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Diario Oficial |
ES Serie C |
C/2025/2071 |
14.4.2025 |
Auto del Tribunal General de 22 de enero de 2025 – Olarreaga Marques y Saralegui Reyzabal/JUR
(Asunto T-518/17) (1)
(Recurso de anulación - Política económica y monetaria - Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión - Dispositivo de resolución respecto de Banco Popular Español - Acto no recurrible - Inadmisibilidad manifiesta)
(C/2025/2071)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandantes: Gorka Olarreaga Marques (Madrid), María Aránzazu Saralegui Reyzabal (Madrid) (representante: R. Jiménez Velasco, abogado)
Demandada: Junta Única de Resolución (representantes: H. N. K. Ehlers, M. S. Fernández Rupérez, A. R. Lapresta Bienz y J. Rius Riu, agentes, asistidos por B. Meyring, F. B. Fernández de Trocóniz Robles, T. E. Klupsch y S. Ianc, abogados)
Objeto
Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, los demandantes solicitan la anulación de la Decisión SRB/EES/2017/08 de la Sesión Ejecutiva de la Junta Única de Resolución (JUR), de 7 de junio de 2017, relativa a la adopción de un dispositivo de resolución respecto de Banco Popular Español, S. A.
Fallo
1) |
Declarar que el recurso es manifiestamente inadmisible. |
2) |
Sobreseer las demandas de intervención del Reino de España, la Comisión Europea, Banco Santander, S. A., y Banco Popular Español, S. A. |
3) |
Condenar a D. Gorka Olarreaga Marques y a D.a María Aránzazu Saralegui Reyzabal a cargar con sus propias costas y con las de la Junta Única de Resolución (JUR). |
4) |
El Reino de España y la Comisión cargarán cada uno con sus propias costas correspondientes a las demandas de intervención. |
5) |
Banco Santander cargará con sus propias costas y con las de Banco Popular Español correspondientes a las demandas de intervención. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/2071/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)