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Diario Oficial
de la Unión Europea

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Serie C


C/2024/5466

10.9.2024

COMUNICACIÓN DEL MINISTERIO DE ENERGÍA DE HUNGRÍA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 3, APARTADO 2, DE LA DIRECTIVA 94/22/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 30 DE MAYO DE 1994, SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA CONCESIÓN Y EL EJERCICIO DE LAS AUTORIZACIONES DE PROSPECCIÓN, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS

Convocatoria de licitación pública para la adjudicación de una concesión en relación con la prospección, exploración y producción de hidrocarburos en el marco de una concesión en la zona de Hatvan

(C/2024/5466)

En nombre del Estado húngaro, el ministro de Energía (en lo sucesivo, «el poder adjudicador» o «el ministro»), como ministro responsable de la minería, publica una convocatoria de licitación pública para la prospección, exploración y producción de hidrocarburos en el marco de un contrato de concesión sobre la base de la Ley CXCVI de 2011 sobre activos nacionales (en lo sucesivo, la «Ley de activos nacionales»), la Ley XVI de 1991 sobre concesiones (en lo sucesivo, la «Ley de concesiones»), la Ley XLVIII de 1993 sobre minería (en lo sucesivo, la «Ley sobre el sector minero»), el Decreto gubernamental n.o 727/2020, de 31 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas normas que rigen los procedimientos de concesión en virtud de la Ley XVI de 1991 sobre concesiones, y el Decreto gubernamental n.o 446/2022, de 7 de noviembre de 2022, sobre el desempeño de las funciones del ministro sectorial competente para determinadas actividades sujetas a concesión, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:

1.   

El ministro publicará la convocatoria de licitación, valorará las ofertas y celebrará el contrato de concesión de conformidad con la Ley de concesiones y la Ley sobre el sector minero y sus reglamentos de ejecución. El comité de evaluación establecido por el ministro evaluará las ofertas que se ajusten al pliego de condiciones.

A propuesta del comité de evaluación, el ministro (1) publicará, con el acuerdo previo de la Autoridad de Supervisión para Actividades Reguladas de Hungría («SZTFH», por sus siglas en húngaro), la decisión por la que se adjudica la concesión, de conformidad con la sección 5, puntos 1 y 1 bis, de la Ley de concesiones, en base a la cual el ministro podrá celebrar el contrato de concesión con el licitador seleccionado.

2.   

La lengua del procedimiento de licitación es el húngaro.

3.   

Podrán participar en el procedimiento de licitación las personas físicas, húngaras o extranjeras, con capacidad de obrar y las entidades transparentes en el sentido de la Ley sobre bienes nacionales, siempre que cumplan los criterios del pliego de condiciones. También estarán permitidas las ofertas conjuntas. En caso de que varios licitadores presenten una oferta conjunta relativa a las actividades de la concesión, deberán designar obligatoriamente a uno de ellos como representante, pero asumirán la responsabilidad solidaria de la ejecución del contrato de concesión. En el marco de la licitación, los licitadores húngaros y extranjeros recibirán el mismo trato.

A efectos de la ejecución de las actividades objeto de concesión, el licitador que haya firmado el contrato (en lo sucesivo, «el concesionario») deberá constituir, con sus propios recursos y en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor de dicho contrato, una empresa con domicilio social en territorio húngaro (en lo sucesivo, «la empresa concesionaria»), de la que tendrá la mayoría de acciones, participaciones y votos, tanto en el momento de la constitución como a lo largo de su existencia. Como propietario, el concesionario deberá además imponer en la empresa concesionaria el cumplimiento de los requisitos definidos en el contrato de concesión. La empresa concesionaria, como explotador minero, gozará de los derechos establecidos en el contrato de concesión y estará sujeta a las obligaciones derivadas de dicho contrato.

4.   

La duración de la concesión es de veinte años a partir de la entrada en vigor del contrato de concesión; prorrogable una vez por un período máximo equivalente a la mitad de la duración prevista inicialmente sin que deba convocarse una nueva licitación específica, siempre que el concesionario y la empresa concesionaria hayan cumplido a su debido tiempo la totalidad de sus obligaciones contractuales.

5.   

Datos sobre la zona de la concesión:

La zona designada para la concesión se refiere a los territorios administrativos de los municipios indicados en el cuadro siguiente, en los condados de Pest, Jász–Nagykun–Szolnok, Nógrád y Heves.

