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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2024/6877 |
28.11.2024 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo
Recalibrar el Pacto Verde para que sea adecuado a su finalidad
(Dictamen de iniciativa)
(C/2024/6877)
Ponente:
Alena MASTANTUONO|
Asesor |
Petr ZAHRADNÍK (por la ponente) |
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Decisión de la Asamblea |
15.2.2024 |
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Base jurídica |
Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
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Sección competente |
Mercado Único, Producción y Consumo |
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Aprobado en sección |
5.9.2024 |
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Aprobado en el pleno |
19.9.2024 |
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Pleno n.o |
590 |
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Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
173/9/10 |
1. Conclusiones y recomendaciones
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1.1. |
El Comité Económico y Social Europeo (CESE) apoya plenamente el Pacto Verde. Aunque el objetivo de este acuerdo europeo sigue siendo sólido, su alcance, velocidad y estructura han evolucionado con el tiempo. Ha de evaluarse para responder a las perturbaciones exógenas, a la situación geopolítica, a la evolución tecnológica, social y económica y a los avances logrados hasta la fecha, sin perder de vista los objetivos iniciales. La primera recalibración del Pacto Verde se produjo como consecuencia de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, que puso de manifiesto la necesidad de garantizar la seguridad del suministro energético, lo que demuestra que el Pacto Verde debe revisarse para equilibrar los aspectos medioambientales, económicos, sociales y de seguridad, incluida la seguridad del suministro de alimentos. |
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1.2. |
El éxito del Pacto Verde reside en su diseño realista, su correcta aplicación, su trazado exhaustivo, su seguimiento y su evaluación periódica. Hasta ahora, el seguimiento y la evaluación de las medidas no han sido sistemáticos ni regulares. No se ha hecho una presentación pública detallada de las obligaciones, medidas o derechos derivados de la legislación del Pacto Verde, ni de la interrelación entre los diferentes objetivos específicos de cada sector y en función de la tecnología. Esto afecta a la comprensión de las normas, tanto en términos de cumplimiento como de supervisión. El CESE pide a la Comisión Europea que elabore un inventario de las medidas adoptadas en el marco del Pacto Verde para evitar solapamientos, conflictos y cargas acumuladas, y que haga público en internet un cuadro de indicadores en el que quede constancia de los avances realizados en cada Estado miembro. |
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1.3. |
El CESE subraya que, además de un inventario más detallado de las medidas, también es necesario un seguimiento eficaz de su aplicación. Además de la responsabilidad de supervisión de la Comisión Europea, el CESE debe disponer de las competencias y los recursos necesarios para actuar como observador independiente de la aplicación del Pacto Verde. Como sede de la sociedad civil, dispone de la capacidad de retratar con base en los hechos los avances logrados en los diferentes pilares del Pacto Verde e indicar las causas de las deficiencias o, al contrario, las posibles oportunidades para seguir progresando. |
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1.4. |
La ciudadanía de la UE percibe la urgencia de la acción por el clima, lo que convierte en fundamental la noción de que quien causa daños y contamina debe pagar lo que corresponda de forma equitativa y justa. El CESE sostiene que es necesario incluir entre las prioridades de la próxima agenda política de la UE una transición justa acompañada de un marco sólido que permita fomentar una economía neutra en carbono, sin comprometer aún más las oportunidades socioeconómicas de las personas y regiones vulnerables. |
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1.5. |
El CESE señala que el continente europeo no se encuentra entre muros de cristal: todas y cada una de las medidas adoptadas por la UE deben contribuir a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero a escala mundial. El traslado de plantas industriales fuera de la UE no contribuye a la reducción global de las emisiones, sino que probablemente provoque una deslocalización de las emisiones de CO2, especialmente en determinados sectores. Por consiguiente, el nuevo mandato de la UE tendrá que tener en cuenta el impacto más amplio de las iniciativas adoptadas en el marco del Pacto Verde y corregir las medidas que vayan en la dirección contraria, mediante la participación de los interlocutores sociales, los organismos profesionales, las federaciones empresariales y las cámaras de comercio, con el fin de desarrollar políticas que permitan a las empresas reforzar su competitividad y conservar al mismo tiempo su mano de obra. |
