52002PC0516

Propuesta de Decisión del Consejo propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición de la Comunidad sobre algunas propuestas presentadas para la XII reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES) en Santiago (Chile), del 3 al 15 de abril de 2002. /* COM/2002/0516 final - ACC 2002/0225 */

Diario Oficial n° 331 E de 31/12/2002 p. 0319 - 0346


Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición de la Comunidad sobre algunas propuestas presentadas para la XII reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES) en Santiago (Chile), del 3 al 15 de abril de 2002.

(presentada por la Comisión)

Exposición de motivos

1. La XII reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención CITES se celebrará del 3 al 15 de noviembre de 2002 en Santiago de Chile.

2. El texto de la Convención se modificó en 1983 (la denominada enmienda Gaborone) para que las organizaciones de integración económica regional como la CE pudieran ser partes en ella. No obstante, el número de Partes que han ratificado la enmienda es insuficiente para que pueda entrar en vigor.

3. No obstante, habida cuenta de que las decisiones de la Conferencia de las Partes afectan a la aplicación del Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo de 9 de diciembre de 1996 relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio [1], es necesario adoptar una posición comunitaria sobre las propuestas presentadas.

[1] DO L 61, de 03.03.1997, p.1.

4. Las propuestas de resolución sobre la interpretación y la aplicación de la Convención y las propuestas de enmienda de los apéndices elaborados por los Estados miembros o por la Comisión fueron debatidas por el Comité de Estados miembros constituido con arreglo al Reglamento 338/97 del Consejo en reunión celebrada el 17 de mayo de 2002. Todos las propuestas y documentos de trabajo aprobados fueron enviados posteriormente a la Secretaría de la CITES por los Estados miembros pertinentes o la Presidencia en nombre de los Estados miembros.

5. Uno de estos documentos de trabajo enviados por la Presidencia solicita la anulación de dos resoluciones anteriores de la Conferencia sobre la aplicación de la CITES por la Comunidad. Se argumenta que, a la luz de la aplicación del Reglamento 338/97 del Consejo y teniendo en cuenta el hecho de que los 15 Estados miembros son ahora Partes de pleno derecho (a raíz de la ratificación por parte de Irlanda este mismo año), dichas resoluciones han quedado anticuadas y deberían ser revocadas. Asimismo, la Presidencia envió también una propuesta de Decisión por la que solicitaba a las Partes que aún no han ratificado la enmienda Gaborone, lo hicieran antes de la XIII Conferencia de las Partes (en 2005).

6. El 30 de julio, los servicios de la Comisión mantuvieron una reunión informal con expertos de los Estados miembros para debatir los temas que se tratarán en la Conferencia de las Partes.

7. En el caso de los puntos 2-7, 15, 18, 20-24, 26, 28, 32-34, 36, 39, 42, 43, 46, 52, 53-55, 59, 60 y 64 del orden del día, no se dispuso de algunos documentos para la Conferencia con suficiente tiempo para que la Comisión pueda proponer en estos momentos una postura comunitaria. La Comisión sugiere, por tanto, que la posición sobre esas cuestiones se determine en el transcurso de la reunión sobre la base de propuestas posteriores de la Comisión en ese sentido.

8. Los asuntos que va a tratar la Conferencia se agrupan en tres partes: cuestiones estratégicas y administrativas, interpretación y aplicación de la Convención y propuestas de enmienda a los apéndices. Puesto que la Comunidad no es parte en la Convención, la primera serie de cuestiones no tiene en general repercusiones sobre el Reglamento 338/97 del Consejo. El segundo grupo representa la evolución de la Convención y tiene mucha importancia desde el punto de vista técnico, aunque no es probable que tenga gran repercusión pública. Por el contrario, las enmiendas de los apéndices (grado de protección concedido a distintas especies) van a resultar, sin duda, controvertidas.

9. Los temas más importantes respecto a la enmienda de los apéndices son los siguientes:

- Ballenas

- Elefantes

- Tortugas de agua dulce y terrestres asiáticas

- Especies de peces con valor comercial, incluidos los tiburones y la merluza

- Madera

10. La propuesta de Decisión del Consejo lleva dos anexos. El anexo I describe la postura comunitaria sobre los temas clave listados anteriormente. El anexo II contiene propuestas de posturas comunitarias sobre los temas del orden del día de la Conferencia, de cuyos documentos se disponía a 31 de julio de 2002.

2002/0225 (ACC)

Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la posición de la Comunidad sobre algunas propuestas presentadas en la XII reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES) en Santiago de Chile, del 3 al 15 de noviembre de 2002

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133,

Vista la propuesta de la Comisión [2],

[2] DO C [...]

Considerando lo siguiente:

(1) La Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres se aplica en la Comunidad por medio del Reglamento (CE) nº 338/97 del Consejo de 9 de diciembre de 1996 [3].

[3] DO L 61, de 03.03.1997, p.1.

(2) Las propuestas de resoluciones de la Conferencia de las Partes y las enmiendas de los Apéndices de la Convención afectarán, en la mayoría de los casos, a la legislación comunitaria correspondiente.

(3) Cuando se hayan establecido normas comunitarias para cumplir los fines del Tratado, los Estados miembros no podrán, fuera del marco de las instituciones comunitarias, contraer compromisos que puedan afectar a dichas normas o alterar su ámbito de aplicación.

(4) La Comunidad no ha podido aún ser parte contratante en la Convención.

(5) En tales circunstancias, la posición de la Comunidad debe estar representada por los Estados miembros, que actuarán de forma conjunta en interés comunitario y en el marco de una posición común decidida por el Consejo.

