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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/4910

7.8.2024

Comunicación de la Comisión

Directrices técnicas relativas a los métodos de análisis para el control de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en las aguas destinadas al consumo humano

(C/2024/4910)

Índice

Abreviaturas 1

1.

Introducción 3

2.

Las disposiciones de la Directiva sobre el agua potable relativas al control de las PFAS 3

2.1.

Valores paramétricos 3

2.2.

Límites de detección (límite de cuantificación) 3

2.3.

Frecuencia de muestreo 4

3.

Métodos de análisis para el control de la suma de PFAS 4

3.1.

Ámbito de aplicación de los métodos 4

3.2.

Métodos de análisis 5

3.3.

Criterios de rendimiento de los métodos de análisis 6

3.3.1.

Límite de cuantificación 6

3.3.2.

Incertidumbre de medida 6

4.

Métodos de análisis para el control del total de PFAS 6

4.1.

Ámbito de aplicación de los métodos 6

4.2.

Métodos de análisis 6

4.2.1.

Métodos utilizados como indicadores para el total de PFAS 7

4.2.2.

Informe analítico del total de PFAS 8

5.

Referencias 8

Abreviaturas  (1)

PFAS

Sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas

PFAS aniónicas

PFAA

Ácidos perfluoroalquílicos

PFCA

Ácidos carboxílicos perfluoroalquílicos

TFA

Trifluoroacetato, también abreviatura frecuente del ácido trifluoroacético (TFAA)

PFPrA

Ácido perfluoropropanoico

PFBA

Ácido perfluorobutanoico

PFPeA

Ácido perfluoropentanoico

PFHxA

Ácido perfluorohexanoico

PFHpA

Ácido perfluoroheptanoico

PFOA

Ácido perfluorooctanoico

PFNA

Ácido perfluorononanoico

PFDA

Ácido perfluorodecanoico

PFUnDA

Ácido perfluoroundecanoico

PFDoDA

Ácido perfluorododecanoico

PFTrDA

Ácido perfluorotridecanoico

PFSA

Ácidos perfluoroalquilsulfónicos

TFMS

Ácido trifluorometanosulfónico

PFEtS

Ácido perfluoroetanosulfónico

PFPrS

Ácido perfluoropropanosulfónico

PFBS

Ácido perfluorobutanosulfónico

PFPeS

Ácido perfluoropentanosulfónico

PFHxS

Ácido perfluorohexanosulfónico

PFHpS

Ácido perfluoroheptanosulfónico

PFOS

Ácido perfluorooctanosulfónico

PFNS

Ácido perfluorononanosulfónico

PFDS

Ácido perfluorodecanosulfónico

PFUnDS

Ácido perfluoroundecanosulfónico

PFDoDS

Ácido perfluorododecanosulfónico

PFTrDS

Ácido perfluorotridecanosulfónico

Otras abreviaturas

CIC

Cromatografía iónica con combustión

CE

Comisión Europea

EFSA

Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

EOF

Flúor orgánico extraíble

GC

Cromatografía de gases

HRMS

Espectrometría de masas de alta resolución

ISO

Organización Internacional de Normalización

LC

Cromatografía líquida

LOD

Límite de detección

LOQ

Límite de cuantificación

MS

Espectrometría de masas

MS/MS

Espectrometría de masas en tándem

SPE

Extracción en fase sólida

Análisis TOP

Análisis total de precursores oxidables

1.   Introducción

La Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (versión refundida) (2) (en adelante, «la Directiva» o «la Directiva sobre el agua potable»), que entró en vigor el 12 de enero de 2021, introdujo parámetros y valores paramétricos para las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS). Estos valores son de 0,50 μg/l (500 ng/l) para el parámetro «total de PFAS» y de 0,10 μg/l (100 ng/l) para el parámetro «suma de PFAS», que abarca una lista de 20 PFAS (3). Los Estados miembros deben cumplir estos parámetros a más tardar el 12 de enero de 2026  (4). Podrán incluir valores más estrictos o parámetros adicionales en sus legislaciones nacionales al transponer la presente Directiva.