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1.6. |
Por este motivo, el CESE propone un conjunto de medidas correctoras que sirvan para eliminar los solapamientos, las disposiciones contradictorias y las cargas administrativas innecesarias y excesivas, o adaptar los plazos o las disposiciones que no pueden cumplirse debido a la falta de tecnologías o infraestructuras. |
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1.7. |
Cada entidad ha de acometer no uno, sino numerosos actos, lo que genera un panorama muy complejo para ejercer su actividad en la UE. En ese sentido, el presente Dictamen enumera ejemplos de disposiciones que no se ajustan a la realidad y aumentan la complejidad, generando incertidumbre en los operadores del mercado. Hay un incremento significativo de nuevas normas y requisitos que se derivan de diferentes actos jurídicos; en lugar de invertir en la transición ecológica, las empresas contratan más personal para hacer frente a las cargas administrativas. Asimismo, la diversidad de umbrales y criterios entre las disposiciones añaden trámites burocráticos. Como consecuencia de todo esto, las pequeñas y medianas empresas europeas tienen dificultades para crecer, ya que su expansión conlleva requisitos más estrictos. Urge adoptar un enfoque más sistemático para el marco regulador mediante el refuerzo de las evaluaciones de impacto y las herramientas de mejora de la legislación. |
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1.8. |
El CESE pide un enfoque más ambicioso y sistemático para financiar las inversiones en el marco del Pacto Verde. En la actualidad existe una enorme brecha, cuya reducción requiere maximizar la inversión pública y aprovechar el capital privado. A fin de garantizar una amplia participación de las fuentes de financiación privadas, la UE debería motivar a los bancos para que inviertan más en proyectos «limpios», considerados operaciones de riesgo. Las entidades bancarias y financieras se enfrentan a un doble riesgo contradictorio. Por una parte, temen resultar solo «un poco ecológicas», mucho menos que lo que les requiere la ambiciosa taxonomía de sostenibilidad; por otra parte, sus departamentos de gestión de riesgos consideran muy a menudo que los proyectos ecológicos son excesivamente arriesgados debido a historiales previos de pequeña escala y escaso recorrido. |
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1.9. |
En lo que respecta a los sectores difíciles de descarbonizar, el CESE propone que en lugar de la obligación de utilizar únicamente fuentes y tecnologías de cero emisiones netas, se utilicen también todas las fuentes provisionales, sobre la base de un análisis exhaustivo de costes y beneficios a largo plazo. De cara al futuro, un marco financiero plurianual plenamente orientado a la competitividad, con más recursos e instrumentos de financiación, es esencial para calibrar y financiar el Pacto Verde. |
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1.10. |
El CESE también pide a la Comisión que haga públicos, en línea y en un solo lugar, y de manera completa y fácil de usar, los diferentes programas de financiación en el marco del Pacto Verde. Es de vital importancia promover un conocimiento más amplio de las oportunidades de financiación europeas y nacionales a través de portales que identifiquen sinergias entre las diferentes fuentes de financiación, y establezcan un vínculo entre los portales nacionales y los portales europeos existentes, como los relativos a materias primas fundamentales y tecnologías de cero emisiones netas y el portal STEP. |
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1.11. |
El Pacto Verde debe construirse en consonancia con una estrategia industrial que coordine las transformaciones climática y tecnológica de la industria y vele por que Europa no pierda competitividad, puestos de trabajo e ingresos tributarios. Debe haber una concordancia a largo plazo entre los ingentes costes de inversión y los beneficios futuros (entre ellos la eliminación de las externalidades negativas, en la medida de lo posible). Para ello, los costes de inversión deben estar directamente relacionados con su rendimiento, sus beneficios, su rentabilidad y las oportunidades de negocio desde una perspectiva a largo plazo, teniendo en cuenta los costes de la inacción. |
2. Datos básicos
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2.1. |
El Pacto Verde Europeo tiene por objeto transformar la economía y la sociedad de la UE para mitigar los efectos negativos del cambio climático, la contaminación y la pérdida de biodiversidad. En este sentido, afecta a todas las políticas, por ejemplo en materia de clima, medio ambiente, biodiversidad, energía, transporte, industria, agricultura, alimentación y finanzas sostenibles. |
