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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/5854

30.9.2024

Publicación de un anuncio de vacante para el puesto de director ejecutivo (h/m) de la Agencia de la Unión Europea sobre Drogas (EUDA)

(Agente temporal - Grado AD 14)

(COM/2024/20110)

(C/2024/5854)

 

Quiénes somos

La Agencia de la Unión Europea sobre Drogas (EUDA) es una agencia de la Unión Europea (UE). Desde el 2 de julio de 2024, la EUDA sustituye y sucede al Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (OEDT), creado en 1993 por el Reglamento (CEE) n.o 302/93 del Consejo (1) y refundido en 2006 por el Reglamento (CE) n.o 1920/2006 (2). La EUDA fue creada por el Reglamento (UE) 2023/1322, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1920/2006 (3) (en lo sucesivo, «Reglamento EUDA»).

La Agencia goza de amplio reconocimiento como centro de excelencia científica en Europa y a escala internacional, que proporciona datos concretos, objetivos, fiables y comparables a escala europea sobre las drogas, las toxicomanías y sus consecuencias, además de supervisar con atención las amenazas y tendencias emergentes. A partir de 2024, la Agencia cuenta con un nuevo mandato que le permite aprovechar los logros del OEDT a fin de asumir una mayor responsabilidad a la hora de identificar y abordar los retos actuales y futuros relacionados con las drogas ilícitas en la UE. En virtud de ese nuevo mandato, a la Agencia se le ha encomendado adoptar un enfoque proactivo y desempeñar un papel clave en la identificación y la respuesta a los retos existentes y futuros que presentan las drogas ilícitas en la UE. De este modo, contribuye a la preparación de la UE para reaccionar a las nuevas amenazas en materia de salud y seguridad. La Agencia también desempeña un papel más importante a escala internacional, ayudando a desarrollar y poner en práctica la dimensión exterior de la política de la Unión en materia de drogas.

Las principales tareas de la Agencia son las siguientes:

proporcionar a la Unión y a sus Estados miembros información real, objetiva, fiable y comparable, un sistema de alerta temprana y evaluaciones del riesgo a nivel de la Unión en relación con las drogas, el consumo de drogas, los trastornos relacionados con el consumo de drogas y las toxicomanías, la prevención, el tratamiento, la asistencia, la reducción de riesgos y daños, la rehabilitación, la reintegración social, la recuperación, los mercados y la oferta de drogas, en particular la producción y el tráfico ilícitos, y otras cuestiones pertinentes relacionadas con las drogas y sus consecuencias, y

recomendar acciones adecuadas y concretas, basadas en datos contrastados, sobre cómo afrontar de manera eficiente y oportuna los retos en relación con las drogas, el consumo de drogas, los trastornos relacionados con el consumo de drogas y las toxicomanías, la prevención, el tratamiento, la asistencia, la reducción de riesgos y daños, la rehabilitación, la reintegración social, la recuperación, los mercados y la oferta de drogas, incluidos la producción y el tráfico ilícitos, y otras cuestiones pertinentes relacionadas con las drogas y sus consecuencias.

El cometido de la Agencia se especifica en el artículo 5 y siguientes del Reglamento EUDA.

La Agencia está abierta a terceros países que hayan celebrado un acuerdo con la Unión Europea que vise la participación en sus trabajos (actualmente el caso de Noruega y Turquía). La Agencia coopera con las organizaciones y organismos pertinentes, en particular con organismos de la Unión, gubernamentales y no gubernamentales, además de con organismos técnicos, organizaciones y organismos internacionales competentes en los ámbitos de su mandato.

La Agencia tiene su sede en Lisboa (Portugal).

En 2024, recibió una subvención de la Unión de 32 131 775 EUR (el presupuesto total con el que cuenta el Centro es de 34 584 952 EUR, importe en el que se incluyen las aportaciones de Noruega y Turquía y otros proyectos de financiación adicionales de la UE) y emplea a aproximadamente 133 personas.

Puede obtenerse más información sobre la Agencia en el sitio web: https://www.euda.europa.eu/index_en

Qué ofrecemos

La vacante es para el puesto de director ejecutivo (h/m).

