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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/5726

17.10.2024

P9_TA(2024)0037

Persecución actual del Falun Gong en China, en particular el caso de Ding Yuande

Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de enero de 2024, sobre la persecución actual del Falun Gong en China, en particular el caso de Ding Yuande (2024/2504(RSP))

(C/2024/5726)

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre China,

Vistos el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno,

A.

Considerando que, desde 1999, el Partido Comunista de China (PCC) ha lanzado una persecución sistemática para erradicar el movimiento religioso Falun Gong; que la libertad de religión se está deteriorando en toda la República Popular China; que la censura y la vigilancia basadas en la tecnología son elementos centrales de esta represión; que el artículo 36 de la Constitución de la República Popular China establece que sus ciudadanos han de gozar de libertad de religión;

B.

Considerando que está documentado que miles de seguidores del Falun Gong han muerto como consecuencia de la persecución llevada a cabo por el PCC desde 1999; que sus seguidores son detenidos con frecuencia, presuntamente sometidos a torturas, abusos psiquiátricos y extracción forzada de órganos para que renuncien a su fe;

C.

Considerando que, el 12 de mayo de 2023, los seguidores del Falun Gong Ding Yuande y su esposa, Ma Ruimei, fueron detenidos sin una orden judicial; que Ma Ruimei fue puesta en libertad bajo fianza, pero fue intimidada por la policía debido a una campaña de rescate iniciada por su hijo en el extranjero;

D.

Considerando que Ding Yuande fue detenido y privado de visitas de familiares durante ocho meses; que, el 15 de diciembre de 2023, fue condenado a tres años de prisión y a una multa de 15 000 CNY; que Ding Yuande recurrió la sentencia;

1.

Insta encarecidamente a la República Popular China a que ponga fin inmediatamente a la persecución de los seguidores del Falun Gong y otras minorías, incluidos los uigures y los tibetanos; exige la liberación inmediata e incondicional del Sr. Ding y de todos los seguidores del Falun Gong en China;

2.

Pide a la República Popular China que ponga fin a la vigilancia y el control nacionales y transnacionales y a la supresión de la libertad de religión; insta a la República Popular China a que cumpla sus obligaciones en virtud del Derecho internacional y de su propia Constitución de respetar y proteger los derechos humanos;

3.

Pide a los Estados miembros de la Unión que suspendan los tratados de extradición con la República Popular China;

4.

Hace hincapié en que el respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho deben ocupar un lugar central en las relaciones de la Unión con China; pide a la Unión y a sus Estados miembros que apoyen y faciliten una investigación internacional sobre la persecución de los seguidores del Falun Gong y que planteen la cuestión de la persecución de las minorías religiosas en todos los diálogos políticos y sobre derechos humanos con las autoridades chinas; pide a los Estados miembros y a la Delegación de la Unión en la República Popular China que hagan un seguimiento de los juicios;

5.

Pide a la Unión y a sus Estados miembros que condenen públicamente los abusos del trasplante de órganos en China y que utilicen el régimen de sanciones de la UE de alcance mundial en materia de derechos humanos y los regímenes de sanciones nacionales en materia de derechos humanos contra todos los autores y entidades que hayan contribuido a la persecución de los seguidores del Falun Gong en China y en el extranjero; destaca que las medidas de la Unión deben incluir la denegación de visado, la inmovilización de activos, la expulsión de los territorios de la Unión, el enjuiciamiento penal, también sobre la base de una jurisdicción extraterritorial, y la presentación de cargos penales internacionales;

6.

Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución a las instituciones de la Unión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Gobierno y al Parlamento de la República Popular China.

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/5726/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)