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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/4844

12.8.2024

Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 10 de mayo de 2024 – Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni (AGCOM) / BRT SpA y otros

(Asunto C-345/24, AGCOM)

(C/2024/4844)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Autorità per le Garanzie nelle Comunicazioni (AGCOM)

Recurridas: BRT SpA, Federazione Italiana Trasportatori (FEDIT), Associazione Italiana dei Corrieri Aerei Internazionali (AICAI), DHL Express (Italy) Srl, TNT Global Express Srl, Fedex Express Italy Srl, United Parcel Service Italia Srl, Amazon Italia Transport Srl, Amazon Italia Logistica Srl, Amazon EU Sàrl

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se aplica el Reglamento (UE) 2018/644 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, sobre los servicios de paquetería transfronterizos, (1) como tal, en lo que respecta a la recogida de información, solo a los prestadores de servicios de paquetería transfronterizos o, con carácter general, a todos los prestadores de servicios de paquetería, salvo exclusiones específicas relativas a determinadas disposiciones?

2)

En caso de respuesta afirmativa al primer supuesto de la primera cuestión prejudicial, ¿cabe considerar que son la Directiva 97/67/CE (2) o las denominadas «facultades implícitas» la base jurídica que permite a las autoridades nacionales de reglamentación imponer en cualquier caso a los prestadores de servicios de paquetería también no transfronterizos obligaciones de información de carácter general?

3)

En caso de respuesta negativa a la segunda cuestión prejudicial, ¿debe considerarse razonable, no discriminatorio y conforme con los artículos 14, 114 y 169 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea el hecho de que el Reglamento (UE) 2018/644 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, no se aplique a los prestadores de servicios de paquetería no transfronterizos?

4)

¿Dentro de qué límites (también desde el punto de vista de la necesidad y de la proporcionalidad) puede la autoridad nacional de reglamentación imponer a los prestadores de servicios de paquetería obligaciones de información? En particular, ¿es posible imponer obligaciones de información simétricas relativas a

i)

las condiciones aplicadas a los diferentes tipos de clientes;

ii)

los contratos que regulan las relaciones entre la empresa individual que presta el servicio de paquetería y las empresas que, de diversas maneras, dependiendo de las particularidades del sector, contribuyen a prestar este servicio;

iii)

las condiciones económicas y la protección jurídica ofrecidas a los trabajadores empleados en distintos conceptos en la prestación del servicio?


(1)   DO 2018, L 112, p. 19.

(2)  Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio (DO 1998, L 15, p. 14).


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4844/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)