European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2026/1437

31.3.2026

P10_TA(2025)0155

Informes de 2023 y 2024 sobre Albania

Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de julio de 2025, sobre los Informes de 2023 y 2024 de la Comisión sobre Albania (2025/2017(INI))

(C/2026/1437)

El Parlamento Europeo,

—

Visto el Acuerdo de Estabilización y Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Albania, por otra (1),

—

Vista la solicitud de adhesión a la Unión presentada por Albania el 24 de abril de 2009,

—

Visto el Reglamento (UE) 2021/1529 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de septiembre de 2021, por el que se establece el Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP III) (2),

—

Visto el Reglamento (UE) 2024/1449 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024, por el que se establece el Mecanismo de Reforma y Crecimiento para los Balcanes Occidentales (3),

—

Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de febrero de 2020, titulada «Mejorar el proceso de adhesión: una perspectiva creíble de la UE para los Balcanes Occidentales» (COM(2020)0057),

—

Vista la Comunicación de la Comisión, de 8 de noviembre de 2023, titulada «Comunicación de 2023 sobre la política de ampliación de la UE» (COM(2023)0690), acompañada del documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «Albania 2023 Report» (Informe de 2023 sobre Albania) (SWD(2024)0690),

—

Vista la Comunicación de la Comisión, de 8 de noviembre de 2023, titulada «Nuevo plan de crecimiento para los Balcanes Occidentales» (COM(2023)0691),

—

Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de marzo de 2024, sobre las reformas y las revisiones de las políticas previas a la ampliación (COM(2024)0146),

—

Vista la Comunicación de la Comisión, de 24 de julio de 2024, titulada «Informe sobre el Estado de Derecho de 2024» (COM(2024)0800), acompañada del documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «2024 Rule of Law Report – Country Chapter on the rule of law situation in Albania» (Informe sobre el Estado de Derecho de 2024 – Capítulo sobre la situación del Estado de Derecho en Albania) (SWD(2024)0828),

—

Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, titulada «Comunicación de 2024 sobre la política de ampliación de la UE» (COM(2024)0690), acompañada del documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «Albania 2024 Report» (Informe de 2024 sobre Albania) (SWD(2023)0690),

—

Visto el programa de reformas de Albania presentado en el marco del Mecanismo de Reforma y Crecimiento de la Unión, aprobado por la Comisión el 23 de octubre de 2024,

—

Visto el informe final de la misión de observación electoral de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), de 29 de septiembre de 2023, sobre las elecciones locales celebradas el 14 de mayo de 2023 en Albania,

—

Visto el informe final, de 26 de julio de 2021, de la Misión de Observación Electoral de la OSCE/OIDDH sobre las elecciones parlamentarias de Albania del 25 de abril de 2021,

—

Visto el dictamen conjunto de la Comisión de Venecia y la OSCE/OIDDH, de 11 de diciembre de 2020, sobre las enmiendas de 30 de julio de 2020 a la Constitución albanesa y las enmiendas de 5 de octubre de 2020 al código electoral de Albania,

—

Vistos la Declaración de Sofía adoptada en la Cumbre UE-Balcanes Occidentales de 17 de mayo de 2018 y el Programa de Prioridades de Sofía anejo,

—

Vista la Declaración de Zagreb, aprobada en la Cumbre UE-Balcanes Occidentales de 6 de mayo de 2020,

—

Vistas las declaraciones de las Cumbres UE-Balcanes Occidentales celebradas en Bruselas el 13 de diciembre de 2023 y el 18 de diciembre de 2024,

—

Visto el Proceso de Berlín, puesto en marcha el 28 de agosto de 2014,

—

Vista la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa de 2024 de Reporteros Sin Fronteras,

—

Visto el índice de percepción de la corrupción de 2024 de Transparencia Internacional,

—

Visto el Informe mundial sobre la brecha de género de 2024 del Foro Económico Mundial,

—

Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Albania,

—

Visto el artículo 55 de su Reglamento interno,

—

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A10-0106/2025),

A.

Considerando que la ampliación es el instrumento de política exterior de la Unión más eficaz y constituye una inversión geoestratégica a largo plazo en paz, democracia, estabilidad y seguridad en todo el continente;

B.

Considerando que la Unión sigue siendo el principal socio político y económico de los países de los Balcanes Occidentales; que la Unión sigue siendo con mucho el principal socio comercial y de inversiones de Albania y su principal proveedor de ayuda financiera;

C.

Considerando que la ampliación es un proceso basado en los méritos y fundamentado en la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales; que la adhesión de Albania a la Unión depende de reformas duraderas, profundas e irreversibles en todos los ámbitos fundamentales, empezando por el Estado de Derecho y el funcionamiento de las instituciones democráticas;

D.

Considerando que Albania es un país candidato a la adhesión a la Unión desde 2014, que inició las negociaciones de adhesión en julio de 2022 y que concluyó con éxito el proceso de examen analítico en noviembre de 2023;

E.

Considerando que Albania inició negociaciones en torno al grupo temático 1 «Fundamentos básicos» el 15 de octubre de 2024 y en torno al grupo temático 6 «Relaciones exteriores» el 17 de diciembre de 2024, en torno al grupo temático 2 «Mercado interior» el 14 de abril de 2025 y en torno al grupo temático 3 «Competitividad y crecimiento inclusivo» el 22 de mayo de 2025;

F.

Considerando que Albania es un socio fiable en materia de política exterior y está en plena armonía con la política exterior y de seguridad común de la Unión;

G.

Considerando que Albania ha sido objeto de campañas de influencia malintencionadas extranjera destinadas a sembrar la discordia, provocar tensiones y violencia y desestabilizar toda la región, incluida la desinformación y la injerencia electoral rusas, y que ha recibido inversiones cuestionables de agentes no pertenecientes a la Unión, como China; que los ciberataques rusos e iraníes contra Albania en 2022 y 2023 perturbaron las funciones gubernamentales esenciales, lo que ilustra el entorno de amenazas híbridas al que se enfrenta Albania a medida que avanza hacia la integración en la Unión;

H.

Considerando que persisten deficiencias electorales y graves vulnerabilidades en el sistema electoral albanés; que aún no se han abordado plenamente las recomendaciones de la OSCE/OIDDH de seguir mejorando los procesos electorales en Albania;

I.

