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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/4034

28.7.2025

Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Gdyni (Polonia) el 10 de abril de 2025 – Helpfind Funding SARL, GC, NOVA DELTA XALTUM sp. z o.o. sp. k. / Towarzystwo Ubezpieczeń i Reasekuracji ALLIANZ Polska S.A., Powszechny Zakład Ubezpieczeń S.A., Towarzystwo Ubezpieczeń i Reasekuracji WARTA S.A., Generali Towarzystwo Ubezpieczeń S.A., Sopockie Towarzystwo Ubezpieczeń ERGO HESTIA S.A.

(Asunto C-277/25, Helpfind Funding y otros)

(C/2025/4034)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy w Gdyni

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Helpfind Funding SARL, GC, NOVA DELTA XALTUM sp. z o.o. sp. k.

Demandadas: Towarzystwo Ubezpieczeń i Reasekuracji ALLIANZ Polska S.A., Powszechny Zakład Ubezpieczeń S.A., Towarzystwo Ubezpieczeń i Reasekuracji WARTA S.A., Generali Towarzystwo Ubezpieczeń S.A., Sopockie Towarzystwo Ubezpieczeń ERGO HESTIA S.A.

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse los artículos 3, 18 y 28 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, (1) en el sentido de que se oponen al reconocimiento como válido y ejecutable de un contrato celebrado con un perjudicado que, sin haber recibido previamente una indemnización total de los daños sufridos en un accidente, transfiere a favor de un tercero su derecho a obtener una indemnización íntegra de la entidad aseguradora que cubre a la persona responsable del accidente causado por un vehículo automóvil?

2)

¿Deben interpretarse los artículos citados anteriormente en el sentido de que se oponen a que se considere al tercero al que se refiere la primera cuestión como la persona mencionada en el artículo 1, punto 2, de la Directiva 2009/103, que tiene derecho a la reparación del daño causado por un vehículo?

3)

¿Deben interpretarse los artículos indicados de la Directiva 2009/103 en el sentido de que se oponen a que se considere al tercero al que se refiere la primera cuestión como una persona legitimada para ejercitar una acción directa contra la entidad aseguradora mencionada en dicha cuestión?


(1)   DO 2009, L 263, p. 11.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/4034/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)