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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2025/1437 |
10.3.2025 |
Recurso interpuesto el 18 de diciembre de 2024 – Bloom/Comisión
(Asunto T-659/24)
(C/2025/1437)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Bloom (París, Francia) (representante: F. Lafforgue, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la Decisión de la Comisión Europea, de 18 de octubre de 2024, por la que se deniega la solicitud de revisión interna, en el sentido del artículo 2, apartado 1, letra g), del Reglamento Aarhus, respecto del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1382 de la Comisión, de 23 de mayo de 2024, por el que se prorroga una excepción al Reglamento (CE) n.o 1967/2006 del Consejo en lo que respecta a la prohibición de pescar por encima de hábitats protegidos, la distancia mínima de la costa y la profundidad marina mínima para los arrastreros que pescan con «gangui» en determinadas aguas territoriales de Francia (Provenza-Alpes-Costa Azul); |
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Condene a la Comisión a cargar con sus propias costas y con las de la demandante. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un único motivo, basado en el error de Derecho y en el error manifiesto de apreciación de la Comisión por cuanto esta estima que el Reglamento de Ejecución no es contrario al Derecho medioambiental. El motivo está dividido en dos partes:
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La demandante alega, con carácter principal, que la excepción establecida se refiere, en particular, a una zona que incluye dos áreas marinas protegidas, que están comprendidas en el ámbito de aplicación del apartado 4 del Reglamento (CE) 1967/2006, para la que no se pueden establecer excepciones. Asimismo sostiene, a este respecto, que aun considerando que la excepción de la pesca de arrastre por encima de las praderas de posidonia debiera considerarse aplicable a las zonas marinas protegidas comprendidas en el ámbito de aplicación del apartado 4, esas dos zonas marinas protegidas se designaron no solamente para la conservación de las praderas de posidonia, sino también para la de otros tipos de praderas submarinas, en concreto, de Cymodocea nodosa y de hábitats coralígenos. Por lo tanto, según la demandante, no puede establecerse excepción alguna para la pesca de arrastre en zonas marinas protegidas para la conservación de dichos hábitats. |
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A continuación, la demandante alega, con carácter subsidiario, que el Reglamento de Ejecución es ilegal por cuanto no limita la excepción a las praderas de posidonia. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/1437/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)