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2.2. |
El éxito del Pacto Verde depende de un enfoque holístico e intersectorial en el que todos los ámbitos de actuación pertinentes contribuyan de forma equitativa y justa al objetivo final en cuanto al clima, la contaminación y la biodiversidad, e implica que debe corregirse cualquier solapamiento, desajuste o fuga de carbono que se detecte. |
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2.3. |
El proceso de transición ecológica en el marco de las actividades del Pacto Verde lleva ya casi cinco años en marcha y ha aportado experiencias de las que se puede aprender. La Comunicación de la Comisión en la que se evalúan los planes nacionales de energía y clima (1) ofrece una visión general de los aspectos climáticos de los resultados de la transición ecológica en la UE y subraya que, de hecho, la UE no va camino de lograr el Objetivo 55, sino el «Objetivo 51», dado que los planes apuntan en realidad a una reducción de las emisiones del 51 % (y no del 55 %) de aquí a 2030. Al mismo tiempo, la UE también se está quedando atrás en la consecución de otros objetivos de transición energética para 2030: los planes se centran en realidad en un porcentaje de fuentes de energía renovables de aproximadamente el 39 % (y no del 42,5 %, como exige el Objetivo 55), y las medidas de eficiencia energética muestran una reducción del consumo del 5,8 % (en lugar del 11,7 % requerido). |
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2.4. |
Los esfuerzos en torno al Pacto Verde también se han visto menoscabados por la crisis de la energía, ya que la principal prioridad era la seguridad del abastecimiento y la resiliencia de las infraestructuras. Además de nuevas medidas para ahorrar energía y acelerar el despliegue de las energías limpias, la respuesta de la UE integrada en el plan REPowerEU permitió recurrir a la generación de electricidad a partir de carbón por un período más largo de lo previsto y reconoció el papel de la energía nuclear y los recursos de gas nacionales. La nueva situación ha conllevado la adaptación de algunas medidas del Objetivo 55. |
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2.5. |
La UE está entrando en un período de aplicación de las medidas: algunas normas aún no se han aplicado plenamente, otras ya están en vigor o incluso se acercan a la fase de revisión, lo que brinda una gran oportunidad para analizar los resultados del Pacto Verde. |
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2.6. |
La actual senda hacia la transición ecológica ya ha empezado a suponer un reto para algunos segmentos de la sociedad. La ciudadanía está acusando, además de las perturbaciones exteriores, la presión en los precios y los costes de la transición. Además, los operadores del mercado se han dado cuenta de que su capacidad para competir con los agentes mundiales se está debilitando. |
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2.7. |
Aunque es más barato que no hacer nada, la transición es costosa y requiere inversiones adicionales por un importe superior a 620 000 millones EUR anuales (2) para cumplir los objetivos del Pacto Verde y REPowerEU. Esta carga no puede recaer exclusivamente en el sector privado: las acciones cuentan con el apoyo financiero del Fondo de Transición Justa, los Fondos de Modernización e Innovación y la proporción obligatoria de la asignación del marco financiero plurianual y NextGenerationEU; el Fondo Social para el Clima sigue en fase preparatoria. Es fundamental utilizar estos fondos públicos para movilizar nuevas inversiones privadas y garantizar así que cualquier programa de financiación pública tenga un efecto multiplicador. |
3. Observaciones generales
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3.1. |
A la vista de los nuevos hechos, para poder alcanzar los objetivos climáticos, las instituciones de la UE deben dotar al Pacto Verde de los medios y condiciones adecuados en función de la evolución y las capacidades de la sociedad y recalibrar las políticas que no sean eficaces. El Pacto Verde no debe aplicarse a expensas de nuestro sistema industrial, el bienestar de la mano de obra o la competitividad de la economía de la UE, que depende principalmente de una población sana y unos ecosistemas prósperos. |
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3.2. |
El Pacto Verde Europeo debe estar bien equilibrado para respetar tanto el bienestar económico, medioambiental y social, como los aspectos de seguridad. El Pacto Verde requiere un apoyo firme. Debemos adaptarnos al cambio climático, reducir la contaminación y recuperar la biodiversidad. No obstante, es necesario encarrilar bien el Pacto para que la gente pueda formar parte de la transición ecológica. Numerosas manifestaciones dirigidas por diversos grupos de interés, incluida la industria (3), han demostrado que un cambio podrá salir bien, sin suscitar resistencia, solamente si se lleva a cabo con la debida consideración de todas las partes interesadas y se garantizan mecanismos de consulta adecuados para lograr la equidad en la transición. |
