|
Diario Oficial |
ES Serie C |
|
C/2025/5431 |
20.10.2025 |
Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 6 de diciembre de 2024 – DNO Yemen AS / Petrolin Trading Limited, Moe Oil & Gas Yemen Limited, The Ministry of Oil and Minerals (of The Republic of Yemen), Yemen Oil & Gas Corporation / The Yemen Company, Dove Energy Limited, liquidada
(Asunto C-842/24, DNO Yemen)
(C/2025/5431)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour de cassation
Partes en el procedimiento principal
Demandante: DNO Yemen AS
Demandada: Petrolin Trading Limited, Moe Oil & Gas Yemen Limited, The Ministry of Oil and Minerals (of The Republic of Yemen), Yemen Oil & Gas Corporation / The Yemen Company, Dove Energy Limited, liquidada
Cuestiones prejudiciales
|
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 2.2 del Reglamento (UE) 1352/2014 del Consejo, de 18 de diciembre de 2014, relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen, (1) a la luz de las Orientaciones publicadas por el Consejo, actualizadas el 4 de mayo de 2018, en el sentido de que la puesta a disposición indirecta puede entenderse como la puesta de fondos a disposición de entidades públicas no sujetas a medidas restrictivas si se demuestra que las personas objeto de esas medidas ejercen, en tales entidades, una influencia que compite con la del Gobierno legítimo no sujeto a tales medidas? |
|
2) |
Cuando se constata la existencia de tal influencia competidora, ¿debe interpretarse el artículo 2.2 del Reglamento (UE) n. o 1352/2014 en el sentido de que se presume que las entidades a cuya disposición se entregan los fondos están controladas por las personas sujetas a las medidas restrictivas? En caso de respuesta afirmativa, ¿admite esta presunción prueba en contrario? A este respecto, ¿es pertinente el hecho de que el Gobierno legítimo, que no está sujeto a las medidas restrictivas, no coopere con las personas afectadas por tales medidas? |
|
3) |
Cuando los elementos presentados ante el juez nacional no permiten apreciar si la influencia decisiva en el seno de la entidad a cuya disposición se ponen los fondos corresponde al Gobierno legítimo o a las personas sujetas a las sanciones, ¿basta para aplicar las sanciones el mero riesgo razonable de que estas últimas se beneficien finalmente de la totalidad o de una parte de esos fondos? |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5431/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)