De conformidad con el artículo 13, apartado 7, de la Directiva sobre el agua potable y sobre la base de una consulta exhaustiva a los Estados miembros, el presente documento establece las directrices técnicas sobre los métodos de análisis para el control de las PFAS en el marco de los parámetros «total de PFAS» y «suma de PFAS» establecidos por la refundición de la Directiva sobre el agua potable. Estas directrices técnicas incluyen una selección de los métodos analíticos y los enfoques considerados más adecuados para el control de dichos parámetros, sobre la base de una evaluación técnica y socioeconómica [3].

Las sustancias incluidas en el parámetro «suma de PFAS» se enumeran en la parte B, punto 3, del anexo III de la Directiva.

El parámetro «total de PFAS» se define en el anexo I de la Directiva como «la totalidad de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas».

Hay un número cada vez mayor de casos de altas concentraciones de PFAS en agua dulce, incluida el agua potable, en toda la UE. Por consiguiente, la Comisión Europea anima a los Estados miembros a que actúen con prontitud en relación con estas directrices con el fin de acelerar el control de las PFAS y diseñar medidas para lograr el cumplimiento de los parámetros de la Directiva sobre el agua potable.

2.   Las disposiciones de la Directiva sobre el agua potable relativas al control de las PFAS

El artículo 13, apartado 7, de la Directiva dispone que «la Comisión establecerá directrices técnicas relativas a los métodos de análisis para controlar las sustancias de perfluoroalcoxialcano y polifluoroalcoxialcano incluidas en los parámetros “total de PFAS” y “suma de PFAS”, incluidos los límites de detección, los valores paramétricos y la frecuencia de muestreo».

A continuación se detallan los requisitos relativos a los límites de detección, el valor paramétrico y la frecuencia de muestreo.

2.1.    Valores paramétricos

Los valores paramétricos se establecen en la parte B del anexo I de la Directiva:

Total de PFAS

= 0,50 μg/l

Suma de PFAS

= 0,10 μg/l

Estos valores paramétricos deben cumplirse en el punto de cumplimiento establecido en el artículo 6 de la Directiva a más tardar el 12 de enero de 2026.

2.2.    Límites de detección (límite de cuantificación)

El criterio mínimo para el límite de cuantificación (LOQ) es igual o inferior al 30 % del valor paramétrico. Este requisito se establece en la parte B del anexo III de la Directiva, con referencia a la definición de LOQ que figura en el artículo 2, apartado 2, de la Directiva 2009/90/CE de la Comisión [4].

Esto significa que el límite de cuantificación debe ser de 30 ng/l (0,03 μg/l) o inferior para el parámetro «suma de PFAS» y 150 ng/l (0,15 μg/l) o inferior para el parámetro «total de PFAS». El artículo 2, apartado 2, de la Directiva 2009/90/CE de la Comisión define el límite de cuantificación como «un múltiplo declarado del límite de detección [LOD] a una concentración del determinando que se puede determinarse razonablemente con un grado aceptable de exactitud y precisión. El límite de cuantificación se puede calcular utilizando un patrón o muestra adecuada y se puede obtener del punto de calibración más bajo en la curva de calibración, excluido el valor del blanco».

El LOQ (o el LOD) solo puede calcularse razonablemente para sustancias individuales. Dado que los valores paramétricos de las PFAS para el parámetro «suma de PFAS» representan la suma de 20 sustancias individuales, se recomienda un límite de cuantificación de 1,5 ng/l o inferior para cada sustancia a fin de obtener una cifra significativa para la totalidad de las 20 PFAS detectadas (5). En el caso del PFHxS, el PFOA, el PFOS y el PFNA (PFAS altamente preocupantes según la evaluación de la EFSA de 2020 [5]), el límite de cuantificación objetivo debe ser muy inferior a 1,5 ng/l a fin de reducir los posibles efectos adversos y reflejar la gran importancia toxicológica de las cuatro sustancias.

