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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/5431

20.10.2025

Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 6 de diciembre de 2024 – DNO Yemen AS / Petrolin Trading Limited, Moe Oil & Gas Yemen Limited, The Ministry of Oil and Minerals (of The Republic of Yemen), Yemen Oil & Gas Corporation / The Yemen Company, Dove Energy Limited, liquidada

(Asunto C-842/24, DNO Yemen)

(C/2025/5431)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour de cassation

Partes en el procedimiento principal

Demandante: DNO Yemen AS

Demandada: Petrolin Trading Limited, Moe Oil & Gas Yemen Limited, The Ministry of Oil and Minerals (of The Republic of Yemen), Yemen Oil & Gas Corporation / The Yemen Company, Dove Energy Limited, liquidada

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 2.2 del Reglamento (UE) 1352/2014 del Consejo, de 18 de diciembre de 2014, relativo a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen, (1) a la luz de las Orientaciones publicadas por el Consejo, actualizadas el 4 de mayo de 2018, en el sentido de que la puesta a disposición indirecta puede entenderse como la puesta de fondos a disposición de entidades públicas no sujetas a medidas restrictivas si se demuestra que las personas objeto de esas medidas ejercen, en tales entidades, una influencia que compite con la del Gobierno legítimo no sujeto a tales medidas?

2)

Cuando se constata la existencia de tal influencia competidora, ¿debe interpretarse el artículo 2.2 del Reglamento (UE) n. o  1352/2014 en el sentido de que se presume que las entidades a cuya disposición se entregan los fondos están controladas por las personas sujetas a las medidas restrictivas? En caso de respuesta afirmativa, ¿admite esta presunción prueba en contrario? A este respecto, ¿es pertinente el hecho de que el Gobierno legítimo, que no está sujeto a las medidas restrictivas, no coopere con las personas afectadas por tales medidas?

3)

Cuando los elementos presentados ante el juez nacional no permiten apreciar si la influencia decisiva en el seno de la entidad a cuya disposición se ponen los fondos corresponde al Gobierno legítimo o a las personas sujetas a las sanciones, ¿basta para aplicar las sanciones el mero riesgo razonable de que estas últimas se beneficien finalmente de la totalidad o de una parte de esos fondos?


(1)   DO 2014, L 365, p. 60.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5431/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)