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3.3. |
La ciudadanía también necesita comprobar que las repercusiones de la actuación de la UE tendrán sentido en la esfera internacional. Por ejemplo, limitarse a empujar a las industrias a abandonar Europa y trasladar la producción a otros lugares, no contribuye necesariamente a reducir el CO2, la contaminación y la pérdida de biodiversidad a escala mundial. El éxito del Pacto Verde también depende de la capacidad de garantizar una transición justa y sostenible desde un punto de vista económico, industrial y social. Por este motivo, el CESE subraya que una transición justa debe ser una de las prioridades de la próxima agenda política de la UE y, en consonancia con su Dictamen anterior sobre el tema (4), pide que se establezca un marco de transición justa. |
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3.4. |
Todo lo anterior lleva al CESE a proponer una recalibración de pilares concretos del Pacto Verde y a proceder a una valoración y evaluación de su rendimiento y viabilidad, tomando en consideración escenarios alternativos que permitan garantizar una contribución óptima de los Estados miembros. En esta misma línea, el Pacto Verde debe gravitar en torno a la prioridad de aplicar de forma coherente las medidas, es decir, dotar de coherencia vertical y horizontal las disposiciones en ámbitos críticos para avanzar en la transición ecológica. Pide asimismo que se adopte un enfoque más exhaustivo para garantizar la coherencia y evitar solapamientos y redundancias políticas. |
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3.5. |
El CESE recomienda priorizar, una vez más, los principales contribuyentes a los procesos de descarbonización, descontaminación y recuperación de la biodiversidad que han producido los resultados, avances y beneficios más sustanciales y las acciones implicadas en ellos, y que prosigan estas actividades con arreglo a las condiciones específicas de los Estados miembros, sin perder de vista los ámbitos menos importantes. |
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3.6. |
La reacción ante algunos riesgos en materia de competitividad: como es sabido, el proceso de transición ecológica es enormemente exigente en cuanto a las inversiones que es preciso dedicarle durante un período de tiempo relativamente extenso. Las necesidades de inversión durante la transición ecológica no siempre han estado en consonancia con la rentabilidad de las empresas a corto y largo plazo. Es muy deseable un enfoque global de la competitividad de la UE, que incluya todo el entorno empresarial y su transformación (no solo las industrias más afectadas). |
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3.7. |
La reacción en cuanto a las medidas de diseño del mercado en caso de emergencia en los mercados: el período de crisis de la energía ha puesto de manifiesto la necesidad de un ajuste del mercado. En primer lugar, debe introducirse un mecanismo de intervención para estabilizar el mercado en caso de volatilidad extraordinariamente alta y de impacto negativo en los precios, bien sean de la energía o de otro tipo. En segundo lugar, se recomienda llegar a un consenso sobre un modelo financiero para las inversiones en la transición ecológica, por ejemplo en futuras capacidades eléctricas, que permita garantizar una energía asequible para los clientes, movilizar fuentes públicas y privadas y obtener un beneficio adecuado para las empresas energéticas, evitando al mismo tiempo la especulación. En tercer lugar, cabe un punto específico en cuanto al diseño del mercado de la electricidad, que ha de responder al porcentaje cambiante de energías renovables en la combinación energética. Consecuentemente, el precio al por menor de la electricidad debe dejar de estar determinado en tanta medida por el precio del último insumo. Resulta esencial apoyar el desarrollo de las infraestructuras necesarias para la energía renovable y con bajas emisiones de carbono —en particular, el almacenamiento de energía, la captura y almacenamiento de carbono, la flexibilidad de la capacidad y las interconexiones—, con el fin de mejorar la seguridad y la rentabilidad del sistema energético europeo. |
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3.8. |
