Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la financiación de actividades aplicadas por Europol en el marco de la cooperación en la lucha contra el terrorismo. /* COM/2002/0439 final - CNS 2002/0196 */
Diario Oficial n° 331 E de 31/12/2002 p. 0111 - 0114
Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la financiación de actividades aplicadas por Europol en el marco de la cooperación en la lucha contra el terrorismo. (presentada por la Comisión) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. Introducción El artículo B5-822 del presupuesto 2002 de la Unión Europea está dotado con un crédito de 5 millones de EUR destinados a proporcionar a Europol los medios necesarios para reforzar y coordinar la acción de los Estados miembros en materia de lucha contra el terrorismo, y a cubrir la creación de un centro de crisis y de un sistema de comunicaciones [1] [1] DO L 29 de 31.01.2002, p.1046. Este crédito se inscribe al capítulo B0-40 (créditos provisionales) en espera de la adopción de un acto legislativo básico que prevea la financiación de una actividad de Europol por el presupuesto de la Unión Europea. La presente decisión debe permitir la ejecución de este crédito. Los Servicios de la Comisión redactaron un proyecto de Decisión del Consejo para crear el fundamento jurídico para permitir la utilización de los fondos y al mismo tiempo para describir las actividades que se financiarán con ellos. Las actividades indicadas en el texto se establecieron sobre la base de las propuestas presentadas por Europol. Según los datos presupuestarios proporcionados por Europol, el importe del gasto previsto para empezar estas actividades será de 3.038.600 EUR netamente inferior al crédito en reserva. 2. La decisión del Consejo: Artículos Artículo 1 (objeto de la decisión) El artículo 1 determina las acciones (en anexo) que Europol deberá implementar para reforzar y coordinar mejor la lucha contra el terrorismo. El Anexo se constituye como parte integrante del texto de la Decisión. Artículo 2 (tipo de los gastos) El artículo 2 clasifica los gastos concedidos en aplicación de esta decisión como gastos operativos. Artículo 3 (sistema de control y evaluación) Este artículo establece el sistema de seguimiento de la aplicación de las acciones por medio de informes trimestrales presentados a la Comisión. De igual manera, la Comisión informará anualmente de los avances de los trabajos al Parlamento Europeo y al Consejo . Artículo 4 (Entrada en vigor) La decisión entra en vigor el día siguiente al de su publicación. Anexo El Anexo describe de manera sucinta las actividades propuestas por Europol. Estas actividades son las siguientes: - Establecimiento de una red informática para el intercambio de información, en tiempo real, sobre las características de artefactos explosivos utilizados para la realización de acciones terroristas. - Creación de un sistema de comunicación entre las Unidades especiales de intervención policiales para el intercambio rápido de información . - Creación de un centro de coordinación operativo en Europol para apoyar a los Estados miembros en acciones o situaciones antiterroristas. Este centro podrá ser utilizado por los EM en caso necesario como centro de comunicación, control, mando e información. - Desarrollar metodología europea de análisis de las amenazas y riesgos terroristas. 2002/0196 (CNS) Propuesta de DECISIÓN DEL CONSEJO relativa a la financiación de actividades aplicadas por Europol en el marco de la cooperación en la lucha contra el terrorismo. EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, visto el Tratado de la Unión Europea, y, en particular, el apartado 2, letras a) y b) de su artículo 30, y el apartado 2 letra c) de su artículo 34, vista la propuesta de la Comisión [2], [2] DO C [... ] de [... ], p.[... ]. Visto el dictamen del Parlamento Europeo [3], [3] DO C [... ] de [... ], p.[... ]. Considerando lo siguiente: (1) El artículo 29 del Tratado de la Unión Europea asigna a ésta el objetivo de ofrecer a los ciudadanos un alto grado de seguridad dentro de un espacio de libertad, seguridad y justicia, elaborando una acción en común entre los Estados miembros, en particular, en el ámbito de la lucha contra el terrorismo. (2) El terrorismo constituye una de las amenazas más serias para la vida y la seguridad de los ciudadanos, para la democracia, para el libre ejercicio de los derechos humanos y para el desarrollo económico y social. (3) Las conclusiones del Consejo Europeo de Tampere hacen un llamamiento a una mayor cooperación entre las autoridades de los Estados miembros y Europol en el ámbito de la prevención, análisis e investigación de la criminalidad