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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/5538

16.10.2025

Publicación de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de una denominación de origen protegida o de una indicación geográfica protegida del sector de los productos agrícolas y alimenticios, tal como se contempla en el artículo 6 ter, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) n.o 664/2014 de la Comisión

(C/2025/5538)

La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 6 ter, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) n.o 664/2014 de la Comisión (1).

NOTIFICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL DEL PLIEGO DE CONDICIONES DE UNA DENOMINACIÓN DE ORIGEN PROTEGIDA O DE UNA INDICACIÓN GEOGRÁFICA PROTEGIDA ORIGINARIA DE UN ESTADO MIEMBRO

«Toscano»

N.o UE: PGI-IT-1512-AM01 de 17.7.2025

DOP ( ) IGP (X)

1.   Nombre del producto

«Toscano»

2.   Estado miembro al que pertenece la zona geográfica

Italia

3.   Autoridad del Estado miembro que notifica la modificación normal

MASAF (Ministerio de Agricultura, Soberanía Alimentaria y Bosques)

4.   Descripción de la modificación o las modificaciones aprobadas

Explicación de que la modificación o modificaciones se ajustan a la definición de modificación normal, tal como se establece en el artículo 24, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/1143:

Las modificaciones son normales porque no implican un cambio en el nombre o en el uso del nombre, no conllevan el riesgo de afectar al vínculo ni dan lugar a nuevas restricciones a la comercialización del producto.

1.   Esta modificación atañe al artículo 6 del pliego de condiciones y al punto 3.2 del documento único en lo que respecta a la descripción del producto

Se introduce el aroma característico

Se reduce la acidez máxima total

Se redefinen los valores de los ácidos palmítico, oleico, linolénico y linoleico

El valor de los polifenoles se sustituye por el de los biofenoles

Se suprime el valor de Kreis

Se suprime la referencia al cumplimiento de la legislación

Se suprimen las referencias a determinados requisitos para los productores

El artículo modificado queda redactado como sigue:

«1)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: de verde a amarillo dorado, con variación cromática a lo largo del tiempo;

aroma: afrutado, de ligero a intenso, acompañado de uno o varios matices de: aceituna verde o madura, almendra, otras frutas maduras, alcachofa, hoja verde;

sabor: amargo;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg;

índice de refracción a 25 °C: dentro de los límites legales;

K232: dentro de los límites legales;

K270: dentro de los límites legales;

acido palmítico: 9-16 %;

ácido palmitoleico: 0,5-1,5 %;

ácido esteárico: 1,1-3 %;

ácido oleico: 70-83 %;

ácido linoleico: <10 %;

ácido linolénico: <1,0 %;

ácido araquídico: <0,6 %;

ácido eicosenoico: ≥60 mg/kg;

biofenoles: ≥200 mg/kg;

tocoferoles: ≥150 mg/kg.

2)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” de Seggiano debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: dorado;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: amargo;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤10 mEq O2/kg;

K232: ≤2,0;

K270: ≤0,20.

3)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” de la zona de Colline Lucchesi debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: amarillo dorado con tonos verdes;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: suave;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: inferior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg;

índice de refracción: según las normas;

K232: dentro de los límites legales;

K270: dentro de los límites legales;

acido palmítico: 9-15,5 %;

ácido palmitoleico: 0,4-1,2 %;

ácido esteárico: 0,5-3 %;

ácido oleico: 70-80 %;

ácido linoleico: <8 %;

ácido linolénico: <0,9 %;

ácido araquídico: <0,5 %;

ácido eicosenoico: <0,4 %.

4)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” de la zona de Lunigiana debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: amarillo dorado con tonos verdes;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: suave;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: inferior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg;

índice de refracción: según las normas;

K232: dentro de los límites legales;

K270: dentro de los límites legales;

acido palmítico: 9-15,5 %;

ácido palmitoleico: 0,4-1,2 %;

ácido esteárico: 0,5-3 %;

ácido oleico: 70-80 %;

ácido linoleico: <9 %;

ácido linolénico: <0,9 %;

ácido araquídico: <0,5 %;

ácido eicosenoico: <0,4 %.

5)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” de la zona de Colline di Arezzo debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: de verde intenso a amarillo con notas de color verde claro;

aroma: afrutado entre medio e intenso;

sabor: notas amargas de ligeras a medias;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: inferior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg;

índice de refracción: según las normas;

K232: dentro de los límites legales;

K270: dentro de los límites legales;

acido palmítico: 9-15,5 %;

ácido palmitoleico: <1,5 %;

ácido esteárico: 1,2-2,5 %;

ácido oleico: 70-81 %;

ácido linoleico: <9 %;

ácido linolénico: <0,9 %.