2.3.    Frecuencia de muestreo

La frecuencia mínima de muestreo y análisis se establece en la parte B, cuadro 1, del anexo II de la Directiva. El número de muestras depende del volumen de agua potable distribuida o producida diariamente en una zona de suministro determinada.

Pueden resultar necesarias otras frecuencias de muestreo sobre la base de las evaluaciones de riesgos de la zona de captación y del sistema de suministro realizadas de conformidad con los artículos 8 y 9, respectivamente, de la Directiva.

3.   Métodos de análisis para el control de la suma de PFAS

3.1.    Ámbito de aplicación de los métodos

El parámetro «suma de PFAS», tal como se define en la parte B del anexo I de la Directiva, es un subconjunto de 20 sustancias PFAS (objetivos) individuales preocupantes de entre las numerosas PFAS posibles («total de PFAS»). Estas 20 sustancias se enumeran en la parte B, punto 3, del anexo III de la Directiva.

Las sustancias incluidas en la «suma de PFAS» contienen un grupo perfluoroalquilo con 3 o más carbonos (es decir, –CnF2n–, n ≥ 3) o un grupo éter de perfluoroalquilo con 2 o más carbonos (es decir, –CnF2nOCmF2m–, n y m ≥ 1). La longitud total de la cadena comprende de 4 a 13 átomos de carbono, y hay 10 ácidos carboxílicos perfluoroalquilados (PFCA) y 10 ácidos perfluoroalquilsulfónicos (PFSA). El cuadro 1 muestra una visión general de las 20 PFAS individuales. El valor paramétrico de la suma de las 20 sustancias es de 0,10 μg/l.

Debido a esta definición de la Directiva, los compuestos de PFAS de cadena ultracorta con 2 o 3 átomos de carbono quedan excluidos de la «suma de PFAS». Esto afecta, en particular, al ácido trifluoroacético (TFA) y al ácido perfluoropropanoico (PFPrA), así como al ácido trifluorometanosulfónico (TFMS), al ácido perfluoroetanosulfónico (PFEtS) y al ácido perfluoropropanosulfónico (PFPrS).

En el contexto de las presentes directrices técnicas, se considera que las 20 sustancias que figuran en la parte B, punto 3, del anexo III de la Directiva (véase el cuadro 1) incluyen isómeros lineales y ramificados. Las concentraciones másicas notificadas con arreglo a la Directiva deben incluir la suma de todos los isómeros.

Cuadro 1:

PFAS enumeradas en la parte B, punto 3, del anexo III de la Directiva que deben analizarse para comunicar el valor paramétrico de «suma de PFAS» (* abreviatura no mencionada en la Directiva)

Longitud de la cadena de carbono

Ácidos carboxílicos perfluoroalquílicos (PFCA)

Ácidos perfluoroalquilsulfónicos (PFSA)

4

Ácido perfluorobutanoico (PFBA)

Ácido perfluorobutanosulfónico (PFBS)

5

Ácido perfluoropentanoico (PFPA)

Ácido perfluoropentanosulfónico (PFPS)

6

Ácido perfluorohexanoico (PFHxA)

Ácido perfluorohexanosulfónico (PFHxS)

7

Ácido perfluoroheptanoico (PFHpA)

Ácido perfluoroheptanosulfónico (PFHpS)

8

Ácido perfluorooctanoico (PFOA)

Ácido perfluorooctanosulfónico (PFOS)

9

Ácido perfluorononanoico (PFNA)

Ácido perfluorononanosulfónico (PFNS)

10

Ácido perfluorodecanoico (PFDA)

Ácido perfluorodecanosulfónico (PFDS)

11

Ácido perfluoroundecanoico (PFUnDA)

Ácido perfluoroundecanosulfónico (PFUnDS) *

12

Ácido perfluorododecanoico (PFDoDA)