incluido el terrorismo, en la Unión. (4) El Consejo Europeo de 21 septiembre de 2001 estableció un plan de acción de la Unión Europea como respuesta a los atentados en los Estados Unidos e invitó a la aprobación de medidas operativas destinadas a reforzar la cooperación policial en la lucha contra el terrorismo. (5) El convenio Europol [4] asigna a Europol el objetivo de mejorar la eficacia de los servicios competentes de los Estados miembros y su cooperación en lo que atañe a la prevención y la lucha contra el terrorismo. La decisión-marco del Consejo de 13 de junio de 2002 relativa a la lucha contra el terrorismo [5] recuerda también la competencia de Europol para tratar de los delitos cometidos o susceptibles cometerse en el marco de actividades de terrorismo. [4] DO C 316 de 27.11.1995. p. 2. [5] DO L 164 de 22.6.2002, p.3. DECIDE: Artículo 1 Europol implementa las acciones mencionadas en el Anexo, en el marco del refuerzo y la coordinación de la lucha contra el terrorismo. Artículo 2 Los gastos que implican la aplicación de la presente Decisión se consideran operativos conforme lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 41 del Tratado de la Unión Europea. Artículo 3 (1) Europol presentará trimestralmente un informe a la Comisión sobre el estado actual de las actividades mencionadas en el Anexo. (2) Una vez al año, Europol informará de forma detallada a la Comisión sobre el conjunto de las actividades efectuadas sobre la base de la presente decisión. (3) La Comisión informará anualmente al Parlamento Europeo y al Consejo sobre las acciones emprendidas por Europol sobre la base de la presente decisión. El primero de dichos informes se presentará antes del 31 de enero de 2003. Artículo 4 La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el Por el Consejo El Presidente [...] ANEXO ACTIVIDADES QUE DEBEN FINANCIARSE. Proyecto 1:Red de datos sobre explosivos de la Unión Europea Resumen: Una base de datos a escala comunitaria sobre explosivos accesible desde los puestos de trabajo de la red de comunicaciones de antiterrorismo (una red de comunicaciones segura extensible al intercambio de datos operativos confidenciales en tiempo real en relación con toda información e inteligencia relacionadas con el contraterrorismo). Los Estados miembros podrán intercambiar y difundir datos sobre explosivos en tiempo real. Importancia: Los órganos de ejecución de la ley necesitan acceder a datos técnicos a escala comunitaria en el momento de enfrentarse con incidentes y amenazas de bomba. El uso de la base de datos de explosivos de la UE ayudaría a identificar a terroristas partiendo de su modus operandi, y en definitiva podría ahorrar vidas y proteger la propiedad mediante una respuesta rápida y concreta a los incidentes. Resultados esperados: Una red de los datos de explosivos de la UE contribuirá a la protección de vidas humanas y de la propiedad de los ciudadanos de la UE y a una aproximación de prácticas de trabajo en este campo en la UE. Presupuesto: Se calcula en unos 1.700.000 EUR el coste total de equipo, mantenimiento, formación, viajes y costes operativos de dicha red de datos de explosivos. Proyecto 2: Red de comunicaciones para unidades especiales de intervención Resumen: Comunicaciones seguras, dotadas de enlaces móviles de envío de información rápidamente a las unidades especiales de intervención que actúan bajo una gran presión de tiempo para solucionar incidentes terroristas. Esto facilitará la planificación y preparación de la intervención en incidentes terroristas al disponer de una manera rápida y segura de transmitir información (por ejemplo mensajes vocales, gráficos, vídeos, textos, huellas dactilares). Importancia: Este proyecto es necesario para que las unidades especiales de intervención puedan intercambiar información de forma rápida, fidedigna y segura ante una amenaza o incidente terrorista. Resultados esperados: La creación de una red de comunicaciones para unidades especiales de intervención para el intercambio de información pertinente. Un intercambio de información rápido, eficiente y seguro puede suponer unas unidades especiales de intervención más capaces de salvar vidas de ciudadanos de la UE. Presupuesto: Se calcula en unos 500.000 EUR el coste total de equipo, mantenimiento, formación, viajes necesarios para la creación de esta plataforma. Proyecto 3: Centro de control de operaciones Resumen: Un conjunto de locales con instalaciones para que los Estados miembros lleven a cabo comunicaciones, intercambio de inteligencia y el mando y control de actividades en incidentes graves de terrorismo y situaciones de crisis. Los locales estarán situados en Europol y tendrán