a título personal de conformidad con las disposiciones del artículo 8 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo.

(50)  De ellos, 2 puestos para la Secretaría del Comité económico y monetario.

(51)  De ellos, 2 puestos para la Secretaría del Comité económico y monetario.

(52)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(53)  De ellos, 1 funcionario que se beneficia de las ventajas previstas en el artículo 93 del Estatuto.

(54)  De ellos, 1 funcionario que se beneficia de las ventajas previstas en el artículo 93 del Estatuto.

(55)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(56)  De ellos, 2 A*16 a título personal.

(57)  De ellos, 2 A*16 a título personal.

(58)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(59)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(60)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(61)  De ellos, 2 puestos de asistente técnico y de asistente de secretaría.

(62)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(63)  De ellos, 2 puestos de asistente técnico y de asistente de secretaría.

(64)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(65)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(66)  De ellos, 1 A*15, 1 A*11, 1 B*7, 1 C*4, 1 A*11 T et 3 A*8 T se destinan a la secretaría del Comité de vigilancia. Estos puestos deben cubrirse a propuesta del Comité de vigilancia, de preferencia destacando a funcionarios en interés del servicio, de conformidad con el artículo 37 del Estatuto de los funcionarios.

(67)  80 de los cuales para investigaciones internas de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 1073/1999 (DO L 136 de 31.5.1999, p. 1). Hay que agrupar a estos investigadores en una dirección especial.

(68)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(69)  Transferencia de 1 puesto existente del Parlamento.

(70)  Transferencia de 1 puesto nuevo del Parlamento.

(71)  Transferencia de 1 puesto existente del Consejo.

(72)  Transferencia de 1 puesto nuevo del Consejo.

(73)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(74)  Incluidos 24 puestos bloqueados por transformación de empleos en créditos: 6 C*5, 8 C*4, 2 C*3, 1 C*2, 5 D*4, 2 D*3.

(75)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(76)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(77)  Los casos de actividad a tiempo parcial autorizados por la Autoridad Facultada para Proceder a los Nombramientos pueden compensarse.

(78)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(79)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(80)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(81)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(82)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(83)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(84)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(85)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(86)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(87)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(88)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(89)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(90)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(91)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(92)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(93)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(94)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(95)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(96)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(97)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(98)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(99)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(100)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(101)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(102)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(103)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(104)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(105)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(106)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(107)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(108)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(109)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(110)  De los cuales, 1 A*14 con carácter personal.

(111)  De los cuales, 1 A*14 con carácter personal.

(112)  No incluye la reserva virtual, sin asignación de créditos, para los funcionarios destinados ante los miembros del Tribunal de Justicia o del Tribunal de Primera Instancia (6 A*12, 6 A*11, 12 A*10, 8 B*6, 2 B*5, 3 C*6, 15 C*5, 15 C*4, 6 D*4 y 6 D*3).

(113)  No incluye la reserva virtual, sin asignación de créditos, para los funcionarios destinados ante los miembros del Tribunal de Justicia o del Tribunal de Primera Instancia (6 A*12, 6 A*11, 12 A*10, 8 B*6, 2 B*5, 3 C*6, 15 C*5, 15 C*4, 6 D*4 y 6 D*3).

(114)  La ocupación a tiempo parcial de determinados puestos puede compensarse mediante la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así librados por categoría.

(115)  La ocupación a tiempo parcial de determinados puestos puede compensarse mediante la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así librados por categoría.

(116)  El presente cuadro de personal tiene en cuenta el presupuesto rectificativo no 2/2005.

(117)  La ocupación efectiva en grado de los puestos destinados en los gabinetes seguirá los mismos criterios de clasificación que los de los funcionarios contratados antes del 1 de mayo de 2004.

(118)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(119)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(120)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(121)  De los cuales, 1 A*15 con carácter personal.

(122)  De los cuales, 1 A*14 con carácter personal.

(123)  De los cuales, 1 A*14 con carácter personal.

(124)  Supresión de 1 puesto de los tribunales de cuentas nacionales.

(125)  Supresión de 1 puesto de los tribunales de cuentas nacionales.

(126)  De los cuales 10 puestos nuevos.

(127)  Puestos de asistente de secretaría, de los cuales 1 B*8 con carácter personal.

(128)  Puestos de asistente de secretaría, de los cuales 1 B*8 con carácter personal.

(129)  De los cuales 5 puestos es nuevos.