6)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” de la zona de Colline Senesi debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: verde de intensidad variable, con tonalidades que tienden al verde amarillento, con ligeras notas amarillas;

aroma: afrutado entre medio e intenso;

sabor: amargo entre ligero y medio;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: inferior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤12 mEq O2/kg;

K232: dentro de los límites legales;

K270: dentro de los límites legales;

acido palmítico: 9-15,5 %;

ácido palmitoleico: ≤1,3 %;

ácido esteárico: ≤3 %;

ácido oleico: 70-80 %;

ácido linoleico: <9 %;

ácido linolénico: <0,9 %;

ácido araquídico: <0,5 %;

ácido eicosenoico: <0,4 %.

7)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” de la zona de Colline di Firenze debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: de verde a amarillo dorado, con variación cromática a lo largo del tiempo;

aroma: afrutado entre medio e intenso;

sabor: amargo de intensidad media;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg;

K232: dentro de los límites legales;

K270: dentro de los límites legales;

acido palmítico: 9-15,5 %;

ácido palmitoleico: 0,45-1,5 %;

ácido esteárico: 1,1-2,5 %;

ácido oleico: 70-82 %;

ácido linoleico: <9 %;

ácido linolénico: <0,9 %;

biofenoles: ≥200 mg/kg;

tocoferoles: ≥150 mg/kg.

8)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” de Montalbano debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: de verde a amarillo dorado, con variación cromática a lo largo del tiempo;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: amargo entre ligero y medio;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg;

índice de refracción a 25 °C: dentro de los límites legales;

K232: dentro de los límites legales;

K270: dentro de los límites legales;

acido palmítico: 9-15,5 %;

ácido palmitoleico: 0,5-1,5 %;

ácido esteárico: 1,5-3 %;

ácido oleico: 70-83 %;

ácido linoleico: <9 %;

ácido linolénico: <0,9 %;

ácido araquídico: <0,5 %;

ácido eicosenoico: <0,4 %;

biofenoles: ≥200 mg/kg;

tocoferoles: ≥150 mg/kg.

9)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” de la zona de Monti Pisani debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: amarillo dorado con tonos verdes;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: amargo entre ligero y medio o sensación suave;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg;

índice de refracción a 25 °C: dentro de los límites legales;

K232: dentro de los límites legales;

K270: dentro de los límites legales;

acido palmítico: 9-15,5 %;

ácido palmitoleico: 0,4-1,2 %;

ácido esteárico: 0,5-3 %;

ácido oleico: 70-80 %;

ácido linoleico: <9 %;

ácido linolénico: <0,9 %;

ácido araquídico: <0,5 %;

ácido eicosenoico: <0,4 %.».

La modificación afecta al documento único.

2.   Esta modificación atañe al artículo 3 del pliego de condiciones y al punto 4 del documento único en lo que respecta a la zona geográfica

— La modificación no afecta a la definición de la zona geográfica, que sigue siendo la misma, pero se redefinen las menciones geográficas adicionales.

El artículo figura a continuación:

1)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» incluye superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la región de Toscana que pueden producir las características cualitativas previstas en el presente pliego de condiciones.

2)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de Seggiano comprende, en la provincia de Grosseto, todo el territorio administrativo de los municipios de Arcidosso, Castel del Piano, Seggiano, Cinigiano, Santa Fiora y Roccalbegna.

3)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline Lucchesi incluye superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Lucca que pueden producir las características cualitativas previstas en el presente pliego de condiciones.

4)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline della Lunigiana incluye superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Massa Carrara que pueden producir las características cualitativas previstas en el presente pliego de condiciones y que están situadas total o parcialmente en los siguientes municipios: Fosdinovo, Aulla, Fivizzano, Casola Lunigiana, Licciana Nardi, Villafranca Lunigiana, Podenzana, Tresana, Mulazzo, Bagnone, Filattiera, Pontremoli, Comano, Zeri y las tierras situadas al norte de la carretera nacional de Aurelia (SS 1) pertenecientes a los municipios de Montignoso, Massa y Carrara.

