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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/654

10.2.2025

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

de 21 de enero de 2025

por la que se aprueba el plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de Dinamarca

(C/2025/654)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121,

Visto el Reglamento (UE) 2024/1263, y en particular su artículo 17,

Vista la Recomendación de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

CONSIDERACIONES GENERALES

(1)

El marco de gobernanza económica de la UE reformado entró en vigor el 30 de abril de 2024. El Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral (1), junto con el Reglamento (CE) n.o 1467/97 modificado, sobre el procedimiento de déficit excesivo (2), y la Directiva 2011/85/UE del Consejo modificada, sobre los marcos presupuestarios de los Estados miembros (3), son los elementos fundamentales del marco de gobernanza económica de la UE reformado. El marco tiene por objeto promover unas finanzas públicas saneadas y sostenibles, un crecimiento sostenible e integrador y resiliencia a través de reformas e inversiones, y evitar déficits públicos excesivos. Asimismo, promueve la apropiación nacional y se centra más en el medio plazo, lo que se combina con un control del cumplimiento más efectivo y coherente de la normativa aplicable.

(2)

Los planes fiscales-estructurales nacionales a medio plazo que los Estados miembros presentan al Consejo y a la Comisión son una pieza central del nuevo marco de gobernanza económica. Los planes deben contribuir a lograr dos objetivos: i) garantizar, entre otras cosas, que, al final del período de ajuste, la deuda de las administraciones públicas siga una trayectoria descendente verosímil o se mantenga en niveles prudentes, y que el déficit público se sitúe y mantenga por debajo del valor de referencia (3 % del PIB) a medio plazo, y ii) garantizar la realización de reformas e inversiones que respondan a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo y abordar las prioridades comunes de la UE. A tal fin, en cada plan debe declararse la resolución de seguir a medio plazo una senda de gasto neto (4) que imponga de forma efectiva una restricción presupuestaria durante la vida del plan, que abarcará cuatro o cinco años (dependiendo de la duración normal de la legislatura en cada Estado miembro). Además, en el plan debe explicarse cómo garantizará el Estado miembro la realización de reformas e inversiones que respondan a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo, especialmente en las recomendaciones específicas por país [en particular, las relativas al procedimiento de desequilibrio macroeconómico (PDM), si procede], y cómo el Estado miembro abordará las prioridades comunes de la Unión. El período de ajuste fiscal comprende cuatro años, que puede ampliarse hasta tres años si el Estado miembro se compromete a llevar a cabo un conjunto pertinente de reformas e inversiones que cumplan los criterios establecidos en el Reglamento (UE) 2024/1263.

(3)

Tras la presentación del plan, la Comisión debe evaluar si este cumple los requisitos del Reglamento (UE) 2024/1263.

(4)

El Consejo, sobre la base de una recomendación de la Comisión, debe entonces adoptar una recomendación que establezca la senda de gasto neto del Estado miembro de que se trate y, cuando proceda, refrendar el conjunto de compromisos en materia de reformas e inversiones que sustentan una ampliación del período de ajuste fiscal.

CONSIDERACIONES RELATIVAS AL PLAN FISCAL-ESTRUCTURAL NACIONAL A MEDIO PLAZO DE DINAMARCA

Proceso previo a la presentación del plan

(5)

El 20 de septiembre de 2024, Dinamarca presentó su plan fiscal-estructural nacional a medio plazo al Consejo y a la Comisión.

Proceso previo a la presentación del plan

(6)

Antes de la presentación de su plan, Dinamarca solicitó información técnica (5), que la Comisión le proporcionó el 21 de junio de 2024 y publicó el 20 de septiembre de 2024 (6). La información técnica indica el nivel del saldo primario estructural que es necesario que haya en 2028 para garantizar que el déficit de las administraciones públicas se mantenga por debajo del 3 % del PIB a medio plazo y que la deuda de las administraciones públicas se mantenga por debajo del 60 % del PIB a medio plazo, aunque no haya más medidas presupuestarias que vayan más allá del período de ajuste de cuatro años. Se entiende por «a medio plazo» el período de diez años posterior al final del período de ajuste. La información técnica se elaboró y transmitió al Estado miembro partiendo de dos escenarios: un escenario en el que se respetaba la salvaguardia de resiliencia del déficit (7), en consonancia con el artículo 9, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/126, y un escenario en el que no. En la información técnica para Dinamarca se indicaba que, para cumplir las reglas fiscales aplicables durante el período de ajuste de cuatro años, y a partir de las hipótesis de la Comisión en que se basan las orientaciones previas transmitidas en junio de 2024, el saldo primario estructural debe ascender al menos al -1,4 % del PIB al final del período de ajuste (2028; escenario sin la salvaguardia de la resiliencia del déficit), como se muestra en el cuadro siguiente. A título informativo y teniendo también en cuenta la salvaguardia de resiliencia del déficit, el saldo primario estructural debe ascender al menos al -1,1 % del PIB al final del período de ajuste (2028). Sin embargo, la salvaguardia de resiliencia del déficit no es una obligación para Dinamarca, que reúne las condiciones para pedir información técnica.