(130)  La ocupación a tiempo parcial de determinados puestos puede compensarse por la contratación de otros agentes, dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(131)  No incluida la reserva virtual, sin dotación de créditos, para los funcionarios destinados en los gabinetes (1 A*14, 2 A*13, 5 A*12, 5 A*11, 12 A*10, 2 A*9, 6 A*8, 1 B*11, 1 B*10, 1 B*9, 1 B*8, 2 B*7, 1 B*6, 1 B*5, 1 B*3, 2 C*7, 9 C*6, 3 C*5, 4 C*4, 3 C*3, 2 C*2, 2 C*1, 4 D*5, 5 D*4 y 1 D*3).

(132)  No incluida la reserva virtual, sin dotación de créditos, para los funcionarios destinados en los gabinetes (1 A*14, 5 A*12, 6 A*11, 7 A*10, 5 A*8, 1 B*10, 1 B*8, 1 B*7, 1 B*6, 1 B*5, 12 C*6, 4 C*5, 5 C*4, 2 C*3, 2 C*2, 1 D*4 y 3 D*3).

(133)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(134)  Para la secretaría del Grupo III, revalorización de 1 A*11T en A*12T.

(135)  Para las secretarías del Presidente y de los Grupos y la Unidad de Gestión Inmobiliaria (1 A*8T y 1 B*5T autorizados hasta el 31 de diciembre de 2006).

(136)  Para las secretarías del Presidente y de los Grupos y la Unidad de Gestión Inmobiliaria (1 A*8T y 1 B*5T autorizados hasta el 31 de diciembre de 2006).

(137)  La ocupación a tiempo parcial de algunos puestos puede compensarse mediante la contratación de otros agentes dentro de los límites del saldo de puestos así liberados por categoría.

(138)  La ocupación a tiempo parcial de algunos puestos puede compensarse mediante la contratación de otros agentes dentro de los límites del saldo de puestos así liberados por categoría.

(139)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(140)  1 puesto temporal A*11 concedido hasta el 31 de diciembre de 2005 pasa a ser permanente.

(141)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(142)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(143)  De ellos, 1 A*14, 2 A*8, 1 B*7 y 1 C*4 temporales destinados al Gabinete del Presidente; 4 A*11, 1 A*10, 3 A*9, 5 A*6, 4 B*5, 2 B*3, 2 C*4, 1 C*3, 1 C*2 y 2 C*1 temporales destinados a los grupos políticos, y 3 A*5 T al servicio de traducción. y 3 A*5 T para el servicio de traducción.

(144)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(145)  La ocupación de determinados puestos en régimen de media jornada puede compensarse con la contratación de otros agentes dentro del límite del saldo de puestos así liberados por categoría.

(146)  De ellos, 1 A*14, 2 A*8, 1 B*7 y 1 C*4 temporales destinados al Gabinete del Presidente; 4 A*11, 1 A*9, 3 A*8, 4 A*6, 4 B*5, 1 C*4, 2 C*3, 1 C*2 y 2 C*1 temporales destinados a los grupos políticos. 1 A*11 temporal destinado a la Unidad de Gestión Inmobiliaria; y 3 A*5 T para el servicio de traducción.

(147)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(148)  De conformidad con el artículo 8 del anexo XIII del Estatuto, las categorías se reclasifican, con efectos a partir del 1 de mayo de 2006, del siguiente modo: la categoría A* pasa a ser AD, y las categorías B*, C* y D* pasan a ser categoría AST con el mismo grado.

(149)  Estos créditos indican los importes acumulados y consignados en concepto de alquileres (partida 2 0 0 0) y de adquisición de bienes inmuebles (partida 2 0 0 3).

(150)  Estos créditos indican los importes acumulados y consignados en concepto de alquileres (partida 2 0 0 0) y de adquisición de bienes inmuebles (partida 2 0 0 3).

(151)  En la fecha del balance establecido el 31 de diciembre de 2004.

(152)  Este crédito indica los importes acumulados y consignados en las partidas 2 0 0 0 y 3 1 0 0 (alquileres) y en las partidas 2 0 0 1 y 2 0 0 2 (adquisición de bienes inmuebles).

(153)  Este crédito indica los importes acumulados y consignados en las partidas 2 0 0 0 y 3 1 0 0 (alquileres) y en las partidas 2 0 0 1 y 2 0 0 2 (adquisición de bienes inmuebles).