La reacción en cuanto a las prioridades de inversión en unas circunstancias mundiales cambiantes: el CESE recomienda coordinar el proceso de transición ecológica con otros competidores mundiales para mantener nuestra competitividad y evitar la fuga de carbono. Para reforzar la posición de la UE en el mundo, el CESE apoya todo tipo de cooperación y de medidas, entre ellas una diplomacia verde común reforzada que establezca un escenario a escala mundial con igualdad de condiciones, en el que se promuevan y extiendan por todo el planeta nuestras normas medioambientales y sociales y nuestros productos y servicios se promuevan y sean competitivos. |
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3.9. |
El hecho de que no se haya cartografiado la estructura del Pacto Verde dificulta la medición, la evaluación y el control. Las deficiencias también deben abordarse en la estructura de gobernanza; el CESE propone analizarlas cuidadosamente y abordarlas en el Reglamento sobre la gobernanza revisado. Deben evitarse las discrepancias en los planes nacionales integrados de energía y clima y los retrasos en su presentación, y deben armonizarse mejor los objetivos climáticos de los Estados miembros. |
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3.10. |
El marco regulador se ha vuelto muy complejo, con unos costes administrativos y de presentación de información excesivos. El fuerte incremento en el número de actos legislativos secundarios aumenta la complejidad y la inseguridad normativa. El CESE pide a la Comisión que recurra al Derecho derivado únicamente como excepción y conceda a los Estados miembros y a la industria tiempo suficiente para su aplicación (de forma ideal, al menos tres años a partir de la adopción de todo acto legislativo, incluidos los secundarios). |
4. Posibles ámbitos de recalibración:
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4.1. |
Directiva de Eficiencia Energética: el CESE señala que el criterio de la eficiencia real se está quedando atrás respecto a los objetivos. Por otra parte, la eficiencia energética y sus beneficios son tangibles para la mayor parte de la ciudadanía europea, así como para las empresas y las instituciones públicas. En este caso, la posible recalibración podría referirse a una reasignación de fondos adicionales para hacer frente a la elevada demanda en este segmento y a un ajuste de las medidas de eficiencia energética en función de las condiciones específicas de los Estados miembros, al tiempo que se promueven instrumentos de financiación sostenibles, como el contrato de rendimiento energético. |
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4.2. |
Directiva sobre fuentes de energía renovables en su versión modificada (DFER III): el CESE aboga por mantener la tendencia actual en cuanto al aumento de la cuota de energías renovables. La crisis energética ha hecho patente que los países con un mayor porcentaje de energías renovables en el seno de una combinación energética resiliente son visiblemente menos vulnerables a los efectos negativos, por ejemplo, al rápido aumento de los precios de la energía. Deben crearse condiciones para alcanzar los objetivos, por ejemplo sobre los combustibles renovables de origen no biológico en la Unión Europea. El cálculo del cumplimiento de dicho objetivo debe adaptarse, al igual que los actos delegados que regulan las condiciones de producción de los combustibles renovables de origen no biológico en lo que respecta a las tecnologías hipocarbónicas. Como alternativa, debe crearse un acto delegado que resulte aceptable para la producción de productos hipocarbónicos. Además, los objetivos del 1,5 % anual en la industria deben reflejar la diversidad de la industria y su dependencia de los proveedores de energía. |
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4.3. |
Régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE UE): el CESE prefiere dotar al mecanismo del RCDE UE de una mayor estabilidad y eliminar su volatilidad, de manera que las partes interesadas puedan tomar importantes decisiones de inversión con mayor previsibilidad. Podría plantearse la ejecución de intervenciones capaces de limitar la volatilidad (en ambos sentidos) que se constata en la actualidad. Una posible solución podría consistir en la redefinición del mecanismo de reserva de estabilidad del mercado, en especial en las fases en que el precio de los derechos de emisión es elevado. También es necesario evaluar diversas fuentes del RCDE UE en términos de oferta y liquidez. Esto abarcaría todas las fuentes potenciales, ya sea en el marco de una expansión sectorial, de la fusión o la vinculación entre el RCDE UE y el RCDE 2, de los créditos de absorción de carbono o de créditos con arreglo al artículo 6 del Acuerdo de París. La Comisión Europea debe indicar, lo antes posible, cuánto tiempo seguirán aceptándose las absorciones de carbono y de qué tipo (5). Los próximos pasos en el ajuste del RCDE UE deben realizarse a la vista de las primeras experiencias e impactos del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC). Resulta esencial garantizar que el mecanismo del RCDE no afecte de manera desproporcionada a las industrias sin alternativas viables para la descarbonización. En cuanto a la ampliación del ámbito de aplicación de la plataforma del RCDE UE, el CESE recomienda que se preste especial atención a la inclusión de varios sectores de la industria o de los hogares. |