5)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline di Arezzo comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Arezzo que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

6)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline Senesi comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Siena que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

7)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline di Firenze comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de las provincias de Florencia y Prato, en los siguientes municipios: Bagno in Ripoli, Barberino di Mugello, Barberino Val d’Elsa, Borgo San Lorenzo, Calenzano, Campi Bisenzio, Cantagallo, Castelfiorentino, Certaldo, Dicomano, Empoli, Fiesole, Figline Val d’Arno, Florencia, Firenzuola, Fucecchio, Gambasso Terme, Greve in Chianti, Impruneta, Incista Val d’Arno, Lastra a Signa, Londa, Marradi, Montaione, Montelupo, Montemurlo, Montespertoli, Palazzuolo sul Senio, Pelago, Pontassieve, Prato, Reggello, Rignano sull’Arno, Rufina, San Casciano Val di Pesa, San Godenzo, San Piero a Sieve, Scandicci, Scarperia, Sesto Fiorentino, Signa, Tavarnelle Val di Pesa, Vaglia, Vaiano, Vernio y Vicchio, que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

8)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de Montalbano comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de las provincias de Pistoia, Florencia y Prato, dentro de los límites administrativos de los siguientes municipios: Capraia e Limite, Carmignano, Cerreto Guidi, Fucecchio, Lampoechio, Larciano, Monsummano Terme, Poggio a Caiano, Pistoia, Quarrata, Serravalle Pistoiese y Vinci, que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

9)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Monti Pisani comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Pisa, dentro de los límites administrativos de los municipios de Buti, Calci, San Giuliano Terme, Vicopisano y Vecchiano, que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

La modificación afecta al documento único.

3.   Esta modificación atañe al artículo 9 del pliego de condiciones en lo que respecta a la prueba de origen

— Se añade un nuevo artículo sobre la prueba de origen al pliego de condiciones.

Texto del artículo:

«En todas las fases del proceso de producción debe efectuarse un seguimiento que consiste en documentar los insumos y los productos. La trazabilidad del producto se garantiza a través de la inscripción de los oleicultores (empresas agrícolas), las almazaras y los envasadores en registros especiales gestionados por el organismo de control. Todas las personas físicas o jurídicas inscritas en los registros correspondientes están sujetas a controles de la estructura de control, según lo dispuesto en el pliego de condiciones y el programa de control correspondiente.».

La modificación no afecta al documento único.

4.   Esta modificación atañe al artículo 2 del pliego de condiciones y al punto 3.3 del documento único en lo que respecta a la materia prima

Se añaden dos nuevas variedades:

Nueva redacción:

«Artículo 2 — Variedades

1)   La indicación geográfica protegida “Toscano”, sin indicación geográfica adicional, debe obtenerse a partir de las siguientes variedades de olivo presentes, solas o en combinación, en los olivares: americano, arancino, ciliegino, frantoio, grappolo, gremignolo, grossolana, larcianese, lazzero, leccino, leccio del corno, leccione, madonna dell’Impruneta, marzio, maurino, melaiolo, mignolo, moraiolo, morchiaio, olivastra seggianese, olivella, pendolino, pesciatino, piangente, punteruolo, razzaio, razzo, rossellino, rossello, san francesco, santa caterina, scarlinese, tondello y otras variedades inscritas en el directorio regional del germoplasma local (Repertorio Regionale del Germoplasma Autoctono Toscano), establecido en virtud de la Ley Regional n.o 64, de 16 de noviembre de 2004. Además, en los olivares ya inscritos en el sistema de control en el momento de la entrada en vigor del presente pliego de condiciones, pueden utilizarse otras variedades hasta un máximo del 5 %.».

La modificación afecta al documento único.

5.   Esta modificación atañe al artículo 4, apartado 1, del pliego de condiciones en lo que respecta al método de producción

— Se reformula el apartado sobre la formación y la poda.

Nueva redacción:

«Las condiciones medioambientales y de cultivo que se dan en los olivares que producen el aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida “Toscano” y las menciones geográficas adicionales deben ser las condiciones tradicionales características de la zona. En cualquier caso, las condiciones deben poder conferir las características cualitativas específicas a las aceitunas y al aceite de oliva resultante.

Las distancias de plantación, la formación y los sistemas de poda deben ser racionales desde el punto de vista agronómico, pero no pueden alterar las características del olivo ni del aceite producido.».

La modificación no afecta al documento único.

6.   Esta modificación atañe al artículo 4, apartados 3 y 4, del pliego de condiciones en lo que respecta a determinadas obligaciones que incumben a los productores

— Se suprimen algunos apartados

Se suprimen los siguientes apartados:

«3)

Cada año, al efectuar una notificación previa de la producción máxima de conformidad con el artículo 7, apartado 4, o a más tardar el 30 de septiembre del año de cosecha, los productores deberán declarar su voluntad de utilizar la totalidad o parte de las menciones geográficas adicionales de conformidad con el presente pliego de condiciones.

4)

Cuando notifiquen la producción de aceitunas tal como se indica en el artículo 4, apartado 8, a más tardar el 30 de enero de la misma campaña oleícola, los productores deberán declarar la producción del aceite para el que desean utilizar la mención o menciones geográficas adicionales.».

La modificación no afecta al documento único.

