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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/5300

30.9.2025

Anuncio a la atención de los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2010/413/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, relativos a medidas restrictivas contra Irán

(C/2025/5300)

Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información.

Las bases jurídicas para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2010/413/PESC del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2025/1978 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo (4), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1980 del Consejo (5).

El responsable de esta operación de tratamiento de datos es el Consejo de la Unión Europea, representado por la directora general de la Dirección General de Relaciones Exteriores (RELEX) de la Secretaría General del Consejo, y el servicio que se ocupa de la operación de tratamiento de datos es RELEX.1, con el que se puede contactar en la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Puede contactarse con la delegada de protección de datos del Consejo en la siguiente dirección de correo electrónico:

Delegada de protección de datos

data.protection@consilium.europa.eu

La finalidad de la operación de tratamiento de datos es el establecimiento y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas de conformidad con lo dispuesto en la Decisión 2010/413/PESC, modificada por la Decisión (PESC) 2025/1978, y el Reglamento (UE) n.o 267/2012, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1980.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista que figuran en la Decisión 2010/413/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 267/2012.

Entre los datos personales recogidos figuran los datos necesarios para la correcta identificación de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato relacionado con los motivos de inclusión en la lista.

Las bases jurídicas para el tratamiento de datos personales son las Decisiones del Consejo adoptadas en virtud del artículo 29 del TUE y los Reglamentos del Consejo adoptados en virtud del artículo 215 del TFUE por los que se designa a personas físicas (interesados) y se imponen la inmovilización de activos y las restricciones de viaje.

El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una función realizada en interés público de conformidad con el artículo 5, apartado 1, letra a), y para el cumplimiento de las obligaciones jurídicas establecidas en los citados actos jurídicos aplicables al responsable del tratamiento de conformidad con el artículo 5, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2018/1725.

El tratamiento es necesario por razones de un interés público esencial, de conformidad con el artículo 10, apartado 2, letra g), del Reglamento (UE) 2018/1725.

El Consejo podrá obtener de los Estados miembros o del Servicio Europeo de Acción Exterior datos personales de los interesados. Los destinatarios de los datos personales son los Estados miembros, la Comisión Europea y el Servicio Europeo de Acción Exterior.

Todos los datos personales tratados por el Consejo en el contexto de las medidas restrictivas autónomas de la UE se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sujetas a la inmovilización de activos o del momento en que haya expirado la validez de la medida, o, si se interpone una acción judicial ante el Tribunal de Justicia, hasta que se dicte una sentencia definitiva. Los datos personales que figuran en los documentos registrados por el Consejo se conservan en el Consejo con fines de archivo en interés público, en el sentido del artículo 4, apartado 1, letra e), del Reglamento (UE) 2018/1725.

El Consejo puede tener que intercambiar datos personales relativos a un interesado con un tercer país, o con una organización internacional, en el contexto de la transposición por el Consejo de las designaciones de las Naciones Unidas, o en el contexto de la cooperación internacional en relación con la política de medidas restrictivas de la UE.

A falta de una decisión de adecuación o de garantías adecuadas, la transferencia de datos personales a un tercer país o a una organización internacional se basa en las condiciones siguientes, con arreglo al artículo 50 del Reglamento (UE) 2018/1725:

que la transferencia sea necesaria por razones importantes de interés público;

que la transferencia sea necesaria para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

En el tratamiento de los datos personales del interesado no interviene ninguna toma de decisiones automatizada.

Los interesados tienen derecho a recibir información y a acceder a sus datos personales. También tienen derecho a corregir y completar sus datos. En determinadas circunstancias, pueden tener derecho a que se eliminen sus datos personales, a oponerse al tratamiento de estos o a solicitar que dicho tratamiento se limite.

Los interesados pueden ejercer estos derechos enviando un correo electrónico al responsable del tratamiento con copia al delegado de protección de datos, tal como se ha indicado anteriormente.

Los interesados deben adjuntar a su solicitud una copia de un documento de identificación para confirmar su identidad (documento de identidad o pasaporte). En dicho documento deben figurar un número de identificación, el país de emisión, el período de validez, el nombre y los apellidos, la dirección y la fecha de nacimiento. Cualquier otro dato que figure en la copia del documento de identificación, como una foto o toda característica personal, puede ser tachado.

Los interesados tienen derecho a presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 (edps@edps.europa.eu).

Antes de proceder, se recomienda a los interesados que intenten primero obtener reparación poniéndose en contacto con el responsable del tratamiento o con el delegado de protección de datos del Consejo.


(1)   DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(2)   DO L 195 de 27.7.2010, p. 39.

(3)   DO L, 2025/1978, 29.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/1978/oj.

(4)   DO L 88 de 24.3.2012, p. 1.

(5)   DO L, 2025/1980, 29.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/1980/oj.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5300/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)