Considerando que Albania participa en las misiones y operaciones de la política común de seguridad y defensa de la Unión, incluida la Operación Militar de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina (EUFOR Althea);

J.

Considerando que la protección de las minorías nacionales y étnicas es crucial para los aspirantes a convertirse en Estados miembros de la Unión; que la legislación de aplicación sobre la libre autoidentificación y el uso de las lenguas minoritarias se ha adoptado en Albania;

K.

Considerando que la guerra de agresión rusa contra Ucrania pone de relieve la importancia crucial de la ampliación de la Unión para garantizar la seguridad y la estabilidad en nuestro continente;

1.   

Acoge con satisfacción el inquebrantable compromiso de Albania con la integración en la Unión, que refleja el consenso entre todos los partidos políticos, tanto del Gobierno como de la oposición, y el apoyo abrumador de los ciudadanos, y elogia su armonización plena y coherente con la política exterior y de seguridad común de la Unión y la promoción del orden internacional basado en normas, incluida su respuesta categórica a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, mediante su adaptación a las medidas restrictivas de la Unión contra Rusia y Bielorrusia; reconoce el papel activo del país en la región y en las iniciativas regionales;

2.   

Acoge con satisfacción la ambición de Albania de cerrar las negociaciones de adhesión para finales de 2027 y el rápido progreso registrado en los últimos años, en particular la apertura de dos grupos de capítulos de negociación en 2024 y de otros dos, por el momento, en 2025; recuerda que los países candidatos sufren profundas transformaciones para cumplir los criterios de pertenencia a la Unión durante las negociaciones de adhesión, que duran cuanto sea preciso para aplicar las reformas necesarias; subraya la necesidad de reforzar la transparencia, la rendición de cuentas y el carácter inclusivo del proceso de adhesión, incluida su dimensión parlamentaria; advierte contra cualquier acción que pueda socavar el sistema de controles y equilibrios;

3.   

Observa que el ritmo de adhesión a la Unión viene determinado por los avances del país candidato en cuanto a su adaptación al acervo de la Unión, su historial a la hora de aplicarlo y el correcto funcionamiento de todas las instituciones del país, y se basa en el Estado de Derecho, la buena gobernanza y los derechos fundamentales; insta a Albania a que acelere las reformas para reforzar el Estado de Derecho y el crecimiento económico, luchar contra la corrupción y la delincuencia organizada, prevenir la trata de seres humanos, garantizar la protección de los derechos fundamentales y lograr avances en los ámbitos de la libertad de expresión, la libertad de información y el pluralismo y la independencia de los medios de comunicación;

4.   

Acoge con satisfacción el nuevo Mecanismo de Reforma y Crecimiento para los Balcanes Occidentales de la Unión, que proporcionará 922 000 000 EUR en subvenciones y préstamos a Albania cuando cumpla las condiciones establecidas en su ambicioso programa de reformas;

5.   

Toma nota de la adopción por parte de Albania del plan nacional para la integración europea 2024-2026; celebra que Albania haya creado los órganos encargados del proceso de integración; pide que se redoblen los esfuerzos para aumentar la transparencia y participar en la comunicación pública sobre la integración en la Unión;

6.   

Acoge con satisfacción la decisión de abrir la antena del Parlamento Europeo para los Balcanes Occidentales en Tirana; observa que la oficina servirá de punto de contacto clave entre el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales, la sociedad civil y los socios locales de toda la región de los Balcanes Occidentales;

7.   

Acoge con satisfacción la implicación de los dieciocho participantes albaneses en la iniciativa sobre los miembros de un país candidato a la adhesión emprendida por el Comité Económico y Social Europeo, cuyo objetivo es fomentar unos vínculos más estrechos con los países candidatos y facilitar su integración gradual en la Unión;

Instituciones democráticas, medios de comunicación y sociedad civil

8.

Insiste en la importancia de un debate político constructivo y una conducta parlamentaria ordenada como aspectos clave de la gobernanza democrática; reafirma la responsabilidad conjunta de las fuerzas políticas albanesas de reforzar el diálogo político constructivo e integrador y superar la elevada polarización política presente en el país; lamenta los continuos enfrentamientos y la retórica incendiaria por parte de políticos de todos los partidos, así como los enfrentamientos entre la mayoría gobernante y la oposición; subraya la necesidad de fomentar una cultura política basada en el respeto mutuo y la adhesión a las normas democráticas, garantizando que la competencia política no socave la estabilidad institucional, y de demostrar que se respete plenamente el papel del parlamentarismo poniendo fin a todos los ataques políticos; pide un verdadero diálogo para promover la estabilidad y el progreso políticos, haciendo hincapié en la necesidad de un consenso entre los partidos sobre la agenda de integración en la Unión y la participación significativa de la sociedad civil; hace hincapié en la necesidad de un control parlamentario más eficaz y de un mejor funcionamiento de las instituciones;

9.

Reconoce la creciente amenaza de la influencia extranjera malintencionada y la injerencia híbrida en las instituciones democráticas albanesas; destaca que los contenidos alineados con el Kremlin han intentado minar la confianza pública en las instituciones democráticas y promover un sentimiento antioccidental; pide a Albania que mejore la resiliencia institucional frente a la financiación política encubierta, la manipulación de los medios de comunicación y las ciberamenazas que afecten directamente el proceso de adhesión a la Unión; pide a las instituciones de la Unión que supervisen de cerca la exposición de Albania a la influencia extranjera malintencionada;

10.

Acoge con satisfacción el bloqueo por parte de Albania de dominios de desinformación rusos, pero subraya la necesidad de un mecanismo coordinado de respuesta a la desinformación entre la Unión y Albania, que siga el modelo de la plataforma EUvsDisinfo, para refutar y contrarrestar rápidamente los discursos favorables al Kremlin; aboga por una mayor cooperación regional entre los países de los Balcanes Occidentales para intercambiar mejores prácticas y desarrollar estrategias conjuntas en la lucha contra la desinformación y las injerencias extranjeras; advierte de la creciente influencia de los medios de comunicación respaldados por el Estado chino en Albania;

11.