DECIDE:

Artículo 1

La posición de la Comunidad en la XII reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, representada por los Estados miembros, que actuarán de forma conjunta en interés de la Comunidad, se atendrá a las posiciones que figuran en los anexos a la presente Decisión.

Artículo 2

Si la posición a que se refiere el artículo 1 puede verse afectada por nueva información científica o técnica presentada antes o durante la reunión de la Conferencia de las Partes, o si se presentan propuestas sobre asuntos que aún no han sido objeto de una posición comunitaria, se determinará una posición sobre la propuesta correspondiente antes de que se vote en la Conferencia de las Partes.

Hecho en Bruselas, el [...]

Por el Consejo

El Presidente

ANEXO I

a la Decisión del Consejo de ........................ de 2002, relativa a la posición de la Comunidad sobre los temas clave que se debatirán en la XII reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES), celebrada en Santiago de Chile del 3 al 15 de noviembre de 2002.

1. Por lo que respecta a la pesca de la ballena, no debe adoptarse ninguna decisión que socave la preeminencia de la Comisión Ballenera Internacional en este ámbito. Por lo tanto, no debe producirse una vuelta a la pesca comercial de la ballena hasta que la Comisión Ballenera Internacional juzgue que se están aplicando los métodos de supervisión adecuados.

2. Con respecto a los elefantes, la Comunidad no es proclive al acuerdo para la reanudación del comercio de marfil a menos que reciba pruebas satisfactorias, tras consultar con los Estados interesados, de que dicha reanudación no redundará en un aumento de la caza furtiva de elefantes. En este sentido, la Comunidad continuará apoyando la cooperación entre los Estados de la región interesada.

3. Por lo que se refiere a las tortugas de agua dulce y terrestres asiáticas, la Comunidad debe apoyar las propuestas para elaborar una lista con las especies más amenazadas en el Apéndice II de la CITES tras haberse celebrado un seminario hace unos meses en China este mismo año.

4. En cuanto a las especies de peces con valor comercial, la Comunidad es partidaria de su inclusión en las listas de los apéndices de la CITES cuando se cumplan los criterios fijados y como complemento de las medidas adoptadas por los organismos competentes en materia de gestión de la pesca, como la FAO y las organizaciones regionales de pesca. Teniendo esto presente, la Comunidad debe apoyar las propuestas que establezcan una regulación más estricta del comercio internacional de tiburón ballena y peregrino, cuya captura y conservación están poco reguladas a escala internacional. En cuanto a la merluza, la Comunidad es favorable en la confianza en los mecanismos normativos vigentes aplicados por la Comisión para la Conservación de la Fauna y de la Flora Marinas del Antártico (CCFFMA). La regulación de estas especies por la CITES sólo puede apoyarse si no socava el uso del procedimiento de documentación de capturas de la CCFFMA y los esfuerzos de la CCFFMA por fomentar la adopción y la aplicación del programa por los países y las entidades que no forman parte de la misma.

5. Respecto a la caoba americana, la Comunidad apoya la inclusión de esta especie en la lista del Apéndice II.

ANEXO II

a la Decisión del Consejo de ............... de 2002 relativa a la posición de la Comunidad sobre algunas propuestas presentadas en la XII reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres Santiago de Chile, 3-15 de noviembre de 2002

Cuestiones estratégicas y administrativas

1. Reglamento interno

1.1. Reglamento interno CoP12 Doc. 1.1

1.2. Revisión del reglamento interno (Chile) CoP12 Doc. 1.2

Resumen: los documentos aquí presentados son las normas propuestas por la Secretaría y las modificaciones sugeridas por el país anfitrión. Las últimas incluyen una propuesta para que la votación sea secreta sólo si un tercio de las Partes así lo acuerda en votación preliminar.

Observación: la propuesta de Chile respecto a la votación secreta es acogida con satisfacción, aunque sería preferible la abolición de dicha votación o, en su defecto, el requisito de que ésta sólo se produzca cuando así se decida por mayoría simple en votación preliminar abierta.

Conclusión: la Comunidad debe apoyar las medidas encaminadas a evitar las votaciones secretas.

2. Elección del Presidente y de los Vicepresidentes de la reunión y de los Presidentes de los Comités I y II (Sin documentos)

3. Aprobación del orden del día CoP12 Doc. 3

4. Adopción del programa de trabajo CoP12 Doc. 4

5. Constitución del Comité de Credenciales CoP12 Doc. 5

6. Informe del Comité de Credenciales CoP12 Doc. 6

7. Admisión de los observadores CoP12 Doc. 7

8. Cuestiones relativas al Comité Permanente

8.1. Informe del Presidente CoP12 Doc. 8

8.2. Elección de los nuevos miembros regionales y miembros regionales suplentes (Sin documentos)

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observaciones: En la actualidad, los representantes de la Región de Europa son los siguientes:

i) Italia: el mandato expira en la clausura de la CoP12 (suplente: República Checa).

ii) Noruega: el mandato expira en la clausura de la CoP13 (suplente: Turquía).

iii) Francia: el mandato expira en la clausura de la CoP13 (suplente: Portugal).

Los candidatos ya declarados para los puestos vacantes son:

Miembro: Alemania

Suplente: Reino Unido

Conclusión: La Comunidad apoyará la candidatura de los Estados miembros y evitará cualquier situación de competencia entre Estados miembros por la obtención de puestos en el Comité Permanente.