Municipio

Condado

Municipio

Condado

Abasár

Heves

Kartal

Pest

Acsa

Pest

Kerekharaszt

Heves

Aldebrő

Heves

Kisbágyon

Nógrád

Apc

Heves

Kisnána

Heves

Aszód

Pest

Kozárd

Nógrád

Atkár

Heves

Kutasó

Nógrád

Bátonyterenye

Nógrád

Lőrinci

Heves

Bér

Nógrád

Ludas

Heves

Bercel

Nógrád

Markaz

Heves

Bodony

Heves

Mátraderecske

Heves

Bokor

Nógrád

Mátraszentimre

Heves

Boldog

Heves

Mátraszőlős

Nógrád

Buják

Nógrád

Nagykökényes

Heves

Csécse

Nógrád

Nagyréde

Heves

Cserhátszentiván

Nógrád

Nagyút

Heves

Csővár

Pest

Nógrádkövesd

Nógrád

Detk

Heves

Nógrádsáp

Nógrád

Domoszló

Heves

Pálosvörösmart

Heves

Ecséd

Heves

Palotás

Nógrád

Ecseg

Nógrád

Parád

Heves

Egerbakta

Heves

Parádsasvár

Heves

Egerszólát

Heves

Pásztó

Nógrád

Egyházasdengeleg

Nógrád

Petőfibánya

Heves

Erdőkürt

Nógrád

Püspökhatvan

Pest

Erdőtarcsa

Nógrád

Recsk

Heves

Galgaguta

Nógrád

Rózsaszentmárton

Heves

Galgahévíz

Pest

Sirok

Heves

Gyöngyös

Heves

Szarvasgede

Nógrád

Gyöngyöshalász

Heves

Szirák

Nógrád

Gyöngyösoroszi

Heves

Szuha

Nógrád

Gyöngyöspata

Heves

Szurdokpüspöki

Nógrád

Gyöngyössolymos

Heves

Szűcsi

Heves

Gyöngyöstarján

Heves

Tar

Nógrád

Halmajugra

Heves

Tarnaszentmária

Heves

Hatvan

Heves

Terény

Nógrád

Héhalom

Nógrád

Tura

Pest

Heréd

Heves

Vanyarc

Nógrád

Herencsény

Nógrád

Vécs

Heves

Hort

Heves

Verpelét

Heves

Jászfényszaru

Jász–Nagykun–Szolnok

Verseg

Pest

Jobbágyi

Nógrád

Visonta

Heves

Kálló

Nógrád

Zagyvaszántó

Heves

Karácsond

Heves

 

Capa superior de la zona de la concesión: superficie y capa inferior: 6 000 m por debajo del nivel del mar Báltico

Las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos no están incluidas en la zona designada para la concesión.

Las coordenadas de los vértices que delimitan la zona designada para la concesión pueden consultarse en el sistema nacional de proyección uniforme («EOV»), mientras que los datos de las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos, que no están incluidas en la zona designada para la concesión pueden consultarse en los sitios web de la Autoridad de Supervisión para Actividades Reguladas (https://sztfh.hu) o en el del Ministerio de Energía (https://kormany.hu/energiaugyi-miniszterium) de Hungría, haciendo clic en «Koncesszió».

Superficie de la zona designada para la concesión: 1 540 km2.

6.   

El canon de concesión neto mínimo es de 519 000 000 HUF (quinientos diecinueve millones de forintos) más IVA; en la oferta puede proponerse una cantidad fija más elevada. Tras el anuncio de los resultados, el licitador seleccionado deberá abonar el canon de concesión de acuerdo con las cantidades, las modalidades y los plazos establecidos en el contrato de concesión.

7.   

La participación en la licitación para la adjudicación de la concesión está condicionada al pago de un canon de participación de 20 000 000 HUF (veinte millones de forintos) más IVA; las modalidades de pago figuran en el expediente de licitación. El canon de participación debe figurar en la cuenta indicada en el expediente de licitación a más tardar a las 24.00 horas del día anterior a la fecha límite de presentación de ofertas.

8.   

Para que su solicitud sea válida, además de abonar el canon de participación, los licitadores tendrán que depositar una garantía de licitación de 100 000 000 HUF (cien millones de forintos), a más tardar a las 24.00 horas del día anterior a la fecha límite de presentación de ofertas, como compromiso de que mantendrán la oferta. La garantía de licitación será ejecutada por el poder adjudicador si el licitador retira su oferta o no llega a celebrar el contrato o a abonar el canon de concesión ofrecido de acuerdo con los importes, las modalidades y los plazos fijados en el contrato de concesión. En el expediente de licitación se especifican las modalidades de pago de la garantía de licitación.