Hace hincapié en el deber del Parlamento albanés de respetar sin demora las sentencias del Tribunal Constitucional; destaca el papel fundamental e irremplazable del Parlamento en la salvaguardia de los controles y equilibrios; pide a Albania que garantice una verdadera rendición de cuentas democrática y una gobernanza más sólida y transparente;

12.

Toma nota de las enmiendas de julio de 2024 al código electoral de Albania, que permiten que la diáspora albanesa vote fuera del país e introducen listas de candidatos parcialmente abiertas; observa que, sobre la base de las conclusiones preliminares de la OSCE/OIDDH, las elecciones parlamentarias del 11 de mayo de 2025 fueron competitivas y se llevaron a cabo profesionalmente, pero tuvieron lugar en un entorno muy polarizado y los candidatos no disfrutaron de condiciones de competencia equitativas; expresa su preocupación por el hecho de que el partido gobernante se haya beneficiado del uso generalizado de recursos administrativos; toma nota de que la publicación del informe final de la OSCE/OIDDH, que incluirá la evaluación final y las recomendaciones que deben aplicarse, está prevista para los próximos meses; pide a todas las partes que demuestren voluntad política en favor de una reforma electoral global e inclusiva para aplicar todas las recomendaciones de la OSCE/OIDDH y de la Comisión de Venecia de manera plena y oportuna, incluidas las relativas al marco de financiación de las elecciones y los partidos;

13.

Lamenta que el entorno para unos medios de comunicación libres y periodistas independientes se haya deteriorado en los últimos años; observa con preocupación que la independencia y el pluralismo de los medios de comunicación en Albania siguen viéndose afectados por la elevada concentración del mercado, el solapamiento de intereses empresariales y políticos, la falta de transparencia en la financiación y la propiedad, la intimidación y las precarias condiciones de trabajo para los periodistas; señala que Albania ocupa el puesto n.o 99 de la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa de 2024 de Reporteros Sin Fronteras, lo que refleja los problemas que existen en relación con la concentración de la propiedad de los medios de comunicación, la injerencia política y las amenazas contra periodistas; destaca que la falta de transparencia en las estructuras de financiación y de propiedad de los medios de comunicación aumenta el riesgo de sesgo editorial y de penetración de propaganda extranjera a la vez que socava la confianza pública en el periodismo; insta a las autoridades albanesas a que garanticen la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación y apliquen una política de tolerancia cero frente a la intimidación de los periodistas; pide al Gobierno albanés que apoye las plataformas independientes de verificación de datos como medio para garantizar el acceso público a información veraz y defender la integridad del espacio de información;

14.

Recuerda que toda revisión de la legislación sobre los medios de comunicación debe guardar consonancia con las recomendaciones de la Comisión de Venecia y llevarse a cabo de manera transparente e integradora, en consulta con las organizaciones de medios de comunicación, con el fin de mejorar la libertad y la autorregulación de estos; acoge con satisfacción la plataforma para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas puesta en marcha por el Consejo de Europa, junto con la Unión y una red de destacadas organizaciones dedicadas a la libertad de prensa; lamenta que no se hayan registrado avances en la adaptación del marco legislativo al acervo y a las normas de la Unión, incluido el Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación (4); recuerda la necesidad de reforzar el periodismo de investigación, la verificación de datos y la alfabetización mediática y de combatir el discurso de odio, la desinformación y las noticias falsas; expresa su preocupación por la persistente retórica incendiaria contra los medios de comunicación, en particular por la de políticos de alto nivel, funcionarios públicos y otras personalidades públicas, que alimenta la cultura de la intimidación; condena enérgicamente los crecientes ataques verbales contra periodistas que informan sobre asuntos relacionados con el Estado de Derecho y la corrupción, así como el acoso misógino en línea dirigido a mujeres periodistas, las campañas de difamación, la violencia y los disturbios, y pide que los autores sean llevados ante la justicia; lamenta que el Código Penal no ofrezca protección a los periodistas frente a las amenazas y la violencia; pide a las autoridades que adopten un marco jurídico que proteja eficazmente a los periodistas, defensores de los derechos humanos, activistas medioambientales y otras partes interesadas contra el aumento de las demandas estratégicas contra la participación pública, que despenalicen la difamación y que respeten el papel del periodismo independiente como control fundamental del poder, y que colaboren con los medios de comunicación de una manera que defienda los principios democráticos;

15.

Recuerda que las autoridades nacionales y locales son responsables de mejorar la transparencia, la rendición de cuentas y la inclusión llevando a cabo consultas públicas significativas y periódicas con las partes interesadas; observa con preocupación que la aplicación por parte del Parlamento albanés del marco jurídico para las consultas públicas sigue siendo predominantemente formal; subraya la necesidad de una mayor transparencia en relación con los datos públicos y los proyectos legislativos clave; insiste en que los recursos financieros, la capacidad administrativa y la autonomía fiscal de las autoridades locales debe mejorarse;

16.

Celebra el dinamismo y la constructividad de la sociedad civil albanesa, que desempeña un papel crucial y positivo en el proceso de reforma; acoge con satisfacción la mejora del control electoral y la creciente participación de la sociedad civil en la supervisión del proceso democrático; subraya que la sociedad civil es vital para fomentar la democracia y el pluralismo y para promover la buena gobernanza y el progreso social; anima al Gobierno albanés a que refuerce el papel de la sociedad civil, incluidas las organizaciones de defensa de los derechos de la mujer, en el proceso de adhesión a la Unión, desde una fase temprana y en un proceso legislativo transparente; lamenta que las organizaciones de la sociedad civil operan en un entorno difícil y que reciben una financiación pública limitada; insiste en que las bases para un sistema eficaz de exención del IVA se establezcan de conformidad con los compromisos asumidos por Albania en virtud del Acuerdo de Cooperación UE-Albania y del Instrumento de Ayuda Preadhesión; insta a las autoridades a que aceleren la elaboración de la hoja de ruta 2024-2027 para una política gubernamental que fomente un entorno más propicio para el desarrollo de la sociedad civil y a que supervisen de cerca la aplicación de dicha hoja de ruta;

17.