El director ejecutivo dirigirá y gestionará la Agencia, será responsable de sus actividades y velará por el cumplimiento de sus objetivos. Configurará, promoverá y aplicará una visión moderna y transparente para la Agencia, en plena consonancia con el Reglamento de base, los valores de la UE y la política de la Unión Europea en materia de drogas.

El director ejecutivo reflejará la evolución de las políticas estratégicas de la UE en las actividades de la Agencia, en estrecha colaboración con la Comisión. Preparará, propondrá y ejecutará el programa de trabajo y los programas plurianuales de la Agencia, así como las decisiones de su consejo de administración. Evaluará la ejecución de las actividades de la Agencia e informará al respecto.

El director ejecutivo supervisará el buen gobierno y la cultura de la Agencia, motivando y dirigiendo al personal hacia la excelencia y el cumplimiento de sus funciones dentro de su marco jurídico.

El director ejecutivo gestionará la Agencia y será su representante legal y su rostro público. Colaborará con las partes interesadas y el público en general cuando sea necesario en relación con todas las cuestiones incluidas en el mandato de la Agencia.

El director ejecutivo reforzará activamente la cooperación con las demás agencias de la Unión, en particular la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol), la Agencia de la Unión Europea para la Formación Policial (CEPOL), la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC), así como con otras partes interesadas de la UE y con socios externos. En particular, dirigirá y aplicará el marco de cooperación internacional de la Agencia, mejorando la cooperación con organizaciones y otros organismos internacionales y de terceros países con el fin de contribuir al desarrollo y la aplicación de la dimensión exterior de la política de la Unión en materia de drogas.

El director ejecutivo será responsable de establecer y gestionar las medidas administrativas, operativas y financieras necesarias para el adecuado funcionamiento de la Agencia. Será responsable de la administración cotidiana de la Agencia.

El director ejecutivo será independiente en el ejercicio de sus funciones y rendirá cuentas ante el consejo de administración.

Sin perjuicio de las competencias del consejo de administración, el director ejecutivo asumirá la plena responsabilidad de la ejecución de las tareas encomendadas a la Agencia y estará sujeto al procedimiento anual de aprobación de la gestión y cierre de cuentas del Parlamento Europeo para la ejecución del presupuesto.

El director ejecutivo será responsable de las tareas específicas establecidas en el Reglamento EUDA, de las que se puede encontrar una descripción más detallada en los artículos 29 y 30 de dicho Reglamento.

Qué buscamos (criterios de selección)

Los candidatos deberán poseer:

 

Competencias de gestión

Capacidad de discernimiento y buen criterio acreditados para gestionar una plantilla nutrida tanto desde el punto de vista estratégico como de gestión interna y la capacidad de establecer y cumplir objetivos.

Capacidades de administración y de gestión sólidas y acreditadas, y en particular experiencia en la gestión de recursos presupuestarios y financieros en un contexto nacional, europeo o internacional.

Capacidad para dirigir, motivar y desarrollar un equipo multidisciplinar en un contexto europeo multicultural y multilingüe.

 

Competencias especializadas y experiencia

Experiencia demostrada en el desarrollo y la dirección de una organización, dirección y gestión de equipos multidisciplinares a un alto nivel de gestión, así como capacidad y experiencia en el desarrollo y la dirección de una visión operativa basada en las prioridades de actuación, sobre la base del mandato y los objetivos estratégicos de la Agencia.

Buena comprensión y conocimiento demostrado del contexto de la UE, en particular del papel de las instituciones de la UE y de los procedimientos de toma de decisiones, así como de la interacción entre las administraciones nacionales y las instituciones de la UE. Tener conocimientos adicionales sobre el funcionamiento de otras organizaciones internacionales se consideraría una ventaja.

Conocimientos profundos y experiencia demostrada en el ámbito de la política en materia de drogas, adquiridos en un contexto nacional, europeo o internacional. Se valoraría la experiencia adicional en otros ámbitos pertinentes para el mandato y las actividades de la Agencia, en particular el sanitario, el judicial o el policial.

 

Cualidades personales

Excelentes capacidades interpersonales, analíticas, de toma de decisiones, organizativas y de negociación.