9. Financiación y presupuesto de la Secretaría y de las reuniones de la Conferencia de las Partes

9.1. Presupuesto 2003-2005 CoP12 Doc. 9.1

Resumen: la Secretaría intenta conseguir una aumento del 10% en las contribuciones a lo largo del próximo trienio.

Observación: durante los últimos años, la Secretaría se ha visto forzada a recurrir al Fondo de la Convención para financiar trabajos en curso, pero actualmente el Fondo está agotado.

Conclusión: el tema del posible aumento de las contribuciones debe permanecer abierto hasta la Conferencia.

9.2. Procedimiento de aprobación de proyectos con financiación externa CoP12 Doc. 9.2

Resumen: El presente documento se debe a una decisión del Comité Permanente para delegar en la Secretaría la aprobación de nuevos donantes de fondos externos y nuevos proyectos con financiación externa.

Observación: El Comité Permanente juzgó el actual sistema de aprobación de donantes y proyectos complejo e ineficaz.

Conclusión: La Comunidad aprobará el proyecto revisado de resolución.

10. Informes y recomendaciones de los Comités

10.1. Comité de Fauna

10.1.1. Informe del Presidente CoP12 Doc. 10.1

10.1.2. Elección de los nuevos miembros regionales y miembros regionales suplentes (Sin documentos)

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observaciones: En la actualidad, los representantes de la Región de Europa son los siguientes:

i) Dr. Marinus HOOGMOED (NL): el mandato expira en la clausura de la CoP12 (suplente: Dr. Vincent FLEMING, UK).

ii) Dr. Katalin RODICS (HU): el mandato expira en la clausura de la CoP12 (suplente: Dr. Thomas ALTHAUS, CH).

Los candidatos ya declarados son:

Miembros: Dr. Vincent FLEMING (UK),

Sustitutos: Dr. Carlos IBERO (ES).

Conclusión: La Comunidad apoyará la candidatura de expertos de los Estados miembros y evitará cualquier situación de competencia entre especialistas de los Estados miembros por la obtención de puestos en el Comité de Fauna.

10.2. Comité de Flora

10.2.1. Informe del Presidente CoP12 Doc. 10.2

10.2.2. Elección de los nuevos miembros regionales y miembros regionales suplentes (Sin documentos)

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observaciones: En la actualidad, los representantes de la Región de Europa son los siguientes:

i) Dra. Margarita CLEMENTE (ES) (suplente: Sr. Dieter SUPTHUT - CH).

ii) Dr. Jan de KONING (NL): el mandato expira en la clausura de la CoP12 (suplente: Sra. Hanna WERBLAN-JAKUBIEC, PL).

Los candidatos ya declarados son:

Miembros: Prof. Guiseppe FRENGUELLI (IT)

Suplentes: Sin declarar.

Conclusión: La Comunidad apoyará la candidatura de expertos de los Estados miembros y evitará cualquier situación de competencia entre especialistas de los Estados miembros por la obtención de puestos en el Comité de Flora.

10.3. Informe del Comité de Nomenclatura CoP12 Doc. 10.3

11. Manual de identificación CoP12 Doc. 11

Resumen: este informe describe los avances registrados en la elaboración de hojas de identificación para las especies CITES.

Observación:

Conclusión: la Comunidad deberá hacer observar los avances registrados a este respecto y, en particular, la contribución hecha por algunos Estados miembros.

12. Revisión del Plan de acción de la Convención CoP12 Doc. 12

Resumen: se trata de un informe del grupo de trabajo del Comité Permanente sobre el Plan de acción.

Observación: el informe recomienda una serie de cambios en la redacción del Plan. La mayoría son clarificaciones de menor importancia. Sin embargo, hay una serie de cambios dirigidos a mejorar la eficacia de la concesión de contratos, etc.

Conclusión: la Comunidad debe tomar nota del informe y procurar contribuir a las nuevas modificaciones que se introduzcan en el Plan de acción.

13. Establecimiento de comités

13.1. Revisión de la resolución Conf. 11.1 sobre la creación de comités (Chile) CoP12 Doc. 13.1

13.2. Ampliación de la aplicación de la Convención (Estados Unidos de América) CoP12 Doc. 13.2

13.3. Revisión de la estructura de los comités CoP12.Doc. 13.3

Resumen: el documento 13.1 consiste en un proyecto de resolución presentado por Chile, dirigido a ajustar el número y la representación de los Comités de Fauna y Flora al Comité Permanente, aumentando por tanto la representación en diversas regiones. El documento 13.2, presentado por EE.UU. propone varias opciones para tratar los temas de la "aplicación", que, según se argumenta, no están debidamente tratados en la actual estructura del Comité. El documento 13.2 de la Secretaría supone la fusión efectiva de los Comités de Fauna y Flora (y el Comité de Nomenclatura) en un solo Comité Científico con las mismas normas de representación que el Comité Permanente, incluida una disposición por la que se nombrará un país en lugar de a una persona.

Observación: no se presentan argumentos convincentes para ampliar los Comités de Fauna y Flora. Además, la propuesta de la Secretaría de fusionar los Comités científicos resulta inadecuada. No se acepta que la mayoría de los temas tratados por los Comités de Fauna y Flora sean comunes a ambos. La situación actual, según la que los miembros de los Comités de Fauna y Flora son nombrados personalmente en vez de por país refleja adecuadamente la categoría de expertos de dichos comités. Los temas sobre la aplicación se tratan mejor en el seno del Comité Permanente y, en su caso, en un subgrupo de dicho comité.

Conclusión: La Comunidad defenderá el mantenimiento de la situación actual.