Acoge con satisfacción la creación del nuevo cargo de ministro de Estado de Administraciones Públicas y Lucha contra la Corrupción y subraya la importancia de su eficacia y de llevar a cabo reformas de la administración pública y la lucha contra la corrupción; sigue preocupado, no obstante, por los avances limitados en cuanto a la reforma de la administración pública; insiste en que las autoridades albanesas apliquen efectivamente las disposiciones sobre contratación basada en los méritos y revisen la eficacia de las actuales estructuras de supervisión de las nuevas reformas de la administración pública y de lucha contra la corrupción; subraya la necesidad de fomentar una cultura de la rendición de cuentas, el acceso no partidista a la información pública y el control de las instituciones públicas, también en lo que respecta a la aplicación del programa de reformas; señala que las entidades públicas deben mejorar su cumplimiento de los requisitos de transparencia y su capacidad de respuesta a las solicitudes de información;

18.

Lamenta que se hayan realizado avances limitados en la adaptación del marco jurídico de la contratación pública al acervo de la Unión; expresa su preocupación por las exenciones temporales introducidas recientemente en la legislación sobre contratación pública; pide a las autoridades albanesas que mejoren los procedimientos competitivos de contratación pública en consonancia con el acervo de la Unión;

19.

Acoge con satisfacción los avances realizados por Albania en la mejora de la transmisión de datos a Eurostat;

Derechos fundamentales

20.

Observa que el marco jurídico de Albania para la violencia de género aún no se ajusta plenamente al Convenio de Estambul; expresa su profunda preocupación por el hecho de que la violencia contra las mujeres siga siendo un problema acuciante y el número de feminicidios siga siendo elevado; acoge con satisfacción la creación de un observatorio de feminicidios por parte del Defensor del Pueblo; insta a que se mejoren los servicios de apoyo a las víctimas, en particular la asistencia sanitaria, la financiación de los refugios, la asistencia jurídica gratuita y la reintegración y rehabilitación de las víctimas; destaca la necesidad de aumentar el apoyo financiero e institucional destinado a los programas de prevención, las campañas de concienciación pública y la formación especializada de las autoridades policiales y judiciales para garantizar un enfoque centrado en las víctimas;

21.

Expresa su inquietud por las deficiencias persistentes, como la falta de adaptación o la adaptación parcial al acervo de la Unión, en relación con las personas con discapacidad y la igualdad de género; reconoce la necesidad de que Albania adapte plenamente su marco jurídico sobre violencia de género al Convenio de Estambul; observa que, según el Informe mundial sobre la brecha de género del Foro Económico Mundial de 2024, Albania ha descendido seis puestos y ahora ocupa el puesto n.o 23 a escala mundial, lo que indica un aumento de la brecha de género; expresa su profunda preocupación por el hecho de que la violencia contra las mujeres siga siendo un problema acuciante y el número de feminicidios siga siendo elevado; pide la aplicación plena y efectiva de la legislación vigente, incluida una aplicación más estricta de las medidas de protección y una mayor capacidad de respuesta judicial a los casos de violencia de género, como se destaca en el informe de 2024 de la Comisión Europea sobre Albania;

22.

Acoge con satisfacción la adopción y el aumento de la financiación de un nuevo plan de acción nacional para las personas LGBTI+; lamenta, no obstante, que no se haya avanzado en la propuesta de la legislación necesaria en este ámbito y pide a las autoridades que adopten la legislación necesaria sobre el reconocimiento de la identidad de género y las características sexuales, así como sobre las uniones y matrimonios entre personas del mismo sexo; lamenta el hecho de que las personas LGBTI+ sigan enfrentándose a amenazas y campañas despectivas en los medios de comunicación y que las instituciones públicas no ofrezcan una protección adecuada; observa que las mujeres que viven en zonas rurales y remotas, las mujeres romaníes y egipcias y las personas LGBTI+ siguen enfrentándose a un acceso limitado a la atención primaria; insta a las instituciones públicas a que demuestren un firme compromiso con la protección de los derechos de las personas LGBTI+ y a que actúen con decisión contra el lenguaje discriminatorio y de odio hacia la comunidad LGBTI+;

23.

Pide a Albania que respete plenamente la autonomía de la Iglesia ortodoxa autocéfala de Albania y que se abstenga de toda acción que socave su libertad de expresión religiosa o sus derechos de propiedad; pide que se ponga fin a la injerencia en los nombramientos eclesiásticos y que se entable un diálogo con las autoridades religiosas para salvaguardar el pluralismo religioso;

24.

Acoge con satisfacción la adopción de la legislación de aplicación pendiente sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías, en particular sobre la autoidentificación y el uso de lenguas minoritarias, también a nivel de los entes territoriales autónomos, y subraya que estos estatutos deben aplicarse de manera plena y efectiva para que el ejercicio de los derechos de las minorías y a la educación sea factible en la práctica; pide a las autoridades que garanticen la aplicación efectiva de los estatutos, en particular mediante la asignación de recursos adecuados a las agencias centrales y a las administraciones locales; pide a las autoridades que garanticen que los procedimientos para la selección de los miembros de la Comisión sobre Minorías Nacionales se revisen de conformidad con las recomendaciones de la Comisión y del Comité Consultivo del Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales; pide a las autoridades que aumenten la capacidad de la Comisión Estatal sobre Minorías Nacionales y que garanticen su pleno funcionamiento y que dispone de los recursos adecuados a su disposición; expresa su preocupación por los problemas persistentes de discriminación y exclusión social que afectan a grupos minoritarios en Albania; pide al Gobierno albanés que respete y proteja plenamente los derechos humanos, incluidos los derechos de las minorías, y que garantice que todas las denuncias de vulneración de los derechos humanos, incluido el discurso de odio, sean investigadas con prontitud y de forma exhaustiva; insta a las autoridades albanesas a que refuercen los mecanismos institucionales para prevenir la discriminación y garantizar una participación política significativa de todas las comunidades, en consonancia con las recomendaciones del Informe de 2024 de la Comisión sobre Albania; pide a Albania que proteja y promueva el patrimonio cultural, las lenguas y las tradiciones de sus minorías nacionales; pide a Albania que ofrezca una educación a las minorías nacionales en su lengua materna, incluida una enseñanza primaria y secundaria adecuada en griego en regiones tradicionalmente habitadas por la minoría nacional griega, y que garantice un acceso sin restricciones a una educación primaria, secundaria y superior estatal para todos sus ciudadanos en todo el país, ejecutando así plenamente la normativa correspondiente;

25.

