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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/1950

6.3.2024

Actualización de la lista de permisos de residencia a que se refiere el artículo 2, punto 16, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (1)

(C/2024/1950)

La publicación de la lista de permisos de residencia a que se refiere el artículo 2, punto 16, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (2), se basa en la información notificada por los Estados miembros a la Comisión, de conformidad con el artículo 39 del Código de fronteras Schengen.

Además de la publicación en el Diario Oficial, existe una actualización periódica disponible en el sitio web de la Dirección General de Migración y Asuntos de Interior.

LISTA DE PERMISOS DE RESIDENCIA EXPEDIDOS POR LOS ESTADOS MIEMBROS

DINAMARCA

Sustitución de la lista publicada en el DO C 126 de 12.4.2021, p. 1.

1.    Permisos de residencia expedidos según el modelo uniforme

Permisos de residencia:

Kort C. Tidsbegrænset opholdstilladelse til udlændinge, der er fritaget for arbejdstilladelse

(Tarjeta C. Permiso de residencia temporal para extranjeros que no están obligados a tener permiso de trabajo)

Kort D. Tidsubegrænset opholdstilladelse til udlændinge, der er fritaget for arbejdstilladelse

(Tarjeta D. Permiso de residencia de validez ilimitada para extranjeros que no están obligados a tener permiso de trabajo)

Kort E. Tidsbegrænset opholdstilladelse til udlændinge, der ikke har ret til arbejde

(Tarjeta E. Permiso de residencia temporal para extranjeros que no tienen derecho a trabajar)

Kort F. Tidsbegrænset opholdstilladelse til flygtninge – er fritaget for arbejdstilladelse

(Tarjeta F. Permiso de residencia temporal para refugiados que no están obligados a tener permiso de trabajo)

Kort J. Tidsbegrænset opholds- og arbejdstilladelse til udlænding

(Tarjeta J. Permiso de residencia y de trabajo temporal para extranjeros)

Kort R. Tidsbegrænset opholdstilladelse og tidsbegrænset arbejdstilladelse med kortere gyldighed end opholdstilladelsen

(Tarjeta R. Permiso de residencia y de trabajo temporal de menor duración que el permiso de residencia)

Kort Z. Tidsbegrænset opholdstilladelse og begrænset arbejdstilladelse til studerende

(Tarjeta Z. Permiso de residencia temporal y de trabajo limitado para estudiantes)

Con anterioridad al 20 de mayo de 2011, el Servicio de Inmigración danés expedía etiquetas adhesivas de residencia que se adhieren al pasaporte, con las siguientes menciones:

Sticker B. Tidsbegrænset opholdstilladelse til udlændinge, der ikke har ret til arbejde

(Etiqueta B. Permiso de residencia temporal para extranjeros sin derecho a trabajar)

Sticker C. Tidsbegrænset opholds- og arbejdstilladelse

(Etiqueta C. Permiso de residencia y de trabajo temporal)

Sticker H. Tidsbegrænset opholdstilladelse til udlændinge, der er fritaget for arbjdstilladelse

(Etiqueta H. Permiso de residencia temporal para extranjeros que no están obligados a tener permiso de trabajo)

Sticker Z. Tidsbegrænset opholds- og arbejdstilladelse til studerende

(Etiqueta Z. Permiso de residencia y de trabajo temporal para estudiantes)

Estas etiquetas adhesivas están aún en circulación y son válidas para el periodo indicado en las mismas.

Etiquetas adhesivas de residencia expedidas por el Ministerio de Asuntos Exteriores:

 

Desde el 1 de abril de 2008, el Ministerio ha expedido las siguientes etiquetas adhesivas de permiso de residencia:

Sticker B. Tidsbegrænset opholdstilladelse til udlændinge, der ikke har ret til at arbejde

(Etiqueta B. Permiso de residencia temporal para extranjeros sin derecho a trabajar. Expedida a: diplomáticos, personal técnico y administrativo destacado, personal doméstico de diplomáticos destacado, personal de rango equivalente en las organizaciones internacionales con oficinas en Copenhague. Válido para la residencia y para entradas múltiples durante el tiempo que dure la misión).