Cuadro 1: Información técnica proporcionada por la Comisión a Dinamarca

Último año del período de ajuste

2028

Valor mínimo del saldo primario estructural (en % del PIB), escenario sin salvaguardia de resiliencia del déficit

-1,4

A título meramente informativo: Valor mínimo del saldo primario estructural (en % del PIB), escenario con salvaguardia de resiliencia del déficit

-1,1

Fuente: Cálculos de la Comisión.

(7)

De conformidad con el artículo 12 del Reglamento (UE) 2024/1263, Dinamarca y la Comisión entablaron un diálogo técnico en septiembre de 2024. El diálogo se centró en la senda de gasto neto prevista por Dinamarca y sus hipótesis subyacentes (en particular, el crecimiento potencial y la brecha de producción, así como medidas discrecionales que incluyen medidas puntuales), en las reformas e inversiones previstas para responder a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo y en las prioridades comunes de la Unión en materia de transición ecológica y digital justa, resiliencia social y económica, seguridad energética y creación de capacidades de defensa.

(8)

Según la información facilitada por Dinamarca en su plan, no se llevó a cabo un proceso de consulta con las partes interesadas nacionales pertinentes (incluidos los interlocutores sociales) antes de la presentación prevista en el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/1263, en consonancia con las disposiciones transitorias previstas en el artículo 36, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2024/1263.

(9)

El plan afirma que los Consejos Económicos de Dinamarca supervisan continuamente el cumplimiento de los objetivos fiscales y evalúan la sostenibilidad de la política fiscal, así como de la política económica en general, aunque no ofrece detalles sobre su contribución sustancial ni sobre cómo se materializó este esfuerzo en el plan.

(10)

El plan se llevó al Parlamento nacional tras la presentación.

Otros procesos conexos

(11)

El 21 de octubre de 2024, el Consejo formuló a Dinamarca una serie de recomendaciones específicas por país (REP) en el contexto del Semestre Europeo (8).

RESUMEN DEL PLAN Y DE LA EVALUACIÓN DE LA COMISIÓN

(12)

De conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) 2024/1263, la Comisión evaluó el plan como sigue:

Contexto: situación y perspectivas macroeconómicas y de política fiscal

(13)

La actividad económica de Dinamarca creció un 2,5 % en 2023, impulsada por las inversiones y el consumo privado. Según las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión Europea, se espera que la economía crezca un 2,4 % en 2024, gracias a las exportaciones netas y al consumo público y privado. En 2025, se prevé que el PIB real aumente un 2,5 %, ya que el consumo privado y público y la inversión ganarán impulso adicional y el aumento de las existencias contribuirá positivamente al crecimiento. En 2026, se prevé que el PIB real aumente un 1,8 %, mientras continúan las tendencias positivas del consumo privado y la inversión. Durante el período de previsión (es decir, 2024-2026), se espera que el crecimiento del PIB potencial en Dinamarca disminuya del 2,1 al 1,7 %, debido a una disminución de la contribución del trabajo potencial derivada de la reducción del número de personas empleadas. La Comisión prevé que la tasa de desempleo, que se situó en el 5,1 % en 2023, ascienda al 5,8 % en 2024 (9), al 5,8 %, en 2025 y al 5,8 %, en 2026. Se prevé que la inflación (deflactor del PIB) aumente del -3,8 % que se registró en 2023 al 1,6 % de 2024, y que alcance el 2,2 % en 2025 y el 1,9 %, en 2026.

(14)

En cuanto a la evolución de las finanzas públicas, en 2023 el superávit de las administraciones públicas de Dinamarca era del 3,3 % del PIB. Según las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión, se prevé que alcance el 2,3 % del PIB en 2024 y que siga disminuyendo hasta el 1,5 % del PIB en 2025 y, asumiendo que se mantenga la política fiscal, en el 0,9 % en 2026. Las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión incluyen el proyecto de presupuesto de Dinamarca para 2025, que el Gobierno propuso al Parlamento nacional en agosto de 2024. La deuda de las administraciones públicas se situó en el 33,6 % del PIB al final de 2023. Según las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión Europea, la ratio de deuda disminuirá hasta el 31,0 % del PIB al acabar 2024. Se prevé también que disminuya hasta el 29,3 % del PIB al acabar 2025 y el 28,3 %, al acabar 2026. Las previsiones fiscales de la Comisión no tienen en cuenta los compromisos que se hayan asumido en los planes a medio plazo como tales, hasta que se anuncien de forma verosímil y se establezcan medidas de actuación concretas suficientemente detalladas.