7.   Esta modificación atañe al artículo 4, apartados 5b y 5c, del pliego de condiciones en lo que respecta a la protección fitosanitaria

— Se suprime la frase que vincula la protección fitosanitaria a los programas de control guiado de plagas.

La frase eliminada está redactada del siguiente modo:

«La protección fitosanitaria de los olivares debe efectuarse de acuerdo con los procedimientos establecidos por los programas de control guiado».

La modificación no afecta al documento único.

8.   Esta modificación atañe al artículo 4, apartados 6 y 7, del pliego de condiciones en lo que respecta a la producción máxima admitida y al período de recolección

— Se fija la fecha límite de recolección.

— Se fija la producción máxima de aceitunas.

Nueva redacción:

4)

La fecha límite de recolección para la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» se fija en el 15 de diciembre.

5)

La producción máxima de aceitunas procedentes de olivares dedicados a la producción de aceite de oliva virgen extra de la IGP «Toscano» no puede superar los 9 000 kg por hectárea en los olivares especializados, mientras que, en los olivares mixtos, la producción media por árbol no puede superar los 50 kg.

La modificación no afecta al documento único.

9.   Esta modificación atañe al artículo 4 del pliego de condiciones en lo que respecta a determinadas obligaciones que incumben a los productores

Se suprimen las obligaciones incorrectamente incluidas en el pliego de condiciones

Se suprimen los siguientes apartados:

«8)

En el momento de presentar la notificación de producción de aceitunas y la solicitud de certificación de la conformidad del producto, el solicitante debe adjuntar la certificación expedida por las asociaciones de productores olivícolas que acredite que las aceitunas han sido producidas y transformadas en la zona delimitada por el pliego de condiciones.

9)

En el caso de los productores no asociados, la certificación mencionada en el apartado anterior debe ser expedida por organismos designados por la región de Toscana una vez que los productores hayan presentado la documentación expedida por los almazareros a que se refiere el artículo 7, apartado 5 a continuación, que certifique que las aceitunas han sido transformadas en la zona delimitada por el pliego de condiciones.»

La modificación no afecta al documento único.

10.   Esta modificación atañe al artículo 8 del pliego de condiciones y al punto 3.6 del documento único en lo que respecta al etiquetado del producto

Se reformula el texto: se suprimen las referencias al Consorcio sobre la aprobación de las etiquetas y se añade una indicación específica sobre el tamaño del nombre «Toscano», junto con otras indicaciones.

Nueva redacción:

«Está prohibido añadir a la indicación geográfica protegida “ ‘Toscano’ ” cualquier calificativo que no esté expresamente previsto en el presente pliego de condiciones, incluidos los adjetivos: “ ‘fine’ ” (fino), “ ‘scelto’ ” (escogido), “ ‘selezionato’ ” (seleccionado) o “ ‘superiore’ ” (superior). Se permiten referencias veraces y verificables que describan los métodos de los productores individuales, tales como: “ ‘monovarietal’ ”, “ ‘recolectado a mano’ ”, etc.

Se autoriza el uso verídico de nombres, denominaciones comerciales, marcas, etc., siempre y cuando no tengan carácter laudatorio y no puedan inducir a error al consumidor.

Los nombres de las empresas, haciendas y explotaciones y su ubicación geográfica solo pueden utilizarse si el producto se ha producido exclusivamente a partir de aceitunas recolectadas de olivares pertenecientes a la explotación, y se permite la referencia al envasado en la explotación oleícola si el producto ha sido envasado en la propia explotación.

Si se utiliza cualquier otro nombre geográfico para designar los municipios, distritos, haciendas o explotaciones de las que procede realmente el aceite, debe presentarse en caracteres cuyo tamaño no supere la mitad del tamaño de los utilizados para la IGP “ ‘Toscano’ ”.

El nombre de la indicación geográfica protegida “ ‘Toscano’ ” debe figurar en la etiqueta en caracteres claros e indelebles, de modo que pueda distinguirse de las demás indicaciones que aparecen en la misma.

Las menciones geográficas adicionales autorizadas en el artículo 1 del presente pliego de condiciones deben figurar en la etiqueta en caracteres cuyo tamaño no supere la mitad del tamaño de los utilizados para la IGP “ ‘Toscano’ ”.

Puede añadirse una representación gráfica (mapa simbólico o geográfico) del territorio administrativo de la denominación protegida. El topónimo de la zona real de producción de las aceitunas puede destacarse en dicha representación gráfica.

Debe indicarse obligatoriamente en la etiqueta el año de producción de las aceitunas de las que se haya extraído el aceite de la siguiente manera: Campaña oleícola: aaaa/aaaa, o bien Recolección, Producción, Año, Añada u otros sinónimos: aaaa.».