Cuando la etiqueta B se expida como permiso de residencia temporal válido para las Islas Feroe o Groenlandia, figurará en ella una anotación en la sección para observaciones que rezará: «Tilladelsen gælder kun på Færøerne» (permiso de residencia válido únicamente para las Islas Feroe) o «Tilladelsen gælder kun i Grønland» (permiso de residencia válido únicamente en Groenlandia). Expedida a diplomáticos o personal de rango equivalente de las organizaciones internacionales con oficinas en Copenhague que viajen de Copenhague a las Islas Feroe o Groenlandia en misión oficial y retornen a Copenhague.

Sticker H. Tidsbegrænset opholdstilladelse til udlændinge, der er fritaget for arbejdstilladelse

(Etiqueta H. Permiso de residencia temporal para extranjeros que no están obligados a tener permiso de trabajo. Expedida a: miembros de las familias que acompañan a los diplomáticos y al personal técnico y administrativo destacado, así como al personal de rango equivalente en las organizaciones internacionales con oficinas en Copenhague. Válido para la residencia y para entradas múltiples durante el tiempo que dure la misión).

Nota: con anterioridad al 1 de abril de 2008, el Ministerio de Asuntos Exteriores expedía etiquetas adhesivas de residencia rosas sin numeración y escritas parcialmente a mano:

Sticker E – Diplomatisk visering

(Permiso de residencia diplomático)

Sticker F – Opholdstilladelse

(Permiso de residencia)

Etiqueta S – familiares acompañantes incluidos en el pasaporte

Etiqueta G – visado diplomático especial para las Islas Feroe y Groenlandia.

Estas etiquetas adhesivas están aún en circulación y son válidas para el periodo indicado en las mismas.

Los documentos de identidad para diplomáticos, personal técnico y administrativo, servicio doméstico, etc., expedidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores no son prueba del permiso para residir en Dinamarca y no dan a su titular derecho a entrar en el territorio sin visado, en caso de que este sea necesario.

2.    Todos los demás documentos expedidos a nacionales de terceros países con valor equivalente a un permiso de residencia

Tarjetas de residencia:

Kort K. Tidsbegrænset opholdskort til tredjelandsstatsborgere efter EU - reglerne)

(Tarjeta K. Tarjeta de residencia temporal para los nacionales de terceros países al amparo de las normas de la UE)

Kort L. Tidsubegrænset opholdskort til tredjelandsstatsborgere efter EUreglerne)

(Tarjeta L. Tarjeta de residencia con una duración ilimitada para los nacionales de terceros países al amparo de las normas de la UE)

Nota: todavía circulan algunos permisos de residencia antiguos de los tipos B, D y H válidos expedidos con un formato distinto. Estas tarjetas son de papel plastificado, con un tamaño aproximado de 9 × 13 cm y llevan estampado el escudo de Dinamarca en trama blanca. Para la tarjeta B, el color de base es el beige, para la tarjeta D, el beige/rosa claro, y para la tarjeta H, el malva claro.

Permiso de readmisión en formato de etiqueta de visado con el indicativo nacional D

Los permisos de residencia válidos para las Islas Feroe o Groenlandia contienen una anotación en la sección para observaciones de la tarjeta o etiqueta de residencia que reza: «Tilladelsen gælder kun i Grønland» (permiso de residencia válido únicamente en Groenlandia) o «Tilladelsen gælder kun på Færøerne» (permiso de residencia válido únicamente en las Islas Feroe).

Las etiquetas adhesivas de residencia no se expiden desde el 19 de mayo de 2011.

Nota: estos permisos de residencia no dan a su titular ningún derecho a entrar en Dinamarca u otros Estados miembros de Schengen sin visado, si fuese necesario, a menos que el permiso de residencia sea también válido para Dinamarca por vía de excepción.

Lista de personas que participan en un viaje escolar dentro de la Unión Europea

3.    Documentos temporales expedidos con arreglo al artículo 18, apartado 1, letra b), del Acuerdo de Retirada

«Certificate of Application»/ «Kvittering for ansøgning»

(Expedido en versión inglesa o danesa. Confirma los derechos en virtud del Acuerdo de Retirada durante la tramitación de la solicitud de expedición de un nuevo documento de residencia con arreglo al artículo 18, apartado 1).

4.    Tarjeta de residencia para titulares del derecho de residencia en virtud del artículo 18, apartado 1, del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y de la UE:

Kort A. Tidsbegrænset opholdstilladelse efter artikel 50 i TEU

(Tarjeta A. Tarjeta de residencia temporal para titulares del derecho de residencia con arreglo al artículo 50 del TUE).