Senda de gasto neto e hipótesis macroeconómicas principales del plan

(15)

El plan fiscal-estructural nacional a medio plazo de Dinamarca, que abarca el período 2025-2028, presenta un ajuste fiscal a lo largo de cuatro años.

(16)

El plan contiene toda la información exigida por el artículo 13 del Reglamento (UE) 2024/1263.

(17)

El plan se compromete a seguir la senda de gasto neto indicada en el cuadro 2, correspondiente a un crecimiento medio del gasto neto del 4,4 % en el período 2025-2028. La información técnica (suponiendo una trayectoria de ajuste lineal) es coherente con que haya un crecimiento medio del gasto neto del 5,8 % durante el período de ajuste (2025-2028). Se indica que la senda de gasto neto a la que se ha comprometido en el plan da lugar a un saldo primario estructural del 0,5 % (10) del PIB al final del período de ajuste (2028). Este valor es superior al nivel mínimo del saldo primario estructural (del -1,4 % del PIB en 2028) proporcionado por la Comisión en la información técnica el 21 de junio de 2024 (11). El plan presupone que el crecimiento del PIB potencial aumentará del 2,1 % en 2024 al 2,6 % en 2025, para disminuir al 0,9 % en 2028. Además, el plan prevé que la tasa de crecimiento del deflactor del PIB aumente un 2,1 % de media anual entre 2025 y 2028, para converger al 2,0 % en 2028.

Cuadro 2: Senda de gasto neto e hipótesis principales del plan de Dinamarca

 

2024

2025

2026

2027

2028

Promedio durante el período de validez del plan

2025-2028

Crecimiento del gasto neto (anual, en %)

7,2

5,0

5,7

3,8

2,9

4,4

Crecimiento del gasto neto (acumulado, a partir del año de base, 2023, en %)

7,2

12,6

18,9

23,5

27,1

n. p.

Crecimiento del PIB potencial (en %)

2,1

2,6

1,2

1,3

0,9

1,5

Inflación (crecimiento del deflactor del PIB) (en %)

2,0

1,7

2,6

2,0

2,0

2,1

Fuente: Plan fiscal-estructural a medio plazo de Dinamarca y cálculos de la Comisión

Implicaciones de los compromisos en materia de gasto neto del plan para la deuda de las administraciones públicas

(18)

Si se materializaran la senda de gasto neto que se ha comprometido en el plan y las hipótesis subyacentes, según el plan, la deuda de las administraciones públicas aumentaría gradualmente del 32,8 % de 2024 al 35,6 % del PIB al final del período de ajuste (2028) como se refleja en el cuadro que figura a continuación. Tras el ajuste, según el plan, la ratio de deuda de las administraciones públicas seguiría aumentando gradualmente a medio plazo (es decir, hasta 2038) hasta alcanzar el 44,4 % del PIB en 2038.

Cuadro 3: Evolución de la deuda y el saldo de las administraciones públicas en el plan de Dinamarca

 

2023

2024

2025

2026

2027

2028

2038

Deuda pública (% del PIB)

33,6

32,8

31,4

32,7

33,9

35,6

44,4

Saldo público (% del PIB)

3,3

1,9

1,0

0,4

0,3

-0,1

-0,8

Fuente: Plan fiscal-estructural a medio plazo de Dinamarca

Así, según el plan, la deuda de las administraciones públicas se mantendría por debajo del valor de referencia del Tratado (60 % del PIB a medio plazo). Por lo tanto, según los compromisos y las hipótesis macroeconómicas del plan, la senda de gasto neto propuesta en el plan es coherente con el requisito relativo a la deuda establecido en el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/1263.

Implicaciones de los compromisos en materia de gasto neto del plan para el saldo de las administraciones públicas

(19)

Partiendo de la senda de gasto neto y las hipótesis del plan, el superávit de las administraciones públicas se reduciría gradualmente durante el período de ajuste, hasta situarse en un déficit del 0,1 % del PIB en 2028. Por tanto, según el plan, el saldo de las administraciones públicas no superaría el valor de referencia (3 % del PIB) al final del período de ajuste (2028). Además, en los diez años siguientes al período de ajuste (es decir, hasta 2038), el déficit público no superaría el 3 % del PIB. Por lo tanto, según los compromisos y las hipótesis macroeconómicas del plan, la senda de gasto neto propuesta en el plan es coherente con el requisito relativo al déficit establecido en el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/1263.

