Diario Oficial |
ES Serie C |
C/2023/1070 |
15.12.2023 |
P9_TA(2023)0200
Myanmar/Birmania, en particular la disolución de los partidos políticos democráticos
Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de mayo de 2023, sobre Myanmar/Birmania, en particular la disolución de los partidos políticos democráticos (2023/2694(RSP))
(C/2023/1070)
El Parlamento Europeo,
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Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en Myanmar/Birmania, |
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Vistas las declaraciones del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 29 de marzo de 2023, sobre Myanmar/Birmania, |
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Vistos el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno, |
A. |
Considerando que, el 28 de marzo de 2023, cuarenta partidos políticos de Myanmar/Birmania fueron disueltos, entre ellos, la Liga Nacional para la Democracia (LND), ya que no se inscribieron de conformidad con la Ley de registro de partidos políticos del régimen; |
B. |
Considerando que, desde enero de 2022, la junta había encarcelado a cientos de miembros de la LND, algunos de los cuales han muerto en prisión; |
C. |
Considerando que, el 21 de diciembre de 2022, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó una resolución exigiendo el fin de la violencia y la liberación inmediata de todas las personas detenidas arbitrariamente; |
D. |
Considerando que, según la Comisión para la Protección de los Periodistas, Myanmar/Birmania ha pasado a ser el tercer país con peores cifras de encarcelamiento de periodistas, después de Irán y China; que, según la base de datos del Instituto Internacional de la Prensa sobre periodistas asesinados, cuatro periodistas han sido asesinados en Myanmar/Birmania desde febrero de 2021, probablemente todos ellos a manos de la junta militar; que sigue habiendo docenas de periodistas encerrados en distintas cárceles de Myanmar/Birmania, incluso después del reciente indulto masivo de presos por parte de la junta militar; |
1. |
Condena enérgicamente el poder violento e ilegítimo de la junta, que ha sumido a Myanmar/Birmania en una crisis humanitaria y de derechos humanos; rechaza cualquier intento por parte de los dirigentes militares de legitimar su poder antidemocrático mediante unas elecciones fraudulentas; |
2. |
Condena enérgicamente la decisión de la Comisión Electoral de Myanmar/Birmania, designada por los militares, de disolver cuarenta partidos políticos y las consiguientes detenciones de políticos; pide el restablecimiento inmediato de dichos partidos; |
3. |
Insta a la junta a que proceda a la liberación inmediata e incondicional de todos los presos políticos; pide el fin inmediato del estado de excepción ilegal y del uso indiscriminado de la fuerza, la restauración del Gobierno civil, el restablecimiento de una vía hacia la democracia y la rápida apertura del Parlamento con la participación de todos los representantes electos; |
4. |
Pide a la Unión y a sus Estados miembros que aumenten sustancialmente la ayuda humanitaria a la población y a los refugiados de Myanmar/Birmania, incluidos los rohinyás; |
5. |
Condena en los términos más enérgicos el uso de la violación como arma y los ataques militares aéreos regulares contra objetivos civiles; |
6. |
Insta a la comunidad internacional a que coordine y utilice todas las vías políticas disponibles para trabajar con la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN) y otros actores regionales en la superación de la crisis, también mediante un aumento significativo del apoyo al Gobierno de Unidad Nacional y a los grupos democráticos de la oposición, trabajando para instaurar un embargo mundial de armas y remitiendo el país a la Corte Penal Internacional; |
7. |
Pide a la Unión que introduzca sanciones específicas complementarias contra los militares y sus intereses empresariales, incluidas sanciones sobre el combustible de aviación, la empresa minera N.o 2 y el Banco de Comercio Exterior de Myanmar, y que fuerce su rápida aplicación; |
8. |
Pide a la Comisión que demuestre que el régimen «Todo menos armas» no beneficia a la junta o que, en caso contrario, se retire temporalmente el mecanismo; |
9. |
Pide a la Unión que demuestre que toda forma de compromiso con Myanmar/Birmania, también por parte de las empresas privadas y las empresas con sede en la Unión, como MADE, está sujeta a procesos reforzados de diligencia debida en materia de derechos humanos para proteger y garantizar los derechos de los trabajadores; |
10. |
Condena a Rusia y a China por haber dado su apoyo político, económico y militar a la junta de Myanmar/Birmania; |
11. |
Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Gobierno de Unidad Nacional, al Comité Representante de Pyidaungsu Hluttaw (Asamblea de Myanmar), al Tatmadaw, a la ASEAN, a las Naciones Unidas, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Comisión, y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros. |
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1070/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)