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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2024/3938 |
20.6.2024 |
Petición de dictamen consultivo al Tribunal de la AELC presentada por el Oslo tingrett (Tribunal de Distrito de Oslo), el 26 de enero de 2024, en el asunto Bygg & Industri Norge AS y otros/Staten v/Arbeids- og inkluderingsdepartementet (Estado noruego, representado por el Ministerio de Trabajo e Inclusión Social)
(Asunto E-2/24)
(C/2024/3938)
El Tribunal de la AELC recibió una petición de dictamen consultivo, registrada en la Secretaría del Tribunal el 26 de enero de 2024 y formulada por el Oslo tingrett (Tribunal de Distrito de Oslo) el 26 de enero de 2024, en el asunto Bygg & Industri Norge AS y otros/Staten v/Arbeids- og inkluderingsdepartementet (Estado noruego, representado por el Ministerio de Trabajo e Inclusión Social), sobre las cuestiones siguientes:
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1. |
¿Tiene alguna incidencia el hecho de que una empresa de trabajo temporal de un Estado del EEE que cede trabajadores a empresas del mismo Estado del EEE tenga trabajadores nacionales de otros Estados del EEE para determinar si existe un elemento transfronterizo con arreglo a las normas sobre libre prestación de servicios (artículo 36 del Acuerdo EEE)? |
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2. |
¿Qué puede constituir un objetivo legítimo a efectos de las restricciones de la libre prestación de servicios a que se refiere el artículo 36 del Acuerdo EEE en forma de prohibiciones y limitaciones a la cesión de trabajadores? |
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3. |
¿Qué criterios rigen la determinación de si la cesión de trabajadores es adecuada y necesaria para satisfacer objetivos legítimos? En este contexto, ¿debe atribuirse importancia al hecho de que la restricción constituya una prohibición geográfica y sectorial de la cesión de trabajadores por parte de empresas de trabajo temporal? |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3938/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)