La modificación afecta al documento único.

11.   Esta modificación atañe al artículo 8 del pliego de condiciones y al punto 3.5 del documento único en lo que respecta al envasado

La modificación se refiere a la capacidad de los envases.

Nueva redacción:

9.

«El aceite de oliva virgen extra con indicación geográfica protegida “‘Toscano’”, acompañado o no de una de las menciones geográficas adicionales a que se refiere el artículo 1, debe despacharse al consumo en envases adecuados, de conformidad con la legislación vigente.».

Se suprime el apartado 11.

La modificación afecta al documento único.

DOCUMENTO ÚNICO

«Toscano»

N.o UE: PGI-IT-1512-AM01 de 17.7.2025

DOP ( ) IGP (X)

1.   Nombre(s) (de la DOP o IGP)

«Toscano»

2.   Estado miembro o tercer país

Italia

3.   Descripción del producto agrícola o alimenticio

3.1.   Código de la nomenclatura combinada

• 15 — GRASAS Y ACEITES, ANIMALES, VEGETALES O DE ORIGEN MICROBIANO, Y PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO; GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS; CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL

3.2.   Descripción del producto que se designa con el nombre indicado en el punto 1

La indicación geográfica protegida «Toscano» acompañada, en su caso, de una de las siguientes menciones geográficas adicionales: «Seggiano», «Colline Lucchesi», «Colline della Lunigiana», «Colline di Arezzo», «Colline Senesi», «Colline di Firenze», «Montalbano» y «Monti Pisani» se reserva al aceite de oliva virgen extra que cumpla los siguientes requisitos:

1)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: de verde a amarillo dorado, con variación cromática a lo largo del tiempo;

aroma: afrutado, de ligero a intenso, acompañado de uno o varios matices de aceituna verde o madura, almendra, otras frutas maduras, alcachofa, hoja verde;

sabor: amargo;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg

índice de refracción a 25 °C: dentro de los límites legales

K232: dentro de los límites legales

K270: dentro de los límites legales

ácido palmítico: 9-16 %

ácido palmitoleico: 0,5-1,5 %

ácido esteárico: 1,1-3 %

ácido oleico: 70-83 %

ácido linoleico: <10 %

ácido linolénico: <1,0 %

ácido araquídico: <0,6 %

ácido eicosenoico: ≥60 mg/kg

biofenoles: ≥200 mg/kg

tocoferoles: ≥150 mg/kg

2)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de Seggiano debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: dorado;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: amargo;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤10 mEq O2/kg

K232: ≤2,0

K270: ≤0,20

3)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline Lucchesi debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: amarillo dorado con tonos verdes;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: suave;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: inferior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg

índice de refracción: según las normas

K232: dentro de los límites legales

K270: dentro de los límites legales

ácido palmítico: 9-15,5 %

ácido palmitoleico: 0,4-1,2 %

ácido esteárico: 0,5-3 %

ácido oleico: 70-80 %

ácido linoleico: <8 %

ácido linolénico: <0,9 %

ácido araquídico: <0,5 %

ácido eicosenoico: <0,4 %

4)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Lunigiana debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: amarillo dorado con tonos verdes;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: suave;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: inferior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg

índice de refracción: según las normas

K232: dentro de los límites legales

K270: dentro de los límites legales

ácido palmítico: 9-15,5 %

ácido palmitoleico: 0,4-1,2 %

ácido esteárico: 0,5-3 %

ácido oleico: 70-80 %

ácido linoleico: <9 %

ácido linolénico: <0,9 %

ácido araquídico: <0,5 %

ácido eicosenoico: <0,4 %

5)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline di Arezzo debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: de verde intenso a amarillo con notas de color verde claro;

aroma: afrutado entre medio e intenso;

sabor: notas amargas de ligeras a medias;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: inferior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg

índice de refracción: según las normas

K232: dentro de los límites legales

K270: dentro de los límites legales

ácido palmítico: 9-15,5 %

ácido palmitoleico: <1,5 %

ácido esteárico: 1,2-2,5 %

ácido oleico: 70-81 %

ácido linoleico: <9 %

ácido linolénico: <0,9 %

6)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline Senesi debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: verde de intensidad variable, con tonalidades que tienden al verde amarillento, con ligeras notas amarillas;

aroma: afrutado entre medio e intenso;

sabor: amargo entre ligero y medio;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: inferior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤12 mEq O2/kg

