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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2024/1861 |
11.3.2024 |
Sentencia del Tribunal General de 20 de diciembre de 2023 — BEI/Siria
(Asunto T-457/22) (1)
(«Cláusula compromisoria - Acuerdo de préstamo relativo a la concepción, construcción, equipamiento y puesta en servicio de determinados hospitales en un país tercero - Incumplimiento del contrato - Devolución de los importes anticipados - Intereses de demora - Procedimiento en rebeldía»)
(C/2024/1861)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Banco Europeo de Inversiones (representantes: T. Gilliams, R. Stuart y F. Oxangoiti Briones, agentes, asistidos por D. Arts y E. Paredis, abogados)
Demandada: República Árabe Siria
Objeto
Mediante su recurso basado en el artículo 272 TFUE, el Banco Europeo de Inversiones (BEI) solicita que se condene a la República Árabe Siria a abonar a la Unión Europea, a la que representa, las cantidades de 50 880 189,61 euros y de 2 897 002,31 dólares estadounidenses (USD), más los intereses, en aplicación del acuerdo de préstamo n.o 21595 relativo a la concepción, construcción, equipamiento y puesta en servicio de determinados hospitales situados en Siria, y a abonarle las cantidades de 11 416,23 euros y de 760,94 USD, que no han sido objeto de garantía, y que representan los intereses de demora correspondientes a la parte debida el 10 de junio de 2022, acumulados hasta el 29 de junio de 2022, fecha en la que la Unión pagó la parte correspondiente al principal y a los intereses contractuales.
Fallo
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1) |
Condenar a la República Árabe Siria a devolver a la Unión Europea, representada por el Banco Europeo de Inversiones (BEI), las cantidades de 50 880 189,61 euros y de 2 897 002,31 dólares estadounidenses (USD), que representan los importes principales y los intereses contractuales y de demora devengados a 30 de junio de 2022, y al BEI las cantidades de 11 416,23 euros y de 760,94 USD, que representan los intereses de demora correspondientes a la parte debida el 10 de junio de 2022, acumulados hasta el 29 de junio de 2022, no garantizados por la Unión. |
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2) |
Las cantidades de 40 744 064,86 euros y de 2 223 971,84 USD que comprenden los importes principales devengarán intereses de demora, calculados según el método previsto en el artículo 3, apartado 2, del acuerdo de préstamo n.o 21595 relativo a la concepción, construcción, equipamiento y puesta en servicio de determinados hospitales situados en Siria, celebrado entre el BEI y la República Árabe Siria el 15 de junio de 2002, enmendado mediante escrito de 11 de abril de 2006 y modificado el 17 de octubre y el 29 de noviembre de 2007, desde el 30 de junio de 2022 hasta la fecha del pago. |
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3) |
Condenar en costas a la República Árabe Siria. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1861/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)