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Diario Oficial |
ES Serie C |
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C/2023/1416 |
5.12.2023 |
Modificaciones de las notificaciones del Reino Unido con arreglo a la tercera parte del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra (en lo sucesivo, «Acuerdo de Comercio y Cooperación»):
cooperación policial y judicial en materia penal
(C/2023/1416)
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Nombre de la entidad |
Datos de contacto |
Objetivo |
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International Justice and Organised Crime DivisionCrown Prosecution Service102 Petty FranceLondon SW1H 9EADX 161330 Westminster 11 International.IJOC@cps.gov.uk
COICU@copfs.gov.uk
www.ppsni.gov.uk Cualquier otro organismo público del Reino Unido que sea responsable de la investigación o del enjuiciamiento de conductas delictivas o que actúe como autoridad central en cualquier jurisdicción del Reino Unido es competente a efectos del título VI (Cooperación con Eurojust) de la tercera parte del Acuerdo. |
El artículo 690, apartado 6, letra d), establece que el Reino Unido notificará a la Unión la identidad de la autoridad considerada autoridad competente a efectos del título VI (Cooperación con Eurojust) y una breve descripción de sus competencias. |
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Correo electrónico: UKCA-ILOR@homeoffice.gov.uk
Correo electrónico: mla@hmrc.gov.uk Dirección de correo electrónico únicamente para casos muy urgentes: emergencymla@hmrc.gov.uk
Tel. +44 0131 243 8152 Correo electrónico: COICU@copfs.gov.uk |
El artículo 690, apartado 6, letra j), establece que el Reino Unido notificará a la Unión la identidad de la autoridad central designada por el Reino Unido con arreglo al artículo 676, apartado 1, a efectos del envío, respuesta y ejecución de las solicitudes, o de la transmisión de dichas solicitudes a las autoridades competentes para su ejecución, en relación con el embargo y el decomiso de bienes. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1416/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)