K232: dentro de los límites legales

K270: dentro de los límites legales

ácido palmítico: 9-15,5 %

ácido palmitoleico: ≤1,3 %

ácido esteárico: ≤3 %

ácido oleico: 70-80 %

ácido linoleico: <9 %

ácido linolénico: <0,9 %

ácido araquídico: <0,5 %

ácido eicosenoico: <0,4 %

7)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline di Firenze debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: de verde a amarillo dorado, con variación cromática a lo largo del tiempo;

aroma: afrutado entre medio e intenso;

sabor: amargo de intensidad media;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg

K232: dentro de los límites legales

K270: dentro de los límites legales

ácido palmítico: 9-15,5 %

ácido palmitoleico: 0,45-1,5 %

ácido esteárico: 1,1-2,5 %

ácido oleico: 70-82 %

ácido linoleico: <9 %

ácido linolénico: <0,9 %

biofenoles: ≥200 mg/kg

tocoferoles: ≥150 mg/kg

8)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de Montalbano debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: de verde a amarillo dorado, con variación cromática a lo largo del tiempo;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: amargo entre ligero y medio;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg

índice de refracción a 25 °C: dentro de los límites legales

K232: dentro de los límites legales

K270: dentro de los límites legales

ácido palmítico: 9-15,5 %

ácido palmitoleico: 0,5-1,5 %

ácido esteárico: 1,5-3 %

ácido oleico: 70-83 %

ácido linoleico: <9 %

ácido linolénico: <0,9 %

ácido araquídico: <0,5 %

ácido eicosenoico: <0,4 %

biofenoles: ≥200 mg/kg

tocoferoles: ≥150 mg/kg

9)

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Monti Pisani debe presentar las características siguientes en el momento del despacho al consumo:

color: amarillo dorado con tonos verdes;

aroma: afrutado medio a ligero;

sabor: amargo entre ligero y medio o sensación suave;

sensaciones táctiles: percepción de picante;

evaluación en el grupo: niveles permitidos por la legislación vigente;

acidez máxima total expresada como ácido oleico: no superior a 0,45 g por cada 100 g de aceite;

índice de peróxidos: ≤14 mEq O2/kg

índice de refracción a 25 °C: dentro de los límites legales

K232: dentro de los límites legales

K270: dentro de los límites legales

ácido palmítico: 9-15,5 %

ácido palmitoleico: 0,4-1,2 %

ácido esteárico: 0,5-3 %

ácido oleico: 70-80 %

ácido linoleico: <9 %

ácido linolénico: <0,9 %

ácido araquídico: <0,5 %

ácido eicosenoico: <0,4 %

3.3.   Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal) y materias primas (únicamente en el caso de productos transformados)

La indicación geográfica protegida «Toscano» debe obtenerse a partir de las siguientes variedades de olivo presentes, solas o en combinación, en los olivares: americano, arancino, ciliegino, frantoio, grappolo, gremignolo, grossolana, larcianese, lazzero, leccino, leccio del corno, leccione, madonna dell’Impruneta, marzio, maurino, melaiolo, mignolo, moraiolo, morchiaio, olivastra seggianese, olivella, pendolino, pesciatino, piangente, punteruolo, razzaio, razzo, rossellino, rossello, san francesco, santa caterina, scarlinese, tondello y otras variedades inscritas en el directorio regional del germoplasma local (Repertorio Regionale del Germoplasma Autoctono Toscano), establecido en virtud de la Ley Regional n.o 64, de 16 de noviembre de 2004. Además, en los olivares ya inscritos en el sistema de control en el momento de la entrada en vigor del presente pliego de condiciones, puede utilizarse hasta un máximo del 5 % de otras variedades.

3.4.   Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida

Todas las fases del proceso de producción (el cultivo, la recolección y la extracción del aceite) deben tener lugar en la zona geográfica definida.

3.5.   Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc., del producto al que se refiere el nombre registrado

El aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» debe envasarse en la zona geográfica delimitada y despacharse al consumo en envases adecuados, de conformidad con la legislación vigente.

Incluso antes de su reconocimiento como IGP, el aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» gozaba de una gran reputación internacional por su calidad característica. Solo unos controles estrictos previos al despacho al consumo, también en las fases posteriores de la producción, como el envasado, permiten garantizar a los consumidores las cualidades específicas del producto y detener rápidamente cualquier fraude comercial, como demuestra la fructífera cooperación de los últimos años entre el Consorcio representativo y los organismos pertinentes hasta el nivel de Interpol.

3.6.   Normas especiales sobre el etiquetado del producto al que se refiere el nombre registrado

Está prohibido añadir a la indicación geográfica protegida «Toscano» cualquier calificativo que no esté expresamente previsto en el presente pliego de condiciones, incluidos los adjetivos: «fine» (fino), «scelto» (escogido), «selezionato» (seleccionado) o «superiore» (superior). Se permiten referencias veraces y verificables que describan los métodos de los productores individuales, tales como: «monovarietal», «recolectado a mano», etc.

