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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2024/7446 |
13.12.2024 |
Conclusiones del Consejo sobre la mejora y el fomento del acceso a la cultura
(C/2024/7446)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
RECONOCIENDO:
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1. |
Que el acceso a la cultura es un derecho humano fundamental de conformidad con el artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que se establece que toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural; que los derechos relacionados con el patrimonio cultural son inherentes al derecho a tomar parte en la vida cultural; y que los niños tienen derecho a participar plenamente en la vida cultural y en las artes de conformidad con el artículo 31 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. |
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2. |
El Pacto para el Futuro (1) de las Naciones Unidas, que reafirma que los derechos culturales son derechos humanos y reconoce el papel de la cultura en el fomento de la cohesión social y el desarrollo sostenible. |
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3. |
La necesidad de velar por la igualdad de acceso y la participación de todas las personas en la cultura, de conformidad con el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea y los artículos 21 y 22 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. |
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4. |
La Declaración de MONDIACULT de 2022, de la UNESCO, que hace hincapié en la importancia de apoyar el acceso inclusivo a la cultura y la participación en la vida cultural; la Carta de Porto Santo de 2021 (2), que aboga por la eliminación de las barreras al acceso a la cultura y promueve la inclusividad y la diversidad en la participación cultural; la Declaración de Cáceres (3) de 2023, en la que se afirma que la cultura debe considerarse un bien público mundial esencial y situarse al más alto nivel político. |
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5. |
El derecho de las personas con discapacidad a participar en igualdad de condiciones en la vida cultural, de conformidad con el artículo 30 de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y con la Estrategia de la Comisión Europea sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para 2021-2030, la utilidad especial de la Tarjeta Europea de Discapacidad y el Premio Ciudad Accesible, que facilitan el acceso de las personas con discapacidad a prestaciones y servicios en el ámbito de la cultura. |
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6. |
La invitación a la Comisión y al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, tal como se establece en el Plan de Trabajo de la UE en materia de Cultura para el período 2023-2026 (4), a considerar la posibilidad de proponer un marco estratégico de la UE para la cultura que refleje los principios rectores establecidos en el anexo I del Plan de Trabajo y tenga por objeto integrar estratégicamente la perspectiva de la política cultural y los activos de la cultura en todas las políticas, los programas y las iniciativas pertinentes de la UE. |
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7. |
El reconocimiento creciente de la importancia de participar en la cultura para la salud y el bienestar de las personas, la cohesión territorial y social y el fortalecimiento de la democracia, como se pone de relieve en el ámbito prioritario del Plan de Trabajo de la UE en materia de Cultura para el período 2023-2026 «Cultura para las personas: refuerzo de la participación cultural y del papel de la cultura en la sociedad» y como demuestran los resultados del informe de la Comisión Europea titulado Culture and democracy, the evidence [Cultura y democracia: los datos] y el proyecto financiado por la UE CultureForHealth (5). |
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8. |
Las iniciativas (6) de la Unión Europea y sus Estados miembros en las últimas décadas para facilitar el acceso a actividades culturales y la participación en ellas, así como para sensibilizar al respecto. |
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9. |
El hecho de que la Directiva Europea de Accesibilidad establece requisitos de accesibilidad que son pertinentes en el ámbito de la cultura; la Directiva sobre accesibilidad de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles de organismos del sector público; la Directiva y el Reglamento por los que se aplica el Tratado de Marrakech sobre el acceso al texto impreso para las personas con discapacidad visual; la modificación de la Directiva del impuesto sobre el valor añadido (IVA), que permite aplicar el mismo tipo del IVA al suministro de publicaciones electrónicas y publicaciones impresas, incluidas las prestadas por bibliotecas. |
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10. |
La Recomendación (7) del Comité de Ministros del Consejo de Europa adoptada en 2022, que hace hincapié en el papel esencial de las instituciones culturales públicas para la divulgación al público en general, en particular a la juventud, y para aumentar la participación en la cultura y las actividades culturales, independientemente de los niveles de renta y educación. La Recomendación también destaca la necesidad de reconocer la contribución de la cultura a una sociedad democrática y la importancia de la cultura, el patrimonio cultural y el paisaje para las tres dimensiones de los objetivos de desarrollo sostenible en términos de desarrollo económico, social y medioambiental de las sociedades, así como su papel esencial en la economía creativa y el atractivo de los territorios. |