9.   

El tipo más bajo del canon minero pagadero por la producción de hidrocarburos convencionales sobre la base del contrato de concesión será del 20 %, de conformidad con la decisión del ministro. En el procedimiento de licitación podrá presentarse una oferta que ofrezca el pago de un canon minero superior al canon minero mínimo, siempre que el canon resultante se registre en el contrato de concesión y se pague mientras dure la concesión. En los casos especificados en la sección 20, punto 3, letras e) e i), y en la sección 20, punto 5, de la Ley sobre el sector minero, el canon minero contractual será el tipo del canon minero especificado en la Ley sobre el sector minero aplicable en la fecha de presentación de la oferta.

10.   

Todas las condiciones e informaciones jurídicas, financieras, técnicas y de otra naturaleza en relación con el procedimiento pueden consultarse en el expediente de licitación.

11.   

El expediente de licitación puede obtenerse hasta el día anterior a la fecha límite de presentación de ofertas en la sede del Ministerio de Energía (Október huszonharmadika utca 18, 1117 Budapest), planta tercera, oficina 333, los días laborables de 9.00 a 15.00 horas, previa presentación del justificante de pago del precio de dicho expediente. El Ministerio de Energía, en su propio nombre, expedirá al comprador del expediente un acuse de recibo.

En el momento de la adquisición del expediente de licitación, deberá presentarse también una ficha de identificación del licitador que opta a la concesión, al objeto de poder ponerse en contacto con él y suministrarle la información necesaria. Dicha ficha puede descargarse en el sitio web del Ministerio de Energía (https://kormany.hu/energiaugyi-miniszterium), haciendo clic en «Koncesszió».

12.   

El precio de compra del expediente de licitación es de 200 000 HUF (doscientos mil forintos) más IVA, que deberán abonarse mediante transferencia bancaria a la cuenta marco de utilización de los créditos del Ministerio de Energía n.o 10032000-00290713-00000000 (IBAN: HU30 1003 2000 0029 0713 0000 0000, código SWIFT: HUSTHUHB, entidad financiera en la que se mantiene la cuenta: Tesoro Público húngaro). En el concepto de la transferencia deberá figurar el código HACHDV y el nombre del comprador. El expediente de licitación no podrá abonarse en efectivo y la cantidad pagada no podrá ser objeto de reembolso parcial ni total. Si no se recibiese el expediente de licitación, el precio de compra para dicho expediente sería reembolsado al comprador en el plazo de cinco días tras la fecha límite de presentación de ofertas.

13.   

Solo podrán presentar una oferta las personas que demuestren haber adquirido el expediente de licitación y hayan abonado de forma fehaciente los derechos de participación y la garantía de licitación. Cuando se presente una oferta conjunta, basta con que uno de los licitadores adquiera el expediente de licitación.

14.   

Las ofertas deberán presentarse en persona entre las 10.00 y las 12.00 horas del 15 de enero de 2025 en la sede el Ministerio de Energía (Október huszonharmadika utca 18, 1117 Budapest), planta tercera, oficina 333, en húngaro, según se especifica en el expediente de licitación.

15.   

Las ofertas serán vinculantes desde el momento de su presentación hasta el cierre del procedimiento de licitación. El licitador no podrá eludir el compromiso que adquiere al presentar una oferta.

16.   

El ministro se reserva el derecho de retirar la licitación sin justificación alguna hasta la fecha límite de presentación de ofertas.

17.   

El ministro se reserva el derecho de declarar desierto el procedimiento de licitación sin justificación alguna hasta la celebración del contrato de concesión una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas y de interrumpir el procedimiento. Si un procedimiento de licitación es declarado desierto, no podrá presentarse reclamación alguna contra el ministro, el Estado húngaro representado por el ministro o el Ministerio de Energía como organismo del ministro.

18.   

Si el ministro retira la licitación o declara desierto el procedimiento de licitación, reembolsará los gastos de participación abonados por el licitador en un plazo de quince días a partir de la interrupción del procedimiento.

19.   

A través de la empresa concesionaria que deberá constituir a tal fin, el licitador seleccionado adquiere los derechos exclusivos de prospección, exploración y producción de hidrocarburos durante todo el período de la concesión en la zona correspondiente. Una vez que la decisión por la que se establece el emplazamiento minero adquiera carácter definitivo, el derecho de concesión relativo a la zona de prospección se limitará a la zona del emplazamiento minero.