Se autoriza el uso verídico de nombres, denominaciones comerciales, marcas, etc., siempre y cuando no tengan carácter laudatorio y no puedan inducir a error al consumidor.

Los nombres de las empresas, haciendas y explotaciones y su ubicación geográfica solo pueden utilizarse si el producto se ha producido exclusivamente a partir de aceitunas recolectadas de olivares pertenecientes a la explotación, y se permite la referencia al envasado en la explotación oleícola si el producto ha sido envasado en la propia explotación.

Si se utiliza cualquier otro nombre geográfico para designar los municipios, distritos, haciendas o explotaciones de las que procede realmente el aceite, debe presentarse en caracteres cuyo tamaño no supere la mitad del tamaño de los utilizados para la IGP «Toscano».

El nombre de la indicación geográfica protegida «Toscano» debe figurar en la etiqueta en caracteres claros e indelebles, de modo que pueda distinguirse de las demás indicaciones que aparecen en la misma.

Las menciones geográficas adicionales autorizadas en el artículo 1 del presente pliego de condiciones deben figurar en la etiqueta en caracteres cuyo tamaño no supere la mitad del tamaño de los utilizados para la IGP «Toscano».

Puede añadirse una representación gráfica (mapa simbólico o geográfico) del territorio administrativo de la denominación protegida. El topónimo de la zona real de producción de las aceitunas puede destacarse en dicha representación gráfica.

Debe indicarse obligatoriamente en la etiqueta el año de producción de las aceitunas de las que se haya extraído el aceite de la siguiente manera: Campaña oleícola: aaaa/aaaa, o bien Recolección, Producción, Año, Añada u otros sinónimos: aaaa.

4.   Definición breve de la zona geográfica

1)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» incluye superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la región de Toscana que pueden producir las características cualitativas previstas en el presente pliego de condiciones.

2)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de Seggiano comprende, en la provincia de Grosseto, todo el territorio administrativo de los municipios de Arcidosso, Castel del Piano, Seggiano, Cinigiano, Santa Fiora y Roccalbegna.

3)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline Lucchesi incluye superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Lucca que pueden producir las características cualitativas previstas en el presente pliego de condiciones.

4)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline della Lunigiana incluye superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Massa Carrara que pueden producir las características cualitativas previstas en el presente pliego de condiciones y que están situadas total o parcialmente en los siguientes municipios: Fosdinovo, Aulla, Fivizzano, Casola Lunigiana, Licciana Nardi, Villafranca Lunigiana, Podenzana, Tresana, Mulazzo, Bagnone, Filattiera, Pontremoli, Comano, Zeri y las tierras situadas al norte de la carretera nacional de Aurelia (SS 1) pertenecientes a los municipios de Montignoso, Massa y Carrara.

5)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline di Arezzo comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Arezzo que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

6)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline Senesi comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Siena que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

7)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Colline di Firenze comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de las provincias de Florencia y Prato, en los siguientes municipios: Bagno in Ripoli, Barberino di Mugello, Barberino Tavarnelle, Borgo San Lorenzo, Calenzano, Campi Bisenzio, Cantagallo, Castelfiorentino, Certaldo, Dicomano, Empoli, Fiesole, Figline e Incisa Valdarno, Florencia, Firenzuola, Fucecchio, Gambassi Terme, Greve in Chianti, Impruneta, Lastra a Signa, Londa, Marradi, Montaione, Montelupo, Montemurlo, Montespertoli, Palazzuolo sul Senio, Pelago, Pontassieve, Prato, Reggello, Rignano sull’Arno, Rufina, San Casciano Val di Pesa, San Godenzo, San Piero a Sieve, Scandicci, Scarperia, Sesto Fiorentino, Signa, Vaglia, Vaiano, Vernio y Vicchio, que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

8)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de Montalbano comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de las provincias de Pistoia, Florencia y Prato, dentro de los límites administrativos de los siguientes municipios: Capraia e Limite, Carmignano, Cerreto Guidi, Fucecchio, Lampoechio, Larciano, Monsummano Terme, Poggio a Caiano, Pistoia, Quarrata, Serravalle Pistoiese y Vinci, que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

9)

La zona de producción de aceitunas destinadas a la producción de aceite de oliva virgen extra con la indicación geográfica protegida «Toscano» de la zona de Monti Pisani comprende superficies de olivar situadas en el territorio administrativo de la provincia de Pisa, dentro de los límites administrativos de los municipios de Buti, Calci, San Giuliano Terme, Vicopisano y Vecchiano, que pueden producir las características cualitativas establecidas en el presente pliego de condiciones.

