32003D0901

2003/901/CE: Decisión del Consejo, de 17 de diciembre de 2003, relativa a la firma y aplicación provisional de los Acuerdos bilaterales sobre el comercio de productos textiles entre la Comunidad Europea y determinados terceros países (Azerbaiyán, Kazajstán, Tayikistán y Turkmenistán)

Diario Oficial n° L 340 de 24/12/2003 p. 0054 - 0054


Decisión del Consejo

de 17 de diciembre de 2003

relativa a la firma y aplicación provisional de los Acuerdos bilaterales sobre el comercio de productos textiles entre la Comunidad Europea y determinados terceros países (Azerbaiyán, Kazajstán, Tayikistán y Turkmenistán)

(2003/901/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 133 en relación con la primera frase del primer párrafo del apartado 2 de su artículo 300,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) La Comisión ha negociado en nombre de la Comunidad Acuerdos bilaterales para prorrogar los actuales Acuerdos bilaterales sobre comercio de productos textiles con determinados terceros países (Azerbaiyán, Kazajstán, Tayikistán y Turkmenistán).

(2) A reserva de su posterior celebración, deben firmarse los Acuerdos en nombre de la Comunidad.

(3) Conviene aplicar dichos Acuerdos de forma provisional a partir del 1 de enero de 2004 a la espera de la terminación de los procedimientos necesarios para su celebración, en condiciones de reciprocidad.

DECIDE:

Artículo 1

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a las personas facultadas para firmar en nombre de la Comunidad Europea los Acuerdos sobre el comercio de productos textiles entre la Comunidad Europea y determinados terceros países (Azerbaiyán, Kazajstán, Tayikistán y Turkmenistán), a reserva de su celebración en una fecha posterior.

Artículo 2

Sujetos a reciprocidad, los Acuerdos a que se refiere el artículo 1 se aplicarán de forma provisional a partir del 1 de enero de 2004 a la espera de la terminación de los procedimientos necesarios para su celebración.

Los textos de los Acuerdos se adjuntan a la presente Decisión.

Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 2003.

Por el Consejo

El Presidente

G. Alemanno