14. Título de la Convención CoP12.Doc. 14

Resumen: este documento de la Secretaría propone cambiar el título actual por el de "CITES, Convención sobre Comercio en Fauna y Flora Silvestres".

Observación: aunque las preocupaciones que han dado pie a la propuesta son válidas, el simple cambio de título no basta para solucionarlas. Por otra parte, el título actual es bien conocido, el nuevo título no coincide con el acrónimo, y la modificación podría presentar dificultades jurídicas. En cambio, podría elaborarse un proyecto de resolución en el que se indicaran los tipos de comercio de especies silvestres cubiertas por la CITES.

Conclusión: la Comunidad no debe apoyar la modificación del título de la Convención.

15. Resultado de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible: repercusiones para CITES CoP 12 Doc. 15

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

16. Cooperación con otras organizaciones

16.1. Cooperación entre la CITES y la Comisión para la Conservación de la Fauna y de la Flora Marinas del Antártico (CCFFMA) respecto al comercio de merluza (Chile) CoP12 Doc. 16.1

Resumen: este proyecto de resolución está dirigido a lograr la cooperación voluntaria entre la CITES y la CCFFMA y urge a las Partes de CITES que aún no lo han hecho a adoptar el procedimiento de documentación de capturas de la CCFFMA.

Observación: independientemente del resultado que obtenga el punto 44 y la propuesta para la inclusión en la lista, las medidas propuestas en este documento son válidas aunque susceptibles de ser reforzadas.

Conclusión: La Comunidad puede apoyar el proyecto de resolución con una serie de modificaciones.

16.2. La CITES y la FAO

16.2.1. Sinergia y cooperación entre la CITES y la FAO (Japón) CoP12 Doc. 16.2.1

16.2.2. Colaboración de la FAO con la CITES mediante un memorándum de entendimiento (Estados Unidos de América) CoP12 Doc. 16.2.2

Resumen: ambos proyectos de resolución defienden el establecimiento de más cooperación entre la CITES y la FAO.

Observación: de los dos, es preferible el segundo ya que defiende medidas más concretas y un calendario más firme. La primera propuesta resta protagonismo a la CITES y podría usarse como pretexto para posponer indefinidamente el debate sobre asuntos relacionados con el pescado con valor comercial en la CITES.

Conclusión: La Comunidad deberá apoyar el segundo proyecto de resolución.

16.3. Cooperación y sinergia con la Convención Interamericana para la Protección y la Conservación de las Tortugas Marinas (Ecuador) CoP12 Doc. 16.3

Resumen: este proyecto de resolución pretende establecer formas de cooperación entre la CITES y la Convención mencionada.

Observación:

Conclusión: La Comunidad debe apoyar el proyecto de resolución.

16.4. La CITES y la Comisión Ballenera Internacional

16.4.1. Cooperación entre la CITES y la Comisión Ballenera Internacional (México) CoP12 Doc. 16.4.1

Resumen: este proyecto de resolución reafirma en términos más contundentes la situación actual que refleja la Resolución Conf. 11.4.

Observaciones: el proyecto debe considerarse en conjunción con el punto 38 del orden del día, un proyecto de resolución que pretende revocar la Resolución Conf. 11.4. El foro de la CITES no debe dar cabida a polémicas sobre la eficacia o ineficacia de la Comisión Ballenera Internacional (CBI). Las circunstancias no han registrado cambios sustanciales desde que se adoptara la Resolución Conf. 11.4. Es cuestionable que en estos momentos se requiera una nueva resolución.

Conclusión: la Comunidad debe buscar la retirada de esta propuesta de resolución y de la del punto 38 del orden del día.

16.4.2. Asuntos relativos a la Comisión Ballenera Internacional (Estados Unidos de América) CoP12 Doc. 16.4.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

16.5. Declaraciones de representantes de otras convenciones y acuerdos (Sin documentos)

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación: la Comunidad debe hacer una declaración sobre la relación entre el CBD y la CITES al tratar, concretamente, la cuestión de las cláusulas de los permisos de la CITES relativas al uso de recursos genéticos.

Conclusión:

17. Uso y comercio sostenibles de las especies CITES (Noruega) CoP12 Doc. 17

Resumen: este proyecto reafirma los principios del uso sostenible e incluye referencias al papel de la FAO en el uso sostenible de especies de pescado con valor comercial.

Observación: el texto es vago y podría citarse en apoyo de los argumentos opuestos en el debate sobre conservación. En sí, no contribuye en nada a la labor de la CITES.

Conclusión: La Comunidad no apoyará el proyecto de resolución.

18. Instrumentos económicos y política comercial CoP12 Doc. 18

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

19. Financiación de la conservación de especies de fauna y flora silvestres CoP12 Doc. 19

Resumen: se trata de un informe de la labor realizada por el Comité Permanente a raíz de decisiones adoptadas en la CoP11. Incluye un proyecto de decisión por la que se establece que las Partes deben informar a la Secretaría de los mejores métodos y prácticas en este campo y que la Secretaría debe analizarlas para la CoP13.

Observación:

Conclusión: La Comunidad debe apoyar el proyecto de decisión.