Pide a Albania que proteja y preserve el patrimonio religioso y cultural de la minoría ortodoxa griega, también mediante la restauración y el reconocimiento legal de iglesias y cementerios; pide a las autoridades que se abstengan de expropiar o demoler propiedades de importancia histórica o cultural para la minoría griega;

26.

Recuerda que Albania debe salvaguardar el derecho a la propiedad, en particular avanzando decisivamente en el primer registro y la compensación, mejorando la transparencia del catastro estatal y la calidad de los datos catastrales del registro de la propiedad, y garantizando el respeto del derecho a un juicio justo y del derecho a la tutela judicial efectiva en caso de expropiación y traslado de propiedades;

27.

Anima al Gobierno de Albania a que aborde y corrija las injusticias infligidas por el régimen comunista a todas las confesiones religiosas;

28.

Expresa su preocupación por la lenta restitución de las propiedades religiosas confiscadas por los comunistas; observa con preocupación, además, que, a pesar de las numerosas peticiones de confesiones religiosas, el Gobierno de Albania no ha devuelto todos los objetos sagrados, las reliquias, los iconos y los archivos confiscados durante el régimen comunista (5);

29.

Pide una mayor inversión en la modernización del sistema educativo para garantizar su calidad e inclusividad; pide a Albania que aplique medidas para fomentar las oportunidades de empleo y educación para las personas con discapacidad;

30.

Celebra la elaboración del censo de 2023 en Albania; pide a las autoridades que publiquen los datos detallados y el análisis temático en consonancia con la recomendación de la Comisión en su informe de 2024 sobre Albania;

31.

Acoge con satisfacción la adopción de la legislación en materia de protección de datos personales, dirigida a la plena adaptación al acervo de la Unión; felicita a las autoridades albanesas por la adopción de la legislación de aplicación sobre el procedimiento y la compensación equitativa por el uso de obras huérfanas y la base de datos de obras protegidas por derechos de autor, pero expresa una profunda preocupación por el tratamiento de los datos personales y las deficiencias de los sistemas informáticos; pide a las autoridades albanesas que refuercen las salvaguardias contra las violaciones de la seguridad de los datos y mejoren la prevención, la concienciación pública y la capacidad institucional para aplicar eficazmente la nueva Ley de protección de datos personales; pide a Albania que siga colaborando con la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea;

32.

Reconoce el refuerzo de la cooperación entre Albania y la Unión en la gestión de los flujos migratorios y el control fronterizo, en particular a través de la nueva estrategia nacional de migración para 2024-2026 y la colaboración con Frontex; toma nota del Memorando de Entendimiento Italia-Albania;

Estado de Derecho

33.

Elogia los avances logrados por Albania en cuanto a la aplicación de las reformas de la justicia, destinadas a reforzar la independencia, la transparencia y la rendición de cuentas del poder judicial, en particular el proceso de verificación previa, completado en primera instancia; acoge con satisfacción el nuevo proceso de reforma sobre «Buena gobernanza, Estado de Derecho y lucha contra la corrupción para Albania 2030» iniciado por el Parlamento albanés; subraya que cualquier iniciativa para reforzar la gobernanza, el Estado de Derecho y los esfuerzos de lucha contra la corrupción debe basarse en la inclusividad, la transparencia y la colaboración;

34.

Expresa su inquietud por las continuas injerencias políticas y presiones sobre el sistema judicial; observa con preocupación las deficiencias en los nombramientos basados en los méritos de miembros no magistrados del Consejo Superior de la Magistratura y del Consejo Superior de la Fiscalía, así como por su integridad; lamenta los retos persistentes en relación con el funcionamiento del poder judicial señalados en el informe de la SPAK de 2024;

35.

Pide medidas urgentes para garantizar la independencia judicial y la integridad institucional;

36.

Destaca que Albania ocupó el puesto n.o 80 en el índice de percepción de la corrupción de Transparencia Internacional de 2024, lo que indica la necesidad de realizar avances importantes en la lucha contra la corrupción de alto nivel y garantizar la independencia judicial; subraya la labor clave de la Estructura Especial contra la Corrupción y la Delincuencia Organizada de Albania a la hora de crear un historial de investigación, enjuiciamiento y condena en casos de corrupción de alto nivel, así como en casos relacionados con la protección de los intereses financieros de la Unión; destaca la importancia de garantizar la plena independencia de las instituciones de lucha contra la corrupción y anima a reforzar su capacidad operativa y de investigación; acoge con satisfacción las investigaciones y los procedimientos de corrupción de alto nivel; resalta que el aumento del número de condenas firmes de funcionarios de alto nivel sigue siendo una prioridad importante; insta a todos los agentes a que se abstengan de toda acción que menoscabe el trabajo de instituciones independientes como la Estructura Especial contra la Corrupción y la Delincuencia Organizada; lamenta el entorno de intimidación en el que opera el poder judicial y los casos de presión indebida que ejerce, que suponen una grave amenaza para la independencia judicial; expresa su preocupación por el hecho de que la falta de apoyo institucional a los magistrados que se enfrentan a amenazas debilite la confianza pública y ponga en grave peligro el Estado de Derecho y el proceso de integración de Albania en la Unión;

37.

Toma nota de los retos relativos a la calidad y la eficiencia del sistema judicial, en particular el elevado número de vacantes judiciales, el insuficiente personal judicial, la calidad de la formación judicial inicial y continua, la coherencia de la jurisprudencia y la falta de un sistema integrado moderno de gestión de casos; observa que las asignaciones presupuestarias son insuficientes, en particular para el componente judicial; subraya que la reducción de la acumulación de expedientes sin tramitar en el sistema judicial debe seguir siendo una prioridad; acoge con satisfacción, sin embargo, que el Tribunal Constitucional de Albania haya mejorado su eficiencia al reducir sus retrasos acumulados y siga manteniendo los controles y equilibrios institucionales;

38.

Acoge con satisfacción la adopción de legislación nacional para adaptarse al acervo de la Unión en materia de lucha contra el blanqueo de capitales; señala la necesidad de crear una oficina de recuperación de activos sólida y de mejorar los procedimientos de verificación y los procesos de investigación, enjuiciamiento y condena de casos de corrupción de alto nivel, también mediante la incautación y el decomiso definitivo de activos de origen delictivo;

39.

