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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2025/4746 |
8.9.2025 |
Recurso de casación interpuesto el 21 de junio de 2025 por VZ contra el auto del Tribunal General (Sala Sexta) dictado el 10 de abril de 2025 en el asunto T-541/21 AJ-REV, VZ/Comisión y otros
(Asunto C-421/25 P)
(C/2025/4746)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: VZ (representante: J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)
Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior
Pretensiones de la parte recurrente
El recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:
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Anule el auto recurrido. |
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Conceda al recurrente la asistencia jurídica gratuita solicitada el 30 de agosto de 2021. |
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Se pronuncie a favor del recurrente en lo que se refiere a las costas del recurso de casación y del procedimiento que ha dado lugar a este. |
Motivos y principales alegaciones
En primer lugar, el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al concluir que el pronunciamiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de 10 de septiembre de 2024, KS y otros/Consejo y otros (C-29/22 P y C-44/22 P, EU:C:2024:725) no constituye un hecho a los efectos del artículo 169, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento.
En segundo lugar, el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al no tomar en consideración que la interpretación correcta de la normativa es anterior al auto de 26 de noviembre de 2021, VZ/Comisión y otros (T-541/21 AJ), por cuanto el 10 de septiembre de 2024 el Tribunal de Justicia precisó el sentido que la normativa siempre ha tenido (ex tunc).
En tercer lugar, el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al no pronunciarse sobre partes esenciales de la solicitud y no motivó suficientemente su resolución.
En cuarto lugar, el Tribunal de Justicia debería ejercer la competencia de que dispone para proteger derechos humanos fundamentales revocando el auto del Tribunal General dictado el 26 de noviembre de 2021 por estar basado en el auto de 10 de noviembre de 2021, KS y KD/Consejo y otros (T-771/20, no publicado, EU:T:2021:798), que el Tribunal de Justicia anuló el 10 de septiembre de 2024. De lo contrario, al recurrente se le denegará permanentemente su derecho a la tutela judicial efectiva ante los órganos jurisdiccionales de la Unión Europea en relación con una infracción acreditada, en un territorio en el que la Unión ejercía competencia extraterritorial, de derechos humanos que no pueden ser objeto de excepciones.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/4746/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)