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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2025/3621 |
7.7.2025 |
Publicación de la comunicación de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de una indicación geográfica con arreglo al artículo 5, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión (1)
(C/2025/3621)
COMUNICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL
[Artículo 24 del Reglamento (UE) 2024/1143]
«Cheverny»
PDO-FR-A0164-AM03 — 10.4.2025
1. Nombre del producto
«Cheverny»
2. Tipo de indicación geográfica
☒ Denominación de origen protegida (DOP)
☐ Indicación geográfica protegida (IGP)
☐ Indicación geográfica (IG)
3. Sector
☐ Productos agrícolas
☒ Vinos
☐ Bebidas espirituosas
4. País al que pertenece la zona geográfica
Francia
5. Autoridad del Estado miembro que notifica la modificación normal
Ministère de l’agriculture, de l'agroalimentaire et de la forêt
Direction Générale de la performance économique et environnementale des entreprises
6. Calificación de modificación normal
Las autoridades francesas declaran que la solicitud presentada cumple los requisitos de los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013 y (UE) 2024/1143.
Las modificaciones de este pliego de condiciones son modificaciones normales, tal como se definen en el artículo 24, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/1143.
La solicitud de modificación de la DOP «Cheverny» no se refiere a ninguno de los tres supuestos de una modificación denominada de la Unión, a saber:
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a) |
incluye un cambio en el nombre, en el uso del nombre, o en la categoría de producto o productos designados mediante la indicación geográfica; |
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b) |
corre el riesgo de anular el vínculo con el medio geográfico; |
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c) |
implica nuevas restricciones a la comercialización del producto. |
Por consiguiente, las autoridades francesas consideran que la solicitud se califica de modificación denominada «normal».
7. Descripción de la modificación normal o las modificaciones normales aprobadas
1. Nomenclátor geográfico oficial
Se añade la referencia al nomenclátor geográfico oficial de 2022 en la zona geográfica y la zona de proximidad inmediata.
Se trata de un mero cambio de redacción sin que se modifique la zona geográfica.
Se modifica el documento único en los puntos 6 «Zona geográfica delimitada» y 9 «Otras condiciones esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)» en consonancia con el pliego de condiciones.
2. Disposiciones agroambientales
Se añaden las disposiciones medioambientales siguientes:
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— |
se permite el desherbado químico en una franja de 80 cm bajo cada hilera; |
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— |
se prohíbe el desherbado químico de las cabeceras. |
Estos cambios están orientados a dar respuesta a las exigencias sociales de reducción del uso de productos fitosanitarios y a las preocupaciones medioambientales.
No se modifica el documento único.
DOCUMENTO ÚNICO
1. Nombre(s)
Cheverny
2. Tipo de indicación geográfica
DOP — Denominación de origen protegida
3. País al que pertenece la zona geográfica
Francia
4. Categorías de productos vitivinícolas
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1. |
Vino |
5. Código de la nomenclatura combinada
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— |
22 — BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE 2204 — Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida 2009. |
6. Descripción del vino o de los vinos
BREVE DESCRIPCIÓN TEXTUAL
Se trata de vinos tranquilos blancos, tintos o rosados. Los vinos tintos poseen un contenido de ácido málico inferior o igual a 0,3 gramos por litro y un contenido de azúcares fermentables inferior o igual a 2 gramos por litro. Los vinos blancos y rosados presentan un grado alcohólico volumétrico natural mínimo del 10 %. Después del envasado, todos los lotes de vino deben cumplir las siguientes normas analíticas: Vinos blancos y rosados: contenido de azúcares fermentables inferior o igual a 4 gramos por litro en glucosa + fructosa. Vinos blancos y rosados con un grado alcohólico volumétrico natural mínimo del 13,5 %: inferior o igual a 6 gramos por litro en glucosa + fructosa. Los vinos blancos presentan, en particular, aromas a cítricos y flores blancas. Los vinos tintos presentan aromas a frutos rojos y especias. El equilibrio en boca de los vinos rosados aúna vigor y cierta untuosidad. Los demás valores analíticos se ajustan, por defecto, a la normativa de la UE.