20. Informes sobre las reuniones para el diálogo

20.1. Resultados del diálogo sobre el elefante africano CoP12 Doc. 20.1

20.2. Resultados del diálogo sobre la tortuga de carey CoP12 Doc. 20.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

Interpretación y aplicación de la Convención

Revisión de resoluciones y decisiones

21. Revisión de resoluciones y decisiones

21.1. Revisión de las resoluciones

21.1.1. Resoluciones que deben revocarse CoP12 Doc. 21.1.1

21.1.2. Resoluciones que deben revisarse CoP12 Doc. 21.1.2

21.2. Revisión de las decisiones CoP12 Doc. 21.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

Informes ordinarios y especiales

22. Comunicado sobre los informes nacionales presentados en virtud del párrafo 7 del Artículo VIII de la Convención

22.1. Informes anuales CoP12 Doc. 22.1

22.2. Informes bienales CoP12 Doc. 22.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

23. Apéndice I: especies sujetas a cuotas de exportación

23.1. Leopardo

23.1.1. Informe sobre la aplicación de la resolución Conf. 10.14 sobre cuotas para los trofeos de caza de leopardo y pieles para uso personal CoP12 Doc. 23.1.1

Resumen: se trata de un informe de la Secretaría sobre la aplicación de dicha resolución, que establece requisitos adicionales en materia de identificación e información para los Estados de la zona interesada.

Observación: la opinión de la Secretaría, es decir, que los requisitos adicionales son innecesarios y resultan farragosos en el contexto del volumen total de exportaciones, tiene cierta validez. Sin embargo, las partes de leopardo y sus derivados están siendo usadas como sustitutos del tigre en la medicina tradicional china y, por lo tanto, la revocación íntegra de la resolución resultaría inapropiada.

Conclusión: la Comunidad debe favorecer una modificación de la resolución para aliviar algunas de las obligaciones de información.

23.1.2. Modificación de la Cuota de la República Unida de Tanzanía CoP12 Doc. 23.1.2

Resumen: el objetivo es doblar la cuota de trofeos de caza y pieles de uso personal para que pase de 250 a 500.

Observación: las indicaciones actuales son de que el leopardo no está en peligro en la mayoría de los países subsaharianos y que esta especie permanece en el Apéndice I debido, en gran parte, a que las Partes no desean reabrir su comercio. La cuota actual existe desde la CoP 5.

Conclusión: La Comunidad debe apoyar la propuesta.

23.2. Markhor CoP12 Doc. 23.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

24. Exportación de lana y tela de vicuña CoP12 Doc. 24

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

25. Transporte de animales vivos CoP12 Doc. 25

Resumen: se trata de un informe de la Secretaría sobre la labor realizada por el grupo de trabajo sobre transporte del Comité de Fauna que incluye un proyecto de decisión para que el Comité de Fauna continúe trabajando para complementar las directrices IATA e informe a la CoP13.

Observación:

Conclusión: La Comunidad debe apoyar el proyecto de decisión.

Observancia general

26. Observancia de la Convención CoP12 Doc. 26

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

27. Observancia CoP12 Doc. 27

Resumen: se trata de un informe de la Secretaría sobre observancia que incluye un proyecto de decisión por el que se convoca una reunión especial de expertos en observancia para informar a la CoP13.

Observación:

Conclusión: La Comunidad debe tomar nota de este informe y apoyar el proyecto de decisión.

28. Legislaciones nacionales para aplicar la Convención CoP12 Doc. 28

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

29. Comprobación de la autenticidad y veracidad de los permisos y certificados CITES (Chile) CoP12 Doc. 29

Resumen: esta propuesta tiene por objeto utilizar Internet para comprobar los permisos y certificados.

Observación: la intención es reducir el fraude asociado a la documentación impresa, pero aún deben estudiarse los riesgos que conlleva la propuesta y su viabilidad en los países en desarrollo.

Conclusión: la Comunidad debe apoyar el proyecto de resolución si se modifica la redacción en favor de un enfoque más gradual, es decir, que el Comité Permanente lleve el asunto adelante.

30. Aplicación de la CITES en la Comunidad Europea(Dinamarca) CoP12 Doc. 30

Resumen: es una propuesta presentada por la Presidencia en nombre de la Comunidad, a fin de revocar las resoluciones Conf. 6.5 (Rev.) y 8.2 (Rev.), relativas a la aplicación de la CITES en la Comunidad Europea. En ella se da cuenta del hecho de que, desde que se adoptaron dichas resoluciones, la Comunidad ha puesto en marcha un Reglamento general para la aplicación de la CITES y todos los Estados miembros han ratificado la Convención. Se incluye una propuesta de decisión instando a las Partes que aún no lo han hecho a que ratifiquen la enmienda Gaborone antes de la CoP13.

Observaciones:

Conclusión: La Comunidad debe apoyar la propuesta.

Comercio y conservación de especies

31. Comercio de especímenes de osos CoP12 Doc. 31

Resumen: es un informe sobre las decisiones adoptadas en la CoP11 respecto al comercio de especímenes de osos.

Observación: la mayoría de los aspectos suscitados no afectan exclusivamente a los osos y reflejan lo que deberían ser las prácticas conservacionistas a un nivel más amplio.

Conclusión: La Comunidad debe tomar nota de este informe y apoyar la eliminación de las decisiones pertinentes.

32. Conservación del leopardo, el leopardo de las nieves y la pantera longibanda(India) CoP12 Doc. 32

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

33. Conservación y comercio de tigres CoP12 Doc. 33

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

34. Conservación y comercio de elefantes

34.1. Comercio ilegal de marfil y otros especímenes de elefante CoP12 Doc. 34.1

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

34.2. Caza ilegal de elefantes CoP12 Doc. 34.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

34.3. Revisión de la resolución Conf. 10.10 (rev.) sobre el comercio de especímenes de elefante (India, Kenia) CoP12 Doc. 34.3

Resumen: este proyecto de revisión establece que se apliquen sistemas de información para concienciar a los turistas de sus obligaciones jurídicas en cuanto a la compra de marfil en los Estados de la zona. Asimismo, establece que el Comité Permanente sea informado sobre los avances registrados en cuanto al sistema ETIS en todas las reuniones.

