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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/1822

11.3.2024

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 25 de enero de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Okręgowy w Warszawie — Polonia) — Audi AG / GQ

[Asunto C-334/22, (1) Audi (Soporte para emblema en una rejilla de radiador)]

(Procedimiento prejudicial - Marca de la Unión Europea - Reglamento (UE) 2017/1001 - Artículo 9, apartados 2 y 3, letras a) a c) - Derechos conferidos por una marca de la Unión - Concepto de «uso en el tráfico económico de cualquier signo» - Artículo 14, apartado 1, letra c) - Limitación de los efectos de una marca de la Unión - Derecho del titular de una marca de la Unión a oponerse a que un tercero use un signo idéntico o similar a la marca en piezas de recambio de automóviles - Elemento de una rejilla de radiador destinado a fijar un emblema que representa la marca de un fabricante de automóviles)

(C/2024/1822)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Okręgowy w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Audi AG

Demandada: GQ

Fallo

1)

El artículo 9, apartados 2 y 3, letras a) a c), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la marca de la Unión Europea,

debe interpretarse en el sentido de que

el tercero que, sin el consentimiento de un fabricante de automóviles titular de una marca de la Unión, importa y pone a la venta piezas de recambio, a saber, rejillas de radiador para dichos automóviles, que llevan un elemento destinado a fijar el emblema que representa esa marca y cuya forma es idéntica o similar a dicha marca, hace uso de un signo en el tráfico económico de un modo que puede menoscabar una o varias funciones de la misma marca, extremo este que corresponderá verificar al juez nacional.

2)

El artículo 14, apartado 1, letra c), del Reglamento 2017/1001

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a que un fabricante de automóviles titular de una marca de la Unión prohíba a un tercero usar un signo idéntico o similar a dicha marca en piezas de recambio de esos automóviles, a saber, rejillas de radiador, cuando dicho signo lo constituya la forma de un elemento de la rejilla de radiador, destinado a fijar en ella el emblema que representa la mencionada marca, sin que importe a este respecto que exista o no la posibilidad técnica de fijar ese emblema en la rejilla de radiador sin colocar en ella el mencionado signo.


(1)   DO C 318 de 22.8.2022.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1822/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)