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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2026/3816 |
27.7.2026 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 4 de junio de 2026 (petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad – Bulgaria) – CY / Vremenno prenaznachen na dlazhnost nachalnik na 03 Rayonno upravlenie na Stolichna direktsia na vatreshnite raboti
(Asunto C-326/25, (1) 03 Rayonno upravlenie na SDVR)
(Procedimiento prejudicial - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Cooperación policial - Sistema de Información de Schengen - Decisión 2007/533/JAI - Reglamento (UE) 2018/1862 - Descripción sobre un vehículo de motor para su incautación o utilización como prueba en un proceso penal - Orden de entrega de un vehículo descrito en el Sistema de Información de Schengen - Normativa nacional que excluye la intervención de la persona que estaba en posesión del objeto descrito en los procedimientos administrativos y judiciales de entrega del objeto al Estado miembro emisor)
(C/2026/3816)
Lengua de procedimiento: búlgaro
Órgano jurisdiccional remitente
Varhoven administrativen sad
Partes en el procedimiento principal
Demandante y recurrente: CY
Demandada y recurrida: Vremenno prenaznachen na dlazhnost nachalnik na 03 Rayonno upravlenie na Stolichna direktsia na vatreshnite raboti
Fallo
El artículo 39 del Reglamento (UE) 2018/1862 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de noviembre de 2018, relativo al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen (SIS) en el ámbito de la cooperación policial y de la cooperación judicial en materia penal, por el que se modifica y deroga la Decisión 2007/533/JAI del Consejo, y se derogan el Reglamento (CE) n.o 1986/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2010/261/UE de la Comisión,
debe interpretarse en el sentido de que
las normas nacionales relativas a la adopción de una medida de entrega de un objeto descrito en el Sistema de Información de Schengen sobre la base del artículo 38 de dicho Reglamento mediante resolución de las autoridades competentes del Estado miembro de ejecución en respuesta a la solicitud del Estado miembro emisor no están comprendidas en el ámbito de aplicación del citado Reglamento.
(1) DO C, C/2025/4435.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/3816/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)