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4.4. |
Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC): el MAFC (cuyo objetivo es garantizar condiciones de competencia equitativas entre los productores de dentro y fuera de la UE) se ha enfrentado, en su fase de transición, a una serie de problemas prácticos de aplicación. Las empresas importadoras deben recopilar datos reales sobre las emisiones de sus proveedores, lo que dista mucho de ser una tarea fácil. La Comisión ha aprobado una medida temporal que consiste en sustituir datos reales por «valores por defecto» sobre la base de un estudio del Centro Común de Investigación. Sin embargo, si la UE pretende mantener la actividad industrial en Europa, estos valores por defecto deben reflejar las emisiones de carbono más elevadas con el fin de crear incentivos eficaces para proporcionar datos reales y evitar el parasitismo de los exportadores de terceros países. Para impedir que las industrias sujetas al RCDE se deslocalicen fuera de la UE, es fundamental que los importadores notifiquen las emisiones reales y que los valores por defecto se abandonen después del período provisional. De lo contrario, las empresas de terceros países tendrán una ventaja competitiva sobre las industrias de la UE y peligrarán los objetivos climáticos de la UE. Los importadores que, a pesar de haber realizado esfuerzos razonables y demostrados, no puedan recopilar datos sobre emisiones reales de sus proveedores, deben ser autorizados a utilizar sus mejores estimaciones durante el período provisional, siempre que dichas estimaciones no sean inferiores a los valores por defecto aplicables. Además, los operadores del mercado se enfrentan a numerosos problemas técnicos al presentar informes MAFC, como mensajes de error, problemas para registrarse y acceder y dificultades a la hora de guardar versiones provisionales. Muchas empresas han informado de que el sistema de la Comisión debe ser más fácil de usar. Estos retos resultan especialmente gravosos para las pymes con poca o ninguna experiencia en la notificación de las emisiones de carbono, lo que subraya la necesidad de un mayor apoyo técnico. A fin de aliviar la carga que pesa sobre los importadores más pequeños, incluidos aquellos que importan pequeños lotes para series de producción limitadas o para fines de investigación, debe introducirse un valor umbral mínimo más elevado. Por último, el MAFC no cubre las exportaciones industriales de la UE, lo cual representa una cuestión fundamental que debe abordarse antes de 2026, ya que las empresas de la UE perderán la protección que supone la asignación gratuita de derechos una vez que el MAFC se despliegue plenamente. Lamentablemente, toda norma conlleva el riesgo de incumplimiento. La normativa definitiva sobre el MAFC debe abordar adecuadamente estos riesgos, también mediante su reorganización. |
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4.5. |
Movilidad limpia: el CESE recomienda adoptar una visión objetiva en lo que se refiere a la transición ecológica vinculada a la movilidad. El desarrollo de la electromovilidad en los desplazamientos individuales en automóvil avanza a un ritmo más lento de lo previsto inicialmente. El Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo establece para el año 2025 sanciones o tasas muy estrictas por superar el objetivo anual de emisiones fijado para el parque comercializado por los fabricantes de automóviles. Existe el riesgo de que, ya en 2025, algunos operadores tengan que pagar multas por no cumplir los objetivos, por razones que pueden escapar a su control: el enfriamiento del mercado e insuficientes infraestructuras de recarga en la UE. En el caso de los vehículos pesados, dicha insuficiencia de infraestructuras de recarga —incluidas las paradas de descanso asociadas a ellas— es el principal reto para el desarrollo de la electromovilidad. Cabe señalar que el período de espera asociado a la recarga tendrá un impacto en el cliente y provocará un cambio en los modelos de negocio. El CESE también pide textos armonizados, por ejemplo, el Reglamento relativo a las pilas y baterías y el Reglamento Euro 7. Habida cuenta del enfriamiento del mercado de vehículos eléctricos, sería aconsejable considerar al menos la posibilidad de ampliar la validez de algunos mecanismos de flexibilidad, como los supercréditos, el mecanismo de incentivos para vehículos de emisión cero o de baja emisión, la hibridación del parque de vehículos a modo de tecnología de transición y el uso de combustibles sintéticos en el parque de vehículos existente. Hay que dejar más margen para que las decisiones de mercado de las empresas faciliten la transición hacia una movilidad sin emisiones. |