Capacidad demostrada para comunicarse de forma fluida y eficiente a todos los niveles, también con las partes interesadas, los medios de comunicación y el público (autoridades europeas, internacionales, nacionales y locales, organizaciones internacionales, organizaciones de la sociedad civil, etc.).

Requisitos de admisión

Solamente podrán ser admitidas a la fase de selección las candidaturas que cumplan los siguientes requisitos formales antes de que finalice el plazo para la presentación de candidaturas:

Nacionalidad: los candidatos deberán ser ciudadanos de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

Título o diploma universitario: los candidatos deberán tener,

bien un nivel de formación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más;

o bien un nivel de formación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional apropiada de al menos un año, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de al menos tres años (esta experiencia profesional de un año no podrá incluirse en la experiencia posterior a la obtención del título universitario que se exige a continuación).

Experiencia profesional: los candidatos deberán tener al menos quince años de experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario (4), a un nivel al que den acceso las titulaciones antes mencionadas. Al menos cinco años de dicha experiencia profesional deben haberse adquirido en el ámbito de actividad de la Agencia.

Experiencia en puestos directivos: al menos cinco de los años de experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario deberán haberse adquirido en un cargo de dirección de alto nivel (5), en un ámbito pertinente para este puesto.

Lenguas: los candidatos deberán tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (6) y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. Los comités de selección comprobarán durante las entrevistas si los candidatos cumplen el requisito de poseer un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. A tal efecto, la entrevista (o parte de ella) podrá realizarse en esa otra lengua.

Límite de edad: los candidatos deberán poder completar, en la fecha límite para la presentación de candidaturas, el mandato de cinco años antes de alcanzar la edad de jubilación. Por lo que respecta a los agentes temporales de la Unión Europea, la edad de jubilación se alcanza al final del mes en que la persona cumpla 66 años (véase el artículo 47 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (7)).

Selección y nombramiento

El director ejecutivo será nombrado por el consejo de administración de la Agencia de la Unión Europea sobre Drogas a partir de una lista restringida de al menos tres candidatos propuesta por la Comisión Europea.

Para elaborar esta lista restringida, la Comisión Europea organizará una selección de conformidad con sus procedimientos de selección y contratación de personal [véase el documento sobre la política relativa a los altos funcionarios (8)]. La Comisión podrá incluir en el procedimiento de selección a un representante del consejo de administración en calidad de observador.

Como parte de este procedimiento de selección, la Comisión Europea creará un comité de preselección. Este comité analizará todas las candidaturas, realizará una primera verificación para determinar si cumplen las condiciones de admisión y decidirá cuáles de ellas encajan mejor con el perfil definido en los criterios de selección antes mencionados y quiénes deben recibir una invitación a una entrevista con el propio comité.

Tras las entrevistas, el comité de preselección extraerá sus conclusiones y propondrá una lista de personas que serán convocadas a otra entrevista con el Comité Consultivo para los Nombramientos (en lo sucesivo, «CCN») de la Comisión Europea. Teniendo en cuenta las conclusiones del comité de preselección, el CCN decidirá cuáles de ellas serán invitadas a una entrevista.

Las personas convocadas a la entrevista con el CCN serán evaluadas durante una jornada completa en un centro de evaluación de competencias de gestión por consultores externos de contratación de personal. Teniendo en cuenta los resultados de la entrevista y el informe del centro de evaluación, el CCN confeccionará una lista restringida con los candidatos que considere aptos para ejercer la función de director ejecutivo de la Agencia de la Unión Europea sobre Drogas.

Los candidatos de la lista restringida del CCN serán entrevistados por el miembro o miembros de la Comisión responsable(s) de la Dirección General encargada de las relaciones con la Agencia (9).

Tras estas entrevistas, la Comisión Europea aprobará una lista restringida con los candidatos más adecuados, que será comunicada al consejo de administración de la Agencia de la Unión Europea sobre Drogas. Este podrá entrevistarlas antes de nombrar director ejecutivo a una de las personas de la lista elaborada por la Comisión. La inclusión en esa lista no garantiza el nombramiento.