RECONOCIENDO:
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11. |
El valor intrínseco de la cultura como base de la creatividad y la expresión personal, para apoyar la salud mental y el bienestar, y para mejorar la calidad de vida. La cultura también contribuye al desarrollo local y regional, la innovación, el emprendimiento productivo y el progreso económico al ayudar a las personas a adquirir competencias clave, apoyar el intercambio de conocimientos, fomentar la confianza en sí mismas y el empoderamiento en su incorporación o reincorporación al mercado laboral y equiparlas para el aprendizaje permanente. |
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12. |
La importancia de un enfoque holístico de la cultura y la participación cultural, que tiene por objeto incorporar a estos conceptos el aspecto de la participación ciudadana. Esto es fundamental para alcanzar objetivos sociales como el refuerzo de la cohesión social y la democracia. |
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13. |
Que el acceso a la cultura puede verse dificultado por diversos obstáculos, como limitaciones físicas y limitaciones financieras personales; obstáculos psicológicos; barreras sensoriales, cognitivas y culturales; estereotipos y todas las formas de discriminación, como por razón de género, entre otras; impedimentos tecnológicos; falta de accesibilidad en entornos físicos y virtuales a la información, la comunicación, y a productos y servicios; así como falta de tiempo y desinterés. |
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14. |
Que el acceso a la cultura está estrechamente relacionado con los niveles de educación, las oportunidades financieras, la inclusión, la accesibilidad, las circunstancias geográficas y las condiciones de salud, y que es necesario prestar atención para superar estos obstáculos y reducir las desigualdades sociales. |
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15. |
La importancia de las actividades culturales basadas en las necesidades y los intereses de las comunidades regionales y locales. |
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16. |
Que, mediante el desarrollo de tecnologías inclusivas y accesibles —en aplicación del enfoque del «diseño universal»—, la adquisición de competencias digitales, la alfabetización mediática y la digitalización del patrimonio cultural desempeñan un papel crucial en la protección y conservación de los valores culturales, así como en la facilitación de un acceso sin obstáculos, innovador, rápido y asequible a esos valores y, al mismo tiempo, animan a las personas a ser creativas e innovadoras (por ejemplo, a través de las redes sociales). |
ACOGE CON SATISFACCIÓN:
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17. |
El apoyo a la participación cultural, el aprendizaje y la movilidad mediante diversas acciones de los programas Europa Creativa, Erasmus+ y del Cuerpo Europeo de Solidaridad. |
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18. |
La iniciativa Centro del Patrimonio Europeo, cuyo objetivo es aumentar la participación ciudadana en el patrimonio cultural. |
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19. |
El hecho de que Eurostat haya actualizado recientemente las estadísticas culturales sobre participación en la cultura. |
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20. |
Sin ánimo de anticipar los debates sobre el periodo posterior a 2030, la campaña internacional #culture2030goal, cuyo objetivo es integrar un objetivo específico sobre la cultura en los Objetivos de Desarrollo Sostenible en la Agenda posterior a 2030. |
INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS, A LOS NIVELES ADECUADOS, A:
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21. |
Salvaguardar y promover el acceso libre e igualitario a la cultura en todos los niveles y sin injerencias ni obstáculos injustificados —dentro del respeto a la diversidad cultural, el multilingüismo y los derechos de propiedad intelectual e intelectual, por ejemplo mediante programas e iniciativas de intercambio y movilidad— para aumentar la alfabetización mediática y reforzar los vínculos entre la cultura, la innovación y la sostenibilidad. |
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22. |
Seguir ofreciendo oportunidades de participación en actividades culturales, también por medios digitales, que amplíen el acceso a nuevos públicos, como las personas jóvenes y, más en general, a personas que encuentran obstáculos para acceder a la cultura, y de esa forma fomentar la inclusión y un sentimiento de pertenencia a la sociedad. |
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23. |
Mantener el diálogo con los sectores cultural y creativo sobre la importancia del desarrollo de audiencias y la divulgación, horarios de apertura de las instituciones culturales bien estudiados y adecuados y fechas para los actos culturales que tengan en cuenta las necesidades del público. |
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24. |
Considerar la posibilidad de incorporar actividades culturales y el patrimonio cultural en la ejecución y aplicación de agendas políticas de otros ámbitos, por ejemplo el desarrollo regional y local, la innovación, la regeneración urbana, la integración comunitaria, la salud, el bienestar y la asistencia social, con diversos enfoques, tales como aprovechar el potencial de la cultura en relación con la salud mental y promover, por ejemplo, proyectos para consumir cultura por prescripción médica. |