Hipótesis macroeconómicas del plan

(20)

El plan se basa en una serie de hipótesis que difieren de las que la Comisión transmitió a Dinamarca el 21 de junio de 2024. En particular, el plan utiliza diferentes hipótesis para seis variables, a saber, el punto de partida (saldo primario estructural en 2024), el crecimiento del PIB potencial, el crecimiento del deflactor del PIB, el crecimiento del PIB real, el tipo de interés nominal, el multiplicador fiscal, los ajustes stock-flujo y las medidas puntuales. Se ofrece a continuación una evaluación de estas diferencias en las hipótesis. A continuación, se enumeran las diferencias en las hipótesis con la incidencia más significativa en el crecimiento medio del gasto neto, junto con una evaluación de cada diferencia considerada por separado.

El plan presupone que el saldo primario estructural en 2024 es inferior a las hipótesis de la Comisión. Esto contribuye a bajar el techo de gasto, es decir, a que la senda de crecimiento del gasto neto prevista en el plan durante el período de ajuste sea menor que en las hipótesis de la Comisión. Que la hipótesis del plan sea menos favorable puede explicarse por que el plan utiliza un concepto nacional de brechas de producción que difiere de la metodología común e implica una mayor contribución cíclica. Aunque la evaluación nacional de la brecha de producción se desvía conceptualmente de la metodología común, se ve corroborada en cierta medida por otras estimaciones de la rigidez del mercado laboral y de las presiones sobre la capacidad productiva de la economía. Además, las previsiones nacionales de agosto de 2024 se basan en datos más recientes que están en consonancia con las previsiones de otoño de 2024 de la Comisión Europea. Por consiguiente, se considera que esta hipótesis más exigente está debidamente justificada.

El plan presupone que el crecimiento del PIB potencial será mayor que en las hipótesis de la Comisión. Esto contribuye a que, durante el período de ajuste del plan, el crecimiento medio del gasto neto sea superior al de las hipótesis de la Comisión. Que la hipótesis del plan sea más favorable que las hipótesis de la Comisión puede explicarse por que el plan utiliza estimaciones nacionales conceptualmente diferentes de las que se utilizan en la metodología común. El plan se basa en una estimación nacional de una brecha de producción positiva en 2024, mientras que la metodología común indica una brecha de producción negativa. Para lograr el cierre de la brecha de producción, el crecimiento potencial durante el período de ajuste es más elevado en el plan. Las mayores tasas de crecimiento del PIB potencial durante el período de ajuste se ven compensadas por menores tasas de crecimiento del PIB potencial en el extremo inferior del horizonte de previsión. En consecuencia, las estimaciones danesas son más estables que las resultantes del marco de previsión de la deuda pública a medio plazo de la Comisión, mientras que el crecimiento acumulado durante el horizonte de previsión sigue siendo ligeramente inferior a los resultados de dicha metodología. Por consiguiente, de conformidad con las disposiciones transitorias para los primeros planes fiscales-estructurales nacionales a medio plazo establecidas en el artículo 36, apartado 1, letra f), del Reglamento (UE) 2024/1263, esta hipótesis se considera debidamente justificada.

El plan presupone que el crecimiento del deflactor del PIB será menor que en las hipótesis de la Comisión. Esto contribuye a que, durante el período de ajuste del plan, el crecimiento medio del gasto neto sea inferior al de las hipótesis de la Comisión. Que la hipótesis del plan sea más prudente puede explicarse por que el plan utiliza las previsiones nacionales de agosto de 2024 basadas en datos más recientes. Por consiguiente, se considera que esta hipótesis está debidamente justificada.

El plan presupone que los ajustes stock-flujo son, por término medio, mayores que en las hipótesis de la Comisión. Esto contribuye a que el crecimiento medio de la ratio de deuda sea más elevado durante el período de ajuste del plan y, por tanto, a que el crecimiento medio del gasto neto durante el período de ajuste sea menor que en las hipótesis de la Comisión. Que la hipótesis del plan sea más prudente puede explicarse por la capacidad de financiación del sector público a entidades de vivienda social clasificadas fuera del sector público y por el uso de datos más recientes, en consonancia con las previsiones nacionales de agosto de 2024. Por consiguiente, se considera que esta hipótesis está debidamente justificada.