salas de mando, de coordinación, de reunión, de análisis, de archivo y una sala técnica. También englobaría la red de comunicaciones de contraterrorismo y una red informática. Importancia: Un centro de control para manejar el intercambio de información internacional es necesario para afrontar un incidente grave de terrorismo, en especial si implica armas de destrucción masiva (nucleares, biológicas, químicas, radiológicas). Tras el 11 de septiembre Europol tuvo que ocuparse de respuestas y peticiones información, l0a evaluación del peligro, medidas de seguridad y otros informes. Resultados esperados: Dicho local de coordinación y comunicación garantizaría una red de detección precoz capaz de manejar el intercambio de información en tiempo real de las actividades o los incidentes terroristas. La red de comunicaciones conectaría el centro del control de Europol con los centros operativos nacionales en los Estados miembros. Presupuesto: Se calcula en unos 500.000 EUR el coste total de equipo, mantenimiento, formación, viajes necesarios para la creación del centro de control. Proyecto 4: Desarrollo de una metodología común para evaluar el riesgo y la amenaza de terrorismo Resumen: Europol y los Estados miembros tienen que analizar el riesgo y la amenaza del terrorismo. Los acontecimientos del 11 de septiembre han puesto de relieve la necesidad de que éstos se preparen a fondo. Los especialistas de los Estados miembros y de Europol deberían por tanto reunirse para acordar una metodología común y rigurosa para preparar el análisis de tales amenazas y riesgos. Esto se hará en forma de seminarios. Importancia: Una metodología común y rigurosa traería consigo mejores evaluaciones de riesgos y amenazas en los Estados miembros y en la Unión Europea en conjunto. Esto, a su vez, traería consigo una mejor la planificación de actividades de contraterrorismo y una mejor asignación de los recursos en la lucha contra el terrorismo y proyectos sobre la delincuencia organizada en la UE. Resultados esperados: Una metodología común a escala comunitaria para evaluar el riesgo y la amenaza en materia terrorista. Presupuesto: Se calculan en 336.800 EUR los costes totales (oradores, viajes, abastecimiento, traducción, personal, gastos generales y otros) de los seminarios. FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA Ámbito(s) políticos(s): Espacio de libertad, seguridad y justicia. Actividad(es): Cooperación judicial y policial Lucha contra el terrorismo Denominación de la acción: financiación de actividades aplicadas por Europol en el marco de la cooperación en la lucha contra el terrorismo. 1. 1. LÍNEA(S) PRESUPUESTARIA(S) + DENOMINACIÓN(ES) B5-822 Europol 2. DATOS GLOBALES EN CIFRAS 2.1 Dotación total de la medida (Parte B): millones de euros en créditos de compromiso (CC) 3, 0368 millones EUR 2.2 Período de aplicación: 2002 2.3 Estimación global plurianual de los gastos: a) Calendario créditos de compromiso/créditos de pago (intervención financiera) (véase punto 6.1.1) Millones de euros (al tercer decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> b) Asistencia técnica y administrativa (ATA) y gastos de apoyo (GA) (véase punto 6.1.2 >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> c) Incidencia financiera global de los recursos humanos y otros gastos de funcionamiento (véase puntos 7.2 y 7.3) >SITIO PARA UN CUADRO> >SITIO PARA UN CUADRO> 2.4 Compatibilidad con la programación financiera y las perspectivas financieras [X] Propuesta compatible con la programación financiera existente. [... ]Esta propuesta requiere una nueva programación de la rúbrica correspondiente de las perspectivas financieras, incluido, en su caso, un recurso a las disposiciones del acuerdo interinstitucional. 2.5 Incidencia financiera en los ingresos [6] [6] Para más precisiones, véase la nota explicativa separada. [X] Ninguna implicación financiera (se refiere a aspectos técnicos relacionados con la aplicación de una medida). O [... ]Incidencia financiera - el efecto en los ingresos es el siguiente: Millones de euros (al tercer decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> 3. CARACTERÍSTICAS PRESUPUESTARIAS >SITIO PARA UN CUADRO> 4. FUNDAMENTO JURÍDICO Apartado 2 letras a) y b) del artículo 30 y apartado 2 letra c) del artículo 34 del TUE 5. DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN 5.1 Necesidad de una intervención comunitaria [7] [7] Para más información, ver la nota explicativa separada. 