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25. |
Estudiar la posibilidad de colaborar con otros sectores para integrar aspectos de la participación cultural en la toma de decisiones políticas, la elaboración de estrategias y los sistemas de financiación en ámbitos distintos de la política cultural, y de seguir desarrollando medidas centradas en la participación significativa y equitativa de todas las personas que se enfrentan a obstáculos para acceder a la cultura. |
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26. |
Analizar la adopción de medidas adecuadas en el ámbito cultural para eliminar las desigualdades en la accesibilidad a la cultura, los sitios culturales y los monumentos, prestando especial atención a las personas con discapacidad y con necesidades especiales, por ejemplo a través de mediadores culturales. |
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27. |
Considerar la posibilidad de apoyar a las instituciones culturales que ofrecen oportunidades de empleo las personas con discapacidad, por ejemplo artistas, y estudiar la manera de promover su visibilidad para reducir la brecha en el empleo entre las personas con y sin discapacidad. |
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28. |
Promover la integración social de todas las personas que se enfrentan a obstáculos en términos de acceso a la cultura estudiando la forma de elaborar marcos de actuación y estrategias a corto y largo plazo, y crear las condiciones necesarias con medidas e incentivos que eliminen los obstáculos para la participación, ya sean administrativos, financieros, lingüísticos, socioeconómicos o de otro tipo. |
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29. |
Analizar, cuando proceda, el desarrollo de estrategias de acceso informadas y bien planificadas a los sitios y monumentos del patrimonio cultural, tales como soluciones de gestión que equilibren una mejor accesibilidad para todas las personas visitantes con el respeto del carácter único, la integridad y la autenticidad del patrimonio cultural local. |
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30. |
Contemplar la posibilidad de apoyar y estimular a las organizaciones culturales locales de base en lugares que sean remotos, pequeños o que estén en riesgo de despoblación, con miras a promover programas culturales iniciados desde las bases e inclusivos, iniciativas culturales locales y estructuras cooperativas. |
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31. |
Estudiar formas de sensibilizar sobre los desafíos para las personas que se enfrentan a obstáculos en el acceso a la cultura. |
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32. |
Considerar la posibilidad de apoyar, cuando proceda, la educación formal, informal y no formal que fomente la movilización en favor de la cultura. El objetivo es alimentar el interés cultural y el talento, despertar la curiosidad de las personas jóvenes por la cultura y mejorar sus capacidades de emprendimiento a fin de estimular el desarrollo de las capacidades creativas necesarias para proyectar un futuro mejor para la sociedad. |
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33. |
Facilitar y alentar la creación de asociaciones sostenibles entre escuelas, artistas y organizaciones culturales, garantizando al mismo tiempo que estas actividades sean inclusivas y accesibles para niños, estudiantes y jóvenes con menos oportunidades, en particular con discapacidad, y apoyar el aprendizaje permanente y el acceso a la educación artística formal e informal y a prácticas culturales. |
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34. |
Considerar la posibilidad de crear formatos innovadores y de fácil acceso adaptados a la juventud para promover su participación en la vida cultural. |
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35. |
Cuando proceda, estudiar la posibilidad de revisar las políticas culturales y los mecanismos de financiación para fomentar el apoyo a una amplia gama de organizaciones culturales inclusivas y participativas, incluidas las comunidades de base, teniendo debidamente en cuenta la libertad artística. |
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36. |
Poner empeño en mitigar los obstáculos financieros a la participación y trabajar en el ámbito cultural promoviendo incentivos a fin de garantizar que la cultura sea accesible, así como crear condiciones de trabajo que atiendan las necesidades específicas de los profesionales de la cultura y los artistas (8). |
INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN EUROPEA, RESPETANDO EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD, DENTRO DE SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA Y A LOS NIVELES ADECUADOS, A:
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37. |
Considerar la elaboración de planes de derechos culturales como una herramienta para esbozar las acciones previstas en el ámbito de los derechos culturales, integrando en ellos el análisis de la situación, la determinación de los objetivos específicos que deben alcanzarse y medidas concretas para su aplicación. |
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38. |
Seguir promoviendo el establecimiento de colaboraciones y asociaciones intersectoriales a largo plazo entre los agentes de los sectores cultural y creativo y, por ejemplo, instituciones educativas, sociales, sanitarias y judiciales, así como organizaciones de la sociedad civil a escala local, regional, nacional e internacional. |
