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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2026/1540 |
15.4.2026 |
P10_TA(2025)0208
Modificación de ciertos Reglamentos relativos a servicios financieros y el apoyo a la inversión en lo que respecta a determinados requisitos de información
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 7 de octubre de 2025, sobre la Posición del Consejo en primera lectura con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1092/2010, (UE) n.o 1093/2010, (UE) n.o 1094/2010, (UE) n.o 1095/2010, (UE) n.o 806/2014, (UE) 2021/523 y (UE) 2024/1620 en lo que respecta a determinados requisitos de información en los ámbitos de los servicios financieros y el apoyo a la inversión (07377/1/2025 – C10-0196/2025 – 2023/0363(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: segunda lectura)
(C/2026/1540)
El Parlamento Europeo,
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Vista la Posición del Consejo en primera lectura (07377/1/2025 – C10-0196/2025), |
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Visto el dictamen del Banco Central Europeo, de 21 de junio de 2024 (1), |
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Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 14 de febrero de 2024 (2), |
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Previa consulta al Comité de las Regiones, |
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Vista su Posición en primera lectura (3) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2023)0593), |
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Visto el artículo 294, apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Visto el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 75, apartado 4, de su Reglamento interno, |
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Visto el artículo 68 de su Reglamento interno, |
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Vista la Recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A10-0166/2025), |
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1. |
Aprueba la Posición del Consejo en primera lectura; |
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2. |
Constata que el acto se adopta con arreglo a la Posición del Consejo; |
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3. |
Encarga a su presidenta que firme el acto, conjuntamente con el presidente del Consejo, de conformidad con el artículo 297, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; |
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4. |
Encarga a su secretario general que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con la secretaria general del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea; |
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5. |
Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales. |
(1) DO C, C/2024/5048, 16.8.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/5048/oj.
(2) DO C, C/2024/2485, 23.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/2485/oj.
(3) DO C, C/2025/1021, 27.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1021/oj.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1540/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)