5.1.1 Objetivos perseguidos El artículo B5-822 del presupuesto 2002 de la Unión Europea está dotado con un crédito de 5 millones de EUR destinados a proporcionar a Europol los medios necesarios para reforzar y coordinar la acción de los Estados miembros en materia de lucha contra el terrorismo, y a cubrir la creación de un centro de crisis y de un sistema de comunicaciones [8] [8] DO L 29 de 31.01.2002, p.1046. Este crédito se inscribe al capítulo B0-40 (créditos provisionales) en espera de la adopción de un acto legislativo básico que prevea la financiación de una actividad de Europol por el presupuesto de la Unión Europea. La presente decisión debe permitir la ejecución de este crédito. 5.1.2 Disposiciones adoptadas a raíz de la evaluación ex ante 5.1.3 Disposiciones adoptadas a raíz de la evaluación ex post Europol presentará trimestralmente un informe a la Comisión sobre el estado actual de las actividades mencionadas en el Anexo. Una vez al año, Europol informará de forma detallada a la Comisión sobre el conjunto de las actividades efectuadas sobre la base de la presente decisión. 5.2 Acciones previstas y modalidades de intervención presupuestaria (1) Proyecto de creación de una red de comunicación segura para el intercambio, en tiempo real, de información, datos y material confidenciales relativos a las actividades contra el terrorismo. Esta red constituye por otro lado la estructura de apoyo técnico de los proyectos 2 y 3. Establecimiento de una red informática para el almacenamiento y el intercambio de información sobre las características de artefactos explosivos utilizados para la realización de acciones terroristas. EUR 1.700.000 (2) Creación de un sistema de comunicación entre las Unidades especiales de intervención policiales para el intercambio rápido de información . EUR 500.000 (3) Creación de un centro de coordinación operativo en Europol para apoyar a los Estados miembros en acciones o situaciones antiterroristas. Este centro podrá ser utilizado por los EM en caso necesario como centro de comunicación, control, mando e información. EUR 500.000 (4) Realización de seminarios para desarrollar metodología europea de análisis de las amenazas y riesgos. EUR336.800 6. INCIDENCIA FINANCIERA 6.1 Incidencia financiera total en la parte B (para todo el período de programación) 6.1.1 Intervención financiera Créditos de compromiso en millones de euros (al tercer decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> 6.1.2 Asistencia técnica y administrativa (ATA), gastos de apoyo (GA) y gastos TI (créditos de compromiso) >SITIO PARA UN CUADRO> 6.2 6.2 Cálculo de los costes por medida prevista en la parte B (para todo el período de programación) [9] [9] Para más información, ver la nota explicativa separada. Créditos de compromiso en millones de euros (al tercer decimal) >SITIO PARA UN CUADRO> (En caso necesario, explíquese el método de cálculo) 7. INCIDENCIA EN EL PERSONAL Y LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 7.1 Incidencia en los recursos humanos >SITIO PARA UN CUADRO> 7.2 Incidencia financiera global de los recursos humanos >SITIO PARA UN CUADRO> Los importes corresponden a los gastos totales para 12 mes. 7.3 Otros gastos de funcionamiento que se derivan de la acción >SITIO PARA UN CUADRO> Los importes corresponden a los gastos totales de la acción para 12 mes. (1) Precisar el tipo de Comité así como el grupo al cual pertenece. >SITIO PARA UN CUADRO> 8. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN 8.1 Sistema de seguimiento Europol presentará trimestralmente un informe a la Comisión sobre el estado actual de las actividades mencionadas en el Anexo. Una vez al año, Europol informará de forma detallada a la Comisión sobre el conjunto de las actividades efectuadas sobre la base de la presente decisión. La Comisión informará anualmente al Parlamento Europeo y al Consejo sobre las acciones emprendidas por Europol sobre la base de la presente decisión. El primero de dichos informes se presentará antes del 31 de enero de 2003. 8.2 Modalidades y periodicidad de la evaluación prevista La evaluación de las acciones programadas debe con una visión de conjunto a medio plazo y evaluar su impacto en la cooperación entre las fuerzas de policía en la lucha contra el terrorismo. 9. MEDIDAS ANTIFRAUDE Europol es responsable para proponer acciones destinadas a su gestión administrativa y financiera; tiene la responsabilidad de aplicar las medidas de Control Financiero. Los contratos y las decisiones financieras se someten al Control Financiero de la Comisión y a las auditorías del Tribunal de Cuentas. En la aplicación de los principios de buena gestión financiera Europol debe certificar las declaraciones de los gastos y garantizar que su sistema de contabilidad permita la comprobación documental de las evidencias, sirva para prevenir, para detectar y para corregir las irregularidades.