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39. |
Seguir promoviendo el desarrollo de las capacidades digitales de organizaciones y profesionales de los sectores cultural y creativo, al tiempo que se fomentan la expresión personal y el bienestar digital y se evita la brecha digital. |
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40. |
Mantener un diálogo periódico con las organizaciones culturales, que incluya a las organizaciones que representan a las personas con discapacidad, la sociedad civil y el público en general, sobre la igualdad de acceso a la cultura, en el que se preste especial atención a la digitalización y se respete la diversidad cultural y lingüística, así como a la adaptación de los servicios existentes y el desarrollo de nuevos servicios a las distintas formas de discapacidad y dificultad. |
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41. |
Fomentar la investigación destinada a una evaluación desglosada, basada en datos y basada en pruebas, de las necesidades y los hábitos culturales de las personas que se enfrentan a obstáculos para acceder a la cultura; impartir formación adicional a las personas profesionales de la cultura que trabajan en ámbitos conexos. |
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42. |
Considerar la posibilidad de seguir examinando los factores que obstaculizan el acceso a la cultura, centrándose en las zonas rurales y remotas o en riesgo de despoblación, los problemas sociales y económicos, la discapacidad, las condiciones de salud, la privación de libertad, el género, la edad y el nivel educativo. Esto puede incluir el examen de diferentes niveles y ámbitos de acceso, así como de los obstáculos tanto estructurales como físicos, lingüísticos y psicológicos. |
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43. |
Estudiar, en colaboración con el grupo de Eurostat de expertos de los Estados miembros en estadísticas culturales, la manera de mejorar la medición actual de la participación cultural. La finalidad es proporcionar estadísticas más frecuentes y específicas sobre la cultura, así como analizar la relación entre la cultura y las cuestiones de salud, sociales y financieras, prestando una atención especial a las desigualdades socioeconómicas. |
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44. |
Adoptar nuevas medidas para promover el patrimonio cultural de los Estados miembros y ofrecer información al respecto en Europeana utilizando agregadores nacionales; seguir desarrollando el espacio común europeo de datos sobre el patrimonio cultural a fin de permitir el intercambio de tales datos a través de las fronteras nacionales y, de este modo, facilitar un acceso más amplio al patrimonio europeo y su reutilización. |
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45. |
Considerar la posibilidad de incluir como objetivo la participación en la cultura y la mejora de las infraestructuras culturales en futuras ediciones actualizadas de los planes nacionales de recuperación y resiliencia. |
INVITA A LA COMISIÓN EUROPEA A:
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46. |
Fomentar la creación de redes de profesionales que organizan actos y actividades culturales para las personas que se enfrentan a obstáculos para acceder a la cultura. A este respecto, debe dedicarse especial atención a la población de las zonas de extrarradio, postindustriales, rurales y periféricas, las regiones ultraperiféricas y las zonas en riesgo de despoblación o exclusión social. |
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47. |
Aprovechar las posibilidades existentes de recopilar, organizar y mostrar de manera que se pueda consultar las buenas prácticas de los Estados miembros para facilitar el acceso a la cultura a las personas que se enfrentan a obstáculos. |
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48. |
Seguir dando prioridad a la participación cultural y facilitar el acceso a la cultura en su trabajo actual y futuro, por ejemplo a través del programa Europa Creativa vigente (2021-2027). |
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49. |
Estudiar la posibilidad de incluir los aspectos culturales en el seguimiento que realiza la iniciativa AccessibleEU (9) en los Estados miembros, con atención particular a la accesibilidad de la cultura. |
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50. |
Fomentar la investigación sobre la diversidad social de los sectores cultural y creativo en la UE y su influencia en la participación cultural. |
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51. |
Estudiar la posibilidad de realizar una encuesta Eurobarómetro para evaluar las actitudes y opiniones de la población de la Unión Europea en relación con la participación en actividades culturales y el acceso a la cultura, con especial atención a las acciones culturales formales e informales, así como a los no usuarios, y el papel potencial de la cultura en la mejora de la calidad de vida de las personas. |
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52. |
Estudiar si el acceso con descuento a las instituciones culturales y a los contenidos culturales en la Unión Europea podría vincularse al carné europeo de estudiante. |
(1) El Pacto para el Futuro de las Naciones Unidas se adoptó en la Cumbre del Futuro de las Naciones Unidas (Nueva York, 22 y 23 de septiembre de 2024).