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4.6. |
Regulación del apoyo público: es necesario revaluar las normas sobre ayudas estatales y hacer posible que el apoyo público tanto a las inversiones en activo fijo como a los gastos operativos (CapEx y OpEx) de las grandes empresas para inversiones y tecnologías ecológicas les permita invertir a largo plazo en fuentes de energía renovables y en la producción ecológica de una manera sostenible desde el punto de vista financiero. Si se ofrece apoyo específico a los productos ecológicos en países no pertenecientes a la UE, este apoyo debe ser «equilibrado». Es necesario dar mayor margen a las normas sobre ayudas estatales con una reflexión sobre los logros del Fondo de Modernización y el Fondo de Innovación y el éxito en la ejecución de proyectos prioritarios (por ejemplo, sobre el hidrógeno verde). Es necesario dar prioridad al transporte público ecológico en términos de apoyo político y financiero, por encima de las opciones individuales. |
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4.7. |
Transición justa: el CESE propone crear un Observatorio de la Transición Justa de la UE para supervisar las políticas y evaluar sus repercusiones directas e indirectas, cartografiar los perfiles de empleo y capacidades, las posibles pérdidas de puestos de trabajo y la creación de empleo, reforzar el Fondo de Transición Justa de la UE y estudiar la posibilidad de desarrollar iniciativas similares al mecanismo SURE para los sectores más afectados. |
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4.8. |
Política agrícola común (PAC): las políticas medioambientales y climáticas deben ser herramientas para aumentar la resiliencia del sector agrícola y al mismo tiempo mantener la productividad, y deben formar parte de las soluciones y orientaciones a largo plazo para la toma de decisiones en el futuro, creando oportunidades concretas para los agricultores. Por lo tanto, la próxima PAC, al igual que otros instrumentos, debe apoyar adecuadamente a los agricultores a lo largo de la transición (6), en particular favoreciendo soluciones viables desde el punto de vista técnico y económico, como la utilización de fertilizantes orgánicos o avanzados. Las externalidades positivas para el paisaje, la biodiversidad, el medio ambiente y el clima que presentan algunas actividades agrícolas específicas también deben seguir incentivándose mediante financiación pública o contratos privados. El CESE también apoya las medidas de simplificación destinadas a aumentar la flexibilidad y aliviar las cargas administrativas para los agricultores de la UE, como las excepciones temporales recientemente propuestas en caso de condiciones meteorológicas adversas y las simplificaciones en materia de labranza, cobertura del suelo y restauración de pastos permanentes. Asimismo, se necesitan programas de formación adecuados para los consultores agrarios y los agricultores, al objeto de aumentar los conocimientos sobre las medidas de ecologización, habida cuenta de su impacto económico, en particular en la rotación de cultivos y en la ecología, la identificación y la restauración de los hábitats de los polinizadores, así como un mayor apoyo a los agricultores para hacer frente a las necesarias actividades de supervisión. Es esencial también restablecer el diálogo entre la sociedad civil y la comunidad agrícola a largo plazo y situar a los agricultores en el centro de la PAC. |
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4.9. |
Concesión de permisos: además de los importantes esfuerzos realizados en el Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas y en la Directiva sobre fuentes de energía renovables, otros actos legislativos de la UE, como la Directiva marco sobre el agua y la Directiva de emisiones industriales, contienen aspectos importantes en relación con la concesión de permisos. Hay margen para mejorar la coherencia entre estas materias y resulta crucial que dicha mejora se realice tanto en su vertiente vertical (entre la UE y los Estados miembros) como horizontal (en todos los ámbitos legislativos de la UE). Asimismo, es fundamental seguir explorando qué innovaciones tecnológicas pueden minimizar las posibles perturbaciones en los ecosistemas terrestres y marinos. El despliegue de las instalaciones de energía renovable debe contemplarse conjuntamente con la planificación del uso del suelo, incluida una participación pública efectiva (7). |
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4.10. |