Se podrá exigir a los candidatos que se sometan a nuevas entrevistas o pruebas, además de las indicadas anteriormente. Antes de su nombramiento por el consejo de administración para el puesto de director ejecutivo, los candidatos propuestos seleccionados por la Comisión podrán ser invitados, sin dilación, a hacer una declaración ante la comisión o comisiones competentes del Parlamento Europeo y a responder a las preguntas que le formulen los miembros de dichas comisiones. Tras oír la declaración y las respuestas, el Parlamento Europeo podrá adoptar un dictamen que recoja sus opiniones y presentarlo al consejo de administración.

La persona seleccionada deberá poseer, o estar en condiciones de obtener, un certificado válido de habilitación de seguridad expedido por sus autoridades nacionales de seguridad. La habilitación personal de seguridad es una decisión administrativa que se toma al término de un cribado de seguridad realizado por la autoridad nacional de seguridad competente, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias nacionales de seguridad vigentes, en la que se certifica que el interesado puede ser autorizado a acceder a información clasificada hasta un nivel determinado (obsérvese que el procedimiento necesario para obtener la habilitación de seguridad solo puede iniciarse a petición de la persona o entidad empleadora, no del interesado).

Hasta que el Estado miembro de que se trate no haya concedido la habilitación personal de seguridad y completado el procedimiento de habilitación siguiendo las instrucciones de la Dirección de Seguridad de la Comisión Europea legalmente exigidas, la persona candidata no podrá acceder a información clasificada de la UE (ICUE) de grado CONFIDENTIEL UE/EU CONFIDENTIAL o superior, ni asistir a ninguna reunión en la que se examine dicha ICUE.

Igualdad de oportunidades

La Comisión y la Agencia persiguen en sus políticas el objetivo estratégico de lograr la igualdad de género en todos los niveles de dirección antes de que finalice su mandato actual y aplican una política de igualdad de oportunidades y no discriminación, de conformidad con el artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (10), fomentando la presentación de candidaturas que puedan contribuir a una mayor diversidad, a la igualdad de género y al equilibrio geográfico general.

Condiciones de empleo

Los sueldos y las condiciones de empleo figuran en el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

La Agencia de la Unión Europea sobre Drogas contratará a la persona seleccionada como agente temporal con el grado AD 14 (11). Dependiendo de la duración de su experiencia profesional anterior, será clasificada en el escalón 1 o 2 de ese grado.

El candidato seleccionado será nombrado por un mandato inicial de cinco años, con una posible prórroga de otros cinco años como máximo, de conformidad con el Reglamento por el que se crea la Agencia, en su versión aplicable en el momento del nombramiento.

Los candidatos deberán tener en cuenta el requisito de superar con éxito un período de prueba de nueve meses que impone el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea a todo el personal de nueva incorporación.

El lugar de destino es Lisboa (Portugal).

El puesto está disponible a partir del 1 de enero de 2026.

Información importante para los candidatos

Se recuerda a los candidatos que la labor de los comités de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos se pongan en contacto directo o indirecto con sus miembros o que cualquier otra persona lo haga en su nombre. Todas las consultas deberán dirigirse a la secretaría del comité correspondiente.

Protección de datos personales

La Comisión se asegurará de que los datos personales de los candidatos sean tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (12). Este principio se aplica, en particular, a la confidencialidad y a la seguridad de dichos datos.

Independencia y declaración de intereses

Antes de asumir sus funciones, el director ejecutivo deberá hacer una declaración por la que se comprometa a actuar con independencia, imparcialidad, transparencia y en interés público, y deberá declarar cualquier interés que pudiera afectar a su imparcialidad. Dicha declaración debe renovarse con frecuencia anual.

Procedimiento de presentación de candidaturas

Antes de presentar su candidatura, los candidatos deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos de admisión (véase «Requisitos de admisión»), especialmente por lo que respecta a los tipos de titulación y a la experiencia profesional de alto nivel, así como a los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de admisión supondrá la exclusión automática del proceso de selección.

Quienes deseen presentar su candidatura deberán inscribirse a través de internet en el sitio web que se indica a continuación y seguir las instrucciones relativas a las diferentes etapas del proceso:

 

https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/

Será imprescindible disponer de una dirección de correo electrónico válida, que se utilizará para confirmar la inscripción y como medio de contacto con los candidatos durante las diferentes fases del proceso. Por lo tanto, deberá comunicarse a la Comisión Europea todo cambio en la dirección de correo electrónico.

