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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2026/446

2.2.2026

Petición de decisión prejudicial planteada por el Eidiko Dikastirio agogon kakodikias (Grecia) el 27 de octubre de 2025 – FN / ZB, YC

(Asunto C-686/25, Aliki  (1) )

(C/2026/446)

Lengua de procedimiento: griego

Órgano jurisdiccional remitente

Eidiko Dikastirio agogon kakodikias

Partes en el procedimiento principal

Demandante: FN

Demandadas: ZB, YC

Cuestiones prejudiciales

1)

A la luz de lo dispuesto en los artículos 268 y 340 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como del principio de equivalencia, que regula la interpretación y la aplicación del Derecho de la Unión por los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros ¿deben interpretarse los artículos 42, apartado 4, y 113, apartados 3 a 5, del Reglamento (UE) 2017/2939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea («EPPO») (DO 2017, L 283, p. 1) en el sentido de que excluyen la competencia de un órgano jurisdiccional de un Estado miembro que se adhiere a la creación y al funcionamiento de la Fiscalía Europea para conocer, sobre la base de un recurso judicial con las características institucionales de la acción de responsabilidad de los jueces y fiscales prevista en el artículo 99, apartado 1, de la Constitución griega, de un litigio en materia de indemnización relativa a la responsabilidad personal de un Fiscal Europeo Delegado, con arreglo a los artículos 8, apartado 4, y 13, de dicho Reglamento, por acción u omisión en el ejercicio de sus funciones derivadas de tal Reglamento?

2)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, a la luz del artículo 17, párrafo primero, del Protocolo (n.o 7) sobre los privilegios e inmunidades de la Unión Europea (DO 2016, C 202, p. 266), que dispone que «los privilegios, inmunidades y facilidades a favor de los funcionarios y otros agentes de la Unión se otorgarán exclusivamente en interés de la Unión», ¿debe interpretarse el artículo 96, apartado 5, del Reglamento [2017/1939], que establece que «se aplicará a la Fiscalía Europea y a su personal el Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea», en el sentido de que la inmunidad de jurisdicción de que gozan los funcionarios y otros agentes de la Unión, con arreglo al artículo 11, letra a), de dicho Protocolo, se extiende a los Fiscales Europeos Delegados, a los que se refieren los artículos 8, apartado 4, y 13 del Reglamento, en relación con la declaración de su responsabilidad personal por parte de los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros que se adhieren a la creación y al funcionamiento de la Fiscalía Europea, sobre la base de un recurso judicial que presente las características institucionales de la acción de responsabilidad de los jueces y fiscales prevista en el artículo 99, apartado 1, de la Constitución griega?


(1)  La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/446/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)