Observación:

Conclusión: La Comunidad puede apoyar la propuesta de revisión.

35. Conservación y comercio de rinocerontes CoP12 Doc. 35

Resumen: se trata de un informe sobre la aplicación actual de la resolución Conf.9.14 (Rev) sobre este tema.

Observación: el nivel de información de los Estados de la zona es bajo y muchas de las medidas solicitadas son simple y llanamente prácticas conservacionistas razonables. La Secretaría ha cuestionado la utilidad de la resolución.

Conclusión: La Comunidad debe tomar nota de este informe y apoyar la revocación de esta resolución sujeto a la clarificación de que ello no supone riesgos para la conservación.

36. Conservación y comercio de almizcleros CoP12 Doc. 36

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

37. Conservación y comercio de antílope del Tíbet CoP12 Doc. 37

Resumen: se trata de un informe sobre la aplicación de la resolución Conf. 11.8 sobre dicho tema.

Observación: en este tema se han registrado avances positivos. No obstante, la Secretaría recomienda hacer pequeñas revisiones a la resolución de forma que se excluyan lo que son obligaciones generales según la CITES y limitar el contenido a temas específicos de esta especie.

Conclusión: La Comunidad debe tomar nota del informe y apoyar las modificaciones.

38. Comercio supervisado en especímenes de poblaciones de cetáceos abundantes(Japón) CoP12 Doc. 38

Resumen: este proyecto de resolución tiene por objeto revocar la resolución Conf. 11.4.

Observación: este punto del orden del día debe estudiarse en el contexto del punto 16(d)(i). El foro de la CITES no debe dar cabida a polémicas sobre la eficacia o ineficacia de la Comisión Ballenera Internacional (CBI). Las circunstancias no han registrado cambios significativos desde que se adoptara la Resolución Conf. 11.4.

Conclusión: la Comunidad debe buscar la retirada de esta propuesta de resolución y de la del punto 16 (d)(i) del orden del día.

39. Conservación y comercio de tortugas de agua dulce y terrestres CoP12 Doc. 39

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

40. Conservación y comercio de la tortuga Malacochersus tornieri (Kenia) CoP12 Doc. 40

Resumen: este proyecto de resolución fija normas más estrictas relativas a la cría de esta especie.

Observación: una resolución de la Conferencia a esta respecto resulta innecesaria y el proyecto propuesto está basado en datos obsoletos.

Conclusión: la Comunidad debe favorecer otros medios para tratar este tema como, por ejemplo, el denominado "Proceso del comercio significativo".

41. Conservación de tiburones:

41.1. Conservación y gestión de tiburones (Australia) CoP12 Doc. 41.1

41.2. Conservación y comercio de tiburones (Ecuador) CoP12 Doc. 41.2

Resumen: ambos proyectos de resolución tratan la falta de avances en la aplicación del Plan de acción para la conservación de los tiburones (IPOA - Sharks) de la FAO.

Observación: el documento de Australia es más detallado, pero contiene algunas frases que podrían resultar provocadoras. El documento de Ecuador es más equilibrado en la presentación del tema.

Conclusión: La Comunidad apoyará el documento de Ecuador con las necesarias modificaciones.

42. Conservación del esturión y etiquetado del caviar

42.1. Aplicación de la resolución Conf. 10.12 (Rev.) sobre la conservación del esturión CoP12 Doc. 42.1

42.2. Consolidación de las resoluciones relativas al esturión y al comerció del caviar CoP12 Doc. 42.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

43. Conservación de los caballitos de mar y otros miembros de la familia Syngnathidae CoP12 Doc. 43

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

44. Conservación y comercio de la especie Dissostichus (Australia) CoP12 Doc. 44

Resumen: este proyecto de resolución tiene por objeto complementar la lista de propuestas relativas a esta especie garantizando que la documentación de la CCAMLR se considere ajustada a las exigencias jurídicas derivadas de la inclusión en la lista de la especie e instando a las Partes a que consulten con la Secretaría de la CCAMLR antes de emitir certificados de introducción en procedencia del mar.

Observación: este proyecto de resolución debe contemplarse a la luz de la postura de la Comunidad sobre la propuesta de inclusión en la lista. La inclusión en la lista de la CITES sólo puede ser efectiva si puede vincularse (p.ej., mediante anotación o resolución adjunta) a la condición de que las Partes de la CITES que comercian con Dissostichus deban aplicar el procedimiento de documentación de capturas de la CCFFMA, a fin de realizar las extracciones no perjudiciales del medio silvestre que impone la CITES. De lo contrario, el proyecto de resolución que contiene el documento 16.1 continúa siendo preferible, con las necesarias enmiendas.

Conclusión: la Comunidad no puede apoyar este proyecto de resolución y la propuesta de inclusión en la lista a menos que se modifiquen de modo que se cumpla la condición arriba mencionada.

45. Comercio en cohombros de las familias Holothuridae y Stichopodidae (Estados Unidos de América)CoP12 Doc. 45

Resumen: este informa analiza los temas asociados a la conservación y la gestión sostenible de estos grupos.

Observación:

Conclusión: La Comunidad debe tomar nota de este informe.

46. Estatus biológico y comercial del Harpagophytum CoP12 Doc. 46

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

47. Conservación de la Swietenia macrophylla: informe del grupo de trabajo sobre la caoba CoP12 Doc. 47

Resumen: este informe presenta una serie de recomendaciones dirigidas principalmente a los Estados de la zona.