(2) La Carta de Porto Santo se adoptó en la Conferencia celebrada los días 27 y 28 de abril de 2021, bajo la Presidencia portuguesa del Consejo de la Unión Europea.
(3) Declaración de Cáceres de ministros de Cultura de la UE, 25 y 26 de septiembre de 2023, bajo la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea.
(4) Resolución del Consejo 2022/C 466/01.
(5) https://www.cultureforhealth.eu/.
(6) Entre estas iniciativas figuran el Premio Ciudad Accesible de la UE, el Sello de Patrimonio Europeo, el Día de los Autores Europeos, la iniciativa «La Cultura Mueve Europa», la iniciativa Capitales Europeas de la Cultura, los premios culturales de la UE y, de manera más general, proyectos financiados en el marco de los programas Europa Creativa y Horizonte Europa.
(7) Recomendación del Comité de Ministros a los Estados miembros sobre el papel de la cultura, el patrimonio cultural y el paisaje para contribuir a hacer frente a los desafíos mundiales https://search.coe.int/cm?i=0900001680a67952.
(8) Marco de la Unión para la situación social y profesional de los artistas y trabajadores de los sectores cultural y creativo https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2023-0405_ES.html.
(9) https://accessible-eu-centre.ec.europa.eu/index_en#:~:text=About%20AccessibleEU,-AccessibleEU%20is%20one&text=It%20is%20a%20resource%20Centre,on%20equal%20basis%20with%20others.
ANEXO
DEFINICIONES:
A los efectos de las presentes Conclusiones, se entenderá por:
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«Acceso a la cultura»: la capacidad de todas las personas, independientemente de su origen, capacidad o circunstancias, de participar plenamente en actividades y experiencias culturales. |
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La «participación cultural» incluye una variedad de actividades culturales activas y pasivas, como ir al cine y la biblioteca, asistir a espectáculos en directo, visitar lugares de interés cultural (monumentos históricos, museos, galerías de arte o yacimientos arqueológicos) o practicar actividades artísticas y crear contenidos. |
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El «Premio Ciudad Accesible» fue creado por la Comisión Europea en 2011 para recompensar a las ciudades que han dado prioridad a la accesibilidad para las personas con discapacidad. El concurso concede un premio en metálico a las ciudades que abordan la accesibilidad desde un planteamiento global. Los principales ámbitos del premio son los siguientes: 1) el entorno construido y los espacios públicos, 2) el transporte y las infraestructuras conexas, 3) la información y la comunicación, incluidas las nuevas tecnologías, y 4) las instalaciones y servicios públicos. |
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La «economía creativa» (también conocida como «economía naranja») es un concepto evolutivo basado en la aportación y el potencial de los activos creativos para contribuir al crecimiento y el desarrollo económicos. Abarca aspectos económicos, culturales y sociales que interactúan con los objetivos en materia de tecnología, propiedad intelectual y turismo. |
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«Cultura por prescripción médica» o «prescripción social basada en la cultura» remite a la práctica en la que los profesionales sanitarios recomiendan actividades culturales, como visitas a museos, teatro, clases de danza o proyectos artísticos comunitarios para mejorar la salud mental y física de los pacientes. Este planteamiento tiene por objeto reducir el estrés, reforzar las conexiones sociales y mejorar el bienestar general. |
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El planteamiento de «diseño universal» es una filosofía de diseño cuyo objetivo es crear productos, servicios y entornos que sean accesibles y utilizables por el mayor número posible de personas. |
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Los «mediadores culturales» son profesionales que facilitan el acceso de un mayor número de personas a obras y producciones culturales de manera informal e individualizada. Ello incluye la eliminación de posibles obstáculos y la adaptación de la mediación a las personas con discapacidad y otras necesidades especiales. La mediación cultural es el proceso de ayudar a las personas a comprender plenamente las artes por medio de la implicación y la participación. |
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El «plan de derechos culturales» es un marco concebido para llevar a cabo actuaciones en el ámbito de los derechos culturales. En él se esbozan las iniciativas que deben emprenderse, se incluye una evaluación de la situación presente, se determinan los objetivos específicos que deben alcanzarse y se detallan las medidas específicas necesarias para garantizar el cumplimiento de dichos objetivos. |
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Los «agregadores» colaboran con las instituciones responsables del patrimonio cultural para que se pueda acceder a los datos de dichas instituciones por medio de Europeana y otras plataformas digitales de los Estados miembros y para que los puedan compartir a través del espacio de datos para el patrimonio cultural (https//pro.europeana.eu/page/aggregators). |
REFERENCIAS:
Tratados de la UE
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Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2012/C 326/02). |
Consejo de la Unión Europea
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Conclusiones del Consejo sobre la promoción del acceso a la cultura a través de los medios digitales, con un planteamiento centrado en el objetivo de llegar a un público más amplio (2017/C 425/03). |