El plan presupone que las medidas puntuales serán mayores que en las hipótesis de la Comisión. Esto contribuye a que, durante el período de ajuste del plan, el crecimiento medio del gasto neto sea superior al de las hipótesis de la Comisión. Que la hipótesis del plan sea más favorable puede explicarse por que el plan utiliza datos de ejecución presupuestaria para la devolución del impuesto sobre la vivienda recaudado en exceso. Por consiguiente, se considera que esta hipótesis está debidamente justificada.

Las diferencias restantes no tienen una incidencia notable en el crecimiento medio del gasto neto en comparación con las hipótesis de la Comisión. En conjunto, contribuyen a que el crecimiento medio del gasto neto contemplado en el plan sea menor que el implícito en la información técnica. En general, todas las diferencias en las hipótesis tomadas conjuntamente devienen en un crecimiento medio del gasto neto en el plan que es menor que el crecimiento medio del gasto neto implícito en la información técnica. Además, en su plan, Dinamarca se compromete a una senda de gasto neto inferior a este techo. La Comisión tendrá en cuenta la evaluación previa de las hipótesis que figuran en el plan en futuras evaluaciones del cumplimiento de la senda de gasto neto.

Estrategia de política fiscal del plan

(21)

Según la estrategia de política fiscal indicativa del plan, los compromisos en materia de gasto neto son coherentes con el aumento del gasto público, en particular la priorización de los servicios públicos orientados a los ciudadanos, que garantiza que la financiación se ajuste en respuesta a los cambios en la composición demográfica, incluido el creciente número de personas mayores. Dinamarca tiene la intención de reforzar sus capacidades de defensa, garantizando que los gastos en defensa y seguridad alcancen al menos el 2 % del PIB. Además, el Gobierno pretende reducir el impuesto sobre la renta de las personas físicas, lo que se traduce en una reducción de los ingresos tributarios, con una introducción gradual de la reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas a partir de 2025. La especificación de las medidas de actuación que deben adoptarse debe confirmarse o ajustarse y cuantificarse en los presupuestos anuales. El presupuesto presentado por el Gobierno en el Parlamento nacional en agosto de 2024 para 2025 especifica las medidas de actuación con las que se cumpliría el compromiso en materia de gasto neto para 2025.

Intenciones del plan relativas a reformas e inversiones que responden a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo y abordan las prioridades comunes de la Unión

(22)

El plan describe los propósitos relativos a reformas e inversiones que responden a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo, especialmente las REP, y a cómo se abordarán en el plan las prioridades comunes de la UE. El plan contempla noventa y una medidas, de las cuales once cuentan con la ayuda del MRR y cinco se financian con cargo a los fondos de la política de cohesión.

(23)

En cuanto a la prioridad común relativa a una transición ecológica y digital justa, incluidos los objetivos climáticos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1119, el plan incluye un conjunto coherente de reformas e inversiones. Más de treinta medidas contribuyen a los objetivos medioambientales. Las medidas de mitigación del cambio climático incluyen una reforma fiscal ecológica de la industria (incluida en el plan de recuperación y resiliencia), un aumento del impuesto sobre el gasóleo y reformas e inversiones destinadas a la captura y almacenamiento de carbono para mejorar el marco regulador y aumentar la adopción de la tecnología (incluidas en el PRR). El plan también incluye medidas sobre la descarbonización del transporte (REP de 2019 sobre el transporte), tanto por carretera como por avión. Las medidas sobre la transición a una economía circular (REP de 2022 y 2023) incluyen un nuevo plan de acción sobre los residuos plásticos, la responsabilidad ampliada del productor por los envases y los plásticos de un solo uso. Las medidas de prevención y control de la contaminación incluyen reformas para aumentar la regulación de los biocidas químicos, los plaguicidas y las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS). Estas se complementan con medidas para abordar las emisiones generadas por la agricultura (REP de 2024 sobre política medioambiental y gestión de recursos). Entre ellas se incluye un acuerdo sobre una Dinamarca verde, con una reforma tributaria para los equivalentes de CO2 en la agricultura, así como inversiones en la conversión de tierras en zonas naturales y mejoras de las prácticas agrícolas (algunas de las cuales están incluidas en el PRR). Junto con el plan marino actualizado, estas medidas contribuyen a la protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas. El plan incluye nueve medidas para apoyar la transición digital (REP de 2020, 2021, 2022 y 2023 sobre el marco presupuestario y la gobernanza fiscal). Estas incluyen una estrategia de digitalización que comprende sesenta y una iniciativas (incluidas en el PRR), inversiones en la digitalización de los servicios públicos y el desarrollo de tecnologías avanzadas para el sector público, el apoyo a la transformación digital de las empresas (algunas incluidas en el PRR y otras apoyadas por los fondos de cohesión) e inversiones para mejorar la cobertura de banda ancha (incluidas en el PRR).