Ácido perfluorododecanosulfónico (PFDoDS) *

13

Ácido perfluorotridecanoico (PFTrDA)

Ácido perfluorotridecanosulfónico (PFTrDS) *

Para llevar a cabo una evaluación analítica de sustancias orgánicas traza no volátiles (objetivos) individuales con propiedades químicas similares a las de las PFAS, la tecnología más avanzada es la cromatografía líquida acoplada a la espectrometría de masas en tándem (LC-MS/MS) (véanse los métodos de análisis enumerados en el punto 3.2, Métodos de análisis). Normalmente, el agua potable no filtrada se analiza siguiendo un procedimiento de muestreo adecuado.

El alcance de un método de análisis puede incluir otras alternativas validadas similares a las PFAS y sustitutos de PFAS, así como sustancias orgánicas traza similares, como ácidos fluorotelomerosulfónicos o perfluorosulfonamidas. El usuario del método es libre de incluir más sustancias tras una validación adecuada para cada sustancia integrada, entendiéndose que el resultado analítico de la «suma de PFAS» incluye únicamente las sustancias que figuran en la parte B, punto 3, del anexo III de la Directiva.

3.2.    Métodos de análisis

Los métodos de análisis deben cumplir los requisitos generales y específicos relativos al parámetro «PFAS» establecidos en el anexo III de la Directiva. Los métodos de análisis recomendados para el parámetro «suma de PFAS» son los siguientes:

EN 17892:2024 parte A

(LC-MS, método de inyección directa)

EN 17892:2024 parte B

(LC-MS, método de enriquecimiento mediante SPE)

Las partes A y B de la norma EN 17892 están diseñadas y validadas para las 20 sustancias objetivo incluidas en el parámetro «suma de PFAS» de la Directiva. La norma EN 17892 es el primer método normalizado que asegura la plena validación de un ensayo interlaboratorios europeo.

Se pueden utilizar otros métodos normalizados equivalentes, siempre que cumplan los requisitos generales y específicos relativos al parámetro «PFAS» establecidos en el anexo III de la Directiva.

3.3.    Criterios de rendimiento de los métodos de análisis

3.3.1.   Límite de cuantificación

En estas directrices se considera que el requisito del LOQ del 30 % del valor paramétrico (0,10 μg/l) establecido en la parte B, punto 1, del anexo III de la Directiva alcanza un LOQ medio de 1,5 ng/l para cada uno de los 20 compuestos objetivo, de modo que es posible medir el 30 % (30 ng/l) del valor paramétrico de la «suma de PFAS».

Un estudio realizado por laboratorios expertos europeos [3] demostró que el LOQ medio de las 20 PFAS objetivo era de 1,38 ng/l (redondeado a 1,4 ng/l) con el método de inyección directa (parte A) y de 1,28 ng/L (redondeado a 1,3 ng/l) con el método de extracción en fase sólida (SPE) (parte B). En ambos métodos se demostró que, en principio, se ajustan a lo dispuesto en la parte B del anexo III de la Directiva. El usuario del método debe validar el cumplimiento de los LOQ para las condiciones internas dadas.

El estudio demostró que ambas partes de la norma EN 17892:2024 pueden proporcionar valores de LOQ conformes con un valor medio inferior a 1,5 ng/l. El enfoque SPE suele ser más sensible debido a la etapa de enriquecimiento que incluye. Los laboratorios deben demostrar una sensibilidad suficiente de conformidad con los requisitos de la Directiva y el sistema de gestión de la calidad aplicado (por ejemplo, EN ISO/IEC 17025). En condiciones óptimas, deben ser alcanzables unos LOQ de alrededor de 0,1 ng/l o incluso inferiores. En este rango de concentración ultratraza, las condiciones ambientales y de laboratorio son el factor limitante para los LOQ muy bajos.

