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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/2086

14.4.2025

Auto del Tribunal General de 17 de enero de 2025 – Portigon/JUR (Contribuciones ex ante 2019)

(Asunto T-481/19)  (1)

(Unión económica y monetaria - Unión bancaria - Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y determinadas empresas de servicios de inversión (MUR) - Fondo Único de Resolución (FUR) - Decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) sobre el cálculo de las aportaciones ex ante para 2019 - Excepción de ilegalidad - Base jurídica del Reglamento (UE) n.o 806/2014 - Artículo 114 TFUE - Igualdad de trato - Margen de apreciación de la Comisión - Margen de apreciación de la JUR - Obligación de motivación - Irretroactividad - Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno)

(C/2025/2086)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Portigon AG (Düsseldorf, Alemania) (representantes: D. Bliesener, V. Jungkind y C. van Kampen, abogados)

Demandada: Junta Única de Resolución (representantes: D. Ceran, agente, asistido por B. Meyring, T. Klupsch y S. Ianc, abogados)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Parlamento Europeo (representantes: L. Visaggio, U. Rösslein y G. Bartram, agentes), Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Chavrier, J. Bauerschmidt y A. Westerhof Löfflerová, agentes), Comisión Europea (representantes: D. Triantafyllou y A. Steiblytė, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión SRB/ES/2022/47 de la Junta Única de Resolución (JUR), de 8 de agosto de 2022, por la que se revoca la Decisión SRB/ES/SRF/2019/10 de la JUR, de 16 de abril de 2019, relativa a las contribuciones ex ante para 2019 al Fondo único de resolución, en la medida en que afecta a las entidades mencionadas en su anexo I, y por la que se calculan las aportaciones ex ante para 2019 de dichas entidades al Fondo Único de Resolución, y por cuanto a ella se refiere.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Portigon AG cargará con sus propias costas y con las de la Junta Única de Resolución.

3)

El Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea cargarán, cada uno, con sus propias costas.


(1)   DO C 305 de 9.9.2019.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/2086/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)