(154)  En la fecha del balance establecido el 31 de diciembre de 2004.

(155)  Incluidas las oficinas exteriores y los costes ocasionados en concepto de gastos de infraestructura administrativa para la política de investigación.

(156)  La OLAF ocupa parcialmente el edificio Joseph II 30, que se incluye infra en la lista de inmuebles de la Comisión en Bruselas.

(157)  Valor contable neto consignado en el balance a 31 de diciembre de 2004. En virtud del contrato de alquiler-compra de 15 de noviembre de 1994 relativo a los edificios anexos «A», «B» y «C» en el Palais, la propiedad de estos últimos debería pasar al Tribunal en 2007.

(158)  Enfiteusis adquisitiva. Valor neto consignado en el balance a 31 de diciembre de 2004.

(159)  Enfiteusis adquisitiva. Valor neto consignado en el balance a 31 de diciembre de 2004.

(160)  Enfiteusis adquisitiva.

(161)  Enfiteusis adquisitiva.

(162)  Enfiteusis adquisitiva.

(163)  Enfiteusis adquisitiva.

(164)  Enfiteusis adquisitiva.

(165)  Enfiteusis adquisitiva.

(166)  Enfiteusis adquisitiva.

(167)  Enfiteusis adquisitiva.

(168)  Enfiteusis adquisitiva (ex Marie de Bourgogne).

(169)  Enfiteusis adquisitiva.

(170)  Enfiteusis adquisitiva.

(171)  Enfiteusis adquisitiva.

(172)  Enfiteusis adquisitiva.

(173)  Enfiteusis adquisitiva.

(174)  Enfiteusis adquisitiva.

(175)  Enfiteusis adquisitiva (ocupación parcial por la OLAF).

(176)  Enfiteusis adquisitiva.

(177)  Enfiteusis adquisitiva.

(178)  Enfiteusis adquisitiva.

(179)  Enfiteusis adquisitiva.

(180)  Enfiteusis adquisitiva.

(181)  Enfiteusis adquisitiva.

(182)  El patrimonio inmobiliario del servicio exterior comprende 25 inmuebles de oficinas, 25 residencias de jefes de delegación, 25 alojamientos para funcionarios y 2 plazas de aparcamiento.

(183)  Se consigna un crédito de 178 527 euros en el capítulo 10 0.

(184)  Se consigna un crédito de 89 468 euros en el capítulo 10 0.

(185)  Se consigna un crédito de 2 053 euros en el capítulo 10 0.

(186)  Se consigna un crédito de 950 euros en el capítulo 10 0.

(187)  Se consigna un crédito de 10 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(188)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(189)  Se consigna un crédito de 73 000 euros en el capítulo 10 0.

(190)  Se consigna un crédito de 405 000 euros en el capítulo 10 0.

(191)  Se consigna un crédito de 178 527 euros en el capítulo 10 0.

(192)  Se consigna un crédito de 89 468 euros en el capítulo 10 0.

(193)  Se consigna un crédito de 2 053 euros en el capítulo 10 0.

(194)  Se consigna un crédito de 950 euros en el capítulo 10 0.

(195)  Se consigna un crédito de 10 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(196)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(197)  Se consigna un crédito de 73 000 euros en el capítulo 10 0.

(198)  Se consigna un crédito de 405 000 euros en el capítulo 10 0.

(199)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(200)  Se consigna un crédito de 8 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(201)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(202)  Se consigna un crédito de 6 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(203)  Se consigna un crédito de 678 200 euros en el capítulo 10 0.

(204)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(205)  Se consigna un crédito de 8 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(206)  Se consigna un crédito de 2 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(207)  Se consigna un crédito de 6 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(208)  Se consigna un crédito de 678 200 euros en el capítulo 10 0.

(209)  Se consigna un crédito de 1 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(210)  Se consigna un crédito de 2 023 000 euros en el capítulo 10 0.

(211)  Se consigna un crédito de 1 000 000 euros en el capítulo 10 0.

(212)  Se consigna un crédito de 2 023 000 euros en el capítulo 10 0.

(213)  Se consigna un crédito de 17 568 000 euros en el capítulo 10 0.

(214)  Se consigna un crédito de 100 000 euros en el capítulo 10 0.

(215)  Se consigna un crédito de 17 568 000 euros en el capítulo 10 0.

(216)  Se consigna un crédito de 100 000 euros en el capítulo 10 0.