Pide a Albania que siga adaptando su marco jurídico, y en especial su Código Penal, al acervo de la Unión en lo que respecta a la lucha contra la delincuencia organizada y el comercio de drogas y armas de fuego, así como en materia de lucha contra la ciberdelincuencia, el extremismo y las amenazas terroristas; sigue preocupado por la amenaza persistente y la diversificación de las actividades de los grupos mafiosos albaneses en Europa; lamenta que, a pesar de los esfuerzos por desmantelar sus redes, también mediante el uso de datos del servicio de mensajería cifrada SKY-ECC en las investigaciones, estos grupos delictivos sigan estando muy implicados en el tráfico de drogas y armas, el tráfico ilícito de migrantes, la trata de seres humanos y el blanqueo de capitales en varios Estados miembros, en particular en los Países Bajos, Bélgica, Italia y Francia; toma nota del nombramiento de nuevos fiscales para la Fiscalía Especial, así como de la creación de una unidad de investigación financiera; elogia la participación de Albania en operaciones conjuntas y su cooperación en el marco de la plataforma multidisciplinar europea contra las amenazas delictivas en materia de tráfico de drogas, blanqueo de dinero y ciberdelincuencia; reconoce asimismo la intensificación de la cooperación con Europol, Eurojust, Frontex, Interpol y la red CARIN en la lucha contra la delincuencia organizada y el desmantelamiento de las redes de delincuencia transnacional; anima a Albania a reforzar sus mecanismos de intercambio de información con las agencias de la Unión a fin de mejorar la estabilidad regional; pide esfuerzos constantes para adaptar las políticas de seguridad de Albania a las estrategias de la Unión, fomentando un marco de seguridad regional más integrado y resiliente; pide a Albania que refuerce la lucha contra la trata de seres humanos en cooperación con los Estados miembros y las agencias de la Unión; resalta la necesidad de combatir el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras, ya que Albania sigue siendo un país tanto de destino como de tránsito; acoge con satisfacción la adopción de una nueva estrategia para la protección de las víctimas de delitos; hace hincapié en la importancia de la formación continua del personal encargado de los controles migratorios para garantizar la aplicación efectiva de la normativa europea y una respuesta más firme a las redes de trata de seres humanos;

40.

Alienta al Servicio Europeo de Acción Exterior y a la Comisión a que sigan ayudando a Albania a reforzar su resiliencia frente a las amenazas híbridas en los ámbitos de la ciberseguridad, la manipulación de la información y la protección de la infraestructura crítica; pide a Albania que evalúe los riesgos asociados a la inversión extranjera directa y que controle dicha inversión, en particular en sectores estratégicos como la energía, la minería y las telecomunicaciones, con el fin de evitar dependencias económicas y trampas de deuda y proteger los intereses nacionales, mejorar la seguridad y garantizar la coherencia con las normas de la Unión;

41.

Pide a la Unión y a los países de los Balcanes Occidentales que establezcan un marco de cooperación eficaz entre la Fiscalía Europea y los países candidatos a la adhesión, a fin de propiciar una estrecha cooperación y el enjuiciamiento del uso indebido de los fondos de la Unión; acoge con satisfacción el hecho de que Albania haya celebrado un acuerdo de trabajo bilateral con la Fiscalía Europea;

Reformas socioeconómicas

42.

Acoge con satisfacción el compromiso de Albania con la aplicación del plan de crecimiento de la Unión para los Balcanes Occidentales, que abarca la integración del mercado único de la Unión, la integración económica regional, reformas fundamentales y un aumento del apoyo financiero;

43.

Reitera la importancia de mejorar la infraestructura pública dentro de los países de los Balcanes Occidentales y desarrollar conexiones con los Estados miembros de la Unión; recuerda el potencial del plan económico y de inversión para los Balcanes Occidentales a la hora de mejorar la conectividad regional mediante la infraestructura ferroviaria y de carreteras; insta a las autoridades de todos los países, en este sentido, a que completen el corredor VIII que conecta Albania, Macedonia del Norte y Bulgaria; recuerda la importancia de mejorar las conexiones aéreas entre los países de los Balcanes Occidentales y con los Estados miembros de la Unión;

44.

Acoge con satisfacción el programa de reformas de Albania que aborda el entorno empresarial, el capital humano, la digitalización, la energía y la transición ecológica, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho; celebra, además, la participación de Albania en el Programa Europa Digital de la Unión; acoge con satisfacción el hecho de que Albania haya sido clasificada como líder regional en administración pública y contratación pública digital por el programa de Apoyo a la Mejora de la Gobernanza y la Gestión, gestionado por la Unión y la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos;

45.

Anima a las autoridades albanesas a reducir el riesgo de pobreza y exclusión social mejorando el acceso a la educación y la vivienda, así como a los servicios sociales y sanitarios, especialmente para las poblaciones desfavorecidas y las minorías como la población romaní y egipcia; pide la aplicación de la estrategia nacional de protección social de Albania 2024-2030 y la Estrategia Nacional de Empleo y Capacidades 2023-2030; pide a Albania que adopte nuevas medidas para luchar contra el desempleo juvenil y pide a las autoridades albanesas que apliquen efectivamente la Agenda Nacional para los Derechos del Niño proporcionando asistencia a los niños que se enfrentan a la exclusión y la pobreza;

46.

Elogia a las autoridades albanesas por la adopción de actos legislativos destinados a reformar la educación superior y por la aplicación de la Estrategia Nacional de Educación 2021-2026; pide a Albania que amplíe la alfabetización mediática como asignatura básica en los planes de estudios escolares, garantizando al mismo tiempo que los profesores reciban una formación específica y recursos modernos para ofrecer programas de alta calidad; alienta la colaboración con las iniciativas educativas de la Unión y las redes regionales, como el Observatorio de la Alfabetización Mediática de los Balcanes Occidentales, para aplicar las mejores prácticas en materia de pensamiento crítico y educación en alfabetización digital;

47.

Acoge con satisfacción los avances realizados por Albania en la celebración de acuerdos bilaterales con los Estados miembros de la Unión en materia de seguridad social y en sus preparativos para permitir la conexión de su sistema de servicios de empleo con EURES, la Red Europea de Servicios de Empleo;

48.