(24)

En cuanto a la prioridad común relativa a la resiliencia social y económica, incluido el pilar europeo de derechos sociales, el plan incluye más de cuarenta iniciativas. Las principales prioridades del plan en este ámbito son el fortalecimiento de las empresas danesas y el empleo. Las medidas de apoyo a las empresas [REP sobre investigación e innovación (I+i) formulada en 2019] incluyen un gran aumento de los fondos de apoyo a las empresas, un paquete de medidas de emprendimiento y reformas para aumentar la deducción fiscal de la I+i (incluidas en el PRR). El plan se centra en gran medida en las políticas de apoyo al empleo, incluida una reforma del impuesto sobre la renta de las personas físicas, varios cambios en el sistema de asistencia, que hacen permanente el derecho a un impulso educativo al 110 % de las prestaciones por desempleo, y reformas para aumentar el acceso a mano de obra internacional. El plan también incluye una serie de iniciativas sobre la igualdad de oportunidades y el acceso al mercado laboral. Las medidas en materia de educación y formación (REP de 2019) incluyen reformas en la escuela primaria y la educación superior e inversiones para mejorar la EFP y el aprendizaje de adultos, especialmente para la transición ecológica (incluida en el PRR) (REP de 2023 sobre capacidades). El plan incluye una serie de iniciativas sobre condiciones laborales justas, por ejemplo reformas para mejorar el entorno de trabajo. El plan incluye asimismo una serie de iniciativas sobre protección e inclusión social, con una reforma de la Ley del Menor para aumentar los derechos de la infancia, la simplificación del sistema de prestaciones por enfermedad y la ampliación permanente de la tarjeta de exención social a partir de 2025. En cuanto a la asistencia sanitaria (REP de 2020), el plan incluye una reforma del sistema sanitario local para distribuir mejor el personal y los recursos sanitarios en Dinamarca, inversiones en psiquiatría, asistencia de urgencia e infraestructuras hospitalarias. Esto se complementa con una reforma del sector de los cuidados de larga duración y la formación del personal para atender a las personas con discapacidad. Las medidas relativas a la vivienda (REP de 2022 y 2023) incluyen una reforma del impuesto sobre la vivienda, que entró en vigor en 2024, e inversiones en vivienda social.

(25)

En cuanto a la prioridad común de la seguridad energética, el plan incluye un conjunto coherente de medidas que responden a las REP sobre energías renovables, infraestructuras y redes energéticas dirigidas a Dinamarca en 2022 y 2023. Las medidas para aumentar la disponibilidad y la adopción de la calefacción ecológica incluyen inversiones para acelerar el despliegue de la calefacción urbana e incentivos para que los hogares cambien la calefacción a gas por la calefacción ecológica (incluidas en el PRR). Con respecto a los combustibles sostenibles y con bajas emisiones de carbono, el plan incluye inversiones para desarrollar una capacidad de electrolizadores de 4-6 GW de aquí a 2030, inversiones en tecnologías Energía-a-X apoyadas por REACT-UE y los fondos de transición justa, y dos PIICE sobre el hidrógeno. Las medidas para aumentar la producción de energías renovables incluyen reformas para acelerar la concesión de permisos a través del Grupo de Trabajo Nacional sobre Crisis Energéticas (incluido en el PRR), así como inversiones para cuadruplicar la producción de energía renovable con base en tierra de aquí a 2030 y para aumentar la producción de energía eólica marina, en particular con dos islas energéticas. Estas se complementan con medidas para reforzar la resiliencia del sistema eléctrico, como la expansión de la red y un marco actualizado para las empresas de redes eléctricas. Las medidas para diversificar las fuentes de suministro, que abarcan la reducción de la dependencia de los combustibles fósiles procedentes de fuera de la Unión, incluyen inversiones para aumentar temporalmente la extracción de gas de los yacimientos daneses en el mar del Norte y aumentar la producción de biogás.

(26)

En lo que respecta a la prioridad común de las capacidades de defensa, el plan incluye un acuerdo marco a diez años para la defensa danesa entre 2024 y 2033, que aumenta el gasto en defensa en 190 000 millones DKK durante el período (lo que corresponde a una media del 0,7 % del PIB de 2023 al año). Además, Dinamarca ha asignado más de 60 000 millones DKK al apoyo militar a Ucrania entre 2023 y 2028. En conjunto, se espera que el gasto anual en defensa supere el 2 % del PIB entre 2023 y el final del período del acuerdo marco.