Observación: las recomendaciones tienen algunas implicaciones de orden menor para la aplicación por parte de los países importadores. No obstante, los problemas del comercio de caoba se tratan mejor mediante la inclusión en la lista del Apéndice II.

Conclusión: la Comunidad debe tomar nota de este informe, apoyar las recomendaciones y defender la inclusión en la lista del Apéndice II.

48. Aplicación de la Resolución Conf. 8.9 (Rev.) sobre comercio en especímenes de las especies incluidas en el Apéndice II extraídas de su entorno natural

48.1. Revisión de la Resolución Conf. 8.9 (Rev.) CoP12 Doc. 48.1

Resumen: aunque el documento sobre este punto del orden del día no estaba disponible a 31 de julio, se espera que consista en un nuevo proyecto de resolución concebido para hacer el Proceso del comercio significativo más sencillo, flexible y transparente.

Observación:

Conclusión: la Comunidad debe apoyar las medidas que vayan dirigidas a mejorar la transparencia y la eficacia del Proceso del comercio significativo.

48.2. Saiga tatarica: resumen del seminario patrocinado por la CITES, celebrado en Kalmykia en mayo de 2002 y presentación del proyecto de plan de acción para la conservación (Estados Unidos de América) CoP12 Doc. 48.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión

49. Cuotas de exportación establecidas a escala nacional para las especies del Apéndice II: fundamento científico para su establecimiento y aplicación (Estados Unidos de América) CoP12 Doc. 49

Resumen: se trata de un informe para el debate de las dificultades con que ha tropezado el sistema de cuotas.

Observación:

Conclusión: La Comunidad debe acoger positivamente este informe y aportar observaciones adicionales.

Asuntos relacionados con la supervisión del comercio y el marcado

50. Gestión de las cuotas de exportación

50.1. Mejora de la gestión de las cuotas de exportación anuales y modificación de la resolución Conf. 10.2 (Rev.) del anexo 1 sobre permisos y certificados (Alemania) CoP12 Doc. 50.1

Resumen: este proyecto de resolución, presentado por Alemania en nombre de la Comunidad Europea, tiene por objeto mejorar la transparencia de las disposiciones sobre las cuotas de exportaciones.

Observaciones: este proyecto de resolución trata una serie de problemas que se dan en las disposiciones vigentes como la notificación tardía de cuotas, la transferencia de partes de cuotas no utilizadas el año anterior, etc.

Conclusión: La Comunidad debe apoyar el proyecto de resolución.

50.2. Aplicación y supervisión de las cuotas de exportación fijadas a escala nacional para las especies listadas en el Apéndice II de la Convención (Estados Unidos de América) CoP12 Doc. 50.2

Resumen: este proyecto de decisión busca establecer un grupo de trabajo inter sesiones sobre este tema.

Observación: el proyecto de resolución incluido en el Documento 50.1 trata este problema y ha innecesario el grupo de trabajo.

Conclusión: la Comunidad debe apoyar la retirada de este proyecto de decisión.

51. Comercio en muestras biológicas sensibles al paso del tiempo CoP12 Doc. 51

Resumen: el documento sobre este punto no está aún disponible. Sin embargo, todo indica que incluye propuestas para el rastreo rápido de dichas muestras en los casos en que la conservación no suscita preocupación.

Observación: los Estados miembros habían trabajado en este tema al preparar la CoP, pero se acordó esperar las propuestas de la Secretaría.

Conclusión: la Comunidad debe apoyar las medidas que tengan por objeto reducir la carga administrativa relacionada con dichas muestras.

52. Movimientos de las colecciones de muestras

52.1. Movimiento de las muestras de pieles de reptiles y otros productos relacionados CoP12 Doc. 52.1

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

52.2. Uso de certificados para el movimiento de colecciones de muestras, cubiertas por los carnets ATA o TIR y formadas por partes o derivados de especies incluidas en los Apéndices II y III (Italia y Suiza) CoP12 Doc. 52.2

Resumen: este proyecto de resolución, presentado por Italia en nombre de la Comunidad y por Suiza, trata los especímenes que forman parte de las exposiciones itinerantes.

Observación: el uso de carnets ATA o TIR puede simplificar los procedimientos relacionados con dichos especímenes y reducir el riesgo de fraude. Sin embargo, deberán modificarse las disposiciones de las Convenciones pertinentes.

Conclusión: La Comunidad debe apoyar el proyecto de resolución.

53. Regímenes comerciales para las especies maderables CoP12 Doc. 53

Resumen: se trata de un informe sobre una Decisión de la CoP11 para que la Secretaría estudie la utilidad de diversas técnicas de silvicultura con respecto a disposiciones de la CITES sobre el cultivo, propagación artificial y cuotas para las especies maderables.

Observación: a raíz de la labor de la Secretaría, el Comité de Flora está revisando actualmente el uso de códigos de origen para las especies maderables.

Conclusión: La Comunidad debe tomar nota de este informe y apoyar la eliminación de la decisión.

Exenciones y disposiciones especiales sobre el comercio

54. Efectos personales

54.1. Comercio en efectos personales CoP12 Doc. 54.1

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

54.2. Efectos personales hechos de piel de cocodrilo (Venezuela) CoP12 Doc. 54.2

Resumen: este proyecto de resolución contempla la exención de los efectos personales hasta 8 unidades de piel de cocodrilo para las especies del Apéndice II o las criadas en cautividad del Apéndice I.