3.3.2.   Incertidumbre de medida

La misma encuesta realizada por los laboratorios expertos europeos [3] también demostró que las incertidumbres de medida expandidas individuales pueden estar muy por debajo del límite del 50 % establecido en la Directiva. Las incertidumbres de medida medias de las 20 PFAS incluidas en la «suma de PFAS» estaban en el rango del 23 % al 31 %, con desviaciones típicas de entre el 10 % y el 16 % para la parte A (inyección directa). En la parte B (enriquecimiento mediante SPE), las incertidumbres de medida medias estaban en el rango del 18 % al 39 %, con desviaciones típicas de entre el 5 % y el 17 %. El usuario del método debe validar el cumplimiento de las incertidumbres para las condiciones internas dadas.

4.   Métodos de análisis para el control del total de PFAS

4.1.    Ámbito de aplicación de los métodos

La gama de sustancias incluidas en el parámetro «total de PFAS» se define en la Directiva como «la totalidad de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas». La Directiva no ofrece una definición más específica del parámetro.

La única definición ampliamente acordada de PFAS de que se disponía cuando se adoptó la Directiva era la definición técnica de la OCDE de 2018 [1]. Esta definición se revisó en 2021, es decir, tras la adopción de la Directiva [2]; ahora incluye la sustancia ácido trifluoroacético (TFA). El TFA, una PFAS de cadena ultracorta, es una sustancia hidrófila, móvil y persistente que entra en el ciclo del agua principalmente a través de la degradación de diversas sustancias fluoradas y de fuentes difusas de contaminación. Existen muchos orígenes posibles del TFA en fuentes de agua no tratada, como plaguicidas, refrigerantes, tratamientos de aguas residuales y contaminación industrial.

Los resultados disponibles del control del TFA procedente de fuentes de agua no tratada en todos los Estados miembros indican que las concentraciones de TFA en el punto de cumplimiento pueden superar significativamente el valor paramétrico «total de PFAS» de la Directiva.

Los efectos del TFA sobre la salud están siendo evaluados actualmente por la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la base de los conocimientos científicos más recientes. En función de los resultados de esta evaluación, la OMS podría formular nuevas recomendaciones sobre las concentraciones de TFA en el agua potable.

Estas orientaciones técnicas contienen recomendaciones sobre cómo tratar el TFA dentro del parámetro «total de PFAS».

4.2.    Métodos de análisis

Los métodos de análisis deben tener en cuenta tanto las especificaciones generales como las específicas relativas al parámetro «PFAS», tal como se establece en el anexo III de la Directiva, «Especificaciones para el análisis de los parámetros».

4.2.1.   Métodos utilizados como indicadores para el total de PFAS

En la actualidad, ningún método analítico por sí solo es plenamente capaz de cubrir o cuantificar todas las sustancias posibles de una gran clase de sustancias con una amplia gama de masas moleculares, así como propiedades químicas y estructurales diversas. A este respecto, debe considerarse que cada método analítico para el análisis de trazas de compuestos orgánicos tiene su propia «ventana analítica», más o menos amplia. El parámetro «total de PFAS» es un parámetro de suma típico y todos los métodos recomendados pueden ofrecer resultados útiles y un indicador para medirlo. Para más información, véase el informe completo sobre la evaluación técnica y socioeconómica [3].

En la actualidad, los métodos recomendados en estas directrices como indicadores para medir el parámetro «total de PFAS» no están normalizados ni armonizados; las recomendaciones abarcan los principios de análisis, pero no ofrecen orientaciones sobre la preparación de la muestra:

1.

Análisis TOP (análisis total de precursores oxidables)

2.

EOF-CIC [cromatografía iónica con combustión (CIC) tras extracción de flúor (EOF)]

3.

Análisis no dirigido y de compuestos sospechosos mediante LC-HRMS (cromatografía líquida combinada con espectrometría de masas de alta resolución)

1.