5.   Vínculo con la zona geográfica

La necesidad de regular la producción y comercialización del aceite de oliva en Toscana se hizo sentir en tiempos remotos. El primer documento legislativo, el «Estatuto de los aceiteros», se remonta a 1318; consta de 86 artículos que abordan de forma exhaustiva la práctica del oficio. El objetivo de este documento era identificar y proteger la producción de aceite de oliva y autorizar a los operadores del «distrito» de Florencia, que en aquel momento abarcaba una gran parte del territorio regional. Para poder ejercer su actividad, los aceiteros debían estar inscritos en un registro especial. En los últimos años del siglo XVI, gracias a la política de los Médicis, el cultivo del olivo siguió desarrollándose. En el siglo XVII, las grandes propiedades se dividieron en aparcerías, con un mayor desarrollo del cultivo del olivo, que en el siglo XVIII desempeñó un papel dominante en la economía. En los últimos siglos, el cultivo del olivo en Toscana ha adquirido una gran importancia económica y medioambiental y también ha modelado el paisaje toscano de forma extraordinaria. El prestigio asociado a la calidad de la producción de aceite de oliva en Toscana se ha extendido en todo el mundo. Gracias al Consorzio Regionale dell’Olio Toscano (CROEVOTT), el consorcio que reúne a los productores toscanos desde 1982, se ha llevado a cabo una intensa labor de conocimiento, estudio, valorización y promoción del producto, que ha culminado con el reconocimiento de la indicación geográfica protegida en 1997.

Las características, la calidad y la tipicidad del aceite de oliva virgen extra «Toscano» vienen determinadas por factores tanto naturales como humanos.

Toscana se encuentra en el límite septentrional de la zona de cultivo del olivo; como consecuencia de ello, las aceitunas se producen en pequeñas cantidades por unidad de superficie y los frutos no maduran completamente, lo que da lugar a una característica particular del aceite producido (marcadamente «afrutado», con altos niveles de algunos componentes químicos menores, etc.).

Entre los factores naturales, cabe destacar el estrecho vínculo entre la olivicultura en Toscana y las colinas (más del 90 % de los olivares toscanos están situados en zonas de colinas y montañas). La presencia de olivos es uno de los elementos más importantes que caracterizan el paisaje típico de las colinas de Toscana. El entorno de colinas y las características del terreno tienen un claro impacto en la producción y la calidad de la olivicultura regional, diferenciándola de otras zonas con condiciones de cultivo profundamente diferentes.

Otros factores que desempeñan un papel decisivo en la caracterización del aceite de oliva virgen extra «Toscano» son los factores humanos, que son el resultado de tradiciones seculares: se cultivan olivos, incluso en los terrenos inclinados de las colinas, normalmente con métodos extensivos y con un uso muy limitado de fertilizantes y productos fitosanitarios. Los problemas fitopatológicos no suelen ser graves, gracias a las condiciones ambientales favorables, y los ataques de la mosca del olivo suelen ser limitados. Las aceitunas se recolectan temprano y el proceso se completa normalmente en el plazo de un mes o de un mes y medio. Por lo general, la recolección se lleva a cabo arrancando los frutos directamente de la planta y nunca se recogen las aceitunas del suelo; en cualquier caso, esta práctica no está permitida por el pliego de condiciones.

Una vez recolectadas, las aceitunas entran directamente en el proceso de extracción, facilitado por el gran número de almazaras presentes en Toscana (alrededor de 400) y su distribución por todo el territorio, lo que permite procesar pequeños lotes de aceitunas de manera oportuna, alcanzando así los más altos niveles de calidad, gracias también a un proceso continuo de reestructuración y modernización de las instalaciones, que aplican las tecnologías extractivas más modernas.

El fuerte apego a la producción de los pequeños productores se ve reforzado al permitir que el aceite de oliva virgen extra se etiquete utilizando nombres geográficos junto con la principal IGP «Toscano». Se trata de zonas bien definidas en las que las condiciones edafológicas y microclimáticas, en combinación con las variedades utilizadas, confieren al producto unas características cualitativas específicas, que también responden a las exigencias de los consumidores más exigentes y de los conocedores familiarizados con los territorios de Toscana y su muy apreciado producto.

Referencia a la publicación del pliego de condiciones

https://www.masaf.gov.it/flex/cm/pages/ServeAttachment.php/L/IT/D/1%252Fa%252Fb%252FD.53cf66bbcb55d47ab1b7/P/BLOB%3AID%3D3342/E/pdf?mode=download


(1)   DO L 179 de 19.6.2014, p. 17, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2014/664/oj.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5538/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)