Celebra que Albania se adhiriera a la zona única de pagos en euros en noviembre de 2024, lo que reduce los costes para los ciudadanos y las empresas y contribuirá a una mejor integración de Albania en el mercado único; felicita a las autoridades albanesas por la adaptación al acervo de la Unión en materia de pagos (Directiva sobre las cuentas de pago (6)) y por las acciones que han dado lugar a la supresión de Albania de la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional; reconoce los esfuerzos de Albania por mejorar la competitividad económica y pide al Gobierno que prosiga con las reformas estructurales para fomentar un entorno empresarial más atractivo en consonancia con las normas de la Unión; lamenta que la ineficiencia de la administración pública, un marco regulador excesivo, la corrupción y la gran economía informal planteen desafíos adicionales para el entorno empresarial y obstaculicen la competencia;

49.

Elogia la mejora de los resultados presupuestarios de Albania; pide a las autoridades albanesas que sigan mejorando el análisis de riesgos fiscales reforzando el departamento correspondiente del Ministerio de Finanzas; pide una mayor transparencia y rendición de cuentas de las empresas estatales a través de informes financieros anuales; pide a Albania que refuerce su control interno de las finanzas públicas y que garantice la aplicación de las recomendaciones de la entidad fiscalizadora superior;

50.

Acoge con satisfacción la mayor adaptación de la legislación al acervo de la Unión en materia de fondos de pensión privados, recuperación bancaria y el marco de resolución; pide a Albania que complete su adaptación al acervo de la Unión en materia de seguros, mercados de capitales, mercados de valores, fondos de inversión e infraestructuras de los mercados financieros;

51.

Acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado en la Cumbre de Tirana sobre la reducción de los costes de itinerancia; pide, a este respecto, a las autoridades, a los actores privados y a todas las partes interesadas que trabajen para alcanzar los objetivos acordados de reducir sustancialmente los costes de itinerancia de datos y seguir reduciendo los precios de la itinerancia entre los Balcanes Occidentales y la Unión a niveles cercanos a los precios nacionales de aquí a 2027; acoge con satisfacción la aplicación de la primera fase de la hoja de ruta para la itinerancia de datos entre los Balcanes Occidentales y la Unión;

52.

Expresa su preocupación por la falta de avances en la legislación en materia de Derecho de sociedades en Albania; pide a las autoridades albanesas que completen la adaptación de la legislación en materia de Derecho de sociedades al acervo de la Unión;

Medio ambiente, biodiversidad, energía y transporte, turismo sostenible

53.

Recalca que son necesarios más esfuerzos para que Albania se adapte al acervo de la Unión en materia de medio ambiente; pide que se ajuste a las Directivas sobre la evaluación del impacto ambiental (7) y sobre la evaluación estratégica medioambiental (8) de la Unión; subraya la necesidad de reforzar la lucha contra la delincuencia medioambiental;

54.

Subraya la necesidad de realizar consultas públicas transparentes e inclusivas en consonancia con el Convenio de Aarhus, garantizando la participación activa de las comunidades locales, las ONG y las instituciones científicas en los procesos de toma de decisiones medioambientales, especialmente en proyectos con grandes repercusiones medioambientales y socioeconómicas; advierte de que la falta de una participación adecuada de las partes interesadas socava las normas de gobernanza y el cumplimiento por parte de Albania de sus obligaciones en el marco del acervo de la Unión; expresa su preocupación por el impacto económico y ambiental de los proyectos de desarrollo no competitivos financiados con inversión extranjera;

55.

Recuerda que son necesarios esfuerzos considerables para que Albania alcance los objetivos relativos a la protección del clima, la eficiencia energética, la diversificación y la ecologización del suministro energético y el transporte; señala que la calidad del aire y del agua y la gestión de los residuos siguen siendo cuestiones especialmente problemáticas para el país; exhorta al Gobierno central y a las autoridades locales a que redoblen sus esfuerzos para mejorar la calidad del aire y reducir la contaminación potencialmente letal; insta al Gobierno albanés a que dé prioridad a la aplicación de estrategias de adaptación al cambio climático, al desarrollo de fuentes de energía renovables y a la modernización del sistema de gestión de residuos del país para cumplir las normas de la Unión y apoyar el crecimiento económico sostenible; anima a las autoridades albanesas a que refuercen las medidas e inversiones para ampliar el sistema de transporte público y el sistema ferroviario;

56.

Cree firmemente que la protección del medio ambiente y el desarrollo del turismo sostenible deben ir de la mano; acoge con satisfacción la creación del primer parque nacional de un río salvaje de Europa, el Parque Nacional del Río Salvaje Vjosa, y pide que se asignen recursos suficientes a su protección; pide a las autoridades que respeten plenamente la integridad ecológica del parque nacional y que reconsideren los proyectos de infraestructuras, en particular el proyecto de extracción de agua del río Shushica, en consonancia con las normas internacionales de conservación de la biodiversidad y las mejores prácticas para garantizar que la biodiversidad, los hábitats y las funciones ecológicas del parque permanezcan intactos; reitera su preocupación por la construcción del aeropuerto de Vlora en la zona protegida de Vjosa-Narta, que infringe las normas nacionales e internacionales de protección de la biodiversidad, y pide a la Comisión que aborde este problema en el capítulo 27 de las negociaciones de adhesión; pide a las autoridades albanesas que adopten la legislación de aplicación de la Ley sobre el Patrimonio Cultural y los Museos;

57.

Expresa su profunda preocupación por las recientes modificaciones de la Ley sobre Zonas Protegidas de Albania que permiten la realización de grandes proyectos de infraestructuras y turismo en zonas sensibles desde el punto de vista ecológico; pide que se reviertan estas modificaciones legislativas con el fin de garantizar el pleno y estricto cumplimiento de los marcos jurídicos nacionales e internacionales y de las normas de conservación y abordar la contaminación de los residuos marinos que afecta a los países vecinos;

58.