Los métodos de análisis TOP implican la oxidación con persulfato en solución alcalina. Los métodos de análisis TOP son específicos para las PFAS que se oxidan a ácidos carboxílicos perfluorados y presentan un riesgo muy pequeño de sobrestimar la carga de PFAS en cantidades preocupantes. Los compuestos de éteres perfluorados, y posiblemente otros, no se oxidan a ácidos carboxílicos perfluorados. Junto con los riesgos de conversión incompleta de los precursores, existe un alto riesgo de subestimar el «total de PFAS». Todos los productos de oxidación deben cuantificarse y recopilarse en el resultado analítico indirecto presentado como «PFAS TotalTOP » en ng/l.

2.

Los métodos EOF-CIC son inclusivos y cuantitativos para el «total de PFAS» con arreglo a la Directiva y existe un riesgo bajo de subestimar la carga de PFAS en cantidades preocupantes. Los métodos EOF actuales incluyen compuestos que no son PFAS, como grupos CF y sustancias inorgánicas, como PF 6 - , BF 4 - y, posiblemente, otras especies del F-. Los resultados cuantitativos proporcionan concentraciones de flúor extraíble (ng/l F) que deben convertirse a un indicador de concentración másica de PFAS (se recomiendan los equivalentes en masa de PFOA) para poder compararlas con el valor paramétrico. El valor de conversión para obtener PFOAeq a partir de la concentración másica de flúor es 1,45 (6). Una concentración másica de 345 ng/l de F corresponde a una concentración másica de 500 ng/l de PFOAeq. El entorno de otros posibles compuestos fluorados no está bien estudiado y puede dar lugar a que se supere el valor paramétrico de 0,50 μg/l (500 ng/l). Los resultados analíticos indirectos se presentan como «total de PFASEOF-CIC,PFOAeq » en ng/l de PFOAeq .

3.

El análisis LC-HRMS, como análisis no dirigido y de compuestos sospechosos de PFAS utilizando LC-HMRS, no depende de la disponibilidad de estándares analíticos individuales y, por tanto, puede detectar un número significativamente mayor de compuestos que el análisis dirigido (amplia ventana analítica). Se trata de un enfoque poderoso para hacer frente a la contaminación desconocida, pero por el momento los métodos disponibles se basan en parte en la ciencia y en parte en la opinión de expertos y solo proporcionan resultados semicuantitativos. La selectividad de los métodos no dirigidos y de compuestos sospechosos depende del proceso de trabajo que se siga con los datos obtenidos con HRMS, lo que proporciona un nivel de especificidad inferior al del análisis dirigido. El riesgo de falsos negativos y falsos positivos depende del nivel de significación con el que las señales detectadas puedan notificarse como PFAS confirmadas. Los resultados analíticos indirectos se presentan como «total de PFASHRMS » en ng/l.

Ninguno de estos tres métodos indirectos puede cuantificar con precisión el parámetro «total de PFAS», pero pueden proporcionar medidas indirectas de este. Para los tres métodos, el pretratamiento de la muestra es crucial. En algunos casos, esta fase requiere una atención especial con el fin de lograr una mayor armonización y validación en el futuro.

Ninguno de los tres métodos indirectos ha sido completamente validado para las PFAS de cadena ultracorta (como el TFA) y otros compuestos organofluorados, como medicamentos, plaguicidas fluorados, y sus productos de degradación fluorados con al menos un grupo -CF3 o -CF2. En concreto, la recuperación de TFA puede variar significativamente en función del pretratamiento de la muestra. Por lo tanto, se recomienda verificar y documentar la recuperación de TFA. Una concentración másica de 500 ng/l de TFA corresponde a una concentración de alrededor de 250 ng/l de F cuando se calcula utilizando un método específico para el flúor como el EOF-CIC, siempre que se logre una recuperación de TFA del 100 %. Para una información analítica más detallada, véase el informe completo sobre la evaluación técnica y socioeconómica [3].