Kort B. Tidsubegrænset opholdstilladelse efter artikel 50 i TEU

(Tarjeta B. Tarjeta de residencia de duración ilimitada para titulares del derecho de residencia con arreglo al artículo 50 del TUE).

5.    Documento transfronterizo para trabajadores fronterizos en virtud del artículo 26 del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y de la UE:

Kort Y. Tidsbegrænset arbejdstilladelse efter artikel 50 i TEU (til grænsearbejder) (Tarjeta Y. Permiso de trabajo temporal para trabajadores fronterizos con arreglo al artículo 50 del TUE).

Lista de publicaciones anteriores

DO C 247 de 13.10.2006, p. 1.

DO C 77 de 5.4.2007, p. 11.

DO C 153 de 6.7.2007, p. 1.

DO C 164 de 18.7.2007, p. 45.

DO C 192 de 18.8.2007, p. 11.

DO C 271 de 14.11.2007, p. 14.

DO C 57 de 1.3.2008, p. 31.

DO C 134 de 31.5.2008, p. 14.

DO C 207 de 14.8.2008, p. 12.

DO C 331 de 31.12.2008, p. 13.

DO C 3 de 8.1.2009, p. 5.

DO C 64 de 19.3.2009, p. 15.

DO C 198 de 22.8.2009, p. 9.

DO C 239 de 6.10.2009, p. 2.

DO C 298 de 8.12.2009, p. 15.

DO C 308 de 18.12.2009, p. 20.

DO C 35 de 12.2.2010, p. 5.

DO C 82 de 30.3.2010, p. 26.

DO C 103 de 22.4.2010, p. 8.

DO C 108 de 7.4.2011, p. 7.

DO C 157 de 27.5.2011, p. 5.

DO C 201 de 8.7.2011, p. 1.

DO C 216 de 22.7.2011, p. 26.

DO C 283 de 27.9.2011, p. 7.

DO C 199 de 7.7.2012, p. 5.

DO C 214 de 20.7.2012, p. 7.

DO C 298 de 4.10.2012, p. 4.

DO C 51 de 22.2.2013, p. 6.

DO C 75 de 14.3.2013, p. 8.

DO C 77 de 15.3.2014, p. 4.

DO C 118 de 17.4.2014, p. 9.

DO C 200 de 28.6.2014, p. 59.

DO C 304 de 9.9.2014, p. 3.

DO C 390 de 5.11.2014, p. 12.

DO C 210 de 26.6.2015, p. 5.

DO C 286 de 29.8.2015, p. 3.

DO C 151 de 28.4.2016, p. 4.

DO C 16 de 18.1.2017, p. 5.

DO C 69 de 4.3.2017, p. 6.

DO C 94 de 25.3.2017, p. 3.

DO C 297 de 8.9.2017, p. 3.

DO C 343 de 13.10.2017, p. 12.

DO C 100 de 16.3.2018, p. 25.

DO C 144 de 25.4.2018, p. 8.

DO C 173 de 22.5.2018, p. 6.

DO C 222 de 26.6.2018, p. 12.

DO C 248 de 16.7.2018, p. 4.

DO C 269 de 31.7.2018, p. 27.

DO C 345 de 27.9.2018, p. 5.

DO C 27 de 22.1.2019, p. 8.

DO C 31 de 25.1.2019, p. 5.

DO C 34 de 28.1.2019, p. 4.

DO C 46 de 5.2.2019, p. 5.

DO C 330 de 6.10.2020, p. 5.

DO C 126 de 12.4.2021, p. 1.

DO C 140 de 21.4.2021, p. 2.

DO C 150 de 28.4.2021, p. 5.

DO C 365 de 10.9.2021, p. 3.

DO C 491 de 7.12.2021, p. 5.

DO C 509 de 17.12.2021, p. 10.

DO C 63 de 7.2.2022, p. 6.

DO C 272 de 15.7.2022, p. 4.

DO C 304 de 9.8.2022, p. 5.

DO C 393 de 13.10.2022, p. 10.

DO C 72 de 28.2.2023, p. 44.

DO C 274 de 3.8.2023, p. 6.

DO C, C/2023/260, 19.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/260/oj.

DO C, C/2023/1408, 5.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1408/oj.

DO C, C/2023/1609, 22.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1609/oj.

DO C, C/2024/1212, 31.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1212/oj.


(1)  Véase la lista de publicaciones anteriores al final de la presente actualización.

(2)   DO L 77 de 23.3.2016, p. 1.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1950/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)