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Conclusiones del Consejo sobre la recuperación, la resiliencia y la sostenibilidad de los sectores cultural y creativo (2021/C 209/03). |
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Conclusiones del Consejo sobre el fortalecimiento de los sectores culturales y creativos a través del desarrollo de audiencias basado en datos (C/2024/3542). |
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Conclusiones del Consejo sobre el patrimonio cultural como recurso estratégico para una Europa sostenible (2014/C 183/08). |
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Conclusiones del Consejo sobre la gobernanza participativa del patrimonio cultural (2014/C 463/01). |
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Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347 de 11.12.2006, p. 1). |
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Directiva del Consejo, de 6 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo relativo a los tipos del impuesto sobre el valor añadido aplicados a los libros, los periódicos y las revistas (DO L 286 de 14.11.2018, p. 20). |
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Resolución del Consejo sobre el Plan de Trabajo de la UE en materia de Cultura para el período 2023-2026 (2022/C 466/01). |
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Resolución del Consejo de 6 de mayo de 2003 sobre la accesibilidad de las infraestructuras y las actividades culturales para las personas con discapacidad (2003/C 134/05). |
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Informe del grupo de expertos del método abierto de coordinación: From social inclusion to social cohesion – the role of culture policy [De la inclusión social a la cohesión social: el papel de la política cultural], 2019. |
Comisión Europea
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Directrices políticas de la Plataforma de la Sociedad Civil sobre el Acceso a la Cultura. |
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Recomendación de la Comisión relativa a un espacio común europeo de datos para el patrimonio cultural (C/2021/7953 final). |
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Recomendación de la Comisión sobre la digitalización y accesibilidad en línea del material cultural y la conservación digital (2011/711/UE). |
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Una Nueva Agenda europea para la cultura [COM(2018) 267 final]. |
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — «Una Unión de la Igualdad: Estrategia sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para 2021-2030» [COM(2021) 101 final]. |
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — «Reforzar la identidad europea mediante la Educación y la Cultura» [COM(2017) 673 final]. |
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Estadística de Eurostat sobre la cultura. |
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Informe de la Comisión Europea: Culture and Democracy, the evidence. How citizens’ participation in cultural activities enhances civic engagement, democracy and social cohesion: lessons from international research [Cultura y democracia, los datos: la importancia de la participación en actividades culturales para el compromiso cívico, la democracia y la cohesión social: enseñanzas de la investigación internacional], 2023. |
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Marco Europeo de Actuación sobre el Patrimonio Cultural, documento de trabajo de los servicios de la Comisión, 2019. |
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Informe Policies and good practices in the public arts and cultural institutions to promote better access to and wider participation in culture [Políticas y buenas prácticas desarrolladas por las instituciones artísticas y culturales públicas para fomentar un mejor acceso a la cultura y una participación más amplia en la misma], 2012. |
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Study on auditing development — How to put audience at the centre of cultural organisations [Estudio sobre ampliación de la audiencia: Cómo situar a las audiencias en el centro de las organizaciones culturales], 2017. |
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Informe de reflexión de la plataforma Voices of Culture: Social inclusion: partnering with other sectors [Inclusión social: asociación con otros sectores], octubre de 2018. |
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Informe de la plataforma Voices of Culture: The role of culture in non-urban areas of the European Union [El papel de la cultura en las zonas no urbanas de la Unión Europea], 2020. |
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Taller para expertos de los Estados miembros de la UE sobre cultura para la cohesión social, 2020. |
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Informe de la plataforma Voices of Culture Youth, Mental health and Culture [Juventud, salud mental y cultura], 2023. |
Parlamento Europeo y Consejo
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Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público (DO L 327 de 2.12.2016, p. 1). |
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— |
Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios (DO L 151 de 7.6.2019, p. 70). |
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— |
Directiva (UE) 2017/1564 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 13 de septiembre de 2017, sobre ciertos usos permitidos de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en favor de personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a textos impresos, y por la que se modifica la Directiva 2001/29/CE relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO L 242 de 20.9.2017, p. 6). |