Siguen faltando datos fiables sobre la incertidumbre de las medidas y el LOQ en la mayoría de los métodos anteriores. Esto significa que aún no es posible garantizar el cumplimiento de los requisitos de rendimiento analítico establecidos en la parte B del anexo III de la Directiva para el parámetro «total de PFAS». Por lo tanto, se recomienda utilizar los métodos indirectos junto con ensayos interlaboratorios, así como llevar a cabo pretratamientos y utilizar datos conexos para eliminar las PFAS. También se recomienda incluir objetivos para lograr el cumplimiento de los requisitos del anexo III para el «total de PFAS».

4.2.2.   Informe analítico del total de PFAS

Para el informe analítico de los resultados del «total de PFAS», debe evaluarse la contribución del TFA como PFAS de cadena ultracorta en las aguas destinadas al consumo humano, ya que la concentración de TFA podría superar (significativamente) el valor paramétrico de «total de PFAS» de la Directiva.

La Comisión recomienda el siguiente enfoque para el informe de los resultados analíticos del «total de PFAS»:

Paso 1:

Determinar el resultado analítico del «total de PFAS» ([total de PFAS]) mediante uno de los tres métodos indirectos de análisis recomendados, indicando de qué método se trata, ([total de PFAS TOP], [total de PFASEOF-CIC PFOAeq] o [total de PFASHRMS]).

Paso 2:

Determinar el resultado analítico de la sustancia TFA ([TFA]) utilizando un método de análisis dirigido. El método dirigido debe cumplir los requisitos establecidos en el anexo III de la Directiva, en particular los requisitos de la parte B para el parámetro «total de PFAS».

Paso 3:

El informe analítico debe incluir el valor de [PFAS Total], [TFA] y [total de PFAS] – [TFA], indicando qué método indirecto y qué método dirigido se han utilizado.

Paso 4:

Si [total de PFAS] – [TFA] < 0, se recomienda marcar los resultados analíticos notificados en la etapa 3 como no concluyentes.

5.   Referencias

[1]

OCDE (2018): «Toward a new comprehensive global database of per- and polyfluoroalkyl substances (PFASs): summary report on updating the OECD 2007 list of per- and polyfluoroalkyl substances». Editado por OECD Publishing. Paris (OECD Series on Risk Management, 39).

[2]

OCDE (2021): «Reconciling Terminology of the Universe of Per- and Polyfluoroalkyl Substances: Recommendations and Practical Guidance». Editado por OECD Publishing. Paris (OECD Series on Risk Management, 61).

[3]

Final report on the support for developing and drafting technical guidelines on PFAS substances under the recast Drinking Water Directive, Contrato de servicios N.o 090202/2023/890359/SER/ENV.C.2.

[4]

DIRECTIVA 2009/90/CE DE LA COMISIÓN, de 31 de julio de 2009, por la que se establecen, de conformidad con la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las especificaciones técnicas del análisis químico y del seguimiento del estado de las aguas (DO L 201 de 1.8.2009, p. 36).

[5]

EFSA (2020): Risk to human health related to the presence of perfluoroalkyl substances in food (europa.eu).

(1)  En el caso de las PFAS, se aplicó la nomenclatura que figura en OCDE (2021) [2] en la medida en que era aplicable.

(2)  Directiva (UE) 2020/2184 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (versión refundida) (DO L 435 de 23.12.2020, p. 1).

(3)  Los parámetros y los valores paramétricos de las PFAS se incluyen en la parte B del anexo I de la Directiva sobre el agua potable. La lista de PFAS incluidas en «suma de PFAS» figura en la parte B, punto 3, del anexo III.

(4)  Artículo 25 de la refundición de la Directiva sobre el agua potable.

(5)  Cabe señalar que el mejor LOQ actual que puede alcanzarse para una sustancia PFAS individual es de alrededor de 0,1 ng/l o incluso inferior (por LC-MS/MS después del enriquecimiento, por ejemplo, mediante la norma EN 17892, parte B).

(6)  PFOAeq = [concentración de F / (nF *MMF)] × MMPFOA = concentración F * 1,45 (donde nF =15, MMF = 19 g/mol y MMPFOA = 414 g/mol).


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4910/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)