32001D0248

2001/248/CE: Decisión del Consejo, de 19 de marzo de 2001, sobre la celebración del Acuerdo marco de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra

Diario Oficial n° L 090 de 30/03/2001 p. 0045 - 0045


Decisión del Consejo

de 19 de marzo de 2001

sobre la celebración del Acuerdo marco de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra

(2001/248/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 2 de su artículo 57, su artículo 71, el apartado 2 de su artículo 80 y sus artículos 133 y 308, en relación con la segunda frase del párrafo primero del apartado 2 de su artículo 300 y el párrafo primero del apartado 3 de ese mismo artículo,

Vista la propuesta de la Comisión(1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo(2),

Previa consulta al Comité Económico y Social,

Considerando que procede aprobar el Acuerdo marco de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra.

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Acuerdo marco de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra.

El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

1. Un representante de la Comisión, asistido por los representantes de los Estados miembros representará a la Comunidad en el Comité mixto contemplado en el apartado 3 del artículo 19 del Acuerdo marco.

2. La posición que vaya a adoptar la Comunidad en el seno del Comité mixto cuando formule recomendaciones, será fijada por el Consejo a propuesta de la Comisión de conformidad con las correspondientes disposiciones del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

Artículo 3

El Presidente del Consejo efectuará, en nombre de la Comunidad Europea, la notificación prevista en el artículo 21 del Acuerdo marco.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2001.

Por el Consejo

El Presidente

A. Lindh

(1) DO C 188 de 28.6.1996, p. 11.

(2) DO C 104 de 14.4.1999, p. 59.