Absorción del carbono: mediante la alineación estratégica de los esfuerzos por absorber carbono con las prácticas destinadas a preservar la biodiversidad, los responsables políticos podrían maximizar el impacto positivo tanto en la mitigación del cambio climático como en la salud de los ecosistemas. La promoción de enfoques innovadores, en particular en combinación con soluciones basadas en la naturaleza y la carbonocultura, podría liberar todo el potencial de estas sinergias. Los legisladores podrían considerar la utilidad de investigar más a fondo la creación de incentivos para actividades específicas de restauración y su potencial en relación con las estrategias de mitigación del cambio climático. Tal planteamiento podría vincular mejor la agenda climática de la UE con los objetivos en materia de biodiversidad. Además, dichos incentivos podrían alinear mejor los intereses de los administradores de tierras, incluidos los agricultores y los silvicultores, en pos de actividades de restauración del clima y la naturaleza. |
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4.11. |
Deforestación de la UE y Reglamento sobre diligencia debida: los requisitos básicos carecen de claridad; en concreto, faltan un sistema de información de la UE operativo y un sistema de evaluación comparativa de países. Estas deficiencias deben corregirse a fin de alcanzar eficazmente los objetivos de ambos actos. |
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4.12. |
Reglamento sobre los gases fluorados: tras las primeras etapas de reducción (sobre la base del Reglamento original), los precios de varios anticongelantes a base de gases fluorados aumentaron enormemente. Como consecuencia de ello, se desarrolló un concurrido mercado negro en torno a estas sustancias químicas y un tráfico ilegal de anticongelantes en la UE que alcanza cifras de varios cientos de millones de euros, equivalentes a las pérdidas que han sufrido los proveedores legales de gases fluorados. Esto se debe a que los gases fluorados ilegales, al margen de las cuotas, se ofertaban a precios muy bajos, a pesar de que su calidad técnica era cuestionable y su uso arriesgado. Al mismo tiempo, el usuario medio no podía distinguir los recipientes ilegales de los legales, y los cuerpos y fuerzas de seguridad se vieron desbordados. El resultado ha sido una distorsión de la competencia en detrimento de las empresas de la UE. |
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4.13. |
Reglamento sobre diseño ecológico para productos sostenibles y Reglamento sobre envases y residuos de envases: el período de transición general solo ofrece a las empresas un plazo reducido para revisar y, en su caso, adaptar sus procesos de producción y distribución. Además, en el caso de ambas propuestas, un considerable número de especificaciones deberán aclararse mediante actos delegados, lo que requerirá un seguimiento continuo y una capacidad de respuesta inmediata por parte de la industria al término del período transitorio. Además, es más difícil influir en la elaboración de los actos delegados y efectuar su seguimiento en comparación con el procedimiento legislativo ordinario, que es más transparente, o con los actos de ejecución, que también tienen en cuenta los puntos de vista de las partes interesadas. |
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4.14. |
Registro europeo de productos para el etiquetado energético (EPREL): debe comprobarse la utilidad de la obligación de inscribirse en el EPREL (también las excepciones para series cortas que utilizan umbrales cuantitativos y, por ejemplo, las aplicaciones especializadas y personalizadas de empresa a empresa). Deben reducirse los datos que deben registrarse al mínimo que se requiera para la vigilancia del mercado y la atención a los consumidores. Deben eliminarse las ambigüedades jurídicas en relación con el ámbito de aplicación, por ejemplo en lo que respecta a las fuentes luminosas incorporadas a productos (es decir, fijas). Un modelo de formulario uniforme para los fabricantes e importadores, para pilotar el método de forma sencilla, podría facilitar el cumplimiento de las normas. |
Bruselas, 19 de septiembre de 2024.
El Presidente
del Comité Económico y Social Europeo
Oliver RÖPKE
(2) Informe sobre prospectiva estratégica de 2023.
(4) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre las «Medidas necesarias para impulsar el marco político de transición justa de la UE» (DO C, C/2024/1576, 5.3.2024, ELI: https://eur-lex.europa.eu/eli/C/2024/1576/oj?locale=es).
(5) Informe sobre la transición ecológica del CEPS, junio de 2024.
(6) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Promover una producción de alimentos autónoma y sostenible: estrategias de cara a la política agrícola común después de 2027» (DO C, C/2024/2099, 26.3.2024, ELI: https://eur-lex.europa.eu/eli/C/2024/2099/oj?locale=es).
(7) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo: Condiciones necesarias para la aceptación social de la transición energética e hipocarbónica (DO C 290 de 29.7.2022, p. 22).
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6877/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)