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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2026/1853 |
7.4.2026 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 24 de febrero de 2026 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vrhovno sodišče Republike Slovenije – Eslovenia) – A. A. / C.
(Asunto C-368/25, (1) Malec (2) )
(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Respuesta que puede deducirse claramente de la jurisprudencia - Directiva 93/13/CEE - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores - Artículo 6, apartado 1, y artículo 7, apartado 1 - Crédito hipotecario indexado a una moneda extranjera - Efectos de la anulación del contrato en su totalidad - Posibilidad de que la entidad bancaria obtenga una remuneración por la utilización de su capital por parte del consumidor)
(C/2026/1853)
Lengua de procedimiento: esloveno
Órgano jurisdiccional remitente
Vrhovno sodišče Republike Slovenije
Partes en el procedimiento principal
Demandante: A. A.
Demandada: C.
Fallo
Los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores,
deben interpretarse en el sentido de que
se oponen a una interpretación judicial de disposiciones de Derecho nacional que regulan la devolución de cantidades percibidas en exceso según la cual, cuando un contrato de crédito hipotecario ha sido declarado nulo en su totalidad por no poder subsistir tras la supresión de una cláusula abusiva, la entidad bancaria que concedió el crédito hipotecario está legitimada para reclamar al consumidor, cuando esa entidad no haya tenido un comportamiento desleal y ese contrato no sea contrario a los «principios morales fundamentales», en el sentido del Derecho nacional, una compensación por la utilización de los fondos abonados en ejecución de dicho contrato que vaya más allá del reembolso del capital prestado y, en su caso, del pago de intereses de demora.
(1) Fecha de presentación: 2.6.2025.
(2) La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1853/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)