Características analíticas generales
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Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.): 12,5 |
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— |
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.): — |
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— |
Acidez total mínima: en miliequivalentes por litro |
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— |
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro): — |
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— |
Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro): — |
7. Prácticas vitivinícolas
7.1. Prácticas enológicas específicas
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1. |
Enriquecimiento Práctica enológica específica Los vinos blancos y rosados con un contenido de azúcares fermentables (glucosa + fructosa) superior a 4 gramos por litro se elaboran sin enriquecimiento. |
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2. |
Elaboración de los vinos rosados Restricción aplicable a la elaboración Se prohíbe la utilización de carbones de uso enológico, solos o mezclados en preparaciones, en la elaboración de vinos rosados. |
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3. |
Manejo del viñedo Práctica de cultivo Las vides han de presentar una densidad mínima de plantación de 4 500 cepas por hectárea, con una distancia máxima entre las hileras de 2,10 metros. La separación entre las cepas de una misma hilera debe estar comprendida entre 0,90 y 1,20 metros. Las vides se podarán con un máximo de 13 yemas francas por cepa, de acuerdo con las siguientes técnicas:
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7.2. Rendimientos máximos
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1. |
Vinos blancos 72 hectolitros por hectárea |
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2. |
Vinos tintos y rosados 66 hectolitros por hectárea |
8. Zona geográfica delimitada
La vendimia, la vinificación y la elaboración de los vinos se realizan en el territorio de los municipios siguientes del departamento de Loir-et-Cher (lista elaborada conforme al nomenclátor geográfico oficial de 2024 y al catastro editado en 2023): Candé-sur-Beuvron, Cellettes, Chambord, Cheverny, Chitenay, Le Controis-en-Sologne (para el territorio de los municipios delegados de Feings, Fougères-sur-Bièvre y Ouchamps), Cormeray, Cour-Cheverny, Fresnes, Huisseau-sur-Cosson, Maslives, Monthou-sur-Bièvre (para las secciones catastrales E y ZB del territorio municipal), Les Montils, Montlivault, Mont-près-Chambord, Muides-sur-Loire, Saint-Claude-de-Diray, Saint-Dyé-sur-Loire, Saint-Laurent-Nouan, Sambin, Seur, Tour-en-Sologne y Vineuil.
9. Variedades de uva de vinificación
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chardonnay B |
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chenin B |
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gamay N |
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orbois B |
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pinot noir N |
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sauvignon B - sauvignon blanc |
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sauvignon gris G - fié gris |
10. Descripción de los vínculos
Los suelos pobres del viñedo, en los que predominan la textura arenosa o el sustrato calizo, marcados por la acción del Loira, y los grandes bosques próximos al viñedo, que contribuyen a la frescura del clima, dieron lugar a la implantación de variedades de maduración temprana adaptadas a un clima difícil para la vid.
Este clima contribuye a una delicada expresión aromática de las distintas variedades:
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— |
vinos blancos vivos pero equilibrados, en los que predominan aromas de cítricos, frutas exóticas o flores blancas; |
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— |
vinos rosados equilibrados con cierta untuosidad en boca; suelen presentar notas de frutos rojos y especias; |
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vinos tintos con aromas de frutos rojos y negros, con notas a veces especiadas, cuya estructura puede ser bien delicada en los vinos jóvenes, bien más sólida en los vinos de guarda, que pueden desarrollar aromas de caza. |
11. Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)
Disposiciones relativas al etiquetado
Marco jurídico:
Legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Disposiciones complementarias relativas al etiquetado
Descripción de la condición:
Las dimensiones de los caracteres de la denominación «Val de Loire», que puede completar el nombre de la denominación, no sobrepasarán en altura o anchura los dos tercios de las dimensiones de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.
Nombre de una unidad geográfica menor
Marco jurídico:
Legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Disposiciones complementarias relativas al etiquetado
Descripción de la condición:
El etiquetado de los vinos podrá precisar el nombre de una unidad geográfica menor, siempre que se trate de un pago registrado en el catastro y figure en la declaración de cosecha.
Indicación del contenido de azúcar
Marco jurídico:
Legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Disposiciones complementarias relativas al etiquetado
Descripción de la condición:
Los vinos blancos y rosados cuyo contenido de azúcares fermentables (glucosa + fructosa) sea superior a 9 gramos por litro se presentarán con la mención correspondiente al contenido presente en el vino, tal como se define en la normativa de la UE.
Zona de proximidad inmediata
Marco jurídico:
Legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Excepción relativa a la producción en la zona geográfica delimitada
Descripción de la condición:
La zona de proximidad inmediata definida por la excepción, relativa a la vinificación y la elaboración de los vinos, está constituida por el territorio de los municipios siguientes del departamento de Loir-et-Cher: Bracieux, Chailles, Chambord, Chaumont-sur-Loire, Contres, Fontaines-en-Sologne, Monthou-sur-Bièvre, Oisly, Pontlevoy, Saint-Gervais-la-Forêt, Soings-en-Sologne, Thenay y Valaire.
Enlace al pliego de condiciones del producto
https://info.agriculture.gouv.fr/boagri/document_administratif-1fda4485-5ec9-4fc6-aea8-1486297de9ec
(1) Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión, de 30 de octubre de 2024, por el que se completa el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas sobre la inscripción en el registro y la protección de las indicaciones geográficas, las especialidades tradicionales garantizadas y los términos de calidad facultativos y por el que se deroga el Reglamento Delegado (UE) n.o 664/2014 (DO L, 2025/27, 15.1.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2025/27/oj).
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/3621/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)