(27)

El plan proporciona información sobre la coherencia y, en su caso, la complementariedad con los fondos de la política de cohesión y el PRR de Dinamarca. Hay información sobre una serie de medidas del plan que están incluidas en el PRR y que contribuyen a la transición ecológica y digital. El plan también menciona medidas financiadas a través de los Fondos Estructurales y añade cierta información contextual sobre la interacción de los fondos de la política de cohesión con las políticas nacionales que abordan las prioridades comunes de la UE y las REP.

(28)

El plan pretende contribuir a satisfacer las necesidades de inversión pública de Dinamarca en relación con las prioridades comunes de la UE. En lo que se refiere a la transición ecológica y digital justa, las necesidades de inversión de Dinamarca están relacionadas con su compromiso de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 70 % en comparación con los niveles de 1990 de aquí a 2030 y de lograr la neutralidad climática de aquí a 2045. El plan también menciona las necesidades de inversión relacionadas con la inteligencia artificial, las capacidades digitales y la digitalización de las empresas. En cuanto a la resiliencia social y económica, las necesidades de inversión están relacionadas con la evolución demográfica, el aumento del empleo y las capacidades, y la prestación de servicios públicos en materia de bienestar. Las necesidades de inversión relacionadas con la seguridad energética tienen que ver con la eliminación progresiva del gas, la independencia del gas ruso y el marco para nuevas tecnologías como Energía-a-X. En materia de defensa, el plan incluye elevar el gasto en defensa por encima del 2 % del PIB, en consonancia con los compromisos de la OTAN. El cuadro sobre las necesidades de inversión se complementa con una amplia lista de medidas que abordan las prioridades comunes.

Conclusión de la evaluación de la Comisión

(29)

En general, la Comisión considera que el plan de Dinamarca cumple los requisitos del Reglamento (UE) 2024/1263.

CONCLUSIÓN GENERAL DEL CONSEJO

(30)

El Consejo acoge con satisfacción el plan fiscal-estructural a medio plazo de Dinamarca y considera que su plena aplicación permitiría garantizar unas finanzas públicas saneadas y apoyar la sostenibilidad de la deuda pública, así como un crecimiento sostenible e integrador.

(31)

El Consejo toma nota de la evaluación de la Comisión sobre el plan. No obstante, el Consejo invita a la Comisión a que presente su evaluación de los planes futuros en un documento separado de las Recomendaciones de la Comisión de Recomendaciones del Consejo.

(32)

El Consejo toma nota de la evaluación de la Comisión sobre la senda de gasto neto y las principales hipótesis macroeconómicas del plan, también en relación con las orientaciones previas de la Comisión, así como de las implicaciones de la senda de gasto neto del plan para el déficit y la deuda públicos. El Consejo toma nota de la evaluación de la Comisión conforme a la cual las hipótesis macroeconómicas y fiscales, aunque difieren en algunos casos de las hipótesis de la Comisión, en particular para tener en cuenta datos macroeconómicos y fiscales actualizados, están, en general, debidamente justificadas y respaldadas por argumentos económicos sólidos. El Consejo toma nota de la estrategia fiscal general del plan y de los riesgos para las perspectivas, que podrían afectar a la materialización del escenario macroeconómico y las hipótesis subyacentes y a la realización de la senda de gasto neto del plan. En particular, el Consejo acoge con satisfacción que el plan se haya debatido con el Parlamento. El Consejo también observa que los riesgos geopolíticos pueden ejercer presión sobre los gastos de defensa.

(33)

El Consejo espera que Dinamarca esté preparada para ajustar su estrategia fiscal en la medida necesaria para garantizar la realización de su senda de gasto neto. El Consejo está resuelto a seguir de cerca la evolución económica y fiscal, en particular la evolución subyacente al escenario del plan.

(34)

El Consejo considera que está justificado proseguir los debates para acordar una posición común sobre las implicaciones anuales de la supervisión de las tasas de crecimiento acumulado del gasto neto a tiempo para el próximo ciclo de supervisión fiscal.

(35)

El Consejo toma nota de la descripción que ha realizado la Comisión de los propósitos y las necesidades de reformas e inversiones que responden a los principales retos identificados en el contexto del Semestre Europeo, y destaca la importancia de garantizar la realización de dichas reformas e inversiones. Sobre la base de los informes presentados por la Comisión, el Consejo evaluará dichas reformas e inversiones y supervisará su aplicación en el marco del Semestre Europeo.