Observación: debe comprobarse que no existen lagunas, pero en principio no hay objeciones. Las propuestas similares que puedan producirse en el futuro deberán estudiarse una por una.

Conclusión: La Comunidad debe apoyar el proyecto modificado.

55. Establecimientos que crían especímenes de especies del Apéndice I en cautividad con fines comerciales

55.1. Revisión de las resoluciones Conf. 8.15 y Conf. 11.14 sobre las directrices para establecer un procedimiento de registro y supervisión de los establecimientos que crían especies del Apéndice I en cautividad con fines comerciales. CoP12 Doc. 55.1

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

55.2. Solicitudes para registrar establecimientos que crían especies del Apéndice I con fines comerciales CoP12 Doc. 55.2

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observaciones:

Conclusión:

56. Prestamos no comerciales, donación o intercambio de especímenes de museos y herbarios (Estados Unidos de América) CoP12 Doc. 56

Resumen: se trata de un informe para el debate de las dificultades con que ha tropezado la aplicación adecuada de la disposición sobre exenciones.

Observación: muchas instituciones científicas de la Comunidad disfrutan de esta exención, pero otras Partes han encontrado problemas debido a que la aplicación no es homogénea.

Conclusión: la Comunidad debe tomar nota del contenido de este informe e intercambiar información con otras Partes sobre los problemas surgidos.

57. Exhibiciones itinerantes de animales vivos (Federación Rusa) CoP12 Doc. 57

Resumen: este proyecto de resolución tiene por objeto ampliar las disposiciones vigentes (en Conf. Res. 8.16) a todos los animales vivos de las exhibiciones itinerantes, en lugar de sólo a los especímenes anteriores a la Convención y a los que actualmente se crían en cautividad.

Observación: el tema central es el uso con fines comerciales de especímenes de primera generación nacidos en cautividad de las especies del Apéndice I (elefantes indios, en particular). El proyecto no contempla un mecanismo que evite socavar las disposiciones relativas a la cría en cautividad y a las transacciones comerciales que incluyen a estas especies.

Conclusión: La Comunidad no debe apoyar el proyecto de resolución.

Modificación de los Apéndices

58. Criterios para modificar los Apéndices I y II CoP12 Doc. 58

Resumen: se entiende que se preguntará a las Partes si están de acuerdo o no con un texto elaborado por una mayoría del grupo de trabajo o si comparten la opinión de la Presidencia del Comité de Flora de que el asunto debe debatirse más a fondo.

Observación: aunque el texto elaborado por el grupo de trabajo representa un avance considerable, se trata de un tema delicado que merece profundizar en él si puede alcanzarse un acuerdo más amplio.

Conclusión: la Comunidad debe apoyar una decisión de la Conferencia ampliando y clarificando el mandato del grupo de trabajo y haciendo que avancen los trabajos a la luz de la propuesta actual.

59. Modificación de los Apéndices respecto a las poblaciones CoP12 Doc. 59

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

60. Anotaciones sobre plantas medicinales en los Apéndices CoP12 Doc. 60

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

Otros asuntos

61. Establecimiento de un grupo de trabajo para analizar aspectos relevantes de la aplicación de la CITES a especies marinas (Chile) CoP12 Doc. 61

Resumen: este proyecto de resolución tiene por objeto establecer un grupo de trabajo sobre temas relacionados con especies marinas.

Observación: existe un solapamiento considerable entre lo que aquí se propone y el mandato del Grupo de Trabajo sobre Criterios.

Conclusión: la Comunidad debe defender que se pida al Grupo de trabajo sobre Criterios que trate estos temas.

62. Carne de animales silvestres CoP12 Doc. 62

Resumen: se trata de un informe sobre las actividades del Grupo de Trabajo sobre carne de animales silvestres

Observación: el informe concluye que el grupo ha resultado fundamental en la mejora de la comunicación y la coordinación entre los países afectados por este comercio y recomienda que continúe hasta la CoP 13 con financiación externa.

Conclusión; la Comunidad debe tomar nota de este informe y apoyar la ampliación del mandato del Grupo de Trabajo, pero garantizando que trabaje en estrecha colaboración con el Grupo de Enlace CBD en este tema.

63. Rescate de simios dependientes de zonas en guerra (Kenia) CoP12 Doc. 63

Resumen: este proyecto de resolución tiene por objeto no aplicar los requisitos sobre permisos en determinadas circunstancias.

Observación: los temas planteados no son exclusivos de los simios y debe considerarse la difícil situación de otros animales dependientes.

Conclusión: la Comunidad comprende el objetivo de este proyecto de resolución, pero considera que deben clarificarse los principios subyacentes.

64. Comercio de medicinas tradicionales CoP12 Doc. 64

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observación:

Conclusión:

65. Materiales publicitarios CoP12 Doc. 65

Resumen: se trata de un informe de la Secretaría sobre la aplicación de la decisión 11.131 sobre dicho tema.

Observación:

Conclusión: La Comunidad debe tomar nota de este informe.

Examen de las propuestas de enmienda a los Apéndices I y II

66. Propuestas de enmienda a los Apéndices I y II CoP12 Doc. 66

>SITIO PARA UN CUADRO>

Clausura de la reunión

67. Lugar y fecha de la próxima reunión ordinaria de la Conferencia de las Partes (Sin documentos)

Resumen: no hay documentos disponibles a 31 de julio de 2002.

Observaciones:

Conclusión: La Comunidad apoyará la candidatura del Estado miembro que se proponga como anfitrión de la próxima conferencia y evitará que se produzca una situación de competencia por la sede entre dos o varios miembros.

68. Discursos de clausura (Sin documentos)