Para finalizar la presentación de su candidatura, los candidatos deberán adjuntar un currículo en formato PDF, usando preferentemente el modelo CV Europass (13), y redactar, en línea, una carta de motivación (de 8 000 caracteres como máximo). El currículo y la carta de motivación podrán presentarse en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea.

Por su propio interés, los candidatos han de asegurarse de que su solicitud sea precisa, completa y veraz.

Una vez finalizada la inscripción en línea, los candidatos recibirán un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha quedado registrada. De no recibirlo, deben saber que la candidatura no ha quedado registrada.

Téngase en cuenta que no es posible realizar un seguimiento en línea de la tramitación de las candidaturas. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con los candidatos para informarles del estado de su candidatura.

Las candidaturas presentadas por correo electrónico no serán aceptadas. Para obtener más información, o en caso de problemas técnicos, se puede enviar un correo electrónico a: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu

Es responsabilidad de los candidatos completar la inscripción en línea dentro del plazo previsto. Recomendamos encarecidamente no esperar a los últimos días para presentar la candidatura, ya que una sobrecarga de las líneas o un fallo en la conexión a internet podrían dar lugar a una interrupción de la operación de inscripción en línea, obligando a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de inscripción, ya no se podrá introducir ningún dato. No se aceptarán las candidaturas presentadas fuera de plazo.

Plazo

El plazo para la inscripción finaliza el 30 de octubre de 2024 a las 12.00 horas (hora de Bruselas), momento a partir del cual ya no será posible inscribirse.


(1)  Reglamento (CEE) n.o 302/93 del Consejo, de 8 de febrero de 1993, por el que se crea un Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (DO L 36 de 12.2.1993, p. 1).

(2)  Reglamento (CE) n.o 1920/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre el Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (DO L 376 de 27.12.2006, p. 1).

(3)  Reglamento (UE) 2023/1322 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2023, sobre la Agencia de la Unión Europea sobre Drogas (EUDA) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1920/2006 (DO L 166 de 30.6.2023, p. 6).

(4)  La experiencia profesional solo se tendrá en cuenta si refleja una relación laboral real, definida como trabajo efectivo y genuino, remunerada y en calidad de empleado (con cualquier tipo de contrato) o de proveedor de servicios. Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se prorratearán en función del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Los permisos por maternidad, paternidad o adopción se tendrán en cuenta si se producen en el marco de un contrato de trabajo. Los doctorados, incluso si no fueran remunerados, se equipararán a experiencia profesional, si bien por una duración máxima de tres años y siempre que el doctorado en cuestión se haya completado con éxito. Un mismo período no podrá computarse más de una vez.

(5)  Los candidatos deberán indicar claramente en su currículo, en relación con todos los años exigidos de experiencia en puestos directivos, la siguiente información: 1) título y función de los puestos directivos desempeñados; 2) número de personas a su cargo en estos puestos; 3) volumen de los presupuestos gestionados; 4) número de niveles jerárquicos superiores e inferiores, y 5) número de personas con su mismo nivel de responsabilidad.

(6)   https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01958R0001-20130701

(7)   DO 45 de 14.6.1962, p. 1385/62, versión consolidada: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX%3A01962R003120240101.

(8)   https://commission.europa.eu/jobs-european-commission/job-opportunities/managers-european-commission_es#vacancies (únicamente disponible en inglés)

(9)  A menos que el miembro de la Comisión en cuestión, en consonancia con las Decisiones de la Comisión de 5 de diciembre de 2007 [PV(2007) 1811] y 30 de septiembre de 2020 [PV(2020) 2351], haya delegado esta tarea.

(10)   DO 45 de 14.6.1962, p. 1385/62, versión consolidada: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX%3A01962R003120240101.

(11)  El coeficiente corrector aplicable a las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea en Portugal es del 96,6 % desde el 1 de julio de 2023. Este coeficiente está sujeto a una revisión anual.

(12)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).

(13)  Se puede encontrar información sobre cómo crear un CV Europass en línea en: https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/5854/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)