(36)

El Consejo espera con interés los informes anuales de situación de Dinamarca que contendrán, en particular, información sobre los avances en la aplicación de la senda de gasto neto establecida por el Consejo, y la ejecución de reformas e inversiones más amplias en el contexto del Semestre Europeo.

(37)

De conformidad con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2024/1263, el Consejo debe recomendar a Dinamarca la senda de gasto neto establecida en el plan.

RECOMIENDA que Dinamarca:

1.

Garantice que el crecimiento del gasto neto no supere los máximos establecidos en el anexo I de la presente Recomendación.

Hecho en Bruselas, el 21 de enero de 2025.

Por el Consejo

El Presidente

A. DOMAŃSKI


(1)  Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2024, relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo (DO L, 2024/1263, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1263/oj).

(2)  Reglamento (UE) 2024/1264 del Consejo, de 29 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1467/97, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (DO L, 2024/1264, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1264/oj).

(3)  Directiva (UE) 2024/1265 del Consejo, de 29 de abril de 2024, por la que se modifica la Directiva 2011/85/UE sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros (DO L, 2024/1265, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2024/1265/oj).

(4)  Gasto neto en el sentido del artículo 2 del Reglamento (UE) 2024/1263, es decir, el gasto público, neto de i) los gastos en concepto de intereses, ii) las medidas discrecionales relativas a los ingresos, iii) los gastos en programas de la Unión compensados íntegramente con los ingresos procedentes de los fondos de la Unión, iv) el gasto nacional en cofinanciación de programas financiados por la Unión, v) los elementos cíclicos del gasto en prestaciones de desempleo y vi) las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal.

(5)  Las orientaciones previas transmitidas a los Estados miembros y al Comité Económico y Financiero incluyen información técnica i) con y sin ampliación del período de ajuste (duración de cuatro y siete años, respectivamente) y ii) con y sin salvaguardia de resiliencia del déficit. También incluye las principales condiciones iniciales y las hipótesis subyacentes que utiliza la Comisión en el marco de su previsión de deuda pública a medio plazo. La trayectoria de referencia se calculó partiendo de la metodología descrita en el informe «Debt Sustainability Monitor» [Supervisión de la sostenibilidad de la deuda] de 2023 de la Comisión (https://economy-finance.ec.europa.eu/publications/debt-sustainability-monitor-2023_en?prefLang=es). Además, se basa en las previsiones económicas de primavera de 2024 de la Comisión Europea y su ampliación a medio plazo hasta 2033 y, por otro lado, el crecimiento del PIB y los costes del envejecimiento a largo plazo están en consonancia con el «Informe conjunto de la Comisión y el Consejo sobre el envejecimiento de 2024» (https://economy-finance.ec.europa.eu/publications/2024-ageing-report-economic-and-budgetary-projections-eu-member-states-2022-2070_en?prefLang=es).

(6)   https://economy-finance.ec.europa.eu/economic-and-fiscal-governance/national-medium-term-fiscal-structural-plans_en?prefLang=es#denmark.

(7)  La salvaguardia de resiliencia del déficit establecida en el artículo 8 del Reglamento (UE) 2024/1263 establece que la mejora anual del saldo primario estructural debe ser de 0,4 puntos porcentuales del PIB (o 0,25 puntos porcentuales del PIB en caso de ampliación del período de ajuste) hasta que el déficit estructural sea inferior al 1,5 % del PIB.

(8)  Recomendación del Consejo, de 21 de octubre de 2024, relativa a las políticas económicas, presupuestarias, de empleo y estructurales de Dinamarca.

(9)  El aumento de la tasa de desempleo en 2024 se debe principalmente a un cambio en la metodología de la encuesta de población activa.

(10)  Esta cifra corresponde al saldo primario estructural calculado siguiendo la metodología común. El saldo primario estructural notificado por Dinamarca en el plan no es directamente comparable a la información técnica, ya que se basa en diferentes hipótesis técnicas y conceptuales, como se explica en el recuadro 2.2 del plan.

(11)  En el escenario sin la salvaguardia de resiliencia del déficit.


ANEXO I

Tasas máximas de crecimiento del gasto neto

(tasas de crecimiento anual y acumulado, en términos nominales)

Dinamarca

Años

2025

2026

2027

2028

Tasas de crecimiento (%)

Anual

5,0

5,7

3,8

2,9

Acumulado (*1)

12,6

18,9

23,5

27,1


(*1)  Las tasas de crecimiento acumulado se calculan por referencia al año de base 2023. Las tasas de crecimiento acumulado se utilizan en el seguimiento anual del cumplimiento ex posten la cuenta de control.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/654/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)