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— |
Reglamento (UE) 2017/1563 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2017, sobre el intercambio transfronterizo entre la Unión y terceros países de ejemplares en formato accesible de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor y derechos afines en favor de personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder a textos impresos (DO L 242 de 20.9.2017, p. 1). |
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— |
Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE (DO L 130 de 17.5.2019, p. 92). |
Parlamento Europeo
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Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de diciembre de 2022, sobre la igualdad de derechos para las personas con discapacidad [2022/2026(INI)]. |
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de junio de 2018, sobre los obstáculos estructurales y financieros en el acceso a la cultura [2017/2255(INI)]. |
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Resolución del Parlamento Europeo, de 8 de marzo de 2022, sobre el papel de la cultura, la educación, los medios de comunicación y el deporte en la lucha contra el racismo [2021/2057(INI)]. |
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Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 2022, sobre la aplicación de la Nueva Agenda Europea para la Cultura y de la Estrategia de la Unión Europea para las relaciones culturales internacionales [2022/2047(INI)]. |
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Análisis en profundidad del Parlamento Europeo: Access to Culture in the European Union [Acceso a la cultura en la Unión Europea], julio de 2017. |
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Informe sobre los obstáculos estructurales y financieros en el acceso a la cultura [2017/2255(INI)]. |
Comité Económico y Social Europeo
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Dictamen titulado «La contribución de las zonas rurales de Europa al Año Europeo del Patrimonio Cultural 2018 para garantizar la sostenibilidad y la cohesión entre zonas urbanas y rurales» (EESC 2018/01641). |
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— |
Dictamen titulado «Garantizar la igualdad de oportunidades y la inclusión social en el acceso a la cultura y al aprendizaje permanente y el papel de las instituciones culturales públicas en este proceso» (SOC/809-EESC-2024). |
Comité Europeo de las Regiones
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Dictamen titulado «Promoción de políticas culturales en las zonas rurales en el marco de las estrategias de desarrollo y cohesión territorial y de la Agenda 2030» (C/2024/1040). |
Naciones Unidas
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Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada en 2006. |
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— |
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966. |
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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966. |
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— |
Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, 1989. |
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— |
Informe de la UNCTAD sobre el comercio y el desarrollo 2023: https://unctad.org/system/files/official-document/tdr2023_es.pdf. |
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Pacto para el Futuro de las Naciones Unidas, 2024. |
UNESCO:
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Conferencia Mundial de la Unesco sobre las Políticas Culturales y el Desarrollo Sostenible — MONDIACULT 2022: https://www.unesco.org/es/articles/conferencia-mundial-de-la-unesco-sobre-las-politicas-culturales-y-el-desarrollo-sostenible. |
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Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales de la Unesco de 2005. |
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Marco de la Unesco para la Educación Cultural y Artística. 2024. |
Otros documentos
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Declaración de Cáceres de ministros de Cultura de la UE, 25 y 26 de septiembre de 2023, bajo la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea. |
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ESSnet Culture, informe final de la Red del Sistema Estadístico Europeo sobre Cultura, 2012: https://ec.europa.eu/assets/eac/culture/library/reports/ess-net-report_en.pdf. |
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Estadísticas comunitarias sobre la renta y las condiciones de vida https://ec.europa.eu/eurostat/web/income-and-living-conditions/information-data. |
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Carta de Porto Santo, 25 de abril de 2021, https://portosantocharter.eu/the-charter. |
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Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre el papel de la cultura, el patrimonio cultural y el paisaje para contribuir a hacer frente a los desafíos mundiales (CM/Rec (2022) 15). |
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Culture’s contribution to health and well-being [La contribución de la cultura a la salud y el bienestar], informe de CultureForHealth, 2023. |
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Arts and Health: supporting the mental well-being of forcibly displaced people [Artes y salud: apoyo al bienestar mental de los desplazados forzosos], Organización Mundial de la Salud y CultureForHealth, 2022. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/7446/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)