20.   

Cada licitador solo podrá presentar una oferta.

21.   

Plazo para la adjudicación de las ofertas de concesión: noventa días a partir de la expiración del plazo de presentación de ofertas.

22.   

El poder adjudicador garantizará unas condiciones de competencia justas y no aplicará ningún criterio preferencial.

23.   

Criterios de adjudicación de las ofertas:

I)

Criterios de evaluación del contenido del programa de prospección por lo que respecta a las actividades básicas de la concesión:

solidez técnica del programa de prospección (soluciones previstas para garantizar una prospección máxima de hidrocarburos);

duración prevista de las labores de prospección;

medidas previstas para proteger el medio ambiente y prevenir y atenuar los daños durante la ejecución de las actividades esenciales de la concesión;

fecha prevista de inicio de la producción (por ley, en menos de cinco años).

II)

Criterios de evaluación relativos a la capacidad técnica y financiera del licitador:

situación financiera del licitador y disponibilidad de los recursos financieros necesarios para la ejecución de las actividades básicas de la concesión, y proporción que representan los recursos propios;

valor total de las obras de referencia realizadas en el ámbito de la extracción de hidrocarburos en los tres años anteriores a la publicación de la licitación.

III)

Criterios de evaluación relativos a las obligaciones de pago contraídas en el contrato de concesión:

cuantía en la que el canon de concesión neto propuesto supera el canon de concesión mínimo fijado por el ministro;

cuantía en la que el canon minero complementario propuesto supera el canon minero mínimo fijado por el ministro.

El expediente de licitación contiene más información sobre los criterios de adjudicación y la legislación que regula el procedimiento de autorización de la concesión, así como sobre la realización y la conclusión de las actividades.

24.   

Contrato de concesión

El contrato de concesión deberá celebrarse en un plazo de noventa días a partir del anuncio de los resultados. El ministro podrá prorrogar dicho plazo una sola vez por un máximo de sesenta días.

El licitador seleccionado obtendrá el derecho, durante todo el período de la concesión y en el marco de esta, de llevar a cabo las actividades económicas exclusivas controladas por el Estado (prospección, exploración y producción de hidrocarburos en una zona determinada) de conformidad con las disposiciones legislativas pertinentes en vigor y los términos del contrato de concesión.

En el marco de la presentación de su oferta, los licitadores deberán tener en cuenta las disposiciones de la sección 22/A, punto 13, de la Ley sobre el sector minero, según las cuales, en el caso de los hidrocarburos, el derecho o la autorización de prospección de un operador minero no puede cubrir una zona de prospección total superior a 20 000 km2. Al determinar la zona de prospección, debe tenerse en cuenta la zona de prospección de la empresa minera que controle, en el sentido de la Ley V de 2013 del Código Civil, la empresa que desee adquirir el derecho de prospección. En caso de oferta conjunta, cada uno de los licitadores deberá cumplir este criterio.

El texto del proyecto de contrato de concesión se adjunta al expediente de licitación.

25.   

Tras la adquisición del expediente de licitación, podrá solicitarse información sobre el procedimiento, por escrito y únicamente en lengua húngara, siguiendo las modalidades previstas en dicho expediente. El Ministerio de Energía enviará las respuestas a todas las partes mediante las direcciones electrónicas indicadas en la ficha de identificación del licitador presentada en el momento de adquirir el expediente de licitación.

Budapest, 27 de junio de 2024.

Lajos Csaba LANTOS

Ministro


(1)  Por lo que se refiere a las actividades individuales objeto de concesión, el ministro de Energía está autorizado a actuar como representante legal del Estado húngaro como concedente, sobre la base de la sección 5, punto 1, de la Ley de concesiones, la sección 8 de la Ley sobre el sector minero, la sección 160, punto 1, del Decreto gubernamental n.o 182/2022, de 24 de mayo de 2022, sobre las funciones y competencias de los miembros del Gobierno, la sección 1 y el anexo 1 del Decreto gubernamental n.o 446/2022, de 7 de noviembre de 2022, sobre el desempeño de las funciones del ministro sectorial competente, la sección 3, punto 1, del Decreto gubernamental n.o 727/2020, de 31 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas normas que rigen los procedimientos de concesión en virtud de la Ley XVI de 1991 sobre concesiones, y la Decisión n.o 335/2022 del Presidente de la República, de 30 de noviembre de 2022, por la que se nombra al ministro.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/5466/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)