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Diario Oficial
de la Unión Europea

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Serie C


C/2024/6410

4.11.2024

Petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Arnsberg (Alemania) el 31 de julio de 2024 – Brillen Rottler GmbH & Co. KG / TC

(Asunto C-526/24, Brillen Rottler)

(C/2024/6410)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Amtsgericht Arnsberg

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Brillen Rottler GmbH & Co. KG

Demandado: TC

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 5, segunda frase, del Reglamento General de Protección de Datos (1) (en lo sucesivo, «RGPD») en el sentido de que la primera solicitud de acceso que el interesado presenta al responsable del tratamiento no puede considerarse una solicitud excesiva de acceso?

2.

¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 5, segunda frase, del RGPD en el sentido de que el responsable del tratamiento puede denegar una solicitud de información del interesado si este pretende utilizar la solicitud de información para interponer reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios contra el responsable del tratamiento?

3.

¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 5, segunda frase, del RGPD en el sentido de que la denegación del acceso puede estar justificada por la información de acceso público sobre el interesado que permite concluir que, en un gran número de casos, ante infracciones en materia de protección de datos, este presenta reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios contra los responsables del tratamiento?

4.

¿Debe interpretarse el artículo 4, punto 2, del RGPD en el sentido de que una solicitud de acceso presentada por un interesado al responsable del tratamiento de conformidad con el artículo 15, apartado 1, del RGPD o una respuesta a dicha solicitud constituyen un tratamiento en el sentido del artículo 4, punto 2, del RGPD?

5.

¿Debe interpretarse el artículo 82, apartado 1, del RGPD, a la vista del considerando 146, primera frase, de dicho Reglamento, en el sentido de que solo son indemnizables aquellos daños y perjuicios que el interesado sufra o haya sufrido como consecuencia del tratamiento? ¿Significa ello que para poder interponer una reclamación de indemnización por daños y perjuicios en virtud del artículo 82, apartado 1, del RGPD —suponiendo que se haya infligido un daño causal al interesado— debe haberse producido necesariamente un tratamiento de los datos personales del interesado?

6.

En caso de respuesta afirmativa a la quinta cuestión prejudicial, ¿significa esto que el interesado —suponiendo la existencia de un daño causal— no tiene derecho a una indemnización de daños y perjuicios en virtud del artículo 82, apartado 1, del RGPD por la mera vulneración de su derecho de acceso contemplado en el artículo 15, apartado 1, del RGPD?

7.

¿Debe interpretarse el artículo 82, apartado 1, del RGPD en el sentido de que la excepción de abuso de derecho del responsable del tratamiento en relación con una solicitud de acceso del interesado no puede consistir, a la luz del Derecho de la Unión, en el hecho de que el interesado haya provocado el tratamiento de sus datos personales únicamente o entre otros motivos para interponer reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios?

8.

En caso de respuesta negativa a las cuestiones prejudiciales quinta y sexta, la mera pérdida del control sobre los datos o la incertidumbre sobre el tratamiento de los datos personales del interesado a que da lugar una infracción del artículo 15, apartado 1, del RGPD, ¿constituyen daños y perjuicios inmateriales para el interesado en el sentido del artículo 82, apartado 1, del RGPD o se requiere además que el interesado sufra una restricción adicional (objetiva o subjetiva) o un perjuicio (sustancial)?


(1)  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1).


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6410/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)