Pide a las autoridades albanesas que designen y gestionen eficazmente zonas protegidas clave para la supervivencia de especies en peligro crítico, en particular el lince de los Balcanes, por ejemplo a través de programas globales de seguimiento de la biodiversidad, y que apliquen y hagan cumplir estrictamente la legislación contra la caza furtiva; insta a Albania a que abandone los planes para la central hidroeléctrica de Skavica en el río Drin Negro, habida cuenta de sus graves repercusiones ecológicas, sociales y culturales, incluido el desplazamiento de las comunidades locales;

Cooperación regional y política exterior

59.

Acoge con satisfacción la asociación para la seguridad y la defensa entre la Unión y Albania, adoptada el 19 de noviembre de 2024, que establece una plataforma para reforzar el diálogo y la cooperación en materia de seguridad y defensa y representa un importante paso adelante; destaca la importancia de garantizar que esta asociación se traduzca en acciones concretas, incluidas iniciativas de formación conjuntas, capacidades de inteligencia compartidas y medidas reforzadas de seguridad fronteriza para hacer frente a los retos regionales y mundiales en materia de seguridad; subraya la necesidad de una cooperación más profunda en materia de seguridad en los Balcanes Occidentales que fomente una coordinación más estrecha entre los socios regionales para luchar contra la delincuencia organizada, las ciberamenazas y los retos híbridos; pide que se refuerce el apoyo de la Unión a las iniciativas de seguridad regional que mejoren la estabilidad y la resiliencia en los Balcanes Occidentales; reconoce que esta asociación representa un importante paso adelante en el fortalecimiento del papel de Albania como socio fiable de la Unión en materia de seguridad; hace hincapié, además, en que, entre otras cosas, la asociación facilitará iniciativas conjuntas y esfuerzos de desarrollo de capacidades, contribuyendo así a una arquitectura de seguridad más resiliente e integrada en los Balcanes Occidentales;

60.

Acoge con satisfacción la adopción de la estrategia de seguridad nacional en 2024 para seguir luchando contra las amenazas híbridas y la nueva ley sobre ciberseguridad; celebra la declaración conjunta firmada por Albania, Kosovo y Croacia, cuyo objetivo es mejorar la cooperación y reforzar el potencial de defensa al mismo tiempo que prestar pleno apoyo a la integración euroatlántica y regional en materia de defensa;

61.

Expresa su preocupación por la creciente influencia de Rusia en los países vecinos de la Unión; elogia las medidas adoptadas por la Autoridad de Comunicaciones Electrónicas y Postales (AKEP) de Albania en octubre de 2024, que dieron lugar al cierre de 155 cuentas en línea gestionadas por Rusia implicadas en la difusión de desinformación, así como de ocho cuentas relacionadas con grupos de ciberespionaje (9); subraya que estas medidas reflejan los esfuerzos en curso de Albania para mitigar las ciberamenazas; insta a la Unión a que refuerce su apoyo a Albania para contrarrestar la influencia malintencionada de Rusia y salvaguardar la estabilidad regional;

62.

Elogia la plena adaptación de Albania a la política exterior y de seguridad común de la Unión, incluido su apoyo a las sanciones de la Unión contra terceros países, y su contribución positiva a las misiones de la política común de seguridad y defensa, en particular EUFOR Althea, lo cual subraya el compromiso del país de contribuir a la seguridad y la estabilidad regionales e internacionales, y acoge con satisfacción la participación de Albania en operaciones dirigidas por la Unión y por la OTAN, así como su colaboración con Europol e Interpol; pide que siga participando en las operaciones de gestión de crisis dirigidas por la Unión y en las misiones de la política común de seguridad y defensa, como la operación de seguridad marítima EUNAVFOR Aspides; reconoce la importancia estratégica de la región del Adriático y del Jónico para la seguridad y la estabilidad económica europeas; pide a Albania que mejore sus capacidades de seguridad marítima en coordinación con la Unión y la OTAN;

63.

Acoge con satisfacción los continuos esfuerzos del Gobierno albanés por promover las relaciones de buena vecindad; recuerda, a este respecto, la importancia del compromiso de Albania de resolver cualquier conflicto fronterizo de conformidad con el principio de resolución pacífica de controversias y de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, incluso siguiendo las sentencias de la Corte Internacional de Justicia en caso necesario; celebra la contribución activa de Albania al Proceso de Berlín; alienta asimismo el compromiso constante y constructivo con las iniciativas de cooperación regional, en consonancia con los valores de la Unión y los objetivos de ampliación, ya que contribuye a la paz, la seguridad y la estabilidad en los Balcanes Occidentales; advierte contra cualquier acción, como la iniciativa Balcanes Abiertos, que pueda socavar el mercado regional común o desviarse del Proceso de Berlín de manera que genere obstáculos a la integración y la cohesión de la Unión, lo que podría poner en peligro el progreso de Albania hacia una integración regional y europea más profunda;

64.

Acoge con satisfacción la ratificación por parte de Albania de los acuerdos bilaterales relativos a la coordinación de los sistemas de seguridad social con Croacia, Montenegro y Bulgaria;

65.

Hace hincapié en el papel constructivo de Albania en la promoción de la estabilidad y la cooperación en los Balcanes Occidentales, en particular a través el diálogo bilateral con los países vecinos y su participación en organizaciones regionales;

°

° °

66.

Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al presidente del Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, así como al presidente, el Gobierno y el Parlamento de la República de Albania.

(1)   DO L 107 de 28.4.2009, p. 166, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2009/332/oj.

(2)   DO L 330 de 20.9.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/1529/oj.

(3)   DO L, 2024/1449, 24.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1449/oj.

(4)  Reglamento (UE) 2024/1083 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se establece un marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior y se modifica la Directiva 2010/13/UE (Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación) (DO L, 2024/1083, 17.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1083/oj).

(5)   https://www.state.gov/reports/2023-report-on-international-religious-freedom/albania/.

(6)  Directiva 2014/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas (DO L 257 de 28.8.2014, p. 214, ELI: https://eur-lex.europa.eu/eli/dir/2014/92/oj).

(7)  Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (DO L 26 de 28.1.2012, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2011/92/oj).

(8)  Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (DO L 197 de 21.7.2001, p. 30, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2001/42/oj).

(9)   https://politiko.al/english/e-tjera/-mbyll-155-llogari-ruse-ne-internet-per-dezinformimin-ne-tirane-i517028?.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1437/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)